PREESCOLAR Y PRIMARIA
INSTITUTO XXXXX XXXXXXXXX
CONTRATO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ENSEÑANZA 2016
CONTRATO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ENSEÑANZA 2017
PREESCOLAR Y PRIMARIA
INSTITUTO XXXXX XXXXXXXXX
CONTRATO #
CONTRATO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ENSEÑANZA 2017
Entre los suscritos a saber, el centro educativo conocido como INSTITUTO XXXXX XXXXXXXXX reconocido mediante resuelto Nº 10 del 18 de enero de 1954, proferido por el Ministerio de Educación de la República de Panamá, con domicilio en Brisas del Golf, Corregimiento Xxxxxx Xxxxxx del Distrito de San Xxxxxxxxx, en adelante EL COLEGIO, y por otra parte , con cédula de identidad personal N° , con domicilio en
, quien en adelante se denominará El ACUDIENTE, han celebrado el presente contrato privado de prestación de servicios de enseñanza sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: Declara EL ACUDIENTE que el servicio de enseñanza será prestado por EL COLEGIO a EL ESTUDIANTE , con cédula de identidad personal N°
quien cursará el grado durante el año lectivo 2017, y que es responsable de pagar todos los rubros que implican la ESCOLARIDAD.
SEGUNDA: Acepta y se compromete EL ACUDIENTE a cumplir y respetar lo estipulado en la Ley 3 de 1 de febrero de 2011, Que regula la participación de los padres de familia o acudientes en el proceso de enseñanza- aprendizaje.
TERCERA: Acepta y se compromete EL ACUDIENTE a cumplir y respetar las normas disciplinarias del MINISTERIO DE EDUCACIÓN (MEDUCA) contenidas en el Decreto Ejecutivo 162 de 22 de julio de 1996, modificado y adicionado por el Decreto Ejecutivo 142 de 4 de septiembre de 1997, por medio del cual se establece el Régimen Interno para los estudiantes en los colegios oficiales y particulares.
CUARTA: Acepta y se compromete EL ACUDIENTE a cumplir y respetar cada uno de los requisitos de ingreso, los planes de estudio, la disciplina del plantel, la metodología, así como los requerimientos de la organización administrativa, docente y operativa de EL COLEGIO dados a conocer en el REGLAMENTO INTERNO en beneficio de la calidad de la educación y la buena marcha del plantel.
QUINTA: La duración del servicio de enseñanza es la establecida por el MINISTERIO DE EDUCACIÓN para el año lectivo correspondiente, EXCLUSIVAMENTE PARA LOS COLEGIOS PARTICULARES. Todo ESTUDIANTE que sea admitido en EL COLEGIO, será por el período correspondiente al año escolar en curso. La admisión a EL COLEGIO es anual y se renueva cada año a solicitud de EL ACUDIENTE siempre que se haya cumplido a cabalidad con las disposiciones establecidas y las exigencias académicas de EL COLEGIO.
SEXTA: El calendario escolar del año lectivo se ciñe a lo establecido por el Ministerio de Educación.
Contrato para la prestación del servicio de enseñanza 2017 página 2
COSTO DE LA ESCOLARIDAD
PRIMERA: Declara y acepta EL ACUDIENTE, que se compromete a cancelar el costo económico total de la ESCOLARIDAD ANUAL, por los estudios en EL COLEGIO de su acudido el cual incluye la admisión, costos de actividades, tales como novatadas y festividades de aniversario, servicios médicos, cuota del Club de Padres de Familia, uso de laboratorios, Informática, según se detalla a continuación:
RUBROS | PREKÍNDER Y KÍNDER PREESCOLAR | PRIMERO A SEXTO GRADO | SÉPTIMO, OCTAVO Y NOVENO GRADO PREMEDIA | DÉCIMO GRADO MEDIA | UNDÉCIMO Y DUODÉCIMO GRADO MEDIA |
ADMISIÓN | |||||
Matrícula | 5.00 | 5.00 | 5.00 | 5.00 | 5.00 |
Admisión | 125.00 | 143.00 | 152.00 | 160.00 | 160.00 |
Anuario | 15.00 | 15.00 | 15.00 | ||
Carné | 6.00 | 6.00 | 6.00 | 6.00 | 7.00 |
Materiales didácticos | 24.00 | 24.00 | 26.00 | 24.00 | 25.00 |
Costo de actividades | 10.00 | 10.00 | 20.00 | 20.00 | 30.00 |
Club de Padres de Familia | 6.00 | 6.00 | 5.00 | 5.00 | 5.00 |
Servicios médicos | 18.00 | 18.00 | 18.00 | 18.00 | 18.00 |
Laboratorio e Informática | 75.00 | 75.00 | 85.00 | 80.00 | 95.00 |
TOTAL DE ADMISIÓN | B/269.00 | B/287.00 | B/332.00 | B/333.00 | B/360.00 |
COLEGIATURA (ANUAL) | 1,250.00 | 1,430.00 | 1,520.00 | 1,600.00 | 1,600.00 |
COSTO ANUAL DE LA ESCOLARIDAD (ADMISIÓN Y COLEGIATURA) | B/1,519.00 | B/1,717.00 | B/1,852.00 | B/1,933.00 | B/1,960.00 |
NOTA: SOLAMENTE SERÁN ADMITIDOS LOS ALUMNOS QUE ESTÉN X XXX Y SALVO A LA FECHA DE LA MATRÍCULA, CON EL COMPROMISO DE CANCELAR EL TOTAL DE LAS CUOTAS DEL AÑO EN CURSO,
ANTES DE LOS EXÁMENES DEL TERCER TRIMESTRE. Para que la admisión sea efectiva, antes de iniciar el período lectivo 2017, el estudiante deberá tener todas las cuentas con EL COLEGIO al día, haber completado todos los requisitos de admisión y estar x XXX Y SALVO con la colegiatura durante el período anterior y con la admisión en el año lectivo comprendido en este contrato. NO SE HARÁN EXCEPCIONES.
EL COLEGIO se reserva el derecho de revaluar e incrementar los costos de la escolaridad cuando así lo crea conveniente, en cualquier tiempo, para salvaguardar los costos de operaciones y seguir brindando el servicio de enseñanza. Cualquier cambio se hará en estricto cumplimiento de la ley y de los requerimientos del Artículo 130 de la Ley 47 de 1946, Orgánica de Educación. Los padres de familia y acudientes serán notificados en el término que establece la Ley. EL COLEGIO se reserva el derecho de revisar las referencias de crédito.
SEGUNDA: El pago de la admisión (para matricularse) no es sujeto de ningún descuento.
COSTO DE LA COLEGIATURA
ANUALIDAD (B/)* | CUOTAS (10 cuotas)** | |
KÍNDER Y PREKÍNDER | 1,250.00 | 125.00 |
PRIMARIA: 1° a 6° GRADO | 1,430.00 | 143.00 |
PREMEDIA: 7° 8° y 9°GRADO | 1,520.00 | 152.00 |
MEDIA: 10° 11° y 12° GRADO | 1,600.00 | 160.00 |
* La colegiatura anual no tiene aplicado ningún descuento. | ||
** Las cuotas, pagaderas mensualmente, si canceladas dentro de los diez (10) primeros días de cada mes, reciben descuentos. |
Contrato para la prestación del servicio de enseñanza 2017 página 3
TERCERA: El pago del costo de la colegiatura anual puede ser efectuado de la siguiente forma:
1. Pago de la COLEGIATURA TOTAL ANUAL en un solo pago al momento de matricular o dentro de los diez (10) primeros días del mes subsiguiente al mes de inicio del periodo escolar 2017; es decir, hasta el viernes 10 xx xxxxx de 2017, aplicando un descuento del 15% (quince por ciento) a la totalidad de las cuotas o colegiatura anual.
2. Pago de la COLEGIATURA ANUAL, parcelada en 10 (diez) CUOTAS, pagaderas en pagos mensuales consecutivos. Las CUOTAS pagadas dentro de los primeros diez (10) días de cada mes, reciben un descuento de 10% (diez por ciento). Cuando el padre de familia y/o acudiente, a su conveniencia, dilate el pago de la primera cuota hasta el mes xx xxxxx, la décima y última cuota pagadera en el mes de diciembre deberá ser cancelada para obtener paz y salvo y presentar los exámenes trimestrales de finalización del año escolar. Por ello, es recomendable pagar la primera cuota al momento de matricular o a más tardar durante el mes de febrero.
3. Los pagos pueden hacerse:
a. En las cajas del Colegio. Puede realizar sus pagos directamente en las cajas de EL COLEGIO en horario de 7:00 a. m. a 2:00 p. m. de lunes a viernes y los sábados de 8:00 a 11:00 a. m. Esta opción le permite aclarar cualquier duda o hacer alguna consulta relacionada a su estado de cuenta con el personal del departamento de Cobros. Las cajas de EL COLEGIO aceptan pagos en efectivo, tarjetas de débito (CLAVE) o tarjetas de crédito (VISA y MASTERCARD). Sólo se aceptan cheques personales certificados y deberán hacerse a favor de Sociedad de Fomento Cultural, S. A. (para la premedia y media) y Enseñanza Particular Incorporada, S. A. (para preescolar y de 1º a 6º grado).
b. Por Banca en Línea. Este servicio le brinda la comodidad de hacer los pagos desde su casa, oficina o cualquier otro lugar, con el Banco General o con cualquier otro banco que le permita pagos electrónicos. De escoger otro banco, por favor recuerde que para que la transferencia llegue a tiempo y se haga efectiva el día del mes deseado (hasta el 10 para recibir descuento o hasta el último día del mes para no generar recargo), necesita hacer el pago, por lo menos tres (3) días hábiles antes de la fecha deseada.
i. En el caso de los pagos realizados por Internet, si usa banca en línea del Banco General, los pagos serán acreditados de inmediato y automáticamente a la cuenta de EL ESTUDIANTE, ya que deberá introducir el nombre completo y la cédula de EL ESTUDIANTE al momento de realizar la transacción. Pagos electrónicos de otros bancos, requieren que se notifique al oficial de Cobros para que el pago sea aplicado correctamente a la cuenta de EL ESTUDIANTE.
ii. De necesitar ayuda, ponemos a vuestra disposición nuestro departamento de Contraloría para ayudarles con el pago a través de Banca en Línea. También pueden comunicarse directamente con el banco, el cual les brindará la ayuda necesaria.
CUARTA: DESCUENTOS
1. Todo pago de cuota de colegiatura recibido entre el día uno (1) al 10 (diez) de cada mes corriente recibirá un descuento del 10% del valor de la cuota. La cuota mensual debe quedar paga dentro del mismo mes que corresponde. Queda entendido que si al momento de hacer el pago se tiene algún saldo anterior moroso, se pierde el derecho al descuento.
2. Todos los hermanos, cuya escolaridad es sufragada por el mismo ACUDIENTE, recibirán un descuento en el COSTO DE LA COLEGIATURA de la siguiente manera:
A) Dos hermanos: el primero neto y el segundo 10% de descuento.
B) Tres hermanos y más: el primero neto, el segundo 10% de descuento, el tercero y más 15% de descuento.
C) Xxxxx entendido que EL ACUDIENTE pierde el derecho a descuento, cuando al momento de hacer un pago, uno o más ESTUDIANTE a quien sufrague la escolaridad, esté moroso.
QUINTA: CARGOS POR MOROSIDAD
1. El atraso en el pago de las cuotas de colegiatura dentro del mes que corresponde y el atraso en el pago de cualquiera de los rubros contemplados, generará un cargo por morosidad de B/15.00 (quince balboas), el cual se cargará al estado de cuenta, cada mes que se encuentre con saldo moroso. Queda entendido que para que no aplique la morosidad, el pago deberá recibirse antes de finalizar el mes; el recargo se generará automáticamente el día primero del mes subsiguiente.
Contrato para la prestación del servicio de enseñanza 2017 página 4
SEXTA: CARGOS EXTRAS
El COLEGIO se reserva el derecho de revaluar e incrementar cualquier gasto extra, administrativo o relacionado a la enseñanza, en cualquier tiempo. Cualquier incremento se hará en estricto cumplimiento de la ley y será comunicado AL ACUDIENTE con anticipación.
SÉPTIMA: PAZ Y SALVO
1. EL ESTUDIANTE, no recibirá PAZ Y SALVO si tiene morosidad de una (1) cuota de colegiatura o transporte o cualquier recargo por morosidad; esto conlleva a la suspensión de los servicios y al acceso a EL COLEGIO.
2. EL ACUDIENTE, se compromete a cumplir con las cláusulas económicas y estar PAZ Y SALVO en el pago de las cuotas de colegiatura, transporte y otras actividades para que EL ESTUDIANTE tenga derecho a presentar pruebas trimestrales en su momento y EL ACUDIENTE a recibir información sobre notas y los boletines. Queda entendido que el monto pagado se acreditará primero al saldo más antiguo, incluyendo los cargos por morosidad.
3. Sólo se tendrá una segunda oportunidad para presentar exámenes trimestrales: (1) por enfermedad comprobada hasta quince (15) días, después de la reincorporación a clases, (2) debido a morosidad hasta cinco (5) días hábiles después de la última fecha del último examen. (3) Si el ESTUDIANTE se retira del plantel sin haber presentado los exámenes trimestrales de su último trimestre y retorna pasado este período tendrá un cargo de manejo de B/50.00 (cincuenta balboas).
4. EL COLEGIO, se reserva el derecho de ejecutar procedimientos LEGALES de cobro a EL ACUDIENTE de EL ESTUDIANTE cuyo ESTADO DE CUENTA presenta morosidad. Para tales efectos EL ACUDIENTE acepta como válidos los ESTADOS DE CUENTA que presenta el colegio. No se harán arreglos de pago a partir del inicio del TERCER TRIMESTRE.
OCTAVA: ESTUDIANTE MATRICULADO
Se considerará MATRICULADO EL ESTUDIANTE cuyo ACUDIENTE haya cumplido con todos los requisitos de admisión y cancelado todos los gastos de admisión en la fecha indicada, de acuerdo con el calendario establecido. Esto incluye la cancelación de las cuotas del año anterior, las cuales debieron ser canceladas antes de los exámenes del tercer trimestre del año anterior (ver nota de pie en la página 3 de este contrato).
NOVENA: MATRÍCULA PROVISIONAL
EL ESTUDIANTE que no haya completado todos los requisitos de admisión, o no esté PAZ Y SALVO con los compromisos financieros adquiridos con EL COLEGIO, o no haya entregado los documentos completos requeridos por EL COLEGIO, será CONSIDERADO COMO MATRÍCULA PROVISIONAL, hasta tanto haya completado los requisitos de admisión. Se excluye de la matrícula provisional EL ESTUDIANTE que vaya a cursar décimo grado, quien deberá – sin excepción – presentar copia del certificado de terminación de estudios de educación básica general (artículo 7 del Decreto Ejecutivo 810 de 11 de octubre de 2010 del Ministerio de Educación), de lo contrario, no puede ser matriculado.
DÉCIMA: MATRÍCULA CONDICIONAL
EL ESTUDIANTE podrá ser admitido y matriculado de forma condicional o probatoria, ya sea por recomendación del Gabinete Psicopedagógico, pobre desempeño académico, mal historial de pago, o problemas disciplinarios. En cada caso, se levantará un acta con las condiciones de admisión. El acta deberá ser firmada por EL ACUDIENTE o por EL ACUDIENTE y EL ESTUDIANTE, según corresponda.
UNDÉCIMA: TERMINACIÓN DEL SERVICIO DE ENSEÑANZA.
EL ACUDIENTE, podrá solicitar la terminación del servicio de enseñanza, bajo las siguientes condiciones administrativas:
Antes del 30 de diciembre del 2016, se rembolsará el 60% del costo total de los rubros de la ADMISIÓN.
A partir del 1 de enero de 2017 NO HAY DEVOLUCIÓN de los pagos de ADMSIÓN. Hasta el 1 de febrero de 2017, se devolverá la totalidad de las cuotas de la COLEGIATURA canceladas.
Iniciando un trimestre y durante cada uno de los tres trimestres, NO HAY DEVOLUCIÓN de los pagos efectuados de las cuotas de COLEGIATURA Y EL ACUDIENTE DEBERÁ PAGAR la CUOTA DE COLEGIATURA correspondiente al mes en que se ha solicitado el retiro.
Contrato para la prestación del servicio de enseñanza 2017 página 5
CONVALIDACIÓN DE MATERIAS, MATERIAS ESPECIALES, CRÉDITOS, CERTIFICACIONES Y OTROS
La convalidación de materias y materias especiales, deberá ser pagada en su totalidad al momento de matricular las materias. Para convalidación de materias y materias especiales no se permitirán arreglos de pago. El ESTUDIANTE debe estar x XXX Y SALVO con el COLEGIO; no se harán excepciones. Estos costos son totalmente independientes a los costos establecidos de admisión y colegiatura.
TRANSPORTE COLEGIAL
Por seguridad, se recomienda utilizar los buses concesionados y regulados por el COLEGIO.
PRIMERA: Para recibir el servicio de transporte colegial regulado por EL COLEGIO, EL ACUDIENTE deberá haber firmado el CONTRATO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE CONCESIONADO POR EL INSTITUTO XXXXX XXXXXXXXX PARA EL AÑO LECTIVO 2017.
SEGUNDA: Dentro del bus colegial, EL ESTUDIANTE deberá cumplir con las normas disciplinarias establecidas por EL COLEGIO.
TERCERA: EL ESTUDIANTE deberá velar por la preservación y buen estado del bus colegial y cumplir con las normas disciplinarias contenidas en el contrato de transporte: no se permite comer dentro del mismo, dañar, rayar, caminar sobre los asientos o tener comportamiento que deteriore el vehículo, ponga en riesgo la seguridad y que pueda ocasionar daños a los pasajeros.
CUARTA: EL ACUDIENTE, se compromete a cancelar cualquier daño ocasionado por su acudido con o sin intención, accidental o no, que le cause al bus colegial.
QUINTA: No se efectuarán cambios xx xxxx con los transportistas que tengan como consecuencia la alteración de la ruta oficial. Todos los cambios xx xxxx y/o de unidad se gestionarán en la oficina de Transporte de EL COLEGIO. La ruta oficial es establecida para que el percurso sea seguro y se realice en el menor tiempo posible; cualquier cambio xx xxxx altera los tiempos de llegada a EL COLEGIO o a la residencia de todos los usuarios del bus colegial. En aquellos casos en que se sugiera un cambio xx xxxx, EL ACUDIENTE deberá enviar, con la debida anticipación, nota escrita a la administración de EL COLEGIO, explicando el caso, quedando a la discreción de las autoridades del plantel, la consideración de la solicitud.
SEXTA: Los conductores no están autorizados a parar en restaurantes, locales comerciales o fuera xx xxxx, aun a petición de EL ESTUDIANTE, EL ACUDIENTE, padres, madres de familia o educadores. Cuando por razones de siniestros o inundaciones el conductor no pueda entregar EL ESTUDIANTE en el domicilio que consta en el contrato, EL ESTUDIANTE deberá ser regresado al COLEGIO y su ACUDIENTE notificado de inmediato.
SÉPTIMA: Los conductores no están autorizados a transportar ningún ESTUDIANTE que no tenga el servicio contratado con su unidad, ni a entregar a EL ESTUDIANTE en cualquier otra dirección que no sea la del domicilio que consta en el contrato. Cuando por situaciones especiales EL ACUDIENTE requiera que EL ESTUDIANTE sea entregado en otra dirección, deberá enviar, con la debida anticipación, nota escrita a la administración de EL COLEGIO, explicando el caso y esperar que su solicitud sea aprobada por las autoridades del plantel.
.
RESPONSABILIDAD DEL ESTUDIANTE Y EL ACUDIENTE
PRIMERA: El ACUDIENTE se obliga a cumplir con lo estipulado en la Ley 3 de 1 de febrero de 2011 Que regula la participación de los padres de familia o acudientes en el proceso de enseñanza-aprendizaje.
SEGUNDA: El incumplimiento por parte de EL ESTUDIANTE, de las condiciones básicas estipuladas en el contrato, así como las normas académicas, administrativas y de conductas establecidas por EL COLEGIO dará lugar a su separación de EL COLEGIO.
TERCERA: El ingreso de visitantes, padres de familia y acudientes a EL COLEGIO está reglamentado por el Resuelto 1183 de 23 xx xxxxx de 2008 del Ministerio de Educación, que establece un procedimiento para el ingreso a los centros educativos oficiales y particulares y que exige a los directores de centros educativos establecer controles de entrada e implementar horas de visita de los padres y madres de familia al centro
Contrato para la prestación del servicio de enseñanza 2017 página 6
educativo (Artículo 5). EL COLEGIO establecerá un horario de visitas centrado, principalmente, en las horas que los docentes no tienen clases asignadas. La Dirección del plantel pondrá a disposición de los padres de familia y acudientes, el horario durante el cual los docentes podrán, a solicitud de los padres de familia, marcar visitas de los mismos, con el propósito de que puedan resolver algún asunto sobre el progreso académico y conductual de sus hijos y/o acudidos. Esta información estará disponible en el sitio web y podrá ser accedida visitando xxx.xxx.xxx.xx EL COLEGIO se reserva el derecho de admisión de quienes no tengan autorización de la Dirección.
CUARTA: Se prohíbe el ingreso a las instalaciones de EL COLEGIO con armas de fuego o cortantes. El oficial de Seguridad podrá solicitar la identificación de las personas que tengan cita para ingresar a EL COLEGIO y revisar los objetos personales, tales como maletas, mochilas, bolsos y carteras.
QUINTA: Toda participación directa o indirecta de EL ACUDIENTE en acciones que puedan afectar el buen nombre y la imagen de EL COLEGIO, o su normal funcionamiento podrá ocasionar que EL COLEGIO solicite el remplazo inmediato de EL ACUDIENTE. Por agresión física o verbal contra los directivos o personal de EL COLEGIO por parte de EL ESTUDIANTE, se aplicará el Decreto Ejecutivo 162 de 22 de julio de 1996 modificado por el Decreto Ejecutivo 142 de 4 de septiembre de 1997 por medio del cual el Ministerio de Educación establece el régimen interno para los estudiantes en colegios oficiales y particulares.
SEXTA: EL ACUDIENTE se obliga a proveer a su ACUDIDO de los libros, accesorios y demás implementos educativos, así como el uniforme completo y correcto de diario, de gimnasia y de cualquier otro, exigido por EL COLEGIO, dado que son indispensables para el proceso de enseñanza y aprendizaje. EL ESTUDIANTE está obligado a portar el carné escolar en todo momento, de manera visible, como parte del uniforme.
Nota: EL ACUDIENTE tiene entera libertad para adquirir en el comercio los libros, útiles escolares y el uniforme (incluyendo el calzado), siempre y cuando cumplan con las especificaciones de diseño, textura y color establecidos por EL COLEGIO y detallados en la Circular No. 1 que se entregará a EL ACUDIENTE al momento de la matrícula. Exceptúese las piezas del uniforme que tienen el logo o marca de EL COLEGIO, porque tienen protección de Derecho de Autor.
SÉPTIMA: EL ACUDIENTE se obliga a velar porque EL ESTUDIANTE cumpla con las normas de EL COLEGIO relativas al uso correcto del uniforme escolar, tal como se detalla en la Circular No. 1 que EL ACUDIENTE recibe y firma durante el proceso de admisión o matrícula. Esto incluye, pero no se limita al uniforme de uso diario, de gimnasia y piscina, así como al uso de abrigos, prendas y accesorios y a portar el carné escolar.
OCTAVA: EL ACUDIENTE se obliga a que EL ESTUDIANTE, esté dentro de los predios de EL COLEGIO, al inicio de la hora de clases hasta finalizar la jornada diaria, salvo en caso de enfermedad comprobada mediante certificado médico, o de alguna diligencia en que la presencia de EL ESTUDIANTE sea necesaria, también comprobada mediante certificación escrita. EL ESTUDIANTE, debe permanecer dentro del área escolar una vez llegue al plantel. Solo se podrá retirar, a solicitud escrita de EL ACUDIENTE, y debidamente autorizado por la dirección o por la persona encargada por la dirección. Si a pesar de esta recomendación EL ESTUDIANTE sale sin autorización, será bajo su propio riesgo y se expone a una sanción disciplinaria, tal como establece el Decreto Ejecutivo 162 de 22 de julio de 1996 modificado por el Decreto Ejecutivo 142 de 4 de septiembre de 1997.
XXXXXX: EL ACUDIENTE se obliga a retirar a EL ESTUDIANTE finalizada la jornada académica. La responsabilidad del colegio termina al finalizar la jornada académica. Todos los estudiantes deben haberse retirado a sus hogares terminada la jornada académica, con excepción de quienes participen en actividades extracurriculares organizadas y/o patrocinadas por EL COLEGIO y para las cuales el padre de familia o acudiente extendió permiso expreso y por escrito para la participación del estudiante.
DÉCIMA: Todos los estudiantes, sin distingo de ninguna clase, tienen la obligación de participar activamente en los actos cívicos, culturales, académicos, de formación de la personalidad y de la cultura física, curriculares, servicio social, organizados por EL COLEGIO. Sólo se harán excepciones en el caso de algún impedimento físico o enfermedad debidamente comprobada mediante certificado de salud, expedido por un médico idóneo. En el caso del servicio social, EL COLEGIO indicará el procedimiento a seguir para que EL ESTUDIANTE cumpla con este requisito.
Contrato para la prestación del servicio de enseñanza 2017 página 7
UNDÉCIMA: Todo daño ocasionado intencionalmente o accidentalmente a los bienes de EL COLEGIO, deberá ser reparado o repuesto, por cuenta de EL ESTUDIANTE que lo ocasionó de acuerdo al valor asignado por el departamento de Administración. Cuando se compruebe intención, EL ESTUDIANTE será sujeto a sanciones disciplinarias, además del pago del daño material ocasionado. EL ACUDIENTE acepta ser responsable personalmente y cubrir los gastos médicos para atender los daños físicos ocasionados, intencional o accidentalmente, a sí mismo o a terceras personas por SU ACUDIDO.
DUODÉCIMA: EL ESTUDIANTE, no deberá traer artículos de valor al COLEGIO. EL COLEGIO, no se hace responsable de la pérdida de objetos de valor que traigan los ESTUDIANTES. Queda prohibido traer teléfonos celulares de cualquier tipo, incluyendo iPhones, Blackberry, “Android”, “tablets”, cámaras fotográficas, iPod, radios, juegos electrónicos, joyas, etc. Estos objetos no siempre apoyan el proceso educativo, al contrario, pueden ser perjudiciales al proceso de aprendizaje, porque constituyen una distracción. La escuela no se responsabiliza por el extravío o hurto de estos objetos. Quien incurra en desacato de esta prohibición estará sujeto al decomiso del artículo, el cual se devolverá al finalizar el año escolar, sin exclusión de posible aplicación de la sanción disciplinaria correspondiente.
DECIMOTERCERA: La violación de las normas de carácter disciplinario acarreará la aplicación de las sanciones correspondientes de modo progresivo, siempre y cuando la gravedad de la falta lo permita.
RESPONSABILIDAD DEL COLEGIO
PRIMERA: EL COLEGIO impartirá clases ininterrumpidas durante el año lectivo oficial aprobado por el Ministerio de Educación. Las clases se imparten en jornada única de lunes a viernes.
Las clases se suspenderán, única y exclusivamente, por los siguientes motivos:
1. Que se reciban instrucciones precisas y por escrito del Ministerio de Educación o anunciadas, masiva y oficialmente por los medios de comunicación.
2. Alguna causa fortuita o de fuerza mayor comprobada, que impida el acceso de todos los estudiantes a EL COLEGIO.
Nota: Por el principio de garantizar la máxima calidad de educación, EL COLEGIO no participa en ningún tipo de paro o huelga, independientemente de las razones que lo motiven.
SEGUNDA: EL COLEGIO se obliga a seleccionar el personal docente idóneo el cual dedicará a impartir clases conforme a los planes de estudio y programas previstos. Toda acción inmoral o delictiva cometida por el docente, por omisión o comisión, será denunciada ante las autoridades exonerándose EL COLEGIO de cualquier responsabilidad penal o civil.
TERCERA: Declara EL COLEGIO que la atención a los padres, madres de familia y acudientes en sus necesidades como acudientes, desde los inicios de esta institución, es directa y confidencial, dándole dimensión humana y participación personal.
CUARTA: La responsabilidad de EL COLEGIO, principia con la asistencia de EL ESTUDIANTE al inicio del horario de clases hasta que finalizan las labores académicas diarias.
QUINTA: EL COLEGIO se compromete a usar debidamente las fotos de las actividades académicas y extracurriculares organizadas y avaladas por EL COLEGIO en las cuales aparezca EL ESTUDIANTE para reproducirlas en los medios de comunicación, anuarios, en la página web y en las redes sociales de EL COLEGIO para fines informativos, didácticos o de promoción.
SEXTA: Con relación a la permanencia de los estudiantes en nuestras instalaciones finalizada la jornada académica (ver Cláusula anterior): La responsabilidad del colegio termina al finalizar la jornada académica. El personal docente y administrativo se retira a las 3:00 p. m. y después no quedan adultos responsables para atender casos de urgencia. Todos los estudiantes deben haberse retirado a sus hogares antes de las 3:00 p. m., con excepción de quienes participen en actividades extracurriculares organizadas y/o patrocinadas por EL COLEGIO y para las cuales el padre de familia o acudiente extendió permiso expreso y por escrito para la participación del estudiante.
Contrato para la prestación del servicio de enseñanza 2017 página 8
SÉPTIMA: EL COLEGIO se compromete a cumplir con la Ley 14 de 2006, que regula el servicio de informacion sobre el historial de crédito de los consumidores o clientes.
OCTAVA: INFORMACIÓN MÉDICA Y SEGURO DE ACCIDENTES…. Ver anexos 1 y 2.
Acepto las condiciones del Contrato para la prestación del servicio de enseñanza contenido en este documento. Autorizo expresamente a EL COLEGIO a consultar y/o actualizar la información relacionada con mi historial crediticio personal ante la APC en cualquier momento y a su entera discreción, sin ser necesaria mi autorización.
DECLARAN EL COLEGIO Y EL ACUDIENTE QUE SE OBLIGAN A RESPETAR LAS CLÁUSULAS DE ESTE CONTRATO. EL MISMO TENDRÁ UNA VIGENCIA PARA EL PERÍODO ESCOLAR 2017.
Firmas:
Por EL COLEGIO:
Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx X. Profesora Xxxx X. xx Xxxxx CONTRALORA DIRECTORA
Firmas (adjuntar copia de las cédulas) ACUDIENTES:
Nombre Nombre:
Cédula: Cédula:
Fecha:
ANEXO 1 - SEGURO DE ACCIDENTES
EL COLEGIO tiene una póliza colectiva de accidentes personales escolares en la cual están afiliados todos los ESTUDIANTES. La póliza cubre a EL ESTUDIANTE durante el período en que se encuentra bajo la vigilancia o la responsabilidad de EL COLEGIO y durante el trayecto o ruta que realiza el estudiante desde y hacia EL COLEGIO o en aquellas actividades escolares como paseos, desfiles, excursiones y prácticas de deportes donde represente a EL COLEGIO educativo, todo esto mientras sea bajo la dirección y supervisión de representantes de EL COLEGIO.
Declara EL ACUDIENTE que autoriza, cuando sea necesario a EL COLEGIO para trasladar al estudiante al Hospital o Clínica, en caso de accidente siempre y cuando se originen dentro de la escuela, en el traslado del estudiante de la casa a la escuela y de la escuela a su residencia, así como en actividades patrocinadas por EL COLEGIO: actividades sociales, curriculares, deportivas y religiosas. Así mismo, El ACUDIENTE releva de cualquier responsabilidad a EL COLEGIO en caso de negligencia médica o de accidente de tránsito mientras es trasladado EL ESTUDIANTE a la Clínica u Hospital por enfermedad, accidente o riña.
EL COLEGIO procederá, inmediatamente ocurrido un accidente, a llamar a los Padres o Acudientes de EL ESTUDIANTE y en el caso de que no localice a los Padres pasada una hora del hecho o dependiendo de la urgencia, EL ACUDIENTE AUTORIZA a EL COLEGIO a que tome decisiones que sean necesarias para su debida atención medica, tales como traslado, tratamiento de fracturas y otros casos de procedimiento menor. En caso de que el mismo requiera un tratamiento o intervención quirúrgica, EL ACUDIENTE lo autorizará telefónica o personalmente. En caso de enfermedad que no sea producto de un accidente y que requiera tratamiento médico especializado, EL COLEGIO brindara únicamente el transporte al Centro Médico, siendo EL ACUDIENTE responsable de los gastos. Cuando se presenten incidentes protagonizados por los mismos estudiantes que ocasione daños a otros o a propios que no estén cubiertos por el seguro de accidentes y que amerite trasladar a un estudiante al Hospital, EL ACUDIENTE del causante tendrá que hacerle frente al compromiso que la acción del acudido ocasionó.
El COLEGIO no se hace responsable en accidentes que le ocurran a personas, acudientes y familiares que asistan a las actividades extracurriculares en las instalaciones o fuera de ellas.
EL COLEGIO no suministrará ningún tipo de medicamento a los estudiantes sin autorización de EL ACUDIENTE. En algunas ocasiones, en la enfermería se administrarán los medicamentos de uso general, tales como antipiréticos, analgésicos, antiespasmódicos y antigripales, siempre y cuando EL ACUDIENTE haya completado la información médica del ANEXO 2 y no conste ninguna alergia a medicamentos, ni condiciones de salud de cuidado. Si el estudiante requiere de un tratamiento especial, prescrito por un médico, el padre de familia deberá informar a EL COLEGIO de la condición de EL ESTUDIANTE, presentar una solicitud por escrito para que se dispensen los medicamentos prescritos por el médico en la enfermería de EL COLEGIO, con copia de la prescripción médica, suministrar los medicamentos que deberán ser dispensados y presentar nota eximiendo al COLEGIO de cualquier responsabilidad. EL ACUDIENTE deberá informar a EL COLEGIO sobre cualquier condición médica de EL ESTUDIANTE.
NOTA: EL COLEGIO mantendrá la póliza de seguro de accidentes vigente y solo responderá hasta el límite de cobertura de la misma (aplica restricciones y exclusiones), y designa como centros de atención médica al Hospital Santa Fe ubicado en la vía Xxxxx Xxxxxxx y Frangipani y al Hospital Nacional ubicado en la avenida Cuba y xxxxx 00 x 00, xxxxx xx xx xxxxxx xx Xxxxxx.
página 9
Instituto Xxxxx Xxxxxxxxx XXXXX 0
XXXXXXXX XX XXXXXXXXX
0000
CONTRATO DE ENSEÑANZA 2017
ANTECEDENTES MÉDICOS DEL ESTUDIANTE | ||||
Esta sección debe ser completada por el padre/madre o acudiente y será tratada con suma confidencialidad. | ||||
NOMBRE DEL ESTUDIANTE: | ||||
Indicar si el estudiante tiene un médico familiar o de cabecera: SÍ NO | ||||
Nombre del médico: | ||||
Por favor indicar si durante los últimos cinco (5) años, un médico u otro profesional de la salud diagnosticó o trató cualquiera de las condiciones o enfermedades abajo listadas. | ||||
Para cada respuesta SÍ, por favor proporcionar los detalles en la columna "OBSERVACIONES". | ||||
CONDICIÓN O ENFERMEDAD | NO | SÍ | OBSERVACIONES | |
1 | Acidez / reflujo gástrico | |||
2 | Alergias | |||
3 | Anemias | |||
4 | Ansiedad | |||
5 | Apnea del sueño | |||
6 | Asma | |||
7 | Crisis convulsivas / epilepsia | |||
8 | Déficit atencional | |||
9 | Depresión | |||
10 | Diabetes | |||
11 | Discos herniados | |||
12 | Enfermedades reumáticas (artritis, lupus, artritis reumatoide) | |||
13 | Esquizofrenia | |||
14 | Fracturas | |||
15 | Gastritis | |||
16 | Hepatitis | |||
17 | Hernias | |||
18 | Hiperactividad | |||
19 | Infecciones de los oídos (otitis crónica) | |||
20 | Migraña | |||
21 | Presión arterial baja / alta | |||
22 | Problemas cardíacos (corazón) | |||
23 | Problemas de la piel |
página 10
Instituto Xxxxx Xxxxxxxxx ANEXO 2
ENSEÑANZA CONTRATO DE ENSEÑANZA 2014
2016
CONTRATO DE ENSEÑANZA 2017
Para cada respuesta SÍ, por favor proporcionar los detalles en la columna "OBSERVACIONES". | ||||
CONDICIÓN O ENFERMEDAD | NO | SÍ | OBSERVACIONES | |
24 | Trastorno bipolar | |||
25 | Trastornos menstruales / endometriosis | |||
26 | Trastornos sanguíneos (hemofilia) | |||
27 | Úlceras | |||
28 | Intervenciones quirúrgicas recientes | |||
29 | Otras | |||
Por favor indicar si el (la) estudiante está siendo medicado (a). Listar los medicamentos incluidos en el tratamiento para una o más de las condiciones aquí enunciadas. | ||||
Declaro, bajo la gravedad de juramento, que he suministrado la información solicitada de acuerdo a m conocimientos a la fecha. | ||||
Firma del padre (madre) y acudiente | ||||
EXAMEN FÍSICO PREVENTIVO (completado por el médico del colegio) | ||||
Fecha: | ||||
Problemas dermatológicos: | ||||
Caries dentales: | ||||
He examinado al estudiante y revisado sus antecedentes médicos. Es mi parecer profesional que el (la) estudiante está en capacidad de participar en todas las actividades académicas del colegio. | ||||
COMENTARIOS PARA LA PRÁCTICA DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS EXTRACURRICULARES | ||||
Con base en este formulario, es mi parecer profesional que el estudiante está en capacidad de participar en actividades deportivas extracurriculares. | ||||
Con base en este formulario, recomiendo que el estudiante reciba una evaluación médica que lo habilite para la práctica de deportes extracurriculares. | ||||
Nombre del médico: | ||||
Firma y fecha: |
página 11