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ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO MUNICIPIO AUTONOMO DE SAN XXXX
, Z{J/tt- (J009~& OFICINA DE SECRETARIA MUNICIPAL D Cf _ _
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS~~ J 8' I. COMPARECENCIA
DE UNA PARTE: MUNICIPIO AUTONOMO DE SAN XXXX, entidad gubernamental existente al amparo de la Ley, Num . 81-1991, segun en mend ada, conocida como "Ley de Municipios Aut6nomos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico de 1991", representado en este acto por su Alcaldesa, Xxxxxx Yulln Xxxx Xxxx, mayor de edad y vecin a de San Xxxx, Puerto Rico y/o su representante autorizado(a) , en adelante denominado como el MUNICIPIO.
DE UNA SEGUNDA PARTE: RICOH PUERTO RICO, INC., es una corporaci6n con fines de lucro cuyo numero de Certificado de Incorporaci6n es 82054 e incorporada el 5 de octubre de 1992, debidamente organizada segun la Ley Num. 164-2009, segun enmendada, conocida como "Ley General de Corporaciones", representado en este acto p~r Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Gerente de Cunetas de Gobierno, mayor de edad, casado y vecino de Xxx Xxxx , Puerto Rico; cuya autorizaci6n para otorgar este contrato consta en la Resoluci6n Corporativa del 12 xx xxxxx de 2018 de la Junta de Directores de la corporaci6n, la cual se hace formar parte de este Contrato p~r referencia , denominado en adelante la SEGUNDA PARTE.
Los comparecientes se reafirman en sus circunstancias personales, antes dichas, y aseguran tener la facultad mental y lega l y autorizaci6n necesaria para suscribir, libre y voluntariamente este Contrato en el carckter que 10 hacen y estan dispuestos a demostrarlo donde y cuando fuera necesario, p~r 10 que libre y voluntariamente, con intenci6n de quedar legalmente vinculados acuerdan otorgar el presente contrato y 10 formalizan conforme a las condiciones y disposiciones que se detallan a continuaci6n .
II. JUSTIFICACION DEL CONTRATO
La Ley Num. 81-1991, segun en mend ada , conocida como Ley de Municipios Aut6nomos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, otorga a los municipios los poderes necesarios y convenientes para ejercer todas las facultades correspondientes a un gobierno local y en armonfa con las leyes y reglamentos federales y estatales que Ie son aplicables .
EI MUNICIPIO, a traves del/la Departamento/Oficina de Secretarfa Municipa l del Municipio Aut6nomo de San Xxxx, necesita contratar en arrendamiento tres (3) fotocopiadora(s) multifuncionales "Wireless" para ser utilizadas en las unidades m6viles de la Alcaldesa y Comunicaciones y otra en la Oficina del Secreta rio Municipal. A tales efectos, se solicit6 la aprobaci6n a la Junta de Subastas de este Contrato de arrendamiento financiero (lease) de sesenta (60) meses para esta(s) fotocopiadora(s). Asimismo, el dfa 14 xx xxxxx de 2018 la Junta de Subastas del Municipio Aut6nomo de San Xxxx notific6 su visto bueno a el/la Departamento/ Oficina de Secretarfa Municipal del Municipio Aut6nomo de San Xxxx . LA SEGUNDA PARTE, quien tiene Certificaci6n del Registro de Licitadores ante la Administraci6n de Servicios Generales certificandolo como Licitador bona fide para todas las agencias y municipios. Dicha notificaci6n, como cualquier otro documento relacio nado, se hace formar parte de este Contrato por referencia.
EL MUNICIPIO interesa contratar los servlclos de la SEGUNDA PARTE, a traves de la Subasta de la Administraci6n de Servicios Generales con el numero 09-3 C-14S. Los terminos y condiciones de los servicios de arrendamiento se detallan en el Acuerdo de Arrendamiento de la Administraci6n de Servicios Generales cuyo numero de subasta es 09- 3C-145.
Los comparecientes acuerdan otorgar este Contrato bajo las disposiciones de la Ley Num . 81, supra; Orden Ejecutiva Num. JS-122, Serie 2007-2008 que establece el Reglamento para el Tramite y Formalizaci6n de Contratos del Municipio Aut6nomo de San Xxxx y cua lquier otra disposici6n reglamentaria y/o estatuto que aplique al negocio jurfdico que las partes pretenden suscribir con la firma de este Contrato.
A tales efectos, ambas partes acuerdan otorgar el presente contrato y en su consecuencia 10 formalizan de acuerdo a las siguientes:
III. CLAuSULAS Y CONDICIONES
EL MUNICIPIO obtuvo de la SEGUNDA PARTE, a traves de la Subasta de Arrendamiento de Equipo de Fotocopiadoras 09-3C-145 de la Administraci6n de Servicios Generales el/ los siguiente(s) equipo(s):
3 Fotocopiadora RICOH MPC30S DIGITAL Velocidad 31PPM Blanco y Negro Velocidad 31 Color Copiado por ambos lados 1 Gavetas para carta y legal total 300 1,200 X 1,200 DPI (Copier) Printer (puede imprimir de smartphones, tablet, laptop) Wireless Fax Scanner Data Overwrite security Puerto de 'USB" y Memory Card para escanear e imprimir
Ademas, la SEGUNDA PARTE se compromete a realizar los procedimientos que se describen a continuaci6n:
Atendera con prontitud las lIamadas para servicios de reparaci6n que Ie sean requeridos p~r el MUNICIPIO. Se proveera servicio tecnico y apoyo durante horas regulares de trabajo de 7:30AM hasta 5:00PM como acostumbrado por el tecnico "on site". EI tiempo de respuesta sera de 4 a 8 horas naturales 0 menDs de ser posible y el servicio sera restaurado en un termino de veinticuatro (24) horas naturales. EI equipo sera reemplazado por un equ ipo
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similar en aquellos casas en que la reparaci6n exceda las veinticuatro (24) horas. Todo equipo que no pueda ser reparado, y asf 10 certifique el tecnico, sera reemplazado por uno igual 0 similar sin xxxxx adicional para el Municipio de San Xxxx.
Realizara las visitas de mantenimiento rutinario t omando en consideraci6n el volumen de copias producidas y cualquier otro criterio tecnico que aplique .
Proveera las piezas de reparaci6n necesarias.
Orientara al operador del equipo sobre el manejo del mi smo .
Proveera "toners" y "cartridge developers" que sean necesa xxxx a cada una de las maquinas fotocopiadoras en este Contrato con la instalaci6n.
EI xxxxx de los equipos que se describen en la c1ausula primera de este Contrato de conformidad a 10 siguiente:
Contrato de mantenimiento incluido para compart ir entre los t res (3) equipos, por el term ino del "lease" cubre todas las piezas, labor, servicios, drum, developer y toner ilimitadamente por el termino del mismo, en el area de colo r tiene derecho a imprimir 1,800 cop ias trimestrales el exceso a color a 0 .0915 xxxxx por copia y con derecho a imprimir 14,400 copias trimestrales en blanco y negro el exceso en blanco y negro es de .0122 xxxxx por copia.
IV. VIG ENCIA
Este Contrato estara vigente desde 1 1e~4e 2018 al 30 xx xxxxx de 2019. Este Contrato podra ser enmendado durante su efectividad a los f xxxx de extender la xxxxx cia y/o anadir fondos adicionales 0 anadir tareas adicional es que no fueron contemplados originalmente cuando se suscribi6 este Contrato . No obstante 10 anterior, esta intenci6n de enmienda, si alguna, estara condicionada a que el/la Departam ento /Oficina de Secreta r fa Municipal del Municipio Aut6nomo de San Xxxx, reali ce oportunamente la solicitud de enmienda, se separen y obliguen los fondos y dicha enmienda sea reg istrado en la Oficina del Contralor de Puerto Rico.
V. RETRIBUCION
EL MUNICIPIO pagara a la SEGU NDA PARTE la cantidad de Trescientos Diecise is D61ares con Veinte Centavos ($316.20) mensuales, mas mil quinientos d61ares ($1,500.00) por concepto de copias en exceso por un termino maximo de sesenta (60) meses por el arrendamiento de las fotocopiadoras . Se pagara hasta un maximo de Cinco Mil Doscientos Noventa y Cuatro D61ares con Cuarenta Centavos ($5,294.40) durante el termino de los 60 meses de arrendamiento. No obstante 10 anterior, ambas partes acuerdan que este Contrato sera renovado anualmente mediante enmienda para extender la fecha de vigencia . Disponiendose que toda renovaci6n estara sujeta expresamente a que el terminG maximo para las renovaciones anuales no excedera de cinco (5) anos y que EL MUNICIPIO cuente con dichos fondos cada ano durante el mencionado perfodo. Los fondos separados son FONDOS ORDINARIOS y seran pagaderos de la siguiente xx xxxxxxx:
·:·1000.19.2401.0000.2202.0000.000 0
EI termino de este Contrato de arrendamiento (lease) fue estab lecido por un terminG de sesenta (60) meses para los tres (3) equipo(s) desde que estes sean entregados. Para cada xxx fiscal que cubre el presente Contrato de Arrendamiento, el MUNICIPIO realizara las gestiones necesarias para obtener los fondos para el pago de las ob ligaciones acordadas en este Contrato de Arrendamiento. Si durante cualquier xxx fiscal del termino de este Contrato de Arrendamiento, no se asignan los fondos para cubrir las obligaciones aquf contra fdas por el MUNICIPIO, este Contrato se cancelara al fina l del xxx fiscal que este corriendo en ese momenta sin mas obligaci6n para las partes siempre y cuando el MUNICIPIO haya realizado todos los pagos correspondientes al xxx fiscal que este corriendo. Si los referi dos pagos mensuales y por mantenimiento no estan al dfa para el xxx f iscal que este corriendo, entonces todos los balances pendientes de pago estaran suj etos y acumularan los intereses dispuestos por la Ley Num. 25, del 8 de diciembre de 1989 conocida como "Ley para establecer un sistema de pronto pago para los proveedores de Bienes y Servicios al Gobierno" la cual establece que el Gobierno pagara intereses sobre el xxxxx ce acumulado en sus dud as.
LA SEGUNDA PARTE ha sometido certificado de relevo total de la retenci6n en el origen sobre pagos por servicios prestados por individuos (forma SC 2618 Hacienda).
LA SEGUNDA PARTE se compromete a reemplazar el equipo que no este funcionando adecuadamente de acuerdo con su " Ricoh Performance Warranty" por un equ ipo igual 0 similar al instalado.
AI finalizar el terminG de este Contrato, el MUNICI XXX tendra las siguientes opciones si notifica su selecci6n durante los sesenta (60) dfas previos a la expiraci6n del termino del arrendamiento:
EL MUNICIPIO devolvera el Equipo en el mismo estado y condici6n que Xx fuere entregado al comienzo del Contrato excepto por el desgaste y deterioro normal causado por su usa normal.
Renovar este arrendamiento financiero con los mismos terminos y condiciones aqu f dispuestos y con el pago mensual co rrespondiente para amortizar el valor en el mercado del Equipo al finalizar el termino original de este Contrato.
Comprar el equipo por su valor en el mercado.
Renovar este Arrendamiento Financiero con el valor residual del Equipo si no se ha seleccionado ninguna de las anteriores alternativas dentro de los referidos sesenta (60) dfas.
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En caso de que el MUNICIPIO no seleccione una de las anteriores opciones en el termi no provisto, al finalizar el contrato, este devolvera el equipo en el mismo estado y condicion en que Ie fue entregado, excepto por el desgaste y deterioro normal causado por su usa normal.
LA SEGUNDA PARTE entiende y reconoce que sera requisito para el cobro de los servicios 0 adquisicion de bienes mediante este contrato, la presentacion de una factura al terminar el perfodo que esta siendo facturado, donde se certifique su correccion , que los servicios fueron prestados en su totalidad 0 los bienes fueron entregados y que no se ha recibido compensacion por los mismos. Esta(s) factura(s) debera(n) ser certificadas por el funcionario municipal, como condicion previa para su pago, el cual se realizara en un termino de noventa (90) dfas, desde la fecha de la correspondiente certificacion por parte del funcionario municipal autorizado. Cualquier equipo, servicio 0 producto entregado distinto a los aquf contratados no sera eleg ible para pago.
A tales efectos, toda persona (natural 0 jurfdica ) vendra obligada a incluir en cada una de las facturas que so meta al cobro por servicios prestados 0 adquisicion de bienes, una certificacion donde se comprometa a cumplir con las Obligaciones y Responsabil idades Eticas conforme al Artfculo 3.2 de la Num . 2 del 4 de enero de 2018, seFia lando 10 siguiente:
"Bajo pena de nulidad absoluta certifi co que ningun servidor publico del Municipio Autonomo de San Xxxx es parte 0 tiene algun interes en las ganancias 0 beneficios producto del contrato objeto de esta factura y, de ser parte 0 tener interes en las ganancias 0 beneficios producto del contrato, ha mediado una dispensa previa. La unica consideracion para suministrar los bienes 0 servicios objeto del contrato ha sido el pago acordado con el representante autorizado del Municipio Autonomo de San Xxxx . EI importe de esta factura es justo y correcto. Los trabajos han sido realizados, los productos han sido entregados y los servicios han sido prestados, y no se ha recibido pago por ellos."
Asf tambien, LA SEGUNDA PARTE se compromete y obliga a no establecer ni requerir a su personal, contratista, ni suplidores, clausulas de no competencia que operen en contra de EL MUNICIPIO ni establecer prohibiciones para que estes no puedan contratar directamente con EL MUNICIPIO siempre que ello no conlleve una situacion de conflicto de interes. Disponiendo las partes que, en caso de que LA SEGUNDA PARTE haya incluido alguna clausula de esta fndole en alguna contratacion, se encargara de realizar todas las gestiones necesarias para informarlo a su personal, contratista y suplidores, entre otros y dejarla sin efecto. Independientemente de ello, LA SEGUNDA PARTE tambien manifiesta , reconoce y ace pta que, en la eventualidad de no realizar las gestiones para asf hacerlo, se compromete a no poner en efecto dichas clausulas ni levantara ningun reclamo ni defensa relacionado, con alguna clausula de "no competencia" frente a EL MUNICIPIO su personal, contratistas ni suplidores entre otros.
LA SEGUNDA PARTE certifica tener la capacidad economica y liquidez para presta r el servicio aquf pactado y/o mantener la operacion de su negocio . Si LA SEGUNDA PARTE intenta, solicita 0 requiere obtener el pago por los servicios aquf prestados antes del termino estab lecido por el presente contrato se entendera que esta reconociendo su incapacidad economica pa ra prestar los servicios de este contrato. Lo anterior sera causa suficiente para que EL MUNICIPIO rescinda el contrato y/o podra ejercer la opcion de buscar de inmediato alternativas para sustituir a LA SEGUNDA PARTE, incluyendo la contratacion directa con los contratistas, suplidores y empleados de LA SEGUNDA PARTE, conforme la clausula de no competencia antes pactada .
Ademas, debera someter junto a la factura el Informe Mensual de Actividades Realizadas por el contratista, al igual que todas las hojas de servicio firmadas por el representante autorizado del MUNICIPIO. A tales efectos, toda persona (natural 0 jurfdica ) vendra obligada a inclu ir en cada una de las facturas que someta al cobro por servicios prestados 0 adquisicion de bienes, una certificacion donde indique haber cumplido con la Orden Ejecutiva Num. JS-036, Serie 2000-2001 y el Reglamento Num. 8873, seFialando 10 siguiente:
Segun dispone la Orden Ejecutiva Num. JS-036, Serie 2000-2001, certifico que:
"Ningun servidor publico del Municipio Autonomo de San Xxxx, sera parte 0 tendra algun interes en las ganancias 0 beneficios producto del contrato objeto de las facturas y de ser parte 0 tener interes en las ganancias 0 beneficios producto del contrato, debe haber mediado una dispensa de conformidad con la Ley Num. 12-985, segun enmendada. La unica consideracion para sumin istrar los bienes 0 servicios objeto de los contratos sera el pago acordado con el representante autorizado del Municipio Autonomo de San Xxxx . EI importe de las facturas sera el justo y correcto".
De conformidad con el Reglamento Num. 8873, aprobado por la Oficina del Comisionado de Asuntos Municipales, conocido como "Reglamento para la Administracion Municipal de 2016", certifico que:
"Bajo pena de nulidad absoluta certifico que ningun servidor publico de Municipio Autonomo de San Xxxx es parte 0 tiene algun interes en las ganancias 0 beneficios producto del contrato objeto de esta factura y de ser parte 0 tener inten§s en las ganancias 0 beneficios del contrato, ha mediado una dispensa previa. La unica consideracion para suministrar los bienes 0 servicios objeto del contrato ha sido el pago acordado con el representante autorizado del Municipio Autonomo de San Xxxx. EI importe de esta factura es justo y correcto. Los servicios han sido prestados y no han sido pagados".
Clausula de no competencia: Asf tambien, LA SEGUNDA PARTE se compromete y obliga a no establecer ni requerir a su personal, contratista, ni suplidores, clausulas de no com petencia que operen en contra de EL MUNICIPIO ni establecer prohibiciones para que estes no pueda n contratar directamente con EL MUNICIPIO siempre que ello no conlleve una situacion de confl icto de interes. Disponiendo las partes que, en caso de que LA SEGUNDA PARTE haya incluido alguna clausula de esta fndole en alguna contratacion, se encargara de realizar todas las gestiones necesarias para informarlo a su personal , contratista y suplidores, entre otros y deja ria sin efecto. Independientemente de ello, LA SEGUNDA PARTE tambien manifiesta , reconoce y acepta que, en la eventualidad de no realizar las gestiones para asf hacerlo, se compromete a no poner en efecto dichas clausulas ni levantara ningun reclamo ni defensa relacionado, con alguna clausula de "no competencia" frente a EL MUNICIPIO su personal, contratistas ni sup lidores entre otros.
Clausula para certificar capacidad economica: LA SEGUNDA PARTE certifica tener la capacidad economica y liquidez para prestar el servicio aquf pactado y/o mantener la operacion de su negocio. Si LA SEGUNDA PARTE intenta, solicita 0 requiere obtener el pago por los servicios aquf prestados antes del termino establecido por el presente contrato se entendera que esta reconociendo su incapacidad economica para prestar los servicios de este contrato. Lo anterior
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sera causa suficiente para que EL MUNICIPIO rescinda el contrato y/o podra ejercer la opcion de buscar de inmediato alternativas para sustituir a LA SEGUNDA PARTE, inciuyendo la contratacion directa con 105 contratistas, suplidores y empleados de LA SEGUNDA PARTE, conforme la ciausula de no competencia antes pactada.
VI. CUMPLIMIENTO XX XXXXX 0 DISPOSICIONES ESPECIALES
EL MUNICIPIO asume el riesgo por cualquier perdida, robo, destruccion 0 dana aI/los Equipo(s) por cualquier causa exceptuando aquella perdida 0 dana que sea producto del mere pasar del tiempo 0 resultado de la exciusiva negligencia de la SEGUNDA PARTE. De conformidad con la xxxxxxxx del descrito riesgo, cualquier perdida 0 dana cubierta por seguro releva al MUNICIPIO del pago mensual de amortizacion del principal y de cualquier otra obligacion de este Contrato cuyo pago este al dfa al momenta de ocurrir la perdida 0 el dano. EL MUNICIPIO obtendra la cubierta de seguro correspondiente para cubrir este riesgo, y de 10 contrario, pagara de sus propios fondos para solventar esta obligacion .
EL MUNICIPIO no podra, sin el consentimiento previo de la SEGUNDA PARTE, ceder, transferir, gravar 0 hipotecar de forma alguna disponer del Equipo objeto de este Contrato 0 cualquier interes en ei/los equipo(s) , 0 subarrendar 0 prestar el Equ ipo 0 perm itir su uso por cualquier persona 0 entidad que no sea el MUNICIPIO 0 sus empleados.
Las partes acuerdan que cualquier programa 0 sistema desarrollado 0 modifi cado bajo este Contrato sera propiedad exciusiva del MUNICIPIO, el codigo y la version ejecutable.
LA SEGUNDA PARTE afirma que entiende y acepta como su un ica y exciusiva responsabilidad por cualquier acto contrario a la moral, las leyes, la polftica publica, incluyendo hostigamiento sexual, 0 por actos de indisciplina que ella 0 alguno de sus empleados pueda lIevar a cabo durante la ejecucion de las labores derivadas de este Contrato.
LA SEGUNDA PARTE certifica y garantiza que:
Ningun(a) servidor publico de esta agencia ejecutiva tiene interes pecunlano en este Contrato, compra 0 transaccion comercial, y tampoco ha tenido en los ultimos cuatro (4) anos directa 0 indirectamente interes pecunia rio en este negocio.
Ningun(a) servidor publico del MUNICIPIO solicito 0 acepto directa 0 indirectamente, para el (ella), para algun miembro de su unidad familiar 0 para cualquier persona, regalos, gratificaciones, favores, servicios, donativ~s, prestamos 0 cualquier otra cosa de va lor monetario.
Ningun(a) servidor publico solicito 0 acepto bien alguno de valor economico, v inculados a esta transaccion, de persona alguna de la entidad como pago por realizar los deberes y responsabilidades de su empleo.
Ningun(a) servidor publico solicito, directa 0 indirectamente, para el (ell a) , para algun miembro de su unidad familiar, ni para cualquier otra persona, negocio 0 entidad, bien alguno de valor economico, incluyendo regalos, prestamos, promesas, favores 0 serv icios a cam bio de que la actuacion de dicho servidor(a) publico(a) este influenciada a favor de la SEGUNDA PARTE.
No tiene relacion de parentesco, dentro del cuarto grado de consang uinidad y segundo por afinidad, con ningun servidor(a) publico(a) que tenga facultad para in fl uenciar y participar en las decisiones institucionales de este municipio .
LA SEGUNDA PARTE certifica que el, ni ninguno de sus socios, accionistas, directores ha sido convicto de delito grave, ni menos grave, ni se decla rado culpable en el foro federa l 0 estatal de aquellos delitos constitutivos de fraude, malversacion de fondos 0 apropiacion ilegal de fondos publicos, como 10 dispone la Ley. Num. 2-2018, segun enmendada. LA SEGUNDA PARTE entiende y reconoce que en la eventualidad que resulte culpable de algunos de los delitos que se indican en el inciso anterior, de algun delito contra el erario, la fe y funcion publica, 0 que envuelva fondos 0 propiedad publica, ya sean estatales 0 federa les; el contrato sera rescindido sin necesidad de notificacion segun 10 dispone el contrato.
LA SEGUNDA PARTE certifica que no es pariente de la Alcaldesa del Municipio Autonomo de San Xxxx, del Presidente 0 el Secreta rio de la Legislatura Municipal, ni de ningun funciona rio nombrado por la Alcaldesa que haya requerido la confirmacion de la Legislatu ra Municipal; al igual que de ningun director 0 jefe de division, oficina, programa 0 proyecto del Municipio Autonomo de San Xxxx 0 de cualquier sociedad 0 consorcio, Corporaci on Municipal creada en virtud del Artfculo 17.001 de la Ley 81-1991, segun enmendada, conocida como la Ley de Municipios Autonomos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, 0 cualquier otra entidad jurfdica que Ie someta a la Alcaldesa 0 al Presidente de la Legislatura Municipal recomendaciones sobre nombramientos . De ser pariente de la Alcaldesa xxx Xxx icipio Autonomo de San Xxxx, del Presidente 0 el Secreta rio de la Legislatura Municipal 0 de algun director 0 funcionario de division, debera notificarlo a la Unidad Administrativa 0 Departamento que contrata los servicios profesionales para que solicite a la Oficina de Administracion de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Municipio Autonomo de San Xxxx la otorgacion de una dispensa previo a la formalizacion del contrato . En caso que se incumpla con esta disposicion contractual, el MUNICIPIO, podra resolver el contrato no siendo necesaria la mencionada notificacion previa.
LA SEGUNDA PARTE certifica que al momenta de suscribir este Contrato, ha cumplido con la entrega de cada uno de estos documentos y no tiene deudas pendientes, esta exenta 0 t iene un plan de pago, en cuanto a 10 siguiente:
Ha rendido sus planillas de contribuciones sobre ingresos y de patentes municipales durante los cinco (5) anos previos a este Contrato y por el ano corriente ;
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No tiene deudas por tales conceptos, por contribucion sobre la propiedad mueble 0 inmueble o por cualquier otro tipo de contribucion, arbitrio 0 licencia con el Estado Libre Asociado de Puerto Rico con algun municipio;
Que ha pagado las correspondientes contribuciones al Seguro por Desempl eo, Seguro por incapacidad No Ocupacional Temporera, al Seguro Social para Choferes y Otros Empleados y la Poliza del Fondo del Seguro del Estado, (Ia(s) que aplique(n), si alguna ) 0 se encuentra acogido a un plan de pago con cuyos terminos y condiciones esta cumpliend o;
No tiene deuda por concepto del pago xx xxxxxx del Fondo del Seguro del Estado;
No esta obligado(a) a pagar una pension de alimentos y que de estarlo, al presente no adeuda cantidad alguna por tal concepto; 0 esta acogido(a) a un plan de pago cuyos termi nos cumple fielmente; segun 10 dispone la Ley Num. 5 del 30 de diciembre de 1986, segun enmendada. Asimismo, de ser aplicable, certifica que cumple con las ordenes emitidas por la Administracion de Sustento de Menores (ASUME), a su nombre com o patrono para retener xxx xxxxxxx de sus empleados;
No tiene ningun tipo de deudas con el Gobierno de Puerto Rico ni con el MUNICIPIO, 0 de tener alguna deuda se encuentra acogido a un plan de pago, con la cual esta cumpliendo cabalmente;
LA SEGUNDA PARTE certifica que ni el, ni ninguno de sus socios, accionistas y directores ha sido convicto de delito grave, ni menos grave, ni ha sido declarado culpable en el foro federal 0 estata l de aquellos delitos constitutivos de fraude, malversacion de fondos 0 apropiacion ilegal de fondos publicos, y que presento declaracion jurada, a tales efectos, segun 10 dispone la Ley Num. 2-2018.
LA SEGUNDA PARTE entiende y reconoce que el cumplimiento estricto de la clausu la anterior es una condicion esencial del presente contrato, y de no ser correcta en todo 0 en parte la anterior certificacion, sera causa suficiente para que la parte contratada tenga que reintegrar a la parte contratante toda suma de dinero recibida bajo este Contrato y el MUNICIPIO podra resolver el contrato no siendo necesaria la mencionada notificacion previa .
LA SEGUNDA PARTE entiende y reconoce que en aquellos casas que aplique, la vigencia del presente contrato estara condicionada a la presentacion de todas las certificaciones exig idas por ley para el otorgamiento del mismo y que no se emitira pago a su favor hasta tanto las presente. No obstante, la SEGUNDA PARTE, entiende que debera acredita r ante la Unidad Administrativa evidencia de haber solicitado laCs) certificacion(es) exigida(s) por disposicion xx xxx. De no presentarlas dentro de treinta (30) dfas siguientes a la firm a del contrato, el mismo se dara por resuelto sin necesidad de notificacion previa de conformidad con la ca rta Circular Num. 1300-25-98 emitida por el Departamento de Hacienda.
LA SEGUNDA PARTE tambien reconoce, que de tener deudas con alguna dependencia del Gobierno Estatal 0 Municipal, podra continuar prestando sus servicios, siempre que este acogido a un plan de pago y este cumpliendo cabalmente con el mismo. De no estar acog ido a un plan de pago, la SEGUNDA PARTE, expresamente consiente bajo este Contrato a que el MUNICIPIO Ie retenga el importe total de la deuda de cualquier suma Ifquida y exig ible de dinero que devengue bajo este Contrato.
LA SEGUNDA PARTE se compromete a mantener sus cuentas con el MUNICIPIO al dfa en 10 relativo al pago de patentes y por cualquier otro concepto.
Que esta exenta de cumplimiento de todos 0 alguno (5) de los antes mencionados requisitos, 10 cual debera evidenciar mediante certificacion negativa expedida por la agencia pertinente, o mediante declaracion jurada suscrita ante notario publico, exponien do las razones por las cuales no esta obligado a cumplir con el/los mismo(s).
Se compromete a cumplir estrictamente las disposiciones de la Ley Num. 84-2002, mediante la cual se establece el Codigo de Etica para Contratistas, Suplidores y Solicitantes de Incentivos Economicos de las Agencias Ejecutivas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
Expresamente se reconoce que estas son condiciones esenciales para este Contrato, por 10 que de no ser correcta en todo 0 en parte la anterior certificacion , ello sera causa suficiente para que el MUNICIPIO pueda dejar sin efecto el mismo y la SEGUNDA PARTE tendra que reintegrar al MUNICIPIO toda suma de dinero recibida bajo este Contrato.
LA SEGUNDA PARTE se obliga adem as, como condicion necesaria para este Contrato, a presentar todas aquellas certificaciones, relevos y documentos que acrediten su situacion contributiva que Ie sean requeridas por el MUNICIPIO 0 su representante autorizado(a). Disponiendose que tales certificaciones, relevos y documentos formaran parte del presente contrato por referencia.
LA SEGUNDA PARTE certifica que ni el, ni ninguno de sus socios, accionistas y directores ha sido convicto de delito grave, ni menos grave, ni ha sido declarado culpable en el foro federa l o estatal de aquellos delitos constitutivos de fraude, malversacion de fondos 0 aprop iacion ilegal de fondos publicos, y que presento declaracion jurada, a tales efectos, segun 10 dispone la Ley. Num. 2-2018, segun enmendada.
LA SEGUNDA PARTE no podra subcontratar, ceder, 0 de cualquier forma traspasar los derechos y obligaciones especificados en este Contrato, sin la debida autorizacion expresa y escrita de un funcionario(a) autorizado(a) por el MUNICIPIO. EL MUNICIPIO podra denegar tales solicitudes de subcontratacion, cesion 0 traspaso, sin necesidad de comunicar a la SEGUNDA PARTE causa justificada para asf hacerlo . LA SEGUNDA PARTE conviene en no asignar, transferir 0 de otra manera disponer del Contrato 0 de su derecho, tftulo 0 interes en el mismo 0 de su poder para ejecutarlo sin el consentimiento por escrito del MUNICIPIO. En caso que se incumba con esta disposicion contractual, el MUNICIPIO, podra resolver el contrato no siendo necesaria la mencionada notificacion previa.
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LA SEGUNDA PARTE extiende y reconoce que sera responsabl e de emitir la aportacion individual del pago que Ie corresponde al Negociado xx Xxxxxx Internas Federa l, la Oficina del Seguro Social y cualquier otra aportacion que por ley tenga que hacer.
Ninguna prestacion 0 contraprestacion objeto de este Contrato podra exigirse hasta tanto el mismo no se haya firmado por ambas partes y presentado para registro en la Oficina del Contralor de Puerto Rico, a tenor con 10 dispuesto en la Ley. Num . 18-1975, segun enmendada. De la misma forma, no se continuara brindando servicios bajo este Contrato a partir de su fecha de vencimiento, excepto que a la fecha de expiracion exista una enmienda firmada por ambas partes y debidamente registrada.
VII. DISPOSICIONES GENERALES
Toda notificacion entre las partes se entendera bien hecha si se not if ica por correo certifi cado y acuse de recibo a las direcciones que siguen :
MUNICIPIO AUTONOMO DE SAN JUA N Secretarfa Municipal POBox 9024100 San Xxxx, P R 00000-0000 Tel. (787) Fax . (787) Email :
A la SEGUNDA PARTE se Ie notificara sobre toda correspon dencia de fndole tecnica , contractual 0 administrativa, a la siguiente direccion:
National Xxxxx Xxxxx xx Xxxx 000, Xxxxx 0000 Xxx Xxxx, Xxxxxx Xxxx 00000 Tel. (000) 000-0000 Fax. (787) 641 -8899 Email:
LA SEGUNDA PARTE reconoce que este Contrato no 10 constituye en agente, representante o empleado del MUNICIPIO para proposito alguno y que es un co nt rat ista independ iente, por 10 que no tendra derecho a ninguno de los beneficios marginales que corresponden a los empleados del MUNICIPIO, ni podra reclama r pago por concepto de gastos de viaj es, ni dietas, ni por ningun otro gasto incurrido en el descargo de sus fu nciones y gestiones bajo este Contrato.
EI desempeno negligente de sus funciones, servicio 0 el abandono de estas por la SEGUNDA PARTE, se considerara una violacion a este Contrato y sera causa suficiente para que el MUNICIPIO 10 declare terminado y quede re levado de toda obligacion y responsab il idad bajo el mismo. Queda expresamente convenido que la SEGU NDA PARTE completara cu alquier trabajo que quede pendiente al momenta de la reso lucion , sin que ello el MU NICIPIO venga obligado a pagar a la SEGUNDA PARTE retribucion 0 compensaci on adi cional sobre el mismo.
LA SEGUNDA PARTE sera responsable por cualesquiera danos y perj uicios ca usados por el desempeno negligente 0 el abandono de las obligaciones asum idas bajo este Contrato y releva asf de cualquier obligacion y responsabilidad al Municipio .
EL MUNICIPIO no sera responsable de todo gasto incidenta l ordinario, en que sea necesario incurrir en gastos para el tramite de los trabajos 0 servicios contratados. No obstante 10 anterior, ambas partes acuerda que, de surgir la necesidad de servicios adicionales y/o gastos extraordinarios, la SEGUNDA PARTE habra de requerir la aprobacion dei/ia Director(a) del/la Departamento IOficina de Secretarfa Municipa l del Municipio Autonomo de San Xxxx 0 su representante autorizado(a) para incurrir en dichos servicios adicionales y/o extraord inarios que no fueron contemplados en este Contrato . Esta aprobacion debera constar por escrito , segun 10 dispone la clausula 7 .1 de este Contrato. EL MUNICIPIO no sera responsa ble de ningun gasto u obligacion frente a esta(e) 0 terceros, por servicios que hayan side adquiridos sin que media dicha notificacion. A tales efectos, de incurrirse, la SEGUNDA PARTE sera responsable a su entero riesgo y tam poco tendra derecho al reembolso de gastos, sa lvo aquellos que espedficamente sean previamente autorizados, segun se dispone en esta clausula .
LA SEGUNDA PARTE certifica que de tener contrato con otra Agencia de Gob ierno, Municipios, Corporaciones Publicas 0 cualquier Instrumentalidad del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, los mismos no confligen en forma alguna con las clausulas y disposiciones de este Contrato.
Las disposiciones y obligaciones contenidas en este Contrato no lim itan la facu ltad de la SEGUNDA PARTE de Ilevar a cabo negocios Ifcitos como cualquier ot ra persona de negocios . No obstante 10 anterior, la SEGUNDA PARTE, se obliga a no entra r en ningun otro tipo de negocio jurfdico que pudiera resultar en un posible conflict o de interes con el MUNICIPIO.
LA SEGUNDA PARTE releva de toda responsabil idad al MUNICIPIO ante cua lquier reclamacion, pleito, demanda, querella 0 denuncia que se presente relaci onada con los servicios objeto de este Contrato por terceras personas, incluyendo agentes, representantes, empleados u oficiales de las propias partes. Esta exoneracion y relevo se interpretara de la forma mas razonable posible para el MUNICIPIO, incluyendo el relevo de pago de sentencia, penalidad, multa, intereses 0 transaccion, as! como los gastos de litigio honorarios, costas y gastos de abogado . EL MUNICIPIO no tendra responsabilidad , di recta 0 indirecta, por cualquier perdida 0 dano que pueda sufrir cualquier persona natu ral 0 jurfdica por los servicios u operaciones que nacen de este Contrato, irrespectivamente de que se pueda alegar que el MUNICIPIO es responsable de los mismos.
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Este Contrato constituye el unico acu erdo entre las partes sobre los servlclos descritos anteriormente y deja sin efecto cualquier otro acuerdo anterior, negociaciones, entendidos y otros asuntos, sean escritos 0 verbales, sobre 10 acordado en este Contrato .
EI/La Director(a) del/la Departamento/Oficina de Secreta rfa Municipal del Municipio Autonomo de San Xxxx CERTIFICA que la Oficina esta facultada, de conformidad con las disposiciones de la Ley 81-1991, segun enmendada , conocida como la Ley de Municipios Autonomos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y la Orden Ejecutiva JS-122, Serie 2007-2008, que crea el Reglamento de Contratos del Municipio de San Xxxx, para poder efectuar este Contrato. Ademas, certifica la legalidad, exactitud, correccion y propiedad de todos los gastos que se autorizan para el pago de la obligacion que las partes se obligan con el presente contrato y, ademas, de todos los documentos que se hacen formar parte de este Contrato asi como de sus anejos.
EI/La Director(a) del/I a Departamento/Oficina de Secretarfa Municipal del Municipio Autonomo de San Xxxx CERTIFICA que los fondos para cumplir con el pago de la obligacion que se genera con la otorgacion de este Contrato, estan contemplados dentro de la peticion presupuestaria que fuera presentada por esta unidad administrativa a la Legislatura Municipa l de San Xxxx y que se pagara de la partida presupuestaria que se dispone en este Contrato.
Certifico ademas, que una vez esten disponibles los fondos para el xxx fiscal 2018-20 19, se habra de realizar la correspondiente separacion de fondos en el sistema financiero "Oracle" del Municipio Autonomo de San Xxxx . No obstante 10 anterior, nos reservamos el derecho de enmendar esta Certificacion en cualquier momenta posterior a su otorgamiento, para disponer sobre cualquier ajuste y/o cambio en el numero xx xxxxxxx presupuestaria 0 en la cantidad asignada al contrato de epigrafe, a los fines que garantice la separacion de fondos, el numero xx xxxxxxx, la cantidad separada y la fecha de obligacion. Asimismo, disponemos que orientemos al contratista que la firma de este Contrato y su registro, estara condicionado a la separacion y obligacion de la cantidad de este Contrato .
Ambas partes garantizan que ningun funcionario, agente 0 emplea do del MUNICIPIO que haya ejercido funciones 0 tenga responsabilidad en la planificacion y desarrol lo de la obra a realizarse, tiene interes personal 0 f inanciero , directa 0 indirectamente, en este Contrato.
LA SEGUNDA PARTE certifica que la persona (en la eventualidad que sea una persona jurfdica ninguno de sus accionistas, socios, oficiales, principales, empleados, subsidiarias 0 companias matrices) no ha sido convicta en la jurisdiccion estatal 0 federal por ninguno de los mencionados delitos. Ademas, este(a) entiende y reconoce que tiene un deber de informar y sera de naturaleza continua durante todas las etapas de contratacion y ejecucion del contrato.
LA SEGUNDA PARTE certifica que la persona (natu ral 0 jurfdica) no ha cometido ningun delito contra el erario, la fe 0 funcion publica, contra el ejercicio gubernamental, 0 que involucre fondos 0 propiedad publica en el ambito federal 0 estatal ; dentro de los diez anos previos a la formalizacion del contrato ; segun 10 dispone la Carta Circular Num. 2009-001 del 9 xx xxxxx de 2009 del Secreta rio de Justicia.
LA SEGUNDA PARTE entiende y reconoce que en la eventualidad que resulte culpable de algunos de los delitos que se indican en el inciso anterior, de algun delito contra el erario, la fe y funcion publica, 0 que envuelva fondos 0 propiedad publica, ya sean estatales 0 federales; el contrato sera rescindido sin necesidad de notificacion segun 10 dispone el contrato.
Conforme a los derechos y las normas que rigen la contratacion gubernamental, los comparecientes, toman conocimiento de que no se prestara servicio alguno, ni comenzara la efectividad del contrato hasta tanto no se haya f irmado por ambas partes. De la misma forma, no se continuara dando servicios ni continuara la efectividad del contrato a partir de su fecha de vencimiento. De igual modo, queda expresamente prohibido que ningun funcionario del MUNICIPIO, podra solicitar la prestacion de servicios algu no a la SEGUNDA PARTE en viola cion a las disposiciones de esta c1ausula; ya que de este(a) hacerlo estarfa actuando sin autoridad legal alguna para ello y, espedficamente, la SEGUNDA PARTE no podra solicitar pago de los servicios prestados 0 reembolso de gastos.
Ninguna prestacion 0 contraprestacion objeto del contrato podra eXlglrse hasta tanto el mismo se haya presentado para registro en la Oficina del Contralor a tenor con 10 dispuesto en la Ley Num. 18-1975, segun enmendada.
Conforme el Reglamento Numero 8071, de 7 de septiembre de 2011, conocido como "Reglamento Sobre Contratos Gubernamentales de Financiamiento 2011", creado en cumplimiento con la Ley Num. 265 de 3 de septiembre de 2003, conocida como la Ley para Reglamentar Ciertos Contratos Gubernamentales de Financiamiento y Arrendamiento de Bienes Muebles, dispone en su Articulo 4 (b), que los contratos de financiamiento que trabajen los municipios estaran exentos de la aprobacion del Banco Gubernamental de Fomento, siempre y cuando : la fuente principal de fondos para el repago del Contrato de Financiamiento no provenga de asignaciones presupuestarias del Fondo General. Ademas, Ie impone al Municipio la responsabilidad de que dicho Contrato, incluya las siguientes clausulas conforme el Articulo (8-b) (ii) Y (iii) del Reglamento, supra, que son las siguientes:
(ii) Cesi6n. Los derechos adquiridos bajo este Contrato de Financiami ento no podran cederse sin la autorizacion previa, por escrito, excepto que no sera necesario obtener la autorizacion previa/, por escrito, del Banco Gubernamental de Fomento para Puerto Rico si la cesion y /0 asignacion de los derechos adquiridos bajo este Contrato de Financiamiento es a favor de una compania matriz, subsidiaria 0 afiliada de la Entidad Privada cedente . Si los derechos adquiridos bajo este Contrato de Financiamiento se ceden y/o asignan sin la previa aprobacion del Banco Gubernamental de Fomento para Puerto Rico, dicha cesion y/o asignacion sera anulable, segun dispone la Ley Num. 265- 2003.
(iii) No constituye deuda del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Las obligaciones contraidas bajo las disposiciones de este Contrato de Financiamiento no se consideraran
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obligaciones del Estado Libre Asociado de Puerto Rico para el pago de los cuales la buena fe, el cn§dito y el poder de imponer contribuciones del Estado Libre Asociado de Puerto Rico estan empenados .
VIII. CLAuSULAS DE CONFIDENCIALIDAD
En virtud de la Ley Num . 243-2006, conocida como "Ley de la Polftica Publ ica sobre el Uso del Numero de Seguro Social como Veri ficacion de Identificacion", el MU NICIPIO se compromete a no difundir, desplegar ni revelar el numero de Seguro Social Federal utilizado para la identificacion de la SEGUNDA PARTE para otros fines no permitidos por ley y a hacer ilegible el mismo, en caso de que se provea a alguna persona natural 0 jurfdica cop ia del presente contrato.
LA SEGUNDA PARTE certifica que entiende que toda informacion recopilada producto de su trabajo, durante el termino del contrato, asf como informacion de facturacion, es propiedad del MUNICIPIO y de fndole confidencial, por tal razon se prohfbe la reproduccion total 0 parcial, divulgacion y/o distribucion de informacion por cualquier medio ya sea oral, escrita 0 de manera electronica a cualquier persona, firma u organizacion y/o terceras personas, sin autorizacion previa del MUNICIPIO . La violacion de esta clausula de confidencialidad dara lugar a la terminacion inmediata del contrato, sin que con esto se entienda renunciado el derecho del MUNICIPIO de ejercer accion legal correspondiente.
IX. CLAuSULAS RESCISORIAS 0 RESOLUTORIAS
EI comportamiento indebido de la SEGUNDA PARTE, que atente contra la ley, la moral y el orden publico, sera causa suficiente para resolver el mismo, no siend o necesaria la men cion ada notificacion previa . EI incumplimiento reiterado con los termin os del contrato igualmente dara paso a su terminacion inmediata . Ambas partes, mediante mutuo acuerdo, podran rescindir este Contrato en cua lquier momenta durante su vigencia, con efecto inmediato. A los fines de activar esta clausula , sera necesario cursar una noti fi cacion escrita , conforme a 10 establecido en la 7 .1 de este Contrato.
EL MUNICIPIO podra, aSlmlsmo, resolver inmediata mente este Contrato, sin previa notificacion, en cualquiera de las siguientes ci rcunstancias :
La violacion de la SEGUNDA PARTE de cualquiera de los terminos 0 condiciones del contrato;
En cualquier momento cuando la SEGUNDA PARTE lIeve a cabos actos que resulten en neg ligen cia, abandono de deberes 0 incumplimiento del contrato , segun descrito anteriormente;
Incurrir en cualquier accion u omision que atente contra la ley, la moral 0 el orden publico;
En la eventualidad que LA SEGUNDA PARTE 0 uno de sus directores fuere convicto en la jurisdiccion estatal 0 federal por alguno de los delitos que Ie inhabilitan para contratar bajo el Artfculo 3.4 de la Ley Num. 2 de 4 de enero de 2018, y cuyo resultado afectare directa 0 indirectamente los derechos y obligaciones del contrato, estara obligado a xxxx xxxxxx todos los fondos publicos que por razon del contrato EL MUNICIPIO Ie haya desembolsado . De igual forma, tendra efecto resolutorio el que advenga a conocimiento de EL MUNICIPIO que LA SEGUNDA PARTE 0 cualquiera de sus directores 0 accionistas haya sido convicto de los delitos mencionados en el citado Artfculo 3.4, a saber :
"Cualquier persona, sea natural 0 jurfdica, que haya sido convicta por: infraccion a los Artfcu los 4.2, 4 .3 0 5.7 de la Ley 1-2012, conocida como "Ley Organica de la Oficina de Etica Gubernarnenta l", por infraccion a alguno de los delitos graves contra el ejercicio del cargo publico 0 contra los fon dos publicos de los contenidos en los Artfcu los 250 al 266 de la Ley 146-2012, segun enmendada, conocida como "Codigo Penal de Puerto Rico", por cualquiera de los delitos tip ificados en este Codigo 0 por cualquier otro delito grave que involucre el mal uso de los fondos 0 propiedad publica, incluyendo sin limitarse los delitos mencionados en la Seccion 6.8 de la Ley 8-201 7, estara inhabilitada de contratar 0 licitar con cua lquier agencia ejecutiva del Gobierno de Puerto Rico por el termino aplicable bajo el Artfculo 6.8 de la Ley 8-2017. Cuando no se disponga un termin~, la persona quedara inhabilitada por diez (10) anos contados a partir de la fecha en que term ine de cumplir la sentencia ."
X. CLAuSULAS DE SEPARABILIDAD
Las partes acuerdan que las clausulas y condiciones de este Contrato son independientes y separadas entre sf y que la nulidad de una 0 mas clausulas no afectan la validez de las demas, las cuales se reputaran y consideraran v igentes.
Si cualquier palabra, frase, oraClon, inciso, subseccion, secClon, clausula, topico 0 parte del contrato fuera impugnada por cualquier razon ante un Tribunal y declarada inconstitucional 0 nula, tal sentencia no afectara, menoscabara 0 invalidara las restantes disposiciones y partes del contrato, sino que su efecto se limitara a la palabra, frase, oracion , inciso, subseccion, seccion, clausula, topico 0 parte asf declarada y la nulidad 0 invalidez de cualquier palabra, frase, oracion, inciso, subseccion, seccion, clausula, top ico 0 parte en algun caso especffico no afectara 0 perjudicara en senti do alguno su aplicacion 0 validez en cualq uier otro caso, excepto cuando especffica y expresamente se invalide para todos los casos .
XI. INTERPRETACI6N DEL CONTRATO
Este Contrato sera interpretado de conformidad con las leyes del Estado Li bre Asociado de Puerto Rico y la jurisp rudencia aplicable .
XII. CONFORMIDAD DE LAS PARTES
Los comparecientes reconocen que este Contrato esta redactado de conformidad con 10 convenido y que el mismo contiene los acuerdos tomados por las partes .
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12.2 Ambas pa rtes garantizan que ningun funcionario, agente 0 empleado del MUNICIPIO que haya ejercido funciones 0 t enga responsabi lidad en la planificacion y desarrollo de la obra a realizarse, tiene interes personal 0 f inanciero, directa 0 indirectamente, de este Contrato.
XIII. ORDEN ElECUTIVA M.S.l. 180, SERlE 2012-2013
13 .1 De conformidad con la Orden Ejecutiva M.S.J. 180, Serie 2012-2013, certificamos que:
"LAS PARTES se comprometen a no discriminar contra ningun empleado 0 candidato a empleo relacionado con este Cont rato por motivo de raza, color, genera, edad, creencia relig iosa, nacimiento, origen 0 identificacion etnica 0 nacional, ideologfa polftica, incapacidad ffsica 0 mental, condicion socioeconomica, haber sido vfctima de vio lencia domestica, status de veterano, orientacion sexual, identidad de genera 0 estatus migratorio 0 marital de las partes. De igual forma, se comprameten a promover un ambiente libre de hostigamiento sexual."
CERTIFICO haber lefdo este Contrato en t odas sus partes y la necesidad de celebrar el mismo para cum pl ir con las necesidades pragramaticas de nuestra Un idad Administrativa.
Y PARA QUE AS! CONSTE, para todos los f xxxx xxxx les pertinentes, ratifican y firman el presente contrato, estampando, ademas, sus iniciales al margen izquierdo de todas y cada una de las paginas deo resente contra~s Addenda (si alguna) . Firmado e inicialado en San Xxxx, Puerto Rico, hoy q _ de . ~ de 2018. I
EL MUNICIPIO
Xxxxxx Yulfn Xxxx Xxxx Alcaldesa Municipio Autonomo de San Xxxx y/o Representante autorizado(a) Identificacion patranal
y/o
~ ~~ Xxxxxxx X. Xxxxx Xxxxxxxx Representante Autorizado Municipio Autonomo de San Xxxx Identificacion patronal
LA SEGUNDA PARTE
~ Nombre: D'xxxxx Xxxxx Xxxxxxx Representa nte Autorizad o(a) Nombre de la Enti dad : Ricoh Puerto Rico, In. Num. Id. Xxx xxxxx :