CONVENIO INTERINSTITUCIONAL DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA BIBLIOTECA VIRTUAL DE RECURSOS PARA LA INVESTIGACIÓN ECONÓMICA (BV-RIE)
Secretaría General
ALADI/SEC/di 2293
23 de noviembre de 2009
CONVENIO INTERINSTITUCIONAL DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA BIBLIOTECA VIRTUAL DE RECURSOS PARA LA INVESTIGACIÓN ECONÓMICA (BV-RIE)
En Montevideo, a 17 días de noviembre de 2009, entre la Asociación Latinoamericana de Integración, con domicilio en Cebollatí 1461, representada en este acto por su Secretario General, Emb. Xxxx X. Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx y la Biblioteca Especializada del Banco Central del Uruguay, representada por el Gerente del Área de Investigaciones Económicas y Director de la Biblioteca Virtual de Recursos para la Investigación Económica del Banco Central del Uruguay, con domicilio en Xxxxxxxx Xxxxxx 000, Xx. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, se celebra el presente Convenio sujeto a los Considerandos y Artículos siguientes:
CONSIDERANDO:
1. Que una Biblioteca Virtual es un espacio de convergencia de productores, intermediarios y usuarios de información que, por medio del trabajo en red descentralizado a nivel de instituciones, fortalece y amplia las fuentes y flujos de información técnica.
2. Que existen en la Biblioteca Virtual tres dimensiones de redes: redes de instituciones y personas, redes de información y redes de noticias.
3. Que, concretamente, la red xx xxxxxxx de información que forma parte de la Biblioteca Virtual está compuesta por: literatura especializada (acceso a bases de datos referenciales y en texto completo, catálogo de revistas especializadas, acceso al documento, en papel o texto electrónico), directorios (eventos, cursos, profesionales, instituciones), sitios en Internet, indicadores económicos, comunicación y espacios con información de apoyo a la toma de decisión, etc.
4. Que la Biblioteca Virtual de Recursos para la Investigación Económica (en adelante, “BV-RIE”) es la propuesta del Banco Central del Uruguay (en adelante, “BCU”) para la promoción y operación de la cooperación técnica con las instituciones y entre las instituciones del país con vistas a alcanzar la meta de acceso equitativo a la información en economía.
5. Que consideramos muy importante la cooperación bibliotecaria para poder acometer proyectos conjuntos que beneficien a todos los usuarios de las
bibliotecas cooperantes y que sirvan de catalizador de esfuerzos individuales hacia servicios bibliotecarios comunes.
6. Que es decisión de las instituciones abajo firmantes de aunar voluntades y recursos en torno a la creación de la BV-RIE.
7. Que la existencia de dichas instituciones participantes es expresión y garantía de una capacidad instalada en materia de organización y transferencia de información especializada en economía.
8. Que resulta necesario contribuir al logro de objetivos estratégicos nacionales en materia de economía, así como fortalecer la conformación de una comunidad de investigadores en economía.
9. Que en la dimensión asociativa se busca desarrollar una experiencia de impacto en la conformación de una infraestructura de información al servicio del conocimiento y de la investigación, mediante la universalización del acceso y disponibilidad de información técnica producida en la República Oriental del Uruguay.
A tal efecto, las instituciones firmantes suscriben el presente Acuerdo de Cooperación Bibliotecaria Interinstitucional.
Las Partes han convenido y pactado lo siguiente: Artículo I. OBJETIVO GENERAL:
El presente Convenio tiene por objeto el establecimiento de un acuerdo de cooperación entre los servicios de biblioteca de las instituciones firmantes mediante la articulación de recursos conceptuales, institucionales, tecnológicos y materiales para la creación y sostenibilidad de la BV-RIE.
Artículo II. OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
1. Articular los esfuerzos de las instituciones firmantes en materia de procesamiento, diseminación y divulgación de la producción técnica nacional en economía.
2. Ofrecer acceso libre a dicha información.
3. Construir un espacio virtual en el que confluyan los productores, intermediarios y usuarios de información especializada en economía, en una red dinámica xx xxxxxxx de información, creadas y operadas de modo cooperativo y descentralizado y con controles de calidad explícitos, coherentes con demandas nacionales y respetuosos de la ética y de los principios, políticas y valores de sus miembros y usuarios.
4. Vincular a través de la cooperación y la participación, la capacidad instalada en materia de información y conocimiento a la solución de los problemas de desarrollo de la investigación en economía.
5. Fortalecer la investigación y la formación de los recursos humanos en economía del país, facilitando el acceso a la información especializada en economía oportuna y de calidad, generada en el país, en la región y a nivel internacional.
6. Obtener la certificación de la BV-RIE como biblioteca virtual temática por parte de BIREME (Biblioteca Regional de Medicina, que ha desarrollado las bibliotecas virtuales temáticas en medicina, de las cuales toma el modelo, software y soporte técnico nuestra biblioteca virtual).
Artículo III. FUNDAMENTO Y XXXXX XXXXXXX:
La BV-RIE, con vocación de accesibilidad universal, en formato electrónico, producida de manera descentralizada y cooperativa, se acogerá a:
1. Metodología BIREME para garantizar compatibilidad en beneficio de la transferencia de información.
2. Convenios internacionales en materia de transferencia de información y derechos de propiedad intelectual.
3. Normas y políticas internas de las instituciones signatarias.
Artículo IV. ESTRUCTURA:
La BV-RIE vinculará la capacidad instalada en materia de información y conocimiento a la solución de los problemas de desarrollo de la investigación en economía, a través de los siguientes órganos:
Consejo Asesor: Se realizará entre las Partes la elección de dos (2) representantes en total de instituciones diferentes (uno por cada una de las dos instituciones), que se sumarán al equipo de trabajo del Xx. Xxxxxxx Xxxxxxxx, Lic. Xxxxxx Xxxxxxxx y Lic. Xxxxx Xxxxxxxxx.
Consejo Consultivo: Integrado por un (1) representante de cada una de las instituciones signatarias del presente Convenio. El alcance de sus atribuciones y obligaciones quedará establecido en los reglamentos de la BV-RIE.
Artículo V. OBLIGACIONES DE LA BIBLIOTECA ESPECIALIZADA DEL BANCO CENTRAL DEL URUGUAY
La Biblioteca Especializada del BCU se compromete a prestar los siguientes servicios:
A nivel genérico:
1. Aportar los recursos que destine el BCU para el desarrollo de la BV-RIE, de conformidad con sus normas, reglamentos, políticas y procedimientos.
2. Desarrollar y operar a nivel nacional el conjunto xx xxxxxxx y recursos que componen el modelo BV-RIE.
3. Controlar la producción bibliográfica nacional en economía y áreas afines.
4. Coordinar el trabajo de todas las bibliotecas cooperantes, así como el establecimiento de criterios.
5. Organizar las reuniones que se consideren necesarias para desarrollar el trabajo.
A nivel específico:
1. Acceso a información en economía y áreas afines, a través de bases de datos bibliográficas, factuales y referenciales.
2. Acceso a directorio de recursos electrónicos de acceso libre.
3. Digitalización del patrimonio de la Biblioteca Especializada del BCU.
4. Disponibilidad de documentos tanto en línea como a través del suministro de copias de documentos vía online (e-mail o fax).
5. Intentar colocar a texto completo las tesis, documentos de trabajo u otro tipo de documentos en la BV-RIE, realizando para ello convenios con los autores de los mismos, con el objeto de respetar los derechos de autor.
6. Servicios de Alerta.
7. Noticias de interés.
8. Directorio de Eventos en Economía.
9. Servicio de Referencia virtual (consultas bibliográficas online).
10. Capacitación del personal técnico de la BV-RIE.
11. Formación de usuarios de información.
Artículo VI. COMPROMISOS DE LAS PARTES:
Las Partes se comprometen a colaborar estrechamente en el desarrollo de la BV-RIE mediante el aporte de recursos, especialmente los procedentes de la participación directa del personal de su biblioteca y adquieren los siguientes compromisos:
1. Responsabilizarse del aporte bimestral sistemático a la BV-RIE de las actualizaciones de las bases de datos de libros, analíticas de libros, analíticas de revistas, documentos de trabajo, tesis, títulos de revistas, etc.
2. Respetar las normas de descripción establecidas, para velar por la homogeneidad y la calidad de las bases de datos.
3. Formar a los usuarios de su institución en el manejo de la BV-RIE y atender las dudas y consultas que éstos puedan tener.
4. Participar con el esfuerzo de sus capacidades técnicas en los proyectos de mejora y diseminación de la BV-RIE.
5. Intentar colocar a texto completo las tesis, documentos de trabajo u otro tipo de documentos en la BV-RIE, realizando para ello convenios con los autores de los mismos, con el objeto de respetar los derechos de autor.
6. Suministro de copias de documentos vía online (e-mail o fax).
7. Noticias de interés
8. Envío de información sobre nuevos eventos en economía
Artículo VII. COOPERACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA:
La BV-RIE podrá recibir cooperación técnica y/o financiera procedente de gobiernos u organismos de cooperación de otras naciones, de organismos internacionales de cooperación o de agencias locales.
Asimismo, las Partes acuerdan en otorgar a la BV-RIE potestades para integrarse a otras redes de apoyo a la investigación a nivel nacional o internacional.
Artículo VIII. PERSONAL:
El personal que cada una de las Partes asigne a la ejecución de actividades que se realicen bajo el presente Convenio, continuará dependiendo exclusivamente de la Parte que lo asigne.
Artículo IX. EVALUACIÓN:
Las Partes realizarán una evaluación anual de las actividades y resultados del presente Convenio, para lo cual llevarán a cabo una reunión en el lugar y fecha que determinen de común acuerdo.
Artículo X. FIRMA DE CONVENIOS:
La Biblioteca Especializada del BCU podrá firmar los convenios de colaboración en la BV-RIE que estime oportunos para la mejora, difusión y enriquecimiento de la misma.
Artículo XI. VIGENCIA, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN:
1. El presente Xxxxxxxx entrará en vigor al ser firmado por las Partes y tendrá una vigencia de dos (2) años contados a partir de la fecha de suscripción.
2. Podrá modificarse mediante acuerdo de las Partes expresado por escrito y podrá ser terminado por cualquiera de ellas, mediante notificación razonada y escrita a las otras Partes, cursada con noventa (90) días de antelación. En tales casos, las demás Partes se consultarán sobre la continuidad del Convenio y sobre las modificaciones o ajustes que pudieran ser necesarios.
3. Si por el contrario no existiese inconveniente de las Partes sobre el presente Convenio, el mismo se prorrogará automáticamente por una duración de dos
(2) años.
EN FE DE LO CUAL, los suscritos, debidamente autorizados para tal efecto, firman el presente Convenio en dos (2) ejemplares de igual tenor y validez, en los lugares y fechas abajo indicados. (Fdo.:) Por la Secretaría General de la ALADI, Secretario General, Emb. Xxxx X. Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx; y por el Banco Central del Uruguay, Gerente, Xx. Xxxxxxx Xxxxxxxx.