Contract
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA PARA LA SEDE DEL PARLAMENTO DE ANDALUCÍA Y DE LA XXXXXX XX XXXXXXX DE ANDALUCÍA.
1.- OBJETO XXX XXXXXX.
El objeto de este Pliego es la determinación de las condiciones que han de regir para la contratación del suministro de energía eléctrica a una Compañía Comercializadora de electricidad para la sede del Parlamento de Andalucia y de la Xxxxxx xx Xxxxxxx de Andalucía.
Las instalaciones relacionadas son de titularidad del Parlamento de Andalucia y en ellas se cumplen los requisitos establecidos en la Ley del Sector Eléctrico para su clasificación como Consumidores Cualificados.
2.- CARACTERÍSTICAS DEL SUMINISTRO.
- Tensión de suministro 20.000 V.
- Consumo anual estimado: 2.185.764 GWh/anuales
- Potencia a contratar por periodos. En la tabla siguiente se presenta la potencia a contratar en cada uno de los seis períodos tarifarios definidos en la legislación vigente, por la que se establecen las tarifas de acceso a redes.
POTENCIA A CONTRATAR (kW.) | |||||
Período 1 | Período 2 | Período 3 | Período 4 | Período 5 | Período 6 |
848 | 1.080 | 1.080 | 1.080 | 1.080 | 1.080 |
- Segunda línea con igual potencia contratada y total disponibilidad en tiempo y potencia.
- Equipo de medida único para las dos líneas.
3.- CONSUMO ACTUAL
- En tabla inferior se relacionan los valores de consumos reales de energía activa por meses y periodos tarifarios durante los últimos doce meses.
CONSUMOS ELÉCTRICO KW/H | ||||||
Periodo 1 | Periodo 2 | Periodo 3 | Periodo 4 | Periodo 5 | Periodo 6 | |
enero | 51.962,00 | 68.888,00 | 64.152,00 | |||
febrero | 51.499,00 | 70.092,00 | 61.759,00 | |||
marzo | 29.529,00 | 67.769,00 | 65.788,00 | |||
abril | 78.551,00 | 59.548,00 | ||||
mayo | 110.026,00 | 68.303,00 | ||||
junio | 42.065,00 | 29.998,00 | 32.860,00 | 34.181,00 | 70.342,00 | |
julio | 76.817,00 | 55.923,00 | 69.920,00 | |||
agosto | 193.106,00 | |||||
septiembre | 63.977,00 | 69.072,00 | 73.043,00 | |||
octubre | 111.857,00 | 67.614,00 | ||||
noviembre | 34.223,00 | 71.343,00 | 66.523,00 | |||
diciembre | 43.235,00 | 58.585,00 | 73.214,00 | |||
Consumo año/periodos | 265.578,00 | 283.486,00 | 160.589,00 | 242.365,00 | 300.434,00 | 933.312,00 |
Consumo año Kw/h | 2.185.764,00 |
El adjudicatario está obligado a realizar el suministro de la totalidad de la energía eléctrica durante el tiempo de la duración del contrato y de sus prórrogas, aunque estos consumos difieran de las cantidades expresadas en el cuadro anterior.
4.- MODALIDAD DEL CONTRATO
El contrato de suministro eléctrico será, a través de un comercializador autorizado, en la modalidad de precio fijo del Kwh en los diferentes periodos horarios, las ofertas fijarán el coste del Kwh al que el adjudicatario se compromete a prestar el suministro.
Para evaluar su coste se tendrán en cuenta los siguientes puntos:
4.1 En los precios ofertados estarán incluidos los siguientes conceptos:
- El coste de unidad de la energía consumida, conceptos considerados en el Real Decreto en vigor en el periodo del presente contrato.
- Las tarifas de acceso y peaje a las redes de transporte y distribución aprobadas para los períodos de vigencia del contrato.
- El complemento sobre el valor de la energía en concepto de Moratoria Nuclear.
- El impuesto especial sobre la electricidad.
- La garantía de potencia.
- Los servicios complementarios.
- Costos de verificación.
No están incluidos los siguientes conceptos.
- El precio del término de potencia contratada que será el fijado en los precios regulados por las tarifas de acceso establecidas en la normativa vigente.
- Recargo por exceso de potencia.
- Recargo por energía reactiva.
- Costes de alquiler de xxxxxxxx.
4.2 Los equipos de medida, que deberán cumplir los requerimientos del Reglamento de Puntos de Medida y sus Instrucciones Técnicas Complementarias, serán propiedad de la adjudicataria.
La instalación y verificación del Equipo de Medida correrá a cargo de la Compañía Comercializadora.
El Parlamento pondrá a disposición del adjudicatario una línea telefónica para su utilización en la telemedida.
5.- CALIDAD DEL SUMINISTRO
El suministro de energía eléctrica se efectuará cumpliendo con los niveles mínimos de calidad reglamentariamente establecidos en lo relativo a continuidad del suministro y calidad de onda, comprometiéndose el Comercializador a promover la incorporación de tecnología avanzadas en la medición y para el control de la calidad de suministro.
En caso de incumplimiento de los niveles mínimos de calidad reglamentaria establecidos, serán de aplicación las bonificaciones y descuentos que contemple la reglamentación en vigor.
6.- VARIACIÓN DE PRECIO POR CAMBIOS EN LA TARIFA DE ACCESO, EXCESOS DE POTENCIA Y ENERGÍA REACTIVA.
La tarifa de acceso que se aplique responde, por su calidad de regulada, a los términos vigentes en la fecha de contratación. Cualquier variación en dicha tarifa o en las tasas,
recargos o impuestos que gravan el suministro eléctrico que pudiera aprobarse por la Administración a partir de la firma del contrato será trasladada a los precios contratados, en la medida que resulten de aplicación.
Asimismo, se modificará el precio por las resoluciones de la Administración que afecten a la tarifa aplicable.
Los términos de potencia y energía reactiva se facturarán según esté establecido en las tarifas de acceso aprobadas por la Administración.
7.- DURACIÓN DEL CONTRATO
La duración de este contrato será de 2 años.
8.- PRECIOS UNITARIOS MÁXIMOS DEL TÉRMINO DE ENERGÍA
Los precios unitarios máximos “céntimos de euro/Kwh” aplicados a la energía activa consumida en los seis periodos de facturación.
Periodo 1 21,9271 céntimos de euro/kw/Hora
Periodo 2 17,4030 céntimos de euro/kw/Hora
Periodo 3 14,0746 céntimos de euro/kw/Hora
Periodo 4 11,5260 céntimos de euro/kw/Hora
Periodo 5 10,3065 céntimos de euro/kw/Hora
Periodo 6 7,6441 céntimos de euro/kw/Hora
Estos precios unitarios incluyen el impuesto de la electricidad, en la actualidad 5,113 %.
Las ofertas se formularán según el modelo existente en el pliego de cláusulas administrativas particulares.
9.- FACTURACIÓN
La empresa Adjudicataria emitirá mensualmente una única factura correspondiente al 100% del consumo producido. Serán facilitados a los servicios técnicos del Parlamento de Andalucía por medio de acceso via web los datos del suministro de energía eléctrica que contengan la información desglosada de cada factura en los términos siguientes:
1) El precio ofertado multiplicado por el consumo de Kwh registrado en cada período mensual, constituirá el importe total de la energía suministrada y facturada durante ese período.
2) Al costo de la energía suministrada será sumado el resultado de multiplicar el precio del costo unitario de Kwh, por la potencia contratada por periodo.
3) Recargo por exceso de potencia.
4) Recargo por energía reactiva.
5) Costos de medición.
10.- CONTINUIDAD DEL SUMINISTRO
Al terminar el contrato, la empresa adjudicataria que lo finaliza, estará obligada a continuar con el suministro eléctrico, en las mismas condiciones, hasta que se efectúa la incorporación de la nueva empresa comercializadora
11.- MANTENIMIENTO
La empresa adjudicataria asumirá el mantenimiento y las reparaciones de los equipos de medida, líneas y sistemas de comunicación, incluyendo las verificaciones sistemáticas obligatorias que determine el operador del sistema.