GERENCIA ÁREA DE RECURSOS HUMANOS
Expediente N°: 2016-28-1-155294
Banco de Previsión Social
GERENCIA ÁREA DE RECURSOS HUMANOS
SELECCIÓN Y DESARROLLO
Documento de
BASES DE CONCURSO
GERENTE ASISTENCIA MÉDICA CONTRATO DE FUNCION PÚBLICA ESC. “R” GRADO 022
Versión 00
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Í N D I C E
I. PROCESO DE SELECCIÓN 3
1. Consideraciones Generales 3
2. Convocatoria, difusión, inscripción y notificaciones 3
3. Presentación de documentación 3
4. Plazo de contratación 4
5. Remuneración 4
6. Descripción de la función 4
7. Perfil para el desempeño de la función 7
8. Metodología 8
9. Formación académica – cursos 9
II. TRIBUNAL DE CONCURSO 10
10. Integración 10
11. Fallos 11
CUADRO DE VALORACIÓN 12
III. RESPONSABLES 13
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I. PROCESO DE SELECCIÓN
1. Consideraciones Generales
El Banco de Previsión Social, acorde con lo previsto en el art. 41 del Decreto del Poder Ejecutivo N° 74/016 del 14 xx xxxxx de 2016, Ley N° 16.127 de 7 xx xxxxxx de 1990, art. 1° y 4°, modificativas, complementarias y concordantes y lo dispuesto por el Estatuto del Funcionario del BPS, llama a concurso público y abierto en la ciudad de Montevideo, para la provisión de un puesto de Gerente Asistencia Médica, del Escalafón R Grado 022, a efectos de desempeñar funciones en la Dirección Técnica de Prestaciones – Prestaciones de Salud.
La designación será en régimen de contrato de función pública y de dedicación total, salvo la actividad docente, no pudiendo superar las 60 horas remuneradas entre los 2 cargos.
2. Convocatoria, difusión, inscripción y notificaciones
La convocatoria para dicho llamado se realizará a través de publicaciones en el Diario Oficial y en un diario de circulación nacional así como en las páginas web de la ONSC y del Organismo, con un mínimo de un mes de anticipación a la fecha fijada para la realización de dicho concurso (Ley 18.362 art. 11).
Las bases, los formularios y toda información de interés estarán a disposición en la página web del B.P.S. xxx.xxx.xxx.xx - “Concursos externos”
Será de estricta responsabilidad de los aspirantes informarse de cada etapa, así como de sus resultancias.
3. Presentación de documentación
a. El cumplimiento de los requisitos se tomará a la fecha de cierre del período de inscripción.
b. Estará a disposición el formulario de “Evaluación de antecedentes”, donde el postulante declarará los conceptos establecidos según corresponda.
Toda información tendrá carácter de Declaración Jurada, y los alcances del Art. 239 del Código Penal.
Art. 239 (Falsificación ideológica por un particular): El que con motivo del otorgamiento de un documento público ante un funcionario público, prestare
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una declaración falsa sobre su identidad o estado o cualquier otra circunstancia de hecho, será castigado con tres a veinticuatro meses de prisión.
c. Los formularios y las fotocopias de la documentación probatoria1 deberán presentarse foliadas y serán cotejadas con los originales en las instancias que correspondan.
El no cumplimiento de dicho requisito hará que la misma no sea considerada para su valoración.
4. Plazo de contratación
El plazo de contratación será de un año, prorrogable automáticamente por igual periodo, bajo condición de informe favorable de evaluación del desempeño en dicho lapso.
Sin perjuicio de ello, el Directorio del Organismo podrá revocar la designación por acto fundado cuando lo considere conveniente para el mejor cumplimiento de la función.
5. Remuneración
Sueldo básico mensual: $ 194.926
Prima por alimentación: $ 9.432, a los que se les adicionarán los beneficios sociales que correspondan y Premio por Cumplimiento de Metas (partida variable abonada en 2 oportunidades en el año).
6. Descripción de la función
a. Ubicación
Dependerá jerárquica y funcionalmente de la Gerencia de Prestaciones de Salud del Banco de Previsión Social.
Supervisará a las unidades asistenciales a su cargo.
1 En los casos que se aporte documentación probatoria de la información declarada, se deberá establecer, en la columna del formulario donde se detalla la misma, el número de folio que corresponde.
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b. Cometidos
Administrar el funcionamiento de las unidades organizativas bajo su dependencia, coordinando las actividades asistenciales desde el punto de vista técnico, asegurando el cumplimiento de la normativa y programas asistenciales establecidos por el Ministerio de Salud Pública (M.S.P.), así como la reglamentación vigente del Banco de Previsión Social (B.P.S.).
c. Principales Actividades
Asesorar a la Dirección Técnica de Prestaciones y a la Gerencia Prestaciones de Salud en todo lo relacionado con las actividades a su cargo.
Planificar, organizar y gestionar la actividad asistencial de las diferentes unidades y servicios de salud y los programas especiales que le sean encomendados por la Gerencia Prestaciones de Salud, asegurando la calidad técnica de los servicios que se brindan a los beneficiarios del B.P.S. sobre la bases de pautas de eficacia, eficiencia y efectividad.
Realizar la planificación de actividades en el marco del plan estratégico del
B.P.S. y los objetivos asignados a sus servicios en coordinación con las unidades bajo su dependencia a corto y mediano plazo.
Confeccionar un plan de trabajo en materia asistencial que contemple la articulación en el ámbito interno y externo, en donde se definan las vías de instrumentación, los recursos requeridos y las pautas técnicas a ser aplicadas.
Planificar el presupuesto anual para las unidades bajo su dependencia.
Gestionar una metodología de evaluación de los programas o planes de acción a desarrollar en las unidades bajo su supervisión.
Supervisar y coordinar la gestión de los Servicios Asistenciales asegurando el cumplimiento de las normas establecidas.
Participar en la elaboración y coordinación de los Programas de Salud que establece el M.S.P.
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Coordinar los servicios asistenciales del B.P.S. con otros servicios de salud, con especial referencia a lo concerniente a las patologías congénitas, en el marco del S.N.I.S.
Definir pautas y criterios para la atención de pacientes en las fases de diagnóstico y tratamiento, en asistencia en los diferentes niveles de la Gerencia Prestaciones de Salud.
Implementar políticas y estrategias de detección y prevención de afecciones transmisibles en recién nacidos, coordinadas con otras Instituciones del Estado.
Gestionar nuevas políticas en materia de rehabilitación, brindando apoyo técnico y administrativo para lograr los objetivos propuestos.
Establecer nuevas metodologías y sistemas referidos a la administración del personal de salud, de bienes y servicios, en coordinación con la Gerencia Administración y Control de Salud.
Tramitar un sistema de información que permita el seguimiento y control estratégico y de gestión, de los servicios que brindan las distintas unidades bajo su dependencia.
Confeccionar informes respecto al grado de cumplimiento de las metas y objetivos propuestos para el área de su competencia, así como también definir los indicadores asistenciales.
Colaborar y trabajar en equipo con el resto de los servicios.
Cumplir con las normas y reglamentos establecidos por el servicio así como también con toda otra actividad afín que le sea encomendada por sus jerarquías.
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7. Perfil para el desempeño de la función
Título Universitario de Médico expedido por UDELAR o equivalente aprobado por el M.E.C. y debidamente registrado en el M.S.P. (excluyente).
Se valorará:
o Especialización en Administración de Servicios de Salud o equivalente en Instituciones Públicas o Privadas registradas en el M.S.P. y reconocidas por el M.E.C.
o Especialización en Gestión de Calidad de Servicios de Salud o equivalente en Instituciones Públicas o Privadas registradas en el
M.S.P. y reconocidas por el M.E.C.
Experiencia acreditada en la dirección o gerencia de servicios de salud. Se valorará el desempeño con énfasis en dirección, coordinación y control, y en administración y supervisión de personal tanto técnico como administrativo, con una infraestructura asistencial de porte y con plataformas similares a la Gerencia Prestaciones de Salud del B.P.S.
Conocimiento actualizado de las metodologías de control de gestión de desarrollo o de administración de operación que permitan coordinar y controlar servicios internos del Organismo y tercerizados.
Poseer muy buenos conocimientos sobre planificación y programación de actividades; en gestión de calidad en servicios de salud; sobre administración y gestión de recursos humanos; en negociación; en trabajo en equipo; en las relaciones públicas; sobre evaluación de resultados; sobre diseño y planificación organizacional; sobre gestión de cambio; sobre las normas legales, reglamentarias y normativas que regulan el área relacionada con su actividad y la actuación administrativa en B.P.S.; y sobre normas de conducta en la función pública.
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Capacidad organización y planificación; capacidad de control; capacidad de análisis y síntesis; relacionamiento interpersonal; empatía; actitud de servicio; trabajo en equipo; capacidad de liderazgo; estabilidad emocional y estricto ajuste a las normas ético laborales; responsabilidad y dedicación.
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8. Metodología
a. Evaluación de los postulantes
La evaluación de los postulantes se realizará en base a los puntajes obtenidos en: a) la evaluación de antecedentes; b) la prueba de suficiencia; c) la valoración de aptitudes de comportamiento u otros elementos de juicio relevantes; y d) la entrevista.
La valoración de los diferentes conceptos se realizará sobre la base de los puntajes máximos hasta 45% para antecedentes; hasta 30% para la prueba de suficiencia; hasta 15% para psicolaboral y hasta 10% para entrevista. La sumatoria de las etapas 1 y 2, será de carácter eliminatorio, debiendo alcanzar el puntaje correspondiente al 60% de la suma de ambas.
Para poder ser designado se considerará la suma de los puntos obtenidos en cada uno de los factores evaluados requiriéndose como mínimo de aprobación el 70% del total del puntaje.
b. Requisitos para la calificación de los postulantes
Los postulantes presentarán sus antecedentes de acuerdo a la siguiente apertura:
- Formación académica: Estudios cursados y otros títulos universitarios obtenidos: títulos y cursos de postgrado y cursos de especialización relevantes en las áreas y temas relacionados con el objeto del llamado; docencia e investigaciones y publicaciones técnicas en dichas áreas y temas.
En todos los casos deberá especificarse la duración de los estudios y fecha en que se cursaron. En los cursos de especialización se computarán sólo los cursos con evaluación de conocimientos. Debe adjuntarse la documentación respaldante.
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- Especialización técnica: Experiencia general y específica en el desempeño de tareas técnicas vinculadas con el desempeño de la función a proveer. Deberá especificarse lugar, tiempo de duración (desde……hasta…..) y principales cometidos y tareas.
- Especialización gerencial: Experiencia en el desempeño de funciones gerenciales o posiciones relevantes relacionadas con la administración de servicios de salud, con detalle similar para la experiencia técnica.
c. Prueba de suficiencia
La prueba de suficiencia podrá ser escrita presencial, oral o una combinación de ambos procedimientos.
La misma orientará a evaluar la capacidad del postulante para desempeñar las tareas asociadas al puesto.
9. Formación académica – cursos
Comprende los cursos realizados, que contribuyan directa o indirectamente al mejor desempeño de la función que se concurse; se valorarán según la duración y la vinculación con la función, teniendo en cuenta que los certificados respectivos deben acreditar la condición de asistente, con evaluación y/o aprobación. Los cursos de apoyo que se vinculan a las competencias del perfil se valorarán hasta un 75% del valor adjudicado a los cursos específicos, salvo en aquellos casos en que tengan una vinculación directa con la función para la que se concursa. Los cursos específicos son los que se vinculan al conocimiento necesario para el cargo concursado.
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Tabla de Puntajes
Duración en horas | C/Evaluación |
De 30 a 50 horas | 0.75 |
De 51 a 70 horas | 1.20 |
De 71 a 90 horas | 1.65 |
De 91 a 120 horas | 2.10 |
De 121 a 150 horas | 2.55 |
De 151 a 200 horas | 3.00 |
Más de 200 horas | 3.45 |
Los cursos con una duración menor a 30 horas no serán valorados, ni tampoco serán validados aquellos cuyos certificados no especifiquen carga horaria o no se adjunte acreditación de dicha carga emitida por la Organización que dicto el curso.
II. TRIBUNAL DE CONCURSO
La evaluación de los concursantes estará a cargo del Tribunal de Concurso, ajustándose al “Reglamento de Actuación para los Tribunales de Concursos” aprobado por R.D N° 40-6/2012 de fecha 05.12.2012.
10. Integración
El Tribunal del concurso estará integrado por 3 miembros titulares y 2 suplentes:
Titulares:
- Representante del B.P.S. Presidente: Xxxxx Xxxxxxx
- Representante del B.P.S. Xxxxxxxx Xxxxxxxx
- Representante de la de la Facultad de Medicina de la UDELAR
Suplentes:
- Representante del B.P.S. Xxxxxx Xxxxxxx
- Representante del B.P.S. Xxxxxxx Xxxxxx
La Gerencia de Selección y Desarrollo será responsable de proporcionar la asistencia técnica que el Tribunal requiera.
Por razones fundadas y mediante presentación por escrito ante el Directorio, cualquiera de los concursantes podrá recusar a uno o más miembros del Tribunal
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designado. La misma deberá presentarse antes del cierre del plazo de inscripción al llamado.
11. Fallos
El Tribunal del concurso deberá efectuar un informe detallado estableciendo los criterios de valoración que se aplicaron en las diferentes etapas del proceso; asimismo, deberá efectuar una valoración de los resultados finales del mismo.
En el caso que ningún concursante logre el puntaje mínimo exigido para obtener el puesto, deberá declarar desierto el llamado.
El Tribunal está facultado (en cualquier instancia) para solicitar información o documentación ampliatoria, así como admitir otros medios de prueba, cuya idoneidad quedará a juicio de sus integrantes.
Podrá requerir los asesoramientos que entienda necesarios para el cumplimiento de sus cometidos.
Los fallos serán inapelables y constituirán un asesoramiento para el Directorio, el cual podrá por razones fundadas y mediante votación especial, adoptar las decisiones que estime conveniente para la Institución.
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CUADRO DE VALORACIÓN
NIVEL GERENCIAL ESCALAFÓN “R” GRADO 022
ETAPAS | FACTORES A CONSIDERAR | PUNTAJE | |
1.1) Formación académica | Otros títulos universitarios | 2 | |
Especializaciones, Maestrías , Post-grados | 5 | ||
Cursos con Evaluación | 4 | ||
Docencia | 1 | ||
Investigaciones | 1 | ||
Publicaciones | 1 | ||
Congresos (Nacionales e Internacionales) en calidad de expositor | 1 | ||
1.2) Experiencia Laboral | Técnica | 10 | |
Gerencial | 20 | ||
Total Evaluación de Antecedentes | MÁXIMO | ||
45 | |||
2) Prueba de suficiencia | Escrita presencial, oral, o ambas | 20 | |
Entrevista defensa de la propuesta | 10 | ||
Total Prueba de Suficiencia | MÁXIMO | ||
30 | |||
Total de Evaluación de Antecedentes más Prueba de Suficiencia | MÍNIMO | MÁXIMO | |
45 | 75 | ||
3) Psicolaboral | 15 | ||
4) Entrevista | 10 | ||
PUNTAJE TOTAL | MÍNIMO | MÁXIMO | |
70 | 100 |
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III. | RESPONSABLES | |
| Aprobación: | Gerencia General y Directorio |
| Coordinación y revisión: | Gerencia Recursos Humanos |
| Elaboración y ejecución: | Gerencia Selección y Desarrollo |
Archivo: Bases Gte. Asistencia Médica CFP | Nº. PÁG: 13 |
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Expediente N°: 2016-28-1-155294
R.D. N° 4214/2016.
BASES DE CONCURSO GERENTE ASISTENCIA MÉDICA CFP
ESC. R GRADO 022
Aprobación.
Montevideo, 14 de diciembre de 2016.
GCIA.GRAL./2285
VISTO: la necesidad del Banco de Previsión Social de cubrir un puesto de Gerente Asistencia Médica, en régimen de contrato de función pública;
RESULTANDO: que la Gerencia de Selección y Desarrollo dependiente de Gerencia Recursos Humanos, eleva el documento mencionado en el Visto de la presente Resolución, a efectos de desempeñar funciones en la Dirección Técnica de Prestaciones Prestaciones de Salud;
CONSIDERANDO: que procede aprobar el referido documento;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente;
EL DIRECTORIO DEL BANCO DE PREVISIÓN SOCIAL
R E S U E L V E:
1°) APRUÉBASE EL DOCUMENTO BASES DE CONCURSO GERENTE ASISTENCIA MÉDICA, ESCALAFÓN R GRADO 022, EL QUE SE CONSIDERA PARTE INTEGRANTE DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN.
2°) COMUNÍQUESE A LA DIRECCIÓN TÉCNICA DE PRESTACIONES, A LA GERENCIA DE PLANIFICACIÓN Y CONTROL INSTITUCIONAL, Y PASE A LA GERENCIA GENERAL (GERENCIA RECURSOS HUMANOS) PARA LOS FINES QUE LE COMPETEN.
XXXXXXX XXXXXX XXXXXX
Secretario General
XXXXX XXXXX
Presidente
/ek
42-14-2016.doc Folio n° 38