Contract
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA (BAJA TENSIÓN) DEL INSTITUTO DE LA JUVENTUD (INJUVE) EN SUS SEDES DE MADRID.
1.- OBJETO
El objeto de este Pliego es definir las características técnicas que han de regir para la contratación del suministro de energía eléctrica de las sedes del Instituto de la Juventud, en adelante INJUVE, en la xxxxx Xxxx Xxxxxx x Xxxxxx, 00 y en la calle Xxxxxxx de Riscal, 16, de Madrid.
2.- DESCRIPCIONES GENERALES DE LAS SEDES
La sede de la calle Xxxx Xxxxxx y Gasset nº 71 consta de siete plantas, además de planta sótano, baja, entreplanta y ático con una superficie total de 4.800 m2 aproximadamente.
La sede de la calle Xxxxxxx de Riscal nº 16 consta de un edificio principal (Palacete) y de un edificio anexo. El edificio principal se compone de planta baja, primera, segunda y semisótano. El edificio anexo se compone de planta baja, primera, segunda y tercera; la superficie ambos edificios de 1.800 m2 aproximadamente.
3.- CONDICIONES CONTRACTUALES
El contrato de suministro eléctrico se realizará por la fórmula de contratar conjuntamente la adquisición de energía eléctrica y el acceso a redes con un Comercializador inscrito y autorizado por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, por lo que se formulará un único contrato de adquisición de energía eléctrica y prestación de servicios por el suministro eléctrico de las dos instalaciones. El Comercializador realizará a su vez las gestiones oportunas de acceso a redes con el Distribuidor.
4.- CONDICIONES TÉCNICAS DE LA OFERTA
4.1. Periodos tarifados
La tarifa a aplicar será la 3.0A, por lo que la modalidad de aplicación será de tres periodos:
P1 (Periodo Punta) P2 (Periodo Llano) P3 (Periodo Xxxxx)
En lo referente al tiempo de duración de cada periodo así como a la franja horario por temporada, se ajustará a lo recogido en el R.D. 1164/2001, de 26 de octubre, por el que se establecen tarifas de acceso a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica.
4.2. Suministro a contratar
Los consumos reflejados en las siguientes tablas tienen un efecto únicamente orientativo y están basados en los datos de consumo del último año.
SEDE/DIRECCIÓN | P1* | P2* | P3* | CONSUMO ANUAL ESTIMADO (KWh) |
Xxxx Xxxxxx x Xxxxxx,71 | 160 | 160 | 160 | 413.486,96 |
Xxxxxxx de Riscal, 16 | 100 | 100 | 100 | 183.844,38 |
*Potencias consideradas (KW)
XXXX/XXXXXXXXX | X0 | X0 | X0 |
Xxxx Xxxxxx x Xxxxxx,00 | 86.557,43* | 250.609,17* | 64.388,44* |
Xxxxxxx de Riscal, 16 | 28.881,94* | 88.246,23* | 28.014,37* |
*Energía consumida en el 2011 (KWh)
El montante total de energía consumida durante el tiempo de duración del contrato objeto de este Pliego será el resultado de los datos registrados en los equipos de medida instalados a tal fin. Si el consumo real al finalizar el tiempo de duración del contrato fuera inferior o superior al estimado, el precio ofertado por KWh no variará.
No obstante, las facturas correspondientes a los 12 meses anteriores a la fecha del presente Xxxxxx estarán a disposición de cualquier licitador.
4.3.- Calidad del suministro.
Los índices de calidad del suministro, serán los que determinan el RD 1955/2000 de 1 de Diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte y distribución, comercialización, suministros y procedimientos de autorización de las instalaciones de energía eléctrica y la Orden ECO/797/2002, de 22 xx xxxxx, por la que se aprueba el procedimiento de medida y control de la continuidad del suministro eléctrico, o cualquier otra legislación que la complemente o sustituya.
Especialmente se tendrá en consideración:
• Número y duración de las interrupciones (cortes y microcortes)
• Características de la onda de tensión.
El Comercializador se compromete con la aceptación de este Pliego a informar con la suficiente anticipación de aquellos cortes planificados en la red por motivos técnicos, siempre que se tenga constancia de dicha información por parte de la empresa distribuidora.
La comunicación se hará por fax y teléfono al Servicio de Asuntos Generales, al teléfono 00 000 00 00, fax 00 000 00 00, en horario de 9:00 a 14:30 y fuera de ese horario al
Servicio de Seguridad (91 782 76 74).
Asimismo el Comercializador informará sobre la duración y causa de los cortes, microcortes o interrupciones no planificadas a requerimiento de la Administración.
4.4.- Garantía del suministro.
Se atenderá a lo dispuesto en el RD 1955/2000 de 1 de Diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte y distribución, comercialización, suministros y procedimientos de autorización de las instalaciones de energía eléctrica, o cualquier otra legislación que la sustituya o complemente.
No obstante, se deberá garantizar el suministro de energía demandada en todo momento durante el periodo ofertado, aunque dicha demanda difiera de las condiciones de contratación definidas en el punto 4.1 del presente Xxxxxx.
4.5.- Suspensión del suministro.
Se atenderá a lo regulado en el RD 1955/2000 o cualquier otra legislación vigente que la sustituya o complemente.
5.- EQUIPOS DE MEDIDA
Los equipos de medida, deberán cumplir los requerimientos del Reglamento de Puntos de Medida y sus Instrucciones Técnicas Complementarias.
La instalación y verificación del equipo de medida correrá a cargo de la empresa distribuidora. Se procederá a facturar con la lectura que facilite la empresa distribuidora.
En caso de que no se pudiera realizar la oportuna medida de consumos por alguna razón ajena al INJUVE (avería del equipo, rotura, fuerza mayor, etc.) se procederá a calcular una estimación en base a la medida aritmética de los consumos durante las mismas fechas y horarios de los seis meses anteriores.
6.- CONDICIONES GENERALES
Toda la información relacionada con este suministro deberá ser aportada por el Adjudicatario de forma clara y de fácil manejo para su posible utilización en análisis, estudios, auditorías, verificaciones, etc. A tal fin pondrán a disposición del INJUVE acceso a través de Internet a todos los datos de facturación, consumos de energías, etc.
El Adjudicatario designará una persona (Gestor de Cuenta única) como responsable máximo ante el INJUVE para todos los temas relacionados con esta contratación.
La empresa que resulte adjudicataria deberá estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales, en especial a lo recogido en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
7.- COBERTURA DE RIESGOS
Los posibles daños de carácter físico o material, así como las indemnizaciones que pudieran producirse a terceros en el ejercicio de las tareas recogidas en el presente Pliego de Prescripciones, deberán encontrarse cubiertos por la Empresa Adjudicataria mediante la correspondiente póliza de responsabilidad civil.
En Madrid a 25 xx xxxxx del 2012
Vº Bº El Jefe de Servicio de
El Secretario General Asuntos Generales
Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxx