MODELO CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA
S NCC.C.025 – Modelo de Contrato de Ejecución de Servicios de Consultoría
MODELO CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA
De una parte, Nombre de la Entidad debidamente representado por [indicar nombre y generales de quien actúa en representación de la Entidad], quien para los fines del presente Contrato, se denominará “LA ENTIDAD CONTRATANTE”.
De la otra parte [indicar nombre de el(la) Consultor(a)], [indicar nacionalidad], mayor de edad, [indicar estado civil], [indicar profesión de el(la) consultor(a)], portador(a) de la Cédula de Identidad y Electoral o Pasaporte [indicar número de cédula, o pasaporte cuando aplique], domiciliado/a y residente en [indicar dirección], quien en lo que sigue y para los fines del presente Contrato, se denominará “EL(LA) CONSULTOR(A)”.
Para referirse a ambos se les denominará LAS PARTES.
POR CUANTO: La Ley No. 340-06, de fecha dieciocho (18) xx xxxxxx del dos mil seis (2006), sobre Compras y Contrataciones Públicas de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, y su posterior modificación contenida en la Xxx Xx. 000-00, de fecha seis (06) de diciembre del dos mil seis (2006), establece entre los Procedimientos de Selección (Indicar procedimiento correspondiente)
POR CUANTO: (Definir el Procedimiento correspondiente)
POR CUANTO: El Artículo 28 de la Xxx Xx. 000-00 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones establece: “El contrato, para considerarse válido, contendrá cláusulas obligatorias referidas a: antecedentes, objeto, plazo, precio, ajuste de precios, equilibrio económicofinanciero, garantías, modificación, terminación, resolución, arbitraje, nulidad, sanciones y bonificaciones, si ello se ha acordado, liquidación, solución de controversias, y las demás que correspondan de acuerdo con la naturaleza de la contratación y con las condiciones que establezca el reglamento de la presente ley”.
POR CUANTO: En fecha [escribir en letras y números] del mes de [--------------] del año [escribir en letras y números], LA ENTIDAD CONTRATANTE convocó a (indicar procedimiento correspondiente) para [indicar objeto de la contratación].
POR CUANTO: En fecha [escribir en letras y números] del mes de [--------------] del año [escribir en letras y números] se procedió a la entrega de los Pliegos de Condiciones Específicas para [indicar objeto de la contratación], los cuales forman parte integral del presente Contrato.
POR CUANTO: En fecha [escribir en letras y números] del mes de [--------------] del año [escribir en letras y números], se procedió a la recepción de los Sobres “A” contentivos de las Ofertas Técnicas del referido concurso, en presencia xxx xxxxxxx público actuante, instrumentando para tales fines el Acta Auténtica No. [--------------] de esa misma fecha.
POR CUANTO: En fecha [escribir en letras y números] del mes de [--------------] del año [escribir en letras y números] se procedió a la recepción y lectura de los Sobres “B” contentivos de las Ofertas Económicas del referido concurso, en presencia xxx xxxxxxx público actuante, instrumentando para tales fines el Acta Autentica No. [---------] de esa misma fecha.
POR CUANTO: Que después de un minucioso estudio de todas las ofertas presentadas, LA ENTIDAD CONTRATANTE, el día [escribir en letras y números] del mes de [--------------] del año [escribir en letras y números], le adjudicó a EL(LA) CONSULTOR(A) el Contrato de Suministro de servicios de Consultoría para [indicar objeto de la contratación], tal como lo establece la referida Acta Número [----------].
POR CUANTO: En fecha [escribir en letras y números] del mes de [--------------] del año [escribir en letras y números], EL(LA) CONSULTOR(A) constituyó una garantía contractual, en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 112 del Reglamento de Aplicación aprobado mediante Xxxxxxx Xx. 000-00, por un importe equivalente al cuatro por ciento (4%) del monto adjudicado.
POR
LO TANTO:
y
en el entendido de que el anterior preámbulo forma parte integral
del presente Contrato; LAS
PARTES
han convenido lo siguiente:
ARTÍCULO 1.- DEFINICIONES:
Siempre que en el presente Contrato se empleen los siguientes términos, se entenderá que significan lo que se expresa a continuación:
El Contrato: El acuerdo firmado y celebrado entre LAS PARTES, para la ejecución del servicio, incluidos todos los anexos del mismo, así como todos los documentos incorporados mediante referencia en los mismos.
El(La) Consultor(a): Nombre de la persona natural o jurídica, consorcio, que ejecutará el objeto del Contrato.
El Gobierno: El gobierno de la República Dominicana.
Entidad Contratante Entidad que realiza la contratación.
Monto del Contrato: El importe señalado en el Contrato.
ARTÍCULO 2.- DOCUMENTOS CONSTITUYENTES DEL CONTRATO.
Los siguientes documentos forman parte integral e insustituible del presente Contrato, y EL(LA) CONSULTOR(A) reconoce cada uno de estos como parte intrínseca del mismo:
El Contrato propiamente dicho.
Pliegos de Condiciones.
Organización y Metodología.
Presentación y Personal.
Desglose presupuestario.
Currículum vitae.
ARTÍCULO 3.- OBJETO DEL CONTRATO.
(Indicar Objeto del Contrato)
PÁRRAFO I. Los Servicios de consultoría que integran el objeto del presente contrato, deberán reunir los requisitos de calidad y presentación establecidos en el Pliego de Condiciones Específicas.
PÁRRAFO II: EL(LA) CONSULTOR(A) se obliga frente a LA ENTIDAD CONTRATANTE, a prestar sus servicios de manera personal, y conforme se indicará más adelante.
Artículo 4.- monto del Contrato.
LAS PARTES convienen que el monto a pagar por el suministro de los Servicios de Consultoría objeto de este Contrato, asciende a la suma de [escribir en letras y números]
PÁRRAFO I: La remuneración percibida por EL(LA) CONSULTOR(A) al amparo del presente artículo, constituye la única remuneración en relación al alcance de este contrato o a los servicios de EL(LA) CONSULTOR(A), el(la) cual no podrá exigir ningún pago adicional por ningún concepto en relación con las actividades amparadas por este contrato o en cumplimiento de sus obligaciones.
ARTÍCULO 5.- FORMA DE PAGO.
Los pagos serán realizados en Pesos Oro Dominicanos recibidos a satisfacción los suministros objeto del presente contrato.
Los pagos se realizarán con posterioridad a las entregas, parciales y periódicas, verificadas y aprobadas, de los productos adquiridos, según se indica:
[Indicar forma de pago]
ARTÍCULO 6.- IMPUESTOS.
EL(LA) CONSULTOR(A) no estará exento de ningún pago de impuestos en virtud del presente Contrato.
ARTÍCULO 7.- NORMAS DE CUMPLIMIENTO.
EL(LA) CONSULTOR(A) realizará los servicios y cumplirá sus obligaciones establecidas bajo este contrato con diligencia, eficiencia y economía, conforme a las normas y prácticas generalmente aceptadas para este género de trabajo. Así mismo, empleará métodos ortodoxos de administración y técnicas y utilizará la tecnología avanzada más adecuada durante el desempeño de sus funciones. EL(LA) CONSULTOR(A) actuará en todo momento como asesor fiel con relación a cualquier asunto relacionado con sus servicios o con este contrato y apoyará y resguardará los intereses de LA ENTIDAD CONTRATANTE cuando esté tratando con otros contratistas o terceras personas.
ARTÍCULO 8.- DESCRIPCIÓN DE SERVICIOS.
LAS PARTES convienen en que EL(LA) CONSULTOR(A) desempeñará las siguientes funciones:
(Indicar brevemente las funciones que desempeñará El(La) Consultor(a))
ARTÍCULO 9.- PROHIBICIÓN DE ACTIVIDADES CONFLICTIVAS.
EL(LA) CONSULTOR(A) no tendrán derecho a comprometerse directa o indirectamente, en cualquier negocio o actividad profesional que pueda producir un conflicto de intereses con las responsabilidades puestas a su cargo en virtud de este contrato.
ARTÍCULO 10.- INFORMACIÓN.
LA ENTIDAD CONTRATANTE proporcionará a EL(LA) CONSULTOR(A) toda la información que fuere necesaria para la realización y/o ejecución de sus funciones.
ARTÍCULO 11.- COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD.
EL(LA) CONSULTOR(A), no podrá divulgar, ninguna información considerada CONFIDENCIAL relacionada con las operaciones de LA ENTIDAD CONTRATANTE, sin su consentimiento previo.
ARTÍCULO 12.- LA ENTRADA EN VIGENCIA.
EL(LA) CONSULTOR(A) iniciará la ejecución de los trabajos objeto del presente contrato a partir de la fecha de la suscripción del mismo.
ARTÍCULO 13.- TIEMPO DE EJECUCIÓN.
El presente Contrato tendrá una duración de [indicar en letras y número el tiempo conforme al cronograma de ejecución], contados a partir de la firma del presente contrato.
ARTÍCULO 14.- FUERZA MAYOR Y CASO FORTUITO.
Ni LA ENTIDAD CONTRATANTE ni EL(LA) CONSULTOR(A) serán responsables de cualquier incumplimiento de El Contrato si su ejecución ha sido demorada, impedida, obstaculizada o frustrada por causas de Fuerza Mayor o Caso Fortuito.
Para los efectos del presente contrato, Causa Mayor significa cualquier evento o situación que escape al control de una parte, imprevisible e inevitable, y sin que esté envuelta su negligencia o falta, como son, a manera enunciativa pero no limitativa, actos de autoridades gubernamentales o militares, regulaciones o requerimientos gubernamentales, epidemias, guerras, actos de terroristas, huelgas, fuegos, explosiones, temblores de tierra, accidentes, catástrofes, inundaciones y otras perturbaciones ambientales mayores, condiciones severas e inusuales del tiempo.
Caso Fortuito significa acontecimiento que no ha podido preverse, o que previsto no ha podido evitarse, por ser extraño a la voluntad de las personas.
Las causas de Fuerza Mayor o Caso Fortuito especificadas anteriormente no incluyen:
Cualquier evento causado por negligencia o acción intencional de una parte.
Cualquier evento que una de las partes pudo haber tomado en cuenta al momento de la firma o de la ejecución de este Contrato para evitar incumplimiento de sus obligaciones.
Insuficiencia de recursos o fallas en el cumplimiento de cualquier pago bajo este Contrato.
La falla de una parte involucrada en el presente Contrato, que le impida cumplir cualquiera de sus obligaciones, no será considerada como incumplimiento, siempre y cuando éste surja de un evento de Fuerza Mayor o Caso Fortuito y la parte afectada haya tomado todas las precauciones razonables, con el debido esmero y cuidado, siempre con el objetivo de cumplir con los términos y condiciones establecidos en este Contrato.
Si por una causa de Fuerza Mayor o Caso Fortuito, EL(LA) CONSULTOR(A) no cumple con el cronograma de entrega, LA ENTIDAD CONTRATANTE extenderá el Contrato por un tiempo igual al período en el cual EL(LA) CONSULTOR(A) no pudo cumplir, debido únicamente a esta causa.
Si EL(LA) CONSULTOR(A) dejara de presentar tal reclamación o de dar el aviso requerido dentro del período especificado, se considerará como que ha renunciado a su derecho en relación a la ocurrencia de la Fuerza Mayor o Caso Fortuito.
Artículo 15.- MEDIDAS A TOMAR.
LAS PARTES acuerdan que:
La parte afectada por un evento de Fuerza Mayor o Caso Fortuito deberá tomar las medidas razonables para suprimir la inhabilidad de la otra Parte en cumplir con sus obligaciones.
La parte afectada por un evento de Fuerza Mayor o Caso Fortuito deberá notificar, en un plazo no mayor de veinticuatro (24) horas y por escrito a la otra parte la ocurrencia del evento, indicando su naturaleza y causa. De igual manera deberá notificar por escrito a la otra parte la restauración de las condiciones normales tan pronto se resuelva la situación de Fuerza Mayor o Caso Fortuito.
Las partes adoptarán todas las medidas posibles para reducir las consecuencias adversas de un evento de Fuerza Mayor o Caso Fortuito.
Artículo 16.- obligaciones deL PROVEEDOR.
EL(LA) CONSULTOR(A) ejecutará el presente Contrato conforme se describen en el Pliego de Condiciones Específicas.
ARTÍCULO 17.- GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.
Para garantizar el fiel cumplimiento del presente Contrato EL(LA) CONSULTOR(A) hace formal entrega de una garantía bancaria o una póliza de seguros a favor de LA ENTIDAD CONTRATANTE en cumplimiento a lo establecido en el artículo 112 del Reglamento de aplicación de la ley de Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones aprobado mediante Xxxxxxx Xx. 000-00, por un valor equivalente al cuatro por Ciento (4%) del monto del Contrato.
PARRAFO I. Dicha garantía responderá de los daños y perjuicios que le produzcan a LA ENTIDAD CONTRATANTE en caso de incumplimiento, que determinará en todo caso la realización de la garantía, independientemente del resto de acciones que legalmente procedan.
Artículo 18.- EQUILIBRIO ECONÓMICO.
Si en fecha posterior a la entrada en vigencia del presente Contrato se producen cambios en las leyes nacionales, relativos y/o relacionados con la moneda nacional, que impliquen variaciones en los costos o en los gastos a incurrir por EL(LA) CONSULTOR(A) para el suministro de los bienes y/o servicios conexos, los pagos a EL(LA) CONSULTOR(A) en virtud de este contrato variaran en la proporción correspondiente a estos cambios.
ARTÍCULO 19.- RESCISIÓN DEL CONTRATO.
LA ENTIDAD CONTRATANTE podrá rescindir el presente Contrato unilateralmente y ejecutar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato en el caso de falta grave de EL(LA) CONSULTOR(A), y siempre que la misma no sea originada por acontecimientos de Fuerza Mayor o Caso Fortuito.
Artículo 20.- NULIDADES DEL CONTRATO.
La violación del régimen de prohibiciones establecido en el Artículo14 de la Xxx Xx. 000-00 originará la nulidad absoluta del Contrato, sin perjuicio de otra acción que decida interponer LA ENTIDAD CONTRATANTE. La división del presente Contrato, con el fin de evadir las obligaciones de la Xxx Xx. 000-00 y su reglamento de aplicación No. 543-12 y de las normas complementarias que se dicten en el marco del mismo, será causa de nulidad del mismo.
ARTÍCULO 21.- MODIFICACIONES AL CONTRATO.
Cualquier modificación a los términos y condiciones del presente contrato deberá hacerse por acuerdo escrito mediante enmiendas numeradas cronológicamente y la fecha de vigencia de cada una, se contará a partir de la fecha de aprobación realizada por la ENTIDAD CONTRATANTE.
ARTÍCULO 22.- CESIÓN DE CONTRATO. La capacidad técnica de EL(LA) CONSULTOR(A) es el objetivo esencial de la utilización de sus servicios en este contrato. Por tanto, este contrato no podrá ser cedido ni en todo, ni en parte, sin la autorización previa por escrito de LA ENTIDAD CONTRATANTE.
ARTÍCULO 23.- ARREGLO DE CONFLICTOS.
LAS PARTES se comprometen a realizar sus mejores esfuerzos para resolver en forma amigable los conflictos o desacuerdos que pudieran surgir con relación al desarrollo del presente Contrato y su interpretación.
Artículo 24.- DERECHO DE ARBITRAJE.
Cualquier controversia que surja en relación con la interpretación de este Contrato o en relación con los derechos u obligaciones de cualquiera de LAS PARTES, será sometida a Arbitraje, de acuerdo al reglamento de la Corte de Arbitraje de la Cámara de Comercio y Producción del Distrito Nacional, con sujeción a las reglas que se especifican a continuación.
ARTÍCULO 25.- INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO.
El significado e interpretación de los términos y condiciones del presente Contrato se hará al amparo de las leyes de la República Dominicana.
ARTÍCULO 26.- IDIOMA OFICIAL.
El presente Contrato ha sido redactado en español, que será el idioma de control para todos los asuntos relacionados con el significado e interpretación de los términos y condiciones de este documento.
ARTÍCULO 27.- TÍTULOS. Los títulos no limitarán, alterarán o modificarán el significado de este contrato.
Artículo 28.- LEGISLACIÓN APLICABLE.
LAS PARTES acuerdan que la ejecución del presente contrato se hará de conformidad con las leyes vigentes en la República Dominicana.
ARTÍCULO 29.- ELECCIÓN DE DOMICILIO. Para los fines de ejecución del presente contrato, LAS PARTES eligen domicilio en sus respectivas direcciones más arriba consignadas.
ARTÍCULO 30.- DERECHO SUPLETORIO.- Para lo no previsto en el presente contrato LAS PARTES se remiten al derecho común.
ARTÍCULO 31.- ACUERDO INTEGRO.
El presente contrato contiene todas las estipulaciones y acuerdos convenidos entre LAS PARTES, en caso de ambigüedad, duda o desacuerdo sobre la interpretación del mismo, prevalecerá la redacción del contrato. Así mismo se establece que si alguna de las disposiciones del contrato se declarara inválida, las demás no serán afectadas y permanecerán plenamente vigentes y aplicables.
HECHO Y FIRMADO en Tres (3) originales de un mismo tenor, uno para cada una de LAS PARTES, y el otro para los fines correspondientes, en la Xxxxxx xx Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, a los [escribir en letras y números] días del mes de [-----] del año [escribir en letras y números].
POR Nombre de la Entidad POR EL(LA) CONSULTOR(A)
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