PLIEGO DE CONDICIONES PARA EL CONTRATO MIXTO DE SERVICIO DE TAQUILLA, LIMPIEZA Y CONCESIÓN DE SERVICIO DE BAR DE LAS INSTALACIONES DE LAS PISCINAS MUNICIPALES DE SANTACARA. TEMPORADA 2019
XXXXX XXXX XXXXXXXXX XXXX (1 de 1) EL ALCALDE
Fecha Firma: 07/05/2019
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PLIEGO DE CONDICIONES PARA EL CONTRATO MIXTO DE SERVICIO DE TAQUILLA, LIMPIEZA Y CONCESIÓN DE SERVICIO DE BAR DE LAS INSTALACIONES DE LAS PISCINAS MUNICIPALES DE SANTACARA. TEMPORADA 2019
El Ayuntamiento de Santacara anuncia pública subasta para la adjudicación del servicio de bar, limpieza y mantenimiento de las piscinas municipales durante la temporada 2019, que comprenderá desde el día 12 xx xxxxx hasta el día 12 de septiembre, ambos incluidos
La explotación del bar de las instalaciones, objeto de este contrato, será a riesgo y xxxxxxx del arrendatario.
1. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
El contrato se adjudicará en virtud del Régimen especial para contratos de menor cuantía en virtud del artículo 81 de la Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx, de Contratos Públicos.
2. VALOR DE LICITACIÓN
El adjudicatario se hará cargo de la explotación del servicio de bar en las condiciones indicadas en el punto 6.1 del presente pliego, para lo cual hará uso de las instalaciones municipales.
El adjudicatario atenderá los trabajos de control, vigilancia y limpieza del conjunto de la instalación, así como del control de accesos y venta de entradas diarias, atendiendo a lo dispuesto en el punto 6.2. Por todo lo anterior el Ayuntamiento de Santacara hará un aportación máxima total de
1.500 € que el adjudicatario podrá facturar a final de temporada o de forma fraccionada.
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El precio de adjudicación será el ofertado por el licitador, que en ningún caso será inferior del valor de la licitación
3. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
Las propuestas se presentarán en las oficinas del Ayuntamiento de Santacara, en sobre cerrado, antes de las 12:00 horas del día 20 xx xxxx de 2019. La apertura de propuestas se realizará en acto público en el Salón de Plenos del Ayuntamiento a partir de las 13:00 horas del mismo día 20 xx xxxx. Las propuestas se presentarán al alza sobre un precio base de 1 euro para toda la temporada, no admitiéndose ofertas inferiores.
La presentación de proposiciones supone la aceptación de las condiciones de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con el Ayuntamiento de Santacara.
No podrán tomar parte en este concurso todas aquellas personas que tengan deudas pendientes con el Ayuntamiento de Santacara por cualquier
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concepto. El Ayuntamiento podrá decidir por la persona que estime más idónea para la conservación de las instalaciones y rechazar todas o alguna de las ofertas.
4. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
Finalizada la subasta se realizará propuesta de adjudicación a favor de la mejor oferta entre las presentadas, pudiendo también declarar desierta la subasta. Los empates se resolverán por sorteo.
El alcalde realizará la adjudicación definitiva una vez constituida la fianza, y presentación de documentación que acredite el alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) Si no se cumpliera alguno de estos requisitos en el plazo requerido, el Ayuntamiento procederá a la adjudicación del contrato a la siguiente mejor oferta, dejando sin efecto la primera adjudicación.
5. FIANZA
El adjudicatario presentará fianza en metálico de 500 €, en garantía del cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, que le será devuelta a la finalización del mismo previa comprobación de su correcta ejecución y del adecuado estado de las instalaciones, mobiliario, vajilla y enseres.
6. DERECHOS Y DEBERES DEL ADJUDICATARIO
6.1. Respecto del SERVICIO DE BAR:
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a) Prestar el servicio en las debidas condiciones de higiene y limpieza, que deberán mantenerse durante la totalidad del tiempo de funcionamiento, que será el horario de apertura de las piscinas, de 11:00 a las 21:00 horas, con las excepciones señaladas. Tanto el adjudicatario como el personal que pudiera emplearse deberán estar en posesión del CARNET DE MANIPULADOR DE ALIMENTOS.
b) Realizar la limpieza diaria de la zona del bar y terraza y la limpieza general de la zona de los asadores.
c) Ofrecer a los usuarios los productos y servicios propios de la actividad de bar, incluyendo bebidas, refrescos, chucherías y productos envasados. Se le permite además usar las instalaciones de cocina para dispensar comidas. La zona de los asadores podrá ser usada por el público en las condiciones que señale el Ayuntamiento.
d) Vigilar que las bebidas y comidas que se sirvan se consuman exclusivamente en la zona de bar y terraza, impidiendo que los usuarios las trasladen a la zona de baño.
e) Prestar el servicio de heladería, siendo de cuenta del adjudicatario la contratación de la empresa suministradora de los helados. En el supuesto
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de robo, hurto o daños en las mercancías o en las cámaras frigoríficas el Ayuntamiento queda eximido de cualquier responsabilidad.
f) El Ayuntamiento proporciona la vajilla básica para el ejercicio de la actividad, pudiendo el adjudicatario complementarla si lo considera oportuno.
g) Velar por la correcta y cuidadosa utilización de los elementos y mobiliario del bar, tales como televisor, cámaras, cafetera, máquina de hielo, sillas y mesas, sombrillas etc. El adjudicatario será responsable de los daños y desperfectos que se aprecien en tales elementos, salvo que identifique y denuncie al Ayuntamiento a los autores de tales daños.
A tal fin, al inicio de la temporada se realizará un inventario de todos los elementos, mobiliario, vajilla e instalaciones, que suscribirán el adjudicatario y un representante municipal. Al final de la temporada se revisará el mismo a los efectos indicados en el apartado anterior. En el supuesto de robo, hurto o daños en las mercancías o en las cámaras frigoríficas el Ayuntamiento queda eximido de cualquier responsabilidad.
h) El adjudicatario será responsable directo de las instalaciones, debiendo comunicar al Ayuntamiento cualquier incidencia o anomalía. También será responsable el adjudicatario de las mercancías, de los enseres de su propiedad y de los productos que haya en las cámaras frigoríficas, quedando eximido el Ayuntamiento de cualquier responsabilidad en caso de robo, hurto o daños producidos en las mismas.
6.2. Respecto de las INSTALACIONES DEPORTIVAS:
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a) Realizar la LIMPIEZA diaria de las instalaciones: tanto de los Vestuarios como del Césped (retirando posibles desperdicios), tratamiento de Lavapiés y Pediluvios contra los hongos, debiendo permanecer todo ello en perfecto estado de uso.
b) Mantener la VIGILANCIA de las instalaciones (vestuarios y césped) con el fin de asegurar su correcto uso y respeto por parte de los bañistas y usuarios y controlar el cumplimiento de los horarios de apertura y cierre: el horario general de las instalaciones es de 11:00 a 21:00 horas durante toda la temporada.
c) Realizar la venta de entradas diarias, según las tarifas que le entregue el Ayuntamiento y presentar semanalmente en las oficinas municipales un estadillo de las entradas vendidas, con su numeración e importe. Podrá exigir si lo cree conveniente, la entrada o carnet de abonado a los usuarios en cualquier momento.
d) En caso de programarse actividades infantiles durante las fiestas los horarios deberán adaptarse al evento concreto. Los días 14 y 15 de
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agosto las instalaciones de las Piscinas (incluido el Bar) permanecerán cerradas.
e) No se permitirá el depósito de botellas, vasos, cristales ni otros objetos en todo el recinto deportivo, siendo el adjudicatario responsable de vigilar esta circunstancia y hacer que se cumpla. No se permitirá fumar en todo el recinto de las piscinas, a excepción de la terraza del bar.
6.3. Respecto del FUNCIONAMIENTO DE LOS ASADORES:
a) Horario de funcionamiento: la zona de asadores y el bar deberán permanecer abiertos durante el horario de apertura de las piscinas, aunque podrá prolongarse su apertura hasta las 22:00 horas de Lunes a Viernes, y hasta 24:00 los Xxxxxxx, xxxxxxxx, vísperas de fiesta y festivos, en el caso de que haya cenas en los asadores y para servicio a los mismos.
b) El acceso al bar y asadores se realizará por la puerta principal xxx xxxxxxx. Quienes usen exclusivamente al bar o quieran comprar una entrada de día, deberán hacerlo por la puerta principal. Las entradas de día no se venden en las oficinas del Ayuntamiento.
c) El adjudicatario se hará cargo de proporcionar carbón a quien lo solicite, pudiendo cobrar una cuota por servicio. Los usuarios podrán aportar el carbón por su cuenta y queda prohibido en todo caso el uso de xxxx x xx xxxxxxxxxx.
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d) Será obligatorio realizar la limpieza de las mesas, sillas, suelo y demás elementos por los usuarios de los asadores. Al final de cada jornada o antes de la apertura el adjudicatario del bar hará una limpieza y fregado de suelo general.
e) La utilización será por orden de solicitud realizada al encargado del bar, quien llevará para ello una lista para el control del uso.
6.4. Respecto de la EXPLOTACIÓN:
a) Correrán por cuenta del contratista las exacciones fiscales, cargas e impuestos, que de cualquier tipo pudieran gravar la actividad de esta explotación, tanto de ámbito municipal, autonómico o estatal.
b) Todo el personal trabajador por cuenta del adjudicatario/a deberá estar amparado por el correspondiente contrato de trabajo, conforme a la legislación laboral vigente. Dicho personal no adquirirá relación laboral con el Ayuntamiento de Santacara, por entenderse que el mismo depende única y exclusivamente del adjudicatario/a, el cual tendrá todos los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de patrono respecto al citado personal de conformidad con la legislación laboral, sin que en ningún caso sea
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responsabilidad de las obligaciones nacidas entre el adjudicatario/a y sus empleados, aun cuando los despidos y medidas que adopte sean consecuencia directa o indirecta del cumplimiento, incumplimiento, rescisión o interpretación del contrato.
c) Como consecuencia de la cláusula anterior, el adjudicatario, como empresa patronal, ha de dar de alta en la Seguridad Social a todo el personal que preste sus servicios en la actividad y suscribir el documento de asociación con la Mutualidad Laboral correspondiente que cubra los riesgos de accidentes de trabajo con exacto cumplimiento de cuanto establece o establezca en el futuro la legislación sobre la materia.
d) El Contratista tendrá en todo momento la obligación de obedecer las órdenes e instrucciones que, por escrito, les sean dictadas por el personal designado para el seguimiento de los trabajos, tanto en la realización de los mismos como en la forma de ejecución.
e) La Administración contratante, por medio del personal que considere oportuno, ejercerá el control de los trabajos comprendidos en este contrato, comprometiéndose el contratista a facilitar la práctica del control al personal encargado.
7. INCUMPLIMIENTO
El incumplimiento de estas normas será sancionado con una multa de hasta 60 €.
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En lo no dispuesto en el presente condicionado se estará a lo dispuesto en la Ley Xxxxx de Contratos Públicos, la Ley Xxxxx de la Administración Local xx Xxxxxxx, Leyes Forales de Haciendas Locales y General Tributaria y Reglamento de Recaudación.
Santacara, a 8 xx xxxx de 2019.
El Alcalde-Presidente, Xxxxx Xxxx Xxxxxxxxx.
Cif.: X0000000X Xxx. xxx Xxxxxxxxxxxx xx 0 X.X. 00000 XXXXXXXXX (Xxxxxxx) Teléfono 000 000 000
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ANEXO I
MODELO DE DECLARACIÓN / PROPUESTA ECONÓMICA
D/Xx con D.N.I./C.I.F número teléfono/móvil con
domicilio en calle
y señalando como correo electrónico válido para recibir comunicaciones en nombre propio/ en representación de (táchese lo que proceda)
D/Xx con
D.N.I. o C.I.F. teléfono con domicilio en calle
Que enterado de la propuesta para la adjudicación mediante subasta y del condicionado para la contratación del servicio de Bar de las PISCINAS MUNICIPALES de SANTACARA, que incluye tareas de limpieza y mantenimiento, se compromete a su realización con sujeción estricta al indicado documento y, a tal efecto
SUSCRIBE LA PRESENTE DECLARACION RESPONSABLE, MANIFESTANDO
- Que tiene capacidad de obrar suficiente para la ejecución del contrato.
- Que el servicio será prestado a su propio riesgo y xxxxxxx.
- Que no se encuentra incurso en ninguna de las causas de incapacidad o incompatibilidad para contratar previstas por el artículo 229 de la Ley Xxxxx 6/1990 y el artículo 18 de la Ley Xxxxx 6/2006 de 9 xx xxxxx de Contratos públicos.
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- Que no tiene ninguna deuda en vía ejecutiva con el Ayuntamiento de Santacara, y autoriza a la comprobación de oficio de este extremo por el propio Ayuntamiento.
Por todo ello, SOLICITA que se tenga por efectuada la presente declaración responsable y se le adjudique la gestión del bar de las Piscinas municipales de Santacara por el siguiente precio:
……………………………. EUROS En Santacara, a de de
FIRMA
Cif.: X0000000X Xxx. xxx Xxxxxxxxxxxx xx 0 X.X. 00000 XXXXXXXXX (Xxxxxxx) Teléfono 000 000 000
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