Contract
de Becas y Crédito Educativo abierta para el efecto, dentro de los primeros cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de pago, establecida en contrato respectivo, en forma mensual o en la forma que lo determine el Comité de Financiamiento. Se recomienda que el beneficiario del crédito aperture una cuenta en el mismo banco, para que el fideicomiso pueda debitar mensualmente el monto de sus pagos y con ello se agilice su gestión, ahorrando tiempo y dinero.
4.5 Xxxx
Por la no realización del pago de intereses y capital en los términos establecidos en el contrato los beneficiarios del FINABECE pagarán un recargo en concepto de intereses moratorios de hasta tres (2) veces la tasa de interés acordada, a partir del primer día de incumplimiento.
4.6 Cobro administrativo y judicial
Al día siguiente de incurrir en xxxx el beneficiario, el Fiduciario, procederá al cobro administrativo utilizando sus propias políticas de cobro. El cobro judicial, se efectuará después de que se haya agotado el cobro administrativo a partir de los sesenta (60) días de haber caído en xxxx.
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Crédito Educativo |
A nivel nacional e internacional Licenciaturas ylo postgrados
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1. Antecedentes y justificación
El Fideicomiso Nacional de Becas y Crédito Educativo -FINABECE-¹ fue creado con el objeto de financiar parcial o totalmente con carácter reembolsable, la oferta de becas que ofrece la Comunidad Internacional o el Gobierno Central a estudiantes guatemaltecos, en materia de estudios de licenciatura (pregrado), maestría, doctorado (postgrado), así como cursos cortos de especialización, actualización y/o fortalecimiento, tanto en el país como en el extranjero.
El Comité de Financiamiento² tiene la función de aprobar el otorgamiento de financiamiento parcial o total, reembolsable o no reembolsable a los beneficiarios, así como los términos y condiciones de los contratos, que le sean presentados por la Unidad Ejecutiva y Técnica.
2. Requisitos de elegibilidad
a. Ser guatemalteco, radicado en Guatemala.
b. Poseer título o diploma de nivel medio en caso de estudios de licenciatura; o título profesional en casos de postgrado.
c. Acreditar el dominio del idioma en que se impartirán los estudios, cuando proceda.
d. Constancia de aceptación otorgada al solicitante por la entidad educativa correspondiente.
x. Xxxxxxxxxx de aceptación otorgada al postulante por la entidad cooperante, cuando proceda.
f. Llenar el formulario establecido para el efecto.
g. Contar con la garantía correspondiente.
¹ Acuerdo Gubernativo número 446-2000 de fecha 18 de septiembre de 2000.
² Integrado por un representante de SEGEPLAN, los Ministerios de Finanzas Públicas y Relaciones Exteriores, el Fiduciario (Banco Industrial, S.A.) y el Director Técnico de Becas de SEGEPLAN, quien actúa como Secretario.
3. Financiamiento
3.1 Gastos financiables
Los gastos financiables con fondos del FINABECE
son los siguientes:
a. Matrícula.
b. Colegiatura
c. Boleto aéreo para el beneficiario en clase económica.
d. Hospedaje y alimentación durante el período de estudio.
e. Seguro de vida y médico
f. Libros y materiales de estudio y
g. Gastos de instalación.
El Comité de Financiamiento autoriza a su criterio, uno o varios de los gastos anteriores a cada beneficiario, sin exceder del monto máximo establecido en el siguiente cuadro:
Tipo de estudios | Período máximo de estudios | Montos máximos de financiamiento en US$ |
Licenciatura | 5 años | 30,000.00 |
Maestría | 2 años | 12,000.00 |
Doctorado | 3 años | 18,000.00 |
Cursos cortos | 1 año | 6,000.00 |
3.2 Financiamiento reembolsable
Las condiciones de financiamiento que se consignarán en el contrato individual, tales como: tasa de interés, garantía, plazo, período xx xxxxxx y cronograma de desembolsos, serán aprobadas por el Comité de Financiamiento con base en su Política de Crédito.
3.3 Financiamiento no reembolsable
Para el otorgamiento del financiamiento no reembolsable, el Comité de Financiamiento evaluará las solicitudes, en áreas que sean prioritarias para el país, y además tomará en cuenta lo siguiente:
a. Alto rendimiento académico.
b. Condiciones socioeconómicas del postulante.
c. Disponibilidad de fondos e inversiones del
FINABECE.
4. Condiciones de Financiamiento
4.1 Garantía
El solicitante deberá garantizar el pago del financiamiento con cualquiera de las siguientes garantías:
a. Fiduciaria
b. Hipotecaria
c. Títulos valores emitidos por el Estado, por el Banco de Guatemala o por entidades super- visadas por la Superintendencia de Bancos.
d. Mixta
4.2 Moneda
La moneda que se utilizará para el financiamiento de estudios, tanto los que se realicen en el extranjero, como los que efectúen en Guatemala, será el Quetzal.
4.3 Tasa de interés
La tasa de interés que se ha establecido para los créditos educativos otorgados por el FINABECE se basa en la tasa Prime (Prime Rate); en la actualidad esta fijada en 8.25%.
4.4 Forma de pago
Los pagos de capital e intereses deberán hacerse sin necesidad de requerimiento alguno, a partir del mes siguiente en que el beneficiario finalice sus estudios, salvo que se le hubiera concedido período xx xxxxxx para el pago de los mismos. Dichos pagos deberán efectuarse en cualquiera de las agencias del Banco Industrial, S.A., en la cuenta del Fideicomiso Nacional