CÓDIGO DEL PROCESO No. CDC-INOCAR-002-2022
CÓDIGO DEL PROCESO No. CDC-INOCAR-002-2022
Objeto de la contratación
“CONSULTORÍA PARA PARALELIZACIÓN DEL MODELO TUNAMI_N2”
Guayaquil, lunes 01 xx xxxxxx de 2022
ÍNDICE
SECCIÓN | I | INVITACIÓN |
SECCIÓN | II | OBJETO DE LA CONTRATACIÓN, PRESUPUESTO REFERENCIAL Y TÉRMINOS DE REFERENCIA |
SECCIÓN | III | CONDICIONES DEL PROCEDIMIENTO |
SECCIÓN | IV | EVALUACIÓN DE OFERTAS |
SECCIÓN | V | FORMULARIOS DE LA OFERTA |
SECCIÓN I INVITACIÓN
De acuerdo con los pliegos de Consultoría de Contratación Directa elaborados por el Instituto Oceanográfico y Antártico de la Armada, se convoca a las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, o asociaciones de estas, y o compromisos de asociación o consorcio, legalmente constituidos y capaces para contratar, a que presenten sus manifestaciones de interés para la Consultoría de Contratación Directa, por la “CONSULTORÍA PARA PARALELIZACIÓN DEL MODELO TUNAMI_N2”.
El presupuesto referencial estimado para la contratación del servicio es de $15.000,00 (Quince mil con 00/100 dólares de los Estados Unidos de América), sin IVA, y el plazo estimado para el servicio es 100 días calendarios, contados a partir de la suscripción del contrato.
Las condiciones generales de esta convocatoria son las siguientes:
1. El pliego está disponible, sin ningún costo en el portal institucional del SERCOP (xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx), de conformidad con lo previsto en el inciso 4 del artículo 31 de la LOSNCP.
2. Los interesados podrán formular preguntas en el término de 2 días, contados a partir de la fecha de publicación de acuerdo al cronograma de control y establecido en los pliegos. La Comisión Técnica/Delegado absorberá obligatoriamente todas las preguntas y realizará las aclaraciones necesarias, en el término de 2 días en cumplimiento con el cronograma establecido.
3. Las ofertas, técnica y económica, deberán ser entregadas en forma física y en digital en la Secretaría General, planta baja del Instituto Oceanográfico y Antártico de la Armada, ubicada en la Av. 25 de Julio, No. 2601, Base Naval Sur, vía Puerto Marítimo, diagonal a la Agencia de Tránsito Municipal., o de forma electrónica a través del correo institucional xxxxxx@xxxxxx.xxx.xx, debidamente con firma electrónica dentro del plazo establecido en el cronograma del proceso.
4. La oferta debe presentarse por la totalidad de la contratación.
5. El presente procedimiento no contempla reajuste de precios.
6. La evaluación de las ofertas se realizará aplicando los parámetros de calificación definidos por la entidad contratante.
7. Los pagos del contrato se realizarán con cargo a los fondos propios provenientes del presupuesto de la entidad contratante relacionados con la partida presupuestaria N° 530601 denominada “Consultoría-Asesoría e Investigación Especializada”, según consta en la certificación presupuestaria N° 242 del 20 xx xxxx de 2022, emitida por la SP. Ing. Xxxxx Xxxxxxx, Asistente de Presupuesto y el SP. Eco. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, Director Financiero del Instituto Oceanográfico y Antártico de la Armada, Encargado. La partida presupuestaria deberá certificarse por la totalidad de la contratación sin el IVA.
Forma de pago:
1. El pago se realizará 100% contra entrega, previa presentación de informe y factura por parte del consultor, así mismo el administrador emitirá un informe final indicando que el servicio de consultoría fue recibido a entera satisfacción de la institución.
2. El procedimiento se ceñirá a las disposiciones de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, su Reglamento General, la normativa expedida por el Servicio Nacional de Contratación Pública y el presente pliego.
Guayaquil, agosto 01 de 2022
Firmado electrónicamente por:
XXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX
CPNV-EMT XXXXXX XXXXXX XXXXXX DIRECTOR
INSTITUTO OCEANOGRÁFICO Y ANTÁRTICO DE LA ARMADA
SECCIÓN II
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN, PRESUPUESTO REFERENCIAL Y TÉRMINOS DE REFERENCIA SOLICITADOS POR LA ENTIDAD CONTRATANTE.
2.1. Objeto.- Este procedimiento precontractual tiene como propósito la calificación, selección, negociación y adjudicación del contrato sobre el servicio solicitado por la entidad contratante, para la contratación de la “CONSULTORÍA PARA PARALELIZACIÓN DEL MODELO TUNAMI_N2”.
2.2. Presupuesto.-El presupuesto referencial estimado para la contratación del servicio es de
$15.000,00 (Quince mil con 00/100 dólares de los Estados Unidos de América), sin IVA, y el plazo estimado para el servicio es de100 días calendarios, contados a partir de la suscripción del contrato.
2.3Términos de referencia.- Los términos de referencia que deberá cumplir la presente contratación se detallan a continuación;
2.3.1 ANTECEDENTES
Mediante Decreto Ejecutivo No.1038 del 08 xx xxxx del 2020, el gobierno nacional dispone la Fusión del Instituto Oceanográfico de la Armada y el Instituto Antártico Ecuatoriano en una sola entidad denominada INSTITUTO OCEANOGRÁFICO Y ANTÁRTICO DE LA ARMADA, adscrito al Ministerio de Defensa Nacional con sede en la ciudad de Guayaquil, con las competencias, atribuciones, funciones, programas, proyectos, representaciones y delegaciones constantes en leyes, decretos, reglamentos y demás normativa vigente que le correspondían al Instituto Oceanográfico de la Armada y al Instituto Antártico Ecuatoriano, serán asumidas por el Instituto Oceanográfico y Antártico de la Armada, en un plazo de 30 días.
Mediante Decreto Ejecutivo No.1068 del 06 xx xxxxx del 2020, el plazo de fusión y creación de la nueva entidad INSTITUTO OCEANOGRÁFICO Y ANTÁRTICO DE LA ARMADA, fue ampliado 60 días, por lo que el inicio de actividades rige a partir del 07 de julio del 2020.
De acuerdo con la estructura organizacional del Instituto, la Dirección de Oceanografía y Meteorología Marina como Contacto Nacional ante el Sistema de Alerta de Tsunamis xxx Xxxxxxxx y a través de la Gestión Interna de Tsunamis, tiene la responsabilidad de elaborar los mapas de inundación por tsunamis para los diferentes sectores del margen costero, a fin de contribuir con la reducción del riesgo de tsunamis en el Ecuador. Para ello se utiliza modelos matemáticos que permitan obtener el producto “mapa de inundación por tsunami”, en la actualidad se ha hecho uso de dos modelos para la elaboración de este producto, el primero es el modelo MOST y el segundo es el modelo TUNAMI_N2, este último ha permitido la elaboración de más de 10 mapas de inundación para el margen costero ecuatoriano. TUNAMI_N2 demandadatosqueconllevanaunproductodemejorprecisiónparaelusuario.
2.3.2. OBJETIVO DE LA CONTRATACIÓN
Contratar la consultoría especializada para realizar la “Paralelización del modelo TUNAMI_N2” a fin de lograr eficiencia en el desarrollo del producto “mapa de inundación por tsunami”, disminuyendo el tiempo de ejecución y respuesta del modelo.
2.3.3.JUSTIFICACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
Desde el año 2004, el INOCAR ha venido elaborando mapas de inundación en áreas costeras de las provincias del Ecuador. Actualmente este proceso se realiza en los equipos de cómputo del CMO y con el apoyo de espacio computacional limitado que brinda la Dirección de Geoinformación Marítima.
Cada vez que se elabora un mapa de inundación, es necesario recopilar información batimétrica y topográfica de varias resoluciones, generando archivos de gran tamaño, estos, al ser almacenados en las memorias de los equipos de cómputo del CMO reduce su capacidad de almacenamiento. A su vez, cada simulación de un evento de tsunami conlleva una alta demanda de tiempo de CPU, que puede afectar la ejecución de otras tareas propias del proceso de elaboración de los mapas.
Para obtener los mapas de inundación se usa el modelo matemático TUNAMI_N2, que es a su vez un modelo y una implementación en el lenguaje FORTRAN1de la solución de un sistema de diferencias finitas que permite simular el comportamiento de un tsunami en aguas profundas, comenzando con la de formación del lecho xxxxxx, la generación del tsunami, su llegada a la xxxx xx xxxxx y posterior inundación. Para realizar este proceso, el modelo toma como datos de entrada la información batimétrica y topográfica de la zona de estudio, además de los datos de un evento sísmico generador de tsunami.
La precisión de los resultados obtenidos depende en gran medida de la resolución de los datos de entrada, por lo cual se usan mallas anidadas con resolución que puede abarcar desde 1.000 m hasta 10 m por celda. El tamaño de estas mallas, dependiendo de la resolución y el área de estudio, puede oscilar de Megabytes a los Gigabytes. A pesar de contar con espacio en servidores para ejecutar el modelamiento (proceso fundamental en la elaboración xxx xxxx de inundación), este sólo permite una simulación de 30 GB a la vez, que tarda desde 8 horas hasta 15 días por cada ejecución, dependiendo de la resolución de las mallas y del tiempo de simulación.
El tiempo que tarda TUNAMI_N2 para obtener los mapas de inundación puede ser reducido mediante herramientas, hardware (tarjetas gráficas NVIDIA con tecnología CUDA) y software, reescribiendo el modelo original en una versión paralelizada para esta tecnología. Se puede lograr reducciones considerables de tiempo en la elaboración de los mapas de inundación, permitiendo generar más productos y posiblemente obtener una herramienta que permita ofrecer mapas preliminares de inundación ante un evento generador de tsunami en pocas horas e incluso en minutos, dependiendo de la resolución utilizada. Por lo que es indispensable la contratación de la “Consultoría: Paralelización del modelo TUNAMI_N2”.
2.3.4. PRELACIÓN EN LA ADQUISICIÓN DE SOFTWARE POR PARTE DEL SECTOR PÚBLICO
En relación al "CÓDIGO ORGÁNICO DE LA ECONOMÍA SOCIAL DE LOS CONOCIMIENTOS,
CREATIVIDAD E INNOVACIÓN" COESCCI, Artículo 148.- Prelación en la adquisición de software por parte del sector público:
"Para la contratación pública relacionada a software, las entidades contratantes del sector público deberán seguir el siguiente orden de prelación:
5. Software internacional por intermedio de proveedores extranjeros".
El código (o software) que se usará para la paralelización es TUNAMI N2 desarrollado por la Universidad de Tohoku - Japón, adquirido como parte de transferencia de conocimiento en la Maestría de Administración de Riesgos, especialidad tsunamis. El software está desarrollado en lenguaje Fortran. El código tiene como finalidad generar datos para la elaboración de mapas de inundación. Los datos de entrada del código son: batimetría, topografía y parámetros sísmicos que sirven para determinar la inundación en un área determinada.
Actualmente TUNAMI N2 ejecuta sus rutinas entre 7 a 30 días, tiempo que se desea se acorte para optimizar los tiempos de realización de los mapas de inundación, que son herramientas necesarias para una buena gestión del riesgo de tsunamis.
Se requiere la reestructuración de TUNAMI N2 y que éste pueda ser ejecutado en el menor tiempo posible.
2.3.5. NATURALEZA DE LA CONSULTORÍA
La naturaleza de la consultoría para la "Paralización del modelo TUNAMI N2, requiere de la contratación de un consultor Individual, con formación en ciencias físicas con sólidos conocimientos y manejo de software HPC, Fortran y C++, elementos finitos, dinámica de fluidos, métodos numéricos y similares a la paralelización de modelos matemáticos y conocimientos en éstos. Esta naturaleza se fundamenta en la especificidad de la misma y la linea de conocimiento avanzado y especializado que debe tener el consultor para la paralelización del modelo matemático de tsunami TUNAMI N2, deberá tener la capacidad de evaluar las funciones que componen este modelo, la parametrización de acuerdo con las herramientas de desarrollo (SDK) y configuración en CUDA. Este conocimiento especializado en modelización numerica exige un grado de tercer nivel en Ingeniería Física y cuarto nivel con Maestría en Ingeniería Mecánica mención en Diseño de sistemas mecánicos, hidráulicos y térmicos, con habilidades en programacion a través de herramientas como HPC, C++, phyton, elementos finitos,
dinámica de fluidos, métodos numéricos, a fin de que los productos detallados en los terminos de referencia se puedan realizar.
2.3.6. PAC Y CERTIFICACIÓN PRESUPUESTARIA
La contratación del servicio consta en el Plan Anual de Contrataciones(PAC) de la Dirección de Oceanografía y Meteorología Marina y Cartografía Náutica del año 2022, por el valor de $15.000,00 (Quince mil con 00/100 dólares de los Estados Unidos de América), sin IVA, según certificación presupuestaria No. 242 del 20 xx xxxx de 2022.
2.3.7.METODOLOGÍA DEL SERVICIO
Elpresenteprocesorequieredelacontratacióndeuna“ConsultoríaparaParalelizacióndeModeloTUNAMI_N 2”.Esteprocesoesunacontratacióndirectaquetendrálasiguientemetodología:
● Evaluación de la herramienta software para paralelización del MODELO TUNAMI_N2, esto es la evaluación de las funciones que componen este modelo, así como: rutas, datos de entrada y salidas, gráficas que permitan una correcta ejecución de modelo.
● Parametrización de los datos de entrada para el modelo TUNAMI_N2, basado en el lenguaje de programación seleccionado, el código será implementado en el sistema operativo Linux bajo el lenguaje de programación Fortran, C++ o C. Esta parametrización se hace de acuerdo con las herramientas de desarrollo (SDK) disponibles en el mercado, lo cual permitirá desarrollar un solo archivo de configuración para ejecutar los módulos que componen al TUNAMI_N2 en CUDA.
● Desarrollo y prueba del módulo para calcular la deformación inicial, la cual consiste en obtener un porcentaje de error bajo al comparar los resultados de TUNAMI_N2 y la nueva herramienta en el SDK xx XXXX, además de integrar la herramienta inicial xx XXXXX en un solo programa principal.
● Desarrollo y prueba de las rutinas para calcular las condiciones xx xxxxxxxx, esto permitirá extender de una mejor manera las dimensiones de las mallas para la evaluación del modelo, permitiendo generar mallas mucho más detalladas al momento de la evaluación.
● Desarrollo y prueba de las rutinas paralelizadas que implementan el modelo numérico por diferencias finitas, lo cual permitirá que todo el sistema ejecute el modelo en el menor tiempo posible, usando las características de Hardware del sistema sobre el cual está implementado, en esta etapa se paralelizan todas las funciones dadas por las diferencias finitas, además de desarrollar un módulo de evaluación para la exactitud del modelo TUNAMI_N2 con respecto a la nueva aplicación desarrollada.
● Asesoría para el desarrollo y pruebas del módulo para salida de datos en los formatos establecidos, además de mostrar todas las salidas gráficas disponibles por la simulación usando un módulo de desarrollo compatible con la nueva herramienta, es posible ejecutar salidas específicas de acuerdo al escenario de simulación sin necesidad de recurrir a herramientas de terceros como son ArcGIS o Surfer para mostrar las salidas gráficas del sistemas, esto permite disminuir tiempos en la evaluación de la amenaza.
● Evaluación de tiempo de ejecución y ajustes al modelo, lo cual consiste en desarrollar un comparativo usando un escenario y correrlo de tal manera que permita observar los tiempos finales de ejecución para el mismo escenario, esto permitirá evaluar la eficiencia en tiempo de la nueva herramienta en funcionamiento.
● Asesoría para el desarrollo de módulo de simulación por lotes, esto mostrará la nueva funcionalidad de evaluación, la cual permite simular varios escenarios para la generación de una base de datos con solo ejecutar un comando de consola.
● Transferencia de conocimiento en la ciudad de Guayaquil, con el objetivo de poner en marcha la paralelización del modelo TUNAMI_N2 en el equipo seleccionado y capacitación del personal en el uso de la herramienta presentada.
● Elaboración y entrega de manual de usuario para el uso e instalación de la herramienta.
● Informes mensuales de avance de proyecto (deben ser evidenciados con personal técnico del INOCAR).
2.3.8. INFORMACIÓN QUE DISPONE LA ENTIDAD
Modelo TUNAMI_N2 y computador con tarjeta gráfica en la que se realizará el proceso de paralelización, servidores para almacenamiento de procesos durante la consultoría.
2.3.9. PRODUCTOS O SERVICIOS ESPERADOS
CPC | DETALLE DEL BIEN/SERVICIO | CANTIDAD | |||
Evaluación de herramientas | software | para | paralelización | 1 | |
modeloTUNAMI_N2 | |||||
ParametrizacióndelosdatosdeentradaparaelmodeloTUNAMI_N2 basado | 1 | ||||
en el lenguaje de programación seleccionado. | |||||
Desarrollo y prueba del módulo para calcular la deformación inicial. | 1 | ||||
Desarrollo y prueba de las rutinas para calcular las condiciones de | 1 | ||||
831420111 | frontera | ||||
(Adaptación de los programas | Desarrollo y prueba de las rutinas paralelizadas que implementan el Modelo numérico por diferencias finitas | 1 | |||
1 | |||||
de informática | Desarrollo y pruebas del módulo para salida de datos en los formatos | ||||
existentes) | establecidos | ||||
Evaluación de tiempo de ejecución y ajustes al modelo | 1 | ||||
Desarrollo de módulo de simulación por lotes | 1 | ||||
Visita para capacitación, instalación y puesta en marcha del sistema | 1 |
● El código será implementado en el sistema operativo Linux bajo el lenguaje de programación (Fortran, C++ o C).
● Se hace necesario que por parte del centro de investigación se cuente con un computador con tarjeta gráfica de NVIDIA para que dicho programa pueda correr.
● Se desarrollará una visita presencial en la ciudad de Guayaquil la cual tendrá como finalidad la puesta a punto y capacitación al personal en el uso de la herramienta presentada.
● Se generará un manual de usuario para el uso e instalación de la herramienta.
● Se entregarán informes de avance conforme al desarrollo del proyecto.
2.3.10. JUSTIFICACIÓN DE CPC
Se ha seleccionado como CPC: 831420111 (Adaptación de los programas de informática existentes). En vista que la consultoría consiste en la paralelización del modelo TUNAMI N2, código desarrollado por la Universidad de Tohoku- Japón. Este proceso de paralelización será un actualización del modelo con el propósito de repotenciar al modelo y optimizar los tiempo de su ejecución. Tomándose este proceso como una actualización de este software o código matemático. Lo que se pretende lograr es acortar tiempos de ejecución de productos que genera Inocar, que es el mapa de inundación por tsunami.
2.3.11. PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución del contrato es de cien (100) días calendario, contados desde la FECHA DE SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO.
2.3.12. FORMA Y CONDICIONES PAGO
El pago se realizará 100% contra entrega, previa presentación de informe y factura por parte del consultor, así mismo el administrador emitirá un informe final indicando que el servicio de consultoría fue recibido a entera satisfacción de la institución.
2.3.13. LUGAR Y FORMA DE ENTREGA
Los resultados finales de la paralelización del modelo TUNAMI_N2 se realizarán en las instalaciones del INOCAR, el modelo debe funcionar en su totalidad y con todos los productos requeridos por la entidad contratante. Deberá proporcionarse un manual de operación.
2.3.14. GARANTÍA
El consultor solventará durante los siguientes 5 años, contados desde la fecha de entrega de sus productos, cualquier observación que se realice sobre la información y datos contenidos en la puesta en marcha de laparalelizacióndelmodeloTUNAMI_N2.
2.3.15. PERSONAL TÉCNICO/EQUIPO DE TRABAJO/RECURSOS
2.3.15.1 PERSONAL TÉCNICO MÍNIMO
No | Función | Nivel de estudio | Participación | Titulación académica | Cantidad |
1 | Líder consultor | Tercer nivel y Cuarto Nivel | Virtual y Presencial (a necesidad de INOCAR) | Tercer nivel en Ingeniería Física y Cuarto nivel en Ingeniera Mecánica (mención sistemas mecánicos, hidráulicos y/o térmicos) x xxxxxxxx afines. | 1 |
2.3.15.2PERSONAL TÉCNICO MÍNIMO
No | Función | Años de experiencia | Tipo de certificado | Número de contratos | Monto de contratos |
1 | El consultor individual deberá presentar experiencia en actualización de asistencia técnica del sistema HPC y modelamiento numérico de tsunamis para el Sistema de alerta temprana para tsunamis con conocimiento en Python C++, Sistemas en tiempo real y Linux. | 5 | Trabajos ejecutados y/o participación en proyectos, para lo cual deberá demostrar su experiencia con la presentación de contratos, facturas, y/o acta de entrega recepción definitiva de los trabajos realizados. | Al menos 1 | $1000 |
2.3.15.3. EXPERIENCIA GENERAL Y ESPECÍFICA MÍNIMA
No. | Descripción | Tipo | Temporalidad | Monto Experiencia | Número de contratos | Monto Mínimo de contrato |
1 | El consultor debe acreditar cinco años (5) en experiencia en trabajos relacionados conciencias físicas similares a la Paralelización de modelos matemáticos, obtenidos en los últimos 15 años. Para lo cual deberá adjuntar copias de contratos o facturas, actas de entrega recepción de entidades públicas o privadas, ordenes de servicio | General | 15años | $1.500,00 | Al menos 1 | $75,00 |
2 | El consultor debe tener mínimo cinco (5) años de experiencia obtenidos en los últimos 15 años, en trabajos relacionados al desarrollo de aplicaciones iguales o similares a la paralelización del modelo matemático de TUNAMI_N2, para lo cual deberá adjuntar copias de contratos, facturas, ordenes de servicio para empresas privadas y de ser el caso con entidades públicas deberá presentar el Acta de entrega recepción definitiva | Específica | 5años | $7 50 ,00 | Al menos 1 | $ 37,50 |
2.3.15.4. DISPONIBILIDAD DE EQUIPOS E INSTRUMENTOS
CANTIDAD | EQUIPO | CARACTERÍSTICAS |
01 | Computador | El consultor deberá disponer del equipo informático (un computador) con los recursos necesarios para el análisis, control de calidad e interpretación de la información y los datos que se emplearán para la paralelización del modelo TUNAMI_N2. |
SECCIÓN III CONDICIONES DEL PROCEDIMIENTO
3.1 Cronograma del procedimiento: El cronograma que regirá el procedimiento será el siguiente:
DETALLE | FECHA | HORA |
Fecha de Publicación | 30/08/2022 | 15:00 |
Fecha de entrega de invitaciones | 01/09/2022 | 15:00 |
Fecha Límite de Preguntas | 05/09/2022 | 15:00 |
Fecha Límite de Respuestas y Aclaraciones | 07/09/2022 | 15:00 |
Fecha Límite Entrega de Ofertas Técnica y Económica | 13/09/2022 | 10:00 |
Fecha Apertura de Oferta Técnica | 13/09/2022 | 11:00 |
Fecha Inicio Evaluación | 13/09/2022 | 12:00 |
Fecha Publicación Resultados Finales Oferta Técnica | 20/09/2022 | 15:00 |
Fecha Apertura Oferta Económica | 20/09/2022 | 16:00 |
Fecha de Negociación | 21/09/2022 | 09:00 |
Fecha Estimada de Adjudicación | 26/09/2022 | 12:00 |
En el caso de ser necesario, el término para la convalidación de errores será de dos días, de acuerdo al siguiente cronograma:
Concepto | Día | Hora |
Fecha Límite para solicitar convalidación de errores | 15/09/2022 | 14:30 |
Fecha Límite para convalidación errores | 19/09/2022 | 15:00 |
Fecha estimada de Adjudicación | 26/09/2022 | 12:00 |
3.2 Vigencia de la oferta: Las ofertas se entenderán vigentes hasta 90 días.
3.3 Precio de la Oferta: Se entenderá por precio de la oferta al valor que el oferente haga constar en el formulario único de la oferta
3.3.1 Forma de presentar la oferta: Las ofertas se presentarán de forma física y a través del correo electrónico xxxxxx@xxxxxx.xxx.xx. Para este procedimiento de contratación se presentará en dos sobres por separado, los que contendrán el siguiente texto:
Participante:
Señor
CPNV-EMT Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Director
Instituto Oceanográfico y Antártico de la Armada Ciudad.-
CONSULTORÍA
Código del proceso CDC-INOCAR-002-2022
Sobre No (1 ó 2)
OFERTA (TÉCNICA O ECONÓMICA)
(Original y copia)
No se tomarán en cuenta las ofertas entregadas en otro lugar posterior al día y hora establecidos en el cronograma del proceso.
Luego de recibidas las ofertas en la secretaria general, la operadora/or del proceso la retirará y posteriormente entregará a la máxima autoridad, Comisión Técnica o Delegado para que realice la evaluación y calificación de acuerdo con lo establecido en los pliegos.
3. 4 Plazo de ejecución: El plazo estimado para la ejecución del contrato es de 100 días, contados desde la fecha de suscripción del contrato.
3.5 Alcance del precio de la oferta: El precio de la oferta deberá cubrir el valor de los trabajos a ejecutarse según sea su naturaleza, los costos indirectos, los impuestos y tasas vigentes; así como, los servicios para la ejecución completa de la consultoría a contratarse.
3.6 Forma de pago: El pago se realizará 100% contra entrega, previa presentación de informe y factura por parte del consultor, así mismo el administrador emitirá un informe final indicando que el servicio de consultoría fue recibido a entera satisfacción de la institución.
4.1 Verificación de las ofertas:
SECCIÓN IV EVALUACIÓN DE OFERTAS
4.1.1 Integridad de las ofertas: La integridad de la oferta consiste en la verificación de la presentación de los formularios debidamente firmados por el interesado y requisitos mínimos previos en el pliego.
Luego de esta verificación la entidad contratante determinará si ejecutará la etapa de convalidación de errores.
I. Formulario único de la Oferta
1.1 Presentación y compromiso;
1.2 Datos generales del oferente;
1.3 Nómina de socio(s), accionista(s) o partícipe(s) mayoritarios de personas jurídicas, y disposiciones específicas para personas naturales, oferentes.
1.4 Oferta Económica (Sobre 2);
1.5 Plan de trabajo: enfoque, alcance y metodología, metodología propuesta y conocimiento probado de las condiciones generales, locales y particulares del proyecto materia de la consultoría (Metodología y cronograma de ejecución);
1.6 Experiencia del oferente en servicios de consultoría realizados en los últimos años. Antecedentes y experiencia demostrable del personal que será asignado a la ejecución del contrato (Experiencia general y específica mínima del oferente).
1.7 Personal Técnico clave asignado al proyecto; capacidad técnica y administrativa disponible;
1.8 Equipos e instrumentos disponibles. Disponibilidad de los recursos, instrumentos y equipos necesarios para la realización de la consultoría.
Cuando intervengan empresas nacionales en asociación con empresas extranjeras, se tomarán en consideración, adicionalmente, los procedimientos y metodologías que ofrezca la consultoría extranjera para hacer efectiva una adecuada transferencia de tecnología, así como la mayor y mejor utilización de la capacidad técnica de profesionales ecuatorianos.
II. Formulario de compromiso de participación del personal técnico y hoja de vida
2.1 Compromiso del Profesional asignado al proyecto
2.2 Hoja de vida del personal técnico clave asignado al proyecto
III. Formulario de compromiso de asociación o consorcio (de ser procedente)
*Este formulario deberá ser presentado como Sobre No. 2, debidamente cerrado.
4.1.2 Personal técnico clave y experiencia del mismo:
El consultor Individual, con formación en Física y deberá acreditar al menos cinco años de experiencia como desarrollador HPC y modelamiento numérico de tsunamis para el sistema de alerta temprana para tsunamis con conocimiento en Python C++, sistemas en tiempo real y Linux, así como al menos cinco (2) años de experiencia en trabajos relacionados al desarrollo de aplicaciones iguales o similares a la paralelización del modelo matemático de tsunami TUNAMI N2.Este conocimiento avanzado y especializado en modelización numérica exige un grado de tercer y/o cuarto nivel, a fin de que los productos detallados en los términos de referencia se puedan realizar. Para lo cual deberá adjuntar copias de contratos, facturas, ordenes de servicio para empresas privadas y de ser el caso con entidades públicas deberá presentar el Acta de entrega recepción definitiva. Su participación en el proceso de consultoría debe ser al 100%.
4.1.3 Metodología y cronograma de ejecución:
El presente proceso requiere de la contratación de una “Consultoría para Paralelización de Modelo TUNAMI_N2”. Este proceso es una contratación directa que tendrá la siguiente metodología:
● Evaluación de la herramienta software para paralelización del MODELO TUNAMI_N2, esto es la evaluación de las funciones que componen este modelo, así como: rutas, datos de entrada y salidas, gráficas que permitan una correcta ejecución de modelo.
● Parametrización de los datos de entrada para el modelo TUNAMI_N2, basado en el lenguaje de programación seleccionado, el código será implementado en el sistema operativo Linux bajo el lenguaje de programación Fortran, C++ o C. Esta parametrización se hace de acuerdo con las herramientas de desarrollo (SDK) disponibles en el mercado, lo cual permitirá desarrollar un solo archivo de configuración para ejecutar los módulos que componen al TUNAMI_N2 en CUDA.
● Desarrollo y prueba del módulo para calcular la deformación inicial, la cual consiste en obtener un porcentaje de error bajo al comparar los resultados de TUNAMI_N2 y la nueva herramienta en el SDK xx XXXX, además de integrar la herramienta inicial xx XXXXX en un solo programa principal.
● Desarrollo y prueba de las rutinas para calcular las condiciones xx xxxxxxxx, esto permitirá extender de una mejor manera las dimensiones de las mallas para la evaluación del modelo, permitiendo generar mallas mucho más detalladas al momento de la evaluación.
● Desarrollo y prueba de las rutinas paralelizadas que implementan el modelo numérico por diferencias finitas, lo cual permitirá que todo el sistema ejecute el modelo en el menor tiempo posible, usando las características de Hardware del sistema sobre el cual está implementado, en esta etapa se paralelizan todas las funciones dadas por las diferencias finitas, además de desarrollar un módulo de evaluación para la exactitud del modelo TUNAMI_N2 con respecto a la nueva aplicación desarrollada.
● Asesoría para el desarrollo y pruebas del módulo para salida de datos en los formatos establecidos, además de mostrar todas las salidas gráficas disponibles por la simulación usando un módulo de desarrollo compatible con la nueva herramienta, es posible ejecutar salidas específicas de acuerdo al escenario de simulación sin necesidad de recurrir a herramientas de terceros como son ArcGIS o Surfer para mostrar las salidas gráficas del sistemas, esto permite disminuir tiempos en la evaluación de la amenaza.
● Evaluación de tiempo de ejecución y ajustes al modelo, lo cual consiste en desarrollar un comparativo usando un escenario y correrlo de tal manera que permita observar los tiempos finales de ejecución para el mismo escenario, esto permitirá evaluar la eficiencia en tiempo de la nueva herramienta en funcionamiento.
● Asesoría para el desarrollo de módulo de simulación por lotes, esto mostrará la nueva funcionalidad de evaluación, la cual permite simular varios escenarios para la generación de una base de datos con solo ejecutar un comando de consola.
● Transferencia de conocimiento en la ciudad de Guayaquil, con el objetivo de poner en marcha la paralelización del modelo TUNAMI_N2 en el equipo seleccionado y capacitación del personal en el uso de la herramienta presentada.
● Elaboración y entrega de manual de usuario para el uso e instalación de la herramienta.
● Informes mensuales de avance de proyecto (deben ser evidenciados con personal técnico del INOCAR).
.
4.1.4 Equipo e instrumentos disponibles:
CANTIDAD | EQUIPO | CARACTERÍSTICAS |
01 | Computador | El consultor deberá disponer del equipo informático (un computador) con los recursos necesarios para el análisis, control de calidad e interpretación de la información y los datos que se emplearán para la paralelización del modelo TUNAMI_N2. |
4.1.5. Verificación de cumplimento de integridad y requisitos mínimos de la oferta:
PARÁMETRO | CUMPLE | NO CUMPLE | OBSERVACIONES |
Integridad de la Oferta | |||
Experiencia mínima personal técnico clave | |||
Experiencia general mínima | |||
Experiencia específica mínima | |||
Metodología y cronograma de ejecución | |||
Personal técnico mínimo clave | |||
Otro(s) parámetro(s) resuelto por la entidad contratante |
4.2 Evaluación por puntaje: Solo las ofertas que cumplan con los requisitos mínimos serán objeto de evaluación por puntaje.
4.2.1.Parámetros de calificación para Capacidad Nacional
Parámetro | Valoración |
Experiencia general | (Hasta 40 %) |
Experiencia específica | (Hasta 50 %) |
Experiencia del personal técnico clave | (Hasta 10%) |
TOTAL | (La sumatoria debe ser 100 %) |
4.2.2. Metodología de asignación de puntaje en la experiencia: En el caso de seleccionar parámetros de evaluación por puntaje se deberá tomar en cuenta los siguientes criterios:
a) No se otorgará puntaje a la experiencia mínima requerida, por ser de cumplimiento obligatorio.
b) Para que la experiencia presentada sea susceptible de calificación por puntaje, está deberá ser mayor a la establecida como requisito mínimo.
c) El valor total de la experiencia solicitada adicional al requisito mínimo que será puntuada, no podrá superar el valor del presupuesto referencial del procedimiento de contratación multiplicado por un factor de 1,25.
d) Se otorgará el máximo puntaje a la o las ofertas que presenten como experiencia adicional el monto más alto y, a las demás ofertas se asignará un puntaje directamente proporcional.
Para la valoración de la consultoría se observarán los siguientes parámetros:
Parámetro | Valoración |
Experiencia general | |
Experiencia específica | |
Experiencia del personal técnico clave | (Hasta 50 puntos) |
Metodología y cronograma de ejecución | (Hasta 30 puntos) |
Equipo e instrumentos disponibles | (Hasta 10 puntos) |
Otro(s) parámetro(s) resuelto(s) por la entidad | (Hasta 10 puntos) |
TOTAL | ( La sumatoria debe ser 100 puntos) |
Nota: La entidad contratante podrá añadir otro y otros parámetros adicionales para evaluación de las ofertas, estableciendo su indicador, el medio de comprobación y su puntaje que en ningún caso será mayor a (10) puntos. No será restrictivo ni discriminatorio y deberá estar vinculado con las necesidades del proyecto y debidamente justificado.
Para acceder a la evaluación de la propuesta económica, la propuesta técnica deberá alcanzar el puntaje mínimo de setenta (70) puntos. Las propuestas técnicas que no alcancen dicho puntaje serán descalificadas y rechazadas en esta etapa.
4.3 Evaluación de la oferta económica.- La entidad contratante no tendrá acceso a las propuestas económicas, sino hasta que la evaluación técnica haya concluido y solamente de las ofertas que hayan obtenido por lo menos setenta (70) puntos en la evaluación técnica.
La asignación de puntajes de las ofertas económicas de los consultores que hayan alcanzado el puntaje mínimo en la calificación de la oferta técnica, se realizará mediante la aplicación de una relación inversamente proporcional a partir de la oferta económica más baja, en donde la totalidad del puntaje (100 puntos) se le otorgará a esta última conforme la siguiente fórmula:
Pei = (POEm x 100) / POEi Dónde:
Pei = Puntaje por Evaluación Económica del oferente i. POEm = Precio de la Oferta Económica más baja.
POEi = Precio de la Oferta Económica del oferente i
El puntaje total de la propuesta será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la aplicación de la siguiente fórmula:
PTOi = (c1*Pti) + (c2*Pei) Donde:
PTOi = Puntaje Total del Oferente i
Pti = Puntaje por Evaluación Técnica del oferente i
Pei = Puntaje por Evaluación Económica del oferente i
c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica
c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica
Los coeficientes de ponderación deberán cumplir las condiciones siguientes:
-La suma de ambos coeficientes deberá ser igual a la unidad (1.00).
-Los valores que se aplicarán en cada caso deberán estar comprendidos dentro de los márgenes siguientes:
0,80 <= c1 <= 0,90
0,10 <= c2 <= 0,20
En caso de empate en la puntuación final, para establecer el orden de prelación se atenderá a las siguientes reglas:
a) Si el empate se originare en diferentes calificaciones en la oferta técnica y económica, la oferta ganadora será aquella que tuviere el mayor puntaje en la oferta técnica.
b) Si el empate se originare en idénticas calificaciones en la oferta técnica y económica, la oferta ganadora se determinará de acuerdo a los siguientes criterios:
b.1) La oferta que tuviera el mayor puntaje en el parámetro “Experiencia Específica”; De persistir el empate, se aplicará progresivamente y en el siguiente orden los criterios:
b.2) La oferta que tuviera el mayor puntaje en el parámetro “Experiencia del Personal Técnico”;
b.3) La oferta que tuviera el mayor puntaje en el parámetro “Experiencia General”;
b.4) La oferta que tuviera el mayor puntaje en el parámetro “Plan de Trabajo”;
b.5) La oferta que tuviera el mayor puntaje en el parámetro “Instrumentos y equipos disponibles”.
Si aún después de evaluar los criterios anteriores, subsistiera un empate entre los participantes, el orden de prelación se establecerá por sorteo realizado por la herramienta electrónica del portal del SERCOP.
SECCIÓN V OBLIGACIONES DE LAS PARTES
5.1 Obligaciones del Contratista:
La consultoría deberá cumplir con los siguientes lineamientos:
1.- Dar la asesoría necesaria para la paralelización de Modelo TUNAMI N2. El proceso de paralelización debe incluir lo siguiente:
● Evaluar las funciones que componen el Modelo TUNAMI N2.
● Parametrización de datos de entrada para el modelo TUNAMI N2 basado en el lenguaje de programación seleccionado.
● Implementación del código (TUNAMI N2) en el sistema operativo Linux bajo el
lenguaje de programación Fortran, C++.
● Configuración de los módulos que componen TUNAMI N2 en CUDA.
2. Desarrollar módulos de simulación: Para cálculo de datos de entrada (condiciones iniciales, frontera) y salida del modelo.
● Desarrollo y pruebas para el cálculo de deformación inicial.
● Desarrollo y pruebas de las rutinas para cálculo de condiciones xx xxxxxxxx
● Desarrollo y prueba de las rutinas paralelizadas que permitirán que el modelo se ejecute en el menor tiempo posible.
● Evaluación de tiempo de ejecución y ajustes del modelo.
3. Transferir conocimiento en la ciudad de Guayaquil con el objeto de poner en marcha la paralelización del modelo TUNAMI N2.
● Asesoría para el desarrollo y pruebas del modelo en instalaciones de INOCAR.
● Visita a la ciudad de Guayaquil con la finalidad de transferir los conocimientos para el buen manejo del modelo TUNAMI N2 en su versión paralelizada.
● Elaboración y entrega de manual de usuario para el uso e instalación de la herramienta
El oferente deberá incluir en su oferta todos los costos directos e indirectos para la prestación de los servicios objeto del contrato, tales como: honorarios para directivos, profesionales, técnicos y personal auxiliar; pasajes y viáticos, impuestos, tasas y contribuciones que de acuerdo a las leyes ecuatorianas debe pagar; costos de instrumentos, materiales e insumos; gastos administrativos, arrendamiento de locales, entre otros.
5.2 Obligaciones de la contratante:
a. Designar al administrador del contrato
b. Dar solución a las peticiones problemas que se presentaren en la ejecución del contrato, en un plazo (número de días) contados a partir de la petición escrita formulada por el contratista.
c. Proporcionar al contratista los documentos, accesos e información relevante relacionada con los trabajos de la consultoría, de los que dispusiera y realizar las gestiones que le corresponda efectuar al contratante, ante los distintos organismos públicos, en un plazo 10 días contados a partir de la petición escrita formulada por el contratista.
d. En caso de ser necesario y previo el trámite legal y administrativo respectivo, celebrar los contratos complementarios en un plazo 10 días contados a partir de la decisión de la máxima autoridad.
e. Suscribir las actas de entrega recepción de los trabajos recibidos, siempre que se haya cumplido con lo previsto en la ley para la entrega recepción; y, en general, cumplir con las obligaciones derivadas del contrato.
ÍNDICE
II. CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONSULTORÍA
SECCIÓN I | DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN 1.1 Comisión Técnica 1.2 Participantes 1.3 Presentación y apertura de ofertas 1.4 Inhabilidades 1.5 Obligaciones de los oferentes 1.6 Preguntas, respuestas y aclaraciones 1.7 Modificación xxx xxxxxx 1.8 Idioma y Autenticidad de los Documentos 1.9 Convalidación de errores deforma 1.10 Causas de Rechazo de Ofertas 1.11 Proceso de Evaluación, Negociación y Adjudicación 1.11.1 Apertura de la oferta en Contratación Directa 1.11.2 Apertura de la oferta en Concurso Público y Lista Corta 1.11.2.1 Criterios de evaluación 1.11.3 Negociación 1.12 Garantías 1.13 Cancelación del procedimiento 1.14 Declaratoria de procedimiento desierto 1.15 Adjudicatario Fallido 1.16 Suscripción del contrato 1.17 Precios Unitarios y Reajuste 1.18 Moneda de cotización y pago 1.19 Reclamos 1.20 Administración del contrato 1.21 Autoinvitación 1.22 Inconsistencia, simulación y/o inexactitud de la información |
SECCIÓN II | METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 2.1. Metodología de evaluación de las ofertas 2.2. Parámetros de evaluación 2.3 De la evaluación 2.4 Índices Financieros 2.5. Formulario para la elaboración de las ofertas |
SECCIÓN III | FASE CONTRACTUAL 3.1 Ejecución del contrato 3.1.1 Inicio, planificación y ejecución contractual 3.1.2 Cumplimiento de términos de referencia 3.1.3 Personal del Consultor 3.1.4 Obligaciones del Consultor 3.1.5 Pagos 3.1.6 Administrador del Contrato |
II. CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONSULTORÍA
DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN
1.1 Comisión Técnica: En la presente contratación la Máxima Autoridad conformará una Comisión Técnica, que estará integrada por: un profesional designado por la máxima autoridad, quien la presidirá; El titular del área requirente o su delegado; y un profesional afín al objeto de la contratación designado por la máxima autoridad o su delegado. Esta comisión recibirá y analizará las ofertas tanto la técnica como la económica, incluso en el caso de haberse presentado unas sola, considerando los parámetros de calificación establecidos en el pliego, y recomendará a la máxima autoridad de la entidad contratante la adjudicación o la declaratoria del procedimiento desierto.
1.2 Presentación y apertura de ofertas: Las ofertas se presentarán de forma física y a través del correo electrónico xxxxxx@xxxxxx.xxx.xx y, el precio de esta deberá constar en el sobre No. 2 hasta la fecha en que se cierre el plazo para la presentación de la oferta.
La apertura de las ofertas técnicas se realizará después de la fecha límite para la recepción de las ofertas.
De la apertura de las ofertas técnicas, en la que podrán estar presentes los oferentes que lo deseen, se levantará un acta que será suscrita por los integrantes de la Comisión Técnica y/o máxima autoridad o su delegado con la siguiente información:
a) Nombre de los oferentes;
b) Plazo de ejecución propuesto por cada oferente;
c) Número de hojas de cada oferta
Las ofertas, técnica y económica, deberán ser entregadas simultáneamente de forma física o forma electrónica en dos sobres separados. La apertura y procesamiento de las dos ofertas se ejecutarán en días distintos.
1.3 Obligaciones de los oferentes: Los oferentes deberán revisar cuidadosamente el pliego y cumplir con todos los requisitos solicitados en él. Su omisión o descuido al revisar los documentos no le relevará de cumplir lo señalado en su propuesta.
1.4 Preguntas, respuestas y aclaraciones: Todo interesado en presentar propuestas en el procedimiento tiene la facultad y el derecho de, en el caso de detectar un error, omisión o inconsistencia en el pliego, o si necesita una aclaración sobre una parte de los documentos, solicitar a la Comisión Técnica o a la máxima autoridad o su delegado, la respuesta a su inquietud o consulta. La entidad responderá las preguntas o realizará las aclaraciones que fueren necesarias de acuerdo a lo establecido en la convocatoria.
1.5 Modificación xxx xxxxxx: La Comisión Técnica o la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, en los procedimientos de Contratación, podrá emitir aclaraciones o modificaciones respecto de las condiciones particulares de los pliegos, por propia iniciativa o por pedido de los participantes, siempre que éstas no alteren el presupuesto referencial ni el objeto del contrato, hasta el término máximo para responder preguntas.
1.6 Idioma y Autenticidad de los Documentos: La documentación que contempla la oferta, así como la correspondencia relacionada debe ser escrita en español. Los documentos no deberán contener texto entre líneas, enmendaduras o tachaduras; a menos que fuere necesario corregir errores del oferente, en cuyo caso deberán salvarse por parte del oferente, rubricando al margen.
Los documentos que se presenten en la oferta serán en original o copia.
Para el caso de los documentos emitidos en otro idioma o en el extranjero, su traducción y/o legalización deberá realizarse conforme el procedimiento legal previsto en la Ley de Modernización del Estado y la Convención de La Haya sobre la apostilla.
1.7 Convalidación de errores de forma: Si en los procedimientos se presentaren errores de forma, las ofertas podrán ser convalidadas por el oferente en un término de entre 2 a 5 días, contado a partir de la fecha de notificación, a criterio de la entidad contratante. Así mismo, dentro del período de convalidación, los oferentes podrán integrar a su oferta documentos adicionales que no impliquen modificación del objeto de la misma. En este caso, la entidad contratante podrá recibir físicamente los documentos correspondientes.
La entidad contratante está obligada a analizar en profundidad cada una de las ofertas presentadas en la etapa de calificación, a fin de determinar todos los errores de forma existentes en ellas, respecto de los cuales notificará a través del Portal Institucional en el mismo día y hora a cada uno de los oferentes, el requerimiento de convalidación respectivo. Los oferentes notificados podrán convalidar tales errores para efectos de ser calificados.
Si la entidad contratante, al analizar las ofertas presentadas, determina la existencia de uno o más errores de forma, se deberá reprogramar el cronograma del proceso, en función del término concedido a los oferentes para efectos de que convaliden los errores de forma notificados.
1.8 Causas de Rechazo de Ofertas: La Comisión Técnica o la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, en tratándose de los procedimientos de Contratación, podrán rechazar una oferta por las siguientes causas:
a) Si no cumpliera los requisitos exigidos en las condiciones generales y condiciones particulares que incluyen las especificaciones técnicas y los formularios de este pliego.
b) Si se hubiera entregado y/o presentado la oferta en lugar distinto al fijado o después de la hora establecida para ello.
c) Cuando las ofertas contengan errores sustanciales, y/o evidentes, que no puedan ser convalidados.
d) Si el contenido de los formularios presentados difieren del modelo, condicionándolos o modificándolos, de tal forma que alteren las condiciones previstas para la ejecución del contrato. De igual forma, si se condicionara la oferta con la presentación de cualquier documento o información.
e) Si se presentaran documentos con tachaduras o enmendaduras no salvadas; cuando no puedan ser convalidados;
f) No se aceptarán excepciones, condicionamientos, rubros no solicitados ni cualquier modificación a los Pliegos.
Una oferta será descalificada por la entidad contratante en cualquier momento del procedimiento si, de la revisión de los documentos que fueren del caso, pudiere evidenciarse inconsistencia, simulación o inexactitud de la información presentada. La entidad contratante podrá solicitar al oferente la documentación que estime pertinente y que ha sido referida en cualquier documento de la oferta, no relacionada con el objeto mismo de la contratación, para validar la oferta presentada del procedimiento.
La adjudicación se circunscribirá a las ofertas calificadas. No se aceptarán ofertas alternativas y ningún oferente podrá intervenir con más de una oferta.
1.9 Proceso de Evaluación, Negociación y Adjudicación:
1.9.1Apertura de la oferta: La entidad contratante, una hora después del término límite para la presentación de la oferta, iniciará la evaluación de la oferta presentada, para lo cual abrirá el sobre único presentado físicamente y evaluará tanto la oferta técnica como la económica, en función del
cumplimiento de los parámetros establecidos en los pliegos.
1.9.2Apertura de la oferta técnica: En la fecha y hora señalada en la Convocatoria o en las prórrogas otorgadas por la Comisión Técnica, en acto público se abrirá el sobre No. 1, un miembro de la Comisión y el Secretario rubricarán todos y cada uno de los documentos presentados y se levantará la correspondiente acta.¨
La Comisión Técnica procederá a la apertura del Sobre N° 2
1.9.2.1 Criterios de evaluación: La Comisión Técnica calificará el contenido de los Sobres Nos. 1 y 2, bajo los parámetros de evaluación determinados por la Entidad Contratante
1.9.3 Negociación: La Comisión Técnica, o el delegado de la máxima autoridad en los procedimientos de Contratación, negociará con el proponente y no se volverá a llamar para nuevas negociaciones a aquel con el cual no se llegó a un acuerdo.
El acta de negociación será firmada por los miembros de la comisión o el delegado de la máxima autoridad, según sea el caso, y el consultor o su delegado. El consultor negociará por intermedio de su representante legal o procurador común, o el delegado de éstos, debidamente acreditado, y de los profesionales que estime necesario.
Iniciado el proceso de negociación, éste no podrá suspenderse por motivo alguno, salvo circunstancias de fuerza mayor, hasta lograr la negociación.
La máxima autoridad de la entidad contratante adjudicará el contrato
En caso de no llegar a un acuerdo en las negociaciones, se convocará al proponente que hubiera ocupado el segundo lugar en el orden de prelación, excepto en el caso del procedimiento de contratación, para iniciar una nueva negociación.
1.10 Cancelación del Procedimiento: En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada.
1.11 Declaratoria de Procedimiento Desierto: La máxima autoridad de la entidad contratante, antes de resolver la adjudicación, podrá declarar desierto el procedimiento de manera total o parcial.
Dicha declaratoria se realizará mediante resolución motivada de la máxima autoridad de la Entidad Contratante. Una vez declarado desierto el procedimiento, (la máxima autoridad) podrá disponer su archivo o su reapertura.
1.12 Adjudicatario Fallido: En caso de que el adjudicatario no celebrare el contrato dentro del término previsto, por causas que le sean imputables, la máxima autoridad de la entidad contratante le declarará adjudicatario fallido.
La entidad contratante llamará al oferente que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para que suscriba el contrato, el cual deberá cumplir con los requisitos establecidos para el oferente adjudicatario, incluyendo la obligación de mantener su oferta hasta la suscripción del contrato. Si el oferente llamado como segunda opción no suscribe el contrato, la entidad declarará desierto el proceso.
1.13 Suscripción del Contrato: Notificada la adjudicación, dentro de un término de 15 días contado a partir de la misma, la entidad contratante formalizará el proyecto de contrato que es parte integrante de estos pliegos.
1.14 Moneda de cotización y pago: Las ofertas deberán presentarse en dólares de los Estados Unidos de América. Los pagos se realizarán en la misma moneda.
1.15 Administración del Contrato: La entidad contratante designará de manera expresa un administrador del contrato, quien velará por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato. Adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados e impondrá las multas y sanciones a que hubiere lugar.
1.16 Inconsistencia, simulación y/o inexactitud de la información: En el caso de que la entidad contratante encontrare que existe inconsistencia, simulación o inexactitud en la información presentada por el oferente, adjudicatario o contratista, la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, descalificará del procedimiento de contratación al proveedor, lo declarará adjudicatario fallido o contratista incumplido, según corresponda y, en último caso, previo al trámite de terminación unilateral, sin perjuicio además, de las acciones judiciales a que hubiera lugar.
SECCIÓN II
METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
2.1. Metodología de evaluación de las ofertas: Los servicios de consultoría serán seleccionados sobre la base de criterios de calidad y costo. Tratándose de los procedimientos que se realizan por Concurso Público y Lista Corta, las ofertas de consultoría serán presentadas en dos (2) sobres separados, el primero contendrá los aspectos técnicos sobre los que se evaluará la calidad y, el segundo, los aspectos económicos, sobre los que se calificará el costo.
Los procesos de selección se efectuarán entre consultores de la misma naturaleza; así entre consultores individuales que puedan atender y estén en capacidad jurídica de prestar servicios de consultoría.
La calificación de la calidad de las propuestas de consultoría, se realizará sobre la base de lo previsto en los pliegos respectivos, debiendo tenerse en cuenta los requisitos establecidos en las condiciones particulares xxx xxxxxx los siguientes requisitos, procedimientos y criterios:
1. Capacidad técnica y administrativa disponible;
2. Antecedentes y experiencia demostrables en la realización de trabajos anteriores;
3. Antecedentes y experiencia demostrables del personal que será asignado a la ejecución del contrato;
4. Plan de trabajo, metodología propuesta y conocimiento probado de las condiciones generales, locales y particulares del proyecto materia de la consultoría;
5. Disponibilidad de los recursos, instrumentos y equipos necesarios para la realización de la consultoría;
6. Cuando intervengan empresas nacionales en asociación con empresas extranjeras, se tomarán en consideración, adicionalmente, los procedimientos y metodologías que ofrezca la consultoría extranjera para hacer efectiva una adecuada transferencia de tecnología, así como la mayor y mejor utilización de la capacidad técnica de profesionales ecuatorianos.
Se establecen de manera general para ello dos etapas: la primera, bajo metodología “Cumple / No Cumple”, en la que se analizan los documentos exigidos cuya presentación permite habilitar las propuestas (integridad de la oferta), y la verificación del cumplimiento de capacidades mínimas; y la segunda, en la que se evaluarán, mediante parámetros cuantitativos o valorados, las mayores capacidades de entre los oferentes que habiendo cumplido la etapa anterior, se encuentran aptos para esta calificación. Únicamente en los procedimientos de Contratación Directa no se cumplirá la etapa de evaluación valorada.
2.2. Parámetros de Evaluación: Las entidades contratantes deberán acoger los parámetros de evaluación, que respondan a la necesidad, naturaleza y objeto de cada procedimiento de contratación; los que serán analizados y evaluados al momento de la calificación de las ofertas.
2.3 Formulario para la elaboración de las ofertas: El oferente incluirá en su oferta la información que se establece en el Formulario Único de la Oferta. Pueden utilizarse formatos elaborados en ordenador
a condición que la información sea la que se solicita y que se respeten los campos existentes en el formulario que contiene el presente pliego.
El Formulario de Oferta contendrá los documentos, claramente descritos en las condiciones particulares xxx xxxxxx.
SECCIÓN III FASE CONTRACTUAL
3.1Ejecución del contrato:
3.1.1 Inicio, planificación y ejecución contractual: El Consultor prestará los servicios o entregará los bienes dentro del plazo establecido en el contrato. Iniciada la ejecución del contrato y durante toda la vigencia del mismo, el Consultor analizará conjuntamente con el administrador del contrato el cumplimiento del mismo, de acuerdo con el cronograma entregado por él en su oferta para el cumplimiento del contrato derivado del presente procedimiento de contratación.
Estos documentos servirán para efectuar el control del cumplimiento de la ejecución del contrato, a efectos de definir el grado de cumplimiento del Consultor.
3.1.2 Cumplimiento de términos de referencia: Todos los servicios a prestar deben cumplir en forma estricta con los términos de referencia requeridos respectivamente en el pliego y constantes en el contrato y dentro de las medidas y tolerancias establecidas y aprobados por la Entidad Contratante. En caso de que el Consultor descubriere discrepancias entre los distintos documentos, deberá indicarlo inmediatamente al administrador, a fin de que establezca el documento que prevalecerá sobre los demás; y, su decisión será definitiva.
En caso de que cualquier dato o información no hubieren sido establecidos o el Consultor no pudiere obtenerla directamente, éstas se solicitarán al administrador del contrato. La administración proporcionará, cuando considere necesario, instrucciones adicionales, para realizar satisfactoriamente el proyecto.
3.1.3 Personal del Consultor: El Consultor de ser el caso empleará personal en número suficiente para el cumplimiento del contrato y con la debida experiencia.
El administrador del contrato podrá requerir en forma justificada al Consultor, el reemplazo de cualquier integrante de su personal que lo considere incompetente o negligente en su oficio, se negare a cumplir las estipulaciones del contrato y sus anexos, o presente una conducta incompatible con sus obligaciones.
El consultor, en general, deberá cumplir con todas las obligaciones que naturalmente se desprendan o emanen del contrato suscrito.
3.1.4 Obligaciones de la contratante:
• Designar al administrador del contrato.
• Cumplir con las obligaciones establecidas en el contrato, y en los documentos del mismo, en forma ágil y oportuna.
• Dar solución a los problemas que se presenten en la ejecución del contrato en forma oportuna.
• Las demás, determinadas en el pliego precontractual.
3.1.5 Pagos: El trámite de pago seguirá lo estipulado en las cláusulas respectivas del contrato.
3.1.6 Administrador del Contrato: El administrador del contrato será designado por la máxima autoridad de la entidad contratante, o su delegado, responsable de la coordinación y seguimiento de la ejecución contractual.
Respecto de su gestión reportará a la máxima autoridad institucional o ante la autoridad prevista en el contrato (área requirente), debiendo comunicar todos los aspectos operativos, técnicos, económicos y de cualquier naturaleza que pudieren afectar al cumplimiento del objeto del contrato.
MODELO DE COMPROMISO DEL CONSULTOR
PROCEDIMIENTO No. OBJETO DE CONTRATACIÓN
Comparecen a la suscripción del presente compromiso, por una parte, (persona
natural o representante legal de persona jurídica), debidamente representada por ……………
………….; y, por otra parte, (personas natural o representante legal de persona jurídica), …..………
representada por , todos debidamente registrados y habilitados en el RUP.
Los comparecientes, en las calidades que intervienen, capaces para contratar y obligarse, acuerdan suscribir el presente compromiso para participar en el procedimiento de contratación No. , cuyo
objeto es y por lo tanto expresamos lo siguiente:
a) El Consultor será (indicar el nombre), con cédula de ciudadanía o pasaporte No.
de (Nacionalidad), quien está expresamente facultado representar en la fase precontractual.
b) El detalle valorado del aporte del consultor es el siguiente: (incluir el detalle de los aportes sea en monetario o en especies, así como en aportes intangibles, de así acordarse).
c) Los compromisos y obligaciones que asumirán las partes en la fase de ejecución contractual, de resultar adjudicada; son los siguientes: (detallar)
d) La responsabilidad del consultor es indivisible para el cumplimiento de todas y cada una de las responsabilidades y obligaciones emanadas del procedimiento precontractual, con renuncia a los beneficios de orden y excusión;
e) El plazo del compromiso del consultor en caso de resultar adjudicatario, cubrirá la totalidad del plazo precontractual, hasta antes de suscribir el contrato respectivo, y noventa días adicionales.
Además, manifestamos que el consultor cumplirá con todo lo determinado en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y su Reglamento General, así como con lo establecido en la normativa que expida el Servicio Nacional de Contratación Pública.
Atentamente,
Consultor.-
Firma: Representante Legal o persona natural. Nombre: Representante Legal o persona natural.
Domicilio:
Lugar de recepción de notificaciones:
ÍNDICE
MODELO XX XXXXXX DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONSULTORÍA
Versión SERCOP 2.1 (09 xx xxxxx de 2017)
III. FORMULARIOS
SECCIÓN I | FORMULARIO ÚNICO DE LA OFERTA 1.1 PRESENTACIÓN Y COMPROMISO 1.2 DATOS GENERALES DEL OFERENTE 1.3NÓMINA DE SOCIOS, ACCIONISTAS O PARTÍCIPES MAYORITARIOS DE PERSONAS JURÍDICAS Y DISPOSICIONES ESPECÍFICAS PARA PERSONAS NATURALES, OFERENTES. 1.4 SITUACIÓN FINANCIERA 1.5 OFERTA ECONÓMICA 1.6 PLAN DE TRABAJO: ENFOQUE, ALCANCE Y METODOLOGÍA 1.7 EXPERIENCIA DEL OFERENTE EN SERVICIOS DE CONSULTORÍA, REALIZADOS EN LOS ÚLTIMOS (señalar) AÑOS 1.8 PERSONAL TÉCNICO CLAVE ASIGNADO AL PROYECTO 1.9 EQUIPOS E INSTRUMENTOS DISPONIBLES 1.10 FORMULARIO PARA LA DECLARACIÓN DE VALOR AGREGADO ECUATORIANO DE LA OFERTA DE DESARROLLO DE SOFTWARE Y, ADQUISICIÓN DE SOFTWARE. |
SECCIÓN II | FORMULARIO DE COMPROMISO DE PARTICIPACIÓN DEL PERSONAL TÉCNICO Y HOJA DE VIDA. 2.1 COMPROMISO DEL PROFESIONAL ASIGNADO AL PROYECTO 2.2 HOJA DE VIDA DEL PERSONAL TÉCNICO CLAVE ASIGNADO AL PROYECTO |
SECCIÓN I. FORMULARIO DE OFERTA
NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
1.1 PRESENTACIÓN Y COMPROMISO
El que suscribe, en atención a la convocatoria efectuada por (nombre de la entidad contratante) para la ejecución de (descripción de la consultoría), luego de examinar el pliego del presente procedimiento de consultoría, al presentar esta oferta por (sus propios derechos, si es persona natural) / (representante legal o apoderado de si es persona jurídica), (procurador común de…, si se trata
de asociación o consorcio) declara que:
1. El oferente es proveedor elegible de conformidad con las disposiciones de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, su Reglamento General y la normativa expedida por el Servicio Nacional de Contratación Pública para el efecto.
2. La única persona o personas interesadas en esta oferta está o están nombradas en ella, sin que incurra en actos de ocultamiento o simulación con el fin de que no aparezcan sujetos inhabilitados para contratar con el Estado.
3. La oferta la hace en forma independiente y sin conexión abierta u oculta con otra u otras personas, compañías o grupos participantes en este procedimiento de consultoría y, en todo aspecto, es honrada y de buena fe. Por consiguiente, asegura no haber vulnerado y que no vulnerará ningún principio o norma relacionada con la competencia libre, xxxx y justa; así como declara que no establecerá, concertará o coordinará –directa o indirectamente, en forma explícita o en forma oculta- posturas, abstenciones o resultados con otro u otros oferentes, se consideren o no partes relacionadas en los términos de la normativa aplicable; asimismo, se obliga a abstenerse de acciones, omisiones, acuerdos o prácticas concertadas o y, en general, de toda conducta cuyo objeto o efecto sea impedir, restringir, falsear o distorsionar la competencia, ya sea en la presentación de ofertas y posturas o buscando asegurar el resultado en beneficio propio o de otro proveedor u oferente, en este procedimiento de contratación. En tal virtud, declara conocer que se presumirá la existencia de una práctica restrictiva, por disposición del Reglamento para la aplicación de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder xx Xxxxxxx, si se evidencia la existencia de actos u omisiones, acuerdos o prácticas concertadas y en general cualquier conducta, independientemente de la forma que adopten, ya sea en la presentación de sus ofertas, o buscando asegurar el resultado en beneficio propio o de otro proveedor u oferente, en este procedimiento de contratación.
4. Al presentar esta oferta, cumple con toda la normativa general, sectorial y especial aplicable a su actividad económica, profesión, ciencia u oficio; y, que los equipos e instrumentos que se utilizarán para la ejecución, en caso de adjudicación del contrato, serán de propiedad del oferente o arrendados y contarán con todos los permisos que se requieran para su utilización.
5. Al presentar esta oferta, considera todos los costos obligatorios que debe y deberá asumir en la ejecución contractual, especialmente aquellos relacionados con obligaciones sociales, laborales, de seguridad social, ambientales y tributarias vigentes.
6. Bajo juramento declara expresamente que no ha ofrecido, ofrece u ofrecerá, y no ha efectuado o efectuará ningún pago, préstamo o servicio ilegítimo o prohibido por la ley; entretenimiento, viajes u obsequios, a ningún funcionario o trabajador de la entidad contratante que hubiera tenido o
tenga que ver con el presente procedimiento de contratación en sus etapas de planificación, programación, selección, contratación o ejecución, incluyéndose preparación xxx xxxxxx, aprobación de documentos, calificación de ofertas, selección de contratistas, adjudicación o declaratoria de procedimiento desierto, recepción de productos o servicios, administración o supervisión de contratos o cualquier otra intervención o decisión en la fase precontractual o contractual.
7. Acepta que en el caso de que se comprobare una violación a los compromisos establecidos en el presente formulario, la entidad contratante le descalifique como oferente, o dé por terminado en forma inmediata el contrato, observando el debido proceso, para lo cual se allana a responder por los daños y perjuicios que tales violaciones hayan ocasionado.
8. Declara que se obliga a guardar absoluta reserva de la información confiada y a la que pueda tener acceso durante las visitas previas a la valoración de la oferta y en virtud del desarrollo y cumplimiento del contrato en caso de resultar adjudicatario, así como acepta que la inobservancia de lo manifestado dará lugar a que la entidad contratante ejerza las acciones legales según la legislación ecuatoriana vigente.
9. Conoce las condiciones de la contratación, ha estudiado las especificaciones técnicas, términos de referencia y demás información xxx xxxxxx, las aclaraciones y respuestas realizadas en el procedimiento, y en esa medida renuncia a cualquier reclamo posterior, aduciendo desconocimiento por estas causas.
10. Entiende que las cantidades indicadas en el Formulario de Oferta para esta contratación son exactas y, por tanto no podrán variar por ningún concepto.
11. De resultar adjudicatario, manifiesta que suscribirá el contrato comprometiéndose a ejecutar los términos de referencia que ha formulado la Entidad Contratante, los mismos que declara conocerlos; y en tal virtud, no podrá aducir error, falencia o cualquier inconformidad, como causal para solicitar ampliación del plazo, contratación de nuevos servicios o contratos complementarios.
12. Conoce y acepta que la Entidad Contratante se reserva el derecho de adjudicar el contrato, cancelar o declarar desierto el procedimiento, si conviniere a los intereses nacionales o institucionales, sin que dicha decisión cause ningún tipo de reparación o indemnización a su favor.
13. Se somete a las disposiciones de la LOSNCP, de su Reglamento General, la normativa que expida el Servicio Nacional de Contratación Pública y demás normativa que le sea aplicable.
14. Garantiza la veracidad y exactitud de la información y documentación proporcionada; así como de las declaraciones realizadas para el presente procedimiento de contratación, inclusive aquellas respecto de la calidad de productor nacional; contenidas en los documentos de la oferta, formularios y otros anexos. De igual forma garantiza la veracidad y exactitud de la información que como proveedor consta en el Registro Único de Proveedores, al tiempo que autoriza al Servicio Nacional de Contratación Pública y a la entidad contratante a efectuar averiguaciones para comprobar u obtener aclaraciones e información adicional sobre las condiciones técnicas, económicas y legales del oferente. Acepta que, en caso de que la entidad contratante o el Servicio Nacional de Contratación Pública comprobaren administrativamente que el oferente o contratista hubiere alterado o faltado a la verdad sobre la documentación o información que conforma su oferta, dicha falsedad será causal para descalificarlo del procedimiento de contratación, declararlo adjudicatario fallido, contratista incumplido y/o en su defecto se apliquen las sanciones previstas en el artículo 106 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, según corresponda; sin perjuicio de las acciones legales a que hubiera lugar.
15. No contratará a personas menores de edad para realizar actividad alguna durante la ejecución contractual; y que, en caso de que las autoridades xxx xxxx determinaren o descubrieren tal práctica, se someterán y aceptarán las sanciones que de tal práctica puedan derivarse, incluso la terminación unilateral y anticipada del contrato, con las consecuencias legales y reglamentarias pertinentes.
16. Declaro que en calidad de oferente, no me encuentro incurso en las inhabilidades generales y especiales para contratar, establecidas en los artículos 62 y 63 de la LOSNCP y en los artículos 110 y 111 de su Reglamento General y demás normativa aplicable.
Además de lo anterior, tratándose de una persona jurídica, declaro que los socios, accionistas o partícipes mayoritarios de la persona jurídica a la que represento, es decir, quienes posean el 5% o más de acciones o participaciones, no se encuentran incursos en las inhabilidades mencionadas.
17. Autoriza a la entidad contratante y/o al Servicio Nacional de Contratación Pública, el levantamiento del sigilo de las cuentas bancarias que se encuentran a nombre del oferente y a nombre de las personas naturales o jurídicas a las que representa, durante las fases de ejecución del contrato y de evaluación del mismo, dentro del procedimiento en el que participa con su oferta y mientras sea proveedor del Estado.
Adicionalmente, en virtud de lo dispuesto en la Disposición General Décima de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, en concordancia con el artículo 61 de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el SERCOP; las cuentas bancarias y sus movimientos, de todas las personas naturales o jurídicas que consten como socios o accionistas, en cualquier nivel de la estructura accionaria de una persona jurídica o consorcio oferente, cuando estén relacionadas con el flujo de los recursos públicos, no estarán sujetas a sigilo bancario, tributario, societario ni bursátil. Estarán sujetas a esta disposición, inclusive las personas declaradas como beneficiarios finales, o cualquier persona que se beneficie de transacciones bancarias en el flujo de los recursos públicos.
En consecuencia, los representantes legales de las personas jurídicas contratistas o subcontratistas del Estado, así como el procurador común de los compromisos de asociación o consorcio o de las asociaciones o consorcios constituidos, declararán la identidad de la persona natural que será el beneficiario final de los recursos públicos y/o quien ejerza el control de las cuentas bancarias relacionadas o inmersas en el flujo de los recursos públicos obtenidos como consecuencia del contrato respectivo.
18. Declaro que, en caso de ser una persona que ejerza una dignidad de elección popular o ejerza un cargo en calidad de servidor público, no utilizaré para el presente procedimiento de contratación pública de forma directa o indirecta fondos o recursos provenientes de bienes o capitales de cualquier naturaleza que se encuentren domiciliados en aquellos territorios considerados por la entidad competente como paraísos fiscales.
En caso de personas jurídicas o que la oferta se presente a través de un compromiso de asociación o consorcio o, de una asociación o consorcio constituido, declaro que si uno o más accionistas, partícipes mayoritarios o socios que conforman la misma, así como representantes legales o procuradores comunes, según corresponda, ejerzan una dignidad de elección popular o ejerzan un cargo de servidor público, no utilizarán para el presente procedimiento de contratación pública de forma directa o indirecta fondos o recursos provenientes de bienes o capitales de cualquier naturaleza que se encuentren domiciliados en aquellos territorios considerados por la entidad competente como paraísos fiscales.
19. Declaro libre y voluntariamente que la procedencia de los fondos y recursos utilizados para el presente procedimiento de contratación pública son de origen lícito; para lo cual, proporcionaré a la entidad contratante, al Servicio Nacional de Contratación Pública y a los organismos de control competentes, la información necesaria referente al representante legal, en el caso de personas jurídicas; o, del procurador común de los compromisos de asociación o consorcio o de las asociaciones o consorcios constituidos; así como de sus socios o partícipes, hasta identificar a la última persona natural. Información que le permitirá a la entidad contratante, al Servicio Nacional de Contratación Pública y a los organismos de control competentes, verificar que el oferente se encuentra debidamente habilitado para participar del presente procedimiento de contratación pública.
Así también, en la letra D, del numeral 1.3 de la Sección I del presente formulario, declaro la identidad de la persona natural que será el beneficiario final de los recursos públicos y/o quien ejerza el control de las cuentas bancarias relacionadas o inmersas en el flujo de los recursos públicos obtenidos como consecuencia del contrato respectivo, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición General Décima de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, en concordancia con el artículo 61 de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el SERCOP.
20. Para la presentación de la oferta registraré en el Registro Único de Proveedores RUP todos los subcontratistas o subproveedores que emplearé para la ejecución del contrato en caso de resultar adjudicado. Adicionalmente me comprometo a realizar todas las gestiones necesarias a fin que estos subcontratistas o subproveedores obtengan su inscripción en el Registro Único de Proveedores RUP administrado por el Servicio Nacional de Contratación Pública. En caso de no presentar documentación comprobable de las gestiones realizadas, autorizo a la entidad contratante para que descalifique mi oferta.
21. El oferente, de resultar adjudicado, declara que cumplirá con las obligaciones de pago que se deriven del cumplimiento del contrato a sus subcontratistas o subproveedores. En caso de que el Servicio Nacional de Contratación Pública identifique el incumplimiento de dichas obligaciones, aplicará el procedimiento de sanción establecido en los artículos 107 y 108 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, por haber incurrido en lo establecido en el literal c) del artículo 106 de la referida Ley, al considerarse una declaración errónea por parte del proveedor.
22. En caso de que sea adjudicatario, conviene en:
a) Firmar el contrato dentro del término de quince (15) días desde la notificación con la resolución de adjudicación. Como requisito indispensable previo a la suscripción del contrato presentará las garantías correspondientes. (Para el caso de Consorcio se tendrá un término no mayor de treinta días)
b) Aceptar que, en caso de negarse a suscribir el respectivo contrato dentro del término señalado, se aplicará la sanción indicada en los artículos 35 y 69 de la LOSNCP.
c) Garantizar todo el trabajo que efectuará de conformidad con los documentos del contrato.
d) Presentar, previo a la suscripción del contrato, los requerimientos correspondientes al nivel de transferencia de tecnología que corresponda, conforme al listado de CPCs publicados en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública, que constan en el Anexo 20 de la Codificación de las Resoluciones del SERCOP.
e) Autorizar al Servicio Nacional de Contratación Pública o a los organismos de control
correspondientes, el levantamiento del sigilo bancario de las cuentas nacionales y extranjeras, que se encuentran a nombre del oferente y a nombre de su representante legal, en el caso de personas jurídicas; o, del procurador común de los compromisos de asociación o consorcio o de las asociaciones o consorcios constituidos; a partir de la etapa contractual del procedimiento en el cual participa con su oferta.
Adicionalmente, en virtud de lo dispuesto en la Disposición General Décima de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, en concordancia con el artículo 61 de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el SERCOP; las cuentas bancarias y sus movimientos, de todas las personas naturales o jurídicas que consten como socios o accionistas, en cualquier nivel de la estructura accionaria de una persona jurídica o consorcio oferente, cuando estén relacionadas con el flujo de los recursos públicos, no estarán sujetas a sigilo bancario, tributario, societario ni bursátil. Estarán sujetas a esta disposición, inclusive las personas declaradas como beneficiarios finales, o cualquier persona que se beneficie de transacciones bancarias en el flujo de los recursos públicos.
En consecuencia, en la letra D, del numeral 1.3 de la Sección I del presente formulario, declaro la identidad de la persona natural que será el beneficiario final de los recursos públicos y/o quien ejerza el control de las cuentas bancarias relacionadas o inmersas en el flujo de los recursos públicos obtenidos como consecuencia del contrato respectivo.
Así mismo, declaro conocer que toda la información relacionada con los pagos recibidos como contratista o subcontratista del Estado; así como, sus movimientos financieros, tendrán el carácter de públicos y deberán ser difundidos a través de un portal de información o página web destinada para el efecto, que permitan detectar con certeza el flujo de los fondos públicos. No se podrá alegar reserva tributaria, societaria, bursátil ni bancaria sobre este tipo de información..
(Si el oferente fuere extranjero, se añadirá un literal que dirá: d) Previamente a la firma del contrato, el oferente se compromete a domiciliarse en el país conforme lo disponen el artículo 6 y la Sección XIII de la Ley de Compañías; y, a obtener el RUP).
1.2 DATOS GENERALES DEL OFERENTE
NOMBRE DEL OFERENTE: (determinar si es persona natural, jurídica, consorcio o asociación; en este último caso, se identificará a los miembros del consorcio o asociación. Se determinará al representante legal, apoderado o procurador común, de ser el caso).
DATOS GENERALES DEL OFERENTE
Participación: | |
Nombre del oferente: | |
Origen: | |
R.U.C. | |
Naturaleza: |
DOMICILIO DEL OFERENTE
Provincia: | |
Cantón: | |
Calle principal: | |
Número: | |
Calle secundaria: | |
Código Postal: | |
Teléfono: | |
Correo electrónico: |
OFERTA ECONÓMICA **
DESCRIPCIÓN | Valor USD $ | |
1. COSTOS DIRECTOS | ||
Remuneraciones | ||
Beneficios o cargas sociales | ||
Viajes y viáticos | ||
Servicios | ||
Arrendamientos | ||
Equipos e instalaciones | ||
Suministros | ||
Reproducciones | ||
Subcontratos | ||
2. COSTOS INDIRECTOS | ||
Utilidad | ||
TOTAL |
TOTAL: (detallar el total en números) dólares de los Estados Unidos de América, sin IVA.
(Detallar costos directos e indirectos)
(Los costos indirectos No aplicable para consultores individuales)
**Este formulario deberá ser presentado como Sobre No. 2, debidamente cerrado.
1.4 PLAN DE TRABAJO: ENFOQUE, ALCANCE Y METODOLOGÍA
Contendrá, entre otros lo siguiente:
a) Desarrollo de objetivos, actividades, acciones, productos y metas;
b) Descripción del enfoque, alcance y metodología del trabajo que revele el conocimiento de las condiciones generales y particulares del proyecto materia de la prestación del servicio de consultoría;
c) Organigrama funcional del servicio propuesto; y,
d) Programa o programas de actividades, asignación de profesionales y tiempos.
e) Cronograma de participación del personal técnico;
f) Cronograma de ejecución de la consultoría;
g) Metodología para la ejecución de la consultoría;
h) Determinación de subcontratación;
i) Los servicios de apoyo a la consultoría; y,
j) Otros determinados por la entidad de acuerdo a la necesidad del proyecto.
(Nota: El proponente desarrollará este formulario en las hojas que creyere conveniente manteniendo el mismo formato).
1.5 EXPERIENCIA DEL OFERENTE EN SERVICIOS DE CONSULTORÍA, REALIZADOS EN LOS ÚLTIMOS (señalar) AÑOS
No. | Tipo | Contratante | Objeto de contrato | Valor del Contrato | Fecha de recepción |
1.6 PERSONAL TÉCNICO CLAVE ASIGNADO AL PROYECTO
Nombre completo | Título profesional | Nacionalidad | Cargo / Función | Tiempo participación (meses) | Porcentaje participación sobre total |
Para constancia de lo ofertado, suscribo este formulario,
-------------------------------------------------------
FIRMA DEL OFERENTE, SU REPRESENTANTE LEGAL, APODERADO O PROCURADOR COMÚN
(según el caso **)
(LUGAR Y FECHA)
SECCIÓN II. FORMULARIO DE COMPROMISO DE PARTICIPACIÓN DEL PERSONAL TÉCNICO Y HOJA DE VIDA
2.1 COMPROMISO DEL PROFESIONAL ASIGNADO AL PROYECTO
Yo, (nombre del profesional), me comprometo con (nombre del oferente) a prestar mis servicios en calidad de (título profesional), para (cargo asignado) durante la realización del proyecto, en caso de adjudicación, adjuntando al presente compromiso mi hoja de vida correspondiente, numeral 2.2 de este formulario.
Lugar y Fecha
(Firma, Nombre y Número CC) (Profesional Asignado al Proyecto)
Notas:
1. Este formulario deberá estar firmado por el profesional para ser considerado en el proyecto, exclusivamente.
2. Incluir información de cada experiencia profesional en el formato detallado en el numeral 2.2 de este formulario.
HOJA DE VIDA DEL PERSONAL TÉCNICO CLAVE ASIGNADO AL PROYECTO
1. Nombres completos:
2. Lugar y fecha de nacimiento:
3. Nacionalidad:
4. Título profesional:
5. Fecha de graduación:
6. Título IV nivel:
7. Fecha de obtención:
6. Experiencia profesional:
Empresa / Institución: | |
Contratante: | |
Proyecto: | |
Monto del proyecto: | |
Papel desempeñado: | |
Tiempo de participación: | |
Actividades relevantes: |
PROYECTO DE CONTRATO
IV. CONDICIONES PARTICULARES DE LOS CONTRATOS DE CONSULTORÍA
Comparecen a la celebración del presente contrato, por una parte, el Instituto Oceanográfico y Antártico de la Armada, representada por el señor CPNV-EMT Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, en calidad de Director, a quien en adelante se le denominará contratante; y, por otra (nombre del contratista o de ser el caso del representante legal, apoderado o procurador común a nombre de “persona jurídica”), a quien en adelante se le denominará contratista. Las partes se obligan en virtud del presente contrato, al tenor de las siguientes cláusulas:
Cláusula Primera.- ANTECEDENTES
1.1 De conformidad con los artículos 22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, y 25 y 26 de su Reglamento General, el Plan Anual de Contratación de la contratante, contempla la contratación de la “CONSULTORÍA PARA PARALELIZACIÓN DEL MODELO TUNAMI_N2”.
1.2. Previo los informes y los estudios respectivos, la máxima autoridad de la contratante resolvió aprobar el pliego para lacontempla la contratación de la “CONSULTORÍA PARA PARALELIZACIÓN DEL MODELO TUNAMI_N2”.
1.3. Se cuenta con la existencia y suficiente disponibilidad de fondos en la partida presupuestaria 530601, conforme consta en la certificación conferida por el señor Director Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxx, SP. Eco. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx y SP. Xxxxx Xxxxxxx, Encargada de Presupuesto del Instituto Oceanográfico y Antártico de la Armada, mediante Certificación Presupuestaria No. 242 del 20 xx xxxx de 2022.
1.4. Se realizó la respectiva convocatoria el (día) (mes) (año).
1.5. Luego del procedimiento correspondiente, el CPNV-EMT Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, en su calidad de máxima autoridad de la contratante (o su delegado), mediante resolución (No.) de (día) de (mes) de (año), adjudicó la contratación de la “CONSULTORÍA PARA PARALELIZACIÓN DEL MODELO TUNAMI_N2, al oferente (nombre del adjudicatario).
Cláusula Segunda.- DOCUMENTOS DEL CONTRATO 2.1Forman parte integrante del contrato los siguientes documentos:
a) El pliego (Condiciones Particulares xxx Xxxxxx CPP y Condiciones Generales xxx Xxxxxx CGP) incluyendo los términos de referencia que corresponden a la consultoría contratada.
b) Las Condiciones Generales de los Contratos de Ejecución de Consultoría (CGC) publicados y vigentes a la fecha de la Convocatoria.
c) La oferta presentada por el contratista, con todos sus documentos que la conforman.
d) Las garantías presentadas por el contratista. (De ser el caso)
e) La resolución de adjudicación.
f) Las certificaciones de (dependencia a la que le corresponde certificar), que acrediten la existencia de la partida presupuestaria y disponibilidad de recursos, para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato.
Cláusula Tercera.- OBJETO DEL CONTRATO
3.1 El contratista se obliga para con la contratante a ejecutar, terminar y entregar a entera satisfacción la “CONSULTORÍA PARA PARALELIZACIÓN DEL MODELO TUNAMI_N2”.
Se compromete al efecto, a ejecutar el trabajo de consultoría, con sujeción a su oferta, plan de trabajo y metodología, términos de referencia, anexos, Condiciones Generales de los Contratos de Ejecución de Consultoría (CGC), instrucciones de la entidad y demás documentos contractuales, tanto los que se protocolizan en este instrumento, cuanto los que forman parte del mismo sin necesidad de protocolización, y respetando la normativa legal aplicable.
Cláusula Cuarta.- OBLIGACIONES DEL CONSULTOR
4.1En virtud de la celebración del contrato, el consultor se obliga con el Instituto Oceanográfico y Antártico de la Armada, prestar los servicios para elaborar la “CONSULTORÍA PARA PARALELIZACIÓN DEL MODELO TUNAMI_N2”, y todo aquello que fuere necesario para la total ejecución del objeto de la Consultoría, de conformidad con la oferta negociada, los términos de referencia, las condiciones generales y especiales y los demás documentos contractuales.
Cláusula Quinta.- ALCANCE DE LOS TRABAJOS
5.1En cumplimiento del objeto del presente contrato, el Consultor se compromete a prestar al Instituto Oceanográfico y Antártico de la Armada, todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (definirá la entidad).
Cláusula Sexta.- PRECIO DEL CONTRATO
6.1.El valor estimado del presente contrato, que la contratante pagará al contratista, es de quince mil 00/100 (15.000,00)dólares de los Estados Unidos de América, más IVA, de conformidad con la oferta presentada por el contratista.
6.2. Los precios acordados en el contrato por los trabajos especificados, constituirán la única compensación al contratista por todos sus costos, inclusive cualquier impuesto, derecho o tasa que tuviese que pagar.
Cláusula Séptima.- FORMA DE PAGO
7.1 El pago se realizará 100% contra entrega, previa presentación de informe y factura por parte del consultor, así mismo el administrador emitirá un informe final indicando que el servicio de consultoría fue recibido a entera satisfacción de la institución.
Cláusula Octava.- GARANTÍAS
8.1El consultor solventará durante los siguientes 5 años, contados desde la fecha de entrega de sus productos, cualquier observación que se realice sobre la información y datos contenidos en la puesta en marcha de laparalelizacióndelmodeloTUNAMI_N2.
Cláusula Novena.- PLAZO
9.1.-El plazo para la ejecución y terminación de la totalidad de los trabajos contratados es de 100 días, contado a partir de FECHA DE SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO.
Xxxxxxxx Xxxxxx.- MULTAS
10.1.-Por cada día de retardo en el cumplimiento de la ejecución de las obligaciones contractuales conforme al cronograma valorado, se aplicará la multa de uno por mil y se calcularán sobre el porcentaje de las obligaciones que se encuentren pendientes de ejecutarse conforme lo establecido en el contrato.
Cláusula Undécima.- DEL REAJUSTE DE PRECIOS
11.1.-El valor del anticipo y de las planillas de ejecución de los servicios, se reajustarán si se produjeren variaciones en los componentes de los precios unitarios estipulados, desde la fecha de variación, mediante la aplicación de la siguiente fórmula general:
Pr = Po (IPC1 / IPCo)
Donde:
Pr = valor reajustado del anticipo o de la planilla
Po= valor del anticipo, o de la planilla de avance descontada la parte proporcional del anticipo
IPCo= Índice general de precios al consumidor a nivel nacional publicado por el INEC vigente a la fecha de presentación de la oferta.
IPC1= Índice general de precios al consumidor a nivel nacional publicado por el INEC vigente a la fecha de pago del anticipo o de las planillas de avance.
La relación IPC1 / IPCo siempre deberá ser mayor a 1 para que sea aplicable el reajuste de precios.
En caso de que algún componente del contrato haya sido negociado como comprobable y reembolsable, este deberá ser excluido del valor Po.
El anticipo se reajustará aplicando el procedimiento indicado, cuando hayan transcurrido más de noventa días entre la fecha de presentación de la oferta y la fecha de entrega efectiva del anticipo, cuando el atraso no sea imputable al consultor.
En caso xx xxxx o retardo en la presentación de cada planilla, imputable al consultor, se reconocerá el reajuste de precios a la fecha en que debió presentarla, de conformidad con el cronograma vigente.
En caso xx xxxx de la entidad contratante en el pago de planillas, éstas se reajustarán hasta la fecha en que se las cubra, por lo cual no causarán intereses.
El consultor presentará la planilla con los precios contractuales y la planilla de reajuste, esta última calculada con el índice de precios disponible a la fecha de su presentación. Una vez que se publique el índice de precios del mes en el que se efectuó el pago de esa planilla o del anticipo, el consultor presentará la planilla de reliquidación del reajuste, que será pagada en el plazo máximo de quince (15) días de su presentación. Cuando se cuente con los índices definitivos a la fecha de pago de la planilla principal, el consultor presentará la planilla de reajuste.
Cláusula Duodécima.- DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO:
12.1 La contratante designa al (nombre del designado), en calidad de administrador del contrato, quien deberá atenerse a las condiciones generales y particulares xxx xxxxxx que forma parte del presente contrato, y velará por el cabal cumplimiento del mismo.
12.2 La contratante podrá cambiar de administrador del contrato, para lo cual bastará cursar al contratista la respectiva comunicación; sin que sea necesario la modificación del texto contractual.
Cláusula Décima Tercera.- TERMINACIÓN DEL CONTRATO
13.1Terminación del contrato.-El contrato termina conforme a las Condiciones Particulares y Generales del Contrato.
13.2Causales de Terminación unilateral del contrato.-Tratándose de incumplimiento del contratista, procederá la declaración anticipada y unilateral de la contratante, en los casos establecidos en el artículo 94 de la LOSNCP. Además, se considerarán las siguientes causales:
a) Si el contratista no notificare a la contratante acerca de la transferencia, cesión, enajenación de sus acciones, participaciones, o en general de cualquier cambio en su estructura de propiedad, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que se produjo tal modificación;
b) Si la contratante, no autoriza la transferencia, cesión, capitalización, fusión, absorción, transformación o cualquier forma de tradición de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de expresión de la asociación, que represente el veinticinco por ciento (25%) o más del capital social del contratista;
c) Si el contratista incumple con las declaraciones que ha realizado en el formulario de oferta - Presentación y compromiso;
d) En caso de que la entidad contratante encontrare que existe inconsistencia, simulación y/o inexactitud en la información presentada por contratista, en el procedimiento precontractual o en la ejecución del presente contrato, dicha inconsistencia, simulación y/o inexactitud serán causales de terminación unilateral del contrato por lo que, la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, lo declarará contratista incumplido, sin perjuicio además, de las acciones judiciales a que hubiera lugar.
Cláusula Décima Cuarta.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
14.1.- Si respecto de la divergencia o controversia existentes no se lograre un acuerdo directo entre las partes, éstas se someterán a la jurisdicción en el domicilio de la entidad contratante.
Cláusula Décima Quinta: COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES
15.1.-Todas las comunicaciones, sin excepción, entre las partes, relativas a los trabajos, serán formuladas por escrito o por medios electrónicos y en idioma español. Las comunicaciones entre el administrador del contrato y el contratista se harán a través de documentos escritos o por medios electrónicos, cuya constancia de entrega debe encontrarse en la copia del documento.
Cláusula Décima Sexta.- DOMICILIO
16.1.Para todos los efectos de este contrato, las partes convienen en señalar su domicilio en la ciudad de (establecer ciudad).
16.2. Para efectos de comunicación o notificaciones, las partes señalan como su dirección, las siguientes: La contratante: (dirección y teléfonos, correo electrónico).
El contratista:(dirección y teléfonos, correo electrónico).
Cláusula Décima Séptima.- ACEPTACIÓN DE LAS PARTES
17.1.- Declaración.- Las partes libre, voluntaria y expresamente declaran que conocen y aceptan el texto íntegro de las Condiciones Generales de los Contratos Consultoría, vigente a la fecha de la convocatoria del procedimiento de contratación, y que forma parte integrante de este Contrato que lo están suscribiendo.
17.2.-Libre y voluntariamente, las partes expresamente declaran su aceptación a todo lo convenido en el presente contrato y se someten a sus estipulaciones.
Dado, en la ciudad de Guayaquil, a
LA CONTRATANTE EL CONTRATISTA
V. CONDICIONES GENERALES DE LOS CONTRATOS DE CONSULTORÍA
Cláusula Primera.- INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
1.1 Los términos del contrato se interpretarán en su sentido literal, a fin de revelar claramente la intención de los contratantes. En todo caso su interpretación sigue las siguientes normas:
a) Si no están definidos se estará a lo dispuesto en el contrato en su sentido natural y obvio, de conformidad con el objeto contractual y la intención de los contratantes. De existir contradicciones entre el contrato y los documentos del mismo, prevalecerán las normas del contrato.
b) El contexto servirá para ilustrar el sentido de cada una de sus partes, de manera que haya entre todas ellas la debida correspondencia y armonía.
c) En su falta o insuficiencia se aplicarán las normas de la jurisdicción del domicilio de la entidad contratante.
1.2 Definiciones: En el presente contrato, los siguientes términos serán interpretados de la manera que se indica a continuación:
a. “Adjudicatario”, es el oferente a quien la entidad contratante le adjudica el contrato.
b. “Comisión Técnica", es la responsable de llevar adelante el procedimiento de contratación, a la que le corresponde actuar conforme disposiciones administrativas que fueren aplicables.
c. “Consultor”, es el oferente adjudicatario.
d. “Contratante” “Entidad Contratante”, es la entidad pública que ha tramitado el procedimiento del cual surge o se deriva el presente contrato.
e. “Oferente”, es la persona natural o jurídica, asociación o consorcio que presenta una "oferta", en atención al procedimiento de contratación.
f. “Oferta”, es la propuesta para contratar, ceñida al pliego, presentada por el oferente a través de la cual se obliga, en caso de ser adjudicada, a suscribir el contrato y a la ejecución de la obra o proyecto.
g. “SERCOP”, Servicio Nacional de Contratación Pública.
Cláusula Segunda.- FORMA DE PAGO
Se estará a lo previsto en las Condiciones Particulares del contrato, y además:
2.1 El valor por concepto de anticipo será depositado en una cuenta que el consultor aperture en una institución financiera estatal, o privada de propiedad del Estado en más de un cincuenta por ciento. El consultor autoriza expresamente se levante el sigilo bancario de la cuenta en la que será depositado el anticipo. El administrador del contrato designado por la contratante verificará que los movimientos de la cuenta correspondan estrictamente al proceso de ejecución contractual.
El anticipo que la contratante haya otorgado al consultor para la ejecución del contrato, no podrá ser destinado a fines ajenos a esta contratación.
2.2Todos los pagos que se hagan al consultor por cuenta de este contrato, se efectuarán con sujeción al precio convenido, a satisfacción de la contratante, previa la aprobación del administrador del contrato.
2.3De los pagos que deba hacer, la contratante retendrá igualmente las multas que procedan, de acuerdo con el contrato.
2.4 Pagos indebidos: La contratante se reserva el derecho de reclamar al consultor, en cualquier tiempo, antes o después de la prestación del servicio, sobre cualquier pago indebido por error de cálculo o por cualquier otra razón, debidamente justificada, obligándose el consultor a satisfacer las reclamaciones que por este motivo llegare a plantear la contratante, reconociéndose el interés calculado a la tasa máxima del interés convencional, establecido por el Banco Central del Ecuador.
Cláusula Tercera.- GARANTÍAS
3.1 Lo contemplado en las Condiciones Particulares del Contrato.
3.2 Ejecución de las garantías: Las garantías contractuales podrán ser ejecutadas por la contratante en los siguientes casos:
3.2.1 La de fiel cumplimiento del contrato:
a) Cuando la contratante declare anticipada y unilateralmente terminado el contrato por causas imputables al consultor.
b) Si el consultor no la renovare cinco (5) días hábiles antes de su vencimiento.
c) Cuando un juez competente disponga su retención o pago por obligaciones a favor de terceros, relacionadas con el contrato de Consultoría, no satisfechas por el consultor.
3.2.2 La del anticipo:
a) Si el consultor no la renovare cinco (5) días hábiles antes de su vencimiento.
b) En caso de terminación unilateral del contrato y que el consultor no pague a la contratante el saldo adeudado del anticipo, después xx xxxx días de notificado con la liquidación del contrato.
Cláusula Cuarta.- PRÓRROGAS DE PLAZO
4.1 La contratante prorrogará el plazo total o los plazos parciales en los siguientes casos, y siempre que el consultor así lo solicitare, por escrito, justificando los fundamentos de la solicitud, dentro del término de hasta 15 siguientes a la fecha de producido el hecho que motive la solicitud.
a) Por fuerza mayor o caso fortuito aceptado como tal por la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, previo informe del administrador del contrato. Tan pronto desaparezca la causa de fuerza mayor o caso fortuito, el consultor está obligado a continuar con la prestación del servicio, sin necesidad de que medie notificación por parte del administrador del contrato.
b) Cuando se suspendan los trabajos o se cambien las actividades previstas en el cronograma por orden de la entidad contratante y que no se deban a causas imputables del consultor.
c) Si la contratante no hubiera solucionado los problemas administrativos-contractuales en forma oportuna, cuando tales circunstancias incidan en la prestación del servicio.
4.2 En casos de prórroga de plazo, las partes elaborarán un nuevo cronograma, que suscrito por ellas, sustituirá al original o precedente y tendrá el mismo valor contractual del sustituido. Y en tal caso se requerirá la autorización de la máxima autoridad de la contratante, previo informe del administrador del contrato.
Cláusula Quinta.- OTRAS OBLIGACIONES DEL CONSULTOR
A más de las obligaciones señaladas en las condiciones particulares xxx xxxxxx que son parte del presente contrato, las siguientes:
5.1 El consultor se compromete a prestar sus servicios derivados del procedimiento de contratación tramitado, sobre la base de la información con los que contó la entidad contratante y que fueron conocidos en la etapa precontractual; y en tal virtud, no podrá aducir error, falencia o cualquier inconformidad de dichos documentos, como causal para solicitar ampliación del plazo, o contratos complementarios. La ampliación del plazo o contratos complementarios podrán tramitarse solo si fueren aprobados por la administración.
5.2 El consultor se compromete durante la prestación del servicio, a facilitar a las personas designadas por la entidad contratante, toda la información y documentación que éstas soliciten para disponer de un pleno conocimiento técnico relacionado con la prestación del servicio, y la utilización de los bienes incorporados si fueren del caso, así como de los eventuales problemas técnicos que puedan plantearse y de las tecnologías, métodos y herramientas utilizadas para resolverlos.
Los delegados o responsables técnicos de la entidad contratante, tales como el administrador, deberán tener el conocimiento suficiente para la operación, así como la eventual realización de ulteriores desarrollos. Para el efecto, el consultor se compromete durante la prestación del servicio, a facilitar a las personas designadas por la entidad contratante toda la información y documentación que le sea requerida, relacionada y/o atinente al objeto contractual.
5.3 El consultor está obligado a cumplir con cualquiera otra que se derive natural y legalmente del objeto del contrato y sea exigible por constar en cualquier documento del mismo o en norma legal específicamente aplicable.
5.4El consultor se obliga al cumplimiento de lo exigido en los pliegos, a lo previsto en su oferta y a lo establecido en la legislación ecuatoriana vigente.
Cláusula Sexta.- OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE
6.1 Son obligaciones de la contratante las establecidas en el pliego que es parte del presente contrato.
Cláusula Séptima.- CONTRATOS COMPLEMENTARIOS.-
7.1 Por causas justificadas, las partes podrán firmar contratos complementarios, siempre que la parte contratante considerara conveniente dentro de los parámetros legales aplicables al caso.
Cláusula Octava.- ACTA ENTREGA - RECEPCIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO
8.1 Una vez que se hayan terminado todos los trabajos previstos en el contrato, el consultor entregará a la entidad contratante el informe final provisional, cuya fecha de entrega servirá para el cómputo y control del plazo contractual. La entidad contratante dispondrá del término de 15 días para la emisión de observaciones y el consultor de 15 días adicionales para absolver dichas observaciones y presentar el informe final definitivo.
8.2 El acta de recepción definitiva será suscrita por las partes, en el plazo previsto en el contrato, siempre que no existan observaciones pendientes en relación con los trabajos de consultoría y el informe final definitivo del estudio o proyecto
8.3 Si la contratante no hiciere ningún pronunciamiento respecto de la solicitud de recepción definitiva, ni la iniciare, una vez expirado el término de quince días, se considerará que tal recepción se ha efectuado de pleno derecho, para cuyo efecto un Juez de lo Civil o un Notario Público, a solicitud del consultor notificará que dicha recepción se produjo.
8.4 Operada la recepción definitiva presunta, a solicitud del consultor o declarada por la contratante, producirá como único efecto la terminación del contrato, dejando a salvo de los derechos de las partes a la liquidación técnico-económica correspondiente.
Las partes buscarán en el plazo de treinta (30) días posteriores a la recepción definitiva presunta suscribir el acta de la liquidación técnico-económica del contrato, sin perjuicio de iniciar las acciones legales de las que se crean asistidas.
8.5 Liquidación del contrato: La liquidación económico contable del contrato se dejará constancia de lo ejecutado, se determinarán los valores recibidos por el contratista, los pendientes de pago o los que deban deducírsele o deba devolver por cualquier concepto, aplicando los reajustes correspondientes. Podrá también procederse a las compensaciones a que hubiere lugar. La liquidación final será parte del acta de recepción definitiva.
Los valores liquidados deberán pagarse dentro de los diez días siguientes a la liquidación; vencido el término causarán intereses legales y los daños y perjuicios que justificare la parte afectada.
Xxxxxxxx Xxxxxx.- TRIBUTOS, RETENCIONES Y GASTOS
9.1 La contratante efectuará al consultor las retenciones que dispongan las leyes tributarias, actuará como agente de retención del Impuesto a la Renta e Impuesto al Valor Agregado, al efecto procederá conforme la legislación tributaria vigente.
9.2 Es de cuenta del consultor, cuando fuere del caso, el pago de los gastos notariales, de las copias certificadas del contrato y los documentos que deban ser protocolizados. El consultor entregará a la contratante hasta dos copias de este contrato, debidamente protocolizadas. En caso de terminación por mutuo acuerdo, el pago de los derechos notariales y el de las copias será de cuenta del consultor.
Xxxxxxxx Xxxxxx: LABORAL
10.1 El consultor asume de forma exclusiva la responsabilidad del cumplimiento de las obligaciones patronales, y tributarias y demás leyes conexas. En consecuencia, la entidad contratante está exenta de toda obligación respecto del personal del consultor. Sin perjuicio de lo cual, la entidad contratante ejercerá el derecho de repetición que le asiste en el caso de ser obligada al pago de cualquier obligación, ordenado por autoridad competente.
Cláusula Undécima.- TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO
11.1La declaratoria de terminación unilateral y anticipada del contrato no se suspenderá por la interposición de reclamos o recursos administrativos, demandas contencioso administrativas, arbitrales o de cualquier tipo de parte del consultor.
Cláusula Décimo Segunda: CONFIDENCIALIDAD
12.1 La entidad contratante y el consultor convienen en que toda la información que llegue a su conocimiento de la otra parte, en razón de la ejecución del presente contrato será considerada confidencial o no divulgable. Por lo tanto, estará prohibida su utilización en beneficio propio o de terceros o en contra de la dueña de tal información.
El incumplimiento de esta obligación será causal para dar por terminado este contrato, y quedará a criterio de la parte afectada el iniciar las acciones correspondientes por daños y perjuicios.
El consultor y/o cualquiera de sus colaboradores quedan expresamente prohibidos de reproducir o publicar la información del proyecto materia del contrato, incluyendo coloquios, exposiciones, conferencias o actos académicos, salvo autorización por escrito de la entidad contratante.