Anexo N° 01: IM-CE-2017-6
Central de Compras Públicas -
PERÚ COMPRAS
Dirección de
Acuerdos Marco
Anexo N° 01: IM-CE-2017-6
Parámetros y condiciones del Método Especial de Contratación
ACUERDO MARCO: | IM-CE-2017-6 | ||||
Procedimiento para la Selección de Proveedores aplicable: | Procedimiento para la Selección de Proveedores para la Implementación de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco - IM-CE-2017-6 | ||||
Reglas del Método Especial de Contratación a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco aplicable: | “Reglas Estándar del Método Especial de Contratación a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco - Tipo I” | ||||
Catálogos Electrónicos aplicables: | Equipos Multimedia y Accesorios | ||||
Monto establecido para las Grandes Compras: | S/ 100,000.00 (Cien Mil con 00/100 Soles) | ||||
Monto mínimo de contratación (Entidad): | S/ 500.00 (Quinientos con 00/100 Soles) | ||||
Monto mínimo de atención (Proveedor): | - | ||||
Plazo mínimo de atención requerido por la Entidad: | 5 días calendario | ||||
Tiempo máximo de respuesta para atención de garantía: | 3 días calendario | ||||
Tiempo máximo de solución para atención de garantía: | 15 días calendario | ||||
Reajuste de precios en la ejecución contractual: | No | ||||
Catálogos exonerados de la aplicación del IGV: | No | ||||
Condiciones especiales de las Fichas- producto: | No | ||||
Otras condiciones especiales para la contratación: | No | ||||
Plazo de entrega máximo y sugerido: | Catálogo Electrónico | Plazo máximo de Entrega | Plazo de Entrega máximo sugerido para el proveedor | ||
Equipos multimedia y accesorios | Sesenta (60) días calendario | Veinte (20) días calendario |
Firmado digitalmente por XXXXXXX XXXXXXXX Xxxxxxx Xxxxx FAU 20600927818 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 22.03.2019 12:13:00 -05:00
Firmado digitalmente por XXXXXXXXXXXX XXXXXX Xxxxxxxxx
Xxxxxx XXX 20600927818 hard Motivo: Doy V° B°
Fecha: 22.03.2019 14:45:13 -05:00
Firmado digitalmente por XXXXX XXXXXX Xxxxxx Xxxxxxxx XXX 20600927818 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 22.03.2019 11:53:14 -05:00
Firmado digitalmente por XXXXX XXXX Xxxx Xxxxxx XXX 20600927818 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 22.03.2019 12:38:54 -05:00
Firmado digitalmente por XXXXX XXXXXXXX Xxxxx Xxxx FAU 20600927818 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 22.03.2019 18:21:57 -05:00
Firmado digitalmente por CASO XXXXXXX Xxxxx Xxxxxxxx FAU 20600927818 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 26.03.2019 11:44:46 -05:00
Firmado digitalmente por XXXXXXX XXXXXXXX Xxxxxxx Xxxxx FAU 20600927818 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 22.03.2019 12:12:06 -05:00
Firmado digitalmente por XXXXXXXXXXXX XXXXXX Xxxxxxxxx
Xxxxxx XXX 20600927818 hard Motivo: Doy V° B°
Fecha: 22.03.2019 14:40:49 -05:00
Firmado digitalmente por XXXXX XXXXXX Xxxxxx Xxxxxxxx XXX 20600927818 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 22.03.2019 11:47:38 -05:00
Firmado digitalmente por XXXXX XXXX Xxxx Xxxxxx XXX 20600927818 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 22.03.2019 12:37:41 -05:00
Firmado digitalmente por XXXXX XXXXXXXX Xxxxx Xxxx FAU 20600927818 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 22.03.2019 18:23:39 -05:00
Firmado digitalmente por XXXXX XXXXXXX Xxxxx Xxxxxxx FAU 20600927818 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 25.03.2019 09:40:03 -05:00
REGLAS ESTÁNDAR DEL MÉTODO ESPECIAL DE CONTRATACIÓN A TRAVÉS DE LOS CATÁLOGOS ELECTRÓNICOS DE ACUERDOS MARCO - TIPO I
MODIFICACIÓN I
Dirección de Acuerdos Marco
Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx
Marzo 2019
Página 1 de 32
Firmado digitalmente por CASO XXXXXXX Xxxxx Xxxxxxxx FAU 20600927818 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 26.03.2019 11:43:32 -05:00
Contenido
1. DISPOSICIONES GENERALES 4
1.1 DEFINICIÓN DE LAS REGLAS ESTÁNDAR DEL MÉTODO ESPECIAL DE CONTRATACIÓN A TRAVÉS DE LOS CATÁLOGOS ELECTRÓNICOS DE ACUERDOS MARCO - TIPO I. 4
1.2 OBJETIVO 4
1.3 NORMATIVIDAD APLICABLE 4
1.4 REFERENCIAS 5
2. DEFINICIONES 5
2.1. FICHA-PRODUCTO 5
2.2. ENTIDAD 5
2.3. PROVEEDOR 5
2.4. ADMINISTRADOR 5
2.5. COSTO TOTAL DEL BIEN O SERVICIO 5
2.6. DESCUENTO POR VOLUMEN 5
2.7. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO 6
2.8. CLASIFICACIÓN CREDITICIA DEL DEUDOR DE LA CARTERA DE CRÉDITOS 6
2.9. ORDEN DE COMPRA DIGITALIZADA 6
2.10. ORDEN DE COMPRA ELECTRÓNICA U ORDEN DE SERVICIO ELECTRÓNICA 6
2.11. PROCEDIMIENTO DE COMPRA ORDINARIA 6
2.12. PROCEDIMIENTO DE GRANDES COMPRAS 7
2.13. MONTO MÍNIMO DE CONTRATACIÓN (ENTIDAD) 7
2.14. MONTO MÍNIMO DE ATENCIÓN (PROVEEDOR) 7
2.15. ESTADOS GENERADOS POR LA PLATAFORMA 7
2.16. PLAZO MÍNIMO DE ATENCIÓN REQUERIDO POR LA ENTIDAD 7
2.17. EXTENSIÓN DE VIGENCIA 7
2.18. PROFORMA 8
3. CONDICIONES DEL PROVEEDOR 8
3.1. ACCESO Y USO DE CONTRASEÑA 8
3.2. CUMPLIMIENTO DE SU OFERTA 8
3.3. COMPROMISO DE INTEGRIDAD 8
3.4. CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN 8
3.5. REMISIÓN DE INFORMACIÓN 9
3.6. OBLIGATORIEDAD DE ACTUALIZACIÓN DE LOS ESTADOS 9
3.7. ATENCIÓN DE VISITAS 9
3.8. REGISTRO DE UBIGEO GEOGRÁFICO, ESTADO Y CONDICIÓN DE CONTRIBUYENTE 9
3.9. CLASIFICACIÓN CREDITICIA DEL DEUDOR DE LA CARTERA DE CRÉDITOS 9
3.10. DECLARACIONES TRIBUTARIAS 9
3.11. MEDIO DE COMUNICACIÓN Y NOTIFICACIÓN 9
3.12. INDICADOR DE CUMPLIMIENTO DEL PROVEEDOR 9
3.13. REQUISITOS 10
4. CONDICIONES DE LA ENTIDAD 10
4.1. ACCESO Y USO DE CONTRASEÑA 10
4.2. REVISIÓN DE LOS REQUISITOS DEL PROVEEDOR 10
4.3. CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN 11
4.4. REMISIÓN DE INFORMACIÓN 11
4.5. ATENCIÓN DE VISITAS 11
4.6. OBLIGATORIEDAD DE ACTUALIZACIÓN DE LOS ESTADOS 11
4.7. MEDIO DE COMUNICACIÓN Y NOTIFICACIÓN 11
4.8. CALIFICACIÓN DE LA ENTIDAD 11
5. CONDICIONES DE LA OFERTA 11
5.1. MONEDA 11
5.2. COBERTURA DE ATENCIÓN 11
5.3. PRECIO UNITARIO BASE 11
5.4. COSTO DE ENVÍO O FLETE 12
5.5. EXISTENCIAS (STOCK) 12
5.6. PLAZO MÁXIMO DE ENTREGA 12
5.7. CONDICIONES DEL PRODUCTO 12
5.8. GARANTÍA 12
5.9. SUBSANACIÓN DE OBSERVACIONES DE LA FICHA-PRODUCTO 13
5.10. TIEMPO MÁXIMO DE RESPUESTA PARA ATENCIÓN DE GARANTÍA 13
5.11. TIEMPO DE MÁXIMO DE SOLUCIÓN PARA ATENCIÓN DE GARANTÍA 13
5.12. TIPOS DE GARANTÍA 13
5.13. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS 13
5.14. REAJUSTE DE OFERTAS 14
5.15. REAJUSTE DE PRECIOS EN EJECUCIÓN CONTRACTUAL 14
5.16. CONDICIONES ESPECIALES DE LAS FICHAS-PRODUCTO 14
6. REGLAS ESPECIALES DE CONTRATACIÓN 14
6.1. REGISTRO DEL REQUERIMIENTO 14
6.2. BÚSQUEDA Y SELECCIÓN DE FICHAS-PRODUCTO 15
6.3. PROCEDIMIENTO DE COMPRA ORDINARIA 16
6.4. PROCEDIMIENTO DE GRANDES COMPRAS 22
6.5. REGISTRO DE MEJORAS 24
6.6. EXCLUSIÓN DEL PROVEEDOR 24
6.7. INCORPORACIÓN DE NUEVOS PRODUCTOS 25
7. FACULTADES DE PERÚ COMPRAS 26
7.1. EXCLUSIÓN DE FICHAS-PRODUCTO 26
7.2. EXCLUSIÓN DE OFERTAS 26
7.3. ACTUALIZACIÓN DE FICHAS-PRODUCTO 27
7.4. INFORMACIÓN DE LOS CATÁLOGOS 27
7.5. ASISTENCIA Y SOPORTE A LOS CATÁLOGOS 27
7.6. NULIDAD DEL ACUERDO SUSCRITO 27
7.7. EXCLUSIÓN E INCLUSIÓN DE PROVEEDORES 27
7.8. INCORPORACIÓN DE PROVEEDORES 27
7.9. MODIFICACIÓN Y/O ACTUALIZACIÓN DE LAS REGLAS 27
7.10. OTRAS CONDICIONES ESPECIALES PARA LA CONTRATACIÓN 27
7.11. MECANISMOS ADICIONALES PARA LA CONTRATACIÓN 28
7.12. PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN EN LOS CATÁLOGOS 28
8. EJECUCIÓN CONTRACTUAL 28
8.1. PERFECCIONAMIENTO DE LA RELACIÓN CONTRACTUAL 28
8.2. RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD 28
8.3. PAGO 28
8.4. VICIOS OCULTOS 29
8.5. SUBCONTRATACIÓN 29
8.6. CESIÓN DE POSICIÓN CONTRACTUAL 29
8.7. CESIÓN DE DERECHOS 29
8.8. CAUSAL Y PROCEDIMIENTO DE RESOLUCIÓN CONTRACTUAL 29
8.9. REGISTRO DE LA RESOLUCIÓN CONTRACTUAL 29
8.10. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE LA FASE CONTRACTUAL 29
8.11. PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO DE LA PRESTACIÓN E INCUMPLIMIENTO EN LA EJECUCIÓN 29
8.12. SANCIONES 30
9. PROCEDIMIENTO DE ENVÍO DE NOTIFICACIÓN DE REQUERIMIENTO DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES EN EL PROCESO DE RESOLUCIÓN CONTRACTUAL 30
10. PROCEDIMIENTO DE INCORPORACIÓN DE PROVEEDORES 31
11. DISPOSICIONES FINALES 31
12. ANEXOS 31
REGLAS ESTÁNDAR DEL MÉTODO ESPECIAL DE CONTRATACIÓN A TRAVÉS DE LOS CATÁLOGOS ELECTRÓNICOS DE ACUERDOS MARCO - TIPO I
MODIFICACIÓN I1
1. DISPOSICIONES GENERALES
1.1 Definición de las Reglas Estándar del Método Especial de Contratación a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco - Tipo I.
El presente documento establece las reglas especiales asociadas a las contrataciones a ser realizadas a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco que serán aplicables para la ENTIDAD y el PROVEEDOR durante su vigencia, en adelante las REGLAS.
El PROVEEDOR y la ENTIDAD se acogen a las disposiciones establecidas en las REGLAS.
1.2 Objetivo
Establecer las reglas especiales del procedimiento que conducirán las contrataciones que realizan la ENTIDAD y el PROVEEDOR a través de los Catálogos Electrónicos, a fin de contribuir en la optimización de las compras públicas y promover mayores niveles de eficiencia y transparencia en el uso adecuado de los recursos públicos, considerando los parámetros y condiciones que se establezcan en las REGLAS.
1.3 Normatividad Aplicable
▪ Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, modificado mediante Decreto Legislativo N° 1341.
▪ Decreto Supremo Nº 350-2015-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, modificado mediante Decreto Supremo N° 056-2017-EF.
▪ Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública.
▪ Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xx. 0000, que crea la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS.
▪ Directiva No. 013-2016-PERÚ COMPRAS. Directiva de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco.
▪ Directiva No. 007-2017-OSCE/CD. Disposiciones aplicables a los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco.
▪ Directiva No. 007-2018-PERÚ COMPRAS. Directiva para la incorporación de nuevos proveedores en los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco vigentes, aprobada mediante Resolución Jefatural N° 080-2018-PERÚ – COMPRAS.
▪ Directiva N° 018-2017-PERÚ COMPRAS, Lineamientos para la incorporación de Fichas – Producto para los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco, aprobada mediante Resolución Jefatural N° 069-2017- PERÚ – COMPRAS.
▪ Directiva N° 021-2017-PERÚ COMPRAS, Lineamientos para la Exclusión e Inclusión de los Proveedores Adjudicatarios de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco, aprobada mediante Resolución Jefatural N° 086-2017-PERÚ – COMPRAS.
▪ Directiva N° 002-2018-PERÚ COMPRAS, Lineamientos para la recopilación de información para la identificación de Fichas-Producto en la Etapa de Elaboración para la Implementación de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco, aprobada mediante Resolución Jefatural N° 011-2018-PERÚ COMPRAS.
▪ Decreto Supremo No. 364-2015-EF, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS.
▪ Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General,
▪ Ley 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.
▪ Ley 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía.
▪ Ley 28405, Ley de Rotulado de Productos Industriales Manufacturados.
▪ Decreto Supremo No. 020-2005-PRODUCE, Reglamento de la Ley de Rotulado de Productos Industriales Manufacturados.
▪ Decreto Supremo Xx. 000-0000-XXXXX que aprueba medidas de ecoeficiencia en el sector público.
▪ Resolución Ministerial Xx. 000-0000-XXXXX y modificatoria Resolución Ministerial No. 083-2011- MINAM.
▪ Ley 30424, Ley que regula la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas.
▪ Decreto Supremo No. 002-2019-JUS, Reglamento de la Ley que regula la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas.
▪ Normas complementarias, modificatorias y conexas a las normas anteriores.
1 ACTUALIZACIÓN 1: Las modificaciones realizadas en las presentes reglas han sido resaltadas en color amarillo para su fácil identificación.
1.4 Referencias
En el presente documento se utilizarán las siguientes referencias:
▪ LEY: Ley 30225, Ley de Contrataciones del Estado modificada mediante DL N°1341
▪ REGLAMENTO: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo No. 350-2015-EF, modificado mediante Decreto Supremo N°056-2017-EF.
▪ DIRECTIVA: Directiva No. 013-2016-PERÚ COMPRAS. Directiva de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco
▪ DIRECTIVA OSCE: Directiva No. 007-2017-OSCE/CD. Disposiciones aplicables a los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco.
▪ REGLAS: Las presentes reglas.
▪ PROCEDIMIENTO: Procedimiento para la Selección de Proveedores para la Implementación de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Xxxxx aplicable.
▪ CATÁLOGOS: Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco.
▪ PLATAFORMA: Plataforma de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco.
▪ PERÚ COMPRAS: Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS.
▪ RNP: Registro Nacional de Proveedores.
▪ SBS: Superintendencia de Banca, Seguros y AFP.
▪ SUNAT: Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria.
2. DEFINICIONES
2.1. Ficha-producto
Refiérase a la Identificación inequívoca de un único producto respecto de sus características definidas previamente, el cual deberá contener una ficha técnica, imagen y denominación concatenada, sea para bienes o servicios según corresponda.
2.2. Entidad
Refiérase a la Entidad pública contratante que se encuentra bajo el ámbito de aplicación de la LEY y el
REGLAMENTO.
2.3. Proveedor
Refiérase al PROVEEDOR que luego del resultado de la evaluación de ofertas de un procedimiento de implementación o extensión de vigencia de los CATÁLOGOS obtuvo al menos una (01) oferta adjudicada y suscribió el Acuerdo Marco correspondiente.
2.4. Administrador
Los Acuerdos Marco serán Administrados por la Dirección de Acuerdos Marco de PERÚ COMPRAS.
2.5. Costo total del bien o servicio
Refiérase al valor o monto resultante que contempla todos los conceptos y aspectos referidos a las características y condiciones del bien o servicio, tales como:
i) Precio;
ii) Rendimiento y vida útil;
iii) Condiciones comerciales como garantía, plazos de entrega, entre otros;
iv) El costo por flete; y
v) Otros aplicables de acuerdo a las condiciones xxx xxxxxxx en los que se comercialicen los bienes contenidos en los CATÁLOGOS.
2.6. Descuento por volumen
Refiérase al descuento de precio unitario base2 respecto de rangos de cantidad específica de Fichas- producto, que podrá ser registrado por el PROVEEDOR directamente en los CATÁLOGOS durante la operatividad, de acuerdo a las consideraciones establecidas en el numeral 6.5 de las presentes REGLAS.
2 Refiérase al precio ofertado por el PROVEEDOR para una Ficha-producto.
2.7. Garantía de fiel cumplimiento
Refiérase a la garantía monetaria que tiene como finalidad salvaguardar el cumplimiento de los términos y condiciones establecidos para el Acuerdo Marco y que permitirá la suscripción automática del mismo en el procedimiento para la implementación e incorporación de proveedores a los CATÁLOGOS.
La garantía de fiel cumplimiento será ejecutada por PERÚ COMPRAS en caso el PROVEEDOR sea excluido de los CATÁLOGOS, sin perjuicio de ello se podrá ejecutar dicha garantía por el incumplimiento en la ejecución contractual de un Catálogo Electrónico cuya vigencia haya concluido.
La garantía de fiel cumplimiento deberá mantenerse durante todo el periodo de vigencia del Acuerdo Marco, pudiendo ser renovada conforme a lo señalado en el procedimiento de la extensión de vigencia del mismo, caso contrario previa solicitud se procederá con su devolución finalizada la vigencia.
PERÚ COMPRAS, mediante un comunicado establecerá el procedimiento para la devolución de la garantía de fiel cumplimiento; asimismo, procederá con la devolución de la garantía debiendo verificar para ello que el proveedor no cuente con obligaciones pendientes derivadas de la formalización de alguna Orden de Compra del Acuerdo Marco suscrito.
En caso se encuentre establecida la posibilidad de inclusión del PROVEEDOR, éste deberá realizar el depósito de una nueva garantía de fiel cumplimiento como requisito para su solicitud de inclusión a los CATÁLOGOS.
2.8. Clasificación crediticia del deudor de la cartera de créditos
Refiérase a las categorías de clasificación crediticia del deudor de la cartera de créditos del registro administrado por la SBS.
2.9. Orden de Compra Digitalizada
i) Certificación de crédito presupuestario y/o previsión presupuestaria para Órdenes de Compra o
Refiérase a la Orden de Compra o Servicio generada por la ENTIDAD a través del sistema de gestión administrativa que utiliza, por ejemplo: SIGA, BaaN, SAP u otros, la cual deberá contar como mínimo con:
Servicio cuyo plazo de entrega superan el ejercicio del año fiscal en curso.
ii) Firma, postfirma y/o sello del(os) responsable(s) que autorizaron la contratación; la ENTIDAD podrá
hacer uso de firma(s), postfirma(s) digital(es), de corresponder, de(los) responsable(s) que autorizan
iii) Número de registro SIAF, en caso la ENTIDAD no cuente con SIAF deberá especificar dicha condición
la contratación.
bajo responsabilidad.
iv) La Orden de Compra digitalizada debe contener la información registrada en la orden de compra o
servicio electrónica de la PLATAFORMA.
2.10. Orden de Compra Electrónica u Orden de Servicio Electrónica
Refiérase al documento generado por la ENTIDAD a través de la PLATAFORMA una vez adjuntada la Orden de Compra digitalizada y que constituye la formalización de la relación contractual entre la ENTIDAD y el PROVEEDOR a partir del momento en que adquiere el estado ACEPTADA C/ENTREGA PENDIENTE, en adelante la ORDEN DE COMPRA.
2.11. Procedimiento de Compra Ordinaria
iv) Plazo de entrega para las Fichas-producto seleccionadas.
iii) Xxxxxxxxx, y
ii) Stock disponible,
i) Ofertas vigentes,
las condiciones requeridas en la PROFORMA, cuenten con:
Refiérase al Procedimiento mediante el cual la ENTIDAD selecciona Fichas-producto del CATÁLOGO, generando que la PLATAFORMA de manera automática invite a todos los PROVEEDORES que, acorde a
El monto de contratación en los Procedimientos de Compra Ordinaria debe ser menor al monto establecido para el Procedimiento de Grandes Compras en el Anexo N°1.
2.12. Procedimiento de Grandes Compras
iii) Stock mínimo de una (01) unidad,
ii) Xxxxxxxxx, y
i) Ofertas vigentes para dichas Fichas-producto,
las condiciones requeridas en la PROFORMA, cuenten con:
Refiérase al Procedimiento mediante el cual la ENTIDAD selecciona Fichas-producto del CATÁLOGO, generando que la PLATAFORMA de manera automática invite a todos los PROVEEDORES que, acorde a
Ello con la finalidad de que oferten sus mejores condiciones y que la PLATAFORMA seleccione automáticamente la oferta ganadora, de acuerdo a las consideraciones establecidas en las presentes REGLAS.
PERÚ COMPRAS establecerá en el Anexo N°1 el monto obligatorio para el uso del Procedimiento de Grandes Compras siendo este aplicable por Ficha-producto, sin perjuicio de ello, en caso el monto de la contratación sea menor, las ENTIDADES podrán hacer uso facultativo del presente procedimiento.
2.13. Monto Mínimo de Contratación (Entidad)
PERÚ COMPRAS, para cada CATÁLOGO, puede establecer el monto mínimo de contratación para las
ENTIDADES por Ficha-producto, que será determinado en el Anexo N° 01.
Para el caso de importes menores la ENTIDAD de manera facultativa puede contratar a través del
CATÁLOGO.
Cuando la ENTIDAD determina que el valor referencial de una Ficha-producto según la cantidad requerida, no supera el monto mínimo de contratación, no estará obligada a utilizar el CATÁLOGO y no requerirá autorización de PERÚ COMPRAS para exceptuarse de contratar a través de esta herramienta.
2.14. Monto Mínimo de Atención (Proveedor)
PERÚ COMPRAS, para cada CATÁLOGO, puede establecer un monto mínimo de atención para el PROVEEDOR, que será determinado en el Anexo N° 01. De acuerdo a dicho monto el PROVEEDOR se encontrará obligado a atender el requerimiento a través de la PLATAFORMA.
El PROVEEDOR estará facultado a atender la solicitud de proforma con montos menores al monto mínimo de atención establecido, para ello deberá tenerse en cuenta las disposiciones señaladas en que establezca PERÚ COMPRAS, para los cuales se aplicará la LEY, REGLAMENTO y DIRECTIVAS caso contrario, el PROVEEDOR podrá realizar la restricción de la solicitud de proforma a través de la PLATAFORMA.
En caso PERÚ COMPRAS no establezca el monto mínimo de atención en el procedimiento de implementación, se encuentra facultado para hacerlo durante la operatividad, hecho que será comunicado mediante el portal web de PERÚ COMPRAS.
2.15. Estados generados por la PLATAFORMA
Refiérase a los estados generados en la PLATAFORMA de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco
2.16. Plazo mínimo de Atención requerido por la entidad
Las ENTIDADES deben efectuar sus requerimientos teniendo en cuenta el plazo mínimo de atención que
PERÚ COMPRAS puede establecer en el Anexo N° 01.
PERÚ COMPRAS puede establecer o modificar el plazo mínimo de atención durante la operatividad de los CATÁLOGOS, hecho que será comunicado mediante el portal web de PERÚ COMPRAS (xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx).
2.17. Extensión de vigencia
Refiérase a las actividades conducentes que lleva a cabo PERÚ COMPRAS para la renovación de los
CATÁLOGOS.
Dicha decisión será comunicada mediante el portal web de PERÚ COMPRAS (xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx) y en el portal web del SEACE (xxx0.xxxxx.xxx.xx).
2.18. Proforma
Refiérase a la solicitud de la Entidad de requerir los costos y condiciones asociados para la atención de una Ficha-producto que se genera en la PLATAFORMA en base a las ofertas registradas por los PROVEEDORES.
3. CONDICIONES DEL PROVEEDOR
3.1. Acceso y uso de contraseña
El PROVEEDOR es responsable de las acciones e inacciones que deriven del uso del usuario y contraseña que permiten el acceso al PLATAFORMA que contiene los CATÁLOGOS.
3.2. Cumplimiento de su oferta
ii) El ofrecimiento de cualquier modificación en las condiciones inicialmente ofertadas, aun cuando estas
i) La entrega de otros bienes que no sean los detallados en la ORDEN DE COMPRA, y
Una vez formalizada la contratación, el PROVEEDOR se encuentra obligado al cumplimiento de la prestación de acuerdo a las condiciones contenidas en la ORDEN DE COMPRA; queda expresamente prohibido:
pudiesen considerarse mejoras.
Adicionalmente, la ENTIDAD podrá solicitar al PROVEEDOR en la emisión de la Orden de Compra documentación que permita acreditar la originalidad, ya sea una Carta de Originalidad o documentación análoga y para los casos de importación la documentación que acredite la procedencia legal de los bienes (comprobantes de pago válidos por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, títulos valores como Conocimientos de Embarque o Warrants, entre otros), que deberá ser presentada de manera obligatoria al momento del internamiento de los bienes.
El incumplimiento de lo señalado en el presente numeral será considerado como un causal para la resolución de la Orden de Compra.
PERÚ COMPRAS a través de un comunicado establecerá, el catalogo y/o las categorías, en los cuales se podrá solicitar la carta de originalidad.
3.3. Compromiso de Integridad
Con la finalidad de evitar prácticas de corrupción y con la intención de fortalecer los principios éticos y de transparencia en las contrataciones del Estado, el PROVEEDOR se compromete a tener y mantener una elevada conducta ética, es decir, se compromete a actuar de manera idónea, honrada, íntegra, proba y con un estricto respeto a la Ley, y a los principios y valores de la contratación pública; asimismo, se compromete a no realizar actos, actuaciones, comportamientos o prácticas corruptivas o prácticas colusorias, entendiéndose como aquellas en las que se ofrece dar, recibir, o solicitar directamente o por interpósita persona, cualquier objeto de valor con el fin de influenciar o adoptar acciones en su favor por parte del servidor o funcionario competente; así como aquellas que denoten, sugieran o demuestren que existe un acuerdo entre dos (2) o más partes o entre una (1) de las partes involucradas y uno (1) o varios terceros, realizado con la finalidad de obtener un favorecimiento en la contratación o propósito inadecuado, ilegal o antiético, incluyendo la de influenciar o tratar de influenciar las acciones o decisiones de la otra parte; así como también, declaran que toda la información proporcionada por ellos o por terceros para la suscripción del acuerdo con la ENTIDAD responsable ha sido revisada y verificada; acordando libremente que asumirá la responsabilidad y sanciones administrativas a que hubiere lugar por el incumplimiento de la presente cláusula, sin perjuicio de asumir las responsabilidades civiles y/o penales que correspondan. Asimismo, se compromete a denunciar de manera inmediata ante PERÚ COMPRAS y entidades competentes, los hechos o actos irregulares que cometan o tenga conocimiento que estén cometiendo o hayan cometido los servidores y funcionarios de PERÚ COMPRAS o la ENTIDAD, sobre los cuales tenga pruebas o indicios razonables que sustenten su denuncia.
3.4. Confidencialidad de la información
El PROVEEDOR está prohibido de:
i) Divulgar aquella información de la PLATAFORMA que no sea de acceso público; y/o
ii) Acceder a información no habilitada para su uso en la PLATAFORMA.
3.5. Remisión de información
El PROVEEDOR se encuentra obligado a proporcionar la información que PERÚ COMPRAS requiera, en la forma, plazo y condiciones que ésta señale.
3.6. Obligatoriedad de actualización de los estados
El PROVEEDOR se encuentra obligado a mantener actualizados los estados de la ORDEN DE COMPRA, en tanto le corresponda su actualización.
3.7. Atención de visitas
El PROVEEDOR debe brindar todas las facilidades necesarias para la atención de visitas que PERÚ COMPRAS determine realizar de forma inopinada en el marco de las acciones de revisión de los CATÁLOGOS.
3.8. Registro de ubigeo geográfico, estado y condición de contribuyente
El PROVEEDOR se encuentra obligado a mantener actualizado el ubigeo geográfico de su domicilio fiscal a nivel de distrito, el cual debe coincidir con lo declarado ante la SUNAT.
PERÚ COMPRAS comunicará el procedimiento para la actualización del ubigeo, coberturas y ofertas mediante el portal web de PERÚ COMPRAS (xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx).
El PROVEEDOR debe mantener durante toda la operatividad del CATÁLOGO el estado de contribuyente “Activo” y la condición “Habido” en el Registro Único del Contribuyente – RUC administrado por la SUNAT; salvo aquellos estados no atribuibles como es el caso de la condición “pendiente”; sin perjuicio a ello el PROVEEDOR podrá comunicar a PERU COMPRAS el cambio o actualización del domicilio fiscal.
3.9. Clasificación crediticia del deudor de la cartera de créditos
El PROVEEDOR no debe contar con deudas que registren la categoría “pérdida” en ninguna de las categorías de clasificación crediticia del deudor de la cartera de créditos, en el registro administrado por la SBS al momento de su verificación por parte de PERÚ COMPRAS.
3.10. Declaraciones Tributarias
El PROVEEDOR no se encuentre omiso a la presentación de la declaración jurada anual xx Xxxxx y de las declaraciones mensuales de IGV y Renta al momento de su verificación por parte de PERÚ COMPRAS.
3.11. Medio de comunicación y notificación
El PROVEEDOR debe mantener actualizada la dirección de correo electrónico registrada en la PLATAFORMA, con la configuración necesaria que garantice la recepción de comunicaciones remitidas por el ADMINISTRADOR, toda vez que la comunicación del ADMINISTRADOR al PROVEEDOR mediante dicho medio se constituye como un mecanismo de notificación por parte de PERÚ COMPRAS, siendo responsabilidad del PROVEEDOR la revisión diaria de su correo electrónico a fin de tomar conocimiento de las notificaciones efectuadas por PERÚ COMPRAS.
El PROVEEDOR deberá remitir inmediatamente el acuse de recibo de la notificación efectuada por PERÚ COMPRAS.
El PROVEEDOR debe garantizar el permanente seguimiento de los comunicados que se pudiesen generar como parte de la operatividad de la PLATAFORMA, los cuales se entenderán legal y válidamente notificados el mismo día de su publicación en el portal web de PERÚ COMPRAS (xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx).
PERÚ COMPRAS, podrá implementar otros mecanismos de comunicación a través de la PLATAFORMA, los cuales se considerarán formales y válidos, dicho mecanismo será aplicable a los PROVEEDORES una vez que PERÚ COMPRAS publique un comunicado informando la implementación respectiva.
3.12. Indicador de cumplimiento del PROVEEDOR
PERÚ COMPRAS, puede establecer a través de la PLATAFORMA un registro, indicadores u otros referentes para la calificación del PROVEEDOR, la que se lleva a cabo en base al nivel de cumplimiento de las condiciones contractuales u otros aspectos que se consideren pertinentes. El inicio de su aplicación será comunicada a través del portal web de PERÚ COMPRAS (xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx).
3.13. Requisitos
A fin de realizar contrataciones a través de la PLATAFORMA de los CATÁLOGOS, El PROVEEDOR debe cumplir obligatoriamente los siguientes requisitos:
▪ Contar con inscripción vigente en el capítulo bienes o servicios del Registro Nacional de Proveedores (RNP), asociado al RUC de acuerdo a la naturaleza del CATÁLOGO.
▪ No encontrarse en el registro de proveedores inhabilitados para contratar con el Estado.
▪ No encontrarse suspendido para contratar con el Estado.
▪ No tener impedimentos para contratar con el Estado, de acuerdo a lo señalado en la LEY.
La ENTIDAD debe verificar el cumplimiento de los requisitos precitados por parte del PROVEEDOR.
PERÚ COMPRAS, podrá establecer requisitos adicionales obligatorios los cuales se detallarán en el
PROCEDIMIENTO.
4. CONDICIONES DE LA ENTIDAD
El Titular de la Entidad, o el que haga sus veces, será responsable de disponer el inicio de las acciones pertinentes, de acuerdo con las normas y procedimientos disciplinarios aplicables en los siguientes casos:
▪ Si durante la operación de los CATÁLOGOS se generasen incumplimientos de cualquier índole, como la negativa injustificada de recepción de prestaciones, retraso en el otorgamiento de la conformidad, uso de la PLATAFORMA por parte de la ENTIDAD como mecanismo de cotizaciones, falta de pago o pago extemporáneo, falta al comportamiento ético, u otros relacionados a las reglas establecidas para cada CATÁLOGO.
▪ Cuando se apliquen mecanismos de contratación distintos a la contratación efectuada a través de los CATÁLOGOS, para bienes y/o servicios incluidos en éste, salvo las contrataciones cuyo monto sea menor al monto mínimo establecido por PERÚ COMPRAS.
PERÚ COMPRAS, cuando tome conocimiento de los hechos antes referidos, comunicará al Titular de la Entidad, Órgano de Control Institucional de la Entidad y/o a la Contraloría General de la Republica, para las acciones que correspondan en el ámbito de su competencia.
4.1. Acceso y uso de contraseña
La ENTIDAD es responsable de las acciones e inacciones derivadas del uso del usuario y contraseña que le permita el acceso a la PLATAFORMA.
Es obligatorio para usar la PLATAFORMA, que el usuario asignado por la ENTIDAD cuente con certificación vigente otorgado por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado de acuerdo a lo establecido en el REGLAMENTO.
PERÚ COMPRAS puede evaluar al funcionario o servidor, como requisito para gestionar las contrataciones a través de los CATÁLOGOS. Para ello la ENTIDAD debe registrar y mantener actualizado a través de la PLATAFORMA la siguiente información:
- El jefe de la Oficina de Administración o el que haga sus veces.
- El jefe del Órgano Encargado de las Contrataciones o el que haga sus veces
- Del operador asociado al usuario de ingreso.
- El jefe del Órgano de Control Institucional que corresponda.
Es importante precisar que la PLATAFORMA tiene como finalidad atender las necesidades de las ENTIDADES no siendo una herramienta para realizar cotizaciones o indagación de precios.
4.2. Revisión de los requisitos del PROVEEDOR
i) Cuente con inscripción vigente en el capítulo bienes o servicios, según corresponda, del Registro
Previamente a la emisión de la ORDEN DE COMPRA, la ENTIDAD debe verificar en el portal web del RNP que el PROVEEDOR:
Nacional de Proveedores (RNP), asociado al RUC.
iii) No se encuentre suspendido para contratar con el Estado.
ii) No se encuentre en el registro de proveedores inhabilitados para contratar con el Estado.
Asimismo, la Entidad deberá verificar que el proveedor cuente con la condición de “Activo” y “Habido” en la SUNAT
Adicionalmente, la ENTIDAD debe verificar que el PROVEEDOR no tenga impedimentos para contratar con el Estado, de acuerdo a lo señalado en la LEY.
4.3. Confidencialidad de la información
La ENTIDAD está prohibida de:
i) Divulgar aquella información de la PLATAFORMA que no sea de acceso público; y/o
ii) Acceder a información no habilitada para su uso en la PLATAFORMA.
4.4. Remisión de información
La ENTIDAD debe proporcionar la información que PERÚ COMPRAS requiera, en la forma, plazo y condiciones que éste señale.
4.5. Atención de visitas
La ENTIDAD debe brindar todas las facilidades necesarias para la atención de visitas que PERÚ COMPRAS determine realizar de forma inopinada en el marco de las acciones de revisión de los CATÁLOGOS.
4.6. Obligatoriedad de actualización de los estados
La ENTIDAD se encuentra obligada a mantener actualizados los estados de la ORDEN DE COMPRA, en tanto le corresponda su actualización.
La presente condición no exceptúa de la obligatoriedad de contratar a través de los CATÁLOGOS y en caso de incumplimiento se comunicará al Órgano de Control Interno.
4.7. Medio de comunicación y notificación
La ENTIDAD debe garantizar el permanente seguimiento de los comunicados que se pudiesen generar como parte de la operatividad de la PLATAFORMA, los cuales se entenderán legal y válidamente notificados el mismo día de su publicación en el portal web de PERÚ COMPRAS (xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx).
PERÚ COMPRAS, podrá implementar otros mecanismos de comunicación a través de la PLATAFORMA, los cuales se considerarán formales y válidos, dicho mecanismo será aplicable a la ENTIDAD una vez que PERÚ COMPRAS publique un comunicado informando la implementación respectiva.
4.8. Calificación de la ENTIDAD
PERÚ COMPRAS, puede establecer a través de la PLATAFORMA un registro, indicadores u otros referentes para la calificación de la ENTIDAD, la que se lleva a cabo en base al nivel de cumplimiento de las condiciones contractuales u otros aspectos que se consideren pertinentes. El inicio de su aplicación será comunicada a través del portal web de PERÚ COMPRAS (xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx).
5. CONDICIONES DE LA OFERTA
5.1. Moneda
Refiérase a la moneda determinada para el registro del precio unitario base en la PLATAFORMA, la cual se encontrará establecida en el PROCEDIMIENTO aplicable.
5.2. Cobertura de atención
Refiérase al área geográfica de atención a nivel de región ofertada por el PROVEEDOR, teniendo en cuenta que dicha cobertura será obligatoria para la provincia de origen del domicilio fiscal del PROVEEDOR que figura en la SUNAT.
5.3. Precio unitario base
Sin incluir el impuesto general a las ventas (IGV); e
iii)
Como máximo con dos (02) decimales;
ii)
En el tipo de moneda establecido en el PROCEDIMIENTO;
i)
Refiérase al precio ofertado por el PROVEEDOR para una Ficha-producto unitaria (en función a la unidad de despacho definida), el cual debe ser expresado conforme se establece a continuación:
iv) Incluir el costo de envió únicamente para su provincia de origen, considerando que para las
atenciones en la misma provincia de origen el PROVEEDOR no podrá ingresar el costo de envío o flete en su proforma.
El PROVEEDOR podrá disminuir el precio unitario base de las Fichas-producto adjudicada a través de la
PLATAFORMA durante la operación, conforme a lo señalado en el numeral 6.5 de las presentes REGLAS.
5.4. Costo de envío o flete
Costo de envío será cero (0) para la provincia de origen registrada por el PROVEEDOR en la
iv)
Sin incluir el impuesto general a las ventas (IGV),
iii)
Como máximo con dos (02) decimales; y
ii)
En Soles (PEN);
i)
Refiérase al costo asociado al traslado de los bienes por parte del PROVEEDOR hasta el lugar de entrega definido por la ENTIDAD, el cual debe ser expresado:
PLATAFORMA.
El PROVEEDOR podrá registrar a través de la PLATAFORMA el costo de envío o flete unitario por cada Ficha- producto según su cobertura de atención.
En caso el PROVEEDOR modifique su dirección y esto significa la variación de la provincia de origen, el costo de envió será cero (0) para la provincia de su nueva dirección registrada, pudiendo registrar el flete para aquellas provincias diferentes a su nuevo origen.
5.5. Existencias (stock)
Refiérase a las existencias (stock) respecto de las Fichas-producto, registradas por el PROVEEDOR, el cual debe ser expresado en números enteros iguales o mayores a cero (0).
El PROVEEDOR podrá incrementar y disminuir las existencias de las Fichas-producto a través de la
PLATAFORMA, conforme a lo señalado en el numeral 6.5 de las presentes REGLAS. Es responsabilidad del PROVEEDOR mantener el stock registrado actualizado.
En caso la Ficha-producto se encuentre descontinuada, el PROVEEDOR tendrá que modificar su stock a cero. Se debe tener en cuenta que dicha actualización del stock aplica a partir del día siguiente de realizadas.
5.6. Plazo máximo de entrega
Refiérase al plazo de entrega máximo registrado por el PROVEEDOR para las Fichas-producto asociadas a una categoría según provincia. Este plazo se establecerá en el Anexo N° 01 y será expresado en número entero y contabilizado en días calendario, contados a partir del día siguiente hábil de registro del estado ACEPTADA C/ENTREGA PENDIENTE en la ORDEN DE COMPRA.
El PROVEEDOR podrá incrementar y disminuir el plazo de entrega a través de la PLATAFORMA, conforme a lo señalado en el numeral 6.5 de las presentes REGLAS, no pudiendo exceder el plazo de entrega máximo.
5.7. Condiciones del producto
El PROVEEDOR deberá garantizar que su oferta es respecto de una Ficha-producto nueva (de primer uso) y original de la marca, el cual deberá cumplir con las disposiciones y/o regulaciones obligatorias aplicables a su fabricación y/o comercialización en el país, por ejemplo, regulaciones medioambientales, de rotulado, entre otros.
5.8. Garantía
Estén incluidas dentro del empaque de la Ficha-producto.
iii)
Estén redactadas en idioma castellano; y
ii)
Estén consignadas en formato impreso;
i)
Refiérase al plazo de garantía de una Ficha-producto, respecto de la cobertura total de gastos relacionados a la reparación o sustitución debido a defectos de fabricación que formará parte de la oferta presentada por el PROVEEDOR, salvo las limitaciones establecidas por el fabricante siempre que estas:
Estará expresado en número entero positivo y contabilizado en meses, contados a partir del día siguiente calendario del registro del estado CONFORME C/PAGO PENDIENTE en la ORDEN DE COMPRA.
El PROVEEDOR será el único responsable del cumplimiento de la garantía estando obligado a cumplir con sus obligaciones en los términos y condiciones ofertados dentro del Catálogo Electrónico de Acuerdos Marco, siendo obligación del PROVEEDOR solucionar los posibles defectos de fabricación del producto.
5.9. Subsanación de observaciones de la Ficha-Producto
De existir observaciones en la recepción y/o conformidad deberá aplicarse conforme x XXX y
REGLAMENTO.
5.10. Tiempo máximo de respuesta para atención de garantía
El PROVEEDOR deberá dar respuesta a la ENTIDAD, en caso se reporte posibles defectos de fabricación del producto, en el plazo establecido en el Anexo N° 01, la contabilización del plazo excluye el día inicial (comunicación) e incluye el día de vencimiento. Asimismo, el PROVEEDOR deberá informar el procedimiento para la atención de la garantía de acuerdo a las consideraciones contenidas en la ficha técnica.
5.11. Tiempo de máximo de solución para atención de garantía
Refiérase al periodo de tiempo máximo en que el PROVEEDOR debe brindar solución satisfactoria ante defectos de fabricación, de acuerdo a los tipos de garantía ofrecidos. Dicho plazo no puede exceder lo establecido en el Anexo N° 01 y se contabilizará a partir de comunicada la respuesta del PROVEEDOR, la contabilización del plazo excluye el día inicial (comunicación) e incluye el día de vencimiento.
5.12. Tipos de Garantía
Debe tenerse en cuenta que la Ficha Técnica o el Anexo N° 01 de las REGLAS pueden señalar los siguientes tipos de garantía:
- Carry-in: En este caso corresponderá a la ENTIDAD trasladar el producto al lugar establecido por el PROVEEDOR, el cual necesariamente se encontrará ubicado en la provincia de origen del PROVEEDOR, esto con la finalidad de brindar la asistencia necesaria para la atención de la garantía respectiva.
El PROVEEDOR y/o la Ficha Técnica podrán indicar lugares adicionales de atención, en el tipo de garantía Carry-in, a fin de brindar la asistencia necesaria para la aplicación de la Garantía fuera de su provincia de origen.
- On-site: En este caso el PROVEEDOR estará obligado a realizar la asistencia necesaria y el recojo del producto para la atención de la garantía, en el lugar donde fue entregado el producto o dentro de la provincia del mismo, de acuerdo a lo que determine la ENTIDAD.
El PROVEEDOR y/o la Ficha Técnica podrán indicar lugares adicionales de atención (fuera de la provincia donde fue entregado el producto), en el tipo de garantía On-site, a fin de brindar la asistencia necesaria para la aplicación de la Garantía.
En cualquiera de los supuestos antes señalados el PROVEEDOR será responsable de la garantía establecida. Asimismo, toda acción a realizarse será previa coordinación entre las partes.
Cabe precisar, en caso la Ficha Técnica o el Anexo N° 01 de las REGLAS no especifique el tipo de garantía, esta deberá de entenderse como garantía Carry-in.
5.13. Especificaciones Técnicas
Las especificaciones técnicas de las Fichas-producto que conforman o pudiesen conformar los
CATÁLOGOS están determinadas en función a la información correspondiente a:
i) Su ficha técnica;
ii) Su imagen; y,
iii) Su denominación3
3 Refiérase a la concatenación de las características previamente definidas
El PROVEEDOR debe tener en cuenta las siguientes consideraciones:
▪ De existir diferencias entre las especificaciones técnicas determinadas en la denominación de la Ficha- producto y la ficha técnica y/o imagen asociada a ésta, prevalecerá en orden de prelación:
i) El contenido de la ficha técnica asociada a la Ficha-producto;
ii) La imagen asociada a la Ficha-producto; y
iii) La información contenida en la denominación de la Ficha-producto.
▪ No resultan aplicables en las Fichas-producto consideraciones tales como "la información contenida en el documento está sujeta a cambios sin previo aviso y se suministra tal cual", "sin garantía de ningún tipo", "sin responsabilidad de los errores técnicos o de edición ni de omisiones en el documento", entre otras que generen imprecisión o modificación indiscriminada de las características técnicas o condiciones establecidas en los CATÁLOGOS
5.14. Reajuste de ofertas
PERÚ COMPRAS, puede establecer un procedimiento de reajuste de ofertas de las Fichas-producto adjudicadas, durante la operatividad de los CATÁLOGOS.
5.15. Reajuste de precios en ejecución contractual
Es aplicable el reajuste de precios para las contrataciones realizadas a través de la PLATAFORMA, de acuerdo a lo especificado en el Anexo N° 01, el cual deberá de ser realizado conforme señala la LEY y su REGLAMENTO.
5.16. Condiciones Especiales de las Fichas-producto
PERÚ COMPRAS puede determinar condiciones especiales para las Fichas-producto que formen parte del CATÁLOGO, las mismas que serán señaladas en la ficha Técnica, en la imagen o la descripción concatenada del producto. Dichas condiciones serán detalladas en el Anexo N° 01.
6. REGLAS ESPECIALES DE CONTRATACIÓN
El procedimiento de contratación se realiza a través de la PLATAFORMA de forma totalmente virtual. PERÚ COMPRAS a través de su portal web podrá poner a disposición de los interesados, instructivos, manuales u otros documentos y/o videos que faciliten el desarrollo del procedimiento de compra a través de los CATÁLOGOS, dicho procedimiento de contratación se realiza teniendo en cuenta las siguientes reglas de negocio:
6.1. Registro del Requerimiento
Las ENTIDADES, a través del Órgano Encargado de las Contrataciones deben verificar si el requerimiento puede ser atendido a través de los CATÁLOGOS, en cuyo caso deberá ser contratado a través de esta herramienta de forma obligatoria, salvo que PERÚ COMPRAS haya establecido un monto mínimo de contratación para la ENTIDAD, de acuerdo a las disposiciones contenidas en las presentes REGLAS.
La ENTIDAD debe registrar su requerimiento en la PLATAFORMA a fin de proceder a la búsqueda de Fichas-producto que puedan satisfacer su necesidad.
Para el cumplimiento de las precitadas disposiciones, la ENTIDAD deberá de tener en cuenta las siguientes consideraciones, bajo responsabilidad:
6.1.1 La ENTIDAD debe acceder a la PLATAFORMA que contiene los CATÁLOGOS que incluyen: Fichas-producto, precios y condiciones comerciales específicas del PROVEEDOR, manteniendo reserva de información referente a las ofertas y/o información que se generen en los CATÁLOGOS y no sea de dominio público.
6.1.2 La ENTIDAD debe registrar a través de la PLATAFORMA los datos referidos4:
i) Al lugar de entrega;
ii) Del responsable de la recepción; y
iii) El número de documento del requerimiento debiendo adjuntar el archivo en formato PDF.
4 Por defecto el sistema mostrará la última información registrada por la ENTIDAD
6.2. Búsqueda y Selección de Fichas-producto
Después de efectuar el registro del requerimiento de acuerdo a las disposiciones previamente expuestas, la ENTIDAD puede realizar la búsqueda y selección de Fichas-producto, de acuerdo a las siguientes consideraciones:
6.2.1. La ENTIDAD debe seleccionar el Acuerdo Xxxxx al que desea ingresar y como siguiente paso debe registrar y/o seleccionar los siguientes datos obligatorios:
i) Descripción del Ítem5;
ii) Cantidad requerida;
iii) Plazo de entrega máximo; y
iv) La categoría asociada al CATÁLOGO.
Adicionalmente, podrá seleccionar otras características asociadas al ítem requerido, procediendo a realizar la búsqueda en el CATÁLOGO
6.2.2. Como resultado de la búsqueda, la ENTIDAD visualiza la siguiente información de la(s) ficha(s) producto:
i) Características contenidas en su denominación;
ii) Ficha técnica;
iii) Imagen; y
iv) Certificaciones, en caso corresponda.
6.2.3. La ENTIDAD debe seleccionar todas las Fichas-producto que cumplan con las especificaciones técnicas y condiciones de su requerimiento y proceder a enviarlas al LISTADO DE COMPRAS. Esta selección implica que la búsqueda de Fichas-producto se realice en función de las características y/o requisitos relevantes que satisfagan su necesidad.
Si como resultado de la búsqueda realizada en la PLATAFORMA no se encontrara más de una Ficha- producto, la ENTIDAD evaluará y de corresponder, podrá realizar la búsqueda de productos similares que satisfagan su necesidad.
Si se realizara la selección de sólo una Ficha-producto y/o una sola marca será exclusiva responsabilidad de la ENTIDAD, y deberá estar justificada en el informe sustentatorio de la elección del bien o servicio con la documentación que corresponda.
La PLATAFORMA permitirá adicionar un nuevo ítem del requerimiento o ir al LISTADO DE COMPRAS; es responsabilidad de la ENTIDAD tener en cuenta que no debe seleccionar más de una vez la misma Ficha-producto en un mismo requerimiento.
Es preciso indicar que el contenido del LISTADO DE COMPRAS se almacena únicamente hasta las 23:59 horas del día que se inició la operación.
6.2.4. La ENTIDAD en el LISTADO DE COMPRAS por cada ítem de una solicitud de PROFORMA podrá realizar las siguientes acciones:
▪ Adicionar y/o eliminar Fichas-producto asociadas a su requerimiento.
▪ En caso corresponda, debe desafectar la aplicación del IGV, de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 27037- Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía u otras que correspondan a la materia.
▪ Opcionalmente, convertir la solicitud de PROFORMA asociada al ítem a PROFORMA DE GRANDES COMPRA, de acuerdo a lo detallado en el numeral 6.4 de las REGLAS o continuar con la gestión de la solicitud de PROFORMA.
PERÚ COMPRAS podrá establecer en el Anexo N° 01 aquellos CATÁLOGOS que por la naturaleza de su rubro no será aplicable el IGV en la ORDEN DE COMPRA.
5 La ENTIDAD registra un nombre genérico para identificar al producto requerido.
6.3. Procedimiento de Compra Ordinaria
Para llevar a cabo el procedimiento de compra ordinaria se deberá de tener en cuenta las siguientes consideraciones, bajo responsabilidad
6.3.1. La ENTIDAD al seleccionar la opción enviar generará que la PLATAFORMA remita la solicitud de
PROFORMA al PROVEEDOR que cumpla con las siguientes condiciones:
i) La(s) Ficha(s)-producto seleccionada(s),
ii) Disponibilidad de existencias (stock) requerido,
iii) Plazo de entrega máximo requerido, y
iv) Cobertura en el lugar de entrega determinado por la ENTIDAD.
6.3.2. Con el envío de la solicitud de PROFORMA, se le asignará el estado PROFORMA PENDIENTE, debiendo tenerse en cuenta lo siguiente:
▪ Se descontará de manera automática las existencias (stock) de las Fichas-producto asociadas al PROVEEDOR. Las demás condiciones de la oferta se mantienen hasta finalizar la gestión de la contratación en curso.
▪ La PROFORMA podrá ser visualizada en la PLATAFORMA por el PROVEEDOR y la
ENTIDAD;
▪ La PROFORMA estará habilitada hasta el segundo (2) día hábil siguiente de generado el estado PROFORMA PENDIENTE para que el PROVEEDOR registre el costo de envío unitario por Ficha-producto sin incluir IGV en Soles. Esta opción consignará costo de envío unitario cero (S/ 0.00) para aquellos casos en los que el lugar de entrega indicado por la ENTIDAD coincida con la provincia de origen del PROVEEDOR.
▪ En caso corresponda, el PROVEEDOR podrá desafectar por ítem la aplicación del IGV según lo establecido en la Ley 27037 - Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía u otras que correspondan a la materia.
6.3.3. El PROVEEDOR puede restringir la solicitud de PROFORMA cuando se presente alguna de las siguientes causales:
▪ La ENTIDAD mantenga retraso en el pago de deudas derivadas de cualquier tipo de obligación con el PROVEEDOR; de configurarse este supuesto el PROVEEDOR, debe sustentar la restricción debiendo ingresar la nomenclatura y número del documento materia de adeudo, el cuál debe registrar en archivo digitalizado en formato PDF.
▪ La ENTIDAD mantenga retraso en el pago de las obligaciones asumidas frente a otro PROVEEDOR de cualquier otro Catálogo Electrónico; de configurarse este supuesto el PROVEEDOR debe sustentar la restricción debiendo ingresar la nomenclatura y número del documento materia de adeudo, el cual debe registrar en archivo digitalizado en formato PDF a fin de acreditar la deuda existente.
▪ El PROVEEDOR no cuente con la cantidad requerida (stock) por la ENTIDAD, a pesar de haberlo registrado como parte de su oferta. El PROVEEDOR podrá restringir la solicitud de PROFORMA por este supuesto hasta en dos (02) oportunidades; de suceder una tercera restricción la PLATAFORMA lo excluirá automáticamente.
▪ Cuando se encuentre inmerso en alguno de los impedimentos para contratar con la ENTIDAD,
de acuerdo a lo establecido en la LEY.
▪ Otros que PERÚ COMPRAS determine, las cuales serán comunicadas a través del portal web de PERÚ COMPRAS (xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx).
Al restringir la solicitud de PROFORMA, la PLATAFORMA le asignará el estado PROFORMA RESTRINGIDA, restituyéndose de manera automática las existencias (stock) de la Ficha- producto asociada al PROVEEDOR.
En caso el PROVEEDOR no acredite fehacientemente la causal de restricción, PERÚ COMPRAS procederá a su exclusión.
6.3.4. Si, el PROVEEDOR no restringió la PROFORMA, de acuerdo a las consideraciones señaladas en el numeral anterior, la PLATAFORMA al tercer (3) día hábil siguiente de generado el estado PROFORMA PENDIENTE, de manera automática registra por Ficha-producto lo siguiente:
i) El monto consignado en su oferta inicial, lo que incluye, en caso corresponda, el descuento por volumen, asignándose el menor monto ofertado;
ii) Costo de envío unitario S/ 0.00, o el monto consignado en la PLATAFORMA para la provincia de destino;
iii) Aplicación del IGV; y
iv) La cantidad requerida (stock).
6.3.5. EL PROVEEDOR, al tercer (3) día hábil siguiente de generado el estado PROFORMA PENDIENTE, generará que la PLATAFORMA establezca el estado PROFORMA COTIZADA, debiendo tener en cuenta que, en caso la moneda establecida sea distinta a Soles (PEN), la PLATAFORMA realizará de manera automática la conversión monetaria del precio ofertado, utilizando el tipo de cambio bancario de venta establecido por la SBS el día hábil anterior a la generación del estado PROFORMA PENDIENTE.
Durante esta etapa del procedimiento la ENTIDAD no podrá visualizar a los PROVEEDORES ni los precios ofertados.
6.3.6. La ENTIDAD, al tercer (3) día hábil siguiente de generado el estado PROFORMA PENDIENTE, visualizará los resultados de todas las proformas cotizadas agrupadas por ítem, de no existir ofertas registradas, la PLATAFORMA generará el estado PROFORMA DESIERTA, ante ello la ENTIDAD puede volver a gestionar el Procedimiento de Compra o convertir dicho requerimiento a una Gran Compra.
Asimismo, en caso todas las proformas recibidas superen el monto determinado para las GRANDES COMPRAS no se visualizará ninguna oferta, permitiendo a la ENTIDAD convertirla a PROFORMA DE GRAN COMPRA.
6.3.7. La ENTIDAD, como máximo hasta el segundo (2) día hábil siguiente de generado el estado
PROFORMA COTIZADA, podrá realizar por ítem:
▪ El envío al CARRITO DE COMPRAS sólo de aquella oferta menor al monto establecido para el Procedimiento de Grandes Compras; la PLATAFORMA en el CARRITO DE COMPRAS mostrará las ofertas finales agrupándolas según PROVEEDOR y plazo de entrega. Con esta acción se restituirán de manera automática las existencias (stock) de la Ficha-producto asociada al PROVEEDOR que no fue seleccionado, aquellas PROFORMAS que no hayan sido enviadas al carrito de compras obtendrán el estado NO SELECCIONADO.
▪ La conversión de la PROFORMA a PROFORMA DE GRAN COMPRA, restituyéndose de manera automática las existencias (stock) de la Ficha-producto asociada al PROVEEDOR.
6.3.8. La ENTIDAD, como máximo hasta el segundo (2) día hábil siguiente de generado el estado PROFORMA COTIZADA podrá publicar la ORDEN DE COMPRA en la PLATAFORMA, debiendo tener en cuenta lo siguiente:
▪ El registro del número de referencia al Plan Anual de Contrataciones (PAC) relacionado a la ORDEN DE COMPRA, en caso corresponda;
▪ El código de la actividad presupuestal y/o el documento de previsión presupuestaria para Órdenes de Compra, cuyo plazo de entrega superan el ejercicio presupuestal en curso;
▪ El registro de la nomenclatura y fecha de emisión de la orden de compra digitalizada;
▪ El número de expediente SIAF; en caso la ENTIDAD no cuente con el sistema SIAF, deberá especificar dicha condición bajo responsabilidad.
la Ficha-producto y del PROVEEDOR. En caso el plazo de la ejecución supere el ejercicio
▪ La carga a través de la PLATAFORMA del archivo digitalizado (en formato PDF) que contiene la ORDEN DE COMPRA digitalizada, el informe sustentatorio de la elección de
fiscal, la ENTIDAD deberá adjuntar sólo el documento de la previsión presupuestaria debidamente aprobado.
La ENTIDAD en caso de no generar la ORDEN DE COMPRA dentro del plazo establecido incurre en responsabilidad y deberá emitir un informe sustentando los hechos que motivaron la no contratación, el cual deberá ser publicado en la PLATAFORMA de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco, el mismo que se encontrará habilitado y de fácil acceso para el/los proveedor(es), pudiendo ser descargado por el / los proveedores que participaron en dicha solicitud de proforma.
6.3.9. La ENTIDAD al generar la ORDEN DE COMPRA, genera que la PLATAFORMA establezca la asignación del estado PUBLICADA, debiendo tenerse en cuenta que:
i) La ORDEN DE COMPRA podrá ser visualizada en la PLATAFORMA por el PROVEEDOR y la ENTIDAD; y
ii) La ORDEN DE COMPRA estará habilitada para que el PROVEEDOR pueda registrar la facultad de rechazo.
En el supuesto que la ENTIDAD no genere la ORDEN DE COMPRA, la PLATAFORMA al tercer
(3) día hábil siguiente de haberse registrado el estado PROFORMA COTIZADA, registrará de forma automática el estado PROFORMA ANULADA, restituyéndose de manera automática las existencias (stock) de la Ficha-producto asociada al PROVEEDOR. PERÚ COMPRAS podrá informar de dicha inacción al Órgano de Control Institucional correspondiente.
Rechazo de la Orden de Compra
i) Las Fichas-producto consignadas en la ORDEN DE COMPRA DIGITALIZADA no coincidan
6.3.10.El PROVEEDOR puede rechazar la ORDEN DE COMPRA, de forma manual como máximo hasta el primer (01) día hábil siguiente de generado el estado PUBLICADA cuando la ORDEN DE COMPRA DIGITALIZADA no guarde relación con la ORDEN DE COMPRA, de acuerdo a los siguientes supuestos:
con las Fichas-producto detalladas en la ORDEN DE COMPRA.
ii) El monto consignado en la ORDEN DE COMPRA DIGITALIZADA no coincida con el monto
detallado en la ORDEN DE COMPRA.
iii) La cantidad consignada en la ORDEN DE COMPRA DIGITALIZADA no coincida con la
cantidad detallada en la ORDEN DE COMPRA.
iv) La unidad de despacho consignada en la ORDEN DE COMPRA DIGITALIZADA no coincida
con la unidad detallada en la ORDEN DE COMPRA.
v) El número de registro SIAF no haya sido consignado o sea distinto al señalado en la ORDEN DE COMPRA, en caso le sea aplicable.
vi) Que el registro SIAF no se encuentre aprobado, para ello podrán hacer la verificación correspondiente en el portal de Consulta de Expedientes – SIAF.
vii) La dirección del lugar de entrega consignada en la ORDEN DE COMPRA DIGITALIZADA no coincide con lo registrado en la ORDEN DE COMPRA.
ix) El plazo de entrega consignado en la ORDEN DE COMPRA DIGITALIZADA no haya sido
viii) La ORDEN DE COMPRA DIGITALIZADA no registre la descripción completa de la Ficha- producto consignada en la ORDEN DE COMPRA.
establecido, o no coincida con la ORDEN DE COMPRA.
x) Los datos del proveedor consignadas en la ORDEN DE COMPRA DIGITALIZADA no coincidan con las detalladas en la ORDEN DE COMPRA.
xi) No cuenta con la(s) firma(s)| y/o postfirma(s) y/o sellos completos del(os) responsable(s) que autorizan la compra; siendo válidas las firmas digitalizadas.
xii) La ORDEN DE COMPRA DIGITALIZADA es ilegible.
xiii) La ORDEN DE COMPRA DIGITALIZADA indique condiciones adicionales que no se encuentren contempladas en la ORDEN DE COMPRA, o en las REGLAS cuando corresponda.
xiv) Otras que PERÚ COMPRAS determine con la finalidad de optimizar las contrataciones, hecho que será puesto en conocimiento a través del portal web de PERÚ COMPRAS (xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx).
Además de lo expuesto, se considera como causal de rechazo a la ORDEN DE COMPRA, cuando la entrega de los productos adquiridos corresponda realizarse en el siguiente año fiscal de la contratación; de verificarse en este caso que no se encuentre adjunta la previsión presupuestaria correspondiente a la ORDEN DE COMPRA, se considera como causal válida de rechazo.
6.3.11.El PROVEEDOR, con el registro del rechazo de la ORDEN DE COMPRA, establece la asignación del estado RECHAZADA. Con la generación de este estado debe tenerse en consideración que:
i) Se restituirán de manera automática las existencias (stock) de las Fichas-producto asociadas al PROVEEDOR involucrado en la ORDEN DE COMPRA;
ii) El estado RECHAZADA podrá ser visualizado en la PLATAFORMA por el PROVEEDOR y la ENTIDAD.
iii) La ENTIDAD ante un rechazo por parte del PROVEEDOR deberá gestionar oportunamente una nueva contratación a través de la PLATAFORMA.
Formalización de la ORDEN DE COMPRA y procedimiento contractual
6.3.12.En el supuesto que el PROVEEDOR, no rechace la ORDEN DE COMPRA de acuerdo a las disposiciones previas, la PLATAFORMA registrará de forma automática la aceptación de la ORDEN DE COMPRA el segundo (02) día hábil siguiente de generado el estado PUBLICADA; de forma manual el PROVEEDOR puede aceptar la ORDEN DE COMPRA el mismo día de generada
En caso se advierta alguna inconsistencia entre la ORDEN DE COMPRA DIGITALIZADA y la ORDEN DE COMPRA, y el PROVEEDOR no hubiera efectuado el rechazo, prevalece la ORDEN DE COMPRA emitida por la PLATAFORMA
6.3.13.Con el registro de la aceptación de la ORDEN DE COMPRA, la PLATAFORMA le asignará el estado ACEPTADA C/ENTREGA PENDIENTE formalizándose la relación contractual entre el PROVEEDOR y la ENTIDAD, debiendo tenerse en cuenta que:
i) La ORDEN DE COMPRA podrá ser visualizada en la PLATAFORMA por el PROVEEDOR y la ENTIDAD; y
ii) El PROVEEDOR podrá entregar los productos desde el mismo día de aceptada la ORDEN DE COMPRA. El plazo de entrega máximo asociado a la ORDEN DE COMPRA, será contabilizado a partir del día siguiente hábil del registro de aceptación de la ORDEN DE COMPRA. En caso el último día de entrega sea no laborable, el plazo vence el primer día hábil siguiente.
6.3.14.El PROVEEDOR debe registrar la entrega de las fichas-producto asociadas a la ORDEN DE COMPRA de forma manual desde el mismo día de generado el estado ACEPTADA C/ENTREGA PENDIENTE, con el registro de la entrega de las Fichas-producto asociadas a la ORDEN DE COMPRA, establecerá el estado ENTREGADA C/CONFORMIDAD PENDIENTE. Con la generación de este estado debe tenerse en cuenta lo siguiente:
i) El registro de la nomenclatura del documento que formaliza la entrega de las Fichas-producto
El estado de la ORDEN DE COMPRA podrá ser visualizada en la PLATAFORMA por el PROVEEDOR y la ENTIDAD;
asociadas a la ORDEN DE COMPRA; y,
ii) El registro de la fecha de entrega de las Fichas-producto asociadas a la ORDEN DE
COMPRA.
iii) El PROVEEDOR, conjuntamente con el registro de la entrega de las Fichas-producto deberá
adjuntar las Guías de Remisión firmadas por la ENTIDAD, digitalizadas en formato PDF; y,
iv) El plazo de otorgamiento de conformidad de la prestación asociado a la ORDEN DE
COMPRA, será contabilizado a partir del día siguiente del registro de la entrega de las Fichas- producto asociadas a la ORDEN DE COMPRA.
Es preciso indicar que, al día calendario siguiente al último día considerado como plazo de entrega máximo asociado a la ORDEN DE COMPRA, de forma automática se producirá la modificación del estado ACEPTADA C/ENTREGA PENDIENTE al estado ACEPTADA C/ENTREGA RETRASADA.
0.0.00.Xx presentarse y aceptarse una ampliación en el plazo de entrega en la ejecución de la contratación,
la ENTIDAD podrá seleccionar en la PLATAFORMA el estado ACEPTADA C/AMPLIACIÓN DE
PLAZO, para lo cual deberá considerar los siguientes requisitos obligatorios:
▪ El registro de la fecha del documento que aprueba la ampliación del plazo.
▪ El registro de la nomenclatura del documento que aprueba la ampliación del plazo.
▪ La ENTIDAD conjuntamente con el registro de la información señalada deberá adjuntar el documento digitalizado en formato PDF (hasta 2MB).
El cambio de estado a ACEPTADA C/AMPLIACIÓN DE PLAZO podrá ser realizado por la ENTIDAD desde generado el estado ACEPTADA C/ENTREGA PENDIENTE o ACEPTADA C/ENTREGA RETRASADA.
0.0.00.Xx ENTIDAD deberá registrar el otorgamiento de conformidad de la prestación asociada a la ORDEN DE COMPRA de forma manual a través de la PLATAFORMA desde el día de generado el estado ENTREGADA C/CONFORMIDAD PENDIENTE, es preciso indicar que la PLATAFORMA, el décimo primer (11) 6 día calendario siguiente de generado el estado ENTREGADA C/CONFORMIDAD PENDIENTE, cambiará de forma automática al estado ENTREGADA C/CONFORMIDAD RETRASADA.
La ENTIDAD, en caso presente observaciones a los bienes entregados y previo a la emisión de la conformidad, de forma manual a través de la PLATAFORMA desde el día de generado el estado ENTREGADA C/CONFORMIDAD PENDIENTE, podrá seleccionar el estado OBSERVADA C/SUBSANACIÓN PENDIENTE, teniendo en consideración como requisitos obligatorios para ello:
▪ El registro de la fecha del documento que aprueba la observación.
▪ El registro de la nomenclatura del documento que aprueba la observación y
▪ La ENTIDAD conjuntamente con el registro de la información señalada deberá adjuntar el documento digitalizado en formato PDF (hasta 2MB).
Es preciso indicar que la PLATAFORMA, el décimo primer (11)7 día calendario siguiente de generado el estado OBSERVADA C/SUBSANACIÓN PENDIENTE, cambiará de forma automática al estado OBSERVADA C/SUBSANACIÓN RETRASADA.
El PROVEEDOR, una vez subsanada la observación, deberá registrar la entrega de las Fichas- producto subsanadas asociadas a la ORDEN DE COMPRA de forma manual a través de la PLATAFORMA, pudiendo hacerlo desde el mismo día de generado el estado OBSERVADA C/SUBSANACIÓN PENDIENTE o desde generado el estado OBSERVADA C/SUBSANACIÓN RETRASADA, generando el estado SUBSANADA C/CONFORMIDAD PENDIENTE, teniendo en consideración como requisitos obligatorios para ello:
▪ El registro de la nomenclatura del documento que formaliza la entrega de las fichas-producto asociadas a la ORDEN DE COMPRA; y,
▪ El registro de la fecha de entrega de las Fichas-producto asociadas a la ORDEN DE COMPRA, y
▪ El PROVEEDOR conjuntamente con el registro de la información señalada deberá adjuntar el documento digitalizado en formato PDF (hasta 2MB).
Es preciso indicar que la PLATAFORMA, el décimo primer (11)8 día calendario siguiente de generado el estado SUBSANADA C/CONFORMIDAD PENDIENTE, cambiará de forma automática al estado SUBSANADA C/CONFORMIDAD RETRAZADA.
Deberá considerarse que el registro del otorgamiento de conformidad de la prestación asociada a la
ORDEN DE COMPRA permitirá la asignación de los siguientes estados:
6.3.16.1. CONFORME C/PAGO PENDIENTE, cuando la prestación se efectúe de acuerdo a las condiciones establecidas en la ORDEN DE COMPRA, en cuyo caso, resulta obligatorio el registro de la fecha de emisión del documento que formaliza el otorgamiento de conformidad de la prestación asociado a la ORDEN DE COMPRA. Es preciso indicar que la PLATAFORMA, el décimo sexto (16)9 día calendario siguiente de generado el estado CONFORME C/PAGO PENDIENTE, cambiará de forma automática al estado CONFORME C/PAGO RETRASADO.
6.3.16.2. PENALIZADA C/PAGO PENDIENTE, cuando la prestación se efectúe fuera del plazo de entrega máximo establecido en la ORDEN DE COMPRA, en cuyo caso resulta obligatorio lo siguiente:
6 De ser el caso, los plazos se adecuarán a lo dispuesto en la LEY y REGLAMENTO. 7 De ser el caso, los plazos se adecuarán a lo dispuesto en la LEY y REGLAMENTO. 8 De ser el caso los plazos se adecuarán a lo dispuesto en la LEY y REGLAMENTO. 9 De ser el caso los plazos se adecuarán a lo dispuesto en la LEY y REGLAMENTO.
▪ El registro de la fecha de emisión del documento que formaliza la conformidad de la
ORDEN DE COMPRA; y
▪ El registro del monto total referido al concepto de penalización por retraso injustificado de la ORDEN DE COMPRA, en caso corresponda.
Es preciso indicar que la PLATAFORMA, el décimo sexto (16) día calendario siguiente de generado el estado PENALIZADA C/PAGO PENDIENTE, cambiará de forma automática al estado PENALIZADA C/PAGO RETRASADO.
6.3.16.3. PARCIAL C/PAGO PENDIENTE, cuando la ORDEN DE COMPRA haya sido resuelta parcialmente y la prestación se efectúe dentro del plazo de entrega máximo establecido en la ORDEN DE COMPRA, en cuyo caso resulta obligatorio los siguientes aspectos:
▪ El registro de la fecha de emisión del documento que formaliza la conformidad de la
ORDEN DE COMPRA;
▪ El registro del monto total referido al concepto de resolución parcial de la ORDEN DE COMPRA; y
▪ El registro del archivo digitalizado en formato PDF que contiene el documento que formaliza la resolución parcial de la ORDEN DE COMPRA, esto último se da sin perjuicio de la comunicación que, de acuerdo al REGLAMENTO, la ENTIDAD debe efectuar al TRIBUNAL.
Es preciso indicar que la PLATAFORMA, el décimo sexto (16) día calendario siguiente de generado el estado PARCIAL C/PAGO PENDIENTE, cambiará de forma automática al estado PARCIAL C/PAGO RETRASADO.
6.3.16.4. PARCIAL/PENALIZADA C/PAGO PENDIENTE, cuando la ORDEN DE COMPRA haya
sido resuelta parcialmente y la prestación se efectúe fuera del plazo de entrega máximo establecido en la ORDEN DE COMPRA, en cuyo caso resulta obligatorio efectuar los siguientes registros:
▪ El registro de la fecha de emisión del documento que formaliza la conformidad de la
ORDEN DE COMPRA;
▪ El registro del monto total referido al concepto de resolución parcial de la ORDEN DE COMPRA y la penalización por retraso injustificado de la ORDEN DE COMPRA, en caso corresponda; y
▪ El registro del archivo digitalizado en formato PDF que contiene el documento que formaliza la resolución parcial de la ORDEN DE COMPRA, esto último se da sin perjuicio de la comunicación que, de acuerdo al REGLAMENTO, la ENTIDAD debe efectuar al TRIBUNAL.
Es preciso indicar que la PLATAFORMA, el décimo sexto (16) día calendario siguiente de generado el estado PARCIAL/PENALIZADA C/PAGO PENDIENTE, cambiará de forma automática al estado PARCIAL/PENALIZADA C/PAGO RETRASADO.
Por su parte, siempre que no se haya aplicado alguno de los cuatro criterios anteriores, el décimo primer (11) día calendario siguiente de generado el estado ENTREGADA C/CONFORMIDAD PENDIENTE, de forma automática se producirá la modificación de éste estado por el estado ENTREGADA C/CONFORMIDAD RETRASADA.
En el caso la ENTIDAD, desde generado los estados CONFORME C/PAGO PENDIENTE, CONFORME C/PAGO RETRASADO, PENALIZADA C/PAGO PENDIENTE, PENALIZADA C/PAGO RETRASADO, PARCIAL C/PAGO PENDIENTE, PARCIAL C/PAGO RETRASADO, PARCIAL/PENALIZADA C/PAGO PENDIENTE, PARCIAL/PENALIZADA C/PAGO
RETRASADO no pueda gestionar el trámite de pago, siendo el causal la no remisión de la factura por parte del PROVEEDOR o la subsanación de esta ante una observación, podrá seleccionar el estado COMPROBANTE DE PAGO PENDIENTE, debiendo especificar el detalle que sustenta el
cambio a este estado.
0.0.00.Xx ENTIDAD o el PROVEEDOR a partir de la formalización de la ORDEN COMPRA que se genera con el estado ACEPTADA C/ENTREGA PENDIENTE y, en cumplimiento del procedimiento de
resolución del contrato establecido en la LEY y REGLAMENTO, podrá seleccionar el estado RESUELTA EN PROCESO DE CONSENTIMIENTO o RESUELTA para el caso de la ENTIDAD y RESUELTA EN PROCESO DE CONSENTIMIENTO (P) o RESUELTA para el caso del
PROVEEDOR, en cuyo caso resulta obligatorio realizar a través de la PLATAFORMA10:
▪ El registro de la fecha de emisión del documento que formaliza la resolución total de la ORDEN DE COMPRA;
▪ El registro de la nomenclatura del documento que formaliza la resolución.
▪ Carga del archivo digitalizado en formato PDF que contiene el documento que formaliza la resolución total de la ORDEN DE COMPRA.
La notificación del requerimiento de cumplimiento de obligaciones bajo apercibimiento de resolución contractual, deberá de realizarse a través de la PLATAFORMA11 conforme señala el REGLAMENTO.
El registro del estado RESUELTA se realiza cuando la resolución de la ORDEN DE COMPRA se encuentre consentida.
Con el registro de los estados RESUELTA EN PROCESO DE CONSENTIMIENTO para el caso de la
ENTIDAD y RESUELTA EN PROCESO DE CONSENTIMIENTO (P) para el caso del PROVEEDOR,
la PLATAFORMA emitirá la notificación electrónica, el mismo que podrá ser visible en la bandeja de
notificaciones del PROVEEDOR o ENTIDAD según corresponda.
Sin perjuicio de lo expuesto la ENTIDAD deberá de efectuar la comunicación al TRIBUNAL de acuerdo al REGLAMENTO.
Previo a esto, se deberá de notificar por la PLATAFORMA el documento previo tal como y señala el
REGLAMENTO.
0.0.00.Xx ENTIDAD deberá registrar el pago de la prestación asociado a la ORDEN DE COMPRA de forma manual a través de la PLATAFORMA desde el día de generado el estado CONFORME C/PAGO PENDIENTE o PENALIZADA C/PAGO PENDIENTE, PARCIAL/PENALIZADA C/PAGO PENDIENTE o PARCIAL C/PAGO PENDIENTE o COMPROBANTE DE PAGO PENDIENTE, y los
estados según corresponda, teniendo en consideración que el registro del pago efectivo de la orden de compra establece la asignación a ésta del estado PAGADA.
6.4. Procedimiento de Grandes Compras
Para llevar a cabo el procedimiento de Grandes Compras se deberá de tener en cuenta las siguientes consideraciones, bajo responsabilidad.
6.4.1. El procedimiento de GRANDES COMPRAS se iniciará cuando la ENTIDAD, a partir de lo indicado en los numerales 6.2.4, 6.3.6 y 6.3.7, envíe a cotizar una PROFORMA DE GRAN COMPRA.
6.4.2. Para iniciar el procedimiento de GRANDES COMPRAS la ENTIDAD debe aceptar las siguientes condiciones:
▪ La PLATAFORMA mostrará al PROVEEDOR que cuenten con stock mayor o igual a uno (1):
i) la cantidad requerida, ii) en el lugar de destino requerido por la ENTIDAD.
▪ El plazo de entrega máximo ofertado por el PROVEEDOR para la(s) Ficha(s)-producto seleccionada(s) podrá superar el plazo de entrega máximo requerido por la ENTIDAD, pero no podrá superar el plazo máximo establecido en el numeral 5.6 de las REGLAS; y
▪ No se informará al PROVEEDOR el plazo de entrega máximo requerido por la ENTIDAD.
6.4.3. La ENTIDAD podrá incluir Fichas-producto asociadas al ítem del requerimiento, a través de la opción correspondiente.
6.4.4. La ENTIDAD, por cada ítem a través del botón enviar generará el estado PROFORMA DE GRAN COMPRA PENDIENTE.
10 Aplicable para todas las Órdenes de Compra formalizadas a partir del 30 de enero de 2019. Para las Órdenes de Compra formalizadas antes de la fecha indicada, el procedimiento de notificación se realizará conforme se haya establecido en la normativa aplicable al momento de su formalización. 11 Aplicable para todas las Órdenes de Compra formalizadas a partir del 30 de enero de 2019. Para las Órdenes de Compra formalizadas antes de la fecha indicada, el procedimiento de notificación se realizará conforme se haya establecido en la normativa aplicable al momento de su formalización.
6.4.5. El PROVEEDOR, con la finalidad de participar del procedimiento de GRANDES COMPRAS por Ficha-producto, podrá acceder a la PROFORMA DE GRAN COMPRA por un periodo máximo de dos (02) días hábiles contados a partir del estado PROFORMA DE GRAN COMPRA PENDIENTE.
Dicha participación se define a través del registro de las siguientes condiciones por Ficha-producto:
▪ Registrar el precio unitario por unidad de despacho debiendo tener en cuenta:
i) El tipo de moneda;
ii) Como máximo con dos (02) decimales;
iii) Sin incluir el impuesto general a las ventas (IGV);
iv) Incluirá el costo de envío únicamente para su provincia de origen; y
v) No será posible registrar un valor mayor al precio unitario base establecido en el descuento por volumen para el rango de cantidad requerida o al precio unitario base ordinario y podrá ser modificado hasta el último día habilitado para cotizar.
▪ Registrar el plazo máximo de entrega ofertado, el cual no podrá ser mayor al establecido en el Anexo N° 01.
▪ Costo de envío unitario en Soles sin incluir IGV. Esta opción no estará habilitada para aquellos casos en los que el lugar de entrega indicado por la ENTIDAD coincida con la provincia de origen del PROVEEDOR.
▪ En caso corresponda, podrá desafectar por ítem la aplicación del I.G.V. según las condiciones establecidas de acuerdo a la Ley 27037 – Ley de Promoción de la Amazonia.
6.4.6. La PLATAFORMA, el tercer (3) día hábil siguiente de generado el estado PROFORMA DE GRAN COMPRA PENDIENTE, cambiará automáticamente al estado PROFORMA DE GRAN COMPRA COTIZADA para todas las proformas en las cuales el PROVEEDOR haya registrado la información solicitada; caso contrario, generará automáticamente el estado PROFORMA DE GRAN COMPRA DESIERTA.
6.4.7. La PLATAFORMA, al tercer (03) día hábil siguiente de generado el estado PROFORMA DE GRAN COMPRA COTIZADA, para el cálculo de la oferta ganadora realizará las siguientes acciones:
▪ Validará la declaración de aplicación del IGV tanto para ENTIDAD como PROVEEDOR por ítem;
▪ Calculará todos los conceptos asociados;
▪ Seleccionará de manera automática aquella oferta que registre el menor monto total ofertado.
La oferta que se registró primero en la PLATAFORMA.
ii)
La oferta con el menor plazo de entrega máximo ofertado; y
i)
▪ En el supuesto que dos (02) o más ofertas empaten, la determinación del desempate de las ofertas se efectuará siguiendo estrictamente el siguiente orden:
Al respecto, PERÚ COMPRAS podrá establecer un criterio que permita retirar las ofertas del PROVEEDOR cuando advierta que el precio ofertado de la proforma es significativamente menor o mayor del precio xxx xxxxxxx en el CATÁLOGO. PERÚ COMPRAS comunicará el procedimiento para su aplicación.
De ser el caso, la PLATAFORMA realizará de manera automática la conversión monetaria del precio ofertado a soles (PEN), utilizando el tipo de cambio bancario de venta xxx xxxxx estadounidense (USD), establecido por la SBS el día hábil anterior a la generación del estado PROFORMA PENDIENTE.
lo siguiente:
6.4.8. La ENTIDAD, en un plazo máximo de dos (02) días hábiles siguientes de generado el estado PROFORMA DE GRAN COMPRA COTIZADA, deberá generar de manera manual a través de la PLATAFORMA la ORDEN DE COMPRA teniendo en consideración como requisitos obligatorios
▪ El registro del número de referencia al Plan Anual de Contrataciones (PAC) asociado a la
ORDEN DE COMPRA, en caso corresponda;
▪ El código de la actividad presupuestal y previsión presupuestaria para órdenes de compra, cuyo plazo de entrega superan el ejercicio presupuestal en curso;
▪ El registro de la nomenclatura y fecha de emisión de la orden de compra digitalizada;
▪ El número de expediente SIAF, en caso la ENTIDAD no cuente con SIAF, deberá especificar dicha condición bajo responsabilidad;
▪ A través de la PLATAFORMA, la carga del archivo digitalizado en formato PDF que contiene
la ORDEN DE COMPRA digitalizada y el informe sustentatorio de la elección de las Fichas-
producto.
En caso el plazo de la ejecución supere el ejercicio fiscal, la ENTIDAD deberá adjuntar sólo el documento de la previsión presupuestaria debidamente aprobado.
La ENTIDAD en caso de no generar la ORDEN DE COMPRA dentro del plazo establecido, conlleva a la responsabilidad por parte de la ENTIDAD y deberá emitir un informe sustentando los hechos que motivaron la no contratación, la cual deberá ser publicada en la PLATAFORMA de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco, el mismo que se encontrará habilitado y de fácil acceso para el proveedor (s) pudiendo ser descargado por el o los proveedores que participaron en dicha solicitud de proforma.
6.4.9. Una vez publicada la ORDEN DE COMPRA se prosigue con lo señalado en los numerales del 6.3.9 al 6.3.18.
6.4.10. La ENTIDAD tiene la obligación de Generar la ORDEN DE COMPRA dentro del plazo de dos (02) días hábiles.
6.4.11. La PLATAFORMA, al tercer (3) día hábil siguiente de haberse generado el estado PROFORMA DE GRAN COMPRA COTIZADA, en caso no se haya generado la ORDEN DE COMPRA, registrará el estado PROFORMA DE GRAN COMPRA ANULADA.
6.5. Registro de mejoras
El PROVEEDOR, durante la operatividad de los CATÁLOGOS, estará facultado a registrar mejoras sobre sus ofertas directamente, a través de la PLATAFORMA, las cuales se reflejarán de modo efectivo desde el primer (01) día calendario siguiente de registradas.
Estas mejoras podrán considerar los siguientes aspectos:
• Precio. - el PROVEEDOR podrá disminuir el monto del precio ofertado en la PLATAFORMA. El precio no puede ser incrementado, tomando como tope el último precio registrado en la PLATAFORMA.
• Cobertura de atención. - el PROVEEDOR estará facultado a registrar, sin limitación alguna, agregar o quitar coberturas distintas a la cobertura de atención de origen.
• Existencias (stock). - el PROVEEDOR estará facultado a registrar, sin limitación alguna, reducciones o ampliaciones de existencias (stock).
• Plazo de entrega máximo. - el PROVEEDOR estará facultado a registrar, sin limitación alguna, reducciones o ampliaciones del plazo de entrega máximo.
• Descuentos por volumen. - el PROVEEDOR estará facultado a registrar descuento por volumen a través de la PLATAFORMA, el cual se efectuará sobre el precio unitario base de una Ficha-producto ofertada. Dicho descuento podrá ser eliminado y/o modificado hasta antes del inicio de su periodo de vigencia registrado. Al respecto, los descuentos por volumen podrán ingresarse o modificarse durante los primeros treinta (30) días calendarios posteriores al inicio de la vigencia de los CATÁLOGOS, en adelante, podrán registrar nuevos descuentos por volumen durante los nueve (09) primeros días de cada mes.
• Otros que PERÚ COMPRAS pueda establecer y que serán comunicados a través de su portal web y a través de la PLATAFORMA.
En caso de existir registradas ofertas unitarias y por descuento por volumen, la PLATAFORMA
considerará el precio más bajo al momento de generar la PROFORMA de Compra Ordinaria.
6.6. Exclusión del PROVEEDOR
Un PROVEEDOR será excluido de los CATÁLOGOS en los siguientes casos:
▪ Cuando esté impedido para contratar con el Estado, de acuerdo con lo dispuesto en la LEY y el
REGLAMENTO.
▪ Cuando esté suspendido, inhabilitado temporal o definitivamente para contratar con el Estado, su exclusión es permanente durante la vigencia de la suspensión o inhabilitación.
▪ Cuando no cuente con inscripción vigente en el RNP, su exclusión es aplicable durante el tiempo que no cuente con dicha inscripción.
▪ Cuando se encuentre sancionado en el marco de lo establecido en la Ley 30242 y su Reglamento.
▪ Cuando se incurra en incumplimiento durante la etapa de la ejecución contractual.
▪ Cuando se incurra en incumplimiento de los términos y condiciones a los que se adhirió y sometió al formalizar el ACUERDO, entre otras podrán ser:
a. Excluir a un PROVEEDOR de todos los CATÁLOGOS cuando se advierta fehacientemente que estos hayan atendido con productos falsos, adulterados o de dudosa procedencia
b. Excluir a un PROVEEDOR de todos los CATÁLOGOS cuando se advierta que presento
información, documentación falsa e inexacta en la PLATAFORMA.
c. Excluir a un PROVEEDOR del CATÁLOGO que aplique, cuando se advierta su negativa a cumplir con la garantía ofertada para la Ficha-producto adjudicada.
d. Excluir a un PROVEEDOR de todos los CATÁLOGOS cuando se advierta practicas a fin de
impedir la formalización de una ORDEN DE COMPRAS generando perjuicios a la entidad.
e. Excluir a un PROVEEDOR de todos los CATÁLOGOS cuando se detecte un comportamiento que atente contra la libre competencia.
▪ Otras que PERÚ COMPRAS determine en el marco de la mejora continua además de las que establezca la Directiva de exclusión de proveedores que corresponda.
El ADMINISTRADOR, a través del mecanismo de notificación establecido en el numeral 4.7 de las REGLAS comunicará al PROVEEDOR su exclusión de los CATÁLOGOS, así como los requisitos y mecanismo de inclusión del PROVEEDOR, según corresponda (incluye un nuevo depósito de garantía de cumplimiento). En todos los casos, la exclusión generará la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento a favor de PERÚ COMPRAS.
La exclusión e inclusión del PROVEEDOR se realizará de acuerdo a lo dispuesto por PERÚ COMPRAS.
6.7. Incorporación de nuevos productos
La incorporación de nuevos productos es un mecanismo mediante el cual PERÚ COMPRAS incorpora nuevas Fichas-producto de acuerdo a la Directiva aplicable y una vez habilitadas dichas Fichas-producto se pondrán a disposición del PROVEEDOR con la finalidad que presente su oferta.
En este caso se podrá incorporar nuevas Fichas-producto y categorías, estas se podrán ofertar y se evaluarán de acuerdo a las REGLAS estándar para el Procedimiento de Selección de Proveedores para la Implementación de los CATÁLOGOS aplicable.
6.7.1. Gestión de la incorporación:
▪ PERÚ COMPRAS incorporará en los Catálogos Electrónicos las Fichas-producto de acuerdo a la Directiva 018-2017-PERÚ COMPRAS: “Lineamientos para la Incorporación de FICHAS- PRODUCTO”.
▪ PERÚ COMPRAS solo incorporará fichas-producto que pertenezcan a alguno de los
CATÁLOGOS previamente definidos en el PROCEDIMIENTO.
▪ PERÚ COMPRAS podrá crear una nueva categoría, de ser éste el caso, la incorporará en el CATÁLOGO correspondiente con sus respectivas Fichas-producto, a fin de ser ofertadas por el PROVEEDOR.
i) La incorporación de nuevos productos se realizará de manera mensual, salvo se susciten los siguientes hechos: No existan solicitudes de información procesada de oficio y/o información obtenida a partir de solicitudes de parte12;
ii) No existan Fichas-producto conformes, producto de la revisión efectuada; u
iii) Ocurra una situación que imposibilite la incorporación de nuevos productos en dicho periodo13.
▪ PERÚ COMPRAS, una vez que culmine con el procesamiento de la información, procederá a incorporar propuestas de nuevas Fichas-producto en los CATÁLOGOS a fin que el PROVEEDOR registre sus ofertas.
6.7.2. Gestión de la oferta:
El PROVEEDOR, del primer (01) día al noveno (09) día calendario del mes correspondiente a la
12 En cualquiera de los casos se hará la indicación a través de la opción habilitada en la PLATAFORMA. (“Para el presente mes no existen fichas- producto disponibles”).
13 En cualquiera de los casos se hará la indicación a través de la opción habilitada en la PLATAFORMA. (“Para el presente mes no existen fichas- producto disponibles”).
incorporación de nuevos productos, podrá registrar su oferta14 considerando lo siguiente:
• El precio unitario base debe ser expresado según el tipo de moneda que se encuentra establecido en el PROCEDIMIENTO aplicable, en consideración de los siguientes aspectos:
i) Como máximo con dos (02) decimales;
ii) Sin incluir el impuesto general a las ventas (IGV); e
iii) Incluirá el costo de envío únicamente para su provincia de origen.
• Las existencias (stock); la PLATAFORMA por defecto asignará por cada Ficha-producto como mínimo una (01) unidad, siendo un campo editable por el PROVEEDOR.
• El plazo de entrega registrará por defecto aquel consignado en la PLATAFORMA, siendo éste un campo no editable.
• El descuento por volumen respecto de las Ficha-producto a ser incorporadas debe registrarse en este periodo.
Las demás condiciones comerciales inherentes a cada Ficha-producto, forman parte de la oferta del
PROVEEDOR, por lo que deberán de tomar en cuenta lo señalado en el numeral 5 de las REGLAS.
6.7.3. Admisión y evaluación de Ofertas
PERÚ COMPRAS, entre el décimo (10) y el décimo segundo (12) día calendario del mes de evaluación, realizará la evaluación de las ofertas presentadas solo por aquel PROVEEDOR que cuente con estado “vigente” y que cumpla con los requisitos de admisión establecidos en el PROCEDIMIENTO, en caso el proveedor no mantenga dicha condición en el periodo indicado su propuesta será no admitida. PERÚ COMPRAS, evaluará las ofertas presentadas que fueron admitidas por cada Ficha-producto ofertada siguiendo la metodología detallada en el PROCEDIMIENTO aplicable.
6.7.4. Incorporación de Fichas-producto ADJUDICADAS:
PERÚ COMPRAS, el décimo tercer (13) día calendario del mes de evaluación de ofertas, incorporará en los CATÁLOGOS correspondientes, las ofertas de las Fichas-producto que hayan resultado adjudicadas.
El PROVEEDOR podrá visualizar el puntaje obtenido en cada una de sus ofertas, así como el resultado obtenido, a través de la opción habilitada en la PLATAFORMA.
6.7.5. Otras disposiciones
• El PROVEEDOR, durante la incorporación de nuevos productos, que resulte con ofertas de Fichas-producto adjudicadas, extenderá a éstas los términos y condiciones comerciales establecidas en el Acuerdo Marco vigente.
• PERÚ COMPRAS, de considerarlo necesario, podrá modificar en cualquier momento las
presentes REGLAS en función al análisis de la operatividad del mismo, situación que comunicará a través de su portal web (xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx) y en el portal web del SEACE (xxx0.xxxxx.xxx.xx), siendo de aplicación para el PROVEEDOR sin necesidad de suscribir un nuevo Acuerdo Xxxxx.
7. FACULTADES DE PERÚ COMPRAS
7.1. Exclusión de Fichas-producto
PERÚ COMPRAS podrá realizar la exclusión definitiva de Fichas-producto en los siguientes casos:
• Presenten inconsistencias técnicas.
• A solicitud de parte por el representante de marca acreditado.
• Pérdida de vigencia tecnológica o no se encuentren disponibles en el mercado.
• Su nivel de comercialización durante un periodo determinado es nulo.
• Por haberse incorporado en otro Catálogo Electrónico producto de una nueva implementación.
• Otras que PERÚ COMPRAS determine.
7.2. Exclusión de Ofertas
PERÚ COMPRAS unilateralmente puede retirar y/o suspender ofertas del CATÁLOGO y/o de las proformas presentadas cuando advierta que el precio ofertado es significativamente mayor o menor al precio xxx xxxxxxx.
14 A través de la opción habilitada en la PLATAFORMA.
7.3. Actualización de Fichas-producto
Refiérase a la actualización de Fichas-producto en aquellos casos en que ésta presente una modificación en aspectos no relacionados con las características técnicas inherentes al producto, como, por ejemplo: la actualización de la imagen de una Ficha-producto en caso el empaque haya sido modificado en material, color u otros que correspondan.
Asimismo, en los casos que el contenido de la ficha técnica publicada en la PLATAFORMA difiera de la denominación de la Ficha-producto, esta última podrá ser materia de actualización, a fin de compatibilizar lo consignado en los CATÁLOGOS.
7.4. Información de los CATÁLOGOS
PERÚ COMPRAS podrá publicar información referente a los CATÁLOGOS, en tanto esta sea de carácter público, de acuerdo a las disposiciones pertinentes.
7.5. Asistencia y soporte a los CATÁLOGOS
La asistencia y soporte a la ENTIDAD y PROVEEDOR, se realizará a través de los canales que PERÚ COMPRAS establezca para dichos fines.
7.6. Nulidad del Acuerdo Suscrito
PERÚ COMPRAS, podrá proceder con la verificación posterior de los documentos y/o información presentada por el PROVEEDOR durante el PROCEDIMIENTO que dio origen al presente.
En caso se identifique que existe falsedad, inexactitud, incongruencia, inconsistencia de la información presentada por el PROVEEDOR, PERÚ COMPRAS procederá a declarar la nulidad de todos los Acuerdos Xxxxx suscritos, lo que implica excluirlos de todos los CATÁLOGOS respectivos,
Sin perjuicio de lo anterior, PERÚ COMPRAS procederá a informar sobre los hechos detectados al Tribunal de Contrataciones del Estado e iniciará las acciones administrativas, civiles y/o penales contra los que resulten responsables.
7.7. Exclusión e Inclusión de Proveedores.
PERÚ COMPRAS, podrá excluir e incluir proveedores de acuerdo a lo establecido en la DIRECTIVA
aplicable.
7.8. Incorporación de Proveedores
PERÚ COMPRAS, podrá incorporar proveedores, los cuales serán evaluados conforme a las mismas reglas establecidas en el PROCEDIMIENTO que aplique.
PERÚ COMPRAS, mediante comunicado en su portal Web establecerá el cronograma y las condiciones del procedimiento de incorporación de proveedores.
7.9. Modificación y/o actualización de las REGLAS
las modificaciones que se puedan realizar en la LEY, su REGLAMENTO, DIRECTIVAS y demás normativas
PERÚ COMPRAS, podrá modificar y/o actualizar las presentes REGLAS en función del análisis y mejoramiento de la operatividad del mismo en el marco del ciclo de mejora continua, así como producto de
que resulten aplicables, la misma que será comunicada a través del portal institucional de PERÚ COMPRAS
y del SEACE sin necesidad de modificar los Acuerdos Xxxxx vigentes o suscribir uno nuevo.
Asimismo, podrá establecer nuevas formas de contratación en los CATÁLOGOS como entregas parciales, compra por paquetes, entre otros, cuyo procedimiento y aplicación será dado a conocer mediante comunicado a través de la página web de PERÚ COMPRAS
7.10. Otras condiciones especiales para la contratación
PERÚ COMPRAS podrá establecer condiciones especiales en el proceso de contratación para determinadas Fichas-producto que formen parte de los CATÁLOGOS, las mismas que se encontrarán detalladas en el Anexo N° 01.
7.11. Mecanismos adicionales para la contratación
PERÚ COMPRAS podrá establecer mecanismos adicionales que permitan la agrupación de Fichas- producto, entregas parciales, entre otros, cuyos procesos serán dados a conocer mediante comunicado a través de la página web de PERÚ COMPRAS.
7.12. Procedimientos de contratación en los CATÁLOGOS
PERÚ COMPRAS podrá establecer nuevos procedimientos de contratación en los CATÁLOGOS, cuyo procedimiento y aplicación será dado a conocer mediante comunicado a través de la página web de PERÚ COMPRAS.
8. EJECUCIÓN CONTRACTUAL
8.1. Perfeccionamiento de la relación contractual
La orden de compra generada por la ENTIDAD a través de la PLATAFORMA que incorpora la orden de compra digitalizada formaliza la relación contractual entre la ENTIDAD y el PROVEEDOR a partir del momento en que adquiere el estado ACEPTADA C/ENTREGA PENDIENTE, constituyéndose para todos los efectos en documentos válidos y suficientes para acreditar las obligaciones y derechos de las partes, las cuales poseen la misma validez y eficacia que los actos realizados físicamente.
La ORDEN DE COMPRA comprende la prestación principal (producto), así como las condiciones comerciales ofertadas por el PROVEEDOR en los CATÁLOGOS.
Una vez formalizada la relación contractual, el PROVEEDOR se encuentra obligado a entregar los bienes, de acuerdo con lo ofertado en los CATÁLOGOS, salvo que dentro del plazo establecido haga uso de su facultad de rechazo de una ORDEN DE COMPRA detallados en el numeral 6.3.10 de las presentes REGLAS.
La ORDEN DE COMPRA generada a través de la PLATAFORMA estará expresada en Soles (PEN).
8.2. Recepción y Conformidad
El registro de la recepción es responsabilidad del PROVEEDOR y el registro de la conformidad es responsabilidad de la ENTIDAD.
Entiéndase que, al darse el acto de entrega y recepción, es responsabilidad del PROVEEDOR adjuntar en
la PLATAFORMA, al momento de su registro, la guía de remisión en formato PDF debidamente firmado y/o
sellados que acredite la recepción por parte de la ENTIDAD y otros documentos que PERÚ COMPRAS
establezca según corresponda.
La conformidad se emite en un plazo xxxxxx xx xxxx (10) días calendario de producida la recepción. De existir observaciones, la ENTIDAD debe comunicarlas al PROVEEDOR, indicando claramente el sentido de estas, otorgándole un plazo para subsanar conforme a lo señalado en el REGLAMENTO.
El lugar de entrega deberá de contar con las condiciones necesarias para la recepción del producto, facilitándose el acceso para su entrega.
8.3. Pago
El pago de las prestaciones asociadas a una ORDEN DE COMPRA, será de absoluta responsabilidad de la ENTIDAD.
El pago, se efectuará a través del código de cuenta interbancaria (CCI) registrada en la PLATAFORMA por el PROVEEDOR, luego de otorgada la conformidad, no pudiendo exceder el plazo de quince (15) días calendarios contados desde el día siguiente de otorgada la conformidad, excepcionalmente el pago se podrá realizar con cheque.
En caso de retraso en el pago por parte de la ENTIDAD, el PROVEEDOR, tiene derecho al pago de intereses legales, los que se computan desde la oportunidad que debió efectuarse, de acuerdo a lo determinado en la LEY y REGLAMENTO.
8.4. Vicios Ocultos
La recepción conforme de la ENTIDAD, no enerva su derecho a reclamar posteriormente al PROVEEDOR por defectos o vicios ocultos de los bienes entregados. El plazo establecido para los vicios ocultos será como mínimo de un (01) año conforme a lo señalado en la LEY y REGLAMENTO.
Las discrepancias referidas a defectos o vicios ocultos deben ser sometidas a conciliación y/o arbitraje. En dicho caso, el plazo de caducidad se computa a partir de la conformidad otorgada por la ENTIDAD hasta treinta (30) días hábiles posteriores al vencimiento del plazo de la responsabilidad del contratista previsto en la ORDEN DE COMPRA, de acuerdo a lo determinado en la LEY y REGLAMENTO.
8.5. Subcontratación
El PROVEEDOR, no deberá subcontratar la ejecución de las prestaciones derivadas de la ORDEN DE COMPRA, asumiendo total responsabilidad de la misma.
8.6. Cesión de posición contractual
No procede la cesión de posición contractual del PROVEEDOR para las contrataciones derivadas del procedimiento de contratación, salvo los casos de transferencia de propiedad de bienes que se encuentren arrendados a las Entidades, cuando se produzcan fusiones o escisiones, o que exista norma legal que lo permita expresamente.
8.7. Cesión de derechos
En caso el PROVEEDOR decida efectuar la cesión de derechos respecto de una ORDEN DE COMPRA que registre estado ACEPTADA C/ ENTREGA PENDIENTE, el PROVEEDOR deberá prever dicha comunicación con anticipación, posterior a la conformidad y hasta antes del pago mediante documento a PERÚ COMPRAS, en el cual se deberá señalar la manifestación de voluntad del cedente y del cesionario, conforme a los requisitos correspondientes para dicho fin.
Una vez comunicada la cesión de derechos, PERÚ COMPRAS registrará en el sistema dicha decisión y trasladará a la ENTIDAD a fin de proceder con el pago de las prestaciones al cesionario. Este procedimiento no acarreará responsabilidad de ningún tipo a PERÚ COMPRAS, por el tiempo que pueda demandar la tramitación y habilitación de la cesión de derecho.
8.8. Causal y procedimiento de resolución contractual
La resolución contractual se efectuará de acuerdo a las causales y procedimiento establecido en la LEY y el REGLAMENTO aplicándose la normativa vigente desde la formalización de la ORDEN DE COMPRA.
Cualquiera de las partes, ante la falta de cumplimiento de las obligaciones pactadas, deberá ceñirse al procedimiento establecido en el REGLAMENTO.
La notificación de apercibimiento y la notificación de la resolución del contrato referido en el REGLAMENTO, se realizará a través de la PLATAFORMA, siendo aplicable para las ENTIDADES y PROVEEDORES.
8.9. Registro de la resolución contractual
Cuando una de las partes resuelva una ORDEN DE COMPRA, y esta se encuentre consentida, deberá registrar el documento respectivo a través de la PLATAFORMA habilitado por PERÚ COMPRAS consignando el estado de RESUELTA.
La ENTIDAD, según corresponda, está obligada a poner en conocimiento al Tribunal de Contrataciones los hechos que puedan dar lugar a la imposición de una sanción, de acuerdo a lo señalado en la LEY y el REGLAMENTO.
8.10. Solución de controversias durante la fase contractual
Las controversias que surjan durante la ejecución contractual deben ser resueltas de conformidad a lo dispuesto en la LEY y el REGLAMENTO, no acarreando responsabilidad a PERÚ COMPRAS.
8.11. Penalidades por incumplimiento de la prestación e incumplimiento en la ejecución
El PROVEEDOR podrá ser sujeto a la aplicación de penalidades por parte de la ENTIDAD, de conformidad con lo establecido en el REGLAMENTO.
8.12. Sanciones
El PROVEEDOR está sujeto a las causales de aplicación de sanción previstas en la LEY y el
REGLAMENTO.
9. PROCEDIMIENTO DE ENVÍO DE NOTIFICACIÓN DE REQUERIMIENTO DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES EN EL PROCESO DE RESOLUCIÓN CONTRACTUAL
9.1. Para las Entidades:
Si el PROVEEDOR falta al cumplimiento de sus obligaciones, la ENTIDAD, a través de la PLATAFORMA, requerirá al PROVEEDOR que ejecute su cumplimiento conforme establece el REGLAMENTO, bajo apercibimiento de resolver el contrato.
Al respecto el proceso de notificación se deberá de realizar como se detalla a continuación:
9.1.1 La ENTIDAD accederá a la “Bandeja de Notificaciones” y podrá seleccionar la opción “Notificar” y a continuación la PLATAFORMA mostrará las órdenes de compra con estado “Aceptada c/entrega retrasada” u “Observada c/subsanación retrasada”; mostrándose los siguientes datos:
- La Orden de Compra de la PLATAFORMA.
- RUC PROVEEDOR.
- Razón social PROVEEDOR.
- Fecha de Entrega.
- Opción Enviar notificación.
9.1.2 La ENTIDAD al seleccionar la opción “Enviar Notificación” deberá:
- Ingresar la fecha de emisión del documento de notificación de requerimiento de cumplimiento de obligaciones.
- Ingresar el número de documento de notificación de requerimiento de cumplimiento de obligaciones.
- Adjuntar el documento de notificación de requerimiento de cumplimiento de obligaciones en formato PDF debidamente suscrito.
9.1.3 Al remitir la notificación de requerimiento de cumplimiento de obligaciones, la PLATAFORMA asignará el estado ENVIADO, permitiéndole al proveedor visualizarla.
la PLATAFORMA.
9.1.4 El PROVEEDOR podrá visualizar la notificación de requerimiento de cumplimiento de obligaciones al momento de ingresar a la PLATAFORMA, no permitiéndole continuar de no descargar dicho documento al considerarse obligatoria su lectura, generándose en ese momento el estado LEÍDO. Asimismo, el PROVEEDOR podrá visualizar todos los documentos de notificación de requerimiento de cumplimiento de obligaciones a través del módulo Notificaciones – Bandeja de Notificaciones de
9.2. Para los PROVEEDORES:
Si la ENTIDAD falta al cumplimiento de sus obligaciones, el PROVEEDOR, a través de la PLATAFORMA requerirá a la ENTIDAD que ejecute su cumplimiento conforme establece el REGLAMENTO, bajo apercibimiento de resolver el contrato.
Al respecto, el proceso de notificación se deberá realizar como se detalla a continuación:
9.2.1 El PROVEEDOR accederá a la “Bandeja de Notificaciones” y podrá seleccionar la opción “Notificar” y a continuación la PLATAFORMA mostrará las órdenes de compra con estado “CONFORME C/PAGO RETRASADO”, “PENALIZADA C/ PAGO RETRASADO”, “PARCIAL C/ PAGO RETRASADO” y “PARCIAL PENALIZADA CON PAGO RETRASADO”; mostrándoselos
siguientes datos:
- La Orden de Compra de la PLATAFORMA.
- RUC PROVEEDOR.
- Razón social PROVEEDOR.
- Fecha de Entrega.
- Botón Enviar notificación.
9.2.2 El PROVEEDOR accederá a la “Bandeja de Notificaciones” y podrá seleccionar la opción “Notificar” y a continuación la PLATAFORMA mostrará una ventana en la cual se requerirá los siguientes datos:
- La Orden de Compra de la PLATAFORMA.
- La fecha de emisión del documento de notificación de requerimiento de cumplimiento de obligaciones
- El número de documento de notificación de requerimiento de cumplimiento de obligaciones.
- Adjuntar el documento de notificación de requerimiento de cumplimiento de obligaciones en formato PDF debidamente suscrito
Con la finalidad de poder notificar el incumplimiento de la ENTIDAD, el PROVEEDOR deberá de
ingresar en el campo “Orden de Compra” el número de la orden a notificar. Para ello hay que
considerar que, para generar esta notificación, la Orden de Compra deberá de encontrarse en
cualquiera de los siguientes estados
- ACEPTADA C/ENTREGA RETRASADA.
- ENTREGADA C/CONFORMIDAD RETRASADA.
- OBSERVADA C/SUBSANACION RETRASADA
- SUBSANADA C/CONFORMIDAD RETRASADA
- CONFORME C/PAGO RETRASADO
- PENALIZADA CON PAGO RETRASADO.
- PARCIAL CON PAGO RETRASADO.
- PARCIAL PENALIZADA CON PAGO RETRASADO
9.2.3 Al remitir la notificación de requerimiento de cumplimiento de obligaciones, la PLATAFORMA asignará el estado ENVIADO, permitiéndole al proveedor visualizarla.
9.2.4 La ENTIDAD podrá visualizar el documento de notificación de requerimiento de cumplimiento de obligaciones a través del módulo Notificaciones – Bandeja de Notificaciones de la PLATAFORMA, generándose en ese momento el estado LEÍDO una vez descargado el documento respectivo.
independientemente si la otra parte revise o no la “Bandeja de Notificaciones”.
Es preciso señalar que toda remisión de la documentación asociada a un proceso de resolución contractual a través de la PLATAFORMA será considerada como notificada a partir del momento de su publicación15por la parte solicitante
10. PROCEDIMIENTO DE INCORPORACIÓN DE PROVEEDORES
PERÚ COMPRAS, podrá incorporar proveedores, conforme a la DIRECTIVA aplicable y será puesto de conocimiento en el portal web de PERÚ COMPRAS (xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx) y en el portal web del SEACE (xxx0.xxxxx.xxx.xx).
11. DISPOSICIONES FINALES
11.1. Los aspectos no contemplados en las presentes REGLAS o en el PROCEDIMIENTO DE IMPLEMENTACIÓN se regirán supletoriamente de acuerdo a la LEY, el REGLAMENTO o la DIRECTIVA, sus modificatorias u otros aplicables según correspondan.
11.2. PERÚ COMPRAS, durante la operatividad del CATÁLOGO, podrá comunicar a través de su portal Web toda acción que corresponda aplicar como resultado del monitoreo permanente de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco.
12. ANEXOS
Anexo N° 01: Parámetros y condiciones del Método Especial de Contratación.
15 Para el caso de notificación a través de la PLATAFORMA, la publicación se considera al momento de que ésta es enviada a la bandeja de notificaciones respectiva.
Anexo N° 01: IM-CE-AÑO-N°
(Modelo)
Parámetros y condiciones del Método Especial de Contratación
ACUERDO MARCO: | IM-CE-AÑO-N° |
Procedimiento para la Selección de Proveedores aplicable: | |
Reglas del Método Especial de Contratación a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Xxxxx aplicable: | |
Catálogos Electrónicos aplicables: | 1 |
2 | |
3 | |
… | |
x. | |
Xxxxx establecido para las Grandes Compras: | |
Monto mínimo de contratación (Entidad): | |
Monto mínimo de atención (Proveedor): | |
Plazo mínimo de atención requerido por la Entidad: | |
Tiempo máximo de respuesta para atención de garantía: | |
Tiempo máximo de solución para atención de garantía: | |
Reajuste de precios en la ejecución contractual: | |
Catálogos exonerados de la aplicación del IGV: | |
Condiciones especiales de las Fichas-producto: | |
Otras condiciones especiales para la contratación: | |
Plazo de entrega máximo y sugerido: |