Contrato 78/17
Contrato 78/17
Contrato que celebran en esta ciudad de Guadalajara, Jalisco, el día 24 veinticuatro del mes xx Xxxx del año 2017 dos mil diecisiete, por una parte el Gobierno del Estado de Jalisco, por conducto de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, representado en este acto por el Licenciado Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Subsecretario de Administración de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Estado de Jalisco, a quien en lo subsecuente se le denominará como LA SECRETARÍA, y por la otra la empresa denominada Comercializadora la Casa de Marianna, Sociedad Anónima de Capital Variable, representada por la C. Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, a quien en lo subsecuente se le denominará como EL PROVEEDOR, y cuando se refiera a ambas partes se les denominara como LAS PARTES, documento que sujetan al tenor de las siguientes antecedentes, declaraciones y cláusulas:
A N T E C E D E N T E S:
ÚNICO.- Con fecha 12 doce del mes xx Xxxx del año 2017 dos mil diecisiete, el Director de Adquisiciones de la Secretaría de Planeación Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco, el Licenciado Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx en conjunto con el Coordinador de Compras Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx, constituidos en Unidad Centralizadora de Compras, procedieron al levantamiento del Acta de Presentación y Apertura de Proposiciones de la Licitación Pública Nacional Presencial número 04/0031-00 para la “ADQUISICION DE JUGUETES PARA LA DIRECCIÓN DE RELACIONES PÚBLICAS Y VOLUNTARIADO, DE LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN JALISCO”,
Dentro de la cual se estableció que el Fallo se daría a conocer el día 18 xx Xxxx del año 2017 dos mil diecisiete; lo anterior de conformidad a lo señalado en los artículos 65 fracciones I y III, 66 numeral 2 de la Ley de Compras Gubernamentales, Enajenaciones y Contratación de Servicios del Estado de Jalisco y sus Municipios para el Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco.
D E C L A R A C I O N E S:
I.- Declara el representante de “LA SECRETARÍA”:
a).- Que es la dependencia facultada para representar al Gobierno del Estado de Jalisco en las adquisiciones de bienes y servicios, en atención a lo dispuesto por los artículos 2, 3, 5, 12 fracción II, 14 fracciones XXXVII, LIX, LXVI, LXXI, LXXII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo de Estado de Jalisco, la cual se publicó en el Periódico Oficial del Estado el día 27 veintisiete del mes de Febrero del año 2013 dos mil trece. Artículos 34, 35 y 36 de la Ley de Compras Gubernamentales, Enajenaciones y Contratación de Servicios del Estado de Jalisco y sus Municipios.
b).- Comparece por conducto del Licenciado Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Subsecretario de Administración de la Secretaría de Planeación Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco, con las facultades para contratar y obligarse de conformidad con los artículos 1,2,3 fracciones VIII,X, XI, 4, 5, 6, 33 fracciones IV, XIV, XV, 34 fracción II, del Reglamento Interno de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas y de conformidad con lo que disponen los Artículos 1, 3, 4, 11, 30, 108 y 131 del Reglamento de la Ley de Compras Gubernamentales, Enajenaciones y Contratación de Servicios del Estado de Jalisco y sus Municipios, para el Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco.
c).- Que para los efectos del presente contrato se señala como domicilio el ubicado en Prolongación Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx 0000 mil doscientos veintiuno, Xxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxx Xxxxxx, X.X. 00000 xx xxxx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx, Xxxxxx.
II.- Declara el representante de “EL PROVEEDOR”:
a).- Que mediante la Escritura número 3,524 tres mil quinientos veinticuatro de fecha 26 veintiséis del mes xx Xxxx del año 2008 dos mil ocho, pasada ante la fe del Licenciado Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Notario Público Titular número 6 seis de Tlaquepaque, Jalisco, con facultades de actuación en la ciudad de Guadalajara, Jalisco, dentro de la cual se constituyó la sociedad denominada COMERCIALIZADORA LA CASA DE MARIANNA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,
misma que fue registrada el día 31 treinta y uno de mes de Julio del año 2008 dos mil ocho, bajo el número de folio mercantil electrónico número 44117*1 de la Dirección del Registro Público de la Propiedad y de Comercio de Jalisco.
b).- Que la C. Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, quien se identifica con su credencial para votar número 0759072439923, se encuentra facultada para contratar y obligarse a nombre de la
sociedad en su carácter de Administrador General Xxxxx, tal y como lo acredita con la Escritura Pública anteriormente referida, declarando bajo protesta de decir verdad que a la fecha, dicho carácter no le ha sido limitado, restringido, ni revocado.
c).- Que señala como su domicilio convencional para los fines de éste contrato, en: la xxxxx Xxxxxxx 000 xxxxx Xxxxxxxx x Xxxxx Xxxxxx xx xx Xxxxxxx Xxxxxx X.X. 00000. Teléfono 00000000 y 31215920 Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx Estar inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes bajo el folio CCM080526UB1.
d).- Que tiene la capacidad legal, financiera, técnica y productiva necesaria para dar cumplimiento al presente contrato y manifiesta que se encuentra debidamente registrado en el Padrón de Proveedores del Gobierno del Estado bajo el número de registro P24269 y que la información contenida en el expediente respectivo no ha sufrido modificación alguna.
e).- Manifiesta que ha entregado a LA SECRETARÍA la Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales, expedido por el SAT.
f).- Manifiesta que ha entregado a LA SECRETARÍA la Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales, expedido por el IMSS.
III.- LAS PARTES declaran:
a).- Que el presente contrato, cuyo objeto será solventado con RECURSOS ESTATALES CORRESPONDIENTES A PROGRAMAS Y CONCEPTOS COMPLEMENTARIOS, DEL EJERCICIO
FISCAL 2017, el cual se origina con motivo de La Licitación Pública Nacional Presencial Número 04/0031-00 para la “ADQUISICION DE JUGUETE,PARA LA DIRECCION DE RELACIONES PÚBLICAS Y VOLUNTARIADO DE LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL GOBIERNO DE
JALISCO” del cual resultó adjudicado EL PROVEEDOR, lo anterior mediante Acta De Fallo respecto a la Licitación Pública Nacional Presencial 04/0031-00 así como el Acta Circunstanciada Correspondiente al acta de Fallo de la Licitación Pública Nacional Presencial 04/0031-00, emitido por la Unidad Centralizadora de Compras de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, en virtud de que los progresivos adjudicados cumplen con los requerimientos técnicos legales, administrativos y económicos de acuerdo al criterio de evaluación previsto en la convocatoria de la licitación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley de Compras Gubernamentales, Enajenaciones y Contratación de Servicios del Estado de Jalisco y sus Municipios; generando en consecuencia Orden de Compra número 64085.
b).- Que EL PROVEEDOR se obliga a cumplir con las especificaciones de Licitación Pública Nacional Presencial Número 04/0031-00, en lo subsecuente LAS BASES, así como a su propuesta presentada, en lo subsecuente se le denominará LA PROPUESTA, en virtud de que forma parte integral del presente contrato, mismas que obran en el expediente del proceso descrito en el inciso inmediato anterior.
c).- Que se reconocen recíprocamente el carácter con el que comparecen y sujetan el presente contrato al tenor de las siguientes:
X X X X X X X X X
XXXXXXX.- XX XX XXXXXXXXXXX. LAS PARTES acuerdan que LA DIRECCION DE RELACIONES
PÚBLICAS Y VOLUNTARIADO DE LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN, en lo subsecuente denominada como LA DEPENDENCIA, será la receptora final del objeto de este contrato, por lo tanto es la responsable de verificar que los bienes adquiridos cumplan con las especificaciones requeridas, así como del seguimiento del contrato en todas su etapas.
SEGUNDA.- DEL OBJETO. El objeto del presente contrato es la adquisición a EL PROVEEDOR DE JUGUETES, los que a continuación se detallan:
Part. | Artículo | Cantidad | U.M |
1 |
Juguete little ppl isla de sorpresas marca mattel modelo DFN28 Garantía 12 meses vs defecto de fabricación | 167 | Pz |
2 | Xxxxxxx Xxxxxx Price amiguitos sorpresa, marca mattel modelo DFP92 Garantía 12 meses vs defectos de fabricación. | 167 | Pz |
3 | Juguete Xxxxxx Price Boutique, Xxxxxx, Moda Pastelera Marca Mattel modelo 53205612 Garantía 12 meses vs defecto de fabricación. | 132 | Pz |
4 | Juguete Mini Princesas Disney, momentos mágicos marca Hasbro Modelo 71844320 Garantía 12 meses vs defecto de fabricacion. | 133 | Pz |
5 | Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx Ever After Marca Mattel Modelo BFX02 Garantía 12 meses vs defecto de fabricación | 298 | Pz |
6 | Juguete Xxxxxxx Xxxxx Ever After High Marca Mattel Modelo WOEAH Garantía 12 meses vs defecto de fabricación. | 299 | Pz |
7 | Juguete Batman Vehiculos imaginext Marca Mattel Modelo 53296357 Garantía 12 meses vs defecto de fabricación. | 136 | Pz |
8 | Juguete Transformes, Playskool Heroes, Marca Hasbro Modelo 71838164 Garantía 12 meses vs defecto de fabricación. | 137 | Pz |
9 | Juguete Lego Batman el Escape del Joker en Globo the Joker, Balloon Escape marca Lego Modelo 70900 Garantía 12 meses vs defecto de fabricación. | 320 | Pz |
10 | Juguete Lego Scooby Doo, Misterio de la Momia Marca Lego Modelo 46423043 Garantía 12 meses vs defecto de fabricación. | 321 | Pz |
11 | Juguete Hasbro Clue Clásico Marca Hasbro Modelo A5826 Garantía 12 meses vs defecto de fabricación | 784 | Pz |
12 | Juguete Spin Master Hedbanz actualo marca Spin Master Modelo 601782 Garantía 12 meses vs defecto de fabricación. | 786 | Pz |
Los bienes anteriormente descritos deben de cumplir con las especificaciones solicitadas en LAS BASES y en LA PROPUESTA presentada por EL PROVEEDOR.
TERCERA.- DE LA ENTREGA. EL PROVEEDOR podrá entregar los bienes en dos parcialidades: La primera a más tardar el 31 xx Xxxx del año 2017, y La segunda a más tardar el 31 de Octubre del año 2017, sin que ello limite el total de los bienes objeto del presente contrato pueda ser entregado en la fecha establecida como primera parcialidad. Dicha entrega se realizará en el almacén determinado en el anexo de entregas, de conformidad con las características y especificaciones establecidas en el presente instrumento y en LA PROPUESTA. Se considerará que EL PROVEEDOR ha entregado los bienes objeto de este proceso de adquisición una vez que en la factura y/o Orden de Compra, correspondiente se plasme el sello y firma del personal técnico responsable xxx xxxxxxx de LA DEPENDENCIA, o bien se recabe el oficio de recepción del bien y/o servicio a entera satisfacción por parte del personal técnico responsable.
CUARTA.- DE LA VIGENCIA. El presente instrumento contractual comenzará a surtir sus efectos a partir del día 24 veinticuatro del mes xx Xxxx del año 2017 dos mil diecisiete hasta el día 31 treinta y uno del mes de Octubre del año 2017 dos mil diecisiete.
QUINTA.- DEL PRECIO. LA “SECRETARÍA” pagará a “EL PROVEEDOR”, por los bienes objeto del presente contrato, la cantidad de $929,282.99 (Novecientos veintinueve mil doscientos ochenta y dos pesos 99/100 Moneda Nacional).
Part. | Artículo | Cantidad | U.M | Precio Unitario | Subtotal |
1 |
Juguete little ppl isla de sorpresas marca mattel modelo DFN28 Garantía 12 meses vs defecto de fabricación | 167 | Pz | $151.81 | $25,352.27 |
2 | Xxxxxxx Xxxxxx Price amiguitos sorpresa, marca mattel modelo DFP92 Garantía 12 meses vs defectos de fabricación. | 167 | Pz | $157.50 | $26,302.50 |
3 | Juguete Xxxxxx Price Boutique, Xxxxxx, Moda Pastelera Marca Mattel modelo 53205612 Garantía 12 meses vs defecto de fabricación. | 132 | Pz | $169.99 | $22,438.68 |
4 | Juguete Mini Princesas Disney, momentos mágicos marca Hasbro Modelo 71844320 Garantía 12 meses vs defecto de fabricación. | 133 | Pz | $196.50 | $26,134.50 |
5 | Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx Ever After Marca Mattel Modelo BFX02 Garantía 12 meses vs defecto de fabricación | 298 | Pz | $304.01 | $90,594.98 |
6 | Juguete Xxxxxxx Xxxxx Ever After High Marca Mattel Modelo WOEAH Garantía 12 meses vs defecto de fabricación. | 299 | Pz | $196.50 | $58,753.50 |
7 | Juguete Batman Vehículos imaginext Marca Mattel Modelo 53296357 Garantía 12 meses vs defecto de fabricación. | 136 | Pz | $196.50 | $26,724.00 |
8 | Juguete Transformes, Playskool Heroes, Marca Hasbro Modelo 71838164 Garantía 12 meses vs defecto de fabricación. | 137 | Pz | $232.50 | $31,852.50 |
9 | Juguete Lego Batman el Escape del Joker en Globo the Joker, Balloon Escape marca Lego Modelo 70900 Garantía 12 meses vs defecto de fabricación. | 320 | Pz | $193.50 | $61,920.00 |
10 | Juguete Lego Scooby Doo, Misterio de la Momia Marca Lego Modelo 46423043 Garantía 12 meses vs defecto de fabricación. | 321 | Pz | $200.70 | $64,424.70 |
11 | Juguete Hasbro Clue Clásico Marca Hasbro Modelo A5826 Garantía 12 meses vs defecto de fabricación | 784 | Pz | $207.15 | $162,405.6 0 |
12 | Juguete Spin Master Hedbanz actualo marca Spin Master Modelo 601782 Garantía 12 meses vs defecto de fabricación. | 786 | Pz | $259.80 | $204,202.8 0 |
| Importe | $801,106.0 3 | |||
IVA | $128,176.9 6 | ||||
Total | $929,282.99 |
Los bienes anteriormente descritos deben de cumplir con las especificaciones solicitadas en LAS BASES y en LA PROPUESTA presentada por EL PROVEEDOR.
SEXTA.- DE LA FORMA DE PAGO. La Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, realizará el pago a EL PROVEEDOR en parcialidades en Moneda Nacional dentro de los 15 días hábiles, la primer parcialidad será por el 50% en calidad de ANTICIPO y el 50% en la última parcialidad, ambos en moneda nacional dentro de los 21 veintiún días hábiles siguientes, contados a partir de la fecha en que sea presentada la factura para su pago, momento en que da inicio el trámite de validación en LA SECRETARÍA, en el domicilio ubicado en Prolongación Xxxxxxx Xxxxxxx Xx. 0000, Xxx. Xxxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx, respectivamente de lunes a viernes en días hábiles, de 9:00 a 15:00 horas.
Documentos para el Pago del Anticipo.
a) Original y copia de la factura, a nombre de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, con domicilio en la calle Xxxxx Xxxxxx no. 281, Guadalajara CENTRO, GUADALAJARA Jalisco, CP. 44100, R.F.C. SPC130227L99.
b) Copia de la Orden de Compra.
c) Copia del anexo de entregas.
d) 1 copia del contrato
e) 1 copia del Acta de Fallo
f) 1 copia de la garantía de cumplimiento de contrato por el 10%.
g) Original Garantía del Anticipo por el 100%
Documentos para Pago del Finiquito.
a) Original y copia de la factura, a nombre de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, con domicilio en la calle Xxxxx Xxxxxx no. 281, Guadalajara CENTRO, GUADALAJARA Jalisco, C.P. 44100, R.F.C. SPC130227L99.
b) Original de Orden de Compra.
c) Original del Anexo de Entregas.
d) 1 copia del contrato.
e) 1 copia del Acta de Fallo.
f) 1 copia de la garantía de cumplimiento de contrato por el 10%, en caso de corresponder
g) Oficio de entera Satisfacción del (los) Entregable(s) motivo del pago y/o la totalidad de los bienes.
SÉPTIMA.- DE LA GARANTÍA PARA LA CORRECTA APLICACIÓN DEL ANTICIPO. A la firma del
presente contrato, EL PROVEEDOR se obliga entregar una garantía que responda por la correcta aplicación del anticipo otorgado, a favor de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco, a través de cheque certificado o de caja, en efectivo mediante billete de depósito tramitado ante la Recaudadora N° 06 de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Estado de Jalisco o mediante fianza expedida por una institución mexicana legalmente autorizada, por el importe del 100% del monto total del anticipo otorgado con el I.V.A. incluido y con una vigencia de 12 meses, contados a partir de la firma del presente contrato. La garantía aludida solo podrá ser cancelada mediante comunicación escrita por parte de LA SECRETARÍA.
La garantía referida podrá ser exigible y aplicada en cualquier tiempo para la debida inversión o devolución total, en su caso, del anticipo otorgado en caso de presentarse defectos, vicios ocultos o mala calidad en el objeto del presente contrato, así como por cualquier incumplimiento en las
obligaciones establecidas en este instrumento, y será independiente de las acciones que deban ejercitarse por los daños y perjuicios que se originen con motivo del incumplimiento en cualquiera de las obligaciones contraídas por parte de EL PROVEEDOR de conformidad con lo dispuesto por el artículo 78 de la Ley de del Reglamento de la Ley de Compras Gubernamentales, Enajenaciones y Contratación de Servicios del Estado de Jalisco y sus Municipios.
OCTAVA.- DE LA GARANTÍA PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES. A la firma del
presente contrato, EL PROVEEDOR se obliga entregar una garantía que responda por el cumplimiento de las obligaciones del presente contrato, así como por la mala calidad o defectos que llegaren a presentar los servicios objeto del presente contrato, a favor de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, la cual podrá ser a través de cheque certificado o de caja, en efectivo mediante billete de depósito tramitado ante la Recaudadora N° 000 de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas o mediante fianza expedida por una institución mexicana legalmente autorizada, por el importe del 10% diez por ciento del monto total del contrato, con una vigencia de 12 doce meses, contados a partir de la firma del presente contrato, con el fin de garantizar el cumplimiento de este instrumento, la calidad del objeto del mismo así como los defectos que pudieran resultar después de su recepción. EL PROVEEDOR está obligado a modificar la garantía descrita en la presente cláusula, en caso de prorroga o adendum, de conformidad con el artículo 80 numeral 2 de la Ley de Compras Gubernamentales, Enajenaciones y contratación de Servicios del Estado de Jalisco y sus Municipios, en relación con el artículo 103 del Reglamento de la Ley de Compras Gubernamentales, Enajenaciones y Contratación de Servicios del Estado de Jalisco y sus Municipios, para el Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco.
La garantía otorgada por EL PROVEEDOR podrá ser exigible y aplicada en cualquier tiempo en caso de presentarse defectos, o mala calidad en el objeto de este contrato, o por cualquier incumplimiento en las obligaciones en él establecidas, y será independiente de las acciones que deban ejercitarse por los daños y perjuicios que se originen con motivo del incumplimiento en cualquiera de las obligaciones contraídas por parte de EL PROVEEDOR de conformidad con lo dispuesto por el artículo 113, 114 del Reglamento de la Ley de Compras Gubernamentales, Enajenaciones y Contratación de Servicios del Estado de Jalisco y sus Municipios, para el Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco.
NOVENA.- DE LA GARANTÍA MATERIAL. EL PROVEEDOR garantiza la calidad de los bienes objeto de este contrato, en el entendido de que los que ofertó y entregará son de la mejor calidad y cumplen con todas las especificaciones detalladas en LAS BASES requeridas por LA SECRETARÍA y LA PROPUESTA.
DÉCIMA.- DE LA PENALIZACIÓN POR ATRASO EN LA ENTREGA. En caso que EL PROVEEDOR
tenga atraso en la entrega de los bienes por cualquier casusa que no sea derivada de LA SECRETARÍA y/o LA DEPENDENCIA, se le aplicara una pena convencional de conformidad a la siguiente tabla:
DÍAS DE ATRASO (NATURALES) | % DE LA SANCIÓN SOBRE EL MONTO TOTAL DEL CONTRATO |
De 01 uno hasta 05 cinco | 3% tres por ciento |
De 06 seis hasta 10 diez | 6% seis por ciento |
De 11 once hasta 20 veinte | 10% diez por ciento |
|
De 21 veintiún días de atraso en adelante se rescindirá el contrato a criterio de la SECRETARÍA.
DÉCIMA PRIMERA.- DE LA RESCISIÓN. LA SECRETARÍA podrá optar por el cumplimiento forzoso del contrato y/o su rescisión, sin necesidad de declaración judicial alguna para que operen, siempre y cuando EL PROVEEDOR incumpla con cualquier obligación establecida en LAS BASES, PROPUESTA o en el presente contrato, cuando los bienes objeto de este contrato sean de características inferiores a las solicitadas en LAS BASES en perjuicio de LA SECRETARÍA y/o LA DEPENDENCIA. Este hecho será notificado de manera indubitable a EL PROVEEDOR.
Si LA SECRETARÍA decidiera rescindir del contrato, por causas imputables a EL PROVEEDOR, cobrara al mismo una pena convencional, cuyo importe será del 10% diez por ciento del valor total del contrato y se hará efectivo con cargo a la fianza otorgada, hasta por la suma garantizada.
En caso de incumplimiento de las obligaciones de LA PROPUESTA, así como del contrato, además de solicitar el cumplimiento forzoso del contrato y/o su rescisión, LA SECRETARÍA podrá exigir el pago de daños y perjuicios de conformidad con el artículo 107 del Reglamento de la Ley de Compras Gubernamentales, Enajenaciones y Contratación de Servicios del Estado de Jalisco y sus Municipios, para el Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco.
DÉCIMA SEGUNDA.- DE LAS CAUSAS DE RESCISIÓN.- LA SECRETARÍA podrá rescindir el Contrato y podrá hacerse efectiva la garantía de cumplimiento de manera enunciativa más no limitativa, en los siguientes casos:
a) Por negativa de EL PROVEEDOR, para formalizar el contrato por causas imputables a él, dentro del término de 10 diez días hábiles, contados a partir de la fecha de la notificación del Acta de Fallo. b) Cuando EL PROVEEDOR no cumpla con alguna de las obligaciones estipuladas en el contrato, en los términos que este señala.
c) Cuando hubiese transcurrido el plazo adicional que se concede a EL PROVEEDOR, para corregir las causas de rechazos, que en su caso se efectúen, y éste no las solvente dentro del término del contrato.
d) En caso de entregar bienes con especificaciones diferentes a las ofertadas, LA SECRETARÍA considerará estas variaciones como un acto doloso y será razón suficiente para hacer efectiva la garantía de cumplimiento de contrato y la rescisión del contrato, aun cuando el incumplimiento sea parcial e independientemente de los procesos legales que se originen.
DÉCIMA TERCERA.- DE LA CESIÓN.- Queda prohibido para EL PROVEEDOR, ceder a terceras personas físicas x xxxxxxx sus derechos y obligaciones derivados de este contrato y sus anexos, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo supuesto se deberá contar con la conformidad previa de LA SECRETARÍA y presentar el documento en original o copia certificada para adjuntarlo al expediente, mediante el cual avale la cesión.
DÉCIMA CUARTA.- DE LAS RELACIONES LABORALES. Ambas partes manifiestan expresamente que la relación que se deriva del presente contrato, no crea respecto de una y otra relación alguna de patrón, mandatario, subordinado, dependiente o empleado. En tal razón, EL PROVEEDOR será responsable por el o las personas que contrate o emplee con motivo de la entrega de los bienes objeto de este contrato, obligándose a responder y sacar a salvo a LA SECRETARÍA y/o LA DEPENDENCIA, de cualquier acción o derecho derivado por concepto de prestaciones contenidas en la Ley Federal del Trabajo, de seguridad social, fiscal, civil, penal o cualquier otra, en el entendido que lo señalado con anterioridad queda subsistente por el periodo que la legislación aplicable señale, y no por el periodo que dure vigente este contrato.
DÉCIMA QUINTA.- PATENTES, MARCAS Y DERECHOS DE AUTOR. EL PROVEEDOR asumirá la
responsabilidad total para el caso de que se infrinjan derechos inherentes a la propiedad intelectual, patentes, marcas o cualquier otro derecho xx xxxxxxx, con motivo de los bienes materia del presente contrato y de la firma de éste documento.
DÉCIMA SEXTA.- DE LA TERMINACIÓN ANTICIPADA. En cualquier momento LA SECRETARÍA podrá dar por terminado el presente contrato sin responsabilidad para ésta, cuando se extinga la necesidad de requerir los bienes objeto del presente contrato, por tratarse de causas de interés general o público, por cambios en el proyecto en su caso, por caso fortuito o fuerza mayor, bastando únicamente la notificación que se realice a EL PROVEEDOR, o por acuerdo entre las partes. En cualquier caso se realizará el pago de los gastos generados a EL PROVEEDOR hasta el momento que se notifique la terminación, siempre y cuando dichos gastos estén debidamente comprobados por EL PROVEEDOR.
DÉCIMA SÉPTIMA.- DE LA INSPECCIÓN Y VIGILANCIA. LA DEPENDENCIA y/o LA SECRETARÍA
serán las encargadas de vigilar e inspeccionar que los bienes objeto del presente contrato cumplen con las especificaciones solicitadas en LAS BASES, EL PROCESO, LA PROPUESTA y lo establecido en el presente contrato, teniendo facultades para designar al personal que estimen necesario para tal efecto.
Sin perjuicio de lo anterior, LA SECRETARÍA y LA DEPENDENCIA podrá en todo momento verificar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato, así como llevar a cabo las acciones necesarias para su cumplimiento.
DÉCIMA OCTAVA.- DE LAS NOTIFICACIONES. La comunicación entre las partes será por escrito a través de cualquier medio que de forma fehaciente e indubitable haga constar su notificación.
DÉCIMA NOVENA.- DE LA AUTORIZACIÓN PARA UTILIZAR DATOS PERSONALES. El
PROVEEDOR y su representante, de conformidad con los artículo 8 y 9 de la Ley Federal para la Protección de Datos Personales en posesión de los Particulares, por medio de esta cláusula autorizan a LA SECRETARÍA a utilizar sus datos personales que aparecen en el padrón de proveedores, los documentos del proceso del que se deriva el presente contrato y el presente documento, para que sean publicados en la página de Transparencia de LAS DEPENDENCIAS del Estado de Jalisco.
VIGÉSIMA.- DE LA COMPETENCIA Y JURISDICCIÓN. Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, así como para resolver todo aquello que no esté previamente estipulado en él, las partes acuerdan en regirse en primer término por lo dispuesto en LAS BASES y para lo no previsto en se sujetarán a la legislación aplicable en el Estado de Jalisco, sometiéndose expresamente a la jurisdicción de los Tribunales que se encuentran en la circunscripción territorial del Primer Partido
Judicial del Estado de Jalisco, renunciando al fuero que por razón de su domicilio presente o futuro les pudiera corresponder.
Leído que fue el presente contrato por ambas partes y enterados de su alcance y contenido, lo firman las partes de común acuerdo en la ciudad de Guadalajara, Jalisco.
LA SECRETARÍA | EL PROVEEDOR |
Licenciado Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Subsecretario de Administración de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco. |
Ciudadana Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Administrador Único de Comercializadora la Casa de Marianna, Sociedad Anónima de Capital Variable. |
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TESTIGO | TESTIGO |
Licenciado Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx Director de Adquisiciones de la Secretaría de Planeación Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco. |
Licenciado Xxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx. Encargado de la Dirección de Instrumentos Jurídicos de la Secretaría de Planeación Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco.
|
*Amht /Xxxxxx Xxxxx
La presente hoja de firmas corresponde al Contrato número 78/17 celebrado por el Gobierno del estado de Jalisco por conducto de La Secretaría De Planeación, Administración Y Finanzas Del Poder Ejecutivo Del Estado De Jalisco y Comercializadora la Casa de Marianna, Sociedad Anónima de Capital Variable,