Contract
CONTRATO No. | 059 -2019 |
CLASE DE CONTRATO | DE SUMINISTRO |
CONTRATANTE | SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E. NIT: 890.205.335 - 2 R/L: XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX Gerente |
CONTRATISTA | XXX XXXXXX XXXXXXXXX C.C. No.30.008.661 de Contratacion Establecimiento de Comercio: “XXXXXXXXX XXXXXX” Xxxxxxx 0 Xx.0-00, Xxxxxxxxxxxx - Xxxxxxxxx Celular: 0000000000 |
OBJETO | “SUMINISTRO DE MATERIALES DE CONSTRUCCION PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PLAN DE MANTENIMIENTO DE LA VIGENCIA 2019 DEL SANATORIO DE CONTRATACIÓN E.S.E.” |
PLAZO DE EJECUCION | Desde la suscripción del acta de inicio hasta el 31 de diciembre de 2019 y/o hasta agotar los recursos disponibles. |
VALOR | NUEVE MILLONES DE PESOS ($9.000.000,oo) M/CTE. IVA incluido. |
Entre los suscritos a saber, XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX, mayor de edad y vecino del Municipio de Contratación, Departamento xx Xxxxxxxxx, identificado con la cédula de ciudadanía No. 13.743.021 de Bucaramanga, quien obra en nombre y representación legal del SANATORIO DE CONTRATACIÓN E.S.E., en su calidad de Gerente, según Decreto No. 0146 de 7 de Febrero de 2019, expedido por el Ministerio de Salud y Protección Social y Acta de Posesión de fecha 13 de Febrero de 2019, autorizado para celebrar convenios y contratos a nombre del Sanatorio de Contratación E.S.E. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Acuerdo No. 06 xx xxxxxx 26 de 2014 “Por el cual se adopta el Estatuto Contractual del Sanatorio de Contratación, Empresa Social del Estado”; quien para efectos del presente contrato se denomina EL CONTRATANTE, por una parte y por otra, XXX XXXXXX XXXXXXXXX, identificada con la cédula de ciudadanía No.30.008.661 de Contratación, con establecimiento de comercio denominado “XXXXXXXXX XXXXXX”, Matricula Mercantil No. 00-000000-00 de 1998/01/15, xxxxxxxx xx xxxxxxx 00 de 2019 por la Cámara de Comercio de Bucaramanga y quien afirma hallarse legalmente capacitada, sin inhabilidades e incompatibilidades de acuerdo con lo previsto artículo 8° de la Ley 80 de 1993, las contempladas en la Ley 1474 de 2011, el parágrafo segundo del artículo 3 del Manual de Contratación del Sanatorio de Contratación E.S.E., y demás normas aplicables a la materia y que para efectos del presente contrato se denominará EL CONTRATISTA, hemos decidido celebrar el presente contrato, previas las siguientes CONSIDERACIONES:
1) Que existe estudio de análisis de conveniencia y oportunidad suscrito por el Encargado de Recursos Físicos del Sanatorio de Contratación E.S.E., donde se registran los aspectos fundamentales que permiten concluir la necesidad y conveniencia de realizar dicha contratación. 2) Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 31.1.2.1 del artículo
31 del Acuerdo 06 de 26 xx xxxxxx de 2014 “Por el cual se adopta el manual de contratación del Sanatorio de Contratación Empresa Social del Estado” y teniendo en
cuenta que se trata de contratar el suministro de materiales de construcción cuyo valor estimado no supera los veintiocho (28) SMLMV, la selección del contratista se desarrollará mediante la modalidad de CONTRATACION DIRECTA causal “MINIMA CUANTIA CON INVITACION DIRECTA”, razón por la cual se realizará una invitación directa a presentar oferta a un proveedor que cumpla los requisitos exigidos en el estudio previo, en razón que no se requiere la obtención de varias ofertas. 3) Que existe disponibilidad presupuestal para atender el contrato, según consta en el certificado de disponibilidad presupuestal No.19-00333 de fecha 13 xx xxxxx de 2019, expedido por el jefe de Presupuesto de la Entidad. 4) Que por lo anterior, se invitó de manera directa a presentar oferta a la señora XXX XXXXXX XXXXXXXXX, identificada con la cédula de ciudadanía No.30.008.661 de Contratacion, con establecimiento de comercio denominado “XXXXXXXXX XXXXXX” quien presentó su oferta dentro del término establecido para el efecto, propuesta que una vez analizada, se consideró adecuada para la entidad, toda vez que cumple con los requisitos de idoneidad y experiencia exigidos, además que la oferta económica no supera el presupuesto oficial establecido por la entidad. 5) Que de acuerdo a lo anterior, las partes hemos acordado suscribir el presente contrato el cual se regirá por las normas legales vigentes y por las siguientes clausulas así: CLAUSULA PRIMERA - OBJETO: “SUMINISTRO DE MATERIALES DE CONSTRUCCION PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PLAN DE MANTENIMIENTO DE LA VIGENCIA 2019 DEL SANATORIO DE
CONTRATACIÓN E.S.E.” de conformidad con lo dispuesto en los estudios y documentos previos y la oferta presentada por el contratista; documentos que forman parte integral del presente contrato y según la siguiente relación:
ITEM | DESCRIPCION | UNID | VALORUNI TARIO IVA INCLUIDO |
1 | ACCESORIOS DE TUBERIA (UNIVERSALES) DE 1" | UNID | $30.000 |
2 | ACCESORIOS DE TUBERIA (UNIVERSALES) DE 1/2" | UNID | $15.000 |
3 | ACCESORIOS PARA SANITARIOS GRIVAL DE 26 Y 32 CM | JUEGOS | $35.000 |
4 | ACCESORIOS PARA LAVAMANOS GRIVAL | JUEGO | $10.000 |
5 | ACCESORIOS PARA LAVAPLATOS (SIFÓN CANASTILLA) | JUEGO | $17.000 |
6 | ACCESORIOS TUBERIA (TEES PVC ) DE 1" | UNID | $2.300 |
7 | ACCESORIOS TUBERIA (TEES PVC ) DE 1/2" | UNID | $ 600 |
8 | ACCESORIOS TUBERIA (TEES PVC ) DE 1 1/2" DE PRESION | TUBO | $7.000 |
9 | ACCESORIOS TUBERIA (TEES PVC ) DE 3" | UNID | $5.000 |
10 | ACCESORIOS TUBERIA (TEES PVC ) DE 4" | UNID | $9.500 |
11 | ADAPTADOR PVC PARA FONTANERIA DE 1/2" HEMBRA | UNID | $500 |
12 | ADAPTADOR PVC PARA FONTANERIA DE 1/2" MACHO | UNID | $500 |
13 | ALAMBRE | KILOS | $ 7.500 |
14 | ARENA FINA PARA FRISO | MTR | $65.000 |
15 | BOQUILLA BLANCA X 2 KILOS | KILOS | $ 8.500 |
16 | BROCHAS DE 1" | UNID | $3.500 |
17 | BROCHAS DE 2" | UNID | $4.500 |
18 | BROCHAS DE 3" | UNID | $7.500 |
19 | BROCHAS DE 5" | UNID | $15.000 |
20 | CEMENTO BLANCO X 20 KILOS | KILOS | $32.000 |
21 | CEMENTO GRIS | BULTO | $25.000 |
22 | CEPILLOS DE ALAMBRE Y/O GRATAS | UNID | $7.000 |
23 | CHAPAS DE BOLA PARA XXXXXXX XX XXXXXX | UNID | $35.000 |
24 | CHAPAS PARA PUERTA METALICA MARCA YALE REF 105-50 | UNID | $80.000 |
25 | CHAZOS PLASTICOS CON TORNILLODE ¼” | UNID | $200 |
26 | CHAZOS PLASTICOS CON TORNILLO DE 3/8” | UNID | $300 |
27 | XXXXX XXXX EN PVC TODO INCLUIDO | METROS | $35.000 |
28 | CINTA AISLANTE NEGRA GRANDE | ROLLO | $5.000 |
29 | CODOS DE TUBO DE 1/2" DE PRESION | UNID | $600 |
30 | XXXXX XX XXXX XX 0” XX XXXXXXX | XXXX | $4.500 |
31 | CODOS DE TUBO DE 3" | UNID | $4.500 |
32 | CODOS DE TUBO DE 4" | UNID | $7.000 |
33 | COLBON MADERA ¼ | CUARTO | $13.000 |
34 | COMBO BAÑO LAVAMANOS | COMBO | $290.000 |
35 | DESAGUES (SIFONES) DE 3" EN PLASTICO | UNID | $11.500 |
36 | DISCOS PARA PULIDORA XX XXXXX 9” METAL | UNID | $18.000 |
37 | DISCOS PARA PULIDORA DE TUSGTENO 9” | UNID | $52.000 |
38 | DISCOS PARA PULIDORA DE TUSGTENO 7” | UNID | $34.000 |
39 | DISCOS PARA PULIDORA DE TUSGTENO 7” PARA PULIR DISCO PIEDRA | UNID | $13.000 |
40 | DISCOS PARA PULIDORA XX XXXXX 7” METAL | UNID | $10.000 |
41 | DUCHA - REGISTRO DE ½” | UNID | $42.000 |
42 | ENCHAPE BLANCO PARA PAREDES DE 31.5* 31.5 | METRO | $25.000 |
43 | ENCHAPE PISO ANTIDESLIZANTE DE 31.5* 31.5 | METRO | $30.000 |
44 | ESCOBILLA PARA PULIDORA | UNID | $18.000 |
45 | ESCOBILLA PARA TALADRO | UNID | $13.000 |
46 | ESTUCO ACRILICO X ¼ | CUARTO | $8.500 |
47 | FLOTADORES TANQUES DE RESERVA (METÁLICO) | UNID | $25.000 |
48 | GRAPAS PLASTICAS PARA CABLE X 5 | UNID | $2.000 |
49 | GRAVILLA FINA | METRO | $130.000 |
00 | XXXXXX XXX XX 0” | XXXX | $1.500 |
51 | LADRILLO X-00 | XXXX | $1.600 |
52 | MACHO EN PVC DE 1” | UNID | $1.500 |
53 | MESON ACERADOPOR METROS | METRO | $150.000 |
54 | INODOROS - COMBO | COMBO | $290.000 |
55 | LIMPIADOR DE PVC ¼ PAVCO | POTE | $30.000 |
56 | LLAVES PARA LAVAMANOS | UNID | $24.000 |
57 | LLAVES TERMINALES DE ½” EN COBRE TIPO PESADO | UNID | $25.000 |
58 | MACHOS PVC DE 1/2" | UNID | $4.500 |
59 | MADERA EN DOBLE TABLA | METROS | $130.000 |
60 | MANGUERA ACOPLE PARA LAVAMANOS | UNID | $4.500 |
61 | MANGUERA ACOPLE PARA SANITARIOS | UNID | $4.500 |
62 | MASILLA PARA CUBRIR METAL | CUARTO | $22.000 |
63 | PAPEL XXXX | XXXXXX | $1.500 |
64 | PEGANTE CERAMICA X 25 KILOS | BOLSA | $15.500 |
65 | PINTURA ANTIBACTERIAL | GALON | $120.000 |
66 | PINTURA (LACA CATALIZADA PARA MADERA) | GALON | $60.000 |
67 | PINTURA ANTICORROSIVA GALON PINTUCO | GALON | $48.000 |
68 | PINTURA EN ACEITE GALON PINTUCO | GALON | $55.000 |
69 | PINTURA EN AGUA VINILTEX | GALON | $78.000 |
00 | XXXXXXX XX XXXX XXXXXXXX | XXXXXXX | $290.000 |
71 | PLATINA DE 1” X 1/8” | UNID | $1.500 |
72 | PUNTILLA XXXXXXX xx 0”, 0” x 0” | XXXXX | $4.800 |
73 | PUNTILLAS CORRIENTE 1*14, 3*12, 3*9 y 11/2*11 | LIBRA | $3.500 |
74 | REDUCCIONES DE 3" A 1 ½ SANITARIA | UNID | $3.500 |
75 | REDUCCIONES DE 4 A 3" SANITARIA | UNID | $6.500 |
76 | REJILLAS DE PLASTICO DE 4" POR 3 | UNID | $7.000 |
77 | REMACHES POP | UNID | $300 |
78 | REGISTROS PARA REGADERA GRIVAL | UNID | $55.000 |
79 | REGISTROS CONTROL PASO DE AGUA PARA BAÑOS ½ | UNID | $16.000 |
80 | REGISTRO O LLAVES DE PASO METALICOS PARA AGUA POTAB ½ | UNID | $20.000 |
81 | REGISTRO O LLAVE DE PASO METALICOS AGUA POTABLE 1” | UNID | $20.000 |
00 | XXXXXXXX XX XXXXXXXX XX 0” | XXXX | $5.000 |
00 | XXXXXXXX XX XXXXXXXX XX 0” | XXXX | $5.000 |
84 | RODILLOS XX XXXXXXX O EPOXICOS | UNID | $9.500 |
85 | XXXXXXXX EN FELPA PARA PINTAR | UNID | $9.500 |
86 | SEGUETAS | HOJA | $4.000 |
87 | SEMICODOS PVC DE 3" SANITARIO | UNID | $4.800 |
88 | SEMICODOS PVC DE 3" | UNID | $6.500 |
89 | XXXXX XXXXXXXX XX XXXXXXXX XX 0” | XXXX | $7.400 |
90 | SILICONA INDUSTRIAL X 280 ML (SIKA FLEX) | TUBO | $35.000 |
91 | SILICONA X 280 ML PARA VIDRIO | TUBO | $14.000 |
92 | SOLDADURA ELECTRICA E-6013 | KILOS | $16.000 |
93 | SOLDADURA PVC PAVCO ¼ | KILO | $8.000 |
94 | TAPAS DE TUBO -TAPONES CON ROSCA ½ | UNID | $500 |
95 | TAPAS DE TUBO -TAPONES LISOS ½ | UNID | $500 |
00 | XXXXX XX 0” XX XXXXX | XXXX | $1.000 |
97 | TEES EN PVC DE 1 ½ SANITARIA | UNID | $4.000 |
98 | TEES EN PVC DE 1 | UNID | $2.500 |
99 | TEES EN PVC DE ½ PRESION | UNID | $700 |
100 | TEES EN PVC DE 3 SANITARIA | UNID | $5.000 |
101 | TINNER | GALON | $20.000 |
102 | TORNILLO AUTO PERFORANTE NEGRO 1.5 | UNID | $100 |
103 | TORNILLO AUTO PERFORANTE NEGRO DE 1” | UNID | $100 |
104 | TORNILLO AUTO PERFORANTE NEGRO 2 | UNID | $100 |
105 | TUBERIA PVC DE 1” | TUBO | $19.700 |
106 | TUBERIA DE PLASTICO DE PVC DE 1 1/2" SANITARIO | TUBO | $26.000 |
107 | TUBERIA DE PLASTICO DE PVC DE 2" SANITARIO | TUBO | $29.500 |
108 | TUBERIA DE PLASTICO DE PVC DE 3" TIPO PESADO | TUBO | $38.600 |
109 | TUBERIA DE PLASTICO DE PVC DE 3" TIPO LIVIANO | TUBO | $55.000 |
110 | TUBERIA DE PLASTICO DE PVC DE ½” | TUBO | $35.000 |
111 | UNIONES PVC ½ | UNID | $500 |
112 | UNIONES PVC DE 1” DE PRESION | UNID | $4.000 |
113 | UNIVERSALES DE ½” | UNID | $3.000 |
114 | UNIVERSALES DE 1” | UNID | $6.800 |
115 | VARILLA DE ¼ DE 6 METROS | UNID | $8.500 |
116 | XXXXXXX XX 0 XX 0 XXXXXX | XXXX | $25.500 |
117 | VARILLA CUADRADA DE 3/8 | UNID | $18.000 |
118 | VARILLA DE 7 mm X 6 MTRS | UNID | $8.000 |
119 | LAVAPLATOS EN ACERO INOXIDABLE DE 0 XXX X 00 CMS CON UN LAVAOLLAS Y DOS LAVAPLATOS | UNID | $3.100.000 |
120 | VIDRIOS DE CUATRO LINEAS CORRUGADO | METRO | $65.000 |
121 | CABLE DUPLEX No. 12 | METRO | $4.500 |
122 | CABLE ENCAUCHETADO 3X14 | METRO | $4.500 |
123 | CABLE SIETE HILOS No.10 ROLLO | METRO | $4.750 |
124 | CABLE SIETE HILOS No.12 ROLLO | METRO | $3.000 |
125 | CABLE SIETE HILOS No.14 ROLLO | METRO | $2.000 |
126 | CABLE SIETE HILOS No. 8 | METRO | $4.500 |
127 | CABLE SILICONADO No. 12 | METRO | $3.000 |
000 | XXXXX XXX PARA INTERIOR (CABLE DE RED) | CAJA 300 MT | $1.500 |
129 | CAJA OCTAGONAL PVC | UNID | $800 |
130 | CAJA RECTANGULAR PVC | UNID | $600 |
131 | CLAVIJA AREA CON POLO A TIERRA | UNID | $.6000 |
132 | CONECTOR PARA POLO A TIERRA | UNID | $7.100 |
133 | CONECTORES MACHO RJ45 | UNID | $4.000 |
134 | CURVA ELECTRICA DE PVC DE ½ | UNID | $900 |
135 | CURVA ELECTRICA DE PVC DE ¾ | UNID | $750 |
136 | INTERRUPTOR + TOMA CON POLO A TIERRA | UNID | $15.000 |
137 | INTERRUPTOR SENCILLO TIPO HOSPITAL | UNID | $12.000 |
138 | LIMPIADOR ELECTRONICO 3EN1 DE 300 ML | UNID | $26.000 |
139 | PLAFÓN PLÁSTICO | UNID | $3.000 |
140 | PROTECTOR TEMPORIZADOR PARA CONGELADOR | UNID | $47.000 |
141 | PROTECTOR TEMPORIZADOR PARA NEVERA | UNID | $32.000 |
142 | SUPRESORES DE VOLTAJE PARA EXTENSIONES TELEFONICAS REF. L21C-12AKE | UNID | $23.000 |
143 | TACO DE 50 AMPERIOS | UNID | $18.000 |
144 | TAPA PLÁSTICA OCTAGONAL | UNID | $700 |
145 | TAPA PLÁSTICA RECTANGULAR | UNID | $1.500 |
146 | TAPA PLÁSTICA CUADRADA | UNID | $1.500 |
147 | TOMA AEREA CON POLO A TIERRA | UNID | $6.000 |
148 | TOMA DE SOBREPONER PARA TELEFONO | UNID | $5.400 |
149 | XXXX XXXXXXXX XXXXXX CON TAPA | UNID | $7.000 |
150 | TOMA XXXXXXXX NARANJA HOSPITALARIA CON TAPA | UNID | $21.500 |
151 | TOMA MIXTA PARA TELEFONO | UNID | $20.000 |
152 | TUBO ELECTRICO PVC DE 1/2 TRAFICO PESADO | UNID | $3.500 |
153 | TUBO ELECTRICO PVC DE 3/4 TRAFICO PESADO | UNID | $6.600 |
154 | UNIONES HEMBRA PARA CONECTORES RJ45 | UNID | $5.500 |
PARÁGRAFO: El suministro de los materiales de construcción anteriormente descritos se realizará de conformidad con la necesidad de la entidad, por lo anterior, no se pactará el suministro de cantidades fijas, sino mediante los requerimientos y solicitudes de la entidad, teniendo en cuenta los precios pactados en el contrato. CLAUSULA SEGUNDA - VALOR Y FORMA DE PAGO: Para los efectos legales y fiscales, el valor del presente contrato asciende a la suma de NUEVE MILLONES DE PESOS ($9.000.000,oo) M/CTE. IVA incluido. Forma de Pago: Se cancelará mediante actas parciales, cuyo valor se liquidará teniendo en cuenta la cantidad de materiales suministrados, por los valores acordados en el contrato, previa presentación de factura de venta, certificación de cumplimiento expedida por la supervisión del contrato y constancias de pago de las obligaciones por conceptos de Seguridad Social Integral y Parafiscales si a ello hubiere
lugar. CLAUSULA TERCERA - PLAZO DEL CONTRATO: Desde la suscripción del acta de inicio, hasta el treinta y uno (31) de Diciembre de 2019 y/o hasta agotar recursos disponibles. CLAUSULA CUARTA - DECLARACIÓN DEL CONTRATISTA: EL
CONTRATISTA manifiesta conocer perfectamente la naturaleza del contrato a ejecutar, las normas legales que le son inherentes, los plazos y costos requeridos para ejecutar el objeto contractual; todo lo cual queda bajo su responsabilidad. CLAUSULA QUINTA - OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE: a) Efectuar los registros y operaciones presupuéstales y contables necesarios para cumplir cabalmente el pago de los bienes y/o servicios que el Contratista haya prestado a ésta con base en el presente contrato. b) Suministrar la información que sea requerida por el contratista para la correcta ejecución del contrato. c) Realizar la supervisión del contrato a través del funcionario designado por la gerencia. d) Pagar oportunamente el valor de los bienes y/o servicios, dentro de los plazos fijados en el contrato. CLAUSULA SEXTA - OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA:
a) Cumplir con el objeto y especificaciones técnicas del contrato en el plazo estipulado. b) Realizar la entrega de los materiales de construcción objeto del contrato dentro del término establecido y especificaciones requeridas y según los pedidos que la entidad realice. c) Garantizar la calidad y mantener el precio de los materiales de construcción a suministrar de conformidad con lo acordado en el contrato y la cotización presentada. d) hacer la entrega de los todos los materiales de construcción solicitados en óptimas condiciones, en la Calle 3 No.2-72, Sanatorio de Contratación E.S.E. como domicilio contractual. e) Acatar las directrices que durante el desarrollo del contrato le imparta la
E.S.E a través de la Supervisión o de la Gerencia. f) No acceder a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la Ley con el fin de obligarlos a hacer u omitir algún acto o hecho debiendo informar inmediatamente la E.S.E contratante a través de la supervisión y a las demás autoridades competentes para que se adopten las medidas y correctivos que fueren necesarios. g) Estar al día con el pago de la seguridad social (Salud, Pensión, Riesgos laborales) y parafiscales si a ellos hubiere lugar. h) Asumir de manera total y exclusiva, la responsabilidad derivada de la calidad e idoneidad de los suministros objeto del contrato, así como de los actos u omisiones. En consecuencia, se compromete a mantener libre al Sanatorio de Contratación E.S.E de cualquier responsabilidad por éste aspecto y a salir siempre en defensa de la entidad contratante frente a reclamaciones judiciales o extrajudiciales, acciones de tutela, acciones de cumplimiento que le instaure personas afectadas en razón del desarrollo del objeto contractual y a reconocerle al Sanatorio de Contratación E.S.E cualquier suma que ésta entidad deba pagar por tal concepto. i) Tratar con calidez y oportunidad a los clientes externos e internos del CONTRATANTE. j) Responder por haber ocultado al contratar inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones, o por haber suministrado información falsa. k) Las demás que se requieran para el cabal cumplimiento del objeto contractual. CLAUSULA SEPTIMA - IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL: Los pagos que asume el CONTRATANTE en virtud del presente contrato, se sujetan a las apropiaciones presupuestales respectivas y se pagarán con recursos del presupuesto de Gastos Vigencia 2019, Rubros
A.02.02.01.001.05 y A.02.02.02.005.04 Piedra arena arcilla y servicios de construcción, de conformidad con el certificado de disponibilidad presupuestal (CDP) No.19-00333 de fecha 13 xx xxxxx de 2019, expedido por el Jefe de Presupuesto de la Entidad. CLAUSULA OCTAVA - SUPERVISIÓN: La supervisión del presente contrato de suministros será efectuada por el Encargado de Recursos Físicos del Sanatorio de Contratación E.S.E. quien tendrán la atribución de exigir al CONTRATISTA la ejecución idónea y oportuna del objeto contratado, verificando que se cumpla con las especificaciones descritas en el objeto del mismo, dando cumplimiento a lo establecido en los artículos 44 al 47 del Acuerdo 06 de 2014, por el cual se Adopta el Manual de Contratación del Sanatorio de Contratación E.S.E, además de lo contemplado en la Ley 1474 de 2011 “Estatuto Anticorrupción”. CLAUSULA NOVENA - SOLUCION DIRECTA DE LAS CONTROVERSIAS
CONTRACTUALES: Se considera que las diferencias o discrepancias, surgidas de la actividad contractual, se solucionan de manera ágil, rápida y directa para lo cual se podrá acudir a la conciliación, transacción o cualquier otro mecanismo de solución de controversia contractual previsto en la ley. CLAUSULA DECIMA - GARANTÍAS: De conformidad con lo dispuesto en el Manual de Contratacion de la Entidad CAPITULO VII. LA GARANTIA EN EL PROCESO CONTRACTUAL. ARTÍCULO 50: “La garantía será exigible en todos los procesos contractuales que celebre la empresa, pero será libre de exigirla o no en los procesos de contratación directa”. Para caso de estudio no se exigirá póliza alguna, por tratarse de un contrato directo de suministro, en el cual el requisito para el pago es el suministro de los materiales de construcción efectivamente suministrados de acuerdo a los requerimientos de la E.S.E; debido a que la entidad no corre riesgo alguno por cuanto el contratista al momento de no cumplir, no se le cancela pago. CLAUSULA DÉCIMO PRIMERA - CLAUSULAS EXORBITANTES: El presente contrato se regirá por el Derecho Privado, el Manual de Contratación de la entidad y acoge las cláusulas exorbitantes como terminación, modificación e interpretación unilateral y la caducidad, referidas en el parágrafo primero del artículo 3 del manual de contratación. CLAUSULA DÉCIMO SEGUNDA - CESIÓN: EL CONTRATISTA no podrá ceder ni total, ni parcialmente éste contrato, ni subcontratar sin autorización expresa y por escrito del contratante. CLAUSULA DÉCIMO TERCERA - CAUSALES DE TERMINACIÓN: Además de las
causales de terminación previstas en la Ley y expresadas anteriormente, este contrato se podrá dar por terminado por: a) Mutuo acuerdo de las partes. b) Por el incumplimiento de alguna de las partes. c) Por la ocurrencia de hechos imprevisibles que imposibiliten su cumplimiento. CLAUSULA DÉCIMO CUARTA - DOMICILIO CONTRACTUAL Y SITIO DE
EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Se pacta como domicilio contractual el Municipio de Contratación y el lugar de ejecución del contrato en el Sanatorio de Contratación E.S.E. CLAUSULA DÉCIMO QUINTA - INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL
CONTRATISTA manifiesta bajo la gravedad de juramento el cual se entiende prestado con la aceptación y firma del presente contrato, que no se halla incurso en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en el artículo 8° de la Ley 80 de 1993, las contempladas en la Ley 1474 de 2011 y demás normas aplicables a la materia
en concordancia con el parágrafo segundo del artículo 3 del Manual de Contratación de la entidad. CLAUSULA DECIMO SEXTA - CLAUSULA DE INDEMNIDAD: El CONTRATISTA
mantendrá indemne al SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E., en cualquier demanda o acción judicial o administrativa con ocasión de la ejecución del presente contrato, por causas imputables al contratista. CLAUSULA DÉCIMO SÉPTIMA - DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE INTEGRAL DEL CONTRATO. Forma parte integral del presente contrato los siguientes documentos: 1. Estudios previos. 2. Propuesta técnica y económica presentada por el Contratista. CLAUSULA DECIMO OCTAVA - PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El presente contrato se perfecciona con la firma de los de los que intervinieron en el mismo y para su ejecución requiere el Registro Presupuestal expedido por el funcionario Encargado de Presupuesto del Sanatorio de Contratación E.S.E. la constitución y aprobación de las Garantías exigidas y la suscripción del acta de inicio respectiva
En constancia de entendimiento y aceptación del presente documento, se firma en dos
(02) ejemplares del mismo tenor y valor a los dieciocho (18) días del mes xx xxxxx del año Dos Mil Diecinueve (2019).
EL CONTRATANTE: EL CONTRATISTA:
(Original Firmado)
XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX. XXX XXXXXX XXXXXXXXX
Gerente C.C. No. 30.008.661 de Contratación
Sanatorio Contratación E.S.E. Contratista
Proyectó: | Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Enc. Procesos Contractuales | |
Revisó: | Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Asesora Jurídica |