PLIEGO PARA LA ADJUDICACIÓN MEDIANTE CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO Y CONCURSO, PARA LA GESTIÓN INTEGRADA DE PROYECTO PARA NAVES INDUSTRIALES EN PARCELAS MUNICIPALES DE USO INDUSTRIAL
PLIEGO PARA LA ADJUDICACIÓN MEDIANTE CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO Y CONCURSO, PARA LA GESTIÓN INTEGRADA DE PROYECTO PARA NAVES INDUSTRIALES EN PARCELAS MUNICIPALES DE USO INDUSTRIAL
I. ELEMENTOS DEL CONTRATO.
1. NORMAS REGULADORAS.-
1.1. El contrato objeto de este concurso se regirá por las cláusulas contenidas en el presente Xxxxxx y sus Anexos, en especial el correspondiente al Pliego de Prescripciones Técnicas (Anexo nº VII).
1.2. Para todo lo no previsto en ellos se aplicará lo dispuesto en la legislación vigente en materia de contratación administrativa enumerada sin carácter restrictivo a continuación:
Ley 30/2007 de 30 de Octubre, de Contrato con el Sector Público.
Ley 15/2010 de 5 de Julio, de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
Real Decreto 817/2009, de 8 xx Xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la ley 30/2007, de 00 xx Xxxxxxx, xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx.
Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la Contratación de Obras del Estado.
1.3 Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y en su defecto las normas de derecho privado.
2. OBJETO DEL CONTRATO.-
2.1 El Objeto es la Gestión Integral de un proyecto urbanístico que viene recogido en el Anexo I.
2.2. El servicio se ajustará a lo indicado en las Bases Técnicas que constituye el pliego de prescripciones técnicas que figura como Anexo VII, a lo previsto en el Programa de Fomento xx xxxxx industriales de la Agencia IDEA de la Junta de Andalucía, y la obra se ejecutará según el proyecto aprobado por el DESDE ARAHAL, S.L, una vez presentado. El pliego de prescripciones técnicas citado, que tiene la consideración de las “Bases Técnicas” a que se refiere el art. 100 L.C.A.P., tendrá el carácter de documento contractual y podrá ser examinado en la forma que determine el anuncio de licitación.
3. PRESUPUESTO.-
3.1 El presupuesto de licitación es el que se indica en el Anexo I y podrá ser mejorado a la baja. Comprende todos los trabajos previstos para este servicio así como el importe de redacción del proyecto y el de ejecución de la obra, IVA incluido.
3.2 Los precios que regirán durante la prestación del servicio serán los del proyecto del adjudicatario, una vez aprobados, conforme a lo dispuesto en el art. 75 de la Ley 30/2007 de 30 de Octubre.
4. REVISIÓN DE PRECIOS.-
4.1. No procederá la revisión de precios.
4.2. El pago al contratista se efectuará de acuerdo con lo determinado en el artículo 200 de la Ley de Contrato del Sector Público.
5. PLAZOS.-
5.1. El plazo de redacción del proyecto y ejecución de la obra será el que se indica en el Anexo I.
5.2. La gestión integral del proyecto podrá dividirse en plazos concretos.
5.3. No se admiten reducciones en el plazo de ejecución, salvo fuerza mayor.
5.4. En todos los casos el cómputo de iniciación de las obras comenzará el día siguiente al de la comprobación del replanteo con resultado viable.
5.5. El plazo contractual sólo será prorrogable cuando concurran las circunstancias y requisitos exigidos por la legislación vigente.
II. FORMA DE ADJUDICACIÓN
6. MODALIDAD.-
6.1 El sistema de adjudicación del contrato será el de concurso público con procedimiento abierto, sobre la base de lo dispuesto en los artículos de la SECCIÓN II, de la ley 30/2007 de contratos con el sector público.
7. DOCUMENTACIÓN EXIGIDA.-
7.1 Para participar en el concurso, procedimiento abierto, el licitador deberá presentar en en el Registro General de DESDE ARAHAL S.L., tres sobres cerrados (A, B y C) conteniendo la documentación que para cada uno de ellos se especifica en los apartados siguientes. En el exterior de todos los Sobres estarán escritos en caracteres grandes y legibles los siguientes datos:
1) Letra y título completo del sobre de que se trata.
2) Prestación de servicio que se licita.
3) Datos de la empresa concursante: Nombre y dirección completa, a efectos de notificaciones. Nombre del Apoderado que presenta la oferta. Teléfono de contacto. Número de Fax.
El licitador también podrá enviar los sobres a que se refiere el párrafo anterior por correo dentro del plazo de admisión expresado en el anuncio.
En este caso el licitador justificará la fecha y la hora de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciará la remisión de la oferta mediante fax 00-0000000 télex o telegrama en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio.
7.2 El Registro General dará recibo de cada proposición en el que conste el nombre del licitador, la denominación del concurso, el día y la hora de presentación. Una vez entregada una proposición no podrá ser retirada bajo ningún pretexto. Asimismo al finalizar el plazo de recepción de proposiciones se emitirá un certificado en el que conste la totalidad de las proposiciones recibidas.
En todo caso en cuanto a la presentación de las proposiciones para participar en el presente concurso se estará a lo dispuesto en el artículo 129 de la ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
7.3 SOBRE (A) Capacidad para contratar.-
Contendrá los siguientes documentos:
7.3.1. Cuando el licitador sea persona individual, Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. Si es persona jurídica, deberá aportar la escritura de constitución o modificación en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil.
7.3.2. Cuando el licitador no actúe en nombre propio, o se trate de sociedad o persona jurídica, D.N.I. y apoderamiento (legal, suficiente y subsistente) para representar a la persona o Entidad en cuyo nombre se concurra, debidamente inscrito en el Registro correspondiente si se trata de una Sociedad.
7.3.3. Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar previstas en el artículo 62 de la ley 30/2007, y de estar al corriente en el cumplimiento de las Obligaciones Tributarias y de Seguridad Social, en los términos y condiciones previstos en el artículo 64 xxx Xxx de Contrato de Sector Público, ley 30/2007, sin perjuicio de la presentación de las certificaciones correspondientes por parte de la empresa propuesta antes de proceder a la adjudicación del contrato, a cuyo efecto se les concederá un plazo máximo de cinco días hábiles. Si pasado este plazo no presentasen las certificaciones citadas, se rechazará su oferta y se pasará a considerar la siguiente en orden a la puntuación obtenida. Se adjunta modelo de declaración en Anexo V.
7.3.4. Al tratarse de una prestación de servicios, consistente en la Gestión Integral de un Proyecto Urbanístico, que no viene recogida en ninguno de los subgrupos que se ha distribuido en el Anexo II de la Ley 30/2007 de contrato del Sector Público, no es necesario la Obtención de la Clasificación Empresarial.
7.3.5. En el caso de que una parte de la prestación objeto del contrato tenga que ser realizada por empresas especializadas que cuenten con una determinada habilitación o autorización profesional, la clasificación en el grupo correspondiente a esa especialización, en caso de ser exigida, podrá suplirse por el compromiso del empresario de subcontratar la ejecución de esta porción con otros empresarios que dispongan de la habilitación y, en su caso, clasificación necesaria, como indica el art. 54 de la Ley 30/2007.
7.3.6. Los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, en el caso de no hallarse clasificados en España, deberán presentar, en sustitución de la clasificación, la documentación acreditativa de su solvencia económica, financiera, técnica o profesional en la forma establecida en el artículo 44 de la ley 30/2007 de Contrato del Sector Público de la que, dentro de las previstas en dichos artículos, sea exigida expresamente en los anuncios de licitación.
7.3.7. Los empresarios no españoles de Estados que no pertenezcan a la Unión Europea deberán aportar los documentos exigidos por los artículos 44 de la Ley de Contratos del Sector Público, y deberán acreditar hallarse en posesión de la clasificación requerida, sin posibilidad de ser sustituida por la documentación anteriormente citada.
7.3.8. Las empresas extranjeras deberán presentar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
Las empresas extranjeras presentarán sus documentos constitutivos traducidos de forma oficial al castellano.
7.3.9. En el caso de que los licitadores sean una Unión Temporal de Empresas se estará a lo previsto en los artículos 48 de la ley 30/2007. Cada uno de los empresarios que la componen deberá acreditar su capacidad de obrar, presentando, todas y cada una de las empresas, los documentos exigidos en la presente cláusula y en el escrito de proposición deberán indicar los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y designarán un representante o apoderado único de la Unión, que durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la plena representación de la misma frente a la Administración.
Para los casos en que sea exigible la clasificación y concurran en la unión empresarios nacionales, extranjeros no comunitarios o extranjeros comunitarios, los dos primeros deberán acreditar su clasificación y los últimos, en defecto de ésta, su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
En el caso de que el contrato se adjudique a la Unión Temporal de Empresas, deberán acreditar la constitución de las mismas ante el Órgano de Contratación en el plazo máximo de un mes desde la notificación del acuerdo de adjudicación.
7.3.10. Todos los licitadores deberán presentar resguardo acreditativo de haber constituido una fianza provisional del 2% del presupuesto tipo de licitación, en cualquiera de las modalidades legalmente admitidas, salvo que en dicho apartado se les exima de esta obligación. Se adjuntan modelos de garantías en los Anexos III y IV.
7.3.11 En el supuesto de que el licitador se encuentre inscrito en el Registro Municipal de Licitadores deberá incluir dentro del sobre Certificación de inscripción registral así como declaración responsable de vigencia de los datos contenidos en el mismo, conforme al modelo incluido en el Anexo VI. Dicha inscripción eximirá al licitador de presentar los documentos indicados en los apartados 7.3.1 a 7.3.5.
7.4 SOBRE (B) Proposición Técnica
Contendrá los siguientes documentos:
7.4.1. Anteproyecto técnico, de acuerdo con lo dispuesto en el pliego de prescripciones técnicas que figura como anexo VII. La falta de presentación del Anteproyecto Técnico implicará el rechazo de la proposición presentada.
7.4.2. Propuesta de trabajo y experiencia previa
Se aportará, en su caso, la documentación que acredite los trabajos análogos en los últimos 10 años.
Al realizarse este contrato de prestación de servicios bajo la filosofía de una gestión integrada de proyecto, se aportará la propuesta de trabajo con indicación clara de la cadena completa de las tareas a realizar, etapas, calendario, alcance de cada una de las tareas, todo ello en cuento a cuatro fases o áreas del trabajo:
1. Planificación y diseño
2. Ejecución y dirección de obras
3. Gestión administrativa, financiera y jurídica
4. Gestión de la comercialización y servicio post-venta
7.4.3. Compromiso de ampliación del plazo de garantía
Se aportará, en su caso, escrito suscrito por el representante del licitador comprometiéndose a la ampliación del plazo de garantía por encima del mínimo establecido en el presente pliego.
7.4.4. Documentación acreditativa de la propuesta organizativa de la obra. A tal efecto, presentará:
- Relación de los técnicos (superiores y medios) que se compromete a adscribir a la obra, con especificación de la titulación profesional y experiencia. Se distinguirá entre el equipo de técnicos propios y el aportado por los subcontratistas. No es necesario que la relación sea nominal, excepto en el caso del jefe de obra.
- Organigrama explicativo de las competencias y dependencias del equipo de técnicos propuestos, indicando claramente las misiones encomendadas a cada uno de sus miembros en el ámbito de las actividades principales descritas en la Memoria y en el Plan de trabajo. Se destacarán las funciones de control de calidad y seguridad y salud.
- Relación de medios materiales comprometidos en la ejecución del contrato.
- Cada licitador deberá proponer para el puesto de Jefe de Obra a una persona que posea la titulación exigida en el anexo I. Este profesional tendrá experiencia suficiente en obras de características análogas a la licitada, cuya acreditación debe aportarse, y con disponibilidad permanente al contrato desde su inicio hasta la recepción; y ostentará las atribuciones que en el Pliego de Cláusulas Administrativas General se le asigna.
7.5 SOBRE (C) Proposición Económica.-
Contendrá, exclusivamente, una sola proposición, expresada conforme al modelo e instrucciones que figuran en el Anexo II, incluyéndose en el precio ofertado el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Las proposiciones económicas se formularán a la baja sobre el presupuesto de licitación.
Cada licitador no podrá presentar más que una sola proposición económica y no se admiten soluciones variantes o alternativas a la definida en el pliego de prescripciones técnicas objeto de la licitación de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 129 y siguientes de la ley de Contratos del Sector Público. Tampoco podrá suscribir propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La presentación de la oferta presupone la aceptación incondicional del contenido de este Pliego sin salvedades.
7.6 El licitador deberá presentar la documentación exigida con los requisitos de fehaciencia exigidos en la normativa vigente. En el caso de documentos administrativos, sus copias gozarán de la misma validez y eficacia que aquéllos, siempre que exista constancia de que sean auténticas.
Los empresarios no españoles, deberán presentar la documentación exigida traducida oficialmente al castellano.
8. MESA DE CONTRATACIÓN.-
La Mesa de Contratación estará integrada por:
- Todos los miembros del Consejo de Administración de Desarrollo Económico y Social de Arahal, S.L. Como asesores externos, aquellos que la Presidencia designe (arquitectos o arquitectos técnicos o técnicos municipales).
9. CALIFICACION DE DOCUMENTOS.-
A las doce horas del tercer día siguiente hábil al de la terminación del plazo de presentación de proposiciones, salvo que alguna oferta presentada por correo, debidamente anunciada con carácter previo, no haya tenido entrada en el Registro General, la Mesa de Contratación procederá a la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en el sobre A, en sesión no pública.
Si la documentación de un licitador contuviese omisiones o defectos no subsanables, se rechazará la proposición. La Mesa determinará qué se entiende por omisión o defecto no subsanable en cada caso. Si los documentos se aportaran en fotocopias sin compulsar, se considerará en todo caso defecto formal subsanable.
La subsanación de defectos se deberá producir, en todo caso, dentro del plazo de tres días hábiles que se conceda al licitador para ello. A tal efecto se remitirá comunicación por fax al mismo.
Una vez subsanados los defectos advertidos que sean subsanables, o transcurrido el plazo otorgado para ello sin producirse dicha subsanación, podrá procederse a la apertura de proposiciones. Dicha apertura se producirá en sesión celebrada por la Mesa en acto público, seguidamente siempre que no sea preciso conceder un plazo para subsanar deficiencias a algún licitador, o en la fecha que determine, si es precisa la concesión de dicho plazo. En este caso la notificación de la celebración de la sesión se efectuará a los licitadores mediante fax con al menos 24 horas de antelación.
10. APERTURA DE PROPOSICIONES.-
La Mesa de Contratación, en acto público, cumplidos los requisitos anteriores, dará cuenta del resultado de la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en los sobres A, indicando aquellos que hayan resultado excluidos y las causas de su exclusión, y aquellos que resultaran admitidos. Seguidamente invitará a los asistentes a formular observaciones que se recogerán en el Acta.
A continuación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura de los sobres B, acordando en ese momento la remisión de toda la documentación a los Servicios o Expertos competentes para su informe. y al día siguiente a la valoración de los Servicios o Técnicos Competentes se dará apertura y lectura al Sobre C de las proposiciones económicas formuladas por los licitadores.
Si alguna de las ofertas económicas estuviere incursa en presunción de temeridad, el informe técnico determinará si existe posibilidad real de ejecución del contrato con la oferta presentada.
Para completar y comprobar la información aportada por las empresas en relación con el apartado 7.4, la Mesa de Contratación y en su caso la Comisión Asesora que se designase, podrán recabar cuanta información precisen, de sus Servicios Técnicos, de otras Administraciones y de otros Organismos, relativa a la documentación aportada.
11. CRITERIOS BASE PARA LA ADJUDICACION.-
11.1 Los criterios que han de servir de base para la adjudicación del Concurso son los establecidos en el Anexo I del presente Pliego.
11.2 A la vista de los informes previos emitidos, en su caso, por la Comisión Asesora o por los Técnicos que se designen, sobre la documentación presentada por los licitadores, la Mesa de Contratación formulará propuesta de adjudicación del concurso.
11.3 El órgano de contratación tendrá, alternativamente, la facultad de adjudicar el contrato a la proposición más ventajosa, sin atender necesariamente al valor económico de la misma o declarar desierto el concurso.
12. DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS A PRESENTAR POR EL ADJUDICATARIO.-
12.1 Antes de la adjudicación y dentro del plazo de cinco días hábiles concedido al efecto, el adjudicatario propuesto deberá presentar (mediante originales o copias compulsadas) la siguiente documentación:
a) Alta en el I.A.E. en el ejercicio y en el domicilio fiscal, así como, si le fuera exigible, acreditación del pago del último recibo.
b) Certificación administrativa positiva –expedida por el órgano competente- acreditativa del cumplimiento de sus obligaciones Tributarias (Estatal y Local) y con la Seguridad Social a los efectos previstos en el art. 49 de la Ley de Contrato del Sector Público.
12.2 La falta de presentación de alguno de estos documentos o su presentación defectuosa dará lugar a la no adjudicación. En este caso la Mesa formulará al órgano de contratación propuesta de adjudicación al licitador
que hubiese realizado la siguiente mejor oferta y que, tras el oportuno requerimiento, aporte la documentación exigida.
12.3 La propuesta de adjudicación hecha por la Mesa de Contratación no creará derecho alguno a favor del empresario propuesto, mientras no se le haya adjudicado por acuerdo o resolución del órgano de contratación.
13. ADJUDICACION DEL CONTRATO.-
13.1 El órgano de contratación, recibida la propuesta junto a la documentación presentada, y evacuados los informes técnicos correspondientes, adjudicará el contrato en el plazo máximo de tres meses, a contar desde la apertura de las proposiciones.
13.2 La adjudicación definitiva, una vez acordada, cualquiera que sea el procedimiento seguido y la forma de adjudicación empleada, será notificada a los participantes en la licitación y se publicará en un B.O.P.
13.3 En dicha notificación se le requerirá la presentación, en un plazo máximo de 15 días naturales conforme a los artículos 122 y siguientes de la Ley de Contratos del Sector Público ley 30/2007, de la siguiente documentación:
a) Documento acreditativo de haber constituido, en alguna de las formas legalmente admitidas, garantía definitiva por el importe que se indica en el Anexo I. Se adjuntan modelos de garantías en los Anexos III y IV.
b) Documento que acredite el pago de los gastos de publicación del anuncio de licitación, por un máximo de 120 euros, y de los gastos de formalización del contrato.
c) Escritura pública debidamente inscrita en el Registro Mercantil o análogo, de constitución de agrupación temporal de empresas, cuando el licitador adjudicatario tuviera tal condición.
d) Xxxx la documentación que aunque no figure como exigible en este pliego, se haya comprometido a presentar y haya sido puntuada en la valoración que ha servido de base para adjudicar el concurso.
14. PERFECCION Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
14.1 El contrato se perfeccionará mediante la adjudicación realizada por el órgano de contratación.
14.2 El documento administrativo o en su caso, la escritura pública, si es solicitada por el contratista, de formalización del contrato y constitución de fianza, se otorgará dentro de los treinta (30) días siguientes al recibo de la notificación de la adjudicación definitiva, constituyendo dicho documento título suficiente para poder acceder a cualquier registro público. Simultáneamente con la firma del contrato, deberá ser firmado por el
adjudicatario el Pliego de Cláusulas Administrativas particulares incorporado al mismo.
14.3 El adjudicatario, en caso de haberse formalizado el contrato en escritura pública, deberá entregar dos copias simples y una copia autorizada del citado documento, dentro de los veinte días siguientes a su otorgamiento, y siempre antes del abono de la primera certificación de obra.
14.4 Todos los gastos derivados de la formalización del contrato serán a cargo del adjudicatario.
14.5 Si por causas imputables al adjudicatario no pudiera formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, se podrá acordar la resolución del mismo según los términos y el procedimiento previsto en el artículos 192 y siguientes de la Ley de Contratos del Sector Público.
15. FACULTADES DE MODIFICACIÓN Y SUSPENSIÓN DEL CONTRATO.-
15.1 Una vez perfeccionado el contrato, sólo se podrá modificar los elementos que lo integran por razón de interés público cuando sean debidas a la aparición de nuevas necesidades o a causas imprevistas, justificándolo debidamente en el expediente, formalizando dichas modificaciones con arreglo a lo dispuesto en el artículo 192 y siguientes de la Ley de Contratos del Sector Público.
15.2 Se podrá acordar la suspensión del contrato de acuerdo con lo establecido en los artículos 203 de la ley de Contrato del Sector Público.
16. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.-
16.1 Gastos exigibles.
Son de cuenta del adjudicatario, los gastos derivados de la posible modificación del planeamiento, los gastos del proyecto técnico y la dirección facultativa, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y de adjudicación, de la formalización del contrato, así como de las tasas por prestación de los trabajos facultativos de replanteo, dirección, inspección, liquidación, licencia de obras y cualesquiera otras que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen, además de los que sean preceptivos para la entrega debidamente legalizada de las instalaciones. Asimismo vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son los generales, seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, el IVA y cualesquiera otros que pudieran establecerse o notificarse durante la vigencia del contrato.
16.2. Instalaciones, conservación y vigilancia
El adjudicatario tendrá la obligación de colocar, a su cargo, carteles oficiales
informativos de la obra, siguiendo los modelos e instrucciones del DESDE
ARAHAL,S.L., que deberá aprobar cualquier tipo de cartel así como su emplazamiento antes de su colocación.
El adjudicatario está obligado a instalar, a su xxxxx, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debido a la marcha de aquéllos, tanto en dicha zona como en sus lindes o inmediaciones, así como las órdenes a que se refiere la Cláusula 23 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para la Contratación de Obras del Estado.
16.3 Cumplimiento del plazo y penalidades por xxxx.
Los plazos parciales indicados, en su caso, en el Anexo I obligan al adjudicatario de igual forma que el plazo total, salvo que en dicho apartado se indique lo contrario.
Si la prestación del servicio sufriera un retraso en su ejecución, y siempre que el retraso en el mismo no fuera imputable al adjudicatario y éste ofreciera cumplir sus compromisos, se concederá un plazo que será, por lo menos, igual al tiempo perdido, a no ser que el contratista pidiese otro menor. La solicitud deberá ser, en todo caso, informada por la Dirección Facultativa y la Propiedad.
Si el adjudicatario incurriese en demora respecto de los plazos parciales de tal forma que haga presumir fundadamente la imposibilidad de incumplir el plazo final o este quedase incumplido, por causas que le sean imputables, se podrá acordar la resolución del contrato de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 192 y siguientes de la Ley de Contratos del Sector Público.
Para el caso de que proceda la imposición de penalidades, se estará a lo establecido en el artículo 192 y siguientes de la Ley de Contratos con el Sector Público.
16.4 Seguros
El adjudicatario está obligado, en su caso, una vez firmado el contrato e iniciada la prestación del servicio, a suscribir las pólizas de seguros que se indican en el Anexo X xxx Xxxxxx, por los conceptos, cuantías, coberturas, duración y condiciones que se establecen en el mismo y acreditar su constitución presentando copia de las mismas junto con la documentación exigida en la Cláusula 13 de este Pliego y en el plazo que en ella se indica.
16.5 Obligaciones laborales y sociales. Riesgos laborales.
El adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social, de Prevención de Riesgos Laborales, de Integración social de minusválidos, de Seguridad e Higiene en el Trabajo y de Ordenación de la Edificación, así como de las que se promulguen durante la prestación del servicio.
La empresa adjudicataria queda obligada y se compromete a cumplir la normativa legal vigente en materia de Prevención de Riesgos Laborales, Ley 31/95 de 8 de noviembre, así como los Reales Decretos y las Directivas de la CEE vigentes en dicha materia y de aplicación al desarrollo de este contrato referido tanto a los trabajadores que emplee, como a los medios materiales y equipos propios que pudiese adquirir y que se utilicen en la prestación del servicio, queden o no en propiedad DESDE ARAHAL, S.L. una vez finalice el período de vigencia del contrato. Esta obligación se extenderá igualmente a las empresas con las que la adjudicataria subcontrate la realización de cualquier parte del objeto del contrato.
16.6 Plan de seguridad y salud.
En aplicación del estudio de seguridad y salud o, en su caso, del estudio básico, según proceda, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, el contratista elaborará un plan de seguridad y salud en el trabajo en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en el estudio o estudio básico, en función de su propio sistema de ejecución de la obra.
El plan de seguridad y salud deberá ser aprobado por DESDE ARAHAL,S .L. antes del inicio de la obra, con el correspondiente informe del coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, o del director facultativo, en su caso.
En todo caso, respecto del plan de seguridad y salud en las obras de construcción se estará a lo dispuesto sobre el mismo en el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre.
16.7 Del programa de Trabajo.
El adjudicatario, en el plazo de 30 días desde la aprobación del proyecto, habrá de someter a la aprobación del órgano de contratación, de acuerdo con el., el programa para su realización, en el que habrán de especificarse los plazos parciales y fechas de terminación de las distintas fases de la prestación de servicios a ejecutar, determinándose con su importe en euros el volumen a realizar en cada período.
Cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales, el adjudicatario queda obligado a la actualización y puesta al día del programa de trabajo.
16.8 Seguimiento de la obra y control de calidad.
La dirección facultativa de las obras y como control de calidad de éstas, podrá ordenar que se verifiquen los estudios, ensayos, controles y análisis de materiales, instalaciones y unidades de obra que considere necesarios, por laboratorios homologados en cada especialidad, hasta un porcentaje del 1% del presupuesto de adjudicación, con exclusión del IVA, cantidad que será a cuenta del adjudicatario y se detraerá de todas y cada una de las certificaciones de obra por dicho concepto.
17. REDACCIÓN DEL PROYECTO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO.-
La ejecución del Contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista y éste no tendrá derecho a indemnizaciones salvo en casos de fuerza mayor, considerándose como tales los enumerados en el artículo 105 ley de Contrato del Sector Público.
17.1 Plazo de ejecución.
El plazo de ejecución del contrato será el que figura en el Anexo I del presente pliego, o el expresado en la oferta del adjudicatario, si éste hubiese propuesto uno menor, cuando se admita redacción de plazo, siendo los plazos parciales de la prestación del servicio los que, en su caso, se fijen como tales en la aprobación del programa de trabajo.
El cómputo del plazo de la prestación del servicio se iniciará a partir del día siguiente al de la firma del contrato.
17.2. Aprobación e interpretación el proyecto.
El adjudicatario será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle, así como de las consecuencias que se deduzcan para DESDE ARAHAL, S.L.. o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
El adjudicatario presentará el proyecto al Órgano de Contratación para su supervisión, si procede, aprobación y comprobación. Si DESDE ARAHAL,S.L. apreciare defectos o referencias de precios inadecuados en el proyecto requerirá su subsanación del adjudicatario en los términos previstos en el 286 de la Ley de Contratos del Sector Público.
Corresponde a la Dirección Facultativa la interpretación técnica del proyecto y la facultad de dictar las órdenes para su desarrollo.
17.3. Dirección facultativa.
DESDE ARAHAL, S.L., a través de la Dirección Facultativa designada por el adjudicatario al efecto, efectuará la inspección, comprobación y vigilancia para la correcta realización de la obra ejecutada, ajustándose a lo dispuesto en las cláusulas 4 y 21 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación de obras del Estado. El adjudicatario se compromete a prestar la debida asistencia de sus Técnicos a la Dirección Facultativa.
Será misión exclusiva de la Dirección Facultativa la comprobación de la realización de la obra, según el Proyecto; de sus instrucciones en el curso de la ejecución, se realizarán todos los replanteos parciales que la Dirección Facultativa o la Propiedad requieran.
El adjudicatario guardará y hará guardar las consideraciones debidas al personal de la Dirección, que tendrá libre acceso a todos los puntos de trabajo y almacenes de materiales destinados a la obra para su previo reconocimiento.
La Dirección Facultativa podrá ordenar, con carácter de urgencia, la ejecución de los trabajos necesarios en los casos de peligro inminente o de obstáculos imprevistos. El adjudicatario deberá ejecutar tales trabajos sin perjuicio de que la Dirección Facultativa promueva posteriormente el reglamentario expediente para la habilitación de crédito adicional.
Durante la ejecución del contrato, el adjudicatario asumirá sus responsabilidades inherentes a la ejecución de los trabajos y al control y vigilancia de materiales y obras que ejecute conforme a las instrucciones, de obligado cumplimiento, dadas a través del facultativo designado para la dirección e inspección de las obras.
17.4. Comprobación del replanteo.
Dentro del plazo señalado en el contrato, que no puede ser superior a un mes, salvo casos excepcionales justificados, contado desde la aprobación del proyecto, se efectuará la comprobación del replanteo efectuado por el redactor del proyecto técnico, en el que intervendrán el contratista o su representación legal, la Propiedad y el Director Facultativo de la obra, extendiéndose Acta que deberá ser firmada por todos los asistentes.
Si el resultado de la comprobación confirma la idoneidad y viabilidad del proyecto, así como la disponibilidad de los terrenos, el director de la obra dará autorización para su comienzo, lo que tendrá lugar el día siguiente a la fecha del Acta. La autorización constará en el Acta.
En el caso de discrepancia, se suspenderá la iniciación de la obra, quedando obligado el Director Facultativo a dar cuenta inmediata al DESDE ARAHAL, S.L. que resolverá lo que proceda. En tanto sea dictada la Resolución, las obras se considerarán suspendidas. Desaparecida la causa que motivó el no inicio, el Órgano de Contratación dictará la Resolución correspondiente, que se notificará fehacientemente al adjudicatario.
17.5 Responsabilidad por daños y perjuicios que se originen.
Durante la ejecución de las obras proyectadas y de los trabajos complementarios necesarios para la realización de las mismas, el adjudicatario será responsable de todos los daños y perjuicios directos o indirectos que puedan ocasionar a cualquier persona, propiedad o servicio público o privado, como consecuencia de los actos, omisiones o negligencias del personal a su cargo, o de una deficiente organización de los trabajos.
De acuerdo con el párrafo anterior el adjudicatario deberá proceder de manera inmediata a indemnizar y reparar de forma totalmente satisfactoria todos los daños y perjuicios, imputables a él, ocasionados por personas, servicios o propiedades públicas o privadas.
17.6 Suspensión de la prestación del servicio
Si el DESDE ARAHAL, S.L. acordase la suspensión del servicio, y tenga ésta el carácter de Temporal-Parcial, Temporal-Total o Definitiva, se deberá levantar el correspondiente Acta de Suspensión.
17.7 Modificación de la prestación del servicio.
El Órgano de Contratación podrá acordar, una vez perfeccionado el contrato y por razones de interés público, modificaciones en el proyecto cuando sean consecuencia de necesidades nuevas o de causas imprevistas, justificándolo en el expediente.
Serán obligatorias para el adjudicatario las modificaciones en el contrato de prestación de servicios que, con arreglo a lo establecido en el artículo 202 de la Ley 30/2007., produzcan aumento, reducción o supresión o sustitución de alguna de las partidas por otra, siempre que ésta sea una de las comprendidas en el contrato. En caso de supresión o reducción de obras, el adjudicatario no tendrá derecho a reclamar indemnización alguna, sin perjuicio de lo que se establece en el artículo 198 xxx Xxx Contrato del Sector Público.
Cuando las modificaciones supongan la introducción de partidas no comprendidas en el proyecto o cuyas características difieran sustancialmente de ellas, los precios de aplicación de las mismas serán fijados, a la vista de la propuesta del director facultativo o de las observaciones del adjudicatario en trámite de audiencia, por plazo mínimo de tres días hábiles. Si éste no aceptase los precios fijados, el órgano de contratación podrá contratarlas con otro empresario en los mismos precios que hubiese fijado o ejecutarlas directamente. La contratación con otro empresario podrá realizarse por el procedimiento negociado sin publicidad siempre que su importe no exceda del 20 por 100 del precio primitivo del contrato.
La tramitación de los modificados se efectuará de acuerdo con lo establecido en el artículo 202 de la Ley 30/2007 y con lo previsto en el pliego de prescripciones técnicas.
18. ABONO DEL PRECIO DEL CONTRATO.-
18.1.- El pago del precio del remate y sus variaciones legales (revisión de precios y modificaciones objetivas) se efectuará:
1. Un diez por ciento del importe de la licitación cuando se presente el correspondiente proyecto técnico para su tramitación de licencia.
2. Un diez por ciento de la licitación cuando se obtenga la licencia de obras.
3. Un setenta y cinco por ciento contra certificaciones de obra expedidas mensualmente por la dirección facultativa correspondiente a las naves a ejecutar y proporcionalmente a las mismas.
4. Un cinco por ciento cuando los contratos de compraventa de las naves objeto de este contrato sean elevados a escritura pública.
En todo caso serán aplicables los arts. 200 de la Ley de Contratos del Sector Público, siendo transmisibles los derechos de cobro de acuerdo con lo establecido en el art. 201 del citado texto legal.
18.2.- La medición de los trabajos efectuados se llevará a cabo por la dirección facultativa. Con el visto bueno del representante de la sociedad, en el plazo de 5 días desde la reunión de la notificación.
18.3.- El contratista tendrá derecho a percibir abonos a cuenta sobre su importe por las operaciones preparatorias realizadas.
18.4.- En la revisión de precios se estará a lo especificado en el anexo I de este pliego, todo ello de conformidad con los artículos 75 y siguientes de la ley de Contratos con el Sector Público.
19.- CONCLUSIÓN DEL CONTRATO.-
19.1 Restitución final del terreno
Las zonas afectadas por las obras realizadas durante la prestación del servicio, y no ocupadas por éstas, se restituirán por el contratista a su situación inicial antes de las mismas.
19.2 Recepción
El adjudicatario, con una antelación mínima de 45 días hábiles, comunicará por escrito a la dirección de la obra la fecha prevista para la terminación de las obras comprendidas en la prestación del servicio, a efectos de que pueda realizarse su recepción.
Si las obras se encuentran en buen estado y con arreglo a las prescripciones previstas, el Personal Técnico designado por DESDE ARAHAL, S.L. , las dará por recibidas, levantándose el correspondiente Acta por triplicado, quedando un ejemplar en poder del adjudicatario, otro en el del Director Facultativo, y el tercero en poder del DESDE ARAHAL, S.L. y comenzando a contar desde esta fecha el plazo de garantía.
Cuando las obras no se hallen en estado de ser recibidas, se hará constar así en el Acta, y el Director Facultativo de las mismas señalará los defectos observados y detallará las instrucciones precisas, fijando un plazo para remediar aquellas. Si transcurrido dicho plazo el adjudicatario no lo hubiese efectuado, podrá concedérsele otro plazo improrrogable o declarar resuelto el contrato, por causas imputables al adjudicatario.
19.3 Plazo de garantía.
El plazo de garantía comenzará a contar desde la fecha de la recepción y será el indicado en el Anexo I de este Pliego.
Transcurrido este plazo sin que se haya manifestado ningún daño o perjuicio, quedará totalmente extinguida la responsabilidad del contratista.
19.4 Certificación final de obra
Dentro del plazo de dos meses a contar desde la fecha del Acta de Recepción el órgano de contratación deberá aprobar la certificación final de las obras ejecutadas que será abonada al adjudicatario a cuenta de la liquidación del contrato.
Dentro del plazo de quince días anteriores al cumplimiento del plazo de garantía, el director facultativo de la obra, de oficio o a instancia del contratista,
redactará un informe sobre el estado de las obras. Si éste fuera favorable, el adjudicatario quedará relevado de toda responsabilidad, salvo de la responsabilidad por vicios ocultos establecida en Legislación de los Contratos del Sector Público, procediéndose a la devolución o cancelación de la garantía. La liquidación del contrato se producirá cuando se eleven a público los contratos de compraventa de las naves producto de esta prestación de servicios.
En el caso de que el informe no fuera favorable y los defectos observados se debiesen a deficiencias en la ejecución de la obra y no al uso de lo construido, durante el plazo de garantía, el director facultativo procederá a dictar las oportunas instrucciones al adjudicatario para la debida reparación de lo construido, dándole un plazo para ello durante el cual continuará encargado de la conservación de las obras, sin derecho a percibir cantidad alguna por ampliación del plazo de garantía.
19.5 Devolución y cancelación de la garantía definitiva.
Aprobada la liquidación del contrato, que se producirá cuando se eleven a público los contratos de compraventa de las naves producto de esta prestación de servicios, si no resultasen responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía y transcurrido el plazo de la misma, se dictará acuerdo de devolución de aquélla o de cancelación del aval.
Transcurrido un año desde la fecha de terminación del contrato sin que la recepción formal y la liquidación hubiesen tenido lugar por causas no imputables al adjudicatario, se procederá a la devolución o cancelación de la garantía, siempre que no se hayan producido las responsabilidades a que se refiere el artículo 90 de la Ley de Contratos del sector público.
19.6 Resolución del Contrato.
Son causas resolución del contrato, las generales enumeradas en el artículo 111, las específicas del contrato prestación de servicios enumeradas en la Ley Contrato de Sector Público y las que para este contrato establece expresamente DESDE ARAHAL, S.L. que se enumeran a continuación:
a) La manifiesta incompetencia en la prestación del servicio.
b) El incumplimiento de los requisitos de calidad consignados en el proyecto.
En tales casos el Director Facultativo viene obligado a dar cuenta por escrito al DESDE ARAHAL, S.L. de las anomalías producidas que, después de su comprobación en expediente sumario, resolverá.
En cuanto a la falta de presentación del proyecto en el plazo convenido, o al incumplimiento del plazo para la subsanación de los defectos de que en su caso adolezca, se estará a lo dispuesto en el art. 206 y siguientes de la Ley de Contratos del Sector Público.
La resolución del contrato por causas imputables al adjudicatario determinará automáticamente la incautación de la garantía definitiva, debiendo el adjudicatario, además, indemnizar al DESDE ARAHAL, S.L. los daños y perjuicios ocasionados en lo que exceden del importe de la garantía incautada.
Acordada la resolución del contrato, el adjudicatario deberá cesar en la prestación del servicio, abandonar la obra y retirar las instalaciones auxiliares y el equipo aportado a la ejecución de la misma, en el plazo que al efecto se fije por la Dirección de obra.
La resolución del contrato dará lugar a la comprobación, medición y liquidación de los trabajos realizados con arreglo a lo establecido en el punto 18.1, fijando los saldos pertinentes a favor o en contra del adjudicatario.
Las resoluciones que dicte DESDE ARAHAL, S.L. serán motivadas notificándose al adjudicatario interesado por cualquiera de los medios procedentes en derecho.
Cuando la resolución del contrato lleve implícita la incautación de la garantía definitiva y ésta hubiera sido constituida por un tercero, será éste notificado de la decisión adoptada, estándose a lo dispuesto en el artículo 83 de la Ley de Contrato con el Sector Público. Dicha notificación no afecta a las responsabilidades derivadas del contrato.
20. RESPONSABILIDADES CONTRACTUALES.-
20.1 El adjudicatario responderá civil y, en su caso, penalmente, de los daños causados a la Entidad contratante, como consecuencia de los vicios ocultos de la obra incluida dentro de la prestación del servicio.
21. PRERROGATIVAS DE SOCIEDAD Y JURISDICCIÓN COMPETENTE.-
21.1 El Órgano de Contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente podrá modificar, por razones de interés público, los contratos celebrados y acordar su resolución dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la Ley de Contratos del Estado y su Reglamento.
Los acuerdos que dicte el Órgano de Contratación previo informe del Servicio Jurídico en el ejercicio de sus prerrogativas de interpretación, modificación y resolución serán inmediatamente ejecutivos.
21.2 Las cuestiones litigiosas surgidas sobra la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y contra los mismos habrá lugar a interponer Recurso Contencioso-Administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en el art. 46 de la Ley 29/98, 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o bien recurso potestativo de
reposición ante el órgano de contratación en el plazo de un mes desde el día siguiente a la recepción de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en la Sección 3ª del capítulo II del Título VII de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que estimen procedente.
21.3 Cualquier contradicción o duda que, sobre el contenido o interpretación, pudiera plantearse entre las Cláusulas xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas y las xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares deberán entenderse resueltas en favor de la aplicación preferente de éstas, salvo Resolución en contra. En todo caso se estará a lo dispuesto en el apartado 1 de esta Cláusula.
22. SUBCONTRATACIÓN.-
1. Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos en los términos del artículo 210 Ley Contrato del Sector Público, a cuyos efectos el órgano de contratación deberá resolver en el plazo de 30 días hábiles sobre su procedencia. Igualmente la formalización de la cesión en escritura pública entre el adjudicatario y cesionario deberá efectuarse en el plazo de los 15 días siguientes al de la notificación de la autorización de cesión.
2. Salvo que el contrato disponga lo contrario, o que por su naturaleza y condiciones se deduzca que ha de ser ejecutado directamente por el adjudicatario, podrá éste concertar con terceros la realización parcial del mismo.
La celebración de los subcontratos estará sometida al cumplimiento de los siguientes requisitos:
a) Que en todo caso se dé conocimiento por escrito al DESDE ARAHAL,S.L. del subcontrato a celebrar, con indicación de las partes del contrato a realizar por el subcontratista.
b) La observancia de lo establecido en el punto 7.2.4
En ningún caso podrá concertarse por el adjudicatario la ejecución parcial del contrato con personas inhabilitadas para contratar de acuerdo con el ordenamiento jurídico o comprendidas en alguno de los supuestos del art. 49, de la Ley Contrato del Sector Público, que estén incursas en la suspensión de clasificaciones. A estos efectos, el subcontratista deberá acreditar ante el DESDE ARAHAL, S.L. los requisitos de capacidad necesarios para poder contratar las obras de que se traten.
23. REGIMEN JURIDICO.-
El presente contrato es de carácter administrativo y se regirá por lo establecido en este Pliego, en el que se incluyen los pactos y condiciones definitorias de los derechos y obligaciones que asumirán el órgano de contratación, licitadores y adjudicatarios.
En lo no previsto expresamente en el presente Pliego, en la Ley 30/2007 de 30 de Octubre de 2009, por el que se aprueba el Ley de Contratos del Sector Público, por el Real Decreto 817/2009 de 8 xx Xxxx, por el que se aprueba por el que se desarrolla parcialmente de la Ley 30/2007 de 30 Octubre.
En caso de discrepancia entre el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Proyecto, y cualquier otro documento contractual, prevalecerá lo previsto en este Pliego.
El representante de la empresa , adjudicataria de esta contratación, declara que conoce y acepta en su totalidad el contenido de los pliegos de cláusulas administrativas particulares, técnicas y los anexos que rigen esta contratación, comprometiéndose a su cumplimiento dado su carácter de documentos contractuales.
Arahal a _ de de 2010.
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ANEXOS
ANEXO I. CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO ANEXO II. MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA ANEXO III. MODELO DE AVAL
ANEXO IV. MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
ANEXO V. MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA A NO ESTAR INCURSO EN PROHIBICIONES PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN, DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL Y DE INEXISTENCIA DE DEUDAS DE NATURALEZA TRIBUTARIA EN PERÍODO EJECUTIVO CON DESDE ARAHAL, S.L.
ANEXO VI. DECLARACIÓN RESPONSABLE DE VIGENCIA DE LOS DATOS ANOTADOS EN EL REGISTRO DE LICITADORES DEL AYUNTAMIENTO (DECLARACIÓN DE PRESENTACIÓN OBLIGATORIA EN CADA LICITACIÓN JUNTO CON LA CERTIFICACIÓN DE INSCRIPCIÓN REGISTRAL)
ANEXO VII.- PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS
ANEXO VIII.- DESCRIPCIÓN DE PARCELA
A N E X O I
CARACTERISTICAS DEL CONTRATO
OBJETO DEL CONTRATO
El presente concurso tiene por objeto la adjudicación y posterior desarrollo de un contrato de prestación de servicios para la gestión integrada del proyecto de edificaciones industriales en el Plan Parcial del Sector 6 “Los Pozos” del PGOU de Arahal en las manzanas X00x, X00, X00 y M21b, que aparecen en el plano del Anexo VIII. Se entienden incluidos el proyecto técnico, la dirección facultativa, la gestión financiera, la comercial, servicio jurídico y todas las obras y servicios desde la preparación y ejecución hasta la efectiva terminación de las obras, con el total y efectivo cumplimiento de los requisitos técnicos, legales y reglamentarios. Quedan explícitamente excluidas del ámbito del presente concurso las acciones vinculadas con la adjudicación de las edificaciones que necesariamente será realizada por DESDE ARAHAL, S.L.
Con esta actuación se pretende dotar al tejido empresarial de Arahal de la posibilidad de ubicar sus centros de negocio y actividad en un entorno adecuado para su desarrollo en condiciones ventajosas para aquellos empresarios que por sus características así lo necesitaran.
LICITACIÓN.
El presupuesto base de licitación asciende a DOS MILLONES TRESCIENTOS MIL euros (2.300.000,00 euros) IVA incluido.
REVISIÓN DEL PRECIOS:
No procede revisión de precios.
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
El procedimiento de valoración se iniciará con la asignación de puntuación a cada uno de los apartados contenidos en la tabla B ponderados con los valores de la Tabla A, posteriormente se atenderá a la propuesta económica en la forma y ponderación indicada en la Tabla C:
TABLA A | |
No válido. Sin aportación relevante. | 0 puntos |
Insuficiente. La aportación no alcanza un nivel adecuado. | 1 punto |
Suficiente. La aportación alcanza el nivel adecuado. | 2 puntos |
Óptimo. La aportación incluye elementos de mejora al nivel adecuado. | 3,5 puntos |
Ponderación de los criterios anteriores.
TABLA B | |
Enfoque y contenido | Eyc=9 |
Herramientas de gestión | Hdg=5 |
Equipos de trabajo y medios | Etm=3 |
Referencias | Ref=3 |
La sumatoria parcial así obtenida será considerada como la valoración técnica de la oferta, según la siguiente fórmula: Valoración técnica=9x (enfoque y contenido)+ 5 x (herramientas de gestión)+3 x (equipos y medios)+ (referencias). La valoración técnica máxima que se podrá obtener será de 70 puntos.
Al criterio de “propuesta económica” se podrá asignar un máximo de 30 puntos. A través del siguiente procedimiento:
TABLA C | |
No válido. La propuesta supera en más de un 50 % la media aritmética del resto de ofertas sometidas a valoración en este criterio. La propuesta cabe ser calificada de baja desproporcionada o temeraria. | 0 puntos |
Tercera mejor propuesta, en relación al alcance de asistencia técnica. | 3 puntos |
Segunda mejor propuesta, en relación al alcance de asistencia técnica. | 5 puntos |
Mejor propuesta, en relación al alcance de asistencia técnica. | 7,5 puntos |
La ponderación de la propuesta económica Pec, será igual a 4.
Queda explícitamente excluidas del ámbito del presente concurso las acciones vinculadas con la ADJUDICACIÓN de las edificaciones que necesariamente será realizada por DESDE ARAHAL, S.L. En el caso de que varias ofertas tengan idéntica valoración final, prevalecerá aquélla que obtenga la mejor valoración para el bloque compuesto por los criterios: enfoque y contenido; equipo de trabajo y medios; referencias.
PLAZO DE EJECUCIÓN
a) Plazo total: 18 MESES
b) Plazos parciales:
1. Ejecución de obra: DOCE MESES desde la comprobación del replanteo. Los plazos parciales, correspondientes a los capítulos o fases en que se divida la obra, serán los fijados en la aprobación del programa de trabajo, y se considerarán como plazo máximo de cada uno de ellos.
REDUCCIÓN DE PLAZO DE EJECUCION
No se admite reducción del plazo de ejecución.
SOLVENCIA ECONOMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA
Se estará a lo dispuesto en el apartado 7.3.5. xxx Xxxxxx de condiciones
JEFE DE OBRA
Titulación de Arquitecto o Ingeniero, Técnicos o Superiores.
FIANZAS
Provisional: 2 % del presupuesto del contrato, en los términos del artículo 91, Ley 30/2007 de 30 de Octubre, de Contrato con el Sector Público.
Definitiva: 5 % del importe de adjudicación, en los términos del artículo 83 de la Ley 30/2007 de 30 de Octubre, de Contrato con el Sector Público.
OTRAS ESPECIFICACIONES
Recepción de Ofertas: El plazo de recepción de ofertas será el que se indique en el anuncio de licitación.
Cartel de Obra: Sólo se permitirá el cartel oficial propio de la obra, de acuerdo el modelo facilitado por la Entidad Contratante. Cualquier otro tipo de cartel deberá ser autorizado expresamente por la entidad contratante y en cualquier caso será como máximo de tamaño inferior al 50% del oficial.
ABONOS POR OPERACIONES PREPARATORIAS Y ACOPIOS:
Procede conforme a lo establecido en el LCSP y el RGLCAP.
PLAZO DE GARANTÍA
UN AÑO desde la recepción de la obra, pudiendo el licitador ofertar un plazo superior. No se admitirán recepciones parciales.
PÓLIZAS DE SEGUROS
Las Pólizas de seguros que está obligada a suscribir la empresa adjudicataria son las que se indican a continuación:
- Póliza de seguro de responsabilidad civil durante la ejecución de la obra. Se acepta la que tenga constituida la empresa para cubrir los riesgos derivados de su actividad, siempre que tenga incluidas las siguientes coberturas: De responsabilidad civil de explotación, patronal, cruzada (daños por fondos), subsidiaria de subcontratistas y post-trabajos, o asegurados todos los subcontratistas que intervengan en la ejecución de la obra.
- Póliza de seguro de todo riesgo de la construcción que garantice los riesgos de daños a la obra durante su ejecución. Se establecerá por una suma asegurada igual al importe del presupuesto de contrata. Esta póliza incluirá además un período de mantenimiento amplio de un mínimo de 12 meses y la cobertura adicional de daños a bienes preexistentes y/o adyacentes. Deberá figurar cláusula de cesión de derechos a favor del DESDE ARAHAL, S.L.
ANEXO II
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D./Dña............................................................ con DNI número. en
nombre (propio) o (de la empresa que representa). con
CIF/NIF..................... y domicilio fiscal en..............calle..............................................número..................., de la
localidad de …….., enterado del concurso convocado para la contratación, mediante procedimiento abierto, de la prestación de servicios para la gestión integrada del proyecto de edificaciones industriales en el Plan Parcial del Sector 6 “Los Pozos” del PGOU de Arahal en las manzanas X00x, X00, X00 y M21b, se compromete a tomar a su cargo su ejecución, por un precio de (en letra y número), IVA incluido, todo
ello de acuerdo con lo establecido en los pliegos de prescripciones técnicas y cláusulas administrativas particulares que sirven de base a la convocatoria, cuyo contenido declara conocer y acepta plenamente.
Fecha y firma del licitador.
ANEXO III MODELO DE AVAL
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca)…….……………………..……………………………… CIF ……………
con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en …………………
en la calle/plaza/avenida…………………………C.P. ………………….……y en su nombre (nombre y apellidos de los Apoderados) con
poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo efectuado por XXXXX a:
(nombre y apellidos o razón social del avalado)…………………….……...NIF/CIF………………en virtud de lo dispuesto por: (norma/s y artículo/s que impone/n la constitución de esta garantía) ……………………para responder de las obligaciones siguientes: GARANTIA PROVISIONAL/DEFINITIVA del contrato para la PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA LA GESTIÓN INTEGRADA DEL PROYECTO DE EDIFICACIONES INDUSTRIALES EN EL PLAN PARCIAL DEL SECTOR 6 “LOS POZOS” DEL XXXX XX XXXXXX XX XXX XXXXXXXX X00X, X00,
X00 X X00X por importe de euros:(en letra y en cifra).
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento, con sujeción a los términos previstos en la normativa de contratación de las Administraciones Públicas.
Este aval tendrá validez en tanto que el órgano competente no autorice su cancelación, habiendo sido inscrito en el día de la fecha en el Registro especial de Avales con el
número. (lugar
y fecha) ……….. (razón social de la entidad) (firma de
los Apoderados)
ANEXO IV
MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
Certificado número ........
............................. (en adelante, asegurador), con domicilio en ,
calle…………………, y CIF..…………… debidamente representado por xxx (2)
…………………………con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo efectuado por….. con fecha ……………………………..
ASEGURA
a ……………………….................……………….......NIF/CIF………………………, en concepto de tomador del seguro, ante ………………………en adelante asegurado, hasta el importe de euros ……………………………………… en los términos y condiciones establecidos en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, normativa de desarrollo y pliego de cláusulas administrativas particulares por la que se rige el contrato de prestación de servicios para la gestión integrada del proyecto de edificaciones industriales en el Plan Parcial del Sector 6 “Los Pozos” del PGOU de Arahal en las manzanas X00x, X00, X00 y M21b en concepto de garantía
………………………… para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado.
El asegurado declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el artículo 57.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer r equerimiento, en los términos establecidos en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, y normas de desarrollo.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que DESDE ARAHAL, S.L. autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, y legislación complementaria.
En ……………………………., a ……… de ………………………………….. de ……….
Firma:
Asegurador
ANEXO V
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA A NO ESTAR INCURSOS EN PROHIBICIONES PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN, DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL Y DE QUE NO EXISTEN DEUDAS DE NATURALEZA TRIBUTARIA EN PERÍODO EJECUTIVO CON DESDE ARAHAL, S.L.
D./Dña …………………………………………………….., en nombre y representación de la Sociedad ……………………………………………….., con
C.I.F. ………………
DECLARA:
Que la empresa a la que representa, sus administradores y representantes, así como el firmante, no están incursos en ninguna de las prohibiciones para contratar señaladas en el artículo 20 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 xx xxxxx, en los términos y condiciones previstos en el mismo.
Asimismo, declara que la citada empresa se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, así como no tener deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo de pago, y autoriza a DESDE ARAHAL, S.L. para que, de resultar propuesto como adjudicatario, acceda a la citada información a través de las bases de datos de las Administraciones Públicas con las que haya establecido convenios.
Fecha y firma del licitador.
ANEXO VI
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE VIGENCIA DE LOS DATOS ANOTADOS EN EL REGISTRO DE LICITADORES DESDE ARAHAL, S.L. (DECLARACIÓN DE PRESENTACIÓN OBLIGATORIA EN CADA LICITACIÓN JUNTO CON LA CERTIFICACIÓN DE INSCRIPCIÓN REGISTRAL)
D./D.ª...................................con D.N.I. n.º: .................., en nombre propio o en
representación de la empresa.............................., inscrita en el Registro de
Licitadores con el n.º ..................................., en calidad de
..................................., al objeto de participar en a contratación
denominada convocada
por. , declara bajo su responsabilidad:
A) Que los datos de esta empresa que constan en el Registro de Licitadores no han sido alterados en ninguna de sus circunstancias y que se corresponden con la certificación del Registro que acompaña a esta declaración.
B) Que los datos de esta empresa que constan en el Registro de Licitadores referentes a:
1. ………………………………………………………………………….
2. ………………………………………………………………………….
3. ………………………………………………………………………….
han sufrido alteración según se acredita mediante los documentos que se adjuntan a la presente declaración y que estos extremos han sido comunicados al Registro con fecha ............................................, manteniéndose el resto de los datos sin ninguna alteración respecto del contenido de la certificación del Registro.
En ................................., a ....... de de 2010.
Sello de la empresa y firma autorizada Firmado:
Nota: Las opciones A) y B) son incompatibles entre sí; señale solamente la que corresponda. Esta declaración deberá ser emitida por cualquiera de los representantes con facultades que figuren inscritos en el Registro de Licitadores.