EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P.
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P.
VICEPRESIDENCIA SUMINISTRO Y SERVICIOS COMPARTIDOS
PROCESO DE CONTRATACIÓN POR SOLICITUD PÚBLICA DE OFERTAS No 05-2014
PLIEGO DE CONDICIONES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA LA CONCEPTUALIZACIÓN, DISEÑO, CONSTRUCCIÓN DE OBRAS COMPLEMENTARIAS, ENTREGA E INSTALACIÓN DE EQUIPOS, PUESTA EN MARCHA, Y OPERACIÓN DE UN SISTEMA DE TRATAMIENTO DE LIXIVIADOS EN EL RELLENO SANITARIO LA PRADERA, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE DONMATÍAS, ANTIOQUIA
FEBRERO DE 2014
Tabla de contenido
INFORMACIÓN GENERAL Y DEFINICIONES 6
6
7
1.3 ETAPAS Y PLAZOS DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN
9
10
1.5 INSTRUCCIONES PRELIMINARES
12
PROPUESTA 20
20
2.1.1 Requisitos de participación 20
2.1.2 Forma de participación 21
2.1.2.1 Acreditación existencia y representación legal 21
2.1.2.2 Experiencia del proponente 24
2.1.2.3 Experiencia del Proveedor de Tecnología: 26
2.1.2.5 Requisito financiero 28
2.1.2.6 Inscripción en la Subsecretaría xx Xxxxxx del municipio de Medellín. 31
2.1.2.7 Garantía de seriedad de la propuesta 31
2.1.2.9 Formato único de hoja de vida 34
2.1.2.10 Certificado de la Junta Central de Contadores 34
2.2 CONTENIDO Y DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA
34
2.2.1 Carta de presentación 35
2.2.2 Firma de la propuesta 36
2.2.4 Impuestos, deducciones y gastos 37
2.2.5 Valor y forma de pago 37
2.2.6 Plazo y Lugar de ejecución 42
2.2.7 Lista de cantidades y precios unitarios 44
2.2.8 Especificaciones Técnicas 44
44
46
46
49
FORMULARIO 1: RELACIÓN DE DOCUMENTOS 51
FORMULARIO 2: CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA 52
FORMULARIO 3: DATOS GENERALES DE LA PROPUESTA 55
FORMULARIO 4. RELACIÓN DE EXPERIENCIA 56
FORMULARIO 5.1. RESUMEN FORMULARIO 57
FORMULARIO 5.2. FORMULARIO DE CANTIDADES DE OBRA 57
FORMULARIO 5.3. FORMULARIO DE OPERACIÓN A LARGO PLAZO 59
FORMULARIO 6 PACTO DE TRANSPARENCIA 60
FORMULARIO 7 MODELO DE CERTIFICADO 61
FORMULARIO 8: ADENDAS Y ACLARACIONES RECIBIDAS 63
FORMULARIO 9 PREVENCIÓN LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO 64
70
70
70
71
75
3.4 PUNTAJE TOTAL Y COMPARACIÓN DE LAS PROPUESTAS:
77
78
78
78
3.8 CAMBIO CONDICIONES CONTRACTUALES:
79
79
3.10 DECLARATORIA DE DESIERTO DEL PROCESO
79
79
79
CONTRATO 80
80
4.2 COMUNICACIÓN A LOS DEMÁS PROPONENTES
80
80
81
85
85
87
88
88
4.10 EXTENSIÓN A FILIALES Y SUBSIDIARIAS DE EPM
89
EJECUCIÓN 90
90
90
5.2.2.1. Medidas de apremio provisionales 93
5.2.1.1 Medida de los servicios y/o actividades 98
5.2.1.2 Calendario para órdenes de pago 98
5.2.1.3 Inscripción de proveedores para pago por consignación 98
5.2.1.4 Procedimiento para facturación 99
5.2.1.5 Pago de los servicios y/o actividades ejecutadas 99
5.2.1.6 Moneda de pago 100
5.2.1.7 Descuentos por pronto pago 100
5.2.1.8 Cesión de los derechos económicos del contrato 100
5.2.1.9 Retención de pagos 100
5.2.1.10 Cesión del contrato y Subcontratación 100
5.2.1.11 Suspensión 101
5.3 INTERVENTORÍA 102
5.4 RECLAMACIONES 103
5.5 CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN 103
5.6 TERMINACIÓN 104
5.7 TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO 104
6 REQUERIMIENTOS MINIMOS 110
6.1 ALCANCE GENERAL DE LA CONTRATACIÓN: 110
6.1.1 Conceptualización: 112
6.1.2 Estudios y diseños: 113
6.1.2.1 Entregables principales: 116
6.1.2.2 Entregables derivados de los anteriores: 116
6.1.3 Construcción de obras complementarias: 118
6.1.4 Entrega e instalación: 123
6.1.5 Funcionalidad e integración de los equipos: 123
6.1.6 Puesta en marcha: 124
6.1.6.1 Pre-comisionado 124
6.1.6.2 Comisionado 124
6.1.6.3 Puesta en marcha 124
6.1.7 Operación: 126
6.1.7.1 Control de operación diario: 127
6.1.7.2 Medición en línea: 127
6.1.8 Sistema de control de procesos y comunicación 128
6.1.9 Metas de calidad: 130
6.1.10 Otras consideraciones del alcance general: 132
6.2 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: 133
7 OTROS ASPECTOS GENERALES 136
7.1 NORMAS: 136
7.2 OPERACIÓN A LARGO PLAZO: 136
7.3 PLANOS AS BUILT: 136
7.4 CALIDAD DE LA OBRA: 136
7.5 PREVENCIÓN DE ACCIDENTES Y MEDIDAS DE SEGURIDAD: 137
PLIEGO DE CONDICIONES
1 INFORMACIÓN GENERAL Y DEFINICIONES
1.1 Información General
Empresas Varias de Medellín S.A E.S.P., en adelante EMVARIAS suscribió el Acta de Transacción Nro. 10 con Las Empresas Públicas de Medellín E.S.P., mediante el cual EMVARIAS confiere “Mandato gratuito con representación” a Las Empresas Públicas de Medellín E.S.P. para adelantar el proceso de contratación hasta la aceptación de la oferta, cuyo objeto es el “LA CONCEPTUALIZACIÓN, DISEÑO, CONSTRUCCIÓN DE OBRAS COMPLEMENTARIAS, ENTREGA E INSTALACIÓN DE EQUIPOS, PUESTA EN MARCHA Y OPERACIÓN DE UN SISTEMA DE TRATAMIENTO DE LIXIVIADOS EN EL RELLENO SANITARIO LA PRADERA, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE DONMATÍAS, ANTIOQUIA.”
En vista de lo anterior, Empresas Públicas de Medellín E.S.P. actuando en nombre y representación de XXXXXXXX, conforme al mandato otorgado, aplicando las normas sustantivas y procedimentales de estas, procede a realizar el presente Proceso de Contratación, cuyos efectos se radican en cabeza de EMVARIAS.
Las personas interesadas en el proceso de contratación, por solicitud pública de ofertas, cuyo contenido y reglas fija el presente pliego de condiciones, deberán evaluar su capacidad para participar teniendo en cuenta lo aquí estipulado. Para el efecto, se fijan, a continuación, las condiciones básicas que delimitan el marco general en el cual se desarrollará el proceso tanto desde la determinación de la competencia de la empresa para abrirlo, como en cuanto a su alcance y las obligaciones que asumen quienes en él participen.
La invitación al proceso se publicará en un diario de amplia circulación nacional, dos veces en fechas distintas y en el portal de EMVARIAS
Descripción general del proceso
Este documento constituye el pliego de condiciones con base en el cual las Empresas Públicas de Medellín E.S.P. inician el proceso de selección o escogencia de un contratista que, en las condiciones y con los requisitos que aquí se describen, ejecute los servicios y/o actividades, que se determinan en el numeral que define el “objeto” dentro de este pliego.
En el proceso podrán participar todas las personas que cumplan los requisitos que se indican en este mismo pliego de condiciones y se encuentren en condiciones legales, económicas y materiales de cumplir con el “objeto” señalado.
De entre quienes participen en el proceso y con aplicación de los procedimientos, criterios y reglas que el pliego de condiciones señala para evaluar las correspondientes condiciones, las Empresas Públicas de Medellín E.S.P. recomendaran seleccionar a quien ofrezca las mejores condiciones para cumplir con el “objeto”, vinculándolo jurídicamente en calidad de “Contratista”.
Efectuada la selección y aceptada la oferta, XXXXXXXX enviará la comunicación correspondiente al proponente favorecido, quien procederá a la respectiva formalización del contrato, y una vez obtenida, EMVARIAS y el “contratista” darán inicio a la ejecución del contrato con sujeción estricta a los términos aquí fijados y siempre dentro del marco de la ley colombiana. EMVARIAS podrán ordenar a “el contratista” el inicio de ejecución del contrato una vez se haya aceptado la oferta, esto es, antes de su formalización.
Al terminar la ejecución del contrato, si el pliego de condiciones así lo indica o entre EMVARIAS y el “Contratista” se acuerda, se suscribirán los documentos mediante los cuales conste el cumplimiento de las obligaciones respectivas y se liquiden las sumas o valores que entre las partes se hayan causado.
Objetivo del contrato
Mediante el contrato, que se entiende perfeccionado una vez ha sido comunicada al proponente la aceptación de su oferta, se vinculará a EMVARIAS – y al contratista – en adelante: EL CONTRATISTA -, se fijan las condiciones de carácter legal, económico, material y demás de cualquier tipo que ambos – a quienes en conjunto, se denomina LAS PARTES -, consideren necesario definir para llevar a cabo las actividades con las cuales se cumpla con el “objeto” del contrato.
En consecuencia, salvo previsión de norma superior en contrario, las labores, actividades, obligaciones y derechos que EMVARIAS y EL CONTRATISTA, adquieren entre sí o frente a terceros con motivo de la vinculación mediante este contrato, se guiarán y someterán en primer lugar a lo aquí pactado, interpretado a partir de los respectivos propósitos de los contratantes y con aplicación del principio y criterio de la “buena fe”.
1.2 Objeto del contrato
A través de este contrato, XXXXXXXX encargará a EL CONTRATISTA la CONCEPTUALIZACIÓN, DISEÑO, CONSTRUCCIÓN DE OBRAS COMPLEMENTARIAS, ENTREGA E INSTALACIÓN DE EQUIPOS, PUESTA EN MARCHA Y OPERACIÓN, DE UN SISTEMA DE TRATAMIENTO DE LIXIVIADOS EN EL RELLENO SANITARIO LA PRADERA, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE DONMATÍAS, ANTIOQUIA.
ALCANCE:
Los siguientes son los componentes del Alcance del objeto contractual y fueron establecidos, con el fin de que los proponentes, independientemente de la solución tecnológica acogida plasmada en su propuesta, ofrezcan una solución integral para implementar un Sistema de Tratamiento de Lixiviado en el R S La Pradera. En el CAPÍTULO 6 del presente pliego de condiciones, sólo están indicadas las fases necesarias de ejecución para lograr dicho sistema de tratamiento y esbozados los procesos de tratamiento más representativos, que debe contener la solución propuesta.
.
FASES
1. CAPEX: Comprende, entre otros
- Conceptualización.
- Estudios y diseños, con los respectivos entregables.
- Construcción de obras complementarias.
- Entrega e instalación de equipos eléctricos y mecánicos y accesorios.
- Funcionalidad e integridad de los equipos.
- Puesta en marcha.
2. OPEX
- Operación.
- Control de operación diario.
- Medición en línea.
- Sistema de control de procesos y comunicación
- Metas de calidad
Además de lo anterior el Oferente seleccionado deberá realizar la interventoría integral de la obra civil que se contrate por parte de EMVARIAS y que incluye: movimientos de tierra, obras de estabilización, cimentaciones y edificaciones de laboratorio, bodega, aireadores, centrifuga etc., según diseños entregados por el contratista del presente proceso de selección.
Para una mayor información de los antecedentes que llevaron a plantear el esquema propuesto para el sistema de tratamiento de lixiviados en el RS La Pradera, se deben remitir al ANEXO 1 - ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES PREVIAS DEL PROYECTO.
1.3 Etapas y plazos del proceso de contratación
El proceso de contratación se desarrollará en las etapas y dentro de los plazos que se indican a continuación en el orden correspondiente:
Apertura: es el momento en el cual EMVARIAS a través de EPM da a conocer su interés en vincular a EL CONTRATISTA para llevar a cabo la prestación de los servicios y/o actividades que están interesadas en contratar y ponen a disposición de los interesados el pliego que fija las condiciones de selección y contratación.
En este proceso la apertura se da el 07 de febrero de 2014..
Obtención xxx xxxxxx de condiciones: El pliego de condiciones podrá ser obtenido, a partir de las 2:00 p.m. del 07 de febrero de 2014, a través de la página web xxx.xxxxxxxx.xxx.xx,
Presentación de ofertas: Es el acto mediante el cual, con las formalidades señaladas en el pliego, los interesados presentan una oferta a EPM para que se evalúe dentro del proceso de contratación. La oportunidad para ello transcurre entre la fecha de la apertura y la que se establece como fecha de cierre para presentación de ofertas
Cierre de presentación de ofertas: Es el momento hasta el cual los interesados tienen la posibilidad de presentar sus ofertas, fijado en términos de día, hora y lugar. Para los efectos del presente proceso el cierre se hará el 03 xx Xxxxx de 2014, a las 3:00 p.m., en el piso 04, oficina 165, del Edificio Empresas Públicas de Medellín en la ciudad de Medellín (Antioquia – Colombia). EPM se reserva el derecho de ampliar el plazo para realizar el cierre, hasta en un término igual al que corre entre la apertura y cierre señalados, cuando por cualquier circunstancia no sea posible o conveniente hacerlo en la fecha indicada.
En la dirección antes anotada, existe un control previo para autorizar el ingreso de personas a las instalaciones, por lo tanto, el proponente o su delegado deberá presentarse con suficiente anticipación respecto a la hora límite para la entrega de propuestas.
EPM no se responsabiliza por demoras o retardos en la entrega de propuestas causados por el ejercicio de los controles de acceso mencionados.
Acta de ofertas recibidas: en el lugar, día y hora señalados para el “cierre”, los servidores de EPM responsables del desarrollo del proceso abrirán una a una las ofertas oportuna y debidamente entregadas y constatarán los aspectos generales más importantes tales como nombre del proponente, plazo señalado por él, valor global, garantías y representación legal. De todo ello se dejará constancia en un acta
que firmarán al menos dos de dichos servidores y los representantes de los proponentes que concurran y deseen hacerlo.
Evaluación: una vez verificados los aspectos generales antes indicados, EPM, a través de sus servidores y con aplicación de las reglas y criterios contenidos en este pliego y en las leyes aplicables, harán la evaluación de las ofertas determinando sucesivamente las que han de rechazarse, las que han de eliminarse y las que se ponderarán. Las que alcancen la etapa de “ponderación” serán calificadas con los puntajes que arroje la aplicación de las respectivas fórmulas o criterios a cada uno de los factores indicados y con base en la sumatoria de dichos puntajes se ordenarán de máximo a mínimo.
Selección: efectuada la evaluación y cumplidos los pasos complementarios tanto internos como externos, EPM elegirá, previa recomendación, aquella que haya alcanzado el máximo puntaje y se halle habilitada por todos los demás aspectos correspondientes para vincularse contractualmente con ella en su condición de entidad pública.
Aceptación: es el acto mediante el cual EPM comunica al proponente seleccionado que su oferta reúne las condiciones fijadas para ejecutar los servicios y/o actividades señaladas en el “objeto” y, con lo cual, se habrá formado válidamente la relación o vínculo contractual.
Sujeción a la ley colombiana.
Para todos los efectos, y, de manera particular, para la determinación de la validez de los contenidos del contrato y los actos a que LAS PARTES se comprometen, así como para la interpretación de todos esos aspectos, la normatividad vigente es la nacional de Colombia.
1.4 Definición de términos
Siempre que aparezcan en el pliego de condiciones, en el contrato y en los documentos complementarios, las siguientes expresiones, se entenderán como se indica a continuación:
Aclaración | Documento producido por EPM o el PROPONENTE mediante el cual se aclara el contenido o se determina el alcance xxx xxxxxx de condiciones o la propuesta, respectivamente. |
Acta de Modificación Bilateral | Documento suscrito entre EMVARIAS y EL CONTRATISTA mediante el cual se acuerda introducir modificaciones a las condiciones, monto o cantidades en el contrato. |
Adenda | Documento emitido por EPM con fecha posterior a la de apertura del proceso de contratación y anterior a su cierre o presentación de ofertas, mediante el cual se modifica el pliego de condiciones y que, por tanto, entra a formar parte de éste. |
Contratista | Es el proponente seleccionado a quien EMVARIAS haya comunicado oficialmente la aceptación de su propuesta. |
Contrato | Acuerdo de voluntades entre EMVARIAS y EL CONTRATISTA mediante el cual se definen las condiciones en las cuales asumen respectivamente los derechos y obligaciones derivados de la ejecución de los servicios y /o actividades motivo del acuerdo. |
Desarrollo del proceso | Es todo evento, normal o anormal, que ocurra dentro de las etapas y plazos señalados para el proceso y que determine -o simplemente haga parte de- el curso del proceso. |
Documentos de la propuesta | Con el archivo -magnético o en papel- que constituye el cuerpo de la propuesta, son, además, todos los archivos -igualmente, magnéticos o en papel- que el proponente presente como parte de dicha propuesta. Aquí se incluyen los certificados, constancias, recibos y demás formas de acreditar requisitos para el proceso. |
Empleados del Contratista | Personas que trabajan en la ejecución de los servicios y /o actividades motivo del contrato como empleados directos del CONTRATISTA. |
Equipo | Herramienta o maquinaria necesaria para llevar a cabo los servicios y /o actividades requeridos por EMVARIAS. |
Especificaciones | Conjunto de requisitos y normas que definen las características de los servicios y /o actividades requeridos por EMVARIAS y las condiciones en las cuales éstas aceptarán la oferta. |
Gerente General | Jefe superior de la administración de EPM y / o EMVARIAS y su representante legal. |
Interesado | Persona que adquiere el pliego de condiciones del proceso de contratación; no se considera “interesado” simplemente al que se autocalifica como tal. |
Interventor | Persona designada por EMVARIAS para llevar a cabo la “interventoría” o la supervisión y administración de los servicios y /o actividades objeto del contrato. |
Ítem | Cada uno de los elementos en los que se desagrega, para efectos de la contratación, el tipo de servicios o trabajos que deberá llevar a cabo EL CONTRATISTA para cumplir con el objetivo del contrato, conforme con la descripción que figura en el listado de ítems y cantidades. |
Junta Directiva de EPM | Órgano general de dirección de EPM. |
Junta Directiva de XXXXXXXX | Xxxxxx general de dirección de XXXXXXXX X.X ESP |
LAS EMPRESAS, EPM o EE.PP.M. E.S.P. | Empresas Públicas de Medellín E.S.P. |
EMVARIAS S.A ESP | Empresas Varias de Medellín S.A. ESP |
Ley aplicable | Por definición, es la “ley colombiana”; no obstante, en casos especiales podrá incluir las normas extranjeras que explícitamente las partes acuerden aplicar y siempre que ello sea posible a la luz de la “ley colombiana”. |
Perfeccionamiento del contrato | Condición en la que se encuentra un contrato una vez ha sido comunicada al proponente la aceptación de su oferta y de lo cual se derivan las obligaciones y derechos de cada una de las partes. Cuando la ley exige formalidades especiales para ello, el contrato sólo se perfeccionará una vez esas formalidades se cumplan. |
Plazo de ejecución del contrato | Sumatoria de los tiempos que tiene EL CONTRATISTA para llevar a cabo los servicios y /o actividades a que se refiere el contrato. |
Pliego | Es el documento en el cual EPM fija las condiciones con base en las cuales seleccionará un contratista para el desarrollo de los servicios y /o actividades que definen el “objeto” de un contrato. Se consideran partes xxx |
xxxxxx todos los documentos que lo complementan o modifican, expedidos válida y oportunamente por EPM. | |
Proceso de contratación | Es el conjunto de etapas y procedimientos a través de los cuales EPM se propone seleccionar una o más propuestas para la realización del “objeto” definido dentro de un pliego de condiciones. |
Proponente | También llamado “oferente”, es la persona que presenta formalmente una propuesta a EPM dentro de un proceso de contratación. Se conserva esta calidad hasta que la situación individual se define mediante “eliminación”, “rechazo” o “aceptación” de la propuesta. |
Proponente seleccionado | Es la persona a quien EMVARIAS, previo el proceso de evaluación indicado, considera que ha presentado la mejor oferta para la contratación correspondiente. |
Propuesta alternativa | Propuesta que se aparta de lo estipulado en los pliegos, pero conservando el contenido de los servicios y /o actividades que son “objeto” de la solicitud de EPM. |
Propuesta básica | Propuesta presentada con atención a las condiciones fijadas por EPM en el pliego de condiciones |
Recomendación | Es el acto por el cual, EPM con base en el estudio y la evaluación de los diferentes aspectos de las ofertas, se aconseja aceptar alguna (s) oferta (s), terminar o declarar total o parcialmente desierto el proceso. |
Servidor competente | Es el “servidor” de EPM/EMVARIAS que tiene la facultad o función de tomar una o más de las decisiones correspondientes al proceso de contratación. |
Servidor de EPM | Es cada persona que interviene en el proceso de contratación desempeñando una labor para EPM o en su representación. |
Servidor responsable del proceso | Es la persona que, en nombre de EPM/EMVARIAS, actúa frente a los interesados o proponentes y tiene capacidad para comunicar las decisiones que aquellas toman dentro del proceso. |
Subcontratista | Persona que contrata directamente con EL CONTRATISTA para suministrarle mano de obra, servicios y materiales procesados según diseño especial, pero sin incluir en esta denominación al que simplemente suministra materias primas no elaboradas. |
Vigencia del contrato | Período comprendido entre la fecha de comunicación de la aceptación AL CONTRATISTA y la fecha en que queda aprobada su liquidación definitiva. |
Donde quiera que en este pliego se usen las palabras “Ordenado”, “Requerido”, “Permitido” o palabras similares, se entenderá que es la orden, requerimiento o permiso del Interventor.
Las palabras “Aprobado”, “Aceptado”, “Satisfecho” o palabras similares, significarán “aprobado por”, “aceptado por”, o “satisfactorio para” EPM hasta la recomendación y partir de allí, por EMVARIAS.
1.5 Instrucciones preliminares Financiación
Las obligaciones que EMVARIAS asumirá dentro del contrato al que dé lugar el
presente proceso de contratación serán cubiertas con recursos propios de la entidad.
Normatividad aplicable
Este proceso de contratación estará regido por las leyes colombianas aplicables, tales como las civiles y comerciales, la Ley 142 de 1994 Régimen de Servicios Públicos Domiciliarios, modificada por la Ley 689 de 2001, las normas de contratación vigentes para XXXXXXXX0 y las demás de rango legal o reglamentario pertinentes.
Domicilio
Para todos los efectos y consecuencias que se deriven del proceso de contratación y el contrato a que dé lugar, se entiende como domicilio la ciudad de Medellín.
Políticas y principios de Responsabilidad Social Empresarial
En los procesos de contratación de EPM/EMVARIAS, se observarán los siguientes principios y políticas
Principio de comportamiento responsable en la contratación
Las relaciones de EPM/EMVARIAS con sus contrapartes contractuales estarán basadas en el reconocimiento y seguimiento de las reglas y principios de la ética y la ley y, en consecuencia, en un ambiente de respeto y confianza que genere valor para las partes y para la sociedad en general.
El principio de comportamiento responsable implica para las partes, los siguientes compromisos:
Las relaciones de EPM/ EPM/EMVARIAS con sus contrapartes contractuales estarán basadas en el reconocimiento y seguimiento de las reglas y principios de la ética y la ley y, en consecuencia, en un ambiente de respeto y confianza que genere valor para las partes y para la sociedad en general.
El principio de comportamiento responsable implica para las partes, los siguientes compromisos:
• Mantener relaciones basadas en el respeto mutuo y el de todos los involucrados con el desarrollo de la relación contractual, incluyendo el respeto por las diferencias.
• Fomentar un ambiente de confianza y abstenerse de realizar acciones malintencionadas o que atenten contra el buen nombre y la reputación de EPM/ EPM/EMVARIAS, los competidores en el proceso, el sector y el país.
• Mostrarse dispuesto a participar de un diálogo abierto, trasparentes y respetuoso de las normas vigentes y aplicables a la relación y a las actividades de cada uno.
1 Resolución 001 del 15 xx xxxxx de 2010; Resolución 036 del 3 xx xxxxx de 2011
Anticorrupción y Transparencia
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 1474 de 2011 “Nuevo Estatuto Anticorrupción”, reglamentado por el decreto 2641 de 2012, las empresas del sector público deben propender por el rechazo de las prácticas corruptas y delictivas en general; prevenir y combatir el fraude, el soborno, la extorsión y otras formas de corrupción. Esto implica, entre otros, que no se deben ofrecer, prometer, dar ni solicitar, directa o indirectamente, pagos u otras ventajas indebidas para obtener o conservar una ventaja ilegítima.
EPM/ EPM/EMVARIAS, comprometida con los programas que se impulsan desde la Alcaldía del Municipio de Medellín para combatir la corrupción en las diferentes esferas de la administración, y en desarrollo de los principios que rigen su contratación; está interesadas en garantizar la absoluta transparencia en los procedimientos que se realicen para la selección objetiva de sus contratistas.
Por lo anterior, ante el conocimiento de cualquier indicio o evidencia que vincule o pueda vincular a sus servidores en prácticas o actos indebidas para el favorecimiento de quienes aspiren a la aceptación de sus ofertas solicita se denuncie todo acto indebido en el canal dispuesto por EPM denominado Contacto Transparente ubicado en la página web www.epm,.xxx.xx en la dirección xxxx://xxx.xxx.xxx.xx/xxxx/Xxxx/Xxxxxxxxxxxxx/XxxxxxxxXxxxxxxxxxxx.xxxx, para adelantar las gestiones a que haya lugar. De igual manera está dispuesta la línea gratuita 01 8000 522 955.
La información registrada será manejada con la más alta discreción.
Sostenibilidad
Entendiendo la importancia de sumar voluntades en pro de la sostenibilidad, las partes propenderán por:
• El cumplimiento de las normas vigentes y aplicables en todos los ámbitos de su actuación.
• El respeto de los derechos humanos y, de manera particular, el respeto a la dignidad humana.
•. La protección y recuperación del medio ambiente, el cumplimiento de la normatividad relacionada con el medio ambiente, la legislación ambiental vigente, las demás leyes, normas, resoluciones o acuerdos relacionados con la protección y conservación del medio ambiente que tengan relación con su actividad y responder por las consecuencias que se deriven del incumplimiento de estas reglamentaciones y disposiciones.
• La actuación responsable frente a la sociedad y los grupos de interés.
• El rechazo de las prácticas corruptas y delictivas en general.
• El desempeño de acuerdo con las reglas de competencia justa y la lealtad con los demás.
Directriz de Conducta Transparente
Con el fin de fortalecer los lazos de confianza entre EPM/ EPM/EMVARIAS y sus grupos de interés, en adelante, la Gente EPM/ EPM/EMVARIAS sólo recibirá objetos promocionales de marca como práctica normal de las relaciones comerciales con clientes, usuarios, proveedores y contratistas.
Política Institucional de Derechos Humanos
EPM/EMVARIAS respeta los siguientes lineamientos y quienes pretendan establecer relaciones contractuales con EPM/EMVARIAS, deberán acatarlos:
L 1: Trabajo decente. En el desarrollo de los proyectos y procesos no se permitirán prácticas discriminatorias, trabajo forzado o bajo coacción, y se promoverá la remuneración justa, la libertad de asociación, la gestión del riesgo sicosocial y el mantenimiento de ambientes de trabajo seguros y saludables.
L 2: Prohibición de empleo de mano de obra infantil. En el desarrollo de los proyectos y procesos no se permitirá el empleo de mano de obra infantil.
L 3: Seguridad y derechos humanos: En los contratos y convenios de servicios de vigilancia y seguridad con firmas privadas y organismos de seguridad del Estado, se incluirán explícitamente compromisos de respeto y promoción de los derechos humanos. En ningún caso se aceptará la prestación de estos servicios por parte de actores sociales que estén por fuera del marco constitucional y legal.
L4: Respeto por los derechos de minorías étnicas: En el desarrollo de los proyectos y procesos se tomarán las medidas necesarias para promover el respeto por los usos, las costumbres y la cultura de las comunidades étnicas asentadas en los entornos en los que la empresa hace presencia.
L5: Derechos humanos en la cadena de aprovisionamiento. EPM/EMVARIAS promoverá en su cadena de suministro la inserción de prácticas y la adopción de instrumentos congruentes con el respeto de los derechos humanos.
L6: No relacionamiento con grupos ilegales. No se reconocerán como interlocutores válidos ni se establecerán relaciones institucionales con grupos ilegales ni actores sociales que estén al margen de la Constitución y la ley.
L7: Derechos humanos y grupos de interés. EPM/EMVARIAS propenderá por generar espacios de diálogo con sus grupos de interés para abordar asuntos relacionados con derechos humanos en los proyectos y procesos.
L8: Promoción de la equidad de género. Tanto en el desarrollo de los proyectos y procesos, como en su área de influencia, EPM/EMVARIAS promoverá prácticas que reflejen el respeto con la equidad de género.
L9 Cumplimiento de la política: EPM/EMVARIAS monitoreará el cumplimiento de estos compromisos y logros, de acuerdo con estándares internacionalmente aceptados
Reunión Informativa
EPM realizará una charla informativa en la cual se atenderán las inquietudes de los interesados en el proceso, acerca del objeto y las condiciones particulares del
contrato previstas en el pliego. Dicha reunión NO tiene carácter obligatorio. La reunión se llevará a cabo en la oficina 165 del piso 04 del Edificio Empresas Públicas de Medellín, ubicado en la carrera 58 No. 42-125, el 13 de febrero de 2014 a las 2:00pm
La asistencia a la reunión, y los costos y riesgos derivados de ésta, correrán por cuenta de los interesados.
Interpretación, aclaración y modificaciones xxx xxxxxx
Interpretación. El interesado deberá examinar todas las instrucciones, formularios, condiciones, especificaciones y anexos que figuren en los documentos del proceso de contratación, los cuales constituyen la única fuente de información válida para la preparación de la propuesta. Si la interpretación de los documentos genera alguna duda para el interesado, deberá formular consulta, por escrito, a EPM, dentro del término establecido para tales efectos.
Aclaración. Si el interesado encuentra ambigüedades, discrepancias, omisiones, contradicciones o errores, deberá solicitar, por escrito, a EPM, las aclaraciones que sean del caso, antes de presentar la propuesta, dentro del término establecido para tales efectos.
Las consultas o solicitudes de aclaración se recibirán hasta cinco (5) días hábiles antes de la fecha de cierre para la presentación de ofertas del presente proceso de contratación. EPM no se responsabilizará por correspondencia o comunicaciones mal dirigidas o con desatención de lo previsto en el numeral “Correspondencia y Comunicaciones”.
Modificación. Cualquier modificación al pliego de condiciones o el aplazamiento de la fecha de cierre de la contratación, que EPM considere oportuno hacer, será comunicada, por medio de adenda, a todos y cada uno de los interesados y será de obligatoria observancia para la preparación de las ofertas. Estas aclaraciones y modificaciones harán parte xxx xxxxxx de condiciones.
Las interpretaciones o inferencias que el interesado haga de las estipulaciones xxx xxxxxx de condiciones o de las aclaraciones hechas por EPM, serán de su exclusiva responsabilidad.
Nota 1: La respuesta a las solicitudes de interpretación, aclaración o modificación xxx xxxxxx de condiciones que realicen los interesados por escrito, serán dadas por EPM hasta dos (2) días hábiles antes de la fecha de cierre para la presentación de las ofertas.
Nota 2: Se aclara que las respuestas dadas a los interesados sobre las solicitudes que realicen por escrito (o en la reunión informativa ), sobre la interpretación, aclaración y modificación xxx xxxxxx de condiciones, que impliquen complementar o
modificar el texto inicial del mismo, se harán explicitas mediante adendas que serán comunicadas a todos y cada uno de los interesados y serán de obligatoria observancia tanto para EPM como para los interesados quienes las deberán tener en cuenta para la preparación de sus ofertas.
Nota 3: Las adendas se expedirán hasta dos (2) días antes de la fecha de cierre para la presentación de ofertas.
Nota 4: De las respuestas a las solicitudes de interpretación, aclaración y modificación xxx xxxxxx de condiciones, que no impliquen complementar o modificar el texto xxx xxxxxx de condiciones, se les enviará copia a todos y cada uno de los interesados.
Correspondencia y comunicaciones
Para efectos del presente proceso de contratación y del contrato que se derive del mismo, con excepción de la propuesta, se establece el siguiente modelo para dirigir cualquier comunicación a:
ETAPA PRECONTRACTUAL: En esta etapa (Desde la apertura del proceso hasta la aceptación de la oferta), las comunicaciones serán dirigidas a EPM así:
«EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P.
«XXXXXX XXXX
«Director Abastecimiento
«Edificio Empresas Públicas de Medellín
«Xxxxxxx 00 00-000, Xxxxxxx 000, xxxx 0
«Xxxxxxxx
«Asunto: Contratación Nro. 05 de 2014
La fecha, tanto de recibo como de entrega de cualquier documento, será la que se registre por el Departamento Administración Documental de EPM, y será la única considerada válida. Cuando la correspondencia sea enviada por parte de EPM usando el correo ordinario, se tendrá como fecha de aquella, la fecha en que sea recibida por el destinatario, y si no aparece fecha de recibo, se presume que fue recibida el quinto día calendario siguiente a aquel en que salió de EPM.
Por su parte, EPM y/o EMVARIAS enviará todas las comunicaciones al proponente o a EL CONTRATISTA, según sea el caso, a la dirección por él consignada en el formato de su propuesta. Si se presenta algún cambio, éste deberá ser informado a EPM, con la debida anticipación, a la dirección citada anteriormente.
Adicionalmente, con el fin de agilizar las comunicaciones entre las partes, se podrá utilizar la dirección de correo electrónico Xxxx.Xxx.Xxxxx@xxx.xxx.xx , teniendo en cuenta que este medio de comunicación no reemplaza el requerimiento de las comunicaciones escritas o el buzón corporativo, para dar la respuesta oficial.
En esta etapa solo se aceptaran comunicaciones enviadas a EPM. Xxxxxx documento enviado a EMVARIAS se entenderá como válido.
ETAPA CONTRACTUAL: En esta etapa (celebración del contrato, ejecución del contrato hasta su liquidación), deberán dirigirse a EMVARIAS Así:
SUBDIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN EMVARIAS
Carrera 64C Nro 103-EE- 98. Medellín.
Información reservada
El proponente, en la carta de presentación de su oferta, formulario 2: Carta de presentación de oferta deberá indicar cuál información de la consignada en ella, tiene el carácter de reservada y cuáles normas jurídicas prevén dicha reserva, relacionando expresamente las normas específicas correspondientes.
Cuando el proponente manifieste que existe información de su oferta que tiene el carácter de reservada, no es suficiente con hacer mención simplemente de las normas que en su criterio le otorgan tal carácter, sino que adicionalmente, en documento anexo a la carta de presentación, suscrito por el representante legal, o por la persona natural o su representante, si es el caso, debe señalar expresa y debidamente los fundamentos mediante los cuales considera que le otorgan el carácter mencionado. En el evento de no citar las normas legales, o habiéndolas citado no señale los fundamentos correspondientes, se entenderá que ningún documento o parte de la oferta tiene el carácter de reservado y que EPM se encuentra autorizada para suministrar la información que le sea solicitada por otro oferente o un tercero.
Idioma
La propuesta deberá presentarse en idioma español. En caso de que la propuesta incluya documentos en idioma inglés, como certificados y constancias, deberán ser acompañados de su traducción oficial al español.
Moneda
El proponente deberá cotizar todos los precios de la propuesta en pesos Colombianos.
2 PROPUESTA
El interesado en presentar propuesta deberá tener en cuenta, en primer lugar, los requisitos o condiciones de carácter subjetivo o personal que se exigen y asegurarse de cumplirlos cabalmente; en segundo lugar, deberá acoger estrictamente las reglas de presentación formal de la propuesta que contiene este pliego y completar de manera exhaustiva toda la información exigida. Las omisiones, vacíos, contradicciones o información inexacta que aparezca en la propuesta, habilitarán a EPM para descartarla o para aplicar las reglas de corrección explícitas que el pliego contenga.
2.1 Proponentes
Todo documento en cuyo sobre aparezca la identificación del presente proceso de contratación se recibirá con destino a los trámites de dicho proceso; sin embargo, sólo se considerará que hay formalmente una propuesta y a quien la hace se le considerará proponente, cuando se haya constatado el cumplimiento de los requisitos que a continuación se incluyen.
Se deberán aportar los documentos que se requieran en el proceso de contratación y que se indican en éste pliego de condiciones y especificaciones.
2.1.1 Requisitos de participación
EPM solo considerará las propuestas de personas jurídicas individuales, Consorcios o Uniones Temporales, así:
Persona jurídica individual: Deberá ser una persona jurídica nacional de ingeniería y/o consultoría, quien deberá tener alianza con un proveedor tecnológico, que deberá ser una firma extranjera.
Consorcios o uniones temporales: Conformadas por un máximo de tres (3) personas jurídicas, y entre éstas, mínimamente una (1) deberá ser una firma Colombiana de ingeniería y/o consultoría.
Dicha firma colombiana, deberá ser la líder de la forma asociativa, con un porcentaje de participación mínimo, igual o superior al sesenta por ciento (60%), además deberán contar, con un proveedor estratégico internacional, quien podrá ser integrante de la forma asociativa, o sólo proveedor tecnológico.
Tanto el proponente que se presente como persona Juridica individual, como cada uno de los integrantes de la forma asociativa deben cumplir con los siguientes requisitos de participación:
Habilitación.
No encontrarse incurso en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad para celebrar contratos con EMVARIAS de acuerdo con lo establecido en la constitución y la ley.
2.1.2 Forma de participación
EPM recibirá propuestas presentadas por personas jurídicas en forma individual, Consorcios o Uniones Temporales, que su objeto social les permita la prestación de los servicios objeto del proceso.
2.1.2.1 Acreditación existencia y representación legal
- PERSONA JURIDICA INDIVIDUAL:
Certificado de Existencia y Representación Legal. Todo proponente deberá acreditar su existencia y representación mediante los documentos exigidos por la ley colombiana. La existencia y representación legal de las personas jurídicas colombianas se prueba mediante el certificado de existencia y representación expedido por la respectiva Cámara de Comercio (salvo casos especiales donde la competencia para expedir la certificación sea de otra entidad).
Nota:
Las personas jurídicas que se encuentren registradas en las Cámaras de Comercio del país, no requieren presentar dicho certificado, dado que éste será verificado directamente en el sistema de Información de Contratistas EPM.
Dicho certificado deberá tener una antigüedad menor de tres (3) meses para los nacionales.
Si una persona jurídica nacional o extranjera da poder a una persona natural o jurídica para que contrate en su nombre, deberá anexar en debida forma los siguientes documentos: a). El certificado de existencia y representación de la compañía que da el poder. b). El certificado de existencia y representación de quien recibe el poder, si se trata de una persona jurídica, y c).El documento mediante el cual la compañía o persona natural mandante confiere poder o autorización a la que
recibe el poder o mandato. Para el caso de personas naturales se aportará fotocopia de la cédula de ciudadanía o del documento que haga sus veces.
Si del documento se desprende que el representante legal requiere de una habilitación especial, para celebrar contratos de determinada cuantía, copia del acta correspondiente en donde se le habilite, deberá ser anexada.
Las entidades públicas nacionales de creación constitucional o legal no estarán obligadas a acreditar su existencia.
- CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES
Cada miembro o integrante de Consorcio o Unión Temporal, deberá acreditar mediante el certificado de existencia y representación legal, expedido por el organismo competente, una antigüedad menor de tres (3) meses, con respecto a la fecha de presentación de la oferta:
- Su existencia y representación legal;
- Que su objeto social sea afín con algunos de los componentes del objeto del contrato a celebrar.
- Que su vigencia comprenda como mínimo el plazo previsto para la ejecución total del contrato, su liquidación y cinco (5) años más;
- Autorización para presentar propuesta y contratar, del órgano social competente, en caso de ser necesario.
Nota: Los personas jurídicas extranjeras cumplirán este requisito, entregando el documento que en su país de origen, haga las veces de certificado de existencia y representación legal. La existencia y representación legal de entidades extranjeras de carácter privado, se prueba por medio del correspondiente certificado de existencia y representación expedido por la Cámara de Comercio del lugar o la entidad que haga sus veces, visado por el Cónsul Colombiano, y a falta de éste, por el de una nación amiga; además deberá estar legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, a menos que se trate de documentos expedidos en países signatarios miembros o adherentes de la Convención de la Haya del 5 de octubre de 1961, aprobada en Colombia mediante la Ley 455 del 4 xx xxxxxx de 1998 Convención sobre la abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros, caso en el cual debe cumplirse con la obligación de que dicho documento contenga el anexo de apostilla, en los términos allí establecidos.
ACTA DE CONSTITUCIÓN CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL
Los miembros de los consorcios o uniones temporales deberán señalar mediante el documento de integración (Acta de Constitución), las reglas básicas que regulen las relaciones entre ellos, en el que expresamente hagan constar que responderán solidariamente frente a Empresas Varias de Medellín S.A. E.S.P., por todas y cada
una de las obligaciones derivadas de la propuesta técnico - económica, la ejecución del Contrato en todas sus fases y componentes (Alcance del Objeto) y la liquidación del mismo.
En el mismo documento de integración (Acta de Constitución) se señalarán los términos y extensión de la participación de sus integrantes en la propuesta técnico económica y en la ejecución del Contrato en todas sus fases y componentes, términos o porcentajes que no podrán ser modificados sin la autorización previa y escrita de EMVARIAS, tanto para Consorcio como para Unión Temporal. En dicho documento también se deberá designar expresamente la persona que hará las veces de Representante Legal de la forma asociativa.
Nota: El Acta de Constitución de la Forma Asociativa, con todos los requisitos aquí especificados, deberá ser entregada con la presentación de la oferta.
- PROVEEDOR DE TECNOLOGÍA:
La firma internacional que fungirá como proveedor de tecnología, deberá entregar una carta de intención vinculante en tal sentido, la cual deberá cumplir con los siguientes requisitos:
- Podrá ser allegada en original o vía correo electrónico con la firma escaneada, a la Sociedad Colombiana Líder de la Forma Asociativa.
- Estará suscrita por el representante legal de la firma que fungirá como proveedor de tecnología.
- Certificará que es propietario o licenciatario de los componentes tecnológicos de la solución propuesta por el oferente.
- Manifestará que se compromete con diligencia, a realizar los trámites de exportación de los bienes de tecnología requeridos con todos sus componentes, para su entrega y correcta instalación.
- Expresará claramente, en idioma español o inglés, lo siguiente: que en caso de resultar adjudicataria la firma x o la forma asociativa X (indicar el nombre del consorcio o de la unión temporal correspondiente), la acompañará y asesorará, desde el inicio de su ejecución en lo que a conceptualización, diseños y entrega de bienes se refiere, hasta la terminación del contrato.
- Manifestará que responderá por la correcta instalación de los equipos y que acompañará a la Forma Asociativa contratista de EMVARIAS, en las fases de prueba de los mismos y hasta la puesta en marcha del sistema de tratamiento que dichos equipos integran.
- Expresará detalladamente la garantía comercial extendida y condiciones de la misma, con la que cuentan los equipos para su entrega e instalación; dicha garantía deberá estar a nombre de la sociedad líder integrante de la Forma Asociativa contratista y de EMVARIAS.
2.1.3.2. Registro Único de Proponentes – RUP:
Las Sociedades Nacionales de Ingeniería y/o Consultoría deberán estar inscritas en este registro y aportar el este certificado expedido por la Cámara de Comercio correspondiente, con una antelación no superior a treinta (30) días con respecto a la fecha de presentación de la oferta.
2.1.2.2 Experiencia del proponente PERSONA JURIDICA INDIVIDUAL:
- Cuatro (4) proyectos de diseño de detalle de plantas de tratamiento de lixiviados
o de aguas residuales industriales, que mínimo contengan tecnología de biorreactores de membranas - MBR o reactores biológicos, y que estén operando satisfactoriamente, cuyos caudales de diseño de tratamiento sean iguales o superiores a 400m3/día, y para cada uno de los cuatro (4) diseños, concentraciones de DQO a la entrada del sistema, superiores a 4,000mg/l.
- Dos (2) proyectos en la fase de construcción (entrega e instalación de equipos) y puesta en marcha de plantas de tratamiento de lixiviados o de aguas residuales industriales, que mínimo contengan tecnología de biorreactores de membranas - MBR o reactores biológicos, y que estén operando satisfactoriamente, cuyos caudales de diseño de tratamiento sean superiores a 800m3/día.
- Dos (2) proyectos en la fase de operación continua mínima de seis (6) meses, de plantas de tratamiento de lixiviados o de aguas residuales industriales, que mínimo contengan uno de los siguientes procesos unitarios: físico químico, tecnología de biorreactores de membranas - MBR o reactores biológicos, cuyos caudales de tratamiento sean superiores a 400m3/día y presenten concentraciones de DQO a la entrada del sistema superiores a 4,000mg/l.
Estos proyectos deben haber sido terminados dentro de los quince (15) años anteriores a la fecha de cierre del proceso de selección.
Para los proyectos de operación, los contratos que acrediten experiencia podrán encontrase en ejecución, siempre y cuando lleven seis meses de ejecutados, a la fecha cierre del proceso de contratación.
Los Proponentes podrán acreditar proyectos QUE INTEGREN diseño, construcción y operación), de modo que, con un proyecto pueden acreditar varios de los ítems anteriores, para cumplir con la Experiencia como requisito habilitante.
CONSORCIÓ O UNIÓN TEMPORAL:
Para que la forma asociativa sea habilitada en el presente proceso de selección, su Sociedad Líder deberá acreditar una experiencia en la ejecución de proyectos, que hayan incluido las fases descritas a continuación, así:
Cuatro (4) proyectos de diseño de detalle de plantas de tratamiento de lixiviados o de aguas residuales industriales, que mínimo contengan tecnología de biorreactores de membranas - MBR o reactores biológicos, y que estén operando satisfactoriamente, cuyos caudales de diseño de tratamiento sean iguales o superiores a 400m3/día, y para cada uno de los cuatro (4) diseños, concentraciones de DQO a la entrada del sistema, superiores a 4,000mg/l.
Dos (2) proyectos en la fase de construcción (entrega e instalación de equipos) y puesta en marcha de plantas de tratamiento de lixiviados o de aguas residuales industriales, que mínimo contengan tecnología de biorreactores de membranas - MBR o reactores biológicos, y que estén operando satisfactoriamente, cuyos caudales de diseño de tratamiento sean superiores a 800m3/día.
Dos (2) proyectos en la fase de operación continua mínima de seis (6) meses, de plantas de tratamiento de lixiviados o de aguas residuales industriales, que mínimo contengan uno de los siguientes procesos unitarios: físico químico, tecnología de biorreactores de membranas - MBR o reactores biológicos, cuyos caudales de tratamiento sean superiores a 400m3/día y presenten concentraciones de DQO a la entrada del sistema superiores a 4,000mg/l.
Estos proyectos deben haber sido terminados dentro de los quince (15) años anteriores a la fecha de cierre del proceso de selección.
Para los proyectos de operación, los contratos que acrediten experiencia podrán encontrase en ejecución, siempre y cuando lleven seis meses de ejecutados, a la fecha cierre del proceso de contratación.
Los Proponentes podrán acreditar proyectos QUE INTEGREN diseño, construcción y operación), de modo que, con un proyecto pueden acreditar varios de los ítems anteriores, para cumplir con la Experiencia como requisito habilitante.
Para que la forma asociativa sea habilitada en el presente proceso de selección, los demás integrantes, deberán acreditar cada una, al menos uno de los tres (3) requisitos, de los solicitados anteriormente.
Así mismo, la experiencia acreditada bajo alguna modalidad de forma asociativa, deberá ser superior o igual al 10% de la participación en ella.
La experiencia del proponente deberá ser acreditada mediante certificación expedida por la entidad contratante. El documento u oficio respectivo que acredite cada proyecto, deberá estar en idioma inglés o español y contener mínimo la siguiente información:
1. País y ciudad de ejecución del proyecto.
2. Fecha de suscripción del contrato y duración total del proyecto.
3. Nombre y email de contacto en la Empresa contratante del proyecto certificado.
4. Caudal de diseño (m3/día o L/s).
5. Concentración medida en DBO (mg/L), DQO (mg/L), NH4-N (mg/L) y SST (mg/L).
6. Alcance del proyecto: diseño, construcción y puesta en marcha, con especificación general de actividades para cada componente.
7. Tecnología utilizada en membranas MBR y nivel de proceso.
8. Valor del proyecto en pesos colombianos.
9. Nombre y cargo de quien la suscribe.
Nota: Las personas jurídicas extranjeras, , acreditarán la experiencia como se especifica en este numeral.
Para presentar las Certificaciones de Experiencia, podrán utilizar el FORMULARIO No. 7- MODELO DE CERTIFICADO. Los Proyectos aportados para acreditar la Experiencia solicitada en este numeral, deberán ser relacionados en el FORMULARIO No. 4 - RELACIÓN DE EXPERIENCIA.
2.1.2.3 Experiencia del Proveedor de Tecnología:
Deberá acreditar la siguiente experiencia:
- Cuatro (4) proyectos en los que haya entregado, instalado y puesto en marcha de procesos MBR, proceso biológico “Biorreactores de Membrana” con separación de biomasa, mediante módulos tubulares externos, para plantas de tratamiento de lixiviados de rellenos sanitarios, que estén operando satisfactoriamente, cuyos caudales de diseño de tratamiento sean superiores a 800m3/día y una concentración de DQO a la entrada del sistema superior a 10,000mg/l.
Estos proyectos deben haber sido terminados dentro de los diez (10) años anteriores a la fecha de cierre del proceso de selección.
Certificaciones para acreditarla:
La certificación expedida por la entidad contratante del proyecto o por el contratista del proyecto que subcontrató al proveedor de tecnología, debe ser un oficio o documento respectivo que acredite cada proyecto, en idioma inglés o español y contener mínimo la siguiente información:
1. 1. País y ciudad de ejecución del proyecto.
2. Fecha de suscripción del contrato y duración total del proyecto.
3. Nombre y email de contacto en la Empresa contratante del proyecto certificado.
4. Caudal de diseño (m3/día o L/s).
5. Concentración medida en DBO (mg/L), DQO (mg/L), NH4-N (mg/L) y SST (mg/L).
6. Alcance del proyecto, diseño, construcción y puesta en marcha, con especificación general de actividades para cada componente.
7. Tecnología utilizada en membranas MBR y nivel de proceso.
8. Valor del proyecto en pesos colombianos.
9. Nombre y cargo de quien la suscribe.
Cuando El proveedor Tecnológico haga parte de una forma asociativa que formalmente presente oferta, no podrá ser el proveedor tecnológico de ningún otro proponente.
NOTA:
EL PROPONNETE PODRÁ ACREDITAR MÁS PROYECTOS QUE VERSEN ESPECÍFICAMENTE SOBRE PLANTAS DE TRATAMIENTO DE LIXIVIADOS (RELACIONADOS EN EL CUADRO Y CON CERTIFICADO), LOS QUE LE SERÁN TENIDOS EN CUENTA PARA LA EVALUACIÓN DE LA EXPERIENCIA, SIEMPRE Y CUANDO CUMPLA CON LA CONCENTRACIÓN DE DQO DEL LIXIVIADO SUPERIOR A 7,000 mg/l.
2.1.2.4 Equipo de trabajo:
El proponente deberá presentar para el desarrollo del proyecto, como mínimo el siguiente equipo de trabajo; de cada profesional propuesto deberá aportar lo siguiente: Deberá allegar hoja de vida, con los certificados académicos y de experiencia laboral, que pretenda hacer valer dentro del proceso contractual. Si está vinculado a alguna empresa, podrá aportar una certificación que dé cuenta de su experiencia laboral específica, cualitativa y cuantitativamente.
El proponente deberá presentar para el desarrollo del proyecto, como mínimo el siguiente equipo de trabajo:
A) Director del proyecto:
Ingeniero en una de las disciplinas o áreas de la ingeniería afines al objeto contractual, o profesional en alguna ciencia básica igualmente afín con el objeto contractual, con grado de especialización o maestría, con experiencia profesional mínima de 8 años, contados a partir de la fecha de grado como profesional; y con experiencia especifica de 5 años como profesional en el desarrollo de proyectos relacionados con el diseño y/o construcción y/u operación de plantas de tratamiento de aguas residuales industriales o de lixiviados.
B) Asesor técnico:
Ingeniero en una de las disciplinas o áreas de la ingeniería afines al objeto contractual, o profesional en alguna ciencia básica igualmente afín con el objeto contractual, con grado de especialización o maestría, con experiencia profesional específica mínima de 5 años, contados a partir de la fecha de grado como profesional, nacional y/o internacional, en el desarrollo de proyectos relacionados con el diseño y/o construcción y/u operación de plantas de tratamiento de lixiviados.
Los profesionales que hagan parte del equipo de trabajo deberán haber participado como mínimo en dos (2) de los proyectos requeridos para acreditar la experiencia por parte del proponente.
EPM se reserva el derecho de verificar la documentación presentada para acreditar la experiencia.
Los certificados deben contener la siguiente información: objeto del contrato y descripción del objeto, la dirección del contratante, el nombre de la persona a contactar, el número telefónico, el valor del contrato y las fechas de inicio y terminación del mismo. En caso de que la confidencialidad lo permita, se deberán adjunta copia de los contratos respectivos
2.1.2.5 Requisito financiero
Cumplir los siguientes requisitos de orden financiero, basados en los Estados Financieros a diciembre 31 de 2012:
La participación en este proceso de contratación estará condicionada por la estabilidad económica y la capacidad financiera que acredite tanto el proponente individual, como las sociedades colombianas y extranjeras, integrantes de la forma asociativa proponente. Para ello, deberán cumplir los siguientes requisitos de orden financiero, basados en los Estados Financieros a diciembre 31 de 2012:
i. El Patrimonio Contable a 31 de diciembre de 2012, debe ser mayor o igual Mil Setecientos Veinte Millones de Pesos MLC.
Este requisito será ponderado de acuerdo con el porcentaje de participación de cada firma integrante dentro del consorcio o unión temporal proponente
ii. El endeudamiento (Pasivo total/Activo total) a 31 de diciembre de 2012, debe ser menor o igual a PUNTO SETENTA (0.70).
Este requisito deberá ser cumplido tanto por el proponente que presente oferta de forma individual, como por cada firma integrante del consorcio o la unión temporal proponente.
iii. La Liquidez (Activo corriente/Pasivo corriente) a 31 de diciembre de 2012, debe ser mayor o igual a UNO PUNTO DOS (1.2).
Este requisito deberá ser cumplido tanto por el proponente que presente oferta de forma individual, como por cada firma integrante del consorcio o la unión temporal proponente.
iv. El Capital de Trabajo deberá ser mayor o igual MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES MILLONES DE PESOS M.L.C.
Este requisito será ponderado de acuerdo con el porcentaje de participación de cada firma dentro del consorcio o unión temporal proponente
NOTA: Los requisitos aquí descritos, le serán exigidos tanto al proponente individual, como a las sociedades comerciales colombianas y extranjeras integrantes de la forma asociativa proponente.
Para participar en el presente proceso, las sociedades integrantes de la forma asociativa proponente deberán acreditar el cumplimiento de la capacidad financiera, y para ello deberán adjuntar los siguientes documentos:
i. Fotocopia de las tarjetas profesionales del Contador y del Revisor Fiscal.
ii. Certificación suscrita por el Contador y el Revisor Fiscal con los siguientes indicadores del proponente: Patrimonio, liquidez, endeudamiento y capital de trabajo.
iii. Estados Financieros comparativos a Diciembre 31 de 2011 y a Diciembre 31 de 2012 (Balance General y Estado de Resultados), debidamente clasificados (en las partidas corrientes y no corrientes) y firmados por el Representante Legal, el Contador y el Revisor fiscal si lo tuviere conforme a la ley.
iv. Fotocopia de la tarjeta profesional del Contador y del Revisor Fiscal que firman los Estados Financieros a Diciembre 31 de 2012, adjuntando el certificado de vigencia de inscripción y antecedentes disciplinarios, expedido por la Junta Central de Contadores.
v. Certificación de los Estados Financieros a Diciembre 31 de 2012, conforme lo establecido en el artículo 37 de la Ley 222 de 1995.
vi. Notas a los Estados Financieros a Diciembre 31 de 2012.
vii. Dictamen a los Estados Financieros a Diciembre 31 de 2012, si está obligado a tener Revisor Fiscal, conforme lo establecido en el artículo 38 de la Ley 222 de 1995.
viii. Fotocopia del Registro Único Tributario (RUT).
ix. Fotocopia de la Declaración xx Xxxxx del año gravable 2012, acompañada con el anexo de conciliación patrimonial, que aclare las diferencias entre el patrimonio contable y fiscal a diciembre 31 de 2012.
Si las sociedades colombianas integrantes de la forma asociativa proponente, cuenta con el RUP (Registro Único de Proponentes) actualizado con el ejercicio financiero del año 2012 y lógicamente lo aportan, ya que también se solicitará como uno de los documentos para acreditar requisitos de orden legal en los Términos de Invitación, bastará con la entrega de este documento (RUP) conforme lo solicitado y además deberán entregar los siguientes documentos:
i. Fotocopia de las tarjetas profesionales del Contador y del Revisor Fiscal.
ii. Certificación de vigencia de inscripción y antecedentes disciplinarios, expedido por la Junta Central de Contadores, de ambos.
iii. Fotocopia de la Declaración xx Xxxxx del año gravable 2012, acompañada con el anexo de conciliación patrimonial, que aclare las diferencias entre el patrimonio contable y fiscal a diciembre 31 de 2012.
La verificación de los requisitos financieros no tiene calificación alguna dentro de la evaluación de las propuestas, será realizada por los integrantes del comité asesor evaluador del proceso, para determinar si la propuesta se ajusta a los requerimientos, estableciéndola como CUMPLE NO CUMPLE. Si el Proponente NO CUMPLE con estos requisitos, su Propuesta será RECHAZADA.
Si los integrantes Colombianos del Proponente respectivo, no cumplen con estos requisitos, la Forma Asociativa Proponente NO SERÁ ADMITIDA, por lo tanto su propuesta no será objeto de evaluación
Documentos que los acreditan:
Estados Financieros a diciembre 31 de 2012 (Balance General y Estado de Resultados), debidamente clasificados y firmados por el Representante Legal, el Contador y el Revisor fiscal si lo tuviere conforme a la ley.
Fotocopia de la tarjeta profesional del contador y del revisor fiscal que firman los Estados Financieros adjuntando el certificado de su vigencia.
Certificación de los Estados Financieros a diciembre 31 de 2012, conforme lo establecido en el artículo 37 de la ley 222 de 1995.
Las notas a los estados financieros a diciembre 31 de 2012.
Dictamen a los estados financieros a diciembre 31 de 2012, si está obligado a tener revisor fiscal.
Fotocopia del Registro Único Tributario (RUT).
2.1.2.6 Inscripción en la Subsecretaría xx Xxxxxx del municipio de Medellín.
Toda persona jurídica que pretenda participar en el proceso de contratación, deberá acreditar, con la presentación de la oferta, la inscripción o matrícula en la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaria de Hacienda del Municipio de Medellín, por concepto del Impuesto de Industria y Comercio.
En los términos previstos en el Decreto 753 de 1986, quienes no fueren sujetos pasivos del mencionado tributo, podrán suplir la certificación de inscripción con una certificación en tal sentido expedida por la Subsecretaría de Ingresos de la secretaria de Hacienda del Municipio de Medellín. Este certificado lo deben anexar todos los oferentes, incluso los que no tienen domicilio en Medellín.
Esta certificación es exigible a todos los oferentes independientemente del municipio en el que será ejecutado el contrato correspondiente.
Cuando se permita la participación de consorcios o uniones temporales, cada uno de sus integrantes debe cumplir con lo dispuesto anteriormente.
2.1.2.7 Garantía de seriedad de la propuesta
Cada propuesta deberá acompañarse de una garantía bancaria o de compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, preferiblemente con domicilio y poder decisorio en el municipio de Medellín, constituida a favor de entidades estatales, de forma aceptable para EPM por la suma de MIL DOCIENTOS SESENTA MILLONES DE PESOS M.L. ( 1.260.000.000)
La garantía de seriedad de la oferta deberá tener una vigencia de Ciento cincuenta (150) días, contados a partir de la hora y día fijado para el cierre del presente proceso de contratación. Dicha garantía no expirará por falta de pago de la prima o por revocatoria unilateral.
La garantía deberá acompañarse de la constancia de cancelación de la prima respectiva al asegurador o garante.
El tomador de la garantía deberá ser la persona natural o jurídica que se hace responsable de la oferta proponente. Mediante dicha caución garantizará:
- Que mantendrá la totalidad de su propuesta, no la modificará, retirará o adicionara, desde la fecha de cierre del proceso de contratación, el período de validez de la oferta y hasta la formalización del contrato.
- Que firmará el contrato si por su valor debe elevarse a la forma de escrito, constituirá las garantías exigidas y presentará los documentos solicitados para su formalización dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha en que el contrato le sea enviado para tales fines o le sea comunicada la aceptación de la oferta según sea el caso, a él o a su representante o comisionado.
- Que aportará el certificado modificatorio ampliando la vigencia de la misma en el evento en que se le haya solicitado la ampliación del término de la validez de la propuesta.
En la elaboración de las pólizas el oferente deberá constatar que EMVARIAS figure como asegurado y beneficiario, para lo cual deberá tener en cuenta que el nombre de EMVARIAS se consigne como EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN S.A E.S.P., NIT: 890.905.055-9
Igualmente el NIT y el nombre del tomador indicados en la garantía deben corresponder exactamente con los que figuran en el certificado de existencia y representación legal del oferente, cuando este es persona jurídica, o en la cédula de ciudadanía cuando es persona natural.
No serán aceptadas pólizas de garantías otorgadas por la sociedad EL CÓNDOR S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS GENERALES, mediante las cuales se pretenda cubrir riesgos propios de los procesos de contratación”.
Devolución de la garantía. Al proponente favorecido y al calificado en segundo lugar se les podrá devolver la garantía de seriedad de la propuesta previa solicitud del oferente, cuando el proponente favorecido suscriba y formalice el contrato; si se trata de un contrato no escrito, cuando se formalice. A los demás proponentes se les podrá devolver la garantía de seriedad previa solicitud del oferente, después de la aceptación de la oferta.
2.1.2.8 Certificaciones
Además de la experiencia deberá acreditarse lo siguiente:
Certificación de pago de los aportes a la seguridad social y parafiscales. En cumplimiento del artículo 50 de la Ley 789 de 2002 -Ley de Reforma Laboral-, las personas jurídicas deberán acreditar el pago de los aportes por sus empleados, a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello hubiere lugar, mediante certificación expedida por el revisor fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos xx xxx, o por el representante legal durante un lapso equivalente al que exija el respectivo régimen de contratación para que se hubiera constituido la sociedad, el cual en todo caso no será inferior a los seis (6) meses anteriores a la celebración del contrato. En el evento en que la sociedad no tenga más de seis (6) meses de constituida, deberá acreditar los pagos a partir de la fecha de su constitución.
Las obligaciones parafiscales a las que se refiere el párrafo anterior, son las que se presentan en la siguiente tabla:
CONCEPTO O ENTIDAD | APORTE | FUNDAMENTO LEGAL |
Salud (ver nota 2) | 12,5 % del ingreso Base de Cotización, de los cuales el 4% está a cargo del trabajador y el 8,5% del empleador. | Artículo 204 de la Ley 100 de 1993 |
Pensiones | 16 % del ingreso Base de Cotización, de los cuales el 4% está a cargo del trabajador y el 12% a cargo del empleador. | Artículo 7 de la Ley 797 de 2003 |
Sistema General de Riesgos Laborales. (ver nota 3) | De acuerdo con la clasificación establecida y totalmente a cargo del empleador. | Artículo 6° de la ley 1562 de 2012. |
Cajas de Compensación Familiar | 4% totalmente a cargo del empleador. | Artículo 7, 9 y 12 de la Ley 21 de 1982 |
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ver nota 2) | 3% totalmente a cargo del empleador. | Artículo 1 de la Ley 89 de 1988 |
SENA (ver nota 2) | 2% totalmente a cargo del empleador. | Artículo 7, 9 y 12 de la Ley 21 de 1982 |
Nota 1: la información contenida en esta tabla es indicativa y puede haber sufrido modificaciones de acuerdo con la ley. Por lo tanto, el Proponente deberá prever, de conformidad con la legislación colombiana, dichas modificaciones.
Nota 2: De conformidad con el Decreto 1828 del 27 xx xxxxxx de 2013, reglamentario de la Ley 1607 de 2012, artículo 7, “Las sociedades, y personas jurídicas y asimiladas contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios y sujetos pasivos del Impuesto sobre la Renta para la Equidad - CREE, están exoneradas del pago de los aportes parafiscales a favor del Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena), y del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), correspondientes a los trabajadores que devenguen, individualmente considerados, menos xx xxxx (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Las personas naturales empleadoras están exoneradas de la obligación de pago de los aportes parafiscales al Sena y al ICBF por los empleados que devenguen, individualmente considerados, menos xx xxxx (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes. Esto no aplica para las personas naturales que empleen menos de dos (2) trabajadores, las cuales seguirán obligadas al pago de dichos aportes. Para efectos de esta exoneración, los trabajadores a que hace mención este inciso tendrán que estar vinculados con el empleador persona natural mediante contrato laboral, quien deberá cumplir con todas las obligaciones legales derivadas de dicha vinculación.
A partir del 1° de enero de 2014, los contribuyentes señalados en los incisos anteriores que cumplan las condiciones de este artículo, estarán exonerados de las cotizaciones al Régimen Contributivo de Salud de que trata el artículo 204 de la Ley 100 de 1993, correspondientes a los trabajadores que devenguen, individualmente considerados, menos xx xxxx (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes. Lo anterior no será aplicable a las personas naturales que empleen menos de dos (2) trabajadores, las cuales seguirán obligadas a efectuar las cotizaciones al Régimen Contributivo de Salud de que trata este inciso. Para efectos de esta exoneración, los trabajadores a que hace mención este inciso tendrán que estar vinculados con el empleador persona natural mediante contrato laboral, quien deberá cumplir con todas las obligaciones legales derivadas de dicha vinculación.
No son beneficiarios de la exoneración aquí prevista, las entidades sin ánimo de lucro, así como las sociedades declaradas como zonas francas a 31 de diciembre de 2012, o aquellas que a dicha fecha hubieren radicado la respectiva solicitud ante el Comité Intersectorial de Zonas Francas, y los usuarios que se hayan calificado o se califiquen a futuro en estas que se encuentren sujetos a la tarifa especial del impuesto sobre la renta del quince por ciento (15%) establecida en el inciso 1 del artículo 240-1 del Estatuto Tributario; así como quienes no hayan sido previstos en la ley de manera expresa como sujetos pasivos del Impuesto sobre la Renta para la Equidad - CREE.
Para efectos de la exoneración de que trata el presente artículo, se tendrá en cuenta la totalidad de lo devengado por el trabajador.
Corresponderá al empleador determinar si el monto total efectivamente devengado por cada trabajador en el respectivo mes es inferior a diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes, para determinar si procede la exoneración prevista en el artículo 25 de la Ley 1607 de 2012 reglamentada en el presente decreto.
Lo anterior, sin perjuicio de la facultad de fiscalización y control de la Administración Tributaria Nacional y de las demás entidades competentes para constatar la correcta aplicación de las disposiciones legales que rigen las materias previstas en este decreto.”
2.1.2.9 Formato único de hoja de vida
El proponente deberá presentar con la propuesta totalmente diligenciado el formato de hoja de vida para persona jurídica que aparece en la página web de la función pública y el balance general de la empresa, suscrito por un contador público titulado.
Los formatos para diligenciar la información antes mencionada, aparecen en la página web del Departamento Administrativo de la Función Pública, en la siguiente dirección:
xxxx://xxxxxx.xxxx.xxx.xx:0000/xxxxxx/xxxx/xxxxxx/xxxx/xxxxxxxx
Este documento deberá ser presentado por todos los miembros de la forma asociativa
2.1.2.10 Certificado de la Junta Central de Contadores
Presentar el Certificado de la Junta Central de Contadores de la inscripción como Contador Público, correspondiente al Contador Público y al Revisor Fiscal.
2.2 Contenido y documentos de la propuesta
La propuesta debe presentarse en la forma y con los contenidos que señala el pliego de condiciones; para el efecto, dicho pliego se entrega en medio magnético. La
información del archivo se encuentra protegida y, en consecuencia, si el interesado requiere modificar o diligenciar algún formulario que allí se encuentre, puede copiarlo en otro archivo y así podrá manipularlo. Sin embargo, deberá tener en cuenta que la información válida es la que se encuentra en el archivo original del disco.
Los ítems o actividades se describen en forma concisa y no en detalle; por lo tanto, el interesado, antes de señalar o incluir el valor unitario de cada uno de ellos, deberá consultar en el pliego, en donde se indica en detalle cómo debe ejecutarse cada ítem o actividad y su forma de medida y pago. Si se encontraren discordancias, discrepancias, incongruencias u omisiones entre la descripción del ítem o actividad y lo indicado en la sección xxx xxxxxx indicada, se deberá solicitar la aclaración correspondiente a EPM en la forma prevista para ello dentro del mismo pliego.
La propuesta deberá entregarse en sobre cerrado y éste debe estar debidamente identificado con el nombre y el número del proceso de contratación y acompañada de todos los documentos anexos. Deberá presentarse en dos (2) ejemplares igualmente identificados y diferenciados respectivamente con las palabras: “original”, y “copia”. Los documentos deben presentarse en forma ordenada y de fácil manejo, numerados todos sus folios y refrendados con la firma del Proponente. Debe presentarse, además una relación de los documentos que componen la propuesta, con la indicación de los folios correspondientes a cada uno de ellos.
Las modificaciones hechas por el proponente a los formularios de los documentos exigidos, no serán válidas. EPM se abstendrá de considerar aquellos documentos que no cumplan las condiciones estipuladas en este pliego de condiciones.
Aspectos legales
EPM considera bajo este concepto -“aspectos legales”-, aparte de algunos que se contemplan expresamente como requisitos de participación, el cumplimiento de aquellas condiciones que la ley ha fijado a las personas potencialmente contratistas de la entidad en razón de su formación o constitución, la actividad que cumplen y las obligaciones que tienen tanto frente al Estado como frente a terceros. Por regla general, tales condiciones se acreditan mediante la exhibición de documentos, y cuando así esté contemplado en normas vigentes, EPM no admitirá otra forma de acreditarlas.
Cuando la ley dispone la obligación de contar con un documento que acredite la capacidad o habilitación para intervenir en alguna actividad o negocio -como es el caso en las profesiones regladas- ninguna prueba tendiente a demostrar la posesión de las habilidades o capacidades será aceptada en sustitución de aquél.
2.2.1 Carta de presentación
El proponente deberá adjuntar la carta de presentación de la propuesta, para lo cual utilizará el Formulario 2. Adicionalmente, certificará que para la preparación de su propuesta tuvo en cuenta las adendas recibidas.
2.2.2 Firma de la propuesta
El proponente indicará en el Formulario 3, los datos correspondientes a la dirección de su sede, en el Municipio de Medellín u otro lugar, donde desee recibir la correspondencia relacionada con la presente contratación, así como el nombre de la firma y de su representante legal, la Cámara de Comercio en la cual se encuentra inscrito y el número o código de inscripción.
La firma de la propuesta se cumple con el diligenciamiento del Formulario 3. La propuesta deberá estar suscrita por el representante legal o apoderado, si se trata de una persona jurídica.
Aspectos económicos
En este numeral se fijan las reglas acorde con las cuales deberán atenderse las obligaciones de contenido económico que asumen LAS PARTES entre sí y las que deban atender frente a terceros en virtud exclusivamente de lo pactado en el contrato y para garantizar el cumplimiento del mismo.
Los interesados han de tener en cuenta para elaborar su propuesta -y en caso de recibir la aceptación de la misma, en calidad de CONTRATISTA, que deben sujetarse estrictamente a ello- que, el entendimiento, la interpretación y la aplicación o ejecución de lo aquí previsto son sólo particularidades de los sistemas económico y macroeconómico respectivos y que ninguna previsión puede considerarse o leerse en forma aislada o contradictoria con las reglas o conceptos generales vigentes en dichos sistemas.
2.2.3 Precios
El proponente deberá indicar, en el formulario correspondiente de la propuesta, el precio unitario, para todos y cada uno de los ítems o actividades presentadas, y los valores totales que resulten de multiplicar las cantidades estimadas por los precios unitarios. Si se presentaren errores aritméticos en la propuesta, se harán, por parte de EPM, las correcciones del caso, tomando como definitivos y válidos los precios corregidos. Éstos serán la base de los que se consignarán en el contrato que se celebre con el proponente favorecido. Las enmendaduras de precios que aparezcan en la propuesta deberán confirmarse con nota al margen y firma del proponente, tanto en el original como en las copias.
Al preparar su oferta, el proponente deberá tener en cuenta todos los impuestos que puedan afectar sus precios y hayan de causarse por la ejecución del contrato, tales como: el Impuesto xx Xxxxx, IVA, Estampilla U. de A. y el de Industria y Comercio, entre otros, así como las deducciones y retenciones a que haya lugar, de acuerdo con la ley. Es entendido que EL CONTRATISTA estará obligado a reconocerle a los trabajadores que emplee, el salario y las prestaciones sociales cotizadas, o las mínimas legales, cuando aquél o aquéllas fueren inferiores a éstas.
2.2.4 Impuestos, deducciones y gastos
EL CONTRATISTA deberá pagar por su cuenta todos los gastos legales, tributos, impuestos, tasas, derechos y contribuciones en que incurra por concepto del trabajo contratado, en cumplimiento de las normas aplicables que existan sobre el particular y que hayan sido decretados por las autoridades, incluidos los tributos y gravámenes de otros países. Por lo tanto al preparar su oferta deberá tenerlos en cuenta.
EMVARIAS deducirá del valor del contrato todos los impuestos o retenciones en la fuente del orden internacional, nacional, departamental o municipal a que haya lugar, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.
2.2.5 Valor y forma de pago VALOR
De acuerdo con los diferentes componentes del Alcance del objeto contractual, se entenderá que el valor total del proyecto y del contrato resultante de esta invitación, lo constituirá la sumatoria de los valores propuestos para el CAPEX y para el OPEX.
El CAPEX será la suma de los valores propuestos para los conceptos de Conceptualización, Estudios, Diseños, Construcción de Obras Complementarias, incluyendo la entrega, instalación de equipos y Puesta en Marcha del sistema de tratamiento. El OPEX lo constituirá el valor de la operación por doce (12) meses y será liquidado periódicamente, con la fórmula indicada en el aparte referente a la Forma de pago.
El valor de la oferta será en pesos colombianos. El valor de la oferta será a todo costo, es decir, el oferente debe contemplar todos los costos directos e indirectos, como son insumos de diferente tipo, equipos, materiales, maquinaria, herramientas, transporte externo e interno de todo tipo de recursos, almacenamientos, personal de todo tipo, garantías, impuestos, trámites completos de importación e impuestos generados, energía y adecuaciones requeridas, reposiciones, obras definitivas o provisionales, mantenimientos y todo lo demás que considere necesario para el desarrollo y cumplimiento del objeto del contrato en sus diferentes fases. El valor de la oferta, se entiende a precios fijos no reajustables durante la ejecución. Igualmente,
el proponente deberá incluir en el formulario PRECIOS de su oferta, para cada fase del proyecto, el porcentaje de AU que corresponda según sea el caso, al elaborar los formularios de cantidades correspondientes.
El valor total de la Propuesta y por tanto del Contrato, corresponderá a la sumatoria de los valores finales previa corrección aritmética, del FORMULARIO 5 - PRECIOS de este pliego. No obstante, para la presentación de la propuesta, el proponente deberá acompañar los FORMULARIOS 5.1 y 5.2, de manera desagregada para cada componente de la ejecución, ello, con el fin de autorizar adecuadamente los pagos durante la ejecución del contrato, previo recibo a satisfacción por parte de la Interventoría.
El Contratista se obliga para con EMVARIAS a ejecutar la totalidad del proyecto, de acuerdo con la Propuesta técnica y económica presentada para cada fase, a todo costo como se indicó en ella, por tanto no habrá lugar al pacto y pago de ítems de servicio y/u obra adicionales y/o extras en relación con la misma, durante la ejecución; pues si bien estos términos establecen unos parámetros de ejecución, la Propuesta debe ser presentada en forma completa, de acuerdo con los detalles que implique la solución tecnológica propuesta por el adjudicatario. Por tanto, el Contratista declara que tuvo en cuenta para la preparación de su Propuesta Técnica y Económica, el cumplimiento de todos los requisitos técnicos estipulados en los pliegos de condiciones, y que igualmente consideró los riesgos asociados y la xxxxxxxx del impacto económico de su ocurrencia, así como los costos que pueda generarle el cumplimiento de la normativa vigente, específica para cada fase del proyecto y los procesos incluidos en el mismo.
EMVARIAS pagará los servicios y/o actividades ejecutados en moneda nacional colombiana, previa la presentación de la factura correspondiente, elaborada con el cumplimiento de todos los requisitos legales, tanto de forma como de contenido. Para la elaboración de la factura, EL CONTRATISTA medirá los servicios y/o actividades ejecutados y dicha medición deberá ser aprobada por el respectivo interventor.
FORMA DE PAGO:
El valor total del contrato resultante de esta invitación, será cancelado de la siguiente manera:
i. Las fases de conceptualización y de estudios y diseños se pagarán al Contratista, mediante actas parciales de avance de las mismas, previo recibo a satisfacción de los entregables, expedido por la Interventoría, según las actividades cumplidas y precios ofertados por el proponente en el formulario 5.2.
ii. Una vez entregados los productos de la fase anterior, y presentado un informe sobre las necesidades de importación sobre los equipos por parte del contratista a la Interventoría y a EMVARIAS, se entregará a título de
ANTICIPO, un VEINTE POR CIENTO (20%) del valor del ítem 2 del formulario
5.2 correspondiente a la construcción de obras complementarias, incluida la entrega e instalación de equipos y demás componentes asociados. El ANTICIPO se entregará previa aprobación por parte de la Interventoría y de la Empresa, del Plan de Inversión del Anticipo que entregará el Contratista.
Plan de Inversión del Anticipo:
El plan de inversión del anticipo debe discriminar: a) Los ítems en los cuales va a utilizar el Anticipo tales como: maquinaria, equipos, materiales e insumos, servicios financieros, entre otros y; b) El valor que representa cada ítem. Este plan debe ser aprobado por la Interventoría y por la Empresa.
Manejo del Anticipo:
El anticipo será amortizado mediante deducciones de las actas parciales mensuales de pago. La cuota de amortización se determinará multiplicando el valor de la respectiva acta por la relación que exista entre el saldo del anticipo y el saldo del valor del contrato.
Los fondos del anticipo solo podrán ser utilizados para los gastos propios del respectivo contrato, de acuerdo con los conceptos incluidos en el Plan de Inversión del Anticipo, acordado entre las partes. La iniciación de las obras o el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones contractuales no se hayan supeditadas, en ningún caso, a la entrega del anticipo.
Constitución xx Xxxxxxx: El contratista deberá constituir una FIDUCIA para el manejo de los recursos que reciba a título de Anticipo, con el fin de garantizar que dichos recursos se apliquen exclusivamente a la ejecución del contrato correspondiente. El costo de la comisión fiduciaria será cubierto directamente por el contratista. Los rendimientos generados en dicha cuenta pertenecerán a la Empresa.
La iniciación de las obras o el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones contractuales no se hayan supeditadas, en ningún caso, a la entrega del anticipo.
iii. Posteriormente, durante la fase de ejecución entrega e instalación de equipos, construcción de obras complementarias y demás componentes asociados, y puesta en marcha, se pagará al Contratista, mediante ACTAS PARCIALES MENSUALES DE AVANCE DE TRABAJOS, conforme a las actividades descritas en el formulario 5.2. presentado por el Contratista, incluyendo la amortización del ANTICIPO en el porcentaje entregado, previo recibo a satisfacción expedido por la Interventoría
.
NOTA: No obstante, el Acta de Recibo Final de todos los componentes y fases que conforman el CAPEX será suscrita por la Interventoría y por EMVARIAS, una vez se recibo a entera satisfacción el Proyecto completo objeto del Contrato, y contra dicha Acta una vez suscrita, luego de culminado el componente de Puesta en Marca, se cancelará LA SUMA CORRESPONDIENTE AL DIEZ POR CIENTO (10%) DEL VALOR
CONTRACTUAL DEL CAPEX, previa amortización del anticipo..
El valor autorizado en cada acta de pago, será el que resulte de multiplicar las actividades realizadas y recibidas a satisfacción por la Interventoría, por los valores unitarios y/o globales, según el caso, presentados con la propuesta técnico - económica, de acuerdo con lo expresado en el numeral 2.7.1 de estos Términos.
El Contratista asume el costo que pueda generar las variaciones en las cantidades de obra, ocasionadas por el ajuste de los diseños a las condiciones reales de ejecución en la zona de trabajo. EMVARIAS no autorizará el pacto y pago de ítems de servicio y/u obra, adicionales y/o extras o de cambios de obra, durante la ejecución, pues si bien estos pliegos establecen unos parámetros de ejecución, la Propuesta debe ser presentada en forma completa, de acuerdo con los detalles que implique la solución tecnológica propuesta por el adjudicatario.
iv. La fase de operación (OPEX), se pagará al Contratista mediante actas mensuales de operación (fechas xx xxxxx a definir con la Interventoría y EMVARIAS), recibidas previa confirmación de cumplimiento expedida por la Interventoría, así:
Tabla 1. Volumen y pagos
Volumen tratado al mes (m3/mes) | Pago mensual ($COP) |
0 a 15768 (m3/mes) | |
>15768 (m3/mes) |
Fuente: Elaboración Propia
Dónde:
Volumen tratado al mes medido a la entrada de la planta (fisicoquímico). (m3 / mes)
Valor estimado de la operación por 12 meses ($COP/año) Número de días calendario del mes de operación (días)
Número de días aprobados por la Interventoría como días xx xxxxx (días).
El Contratista deberá presentar su factura de venta. La(s) factura(s) de venta presentada(s) por el Contratista deberá(n) ser aceptadas(s) por el Interventor asignado al contrato, a la que se deberá adjuntar: a)Informe de seguimiento detallado, con registro fotográfico sobre la ejecución del contrato en el período facturado; b) Certificación expedida por el revisor fiscal o por el representante legal, según el caso, xx xxx y salvo de aportes parafiscales y a la seguridad social; paz y salvo de honorarios, salarios y conceptos complementarios; c) Autoliquidaciones mediante las cuales se logre verificar que se encuentra al día en los aportes al Sistema Integral de Seguridad Social y Parafiscales, a los que hubiere lugar, del
personal a su cargo, en especial de las personas que emplee el Contratista para la ejecución del contrato.
La(s) factura(s) de venta deberá(n) ser presentada(s) al Interventor en original y dos copias, sin embargo, si el Contratista se acoge a la Ley 1231 de 2008, presentará tres copias de la factura de venta.
Empresas Varias de Medellín S.A. E.S.P. - EMVARIAS cancelará la(s) factura(s) de venta a los treinta (30) días calendario siguientes en que la misma fue aceptada y aprobada por el Interventor del contrato.
Empresas Varias de Medellín S.A. E.S.P. - EMVARIAS a través del Interventor no dará por aceptada la(s) factura(s) de venta presentada(s) por el Contratista, cuando este no adjunte a la(s) misma(s): los documentos e información que le sean requeridos en el contrato y por el Interventor.
Adicionalmente, para el pago de la última factura de venta deberá anexar fuera de los documentos anteriormente mencionados, la Certificación firmada por el Revisor fiscal, en caso de estar obligado a tenerlo o por el Representante Legal, donde conste que se encuentra x xxx y salvo con todas las obligaciones laborales a su cargo, en especial con el personal que haya sido asignado para la ejecución del contrato.
En caso de que el Contratista negocie la factura de venta como Título Valor, deberá notificarle al Interventor, con copia al Subdirector(a) de Tesorería de Empresas Varias de Medellín S.A. E.S.P. - EMVARIAS, al día siguiente de la negociación, el nombre y apellidos (persona natural) o Razón social (persona jurídica), cédula o NIT del primer tenedor legítimo del título.
Para efectos del pago, el Contratista deberá abrir una cuenta corriente o de ahorros a su nombre, en las condiciones señaladas en el numeral 20 de las OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA, en la que mediante giro electrónico, se le consignará el valor de lo facturado, por la ejecución del contrato. Sin embargo, si la factura de venta hubiese sido entregada por el Contratista en copia, o la factura original fuere negociada como Título Valor, el pago se realizará directamente en la Subdirección de Tesorería de Empresas Varias de Medellín S.A. E.S.P. - EMVARIAS y no por transferencia electrónica, obligándose el Contratista o tenedor a presentar la factura de venta original al momento de reclamar su pago
Es requisito indispensable para efectuar los pagos, que EL CONTRATISTA acompañe a la factura de cobro la constancia de cancelación de los salarios y prestaciones sociales a los trabajadores, así como copia de pago al sistema de seguridad social integral (EPS, AFP, ARP), y parafiscales (Caja de compensación familiar, ICBF y SENA), donde se detalle el periodo de cotización, número de cédula y salario base de cotización.
Es entendido que el oferente favorecido con la aceptación de la oferta y en su calidad de Contratista faculta expresamente a EMVARIAS para:
a). Revisar y verificar los pagos por los anteriores conceptos en las entidades correspondientes, durante la vigencia del contrato, según lo definido en el Art. 50 de la ley 789 de 2002 y acorde con la Ley 1607 de 2012 cuando corresponda.
b). Retener los pagos que EL CONTRATISTA tenga a su favor, en caso de presentar xxxx en los aportes a la seguridad social y parafiscales y/o en el pago a los trabajadores vinculados mediante contrato de trabajo o a cualquiera de los ex trabajadores del mismo, por concepto de salarios, prestaciones sociales ó cualquiera otra obligación de carácter laboral pendiente.
c). Pagar todos los conceptos laborales contemplados en el literal b). de esta cláusula, como consecuencia del incumplimiento, directamente a quien corresponda con cargo a las sumas adeudadas a EL CONTRATISTA, sin que ello implique que EMVARIAS se convierta en empleador y mucho menos que sustituya las obligaciones laborales a cargo de EL CONTRATISTA.
d). Exigir, a través de la interventoría, las constancias de pago correspondientes a salarios, prestaciones sociales, seguridad social, parafiscales y cualquier otro concepto de pago que se hubiere causado a cargo del CONTRATISTA empleador en favor de cualquiera de sus trabajadores durante el plazo contractual.
2.2.6 Plazo y Lugar de ejecución
Una vez recibida la orden de inicio del contrato por parte de EMVARIAS, EL CONTRATISTA tendrá los siguientes plazos
Para el CAPEX: Conceptualización, Estudios y Diseños, Construcción de Obras Complementarias, Puesta en Marcha, será de cuatrocientos cincuenta
(450) días- QUINCE (15) MESES Así:
- Para Ingeniería conceptual y básica: Tres meses (90 días calendario) a partir de la orden de inicio.
- Diseño de obra civil, necesaria para la ejecución del contrato de obra civil que adelantara EMVARIAS para movimientos de tierra, obras de estabilización, cimentaciones, edificaciones etc: Tres Meses (90 días calendario) a partir de la orden de inicio.
- Ingeniería detalle: Seis meses (180 días calendario) a partir de la orden de inicio.
- fabricación y entrega de equipos: 13 meses (390 días calendario) a partir de la orden de inicio.
- Instalación y montaje: 14 meses (420 días calendario) a partir de la orden de inicio.
- Puesta en marcha: 15 meses (450 días calendario) a partir de la orden de inicio
Para lo anterior, el contratista deberá tener en cuenta el siguiente cronograma, que incluye las actividades de ejecución del presente proceso contractual (rojo) y el de obra civil que adelantará EMVARIAS (azul), una vez se tenga ejecutada la actividad diseño de obra civil por parte del Contratista seleccionado en este proceso:
Actividad | Duración (Meses) | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 |
Ingeniería conceptual y básica | 3 | |||||||||||||||
Diseño de obra civil | 2 | |||||||||||||||
Ingeniería detalle | 3 | |||||||||||||||
Fabricación y entrega de equipos | 7 | |||||||||||||||
Instalación y montaje | 3 | |||||||||||||||
Puesta en marcha | 1 |
Cronograma obra civil
Actividad | Duración (meses) | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 |
Contratación obra civil | 2 | |||||||||||||||
Ejecución obra civil | 4 |
Para la fase de operación: será de trescientos sesenta y cinco (365) días calendario, a partir de terminada la actividad de puesta en marcha.
Se considerará que hay incumplimiento en la entrega o ejecución del contrato cuando en el proceso de su recepción de los servicios o actividades EMVARIAS encuentra que hay labores o actividades incompletas o no funcionales.
En el caso que durante la ejecución del contrato, se presenten incumplimientos graves y sistemáticos de las obligaciones a cargo de EL CONTRATISTA, EMVARIAS le anunciará sobre la terminación del mismo, sin perjuicio de iniciar las acciones contractuales y legales pertinentes.
La ejecución del contrato se realizará en el Relleno Sanitario La Pradera, ubicado en el municipio de Donmatías, Antioquia
2.2.7 Lista de cantidades y precios unitarios
En el Formulario de precios, el proponente deberá señalar el valor unitario de cada uno de los ítems o servicios que allí aparecen. En caso de que el valor sea “cero”, así deberá expresarse, so pena de considerar incompleta la información o mal diligenciado el formulario. Cuando el formulario exija incluir totales o valores sumados, o cuando el proponente quiera incluirlos, EPM se reserva el derecho de verificar la adecuación de las operaciones con las cuales éstos se obtienen y, en todo caso, se tomará como referente el valor unitario y el resultado corregido que EPM encuentre.
2.2.8 Especificaciones Técnicas
El presente pliego incluye el capítulo denominado “ESPECIFICACIONES TÉCNICAS” que EL CONTRATISTA deberá estudiar y aplicar plenamente para la ejecución de los servicios y/o actividades y el cumplimiento del contrato. En él se incluyen las características técnicas y funcionales de los servicios y/o actividades a desarrollar y los procedimientos que deben seguirse para la realización de diversas actividades implícitas en la ejecución.
Todas las previsiones contempladas en este aparte deben interpretarse con aplicación del principio de la buena fe y con base en las reglas y criterios imperantes en cada una de las disciplinas que les sirven de base; esto se aplica de manera estricta a lo referente “al análisis y planeación del proyecto” que será validado con la propuesta seleccionada, siempre y cuando cumpla con los requisitos exigidos como de obligatorio cumplimiento en este pliego de condiciones y, en consecuencia, salvo por las instrucciones expresas que EL CONTRATISTA obtenga de EPM, se hace responsable de una inadecuada interpretación o de la incursión en omisiones o errores que el conocimiento vigente -y que EPM supone cuando aceptan su propuesta- exige detectar y corregir.
Costos de elaboración de la propuesta
EPM ni EMVARIAS asumen ningún costo por la elaboración de las propuestas que se reciban.
2.3 Entrega de la propuesta
Los interesados deberán entregar sus propuestas en el lugar y hasta la fecha y hora que se indican en el pliego. La presentación de la oferta se tomará como constancia de que el proponente ha examinado completamente el pliego de condiciones, que ha
obtenido de EPM aclaraciones satisfactorias sobre cualquier punto que haya considerado incierto o dudoso, y que ha aceptado que los documentos están completos y que son compatibles y adecuados para definir los servicios y/o actividades que se contratan. Las interpretaciones o deducciones que los proponentes hagan de los documentos del proceso de contratación y de las aclaraciones hechas por EPM, serán de exclusiva responsabilidad de aquellos.
Fecha y ampliación
Las propuestas deben entregarse en el día, hora y lugar indicados en el numeral Cierre de presentación de ofertas. En caso de que EPM considere necesario ampliar el plazo para la entrega, lo harán saber a los interesados a través de una adenda expedida antes del vencimiento del día y hora señalados. En tal caso, la vigencia de la garantía de seriedad de todas las propuestas debe comenzar a partir de la nueva fecha de cierre del proceso de contratación.
Forma original y copia
Las propuestas deberán estar debidamente identificadas con el nombre y el número del proceso de contratación, y acompañadas con todos los documentos anexos. Deberán presentarse dos (2) ejemplares impresos, en sobres cerrados, separados y marcados: “Original” y “Copia”, respectivamente, en los cuales se hará constar, además, el nombre del proponente y su dirección completa, así:
CONTRATACIÓN Nro. 05 de 2014.
Objeto: CONCEPTUALIZACIÓN, DISEÑO, CONSTRUCCIÓN DE OBRAS COMPLEMENTARIAS, ENTREGA E INSTALACIÓN DE EQUIPOS, PUESTA EN MARCHA, Y OPERACIÓN DE UN SISTEMA DE TRATAMIENTO DE LIXIVIADOS EN EL RELLENO SANITARIO LA PRADERA, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE DONMATÍAS, ANTIOQUIA
En caso de discrepancia entre los ejemplares, el marcado como “Original” primará sobre el otro.
EPM no será responsable por la apertura prematura de una propuesta, o por no abrirla y, en consecuencia, no tenerla en cuenta, cuando no esté correctamente dirigida y marcada como se exige en este pliego. Tampoco se responsabilizará por los retardos, extravíos u otros hechos desfavorables para el proponente, que puedan presentarse cuando la propuesta sea enviada por correo.
Retiro o modificación
Xxxxxx proponente puede modificar, adicionar o retirar su oferta después del cierre de presentación de ofertas del proceso de contratación, so pena de que se haga efectiva la garantía de seriedad. EPM puede pedir aclaraciones o informaciones adicionales a cualquiera de los proponentes sobre el contenido de sus ofertas, pero ello no significa que surja para estos el derecho a modificarlas o adicionarlas.
2.4 Apertura de la propuesta
En la oportunidad señalada, EPM abrirá las ofertas con el fin de iniciar el proceso de análisis que permitirá su evaluación y posterior decisión. La apertura comportará los siguientes pasos:
Audiencia, lugar y acta
En el lugar, día y hora señalados para el “cierre de presentación de ofertas”, los servidores de EPM responsables del desarrollo del proceso abrirán una a una las ofertas oportuna y debidamente entregadas y constatarán los aspectos generales más importantes tales como nombre del proponente, plazo señalado por él, valor global, garantías y representación legal. De todo ello se dejará constancia en un acta que firmarán al menos dos de dichos servidores y los representantes de los proponentes que concurran y deseen hacerlo. Dicha acta se denominará “Acta de audiencia y apertura de propuestas del proceso de contratación”
Validez de la propuesta
La oferta tendrá una validez de ciento veinte (120) días calendario, contados a partir de la fecha de cierre para la presentación de ofertas de este proceso de contratación, término dentro del cual EPM aceptará la propuesta o declararán desierta la contratación.
El término para aceptar la oferta o declarar desierto el proceso podrá ser ampliado por EPM, antes de su vencimiento y por un término de hasta cuarenta y cinco (45) días calendario, en cuyo caso todos los proponentes deberán ampliar la validez de sus propuestas y la vigencia de las garantías de seriedad.
2.5 Rechazo y eliminación
Se entiende por “rechazo” la determinación de EPM de no estudiar o considerar una propuesta por la carencia de alguno de los requisitos de participación determinados por este pliego.
Se entiende por “eliminación” la decisión de EPM de excluir del proceso una propuesta cuando dentro de su análisis, estudio o consideración se han detectado
errores, carencias, faltas o, en general, informaciones no admisibles que hagan inconveniente o ilegal la aceptación de dicha propuesta.
Con todo, EPM se reserva el derecho de solicitar las aclaraciones o precisiones que estime necesarias para definir el incumplimiento, siempre y cuando ello no haga posible la modificación de la propuesta en aspectos considerados esenciales por EPM. Si el proponente modifica en alguna forma la esencia de su propuesta, ésta será eliminada.
Causales de rechazo
Serán causales para rechazar la oferta el incumplimiento de cualquiera de los requisitos de participación exigidos en el pliego.
Causales de eliminación
EPM podrá eliminar las propuestas en cualquiera de los siguientes casos:
2.5.2.1. Cuando la propuesta fuere presentada por una persona, natural o jurídica, que haya intervenido, directa o indirectamente, en el estudio o proyecto de los servicios y/o actividades, o participado en la elaboración de los diseños o pliegos de condiciones, o por las sociedades cuyos socios o personal a su servicio haya tenido tal intervención.
2.5.2.2. Cuando un socio o empleado de una sociedad que presente propuesta, haya participado en la elaboración de la oferta de otra persona, natural o jurídica, que igualmente participe en este proceso de contratación.
2.5.2.3. Cuando la propuesta presente desviaciones sustanciales en los términos del numeral Desviaciones de este pliego de condiciones o cuando la propuesta resulte incompleta o indebidamente diligenciada.
2.5.2.4. Cuando la propuesta o sus aclaraciones contengan información inexacta o falsa, o resulte condicionada, confusa, indefinida o ambigua.
2.5.2.5. Cuando la propuesta se modifique por el proponente de manera unilateral o ante una solicitud de aclaración de EPM.
2.5.2.6. Cuando uno o varios precios presentados en la propuesta presenten desequilibrios no justificados en relación con los precios normales xxx xxxxxxx.
2.5.2.7. Cuando mediante acuerdos u otras conductas realizadas por el proponente se atente o pongan en riesgo los derechos de EPM y EMVARIAS o de otros proponentes.
2.5.2.8. Cuando el proponente ejecute cualquier acción tendiente a influenciar o presionar a los servidores de EPM y EMVARIAS encargados del estudio y evaluación de las propuestas, o de la aceptación de la oferta.
2.5.2.9. Cuando el proponente no acepte la sujeción a la ley colombiana y la renuncia a reclamación diplomática, o cuando la propuesta estipule la obligatoriedad de que las diferencias que surjan entre las partes durante la ejecución del contrato sean sometidas a la decisión de tribunales de arbitramento.
2.5.2.10. Cuando hayan cambiado sustancialmente las condiciones del proponente desde la presentación de su propuesta por cualquier causa que, a juicio de EPM, limite seriamente la capacidad técnica, operacional o financiera del proponente.
2.5.2.11. Cuando el proponente no haya respondido oportunamente cualquier requerimiento de información de EPM o lo haga modificando la propuesta.
2.5.2.12. Cuando los estados financieros solicitados para evaluación no cumplan lo previsto en la ley.
2.5.2.13. Cuando el revisor fiscal o el contador público responsables de suscribir los documentos financieros exigidos no estén debidamente registrados ante las autoridades competentes y habilitados por éstas.
2.5.2.14. Cuando, detectados errores u omisiones de forma en los documentos financieros y solicitadas las aclaraciones del caso, el proponente no las haga o las que presente se consideren insatisfactorias o inconsistentes por parte de EPM.
2.5.2.15. Cuando en la evaluación de las ofertas se detecten faltas o inadecuaciones en materia de equipos y personal ofrecidos por el proponente para llevar a cabo los servicios y/o actividades.
2.5.2.16. Cuando detectadas desviaciones no sustanciales en la propuesta, el proponente requerido para hacer las aclaraciones que EPM consideran necesarias, no las haga o las que haga resulten por fuera del tiempo fijado para ello o insatisfactorias para el propósito buscado.
2.5.2.17. Cuando el oferente no presente el formulario “Carta de presentación de la oferta” o habiéndola presentado no cumple con las exigencias requeridas.
2.5.2.18. Cuando la propuesta no resulte elegible por no obtener un puntaje mínimo del sesenta por ciento (60%) del puntaje máximo establecido para la evaluación de la misma de acuerdo con los factores de ponderación.
2.5.2.19 Cuando el proponente o sus accionistas o sus asociados, o sus representantes legales o miembros de Junta Directiva, estén reportados en una o
algunas de las listas vinculantes para el Estado Colombiano en relación con el lavado de Activos y Financiación del Terrorismo LA/FT.
2.5.2.20 Cuando se presenten dos ofertas básicas, la segunda será eliminada.
2.5.2.19. Cuando el representante o los representantes legales de una persona jurídica ostenten igual condición en otra u otras entidades diferentes, que igualmente participen en este proceso de contratación, se considerará la que primero se haya presentado. Si se presentan al mismo tiempo, todas serán eliminadas.
2.5.2.20. Por la presentación de la propuesta después de la fecha y hora señaladas.
2.6 Formularios
En la elaboración de la propuesta el interesado deberá tener en cuenta que determinado tipo de información que EPM requiere para evaluar las ofertas, debe consignarse en formularios previamente suministrados por la entidad con este pliego. En consecuencia, y salvo casos especiales en los que pueda demostrarse que la omisión es fácilmente subsanable, el no consignar debidamente la información de cada formulario o diligenciarlo indebida o incompletamente, supondrá la calificación de la propuesta como “incompleta”. Los formularios a incluir en la propuesta son:
FORMULARIO 1: Relación de documentos FORMULARIO 2: Carta de presentación de la propuesta FORMULARIO 3: Datos generales de la propuesta FORMULARIO 4: Relación de experiencia FORMULARIO 5: Precios
FORMULARIO 6: Pacto de Transparencia FORMULARIO 7: Modelo de Certificado FORMULARIO 8: Adendas y aclaraciones recibidas
FORMULARIO 9: Prevención lavado de activos y financiación del terrorismo.
Anexos:
Certificación de pago de aportes de seguridad y parafiscales. Garantía de seriedad de la oferta.
Certificado de existencia y representación legal.
Certificado de inscripción en la Subsecretaria xx Xxxxxx del Municipio de Medellín Certificado de la Junta Central de Contadores
Formato único de hoja de vida Balance general
FORMULARIO 1: Relación de documentos
El PROPONENTE , somete la presente oferta a consideración de EPM, cuyo contenido es el siguiente:
Documentos y formularios | Titulo | De la hoja N° | A la hoja N° |
FORMULARIO 1 | Relación de documentos | ||
FORMULARIO 2 | Carta de presentación de la propuesta | ||
FORMULARIO 3 | Datos generales de la propuesta | ||
FORMULARIO 4 | Relación de experiencia | ||
FORMULARIO 5 | Precios | ||
FORMULARIO 6 | Pacto de Transparencia | ||
FORMULARIO 7 | Modelo de Certificado | ||
FORMULARIO 8 | Adendas y aclaraciones recibidas | ||
FORMULARIO 9 | Prevención lavado de activos y financiación del terrorismo | ||
Certificación de pago de aportes de seguridad y parafiscales. | |||
Garantía de seriedad de la oferta. | |||
Certificado de existencia y representación legal. | |||
Certificado de inscripción en la Subsecretaria xx Xxxxxx del Municipio de Medellín | |||
Certificado de la Junta Central de Contadores | |||
Formato único de hoja de vida | |||
Balance general | |||
Documentos adicionales |
Nombre del proponente:
NIT:
Nombre del representante legal:
Cédula del representante legal:
Firma del representante legal o apoderado:
FORMULARIO 2: Carta de Presentación de la propuesta
Xxxxx , Xxxxx
Señores
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E. S. P.
Unidad Soporte a la Contratación Xxxxxxx 00 Xx. 00-000 xxxxxxx 000 xxxx 0 Xxxxxx
Xxxxxx: OFERTA PARA EL PROCESO DE CONTRATACIÓN No. 05-2014
Objeto del proceso de contratación: CONCEPTUALIZACIÓN, DISEÑO, CONSTRUCCIÓN DE OBRAS COMPLEMENTARIAS, ENTREGA E INSTALACIÓN DE EQUIPOS, PUESTA EN MARCHA, Y OPERACIÓN DE UN SISTEMA DE TRATAMIENTO DE LIXIVIADOS EN EL RELLENO SANITARIO LA PRADERA, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE DONMATÍAS, ANTIOQUIA
El (los) suscrito(s) habiendo examinado cuidadosamente los documentos de la contratación y (sus adendas ), recibidas las aclaraciones solicitadas, presento oferta para ejecutar los servicios y/o actividades relacionadas con el objeto del proceso de contratación del asunto.
De ser aceptada la oferta nos comprometemos a formalizar un contrato de conformidad con lo establecido en los documentos de la contratación y a presentar la documentación requerida, dentro del período indicado para el efecto.
Ejecutaremos el contrato por los precios cotizados en nuestra oferta, según procedimiento establecido en el pliego, en las condiciones contractuales y técnicas exigidas en los documentos de esta contratación y previstas por las normas que rigen la contratación con EPM de conformidad con la aceptación que se nos haga y en el plazo estipulado en el PLIEGO.
Mantendremos válida nuestra oferta durante el término que se establece en los documentos de esta contratación, contados desde la fecha de cierre para la presentación de ofertas; procederemos a ampliar su validez y la vigencia de la garantía de seriedad, si se diere el supuesto contemplado en este PLIEGO.
Manifestamos que a la fecha no incurrimos en ninguna causal de inhabilidad o incompatibilidad para contratar con EMVARIAS y en caso de sobrevenir alguna, cederemos el contrato, previa autorización escrita de EMVARIAS y de no ser posible la cesión, renunciaremos a continuar con su ejecución.
Con la presentación de esta oferta autorizamos a EPM y a sus subordinadas para para utilizar la información referente a datos personales para actividades propias de su negocio y su tratamiento estará regulado por la LEY 1581 de 2012.
Declaramos que la información contenida en nuestra oferta es exacta y veraz, y que aportaremos las pruebas que EPM considere necesarias para verificar su exactitud y en caso de no ser ello satisfactorio para EPM conforme a las exigencias de los documentos de esta contratación, aceptamos que nuestra oferta sea eliminada.
Declaramos expresamente que la presente propuesta si no tiene información reservada y la información que tiene dicho carácter es:
Lo anterior con fundamento en las siguientes normas:
.
Declaramos que estamos informados y aceptamos las condiciones y procedimientos que para los ajustes de informalidades y de precios unitarios se han estipulado en el pliego para la “Evaluación de las ofertas”, así mismo aceptamos que EPM realice el ajuste de precios a los que tiene previamente determinados de acuerdo con los presentados en el formulario de precios y aceptamos el contrato único con dichos precios, en caso de que nos sea aceptada la oferta y las demás condiciones y especificaciones contenidas en el mismo.
Nombre del oferente: NIT:
Dirección del oferente: Teléfono No:
Fax No.: E-mail donde se reciben notificaciones:
NOMBRE DE LA FORMA ASOCIATIVA PROPONENTE:
NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO:
FIRMA: CÉDULA DE CIUDADANÍA: DE:
Ciudad: Fecha:
Anexo:
Cuando el proponente manifieste que existe información de su oferta que tiene el carácter de reservada señalar expresa y debidamente, en el presente anexo los fundamentos mediante los cuales considera que le otorgan el carácter mencionado.
Texto
Atentamente, Representante legal:
Cédula de Ciudadanía:
Firma:
FORMULARIO 3: Datos generales de la propuesta
En el siguiente cuadro, presentamos los datos generales de nuestra empresa y la firma del representante legal para participar en el proceso de contratación.
DATOS DEL PROPONENTE | ||
NOMBRE DEL PROPONENTE | ||
NIT | ||
NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL (O APODERADO) | ||
FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL (O APODERADO) | ||
CÉDULA DE CIUDADANÍA | DE | |
DIRECCIÓN DEL PROPONENTE | CIUDAD | |
TELÉFONO (S) | FAX | |
CÁMARA DE COMERCIO EN LA CUAL SE ENCUENTRA INSCRITO | ||
NÚMERO O CÓDIGO DE INSCRIPCIÓN | ||
E-MAIL para recibir notificaciones | ||
FORMULARIO 4. RELACIÓN DE EXPERIENCIA
(APLICA PARA SOCIEDAD LÍDER, LAS OTRAS SOCIEADES INTEGRANTES DE FORMA ASOCIATIVA Y PARA EL PROVEEDOR DE TECNOLOGÍA).
No. | Nombre Proyecto | Fecha de terminación mm/aaaa | País - Ciudad | Caudal m3/día | Concentración DBO (mg/l) | Concentración DQO (mg/l) | Concentración NH4-N (mg/l) | Porcentaje (%) de participación** |
1 | ||||||||
2 | ||||||||
3 | ||||||||
4 | ||||||||
5 | ||||||||
6 |
Fuente: Elaboración Propia
** Para contratos ejecutados bajo Forma Asociativa (Consorcio o Unión Temporal).
FORMULARIO 5: Precios
Los proponentes deberán diligenciar completamente el formulario de precios que se adjunta a continuación; cualquier error u omisión sustancial conducirán a la eliminación de su oferta; si se trata de un error subsanable, EPM procederá a su corrección, aplicando el procedimiento descrito en el Capítulo 3.
El proponente deberá tener en cuenta para su cotización en el formulario de precios, los servicios que deberá prestar y los servicios que asumirá Emvarias, descritos en este pliego de condiciones.
Formulario 5.1. Resumen formulario
ITEM | VALOR (Incluye e IVA) | |
No. | Descripción | |
CAPEX | ||
1 | Conceptualización, Estudios, Diseños | |
2 | Construcción de obras complementarias, entrega e instalación de equipos, con todos sus componentes | |
3 | Puesta en Marcha | |
OPEX | ||
4 | Operación por 12 meses | |
TOTAL |
Fuente: Elaboración Propia
Formulario 5.2. Formulario de cantidades de obra
ÍTEM | Unidad | Valor unitario | Valor Total | |
No. | Descripción | |||
CAPEX | ||||
1 | Diseño | |||
1.1 | ||||
1.2 | ||||
Valor total Diseños |
2 | Construcción y puesta en Marcha | |||
2.1 | ||||
2.2 | ||||
Valor total Construcción | ||||
OPEX | ||||
3 | Operación por 12 meses | |||
3.1 | ||||
3.2 | ||||
Valor total Operación | ||||
TOTAL |
Fuente: Elaboración Propia
Los valores unitarios incluyen IVA
No podrán modificarse las cantidades en la ejecución
Formulario 5.3. Formulario de operación a largo plazo
ítem | AÑO | |||||||||||
No | Descripción | UND | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 |
(Los indicados son ejemplo) | ||||||||||||
1 | Insumos químicos | |||||||||||
1.1 | ||||||||||||
1.2 | ||||||||||||
2 | Consumo de energía. | |||||||||||
2.1 | ||||||||||||
2.2 | ||||||||||||
3 | Consumibles operativos | |||||||||||
3.1 | ||||||||||||
3.2 | ||||||||||||
4 | Reposiciones | |||||||||||
4.1 | ||||||||||||
4.2 | ||||||||||||
5 | Personal | |||||||||||
5.1 | ||||||||||||
5.2 | ||||||||||||
6 | Tratamiento y manejo de concentrado y lodos | |||||||||||
6.1 | ||||||||||||
6.2 | ||||||||||||
Valor total año ($) |
Fuente: Elaboración Propia
FORMULARIO 6 PACTO DE TRANSPARENCIA
Conforme a lo dispuesto en el Acuerdo Municipal No. 65 de 2008 del Concejo de Medellín
Los proveedores, proponentes, contratistas y servidores públicos de EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN S.A. E.S.P. se comprometen a orientar la gestión del proceso de contratación con respeto a los principios de legalidad, transparencia y probidad.
Con tal fin los proveedores, proponentes y contratistas se comprometen a no ofrecer ninguna clase de prebendas, beneficios o dádivas a los servidores de la Empresa, para que sean favorecidos en el proceso de selección y/o para flexibilizar el control de la supervisión durante la ejecución del contrato. Igualmente se comprometen a ejecutar el objeto del contrato de la manera que mejor satisfaga los intereses de la Entidad y de la comunidad.
Por su parte, los servidores de la Empresa, incluyendo a quienes ejecuten la supervisión contratada, se comprometen a facilitar el acceso equitativo y transparente que garantice la pluralidad de proponentes y contratistas, presentando la información de manera pública, oportuna, verídica, completa y exacta, para todos aquellos que participen en el proceso de contratación, al igual que a otros servidores públicos y a la ciudadanía en general para su análisis y control.
Igualmente se obligan a ejercer las funciones públicas de manera honesta y transparente y teniendo como criterio de acción la eficiencia de la función, la preferencia de los intereses colectivos sobre el particular, el control de sus funciones, el adecuado manejo de dineros y bienes públicos, evitar y denunciar toda conducta que atente contra la probidad de los demás, tanto de servidores como de la ciudadanía.
Los servidores de Empresas Varias de Medellín S.A. E.S.P. y sus grupos de interés tales como proveedores, proponentes y contratistas, declaran que los principios éticos contenidos en el Código de Ética son su marco de actuación.
Por el Proponente, (Nombre Representante Legal)
FORMULARIO 7 MODELO DE CERTIFICADO
FECHA DE EXPEDICIÓN:
NOMBRE DE LA ENTIDAD CONTRATANTE (PÚBLICA O PRIVADA) | ||||||||
NIT | ||||||||
NUMERO DE CONTRATO | ||||||||
OBJETO | ||||||||
VALOR DEL CONTRATO | ||||||||
VALOR EXPRESADO EN SMMLV A LA FECHA DE INICIO | ||||||||
FECHA DE INICIO | ||||||||
FECHA DE TERMINACIÓN | ||||||||
VALOR EJECUTADO A LA FECHA | ||||||||
PRÓRROGAS | ||||||||
ADICIONES | ||||||||
PORCENTAJE TOTAL DE EJECUCIÓN CORRESPONDIENTE A LA ACTIVIDAD DEL OBJETO CONTRACTUAL CON RESPECTO AL VALOR TOTAL DEL CONTRATO | ||||||||
MULTAS | NINGUNA | 1 | 2 | Ó MÁS | ||||
SANCIONES POR UN PROCEDIMIENTO DISTINTO AL DE MULTAS | NINGUNA | 1 | 2 | Ó MÁS | ||||
DEMANDAS CON OCASIÓN DEL CONTRATO | NINGUNA | 1 | 2 | Ó MÁS |
DECLARATORIA DE INCUMPLIMIENTO (CADUCIDAD) | SI | NO | ||||||
GARANTÍAS QUE SE LE HAYAN HECHO EFECTIVAS POR INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO | SI | ¿CUÁLES? | NO | |||||
DESEMPEÑO EN EL CONTRATO | EXCELENTE | BUENO | REGULAR | DEFICIENTE | ||||
Fuente: Elaboración Propia
Firma del Representante de la Proponente
FORMULARIO 8: Adendas y aclaraciones recibidas
A continuación relaciono las adendas correspondientes a este proceso de contratación que he recibido.
Número de adendas recibidas:
ADENDA N° | FECHA DE LA ADENDA |
Número de aclaraciones recibidas:
ACLARACIÓN N° | FECHA DE LA ACLARACIÓN |
Firmado:
Representante legal del proponente Ciudad y fecha
FORMULARIO 9 Prevención lavado de activos y financiación del terrorismo
Introducción e instrucciones |
Empresas Públicas de Medellín E.S.P., en su calidad de sujeto responsable de contar con un sistema de gestión de riesgos Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, en adelante LA/FT, en coherencia con sus actuales Políticas de Gestión Integral de Riesgos y de Responsabilidad Social Empresarial. El presente formato debe ser entregado con la información soporte y ser diligenciado totalmente. Tenga en cuenta que: a) Es posible que alguna información no aplique, en cuyo caso así se deberá expresar. b) En el caso de personas jurídicas, el formato debe ser firmado por el Representante Legal, acompañándolo de fotocopia de su cédula de ciudadanía y del RUT de la empresa. c) Para el caso de las personas naturales, el formato debe ser firmado por la persona natural adjuntando fotocopia de su cédula de ciudadanía y del RUT. |
Información básica de la empresa o comerciante | ||
Nombre, razón o denominación social: | ||
NIT o Identificación: | Fecha y Lugar de Expedición: | |
Dirección: | ||
Ciudad: | ||
Teléfono: | Celular: | |
e-mail: |
Información del representante legal | ||
Nombres: | ||
Apellidos: | ||
Identificación: | Fecha y Lugar de Expedición: | |
Teléfono: | Celular: | |
Dirección: | ||
Ciudad: |
e-mail:
Información de miembros de junta directiva, consejo de administración o su equivalente 2 | ||
Nombres: | ||
Apellidos: | ||
Identificación: | Fecha y Lugar de Expedición: | |
Teléfono: | Celular: | |
Dirección: | ||
Ciudad: | ||
e-mail: |
Información de revisores fiscales 3 | ||
Nombres: | ||
Apellidos: | ||
Identificación: | Fecha y Lugar de Expedición: | |
Cargo (indicar si es principal o suplente): | ||
Teléfono: | Celular: | |
Dirección: | ||
Ciudad: | ||
e-mail: | ||
Nombres: | ||
Apellidos: | ||
Identificación: | Fecha y Lugar de Expedición: | |
Cargo (indicar si es principal o suplente): | ||
Teléfono: | Celular: | |
Dirección: | ||
Ciudad: | ||
e-mail: |
2 Diligenciar en cuadro aparte para detallar todos los miembros de junta directiva (principales y suplentes) en caso de requerir más espacio.
3 Diligenciar para el Revisor Principal y para el Suplente.
En caso de tener una firma o persona jurídica, indicar los datos de la misma:
Razón social: |
Identificación: |
Accionistas o socios con participación superior o igual al cinco por ciento (5%) 4 | ||||||
Certifico que los asociados, accionistas o socios que tienen una participación superior o igual al CINCO POR CIENTO (5%) de participación en el capital social de la entidad que represento son las personas naturales o jurídicas que aparecen en la siguiente relación: | ||||||
Nombres y apellidos | Identificación | Fecha de Expedición del Documento | Lugar de Expedición del Documento | Participación en el capital social (%) | Dirección | Ciudad |
Nota: utilizar un cuadro aparte para detallar todos los socios en caso de requerir más espacio.
*En caso que uno de los accionistas sea una persona jurídica, especifique el nombre y la identificación de la misma.
Manifestaciones |
Por medio de este documento declaro que: Los recursos con los cuales se ejecutará la actividad o servicio no provienen de ninguna actividad ilícita y aquellos recursos que recibiré como contraprestación por la ejecución de la actividad o servicio, no serán destinados a financiar ninguna actividad ilícita. La información consignada y anexa a este formulario es veraz y admito que cualquier omisión o inexactitud en estos documentos podrá ocasionar el rechazo de la solicitud a la que este formato acompaña y la devolución de la documentación, así como la cancelación de mi inscripción o de la inscripción de la Empresa a la cual represento. En caso de ser persona jurídica, declaro que los recursos con los cuales fue constituida no provienen de ninguna actividad ilícita. |
Autorización |
Mediante la presente, autorizo a Empresas Públicas de Medellín E.S.P. y/o EMVARIAS S.A ESP, para que consulte |
4 Diligenciar en cuadro aparte para detallar todos los socios en caso de requerir más espacio.
las listas establecidas para el control xx Xxxxxx de Activos y Financiación del Terrorismo, así como las centrales de información y/o bases de datos públicas, correspondiente a la persona jurídica que represento, a sus representantes legales, revisores fiscales, miembros de Junta Directiva y accionistas o socios con participación superior o igual al 5% del capital social.
Para el caso de personas naturales, mediante la presente, autorizo a Empresas Públicas de Medellín E.S.P. y/o EMVARIAS S.A ESP, para que consulte las listas establecidas para el control xx Xxxxxx de Activos y Financiación del Terrorismo, así como las centrales de información y/o bases de datos públicas.
Manifiesto que cualquier variación en la información suministrada será puesta en conocimiento oportunamente de Empresas Públicas de Medellín E.S.P. y/o EMVARIAS S.A ESP, y de igual forma se procederá, cuando EPM lo requiera durante la relación comercial con los beneficiarios de Empresas Públicas de Medellín E.S.P. y/o EMVARIAS S.A ESP.
Para la constancia,
Firma (Representante de la empresa/ persona natural)
Nombres y apellidos: | ||
Identificación: | Fecha y Lugar de Expedición: | |
Fecha: |
DOCUMENTOS QUE SE DEBEN ANEXAR A LA PROPUESTA
Certificación de pago de aportes a la seguridad social y parafiscales
Lugar y fecha
EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P.
Edificio Empresas Públicas de Medellín
Medellín, Colombia
Asunto: Proceso de Contratación 05-2014
Certifico que la empresa con N.I.T. se encuentra x xxx y salvo con las obligaciones del pago de los aportes de nuestros empleados, a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, de acuerdo con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002.
Atentamente,
Nombre y firma del Revisor Fiscal o del Representante Legal
Garantía de seriedad de la oferta
VALOR Y TÉRMINOS DE LA GARANTÍA DE SERIEDAD A FAVOR DE ENTIDADES ESTATALES.
Adjuntamos la garantía de seriedad de la propuesta a favor de entidades estatales Garantía No:
Asegurador:
Tomador:
Afianzado:
Asegurado: EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN S.A E.S.P.
Suma asegurada:
Vigente desde: Hasta:
3 EVALUACIÓN
La evaluación consiste en una serie de pasos que se inician con la revisión de los aspectos formales y documentales de la propuesta, tendiente a determinar el cumplimiento de los requisitos de participación y el carácter “completo” de la propuesta y terminan con la aplicación de los factores, criterios y fórmulas de ponderación que permiten hacer comparables las propuestas en términos de puntajes. En consecuencia, de entre las propuestas que cumplan con los requisitos legales, técnicos y económicos, y previa ponderación se seleccionará la propuesta más favorable en su conjunto para EMVARIAS, de acuerdo con el puntaje máximo que le sea asignado a cada uno de ellos.
3.1 Aspectos legales
EPM examinará las propuestas para determinar si los proponentes están habilitados para formularlas de acuerdo con los requisitos de participación exigidos, si están completas, si se ha suministrado la garantía requerida, si los documentos han sido debidamente presentados, si no hay errores de cálculo, y en general, si se ajustan a los documentos del presente proceso de contratación.
3.2 Factores de Ponderación
Las ofertas serán evaluadas teniendo en cuenta los criterios que se enumeran a continuación y con base en ello se establecerá un orden de elegibilidad. La calificación de las ofertas tendrá un puntaje máximo de cien (100) puntos, distribuidos de la siguiente manera:
FACTORES DE EVALUACIÓN | PUNTAJE MÁXIMO |
PRECIO | |
CAPEX | 50 |
OPEX | 38 |
CALIDAD | |
Sumatoria de Criterios de Calidad | 12 |
TOTAL | 100 |
Encontrándose errores o incongruencias subsanables -porque, por ejemplo, puedan inferirse de los datos explícitos suministrados por el proponente- EMVARIAS asumirá como valor el que resulte de hacer las correcciones o adecuaciones legalmente pertinentes.
3.2.1 Valor CAPEX:
Esta evaluación económica tendrá una calificación máxima de 50 puntos.
Se entiende como CAPEX la suma total de los costos de conceptualización, estudios y diseños, construcción de obras complementarias, entrega e instalación de equipo, y puesta en marcha de un sistema de tratamiento de lixiviados. Para calificar el Precio de este componente, se aplicará el siguiente procedimiento:
Dónde:
Pc =Puntaje oferta económica por Capex Cm =Oferta económica de Capex menor
Cp=Oferta económica de Capex del proponente
OPEX:
Esta evaluación económica tendrá una calificación máxima de 38 puntos.
Se entiende como OPEX, la suma total de los costos de operación del sistema de tratamiento de lixiviados, por los 12 meses incluidos en este proceso de contratación. Para calificar el Precio de este componente, se aplicará el siguiente procedimiento:
Dónde:
Po =Puntaje oferta económica por Opex Om =Oferta económica de Opex menor
Op=Oferta económica de Opex del proponente
3.2.2 Calidad:
La propuesta técnica presentada por el proponente, se calificará sobre un puntaje máximo de 12 puntos, distribuidos entre los siguientes criterios:
Tabla 2.Criterios
Criterios de calidad | Puntuación Máxima |
Experiencia | 4 |
Ingeniería propuesta | 4 |
Manejo de lodos | 2 |
Manejo de gases | 2 |
Puntaje Total | 12 |
Experiencia:
De la relación de proyectos presentados para acreditar el requisito solicitado en el numeral ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. y numeral 2.1.2.3 de estos Términos de Invitación, SE SUMARÁN LOS CAUDALES ACREDITADOS DE DISEÑO, CONSTRUCCIÓN, ENTREGA E INSTALACIÓN U OPERACIÓN, SEGÚN SEA EL CASO, SÓLO DE LOS PROYECTOS RELACIONADOS CON TRATAMIENTO ESPECÍFICO DE LIXIVIADOS, PARA EFECTOS DE LA VALORACIÓN (CALIFICACIÓN) DE ESTE CRITERIO DE EVALUACIÓN.
Para calificar la Experiencia se aplicará el siguiente procedimiento:
Dónde:
E = Puntaje por Experiencia
Em = Experiencia mayor de los proponentes Ep = Experiencia del proponente
Nota: Si la experiencia acreditada por el Socio Líder y/o el Proveedor de Tecnología integrantes de la Forma Asociativa aquí participante, a su vez también fue ejecutada bajo alguna modalidad de forma asociativa, deberá indicar su porcentaje de participación en ésta y conforme a dicho porcentaje, se tomará el caudal correspondiente expresado en m3/día, del total acreditado en la certificación.
Ingeniería propuesta:
Presentar un informe con el diagrama de flujo, balance de material, de energía y de agua desde la entrada hasta la salida (Q, DQO, DBO, NH4, Sólidos suspendidos,
conductividad), descripción de las unidades del pretratamiento y del tratamiento con MBR y los siguientes criterios de evaluación, los cuales serán validados de la Propuesta técnico-económica.
Los criterios de la evaluación se presentan a continuación:
Tabla 3. Ingeniería propuesta
Ingeniería Propuesta, 4 puntos | Porcentaje máximo | Criterio | |||||
Presentación de la propuesta | 25 | ||||||
Diagrama de flujo, balance de material, de energía y de agua desde la entrada hasta la salida (Q, DQO, DBO, NH4, Sólidos suspendidos, conductividad). Impreso y digital | 10 | Cumple (10) o no cumple (0) | |||||
Informe con la descripción de las unidades del pretratamiento y del tratamiento con MBR. Impreso y digital | 10 | Cumple (10) o no cumple (0) | |||||
Modelo de la planta renderizado a escala. impreso y digital | 5 | Cumple (5) cumple (0) | o | no | |||
De la operación | 75 | ||||||
Consumo de energía en la fase de operación kWh/m3 | 25 | Mayor puntaje al menor consumo* | |||||
Dedicación personal requerido en la operación, (hora-persona/mes) | 10 | Mayor puntaje a la menor dedicación* | |||||
Vida útil estimada de xx xxxxxxxx | 00 | Mayor puntaje a la mayor vida útil* | |||||
Automatización procesos: Físico - químico Reactor biológico Membranas | de | los | siguientes | 10 10 10 | Cumple (10) o no cumple (0) | ||
Porcentaje máximo | 100 | ||||||
Puntaje máximo | % x 4 |
* La mejor calificación con el mayor xxxxxxx, y las demás ponderadas al mejor calificado
Fuente: Elaboración Propia
Manejo de Lodos:
Presentar un informe con la descripción del manejo y disposición final de lodos y de rechazos/concentrado, de las lagunas, el pretratamiento y el MBR. Balance de lodos y de rechazos/concentrado (masa, sólidos suspendidos), descripción de las unidades, descripción de la operación y el mantenimiento, y los siguientes criterios de evaluación, los cuales serán validados de la propuesta técnico económica.
Los criterios de la evaluación se presentan a continuación:
Tabla 4. Manejo de lodos
Manejo de lodos | Porcentaje máximo | Criterio |
Presentación de la propuesta | 30 | |
Informe con la descripción del manejo y disposición final de lodos y de rechazos/concentrado, de las lagunas, el pretratamiento y el MBR. Balance de lodos y de rechazos/concentrado (masa, sólidos suspendidos). | 15 | Cumple (15) o no cumple (0) |
Informe con la descripción de las unidades, de la operación y del mantenimiento. | 15 | Cumple (15) o no cumple (0) |
De la operación | 70 | |
Consumo de energía en la fase de operación kWh/m3 | 30 | Mayor puntaje al menor consumo* |
Dedicación personal requerido en la operación, (hora-persona/mes) | 20 | Mayor puntaje a la menor dedicación* |
Sólidos secos generados después del tratamiento de lodos (ton/mes) | 20 | Mayor puntaje al menor solido seco generado* |
Porcentaje Máximo | 100 | |
Puntaje máximo | % x 2 |
* La mejor calificación con el mayor xxxxxxx, y las demás ponderadas al mejor calificado
Fuente: Elaboración Propia
Manejo de Gases:
Presentar un informe con la descripción del manejo de gases generados en el pretratamiento y en el MBR, descripción de las unidades, descripción de la operación y el mantenimiento, y los siguientes criterios de evaluación, los cuales serán validados de la propuesta técnico económica.
Los criterios de la evaluación se presentan a continuación:
Tabla 5. Manejo de gases
Manejo de gases | Porcentaje máximo | Criterio |
Presentación de la propuesta | 40 | |
Informe con la descripción del manejo de gases generados en el pretratamiento y en el MBR. | 20 | Cumple (20) o no cumple (0) |
Informe con la descripción de las unidades, de la operación y del mantenimiento. | 20 | Cumple (20) o no cumple (0) |
De la operación | 60 | |
Consumo de energía en la fase de operación kWh/m3 | 40 | Mayor puntaje al menor consumo* |
Dedicación personal requerido en la operación, (hora-persona/mes) | 20 | Mayor puntaje a la menor dedicación* |
Porcentaje máximo | 100 | |
Puntaje máximo | % x 2 |
* La mejor calificación con el mayor xxxxxxx, y las demás ponderadas al mejor calificado
Fuente: Elaboración Propia
3.3 Desviaciones
Se considera desviación todo “error”, “reserva”, “omisión”, “informalidad” o “disconformidad” que la oferta presente en relación con las condiciones o términos xxx xxxxxx o frente a las reglas vigentes en la ciencia, la técnica o la práctica aplicables a la realización de los servicios y/o actividades. Sin perjuicio de su entendimiento en el lenguaje común, para los efectos de este pliego los términos acabados de señalar se entenderán, también, con el siguiente alcance:
Error: Es la falta o inadecuada consignación de datos, información o expresiones que, o bien debían suministrarse o incluirse, o debían tener una forma o contenido diferente.
Reserva: Es la actitud, implícita o explícita, del proponente de guardar u ocultar información necesaria para la intelección o evaluación de su oferta, o la advertencia de que ella está sujeta a algún tipo de condición no prevista en el pliego.
Omisión: Es la actitud manifiesta del proponente de suprimir información o elementos esenciales de ésta, de tal manera que, o bien un formulario aparece incompleto, o un texto pierde sentido o el alcance de la información deviene inútil.
Informalidad: Es la utilización de expresiones o formatos diferentes a los indicados o corrientemente utilizados en el campo de la actividad que rige el “objeto” de la contratación, como ocurre cuando el proponente presenta datos por fuera de un formulario asignado para ello.
Disconformidad: Es la inadecuación que presenta alguna información, característica o condición que debe aportar el proponente, en relación con un estándar o regla vigente. Por ejemplo, hay disconformidad en el ofrecimiento de un vehículo con motor diesel, si el solicitado era a gasolina, por más que ambos, en principio, puedan cumplir el mismo propósito.
Desviaciones sustanciales. Son sustanciales las desviaciones que:
a. Afectan de manera “esencial” la forma, el alcance, la calidad o el funcionamiento de los servicios y/o actividades requeridos.
b. Limita los derechos de EPM/ EMVARIAS o las obligaciones del oferente emanadas del contrato; o
c. De rectificarse, afectaría injustamente la posición competitiva de otros oferentes que hubiesen presentado oferta y que se ajusten sustancialmente a las condiciones o términos xxx xxxxxx.
Las demás desviaciones son no sustanciales y serán corregidas directamente por EPM cuando ello sea factible a partir de la información consignada por el proponente; en caso contrario, EPM se reserva el derecho de solicitar las aclaraciones, precisiones o correcciones que sean necesarias, sin que ello suponga el derecho del oferente a modificar la propuesta. El proponente requerido deberá atender el llamado de EPM dentro del término que para el efecto se le señale; en caso de no hacerlo, EPM podrá eliminar su oferta.
Los errores de carácter matemático, aritmético o formal que presenten las ofertas serán corregidos directamente por EPM de la siguiente manera:
a). Si existiesen discrepancias entre un precio unitario y el precio total que se obtenga multiplicando ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario. El precio total será corregido a menos que exista un error evidente en el punto decimal del precio unitario, en cuyo caso prevalecerá el precio total cotizado y se corregirá el precio unitario;
b). Si existiese un error en un precio total como consecuencia de la suma o resta de subtotales, prevalecerán los subtotales y el precio total será corregido; y
c). Si existiese discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras, salvo que la cantidad expresada en palabras tenga relación con un error aritmético, en cuyo caso prevalecerá el monto en cifras con sujeción a los literales a) y
b) precedentes.
Cuando el oferente incurra en omisiones al dejar de cotizar un ítem o actividad, se procederá así:
Para los efectos de la comparación de las ofertas, EPM incluirá el precio más alto cotizado por los demás oferentes así dicha oferta haya sido rechazada o eliminada. Para efectos de aceptación de la oferta, el valor del ítem o actividad será el promedio de todas las ofertas presentadas incluyendo las que hayan sido rechazadas o eliminadas.
En todo caso, las desviaciones sustanciales darán lugar a la eliminación de la oferta.
3.4 Puntaje total y comparación de las propuestas:
Una vez evaluadas las propuestas en cada uno de los factores señalados, se sumarán los puntajes obtenidos en cada uno de éstos y se asignará el puntaje total de cada propuesta; con base en éste se hará la comparación correspondiente mediante la elaboración de una lista que ubique respectivamente a cada proponente desde el que ha obtenido el mayor puntaje total hasta el que obtiene el menor. El proponente que ocupe el primer lugar se considerará seleccionado y su oferta se recomendará al servidor competente para la aceptación.
Si dos (2) o más propuestas llegaren a obtener el mismo puntaje, se aplicarán en su orden los siguientes criterios para seleccionar la mejor:
- Se elegirá al proponente que presente el menor valor para el componente de OPEX, costo de Operación por doce (12) meses.
- Si persiste el empate, se elegirá al proponente que presente el menor valor para el componente de CAPEX.
- Si aún persiste el empate, se elegirá al proponente que haya obtenido el mayor puntaje total en la sumatoria de los criterios del factor denominado Calidad.
3.5 Ajuste económico
Antes de tomarse la decisión sobre la culminación del proceso de contratación, si es el caso, se proceda a la etapa de ajuste económico de las propuestas que cumplen con las condiciones técnicas y contractuales.
Para el efecto, EPM llamará a los proponentes que cumplen dichas condiciones y les solicitará la presentación de una nueva propuesta económica en sobre cerrado, dentro del término que con tal fin se fije, vencido el cual se procederá a su apertura y a la evaluación de estas propuestas, aplicando la fórmula ya establecida para este factor.
La etapa de ajuste económico procederá cuando las propuestas recibidas sean económicamente inconvenientes, previos los estudios y análisis pertinentes, se decidirá si se procede a la etapa de ajuste económico.
Si alguno o algunos de los proponentes no presentan nueva propuesta económica, se entenderá que mantienen su ofrecimiento inicial.
Durante la etapa de ajuste económico, ningún proponente podrá retirar su propuesta, ni introducirle modificaciones que la hagan más desfavorable para EPM.
3.6 Propuestas elegibles
En todo caso en el que se presente más de una oferta, el proceso de evaluación terminará con la elaboración de una lista en la que aparezcan los proponentes organizados según los puntajes totales alcanzados luego de la ponderación de los factores fijados, en orden descendente desde el primero -que será el que haya obtenido el mayor puntaje- hasta el último -que corresponderá a quien presente el menor puntaje.
En ningún caso la lista incluirá proponentes que no hayan obtenido un mínimo del sesenta por ciento (60%) del puntaje máximo señalado.
3.7 Negociación directa
Se podrá realizar negociación directa cuando existiendo una sola oferta elegible se considere que se pueden obtener mejores condiciones comerciales. En estos eventos no podrá haber cambios sustanciales de las condiciones técnicas.
Para el efecto, EPM señalará al proponente aquellos aspectos en los cuales, según ella, la propuesta puede ser mejorada o adecuada y solicitará una manifestación expresa del proponente en un plazo indicado antes de tomar la decisión que crean conveniente. Si el proponente guarda silencio o la respuesta no satisface las
expectativas de EPM, se evaluará la conveniencia de aceptar la oferta en su forma inicial y en caso de no considerarla conveniente se dejará constancia por escrito de los motivos que así lo indican.
3.8 NEGOCIACIÓN CAMBIO DE CONDICIONES CONTRACTUALES:
Si llegaren a presentarse circunstancias fácticas, técnicas, económicas y legales, que incidan en la solución tecnológica inicialmente propuesta por el contratista, EMVARIAS podrá solicitar al Contratista, que se revisen los valores ofertados en la propuesta y aceptados.
3.9 Selección del proponente
La recomendación de aceptación de la oferta se hará por parte de EPM y la comunicación de aceptación la hará EMVARIAS.
3.10 Declaratoria de desierto del proceso
Dentro del período de validez de la oferta, el servidor competente de EMVARIAS declarará desierto el proceso de contratación en el evento en que no se reciba ninguna propuesta, o ninguna de las recibidas resulte válida o conveniente para EMVARIAS.
3.11 Terminación del proceso
Cuando se presenten circunstancias que hagan perder la competencia de EPM para la aceptación o declaración de desierto del proceso, o aparezca un vicio en éste que pueda generar una nulidad de lo actuado, o cuando las exigencias del servicio lo requieran o las circunstancias de orden público lo impongan, o cuando a juicio de EPM el proceso resulte inconveniente, EPM dará por terminado el proceso de contratación en el estado en que se encuentre.
3.12 Comunicación
Si el proceso culmina con la declaratoria de desierto o la terminación del proceso de contratación, la decisión se comunicará a los proponentes o interesados, según el caso.
4 CONTRATO
4.1 Aceptación de oferta
Una vez conformada la lista con las propuestas elegibles, el servidor competente por parte de EPM comunicará al proponente seleccionado la aceptación de su oferta. Con esta comunicación se entiende perfeccionado el contrato y, en consecuencia, nacerá la relación jurídica en los términos de la ley, lo que implica la generación y exigibilidad de los mutuos derechos y obligaciones que el contrato crea para las partes.
EMVARIAS, en cumplimiento de lo estipulado en el artículo 60 de la Ley 610 de 2000, se abstendrá de celebrar el contrato con las personas que se encuentren registradas en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República, para lo cual el servidor responsable del proceso de contratación, hará las consultas que en tal sentido corresponde.
EMVARIAS se abstendrá de celebrar el contrato cuando el oferente, sus accionistas, asociados o socios, sus representantes legales o miembros de Junta Directiva, estén reportados en alguna de las listas Lavado de Activos y Financiación de Terrorismo LA/FT, para lo cual se harán las consultas que en tal sentido correspondan.
En el eventual caso en que el oferente que resulte beneficiado con la aceptación de su oferta no llegaré a formalizar el contrato por cualquier motivo, se procederá a la aceptación de la oferta a los oferentes que hayan resultado elegibles de conformidad con los términos xxx xxxxxx de condiciones, acudiendo en primera instancia a quien haya quedado en segundo lugar, y así sucesivamente. El procedimiento anterior se llevará a cabo, siempre y cuando se encuentre vigente el término de validez de las ofertas y las mismas sean favorables para EPM.
4.2 Comunicación a los demás proponentes
Igualmente, EMVARIAS comunicará a cada uno de los proponentes que participaron en el proceso la decisión tomada y el nombre del proponente a quien le fue aceptada la oferta.
4.3 Suscripción del contrato
Conforme la reglamentación interna de EMVARIAS, los contratos de valor superior a tres mil salarios mínimos legales mensuales vigentes (100 SMLMV), deben elevarse a escrito. En consecuencia, si el contrato que resulte de este proceso de contratación supera la cuantía indicada, las partes firmarán el documento correspondiente antes de
iniciar la ejecución del contrato. No obstante lo anterior, el contrato se encuentra válidamente formado desde el momento en el cual se le comunicó la aceptación al proponente seleccionado.
En todo caso EMVARIAS podrá, con atención a sus normas de contratación, dar la orden de iniciación de ejecución con anterioridad a la formalización del respectivo contrato.
Los contratos que de conformidad con la ley requieran de solemnidad “ Ad Sustantian Actus” deberán cumplir con dichos requisitos
4.4 Garantías y seguros
EL CONTRATISTA constituirá a favor de EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN S.A.
E.S.P. - EMVARIAS las garantías y seguros que se enuncian a continuación, las cuales serán de procedencia y forma aceptables para ella y otorgadas por un banco o compañía de seguros legalmente establecidos en Colombia en el caso de las garantías, y por compañías de seguro para los seguros. Tanto las garantías como los seguros serán aceptados por EMVARIAS. El pago de las primas respectivas correrá por cuenta de EL CONTRATISTA así como el de las ampliaciones a que haya lugar.
Cuando haya modificación del plazo y/o los precios del contrato, EL CONTRATISTA deberá ampliar el valor de las garantías y de los seguros respectivos si hubiera lugar a ello, y obtener el desplazamiento del plazo según corresponda, en proporción a los nuevos valores y plazos.
En lo que se refiere a la garantía de cumplimiento, con sus diferentes amparos contractuales y pos-contractuales, esta se deberá otorgar a favor de entidades estatales, deberá figurar como asegurado y beneficiario EMVARIAS y deberá ser constituida por EL CONTRATISTA en forma tal que cubra, única y exclusivamente, los riesgos contemplados para la ejecución del contrato; dicha garantía no expirará por falta de pago de la prima o por revocatoria unilateral.
Las garantías de cumplimiento, con sus diferentes amparos contractuales y pos- contractuales, se constituirán en la misma moneda del contrato, y deberán cubrir los riesgos que se indican más adelante. El pago de la prima respectiva correrá por cuenta de EL CONTRATISTA, al igual que el de las ampliaciones a que haya lugar.
Cuando se presenten modificaciones en el contrato, aunque no impliquen variación del valor estimado o del plazo, EL CONTRATISTA deberá igualmente aportar la constancia de la comunicación a la compañía de seguros o al banco según sea el caso de las modificaciones realizadas en el contrato.
Cuando se pacte la suspensión total de la ejecución del contrato, el interventor deberá informar a la compañía de seguros para efectos de la suspensión de la vigencia de las garantías y seguros a que hubiere lugar.
Los siguientes son los amparos que la garantía deberá cubrir:
Amparo de Cumplimiento
Mediante esta cobertura se amparará a EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN S.A.
E.S.P. - EMVARIAS de (a) el incumplimiento total o parcial del contrato, cuando el incumplimiento es imputable al CONTRATISTA;
(b) el cumplimiento tardío o defectuoso del contrato, cuando el incumplimiento es imputable al CONTRATISTA;
(c) los daños imputables al CONTRATISTA por entregas parciales de la obra, cuando el contrato no prevé entregas parciales; y
(d) el pago del valor de la cláusula penal y las multas o medidas provisionales de apremio
Esta garantía tendrá un valor asegurado equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, y tendrá una vigencia igual a la del contrato incluidas las prórrogas y 60 días más.
En el evento que no se llegare a liquidar bilateralmente el contrato dentro del término previsto de seis (6) meses, después de terminado el plazo de ejecución del mismo, se ampliará la vigencia de la garantía para el cumplimiento por veinticuatro (24) meses más. Para este efecto, el interventor del contrato deberá verificar el cumplimiento de esta obligación y requerir oportunamente la Contratista de ser necesario, para que proceda a la ampliación de la vigencia de la garantía.
.
En caso de que el mercado asegurador no otorgue la garantía por el plazo indicado, el contratista se compromete a entregar una póliza con una vigencia anual renovable por cada periodo hasta cumplir el plazo del contrato y con la condición de que debe ser entregada al interventor del contrato 30 días calendario previo al vencimiento de la anualidad.
Amparo de pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales:
Mediante esta cobertura se amparará a EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN S.A.
E.S.P. - EMVARIAS de los perjuicios por el incumplimiento del Contratista de pago de salarios, indemnizaciones y prestaciones sociales del personal empleado en la ejecución del objeto contractual.
Esta garantía tendrá un valor asegurado equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del contrato, incluidas las adiciones y reajustes, y tendrá una vigencia igual a la del contrato, incluidas las prórrogas y tres (3) años más.
Parágrafo: Las garantías y seguros de que trata esta cláusula se constituyen sin perjuicio del cumplimiento de todas las obligaciones que emanan del Contrato y no podrán ser canceladas sin la autorización escrita de EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN S.A. E.S.P. - EMVARIAS.
El Contratista deberá mantener vigentes las garantías y seguros establecidos en esta cláusula. En caso de incumplimiento o demora por parte del Contratista en el cumplimiento de las obligaciones señaladas en este parágrafo, EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN S.A. E.S.P. - EMVARIAS podrá ordenar las prórrogas correspondientes, pagará las primas y erogaciones, descontando su valor de las cuentas que deba pagar la Contratista.
Buen manejo y correcta inversión del anticipo:
El valor de esta garantía deberá ser equivalente al ciento por ciento (100%) del monto que el contratista reciba a título de anticipo, en dinero o en especie, para la ejecución del contrato y, su vigencia se extenderá hasta la liquidación del contrato.
Será constituida por una cuantía igual al 100% del valor del anticipo y con una vigencia igual al plazo del Contrato y hasta la amortización del anticipo.
De calidad y correcto funcionamiento de los bienes y equipos suministrados:
El amparo de calidad y correcto funcionamiento de los bienes y equipos suministrados cubrirá a EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN S.A. E.S.P.- EMVARIAS, de los
perjuicios imputables al Contratista garantizado, (i) derivados de la mala calidad o deficiencias técnicas de los bienes o equipos por él suministrados, o (ii) por el incumplimiento de los parámetros o normas técnicas establecidas para el respectivo bien o equipo.
Por un valor equivalente al veinte por ciento (20%) del valor de los equipos, componentes asociados y su instalación, con una vigencia de dos (2) años a partir del recibo a satisfacción de los bienes y equipos.
Estabilidad de las obras:
El amparo de estabilidad y calidad de la obra cubrirá a EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN S.A. E.S.P. - EMVARIAS de los perjuicios que se le ocasionen como consecuencia de cualquier tipo de daño o deterioro independientemente de su causa, sufridos por la obra entregada, imputables al Contratista.
EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN S.A. E.S.P.- EMVARIAS exigirá la Contratista una garantía de estabilidad de la obra a su cargo (obras complementarias), la que tendrá por objeto asegurar que éstas no sufrirán deterioros que impidan la utilización o el servicio para el cual se ejecutó, ni perderá las características de armonía, integralidad, seguridad y firmeza en su estructura. El contratista otorgará dicha garantía por un período de 5 años a partir del recibo a satisfacción de la obra por parte de la entidad contratante, la cual constituye requisito indispensable para adelantar la LIQUIDACIÓN FINAL DEL CONTRATO y por una cuantía del veinte por ciento (20%) del valor total del componente de construcción, excluido el costo de los equipos y su instalación.
Seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual:
El valor asegurado en las pólizas que amparan la responsabilidad extracontractual que se pudiera llegar a atribuir a EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN S.A. E.S.P.- EMVARIAS con ocasión de las actuaciones, hechos u omisiones de sus contratistas o subcontratistas, y será igual o superior al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato evento/vigencia. La vigencia de esta garantía se otorgará por todo el período de ejecución del contrato.
El sistema de contratación debe ser ocurrencia (sin limitaciones temporales para la presentación de la reclamación por parte xxx xxxxxxx diferentes a las de los términos de prescripción o caducidad de sus acciones contra los responsables).
La póliza deberá incluir además xxx xxxxxx básico PLO, los siguientes amparos y condiciones:
Cobertura expresa de los perjuicios patrimoniales que cause el asegurado tanto el daño emergente como el lucro cesante. (Aplica sin sublímite)
Cobertura expresa de perjuicios extrapatrimoniales (Aplica sin sublímite)
Esta póliza deberá reunir las siguientes condiciones: a. Incluir como asegurado adicional a EMPRESAS VARIAS DE MEDELLÍN S.A. E.S.P. - EMVARIAS, y en
consecuencia incluir la cobertura de responsabilidad cruzada, para cubrir los daños
que en virtud de la responsabilidad civil extracontractual se puedan causar entre los asegurados. b. Incluir la cobertura de contratistas y subcontratistas c. Incluir la cobertura de responsabilidad civil patronal. d.Cobertura de vehículos propios y no propios. e.Fabricación,elaboración, transporte, almacenamiento y utilización de explosivos, productos peligrosos o mercancías azarosas.
La cobertura de cada amparo de la póliza debe tener un límite asegurado del 20% del valor total del Contrato.
4.5 Cláusula penal pecuniaria
De conformidad con el artículo 1592 del Código Civil Colombiano, las partes convienen que en caso de incumplimiento de EL CONTRATISTA en las obligaciones del contrato, o de la terminación del mismo por hechos imputables a él, éste pagará a EMVARIAS en calidad de cláusula penal pecuniaria una suma equivalente al veinte por ciento (20%) del valor estimado del contrato, la cual será considerada como pago parcial pero no definitivo de los perjuicios causados a EMVARIAS. El procedimiento para la imposición de la cláusula penal pecuniaria será establecido por EMVARIAS
4.6 Clausulas Exorbitantes
De conformidad con el artículo 2 de la Resolución CRA 293 de 2004, y en el eventual caso de que la CRA autorice la inclusión de cláusulas exorbitantes para el presente proceso, se deberán conservar, entre los antecedentes del contrato, la motivación de la decisión de la inclusión de las siguientes clausulas excepcionales:
4.6.1 Caducidad. EMVARIAS podrá declarar la caducidad del contrato por la ocurrencia de hechos constitutivos de incumplimiento de las obligaciones a cargo de EL contratista, que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato y evidencie que puede conducir a su paralización. Igualmente, procederá en los supuestos de caducidad contemplados legalmente, tales como: numeral 5 del artículo 5 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 90 de la Ley 418 de 1997, prorrogada y modificada posteriormente por las leyes 548 de 1999, 782 de 2002 y 1106 de 2006 y 1421 de 2010.
EMVARIAS declara la caducidad conforme al procedimiento que tenga para tal fin.
En caso de que EMVARIAS decida abstenerse de declarar la caducidad, adoptará las medidas de control e intervención necesarias, que garanticen la ejecución del objeto contratado.
Si se declara la caducidad, no habrá lugar a indemnización para EL CONTRATISTA, quien se hará acreedor a las sanciones e inhabilidades previstas en la ley.
La declaratoria de caducidad será constitutiva del siniestro de incumplimiento.
4.6.2 Interpretación Unilateral. Si durante la ejecución del contrato surgen discrepancias entre las partes, sobre la interpretación de alguna o algunas de sus estipulaciones, que puedan conducir a la paralización o a la afectación grave del servicio público que se pretende satisfacer con el objeto contratado, EMVARIAS, si no se logra acuerdo con EL CONTRATISTA, interpretará las estipulaciones o cláusulas objeto de la diferencia, mediante acto administrativo debidamente motivado. En firme el acto administrativo, el cumplimiento del contrato se hará conforme allí se disponga, sin perjuicio de las acciones contencioso administrativas que pueda promover EL CONTRATISTA.
4.6.3 Modificación Unilateral. Si durante la ejecución del contrato y para evitar la paralización o la afectación grave del servicio público que se deba satisfacer con él, fuere necesario introducir variaciones en el contrato, y previamente las partes no lleguen al acuerdo respectivo, EMVARIAS mediante acto administrativo debidamente motivado, notificará a EL contratista la supresión o adición de obra, trabajos, suministros y servicios.
Procedimiento para la modificación unilateral: EMVARIAS propondrá a EL CONTRATISTA el procedimiento para llevar a efecto la modificación del contrato, la manera de acreditar y reconocer los nuevos costos, o de disminuir los que no vayan a causarse, según el caso, mediante las evaluaciones técnicas pertinentes y el señalamiento de los nuevos precios, si a ello hubiere lugar. EMVARIAS elaborará un acta con los términos de la propuesta; si EL CONTRATISTA no acepta la propuesta y EMVARIAS estima que aquella es necesaria para evitar la paralización o la afectación grave del servicio público que se deba satisfacer con el objeto contractual, modificará unilateralmente el contrato mediante acto administrativo.
4.6.4. Terminación unilateral. EMVARIAS dispondrá la terminación anticipada y unilateral del contrato, mediante acto administrativo motivado, en los siguientes eventos:
Cuando las exigencias del servicio público lo requieran o la situación de orden público lo imponga.
Por muerte o incapacidad física permanente de EL CONTRATISTA, si es persona natural, o por disolución de la persona jurídica de EL CONTRATISTA. En este caso, XXXXXXXX podrá optar por continuar la ejecución del contrato con el garante de las obligaciones de EL CONTRATISTA.
Por interdicción judicial o liquidación obligatoria del CONTRATISTA. En este caso, XXXXXXXX podrá optar por continuar la ejecución del contrato con el garante de las obligaciones del CONTRATISTA.
Por cesación de pagos, concurso de acreedores o embargos judiciales del CONTRATISTA que afecten de manera grave el cumplimiento del contrato.
En los demás eventos previstos legalmente.
La iniciación del trámite concordatario no dará lugar a la declaratoria de terminación unilateral. En tal evento, la ejecución se hará con sujeción a las normas sobre administración de negocios del deudor en concordato. La entidad dispondrá las medidas de inspección, control y vigilancia necesarias para asegurar el cumplimiento del objeto contractual e impedir la paralización del servicio.
Una vez en firme el acto administrativo que declaró la terminación unilateral del contrato, se procederá a su liquidación.
4.6.5 Procedimiento para la aplicación de las cláusulas excepcionales. Cuando EMVARIAS diere aplicación a cualquiera de las anteriores cláusulas, lo hará a través de acto administrativo motivado, susceptible del recurso de reposición, de conformidad con las reglas del Código Contencioso Administrativo. Los actos administrativos en los que se ejerciten esas facultades se regirán por lo dispuesto en la Ley 80 de 1993 y estarán sujetos al control de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en la forma que lo dispone el inciso 2o. del Artículo 31o. de la Ley 142 de 1994, modificado por el artículo 3 de la Ley 689 de 2001.
Para la declaratoria de caducidad del contrato, además se podrá dar aplicación al procedimiento previsto en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011.
4.7 Formalización
El contrato se entiende formalizado cuando EMVARIAS apruebe los documentos que sean necesarios para la iniciación de la ejecución del contrato.
Presentación de los documentos para la formalización del contrato
EL CONTRATISTA dispone xx xxxx (10) días hábiles para allegar los documentos requeridos, así: el término corre desde la fecha de recibo del texto del contrato para la firma por parte del proponente al que le ha sido aceptada su oferta.
Documentos para la formalización del contrato
La siguiente documentación deberá dirigirse a la SUBDIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN de EMVARIAS - Carrera 64C Nro 103-EE- 98. Medellín.
Contrato debidamente firmado.
Garantías del contrato, conforme con lo indicado en este pliego de condiciones.
Certificado de existencia y representación legal con una fecha de expedición menor a tres (3) meses.
Si EL CONTRATISTA es sujeto pasivo del Impuesto de Industria y Comercio, deberá anexar el paz y salvo por dicho concepto, expedido por la Subsecretaría xx Xxxxxx del Municipio de Medellín. Cuando EL CONTRATISTA no es sujeto pasivo
del impuesto de Industria y Comercio, deberá suplir la xxxxxxxxxxxx xxx xxx y salvo, con una certificación en tal sentido expedida por la Subsecretaría xx Xxxxxx del Municipio de Medellín.
Certificado de pago de los aportes parafiscales y de seguridad social, acorde con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002.
Nota: En el eventual caso en que el oferente que resulte beneficiado con la aceptación de su oferta no llegaré a formalizar el correspondiente contrato por cualquier motivo, se procederá a la aceptación de la oferta a los oferentes que hayan resultado elegibles de conformidad con los términos xxx xxxxxx de condiciones, acudiendo en primera instancia a quien haya quedado en segundo lugar, y así sucesivamente. El procedimiento anterior se llevará a cabo, siempre y cuando se encuentre vigente el término de validez de las ofertas y las mismas sean favorables para EMVARIAS.
4.8 Vigencia
Período comprendido entre la fecha de comunicación de la aceptación AL CONTRATISTA y la fecha en que queda aprobada su liquidación definitiva. En el término de esta vigencia las partes están habilitadas para ejercer los derechos y cumplir las obligaciones adquiridas en virtud del contrato, pero no podrá entenderse que, por ello, se modifica el plazo de ejecución del contrato que operará dentro de la vigencia, pero independientemente de ella.
4.9 Documentos del contrato
Constituyen documentos integrantes del contrato los siguientes y su valor relativo para guiar el cumplimiento de las obligaciones y fijar la interpretación será en orden de importancia en el que aparecen de mayor a menor:
1. El pliego de condiciones y sus anexos y adendas.
2. El contrato.
3. Comunicaciones mediante las cuales EPM aclara el pliego.
4. La propuesta aceptada por EMVARIAS.
5. Comunicaciones entre LAS PARTES posteriores a la aceptación de la oferta.
6. Actas contentivas de modificaciones o formalización de atribuciones o facultades que el contrato otorga a las partes.
7. Documentos generados en ejecución del contrato o destinados a dar cumplimiento a obligaciones o derechos derivados de él.
4.10 Extensión a filiales y subsidiarias de EPM
En caso de que alguna(s) filial(es) o subsidiaria(s) de EPM, llegare(n) a requerirlo, el (los) proponente(s) favorecido(s) en este proceso de contratación debe(n) conservar durante el plazo del contrato los precios de los servicios ofrecidos y las condiciones aquí establecidas para ser aplicados a una eventual contratación con la(s) filial(es) o subsidiaria(s) interesada(s).
Los precios deberán ser los mismos, más un valor que compense las condiciones diferentes a las aquí establecidas, si es del caso. Este valor debe ser negociado con cada filial o subsidiaria(s) antes de la firma del respectivo contrato.
En todo caso, el oferente tendrá en cuenta que EPM no se hace responsable de ninguna obligación contraída por las filiales o subsidiarias con motivo de la firma de contratos que surjan en virtud de lo aquí estipulado.
5 EJECUCIÓN
Una vez formada la relación jurídica contractual -perfeccionamiento y formalización del contrato- las partes darán inicio a la prestación de los servicios y/o ejecución de las actividades con las cuales cumplen sus respectivas obligaciones, con atención estricta a los términos que se consignan en los documentos del contrato, siempre con atención y respeto de las normas legales vigentes, consultando los intereses, objetivos y propósitos de ambos y con aplicación de los principios de la buena fe y la fidelidad contractual.
Los pasos y elementos que componen esta etapa del contrato son los que se listan en forma genérica a continuación, pero las partes reconocen que el contenido de cada uno de ellos se determina por particularidades que definen las disciplinas, prácticas y costumbres vigentes y que, en caso de desconocer dichos factores determinantes, no se procederá unilateralmente o sin consultar debidamente a su contraparte.
5.1 Orden de inicio
Cumplidas las obligaciones referentes a la formalización del contrato, EMVARIAS, a través del servidor competente y por escrito, dará la orden de inicio para la ejecución de los servicios y/o actividades objeto del contrato. La fecha fijada como de inicio será el punto xx xxxxxxx para contabilizar el plazo de ejecución del contrato.
En todo caso EMVARIAS podrá, con atención a sus normas de contratación, dar la orden de iniciación de los servicios y/o actividades con anterioridad a la formalización del contrato.
5.2 Administración
Bajo el concepto de “Administración” EMVARIAS entiende reunidos los elementos y pasos que deben conducir a la ejecución de los servicios y/o actividades y el cumplimiento debido de los compromisos y obligaciones adquiridos mediante el contrato. No obstante, expresamente se advierte que la enunciación de etapas, actividades y pasos aquí listados y las atribuciones que de ello se derivan para las partes y sus representantes, no tiene carácter exhaustivo ni enerva la posibilidad de realizar gestiones que el logro de los objetivos contractuales impongan en un marco de razonabilidad.
Aspectos legales
En el concepto de “Aspectos legales”, el pliego determina el alcance de los elementos que, fundamentalmente, por disposición legal o por la estructura jurídica del acuerdo que mediante este proceso se construye, son esenciales para garantizar la validez de lo pactado y su ejecución.
5.2.1. Plazo
Una vez recibida la orden de inicio del contrato por parte de EMVARIAS, EL CONTRATISTA tendrá los siguientes plazos
Para el CAPEX: Conceptualización, Estudios y Diseños, Construcción de Obras Complementarias, Puesta en Marcha, será de cuatrocientos cincuenta (450) días- QUINCE (15) MESES Así:
- Para Ingeniería conceptual y básica: Tres meses (90 días calendario) a partir de la orden de inicio.
- Diseño de obra civil, necesaria para la ejecución del contrato de obra civil que adelantara EMVARIAS para movimientos de tierra, obras de estabilización, cimentaciones, edificaciones etc: Tres Meses (90 días calendario) a partir de la orden de inicio.
- Ingeniería detalle: Seis meses (180 días calendario) a partir de la orden de inicio.
- fabricación y entrega de equipos: 13 meses (390 días calendario) a partir de la orden de inicio.
- Instalación y montaje: 14 meses (420 días calendario) a partir de la orden de inicio.
- Puesta en marcha: 15 meses (450 días calendario) a partir de la orden de inicio
Para lo anterior, el contratista deberá tener en cuenta el siguiente cronograma, que incluye las actividades de ejecución del presente proceso contractual (rojo) y el de obra civil que adelantará EMVARIAS (azul), una vez se tenga ejecutada la actividad diseño de obra civil por parte del Contratista seleccionado en este proceso:
Actividad | Duración (Meses) | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 |
Ingeniería conceptual y básica | 3 | |||||||||||||||
Diseño de obra civil | 2 |
Ingeniería detalle | 3 | |||||||||||||||
Fabricación y entrega de equipos Instalación y montaje | 7 3 | |||||||||||||||
Puesta en marcha | 1 |
Cronograma obra civil
Actividad | Duración (meses) | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 |
Contratación obra civil | 2 | |||||||||||||||
Ejecución obra civil | 4 |
Para la fase de operación: será de trescientos sesenta y cinco (365) días calendario, a partir de terminada la actividad de puesta en marcha.
5.2.2. Cumplimiento
El contrato se considerará cumplido cuando cada una de las partes lleva a cabo las acciones que explícita o implícitamente quedan comprendidas en los compromisos u obligaciones que asume, y con atención a las características formales y de tiempo previstas para ello.
Cualquier desviación, modificación u omisión de dichas acciones que no haya sido consentida expresamente por la contraparte, constituirá legalmente un caso de “incumplimiento” del contrato y será suficiente para que se produzcan los efectos legal o contractualmente previstos para ello.
Cuando se estipule expresamente, será suficiente la configuración objetiva del evento constitutivo del incumplimiento, para que la contraparte que lo sufre exija las reparaciones o tome las medidas resarcitorias correspondientes.
Es un caso especial de incumplimiento la renuencia del CONTRATISTA a firmar el contrato en los casos en los cuales esta formalidad procede conforme con lo previsto en este pliego o no aportar la documentación necesaria para la formalización del contrato y, por tanto, para hacer posible dar la orden de inicio. EMVARIAS considerará que esta circunstancia se ha dado cuando transcurran diez (10) días calendario después del vencimiento del plazo para cumplir con los actos señalados. Dicho término no es un plazo adicional al fijado para la formalización del contrato. En ambos casos, XXXXXXXX podrá aceptar la oferta del proponente clasificado en la lista de elegibles en segundo lugar, frente a quien se procederá de manera similar a la del primer caso; en consecuencia, de darse una circunstancia semejante de renuencia por
parte del nuevo proponente seleccionado, se acudirá al clasificado en tercer lugar y bajo los mismos mecanismos de conformación del acuerdo.
En todo caso y frente a los proponentes que incurran en el incumplimiento acabado de relacionar, EMVARIAS hará efectiva la garantía de seriedad de las ofertas y los proponentes quedarán en la situación de inhabilidad para contratar que contempla la Ley 80 de 1993.
5.2.2.1. Medidas de apremio provisionales
Con fundamento en el principio de la autonomía de la voluntad consagrado en el artículo 1592 y otras normas concordantes como el artículo 1602 del Código Civil Colombiano, el proponente al presentar la propuesta acepta que en la ejecución del contrato se dé aplicación a lo previsto en éste numeral, en cuanto a las denominadas “medidas de apremio provisionales”, consideradas como un mecanismo de solución directa de controversias que puedan surgir entre LAS PARTES, por el incumplimiento de obligaciones de EL CONTRATISTA
La aplicación de la medida de apremio provisional no libera ni atenúa la responsabilidad de EL CONTRATISTA del cumplimiento de las obligaciones adquiridas con la celebración del contrato. Los perjuicios que se ocasionen como consecuencia del retardo o del incumplimiento podrán hacerse efectivos en forma separada.
Las medidas de apremio provisionales tendrán un límite máximo igual al diez por ciento (10%) del valor del contrato.
5.2.2.2. Procedimiento para la aplicación de las medidas de apremio provisionales:
Si EL CONTRATISTA incurre en una de las causales de medida de apremio provisional pactadas en el contrato, a través del jefe de la dependencia que tiene a su cargo la administración del contrato, se le comunicará por escrito la causal en que presuntamente incurrió. En la mencionada comunicación se le concederá un término de dos (2) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de recibo de la comunicación, para que exponga o justifique las razones del incumplimiento.
EMVARIAS analizará las razones expuestas por EL CONTRATISTA y le comunicará una de las siguientes decisiones:
5.2.2.2.1. Que no se aplicará la medida de apremio provisional, de aceptarse las justificaciones y explicaciones presentadas, si es el caso o,
5.2.2.2.2. Que se aplicará la medida de apremio provisional, si no manifestaron las razones que justifiquen el incumplimiento de la respectiva obligación, o de haberlas presentado, que no se encuentra justificado el incumplimiento correspondiente.
De considerarse aplicable la medida de apremio provisional, en la respectiva comunicación se concederá un término de cinco (5) días hábiles, contados a partir del día siguiente al recibo de la misma, para que presente los argumentos que sustentarían la inaplicabilidad de la medida de apremio. Cumplido este término se enviará una nueva comunicación escrita confirmando la aplicación de medida de apremio o revocándola.
Cuando la comunicación establezca la aplicación de la medida de apremio provisional, se procederá así:
•En contratos con pagos nacionales (residentes cambiarios): El valor de la medida de apremio se deducirá directamente (aunque con carácter provisional) de cualquier suma que se adeude a EL CONTRATISTA si la hay, de no haberla se solicitará a éste que la pague voluntariamente dentro de los quince (15) días hábiles siguientes. Si incumple la obligación de pagar la medida de apremio provisional se hará efectiva la garantía bancaria o de seguro de cumplimiento respectivo, y en última instancia se acudirá a la vía judicial.
Adicionalmente a las demás obligaciones contempladas para cada parte en presente pliego de condiciones, EL CONTRATISTA acepta que confirmada la aplicación de la medida provisional del apremio, surge para él la obligación de pago de la misma, la cual será exigible en los términos señalados con antelación.
Nota: El monto del título valor que se pignore a favor de EMVARIAS, el de la carta de crédito stand by, o el aval bancario deberá determinarse con la valoración del riesgo que se haga en cada caso, con la asesoría de la Unidad Riesgos y Seguros.
5.2.2.2.3. Carácter definitivo de la medida de apremio
La medida de apremio provisional, se volverá definitiva y en consecuencia será reportada por EMVARIAS, en los siguientes eventos:
Cuando haya caducado la acción para controvertirla ante la jurisdicción.
Cuando esté ejecutoriada la sentencia judicial que determine la procedencia de su aplicación.
Cuando EL CONTRATISTA reconozca su incumplimiento.
Se considerará como fecha de la medida de apremio, aquella en la que se impuso.
5.2.2.2.4 Pérdida de efectos de la medida de apremio y devolución de las sumas cobradas o pagadas.
La medida de apremio deberá dejarse sin efectos:
Cuando esté ejecutoriada la sentencia judicial que determine la improcedencia de su aplicación. El valor de la medida de apremio se devolverá en las condiciones que se fijen en el fallo.
Cuando EL CONTRATISTA acredita la existencia de situaciones que lo exoneren de responsabilidad. En este caso habrá lugar a la entrega del dinero cobrado o deducido, indexado de conformidad con la Circular 1295 de diciembre 27 de 2004 o el acto que lo modifique.
5.2.2.2.5 Causales para la aplicación de medidas de apremio provisionales:
De conformidad con el artículo 25 de la Resolución 01 de 2010 emanada de la Junta Directiva de EMVARIAS, en caso de incumplimientos de las obligaciones adquiridas por el CONTRATISTA señaladas en el contrato y en los demás documentos integrantes del mismo, la EMPRESA podrá imponer, medidas de apremio que podrán ser diarias, desde 0.05% hasta un máximo del 10% del valor del contrato, correspondiente a cada fase de ejecución (Capex y Opex), por cada incumplimiento y retener su valor o descontarlo de cualquier saldo que se tenga a favor de la CONTRATISTA. La aplicación de la cláusula de medidas de apremio procederá durante la ejecución del contrato sin que ello impida que la Empresa pueda ejercer las respectivas acciones para reclamar la indemnización por daños y perjuicios en contra del Contratista y la respectiva Compañía de Seguros, es decir, no atenúa las demás atribuciones de la EMPRESA para iniciar acciones por daños y perjuicios.
En cualquiera de los eventos señalados a continuación, podrán imponerse medidas de apremio individuales, es decir, que basta con que se presente un evento de incumplimiento para hacer posible la imposición de la medida de apremio, no obstante los eventos descritos a continuación se incluyen a título enunciativo como constitutivos de incumplimiento, más no a título taxativo.
Por suspensión de la ejecución de los trabajos a cargo del Contratista, aduciendo falta de disponibilidad de equipos, herramientas o insumos; falta de disponibilidad de personal; cierre de instalaciones; carencia de transporte para desplazarse el personal o los elementos requeridos, hasta el lugar de realización de los trabajos.
I. Por la entrega y/o instalación de equipos que no correspondan a las especificaciones técnicas contenidas en los formularios del FORMATO No. 4 - PRECIOS, que hace parte integral del Contrato.
II. Por no cumplir con las actividades o entregas presentadas en la propuesta, que hace parte integral del Contrato.
III. Por incumplir los plazos establecidos en el numeral 5.2.1. PLAZO xxx xxxxxx de condiciones, siempre y cuando sean imputables al contratista.
IV. Por incumplimiento doloso o gravemente culposo de las obligaciones contenidas en los Términos de Invitación que puedan conllevar a un retraso importante del cronograma de ejecución, generado el incumplimiento de compromisos asumidos por la Empresa con la Autoridad Ambiental y/o con los Órganos de Control; o que perturben el proceso de disposición final llevado a cabo en el R S La Pradera, sin la perturbación de la normal prestación del servicio de aseo a cargo de Empresas Varias de Medellín S.A. E.S.P.
V. Por negarse a cumplir la garantía comercial bajo el argumento de que existe discusión respecto a su procedencia. En este último caso, la multa podrá ser impuesta dentro de los seis meses siguientes al mantenimiento cuya garantía se reclama, no obstante el vencimiento del plazo de ejecución del contrato.
Descuentos o cobros por incumplimiento de Acuerdos de Nivel de Servicio (ANS) y otros Acuerdos Contractuales.
Los Acuerdos de Niveles de Servicios – ANS - son acuerdos entre LAS PARTES, que se pactan con el fin de establecer estándares de calidad en la prestación del servicio o en la ejecución de tareas y pueden establecerse a través de aspectos tales como tiempos de respuesta, rendimientos, tiempos de mantenimiento, entre otros. Los ANS constituyen una herramienta de mejoramiento de la calidad y un elemento de medición en la ejecución del contrato.
Los otros acuerdos contractuales se relacionan con actividades que es necesario ejecutar o cumplir para una adecuada ejecución del contrato o la liquidación bilateral dentro del término pactado.
XXXXXXXX entiende que por el hecho de haber presentado la propuesta, EL PROPONENTE favorecido con la aceptación, al celebrar el contrato, está conforme y acepta los descuentos o cobros por xxxx o incumplimiento de alguno de los ANS y los otros acuerdos contractuales que más adelante se estipulan.
EMVARIAS hará efectivos los descuentos al CONTRATISTA en las actas de pago, es decir, que pagará al CONTRATISTA el valor que resulte luego de hacer las deducciones o descuentos legales y contractuales. Cuando se trate de contratistas no residentes cambiarios, se solicitará a EL CONTRATISTA el pago de la misma directamente dentro de los quince (15) días hábiles siguientes, mediante giro directo
(transferencia bancaria a la cuenta que se le indique para el efecto, o de incumplir con el pago de dichos descuentos se hará efectiva la garantía de cumplimiento respectiva.
EL CONTRATISTA será informado por el administrador del contrato, del incumplimiento en el que incurrió.
Los siguientes incumplimientos no serán considerados como medidas de apremio provisionales, y darán lugar sólo a las deducciones o cobros indicados en cada caso:
Incumplimiento de las órdenes de Interventoría. Cuando EL CONTRATISTA incumple una (1) o más órdenes de la interventoría, se podrá aplicar un descuento equivalente a 0.01% del valor del contrato, por cada día calendario que incumpla una o las demás órdenes.
Incumplimiento en la entrega de las obras complementarias: Si EL CONTRATISTA incumple con la entrega de las obras complementarias, establecidas en el numeral 5.2.1. PLAZO xxx xxxxxx de condiciones, éste podrá incurrir en un incumplimiento en el ANS, y se aplicara un descuento del 0.1% del valor del contrato, por cada ocurrencia de este hecho, además del retiro correspondiente de los mismos y su reemplazo por materiales aprobados por la Interventoría.
Por utilizar productos, materiales o equipos que no hayan sido aprobados por la Interventoría. Si EL CONTRATISTA hace uso de productos, materiales o equipos que no hayan sido aprobados por la Interventoría para su utilización, éste podrá incurrir en un incumplimiento en el ANS, y se aplicara un descuento del 0.1% del valor del contrato, por cada ocurrencia de este hecho, además del retiro correspondiente de los mismos y su reemplazo por materiales aprobados por la Interventoría.
Por retraso en la entrega de los documentos para la liquidación del contrato o cierre de cuentas según sea el caso. Si pasados treinta (30) días calendario EL CONTRATISTA no hiciere entrega de los documentos para la liquidación del contrato, contados a partir del recibo de las obras, los servicios o las actividades, a satisfacción de EMVARIAS, podrá por los primeros quince
(15) días calendario adicionales, cobrar o descontar cincuenta mil pesos por cada día de retraso.
la falta de oportunidad para presentar las facturas de venta por concepto de las ordenes de trabajo ejecutadas, Si no existe una debida justificación aceptada por EMVARIAS, Estas descontaran un 2%, antes de IVA, del valor de
las Órdenes de Trabajo pendientes de facturar, por cada diez (10) días de retraso en la entrega de la facturación correspondiente.
5.2.1.1 Medida de los servicios y/o actividades
EMVARIAS y EL CONTRATISTA harán mediciones periódicas de los servicios y/o actividades ejecutadas y suscribirán los reportes, actas o constancias respectivas.
Se deberán efectuar cortes de los servicios y/o actividades mensuales para determinar la medida y avance del contrato. Para ello se tienen formatos, formularios y planillas de control de los servicios y/o actividades, teniendo en cuenta el formulario de precios número de ítem, descripción, cantidad ejecutada, valor unitario -cotizado o ajustado-, la fecha, el inicio y la finalización de cada proyecto o solicitud, para totalizar y establecer el valor por acta mensual. Estos servicios y/o actividades se liquidarán teniendo en cuenta los precios unitarios cotizados o ajustados aceptados y pactados por las partes para este contrato.
Esta metodología aplicará tanto para la liquidación de los servicios y/o actividades descritas por ítem completo como para las adicionales requeridas.
5.2.1.2 Calendario para órdenes de pago
EL CONTRATISTA ha de tener en cuenta que por requerimientos contables, EMVARIAS fija unas fechas dentro de cada período mensual, en las cuales deben presentarse las facturas o cuentas de cobro para su cancelación o pago. El desconocimiento de dicho calendario puede originar tropiezos para EL CONTRATISTA, y EMVARIAS no se hace responsables por los potenciales perjuicios que el desconocimiento de ello pueda generar.
5.2.1.3 Inscripción de proveedores para pago por consignación
Igualmente ha de tener en cuenta EL CONTRATISTA que EMVARIAS sólo efectúa pagos mediante el sistema de consignación electrónica y que, para el efecto, deberá inscribir una cuenta que haga posible dicha forma de pago, llenando los correspondientes formatos que EMVARIAS pone a su disposición. El incumplimiento de este trámite exonera a EMVARIAS de cualquier retraso o dificultad que genere la imposibilidad de efectuar el pago tal y como se prevé.
La cuenta reportada deberá figurar a nombre del beneficiario de la orden de pago. Las personas jurídicas deberán anexar una copia vigente es decir, con no más de tres (3) meses de expedición del certificado de existencia y representación legal, al momento del primer pago y cuando se cambie el representante legal..
5.2.1.4 Procedimiento para facturación
Para que la factura, documento equivalente o documento de cobro* que expida EL CONTRATISTA sea pagada, éste deberá tener en cuenta los requisitos que se enuncian a continuación:
La factura de venta deberá presentarse al Interventor, en original y dos copias. En caso de que el CONTRATISTA se acoja a la Ley 1231 de 2008, presentará 3 copias de la factura.
La EMPRESA cancelará la factura de venta que cuente con visto bueno del interventor, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su presentación en Contabilidad de EMVARIAS.
EMVARIAS a través del Interventor, no dará por aceptada la factura de venta presentada por el contratista cuando éste no adjunte a la misma los informes y demás documentos que le sean requeridos en el contrato y por la interventoría.
En caso de que el contratista negocie la factura de venta como título valor, deberá notificarle al Interventor, con copia al Director Financiero de EMVARIAS, al día siguiente de la negociación, el nombre y apellidos (persona natural) o Razón social (persona jurídica), y cédula o NIT del primer tenedor legítimo del título.
Para efectos del pago, el contratista deberá abrir una cuenta corriente o de ahorro a su nombre, en la que, mediante giro electrónico, se le consignará el valor de lo facturado por la ejecución del contrato. Sin embargo, si la factura hubiese sido entregada por el contratista en copia, o la factura original fuere negociada como título valor, el pago se realizará directamente en la Tesorería de Emvarias mediante cheque y no por transferencia electrónica, obligándose el contratista o tenedor a presentar la factura de venta original al momento de reclamar su pago.
5.2.1.5 Pago de los servicios y/o actividades ejecutadas
Durante la ejecución del contrato EMVARIAS pagará a EL CONTRATISTA los valores facturados por éste y aprobados por las mismas dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes a la fecha de radicación de la factura con el lleno de los requisitos legales y contractuales. En la factura serán realizadas e indicadas las deducciones que por los conceptos xx xxx y otros deban efectuarse.
En caso xx xxxx en los plazos estipulados para el pago de las obligaciones contraídas, no imputable al CONTRATISTA, EMVARIAS reconocerá una tasa de interés anual equivalente al DTF Bancario + cinco (5) puntos para la moneda nacional, vigente al vencimiento de la obligación.