CONTRATO DE ADHESIÓN AL SISTEMA PASE
CONTRATO DE ADHESIÓN AL SISTEMA PASE
CORPORATIVO DECENAL
DATOS DEL CLIENTE
Nombre Persona Física o Razón Social:
R.F.C.: Representante Legal:
Giro de la empresa: Transporte de
Carga o
Pasaje
Otro giro
Tel.: e-mail:
DATOS FISCALES
Calle: No. Ext: No. Int:
Reconozco que la información proporcionada para la emisión de la facturación es correcta y completa, por lo que en caso de existir omisiones propias, reconozco y autorizo a Pase, Servicios Electrónicos, S.A. de C.V. a no emitir refacturaciones con anterioridad a la fecha en la cual solici
Colonia Alcaldía/Municipio: Código Postal: Estado:
DATOS DE CORRESPONDENCIA
Calle: No. Ext: No. Int:
Reconozco que la información proporcionada como domicilio de correspondencia, es correcta y completa.
Colonia Alcaldía/Municipio: Código Postal: Estado:
Asimismo, “EL CONSUMIDOR” sí ( ) no ( ) acepta que “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” ceda o transmita a terceros, con fines mercadotécnicos o publicitarios, la información proporcionada por él con motivo del presente Contrato y sí ( ) no ( ) acepta que le envíen publicidad sobre bienes y servicios. Firma de conformidad .
“EL PRESTADOR DEL SERVICIO” es responsable ante “EL CONSUMIDOR” por el incumplimiento de los servicios contratados, aun cuando subcontrate con terceros dicha prestación”.
Una vez que fue leído el presente contrato y enterado de de conformidad
en el día del mes de de .
ACEPTO EL CONTRATO Y CLÁUSULAS AL REVERSO
Nombre y Firma del Cliente:
PASE, SERVICIOS ELECTRÓNICOS,
S.A. DE C.V.
Xxxxx Xxxx Xxxxxx #000, xxxx 00, xxxxxxx 0000, Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, X.X. 11529, Ciudad de México
Tel. (55) 5950 · 2590
CLAUSULADO
CONTRATO DE ADHESIÓN AL SISTEMA DE TELEPEAJE Y MEDIOS ELECTRÓNICOS DE PAGO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE PASE, SERVICIOS ELECTRÓNICOS, S.A. DE C.V., EN ADELANTE “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, Y POR LA OTRA PARTE “EL CONSUMIDOR”, TAL Y COMO SE DEFINE EN LA CARÁTULA DEL PRESENTE CONTRATO, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. EL PRESTADOR DEL SERVICIO” es una sociedad debidamente constituida y existente de conformidad con las leyes de la República Mexicana, tal y como consta en la escritura pública número 43,383 de fecha 21 de septiembre de 1995, otorgada ante la fe del Lic. Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Notario Público número 121 del Distrito Federal, hoy Ciudad de México e inscrita en el Registro Público del Comercio en el folio número 204,523 de fecha 3 de enero de 1996.
II. “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” tiene celebrados Contratos con diversos Concesionarios Carreteros y otros, para la operación de sus carreteras y demás servicios.
III. “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” tendrá debidamente señalizados los puntos xx xxxxx que podrán ser utilizados por “EL CONSUMIDOR” mediante el sistema, mismos que podrán modificarse de tiempo en tiempo.
IV. “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” podrá celebrar de tiempo en tiempo, convenios de interoperabilidad con otros operadores de servicios, mediante los cuales “EL CONSUMIDOR” podrá hacer uso de su medio de pago “TAG” en los sistemas y servicios provistos por los otros operadores, bajo las condiciones del presente Contrato. Aplican términos y condiciones de cada servicio, mismos que podrá consultar “EL CONSUMIDOR” en la página xxx.xxxx.xxx.xx. (en lo sucesivo también denominada página web PASE). En especial tratándose de circuitos de peaje cerrado, estacionamientos y autopistas urbanas: integración de tarifas, retenciones de saldo y saldos mínimos.
DECLARACIONES
De “EL CONSUMIDOR” que:
a. Los datos que proporcione al momento de activar el medio de pago “TAG” son verídicos.
b. Es su deseo adherirse al Sistema implantado por “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”.
c. Bajo protesta de decir verdad que los recursos con los que hará frente a las obligaciones de pago que deriven a su cargo con motivo del presente Contrato, son propios y de procedencia lícita.
d. Que se obliga a cumplir con todas y cada una de las obligaciones que comprende el presente Contrato. Conforme a los antecedentes y declaraciones anteriores, las partes acuerdan en obligarse en los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO.- Las partes acuerdan que por medio del presente Contrato “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” dará en comodato a “EL CONSUMIDOR” el medio de pago “TAG” propiedad de “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” (calcomanía, portátil, tarjeta rígida, blindado o cualquier otro que sea comercializado por “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”) que “EL CONSUMIDOR” decida contratar, necesario para que “EL CONSUMIDOR” pueda hacer uso de “EL SISTEMA” por lo que para el caso de cancelación del servicio, “EL CONSUMI- DOR” se obliga a devolver a “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” el “TAG”. “EL CONSUMIDOR” utilizará el medio de pago “TAG” únicamente en los puntos xx xxxxx de los diversos tramos carreteros y otros servicios actualmente habilitados y aquellos que en un futuro puedan habilitarse por parte de “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”. Los puntos xx xxxxx estarán debidamente identificados y señalizados para que “EL CONSUMIDOR” pueda reconocerlos. “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” informará de tiempo en tiempo a través de la página xxx.xxxx.xxx.xx y/o cualquier otro medio de información de “EL PRESTADOR DE SERVICIO” a “EL CONSUMIDOR” los nuevos servicios que podrá utilizar con el medio de pago “TAG” contratado, así como el procedimiento, términos y forma de pago.
“EL CONSUMIDOR” y “EL PRESTADOR DEL SERVICO” acuerdan que la modalidad de pago bajo la cual contrata ”EL CONSUMIDOR” la operación de los “TAG´S” es el “Pospago con corte decenal” motivo por el cual “EL CONSUMIDOR” se obliga a constituir una garantía conforme a las aceptadas por “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” (pudiendo ser fianza emitida por la Institución de Fianzas acreditada en el territorio nacional, fondo de garantía en efectivo o carta de crédito) y a hacer los pagos que deriven de los cortes decenales que “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” les notifique, los días 1, 11 y 21 de cada mes, dentro de los 4 días naturales siguientes a que haya sido emitida la notificación (servicio exclusivo para personas xxxxxxx y personas físicas con actividad empresarial).
SEGUNDA. ACTIVACIÓN DEL SERVICIO.- En caso de que el medio electrónico de pago “TAG” adquirido por “EL CONSUMIDOR” se encuentre desactivado, deberá llamar al Centro de Atención y Ventas Pase (en lo sucesivo “CAVI”) de “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” al teléfono (00) 0000 0000 o (00) 0000 0000. La habilitación del medio de pago “TAG” podrá ser dentro de las veinticuatro horas siguientes a la activación realizada por “EL CONSUMIDOR”.
TERCERA. VIGENCIA.- De conformidad con lo establecido en los artículos 1803, 1811 y demás relativos y aplicables del Código Civil Federal, la vigencia del presente Contrato y por lo tanto el consentimiento por parte de “EL CONSUMIDOR” a los términos y condiciones del mismo, empezará a surtir sus efectos al momento en que “EL CONSUMIDOR” tenga acceso y/o uso al Sistema, y/o cuando active y/o utilice el medio de pago “TAG”, toda vez que se entiende que ha expresado su voluntad a través de medios electrónicos y ópticos en sustitución de su firma autógrafa. El presente Contrato tendrá una vigencia indeterminada. Asimismo, el presente Contrato se perfeccionará a los cinco días hábiles contados a partir de la prestación del servicio o con la firma del mismo, lo que suceda primero, para lo cual durante ese lapso “EL CONSUMIDOR” tendrá la facultad de revocar su consentimiento sin responsabilidad alguna de su parte, obligándose a notificarlo por escrito a “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” dentro de dicho término, de lo contrario, se tendrá por aceptado de total conformidad en todas sus condiciones y términos.
CUARTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA.- Las partes podrán dar por terminado el presente Contrato mediante notificación por escrito a la otra parte con 30 días de anticipación a la fecha de terminación. Al momento de recibir la notificación se suspenderá el servicio y “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” notificará a “EL CONSUMIDOR” cualquier adeudo pendiente para su debida liquidación. En caso de que “EL CONSUMIDOR” haya constituido depósito o cualquier otra garantía a solicitud del mismo se descontará de la misma cualquier adeudo pendiente a su cargo y el remanente, o la liberación de la garantía correspondiente le será entregado en un plazo que no excederá de 30 días hábiles.
QUINTA. USO DEL MEDIO DE PAGO “TAG”.- “EL CONSUMIDOR” reconoce que el medio de pago “TAG” es propiedad de “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” y que le ha sido proporcionado únicamente para los efectos del presente Contrato, por lo que deberá respetar las políticas de uso que en todo momento y por cualquier medio se le hagan saber. “EL CONSUMIDOR” se obliga a usar el medio de pago “TAG” que haya elegido, entre otras, con estricto apego a las políticas de uso siguientes:
I) Es intransferible y deberá ser colocado de forma permanente en el lugar del vehículo indicado para ello, II) deberá respetar en todo momento la señalización del Sistema en las casetas de cobro y/o lugares en que se encuentre este, III) conocer las rutas que cuentan con el Sistema, así como el número de identificación del medio de pago “TAG”, IV) liquidar su cuota por cualquier otro medio cuando su medio de pago “TAG” sea inválido, no sea leído por el sistema o cuando suceda cualquier otra eventualidad que impida su uso, V) circular con precaución por los carriles y guardar distancia con el vehículo precedente, VI) reportar a “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” cualquier eventualidad en relación al Sistema en las casetas de cobro y/o lugares en que se encuentre éste o bien en relación al medio de pago “TAG”,
VII) se obliga a no portar más de un “TAG” en un mismo vehículo, VIII) se obliga a pagar los servicios en función del tipo de vehículo que porte el “TAG”. Cualquier uso indebido será causa de suspensión del servicio y “EL CONSUMIDOR” expresamente autoriza a “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” a realizar los cargos que resulten del mal uso que se le haya dado al medio de pago “TAG”. Los medios de pago “TAG” no funcionan adecuadamente en vehículos con parabrisas blindados (de cualquier calibre); en tal caso le sugerimos se ponga en contacto con nuestro CAVI, y así poder ofrecerle otro medio de pago “TAG” que cumpla con sus necesidades. En algunos vehículos existe una antena (película adicional tipo malla) en el parabrisas, que puede afectar la lectura por lo que es recomendable que en éste caso, se coloque la calcomanía unos centímetros por debajo de dicha zona. “EL CONSUMIDOR” contará con un término de 30 días naturales posterior a la activación de su medio de pago “TAG” para darse de alta en la página web xxx.xxxx.xxx.xx de “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, de lo contrario, este último podrá, sin responsabilidad alguna de su parte, suspender el medio de pago “TAG” adquirido por “EL CONSUMIDOR”. “EL CONSUMIDOR” reconoce y acepta que “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” le brindará a través de la página xxx.xxxx.xxx.xx para realizar la administración y movimientos relacionados con el medio electrónico de pago contratado, “EL CONSUMIDOR” se responsabiliza sobre los movimientos que realice a través del portal web de PASE con la clave que le haya sido proporcionada. Para el caso de que el medio de pago “TAG” sea una calcomanía, “EL CONSUMIDOR” contará con una garantía de 60 días, contados a partir de que el mismo haya sido proporcionado por “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, siempre y cuando el “TAG” no tenga registrado cruces electrónicos, en caso contrario, no surtirá efectos ninguna garantía y/o cambio físico del “TAG”, obligándose “EL CONSUMIDOR” a cubrir el importe de reposición a la tarifa que “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” tenga vigente. Para el caso de que el medio de pago “TAG” sea rígido, portátil, blindado y/o exterior, “EL CONSUMIDOR” contará con una garantía de 12 meses por defectos de fabricación contados a partir de que el mismo haya sido proporcionado por “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”. En caso de que con el “TAG” se tengan registrado cruces electrónicos, no surtirá efectos ninguna garantía y/o cambio físico del “TAG” obligándose “EL CONSUMIDOR” a cubrir el importe de reposición a la tarifa que “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” tenga vigente.
SEXTA. PAGOS.- “EL CONSUMIDOR” se obliga a pagar a “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” el importe total de los cruces que “EL CONSUMIDOR” efectúe, a razón de las tarifas vigentes en los diversos servicios habilitados por “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”. SÉPTIMA. PÉRDIDA, DAÑO O ROBO DEL MEDIO DE PAGO “TAG”.- En caso de que el medio de pago “TAG” contratado por “EL CONSUMIDOR” sea extraviado, robado o sufra un daño que impida la correcta operación del mismo, “EL CONSUMIDOR” se obliga a dar aviso de forma inmediata a “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, ya sea a través del “CAVI” llamando a los teléfonos (00) 0000 0000 o (00) 0000 0000, o a través del llenado de la forma correspondiente en la página web xxx.xxxx.xxx.xx. “EL CONSUMIDOR” se obliga a cubrir cualquier importe que se derive del uso del medio de pago “TAG” hasta las siguientes doce horas después de que lo hayan reportado. En caso de que sea necesario efectuar una reposición del medio de pago “TAG” por parte de “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, “EL CONSUMIDOR” se obliga a cubrir el importe de reposición a la tarifa que “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” tenga vigente, importes que podrá conocer “EL CONSUMIDOR” llamando al “CAVI” y/o accediendo a la página web xxx.xxxx.xxx.xx. La cancelación del medio de pago “TAG” surtirá efectos dentro de las 12 horas siguientes a que “EL CONSUMIDOR” haya efectuado el aviso a “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”.
OCTAVA. TARIFAS.- “EL CONSUMIDOR” se obliga a cubrir el importe de las tarifas que establezcan los operadores de los diversos sistemas habilitados por “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, de acuerdo al tipo de vehículo utilizado por “EL CONSUMIDOR”, mismas que podrán ser modificadas en cualquier momento, por lo que “EL CONSUMIDOR” autoriza expresamente a “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” a realizar los cargos que correspondan por el importe de las tarifas vigentes. Asimismo, el presente Contrato se celebra por las partes en moneda nacional, sin menoscabo de que también pueda hacerse en moneda extranjera, conforme a la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos. “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” podrá realizar cargos a la cuenta de “EL CONSUMIDOR” por concepto de gastos administrativos
NOVENA. SUSPENSIÓN DEL SERVICIO Y/O TERMINACIÓN.- Los servicios podrán ser suspendidos sin necesidad de notificación previa a “EL CONSUMIDOR” en los siguientes casos:
a. Cuando “EL CONSUMIDOR” haya decidido vincular su medio de pago “TAG” a cualquier cuenta de crédito válida y que sea reportado a “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” la falta de fondos o de crédito de “EL CONSUMIDOR”, por parte de la Institución Emisora.
b. Cuando sea detectado que se está haciendo un uso incorrecto del medio de pago “TAG”.
c. Cuando “EL CONSUMIDOR” deje de pagar el importe de los cruces.
d. Por solicitud expresa de “EL CONSUMIDOR”.
e. Por solicitud de cualquier Autoridad competente.
f. Cuando alguno de los operadores dé por terminado el servicio que “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” le preste, salvo aviso en contrario.
Esta suspensión surtirá efectos específicamente en el servicio de que se trate. Para el caso de reactivación del servicio, bastará que “EL CONSUMIDOR” subsane cualquiera de los supuestos contenidos en los incisos a), b), c), d), y para el caso del inciso e), cuando sea comunicado por la autoridad competente que no existe impedimento alguno para la prestación del servicio a “EL CONSUMIDOR”.
DÉCIMA. MODIFICACIONES.- “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” podrá realizar modificaciones a las condiciones contenidas en el presente Contrato o en cualquiera de sus anexos sin necesidad de solicitar anuencia por parte de “EL CONSUMIDOR”. En caso de realizar modificaciones, “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” lo notificará en un plazo de quince días a “EL CONSUMIDOR” por cualquier medio fehaciente (fax, correo electrónico, página web, correspondencia, etc.), por lo que para el caso de que “EL CONSUMIDOR” no se encuentre de acuerdo con el mismo, éste deberá de comunicarlo dentro de los cinco días siguientes a su notificación a “EL PRESTADOR DEL SERVICIO”, para darlo por terminado sin responsabilidad alguna de su parte, siempre y cuando no exista adeudo pendiente alguno a su cargo, para lo cual, “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” suspenderá el servicio, obligándose “EL CONSUMIDOR” a pagarlos a más tardar a los cinco (05) días naturales posteriores a su notificación.
DÉCIMA PRIMERA. AVISO DE PRIVACIDAD DE DATOS PERSONALES Y CONFIDENCIALIDAD.- “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” hace del conocimiento de “EL CONSUMIDOR” que de acuerdo con la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares, los datos personales de “EL CONSUMIDOR”, los cuales pueden incluir datos sensibles, referidos en los documentos proporcionados por “EL CONSUMIDOR”, los que se obtengan por referencias personales y aquellos que genere “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” con motivo de los servicios a que se refiere este Contrato, se trataran para la identificación, operación, administración y comercialización correspondientes. “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” se obliga a que los datos personales de “EL CONSUMIDOR” en su posesión, no serán transferidos a terceros para fines distintos a los antes mencionados, salvaguardando la privacidad y confidencialidad de los mismos. “EL CONSUMIDOR” podrá limitar el uso o divulgación de sus datos personales solicitando su registro para ello en xxx.xxxx.xxx.xx. “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” le avisa a “EL CONSUMIDOR” que el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, podrá efectuarse por escrito en xxx.xxxx.xxx.xx. y/o al (00) 0000 0000 o (00) 0000 0000, a partir del 6 de enero de 2012, de acuerdo con el precitado ordenamiento. Lo anterior de conformidad con el Aviso de Privacidad que “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” tiene publicado en la página web xxx.xxxx.xxx.xx. El cambio del presente aviso podrá efectuarse por “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” cuando ello se requiera y lo hará del conocimiento de “EL CONSUMIDOR” por cualquiera de los medios antes referidos.
Las partes acuerdan que cualquier información que se proporcionen bajo el presente convenio, será tratada como información confidencial, por lo que se obligan a resguardarla como si de información propia se tratara y a hacer buen uso de la misma. “EL CONSUMIDOR” reconoce que “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” tiene obligación de proporcionar información a terceros con quienes tiene celebrados contratos, así como a ciertas autoridades, por lo que la entrega de información a estos terceros no implica contravención a lo anteriormente señalado.
DÉCIMA SEGUNDA. RESCISIÓN.- Tanto “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” como “EL CONSUMIDOR”, podrán rescindir el presente Contrato por cualquiera de las siguientes causas:
a. Cuando cualquiera de las partes incumplan con cualquiera de los términos y condiciones del presente Contrato y sus anexos.
b. Cuando sea detectado un uso inapropiado del medio de pago “TAG” por parte de “EL CONSUMIDOR” y no sea posible subsanarlo.
c. Si por cualquier circunstancia “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” dejara de ser prestador de servicios de conformidad con el presente Contrato.
DÉCIMA TERCERA. JURISDICCIÓN Y LEY APLICABLE.- La Procuraduría Federal del Consumidor es competente para conocer en la vía administrativa para resolver cualquier controversia que se suscite sobre la interpretación o cumplimiento del presente Contrato. Sin perjuicio de lo anterior, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Competentes de la Ciudad de México, renunciando expresamente a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles, por razón de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otra razón.