PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES ANEXO “A” CARATULA - CONVOCATORIA
Expediente 2929-8149/15
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
ANEXO “A”
CARATULA - CONVOCATORIA
Nombre del Organismo Contratante |
Xxxxxxxxxx xx Xxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx |
Procedimiento Contractual
Tipo: Licitación Xxxxxxx Xx 000/00 Xxxxxxxxx: 2015.
Expediente Nº: 2929-8149/15.
Rubro Comercial
Servicios Hospitalarios
Objeto de la contratación
Servicio de Recolección, transporte, tratamiento y disposición final de contenedores de 20 kgs. Cada uno conteniendo Residuos Patogenicos generados por este Establecimiento.
Presupuesto Estimado
Costo xxx Xxxxxx
PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Lugar/Dirección |
Plazo y Hora |
Oficina de Compras. X.X.X.X.San Xxxxx. Calle 508 e/18 y 19 – Xxxxxx X.Xxxxxx. |
Hasta el 28 de Noviembre de 2015 a las 10:00 hs |
Las Ofertas, ensobradas conforme lo establecen los Puntos "Ofertas - Su Presentación", "Ofertas- Documentación a Integrar" y "Ofertas - Elementos a Importar" - Condiciones Particulares, deben presentarse hasta la fecha y hora y en el lugar antes indicados.
Pasada dicha hora y conforme lo estatuido por los Artículos 16 y 35 del Reglamento, no se admitirán nuevas propuestas, aun cuando no hubiera comenzado la apertura de los sobres y se procederá de la siguiente manera:
a. Los sobres o paquetes conteniendo las Ofertas, serán abiertos en presencia de los Oferentes que concurran;
b. En la misma se dejará constancia del monto total de cada Oferta y del monto y modalidad de la Garantía de Mantenimiento de Oferta
ACTO DE APERTURA
Lugar/Dirección |
Día y Hora |
Oficina de Compras. X.X.X.X.San Xxxxx. Calle 508 e/18 y 19 – Xxxxxx X.Xxxxxx. |
28 de noviembre de 2015 a las 10:00 hs |
CONDICIONES PARTICULARES
Forma de Pago |
Según Art. 23° del Régimen de Contrataciones. |
Garantía Cumplimiento de Contrato |
Según Art. 26° del Régimen de Contrataciones. |
Período de Prestación |
La prestación se extenderá por hasta UN MES (1) mes a partir del 01 de diciembre de 2015 o fecha posterior aproximada a determinar por el Ministerio de Salud, no pudiendo el plazo original de la prestación exceder del 31 de Diciembre 2015. |
Lugar de prestación del servicio |
X.X.X.X. SAN XXXXX. Calle 508 e/18 y 19 – Xxxxxx X.Xxxxxx. |
OBSERVACIONES
El presente llamado se rige por el "Pliego Único de Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios" aprobado por Decreto 1676/05 y sus modificatorias con sus correspondientes Anexos (A a I), los cuales podrán ser consultados en la Página Web del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires (xxxx://xxx.xxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxxx/ )
ANEXO “B”
PLIEGO TIPO DE CONDICIONES PARTICULARES
1- Procedimientos de Contratación Alcanzados
Las presentes Condiciones Particulares rigen para los procedimientos regulados por el Capítulo I – Título III – Contrataciones de la Ley de Contabilidad - Decreto-Ley Nº 7764/1971, que seguidamente se indica:
Artículo 26 –Licitaciones Privadas.
2-
Objeto
Se pretende la contratación del servicio de RECOLECCIÓN, TRANSPORTE, TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN FINAL DE CONTENEDORES DE 20 KGS.CADA UNO CONTENIENDO RESIDUOS PATOGÉNICOS, generados en el Hospital Interzonal General de Agudos San Xxxxx xx Xxxxxx, en las condiciones enumeradas en el presente Pliego de Bases y Condiciones, con el alcance enunciado en los Anexos, que forman parte del mismo.
3-
Plazo Mantenimiento Oferta
Los Oferentes deben mantener sus Ofertas, por el término de NOVENTA (90) días corridos, contados a partir de la fecha del acto de apertura.
4. Retiro Pliego - Constitución Domicilio Comunicaciones
Los interesados podrán consultar el Pliego de Bases y Condiciones en el sitio Web de la Provincia de Buenos Aires.
En el momento del retiro xxx xxxxxx, se constituirán también el “Domicilio de Comunicaciones” mediante presentación escrita por duplicado en la que consignarán domicilio, teléfono y/o fax al que el Comitente enviará todas las comunicaciones previas al acto de apertura que hagan al proceso licitatorio, debiendo el destinatario, en caso de comunicaciones vía fax, confirmar su recibo.
El duplicado, debidamente sellado por la Oficina de Compras, que será la constancia de “Constitución de Domicilio de Comunicaciones”, deberá adjuntarse a la propuesta.
El ejemplar entregado será numerado, siendo válido solamente para la presentación de la oferta de la empresa que lo retiró.
El pliego podrá ser retirado hasta un (1) día hábil antes de la fecha de apertura inclusive, en el horario de 9:00 a 13:00.-
5. Consultas y Aclaraciones
Los Interesados podrán formular consultas aclaratorias por escrito, hasta cuatro (4) días hábiles administrativos anteriores a la fecha de apertura, ante la oficina indicada en el Punto 4 - Retiro Pliego - Constitución Domicilio Comunicaciones, de estas Condiciones Particulares y en el horario de 9.00 a 13.00 horas., las que serán respondidas hasta tres (3) días hábiles administrativos anteriores a esa fecha.
Todas las consultas y sus respuestas, se comunicarán a todos los Interesados que hubieren retirado el Pliego de Bases y Condiciones, en el “Domicilio de Comunicación” que hayan constituido al efecto – Punto 4 - Retiro Pliego - Constitución Domicilio Comunicaciones- Condiciones Particulares.
El Comitente podrá efectuar las aclaraciones de oficio que considere conveniente, hasta tres (3) días hábiles administrativos anteriores a la fecha de apertura.
6- Oferentes - Condiciones Requeridas
Podrán formular Oferta quienes reúnan los siguientes requisitos:
6.1. Estén habilitados por el Registro de Proveedores y Licitadores del Estado, en los términos que prevén las Condiciones Generales. Los titulares de credenciales que se encontraren caducas, deberán regularizar su situación ante el Registro de Proveedores y Licitadores del Estado, con carácter previo a la adjudicación.
Aquellos Oferentes que estando inscriptos en el Registro de Proveedores y Licitadores del Estado, no lo estén específicamente en el rubro objeto del presente concurso, pero sí se hallen habilitados para ello por las autoridades de aplicación o con poder de policía en la materia y, en el caso de personas jurídicas, integre su objeto social, deberán antes de la adjudicación requerir la ampliación de rubro en el referido Registro.
6.2. En el caso de Oferentes no inscriptos en el Registro de Proveedores y Licitadores del Estado no alcanzados por las excepciones previstas en el artículo 101 del Reglamento de Contrataciones, deberán acreditar, al momento de cotizar, el cumplimiento de los requisitos inherentes a las exigencias de dicho registro, debiendo regularizar su situación ante el mismo, conforme lo previsto en el punto 6.1-Condiciones Generales, y dentro del plazo general de mantenimiento de las ofertas (punto 3- Plazo de mantenimiento de Oferta-Condiciones Particulares) y en forma previa a la adjudicación.
6.3. Hayan abonado el precio xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones, de corresponder, y constituido el “Domicilio de Comunicaciones” previsto en el Punto 4 - Retiro Pliego - Constitución Domicilio Comunicaciones - Condiciones Particulares.
6.4. En el caso de Oferentes bajo alguna de las figuras sociales reguladas por la Ley Nº 19550, deberán tener un plazo de duración que sea superior al vencimiento de las obligaciones contractuales emergentes del presente llamado.
6.5. En el caso de Sociedades Extranjeras, las mismas deberán estar inscriptas en la Inspección General de Justicia de la Nación u organismo provincial análogo, lo cual deberá ser fehacientemente acreditado. En el caso de resultar adjudicatarias, deberán inscribirse en la Dirección Provincial de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires.
6.6. Cumplan cuando se trate de Uniones Transitorias de Empresas (UTE) no constituidas con las exigencias establecidas en el Punto 7 - Uniones Transitorias de Empresas - Condiciones Generales.
6.7. Concurriendo en forma independiente, no lo hagan a su vez como integrantes de una UTE y quienes lo hicieren bajo esta figura, no integren más de una UTE. Su incumplimiento hará inadmisible todas las Ofertas en que participe un mismo Interesado.
6.8. Faciliten toda la información que permita su evaluación como sujetos y estén en condiciones de presentar Referencias y Antecedentes.
7. Ofertas - Su Presentación
Las propuestas deberán confeccionarse y presentarse conforme los términos establecidos por los Artículos 16 y siguientes del Reglamento de Contrataciones, en un único sobre o paquete y éstos rotularse en la forma que se indica seguidamente:
• Oficina de Compras xxx X.X.X.X. SAN XXXXX, Calle 508 e/18 y 19 – Xxxxxx X.Xxxxxx.
• Expediente Nº 2929-8419/15.
• Licitación Privada Nº 106/15
• Fecha de Apertura: 28/11/2015.
• Hora Apertura: 10:00 hs.
Toda la documentación que la integre deberá estar foliada en todas sus hojas y firmada por quien detente el uso de la firma social o poder suficiente, en su caso.
Toda raspadura o enmienda debe ser debidamente salvada por los Oferentes ya que, en caso contrario, la Oferta será rechazada por aplicación del Artículo 40, Inciso b) del Reglamento de Contrataciones.
Las propuestas deberán confeccionarse en idioma español. La documentación complementaria que se acompañe (como manuales y folletos) podrá estar redactada en idioma extranjero.
Las propuestas serán presentadas, en la Oficina de Compras xxx X.X.X.X. San Xxxxx Xxxxx 508 e/18 y 19 – Xxxxxx X.Xxxxxx.
La apertura de las propuestas tendrá lugar en la Oficina de Compras anteriormente citada, en la fecha y hora indicada en la portada de este pliego.
8- Ofertas - Documentación a Integrar
Toda documentación deberá ser presentada en original o copia autenticada por Escribano Público y legalizada por el Colegio respectivo cuando fuere de extraña jurisdicción y, según corresponda, legalizada por Consulado y/o Cancillería y/o Colegio de Escribanos.
Cuando fueren documentos o constancias emitidas por Contador Público Nacional, su firma debe estar legalizada por el Consejo Profesional respectivo.
Aquella documentación que exija este Pliego de Bases y Condiciones y no constituya un documento público, revestirá carácter de Declaración Jurada y la omisión de su presentación constituirá causal de inadmisibilidad de la Oferta.
El sobre o paquete deberá contener la siguiente documentación:
8.1. Datos del Oferente – Punto 40 - Anexos A, B, C y D, según corresponda – Condiciones Generales;
8.2. En caso de Oferentes:
a) Inscriptos en el Registro de Proveedores y Licitadores del Estado y cuando la representación legal del firmante de la Oferta no surja de la documentación social: copia certificada del poder vigente a la fecha de apertura;
b) No Inscriptos en el Registro de Proveedores y Licitadores del Estado: documentación social o poderes vigentes a la fecha de apertura, de donde surja uso de la firma social o la representación legal del firmante de la Oferta, en copias certificadas;
8.3. Contrato de Unión Transitoria de Empresas o “Compromiso de Constitución de Unión Transitoria de Empresas” que cumpla con las exigencias del Punto 7 - Uniones Transitorias de Empresas - Condiciones Generales;
8.4. Constancia de Constitución del Domicilio de Comunicaciones (Punto 4 - Retiro Pliego - Constitución Domicilio Comunicaciones - Condiciones Particulares);
8.5. Garantía de Oferta según lo establecido en el Punto 18 - Garantías de Oferta y de Cumplimiento del Contrato - Condiciones Generales;
8.6. Declaración en instrumento privado que indique que no ha sido demandado por la Provincia de Buenos Aires o sus entidades descentralizadas por causas fiscales o contractuales, exigencia que en el caso de UTE, se extiende a todos sus integrantes - Punto 40 - Anexo E - Condiciones Generales;
8.7. Declaración en instrumento privado requerida por el primer párrafo del Punto 13 - Oferta Nacional - Prioridad - Preferencia - y Punto 40 - Anexo F - Condiciones Generales, cuando resulte de aplicación;
8.8. Constancia de Inscripción en el Registro Provincial de Microempresas, cuando resulte de aplicación el Punto 14.1 - Micro, Pequeñas y Medianas Empresas - Condiciones Generales;
8.9. Documento que acredite el domicilio fiscal y el asiento principal de las actividades o el establecimiento productivo en la Provincia de Buenos Aires, cuando resulte de aplicación el Punto 14.2 - Oferentes Bonaerenses - Condiciones Generales;
8.10. Certificación del nivel de calidad alcanzado, cuando resulte de aplicación el Punto 15 - Principio de Prioridad y Preferencia en razón de Calidad Certificada - Condiciones Generales;
8.11. Declaración en instrumento privado que indique que la firma no utiliza ni utilizará mano de obra infantil en ninguno de los segmentos de sus procesos de fabricación o producción, de conformidad con las normas legales vigentes, Punto 40 - Anexo G - Condiciones Generales;
8.12. Declaración del número de cuenta corriente o caja de ahorro, en moneda nacional, operativa en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, de la cual fuera titular, indicando el número de sucursal, Punto 40 - Anexo A - Condiciones Generales;
8.13. Comprobante de pago del precio xxx Xxxxxx, cuando corresponda - Punto 11- Valor xxx Xxxxxx - Condiciones Generales;
8.14. Declaración Jurada de bienes o insumos fabricados, producidos o elaborados con materiales o elementos reciclados (Punto 40 - Anexo H - Condiciones Generales) cuando resulte de aplicación el Puntos 16 – Condiciones Generales;
8.15. Certificado de Inocuidad, extendido por el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, cuando resulte de aplicación el Punto 16 – Condiciones Generales;
8.16. Descripción técnica de los elementos ofertados;
8.17. Planilla de Oferta Económica o Técnica-Económica, formulada -de corresponder- conforme lo previsto en el Punto 21 - Generación y Obtención de Versión Impresa y Digital de la Propuesta Económica o Técnica-Económica - Condiciones Particulares.
8.18. Documentación Complementaria formulada como se requiere en el Punto 22 - Condiciones Particulares, cuando corresponda;
8.19. Declaración de Confidencialidad en instrumento privado, cuando corresponda - Punto 40 - Anexo I - Condiciones Generales.
8.20 Deberá dar cumplimiento a las obligaciones fiscales (formulario electrónico A-404 W ), según lo establecido en la Resolución Normativa Nº 50/11 de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires.
9- Ofertas – Elementos a Importar
Se aceptará Ofertas por elementos a importar, formuladas en las condiciones establecidas por el Artículo 21 del Reglamento de Contrataciones y por el Punto 12 - Ofertas - Elementos a Importar - Condiciones Generales.
10-
Defectos de Forma - Desestimación de Ofertas
Sin perjuicio de lo establecido en el Punto 19 de las Condiciones Generales, si la Oferta tuviera defectos de forma relacionados con los Puntos 8.2, 8.3 y 8.17 - Condiciones Particulares no serán subsanables y la Oferta será desestimada.
Si la Oferta tuviera defectos relacionados con los restantes requisitos indicados en el Punto 8 - Ofertas - Documentación a Integrar - Condiciones Particulares, el Oferente podrá ser intimado por el Comitente a subsanarlos dentro del plazo de cinco (5) días hábiles, vencido el cual la Oferta será desestimada sin más trámite.
11- Garantía de Cumplimiento del Contrato
Su constitución será, conforme lo dispuesto por el Artículo 26 del Reglamento de Contrataciones, por un importe no inferior al cinco por ciento (5 %) del valor total adjudicado.
12- Muestras
Los Oferentes podrán acompañar en el momento de presentación de la Oferta, muestra del bien o insumo, sin que ello reemplace lo establecido en el párrafo subsiguiente y lo requerido en las Especificaciones Técnicas Básicas, de corresponder.
El Comitente podrá, durante el proceso de evaluación de las Ofertas y si lo considerara necesario a tal fin, requerir la presentación de muestras, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 31 del Reglamento de Contrataciones.
13- Perfeccionamiento Contrato
El contrato se perfeccionará únicamente mediante constancia de recepción de la respectiva Orden de Compra o Provisión por parte del adjudicatario.
14.
Lugar Entrega
Según Punto 2 de estas Condiciones Particulares.-
15-
Plazo de Entrega
La prestación se extenderá por hasta UN (1) mes a partir día 01 de diciembre de 2015 o fecha posterior aproximada, a determinar por el Hospital, no pudiendo el plazo original de prestación exceder del 31 de diciembre 2015.
16.
Pago
El Contratante cancelará sus obligaciones conforme lo establecido en el Punto 31 -Pago - Condiciones Generales.
Las facturas, por triplicado, deberán presentarse acompañadas de los remitos respectivos, en la Mesa General de Entradas del Comitente y deben cumplir con las exigencias previstas en la normativa fiscal, tanto Nacional como Provincial.
Pago Anticipado a Cuenta de Precio - Garantía
(Cláusula a incluir cuando se prevea el pago anticipado total o parcial a cuenta de precio)
El pago de [consignar renglones o “la totalidad de los renglones”] se establece con cláusula de Pago Anticipado a Cuenta de Precio.
Sin perjuicio de la Garantía de Cumplimiento del Contrato prevista en el Punto 11 de estas Condiciones Particulares, conforme lo establecido por el Punto 32 - Pago Anticipado Total o Parcial - Condiciones Generales, él o los adjudicatarios deberán afianzar, mediante alguna de las formas mencionadas en el Artículo 26 Inciso 2, el ciento por ciento (100%) como mínimo del importe a percibir en concepto de anticipo.
17- Pago Elementos a Importar
17.1. Pago Local - Si previera el pago en el país, se efectuará previa presentación de la siguiente documentación:
17.1.1. Factura comercial, en original y tres copias, con detalle de la cantidad, valor unitario y total, descripción de la mercadería, con indicación del Incoterm acordado, cláusula FOB, CIF, desagregando en este último caso, el monto correspondiente a flete y seguros;
17.1.2. Carta de Porte que acredite el embarque, debidamente legalizada por autoridad competente;
17.1.3. Conocimiento de Embarque, con detalle del contenido, cantidad de bultos, peso bruto neto, parcial y total, extendido por la Autoridades Aduaneras;
17.1.4. Certificado de Origen MERCOSUR, de provenir el embarque de una nación integrante del MERCOSUR.
17.2. Pago en el Exterior – Si estipulase su pago en el exterior, se materializará previo cumplimiento de los recaudos establecidos en el Punto 17.1 – Pago Local – Condiciones Generales, mediante:
17.2.1. Transferencia Bancaria, conforme la identificación Bancaria expresamente consignada en la respectiva Oferta;
17.2.2. Crédito documentario o carta de crédito irrevocable, intransferible, pagadera a la vista, en la moneda de cotización y conforme las regulaciones vigentes al momento del pago.
18-
Ampliación Contrato
La provisión requerida podrá ser incrementada en un ciento por ciento (100%) del total adjudicado, conforme al procedimiento previsto en el Punto 28 – Modificaciones del Contrato - Condiciones Generales.
19- Garantía Elementos – Defectos de Origen – Vicios de Fabricación – Extensión
El Adjudicatario garantizará los elementos entregados, desde la fecha de la recepción definitiva de los mismos, contra defectos o vicios que se adviertan con motivo de su uso, de acuerdo a la modalidad y durante un período no inferior al especificado para cada renglón.
20- Instancias Competentes
Las instancias administrativas o técnicas competentes del Organismo Contratante, con la intervención de la Secretaría General de la Gobernación y de los Órganos de Asesoramiento y Control cuando corresponda según la materia, serán quienes se expedirán respecto de la interpretación del presente Pliego de Bases y Condiciones y demás documentación que, posteriormente, integre el contrato.
Serán también quienes intervendrán en todas las cuestiones que el Pliego de Bases y Condiciones prevé, autoriza, reserva o impone al Comitente.
En particular, [consignar el área, oficina, dependencia o instancia] será responsable de actuar como contraparte de la relación contractual y tendrá a su cargo la verificación del cumplimiento por parte del adjudicatario de las obligaciones que el Pliego de Bases y Condiciones establece.
21-
Generación y Obtención de Versión Impresa y Digital de la
Propuesta Económica o Técnica-Económica
Cuando por la naturaleza del objeto demandado, su diversidad, magnitud o complejidad de datos o información que deba aportar cada Oferente para la formulación de la propuesta económica o técnico-económica, fuera conveniente exigir una versión digital porque así lo aconseje aquella dimensión o cuando se prevea llevar a cabo cualquier ponderación para la comparación de Ofertas, mediante algún proceso informático que determine su aceptabilidad y la o las preadjudicaciones, regirán las presentes regulaciones.
Por lo tanto y ante la vigencia del principio de prevalencia de la versión impresa de la Oferta a presentar, se aplicará el procedimiento indicado en los Puntos 21.1 y 21.2 - Condiciones Particulares, para generar y obtener la versión impresa y digital de la propuesta económica o técnico-económica, el que tiene por finalidad asegurar que la versión digital sea total y absolutamente equivalente, en todos sus términos, a la versión impresa de la “Planilla de Cotización”, que rija de acuerdo a la naturaleza del objeto demandado y que contenga la propuesta que integra la Oferta.
En consecuencia, será absoluta responsabilidad del Oferente garantizar la integridad, coherencia, igualdad y seguridad de los datos existentes en ambos medios, a fin que el Comitente pueda utilizarlos indistintamente.
En caso de discrepancias, prevalecerá la versión impresa.
21.1
Los precios y condiciones comerciales deben presentarse únicamente
en la “Planillas de Cotización”, siendo su formato, tamaño y
conceptos definidos para el presente llamado por el Comitente y de
uso obligatorio y no debiendo ser modificada por los Oferentes bajo
ningún concepto. Su incumplimiento hará inadmisible la Oferta.
La “Planilla de Cotización”, en formato [definir el formato como por ejemplo Excel, XML, etc.] será facilitada a los interesados en medio digital y deberá ser utilizada para generar las Ofertas, cuidando de no alterar su formato, organización ni conceptos.
21.2 La propuesta económica deberá generarse conforme al procesamiento informático obligatorio que se indica y presentarse en los medios y con las formalidades que seguidamente se establecen:
21.2.1 Generación: en formato [definir el formato como por ejemplo Excel, XML, etc.] a través de la versión facilitada por el Comitente en medio digital.
El Comitente notificará fehacientemente a todos los Interesados al “Domicilio de Comunicación” que hayan constituido al efecto - Punto 4 - Retiro Pliego - Constitución Domicilio Comunicaciones - Condiciones Particulares, el Hash correspondiente a la versión facilitada en medio digital.
21.2.2 Procesamiento: se procesará el archivo mediante algoritmo MD5 y obtendrá el “Digesto Digital Seguro” (Hash), en formato hexadecimal, resultante de ese proceso.
21.2.3 Obtención y Presentación:
21.2.3.1 Versión Impresa: en papel de tamaño “legal”, conteniendo la propuesta económica o técnico-económica.
21.2.3.2 Versión Óptica Digital: en no menos de dos (2) medios ópticos (CDROM) no regrabables y grabados de forma que no puedan realizarse agregados ni modificaciones, conteniendo cada uno de ellos un único archivo, en formato [definir el formato como por ejemplo Excel, XML, etc.], de la “Planilla de Cotización”.
21.2.3.3 Ambas versiones deberán estar debidamente identificadas y firmadas por el Oferente y por el Escribano Público interviniente, éste último sólo a los fines de la identificación y certificación requeridas en el Punto 8 - Ofertas - Documentación a Integrar - Condiciones Particulares. En el caso de los CD, la identificación y firmas con tinta indeleble deberán cruzar tanto la etiqueta (si la tuviere), como su superficie.
21.2.4. Certificación:
Deberán certificarse por ante Escribano Público -labrándose el/las Acta/s Notarial/es pertinente/s que deberá/n integrar la presentación- las siguientes circunstancias:
21.2.4.1. Que el archivo “Planilla de Cotización”, en formato [definir el formato como por ejemplo Excel, XML, etc.], ha sido procesado mediante algoritmo MD5 y se ha obtenido el “Digesto Digital Seguro” (Hash) resultante de ese proceso en formato hexadecimal, que consta en el Acta Notarial.
21.2.4.2. Que la versión impresa, en papel de tamaño “legal”, conteniendo las respuestas a la “Planilla de Cotización” que se presenta integrando la propuesta, proviene del archivo del que se obtuvo el “Digesto Digital Seguro” (Hash) que consta en el Acta Notarial.
21.2.4.3. Que los medios ópticos (CD-ROM) no regrabables y grabados de forma que no puedan realizarse agregados ni modificaciones, contienen cada uno de ellos en formato [definir el formato como por ejemplo Excel, XML, etc.], ese archivo de la “Planilla de Cotización” y además, como único archivo.
21.2.5. Validación:
El Comitente procederá, en el acto de apertura, a validar los CD presentados conteniendo el archivo con las “Planillas de Cotización”, mediante el algoritmo MD5 hasta obtener dos (2) CD’s que produzcan el mismo “Digesto Digital Seguro” (Hash) declarado y certificado por el Escribano Público interviniente (Puntos 21.2.3.3 y 21.2.4 – Condiciones Particulares).
22- Generación y Obtención de Versión Impresa y Digital de Documentación Complementaria (manuales, folletos, etc.)
Cuando por la naturaleza del objeto demandado, su diversidad, magnitud o complejidad de datos o información que deba aportar cada Oferente como documentación complementaria (manuales, folletos, etc.), fuera conveniente exigir una versión digital porque así lo aconseje aquella dimensión o cuando se prevea llevar a cabo cualquier ponderación para la comparación de Ofertas, regirán las presentes regulaciones.
Por lo tanto y ante la vigencia del principio de prevalencia de la versión impresa de la Oferta a presentar, se aplicará el procedimiento que se indica en el presente Punto, para generar y obtener la “Documentación Complementaria”, el que tiene por finalidad asegurar que la versión digital sea total y absolutamente equivalente, en todos sus términos.
En consecuencia, será absoluta responsabilidad del Oferente garantizar la integridad, coherencia, igualdad y seguridad de los datos existentes en ambos medios, a fin que el Comitente pueda utilizarlos indistintamente.
En caso de discrepancias, prevalecerá la versión impresa.
La “Documentación Complementaria” deberá generarse conforme al procesamiento informático obligatorio que se indica y presentarse en los medios y con las formalidades que seguidamente se establecen:
22.1 Generación: en formato [definir el formato como por ejemplo Word, Excel, XML, etc.].
22.2 Procesamiento: se procesará el archivo mediante algoritmo MD5 y obtendrá el “Digesto Digital Seguro” (Hash), en formato hexadecimal, resultante de ese proceso.
22.3. Obtención y Presentación:
22.3.1 Versión Impresa: en papel de tamaño “legal”, conteniendo la “Documentación Complementaria”.
22.3.3 Versión Óptica Digital: en no menos de dos (2) medios ópticos (CDROM) no regrabables y grabados de forma que no puedan realizarse agregados ni modificaciones, conteniendo cada uno de ellos un único archivo, en formato [definir el formato como por ejemplo Word, Excel, XML, etc.], de la “Documentación Complementaria”.
22.3.4 Ambas versiones deberán estar debidamente identificadas y firmadas por el Oferente y por el Escribano Público interviniente, éste último sólo a los fines de la identificación y certificación requeridas en el Punto 8 - Ofertas - Documentación a Integrar - Condiciones Particulares. En el caso de los CD, la identificación y firmas con tinta indeleble deberán cruzar tanto la etiqueta (si la tuviere), como su superficie.
22.4. Certificación:
Deberán certificarse por ante Escribano Público -labrándose el/las Acta/s Notarial/es pertinente/s que deberá/n integrar la presentación- las siguientes circunstancias:
22.4.1. Que el archivo “Documentación Complementaria”, en formato [definir el formato como por ejemplo Word, Excel, XML, etc.], ha sido procesado mediante algoritmo MD5 y se ha obtenido el “Digesto Digital Seguro” (Hash) resultante de ese proceso en formato hexadecimal, que consta en el Acta Notarial.
22.4.2. Que la versión impresa, en papel de tamaño “legal”, conteniendo la “Documentación Complementaria” que se presenta integrando la propuesta, proviene del archivo del que se obtuvo el “Digesto Digital Seguro” (Hash) que consta en el Acta Notarial.
22.4.3. Que los medios ópticos (CD-ROM) no regrabables y grabados de forma que no puedan realizarse agregados ni modificaciones, contienen cada uno de ellos en formato [definir el formato como por ejemplo Word, Excel, XML, etc.], ese archivo de la “Documentación Complementaria” y además, como único archivo.
22.5. Validación:
El Comitente procederá, en el acto de apertura, a validar los CD presentados conteniendo el archivo con la “Documentación Complementaria”, mediante el algoritmo MD5 hasta obtener dos (2) CD’s que produzcan el mismo “Digesto Digital Seguro” (Hash) declarado y certificado por el Escribano Público interviniente (Puntos 22.3.4 y 22.4 – Condiciones Particulares).
ANEXO “C”
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS BASICAS
1.OBJETO DE LA PRESTACIÓN:
El presente llamado a licitación tiene por objeto el servicio de RECOLECCIÓN, TRANSPORTE TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS PATOGÉNICOS POR CONTENEDOR DE 20 KGS.CADA UNO, generados en el Establecimiento.
2- RESPONSABILIDADES, TAREAS Y ESPECIFICACIONES A CUMPLIR POR LA ADJUDICATARIA:
Recolección, transporte, tratamiento y disposición final de residuos patogénicos generados en el Hospital:
Rg |
Cantidad |
|
1 |
800 |
NRP02004. SERVICIO DE RETIRO, TRANSPORTE, TRATAMIENTO Y DISPOSICION FINAL DE CONTENEDORES DE 20 KGS.CADA UNO CONTENIENDO RESIDUOS PATOGENICOS GENERADOS POR ESTE ESTABLECIMIENTO. |
2.1. Es responsabilidad de la prestataria capacitar a su personal en la implementación de correctos procesos de recolección, transporte, tratamiento y disposición final de los residuos patogénicos y especiales.
2.2. La presente es una ENUMERACIÓN DECLARATIVA Y NO-LIMITATIVA de las tareas encomendadas y obligaciones a cumplir por la empresa adjudicataria, por lo que cualquier especificación técnica escrita sobre procedimientos será prioritaria sobre lo establecido a continuación.
a) Los residuos deberán ser retirados por la adjudicataria del depósito intermedio en forma y horario a convenir, y la cantidad de contenedores/bidones a retirar por día se hará de acuerdo a las necesidades del Hospital, siendo falta grave la acumulación de bolsas u otro tipo de contenedor por más de 24 horas. Deberán ser retirados todos los residuos existentes en el depósito intermedio al momento de presentarse el transportista en el lugar, bajo pena de considerarse incumplimiento sancionado según el punto 10 del presente pliego. Entre las etapas de retiro y tratamiento incluidas, no podrá haber intermediarios ni terceros involucrados, siendo todas cumplidas por el contratista con medios propios, esta a su vez, por su cuenta y cargo podrá realizar la disposición final del residuo previamente tratado a través de un tercero habilitado para tal fin.
El depósito intermedio deberá estar dividido y debidamente señalizado de la siguiente manera: SECTOR RESIDUOS PATOGÉNICOS.
b) En casos de necesidad, la Dirección del Hospital podrá requerir retiros extraordinarios; al efecto, será suficiente una comunicación telefónica, que se registrará en el Libro de Órdenes de Servicio, a la central de la adjudicataria, para lo que ésta deberá informar en forma fehaciente nombre del responsable y un número telefónico, disponible en forma permanente. El retiro extraordinario deberá ser efectuado dentro de las 24 horas del requerimiento, bajo pena de contratar a un tercero habilitado, con cargo a la contratista, y sin objeción a la aplicación de sanciones por incumplimiento, de acuerdo al punto 10 del presente pliego. Las llamadas y su correspondiente respuesta serán tomadas como indicadores de la calidad del servicio y ser consideradas como antecedentes para futuras contrataciones.
c) En cada oportunidad de retiro de residuos patogénicos, se deberá entregar un manifiesto de transporte, completado de acuerdo a las resoluciones 469/97 (residuos patogénicos), 591/98 (residuos patogénicos y especiales) del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible o cualquier legislación que la reemplace, debidamente numerado, que indicará la fecha de retiro, la cantidad de bolsas, recipientes de seguridad, peso en kilogramos/litros, así como los datos de identificación del generador, del transportista y de la planta de tratamiento. Copia de cada manifiesto deberá entregarse con cada factura mensual.
d) El transporte de los residuos patogénicos y especiales desde el establecimiento generador hasta la planta de tratamiento deberá efectuarse en las condiciones establecidas por los Decretos 450/94, 403/97 y 806/97, con vehículos exclusivos especialmente habilitados por el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible para el transporte de tales desechos.
e) Los residuos retirados deberán ser incinerados por INCINERACIÓN PIROLÍTICA.
f) Una vez tratados los residuos patogénicos en la planta de tratamiento, deberá emitirse la certificación de que los residuos enviados por el generador, han sido debidamente procesados, de acuerdo a la Resolución 418/99; el original de cada certificación deberá entregarse al generador en un plazo máximo de quince (15) días hábiles posteriores al tratamiento.
g) Los inspectores del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, como responsables designados por la autoridad de aplicación, tendrán acceso sin restricciones de ningún tipo ni horario, a los centros de tratamiento y de despacho, incluido vehículos en tránsito, pudiendo recabar información y documentación necesaria, incluso con el auxilio de la fuerza pública. Los infractores serán reprimidos de acuerdo al Decreto 1741/96, reglamentario de la ley de Radicación Industrial, ley 11459.
h) La tarea de cierre de las bolsas llenas y recipientes de seguridad, se efectuará en el mismo lugar de generación del residuo, mediante la utilización de un precinto resistente y combustible el cual una vez ajustado no permitirá su apertura, será cumplida por personal del Hospital debidamente capacitado. Se colocará en cada bolsa la tarjeta de control correspondiente.
La tarea de retiro de bolsas y recipientes de seguridad de los lugares de producción, traslado interno al depósito intermedio, así como la limpieza del local de dicho depósito, será cumplida por la empresa prestadora del servicio de limpieza, o por personal del Hospital asignado al efecto, de acuerdo a los procedimientos de bioseguridad establecidos.
2.3. EQUIPAMIENTO E INSUMOS:
La firma adjudicataria deberá cumplir las siguientes especificaciones en su equipamiento e insumos:
a) VEHÍCULOS: Deberán cumplir lo establecido en los artículos 25º a 30º del Decreto 450/94 y su modificatorio 403/97, artículo 27º del Decreto 806/97, y cualquier otra norma que se dicte.
A efectos de asegurar la continuidad diaria de la prestación, los oferentes deberán contar como mínimo con dos vehículos de uso exclusivo a la tarea, habilitados de acuerdo a la legislación vigente, de tamaño adecuado al volumen y peso a transportar.
b) PLANTA DE TRATAMIENTO: La planta de tratamiento de residuos patogénicos y especiales, deberá estar habilitada por la Autoridad competente, de acuerdo a los art. 31° al 41° del Decreto 450/94, art. 36º al 39º del Decreto 806/97.
Aquellos centros de tratamiento que se hallen instalados en la Provincia de Buenos Aires, deberán dar cumplimiento al Decreto 1741/96 reglamentario de la Ley 11459, y Ley 5965, Decreto 3395/96 en caso de poseer emisiones gaseosas.
SISTEMA ALTERNATIVO: Los Centros de tratamiento de residuos patogénicos, deberán contar sin excepción, como mínimo, con dos unidades de tratamiento de tales residuos, y tener previsto un sistema alternativo de tratamiento para emergencias, de manera tal que quede garantizada la prestación del servicio. Asimismo, deberán reunir las siguientes condiciones: incisos a), b), b1), b2), b3) y c) conforme lo establece el artículo 38° del Decreto 450/94 reglamentario de la Ley 11347 y Decreto 403/97)
c) CONTENEDORES PLÁSTICOS : Las bolsas de polietileno que contengan residuos patogénicos tipo B se colocarán en recipientes tronco cónicos (tipo balde), livianos, de superficies lisas en su interior, lavables, resistentes a la abrasión y a golpes, con tapa de cierre hermético y asas para facilitar su traslado, con capacidad adecuada a las necesidades de cada lugar. Estos recipientes se identificarán de la siguiente manera: color negro con una banda horizontal roja de 10 cm de ancho. Las bolsas llenas precintadas y los recipientes de seguridad, se colocarán en contenedores, que se ajustarán a los tipos y modelos autorizados. Tales contenedores serán entregados por la contratista en cantidad suficiente para el retiro de las bolsas y recipientes de seguridad de cada sector, transporte y almacenaje intermedio en el Hospital, incrementando su cantidad en caso necesario, al solo requerimiento del Hospital por nota en el Libro de Órdenes de Servicio. Deberán diferenciarse claramente los contenedores de residuos patogénicos de los especiales.
d) CAJAS DE CARTÓN: de capacidad de 10 kg y 20 Kg. Además deberá proveer cintas para el cierre de las cajas en cantidad y calidad suficiente.
e) BOLSAS:
PARA RESIDUOS PATOGÉNICOS: La empresa adjudicataria deberá proveer bolsas xxxxx xx xxxxx fuelle de como mínimo 120 micrones de espesor, impermeables, opacas y resistentes, cuyo cierre se efectuará con precinto plástico de seguridad que no permitirá su apertura una vez ajustado; tales PRECINTOS también serán provistos por la adjudicataria. Las bolsas se colocarán en recipientes tronco cónicos tipo baldes, conforme al art. 14º del Decreto 450/94.
PARA RESIDUOS ESPECIALES: La empresa adjudicataria deberá proveer bolsas negras o a elección del generador (excepto verdes y xxxxx), de como mínimo 120 micrones de espesor, impermeables, opacas y resistentes, cuyo cierre se efectuará con precinto plástico de seguridad que no permitirá su apertura una vez ajustado; tales PRECINTOS también serán provistos por la adjudicataria.
f) DESCARTADORES: elementos cortopunzantes.
g) MANIFIESTO DE RECOLECCIÓN Y CERTIFICADO DE DESTRUCCIÓN.
h) TARJETAS DE CONTROL: La adjudicataria proveerá las tarjetas de control establecidas por la reglamentación, en cantidad suficiente; conforme al Anexo VII-A del Decreto 450/94 para los residuos patogénicos y el artículo 25º de la Ley 11720 y Resolución 592/00 para residuos especiales.
Las bolsas, recipientes de seguridad, precintos, tarjetas de control, contenedores, baldes tipo cónicos, serán entregadas diariamente por la prestadora, en cantidad suficiente para cubrir las necesidades del Servicio al personal designado; en caso necesario, deberá incrementar su cantidad sin costo adicional para el Hospital.
2.4. NORMAS COMPLEMENTARIA Y CONTROL DE LA PRESTACIÓN:
Además de lo estipulado en el artículo 2º de las Especificaciones Técnicas Básicas, esta licitación se regirá por la Ley Provincial 11347 (retiro, transporte, tratamiento y disposición final de residuos patogénicos), y decretos reglamentarios 450/94, su modificatoria 403/97 y la Ley Provincial 11720 (residuos especiales) y su decreto reglamentario 806/97, Ley Provincial 11459 y decreto reglamentario 1741/96; y toda otra originada por la Autoridad de Aplicación (xxx.xxxx.xxx.xxx.xx) o por otro Organismo, inclusive leyes nacionales de alcance federal cuando correspondiere.
Todos los servicios de la prestación, incluyendo higiene, estado de conservación, cantidad y calidad de la ropa, serán objeto de permanente control por la Dependencia y por las autoridades competentes del Ministerio de Salud.
Al efecto, la prestataria deberá permitir la realización de tales inspecciones en cualquier momento del servicio, siendo derecho del inspector retirar muestras para su control, en caso necesario, labrándose en cada oportunidad Acta que se asentará posteriormente en el Libro de Órdenes del Hospital.
3. DEL PERSONAL DE LA ADJUDICATARIA
3.1. La empresa adjudicataria proveerá al personal de ropa de trabajo adecuada y de elementos de seguridad según lo establecido en el Artículo 24° del Decreto N° 4318/98. La misma, será presentada a la Dirección del Establecimiento para su aprobación, 48 horas antes del comienzo de la prestación. Además de lo precedente:
a) El Establecimiento se reserva el derecho de admisión del personal que la Contratista afecte al Servicio, quedando ésta obligada a la separación inmediata de las personas observadas por la Dirección del Hospital cuando, a su solo juicio, tuvieren razones para ello; las faltas serán debidamente ponderadas, sin perjuicio de las acciones que correspondan iniciar como consecuencia de la inconducta.
b) Xxxxx expresamente prohibida la contratación de empleados del Hospital o de otra Dependencia del Ministerio, por parte de la Contratista.
c) El personal de la Contratista, su representante y los profesionales, deberán tener, como mínimo, dieciocho (18) años de edad.
d) El personal de la adjudicataria deberá observar las siguientes normas de conducta:
1) Vestir uniforme completo y limpio, con su identificación.
2) Ingresar y egresar diariamente en la forma y por el lugar indicado por la Dirección del Establecimiento.
3) No circular fuera del radio cedido a la Empresa, con excepción de los lugares en que deba prestar Servicio.
4) No mantener vinculación con personal del Hospital ni con los pacientes internados o externos, salvo que razones de trabajo lo justifiquen.
5) Comportarse correctamente en todo momento, respetando hábitos de buena conducta y aseo personal, y procediendo con el mayor orden e higiene en su trabajo.
6) Está absolutamente prohibido el ingreso de bebidas alcohólicas o cumplir tareas en estado alcoholizado, lo cual ocasionará el despido.
7) Está absolutamente prohibido fumar en cualquier sector de la Dependencia.
e) El personal de la contratista deberá cumplir con el requisito de la LIBRETA SANITARIA, sin la cual no podrá desempeñarse en sus tareas. Esta Libreta deberá ser exhibida cada vez que la requieran los responsables de la supervisión y auditoria de la prestación.
f) El personal será sometido a una evaluación anual de su estado general de salud, así como de su vacunación (hepatitis B, tétanos, sarampión y otros, a criterio de la Dirección del Hospital, las que serán de aplicación obligatoria).
g) La contratista deberá dotar a su personal, con ropa adecuada a la tarea que realiza, uniformes completos en buenas condiciones de higiene y presentación, así como tarjetas plásticas de identificación (nombre y apellido, nombre de la empresa) en color diferencial de cualquiera que se utilice en el Hospital, y que deberá ser exhibida permanentemente sobre el lado izquierdo del pecho.
h) La adjudicataria será totalmente responsable de cualquier accidente de trabajo que le ocurriere a su personal, al que deberá mantener con absoluta cobertura que establecen las leyes en vigencia.
3.2. REPRESENTANTE DE LA ADJUDICATARIA:
a) La adjudicataria deberá designar UN SUPERVISOR del servicio, y presentar, cuarenta y ocho (48) horas antes del comienzo de la prestación, por escrito los datos personales, domicilio y teléfono del mismo que tendrá la plena representación del titular de la adjudicataria, con AMPLIO PODER para decidir en todo lo que se refiera al servicio, y que será el nexo entre la empresa y el hospital; deberá concurrir a la Dirección al primer llamado, a fin de solucionar cualquier inconveniente en la tarea, y es responsable de la CALIDAD DEL SERVICIO.
b) El contacto de la Dependencia con el representante de la contratista, así como el asesoramiento en temas afines a la prestación, será cumplido por las personas designadas al efecto por la Dirección.
c) El representante o supervisor deberá notificarse diariamente en el libro de órdenes, hayan o no ocurrido novedades, a fin de verificar la existencia de nuevas instrucciones.
d) La administración del establecimiento verificará cuando lo crea oportuno la documentación probatoria del pago de las obligaciones que se enumeran en el punto 4 de las presentes Especificaciones Técnicas Básicas, debiendo la contratista poner a disposición dichos comprobantes en el término de cuarenta y ocho (48) horas a partir de ser requerido en el Libro de Órdenes; no obstante el Ministerio podrá disponer, a través de sus sectores específicos, el cumplimiento del contrato en cualquiera de sus aspectos técnicos administrativos, a cuyo efecto la adjudicataria deberá suministrar toda documentación que le sea requerida.
4. OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA FRENTE A SU PERSONAL
a) El pago de sueldos y jornales, y de toda otra retribución que le corresponda, en término xx Xxx.
b) La contratación de SEGUROS XX XXX (legalizados por Escribano Público), y pago actualizado de los mismos.
c) El pago de las indemnizaciones por despido y accidentes de trabajo originados en el contrato.
d) El pago de las indemnizaciones por finalización o rescisión del contrato, según la legislación vigente.
e) El cumplimiento de todas las obligaciones laborales, previsionales y beneficios sociales que correspondan (vacaciones, licencias por enfermedad, maternidad, descanso semanal, etc.), de la legislación vigente.
f) La entrega a cada empleado, una vez finalizado el servicio o en caso de rescisión del mismo, de los certificados de trabajo y constancias de aportes previsionales, para garantizar futuros trámites jubilatorios.
g) El cumplimiento de la legislación vigente sobre SEGURIDAD e HIGIENE (Ley 19.587 y Decretos 351/79 y 1338/96).
h) La contratista tomará a su cargo la solución de los conflictos de índole gremial que pudieren surgir entre su personal.
5. DOCUMENTOS EXIGIDOS AL ADJUDICATARIO
La documentación requerida deberá ser presentada dentro de las 48 horas, siendo el incumplimiento o la negativa, causal de rechazo de la oferta, sin derecho a apelación. Si en la presentación de antecedentes o documentación se constatara la comisión de hechos dolosos y/o declaraciones adulteradas, se promoverá la exclusión del causante del Registro de Proveedores y Licitadores (conf. Art. 102° inc, d)) del Reglamento de Contrataciones vigente (T.O. 2004).
a) La firma adjudicataria, deberá presentar a la Dirección del Hospital en un plazo perentorio de 48 horas previo al comienzo de la prestación del servicio, Póliza de SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL, SEGURO DE VIDA, A.R.T. (Riesgos de Trabajo) de todo el personal afectado al servicio y de RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL por daños emergentes de su actividad hacia terceros, personas y cosas; por eventual polución y/o contaminación producida por hechos fortuitos o accidentales en la planta de tratamiento, así como cubriendo cualquier contingencia ocurrida a los vehículos durante el transporte. La no presentación de estas pólizas, que deberá tener inicio de vigencia no posterior al día de comienzo de la prestación, dará lugar a la rescisión del contrato, con las penalidades previstas en el Artículo 74º inciso 3, Apartado b) del Reglamento de Contrataciones vigente. El seguro de responsabilidad civil deberá estar a nombre conjunto del Ministerio de Salud y la adjudicataria, mencionando expresamente el o los hospitales cubiertos por el servicio contratado. El monto de cobertura será, como mínimo, equivalente al de doce meses de prestación, sobre la base de la suma de los valores adjudicados en todos los servicios, salvo mayor exigencia por legislación vigente al presente o a aplicarse en el futuro.
b) Deberá presentar los datos de los profesionales matriculados responsables para el cumplimiento de la legislación vigente sobre SEGURIDAD e HIGIENE (Ley 19.587 y Decretos 351/79 y 1338/96).-
c) La adjudicataria estará obligada a elevar antes del comienzo de la prestación, una nómina del personal que tomará a su cargo, con indicación de sus datos de identificación, filiación y domicilio. Igual exigencia corresponderá para el personal que resulte de necesidad incorporar en caso de relevos.
La documentación enumerada podrá presentarse en duplicados o fotocopias; en ambos casos, deberán estar legalizados por Escribano Público. No se considerará válida, la documentación que contenga textos o sellos ilegibles.
6. DE LA RESCISIÓN CONTRACTUAL
Independientemente de las sanciones pecuniarias por incumplimiento serán causales de rescisión del contrato, con la sola comprobación de hecho, y aún sin que medie intimación previa con todas las consecuencias y responsabilidades que prevé la reglamentación vigente, cuando:
a) los descuentos a aplicar por observaciones en un mes superen el 50% del precio mensual del contrato.
b) los descuentos acumulados por observaciones superen el 100% de la facturación de un mes durante el transcurso de los doce (12) meses anteriores.
7. DE LOS LIBROS DE ÓRDENES
1) A los fines del cumplimiento y control de las tareas de la adjudicataria, se utilizará un LIBRO DE ÓRDENES tipo Centinela Nº 2 de cincuenta hojas por duplicado, rubricado por el Director del Hospital, donde se informará a diario a la adjudicataria, hayan o no ocurrido novedades en el servicio, ausencias de personal, faltas al cumplimiento si las hubiere.
El o los LIBROS DE ÓRDENES serán provistos por la adjudicataria que los deberá entregar al momento del comienzo del servicio, bajo pena de aplicación de las sanciones previstas, permaneciendo en la Sección de Bioseguridad. Al finalizar el contrato, este quedara en poder del hospital.
2) Las constancias y observaciones asentadas, serán suscriptas por la Administración del Establecimiento y por el Representante o Supervisor a nombre de la adjudicataria, no aceptándose argumento de desconocimiento de lo registrado por falta de esta firma después de 24 horas de la anotación. En caso de registrarse actas por incumplimientos, la prestataria tendrá 48 horas hábiles de plazo para presentar descargo; sin embargo, la sanción quedará en firme si la Dirección del Hospital rechaza en forma fundada tal presentación. La contratista deberá solucionar el incumplimiento dentro de las 24 horas de notificada.
8. OFERTAS - DOCUMENTACIÓN A INTEGRAR
Sin perjuicio de lo enumerado en el Punto 8 – Condiciones Particulares, el sobre de presentación de la oferta deberá contener la documentación que se detalla a continuación y deberá presentarse en el mismo orden establecido para facilitar su revisión en el acto de apertura de las propuestas:
8.1 El oferente deberá formular su cotización (por duplicado), de la siguiente manera:
Precio del Servicio mensual, detalle del mismo a realizar. El precio será neto-neto, indicando además el total de la oferta por el período a contratar, en papel membrete de la empresa, firmada y sellada por el titular y apoderado, y POR DUPLICADO, escritas preferentemente a máquina, firmadas por el proponente en cada una de sus hojas y en sobre cerrado que consignará: número de expediente, número de CONTRATACIÓN, fecha y hora del acto.
8.2. En la oferta se considerará incluido el comodato de los contenedores plásticos, y la provisión de recipientes de seguridad, bolsas, baldes tipo cónico, precintos, etc.; se deberá indicar el sistema de destrucción que se aplicará para el cumplimiento del contrato, el tipo y tamaño del contenedor de residuos que se utilizará, así como cantidad estimada que tendrá disponible el Hospital en forma permanente (vacíos y en uso). A requerimiento del Ministerio, deberá presentar muestra de dicho contenedor, antes de la preadjudicación. Será rechazada la oferta que cotice adicionales al servicio, de cualquier tipo y por cualquier causa o razón.
8.3. Mantenimiento de oferta: en los términos del punto 3 de las Condiciones Particulares.
8.4 CONSTANCIA DE VISITA AL ESTABLECIMIENTO: certificada por autoridad competente, o Declaración Jurada de conocer el lugar. La falta de la misma será causal de rechazo. La visita a la dependencia podrá cumplimentarse hasta el día hábil anterior inclusive a la fecha de apertura fijada.
8.5. Indicar el Número de Inscripción o número del Certificado de Inscripción en Trámite correspondiente al Registro de Proveedores y Licitadores de la Provincia, de acuerdo a lo establecido en el artículo 6° , primer apartado , xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones.
8.6. Original o copia certificada por escribano publico del CERTIFICADO FISCAL para contratar, vigente, aprobado por Resolución General de AFIP Nº 1814/05, bajo apercibimiento de rechazar la oferta si el oferente no lo cumplimenta dentro de las 48 hs hábiles de ser fehacientemente intimado.-
8.7 GARANTÍA DE OFERTA: Las Ofertas deberán ser afianzadas por el Proponente o Adjudicatario, conforme las previsiones exigidas por el Artículo 24 y siguientes y 26 y siguientes, respectivamente del Reglamento de Contrataciones y las que, para el presente llamado, se establezcan en las Condiciones Particulares. La garantía deberá ser constituida sobre la base del IMPORTE TOTAL.
8.8. Certificado/s de habilitación.
8.9. Acreditación de antecedentes de servicio de operación y mantenimiento en instituciones de similar envergadura y presentación de copia certificada de la totalidad de los contratos de prestación de servicios, actualmente vigentes, o de la norma legal por la que se formalizó.
9. Modificaciones al Contrato
De acuerdo al Art. 58º inc. b) del Reglamento de Contrataciones, el Ministerio se reserva el derecho de aumentar o disminuir las cantidades adjudicadas en un 100%. Dicho aumento deberá tramitarse por cuerda separada y autorizado por la Dirección Provincial de Hospitales y la Dirección General de Administración antes del vencimiento del contrato. También podrá concretársela, previa conformidad del proveedor y constitución o mantenimiento de la garantía de adjudicación, en un plazo no mayor a noventa (90) días computados desde el vencimiento de la vigencia del contrato original.
10. Sanciones
Sanciones por incumplimiento:
a) En el caso de comprobarse que la adjudicataria no procede de acuerdo a lo establecido en la legislación vigente o utiliza sistemas de tratamiento y/o disposición final distintos a los ofrecidos al momento de la licitación, se provocará la rescisión automática del contrato, pudiendo el Ministerio accionar legalmente contra la Contratista por los daños y perjuicios que este hecho hubiere acarreado, ocasione en la actualidad o provoque en el futuro. Xxxx, sin perjuicio de la aplicación de lo establecido en el art. 74°, inc. 3, ap. b) del Reglamento de Contrataciones, y las que correspondieren por aplicación del Decreto 1741/96, reglamentario de la Ley 11459, por parte de el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, organismo al que el Ministerio comunicará todo incumplimiento verificado en tal sentido.
b) Por no comenzar el servicio el día establecido y notificado en forma fehaciente, el DOS POR CIENTO (2%) de la facturación mensual del servicio, por cada día de atraso; pasado el quinto día de incumplimiento sin preaviso y justificación fehaciente, se sancionará con la rescisión del contrato, sin perjuicio de lo que corresponda de acuerdo al artículo 74º, inciso 3, apartado b) del Reglamento de Contrataciones.
c) Cuando se haya dejado de prestar el servicio un día o no se haya procedido al retiro de la totalidad de los residuos existentes en el depósito intermedio al momento de presentarse el transportista, el UNO POR CIENTO (1 %) de la facturación mensual.
d) En caso de incumplimiento de lo mencionado en el punto c) anterior en dos días sucesivos, la sanción será del TRES POR CIENTO (3 %) de la facturación mensual por cada día.
e) En caso de falta de retiro de residuos o no se haya procedido al retiro de la totalidad de los residuos existentes en el depósito intermedio al momento de presentarse el transportista incumpliendo:
*Cinco veces en un lapso de siete días,
*diez veces en el lapso de un mes calendario,
*veinte veces en un trimestre,
la Dirección del Hospital tramitará ante el Ministerio la rescisión del Contrato, sin derecho a apelación por parte de la adjudicataria, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones adicionales que correspondieren de acuerdo al artículo 74º, inciso 3, apartado b) del Reglamento de Contrataciones; e informar a la Autoridad de Aplicación.
f) Cuando no se cumpliera con retiros de urgencia requeridos expresamente, aún cuando sólo se hubieran hecho en forma telefónica, el DOS POR CIENTO (2 %) de la facturación mensual por cada hecho.
g) Por falta de entrega de insumos en la cantidad necesaria para el servicio (contenedores, bolsas, precintos, etc.), se aplicará la sanción correspondiente a incumplimiento del servicio (apartados c), d) y e) del presente punto 10.1.)
h) Cuando el personal que se desempeña en el establecimiento , aún transitoriamente, no cumpla las normas de bioseguridad establecidas, el UNO POR CIENTO (1%) de la facturación mensual.
i) Por negarse a notificarse diariamente de las irregularidades en el LIBRO DE ÓRDENES, el UNO POR CIENTO (1%) de la facturación mensual, sin derecho a reclamar desconocimiento de lo notificado.
j) Por no relevar al personal a pedido de la Dirección del Hospital, el UNO POR CIENTO (1%) de la factura mensual, por cada día de demora en cumplir lo antedicho.
k) Por no remitir al generador el Certificado de Tratamiento, en los tiempos que estipula la Resolución 418/99, artículos 5º y 6º, el CINCO POR CIENTO (5 %) de la facturación mensual.
l) Por no remitir al generador el Certificado de Disposición Final, en los tiempos que estipula la Resolución 418/99, artículos 9º y 10º, el CINCO POR CIENTO (5 %) de la facturación mensual.
ll) Por no remitir al generador el Certificado de Operación de Residuos, en los tiempos que estipula la Resolución 418/99, artículos 12º y 13º, el CINCO POR CIENTO (5 %) de la facturación mensual.
CUANDO EL ADJUDICATARIO o sus representantes consideren que una observación excede los términos del contrato o que no responde a la verdad de los hechos, podrá hacer manifestación de reserva o disconformidad, señalando las razones en que se funda y la petición concreta que formulan, dentro de las 48 horas, pasadas las cuales, las observaciones se darán por consentidas.
Sin perjuicio de ello, la Administración podrá rechazar la reclamación de la Empresa, dentro de las 48 horas de la misma, con los correspondientes fundamentos, quedando en este caso firme la sanción. De no existir rechazo del descargo por parte del establecimiento, la sanción no se aplicará.
La Administración del Establecimiento elevará al Ministerio, en el expediente de elevación de la factura, toda la documentación referente a incumplimientos (actas, descargos del contratista, rechazos del establecimiento a tales descargos, de haberlos).
11. APLICACIÓN DE SANCIONES PECUNIARIAS:
Las sanciones serán registradas en el Libro de Órdenes; sin embargo, las SANCIONES PECUNIARIAS no se aplicarán sin la aprobación expresa del Director del Hospital, a cuyo objeto deberá verificar por sí o por el Administrador, la ocurrencia de la falta de cumplimiento o del hecho que provoque la sanción. Tal pena será notificada por nota adjunta al expediente de remisión de la factura, teniendo en cuenta lo mencionado en el punto 10, y efectivizada por el responsable del pago de la misma.
12. SUPERVISIÓN Y CONTROL:
La supervisión y control del contrato, estará a cargo del Servicio de Ingeniería y Mantenimiento-Area de Bioseguridad y Saneamiento Ambiental.
13. CAPACITACION:
La empresa contratista podrá organizar charlas y/o jornadas de capacitación del personal del Establecimiento, de acuerdo a un programa que será avalado por el Area de Docencia e Investigación y el Area de Bioseguridad y Saneamiento Ambiental.
14. Pago
Sin perjuicio de lo establecido en el punto 16 de las Condiciones particulares, el proveedor deberá presentar la documentación de la siguiente manera:
* FACTURA:
Original y dos copias, deberá ser tipo “B” o “C”.
La fecha de emisión no debe ser anterior a la fecha de la Orden de Compra.-
Todo error cometido en el cuerpo de la misma deberá ser enmendado con firma, aclaración y D.N.I. del responsable o apoderado de la firma.
* REMITO: Original y dos copias.-
* ORDEN DE COMPRA
Una copia.
* DOCUMENTACIÓN IMPOSITIVA (exigida por la Tesorería Gral. de la Pcia. s/ Resolución 132/00):
Copia Inscripción en el impuesto a las Ganancias.-
Copia Inscripción en el impuesto a los Ingresos Brutos.-
Copia Declaración Jurada respecto al pago de XX.XX.
En caso de estar incluido en Convenio Multilateral presentar copia de los siguientes formularios:
* C.M. 01.- (inscripción) ; * C.M. 03.- (último pago); * C.M. 05.- (presentación anual)
LAS FACTURAS, REMITOS Y DOCUMENTACIÓN IMPOSITIVA SERÁN PRESENTADAS, RESPETANDO LOS REQUISITOS ANTES MENCIONADOS, EN EL MISMO LUGAR DONDE FUE PRESTADO EL SERVICIO O EN SU DEFECTO EN EL LUGAR DE DESTINO QUE INDIQUE LA ORDEN DE COMPRA, PARA SER CONFORMADAS POR LA AUTORIDAD COMPETENTE Y REMITIDAS A ESTE DEPARTAMENTO, DENTRO DE LAS 48 HORAS HÁBILES POSTERIORES.
DEPARTAMENTO CONTRATACIONES, COMPRAS Y SUMINISTROS.
ÁREA LICITACIONES Y CONTRATACIONES DE SERVICIOS.
ANEXO “D”
PLANILLA DE OFERTA ECONÓMICA
Datos de la Licitación Privada |
Número: 23/14
Ejercicio: 2015.
Expediente N°: 2929-7232/14.
Datos del Organismo Contratante
Denominación: X.X.X.X. SAN XXXXX.
Domicilio: Calle 508 e/18 y 19 – Xxxxxx X.Xxxxxx. Xxxx.Xx.Xx.
Datos del Oferente
Nombre o Razón Social:
C.U.I.T.:
Número Proveedor del Estado:
Domicilio Comercial:
Domicilio Legal:
Renglón |
Cantidad mensual |
Descripción |
Código Nomenclador Bienes y Servicios |
Precio Mensual ($) |
Precio Total ($) |
1 |
8000q |
SERVICIO DE RETIRO, TRANSPORTE, TRATAMIENTO Y DISPOSICION FINAL DE CONTENEDORES DE 20 KGS.CADA UNO CONTENIENDO RESIDUOS PATOGENICOS GENERADOS POR ESTE ESTABLECIMIENTO. |
NRP02004 |
|
|
|
|
|
TOTAL NETO-NETO ($) |
|
Importe Total de la Propuesta, son PESOS (en números y letras) …………………..…….………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………
Garantía de Mantenimiento de Oferta |
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||||||
Tipo: |
|
|
|
||||
Importe: |
|
$ ……………………………………………………………………………………………………… |
|||||
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|
|
Importe de la Garantía de Oferta, son PESOS ….……………………………………………… |
||||
|
|
|
………………………………………………………………………………………………………… |
|
|
|
|
|
---|---|---|---|---|
|
Firma y Sello del Oferente |
15