DECRETO DE LA ALCALDÍA
DECRETO DE LA ALCALDÍA
Vista la Resolución de 18 de diciembre de 2018 del Servicio Público de Empleo del Principado xx Xxxxxxxx, por la que se concede subvención al Ayuntamiento xx Xxxxx con destino a la celebración de contratos de trabajo en prácticas 2018-2019, por el Ayuntamiento se han elaborado las bases reguladoras y convocatoria del proceso de selección para la contratación temporal de personas desempleadas.
Las bases han sido presentadas y acordadas por los sindicatos más representativos en la Comisión General de Seguimiento y Evaluación de planes de empleo.
En base a lo anterior, y conforme dispone el art.21.1 de la ley 7/1985, Reguladora de Bases de Régimen Local, esta Alcaldía,
HE RESUELTO
1º. Aprobar las siguientes bases reguladoras y convocatoria del proceso de selección:
BASES REGULADORAS QUE REGIRÁN EL PROCESO DE SELECCIÓN DE LAS PERSONAS A CONTRATAR DENTRO DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO EN PRÁCTICAS 2018-2019
1-.OBJETO
Es objeto de las presentes bases regular el proceso de selección para la contratación, bajo la modalidad de “contrato de trabajo en prácticas”, durante un año a jornada completa de personas desempleadas por parte de este Ayuntamiento de conformidad a las Bases reguladoras y Convocatoria de subvenciones a ayuntamientos del Principado xx Xxxxxxxx en materias de ámbito competencial del Servicio Público de empleo del Principado xx Xxxxxxxx (línea: contratos de trabajo en prácticas), publicadas por Resoluciones de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo de 27 de julio de 2017 y del Servicio Público de Empleo del Principado xx Xxxxxxxx de 4 de octubre de 2018.
Se creará una lista tras el proceso de selección inicial con los/as trabajadores/as que, habiendo superado el proceso selectivo, no han obtenido suficiente puntuación para acceder al puesto de trabajo para la presente convocatoria.
Las plazas ofertadas son:
1 Técnico/a de Educación Infantil
Las condiciones laborales y retribuciones salariales se regirán por lo dispuesto en el “ Convenio colectivo del personal laboral contratado por los Ayuntamientos del Principado xx Xxxxxxxx dentro de los Planes de Empleo en el marco de los Itinerarios integrales de activación en el ámbito local y de los Contratos de Trabajo en Prácticas incluidos dentro del Acuerdo para la Competitividad Económica y Sostenibilidad Social (Concertación Social Asturias 2016-2019)”.
2- PUBLICIDAD DEL PROCESO
A los efectos de su difusión a través de TRABAJASTUR, el Ayuntamiento xx Xxxxx remitirá la oferta de empleo a la Oficina del Servicio Público de Xxxxxx xx Xxxxxx II, al objeto de su publicación.
Estas Bases además de las convocatorias para la presentación de solicitudes así como las listas provisionales y definitivas de personas candidatas se publicarán en la web del Ayuntamiento xx Xxxxx y en los correspondientes tablones de anuncios del Ayuntamiento xx Xxxxx.
3.- DESTINATARIOS
Los contratos de trabajo en prácticas irán destinados a jóvenes desempleados/as inscritos/as como beneficiarios en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil y que cumplan los requisitos recogidos en las bases 4ª y 5ª.
4. REQUISITOS GENERALES
a. Tener la nacionalidad española o ser nacional de otros Estados en los términos previstos en Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley 7/2007, de 12 xx xxxxx, del Estatuto Básico del Empleado Público( articulo 57), y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, reguladora de los “Derechos y Libertades de los extranjeros en España y su integración social “ que establece en su articulo 10.2 que, los extranjeros podrán acceder como personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas de acuerdo a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. A tal efecto podrán presentarse a las ofertas de empleo que convoque la Administración Pública.
b. Los extranjeros con residencia legal en España podrán acceder a las Administraciones Públicas, como personal laboral, en igualdad de condiciones que los españoles siempre que acrediten estar en posesión de la titulación correspondiente previamente homologada o convalidada por el organismo competente y de acuerdo a la legislación vigente.
c. Tener 16 años cumplidos y menos de 30 años.
d. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales de los puestos convocados y por tanto no padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el desempeño de la función a desarrollar.
e. No hallarse incurso/ a en causa de incompatibilidad con arreglo a la legislación vigente, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.
f. Estar en posesión de la titulación equivalente o superior a la exigida en la correspondiente convocatoria, para cada una de las plazas ofertadas.
5.- REQUISITOS ESPECÍFICOS
Los jóvenes desempleados/as beneficiarios del Programa, además de cumplir los requisitos exigidos para la celebración de un contrato en prácticas según la normativa vigente, deberán cumplir (según Resoluciones de 27 de julio de 2017, y de 4 de octubre de 2018 del SEPEPA) a fecha de inicio del contrato subvencionado a:
1. Estar inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
2. Estar inscritos/as como demandantes de empleo no ocupados/as en cualquier oficina del Servicio Público de Empleo del Principado xx Xxxxxxxx.
3. Para los/as trabajadores con discapacidad, tener un grado de discapacidad igual o superior al 33% reconocido como tal por el organismo competente, o pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, o pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
4. Estar en posesión de las titulaciones siguientes:
PLAZA | TITULACIÓN |
Técnico/a de Educación Infantil | Maestro Especialista en Educación Infantil. Técnico Especialista de Jardín de Infancia (F.P. 2º Grado). Técnico Superior de Educación Infantil (Ciclo Formativo de Grado Superior. O equivalentes. |
FUNCIONES: Desarrollo de las propias de su profesión en relación a la Escuela Infantil (0-3) del Ayuntamiento xx Xxxxx. Destino: Escuela Infantil (0-3) del Ayuntamiento xx Xxxxx del Ayuntamiento xx Xxxxx |
. Cumplir con las condiciones necesarias para la formalización de un contrato en prácticas:
· No haber sido contratado/a en prácticas en prácticas por tiempo superior a un año en virtud de la titulación referida en el punto 6 anterior.
· Que no hayan transcurridos mas de cinco años, o de siete cuando el contrato se concierte con un trabajador/a con discapacidad, desde la terminación de sus estudios. Si el trabajador es menor de 30 años no se tiene en cuenta la fecha de terminación de sus estudios.
No podrán participar en la presente convocatoria aquellas personas que hubieran tenido una relación laboral con el Ayuntamiento xx Xxxxx o su sector público formalizada al amparo de los siguientes programas de subvenciones:
· Convocatoria 2016 de concesión de subvenciones a Ayuntamientos del Principado xx Xxxxxxxx en materias de ámbito competencial del Servicio Público e Empleo del Principado xx Xxxxxxxx: contratos de trabajo en prácticas (convocatoria aprobada por resolución del Servicio Público de Empleo de 20 de octubre de 2016, BOPA de 31/10/2016).
· Convocatoria 2017 de concesión de subvenciones a Ayuntamientos del Principado xx Xxxxxxxx en materias del ámbito competencial del Servicio Público de Empleo del Principado xx Xxxxxxxx: contratos de trabajo en prácticas (convocatoria aprobada por Resolución del Servicio Público de Empleo de 22 de septiembre de 2017, BOPA DE 04/10/2017).
6.-LUGAR, PLAZO Y DOCUMENTACIÓN PARA PRESENTAR LAS SOLICITUD
La solicitud, en modelo normalizado (Anexo I) acompañado de la siguiente documentación, se presentará en el Registro General del Ayuntamiento xx Xxxxx, Xxxxx xx xx Xxxxx, 0 X.X. 00000 Xxxxxx (Xxxxx) de lunes a viernes en horario de 9.00 a 14.00 horas, a través de la sede electrónica, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y serán dirigidas al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento xx Xxxxx.
Si la documentación se presentara a través de las oficinas de Correos, se hará en la forma establecida en el artículo 31 del Reglamento por el que se regula la prestación de los Servicios Postales, en desarrollo de lo establecido en la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales, aprobado por Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre.
En este último supuesto, el/la solicitante deberá justificar fehacientemente la fecha y hora de imposición del envío en Correos y/o entrega en cualquier registro habilitado y comunicarlo al Ayuntamiento xx Xxxxx mediante fax (000 00 00 00) antes de la fecha de expiración del plazo. Sin la concurrencia de estos requisitos no será admitida la instancia si es recibida con posterioridad a la fecha de finalización del plazo de solicitud.
El plazo de presentación será de 15 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria.
Documentación a presentar:
1. Copia del DNI, pasaporte o permiso de residencia en vigor.
2. Copia de la titulación requerida para las diferentes plazas. En el caso de presentar titulaciones equivalentes, la equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente. En el mismo sentido, habrán de acreditarse las correspondientes homologaciones de la Administración española competente respecto de las titulaciones expedidas en el extranjero.
3. Xxxxx, en su caso, de la acreditación que acredite una situación de violencia de género:
a. Resolución judicial acreditativa de la existencia de episodios de violencia de género.
b. Orden de protección dictada a favor de la víctima.
No obstante, las mujeres víctimas de violencia de género que no puedan acreditar dicha situación por alguno de los cauces anteriormente descritos, podrán, excepcionalmente, acreditar esta situación con un informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género hasta en tanto se dicte la orden de protección.
Al efecto, tanto la resolución judicial como la orden de protección tendrán que haber recaído en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Igualmente el informe de acreditación, habrá de ser realizado dentro de los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
4. Para los/as trabajadores/as con discapacidad, Certificación tener un grado de discapacidad igual o superior al 33% reconocido como tal por el organismo competente, o pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, o titulaciones con aprovechamiento relacionadas con el puesto al que se presenta.
5. La Formación que es requisito para participar en las pruebas no se puntuará. Tanto ésta, como la formación puntuable debe ser formación reglada u ocupacional, de un centro oficial o colaborador acreditado u homologado por el Principado xx Xxxxxxxx. No se admitirán las certificaciones de Academias que no cumplan estos requisitos de acreditación y homologación. Se deberán presentar originales y fotocopias de títulos donde conste el aprovechamiento y la duración de la acción formativa. No serán tenidos en cuenta los que acrediten la mera asistencia.
6. Volante o certificado de empadronamiento salvo que hubiese dado autorización previa a favor del Ayuntamiento en el momento de la solicitud, para la consulta de datos xxx Xxxxxx Municipal de
Habitantes. La presentación de este volante o certificado de empadronamiento será solo necesaria si desea que sea baremada esta circunstancia.
7. Informe de vida laboral actualizado a fecha comprendida entre publicación de las bases y fin del plazo de presentación de solicitudes.
7.-ÓRGANO DE SELECCIÓN
A los efectos de facilitar la selección de los/as trabajadores/as, se constituirá una Comisión de Selección de Contratación en el Ayuntamiento, formada de la siguiente manera:
· Presidente: Un empleado/a municipal.
· Vocales: Cuatro designados por el órgano competente entre empleados públicos y que, al menos uno, trabaje en el área objeto de la contratación, de los cuales dos se nombrarán previa consulta y oídos los sindicatos firmantes del Acuerdo para la Competitividad Económica y Sostenibilidad Social (Concertación Social Asturias 2016-2019).
· Secretario El Secretario del Ayuntamiento o empleado/a público en quien delegue.
Los miembros de la Comisión de Selección podrán contar con la presencia de asesores/as, con voz pero sin voto, en las reuniones que se celebren.
Podrán designarse suplentes que actuarán, en su caso, en sustitución de los/as titulares.
Para la válida constitución de la Comisión de Selección será necesaria la asistencia del Presidente y del Secretario/a y la mitad, al menos, de las personas titulares o suplentes.
Las personas que integren la Comisión de Selección deberán de abstenerse de formar parte de la misma cuando concurran en ellas circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
El órgano de selección será colegiado y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y se tenderá, asimismo, a la paridad entre hombre y mujer.
La pertenencia a dicho órgano de selección será siempre a título individual no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
La Comisión de Selección está facultada para interpretar y resolver las cuestiones que puedan suscitarse en la aplicación de las normas de procedimiento, inspirándose su actuación en los principios de economía, celeridad y eficiencia.
8.-DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR A LA FIRMA DEL CONTRATO
1. Original y copia del DNI, pasaporte o permiso de residencia en vigor.
2. Original y copia de la titulación requerida para la plaza
3. Certificación de inscripción como beneficiario en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil a la fecha de inicio del contrato-
4. Documento acreditativo de estar inscrito como demandante de empleo no ocupado en el Servicio Público de Empleo del Principado xx Xxxxxxxx a fecha de formalización del contrato.
5. Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos exigidos, la acreditación del carácter subvencionado de su contrato y el compromiso de cumplimentar cuanta información se precisa para elaborar los indicadores de ejecución y resultados recogidos en el Anexo I del Reglamento (UE) Nº 1304/2013 (Anexo II).
6. Autorización de la persona contratada a la Administración del Principado xx Xxxxxxxx para que pueda consulta ante la Tesorería General de la Seguridad Social el informe de vida laboral de la persona contratada, así como el cumplimiento de los requisitos exigidos, la acreditación del carácter
subvencionado de su contrato y el compromiso de cumplimentar cuanta información se precisa para elaborar los indicadores de ejecución y resultados recogidos en el Anexo I del Reglamento (UE) Nº 1304/2013 (según Anexo II).
7. Anexo relativo a los indicadores de ejecución y resultados recogidos en el Anexo I del Reglamento (UE) Nº 1304/2013 (según Anexo III-Indicadores).
8. Cualquier otra documentación que determine el Ayuntamiento en función del puesto a cubrir.
9.- ADMISIÓN Y EXCLUSIÓN DE ASPIRANTES
Se entenderán admitidos/as al proceso selectivo aquellos/as aspirantes que cumplan los requisitos establecidos en las bases cuarta y quinta.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará una lista provisional de personas admitidas.
El plazo de subsanación, si ésta fuera posible, será de tres días hábiles. Transcurrido ese plazo sin efectuarla, se tendrá a la persona interesada por desistida de su petición.
Finalizado el plazo de subsanación se publicará la lista definitiva de las personas admitidas para la realización de la prueba o pruebas indicándose el día, hora y lugar de celebración de la misma. Así mismo se publicará el listado de personas excluidas y el motivo.
10.- SISTEMA DE ACCESO
El sistema de acceso, para participar en los procesos de selección como personal laboral temporal para cubrir las plazas de los contratos en prácticas, será el de concurso-oposición, con la utilización de un baremo, una vez superada/s la/s prueba o pruebas selectivas, que atenderá a la situación personal del aspirante.
Los aspirantes realizarán una o varias pruebas de carácter eliminatorio relacionadas con la ocupación a desarrollar. Tanto el tiempo como las características de las pruebas serán decididos por la Comisión de Selección el día de la selección. La convocatoria para la realización de las pruebas se efectuará por
llamamiento único, quedando eliminados/as quienes no compareciesen, salvo causa de fuerza mayor acreditada, que apreciará la Comisión de Selección resolviendo, en su caso, lo que proceda
Se considerará el/la candidato/a que obtenga, al menos, un 50 % de la puntuación de cada una de las pruebas como apto/a asignándosele la puntuación correspondiente. No obstante, el órgano de selección podrá acordar rebajar el mínimo exigido para superar la prueba, en aquellos casos en que no existan candidatos o estos sean insuficientes para continuar o concluir el proceso de selección.
La puntuación máxima a otorgar en la fase de oposición será de 20 puntos.
Tras la realización de la prueba o pruebas, se publicará la lista provisional con las puntuaciones obtenidas por cada candidato/a, otorgándose un plazo para efectuar alegaciones no superior a tres días hábiles a contar desde el día siguiente a su publicación.
A aquellos aspirantes que hayan superado la prueba o pruebas selectivas, siempre que se encuentren en alguna de las circunstancias descritas a continuación, se les realizará una valoración de su situación personal, sin que esta pueda exceder del 50 por 100 de la puntuación máxima que pudiera ser obtenida en la fase de oposición.
Para la valoración de dicha situación personal se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
1. Mujeres víctimas de violencia de género: 1 punto
2. Estar empadronado en el municipio con al menos tres meses de antigüedad: 1 punto
3. Personas con discapacidad: 1 punto
El hecho de presentar la Solicitud, e incluso de superar las pruebas, no creará derecho alguno al/la aspirante seleccionado en caso de incumplimiento de requisitos o de observarse inexactitud o falsedad en la documentación aportada.
En el que caso de que se produzca un empate entre varios/as aspirantes, tendrá preferencia, por este orden:
1º.-Quien lleve mayor tiempo en situación de desempleo.
2º.-Por sorteo, efectuado en presencia de los/as aspirantes.
11.- RECLAMACIONES
Las incidencias y reclamaciones que se pudieran suscitar, derivadas de los procesos de selección, serán resueltas por el órgano de selección.
12.- CONTRATACIÓN
Finalizadas las pruebas selectivas, se formulará propuesta al órgano que corresponda para la contratación del/los aspirante/s que haya/n obtenido mayor puntuación en el conjunto del proceso selectivo publicándose la relación de personas a contratar en el tablón de anuncios y en la web municipal, incluyendo el día, hora y lugar en el que los aspirantes formalizarán el contrato así como cualquier otra incidencia que, desde el ámbito municipal, se considere conveniente recoger.
A continuación, previa comprobación del cumplimiento de los requisitos exigidos y las circunstancias personales acreditadas mediante aportación de la documentación especificada en el apartado 8, se formalizará el contrato de trabajo temporal para cada uno de los puestos ofertados, bajo la modalidad de contrato de trabajo en prácticas resultando de aplicación el Convenio Colectivo suscrito al efecto por la Federación Asturiana de Concejos y los sindicatos firmantes del Acuerdo para la Competitividad Económica y Sostenibilidad Social (Concertación Social Asturias 2016-2019).
13.- SUSTITUCIONES
En el caso de que un/a beneficiario/a seleccionado/a causara baja, la elección del sustituto/a recaerá sobre el siguiente aspirante de la bolsa de empleo (lista de reservas) constituida tras cada proceso de selección inicial siempre que cumpla con los requisitos establecidos.
En el supuesto de que ésta se hubiera agotado, este ayuntamiento realizaría un nuevo proceso selectivo.
14.- RECURSOS
La Convocatoria, sus Bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma podrán ser impugnados por los interesados. Asimismo podrán ser objeto de impugnación, las resoluciones y los actos de trámite, si estos deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, los interesados podrán interponer, ante el órgano competente de la Entidad Local, los recursos de alzada y potestativo de revisión que cabría fundar en cualquiera de los motivos de nulidad a anulabilidad previstos en los artículos 47 y 48 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
15.- COFINANCIACIÓN
“Las contrataciones realizadas al amparo de las presentes bases reguladoras son objeto de cofinanciación por el Servicio Público de Empleo del Principado xx Xxxxxxxx. Además, al ser la convocatoria conforme con el Programa Operativo de Empleo Juvenil 2014-2020 (2014ES05M9OP001), podrá ser objeto de cofinanciación en un 91,89% por el Fondo Social Europeo y por la Iniciativa de Empleo Juvenil en caso de certificación en el ámbito del Eje 5, o en un 80% por el Fondo Social Europeo en el caso de certificación en el ámbito del Eje 1, en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil.”.
16.- SEGUIMIENTO
“La comisión de seguimiento y evaluación del Plan de Empleo del Ayuntamiento xx Xxxxx, de la que formarán parte representantes de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas, firmantes del acuerdo para la competitividad económica y la sostenibilidad (Concertación Social Asturias 2016-2019), llevará a cabo los criterios de selección y el seguimiento y control del proceso selectivo y aprobará la lista de los aspirantes admitidos y excluidos .
ANEXO I SOLICITUD CONTRATOS EN PRÁCTICAS 2018-2019
SOLICITANTE
NOMBRE Y APELLIDOS: | NIT/TIF: | ||
FECHA DE NACIMIENTO: | EDAD | TFNO.CONTACTO: | |
DOMICILIO: | Nº: | PISO: | |
LOCALIDAD: | CP: | E-MAIL: | |
DISCAPACIDAD | ADAPTACIONES SOLICITADAS EN CASO DE DISCAPACIDAD | ||
SI………….% NO | |||
TITULACIÓN ACADÉMICA: | ESPECIALIDAD |
TÉCNICO/A EN EDUCACIÓN INFANTIL
PUESTO AL QUE SE PRESENTA:
DECLARA RESPONSABLEMENTE:
Que se compromete al cumplimiento de los requisitos exigidos en las Resoluciones de 22 de septiembre de 2017 y de 4 de octubre de 2018 del SEPEPA .
- Que reúne los requisitos generales exigidos en la base reguladora cuarta de las del presente proceso de selección.
- Que cumple los requisitos de titulación/edad, en función de las plazas ofertadas.
- Que posee capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales de los puestos convocados y por tanto no padece enfermedad o condicionante físico que impida el desempeño de las funciones propias del puesto al que aspira.
- Que no se halla incurso/a en causa de incompatibilidad con arreglo a la legislación vigente y no ha sido separado/a mediante expediente administrativo (disciplinario) del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme.
- Que se encuentra en alguna de las siguientes situaciones objeto de baremación (señale con una X en la/s que se encuentra, en su caso):
| Ser mujer víctima de violencia de género | | Experiencia previa en puestos de trabajo similares (la experiencia profesional que es requisito no se puntuará |
| Estar empadronado/a en el xxxxxxx xx Xxxxx, con al menos tres meses de antigüedad | | Cursos de formación relacionados con el puesto (la formación que es requisito no se puntuará) |
| Poseer discapacidad de un grado igual o superior al 33% | ||
DOCUMENTACIÓN QUE SE ACOMPAÑA | |||
| Copia del DNI | | Poseer discapacidad en un grado igual o superior al 33% |
| Copia titulación/es requerida acreditada | | Copia titulaciones a valorar en fase de concurso |
| Informa e Vida Laboral | | Volante de empadronamiento |
| Acreditación situación de violencia de genero ( en su caso) | | Otros |
SOLICITA su admisión para participar en el proceso selectivo y declara bajo su responsabilidad que son ciertos los datos consignados en ella.
AUTORIZAR AL AYUNTAMIENTO XX XXXXX A:
- Comprobar si el/la solicitante ha estado anteriormente trabajando en el Ayuntamiento xx Xxxxx en el marco de los Programas que se señalan en la base quinta de las Bases Reguladoras.
- Solicitar su informe de vida laboral a la Tesorería de la Seguridad Social.
- Solicitar al Servicio Público de Empleo Estatal información relativa a su inscripción como beneficiario/a en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
- Solicitar al Servicio Público de Empleo del Principado xx Xxxxxxxx su condición de inscrito como demandante de empleo no ocupado.
- Comprobar si figura inscrito/a y la antigüedad en el Padrón Municipal de Habitantes
Una vez finalizado el proceso de selección, si de la comprobación de la documentación previa a la contratación resultará que, la persona propuesta no reuniese alguno los requisitos establecidos en esta convocatoria o no acreditase alguna de las circunstancias a baremar, se resolverá su exclusión del proceso selectivo decayendo el/la interesado/a en los derechos e intereses legítimos a ser contratado.
Firma
En , a de de 2019 Fdo. (Nombre y Apellidos)
AL XX. XXXXXXX-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXX
SECRETARIO GENERAL
2º. Dar cuenta al Pleno en la próximSaOsTeOsiLóOnPEqZu,eJOcSeEleAbNrTeO.NIO
15/02/2019 08:00
Así por esta mi Resolución que mando notificar y cumplir en Luanco (Xxxxx), a 14 de febrero de 2019. Lo que Certifico.
XXXXXX XXXXXX, XXXXX XXXXXXX-PRESIDENTE 14/02/2019 15:52