MEMORIA JUSTIFICATIVA DEL CONTRATO DE SUMINISTRO
MEMORIA JUSTIFICATIVA DEL CONTRATO DE SUMINISTRO
Expediente: 20184081-V
1.- JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD
Con fecha 16 xx xxxxxx de 2017 se suscribió el Convenio de gestión directa entre la Administración General del Estado y la Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre, S.M.E., S.A. (en adelante “SEITT”) por el que se regula la gestión de la explotación y la preparación de la licitación de autopistas de titularidad estatal; publicado por Resolución de 16 xx xxxxxx de 2017 en el BOE nº 204 de 25 xx xxxxxx de 2017.
En la Cláusula Primera del citado convenio se señala que, una de las autopistas cuya gestión directa de la explotación se encomienda a SEITT, es: Autopista de peaje Xxxxxxxxx Xxxx. De ahora en adelante “Autopista Cartagena-Vera”.
En la Cláusula Tercera del convenio de gestión directa se estipula que corresponderá, a la Delegación de Gobierno en las Sociedades Concesionarias de Autopistas Nacionales de Peaje, determinar para cada autopista la fecha de inicio de la explotación por SEITT.
En fecha 23 xx xxxxx de 2018, se ha dictado Resolución por el Delegado de Gobierno en las Sociedades Concesionarias de Autopistas Nacionales de Peaje, por la que se fija el 1 xx xxxxx de 2018 a las 00:00:00 horas, como fecha de inicio de la explotación por SEITT de la AP-7 Cartagena-Vera.
En base a la explotación y mantenimiento por parte de SEITT de la AP-7 Cartagena-Vera, el técnico responsable de la misma, ha emitido un informe en el que solicita que es necesario el suministro de 3 ordenadores (PC) para vías de salida de peaje de la autopista AP-7 Cartagena-Vera, que tendrán que cumplir las descripciones y características que se especifican en el ANEXO X xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
Al carecer esta Sociedad de los medios técnicos y humanos necesarios para la realización de este suministro, se considera necesario la contratación de una empresa externa especializada en la materia ya que el suministro que se pretende contratar es adecuado al fin perseguido, por ello y en base a esa necesidad, y al tratarse de compras corrientes de bienes disponibles en el mercado, es necesario celebrar dicho contrato de suministro, iniciando el correspondiente expediente de contratación y proceder a su adjudicación, utilizando, por entender que es más idóneo, el procedimiento abierto simplificado del artículo 159.6 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
2.- OBJETO DEL CONTRATO
El objeto de este contrato es el suministro de 3 ordenadores de vía para la Autopista Autopista AP-7 Cartagena-Vera. Es un objeto cierto y no está alterándose el mismo para evitar la aplicación de las reglas generales de contratación.
Dada la naturaleza del contrato, no se considera conveniente proceder a la división del mismo en lotes.
3.- PRESUPUESTO DEL CONTRATO
Estudiadas las necesidades y características del suministro de 3 ordenadores de vía para la AP-7 Cartagena- Vera y teniendo en cuenta los precios aproximados xx xxxxxxx, el presupuesto estimado asciende a 3.500 € (IVA excluido).
X / X X X X X X X X X X X , 0 . 4 ª I 2 8 0 0 3 - M A D R I D I N I F . A 8 4 4 7 6 5 7 1 I T E L . 9 1 5 9 1 6 6 2 9 I F A X . 9 1 5 9 1 6 6 3 0
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XXX 10/07/2018 14:20:15