INDICE
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Pliego de CONDICIONES PARTICULARES para la adjudicación del concurso y prestación del servicio comercial de “Explotación de servicios en la Terminal Logística Ferroviaria situada en la Ciudad del Transporte xx Xxxxx de la Frontera (Cádiz), contemplando los condicionados y obligaciones adquiridas por parte de la Autoridad Portuaria de la Bahía xx Xxxxx en el correspondiente contrato con el ADIF para su gestión, desarrollo y explotación”
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Pliego de CONDICIONES PARTICULARES para la adjudicación del concurso y prestación del servicio comercial de “Explotación de servicios en la Terminal Logística Ferroviaria situada en la Ciudad del Transporte xx Xxxxx de la Frontera (Cádiz), contemplando los condicionados y obligaciones adquiridas por parte de la Autoridad Portuaria de la Bahía xx Xxxxx en el correspondiente contrato con el ADIF para su gestión, desarrollo y explotación”
INDICE
1.4.- Prestación de los servicios 5
1.6.- Naturaleza del contrato y régimen jurídico 10
1.7.- Vigencia y duración del contrato 11
1.8.- Presupuesto del contrato. Condiciones económicas 11
2.1.- Procedimiento y forma 12
2.2.- Requisitos y capacidad de los licitadores 12
2.3.1.- Presentación de proposiciones 12
2.3.2.- Consultas, aclaraciones y presentación de proposiciones 14
2.3.3.- Contenido de las proposiciones 14
2.3.3.1.- Sobre A: Documentación Administrativa 14
2.3.3.2.- Sobre B: Documentación Técnica 18
2.3.3.3.- Sobre C: Propuesta Económica 20
2.4.- Condiciones económicas del contrato 21
2.4.2.- Renta variable mensual 21
C:\Carpetas trabajo\A-DP\ServicioFFCC\Licitacion Concurso APBC\Nueva licitacion_abril2022\R4_PliegoCondiciones-ExplotacionTerminalJerez-Patrimonial-AbiertoOrdinario_jun22.docx
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3.- Adjudicación y formalización 23
3.1.- Adjudicación de la Licitación 23
3.2.- Criterios de adjudicación 26
3.4 Formalización del contrato 30
3.5.- Protección de datos de carácter personal 32
4.1.- Facturación y forma de pago 33
4.2.- Seguros, impuestos y licencias 33
4.3.1.- Medición de compromiso de tráfico 36
4.4.- Mantenimiento y conservación de las instalaciones 36
4.5.- Puesta en funcionamiento 36
4.7.- Modificaciones del contrato 37
4.7.1.- Modificaciones del espacio 37
4.8.- Cesión, subarriendo y/ o subcontratación 37
5.- Plan de autoprotección / medidas de emergencia y manejo de mercancías peligrosas (MMPP) 38
6.- Aspectos medioambientales 39
7.2.- Efectos de resolución y extinción del contrato 42
8.1.- Anexo 1. Espacios, Infraestructuras e instalaciones comprensivas de la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX 44
8.1.1.- Plano de situación de la terminal 45
8.2.- Anexo 2. Modelo de proposición económica 48
8.3.- Anexo 3. Modelos de garantía 50
8.4.- Anexo 4. Modelo de Declaraciones responsables 52
8.5.- Anexo 5. Especificaciones de mantenimiento de las instalaciones y medios puestos a disposición 53
8.6.- Anexo 6. Obligaciones de Seguridad, Salud y Medioambiente para cualquier usuario de espacios portuarios o adscritos a la APBC 55
8.7.- Anexo 7. Acta de entrega de equipos 56
8.8.- Anexo 8. Pliegos de condiciones de licitación del ADIF 57
8.9.- Anexo 9. - Condiciones Particulares del Servicio 58
Pliego de CONDICIONES PARTICULARES para la adjudicación del concurso y prestación del servicio comercial de “Explotación de servicios en la Terminal Logística Ferroviaria situada en la Ciudad del Transporte xx Xxxxx de la Frontera (Cádiz), contemplando los condicionados y obligaciones adquiridas por parte de la Autoridad Portuaria de la Bahía xx Xxxxx en el correspondiente contrato con el ADIF para su gestión, desarrollo y explotación”
El dieciocho de julio de 2018, el ADIF publicó el concurso para la Contratación de la Gestión de Servicios y Comercialización en la terminal de transporte de mercancías xx Xxxxx de la Frontera (Cádiz), n° Expediente: 2018/03/001.
La Autoridad Portuaria de la Bahía xx Xxxxx (en adelante APBC), presentó oferta y obtuvo el contrato para la gestión, desarrollo y explotación de la terminal con fecha diecisiete de diciembre de 2018 y firmándose el Acta de Entrega el uno de enero de 2019 durante un periodo de 4 años con posibilidad de prórroga de hasta dos años adicionales. Con fecha uno xx xxxxx de 2022 se firmó por ambas partes (ADIF-APBC) la I Adenda al contrato 2018/03/001, donde se amplía el plazo de vigencia del contrato hasta el treinta y uno de diciembre de 2024.
En paralelo, la APBC promovió y adjudicó con posterioridad un contrato de explotación de dicha terminal a la empresa COMPAÑÍA GADITANA DE CONTENEDORES, S.L. (en adelante CONCASA), con fecha veintidós de enero de 2019 y una duración de dos años prorrogable a dos años adicionales. Tras la solicitud formal de prorroga realizada por la empresa CONCASA, en reunión del Consejo de Administracion de la APBC en sesión celebrada el 14 de diciembre de 2020 se acordó conceder la prórroga hasta el treinta y uno de diciembre de 2022.
El objetivo fundamental de la APBC con la titularidad de esta Terminal Ferroviaria de transporte de mercancías xx Xxxxx de la Frontera, se centra en aumentar su capacidad para gestionar y optimizar flujos de transporte, así como aumentar los tráficos de contenedores que tienen como Origen o Destino la Terminal RO-RO xxx xxxxxx Xxxxxxx de Comillas del Puerto xx Xxxxx (y por tanto, asociadas a sus hinterlands, actuales y potenciales), así como de las terminales LO-LO y que actualmente no están usando el modo ferroviario en su transporte terrestre.
1.- Disposiciones generales
El presente Xxxxxx establece las bases para la adjudicación de un contrato para la explotación de servicios en la Terminal Ferroviaria de transporte de mercancías xx Xxxxx de la Frontera (en adelante TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX), por procedimiento abierto con diferentes criterios de adjudicación.
El adjudicatario (en adelante Explotador de la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX) habrá de llevar a cabo la prestación y comercialización de los servicios referidos en el punto
1.4. La prestación y comercialización de dichos servicios los realizará el Adjudicatario-
Explotador de la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX a su riesgo y xxxxxxx, quedando obligado en calidad de único y último responsable de cualesquiera daños y perjuicios que durante la misma se produzcan a terceros, a la Autoridad Portuaria de la Bahía xx Xxxxx o a su propio personal. Además, deberá hacer frente también a sus propios clientes, usuarios y terceros a los que les concierne una interlocución directa con el presente Explotador, en calidad de relación contractual de actividad y de negocio. La prestación de los servicios y actividad se realizará en la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX, donde se dispone del espacio, instalaciones e infraestructura necesarios para ello, descrito en el Anexo n° 1.
La titularidad patrimonial de la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX corresponde al ADIF, quien licitó y adjudicó el Contrato de la puesta en explotación de la instalación mediante concurso publicado el 18 de julio de 2018 (Expediente 2018/03/001) a la Autoridad Portuaria de la Bahía xx Xxxxx.
Como quiera que la citada terminal resulta estratégica para el tráfico de mercancías en el Puerto xx Xxxxx, la Autoridad Portuaria de la Bahía xx Xxxxx vuelve a promover el concurso necesario para contratar su explotación con terceros, conforme a los intereses de la propia APBC.
La TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX ocupa una superficie total aproximada de
12.500 m2, según se detalla en el plano adjunto al presente pliego.
Asimismo, dispone de instalaciones de carácter polivalente que responden a las necesidades técnicas y logísticas del centro, y que facilitan la intermodalidad ferrocarril- carretera.
El adjudicatario dispondrá de un derecho de uso para la superficie recogida en el presente pliego.
La TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX se destinará a operaciones de carga y descarga de mercancías transportadas por ferrocarril, que será considerada como actividad principal del contrato.
Junto con la actividad principal, el adjudicatario podrá realizar actividades accesorias como almacenamiento, depósito, talleres de apoyo de medios auxiliares, etc.
Cualquier otra actividad de apoyo no contemplada entre las citadas, deberá contar con la autorización de la Autoridad Portuaria de la Bahía xx Xxxxx.
En la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX no se podrán manipular mercancías peligrosas.
1.4.- Prestación de los servicios
Definiciones a tener en cuenta:
Elemento | Definición |
LSF | Ley 38/2015, de 29 de septiembre, de Sector Ferroviario |
UTI | Unidad de Transporte Intermodal en cuyo interior se dispone la |
TEU | Unidad de transporte equivalente a un contenedor de 20 pies (Twenty Equivalent Unit) |
Tipos de UTI | Se consideran, a efectos de elaboración del sobre técnico, las siguientes: - Contenedores marítimos - Contenedores terrestres - Cajas móviles - Semirremolques de carretera |
Autopista | Transporte de semirremolques de carretera por ferrocarril |
Tráfico Hinterland | El que tiene un origen o destino en una terminal ferroviaria portuaria |
Tráfico continental | El que tiene un origen o destino en una terminal interior |
Tráfico internacional | Todo servicio de transporte en el que el tren cruce al menos una frontera de estado miembro |
Tráfico nacional | Todo servicio de transporte en el que el tren tenga su punto xx xxxxxxx y el punto de destino en el interior del estado |
Explotador de la instalación | La entidad pública o privada responsable de la prestación de los servicios de carga y descarga de mercancías transportadas por ferrocarril |
Vagón | El diseñado para el transporte de mercancías que viajan en UTIS |
Vagón | El diseñado para el transporte de mercancías que no viajan en UTIS |
Tren | Toda circulación ferroviaria que tenga como punto de origen, tránsito o destino la instalación xx Xxxxx-Terminal Intermodal para realizar operaciones en el espacio destinada a la carga y descarga de mercancías. |
Tren lanzadera | Todo servicio de transporte realizado entre la instalación xx Xxxxx- Terminal Intermodal y el Puerto de Cá d i z |
La realización de la carga y descarga se llevará a cabo bajo el principio general del artículo 20 de la Ley 15/2009, de 11 de noviembre, del contrato de transporte terrestre de mercancías, en donde se establece que las operaciones de carga de las mercancías a bordo de los vehículos, así como la descarga de éstos, serán por cuenta, respectivamente, del cargador y del destinatario, salvo que expresamente se asuman estas operaciones por el porteador.
Acorde a lo detallado en la Ley 38/2015 del 29 de septiembre del Sector Ferroviario (en adelante LSF), la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX es considerada una instalación de servicio, en la que se prestarán servicios (de obligado cumplimiento) tales como:
- Manipulación de UTIs:
o Manipulación de contenedores de 45 pies apilables
o Manipulación xx xxxxx móviles no apilables Clases A y C.
o Manipulación de semirremolques no apilables estándar.
- Servicios comerciales adicionales:
o Almacenaje, para las UTIs que superen la franquicia máxima de estancia temporal ofertada en el servicio (Exc. MMPP)
o Pesaje, para aquellas UTIs sometidas al convenio SOLAS en las que deba realizarse el VGM o peso bruto verificado.
o Reparación, Servicio de Inspección, reparación y limpieza de UTIs.
o Aduana, habilitación de una parte del espacio para ADT/LAME u otra figura aduanera.
o Acarreos, por camión, desde la estación intermodal a domicilio del remitente o
destinatario de las UTIs. Se deberá acompañar la habilitación como Operador de Transporte.
- Horarios de prestación de servicios:
o Prestación las 24 h/día, los 7 días de la semana.
o Tiempo de antelación permitido para atender la solicitud del Cliente: solicitud del servicio con una antelación al menos de 6 horas.
o No se podrá aplicar recargo sobre manipulación atendida en la prolongación de jornada.
o No habrá un mínimo de Utis a facturar por el servicio de prolongación de jornada.
o Compromiso de calidad sobre la prestación de servicios, con un tiempo máximo de paralización de medios sin penalización, como mínimo inferior a 24 h.
• Servicios complementarios definidos en el punto 18 del anexo 1 de la LSF con las siguientes características:
- Los servicios que preste el explotador se deberán realizar de manera no discriminatoria ante cualquier empresa ferroviaria que los solicite.
- El explotador, como mínimo, estará obligado a prestar el servicio complementario de carga y descarga de unidades de trasporte intermodal (UTI) sobre y desde vagón. Para ello deberá contar con los recursos necesarios, incluido el personal debidamente habilitado en cualquiera de los ámbitos que corresponda.
• Servicios auxiliares definidos en el punto 19 del anexo 1 de la LSF, con la siguiente característica:
- El explotador no está obligado a prestar dichos servicios a las empresas ferroviarias que lo soliciten, no obstante si ofrece su realización a alguna de ellas, deberá de hacerlo de manera no discriminatoria ante cualquier otra empresa ferroviaria que los solicite.
La realización de los servicios complementarios y auxiliares demandará el cumplimiento por parte del Explotador de todos los requisitos legales exigibles en materia de seguridad ferroviaria. Particularmente, deberá disponer de los títulos habilitantes que resulten necesarios para el personal ferroviario. Asimismo, deberá llevar a cabo cuantas labores sean necesarias para dotarse de un sistema de gestión de la seguridad que garantice el cumplimiento de los citados requisitos durante la prestación de servicios, tanto por su parte como por terceros.
Los servicios que el Explotador puede ofrecer, en lo relativo al tratamiento de contenedores y mercancías, son, entre otros, los siguientes:
• Carga, descarga, entrega, recepción y manipulación de UTIs.
• Carga y descarga de mercancías en general.
• Espacio logístico para depósito de UTIs, tanto de llenos como de vacíos, incluso Reefers.
• Consolidación y desconsolidación de carga en UTIs.
• Limpieza, mantenimiento y reparación de UTIs.
• Almacenaje de mercancías
• Pesaje, Servicios Aduaneros, facturación, etc.
Otros requisitos de los servicios (de obligado cumplimiento):
o Sistemas de Información a terceros: Disponibilidad del sistema EDI en sus operaciones habituales (acompañar de Declaración responsable).
o Proporcionar la información necesaria y requerida para publicitarla en el sitio web de la APBC, a criterio de la Autoridad Portuaria.
En cuanto a los servicios que el Explotador podrá ofrecer a los vehículos, se significan los siguientes:
• La carga y descarga de vehículos, concretamente camiones y trenes.
• La organización y gestión del transporte.
• Aparcamiento de vehículos pesados.
• Reparación de material ferroviario.
• La manipulación de vagones y unos servicios de atención a conductores y vehículos.
• Servicios de información, entre los que se encuentran el horario de salida de buques del Puerto xx Xxxxx en líneas marítimas de tráficos portuarios.
• La gestión de documentación pertinente, pesaje de camiones, etc.
El Explotador de la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX deberá comprometerse a realizar las actividades inherentes a la configuración de dicha instalación, como una terminal de intercambio modal (tren-tren y tren-camión) especializada en la operativa de manipulación de contenedores con origen o destino en puerto marítimo, así como aquellas actividades vinculadas que, sin ser imprescindibles para el tráfico propio de la terminal, contribuyen a incrementar o complementar la base de servicio y negocio de la instalación y la orientación de tráficos desde/hacia el puerto xx Xxxxx.
De manera particular el Explotador deberá establecer un modelo de gestión y explotación que persiga el objetivo de aumentar los tráficos de contenedores que tienen como Origen o Destino el Puerto xx Xxxxx y que actualmente no están usando el modo de transporte ferroviario, a través de una instalación altamente especializada y sincronizada con las operativas marítimas de los Muelles del Puerto xx Xxxxx y también de alta eficiencia en costes para las cadenas logísticas.
El Explorador deberá realizar una gestión de la terminal, de forma que recopile toda la información necesaria de las empresas ferroviarias y/o clientes (pies de tren, etc.) y pueda ser entregada a la APBC con el contenido de información y en los formatos digitales previamente establecidos por la APBC, mediante el empleo de un sistema de gestión adecuado.
En relación a los recursos y equipos del Explotador, el personal contará con las acreditaciones y permisos correspondientes para las operaciones y manejo de los equipos, de acuerdo a la legislación española. Respecto al personal que preste servicios relacionados con la operación ferroviaria, será de aplicación la Orden FOM/2872/2010 de 5 de noviembre modificada por la Orden FOM/679/2015 de 9 xx xxxxx, por la que se determinan las condiciones para el ejercicio de las funciones del personal ferroviario relacionadas con la seguridad en la circulación, así como el régimen de los centros homologados de formación y de los de reconocimiento médico de dicho personal.
El Explotador de la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX queda obligado a asumir todos los costes y cargos requeridos para la limpieza, manutención, conservación y rehabilitación de dicha instalación y de los accesos en la parte que le corresponda, para su correcta prestación de servicios y puesta en funcionamiento, siendo causa expresa de
resolución del contrato la dejación o negligencia en la ejecución de estas actividades. Asimismo, corresponderá al Explotador la contratación de los seguros correspondientes, así como el pago de impuestos y licencias necesarios para el desarrollo de la actividad, conforme a lo establecido en el presente Pliego.
El propósito de la APBC con respecto a la terminal ferroviaria es atender prioritariamente los tráficos con origen o destino el Puerto xx Xxxxx, por lo que estos tráficos serán y deberán recibir un trato preferente a cualquier otro.
Sin perjuicio de lo anterior, en el caso de que en la terminal existiese capacidad excedentaria, el Explotador podrá atender dichos tráficos debiendo actuar conforme a los principios de igualdad de trato, transparencia y no discriminación. Asimismo, deberá garantizar el carácter abierto al uso general o universal de la propia Terminal para cualquier operador ferroviario o logístico.
El explotador estará obligado a comunicar a la Autoridad Portuaria sobre cualquier incidente que afecte al normal funcionamiento de la terminal o a cambios del tráfico previsto, con periodicidad diaria.
Por último, el Explotador de la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX se compromete a colaborar con la APBC para la captación de volúmenes que redunde en un aumento de la actividad del Puerto xx Xxxxx.
A continuación, se resumen las condiciones adicionales a cumplir durante la explotación de la terminal ferroviaria, de obligado cumplimiento para el adjudicatario:
• TIPOLOGÍA DE UTI A MANIPULAR.
- Contenedores de 20, 40 y/o 45 pies apilables.
- Cajas móviles no apilables clase A y C.
- Semirremolques no apilables estándar.
• SERVICIOS COMERCIALES ADICIONALES.
- Pesaje
- Almacenaje
- Reparación
- Aduanas
- Acarreos
• HORARIOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
- De 0 a 24 horas, de Lunes a Domingos, incluidos festivos.
- Antelación de 6 horas para atender solicitud de servicio.
• MEDIOS DE MANIPULACIÓN
- 2 Grúas ReachStacker.
• COMPROMISON DE CALIDAD DE PARALIZACIÓN DE MEDIOS
- Tiempo máximo de paralización de medios, inferior a 24 horas.
• DISPONIBILIDAD DE SISTEMA DE COMUNICACIÓN
- Disponibilidad de Sistema EDI en sus operaciones habituales.
• CONECTIVIDAD A PLATAFORMAS TECNOLÓGICAS PORTUARIAS.
- Debe disponer de dicha conexión.
• PREDISPOSICION A FACILITAR INFORMACION A PUBLICAR EN WEB DE LA APBC
- Deberá proporcionar toda la información requerida, y en los formatos adecuados.
La prestación de servicios y actividades complementarias estarán sujetas al cobro de tarifas por parte del Explotador de la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX, que tendrán la consideración de precio privado.
Dichas tarifas, una vez adjudicada esta Explotación, deberán ser presentadas ante la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) para su informe, previamente a la aprobación por parte del Explotador, conforme a lo detallado en el Artículo 102 de la LSF.
Una vez aprobadas, las tarifas deberán comunicarse a la APBC para que sean publicadas en la declaración sobre la red de la APBC, además de que sean trasladadas al ADIF para su publicación en su declaración de Red y/o en un sitio web donde pueda consultarse gratuitamente.
La prestación de servicios auxiliares estará sujeta a precios libremente acordados entre el Explotador y el solicitante, debiendo ajustarse a lo establecido al respecto en la LSF.
El Explotador de la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX podrá revisar y actualizar las tarifas máximas, de forma justificada y de acuerdo a las variaciones de las condiciones xx xxxxxxx. Los cambios en las tarifas y condiciones de prestación de los servicios deberán ser comunicados, a efectos meramente informativos, a la APBC, sin perjuicio de las gestiones que precisen ante la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia por parte del Explotador.
El Adjudicatario podrá establecer rebajas o descuentos en las tarifas, siempre que se realicen conforme a criterios objetivos y no discriminatorios entre empresas ferroviarias, sean conocidas, accesibles y públicas para los clientes y usuarios de la instalación, garantizando la igualdad de trato a todos los clientes que cumplan con las condiciones de aplicación, conforme a lo establecido en el artículo 102 de la Ley 38/2015 del Sector Ferroviario.
1.6.- Naturaleza del contrato y régimen jurídico
El contrato para la explotación de la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX es de carácter jurídico privado y naturaleza patrimonial, y su licitación y adjudicación se regirán por los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación, de conformidad con el presente Pliego de Condiciones. Sus efectos y extinción
estarán supeditadas a lo establecido en los Pliegos y a las normas de derecho civil y mercantil. Este Xxxxxx tiene carácter contractual, al igual que sus Anexos, por lo que deberán ser aprobados y firmados por el adjudicatario en el acto de formalización de contrato, como prueba de conformidad.
Para la resolución de las cuestiones litigiosas que puedan derivarse de la preparación y adjudicación del contrato, serán competentes los órganos de la jurisdicción contencioso- administrativa.
Para las cuestiones litigiosas derivadas de los efectos y extinción del contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales civiles xx Xxxxx, con renuncia expresa a cualquier fuero que en derecho pudiera corresponderles.
1.7.- Vigencia y duración del contrato
El contrato tendrá una duración de dos años, a partir del uno de enero de 2023, previa formalización de dicho contrato y sin posibilidad de prórroga.
1.8.- Presupuesto del contrato. Condiciones económicas.
Los precios que serán de aplicación durante la vigencia del contrato para la realización de las actividades expresamente citadas en el mismo quedan fijados de la siguiente manera, en concepto de precios mínimos:
• Renta fija año 2023: 7.740 €/mes + IGC año 2022, medido a 31/12/2022.
• Renta variable año 2023:
Para una manipulación de UTIS hasta: 15.000 UTIS/año… 0,67 €/UTI.
Para una manipulación de UTIS superior a 15.000 UTIS/año 0,35 €/UTI (aplicable
al número de UTIS anual manipuladas, por encima de las 15.000).
• Renta fija año 2024: Renta fija año 2023 + IGC año 2023, medido a 31/12/2023.
• Renta variable año 2024:
Para una manipulación de UTIS hasta: 15.000 UTIS/año, Renta variable año 2023, correspondiente + IGC año 2023, medido a 31/12/2023.
Para una manipulación de UTIS superior a 15.000 UTIS/año, Renta variable año 2023 correspondiente + IGC año 2023, medido a 31/12/2023 (aplicable al número de UTIS anual manipuladas, por encima de las 15.000).
El presupuesto del contrato estimado para los dos años previstos (teniendo solo en cuenta la renta fija mínima y un IGC estimado para el año 2022 del 1%), asciende a la cantidad de CIENTO OCHENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO EUROS CON SESENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (188.555,69 euros), IVA no incluido.
En todo caso, será aplicable el coeficiente real del IGC para obtener el importe real, una vez sea oficializado por el INE.
La contratación se llevará a cabo mediante procedimiento abierto con varios criterios de adjudicación, conforme a lo establecido en el presente Pliego.
2.2.- Requisitos y capacidad de los licitadores
Podrán concurrir a la licitación y presentar sus proposiciones, todas las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten poseer los requisitos necesarios para contratar, solvencia económica, financiera y técnica o profesional suficiente según se establece en este Pliego y en el Pliego de cláusulas administrativas, que cumplan con todos y cada uno de los requisitos que se señalan en el mismo y que no estén incursas en alguna de las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 71, 72 y 73 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
2.3.1.- Presentación de proposiciones
Las proposiciones se ajustarán a lo establecido en este Pliego. Su presentación supone, por parte del licitador, la aceptación expresa e incondicional de la totalidad de las cláusulas de dichos Pliegos, sin salvedad o reserva alguna, y la declaración responsable de la exactitud de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Autoridad Portuaria de la Bahía xx Xxxxx y ser adjudicatario del concurso.
La APBC se reserva el derecho de modificar los términos de la convocatoria, inclusive su anulación, en cualquier momento antes de que finalice el plazo de presentación de ofertas, procediendo, en su caso, a publicar nuevos anuncios, pudiendo, asimismo, desistir del procedimiento de adjudicación del concurso iniciado, con anterioridad a su adjudicación, cuando exista causa que lo justifique y se determine en la resolución que se adopte a tal fin, debiendo comunicar tal decisión a los licitadores que hubieran presentado una oferta o que hubieran solicitado participar en el concurso, y sin que, por tanto, se admitan reclamaciones por ninguno de los indicados motivos.
Cada licitador podrá presentar una única proposición. Ningún Licitador podrá suscribir proposición en una sociedad con otros licitadores si lo ha hecho individualmente, ni figurar en más de una sociedad. La contravención de estos principios producirá la desestimación de todas las proposiciones presentadas por el licitador.
Las proposiciones se presentarán en las oficinas de la Autoridad Portuaria de la Bahía xx Xxxxx, en la Xxxxx xx Xxxxxx xx 00, 00000 xx Xxxxx, de acuerdo con lo establecido en el anuncio de la licitación en horario de 9:00 a 14:00 horas del día establecido como día límite, en mano y en sobres cerrados y sellados o lacrados, haciendo constar en el mismo el objeto de la licitación que aparece en la portada de este pliego, nombre del licitador, la fecha y la firma.
Asimismo, las ofertas podrán ser presentadas por correo de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 80.4 RGLCAP. En este caso se deberá comunicar este hecho a la APBC mediante el envío a través de la Sede Electrónica de la APBC, utilizando el trámite de instancia general de la copia sellada que acredite su remisión, antes de que finalice el plazo previsto para la presentación de las ofertas.
La presentación de proposiciones supone la aceptación incondicional de las cláusulas de los Pliegos y demás documentación que conforma el expediente de contratación, así como la declaración responsable implícita de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Autoridad Portuaria.
Las proposiciones constarán de tres (3) sobres, de al menos tamaño DIN A-4, cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente, y en cada uno de los cuales se hará constar en su exterior el nombre o denominación social y DNI o CIF del licitador y una leyenda que indique ”CONCURSO PÚBLICO PARA LA ADJUDICACIÓN DE UN CONTRATO PARA LA EXPLOTACIÓN DE SERVICIOS EN LA TERMINAL LOGÍSTICA FERROVIARIA SITUADA EN LA CIUDAD DEL TRANSPORTE XX XXXXX DE LA FRONTERA (CÁDIZ), CONTEMPLANDO LOS CONDICIONADOS Y OBLIGACIONES ADQUIRIDOS POR PARTE DE LA AUTORIDAD PORTUARIA DE LA BAHÍA XX XXXXX EN EL CORRESPONDIENTE CONTRATO CON EL ADIF PARA SU GESTIÓN, DESARROLLO Y EXPLOTACIÓN", así como el título
correspondiente a cada sobre según los respectivos casos (Sobre A, B o C).
Dentro de cada sobre se hará constar, en hoja independiente, su contenido, enunciado numéricamente. La documentación exigida en cada sobre deberá aportarse en soporte papel, preferiblemente encuadernada y sujetándose al orden establecido para cada sobre en el presente Xxxxxx.
Asimismo, deberá aportarse copia de toda la documentación referida a los Sobres A y B en soporte digital estándar (CD, DVD, USB, etc.), incluyendo dentro de éste dos tipos de archivos: unos en formato PDF, que sean copia fiel de la documentación en papel, y otros en formato nativo de las aplicaciones en que se hayan generado (Word, Excel, AutoCAD, etc.).
La falta de presentación de cualquiera de los documentos a incluir en los respectivos sobres podrá ser causa de exclusión de la licitación.
Todos los documentos que se presenten, de no ser originales, deberán tener carácter de auténticos conforme a la legislación vigente y las ofertas se presentarán redactadas en castellano. En caso de que se presenten en otra lengua distinta, deberán acompañarse de una traducción jurada completa a lengua castellana.
En el momento de la entrega de la proposición, se facilitará al licitador resguardo acreditativo de haberla efectuado, haciendo constar el día y la hora, así como el número de sobres presentados.
El concursante deberá mantener su oferta por un periodo de CINCO MESES (5) desde la fecha de presentación de ofertas establecida en el anuncio de licitación.
La totalidad del coste de la elaboración de la documentación para la confección de las ofertas que se presenten a la licitación será por cuenta exclusiva de los licitadores, quienes no podrán reclamar compensación alguna en caso de no resultar adjudicatarios o en el supuesto de que se acuerde el desistimiento del procedimiento de adjudicación, se declare desierto el concurso o finalmente no se proceda a la formalización del contrato por cualquier motivo.
2.3.2.- Consultas, aclaraciones y presentación de proposiciones
A partir del día siguiente al de publicación del anuncio de convocatoria del presente concurso, y hasta el fijado en dicho anuncio como fecha límite para obtener documentación e información, los interesados podrán obtener una copia del presente Pliego de Condiciones.
La copia de la citada documentación estará también a disposición de los interesados, dentro del plazo anteriormente indicado, en el tablón de anuncios de la página web de la APBC (xxx.xxxxxxxxxxx.xxx).
Los interesados podrán acceder al expediente de referencia durante el mismo plazo, además de poder realizar las oportunas consultas a la APBC.
Los licitadores podrán solicitar la aclaración de cualquier cuestión que surja conforme a la hora de interpretar las condiciones de contratación exigidas en el presente Pliego, y en el resto de la documentación pertinente, hasta la fecha señalada en el anuncio de licitación como límite para la obtención de documentación e información.
La Autoridad Portuaria de la Bahía xx Xxxxx se reserva el derecho de divulgar al resto de licitadores aquellas cuestiones suscitadas durante el proceso que, sin desvelar asuntos de carácter reservado, permitan una mayor homogeneidad y transparencia de cara a la comparación de ofertas.
Se podrán formular las consultas relacionadas con el concurso, el contrato o la presentación de ofertas en la oficina de la Autoridad Portuaria de la Bahía xx Xxxxx, o mediante comunicación a la dirección de correo electrónico que se recoja en el anuncio de la licitación.
2.3.3.- Contenido de las proposiciones
La proposición contendrá un total de tres (3) sobres cerrados y lacrados, señalados con las letras A, B y C, y conteniendo cada uno de ellos la siguiente documentación:
2.3.3.1.- Sobre A: Documentación Administrativa
Requisitos comunes a todos los licitadores:
En forma visible y sin que sea preciso para su lectura abrir el sobre, se consignará lo siguiente:
SOBRE A: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
Objeto del contrato:........................................................
Licitador:....................................................................
Fecha y Firma:.............................................................
En él se incluirán:
Documentos acreditativos de la capacidad de obrar
La capacidad de obrar de los empresarios españoles se acreditará mediante escritura,
documentos de constitución, estatutos o acto fundacional en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial.
En sustitución de la documentación exigida, podrá acreditarse la capacidad de obrar de las empresas mediante la aportación de la certificación expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado (regulado por la Orden EHA/1490/2010, de 28 xx xxxx), acompañado, en ambos casos, de una declaración responsable de la vigencia del certificado y de que las circunstancias expresadas en el certificado no han experimentado variación.
En caso de haber sustituido la documentación exigida, por la certificación a hace referencia el anterior párrafo, el licitador que resultase adjudicatario, deberá presentar los documentos acreditativos de la capacidad de obrar previamente a la formalización del contrato.
Documentos que acrediten, en su caso, la representación
Los que comparezcan o firmen en nombre de otro presentarán poder bastante al efecto y fotocopia legitimada notarialmente de su D.N.I, o del que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. El poder deberá figurar en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para un acto concreto, no hace falta la inscripción en el Registro Mercantil previamente mencionada, de acuerdo con el art.º 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil.
Compromiso de constitución de Unión Temporal de Empresas, en su caso
Cuando dos o más empresas acudan a la licitación bajo compromiso de constitución de una Unión Temporal, cada uno de los empresarios que la componen deberá acreditar su capacidad y solvencia, conforme a lo establecido en este Pliego, acumulándose a efectos de la determinación de la solvencia de la Unión Temporal, las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma en los términos establecidos en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y en su desarrollo reglamentario.
Para que en la fase previa a la adjudicación sea eficaz la Unión Temporal, u otra fórmula asociativa legalmente reconocida, será necesario que los empresarios que deseen concurrir integrados en ella presenten un documento privado, en el que incluyan los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la Autoridad Portuaria de la Bahía xx Xxxxx, así como un único domicilio a efectos de notificaciones. En este documento, los empresarios que concurran a la licitación en agrupación deberán incorporar un acuerdo por el que declaren que responderán solidariamente de cualquier obligación señalada en el Pliego.
Declaración responsable sobre la Legislación específica de Transportes (Ver Anexo 4).
Declaración responsable de no haber sido sancionada, en firme, por infracciones muy graves en el ámbito de la legislación específica de los transportes en el último año.
Declaración responsable del grado de vinculación con otros organismos o empresas que también operen en mercados nacionales de servicios de transporte ferroviario.
Declaración responsable de no estar incursa la empresa en las prohibiciones para contratar (Ver Anexo 4).
La declaración responsable de no estar incursa la empresa en las prohibiciones para contratar del artículo 71.3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones Tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, y deberá quedar acreditada por los licitadores a instancia de la Autoridad Portuaria de la Bahía xx Xxxxx, mediante la presentación de los pertinentes clasificados de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
La justificación acreditativa de tal requisito se exigirá, nuevamente, antes de la firma del contrato a la empresa o Unión Temporal de Empresas adjudicatarias.
Documento acreditativo de la constitución de la Garantía Provisional
La contemplada en el punto 3.3.1 Garantía provisional del presente Pliego.
Documentos acreditativos de solvencia
La solvencia del licitador podrá ser acreditada por los medios previstos en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, de acuerdo con lo previsto en el presente pliego. A estos efectos, se aportará cuanta documentación estime el licitador que sea adecuada para acreditar su solvencia económica y financiera, así como el desarrollo garante del contrato y, en particular, las cuentas aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, relativas a los tres últimos ejercicios, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito.
En cualquier caso, respecto de la solvencia económica y financiera, deberá aportarse, además, cómo mínimo:
• Justificante de la existencia de un seguro de d a ñ o s a t e r c er o s y r e s p o n s a b i l i d a d c i v i l , con una cobertura mínima de 1.500.000 €.
• Informe de solvencia económico-financiera de institución financiera.
En cuanto a los requisitos de solvencia técnica, la empresa ofertante, deberá aportar como mínimo lo siguiente:
• Experiencia acreditada en el manejo de transporte intermodal de UTI's de al menos 5 años.
• De manera particular, el licitador deberá declarar y acreditar que pone a disposición del contrato como mínimo los siguientes recursos:
- Un Técnico cualificado que realizará las funciones de Jefe de la terminal que deberá de contar con una experiencia demostrable en el sector de más de 8 años en la gestión de terminales intermodales.
- Dos Técnicos cualificados que realizará las funciones de mantenimiento y operaciones.
Tanto la experiencia de la empresa como la de los técnicos y licenciados adscritos al trabajo deberán quedar demostrados mediante las correspondientes certificaciones emitidas por el organismo contratante de dichos trabajos, acreditaciones de la empresa y currículum de cada cual. Los criterios de solvencia técnica o profesional deberán mantenerse durante la vigencia del contrato.
- Disponer, como mínimo, de los siguientes medios técnicos para poder operar dicha terminal: 2 Reach-Stackers y 2 carretillas elevadoras de capacidad y características suficientes para llevar a cabo las operaciones en la Terminal.
Declaración del grupo empresarial al que pertenezcan los licitadores, con indicación de las empresas que lo componen
Debe de expresar las circunstancias por las que las empresas que forman parte del grupo de empresas al que pertenezcan el Licitador Individual o cualquiera de las empresas que liciten con el permiso de constituir una UTE, están vinculadas a esta. La no pertenencia a ningún grupo de empresas deberá hacerse constatar igualmente mediante declaración responsable.
Aspectos diferenciales en la documentación de las empresas extranjeras
Respecto de lo señalado en los apartados anteriores, además de la documentación común expresada en los mismos, estos empresarios deberán presentar documentos justificativos de los siguientes apartados:
Capacidad de obrar
La capacidad de obrar de las empresas no españolas en Estados Miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, se acreditará mediante la inscripción en los registros o presentación de las certificaciones normativamente establecidas.
La capacidad de obrar de las restantes empresas extranjeras se acreditará mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España, en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, en el que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro Local Profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato. En estos supuestos, además deberá acompañarse del informe de la Misión Diplomática Permanente de España o del órgano ministerial competente en materia de comercio exterior sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre la Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, o, en caso contrario, el informe de reciprocidad en el que se acredite que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con el sector público estatal en forma sustancialmente análoga.
Declaración de conocimiento de la licitación de ADIF (Ver Anexo 4).
El licitador deberá declarar que conoce, acepta y se supedita a las condiciones que exige ADIF para la explotación de la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX según el concurso celebrado al efecto, regulado en el "Pliego de condiciones particulares del concurso para la contratación de la Gestión de servicios y comercialización en la terminal de transporte de mercancías xx Xxxxx de la Frontera (Cádiz)". N° de expediente 2018/03/001, cuyo anuncio fue publicado en el Diario ABC, con fecha 18 de julio de 2018.
Declaración de compromiso expreso de la puesta en servicio e inicio de la actividad de la terminal respecto a la fecha establecida en el presente pliego, 01/01/2023, dando continuidad a la operativa existente en la terminal.
Sumisión a la jurisdicción española
Las empresas extranjeras deberán acompañar una declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles, de cualquier orden, para todas las incidencias que, de modo directo o indirecto, pudieran surgir del contrato, declaración con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
2.3.3.2.- Sobre B: Documentación Técnica
Requisitos comunes a todos los licitadores:
En forma bien visible y sin que sea preciso para su lectura abrir el sobre, se consignará lo siguiente:
SOBRE B: DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
Objeto del contrato:....................................................
Licitador:.................................................................
Fecha y Firma:..........................................................
La documentación a incluir será la siguiente:
A. Memoria de Actividades
i. Previsión justificada de la demanda a atender medida en Unidades de Transporte Intermodal (UTis) para tráficos con Origen o Destino el Puerto xx Xxxxx, así como otros destinos. Se aportará una desagregación de la previsión por tipo de unidad de transporte (contenedores de 20 pies, 40 pies, 45 pies, cajas móviles, semirremolques, plataformas, etc.), según su carga y tipo de mercancía (llenos y vacíos), por origen-destino (con un detalle mayor p a r a aquellos que tengan origen o destino el Puerto xx Xxxxx), y según unidad de negocio. A modo de referencia, prepositiva y no limitante, se indican las principales unidades de negocio:
a) Actividad de manipulación (tren-camión, camión-tren, tren-tren);
b) Actividad de depósito de almacenes (vacíos o llenos);
c) Actividades de valor añadido (aduaneras, logísticas, servicios al transporte, etc.).
ii. Sistema de gestión de mantenimiento y conservación de la instalación en su conjunto. El licitador deberá detallar en su proposición los medios y recursos empleados para el mantenimiento y conservación de los espacios, infraestructuras e instalaciones comprensivas de la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX en su conjunto, así como los esquemas de actuación: actuaciones correctivas, preventivas y de actualización. El licitador asume el mantenimiento y conservación de los espacios, infraestructuras, e instalaciones.
iii. Descripción de los recursos materiales y humanos propios para la explotación de la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX. Se describirán los equipos fijos y móviles destinados a la manipulación de unidades de carga y descarga ("Reach-Stackers", Carretillas, Mafis u otros equipos), y todos aquellos necesarios para la realización de las actividades. El licitador deberá garantizar la disponibilidad de personal habilitado acorde a la legislación vigente, especialmente en lo referido a la Orden FOM 2872/201O, para garantizar la operativa ferroviaria durante el rango horario.
iv. Descripción de los servicios a prestar. Para cada unidad de negocio y tipo de demanda, se identificarán los servicios a prestar en la terminal, tales como los dirigidos a las empresas ferroviarias y a los operadores intermodales (acceso, aparcamiento, acarreos, suministros a material móvil, etc.), servicios de intercambio modal o transferencia de carga entre modos, incluyendo posibles tránsitos entre distintos modos; servicios aduaneros; servicios de almacenamiento de vacíos y de otro tipo de unidades de carga; servicios logísticos o de valor añadido asociados a la mercancía (consolidación y desconsolidación, personalización, preparación para venta y distribución). Se exigirá compromiso expreso de prestación del servicio complementario de carga y descarga de unidades de trasporte intermodal (UTI) sobre y desde vagón.
v. El licitador deberá garantizar la disponibilidad de personal habilitado acorde a la legislación vigente, especialmente en lo referido a la Orden FOM 2872/2010, para garantizar la operativa ferroviaria durante el rango horario.
vi. Declaración expresa de cumplimiento de todos los requisitos expuestos en la prestación del servicio (apartado 1.4 del presente Pliego).
B. Plan de inversiones
Se consignará una programación de inversiones en el horizonte temporal observado, concretando sus periodos de ejecución, la fecha de entrega y sus periodos de servicio, así como los plazos de amortización identificados. Se valorarán especialmente las inversiones realizadas en los 6 primeros meses de la explotación. El Plan de inversiones concretará y detallará la naturaleza de las inversiones contempladas, su integración y justificación en el modelo de explotación. Todas las magnitudes monetarias se expresarán en euros constantes, según valor de 2022.
2.3.3.3.- Sobre C: Propuesta Económica
En forma bien visible y sin que sea preciso para su lectura abrir el sobre, se consignará lo siguiente:
SOBRE C: PROPUESTA ECONÓMICA
Objeto del contrato:....................................................
Licitador:.................................................................
Fecha y Firma:..........................................................
Cada licitador formulará su proposición económica en soporte papel, utilizando para ello el modelo de proposición económica que se adjunta como Anexo nº 2.
El licitador deberá cumplimentar el impreso sin introducir cambios ni modificaciones en el mismo, debiendo contemplar obligatoriamente todos los aspectos considerados, siendo desestimadas aquellas ofertas que no se contemplen la totalidad de los aspectos indicados en la proposición económica.
No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que la Autoridad Portuaria de la Bahía xx Xxxxx estime fundamental para considerar la oferta, así como aquellas propuestas que presenten ofertan inferiores al mínimo fijado.
En los precios ofertados estará excluido el IVA o el impuesto que legalmente corresponda. La oferta irá fechada y firmada por la persona que ostente poder suficiente para suscribirla, de acuerdo con la documentación presentada.
El licitador solo podrá presentar una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición conjunta con otros licitadores si lo ha hecho individualmente. La contravención de estos principios producirá la desestimación de todas las proposiciones presentadas por el licitador.
La oferta económica tiene carácter global, por lo que en la misma se entienden incluidos todos los factores de valoración de gastos, impuestos, arbitrios o tasas exigibles que se devenguen en razón del contrato, a excepción del IVA.
2.4.- Condiciones económicas del contrato
El licitador deberá realizar, obligatoriamente, una propuesta por este concepto.
La Renta Fija Mensual (RFM) que abonará el Adjudicatario a la Autoridad Portuaria de la Bahía xx Xxxxx por disponibilidad y uso de los espacios incluidos, será la que figure en su oferta, por los 2 años de duración inicial del contrato. No podrá ser inferior a las cantidades mínimas detalladas a continuación:
Renta fija a aplicar | Importe mensual | Observaciones |
Renta fija año 2023 | 7.740 €/mes + IGC año 2022 | IGC medido a 31/12/2022. |
Renta fija año 2024 | Renta fija año 2023 + IGC año 2023 | IGC medido a 31/12/2023. |
Nota: IGC: Índice de garantía de competitividad (INE)
La Renta Fija Mensual incluye la disponibilidad y uso de los espacios descritos en el Anexo nº1 de este Pliego.
2.4.2.- Renta variable mensual.
El licitador deberá, obligatoriamente, realizar una propuesta por el concepto de Precio unitario por Manipulación de UTI (PM) y que en ningún caso será inferior al mínimo indicado en la siguiente tabla, para cada año de ejecución del contrato (IVA no incluido).
Renta variable a aplicar | Importe (Precio unitario por manipulación de UTI) | Observaciones |
Renta variable año 2023 (A): | 0,67 €/UTI | Para una manipulación de UTIS de hasta 15.000 UTIS/año |
Renta variable año 2023 (B): | 0,35 €/UTI | Precio aplicable al número de UTIS anual manipuladas, por encima de las 15.000 UTIS/año. |
Renta variable año 2024 ( C ): | Renta variable año 2023 (A) + IGC año 2023 | IGC medido a 31/12/2023. Para una manipulación de UTIS de hasta 15.000 UTIS/año |
Renta variable año 2024 (D) | Renta variable año 2023 (B) + IGC año 2023 | IGC medido a 31/12/2023. Precio aplicable al número de UTIS anual manipuladas, por encima de las 15.000 UTIS/año. |
Nota: IGC: Índice de garantía de competitividad (INE)
La renta variable mensual que abonará el Adjudicatario a la APBC, será la que resulte de multiplicar las UTIs manipuladas por el Precio Unitario por Manipulación de UTI (PMO1 y
PMO2) que figure en su oferta, con los condicionantes de la tabla anteriormente señalados.
A efectos de cálculo, se consideran UTI manipuladas la suma de:
• UTIs recibidas en la instalación intermodal y cargadas sobre vagón.
• UTIs descargadas desde vagón en la instalación intermodal y expedida por vagón (transbordo) o camión.
El Adjudicatario entregará mensualmente a la APBC y dentro de los tres primeros días del mes, el total de las UTIs manipuladas en la instalación.
En caso de que el Adjudicatario no facilite esa información, APBC podrá aplicar una estimación de actividad por cualquiera de los siguientes métodos:
• Por verificación a partir de sus propios medios.
• Por longitud de tren intermodal entrado o salido del espacio, a razón de 1 UTI por cada 10 metros de longitud de tren.
• Por extrapolación de meses anteriores.
Adicionalmente a la Renta del contrato, la APBC podrá realizar facturaciones adicionales al Explotador, por el motivo siguiente:
• Por tráficos que realice la terminal con origen o destino distinto del Puerto xx Xxxxx: En este caso se aplicará un importe de 15 €/UTI, hasta un máximo de 750 UTIs/año. Dichas cantidades se liquidarán con periodicidad anual.
Serán por cuenta del explotador de la Terminal Logística Ferroviaria xx Xxxxx, la contratación de todo el personal necesario para la explotación de la terminal, así como todos los gastos derivados de la explotación, ocupación, puesta a punto y explotación de las instalaciones, infraestructuras y superficies objeto del contrato, los correspondientes al desarrollo de su actividad y la contratación de los correspondientes servicios y acometidas necesarios.
A modo enunciativo y no limitativo se incluyen entre dichos servicios los siguientes:
• Electricidad.
• Telecomunicaciones.
• Agua, incluido el saneamiento y depuración y/o tratamiento de las aguas residuales.
• Otros consumos que requiera el adjudicatario para el ejercicio de su actividad.
• Limpieza y mantenimiento de los espacios cedidos y utilizados en el desarrollo de su actividad.
• Vigilancia de la terminal, que deberá ser contratada por el adjudicatario.
Como se ha citado anteriormente, la contratación de los suministros y servicios será realizada directamente por el adjudicatario a las empresas suministradoras y en caso de que no fuese posible, será preciso implantar equipos de medida individuales antes del inicio del contrato para determinar los consumos ligados directamente a la actividad realizada en los espacios adjudicados, con el fin de que se pueda repercutir de forma individualizada al
adjudicatario dichos consumos.
Serán por cuenta del Explotador de la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX, los gastos asociados y responsabilidades dimanantes a la vigilancia y seguridad de las superficies, instalaciones e infraestructuras objeto del contrato, así como la seguridad interna de la terminal.
Los licitadores son conocedores de que en esta instalación no existe vigilancia específica en todo el recinto, por lo que la APBC declina cualquier responsabilidad por los daños, robos o hurtos que pudieran ocasionarse.
Igualmente, será por cuenta del concesionario la contratación de los correspondientes servicios, las acometidas y el pago de los tributos correspondientes, ya sean estatales, autonómicos o locales, así como de los recibos que se produzcan por cualquier concepto, incluidos el pago del impuesto sobre Bienes Inmuebles, tasa de recogida de basuras y cualquier otro impuesto/tasa derivada del espacio o de la actividad desarrollada.
3.- Adjudicación y formalización 3.1.- Adjudicación de la Licitación
La apertura y valoración de las proposiciones presentadas se realizará por una Mesa de Contratación, que tendrá la siguiente constitución, sin perjuicio de la facultad de la sustitución de sus titulares por delegación expresa de los mismos, hecho del que en su caso se dejará constancia en la respectiva Acta de apertura:
• Presidente de la Mesa:
o D. J. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxx, Director de la Autoridad Portuaria de la Bahía xx Xxxxx.
• Vocales:
o Xx. Xx Xxxxxxx Xxxx Xxxxx, Jefa del Departamento Económico- Financiero y Tecnologías.
o Xx. Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx xx Xxx, Jefa de Unidad de Asuntos Jurídicos y Secretaría.
o D. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx, Jefe de Departamento de Infraestructura-Obras.
• Secretario:
o Xx. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Responsable de Apoyo Legal y Contratación.
Suplentes:
• Xx Xxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Técnico de Secretaría General, como suplente xx Xx. Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx de Cos.
• Xx Xxxxxx Xxxx Xxxxx, Jefa de División de Análisis Económico, como suplente xx Xx. Xx Xxxxxxx Xxxx Xxxxx.
En ausencia del Presidente y/o Secretario de la Mesa de Contratación o de las personas
que en su caso los sustituyan, la función del Presidente será ejercitada por el componente de la Mesa de mayor jerarquía orgánica o, en caso de igualdad, por el de mayor edad, y la del Secretario por el vocal perteneciente a Asuntos Jurídicos y Secretaría, siendo necesaria la comparecencia de al menos tres de sus miembros como quórum mínimo exigible para la válida composición de la Mesa.
Los acuerdos de la Mesa de Contratación se adoptarán por mayoría simple de sus miembros, todos ellos con voz y voto, levantándose las correspondientes Actas de las distintas sesiones celebradas. Para la valoración de la calidad técnica de las ofertas, la Mesa de Contratación estará asistida por una Comisión Técnica que emitirá el Informe de Valoración de la Calidad Técnica de las ofertas admitidas, aplicando los criterios de valoración establecidos en el presente Pliego. La Comisión Técnica estará formada por los siguientes miembros:
• D. Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Jefe del Departamento de Desarrollo Portuario.
• D. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, Jefe de la División de Mantenimiento.
En caso de ausencia de alguno de los miembros de la Comisión Técnica, podrán ser sustituidos por el personal técnico de la Autoridad Portuaria que el Presidente designe oportunamente, de lo que se dará conocimiento a los licitadores admitidos y mediante anuncio en el tablón de anuncios de la Autoridad Portuaria.
Antes de procederse a la apertura de ofertas (Sobre A), deberá constar certificado expedido por la persona Responsable del Registro General de la APBC, expresivo de las proposiciones presentadas, dentro del plazo establecido en la convocatoria del concurso, cuyo original será entregado al Secretario de la Mesa de Contratación.
Finalizado el plazo de presentación de ofertas de acuerdo con lo dispuesto en el anuncio de licitación publicado en el Boletín Oficial del Estado y emitido el certificado anterior por el responsable del Registro General de la APBC, se procederá, en la fecha prevista del citado anuncio, a la apertura del sobre A de las ofertas presentadas.
A estos efectos, se constituirá la Mesa de Contratación de la APBC y se procederá a realizar, en un primer acto no público, el trámite de apertura, examen y calificación de las documentaciones generales incluidas en los Sobres A de las proposiciones presentadas en tiempo y forma, admitiendo provisionalmente las que reúnan los requisitos exigidos y concediendo a los licitadores afectados por la existencia de defectos subsanables en sus proposiciones un plazo de subsanación, como máximo, de tres (3) días hábiles, contado a partir de la notificación que se practique.
Igualmente, en la fecha señalada en el anuncio de la licitación, la Mesa de Contratación procederá seguidamente a la apertura de los Sobres B, que contienen las documentaciones técnicas de los licitadores admitidos o, en su caso, en proceso de admisión, procediendo a remitir su contenido a la Comisión Técnica para su valoración, finalizado lo cual se levantará la sesión.
En el caso de la existencia de defectos insubsanables o de que no se proceda por el licitador, en plazo y forma, a la subsanación requerida, la Mesa de Contratación podrá proponer el rechazo de las ofertas que no reúnan los requisitos exigidos, por la omisión de alguno de los documentos exigidos o la presentación de los mismos en forma distinta a la requerida, comunicándose a los afectados el acuerdo adoptado al efecto.
Una vez se haya emitido por la Comisión Técnica el correspondiente informe de valoración de la calidad técnica de las ofertas presentadas, en lugar, fecha y hora, que oportunamente será comunicado a los licitadores y publicado en el tablón de anuncios de la Autoridad Portuaria, se constituirá de nuevo la Mesa de Contratación para proceder a la apertura, en acto público, de las proposiciones económicas de las propuestas admitidas, para lo cual el Secretario de la Mesa comunicará a los asistentes la relación de los licitadores definitivamente admitidos a la licitación, así como, en su caso, de los licitadores rechazados como consecuencia de la calificación documental de los Sobres A y B, procediendo a continuación a la apertura y lectura pública de los contenidos de los Sobres C que contienen las proposiciones económicas de los licitadores admitidos, sin que en este acto público recaiga propuesta de resolución alguna. Con carácter previo a la apertura de los citados sobres C, se facilitará a los asistentes, copia del informe de valoración de la calidad técnica de las proposiciones presentadas.
Por último, el Presidente de la Mesa se dirigirá a los asistentes por si tienen que realizar alguna reclamación u observación respecto de las actuaciones realizadas hasta el momento por la Mesa de Contratación, debiéndose recoger en el Acta todas aquellas observaciones y reclamaciones que se hubieran realizado por los licitadores comparecientes, reclamaciones que, en su caso, serán resueltas por la Mesa de Contratación en el plazo máximo de tres (3) días hábiles, dándose por concluido el acto de apertura.
Con posterioridad a la apertura de las proposiciones económicas, la Mesa de Contratación, una vez determinadas las proposiciones definitivamente admitidas al concurso y ultimado el acto público de apertura, en el plazo máximo de un mes desde dicho acto público, procederá a la valoración global de las ofertas, proponiendo a la Presidencia de la APBC la propuesta que, a su juicio, deba resultar adjudicataria, sin perjuicio de poder proponer declarar el concurso desierto si estimara que ninguna de las proposiciones admitidas satisface plenamente los intereses portuarios.
Durante el proceso de análisis y valoración de las ofertas presentadas, la Mesa de Contratación podrá recabar de los licitadores cuantas aclaraciones, explicaciones e informaciones adicionales se precisen para la correcta evaluación de las mismas con arreglo a los referidos criterios, pudiendo inclusive requerir, si fuera necesario, la presencia personal de los licitadores afectados ante la Mesa y/ o la Comisión Técnica para una mejor exposición y comprensión del contenido de sus ofertas, así como cuanta documentación pueda resultar oportuna respecto de los aspectos alegados, si se llegasen a estimar incoherencias en la viabilidad de las ofertas propuestas, según la información xx xxxxxxx y de operativas del sector que sean notoriamente conocidas.
Asimismo, la Mesa podrá solicitar, en caso necesario, informes técnicos respecto de los distintos contenidos de las ofertas o de las aclaraciones técnicas que se pidan, sin perjuicio de que la decisión de admisión o no admisión y valoración global de las ofertas corresponderá, en todo caso, a la Mesa de Contratación.
En el proceso de valoración de las propuestas, la Mesa de Contratación y la Comisión Técnica procederán a la obtención de la puntuación específica de cada uno de los criterios de adjudicación, atendiendo, a la vista de los contenidos y términos concretos de las ofertas presentadas y de las previsiones establecidas en el presente Pliego, a motivaciones objetivas y de carácter comparativo.
Durante este proceso de valoración de las propuestas, la Mesa de Contratación desechará las ofertas que no se ajusten al Pliego, o que de algún modo se opongan al mismo
y aquellas en que los documentos de las proposiciones técnica y económica no concreten debidamente los términos de la oferta presentada.
Todas las ofertas presentadas y admitidas que hayan obtenido en su valoración técnica una puntuación igual o superior a 25 puntos tendrán la valoración técnica de APTAS, siendo este un aspecto determinante para el pase a la fase de la valoración económica de las ofertas y, por ende, de puntuación global de la oferta.
La propuesta de resolución del concurso por parte de la Mesa de Contratación recaerá en aquella proposición que obtenga, por medio de la aplicación de los anteriores criterios del concurso, la mayor puntuación.
La propuesta de resolución efectuada por la Mesa de Contratación, y en tanto no se haya adjudicado el concurso por acuerdo del Órgano de contratación, no crea derecho alguno a favor del licitador propuesto frente a la APBC.
La Presidencia de la APBC, a la vista de la propuesta de la Mesa de Contratación, tendrá, alternativamente, la facultad de adjudicar el concurso a la proposición que estime más ventajosa, o declarar desierto el mismo, cuando estime, discrecionalmente, que ninguna de las proposiciones presentadas satisface plenamente los intereses portuarios. La resolución adoptada será notificada a los interesados.
3.2.- Criterios de adjudicación
La adjudicación del contrato deberá producirse en el plazo máximo de tres meses a contar desde el acto público de apertura de las ofertas económicas. Transcurrido dicho plazo sin que recaiga la adjudicación se entenderá desierto el proceso de la licitación y la APBC procederá a la devolución de la garantía provisional, sin que ello pueda suponer reclamación alguna por parte de los licitadores.
La adjudicación se efectuará a favor del licitador que, ajustándose a los términos y condiciones establecidas en este Pliego, y habiendo obtenido previamente una puntuación mínima de 25 puntos (sobre 50) en la Valoración Técnica de la oferta, obtenga la mayor puntuación global de su oferta.
La puntuación global de la oferta será el resultado de sumar las puntuaciones obtenidas en la valoración técnica de la oferta y en la valoración económica de la oferta. La puntuación máxima de la valoración técnica de la oferta será de 50 puntos y la puntuación máxima de la valoración económica de la oferta será de 50 puntos.
Todas las ofertas presentadas y admitidas que obtengan en su valoración técnica una puntuación igual o superior a 25 puntos tendrán la valoración técnica de APTAS, siendo éste un aspecto determinante para el pase a la fase de valoración económica de la oferta y, por ende, de puntuación global de la oferta.
En caso de que ninguna de las ofertas presentadas y admitidas obtenga en la valoración técnica una puntuación igual o superior a 25 puntos la APBC declarará desierto el proceso de licitación, procediendo la APBC a la devolución de la garantía provisional, sin que ello pueda suponer reclamación alguna por parte de los ofertantes.
En el caso de que dos o más licitadores obtengan la misma puntuación de las ofertas globales, se encuentren empatadas, se realizarán redondeando al cuarto decimal la puntuación obtenida en la oferta económica.
De persistir el empate, la adjudicación se realizará por sorteo, entre las ofertas presentadas y admitidas, con la técnica apta y que presenten la oferta más elevada e igual en importe económico.
La valoración técnica de la oferta se obtendrá tomando como referencia una puntuación máxima de 50 puntos de la suma de la puntuación obtenida, en cada uno de los siguientes criterios, aplicando el siguiente baremo:
A. Compromiso de mínimos de tráficos durante el 2º año (hasta 22 puntos), según la siguiente fórmula:
VTTrmin
= 20*
TR2
MaxTR2
Dónde:
- TR2 es el tráfico en UTIs anual que se compromete a realizar el licitador durante los 2 años. TR2 siempre deberá ser mayor o igual que 15.000 UTIs/año.
- MáxTR2 es el máximo de UTIs comprometidos, incluidos en la mejor oferta de los licitadores para los 2 años.
B. Inversión a realizar por el licitador (hasta 10 puntos). Compromiso de realizar inversiones en inmovilizado en la Terminal durante los seis primeros meses de la explotación:
VT Inversione s
= 10*
INV
MaxINV
Dónde:
- IINV es la inversión máxima a la que se compromete el licitador, que deberá superar en todo caso la cantidad de 100.000,00€.
- Máx INV es la inversión máxima incluida en la mejor oferta de los licitadores.
C. Alcance de actividad: (hasta 8 puntos). Segmentación de tráficos de la Terminal xx Xxxxx dependiendo del tipo de demanda captada en función del ámbito geográfico, con el objetivo de especializar la Terminal en el Puerto xx Xxxxx. Se plantean los siguientes tipos:
Por distancia | Por vinculación con el Puerto xx Xxxxx | Por ámbito |
Corta distancia <=200Kms | Media distancia >200y <=600 | Larga distancia >600 km | Hinterland (relacionado) | Continental (no relacionado) | Nacional | Internacional |
3 puntos | 2 puntos | O puntos | 6 puntos | O puntos | 2 puntos | O puntos |
Dichos tráficos deberán justificarse con contratos o acuerdos documentados con los clientes y operadores actuales o potenciales del Explotador, que soporten adecuadamente sus estimaciones.
D. Modelo de Integración entre la Terminal xx Xxxxx y las Terminales xxx Xxxxxx Xxxxxxx de Comillas y de la terminal de contenedores (hasta 10 puntos) del Puerto xx Xxxxx, según los siguientes aspectos valorables:
a. Volumen de actividad directa e indirecta generada en el Puerto xx Xxxxx por la actividad de la Terminal xx Xxxxx (hasta 10 puntos).
Deberá aportarse una previsión a 2 años, en los que constaten los incrementos de actividad en el Muelle Xxxxxxx de Comillas del Puerto xx Xxxxx o en el xxxxxx Xxxxxxx XXXX y Xxxxx Xxxxx, medidos en TEUs, generados directa o indirectamente por la existencia de la Terminal xx Xxxxx.
Dicha previsión deberá justificarse con contratos o acuerdos documentados con los clientes y operadores actuales o potenciales del Explotador, que soporten adecuadamente sus estimaciones.
VTráfico Muelle Xxxxxxx de Comillas o muelle Xxxxx Xxxxx y Xxxxxxx XXXX
= 10*
TEUS mPC
MaxTEUS
mPC
Dónde:
- TEUSmPC. es el volumen de actividad medida en TEUs en el Puerto xx Xxxxx, que se genera directa o indirectamente por la actividad xx Xxxxx, acumulado en los 2 años de la previsión.
- MáxTEUSmPC es el máximo del volumen de actividad medida en TEUs en el Puerto xx Xxxxx, que se genera directa o indirectamente por la actividad xx Xxxxx, acumulado en los 2 años de la previsión, ofertada.
La valoración económica de la oferta se obtendrá, tomando como referencia una puntuación máxima de 50 puntos.
El licitador deberá presentar una oferta por este concepto, recogida a través del modelo de proposición económica que deben presentar obligatoriamente todos los licitadores (Anexo n°2), concretada en un precio estimado que deberá ser mayor o igual al precio mínimo estimado establecido en el presente Pliego para una duración prevista de 2 años, incluyendo renta fija y variable mensual y que no incluye las rentas adicionales por cuestiones de tráficos, que se detallan en el apartado 2.4 del presente pliego.
La puntuación global se dividirá en dos apartados:
a) Renta fija. El presupuesto mínimo estimado del servicio asciende a una renta fija estimada de 188.555,69€ en dos años (IVA no incluido). La proposición económica xx xxxxx fija se puntuará como sigue:
PE1
= 15 +15*
VE1
MaxVE1
- V E1
Dónde:
es el importe del contrato (renta fija) al que se compromete el licitador para los 2 años
de vigencia del contrato, obtenido multiplicando la renta fija anual ofertada por dicho plazo de 2 años (mínimo estimado, 188.555,69€ con los condicionantes expuestos en el apartado 1.8 del presente Pliego).
- MáxV E1 es el importe máximo incluido en la mejor oferta de los licitadores.
b) Renta variable. El precio unitario por manipulación de UTI ofertado (PMO1 y PMO2).
PE2
= 10 + 7 *
PMO1 Xxx PMO1
+ 3*
PMO2 Xxx PMO2
Dónde:
- PMO1 es el importe del precio unitario por manipulación de UTI ofertado, hasta 15.000 UTIS/año.
- PMO2 es el importe del precio unitario por manipulación de UTI ofertado, a partir de las 15.000 UTIS/año.
- Max PMO 1 es el importe máximo del precio unitario por manipulación de UTI ofertado, hasta 15.000 UTIS/año, incluido en la mejor oferta de los licitadores.
- Max PMO 2 es el importe máximo del precio unitario por manipulación de UTI ofertado, a partir de las 15.000 UTIS/año, incluido en la mejor oferta de los licitadores.
Todas las garantías se constituirán en metálico (mediante transferencia bancaria) o mediante aval de entidad de crédito o seguro de caución de compañía de seguros de primer orden o sociedad de garantía establecida, de conformidad con el modelo que se acompaña en el Anexo n°3.
Deben constituirse las siguientes garantías:
Será requisito necesario para participar en el concurso acreditar la constitución previa de una garantía provisional por importe de 3.000 € a favor del Presidente de la APBC, pudiendo constituirse en metálico (mediante transferencia bancaria) o mediante aval o seguro de caución. En caso de consignarse mediante aval o seguro de caución, éstos deberán sujetarse a los modelos que se adjuntan como Anexo nº3 del presente Pliego, y estar bastanteados por los Servicios Jurídicos del Estado o intervenidos por fedatario público.
En el supuesto de uniones temporales de empresas, la garantía provisional podrá constituirse por una o varias de las personas participantes de la unión, siempre que en conjunto se alcance la cuantía de la misma y se garantice solidariamente la proposición presentada por todos los componentes de la unión.
La garantía provisional será devuelta a los licitadores, excepto al Adjudicatario, inmediatamente después de la adjudicación del contrato y al adjudicatario una vez el mismo haya depositado la garantía definitiva y la garantía complementaria estipulada en el Pliego de Condiciones.
Esta garantía responderá del mantenimiento de las proposiciones presentadas por los licitadores hasta la adjudicación del contrato y del mantenimiento de las condiciones de la proposición del adjudicatario hasta su formalización.
Será incautada la garantía provisional a los licitadores que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación o al adjudicatario que desista o incumpla las condiciones de la proposición o de los pliegos reguladores del concurso antes de la formalización del contrato.
Antes de la firma del contrato, el adjudicatario deberá acreditar ante la APBC, mediante entrega del documento correspondiente, la presentación y depósito de una garantía definitiva de 28.000,00€, a favor del Presidente de la APBC, pudiendo constituirse en metálico o mediante aval o seguro de caución. En caso de consignarse mediante aval o seguro de caución, éstos deberán sujetarse a los modelos que se adjuntan como Anexo n° 3 del presente Pliego, y estar bastanteados por los Servicios Jurídicos del Estado o intervenidos por fedatario público.
Esta garantía responderá del cumplimiento íntegro por el adjudicatario de las obligaciones asumidas en virtud del contrato de gestión y explotación de la Terminal Logística Ferroviaria xx Xxxxx. Deberá reponerse su importe en los quince días siguientes al momento en que ésta se hubiera ejecutado en todo o en parte, previa validación por parte de la APBC.
La garantía definitiva será devuelta al adjudicatario, si procede, dentro de los treinta días hábiles siguientes a la finalización del contrato, siempre y cuando no existan responsabilidades pendientes.
3.4 Formalización del contrato
Acusado recibo de la notificación de la adjudicación y antes de la formalización del
contrato, el adjudicatario, deberá presentar, en el plazo máximo de 20 días naturales a contar desde la citada notificación, la siguiente documentación original:
a) Los documentos acreditativos originales y fehacientes, si no lo hubiera hecho en la fase de licitación o los mismos hubieran caducado a fecha de la adjudicación, probatorios de su personalidad, capacidad y solvencia para contratar con la APBC, de conformidad con el exigido en el presente Pliego de Condiciones y, en particular, de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de seguridad social. La acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la seguridad social se realizará conforme a lo establecido al respecto en la normativa de contratación del sector público vigente en cada momento.
b) En el caso de empresarios que hayan acudido conjuntamente a la licitación como Unión de Empresarios, deberán constituirse en Unión Temporal de Empresas u otra fórmula asociativa legalmente reconocida, con sujeción a la normativa de aplicación, y acreditarlo ante la APBC mediante la aportación de la pertinente escritura pública de constitución y su inscripción, en su caso, en los correspondientes Registros Oficiales, así como el NIF de la misma. La persona o entidad que se designe como representante de la UTE deberá tener poderes bastantes para el cumplimiento del contrato y ostentará durante la vigencia del mismo la representación de la misma.
e) Acreditación de la constitución y depósito de las garantías definitiva y complementaria a que se refiere la cláusula 3.3.2 y 3.3.3 del presente Pliego.
d) Carta de garantía o certificado expedido por la correspondiente compañía de seguros donde se acredite el compromiso de cobertura o la cobertura de los seguros a que se refiere la cláusula 4.2.1 del presente Pliego.
e) Acreditación del abono de los gastos del anuncio de licitación.
f) Cualquier otro documento previsto en los documentos de licitación y/ o a que se refiera el acuerdo de adjudicación.
La no entrega en forma y plazo de cualquiera de los documentos relacionados anteriormente, incluida la garantía definitiva, facultará a la APBC a entender que el licitador ha retirado su oferta, pudiendo proceder, en tal caso, a dejar sin efecto la indicada adjudicación y a adjudicar el contrato al siguiente licitador seleccionado por el orden en que hubieran quedado clasificadas las ofertas atendiendo a la Puntuación Global obtenida, de conformidad con el procedimiento contenido en la presente cláusula y siempre y cuando no haya transcurrido el plazo de cinco (5) meses, contados desde el día de la presentación de ofertas fijada en el anuncio de licitación.
El adjudicatario y la APBC formalizarán el contrato para la explotación de la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX, dentro de los quince días hábiles siguientes a la completa entrega de la documentación indicada.
El contrato se formalizará en documento privado, salvo cuando la APBC o el adjudicatario soliciten la formalización en escritura pública, en cuyo caso los gastos de elevación a público correrán por cuenta de la parte que lo solicite.
El Explotador de la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX deberá presentar los justificantes que acrediten la presentación y depósito de la garantía definitiva y del abono de los gastos del anuncio de la licitación -siendo facilitado estos últimos por la APBC- antes de la
firma del contrato.
Cuando por causas imputables al adjudicatario no pudiese formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, la APBC estará facultada a entender que el licitador ha retirado su oferta, y, en tal supuesto, procederá la incautación de la garantía provisional, o en su caso, definitiva y complementaria y la exigencia de la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados.
3.5.- Protección de datos de carácter personal
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal (en adelante, LOPD), y Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 xx xxxxx de 2016, quedo informado de que los datos facilitados en esta oferta se incluirán en un fichero de datos propiedad de la Autoridad Portuaria de la Bahía xx Xxxxx, ante la cual puedo ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.
En este sentido, con la presentación de la oferta el concursante otorga el consentimiento expreso al indicado tratamiento de los datos de carácter personal facilitados en esta oferta, y la APBC cuya dirección es Xxxxx xx Xxxxxx 00, xx Xxxxx (00000), informa que la sociedad adjudicataria es responsable de los tratamientos en que serán almacenados los datos personales que en su caso sean recogidos a través de la presentación de su oferta y demás documentación necesaria del presente Pliego con la finalidad de llevar a cabo la apertura de las ofertas presentadas, valoración, en su caso, de las ofertas de conformidad con los criterios definidos en este Pliego, solicitar cuanta documentación adicional resulte necesaria, atender sus solicitudes de formación, comunicarle el acuerdo del Órgano de Contratación relativo a la adjudicación, proceder en su caso a la devolución a los licitadores no adjudicatarios de la documentación, remitir cualquier otra documentación necesaria al respecto, así como cualquier otro trámite previsto conforme a la normativa de aplicación y el mantenimiento de históricos.
Asimismo, de conformidad con la legislación vigente, la APBC deberá comunicar, en su caso, la información y los datos obrantes en el expediente de contratación a los siguientes organismos y terceros: Jueces y Tribunales, cuando fuera requerido legalmente para ello, Intervención General de la Administración del Estado (IGAE)" para la realización de las auditorías de cuentas correspondientes y en general, el Tribunal de Cuentas, auditores y a cualesquiera otros terceros a quienes, en virtud de la normativa vigente la APBC tuviese la obligación de comunicar los datos. Igualmente, se informa de que, en virtud del principio de publicidad, los datos relativos a la identidad del licitador e importe de la proposición económica podrá ser cedido a cualquier tercero que lo solicite, así como que en función de las instrucciones internas de contratación de la APBC podría procederse a la publicación de información relativa a la adjudicación del contrato en el Boletín Oficial del Estado y/o en el Diario Oficial de la Unión Europea, así como, en su tablón de anuncios.
El interesado consiente expresamente el citado tratamiento mediante la presentación de su oferta y entrega, por tanto, a la APBC toda aquella documentación en que el interesado haga constar sus datos personales. La APBC como responsable del tratamiento, adoptará las medidas, de índole técnica y organizativa, necesarias para garantizar la seguridad de los datos de carácter personales que se aporten, evitando su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
Al objeto de mantener los datos actualizados en todo momento, el interesado deberá comunicar a la APBC cualquier modificación en sus datos de carácter personal.
Por otro lado, el Licitador/Adjudicatario en su calidad y condición de responsable del tratamiento respecto de los datos de carácter personal tratados en el desarrollo de su objeto social, se obliga a cumplir con lo establecido en la LOPD y su normativa complementaria y de desarrollo vigente en cada momento, y específicamente, en lo referente a la inclusión en documentos o a comunicación por cualquier medio por la cuenta del interesado de los datos de carácter personal referentes a tercera(s) persona(s). Cualesquiera interesados podrán ejecutar, en la forma legalmente prevista, sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición solicitándolo por escrito a la APBC.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario, que será único y último responsable de los daños y perjuicios que, durante la misma, se puedan producir a terceros a la Autoridad Portuaria de la Bahía xx Xxxxx, o a su propio personal.
Durante la ejecución del contrato, el Explotador se compromete a facilitar la información relativa al movimiento de UTis manipuladas ferroviariamente en la Terminal, con carácter mensual y en las condiciones y con los formatos de entrega establecidas por la APBC.
4.1.- Facturación y forma de pago
La Renta que abonará el adjudicatario a la Autoridad Portuaria de la Bahía xx Xxxxx será la que figure en la oferta, sobre un importe estimado de 188.555,69€ (IVA no incluido), por los 2 años de duración del contrato.
La Renta será facturada por meses (24 facturas), dentro de los diez primeros días naturales posteriores a la finalización del mes anterior. No obstante, y sólo para el primer año de contrato, el Explotador podrá solicitar un plan especial de facturación, que deberá ser aprobado por la APBC. El pago se realizará mediante transferencia bancaria, en un plazo máximo de veinte días naturales desde la fecha de notificación de conformidad con la legislación vigente.
Las facturaciones adicionales establecidas en el apartado 2.4 Condiciones Económicas del contrato, se realizarán anualmente.
En caso de impago, será de aplicación la normativa legal establecida al efecto, pudiendo la APBC reclamar el devengo de los intereses de demora que se calcularán aplicando a las cantidades adeudadas un incremento de 4 puntos sobre el interés legal del dinero vigente durante el periodo en el que se haya incurrido en xxxx.
4.2.- Seguros, impuestos y licencias 4.2.1.- Seguros
El Explotador de la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX será responsable de los
daños y perjuicios que se produzcan por causas que le sean imputables, como consecuencia
de las actividades y servicios que prestará en desarrollo de su actividad.
El Explotador de la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX se obliga a tener contratada, durante toda la vigencia del Contrato, con una compañía de seguros de reconocida solvencia y con carácter previo a la firma del contrato, una póliza de seguros de daños a terceros y responsabilidad civil, en cuantía suficiente y cuya cobertura ascenderá al menos a 500.000 euros, para cubrir los daños y responsabilidades que puedan derivarse del objeto del presente Pliego, inclusive el daño ecológico y medioambiental que pudieran producirse. Una copia de la póliza será aportada a la formalización del contrato.
Con carácter específico, la póliza que el adjudicatario deberá suscribir amparará los riesgos inherentes a la actividad a desarrollar, así como también los daños que pudieran sufrir las instalaciones, ya sean propiedad de la APBC, del ADIF o del Explotador de la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX. Asimismo, esta póliza establecerá como beneficiario a la APBC por el riesgo de pérdida de las construcciones, edificios e instalaciones de su propiedad, en su caso.
Además, la responsabilidad civil, directa o subsidiaria, por los daños y perjuicios, que se produzcan como consecuencia de las actividades desarrolladas en las instalaciones y superficies cedidas por la APBC al Explotador de la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX, será exigible a este último, lo cual deberá contemplarse en la cobertura de la póliza a suscribir.
Dicha póliza deberá estar vigente hasta la finalización del contrato, pudiendo exigir la APBC en cualquier momento la exhibición de los documentos que acrediten que el Explotador de la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX se encuentra al corriente de pago de las primas de estas pólizas de seguros.
Igualmente, el Explotador de la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX deberá asegurar que el equipo y la maquinaria que se emplee en la operativa de la Terminal estén convenientemente asegurados, siendo igualmente responsable de las actividades desarrolladas con cada equipo.
Por otro lado, aquellos seguros necesarios para la protección de daños o desperfectos sobre bienes o mercancía de terceros, durante la explotación por parte del adjudicatario o de la propia actividad de la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX correrán a cargo del licitador, asumiendo éste cualquier responsabilidad derivada de la incorrecta o no tenencia de los mismos.
Será por cuenta del Explotador de la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX el pago de todos los tributos que le sean de aplicación por el desarrollo de las actividades y servicios que realice, de conformidad con la legislación vigente en cada momento, incluyendo los correspondientes a la expedición de las licencias, permisos o autorizaciones que deban ser solicitados por aquella, incluyendo el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, que le será repercutido por la Autoridad Portuaria de la Bahía xx Xxxxx en la parte que corresponda.
Serán por cuenta del Explotador de la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX la
obtención y abono de los permisos, licencias o autorizaciones administrativas que precise para el desarrollo de su actividad.
Igualmente, serán por cuenta propia del Explotador de la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX, las gestiones y gastos derivados de la implementación, tramitación y obtención de las licencias o autorizaciones administrativas que correspondan.
Las actuaciones que resulten necesarias para la implementación, tramitación y obtención de las licencias o autorizaciones referidas, que queden fuera del ámbito de las instalaciones, infraestructuras, y espacios cedidos al Explotador de la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX para su gestión y explotación, serán asumidas y realizadas por la APBC.
La APBC se reserva las más amplias facultades de inspección respecto de los espacios, infraestructuras e instalaciones cedidas para la explotación de la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX.
La APBC podrá imponer al Explotador de la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX, por el incumplimiento de las cláusulas contractuales que afecten al buen funcionamiento de la explotación, penalizaciones consistentes en multas de cuantía igual o superior al 20% de la Renta Anual Mínima estimada, quedando que el Explotador de la terminal obligado a su abono y para su cobro responderán las garantías depositadas.
Dicha penalización sólo podrá aplicarse si, tras ser requerido formalmente el Explotador de la terminal para que ponga fin al incumplimiento, en un plazo xxxxxx xx xxxx días hábiles, persiste en él.
Se considerará como incumplimiento el desarrollo de usos no validados por la APBC en la parcela gestionada por el Explotador de la terminal.
En la determinación de la cuantía de las penalizaciones, se atenderá a la gravedad y repercusión global en el servicio del incumplimiento, todo ello sin perjuicio de lo establecido en el apartado 7.1 del presente Pliego, relativo a causas de extinción.
En caso de penalización sin abono por parte del explotador, responderán las garantías depositadas. Si la Autoridad Portuaria ejecutase, parcial o totalmente la garantía, el titular quedará obligado a completarla o reponerla en el plazo de un mes, contado a partir de la notificación de la disminución de su importe. El incumplimiento de esta obligación podrá ser causa de extinción del contrato.
Cuando del incumplimiento de las cláusulas contractuales se derive perturbación grave de continuidad o neutralidad de la explotación, o de la calidad de los servicios prestados, la APBC podrá, asimismo, si no opta por instar la resolución del contrato, acordar la intervención de la explotación, hasta que desaparezcan las causas que la motivaron. La misma decisión podrá adoptarse en caso de que el Explotador de la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX solicite concurso de acreedores.
4.3.1.- Medición de compromiso de tráfico
El compromiso establecido por la APBC de tráficos mínimos para los dos años se establece en 15.000 UTIs/año.
Se consideran trenes equivalentes al resultado de multiplicar la longitud del tren por el coeficiente según la tabla que cita más adelante:
Longitud en metros | Conversión | |
De | Hasta | |
- | <=500 | 1,00 |
>500 | <=550 | 1,10 |
>550 | <=600 | 1,20 |
>600 | <=650 | 1,30 |
>650 | <=700 | 1,40 |
>700 | < =750 | 1,50 |
>=750 | 1,60 |
Se hará una primera evaluación de tráfico tras el primer año de explotación. El no cumplimiento del tráfico mínimo en el primer año podrá ser causa de extinción del contrato.
4.4.- Mantenimiento y conservación de las instalaciones
El adjudicatario queda obligado a realizar de su cuenta y a su cargo todos los gastos necesarios para el mantenimiento y conservación de todos los espacios, instalaciones y medios descritos de la Terminal Intermodal xx Xxxxx, necesarios para la correcta prestación de todos los servicios, siendo causa expresa de resolución de contrato la dejación o negligencia en la ejecución de estas actividades.
4.5.- Puesta en funcionamiento
El adjudicatario realizará las obras necesarias para la operatividad de la Terminal, tal como se muestra en el plano del Anexo 1.
Las obras necesarias y previstas por la APBC constan de las siguientes partidas:
• Desbroces y Movimiento de tierras.
• Actuaciones complementarias.
• Instalaciones.
• Otras.
De acuerdo al calendario previsto, el Explotador de la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX deberá garantizar la continuidad de las operaciones en la terminal, con fecha prevista de inicio del servicio el uno de enero de 2023. De no ser así, el Explotador asumirá una penalización por la cantidad de 1.500,00 euros por cada día de retraso a contar desde la fecha prevista de inicio de las operaciones, pudiendo la APBC utilizar para su cobro la garantía depositada.
El incumplimiento de la fecha de puesta en explotación podrá ser causa de resolución
del contrato.
Corresponde al Explotador de la terminal la realización de cuantas actuaciones sean necesarias para la puesta en funcionamiento de la actividad en la fecha propuesta en su oferta.
Para el correcto desarrollo de la actividad objeto del presente pliego el licitador deberá contar con, al menos, los siguientes equipos:
• Reach-Stackers: El Adjudicatario deberá disponer de al menos dos Reach- Stackers para poder realizar de forma eficiente las actividades de carga y descarga, además de para poder realizar estas en el tiempo estimado.
• El Adjudicatario deberá disponer de al menos de dos carretillas, con capacidad de carga de, al menos, 2.500 kg, para poder realizar las actividades a las que se remiten en los pliegos.
• El adjudicatario deberá disponer además de un Plan de Contingencia que garantice la plena operatividad de la Terminal incluso en el caso de averías, accidentes y otros imprevistos.
4.7.- Modificaciones del contrato
Sin perjuicio de los supuestos previstos en el presente Pliego relativos a la revisión y actualización de la Renta Fija, de la Renta Variable y de las tarifas máximas, las eventuales modificaciones que puedan producirse en el contrato que se adjudique con base en el presente Xxxxxx deberán producirse por mutuo acuerdo y por escrito.
La modificación del contrato no podrá tener como resultado la alteración sustancial de las bases y criterios relativos a su adjudicación.
4.7.1.- Modificaciones del espacio
El adjudicatario podrá ampliar el espacio inicial, siempre que la APBC disponga de suelo disponible para ello.
Estas ampliaciones podrán solicitarse desde el primer año de ejecución del contrato.
La superficie del espacio podrá reducirse, sin que en ningún caso pueda la superficie final de explotación ser inferior a la contemplada en la licitación.
La reducción de superficies no dará lugar a la devolución de las rentas anticipadas.
4.8.- Cesión, subarriendo y/ o subcontratación
El Explotador de la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX no podrá ceder el presente
contrato, ni transferir, subrogar, total o parcialmente, a ningún tercero en los derechos y obligaciones derivadas del presente contrato sin la autorización previa y por escrito de la APBC.
La cesión del contrato requerirá autorización previa expresa de la APBC, quien podrá otorgarla cuando concurran los siguientes requisitos:
1. Que el cesionario reúna todas las condiciones establecidas en este Pliego.
2. Que se formalice la cesión en escritura pública.
3. Que el cesionario quede subrogado en todos los derechos y obligaciones que corresponderían al cedente.
Del mismo modo, el Explotador de la terminal no podrá subarrendar o alquilar a terceros, total o parcialmente, ninguno de los espacios, infraestructuras e instalaciones comprensivas de la misma, sin la autorización previa y por escrito de la APBC.
El Explotador de la terminal tampoco podrá subcontratar la explotación, el uso o cualquier servicio de esta sin contar con la correspondiente autorización previa y por escrito de la APBC.
De esta forma, el Explotador de la terminal, previo acuerdo expreso de la APBC, podrá subcontratar la prestación de los servicios y actividades a que se obliga en virtud del objeto de este Pliego.
El subcontratista quedará obligado únicamente ante el Explotador de la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX, cuyos deberes y responsabilidades frente a la APBC permanecerán inalterados. Los subcontratistas no tendrán en ningún caso acción directa frente a la APBC por las obligaciones contraídas con ellos por el Explotador como consecuencia del presente contrato y de los subcontratos.
El incumplimiento de los pactos contenidos en esta cláusula facultará a la APBC a resolver el presente contrato y a reclamar los daños y perjuicios ocasionados por el incumplimiento.
5.- Plan de autoprotección / medidas de emergencia y manejo de mercancías peligrosas (MMPP)
El adjudicatario deberá comprometerse al cumplimiento de la legislación que en materia de Protección Civil y Seguridad se encuentre vigente en el momento de la firma del contrato, comprometiéndose a la elaboración del Plan de Autoprotección/Plan de Medidas de Emergencia, relativo a actividades que vaya a realizar en los espacios cedidos.
En el caso de que eventualmente se produzca una situación de emergencia o alarma que requiera de la comunicación y aviso a los servicios públicos de ayuda externa y, dada las afectaciones que pudiera tener a la circulación e infraestructuras ferroviarias, el adjudicatario dará aviso al centro de protección y seguridad del ADIF de referencia en la zona.
Se garantizará en todo caso que, una vez finalizado el periodo de explotación fijado en el contrato, la instalación se encuentre en las mismas condiciones que se encontraba antes de la cesión por la APBC.
En la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX no se podrán manipular mercancías peligrosas.
El adjudicatario designará por escrito uno o varios interlocutores válidos para los aspectos relacionados con la gestión de la instalación en materia medioambiental.
La APBC podrá autorizar al Explotador de la terminal la realización de obras, sin perjuicio de la obtención por parte del adjudicatario de las oportunas licencias y autorizaciones por parte de los organismos con competencia en la materia. Las obligaciones derivadas de su ejecución, especialmente la relativa a retirada de residuos producidos en la obra, serán responsabilidad del adjudicatario.
En el supuesto de que el ADIF o la APBC fueran condenados como responsables civiles en procedimiento civil o penal, o sancionado como consecuencia de cualquier actividad o inactividad atribuible al adjudicatario, incluidas las derivadas de la falta de obtención de licencias administrativas y del incumplimiento de la normativa ambiental, éste quedará obligado a reintegrar, en el plazo de treinta (30) días a contar desde el requerimiento que a tal efecto realice la APBC, el montante dinerario que se derive del fallo de la sentencia o de la sanción, o de los gastos totales que hubiere necesitado efectuar el ADIF o la APBC para no resultar sancionados.
El adjudicatario deberá prestar especial atención al cumplimiento de la legislación medioambiental referente a suelos, vertidos, ruidos, emisiones, residuos y sustancias peligrosas.
El adjudicatario queda obligado a informar a la APBC, en el caso de que las actividades a desarrollar en los espacios cedidos sean actividades reguladas susceptibles de generar contaminación o residuos que precisen de un sistema de gestión específico, del sistema empleado y de las medidas de prevención existentes, aportando los certificados existentes al efecto. Antes del 30 de enero de cada año el adjudicatario deberá remitir a la APBC un informe sobre los residuos generados, su clase y cantidad, junto con los correspondientes certificados emitidos por el gestor de residuos autorizado que los haya retirado.
El adjudicatario está obligado a comunicar a la APBC cualquier episodio de emisión a la atmósfera, vertidos, residuos o cualquier liberación de sustancias agresivas al medioambiente, así como los potenciales o accidentales. Asimismo, será responsable de sus emisiones, vertidos, ruidos y generación de residuos.
Los responsables de la gestión ambiental del ADIF y la APBC, podrán solicitar en todo momento las evidencias que garanticen el cumplimiento de la normativa ambiental (autorizaciones, gestión de residuos peligrosos, autorización de vertido, límites de ruido, etc.).
Asimismo, llegada la extinción del contrato, si se hubieran llevado a cabo actividades susceptibles de provocar contaminación del inmueble, el adjudicatario deberá aportar certificado emitido por entidad independiente, que acredite su correcto estado, así como las actuaciones que se hayan llevado a cabo para su limpieza.
Será de cuenta y cargo exclusivo del adjudicatario, si así fuera preciso, la recuperación
y el saneamiento ambiental de los terrenos cedidos, a la finalización del contrato o a su extinción o resolución anticipada, o en cuanto ocurra algún derrame o fuga en la instalación, así como el estricto cumplimiento de la normativa ambiental y de seguridad industrial de ámbito nacional, autonómico o local.
El adjudicatario deberá mantener de forma permanente la limpieza en las instalaciones de la APBC y el ADIF donde realiza su trabajo. Si hiciera falta modificar algunas instalaciones (desagües, canalizaciones, balizamiento, etc.) lo comunicará por escrito y ésta lo autorizará por escrito.
El adjudicatario deberá asegurar que todo el personal implicado en la prestación del servicio tenga la formación adecuada y que se encuentran correctamente informados del trabajo a realizar, incluidas las posibles soluciones incidentales. Igualmente, el adjudicatario contará con las licencias y/o autorizaciones administrativas pertinentes de carácter ambiental, que actualmente sean precisas o que pudieran resultar necesarias en el futuro, para la prestación del servicio objeto de este contrato durante la vigencia del mismo.
7.- Extinción de contrato 7.1.- Causas de extinción
Podrán ser causas de resolución del contrato las siguientes:
a) Por vencimiento del contrato
b) Por necesidades de servicio ferroviario o cuando resulte necesario disponer de los bienes cedidos o de la parcela para poder cumplir con una disposición gubernativa o de cualquier autoridad de la Administración Pública en base a la declaración de utilidad pública, o de interés general, o en caso de que pueda verse afectada la parcela como consecuencia del cambio de uso que pueda producirse por modificación del Planeamiento Urbanístico. En estos casos, la APBC comunicará al adjudicatario por escrito la extinción del contrato con una antelación de seis (6) meses respecto a la fecha en que debe producirse dicha extinción, comprometiéndose el adjudicatario, en este supuesto, a dejar libre y expedita a favor de la APBC dicha instalación dentro de este plazo, sin que por ello le corresponda indemnización alguna.
c) Por incumplimiento de los términos acordados en el presente Xxxxxx.
d) Por la demora en la puesta en marcha por parte del adjudicatario.
e) Por destinar la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX a actividades distintas a las contempladas en el presente contrato y no autorizadas previamente por la APBC
f) Porque el Explotador de la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX estuviera al descubierto en el pago de la renta o de cualquiera de las cantidades cuyo pago hubiera asumido o correspondiera al adjudicatario.
Podrán ser causa de extinción de contrato aquellas demoras consecutivas de 2 meses no validadas por la APBC o demoras acumuladas de más de 6 meses.
g) Por la realización en los espacios, infraestructuras e instalaciones cedidas para su gestión de obras no autorizadas, o en el caso de que hubiera sido autorizadas por escrito por la APBC, una vez ejecutadas no se ajustaran al proyecto autorizado, o por la ubicación de nuevas instalaciones sin contar con la preceptiva autorización por escrito de la APBC, o el proyecto constructivo no se entregue en el plazo acordado, o las instalaciones no se comiencen a realizar, o no se finalicen en los plazos acordados.
h) Por no suscribir y/o estar al descubierto en el pago de seguros previstos en el presente Pliego, o infringir o no observar estrictamente la normativa sobre funcionamiento y seguridad en los espacios, infraestructuras e instalaciones cedidas.
i) Por ceder, traspasar, subrogar, subarrendar y/o subcontratar la explotación, el uso o cualquier servicio de la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX sin contar con la correspondiente autorización de la APBC por escrito.
j) Por falta de prestación del importe de la garantía y/o, en su caso, la falta de reposición de la misma.
k) Por faltas de calidad reiteradas en la prestación de los servicios, evidenciada por los clientes por sus quejas o reclamaciones y constatadas por la APBC previa audiencia al Explotador de la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX.
l) Por incumplimiento de la prestación de servicios en condiciones de objetividad, transparencia y no discriminación a los clientes.
m) Por no facilitar los datos de actividad.
n) Por no encontrarse en posesión de las autorizaciones y licencias necesarias, para el ejercicio de la actividad, o éstas fueran denegadas, suspendidas o retiradas. Así como la imposición de una sanción administrativa grave en relación con el ejercicio de la industria o actividad que lleva a cabo el adjudicatario.
o) Por no dar cumplimiento a sus obligaciones de mantenimiento, conservación y rehabilitación.
p) Por incumplir los mínimos de inversión previstos para el acondicionamiento del espacio cedido para la actividad de carga y descarga.
q) Por incumplir el modelo previsto de explotación para el espacio destinado a las operaciones de carga y descarga o modificarlos sin la previa autorización de la APBC.
r) Por la falta de confidencialidad, en lo referente a los servicios prestados a las empresas, obligándose a mantener dicha confidencialidad, tanto durante el plazo de vigencia del contrato como después de su expiración, salvo en aquellos aspectos que hubieran parado al conocimiento público general o fuera notoria por medios ajenos a las partes. La obligación de confidencialidad alcanza no solo a los empleados, sino que también a los colaborados que participen en la actividad.
s) Incumplimiento del tráfico mínimo comprometido (15.000 UTIs en el 1er y 2º año).
t) La no puesta en funcionamiento de la terminal, siguiendo lo establecido en el apartado
4.5 de este pliego.
En todos los supuestos contemplados, excepto cuando se haya previsto de forma expresa en el presente pliego un plazo diferente, la APBC notificará al adjudicatario la necesidad de corregir las causas de posible resolución en un plazo de tiempo de 30 días.
Serán causa expresa de extinción:
a) No iniciar la prestación de servicios a terceros en el plazo acordado.
b) La cesión o subarriendo, total o parcial, si autorización de la APBC.
c) Por acuerdo de ambas partes, que deberán manifestar por escrito alegando causa justificada y con una antelación no inferior a tres (3) meses, respecto de la fecha en la que deba producirse sus efectos. En este caso, se elaborará un documento de extinción dónde se recojan, además de las causas que lo justifican, las condiciones económicas de dicha extinción.
d) Por petición expresa del adjudicatario, que deberá comunicarla a la APBC, al menos con una antelación de seis (6) meses antes del abandono efectivo.
e) Por extinción anticipada por cualesquiera causas, del contrato suscrito entre la Autoridad Portuaria de la Bahía xx Xxxxx y el ADIF, para la disposición de la parcela sobre la que se desarrolla el objeto de este contrato (TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX).
7.2.- Efectos de resolución y extinción del contrato
A la finalización del contrato, cualquiera que sea la causa de su extinción tanto por finalización del plazo como por resolución anticipada, el Explotador de la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX deberá dejar el espacio, las infraestructuras e instalaciones de la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX libres y expeditas, a disposición de la APBC y en las mismas condiciones en que fueron entregadas.
Los gastos que se originen por el levantamiento de las obras o instalaciones indicadas por la APBC correrán a cargo del Explotador de la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX, pudiendo la APBC ejecutar subsidiariamente los trabajos que no haya efectuado el Explotador de la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX, con cargo a este.
El mero retraso en el abandono de las instalaciones conllevará una penalización por la cantidad de SEISCIENTOS (600) euros por cada día natural de retraso a contar a partir de la fecha de finalización del contrato, pudiendo ejecutar la APBC la garantía establecida al efecto.
No obstante, las partes podrán acordar, con una antelación mínima de SEIS meses a la terminación del contrato y mediante un acta de reconocimiento, el mantenimiento de ciertas obras, materiales, equipos e instalaciones tanto desmontables como no desmontables; elementos que revertirán gratuitamente y libre de cargas a la APBC.
En el caso de que el Explotador renuncie unilateralmente a la continuidad del contrato, tendrá la obligación de indemnizar a la APBC de la siguiente forma:
a) En el caso de que se produzca antes de finalizar el plazo del contrato (dos años), se abonará la renta íntegra estimada hasta el 2º año inclusive.
Si la garantía depositada no cubriese estas indemnizaciones, la maquinaria y recursos técnicos quedarán afectados a favor de la APBC, hasta que se cubra la totalidad de la indemnización correspondiente.
Las instalaciones y equipamientos en los que no esté interesada la APBC deberán ser retirados por el Explotador de la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX, a sus expensas, en el plazo de un mes desde la finalización del contrato.
Una vez extinguido el contrato, la APBC tomará posesión de los bienes e instalaciones, pudiendo solicitar a las empresas suministradores de energía eléctrica, agua, gas, telefonía, entre otras, la suspensión del correspondiente suministro.
Igualmente, la APBC no asumirá ningún tipo de obligación laboral o económica del Explotador de la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX, vinculada o no a la actividad objeto del contrato, incluyendo los contratos de trabajo que pudiera haber concertado el Explotador de la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX para el ejercicio de su actividad empresarial.
Además, el incumplimiento imputable al Explotador llevará aparejada la pérdida de la garantía definitiva entregada para la correcta ejecución del presente Contrato. Igualmente, la pérdida de la garantía definitiva irá aparejada a la extinción del contrato si se produce por la resolución anticipada del contrato entre la Autoridad Portuaria de la Bahía xx Xxxxx y el ADIF al que se refiere el apartado d) de la cláusula anterior, si dicha resolución anticipada se produce por incumplimiento de las condiciones de la Autoridad Portuaria con el ADIF, derivados a su vez, de incumplimientos realizados por el explotador en las obligaciones asumidas en el Contrato suscrito con esta Autoridad Portuaria, reservándose en ese caso la APBC el derecho a reclamar cuantos daños y perjuicios le sean ocasionados por dicha situación, y sin que el Explotador pueda exigir indemnización alguna por este motivo.
Con independencia de todo lo anterior, ante la extinción del contrato por cualquier motivo, el Explotador de la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX, facilitará a la Autoridad Portuaria de la Bahía xx Xxxxx, en la medida que a ésta le pueda interesar, cuantas gestiones puedan resultar necesarias ante los organismos competentes, para la transmisión a su favor de las autorizaciones aduaneras que tengan vigentes, facilitando para ello la documentación que resulte necesaria.
Cádiz, junio de 2022
El Jefe del Departamento de Desarrollo Portuario - Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx | Xxxxxxx |
El Director - X. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxx | Xxxxxxxx |
La Presidenta - Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx | Aprobado |
Sobre una superficie de 12.500 metros cuadrados se disponen las siguientes infraestructuras e instalaciones principales de la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX, según se recoge en el plano adjunto:
▪ Terminal ferroviaria y zona de maniobra
▪ Zona de almacenamiento y depósito
▪ Accesos y viales
El objeto del presente concurso consiste en la explotación de la zona señalada en los planos, empleando esta superficie para las tareas determinadas en el presente pliego de condiciones generales, así como para cualquier otra requerida, previa autorización de la APBC.
Terminal ferroviaria y Terrenos de uso privativo del adjudicatario: Es la zona de tráfico ferroviario, donde los trenes entran para poder realizar las labores de carga/ descarga y la zona donde se realizarán las labores de manipulación de UTis y de depósito, consolidación/desconsolidación, reparación y resto de servicios (aproximadamente 12.500 m2).
8.1.1.- Plano de situación de la terminal
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Carpetas trabajo\A-DP\ServicioFFCC\Licitacion Concurso APBC\Nueva licitacion_abril2022\R4_PliegoCondiciones-ExplotacionTerminalJerez-Patrimonial-AbiertoOrdinario_jun22.docx
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8.2.- Anexo 2. Modelo de proposición económica
D./Dña ......................................................, con
DNI............................................................ en nombre de
.......................................................... (propio o de la empresa a quien represente) con
domicilio en ............................................. provincia de , enterado del anuncio
publicado en el tablón de anuncios de (órgano de contratación) del día ... de de
..., para la adjudicación del contrato de servicio de clave y
título “Explotación de servicios en la Terminal Logística Ferroviaria situada en la Ciudad del Transporte xx Xxxxx de la Frontera (Cádiz), contemplando los condicionados y obligaciones adquiridas por parte de la Autoridad Portuaria de la Bahía xx Xxxxx en el correspondiente contrato con el ADIF para su gestión, desarrollo y explotación”, se compromete a ejecutar el contrato, de acuerdo con lo siguiente:
DECLARO:
1°.-Que enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para participar en la licitación del "Pliego de CONDICIONES PARTICULARES para la adjudicación del concurso y prestación del servicio comercial de “Explotación de servicios en la Terminal Logística Ferroviaria situada en la Ciudad del Transporte xx Xxxxx de la Frontera (Cádiz), contemplando los condicionados y obligaciones adquiridos por parte de la Autoridad Portuaria de la Bahía xx Xxxxx en el correspondiente contrato con el ADIF para su gestión, desarrollo y explotación”, manifiesto que mi representada conoce y acepta de manera íntegra e incondicional el contenido xxx Xxxxxx de Condiciones que han de regir en su adjudicación, contratación y ejecución.
2°.-Que mi representada no ha presentado más de una proposición a la presente licitación, ya sea individualmente o en unión temporal con otro empresario, haciendo constar asimismo que el poder con el que actúo no ha sido revocado ni limitado y que es bastante para obligar a la empresa que represento.
3°.-Que mi representada reúne todos los requisitos específicos exigidos para la presente contratación, obligándose, caso de resultar adjudicataria, a ejecutar el contrato con estricta sujeción a los requisitos y condiciones establecidos en la indicada documentación, así como al cumplimiento de lo legislado en materia laboral, de seguridad social, de prevención de riesgos laborales y a lo previsto en cualquier otra normativa que resulte de aplicación al contrato, comprometiéndose a ejecutar el contrato, de conformidad con la presente proposición económica, consistente en:
Renta Fija Anual por importe de [Expresar claramente en letra
y número la cantidad en euros que oferta el licitador como Renta Fija Anual, que, en todo caso, será igual o mayor que la Renta Fija Anual Mínima establecida en el Pliego de la licitación] euros, IVA excluido.
Renta variable (precio unitario por manipulación de UTI) por importe de……………….. [Expresar claramente en letra y número la cantidad en euros que oferta el licitador como Renta Variable, a través del Precio Unitario por Manipulación de UTI (PMO1 y PMO2) que, en todo caso, será igual o mayor que los Precios Unitarios por Manipulación de UTI (PM) indicados en el Pliego, con los condicionantes indicados en el apartado 2.4 xxx Xxxxxx de la licitación] euros, IVA excluido.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, y Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 xx xxxxx de 2016, quedo informado de que los datos facilitados en esta oferta se incluirán en un fichero de datos propiedad de la Autoridad Portuaria de la Bahía xx Xxxxx, ante la cual puedo ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.
En este sentido, otorgo mi consentimiento expreso al indicado tratamiento de los datos de carácter personal facilitados en esta oferta.
☐ SI
☐ NO
Y para que así conste y surta los efectos donde proceda, de acuerdo con las condiciones y requisitos que la Autoridad Portuaria de la Bahía xx Xxxxx establece en el pliego para la adjudicación por procedimiento abierto con varios criterios de adjudicación del contrato para la explotación de la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX, se expide la presente proposición económica.
En..................... . ......., a .......... de de 2022
D/ Xx...... ............. ......... .. . .. .
[Firma del proponente]
NOTA:
La proposición económica y los compromisos adquiridos presentados por una UTE deberá estar firmada por los representantes de todas las empresas componentes de la unión temporal, con expresión del porcentaje de participación.
8.3.- Anexo 3. Modelos de garantía
AVAL
La entidad (Razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca). ............................
. .....................................................................................................................................................................
con domicilio, (a efectos de notificaciones y requerimientos) en: . ...............................................................
. .....................................................................................................................................................................
en la calle/plaza/avenida...............................................................................................................................
y en su nombre (nombre y apellidos de los apoderados)..............................................................................
. .....................................................................................................................................................................
con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación de la parte inferior de este documento,
AVALA
a: (nombre y apellidos o razón social del avalado) ……..............................……………………
……………………………………..........................................….....................................................NIF……
…………………………en virtud de lo dispuesto en el Ley. 9/2017 de Contratos del Sector Público, en concepto de GARANTÍA PROVISIONAL / DEFINITIVA para responder del mantenimiento de las proposiciones presentadas y de las obligaciones derivadas del “: "CONTRATO PARA LA EXPLOTACIÓN DE LA TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX". ante el SR. PRESIDENTE DE LA AUTORIDAD
PORTUARIA DE LA BAHÍA XX XXXXX. por importe de euros: (en letra)
...............................................................…………… ( en cifra .- EUROS).
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Autoridad Portuaria Bahía xx Xxxxx, con sujeción a los términos previstos en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en sus normas de desarrollo y en la normativa de la Caja General de Depósitos.
El presente aval estará en vigor hasta que el Presidente de la Autoridad Portuaria de la Bahía xx Xxxxx, o quien en su nombre este habilitado para ello, autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria
El presente aval se rige por los preceptos de la Ley Española y su interpretación y cumplimiento se somete, con renuncia a cualquier otro fuero, al de los Juzgados y Tribunales xx Xxxxx y de la Comunidad Autónoma de Andalucía
Xxxxx y fecha:. .............................................................................................................................................
Razón social de la entidad...........................................................................................................................
Firma de los apoderados. ...........................................................................................................................
VERIFICACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN POR LA ABOGACÍA DEL ESTADO | ||
Provincia: | Fecha: | Número o Código: |
Notas: En todo caso, el aval o seguro de caución deberán presentarse en documento bastanteado por los servicios jurídicos del Estado o por el asesor jurídico de la APBC
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, le informamos que los datos por usted facilitados se incluirán en un fichero de datos propiedad de la Autoridad Portuaria de la Bahía xx Xxxxx, ante la cual puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.
(
MODELO DE SEGURO DE CAUCIÓN
La Entidad (razón social de la aseguradora) ………………………………………………………………
……………………………………………………………...con NIF nº ……………………. y con domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en la C/………………………………nº ,
de……………………. .......................................................................................................................................
y en su nombre y representación D. …………………………………y D………………………….. , con facultades suficientes para obligarles en este acto, según resulta del poder notarial otorgado con fecha………………………ante el Notario de……………………………, D. , nº de
protocolo……………………., poder bastanteado por la Abogacía del Estado según resulta de la representación de la parte inferior de este documento, por el presente documento, que quiere tenga fuerza ejecutiva y carácter preferente,
ASEGURA
a la empresa ………………………………………………….., con NIF nº , en
concepto de tomador del seguro, ante la Autoridad Portuaria de la Bahía xx Xxxxx, en adelante asegurado, hasta el importe de………………………………………………………………….…………………………………………
………………………………………………………………………………..(……………………………€), en concepto de GARANTÍA PROVISIONAL/ DEFINITIVA para responder del mantenimiento de las proposiciones presentadas y de las obligaciones derivadas del “CONTRATO PARA LA EXPLOTACIÓN DE LA TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX" ante el SR. PRESIDENTE DE LA AUTORIDAD
PORTUARIA DE LA BAHÍA XX XXXXX. por importe de euros: (en letra)
...............................................................…………………….………………….......
(en cifra .- EUROS).)
El asegurador declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previos exigidos en la normativa de contratación del sector público estatal vigente en cada momento. La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía. Este aseguramiento se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión a que se refiere el artículo 1.830 del Código civil, con renuncia del asegurador a oponer al asegurado las excepciones que pudieran corresponderle contra el tomador, y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Autoridad Portuaria Bahía xx Xxxxx, con sujeción a los términos previstos en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en sus normas de desarrollo y en la normativa de la Caja General de Depósitos.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que el Presidente de la Autoridad Portuaria de la Bahía xx Xxxxx, o quien en su nombre este habilitado para ello, autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria
El presente seguro se rige por los preceptos de la Ley Española y su interpretación y cumplimiento se somete, con renuncia a cualquier otro fuero, al de los Juzgados y Tribunales xx Xxxxx y de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Xxxxx y fecha:. ..............................................................................................................................................
Razón social de la entidad ............................................................................................................................
Firma de los apoderados. ............................................................................................................................
VERIFICACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN POR LA ABOGACÍA DEL ESTADO | ||
Provincia: | Fecha: | Número o Código |
Notas:
La presente garantía deberá presentarse en documento bastanteado por los servicios jurídicos del Estado o por el asesor jurídico de la APBC
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, le informamos que los datos por usted facilitados se incluirán en un fichero de datos propiedad de la Autoridad Portuaria de la Bahía xx Xxxxx, ante la cual puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.
8.4.- Anexo 4. Modelo de Declaraciones responsables
D./Dña ......................................................, con
DNI............................................................ en nombre de
.......................................................... (propio o de la empresa a quien represente) con
domicilio en ............................................. provincia de , enterado del anuncio
publicado en el tablón de anuncios de (órgano de contratación) del día ... de de
..., para la adjudicación del contrato de servicio de clave y
título “Explotación de servicios en la Terminal Logística Ferroviaria situada en la Ciudad del Transporte xx Xxxxx de la Frontera (Cádiz), contemplando los condicionados y obligaciones adquiridas por parte de la Autoridad Portuaria de la Bahía xx Xxxxx en el correspondiente contrato con el ADIF para su gestión, desarrollo y explotación”, se compromete a ejecutar el contrato, de acuerdo con lo siguiente:
DECLARO:
☐ Declaración responsable de no haber sido sancionada, en firme, por infracciones muy graves en el ámbito de la legislación específica de los transportes en el último año.
☐ Declaración responsable de no estar incursa la empresa en las prohibiciones para contratar del artículo 71.3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones Tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, y deberá quedar acreditada por los licitadores a instancia de la Autoridad Portuaria de la Bahía xx Xxxxx, mediante la presentación de los pertinentes clasificados de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
☐ Declaración de conocimiento de la licitación de ADIF. El licitador declara que conoce, acepta y se supedita a las condiciones que exige ADIF para la explotación de la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX según el concurso celebrado al efecto, regulado en el "Pliego de condiciones particulares del concurso para la contratación de la Gestión de servicios y comercialización en la terminal de transporte de mercancías xx Xxxxx de la Frontera (Cádiz)". N° de expediente 2018/03/001, cuyo anuncio fue publicado en el Diario ABC, con fecha 18 de julio de 2018.
☐ Declaración de compromiso expreso de la puesta en servicio e inicio de la actividad de la terminal respecto a la fecha establecida en el presente pliego, 01/01/2023, dando continuidad a la operativa existente en la terminal.
Y para que así conste y surta los efectos donde proceda, de acuerdo con las condiciones y requisitos que la Autoridad Portuaria de la Bahía xx Xxxxx establece en el pliego para la adjudicación por procedimiento abierto con varios criterios de adjudicación del contrato para la explotación de la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX, se expiden las presentes declaraciones responsables.
En..................... . ......., a .......... de de 2022
D/ Xx...... ............. ......... .. . .. .
[Firma del proponente]
8.5.- Anexo 5. Especificaciones de mantenimiento de las instalaciones y medios puestos a disposición
El adjudicatario queda obligado a realizar de su cuenta y su cargo todos los gastos necesarios para el mantenimiento y conservación de los espacios e instalaciones adjudicados siendo causa expresa de resolución de contrato la dejación o negligencia en la ejecución de estas actividades.
Como marco general, el adjudicatario queda obligado a conservar los espacios y equipamientos puestos a disposición en perfecto estado de utilización, limpieza, higiene y ornato, realizando a su cargo las reparaciones ordinarias y extraordinarias que sean precisas. Asimismo, se obliga a impedir toda usurpación o novedad dañosa por parte de terceros.
Así mismo, el Adjudicatario queda obligado al mantenimiento preventivo y correctivo de los siguientes elementos:
• Las superficies logísticas incluidas en los espacios otorgados y sus elementos estructurales (plataforma, carriles de sustentación de grúas, etc.).
• Los elementos que integran los pórticos de sustentación de la catenaria en las cabeceras electrificadas de las vías que dan acceso a las instalaciones objeto de la licitación.
• Consistencias de mantenimiento preventivo extendido a las instalaciones logísticas referentes a:
- La limpieza y engrase con productos validados por la APBC de todos los desvíos y aparatos ubicados en el interior de la estación y comprendidos en la zona logística.
- El mantenimiento preventivo y, en su caso, reposición de los pasillos de entrevías y cuántos elementos de seguridad y protección laboral le sean legal y normativamente requeridos por la APBC en las instalaciones logística utilizadas en la prestación de servicios objeto de la licitación se hallen incluidos o no en el telemando.
- La adecuada limpieza de la vegetación en los haces de la vía y en el interior de la zona logística y si fuese de la APBC, el tratamiento herbicida de la misma.
- Limpieza y mantenimiento de la zona de reparación de vagones y sus fosos, si procediese.
La APBC podrá inspeccionar en todo momento el estado de conservación de los espacios puestos a disposición y señalar las reparaciones que deban realizarse, quedando obligado el concesionario a ejecutar a su cargo en el plazo en el que se le señale. Para ello la APBC comunicará al Adjudicatario un protocolo de inspecciones periódicas.
Todo el resto de las operaciones de mantenimiento de los espacios, instalaciones y medios puestos a disposición sería por cuenta del adjudicatario.
Específicamente quedan incluidas:
• La red de contraincendios en su totalidad y que también incluye la parte de red que no se halla dentro de los espacios puestos del adjudicatario en la licitación.
• El mantenimiento de la red e instalaciones eléctricas de baja tensión de las superficies puestas a disposición en la licitación desde el centro de transformación.
• La acometida de agua y luz, caso de no poder ser contratada directamente por el adjudicatario será repartida en común cuota, conforme a los contadores de consumo que delimiten los espacios puestos a disposición.
• Alumbrado exterior en las zonas de trabajo y playa de vías, incluyendo xxxxxx de iluminación que afectan a la zona logística, soporte, luminarias, cableados, conexiones, cuadros eléctricos, acceso iluminarias, etc.
• Mantenimiento integral de los edificios técnicos
• Mantenimiento preventivo y correctivo de la maquinaria.
• El control de acceso, salida camiones, cámaras de acceso y salida del sistema ágil y barrera de salida
• Mantenimiento de la red de suministro y recogida de aguas en la zona que afecte a la ocupación (incluida la limpieza y mantenimiento del separador de hidrocarburos de la zona de limpieza de, en su caso, maquinaria).
El adjudicatario deberá resolver con la APBC los medios puestos a disposición, en las mismas condiciones de uso que cuando se le entregaron, salvo el desgate propio producido por un uso normal y correcto del equipo y con toda la documentación reglamentaria. Será de referencia el Acta de Entrega establecida en su día para la puesta a disposición de los medios por parte de la APBC al Adjudicatario, haciéndose cargo el Adjudicatario de los desperfectos y averías que presenten los equipos.
El adjudicatario queda obligado además, al cumplimiento de los siguientes requisitos:
1. Se seguirán las prescripciones establecidas en, el documento “Información Preventiva e Instrucciones en Relación a los Riesgos Existentes en el Puerto de la Bahía xx Xxxxx” y en la evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva, para las actividades a realizar.
2. La Autoridad Portuaria declina toda responsabilidad en lo que se refiere a daños a personas, equipos y vehículos, así como a daños a terceros.
3. Cualquier incidencia referente a lo solicitado se comunicará a la División de Seguridad y Medio Ambiente (Xxx Xxxxxxx, 649955491).
4. No se permitirá la subcontratación de trabajos sin el conocimiento expreso de la Autoridad Portuaria. En caso de autorizarse es responsabilidad del adjudicatario que las empresas que contrate para la realización de los trabajos cumplan las obligaciones recogidas en la Ley 31/1995, de 8 de Noviembre de Prevención de Riesgos Laborales, así como el cumplimiento de las especificaciones de coordinación de actividades empresariales recogidas en el RD. 171/2004, de 30 de enero.
5. La presente autorización se concede sin que suponga perjuicio para la normal explotación portuaria, ni altere el normal funcionamiento de la misma. En consecuencia, deberá seguir las instrucciones establecidas por la Autoridad Portuaria, en función de las necesidades del servicio.
6. El adjudicatario nombrará recursos preventivos y/o responsable que velará, durante el desarrollo de las actividades porque estas se realicen en condiciones de seguridad, tanto para el personal propio, como para el resto de los usuarios concurrentes en su zona de trabajo y se coordinará con el resto de “recursos preventivos” de las empresas concurrentes, si procediese.
8. Los residuos que se generen se depositarán en contenedores de residuos y se entregarán a Gestor Autorizado debidamente segregados.
9. La zona de trabajo, al término de las operaciones, se acondicionará de forma que reúna las mismas condiciones de seguridad, orden y limpieza, originales.
10. El incumplimiento de las medidas de seguridad, así como de las medidas propuestas desde la División de Seguridad y Medio Ambiente de esta Autoridad Portuaria, fruto de los controles periódicos, podrá consistir infracción, conforme a lo regulado por el capítulo III de la Ley 27/1992, de 24 de Noviembre, de Puertos del Estado y de la Xxxxxx Xxxxxxxx.
11. Toda situación de emergencia o anomalía se comunicará al Centro de Control Portuario (CCP) al teléfono 000000000.
8.7.- Anexo 7. Acta de entrega de equipos
TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX | ..... .. de 2022 | |
ACTA DE ENTREGA DE EQUIPOS | Xxxxx Xxxxxx xx 00, x/x, 00000 Xxxxx | |
Hoy del mes de en las oficinas de la Autoridad Portuaria de la Bahía xx Xxxxx, mediante el presente documento se realiza la entrega formal de obras, instalaciones y equipos para el cumplimiento de las actividades correspondientes al Adjudicatario de la TERMINAL INTERMODAL XX XXXXX, quién declara recepción de los mismos en buen estado y se compromete a cuidar de los recursos y hacer uso de ellos para los fines establecidos.
1. -PERSONAS RESPONSABLES
Nombres, Apellidos | |
DNI | |
Cargo |
2.-DESCRIPCIÓN
Descripción | Referencia | Características | No Unidades |
3.-ENTREGA FECHA ENTREGA:
Entregado por: | Recibido por: |
Nombre y cargo | Nombre y Cargo |
4.-DEVOLUCIÓN FECHA DEVOLUCIÓN:
Entregado por: | Recibido por: |
Nombre y Cargo | Nombre y Cargo |
8.8.- Anexo 8. Pliegos de condiciones de licitación del ADIF
4. OTROS SERVICIOS CONEXOS AL TREN EN LA TERMINAL
4.1. SERVICIOS DE ACCESO A LA TERMINAL
4.1.1. Acceso por vía férrea
En la actualidad el horario para la recepción y expedición de trenes a y desde la terminal de mercancías xx Xxxxx es el de 00:00 a 24:00 horas los 365 días del año.
La recepción y expedición de trenes se realizará por Adif en las vías reservadas al efecto por esta entidad.
4.1.2. Acceso por carretera
Al ser el único explotador de servicios en la terminal, el horario de apertura de la terminal para el acceso de vehículos de carretera quedará definido por el Adjudicatario, quien lo comunicará a Adif al igual que las condiciones de acceso.
Cuando el Adjudicatario no sea el único explotador de servicios en la terminal, será Adif quién disponga las condiciones de acceso y su horario.
4.2. SERVICIOS DE MANIOBRA
Estos servicios auxiliares se realizarán bajo el modelo de autoprestación por las distintas empresas ferroviarias que accedan a la instalación, liberando al Adjudicatario de cualquier responsabilidad ligada a la ejecución de este tipo de servicios.
No obstante el Adjudicatario, podrá ofrecer sus servicios como tercero para la realización de estas operaciones de acuerdo a la legislación vigente.
5. VIGENCIA Y DURACIÓN DEL CONTRATO
La duración del contrato será de 4 años, a contar a partir de la entrega de los espacios e instalaciones.
La entrega de espacios e instalaciones será recogida en la correspondiente Acta que se establezca al efecto entre las partes, donde quedará reflejado y documentando, con el detalle que se considere oportuno, dicha entrega. El inicio de actividad será recogido en documento establecido al efecto y firmado entre ambas partes, y salvo circunstancias determinadas coincidirá con la fecha de entrega.
Este plazo de vigencia inicial, podrá ser prorrogado, hasta un máximo de 2 años, previa solicitud del
Adjudicatario. Xxxx contestará, por escrito, aceptando o denegando la solicitud, dentro de los tres meses siguientes a su solicitud.
6. RÉGIMEN DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE MANIPULACIÓN DE UTI
El Adjudicatario será el único explotador, autorizado por Adif, para la prestación de los servicios que se recogen en el presente Xxxxxx y que se realicen en los espacios asignados a tal efecto y por lo tanto único responsable frente a sus clientes, con quienes mantendrá la interlocución directa en su relación comercial.
Siendo el Adjudicatario el único
explotador, Adif no autoriza la autoprestación
del servicio de carga y
descarga de UTI sobre y desde vagón en esta terminal intermodal, así como el de carga y/o descarga de mercancía en general.
6
8.9.- Anexo 9. - Condiciones Particulares del Servicio.
Serán condiciones particulares de la prestación del servicio comercial de “Explotación de servicios en la Terminal Logística Ferroviaria situada en la Ciudad del Transporte xx Xxxxx de la Frontera (Cádiz), contemplando los condicionados y obligaciones adquiridos por parte de la Autoridad Portuaria de la Bahía xx Xxxxx en el correspondiente contrato con el ADIF para su gestión, desarrollo y explotación” las indicadas en el presente Pliego de Condiciones del Concurso, que recogen las que al menos exige el art. 139 del TRLPEMM.
1. Fundamento Legal y requisitos: Artículos 138 y 139 del Real Decreto Legislativo 3/2011 de PEMM
2. Objeto del condicionado y servicio, el indicado en el Presente Pliego del Concurso.
3. Ámbito de aplicación:
Terminal Logística Ferroviaria situada en la Ciudad del Transporte xx Xxxxx de la Frontera (Cádiz)”
4. Plazo de vigencia: CP. 1.7
5. Garantías. CP 3.3
6. Condiciones para garantizar la calidad ambiental. CP 6
7. Tasas y Tarifas: CP 1.5
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8. Extinción: CP 7