TÉRMINOS Y CONDICIONES DE COMPRA
TÉRMINOS Y CONDICIONES DE COMPRA
1. ACUERDO Y ACEPTACIÓN: Estos Términos y Condiciones de Compra son parte del Pedido (de ahora en adelante, "Acuerdo") y controlarán y regirán todas las transacciones entre el Proveedor y el Comprador, ya sea en virtud de solicitudes verbales o escritas posteriores, a menos que estén sujetos a un acuerdo expreso y debidamente firmado (que no es un formulario preimpreso) con respecto al tema en particular o cuando el Proveedor envía las Mercaderías o cuando comienza la realización, lo que ocurra primero. Este Acuerdo, junto con las especificaciones, dibujos y otros requisitos especificados en el presente o en una orden de compra del Comprador, constituyen la totalidad del acuerdo entre las partes, y reemplazan y dejan de tener vigencia todas las negociaciones y propuestas anteriores relacionadas con el presente. Cualquier confirmación escrita de este Acuerdo por parte del Proveedor que contenga términos adicionales o diferentes con respecto a este Acuerdo no tendrá vigencia, a menos que el Comprador, después de recibir la notificación, acuerde expresamente, por escrito, dichos términos adicionales o diferentes. El Proveedor deberá notificar de inmediato al Comprador si descubre cualquier conflicto o ambigüedad entre las disposiciones de este Acuerdo o cualquiera de las especificaciones, dibujos u otros documentos a los que se hace referencia en el presente.
2. DEFINICIONES: "Comprador" se refiere a la entidad que figura en este Pedido, ya sea que actúe por su propia representación o como agente de una de sus compañías afiliadas. "Grupo Comprador" es el Comprador, sus compañías controlantes y afiliadas, y clientes y sus respectivos funcionarios, directores, empleados, contratistas, subcontratistas, proveedores [excepto el Proveedor], invitados, licenciatarios, agentes, representantes, herederos, sucesores y cesionarios. Todos los derechos, beneficios y reparaciones otorgados mediante este Acuerdo al Comprador, incluso, entre otros, el beneficio de cualquier garantía, también se considerarán para el beneficio expreso del cliente del Comprador. "Proveedor" se refiere a la entidad que celebra este Acuerdo con el Comprador o que provee Mercaderías del Comprador. Grupo Comprador es el Proveedor, sus compañías controlantes y afiliadas, y sus respectivos funcionarios, directores, empleados, clientes (salvo el Comprador), subcontratistas, proveedores, invitados, licenciatarios, agentes, representantes, herederos, sucesores y cesionarios. "Reclamos" se refiere a todos los reclamos, pérdidas, daños, gastos, causas de acción, eventos, demandas, sentencias y responsabilidad de cualquier tipo, incluso, entre otros, todos los gastos de litigación, costos judiciales y honorarios razonables de abogados que surjan de este Acuerdo o las Mercaderías que se proveen en virtud del presente. El término "Mercaderías" incluye el equipo, materiales, trabajo o servicios, incluso, entre otros, diseño, entrega, instalación, inspección y pruebas que deben ser realizadas en relación con las Mercaderías. "Pedido" se refiere a la Orden de Compra que se emite y donde se hace referencia a estos términos y condiciones que han sido reconocidos por el Proveedor. "Parte" significa el Proveedor o el Comprador y "Partes" significa el Proveedor y el Comprador. Un "tercero" significa una parte distinta del Proveedor o del Comprador.
3. PRECIO: El precio de las Mercaderías provistas en virtud de este Pedido será el que figura en este Pedido. Es un precio fijo y no está sujeto a ajuste por aumento de costos. El precio incluye todos los impuestos y derechos para el punto de entrega especificado, el empaque y la carga adecuada y el ajuste de las Mercaderías en el equipo de la compañía de transporte en el punto de envío. El recuento del comprador será definitivo y concluyente en los envíos que no estén acompañados por la lista de empaque detallada del Proveedor.
4. PAGO: El desempeño del Proveedor conforme a este Acuerdo no se considerará completo ni se realizará un pago hasta que el Comprador reciba todas las Mercaderías especificadas en las cantidades ordenadas y todos los otros documentos correctamente completados, incluso las certificaciones requeridas, dibujos y conocimientos de embargo. El Comprador puede retener el pago, sin la pérdida de su derecho a un descuento, hasta que el Proveedor cumpla con todos los requisitos que se establecen en el presente. El pago vencerá dentro del período de tiempo establecido en este Pedido o, si no se establece, entonces 60 días después de recibir y aceptar las Mercaderías y el recibo de la factura del Proveedor. Todos los impuestos y derechos que surgen como consecuencia del desempeño del negocio del Proveedor o la venta de las Mercaderías o la importación de las Mercaderías o sus componentes, antes de la entrega al Comprador, los que no sean expresamente responsabilidad del Comprador, son responsabilidad del Proveedor. El Comprador no será responsable de dichos impuestos o derechos o valores que sean o puedan ser pagaderos, y el Proveedor deberá defender, indemnizar y liberar al Comprador en caso de falta de pago por parte del Proveedor. Los términos impuestos y derechos se refieren a todas las tasas o cargos impuestos, aplicados o gravados por cualquier autoridad gubernamental u otra autoridad e incluyen, entre otros, impuesto a la propiedad, impuesto a la venta y uso, regalías, impuesto al valor agregado y especiales u otros cargos de naturaleza similar, tarifas aduaneras y otros derechos, tasas portuarias, sobrestadía, muellaje, practicaje, estiba, tarifas de agentes de aduanas y otros cargos y tarifas similares. Las disposiciones de este Artículo continuarán después de la finalización de este Acuerdo.
5. TÍTULO: El Proveedor garantiza buen título con respecto a todas las Mercaderías, libres de todos gravámenes, restricciones, reservas, derecho de garantía, impuestos y reclamos de terceros. La titularidad de todas las Mercaderías pasará al Comprador a) en el momento de la entrega en el punto de entrega especificado del Comprador, o b) en el momento del pago en su totalidad o en parte; lo que ocurra primero. Independientemente del pasaje anterior del título, el riesgo de pérdida no pasará al Comprador hasta que se haya realizado la entrega física de las Mercaderías al Comprador en el punto de entrega especificado del Comprador.
6. GARANTÍA Y RECHAZO POR INCUMPLIMIENTO: El Proveedor garantiza que todas las Mercaderías cumplirán con las especificaciones, dibujos y otros requisitos de este Acuerdo, serán de nuevos materiales, mano de obra de primera clase, libres de defectos en el diseño, mano de obra y material y adecuados para el propósito previsto o indicado. Si dentro de los 18 meses de la fecha de recepción o dentro de los 12 meses de la fecha de uso, lo que ocurra primero, el Comprador descubre cualquier incumplimiento de garantía con respecto a las Mercaderías, entonces el Proveedor deberá reparar o reemplaza de manera oportuna las Mercaderías en cuestión después de la notificación por parte del Comprador del incumplimiento, sin ningún costo para el Comprador. Si el Proveedor, después de los 7 días de la notificación, no procede oportunamente con la reparación o reemplazo de las Mercaderías defectuosas, el Comprador podrá reparar o reemplazar dichas Mercaderías y cobrar todos los costos relacionados al Proveedor sin anular las garantías que se incluyen en el presente. Además, si se requieren reparaciones de emergencia que no le dan tiempo al Proveedor de realizar dichas reparaciones, el Comprador puede proceder y realizar dichas reparaciones o reemplazos y cobrar el costo al Proveedor. El Proveedor garantiza por un período igual al final del período de garantía inicial, corregir los defectos de las Mercaderías que el Proveedor haya reparado o reemplazado. El Comprador tendrá el derecho de inspeccionar las Mercaderías en cualquier momento. El hecho de que el Comprador no inspeccione las Mercaderías no afectará el derecho del Comprador de rechazar las Mercaderías defectuosas o en incumplimiento ni constituirá la aceptación de las Mercaderías si el Comprador determina razonablemente que todas o una parte de las Mercaderías están en incumplimiento.
7. INDEMNIDAD: EL PROVEEDOR DEBERÁ DEFENDER, EXONERAR Y MANTENER INDEMNE AL GRUPO COMPRADOR DE TODOS LOS RECLAMOS POR LESIÓN O ENFERMEDAD O MUERTE DE CUALQUIER MIEMBRO DEL GRUPO PROVEEDOR O POR CUALQUIER DAÑO A LA PROPIEDAD DE CUALQUIER MIEMBRO DEL GRUPO PROVEEDOR, QUE PUEDA SURGIR O SE RELACIONE CON EL TRABAJO REALIZADO POR EL PROVEEDOR CONFORME A ESTE ACUERDO EL PROVEEDOR DEBERÁ DEFENDER, EXONERAR Y MANTENER INDEMNE AL GRUPO COMPRADOR Y USUARIO DE LAS MERCADERÍAS DE TODOS LOS RECLAMOS IMPUESTOS, INCURRIDOS O AFIRMADOS EN CONTRA DEL GRUPO COMPRADOR POR LESIÓN CORPORAL O MUERTE O DAÑO O DESTRUCCIÓN DE LA PROPIEDAD, O QUE RESULTE DE CUALQUIER DEFECTO ALEGADO EN LAS MERCADERÍAS, YA SEAN LATENTES O PATENTES, INCLUSO, ENTRE OTROS, LA SUPUESTA INCORRECTA CONSTRUCCIÓN O DISEÑO, O PORQUE LAS MERCADERÍAS NO CUMPLEN CON LAS ESPECIFICACIONES O CON CUALQUIER GARANTÍA EXPRESA O IMPLÍCITA DEL PROVEEDOR, O QUE SURJA DE UNA SUPUESTA VIOLACIÓN DE CUALQUIER ESTATUTO, ORDENANZA, ORDEN ADMINISTRATIVA, NORMA O REGULACIÓN EN RELACIÓN CON LA FABRICACIÓN O VENTA DE LAS MERCADERÍAS POR PARTE DEL PROVEEDOR. PARA LOS FINES DE ESTE PÁRRAFO, "MERCADERÍAS" INCLUYE TODOS LOS SERVICIOS DE EMPAQUE Y ADICIONALES SUMINISTRADOS POR EL PROVEEDOR.
8. INDEMNIDAD DE PATENTE: El Proveedor defenderá, exonerará y mantendrá indemne al Grupo Comprador de todo reclamo, demanda o responsabilidad basada en un reclamo de que la fabricación, uso o venta de cualquier Mercadería, o una parte de la mercadería suministrada, constituye una violación a cualquier patente, marca registrada, derecho de autor o cualquier otro derecho de propiedad de terceros. La oración anterior no aplicará a cualquier Mercadería, o parte de Mercadería, en la medida que se fabrique según los diseños provistos o requeridos por el Comprador.
9. CRONOGRAMA/DEMORAS: Con excepción de lo dispuesto a continuación, el Proveedor deberá cumplir con sus obligaciones conforme a este Acuerdo en las fechas de entrega especificadas (o dentro de los 7 días de la exigencia por escrito por parte del Comprador cuando ha pasado un tiempo razonable en caso de no especificarse una fecha de entrega en el Acuerdo). Serán eximidas las demoras en el desempeño o entrega del Proveedor debido a incumplimientos por parte del Comprador de sus obligaciones conforme a este Acuerdo o debido a eventos de fuerza mayor, tales como actos fortuitos o huelgas u otras causas similares fuera del control del Proveedor, que el Proveedor no pudo haber prevenido o previsto de manera razonable. En dicho caso, el Proveedor deberá notificar de manera oportuna al Comprador dicha demora sin costo adicional para el Comprador, el Proveedor tomará todas las medidas razonables para evitar o mitigar los efectos de dicha demora. La fecha de entrega o desempeño se extenderá por un período equivalente a la duración
de la demora, pero el Proveedor no tendrá derecho a compensación adicional por dicha demora. En el caso de retrasos por fuerza mayor de más de cuarenta y cinco (45) días de la fecha de entrega programada, el Comprador tendrá el derecho de cancelar el Acuerdo o cualquier parte del acuerdo sin responsabilidad alguna. Si el retraso no se exime por un evento de fuerza mayor o incumplimiento del Comprador, entonces el incumplimiento del Proveedor de entregar las Mercaderías en la fecha de entrega especificada o dentro de los 7 días de la notificación del Comprador en caso de que no se especifique la fecha de entrega, permitirá al Comprador cancelar este Acuerdo o cualquier parte del Acuerdo sin ningún costo para el Comprador. El Proveedor será responsable de todos los Reclamos como resultado de dicho incumplimiento.
10. CAMBIOS: El Comprador tendrá derecho a realizar cambios a los requisitos con respecto a las Mercaderías. Si dichos cambios afectan la fecha de entrega o el precio de las Mercaderías, el Comprador y el Proveedor acordarán mutuamente realizar un ajuste equitativo al precio o la fecha de entrega para reflejar dicho cambio. El Proveedor deberá continuar el trabajo durante las conversaciones con respecto a dicho cambio e implementará dicho cambio si el Comprador se lo solicita por escrito. La compensación adicional o los cambios a la fecha de entrega solo se realizarán si el Comprador lo acuerda por escrito. Si el Proveedor cree que se ha realizado un cambio, el Proveedor deberá notificar al Comprador sobre dicho cambio dentro de los 7 días posteriores a la fecha en que se produjo, en su defecto, se considerará que el Proveedor ha renunciado a los reclamos por ajuste en el precio o tiempo de entrega con respecto a las Mercaderías.
11. EXTINCIÓN: En el caso de que el Proveedor no corrija la situación, o si no es posible realizar una corrección inmediata, al iniciar o exigir debidamente la corrección de un incumplimiento del Proveedor conforme a este Acuerdo, dentro de los 7 días posteriores a la notificación escrita por parte del Comprador sobre dicho incumplimiento, el Comprador podrá, mediante notificación escrita al Proveedor, finalizar de inmediato este Acuerdo, sin perjuicio de los derechos o reparaciones que el Comprador pueda tener. En caso de dicha extinción, el Comprador podrá tomar posesión de todas las Mercaderías y completar el desempeño de este Acuerdo por los medios que el Comprador elija, y el Comprador será responsable de los costos adicionales incurridos por el Comprador para hacerlo. Además de lo anterior, el Comprador se reserva el derecho de finalizar este Acuerdo para su conveniencia en cualquier momento por cualquier razón mediante notificación escrita al Proveedor. En dicho caso, el Proveedor pagará todos los materiales o servicios autorizados y desempeñados satisfactoriamente o recibidos antes de dicha extinción, más los costos razonables incurridos por el Proveedor para finalizar el pedido.
12. CESIÓN: El Proveedor no cederá ninguna de sus obligaciones en virtud de este Acuerdo sin el consentimiento previo escrito del Comprador. El Comprador tendrá el derecho de ceder este Acuerdo a las compañías relacionadas del Comprador o el cliente del Comprador, sin el consentimiento del Proveedor.
13. AUDITORÍA: El Comprador tendrá el derecho de auditar los libros y registros del Proveedor, incluso, entre otros, los gastos por entretenimiento comercial en todo momento razonable durante la continuación de este Acuerdo y por un período de cinco años a partir de entonces, con el fin de auditar y verificar las disposiciones del Artículo 20 y que los cargos o costos presentados por el Proveedor al Comprador para su pago cumplan con este Acuerdo.
14. CONFIDENCIALIDAD: Todos los datos e información que el Proveedor adquiere directa o indirectamente del Comprador en relación con este Acuerdo, o en relación con el desempeño de este Acuerdo, sin incluir la información y los datos que son de dominio público sin incumplimiento del Proveedor, se manejarán con estricta confidencialidad y no se reproducirán ni utilizarán para ningún fin no relacionado con el Acuerdo ni se divulgarán a un tercero sin el consentimiento escrito del Comprador. Como resultado del trabajo del Proveedor en virtud de este Acuerdo, el Proveedor o sus empleados pueden desarrollar información, datos y el know-how, incluso informes, soluciones e interpretaciones. La información, los datos y el know-how desarrollados por el Proveedor o sus empleados en virtud de este Acuerdo son de propiedad exclusiva del Comprador y no se considerarán trabajo por contrato.
15. SEGURO: El Proveedor deberá obtener y mantener, a su costo, las siguientes coberturas de seguro y exhibir a solicitud (a) certificados de seguro de responsabilidad general y seguro de responsabilidad civil del empleador por un monto acordado entre las partes, pero bajo ningún caso un monto menor a US$1,000,000 en cada caso y (b) certificados de seguro de extensión de responsabilidad civil por un monto acordado ocasionalmente entre las partes, pero en ningún caso un monto menor a US$4,000,000 por ocurrencia.
16. GRAVAMEN DEL CONSTRUCTOR: El Proveedor acepta renunciar a todos los derechos de gravamen del constructor con respecto a la propiedad del Grupo Comprador y, además, acepta mantener indemne al Grupo Comprador por cualquier gravamen del constructor que surja del desempeño del Proveedor.
17. SALUD, SEGURIDAD, MEDIO AMBIENTE: El proveedor garantiza que el Proveedor y sus empleados cumplirán con todas las regulaciones legales y gubernamentales de salud, seguridad y medio ambiente, las del Comprador, y las del cliente del Comprador, incluyendo los procesos del sitio de trabajo.
18. LEGISLACIÓN APLICABLE: Este Acuerdo y cualquier disputa que surja o se relacione con el Acuerdo serán regidos por las leyes de la residencia de la entidad Compradora, excluidas las normas sobre conflictos xx xxxxx, incluidas las normas o principios del presente que requerirían la aplicación de
la Convención de las Naciones Unidas sobre Contratos para la Venta Internacional de Mercaderías ("CISG"). Cada país de residencia será la "Jurisdicción Designada" para el respectivo Comprador, según corresponda.
19. LEY Y RESOLUCIÓN DE DISPUTAS: Cada parte de este acuerdo acepta de manera irrevocable que cualquier procedimiento legal en busca del cumplimiento o interpretación del Acuerdo se podrá iniciar en los tribunales en la Jurisdicción Designada. Cada parte por el presente se somete de manera irrevocable a la jurisdicción de dichos tribunales, y renuncia a cualquier oposición que pueda tener ahora o en el futuro con la jurisdicción en dichos tribunales y cualquier derecho de llevar dicha acción o procedimiento a otro tribunal.
20. CUMPLIMIENTO CON LAS LEYES ANTICORRUPCIÓN: El Proveedor declara y garantiza, en relación con las transacciones contempladas en este Acuerdo, y cualquier otro acuerdo contemplado o celebrado conforme a este Acuerdo, que no tomará acción, directa o indirectamente, que pueda constituir una violación a la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero de los Estados Unidos, la Ley Canadiense de Corrupción de Funcionarios Públicos Extranjeros o cualquier otra ley, convención o regulación antisoborno o anticorrupción aplicable (en conjunto, "leyes anticorrupción"). El Proveedor reconoce y confirma que el Proveedor y sus funcionarios, directores, empleados, agentes, contratistas, personas designadas o cualquier tercero que actúe en su nombre (en conjunto, "Partes Relacionadas") están familiarizados con las disposiciones de las leyes anticorrupción. El Proveedor por el presente acepta exonerar, defender y mantener indemne al Grupo Comprador de todos los reclamos, demandas, daños, costos, sanciones y multas que surjan en relación con cualquier supuesto incumplimiento por parte del Proveedor o sus Partes Relacionadas de este Artículo 20. El Comprador se reserva el derecho de finalizar el Acuerdo en su totalidad, sin responsabilidad para el Proveedor, si el Comprador tiene un fundamento de buena fe para creer que el Proveedor o sus Partes Relacionadas han violado o tienen la intención de violar las leyes anticorrupción de cualquier país.
21. CUMPLIMIENTO CON LAS LEYES: Conforme a las limitaciones de este Acuerdo, se acuerda que en el desempeño de este Acuerdo, todas las cuestiones se realizarán en pleno cumplimiento con todas las leyes, normas y regulaciones federales, estatales, provinciales y locales aplicables en el/las área(s) en donde se realizan las cuestiones. Si el Comprador debe pagar una multa o sanción o si es sujeto a una reclamo debido al incumplimiento por parte del Proveedor de las leyes, normas o regulaciones aplicables, incluso el Artículo 29 de arriba, el Proveedor defenderá, exonerará y mantendrá indemne al Grupo Comprador de todos los reclamos, tarifas o multas por dicho incumplimiento debido a negligencia o culpa del Grupo del Proveedor. Esta disposición seguirá vigente tras la extinción o cancelación de este Acuerdo.
22. CLÁUSULA DE VALIDEZ: En caso de que una disposición, cláusula, oración o parte de este Acuerdo sea inconsistente o se oponga a cualquier ley aplicable, se deberá modificará en la medida requerida para cumplir con dicha ley (con la intención de que ambas Partes cumplan en la mayor medida todos los términos de este Acuerdo), y modificado, este Acuerdo continuará en plena vigencia y efecto. En caso de dicha disposición, cláusula, oración o parte de este Acuerdo no se pueda modificar para cumplir con la ley, entonces dicha disposición, cláusula o parte del Acuerdo se considerará eliminado del Acuerdo y los otros términos y condiciones continuarán en plena vigencia y efecto.
23. MODIFICACIONES, DIVISIBILIDAD, NO RENUNCIA: Este Acuerdo constituye la totalidad del Acuerdo entre las partes con respecto a la disposición de Mercaderías y reemplaza todos los otros términos, ya sean expresos o implícitos por ley. No habrá un arreglo oral vigente que modifique o renuncie a cualquier disposición de este Acuerdo. Cualquier modificación de este Acuerdo no entrará en vigencia a menos que esté firmado por ambas partes. Ambas partes aceptan que este Acuerdo será modificado o alterado solo en la medida que lo requiera la jurisdicción que pretenda limitar dichas disposiciones, con la intención de que las partes cumplan con todo el Acuerdo en la mayor medida posible.
24. INDEPENDENCIA DE LAS PARTES - Las Partes son independientes para todos los efectos en virtud del presente Acuerdo. Ninguna de las Partes pretende que el presente Acuerdo cree una relación de agencia, asociación o empleo entre ellas o entre ellas y sus respectivos empleados. Salvo que se disponga lo contrario en el presente Contrato, ninguna de las Partes asume responsabilidad alguna por las acciones u omisiones de la otra Parte.