CONTRATO DE USO DE TARJETA DE DEBITO
CONTRATO DE USO DE TARJETA DE DEBITO
Entre nosotros, Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo, asociación inscrita en el Registro de Asociación al Tomo 106, Folio 113, Asiento 194, con cédula jurídica número 0000000000, citada en adelante como “la Mutual” o “Mucap”, y (Nombre del cliente, Número de documento de identidad, profesión, domicilio exacto), en adelante denominado “Tarjetahabiente”, convenimos en celebrar el presente contrato para el uso de la tarjeta de débito Mucap Visa N° , asociada a la Cuenta de Ahorros
, el cual se regirá por las siguientes cláusulas:
DISPOSICIONES GENERALES
1) DEFINICIONES:
Para los efectos de este contrato se entenderá por:
a. Tarjeta de débito: Instrumento financiero que puede ser magnético o de cualquier otra tecnología, que se utiliza como medio de pago por las compras de bienes y servicios, cuyo cargo se hace de manera automática e instantánea contra los fondos que el tarjetahabiente disponga en su cuenta de ahorros en Mucap. Permite además realizar retiros y otras transacciones en cajeros automáticos.
b. Tarjetahabiente: Usuario de la tarjeta de débito.
c. Tarjeta de débito principal: Tarjeta de débito del cliente principal de la cuenta de ahorros.
d. Tarjeta débito adicional: Tarjeta de débito que el titular autoriza a favor de las personas que éste designe y que se encuentren autorizados en la cuenta de ahorros.
e. Establecimiento afiliado: Persona física o jurídica, que acepta, como medio de pago, tarjetas de débito.
2) EMISIÓN DE TARJETA DE DÉBITO PARA PERSONA FÍSICA O JURÍDICA:
Mucap emitirá una tarjeta de débito principal al titular de la cuenta de ahorros cuando así lo solicite expresamente.
Mucap emitirá las tarjetas de débito adicionales para las personas autorizadas en el Contrato de Cuenta de Ahorros, cuando así lo solicite por escrito el titular de la cuenta.
Cuando la cuenta de ahorros asociada esté registrada a nombre de una persona física, la tarjeta de débito principal será emitida a nombre de ésta¸ y la(s) tarjeta(s) adicionales(es) será(n) emitida(s) a nombre de la(s) persona(s) designada(s) por el titular de la cuenta.
Si la cuenta de ahorros asociada está registrada a nombre de una persona jurídica, la tarjeta de débito principal será emitida a nombre de su representante legal; y la(s) tarjeta(s) adicional(es) será(n) emitida(s) a nombre de la(s) personas físicas que así lo designe el representante legal, sin que Mucap asuma responsabilidad alguna por cambios de los representantes en ambos casos, que haga la persona jurídica.
Los tarjetahabientes deberán cancelar a Mucap el costo de la emisión de la tarjeta de débito principal y las adicionales, mediante débito al saldo de la cuenta de ahorros asociada, cuyo costo podrá ser consultado por los tarjetahabientes en cualquiera de los centros de negocios de Mucap, en el folleto explicativo denominado “Tarjeta de Débito” o en la página web de Mucap (xxx.xxxxx.xx.xx).
La tarjeta de débito es personal e intransferible y deberá ser firmada por el tarjetahabiente en la parte posterior destinada para tal efecto.
3) USO DE LA TARJETA DE DEBITO:
La tarjeta de débito principal y la(s) adicional(es), podrán ser utilizadas para la compra de bienes y servicios, consultar el saldo de la cuenta y retirar dinero efectivo, a nivel nacional o internacional, dependiendo del tipo de tarjeta, en cualquiera de los establecimientos afiliados a VISA, conocidos como "Establecimientos Afiliados".
Para que el tarjetahabiente realice transacciones en los establecimientos afiliados, deberá presentar su tarjeta y firmar el comprobante de pago que le proporcione el establecimiento el cual deberá conservar en caso que requiera realizar algún reclamo.
Para transacciones de comercio electrónico, el tarjetahabiente deberá utilizar los datos que le solicite el comercio y será responsable del suministro de los mismos, asumiendo responsabilidad por el uso que otorgue el comercio.
4) TARJETA DE DÉBITO ADICIONAL:
La(s) tarjeta(s) de débito adicional(es) estará(n) ligada(s) a la cuenta de ahorros.
Por tal motivo, el titular de la cuenta de ahorros comprende y acepta que se aplica a su uso, todo lo indicado en este contrato como si fueran usadas por el tarjetahabiente principal, aceptando las transacciones de débitos y asume personalmente la responsabilidad por el uso indebido que los tarjetahabientes adicionales puedan realizar.
Si el titular de la cuenta desea suprimir el uso de alguna tarjeta de débito adicional previamente emitida, deberá indicarlo en la agencia de su preferencia, para que Mucap proceda a su desactivación.
Las tarjetas de débito adicionales serán del mismo tipo de la tarjeta de débito principal (local o internacional).
La solicitud de cambio de una tarjeta local a internacional o viceversa, solamente podrá ser hecha por escrito por el titular de la cuenta, en cualquiera de los centros de negocio de la Mutual autorizados para este trámite.
Al solicitar el cambio de tarjeta, el cliente acepta la anulación de la tarjeta anterior y de todas las tarjetas adicionales que tenga asociadas.
5) LIMITES Y RESPONSABILIDADES DEL TARJETAHABIENTE:
a. El pago de las transacciones en los establecimientos afiliados y, el retiro de efectivo a través de cajeros automáticos, estarán sujetos a la disponibilidad de efectivo que mantenga el titular en la cuenta de ahorros asociada.
El disponible neto no incluye las sumas congeladas, en reserva o no acreditadas.
Mucap no asumirá responsabilidad alguna ante el cliente por consultas defectuosas o rechazos de transacciones en cajeros automáticos o comercios.
b. Cuando el cliente utilice la tarjeta como medio de pago, la Mutual no asumirá responsabilidad alguna por la calidad, la cantidad, entrega o cualquier otra característica, o defecto o insatisfacción por los bienes o servicios adquiridos, por ser ajena a la prestación de estos servicios.
El tarjetahabiente, deberá dirigir sus reclamos contra el vendedor o prestador del servicio.
Las transacciones realizadas por el tarjetahabiente, serán debitados por Mucap, aunque medien disputas entre el proveedor y el tarjetahabiente. El tarjetahabiente deberá recurrir directamente contra el proveedor de los bienes o servicios defectuosos en defensa de sus derechos y de la reposición de lo pagado; sin que Mucap asuma responsabilidad alguna ante el tarjetahabiente por el bien o servicio en disputa.
c. Las transacciones en dólares que se realicen con tarjetas internacionales, serán consideradas como transacciones financieras internacionales amparadas a la Ley de la Moneda de la República xx Xxxxx Rica. Mucap debitará de la cuenta de ahorros los pagos y los cargos que correspondan en colones, al tipo de cambio de liquidación xxx xxxxx cobrado a la Mutual por el ente liquidador de las transacciones.
d. Como medida de seguridad y de prevención de fraudes, la Mutual establecerá límites a los montos y cantidades de las transacciones diarias con base en el tipo de tarjeta de débito (local o internacional) y según el tipo de terminal electrónica donde se realiza la transacción – adelantos de efectivo en cajeros automáticos o compras de bienes o servicios en comercios-. Los límites vigentes podrán ser consultados por los tarjetahabientes en cualquiera de los centros de negocio de Mucap, en el folleto explicativo de la Tarjeta
de Débito entregado directamente al cliente o en la página web de Mucap (xxx.xxxxx.xx.xx).
6) DERECHOS Y OBLIGACIONES GENERALES DEL TARJETAHABIENTE:
El tarjetahabiente deberá:
a. Usar en forma personal la tarjeta de débito y, se obliga a no revelar la clave de acceso.
b. Emplear su máxima diligencia en custodiar, cuidar y vigilar la tarjeta de débito que recibe en este acto, siendo responsable por los daños y perjuicios que ocasione un uso negligente, doloso o culposo.
c. Deberá firmar los comprobantes de pago, verificar el importe y la veracidad de la información.
d. Solicitar y guardar los comprobantes de pago y demás documentos de compra de bienes y utilización de servicios.
e. Velar por el correcto uso de su tarjeta de débito.
f. Indicar al emisor y mantener actualizado el domicilio, fax, dirección postal o electrónica, o cualquier otro medio de información pertinente a efectos de que éste le remita los estados de cuenta y cualquier otra información relacionada con el manejo de la tarjeta.
g. Reportar al emisor la falta de recibo de los estados de cuenta.
h. Verificar las tasas de interés y otros cargos que efectúe el emisor, así como los procedimientos para presentar en a tiempo sus reclamos sobre los productos y servicios que adquiera ante los proveedores responsables.
i. Efectuar los reclamos en el plazo establecido contractualmente, salvo que la Ley u otros Reglamentos establezcan plazos mayores, en cuyo caso se aplicará siempre el plazo más beneficioso al tarjetahabiente.
j. El titular de la cuenta o los tarjetahabientes adicionales, deberán comunicar inmediatamente a Mucap, la cancelación, la pérdida, el robo o el extravío de la tarjeta, inmediatamente acontecido el hecho al teléfono 0000-0000. Si esta comunicación no se realiza por anticipado y por los medios que señala este contrato, Mucap realizara los débitos realizados.
En caso de no comunicación, el titular de la cuenta de ahorros asume bajo su entera responsabilidad el débito, retiro en efectivo o pago de las transacciones realizadas anteriores a la comunicación formal.
Si el despojo hubiera ocurrido en el extranjero, se deberá dar aviso al representante autorizado por VISA Internacional en la ciudad donde ocurrió el hecho.
Cuando el aviso fuere comunicado a Mucap, ésta indicará al tarjetahabiente un código mediante el cual se desactivó la tarjeta. El tarjetahabiente deberá al día hábil siguiente presentarse a cualquier centro de
negocio de Mucap para firmar el formulario de reposición de la tarjeta.
Si el tarjetahabiente hace el reporte en ATH Xxxxx Rica o en el extranjero al representante de VISA Internacional deberá esperar que dichas empresas le indiquen el número de desactivación.
Mucap no asume responsabilidad alguna por los daños y perjuicios ocasionados, si el tarjetahabiente no realiza la comunicación del hecho inmediatamente después de que éste ocurrió. En tal caso, el tarjetahabiente estará asumiendo personalmente todos los daños y perjuicios por uso indebido en compras, retiros en efectivo o consultas realizadas por terceros antes de la comunicación.
Una vez que la tarjeta sea reportada a la Mutual, a ATH Xxxxx Rica S.A. o Visa Internacional, quedará automáticamente desactivada de forma permanente, sin posibilidad alguna de realizar nuevos débitos, retiros de efectivos o compras. La misma tarjeta no podrá ser reactivada, por lo que el tarjetahabiente deberá solicitar una nueva tarjeta en los centros de negocios de Mucap autorizados para este trámite, y pagar su costo mediante débito a la cuenta de ahorros asociada.
k. En caso de que el tarjetahabiente olvide su número de identificación, lo pierda, se lo roben o hurten, deberá dar aviso inmediatamente a la Mutual para su reposición debiendo cancelar previamente su costo. El costo por reposición de la tarjeta será actualizado en cualquiera de los centros de negocio de Mucap y publicado en el folleto explicativo de la Tarjeta de Débito entregado directamente al cliente o en la página web de Mucap (xxx.xxxxx.xx.xx).
l. Cumplir con las obligaciones de pago cuando corresponda.
m. El tarjetahabiente estará obligado a conocer los alcances del folleto informativo denominado “Tarjeta de Débito”.
7) DERECHOS Y OBLIGACIONES GENERALES DEL EMISOR:
El emisor deberá:
a. Emitir y entregar el folleto informativo denominado “Tarjeta de Débito” a todos los tarjetahabientes, el cual contendrá al menos la siguiente información:
• Características principales del servicio que está adquiriendo, como el tipo de tarjeta, la cobertura, los beneficios adicionales y las restricciones o limitaciones que le afecten.
• Método de cálculo de los montos generados por aplicación de la tasa de interés pasiva anual, que devenga la cuenta de ahorro asociada al uso de la tarjeta de débito.
• Procedimiento para el reporte de pérdida o robo y las condiciones que prevalecen en tales situaciones.
• Procedimiento y plazo para reclamos, así como la unidad encargada para la resolución de controversias.
b. Remitir los estados de cuenta a los tarjetahabientes con una periodicidad al menos trimestral en el medio indicado por el cliente al momento de apertura de la cuenta de ahorros, que contendrá como mínimo la siguiente información:
• Nombre completo del titular de la cuenta
• Descripción de las transacciones realizadas
• Detalles financieros:
▪ fecha xx xxxxx
▪ fecha de la transacción
▪ tasa de interés pasiva anual
▪ monto por interés pasivo sobre los saldos
▪ saldo anterior
▪ depósitos y otros débitos o créditos aplicados a la cuenta
c. Entregar el número de identificación personal asociada a la tarjeta de débito junto con la tarjeta, en un sobre debidamente sellado, dichos documentos son personal e intransferible, que deberá utilizar en combinación con el número de la tarjeta para tener acceso a los servicios de cajeros automáticos de la Red ATH Xxxxx Rica S.A., Visa Plus, o de los adquirentes de la red externa y, los que en el futuro se adhieran a ésta. La clave de acceso numérica sustituye la identificación del tarjetahabiente en todas las transacciones o consultas que realice utilizando la tarjeta de débito, por lo que el tarjetahabiente acepta de forma irrevocable que su uso personal tendrá el mismo efecto de su identificación tal y como lo fuera, su propia firma puesta con su puño y letra.
8) AUTORIZACIÓN DE DÉBITOS AL EMISOR:
El titular de la cuenta autoriza expresamente a la Mutual a debitar de su cuenta de ahorros asociada, los retiros de efectivo y pagos por compras de bienes y servicios que se realice con cargo a la tarjeta principal o adicional (es).
Mucap presume que todo retiro de dinero realizado en cajeros automáticos, compras o pagos por servicios, son hechos personalmente por el tarjetahabiente utilizando su tarjeta y su número de identificación personal.
9) REGISTRO CONTABLE DEL EMISOR:
El contrato de uso de la tarjeta de débito, es un contrato accesorio al contrato de ahorros, por lo tanto, toda la información contable de las transacciones quedará registrada en la cuenta de ahorros asociada, de tal forma que, la
información que prevalecerá es la que conste en los registros contables de la Mutual. El tarjetahabiente acepta de forma irrevocable la veracidad de estos registros, excepto cuando demuestre mediante prueba documental inconsistencia en estos.
10) RETIRO DE EFECTIVO O PAGOS REALIZADOS SIN DISPONIBILIDAD DE FONDOS:
Por ser un contrato de uso de tarjeta de débito y no de crédito, cualquier retiro de efectivo o pago realizado mediante este instrumento financiero que por error se haya efectuado sin contar con fondos suficientes en la cuenta de ahorros asociada a la tarjeta de débito, deberá ser cancelado por el titular de la cuenta. Para tal efecto, Mucap otorgará un plazo de 24 horas para el reintegro, plazo que iniciará a partir de la efectiva comunicación al titular de la cuenta por los medios establecidos en este contrato. Esta comunicación será innecesaria si el débito se puede realizar de su cuenta o de otra cuenta que el titular autorice.
De no realizarse el reintegro en el plazo previsto o si no existe posibilidad de debitar el importe correspondiente de otra cuenta autorizada, se estará ante una apropiación indebida, por cuanto este contrato de uso de tarjeta de débito no constituye de ninguna forma un contrato de crédito ni están admitidos los sobregiros.
Las certificaciones que emita la Mutual relativas a saldos deudores a su favor, debidamente expedidas por sus representantes legales y refrendadas por sus auditores, constituyen título ejecutivo en contra del titular de la cuenta de ahorros asociada.
11) PLAZO DEL CONTRATO:
El plazo del presente contrato es de cinco años y se prorrogará a su vencimiento por solicitud del titular de la cuenta de ahorros por un período sucesivo igual al anterior, salvo que la Mutual decida cambiar el plazo o no renovar la tarjeta de débito principal y/o las tarjetas adicionales que tengan asociadas.
Corresponde al titular de la cuenta de ahorros la cancelación del importe de las sucesivas renovaciones de las tarjetas.
Cuando el tarjetahabiente con autorización por escrito del cuenta ahorrante solicite una tarjeta adicional, la vigencia de la tarjeta de débito será por el plazo restante, desde la fecha de emisión de la tarjeta de débito principal.
La tarjeta de débito podrá ser utilizada por el tarjetahabiente hasta la fecha de vencimiento impresa en ésta.
12) RESOLUCIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO:
Mucap dará por resuelto el contrato de uso de tarjeta de debito de forma unilateral, cuando determine que se ha hecho un uso inadecuado, indebido o fraudulento de la tarjeta de débito.
Asimismo, en el caso en que se proceda con el cierre de la cuenta de ahorros asociada a la(s) tarjeta(s) de débito(s) por cualquiera de las causas previstas en el contrato respectivo, la(s) tarjeta(s) de débito(s) se cancelarán.
Igualmente, el tarjetahabiente podrá dar por terminado este contrato, para lo cual deberá informarlo y entregar la tarjeta a Mucap para su destrucción.
13) EFECTOS DE LA RESOLUCIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO:
La terminación del contrato no afecta en absoluto las obligaciones y responsabilidades adquiridas por el uso de la tarjeta de dèbito principal y de las adicionales, ni da por concluido el contrato de la cuenta de ahorros asociado. Por lo tanto, el titular de la cuenta de ahorros acepta el débito de las sumas que efectivamente hubiera utilizado como tarjetahabiente principal, así como las de los tarjetahabientes adicionales en compras o retiros en cajeros automáticos.
14) DISCREPANCIAS ENTRE EL TARJETAHABIENTE Y LOS ESTABLECIMIENTOS AFILIADOS:
Los derechos y obligaciones de la Mutual y el tarjetahabiente no serán afectados por desavenencias entre el tarjetahabiente y los establecimientos afiliados. Las obligaciones y derechos de Mucap son independientes y autónomos y no se podrá oponer ninguna compensación o reclamo que se tuviera contra el comercio afiliado. En consecuencia, cualquier reclamo relacionado con la situación indicada anteriormente o similar, deberá formularlo el tarjetahabiente directamente al comercio afiliado, sin que ello sea excusa de con las obligaciones adquiridas ante la Mutual.
15) SOBRE EL USO DE LOS CAJEROS AUTOMATICOS:
Las redes de cajeros automáticos que el tarjetahabiente podrá utilizar son de la Red ATH Xxxxx Rica S.A., Visa Plus, o de los adquirentes de la red externa y los que en el futuro se adhieran a ésta, las cuales serán comunicadas a los tarjetahabientes, en los centros de negocios de Mucap, en el folleto explicativo de “Tarjeta de Débito”, o por medio de la página web xxx.xxxxx.xx.xx.
16) DEL COSTO POR USO DE CAJEROS AUTOMÁTICOS:
El uso de los cajeros automáticos, tendrá un costo que se cancelará mediante débito en la cuenta del ahorrante. La comisión por uso de los cajeros automáticos podrá ser debitada de cualquier otra cuenta de ahorros que tenga el tarjetahabiente en Mucap.
Si las cuentas del tarjetahabiente no tuvieran suficientes recursos para cancelar estas comisiones, Mucap le informará del pendiente de pago en el lugar designado para recibir avisos o notificaciones, debiendo cancelar su importe dentro del plazo de 24 horas posteriores a la notificación.
17) REVERSIONES, RECLAMOS Y RESPONSABILIDADES:
Si el tarjetahabiente presenta algún reclamo relacionado con alguna compra, retiro o cargo, la Mutual determinará su plazo de resolución según las características de cada caso, estando obligada a resolver a favor del tarjetahabiente solamente cuando el resultado de la investigación así lo determine plenamente, lo cual se aplica para aquellos casos en los que la información sobre el reclamo deba ser remitido a ATH Xxxxx Rica S.A., por lo que el tiempo de resolución se ampliará a lo que establezca esta empresa según sus procedimientos y considerando los plazos máximo permitidos, indicados en el Reglamento de Visa Internacional.
18) DISPOSICIONES SOBRE PÓLIZAS:
Para acceder a las coberturas y condiciones del seguro sobre la tarjeta de débito, el tarjetahabiente deberá solicitarlo en cualquier momento en cualquier centro de negocio de Mucap, autorizado para tal realizar esta transacción.
El tarjetahabiente deberá verificar periódicamente el saldo y las transacciones realizadas en su cuenta de ahorros para verificar que no existe ninguna transacción irregular.
En el caso en que el tarjetahabiente contrate de forma directa o indirecta los seguros para el uso de la tarjeta de débito, le corresponderá a éste efectuar los pagos que correspondan conforme al contrato que suscriba con la empresa aseguradora de su preferencia.
19) PROHIBICIÓN CONDICIONAR CONTRATACIÓN A SUSCRIPCIÓN DE PÓLIZA:
El tarjetahabiente tiene la libertad de elección entre las aseguradoras, los intermediarios de seguros y servicios auxiliares de su preferencia.
Mucap no podrá exigir que los contratos de seguros estén predeterminados con una entidad aseguradora o intermediario de seguros.
20) MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES CONTRACTUALES:
En caso que Mucap decida realizar modificaciones a los costos, cargos, membrecías, comisiones, beneficios, topes para la cantidad o monto de las transacciones por medio de la tarjeta de dèbito, éstos serán comunicados directamente al tarjetahabiente principal y adicional(es) mediante correo electrónico, publicación en la página web xxx.xxxxx.xx.xx, en un documento adjunto a su estado de cuenta o cualquier otro medio, para lo cual Mucap otorgará un plazo de 60 días naturales en el cual el tarjetahabiente podrá manifestar su aceptación o rechazo, en caso contrario se tendrá por aceptado automáticamente.
21) OTROS ASPECTOS INFORMATIVOS:
Como medida preventiva de seguridad, las tarjetas de débito principal y adicionales podrán ser suspendidas si en un plazo de tres meses no se registran transacciones por compras, retiros en cajeros automáticos, retiros en cajas a través de datafonos, cargos automáticos, pagos y compras en Internet, quedando abierta la posibilidad de reactivar la tarjeta de débito previa solicitud del titular de la cuenta de ahorro sin necesidad de solicitar una reposición física de ésta, si aún se encuentra vigente el plazo del contrato de cuenta de ahorros.
22) PROTECCIÓN DE DATOS Y REVELACIÓN A TERCEROS
Los tarjetahabientes tienen derecho a la protección de los datos personales que Mucap obtenga para la prestación de sus servicios.
Lo anterior no se aplicará cuando las leyes estipulen lo contrario.
Firmamos de conformidad en la ciudad de , a las horas del día , del mes de
del .
Nombre del tarjetahabiente
N° de cédula Firma
Funcionario de Mucap (Firma y sello)