CAPÍTULO I
Pliego de cláusulas administrativas particulares Acuerdo marco. Exp .: 05-DT-00003.6/2016
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DEL ACUERDO MARCO PARA EL SUMINISTRO CENTRALIZADO DE ROPA DE TRABAJO, DIVIDIDO EN 19 LOTES, A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO ABIERTO MEDIANTE PLURALIDAD DE CRITERIOS, QUE REGIRÁ LAS ADQUISICIONES DE LOS CENTROS DE LA COMUNIDAD DE MADRID INCLUIDOS EN EL ÁMBITO DE CENTRALIZACIÓN DE LA JUNTA CENTRAL DE COMPRAS.
CAPÍTULO I
CARACTERÍSTICAS DEL ACUERDO XXXXX
Cláusula 1. Características del acuerdo marco.
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1. Objeto del acuerdo marco, ámbito subjetivo y órganos administrativos:
Objeto del acuerdo marco
El acuerdo marco tiene por objeto la determinación de las condiciones de suministro de los tipos de bienes que se relacionan en el anexo 1 de este pliego y establecer el procedimiento para su adquisición por las unidades y centros comprendidos en el ámbito subjetivo de centralización señalado en el párrafo siguiente, mediante contratos basados en este acuerdo.
En el anexo 1 al presente pliego figuran la relación de artículos tipo y lotes en que se agrupan, el presupuesto, valor estimado, plazo máximo de entrega, tiempo máximo de respuesta para sustituciones y devoluciones así como los códigos CPV.
Ámbito subjetivo de centralización
Las unidades y centros de la Administración de la Comunidad de Madrid, sus Organismos Autónomos, Entidades de derecho público y demás entes públicos, de acuerdo con el artículo 32 del Reglamento General de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid aprobado por Decreto 49/2003, de 3 xx xxxxx, así como las Administraciones y Entes adheridos (relación que se publicará en el Perfil del Contratante en el momento de la correspondiente convocatoria del acuerdo marco).
Órgano de contratación
Denominación: Consejería de Economía, Empleo y Hacienda Dirección postal: X/ Xxxxx Xxxxxxxx, 0 – 00000 Xxxxxx
En cada contrato de suministro basado en este acuerdo marco constará la identificación, los códigos DIR3 y la dirección postal de la unidad tramitadora (centro directivo u organismo promotor), del órgano gestor (órgano al que está adscrita la unidad tramitadora) y de la oficina contable (órgano que tiene atribuida la función de contabilidad); así como el órgano destinatario de los bienes.
2. Procedimiento de adjudicación:
- Tramitación anticipada: NO
- Tramitación: ORDINARIA
- Procedimiento: Abierto
- Pluralidad de criterios de adjudicación.
Contrato basado
- Procedimiento general: SI
3. Importe máximo de los gastos de publicidad:
IMPORTE: 3.000,00 euros, a distribuir proporcionalmente entre los distintos lotes y adjudicatarios.
4. Solvencia económica, financiera y técnica y criterios de selección:
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A) Acreditación de la solvencia económica y financiera, según artículo 75.1 del TRLCSP apartado:
a) Volumen anual de negocios, por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.
Criterios de selección:
- Declaración del representante legal de la empresa sobre el volumen anual de negocios, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, sea por importe igual o superior a 831.442,64 euros.
B) Acreditación de la solvencia técnica, según artículo 77.1 del TRLCSP, mediante:
a) Relación de los principales suministros efectuados durante los cinco últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
Criterios de selección:
- Relación de los principales suministros efectuados durante los cinco últimos años, en el ámbito de actividad correspondiente al objeto del contrato, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos, por importe igual o superior a 776.013,13 euros en el año de mayor ejecución, que se acreditará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público, y por un certificado expedido por el destinatario privado o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
Los criterios señalados en las letras A) y B) anteriores para la acreditación de la solvencia se entienden para la totalidad de los lotes. En caso de concurrir a uno o varios lotes, dichos criterios serán proporcionales con los presupuestos de los lotes.
Lote núm. | Descripción | Volumen de negocio | Relación suministros |
1 | Uniformidad chaquetas, pantalones, faldas | 51.285,86 | 47.866,81 |
2 | Uniformidad zapatos | 34.347,41 | 32.057,59 |
3 | Uniformidad complementos | 13.644,86 | 12.735,21 |
4 | Uniformidad blusas y camisas | 23.996,14 | 22.396,40 |
5 | Uniformidad deportivo y laboral – prendas abrigo | 42.816,64 | 39.962,20 |
6 | Prendas de punto, calcetería y artículos conexos | 25.878.19 | 24.152,98 |
7 | Deportivo chandals, camisetas, pantalones, bañadores | 77.164,05 | 72.019,78 |
8 | Calzado deportivo | 77.164,05 | 72.019,78 |
9 | Laboral camisas | 25.878,19 | 24.152,98 |
10 | Laboral conjunto de trabajo | 37.782,15 | 35.263,34 |
11 | Laboral conjunto de agua | 8.469,23 | 7.904,61 |
12 | Laboral complementos de protección | 11.386,40 | 10.627,31 |
13 | Laboral calzado | 25.878,19 | 24.152,98 |
14 | Laboral pijamas de trabajo | 51.285,86 | 47.866,81 |
15 | Vestuario sanitario | 75.564,31 | 70.526,69 |
16 | Calzado sanitario | 128.449,91 | 119.886,59 |
17 | Xxxxxxxxxx prendas de comedor | 17.408,96 | 16.248,37 |
18 | Xxxxxxxxxx prendas de cocina | 42.816,64 | 39.962,20 |
19 | Equipos de uniformidad | 60.225,60 | 56.210,56 |
TOTAL | 831.442,64 | 776.013,13 |
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5. Habilitación empresarial o profesional precisa para la realización del contrato:
Procede: NO
6. Criterios de adjudicación y su ponderación.
Los criterios que servirán de base de valoración para la adjudicación de este acuerdo marco, son los siguientes:
Criterio número 1: PRECIO. Ponderación: hasta 90,00 puntos.
La valoración para cada lote se realizará asignando la máxima puntuación - 90,00 puntos - a la oferta cuyo precio medio de los artículos ofertados para ese lote sea el más bajo, y valorando los precios ofertados por el resto de los licitadores de modo directamente proporcional a la baja de cada oferta, según la siguiente fórmula:
V = (P x Bo) / Bb Donde:
V = valoración de la oferta
P = valor de la ponderación del criterio Bo = baja de la oferta a valorar
Bb = baja de la oferta de menor importe
Baja de la oferta = precio medio de licitación del lote – precio medio de la oferta al lote
Los precios que se tomarán en cuenta en la aplicación de la fórmula, serán los precios medios de los artículos ofertados en cada lote. En caso de que algún artículo tipo no sea ofertado se tomará en cuenta, a efectos de la fórmula, el precio que ese artículo tenga en el anexo 1 de este pliego.
Para el caso de que el mismo producto, con independencia del formato, haya sido ofertado por dos o más licitadores, se podrán desestimar las ofertas -en cuanto a ese producto- cuyo precio exceda a la mejor oferta en más de un 10 %, homologándose en estos casos sólo el producto de la mejor oferta y de aquellas cuyo incremento no fuese superior al 10% respecto de la mejor. Ello no afectará a la adjudicación del resto de los productos contemplados en el lote.
Criterio número 2: CALIDAD DE LOS PRODUCTOS .Ponderación: hasta 8,00 puntos.
Se comprobará que las prendas ofertadas reúnen los estándares de calidad exigidos en el pliego de prescripciones técnicas particulares, mediante el informe de evaluación que emita la Comisión Técnica que se creará a tal efecto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 89.3 del Reglamento General de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid.
La asignación de puntos de este criterio persigue ponderar las ofertas más completas presentadas:
• Tallas especiales: hasta 4 puntos.
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Se otorgará hasta un máximo de 4 puntos en función de la presentación de tallas y números especiales de los artículos ofertados, valorándose de forma proporcional al número de variantes presentadas mediante la comprobación de las muestras y fichas técnicas aportadas, una vez desechados por la Comisión Técnica aquellos artículos cuyas características no cumplan con ellas. La distribución se hará de la siguiente manera:
o Hasta 2 puntos para las tallas superiores a las exigidas en el pliego
o Hasta 2 puntos para las tallas inferiores a las exigidas en el pliego
• Variedad en las ofertas: hasta 4 puntos.
Se otorgará hasta un máximo de 4 puntos en función de la variedad en la oferta, teniendo en cuenta el diseño y elaboración de los artículos, valorándose de forma proporcional al número de variantes presentadas mediante la comprobación de las muestras y fichas técnicas aportadas, una vez desechados por la Comisión Técnica aquellos artículos cuyas características no cumplan con ellas.
Criterio número 3: PLAZO DE ENTREGA. Ponderación: hasta 2,00 puntos.
La valoración se realizará en función a las mejoras ofertadas al plazo de entrega determinado en el pliego, de modo directamente proporcional a las mismas, asignando la máxima puntuación al menor plazo para la entrega de los artículos, teniendo en cuenta que el plazo mínimo que puede ofertarse es de 1 día.
El plazo de entrega máximo es el que figura en el anexo 1, debiendo comprometerse el adjudicatario a responder en el plazo establecido de respuesta ante posibles disconformidades (sustituciones y devoluciones).
7. Garantía definitiva.
Lote núm. | Descripción | Garantía definitiva |
1 | Uniformidad chaquetas, pantalones, faldas | 3.419,06 |
2 | Uniformidad zapatos | 2.289,83 |
3 | Uniformidad complementos | 909,66 |
4 | Uniformidad blusas y camisas | 1.599,74 |
5 | Uniformidad, deportivo y laboral prendas de abrigo | 2.854,44 |
4
6 | Prendas de punto, calcetería y artículos conexos para todos los grupos | 1.725,21 |
7 | Deportivo chandals, camisetas, pantalones, bañadores | 5.144,27 |
8 | Calzado deportivo | 5.144,27 |
9 | Laboral camisas | 1.725,21 |
10 | Laboral conjunto de trabajo | 2.518,81 |
11 | Laboral conjunto de agua | 564,62 |
12 | Laboral complementos de protección | 759,09 |
13 | Laboral calzado | 1.725,21 |
14 | Laboral pijama de trabajo | 3.419,06 |
15 | Vestuario sanitario | 5.037,62 |
16 | Calzado sanitario | 8.563,33 |
17 | Hostelería prendas de comedor | 1.160,60 |
18 | Hostelería prendas de cocina | 2.854,44 |
19 | Equipos de uniformidad | 4.015,04 |
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8. Medios electrónicos.
Licitación electrónica:
Se admite la presentación de ofertas por medios electrónicos.
En su caso, portal informático donde se puede acceder a los programas y a la información necesaria para licitar por medios electrónicos: Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid en la URL xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx.
En el supuesto de presentación electrónica de las ofertas, los licitadores aportarán sus documentos en formato electrónico autenticados mediante firma electrónica utilizando uno de los certificados reconocidos incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” establecidos en España, publicada en la sede electrónica del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital, que no esté vencido, suspendido o revocado. Si no dispusieran de los documentos en dicho formato porque fueron emitidos originalmente en soporte papel, podrán aportar copias. Las copias que aporten los interesados al procedimiento de contratación tendrán eficacia, exclusivamente en el ámbito de la actividad contractual de esta Administración Pública Autonómica.
Los licitadores son responsables de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, el órgano de contratación podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por los licitadores, para lo que podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.
Incurrir en falsedad al facilitar cualquier dato relativo a la capacidad o solvencia es causa de prohibición de contratar conforme al artículo 60.1 e) del TRLCSP.
El órgano de contratación recabará de otros órganos y registros de las Administraciones y entidades públicas la consulta y transmisión electrónica de datos y documentos que se requieran referentes a la capacidad y solvencia de las empresas, salvo que conste su oposición expresa, en los términos del modelo que figura como anexo 11 de este pliego
Notificaciones telemáticas:
Aún en los casos en que no resulte exigible que presenten la oferta por medios electrónicos, para las restantes comunicaciones, notificaciones y envíos documentales, los interesados se relacionarán con el órgano de contratación por medios electrónicos.
Para la práctica de las notificaciones, el órgano de contratación utilizará el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid, para lo cual la empresa o su representante deben estar dados de alta en ese sistema.
Quienes figuren como interesados o representantes en procedimientos abiertos en la Comunidad de Madrid pueden enviar comunicaciones o aportar nuevos documentos al correspondiente expediente, accediendo a la página de “Gestiones y trámites” del sitio web de la
Comunidad de Madrid (xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxx.xxx). También existe la posibilidad, en esa misma página, de utilizar un formulario genérico de solicitud para presentar documentos y comunicaciones dirigidos a cualquier órgano de la Comunidad de Madrid.
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Tablón de anuncios electrónico como medio de comunicación de defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada:
9. Plazo para apertura de las proposiciones económicas.
Las proposiciones económicas se abrirán en acto público en el plazo máximo de 6 meses contado desde la fecha de finalización del plazo para presentar las ofertas. El día y hora de apertura se publicará en el tablón de anuncios electrónico: Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx).
10. Plazo de vigencia:
El presente acuerdo marco tendrá una vigencia de 2 años. El plazo comenzará a contarse desde el día de la entrada en vigor del catálogo de bienes objeto del acuerdo marco resultante de su adjudicación.
El acuerdo marco podrá ser prorrogado antes de finalizar su vigencia, siendo dicha prórroga obligatoria para el empresario quien deberá ser informado expresamente de la misma, sin que el plazo total, incluidas las prórrogas, pueda exceder de cuatro años, salvo situación excepcional debidamente justificada.
11. Modificaciones previstas del acuerdo marco.
Durante la vigencia del acuerdo marco los contratistas podrán proponer ofertas limitadas en el tiempo o en el número, en condiciones más beneficiosas que las de la propia adjudicación y ofrecer descuentos en los precios unitarios en función de la cantidad de productos a adquirir –economía de escala-, o por cualquier otra circunstancia que los contratistas consideren oportuna.
El órgano de contratación, cuando concurran motivos de interés público, ya sea por propia iniciativa y con la conformidad del contratista o a instancia de éste, podrá incluir nuevos bienes del tipo adjudicado o similares al mismo, así como sustituir bienes adjudicados por otros que incorporen avances o innovaciones tecnológicas que mejoren las prestaciones o características de los adjudicados, siempre que su precio no exceda en más de un 10 por 100 al del adjudicado. Igualmente podrá aprobar su supresión del catálogo por cese en la fabricación o distribución de productos adjudicados u otras causas que determinen la imposibilidad de suministrarlos.
Los contratistas deberán así mismo dar cuenta, con la debida antelación, de cualquier oferta singularizada o xx xxxxxxx que proyecten realizar, sea para el sector público o privado, cuando se refieran a los mismos artículos adjudicados. El incumplimiento de esta obligación podrá dar lugar a la resolución del acuerdo marco, según lo previsto en la cláusula 35 de este pliego.
La adopción de cualquiera de las modificaciones citadas únicamente requerirá la audiencia al contratista y el posterior acuerdo del órgano de contratación, con la consiguiente inclusión en el catálogo de artículos homologados.
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Durante la vigencia del acuerdo marco podrán incluirse, por mutuo acuerdo de las partes, las entidades públicas que se adhieran al sistema de centralización de la Comunidad de Madrid, cuando se trate de empresas públicas con forma de sociedad mercantil, Asamblea de Madrid y demás Instituciones de la Comunidad, así como las Universidades públicas y las Entidades Locales de su ámbito territorial.
El procedimiento para la adopción de esta modificación comprenderá los siguientes trámites: la propuesta del órgano de contratación, la aceptación del contratista, mediante trámite de audiencia por un plazo xx xxxx días hábiles, el informe del Servicio Jurídico, y la Resolución del órgano de contratación.
12. Revisión de precios.
No procede aplicar revisión de precios durante la vigencia del acuerdo marco.
13. Información sobre el contrato cuyo carácter confidencial debe respetar el contratista:
Ninguna
14. Penalidades.
- Por incumplimiento de la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato:
o Por ejecución defectuosa del contrato:
⮚ 2% del importe del pedido diario, en el caso de incumplimiento del plazo de entrega o de respuesta para devoluciones y sustituciones.
⮚ 5% del importe del pedido por suministrar artículos distintos de los que figuren en los pedidos realizados por los centros, siguiendo el procedimiento establecido.
- Por incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución del contrato:
o Por incumplimiento de los pagos a los subcontratistas o suministradores:
7
⮚ 10% sobre el importe subcontratado para el incumplimiento de los requerimientos de documentación.
⮚ 10% sobre el importe adeudado al subcontratista o suministrador para el incumplimiento del pago en plazo.
El sistema de abono de las indemnizaciones será mediante el descuento del importe de las mismas en las facturas inmediatamente posteriores a la resolución de la incidencia, o sobre la garantía definitiva cuando no puedan deducirse de las facturas.
15. Plazo de garantía.
El plazo de garantía será de 6 meses contados a partir de la fecha de recepción en los centros de los productos adquiridos.
16. Acuerdo marco sujeto a regulación armonizada: Sí
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CAPÍTULO II
DISPOSICIONES GENERALES
Cláusula 2. Régimen jurídico.
El acuerdo marco que se regula por el presente pliego tiene carácter administrativo, las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en él y en el pliego de prescripciones técnicas particulares.
Ambos pliegos tienen carácter contractual por lo que deberán ser firmados, en prueba de conformidad, por el adjudicatario en el acto de formalización del acuerdo marco.
Para lo no previsto en los pliegos, el acuerdo marco se regirá por la Legislación básica del Estado en materia de contratos públicos: Ley de Contratos del Sector Público, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (TRLCSP), salvo aquellas disposiciones que resulten contrarias al derecho comunitario directamente aplicable (efecto directo de la Directiva 2014/24/UE, de 26 de febrero, sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE, según la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea). Y, en cuanto no se oponga a lo establecido en el TRLCSP, rige el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (en adelante RGLCAP), por las leyes aprobadas por la Asamblea de Madrid; y por el Reglamento General de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 49/2003, de 3 xx xxxxx (en adelante RGCPCM), y sus normas complementarias, en cuanto no se opongan a lo establecido en el TRLCSP. Supletoriamente se aplicarán las normas estatales sobre contratos públicos que no tengan carácter básico, las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
Cláusula 3. Ámbito de centralización y necesidades a satisfacer.
El acuerdo marco regirá en la adquisición de bienes de contratación centralizada, por parte de las unidades y centros comprendidos en el ámbito subjetivo de centralización correspondiente al
órgano de contratación convocante, según se indica en el apartado 1 de la cláusula 1, y trata de satisfacer las necesidades de adquisición de productos que son de utilización común y se requieren para su propio funcionamiento y el cumplimiento de sus fines.
Cláusula 4. Objeto del acuerdo marco.
El acuerdo marco tiene por objeto la determinación de las condiciones de suministro de los tipos de bienes que se relacionan en el anexo 1 de este pliego y establecer el procedimiento para su adquisición por las unidades y centros comprendidos en el ámbito subjetivo de centralización señalado en la cláusula anterior, mediante contratos basados en este acuerdo.
Estos bienes han sido declarados de gestión centralizada por Orden de 30 de julio de 2004, de la Consejería de Hacienda.
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La adjudicación determinará los bienes y proveedores a incluir en el correspondiente catálogo de compras centralizadas, a través del cual las unidades y centros de la Comunidad de Madrid comprendidos en este acuerdo marco adquirirán los productos, en la forma establecida en la cláusula 39 de este pliego. La Comunidad de Madrid no se compromete a adquirir una cantidad determinada de bienes, por estar subordinada a las necesidades de la Administración durante la vigencia del acuerdo, sin que los contratistas puedan exigir peticiones de cantidades determinadas o de importes mínimos como condición de suministro.
Cláusula 5. Presupuesto base de licitación.
Para los artículos objeto de este acuerdo marco se establecen como base de licitación los importes máximos por unidad que se especifican en el anexo 1 de este pliego. En dichos importes se incluyen todos los factores de valoración y gastos que para la correcta y total ejecución de los contratos basados en el acuerdo marco deben tener en cuenta excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
Las ofertas económicas que superen el correspondiente importe máximo quedarán automáticamente eliminadas.
Se indica igualmente en el anexo 1 el presupuesto teórico base de licitación de cada lote, importe estimado de compra, sin IVA, para el periodo de vigencia del acuerdo marco, así como el valor estimado de cada lote calculado conforme al artículo 88 del TRLCSP, teniendo en cuenta la prórroga prevista en este pliego.
Cláusula 6. Existencia de crédito.
Las adquisiciones de los bienes derivadas de la ejecución de los contratos basados en el presente acuerdo marco estarán amparadas por los créditos presupuestarios de cada centro directivo promotor.
Cláusula 7. Perfil de contratante.
El acceso al perfil de contratante del órgano de contratación se efectuará a través del Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, en la URL: xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx.
CAPÍTULO III
LICITACIÓN
Cláusula 8. Procedimiento de adjudicación. Publicidad de la licitación.
El acuerdo marco se adjudicará por procedimiento abierto mediante pluralidad de criterios, en aplicación de los artículos 138.2, 157 y 150 del TRLCSP.
La convocatoria de la licitación se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea, el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, el Boletín Oficial del Estado y en el Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid en Internet.
El importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación en dichos boletines oficiales o en otros medios de difusión, que serán de cuenta de los adjudicatarios, se especifican en el apartado 3 de la cláusula 1 del presente pliego.
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Cláusula 9. Capacidad para contratar y criterios de selección de las empresas.
Podrán optar a la adjudicación del presente acuerdo marco las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios que tengan plena capacidad de obrar, que no se encuentren incursas en las prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración establecidas en el artículo 60 del TRLCSP, en la Ley autonómica 14/1995, de 21 xx xxxxx, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 29.5 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, y que acrediten su solvencia económica, financiera y técnica de conformidad con lo establecido en el apartado 4 de la cláusula 1 del presente pliego.
Además, cuando se trate de personas jurídicas, las prestaciones objeto del presente pliego han de estar comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, conforme a sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
Las empresas extranjeras no comunitarias deberán reunir además los requisitos establecidos en el artículo 55.1 del TRLCSP.
Para la selección de las empresas que podrán acceder a la adjudicación, de conformidad con lo previsto en el artículo 11 del RGLCAP, se aplicarán los criterios que se especifican en el apartado 4 de la cláusula 1 del presente pliego. El cumplimiento de dichos criterios se acreditará por los medios que en el mismo apartado se indican.
Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, se especifica en el apartado 5 de la cláusula 1.
Cláusula 10. Criterios objetivos de adjudicación.
Los criterios objetivos que han de servir de base para la adjudicación, son los establecidos, por orden decreciente de importancia y con su correspondiente ponderación, en el apartado 6 de la cláusula 1 de este pliego.
Cláusula 11. Garantía provisional.
No es necesaria la constitución de garantía provisional de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 del TRLCSP.
Cláusula 12. Presentación de proposiciones.
Los empresarios interesados en la licitación presentarán sus proposiciones en el plazo y lugar indicados en el anuncio de licitación y en la forma establecida en este pliego, siendo de aplicación lo establecido en el artículo 80 del RGLCAP.
En el Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx) se ofrecerá la información relativa a la convocatoria de licitación de este acuerdo marco, incluyendo los pliegos de cláusulas administrativas particulares, de prescripciones técnicas particulares y documentación complementaria, en su caso.
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Los licitadores podrán solicitar información adicional sobre los pliegos y sobre la documentación complementaria con una antelación de 12 días a la fecha límite fijada para la recepción de ofertas en el anuncio de licitación. Esta información se facilitará seis días antes del fin del plazo de presentación de proposiciones. De no facilitarse dicha información, en el plazo establecido, salvo en tramitación urgente que se reduce a cuatro días, así como cuando se introduzcan modificaciones significativas en los pliegos, se prorrogará el plazo para la recepción de ofertas, de forma que todos los empresarios afectados puedan tener conocimiento de toda la información necesaria para presentar las ofertas. La duración de la prórroga será proporcional a la importancia de la modificación de los pliegos o de la información adicional solicitada por el licitador y no facilitada. No se prorrogará el plazo cuando la información adicional no se hubiere solicitado por el licitador con antelación suficiente o si ésta tiene una importancia desdeñable a efectos de la preparación de ofertas adecuadas.
La presentación de proposiciones supone, por parte del empresario, la aceptación incondicional del clausulado de este pliego, y del de prescripciones técnicas particulares que rigen en el presente acuerdo marco, sin salvedad alguna.
Cada empresario no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de lo que se estipula seguidamente:
- Puede ofertarse a la totalidad de los lotes citados en el anexo 1 a este pliego o aisladamente a uno o a varios de ellos, siendo necesario que la proposición contemple, al menos, una oferta económica en relación con cada uno de los bienes que conforman el lote. No obstante, la Mesa de contratación, en consideración a criterios tales como la especialidad del producto, el bajo consumo de bienes por los centros, la afectación a un reducido número de centros consumidores, o la garantía de abastecimiento por estar ofertado por otros licitadores, podrá aceptar aquella proposición en la que no se haya licitado a algún tipo de bienes, siempre que éstos no sean significativos para el conjunto del lote.
- Pueden ofertarse varios productos para cada tipo de bienes, dentro de los márgenes establecidos en la descripción del artículo en el pliego de prescripciones técnicas.
- Para artículos de gran consumo pueden ofertarse dos o más productos: uno que fije el precio de la unidad para pedidos pequeños y otro u otros que indiquen el precio global para determinados volúmenes de compra o a partir de cierto número de unidades por pedido.
Las proposiciones no podrán superar el precio máximo de cada artículo tipo ni el plazo máximo de entrega, establecidos en el anexo 1 de este pliego.
Se puede concurrir a la licitación constituyendo una Unión Temporal de Empresas. No obstante, si un empresario se ha presentado individualmente no podrá hacerlo en una Unión Temporal de Empresas, ni tampoco figurar en más de una.
La contravención de cualquiera de las prohibiciones anteriores dará lugar a la inadmisión de todas las proposiciones suscritas por el empresario.
Cláusula 13. Medios electrónicos.
La utilización de medios y soportes electrónicos, informáticos y telemáticos en la presentación de proposiciones se admitirá, tal y como se indica en el apartado 8 de la cláusula 1.
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En el mismo apartado se indica el portal informático donde se puede acceder a los programas y la información necesaria para licitar por medios electrónicos y para acceder al tablón de anuncios electrónico.
Para las restantes comunicaciones, notificaciones y envíos documentales, los interesados se relacionarán con el órgano de contratación por medios electrónicos.
Para la práctica de las notificaciones, el órgano de contratación utilizará el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid, para lo cual la empresa o su representante deben estar dados de alta en ese sistema.
Quienes figuren como interesados o representantes en procedimientos abiertos en la Comunidad de Madrid pueden enviar comunicaciones o aportar nuevos documentos al correspondiente expediente, accediendo a la página de “Gestiones y trámites” del sitio web de la Comunidad de Madrid (xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxx.xxx). También existe la posibilidad, en esa misma página, de utilizar un formulario genérico de solicitud para presentar documentos y comunicaciones dirigidos a cualquier órgano de la Comunidad de Madrid.
Cláusula 14. Forma y contenido de las proposiciones.
Las proposiciones se presentarán redactadas en lengua castellana, o traducidas oficialmente a esta lengua, y constarán de TRES SOBRES, cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente, debiendo figurar en el exterior de cada uno de ellos:
- La denominación del acuerdo marco y el número del expediente indicados en el anuncio de licitación:
ACUERDO XXXXX PARA EL SUMINISTRO DE ROPA DE TRABAJO. 19 LOTES. EXPTE.: 05-DT-00003.6/2016
- El número y denominación de cada sobre:
SOBRE Nº 1. DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA.
SOBRE Nº 2. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA RELATIVA A LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN CUYA CUANTIFICACIÓN DEPENDE DE UN JUICIO DE VALOR.
SOBRE Nº 3. PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA POR APLICACIÓN DE FÓRMULAS.
- El nombre y apellidos del licitador o la razón social de la empresa y su correspondiente NIF.
- En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente, e indicando expresamente a qué lotes se presenta proposición.
- El órgano de contratación respetará en todo caso el carácter confidencial de los datos facilitados por los empresarios.
En los sobres se deberá incluir la documentación que a continuación se indica:
A) SOBRE Nº 1 "DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA".
La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 0927395945776711287392
Para la presentación de la documentación administrativa, el licitador podrá optar por presentar una declaración responsable conforme al formulario del Documento Europeo Único de Contratación, en las condiciones previstas en la opción a), o bien presentar la documentación que se indica en la opción b).
El licitador solo deberá incluir en el sobre A) la documentación correspondiente a la alternativa por la que haya optado, entre una de las dos siguientes:
OPCIÓN a) Declaración responsable:
1) Declaración responsable del licitador sobre el cumplimiento de los requisitos previos para participar en este procedimiento de contratación, conforme al formulario normalizado del “Documento Europeo Único de Contratación” (DEUC), establecido por el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/7 de la Comisión, de 5 de enero de 2016, que figura como anexo 7 al presente pliego.
El servicio en línea gratuito DEUC electrónico, que facilita la Comisión Europea, permite cumplimentar este documento por vía electrónica en la siguiente dirección de Internet: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx conforme se indica a continuación:
• Con el servicio DEUC electrónico, el órgano de contratación creará un modelo de DEUC para este procedimiento, que se pondrá a disposición de los licitadores en formato normalizado XML, junto con los demás documentos de la convocatoria (como documentación complementaria) en el Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid -Perfil de contratante-.
• El licitador deberá almacenar localmente en su ordenador dicho modelo en XML y acceder después al servicio DEUC electrónico, donde deberá importarlo, cumplimentar los datos necesarios, imprimirlo, firmarlo y presentar el DEUC con los demás documentos de la licitación. En el anexo 7 se incluyen unas orientaciones para la cumplimentación del formulario normalizado DEUC.
2) Asimismo, deberán presentar la documentación que figura en números 6, 7 y 9 de la OPCIÓN b), que se indica a continuación, así como, en su caso, la que figura en los números 5 y 10 de dicho apartado.
Si varios empresarios concurren constituyendo una unión temporal, cada uno de los que la componen deberá acreditar su capacidad de obrar presentando todos y cada uno de ellos un formulario DEUC separado, así como el resto de los documentos exigidos en este apartado de la presente cláusula, debiendo acompañar asimismo un escrito de compromiso en el que indicarán los nombres y circunstancias de los empresarios que se agrupan, el porcentaje de participación de cada uno de ellos y la designación de un representante o apoderado único de la unión que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de la misma frente a la Administración. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas que componen la unión.
Si el licitador va a recurrir a la capacidad de otra/s entidad/es para acreditar solvencia, deberá también aportar el DEUC separado de dicha/s entidad/es.
La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 0927395945776711287392
Las empresas que figuren inscritas en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público lo indicarán en el propio formulario del DEUC y, si alguno de los datos o informaciones requeridos no constan en el Registro o no figuran actualizados, los aportarán mediante la cumplimentación del citado formulario.
No obstante, si el órgano de contratación lo estima conveniente, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
OPCIÓN b) Aportación de documentación:
1.- Acreditación de la personalidad del empresario y su capacidad de obrar.
1.1.- Si la empresa fuera persona jurídica, la escritura de constitución o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial y el Código de Identificación Fiscal (N.I.F.), todo ello en original, copia que tenga el carácter de auténtica conforme a la legislación vigente o fotocopia compulsada por funcionario habilitado para ello. Estos documentos deberán recoger el exacto régimen jurídico del empresario en el momento de la presentación de la proposición.
El órgano de contratación utilizará medios electrónicos para recabar los datos del número de identificación fiscal (N.I.F.) de la empresa, salvo que conste oposición expresa del interesado, en cuyo caso deberá presentar dicho documento, en los términos del modelo que figura como anexo 11 de este pliego.
1.2.- Si se trata de empresario individual, el órgano de contratación utilizará medios electrónicos para recabar los datos de su DNI, salvo que conste su oposición expresa, en cuyo caso deberá presentar el DNI o documento que en su caso le sustituya reglamentariamente, en original, copia que tenga el carácter de auténtica o fotocopia compulsada por funcionario habilitado para ello.
1.3.- Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, la capacidad de obrar se acreditará mediante su inscripción en un registro profesional o comercial, cuando este requisito sea exigido por la legislación del Estado respectivo, o la presentación de las certificaciones que se indican en el anexo I del RGLCAP, para los contratos de suministros.
Tendrán capacidad para contratar con el sector público las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la
legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una
autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder realizar la prestación de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.
La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 0927395945776711287392
1.4.- Cuando se trate de empresas extranjeras no comprendidas en el párrafo anterior, informe de la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa en el que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo, o en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato.
Igualmente deberán acompañar informe de la Misión Diplomática Permanente de España o del Ministerio de Industria, Energía y Turismo sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, siempre que se trate de contratos sujetos a regulación armonizada o, en caso contrario, el informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 55.1 del TRLCSP.
1.5.- Documentación acreditativa de la habilitación empresarial o profesional que precisa la realización del contrato, en su caso, conforme a lo requerido en el apartado 5 de la cláusula 1
2.- Bastanteo de poderes.
Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro o representen a una persona jurídica, deberán aportar el poder acreditativo de su representación declarado bastante para concurrir y contratar por un Letrado de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid, todo ello en original o copia compulsada. Igualmente deberá presentar fotocopia compulsada del DNI de la persona a cuyo favor se otorgó el apoderamiento o representación. Si el documento acreditativo de la representación contuviese delegación permanente de facultades, deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil.
El órgano de contratación utilizará medios electrónicos para recabar los datos del DNI de la persona a cuyo favor se otorgó el apoderamiento o representación, salvo que conste oposición expresa del interesado, en cuyo caso deberá presentar dicho documento en los términos del modelo que figura como anexo 11 de este pliego.
Se significa que, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, Texto refundido aprobado por Decreto Legislativo 2/2002, de 24 de octubre, la solicitud de bastanteo se encuentra sujeta a tasa, debiendo autoliquidarse por el interesado en el momento de su formulación, requisito sin el cual no se iniciará la actuación administrativa, según lo establecido en la Orden 98/2002, de 29 de enero, de la Consejería de
Presidencia, por la que se aprueban las normas de gestión, liquidación y recaudación de la tasa por bastanteo de documentos.
3.- Declaraciones relativas a no estar incursos en prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración, de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y de que no existen deudas en período ejecutivo con la Comunidad de Madrid.
La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 0927395945776711287392
- Declaración responsable, conforme al modelo fijado en el anexo 8 al presente pliego, de que el empresario, si se tratare de persona física, o la empresa, sus administradores y representantes, si se tratare de persona jurídica, así como el firmante de la proposición, no están incursos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar señaladas en el artículo 60 del TRLCSP, en los términos y condiciones previstas en el mismo, en la Ley autonómica 14/1995, de 21 xx xxxxx, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 29.5 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid. Esta declaración comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, así como de no tener deudas en período ejecutivo de pago, salvo que estuvieran garantizadas, con la Comunidad de Madrid.
4.- Acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica.
Los licitadores deberán acreditar los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica en los términos y por los medios que se especifican en el apartado 4 de la cláusula 1 del presente pliego. En el mismo apartado se especifican los criterios de selección en función de los medios de acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica.
Si en el presente pliego no aparecen concretados los criterios y requisitos mínimos para su acreditación, los licitadores o candidatos acreditarán su solvencia económica y financiera y técnica por los criterios, requisitos mínimos y medios de acreditación establecidos en el art.
11.4 del RGLCAP.
Para acreditar la solvencia, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios.
Para la determinación de la solvencia de las uniones temporales de empresarios se acumularán las características acreditadas por cada uno de los integrantes de la misma.
5.- Jurisdicción de empresas extranjeras.
Las empresas extranjeras deberán presentar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.
6.- Declaración relativa a las empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad.
Declaración responsable, conforme al modelo fijado en el anexo 9 al presente pliego, por la que, de resultar adjudicatario, asume, conforme con lo señalado en la cláusula 30 del presente pliego “Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad”, la obligación de tener empleados, durante la vigencia del contrato, trabajadores con discapacidad en un 2 por 100, al menos, de la plantilla de la empresa, si esta alcanza un número de 50 o más trabajadores y el contratista esté sujeto a tal obligación, de acuerdo con el artículo 42 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, o la de adoptar las medidas alternativas desarrolladas reglamentariamente por el R.D. 364/2005, de 8 xx xxxxx. En esta declaración se hará constar, además, que asume igualmente la obligación de acreditar ante el órgano de contratación cuando le fuese requerido durante la vigencia del contrato o, en todo caso, antes de la devolución de la garantía definitiva, el cumplimiento de la obligación anteriormente referida.
La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 0927395945776711287392
7.- Garantía provisional.
No es necesaria la constitución de garantía provisional de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 del TRLCSP.
8.- Uniones de empresarios.
Si varios empresarios concurren constituyendo una unión temporal, cada uno de los que la componen deberá acreditar su capacidad de obrar presentando todos y cada uno de ellos los documentos exigidos en la presente cláusula, debiendo acompañar asimismo un escrito de compromiso en el que indicarán los nombres y circunstancias de los empresarios que se agrupan, el porcentaje de participación de cada uno de ellos y la designación de un representante o apoderado único de la unión que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de la misma frente a la Administración. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas que componen la unión.
9.- Documentación relativa a la preferencia de la adjudicación.
A efectos de la preferencia en la adjudicación, según lo previsto en la cláusula 19 del presente pliego, podrá presentarse en este sobre la siguiente documentación:
- Certificado de la empresa en el que conste tanto el número global de trabajadores de plantilla como el número particular de trabajadores con discapacidad.
- Contratos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores con discapacidad.
10.- Empresas pertenecientes a un mismo grupo.
Las empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio y que presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, deberán
presentar declaración en la que hagan constar esta condición, acompañando una relación de las empresas vinculadas.
También deberán presentar declaración explícita aquellas sociedades que, presentando distintas proposiciones, concurran en alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42.1 del Código de Comercio, respecto de los socios que la integran.
Con carácter general, en relación con la presentación de la documentación por los licitadores, se ha de tener en cuenta:
- El órgano de contratación respetará en todo caso el carácter confidencial de los datos facilitados por los empresarios.
11.- Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público:
La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 0927395945776711287392
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del TRLCSP, el certificado de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público eximirá a los licitadores inscritos con certificado en vigor de la presentación en las convocatorias de contratación de la documentación correspondiente a los datos que figuren en él. No obstante, el empresario deberá aportar la documentación requerida en esta cláusula que no figure en el citado certificado, entre la que se encuentra la específicamente exigida por la Administración de la Comunidad de Madrid, y aquella que aun figurando no esté actualizada.
No será preciso que los empresarios aporten el certificado de inscripción, sustituyéndose su presentación por el acceso de los órganos y mesas de contratación al mismo por medios telemáticos.
Los licitadores inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público deberán presentar en la licitación una declaración responsable sobre la vigencia de los datos anotados en el mismo, según el modelo que figura como anexo 10. Si se hubiese producido variación en las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado se hará mención expresa en la citada declaración, uniendo la documentación correspondiente.
B) SOBRE Nº 2 “DOCUMENTACIÓN TÉCNICA RELATIVA A LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN CUYA CUANTIFICACIÓN DEPENDE DE UN JUICIO DE VALOR”.
Este sobre contendrá la documentación técnica que se especifica en el anexo 3.1 al presente pliego, en orden a la aplicación del criterio de adjudicación que depende de un juicio de valor (criterio núm. 2: calidad), sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio. La oferta técnica, según los modelos que figuran como anexos 3.2 y 3.3. de este Pliego, será generada por el programa informático “PREPARACIÓN DE OFERTAS”, que estará a disposición de los interesados en el Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx. Este programa se publicará junto con la convocatoria del presente acuerdo xxxxx, y deberán descargarlo e instalarlo en su equipo para la elaboración de sus proposiciones de forma segura y cómoda.
No se admitirán proposiciones técnicas que no hayan sido presentadas mediante el programa informático citado, en el que deberá aparecer el correspondiente número de identificación.
El Programa genera la oferta técnica, ajustada a los modelos establecidos en los anexos 3.2 y 3.3 de este Pliego, que deberá ser impresa y firmada por el apoderado de la empresa licitadora.
EL Programa genera, además, un fichero “zip” con los datos de la oferta técnica que serán grabados en soporte informático válido (CD, DVD, soporte USB…)
La oferta técnica generada, impresa y firmada por el apoderado de la empresa licitadora, así como el soporte informático utilizado (CD, DVD, soporte USB…), deberán obligatoriamente incluirse en el SOBRE núm. 2.
- Otra documentación:
- Fichas técnicas de los productos, de acuerdo a lo indicado en el Pliego de Prescripciones Técnicas, en el apartado DOCUMENTACIÓN TÉCNICA.
- Nombre, domicilio y teléfono, en la Comunidad de Madrid, de la persona designada como encargada de resolver las cuestiones relacionadas con la ejecución de los contratos y en la práctica diaria de los suministros. En caso de sustitución de la persona designada, deberá comunicarse a la Junta Central de Compras en el plazo de siete días.
La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 0927395945776711287392
- Otros documentos que el licitador estime conveniente aportar, sin que pueda figurar ninguna documentación relativa al precio.
C) SOBRE Nº 3 "PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA POR APLICACIÓN DE FÓRMULAS”
Este sobre contendrá la proposición económica y el plazo de entrega al que se compromete el licitador (criterios de valoración núms. 1 y 3), según los modelos establecidos en los anexos 2.1 y 2.2 de este Pliego generados por el programa informático “PREPARACIÓN DE OFERTAS”, que estará a disposición de los interesados en el Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx. Este programa se publicará junto con la convocatoria del presente acuerdo xxxxx, y los licitadores deberán descargarlo e instalarlo en sus equipos para la elaboración de sus proposiciones de forma segura y cómoda.
No se admitirán proposiciones económicas que no hayan sido presentadas mediante el programa informático citado, en el que deberá aparecer el correspondiente número de identificación.
El Programa genera la oferta económica, ajustada a los modelos establecidos en los anexos 2.1 y 2.2 de este Pliego, que deberá ser impresa y firmada por el apoderado de la empresa licitadora.
El Programa genera, además, un fichero “zip” con los datos de la proposición económica que serán grabados en soporte informático válido (CD, DVD, soporte USB…)
La oferta económica generada, impresa y firmada por el apoderado de la empresa licitadora, así como el soporte informático utilizado (CD, DVD, soporte USB…), deberán obligatoriamente incluirse en el SOBRE núm. 3.
La proposición deberá cumplimentarse siguiendo el orden de lotes y artículos establecido en el anexo 1 a este pliego, especificando en todo caso el código de los artículos asignado por la Administración. Los diferentes productos que se oferten en su caso para cada artículo deberán contener las mismas especificaciones aludidas anteriormente, debiendo utilizar los dos últimos dígitos del código del artículo para identificarlos. Se cumplimentará también expresamente el plazo de entrega (criterio de valoración número 3) valorable mediante aplicación de fórmulas.
Los precios unitarios se expresarán en euros con un número máximo de tres decimales.
Cuando una empresa presente oferta a dos o más lotes, las propuestas deberán incluirse dentro de este sobre número 3, “Proposición Económica”, de forma separada e indicando el número de lote, a fin de facilitar el manejo de la documentación en los estudios valorativos de las ofertas.
A todos los efectos se entenderá que en los precios ofertados están incluidos todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento de las prestaciones de los contratos basados en el acuerdo marco, como son los generales, financieros, seguros, transportes y desplazamientos, montajes y embalaje, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos en vigor y cualesquiera otros que pudieran establecerse o modificarse durante la vigencia del acuerdo xxxxx, a excepción del IVA.
No se aceptarán aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del precio base de licitación de los productos, comportase error manifiesto en los importes de la
proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia
que la hagan inviable, será desechada por la Mesa de contratación motivando su decisión.
En el supuesto de presentación electrónica de las ofertas, se tendrá en cuenta lo dispuesto en el apartado denominado “Medios electrónicos” de la cláusula 1, relativa a las “Características del contrato”.
La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 0927395945776711287392
Cláusula 15. Actuación de la Mesa de contratación de la Junta Central de Compras.
Finalizado el plazo de admisión de proposiciones, se constituirá la Mesa de contratación con objeto de proceder a la apertura del sobre que contiene la documentación administrativa. Si observase defectos u omisiones subsanables en la misma, lo comunicará a los interesados mediante el tablón de anuncios electrónico del Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, correo electrónico o cualquier otro medio similar concediéndose un plazo no superior a cinco días naturales para que los licitadores los corrijan o subsanen o para que presenten aclaraciones o documentos complementarios ante la propia Mesa de contratación.
Una vez examinada la documentación aportada, la Mesa determinará las empresas admitidas a licitación, las rechazadas y las causas de su rechazo, según proceda. Estas circunstancias podrán publicarse, si así se recoge en el apartado 8 de la cláusula 1, en el tablón de anuncios electrónico del Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid.
En un plazo no superior a siete días desde el de apertura de los sobres de documentación administrativa, la Mesa abrirá en acto público los sobres que contienen la documentación técnica de las empresas admitidas a licitación correspondiente a los criterios que requieran de un juicio de valor, entregándose al órgano encargado de su valoración la documentación contenida en el mismo, y levantando acta de todo lo actuado. En su caso, los sobres de documentación técnica correspondiente a los criterios de evaluación directa mediante fórmulas se abrirán en el acto público de apertura de proposiciones económicas.
Para la evaluación de los criterios que dependen de un juicio de valor, como puede ser el de Calidad de los artículos, podrán solicitarse muestras a los licitadores admitidos. El examen de las muestras y la asignación de la puntuación se llevará a cabo por una Comisión Técnica que se habrá de constituir al efecto, en la que estarán representados los centros y unidades comprendidos en el ámbito de centralización de este acuerdo marco. Realizada la valoración, se unirán al expediente los documentos que contengan la puntuación obtenida y el orden en que quedan clasificadas las ofertas de acuerdo con dichos criterios.
En acto público, en el plazo máximo que se establece en el apartado 9 de la cláusula 1, la mesa pondrá en conocimiento de los licitadores la valoración previa de los criterios de adjudicación
que requieran de un juicio de valor, y abrirá los sobres de “Proposición económica” de las empresas admitidas.
Posteriormente la Mesa considerará los criterios de adjudicación cuantificables directamente mediante la aplicación de fórmulas, asignándose la puntuación correspondiente, y establecerá el orden definitivo en que quedan clasificadas las proposiciones.
Cláusula 16. Garantía definitiva.
Los licitadores que hayan presentado las ofertas económicamente más ventajosas estarán obligados a constituir garantía definitiva a disposición del órgano de contratación. Su cuantía será la señalada en el apartado 7 de la cláusula 1 de este pliego. La garantía deberá ser constituida en el plazo de 10 días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que reciban el requerimiento de la Administración. En todo caso, la garantía definitiva responderá de los conceptos a que se refiere el artículo 100 del TRLCSP.
La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 0927395945776711287392
La garantía definitiva se constituirá de conformidad con lo preceptuado en los artículos 95 a 99 del TRLCSP y en cualquiera de las formas que se establecen en los artículos 55, 56 y 57 del RGLCAP, en cuanto no se opongan a lo previsto en el TRLCSP, ajustándose, de acuerdo con la forma escogida, a los modelos de los anexos 4, 5 y 6 del presente pliego, debiendo consignarse en la Tesorería de la Comunidad de Madrid.
No será preciso que los empresarios aporten el resguardo acreditativo de su constitución, sustituyéndose su presentación por el acceso del órgano de contratación al mismo por medios electrónicos, según lo dispuesto en la Resolución de 7 xx xxxxx de 2003, del Director General de Política Financiera y Tesorería.
Si la garantía provisional fuese exigible y se hubiese constituido en metálico o valores de Deuda Pública, será potestativo para el adjudicatario aplicar su importe a la garantía definitiva o proceder a la nueva constitución de esta última.
En el caso de amortización o sustitución de los valores que integran la garantía, el adjudicatario viene obligado a reponer la garantía en igual cuantía, siendo a su xxxxx el otorgamiento de los documentos necesarios a tal fin.
En el caso de que los contratos de suministro basados en el presente acuerdo marco experimenten variación en más xxx xxxxx del presupuesto teórico base de licitación, deberá el adjudicatario completar la garantía definitiva por un importe equivalente al exigido inicialmente, en el plazo de 15 días naturales contados desde la fecha en que se notifique al empresario el correspondiente acuerdo, a efectos de guardar la debida proporción con el presupuesto teórico base de licitación modificado del acuerdo marco, incurriendo en caso contrario en causa de resolución.
Finalizado el plazo de vigencia del acuerdo marco y transcurrido el plazo de garantía de los bienes objeto del suministro, si no resultasen responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva, se dictará resolución de devolución de aquélla o de cancelación del aval, conforme al procedimiento establecido en el artículo 24 del RGCPCM.
Cláusula 17. Acreditación de la capacidad para contratar.
Una vez que el órgano de contratación, conforme a los informes técnicos pertinentes, en su caso, tenga conocimiento de la oferta económicamente más ventajosa, recabará de otros órganos y registros de las Administraciones y entidades públicas la consulta y transmisión electrónica de datos y documentos referentes a la capacidad y solvencia del licitador que vaya a resultar propuesto como adjudicatario, siempre que sea posible su acceso de forma gratuita, y que el interesado, a estos efectos, haya indicado en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos, salvo que conste su oposición expresa, en los términos del modelo que figura como anexo 11 de este pliego. Si, excepcionalmente, no se pudieran recabar los citados documentos, o si se opone a su consulta, se solicitará al interesado su aportación. Asimismo requerirá, en su caso, al licitador, la presentación por medios electrónicos, en el plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, de los documentos que se indican a continuación:
A)- Licitadores que hayan presentado sus proposiciones conforme a la OPCION a) (Declaración responsable) de la Cláusula 14:
La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 0927395945776711287392
1. Obligaciones tributarias:
a) Original o copia compulsada del alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del acuerdo maxxx, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, referida al ejercicio corriente, o el último recibo completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las excepciones establecidas en el artículo 82.1 apartados e) y f) de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Las agrupaciones y uniones temporales de empresas deberán acreditar el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma.
b) Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP.
Además, los licitadores que hayan presentado las ofertas económicamente más ventajosas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29.5 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, no deberán tener deudas en periodo ejecutivo de pago con la Administración autonómica, salvo que estuviesen garantizadas. El certificado que acredite la inexistencia de dichas deudas se aportará de oficio por la Administración Autonómica.
Si el empresario autorizó expresamente a la Administración contratante para acceder a la información relativa al cumplimiento de las obligaciones tributarias, en los términos previstos en la cláusula 14, SOBRE Nº 1 “DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA” del presente pliego, la información así obtenida, en su caso, sustituirá a la correspondiente certificación en los términos previstos en el Convenio suscrito.
2. Obligaciones con la Seguridad Social:
Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP.
3. Documentación acreditativa de la constitución de la garantía definitiva.
4. Justificantes correspondientes al pago de los anuncios de licitación.
5. Documentación acreditativa de la efectiva disposición de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato, en su caso
La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 0927395945776711287392
6. Si procede, los documentos originales que se requieran para el supuesto de licitación electrónica.
7. Si los licitadores que hayan presentado las ofertas económicamente más ventajosas se comprometieron a la contratación de personas en situación de exclusión social, deberán presentar igualmente en el citado plazo: informes de los servicios sociales públicos competentes acreditativos de dicha situación, contratos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social.
Además, deberán presentar en el citado plazo los documentos indicados en los números 1, 2, y 4 de la cláusula 14, OPCIÓN b). No obstante, no será necesario presentar los documentos justificativos de aquellas informaciones que ya se hayan acreditado con anterioridad, si no precisan actualización, ante el órgano de contratación, o que queden acreditadas mediante el certificado expedido por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del TRLCSP, el certificado de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público eximirá a los licitadores inscritos con certificado en vigor de la presentación en las convocatorias de contratación de la documentación correspondiente a los datos que figuren en él, concretamente, y salvo prueba en contrario, de las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera y clasificación, así como concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que dexxx xxxxxxx xn el mismo. No obstante, el empresario deberá aportar la documentación requerida en esta cláusula que no figure en el citado certificado, entre la que se encuentra la específicamente exigida por la Administración de la Comunidad de Madrid, y aquella que aun figurando no esté actualizada.
No es preciso que los empresarios aporten el certificado de inscripción, sustituyéndose su presentación por el acceso de los órganos y mesas de contratación al mismo por medios telemáticos.
Los órganos de contratación podrán en todo momento acceder a las certificaciones del Registro relativas a las empresas licitadoras en los términos previstos en el artículo 8 de la Orden
1490/2010, de 28 xx xxxx, por la que se regula el funcionamiento del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado.
Los licitadores podrán ser excluidos del procedimiento e incurrir en la circunstancia de prohibición de contratar prevista en el artículo 60.1 e) del TRLCSP, con los efectos establecidos en el artículo 61 bis, si la información contenida en el DEUC se ha falseado gravemente, se ha ocultado o no puede completarse con documentos justificativos.
B)- Licitadores que hayan presentado sus proposiciones conforme a la OPCION b) (Aportación de documentación) de la Cláusula 14:
Deberán presentar los documentos indicados en el apartado A) de esta cláusula, números 1 a
7.
Cláusula 18. Propuesta de adjudicación. Renuncia o desistimiento.
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La Mesa de contratación calificará, cuando proceda, la documentación aportada y, si observa defectos u omisiones subsanables, se lo comunicará al interesado, a través del tablón de anuncios electrónico del Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, concediéndose un plazo no superior a cinco días naturales para que el licitador los corrija o subsane o para que presente aclaraciones o documentos complementarios.
Si el licitador no presenta la documentación requerida en el plazo señalado, si no la subsana, o si del examen de la aportada se comprueba que no cumple los requisitos establecidos en este pliego, se entenderá que ha retirado su oferta y que ha imposibilitado la adjudicación del contrato a su favor, incurriendo, en su caso, en la causa de prohibición de contratar establecida en el artículo 60.2 a) del TRLCSP. En estos supuestos la Mesa de contratación propondrá al órgano de contratación la adjudicación a favor del licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas, previa acreditación de su capacidad para contratar con la Comunidad de Madrid, mediante la presentación de la documentación correspondiente en el plazo establecido para ello.
Posteriormente, la Mesa de contratación elevará al órgano de contratación las ofertas, junto con los informes emitidos, en su caso, el acta y la propuesta que estime pertinente, que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios indicados en el apartado 6 de la cláusula 1.
La propuesta de adjudicación de la mesa de contratación no crea derecho alguno en favor del empresario propuesto, que no los adquirirá, respecto a la Administración, mientras no se haya formalizado el contrato.
Si, antes de la adjudicación, el órgano de contratación renunciase a la celebración del contrato o desistiese del procedimiento, deberá compensar a los licitadores por los gastos efectivos en que hubieran incurrido, previa solicitud y con la debida justificación de su valoración económica.
CAPÍTULO IV
ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN
Cláusula 19. Adjudicación del acuerdo marco.
El órgano de contratación adjudicará el acuerdo marco a los licitadores que hayan realizado las proposiciones económicamente más ventajosas mediante la aplicación de los criterios objetivos de
adjudicación establecidos en el apartado 6 de la cláusula 1. Cada lote podrá ser adjudicado a un mínimo de tres licitadores, siempre que exista un número suficiente de interesados admitidos y de ofertas válidas, y hasta un máximo de ocho. Se podrá declarar desierto uno o varios lotes cuando no exista ninguna proposición admisible.
Tendrán preferencia en la adjudicación las proposiciones presentadas por aquellas empresas, que, sin estar sujetas a la obligación a que se refiere la cláusula 30 del presente pliego, en el momento de acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2%, siempre que dichas proposiciones igualaran en sus términos a las más ventajosas después de aplicar los criterios objetivos establecidos para la adjudicación. A efectos de aplicación de esta circunstancia los licitadores deberán acreditarla, en su caso, en el momento de presentar sus proposiciones, mediante los correspondientes contratos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social.
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Igualmente, tendrán preferencia en la adjudicación, en igualdad de condiciones con las que sean económicamente más ventajosas, las proposiciones presentadas por las empresas de inserción reguladas en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción, que cumplan con los requisitos establecidos en dicha normativa para tener esta consideración.
También tendrán preferencia, en igualdad de condiciones, las proposiciones presentadas por entidades reconocidas como organizaciones de Comercio Justo, en productos en los que exista alternativa de Comercio Justo.
En el supuesto de que resultase adjudicataria una unión temporal de empresas, ésta acreditará su constitución en escritura pública, así como el NIF asignado a dicha unión. En todo caso, la duración de la unión será coincidente con la del acuerdo marco hasta su extinción.
El acuerdo marco se adjudicará en el plazo máximo de cuatro meses, a contar desde la apertura de las proposiciones, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 112.2 b) del TRLCSP para los expedientes calificados de urgentes.
Una vez presentada adecuadamente la documentación señalada, el órgano de contratación adjudicará el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación, sin perjuicio de la eventual revisión de la adjudicación en vía de recurso especial en materia de contratación.
Adjudicado el acuerdo marco y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados. Si éstos no retiran su documentación en los tres meses siguientes a la fecha en que se les notifique la adjudicación, la Administración no estará obligada a seguirla custodiando, a excepción, en su caso, de los documentos constitutivos de la garantía provisional, que se conservarán para su entrega a los interesados.
Cláusula 20. Perfección y formalización del acuerdo marco.
El acuerdo marco se perfeccionará mediante la formalización.
Con cada adjudicatario se formalizará un contrato en documento administrativo, que no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores.
El órgano de contratación, una vez transcurrido el plazo previsto en el párrafo anterior sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato, o se hubiera levantado la suspensión, requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento.
Si no se formaliza el contrato en el plazo señalado, por causa imputable al adjudicatario, incurrirá en la causa de prohibición de contratar establecida en el artículo 60.2 b) del TRLCSP.
El acuerdo marco podrá formalizarse en escritura pública si así lo solicita el contratista, corriendo a su cargo los gastos derivados de su otorgamiento. En este caso, el contratista deberá entregar a la Administración una copia legitimada y una simple del citado documento, en el plazo máximo de un mes desde su formalización.
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Cláusula 21. Catálogo de bienes objeto del acuerdo marco.
Los bienes adjudicados constituirán el Catálogo de bienes objeto del acuerdo marco para su adquisición por los centros y unidades, que sustituirá al anteriormente vigente respecto de la misma clase de bienes. El nuevo catálogo entrará en vigor tras la formalización del acuerdo marco, en la fecha que se determine en los documentos de formalización.
CAPÍTULO V
EJECUCIÓN DEL ACUERDO MAXXX
Cláusula 22. Plazo de vigencia del acuerdo marco y prórroga.
El plazo de vigencia del acuerdo marco será el que se especifica en el apartado 10 de la cláusula 1 de este pliego. Durante dicho plazo los adjudicatarios estarán obligados a atender las peticiones de suministro que reciban sobre los productos objeto del acuerdo marco.
El acuerdo marco podrá ser prorrogado antes de finalizar su vigencia, sin que el plazo total, incluidas las prórrogas, pueda exceder de cuatro años, salvo situación excepcional debidamente justificada. La prórroga será obligatoria para el empresario, salvo que se prevea lo contrario en el apartado 10 de la cláusula 1. Se formalizará en documento administrativo y requerirá la previa tramitación del oportuno expediente, en el que se dará audiencia al contratista, sin que pueda producirse por consentimiento tácito de las partes.
Los precios no podrán sufrir variación durante el periodo de la prórroga que, en su caso, se acuerde, sin perjuicio de la aplicación de las revisiones de precios que pudieran corresponder conforme a lo estipulado en el acuerdo maxxx x de las mejores condiciones que los contratistas ofrezcan mediante promociones u ofertas temporales.
Cláusula 23. Modificación del acuerdo marco.
El órgano de contratación podrá acordar, una vez perfeccionado el acuerdo marco y por razones de interés público, modificaciones en el mismo en los casos y en la forma previstos en el título
V del libro I, y de acuerdo con el procedimiento regulado en el artículo 211 del TRLCSP, justificándolo debidamente en el expediente.
En lo concerniente a su régimen se estará a lo dispuesto en los artículos 106, 107, 108, 210 y 219 del TRLCSP.
En el apartado 11 de la cláusula 1 se especifican, en su caso, las condiciones, el alcance, los límites y el procedimiento de las modificaciones previstas.
Las modificaciones no previstas en el apartado 11 de la cláusula 1 sólo podrán efectuarse cuando se justifique suficientemente la concurrencia de alguna de las circunstancias previstas en el artículo 107 del TRLCSP. Estas modificaciones no podrán alterar las condiciones esenciales de la licitación y adjudicación y deberán limitarse a introducir las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que las haga necesarias.
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Las modificaciones del acuerdo marco que se produzcan durante su ejecución, se publicaran en el Portal de la Contratación Pública - Perfil de contratante.
En las modificaciones no previstas en la contratación original, deberá además enviarse previamente un anuncio para su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, que contendrá la información indicada en el formulario normalizado del anexo V parte G de la DN.
Cláusula 24. Suspensión del acuerdo marco.
La Administración, por razones de interés público, podrá acordar la suspensión de la ejecución del acuerdo marco. Igualmente procederá su suspensión si se diere la circunstancia prevista en el artículo 216.5 del TRLCSP. Los efectos de la suspensión del acuerdo marco se regirán por lo dispuesto en el artículo 220 del TRLCSP así como en los preceptos concordantes del RGLCAP.
Cláusula 25. Cesión del acuerdo marco.
Los derechos y obligaciones dimanantes del acuerdo marco podrán ser cedidos por los adjudicatarios a un tercero siempre que se den los supuestos y se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 226 del TRLCSP.
Cláusula 26. Subcontratación.
Los adjudicatarios del acuerdo marco podrán concertar con terceros la realización parcial de los contratos basados en éste, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 227 del TRLCSP, quedando obligados al cumplimiento de los requisitos y obligaciones establecidos en los artículos 228 y 228 bis del mismo texto legal. En todo caso, el contratista asumirá la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente a la Administración.
El contratista deberá comunicar al órgano de contratación su intención de subcontratar, indicando las partes del contrato a que afectará y la identidad del subcontratista, así como justificar la aptitud de éste por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia.
Asimismo, junto con el escrito mediante el que se dé conocimiento del subcontrato a celebrar, el contratista deberá acreditar que el subcontratista no se encuentra inhabilitado para contratar de acuerdo con el ordenamiento jurídico o comprendido en alguno de los supuestos del artículo 60 del
TRLCSP y que no se halla incurso en la suspensión de clasificaciones. Dicha acreditación podrá hacerse efectiva mediante declaración responsable del subcontratista.
Los subcontratistas no tendrán, en ningún caso, acción directa frente a la Administración contratante por las obligaciones contraídas con ellos por el contratista como consecuencia de la ejecución del contrato principal y de los subcontratos.
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El contratista deberá remitir al órgano de contratación, cuando éste lo solicite, relación detallada de aquellos subcontratistas o suministradores que participen en el contrato cuando se perfeccione su participación, junto con aquellas condiciones de subcontratación o suministro de cada uno de ellos que guarden una relación directa con el plazo de pago. Asimismo, deberán aportar, a solicitud del órgano de contratación, justificante de cumplimiento de los pagos a aquéllos, una vez terminada la prestación, dentro de los plazos de pago legalmente establecidos en el artículo 228 del TRLCSP y en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, en lo que le sea de aplicación. Estas obligaciones tendrán la consideración de condiciones esenciales de ejecución del contrato y su incumplimiento, además de las consecuencias previstas por el ordenamiento jurídico, permitirá la imposición de las penalidades que a tal efecto se especifiquen en el apartado 14 de la cláusula 1.
CAPÍTULO VI
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Cláusula 27. Pago del precio.
El pago del precio se efectuará por el centro destinatario de los bienes. El contratista tendrá derecho al abono del precio de los bienes efectivamente entregados y formalmente recibidos por la Administración, mediante la presentación de facturas debidamente conformadas.
La demora en el pago por plazo superior a treinta días, desde la fecha de aprobación de los documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los bienes entregados, devengará a favor del contratista los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, de conformidad con lo establecido en el artículo 216.4 del TRLCSP.
Para que se inicie el cómputo de plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la factura en el registro correspondiente en el plazo de treinta días desde la fecha de entrega efectiva de los bienes objeto del contrato. Si el contratista incumpliese este plazo, el devengo de intereses no se iniciará hasta transcurridos treinta días desde la fecha de presentación de la factura, sin que la Administración haya aprobado la conformidad, si procede, y efectuado el correspondiente abono.
La Administración deberá aprobar los documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los bienes entregados dentro de los treinta días siguientes a la entrega efectiva de los bienes.
Si la demora en el plazo fuese superior a cuatro meses, el contratista podrá proceder a la suspensión del cumplimiento del acuerdo marco, debiendo comunicar a la Administración, con un mes de antelación, tal circunstancia. Si la demora en el pago fuese superior a ocho meses, el contratista
tendrá derecho asimismo a resolver el acuerdo maxxx x al resarcimiento de los perjuicios que como consecuencia de ello se le originen.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 218 del TRLCSP y en los términos establecidos en el mismo, los contratistas podrán ceder el derecho de cobro que tengan frente a la Administración conforme a Derecho. A este respecto, la Comunidad de Madrid tiene suscritos convenios de colaboración con varias entidades financieras para el descuento de certificaciones y facturas.
Se puede obtener información completa sobre las condiciones y procedimiento a seguir en la página web de la Dirección General de Contratación, Patrimonio y Tesorería, de la Comunidad de Madrid: xxxx://xxx.xxxxxx.xxx.
Cláusula 28. Revisión de precios.
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Cuando proceda, transcurridos dos años desde la formalización del acuerdo marco, podrá tener lugar la revisión de precios de los artículos adjudicados, mediante resolución del órgano de contratación que determinará su alcance, aplicando el índice o sistema de revisión especificado en el apartado 12 de la cláusula 1 de este pliego, desde cuya fecha tendrá efectos la revisión. Dada la duración y naturaleza del acuerdo marco y de los contratos basados en el mismo que se realicen por los distintos centros para la adquisición de los bienes incluidos en el catálogo, se presumirá que durante los dos primeros años se ha ejecutado más del 20 por 100 de su importe a efectos de lo establecido en el artículo 89 del TRLCSP. Respecto a los precios cuya revisión no se solicite por el contratista se entenderá que ha aplicado la correspondiente mejora.
Cláusula 29. Obligaciones, gastos e impuestos exigibles al contratista.
Son de cuenta del contratista los gastos de impuestos, anuncios de licitación, ya sea en boletines y diarios oficiales o en cualquier medio de comunicación, cuyo importe máximo se encuentra especificado en el apartado 3 de la cláusula 1, los de formalización del acuerdo marco en el caso de elevación a escritura pública, así como de cuantas licencias, autorizaciones y permisos procedan en orden a la ejecución del suministro. Asimismo vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento de los contratos basados en el acuerdo marco, como son los generales, financieros, seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos, el IVA y cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución del acuerdo marco durante la vigencia del mismo.
Expresamente se hace constar que los gastos de transporte y entrega de los bienes objeto del suministro al lugar señalado para ello serán de cuenta del contratista.
El contratista tendrá la obligación de presentar la factura o facturas derivadas de la ejecución del objeto del contrato ante el correspondiente registro administrativo, a efectos de su remisión al órgano o unidad a quien corresponda su tramitación. En la factura deberá constar la identificación de la unidad tramitadora (centro directivo u organismo promotor), del órgano gestor (órgano al que está adscrita la unidad tramitadora) y de la oficina contable (órgano que tiene atribuida la función de contabilidad), con indicación de los correspondientes códigos de acuerdo con el “Directorio Común de Unidades y Oficinas DIR3” gestionado por la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, y la dirección postal, conforme se recogerá en cada contrato de suministro basado en este acuerdo marco.
El contratista deberá respetar, durante el plazo indicado en el apartado 13 de la cláusula 1, el carácter confidencial de la información a que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato, la cual se especifica, en su caso, en el mismo apartado, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal.
Cláusula 30. Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad.
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El contratista, conforme con lo dispuesto en el Decreto 213/1998, de 17 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen medidas en la contratación administrativa de la Comunidad de Madrid para apoyar la estabilidad y calidad del empleo, durante la vigencia del acuerdo marco asume entre sus obligaciones la de tener trabajadores con discapacidad en un 2%, al menos, de la plantilla de la empresa, si ésta alcanza un número de 50 o más trabajadores y el contratista está sujeto a tal obligación, de acuerdo con el artículo 42 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, o la de adoptar las medidas alternativas desarrolladas reglamentariamente por el Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx.
El contratista queda obligado igualmente a acreditar ante el órgano de contratación el cumplimiento de la referida obligación, en cualquier momento de la vigencia del acuerdo marco o, en todo caso, antes de la devolución de la garantía definitiva. La acreditación del cumplimiento de la obligación se efectuará mediante la presentación ante el órgano de contratación de los siguientes documentos: un certificado de la empresa en el que conste el número de trabajadores de plantilla y copia compulsada de los contratos celebrados con trabajadores con discapacidad.
Para el supuesto de incumplimiento de esta obligación se estará a lo prevenido en el Decreto 213/1998, de 17 de diciembre.
Cláusula 31. Obligaciones laborales, sociales y medioambientales.
El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales y en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las que se promulguen durante la ejecución del contrato.
Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del acuerdo marco en:
- Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, calle Xxxxxxx Xxxxxxxxx núm. 7, plantas 2ª, 3ª, 5ª y 6ª, 00000 Xxxxxx, teléfonos 000 00 00 00 - fax 00 000 00 00.
Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx).
En el modelo de proposición económica que figura como anexo 2.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones.
El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.
Cláusula 32. Penalidades por incumplimiento de obligaciones contractuales.
Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiese incurrido en demora respecto
del cumplimiento de los plazos de entrega, la Administración podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 212 del TRLCSP.
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La aplicación y el pago de las penalidades no excluyen la indemnización a que la Administración pueda tener derecho por los daños y perjuicios ocasionados con motivo del retraso imputable al contratista.
En caso de cumplimiento defectuoso de la ejecución del contrato o, en su caso, incumplimiento del compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y materiales suficientes, o incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución del contrato, la Administración podrá imponer al contratista las penalidades indicadas en el apartado 14 de la cláusula 1, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 212.1 del TRLCSP.
La infracción de las condiciones para la subcontratación establecidas en el artículo 227.3 del TRLCSP podrá dar lugar a la imposición al contratista de una penalidad de hasta un 50 por ciento del importe del subcontrato. Asimismo, el incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 228.bis del TRLCSP, además de las consecuencias previstas por el ordenamiento jurídico, permitirá la imposición de las penalidades que a tal efecto se especifican en el apartado 14 de la cláusula 1.
CAPÍTULO VII
CONCLUSIÓN DEL ACUERDO XXXXX
Cláusula 33. Terminación del acuerdo marco.
El acuerdo marco se entenderá cumplido por el contratista cuando, transcurrido su plazo de vigencia total más las prórrogas, en su caso, acordadas de acuerdo con lo establecido en la cláusula 22 de este pliego, aquél haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administración, la totalidad de su objeto.
Cláusula 34. Prerrogativas de la Administración, revisión de decisiones y Tribunales competentes.
De acuerdo con lo establecido en la cláusula 2, este acuerdo marco tiene carácter administrativo. El órgano de contratación tiene la facultad de resolver cuantas cuestiones se susciten durante la vigencia del mismo sobre su interpretación, modificación, efectos y extinción, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos señalados en la Ley.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 40 del TRLCSP, el acuerdo marco está sujeto a regulación armonizada, circunstancia que se indica en el apartado 16 de la cláusula 1, siendo susceptibles de recurso especial en materia de contratación los anuncios de licitación, los pliegos y documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación, la adjudicación y los actos de trámite adoptados en el procedimiento de contratación que decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, a estos efectos se consideran actos de trámite los acuerdos de exclusión de licitadores de la Mesa de Contratación. También son susceptibles de recurso especial en materia de contratación los actos dictados en relación con las modificaciones contractuales no previstas en el pliego, la subcontratación, y la resolución de los contratos, solo en tanto se cuestione el cumplimiento de las exigencias que, con efecto directo, establece el Derecho de la Unión Europea.
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El recurso especial en materia de contratación tiene carácter potestativo, pudiendo presentarse el escrito de interposición en el registro del órgano de contratación o del competente para la resolución, en el plazo de quince días hábiles computados conforme a lo dispuesto en el artículo 44 del TRLCSP, previo anuncio por escrito al órgano de contratación. La resolución dictada será directamente ejecutiva y solo cabrá la interposición del recurso contencioso-administrativo.
Los actos del órgano de contratación no susceptibles de recurso especial, así como los que se dicten en contratos no comprendidos en el artículo 40 del TRLCSP serán inmediatamente ejecutivos, poniendo fin a la vía administrativa. Contra estas resoluciones podrá interponerse recurso de reposición, ante el órgano de contratación, en el plazo de un mes, contado a partir del siguiente al de notificación de la resolución, o ser impugnadas directamente ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Cláusula 35. Resolución del acuerdo xxxxx.
Son causas de resolución del acuerdo marco las recogidas en los artículos 85, 223 y 299 del TRLCSP, así como las siguientes:
- La pérdida sobrevenida de los requisitos para contratar con la Administración.
- El incumplimiento de las limitaciones establecidas en materia de subcontratación.
- La obstrucción a las facultades de inspección de la Administración.
- El incumplimiento de la obligación del contratista de respetar el carácter confidencial de los datos o antecedentes indicados en el apartado 13 de la cláusula 1 que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del acuerdo xxxxx y de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo.
- El incumplimiento de la obligación del contratista de dar cuenta al órgano de contratación, con la debida antelación, de cualquier oferta singularizada o xx xxxxxxx que proyecte realizar, sea para el sector público o privado, cuando se refieran a los bienes adjudicados.
- El incumplimiento reiterado de los plazos máximos de entrega establecidos para los artículos adjudicados.
- El suministro de bienes al margen de los procedimientos establecidos en la cláusula 39 del presente pliego.
- El incumplimiento culpable por parte del contratista de lo establecido en la Ley 8/2005, de 26 de diciembre, de Protección y Fomento del Arbolado Urbano de la Comunidad de Madrid, siempre y cuando su conducta haya sido objeto de sanción muy grave, conforme a lo dispuesto en el artículo 11.2.1 de dicha Ley.
La resolución del acuerdo marco se acordará por el órgano de contratación de oficio o a instancia del contratista, en su caso, mediante procedimiento tramitado en la forma reglamentariamente establecida por el artículo 109 del RGLCAP.
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En los casos de resolución por incumplimiento culpable del contratista, éste deberá indemnizar a la Administración los daños y perjuicios ocasionados. La indemnización se hará efectiva sobre la garantía, sin perjuicio de la subsistencia de la responsabilidad del contratista en lo que se refiere al importe que exceda del de la garantía incautada. La determinación de los daños y perjuicios que deba indemnizar el contratista se llevará a cabo por el órgano de contratación en decisión motivada previa audiencia del mismo, atendiendo, entre otros factores, al retraso que implique para la inversión proyectada y a los mayores gastos que ocasione a la Administración.
Para la aplicación de las causas de resolución se estará a lo dispuesto en los artículos 224 del TRLCSP y 110 del RGLCAP, y para sus efectos a lo dispuesto en los artículos 225 y 300 del TRLCSP.
CAPÍTULO VIII
CONTRATOS BASADOS EN EL ACUERDO XXXXX
Cláusula 36. Principio de riesgo y xxxxxxx.
De acuerdo con lo que establecen los artículos 215 y 292 del TRLCSP, la ejecución de los contratos basados en el acuerdo marco se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista.
Cláusula 37. Sujeción al pliego de cláusulas administrativas particulares y al de prescripciones técnicas particulares.
Los contratos basados en el acuerdo xxxxx se ejecutarán con sujeción a las cláusulas del presente pliego y a las del de prescripciones técnicas particulares y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere la Administración al contratista a través, en su caso, del responsable del contrato.
Cláusula 38. Contratos basados en el acuerdo marco.
Los órganos y centros comprendidos en el ámbito subjetivo de contratación centralizada, procederán a la adquisición de los bienes incluidos en el catálogo, sin que sea precisa nueva licitación, al proveedor de su elección de entre los adjudicatarios del acuerdo marco. Para ello cursarán las peticiones de los artículos que necesiten, con arreglo al procedimiento que corresponda de los establecidos en la cláusula siguiente, según los grupos de bienes de que se trate, utilizando para ello el modelo de contrato de suministro basado en un acuerdo marco que figura como anexo 12 del presente pliego, quedando los proveedores obligados a la entrega de los mismos.
Los contratistas no deberán atender las solicitudes de centros que hayan sido efectuadas al margen del referido procedimiento, ni admitirán cambios que pudieran suponer modificación y/o variación en relación con los artículos objeto de la adjudicación. Será causa de resolución del contrato el incumplimiento de estas prescripciones, de acuerdo con lo estipulado en la cláusula 35 de este pliego.
Las características de los productos, los precios de los mismos y los plazos de entrega serán los que figuren en los correspondientes catálogos de bienes homologados objeto del acuerdo marco en la fecha en que se curse cada petición por los centros.
Durante la vigencia del acuerdo marco los contratistas podrán proponer al órgano de contratación ofertas limitadas en el tiempo o en el número, en condiciones más beneficiosas que las de la propia adjudicación, y ofrecer descuentos en los precios unitarios en función de la cantidad de productos a adquirir -economía de escala-, o por cualquier otra circunstancia que los contratistas consideren oportuna, cuya aplicación requerirá, en todo caso, la oportuna aprobación del órgano de contratación e inclusión en catálogo.
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Los contratistas deberán así mismo dar cuenta, con la debida antelación, de cualquier oferta singularizada o xx xxxxxxx que proyecten realizar, sea para el sector público o privado, cuando se refieran a los mismos artículos adjudicados. El incumplimiento de esta obligación podrá dar lugar a la resolución del acuerdo marco, de acuerdo con lo previsto en la cláusula 35 de este pliego.
Los contratistas podrán proponer al órgano de contratación la sustitución de los bienes adjudicados por otros que incorporen avances o innovaciones tecnológicas que mejoren las prestaciones o características de los adjudicados, siempre que su precio no incremente en más del 20 por 100 el inicial de adjudicación.
El órgano de contratación, por propia iniciativa y con la conformidad del contratista, o a instancia de éste, podrá incluir nuevos bienes del tipo adjudicado o similares al mismo cuando concurran motivos de interés público o de nueva tecnología o configuración, cuya comercialización se haya iniciado con posterioridad a la fecha límite de presentación de ofertas, siempre que su precio no exceda en más de un 20 por 100 al del adjudicado.
Los plazos de entrega de los bienes se contarán desde la fecha (día y, en su caso, hora) de notificación de la solicitud y en la localidad y lugar que señale el centro directivo promotor. Dichos plazos tendrán el carácter de máximos, si bien podrá ampliarse en supuestos singulares y por motivos excepcionales, a petición de los contratistas, previa autorización por el órgano de contratación.
Los contratos basados en un acuerdo marco no podrán en ningún caso introducir modificaciones sustanciales en los términos establecidos en dicho acuerdo en particular respecto de los celebrados con un único empresario.
Cláusula 39. Procedimiento.
En la adquisición de los artículos homologados se seguirá el procedimiento establecido en el
apartado 2 de la cláusula 1:
Procedimiento general.
- Elaboración de una memoria justificativa de la necesidad de la adquisición por la unidad o centro directivo promotor.
- Cumplimentación por el centro directivo promotor del documento de suministro basado en el acuerdo marco que figura en el anexo 12 (12.1 ó 12.2) al presente pliego. En cada documento de suministro se incluirán los bienes solicitados a un mismo proveedor.
- Elaboración y propuesta del documento o documentos contables que comprendan las fases de autorización y disposición del gasto (AD).
- Fiscalización previa por la Intervención, salvo que el centro directivo promotor estuviese exentos de este requisito conforme a la normativa aplicable.
- Aprobación y contabilización del gasto.
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- Envío de los documentos de suministros basados en el acuerdo marco al órgano de contratación. Estos documentos serán suscritos por el responsable de la unidad o del centro directivo promotor y recogerán en la diligencia las firmas del Interventor, en su caso, y del órgano competente para la aprobación del gasto.
- Verificación por el servicio correspondiente del órgano de contratación, que cursará las solicitudes a los proveedores que hayan de realizar el suministro y comunicará al centro directivo promotor su tramitación.
- Recepción de los bienes suministrados y pago del precio, que se realizarán por el centro destinatario de los bienes conforme a las normas generales de la legislación sobre contratos públicos y demás disposiciones aplicables.
Cláusula 40. Recepción de los bienes.
Las recepciones de los bienes, a efectos de la comprobación material de la inversión se realizarán, en todo caso, a instancias de cada centro o unidad solicitante en la forma legalmente establecida.
Si los bienes no se hallasen en estado de ser recibidos, se hará constar así en el acta de recepción y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados o proceda a realizar un nuevo suministro de conformidad con lo pactado.
El contratista no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que esta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. Cuando la recepción de los bienes, realizada en la forma legalmente establecida, sea posterior a la entrega a la Administración, ésta será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre uno y otro acto.
Cláusula 41. Dirección y supervisión del suministro.
La Administración tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración de los bienes objeto del acuerdo marco, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales a emplear, establecer sistemas de control de
calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento del acuerdo marco. La dirección y supervisión del suministro será ejercida por la persona que a tal efecto se designe por la Administración.
Cláusula 42. Responsabilidad del contratista por daños y perjuicios.
El contratista será responsable de todos los daños y perjuicios, directos o indirectos que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución de los contratos basados en el acuerdo marco. Si los daños y perjuicios ocasionados fueran consecuencia inmediata y directa de una orden dada por la Administración, ésta será responsable dentro de los límites señalados en las leyes. En todo caso, será de aplicación lo preceptuado en el artículo 214 del TRLCSP.
Cláusula 43. Plazo de garantía.
El plazo de garantía comenzará a contar desde la fecha de recepción y será el establecido en el apartado 15 de la cláusula 1 de este pliego.
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Cláusula 44. Vicios o defectos durante el plazo de garantía.
Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados, la Administración tendrá derecho a reclamar al contratista que reponga los bienes inadecuados o a exigir su reparación si ésta resultase suficiente. En todo caso, durante el plazo de garantía el contratista tendrá derecho a conocer y ser oído sobre la aplicación dada a los bienes objeto del suministro.
En el supuesto de que el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes entregados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos, siempre que estos vicios o defectos fuesen imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de los bienes no serán suficientes para lograr aquel fin, podrá, antes de finalizar el plazo de garantía, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista, quedando la Administración exenta de la obligación del pago, o si hubiese efectuado éste la Administración tendrá derecho a la recuperación del precio satisfecho.
ENTERADO Y CONFORME Madrid,
EL ADJUDICATARIO , LA JEFE DE ÁREA DE LA JUNTA CENTRAL DE COMPRAS,
Firmado digitalmente por XXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX Organización: COMUNIDAD DE MADRID
Fecha: 2018.02.07 09:05:52 CET
Huella dig.: ae25d129501c2729174032b55bfffce3cb1ba3dc
Fdo.: Fdo.: Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx
ANEXO 1
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Suplementos del lote nº 1 | ||
Código | Descripción | Importe máximo sin IVA |
003 | Botones plateados / dorados de tamaño grande | 0,500 |
004 | Botones plateados / dorados de tamaño pequeño | 0,100 |
034 | Tallas especiales | 12,000 |
078 | Colores especiales (corporativos) y/o logotipos | 1,500 |
RELACIÓN DE ARTÍCULOS TIPO Y LOTES EN QUE SE AGRUPAN
Lote nº 1 Descripción: Uniformidad-chaquetas, pantalones, faldas Presupuesto (importe estimado de compra): 547.049,20 Valor estimado incluida la Prórroga (art. 88 TRLCSP): 1.094.098,40 Plazo máximo de entrega de los artículos del lote: 60 días Tiempo máximo de respuesta para sustituciones y devoluciones: 10 días Suplementos (S/N) : S CPV: 18-23-0000 18-42-0000 Artículos del lote : | |||
Código | Descripción | Precio máximo sin IVA | Unidad |
0000-00-00-00 | Falda de invierno. Colores:xxxx xxxxxx, gris xxxxxxx, xxxx azafata, marrón tostado, negro | 24,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Falda xx xxxxxx. Colores:xxxx xxxxxx, gris xxxxxxx, xxxx azafata, marrón tostado, negro | 24,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Pantalón de señora para invierno. Colores: xxxx xxxxxx, negro, gris xxxxxxx | 30,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Pantalón de señora para verano. Colores: xxxx xxxxxx, negro, gris xxxxxxx | 30,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Pantalón xx xxxxxxxxx para invierno. Colores: xxxx xxxxxx, negro, gris xxxxxxx | 30,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Pantalón xx xxxxxxxxx para verano. Colores: xxxx xxxxxx, negro, gris xxxxxxx | 30,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Uniforme de señora para invierno (falda). Colores: xxxx xxxxxx, gris xxxxxxx, xxxx azafata, marrón tostado | 98,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Uniforme de señora para verano (falda). Colores: xxxx xxxxxx, gris xxxxxxx, xxxx azafata, marrón tostado | 98,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Uniforme de señora para invierno (pantalón). Colores: xxxx xxxxxx, negro, gris xxxxxxx | 98,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Uniforme de señora para verano (pantalón). Colores: xxxx xxxxxx, negro, gris xxxxxxx | 98,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Uniforme xx xxxxxxxxx para invierno. Colores: xxxx xxxxxx, negro, gris xxxxxxx | 98,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Uniforme xx xxxxxxxxx para verano. Colores: xxxx xxxxxx, negro, gris xxxxxxx | 98,000 | Unidad |
ANEXO 1
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Lote nº 2 Descripción: Uniformidad-zapatos Presupuesto (importe estimado de compra): 366.372,40 Valor estimado incluida la Prórroga (art. 88 TRLCSP): 732.744,80 Plazo máximo de entrega de los artículos del lote: 60 días Tiempo máximo de respuesta para sustituciones y devoluciones: 10 días Suplementos (S/N) : S CPV: 18-81-0000 Artículos del lote : | |||
Código | Descripción | Precio máximo sin IVA | Unidad |
0000-00-00-00 | Zapatos xx xxxxxxxxx y señora tipo mocasín. Colores: negro, blanco | 35,000 | Par |
0000-00-00-00 | Zapatos caballero y señora con cordones. Suela piel. Color negro | 35,000 | Par |
0000-00-00-00 | Zapatos xx xxxxxxxxx y señora con cordones. Suela goma. Color negro | 35,000 | Par |
0000-00-00-00 | Zapato de señora tipo salón. Color negro | 35,000 | Par |
0000-00-00-00 | Zapatos caballero y señora con cordones. Suela de poliuretano xx xxxxx densidad. Color negro | 38,500 | Par |
0000-00-00-00 | Zapatos caballero y señora con cierre de velcro sin perforar. Color negro y blanco | 21,500 | Par |
0000-00-00-00 | Zapatos caballero y señora con cierre de velcro perforado. Color negro y blanco | 21,500 | Par |
Suplementos del lote nº 2 | ||
Código | Descripción | Importe máximo sin IVA |
031 | Spay de goma antideslizante | 2,000 |
Lote nº 3 Descripción: Uniformidad-complementos Presupuesto (importe estimado de compra): 145.545,20 Valor estimado incluida la Prórroga (art. 88 TRLCSP): 291.090,40 Plazo máximo de entrega de los artículos del lote: 60 días Tiempo máximo de respuesta para sustituciones y devoluciones: 10 días CPV: 18-42-0000 Artículos del lote : | |||
Código | Descripción | Precio máximo sin IVA | Unidad |
0000-00-00-00 | Cinturón xx xxxx. Colores: negro, marrón | 12,500 | Unidad |
0000-00-00-00 | Cinturón textil, poliéster con hebilla metálica. Colores: negro, marrón, verde, xxxx, xxxx | 5,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Xxxxxxx xx xxxxxxxxx. Colores: xxxx xxxxxx, negro, gris, burdeos, verde | 9,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Corbata de señora. Colores: xxxx xxxxxx, negro, gris, burdeos, verde | 9,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Pañuelo para cuello burdeos, verde | 7,500 | Unidad |
0000-00-00-00 | Escudo del Ayuntamiento de Madrid (PVC o LIOSINA) | 3,200 | Unidad |
0000-00-00-00 | Cinturón textil, algodón con hebilla metálica. Colores: xxxx, xxxx, negro, marrón, verde | 6,500 | Unidad |
RELACIÓN DE ARTÍCULOS TIPO Y LOTES EN QUE SE AGRUPAN
ANEXO 1
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RELACIÓN DE ARTÍCULOS TIPO Y LOTES EN QUE SE AGRUPAN
Lote nº 4 Descripción: Uniformidad-blusas y camisas Presupuesto (importe estimado de compra): 255.958,80 Valor estimado incluida la Prórroga (art. 88 TRLCSP): 511.917,60 Plazo máximo de entrega de los artículos del lote: 60 días Tiempo máximo de respuesta para sustituciones y devoluciones: 10 días Suplementos (S/N) : S CPV: 18-33-0000 Artículos del lote : | |||
Código | Descripción | Precio máximo sin IVA | Unidad |
0000-00-00-00 | Blusa de manga corta. Colores: blanco, amarillo, beige, azul celeste | 19,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Blusa de manga larga. Colores: blanco, amarillo, beige, azul celeste | 20,500 | Unidad |
0000-00-00-00 | Blusa de manga "francesa". Color rojo oscuro (RGB 188/0/27) | 22,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Camisa de manga corta, caballero o señora. Colores: blanco, beige, azul celeste | 10,500 | Unidad |
0000-00-00-00 | Camisa de manga larga, caballero o señora. Colores: blanco, beige, azul celeste | 12,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Camisa de manga larga, caballero. Color rojo oscuro (RGB 188/0/27) | 14,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Camisa de esmoquin blanca | 21,500 | Unidad |
Suplementos del lote nº 4 | ||
Código | Descripción | Importe máximo sin IVA |
034 | Tallas especiales | 2,500 |
078 | Colores especiales (corporativos) y/o logotipos | 1,500 |
ANEXO 1
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Suplementos del lote nº 5 | ||
Código | Descripción | Importe máximo sin IVA |
001 | Bandas reflectantes EN-471 | 12,000 |
034 | Tallas especiales | 6,500 |
078 | Colores especiales (corporativos) y/o logotipos | 1,500 |
RELACIÓN DE ARTÍCULOS TIPO Y LOTES EN QUE SE AGRUPAN
Lote nº 5 Descripción: Uniformidad, deportivo y laboral-prendas de abrigo Presupuesto (importe estimado de compra): 456.710,80 Valor estimado incluida la Prórroga (art. 88 TRLCSP): 913.421,60 Plazo máximo de entrega de los artículos del lote: 60 días Tiempo máximo de respuesta para sustituciones y devoluciones: 10 días Suplementos (S/N) : S CPV: 18-22-0000 18-21-0000 Artículos del lote : | |||
Código | Descripción | Precio máximo sin IVA | Unidad |
1821-01-01-01 | Chaquetón 3/4 xx xxxxxxxxx xxxx xxxxxx | 80,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Chaquetón 3/4 tipo xxxxxxx. Colores: xxxx xxxxxx, verde | 72,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Gabardina xxxx xxxxxx | 85,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Abrigo de paño xxxx xxxxxx | 95,000 | Unidad |
1822-01-01-01 | Anorak 3/4. Colores: xxxx xxxxxx, gris, verde | 35,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Anorak tipo "Huskys" xxxx xxxxxx | 35,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Anorak bicolor. Colores: rojo y azul. Azul y negro | 55,500 | Unidad |
0000-00-00-00 | Parka de triple uso xxxx xxxxxx | 70,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Chaleco polar. Colores: xxxx xxxxxx, verde, rojo, gris | 27,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Forro polar. Colores: xxxx xxxxxx, verde, rojo, gris | 31,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Pantalón contra ambientes frios. Colores: xxxx xxxxxx, gris, marrón y negro. | 33,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Pantalón contra ambientes frios, tejido 245 g/m2 xxxx xxxxxx | 35,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Chaleco Softshell rojo | 25,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Cazadora Softshell. Colores: xxxx, xxxx y negro | 70,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Forro micropolar. Colores: xxxx xxxxxx, verde, rojo, gris | 22,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Forro polar 320 grs/m2 xxxx xxxxxx | 31,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Chaqueta Softshell. Colores: xxxx, xxxx, gris, negro | 33,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Cazadora triple uso. Colores: rojo y azul | 55,000 | Unidad |
ANEXO 1
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RELACIÓN DE ARTÍCULOS TIPO Y LOTES EN QUE SE AGRUPAN
Lote nº 6 Descripción: Prendas de punto, calcetería y artículos conexos para todos los grupos laborales Presupuesto (importe estimado de compra): 276.034,00 Valor estimado incluida la Prórroga (art. 88 TRLCSP): 552.068,00 Plazo máximo de entrega de los artículos del lote: 60 días Tiempo máximo de respuesta para sustituciones y devoluciones: 10 días Suplementos (S/N) : S CPV: 18-23-0000 18-31-0000 18-42-0000 Artículos del lote : | ||||
Código | Descripción | Precio máximo sin IVA | Unidad | |
0000-00-00-00 | Chaleco de punto fino cuello de pico. Colores: xxxx xxxxxx, gris, verde y burdeos | 20,000 | Unidad | |
0000-00-00-00 | Chaqueta de punto grueso, caballero-señora. Colores: xxxx xxxxxx, gris, verde, burdeos | 25,000 | Unidad | |
0000-00-00-00 | Chaqueta de punto fino, caballero-señora. Colores: xxxx xxxxxx, gris, burdeos y verde | 23,000 | Unidad | |
0000-00-00-00 | Jersey de punto fino, cuello de pico. Colores: xxxx xxxxxx, rojo, gris, verde y burdeos | 23,000 | Unidad | |
0000-00-00-00 | Jersey de punto fino, cuello redondo. Colores: xxxx xxxxxx, rojo, gris, verde y burdeos | 23,000 | Unidad | |
0000-00-00-00 | Jersey de punto grueso, cuello redondo. Refuerzos en codos y hombros. Colores: xxxx xxxxxx, rojo, verde y gris | 36,000 | Unidad | |
0000-00-00-00 | Chaqueta punto grueso, caballero-señora cierre cremallera xxxx xxxxxx | 35,000 | Unidad | |
0000-00-00-00 | Calcetines acrílicos y poliamida negro | 2,100 | Par | |
0000-00-00-00 | Calcetines hilo de algodón negro | 2,500 | Par | |
0000-00-00-00 | Panti licra. Colores: beige, blanco, xxxx xxxxxx, gris o negro | 4,700 | Par | |
0000-00-00-00 | Panti nailon. Colores: beige, blanco, xxxx xxxxxx, gris o negro | 2,700 | Par | |
0000-00-00-00 | Calcetines deportivos de algodón 100% blancos, negros | 2,000 | Par | |
0000-00-00-00 | Calcetines deportivos de algodón 85% blancos, negros | 2,900 | Par | |
0000-00-00-00 | Calcetines de lana-acrílico. Colores: negro, verde, gris, azul | 3,000 | Par | |
0000-00-00-00 | Calcetines térmicos. Colores: negro, verde, gris, azul | 6,200 | Par | |
0000-00-00-00 | Calcetines de lana-poliester. Colores: negro, verde, gris, azul | 3,500 | Par | |
0000-00-00-00 | Calcetines hilo de escocia negro | 2,700 | Par | |
0000-00-00-00 | Pasamontañas. Colores: xxxx xxxxxx, verde, otros colores | 6,000 | Unidad | |
0000-00-00-00 | Gorro de lana. Colores: xxxx xxxxxx, verde, rojo, otros colores | 6,000 | Unidad | |
0000-00-00-00 | Gorro de lana-acrílico, forrado con tejido tipo "thinsulate". Colores: xxxx xxxxxx, verde, otros colores | 6,000 | Unidad | |
0000-00-00-00 | Guantes de lana. Colores: xxxx xxxxxx, verde, otros colores | 4,700 | Par | |
0000-00-00-00 | Guantes de lana especial forrado con tejido tipo "thermolite". Colores: xxxx xxxxxx, verde, otros colores | 6,900 | Par | |
0000-00-00-00 | Guantes de gala blancos | 1,700 | Par |
Suplementos del lote nº 6 | ||
Código | Descripción | Importe máximo sin IVA |
034 | Tallas especiales | 2,500 |
078 | Colores especiales (corporativos) y/o logotipos | 1,500 |
ANEXO 1
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RELACIÓN DE ARTÍCULOS TIPO Y LOTES EN QUE SE AGRUPAN
Lote nº 7 Descripción: Deportivo-chandals-camisetas-pantalones-bañadores Presupuesto (importe estimado de compra): 823.083,20 Valor estimado incluida la Prórroga (art. 88 TRLCSP): 1.646.166,40 Plazo máximo de entrega de los artículos del lote: 60 días Tiempo máximo de respuesta para sustituciones y devoluciones: 10 días Suplementos (S/N) : S CPV: 18-23-0000 18-33-0000 18-41-0000 Artículos del lote : | ||||
Código | Descripción | Precio máximo sin IVA | Unidad | |
0000-00-00-00 | Chándal con cremallera poliéster | 35,000 | Unidad | |
0000-00-00-00 | Chándal con cremallera algodón - poliéster | 45,000 | Unidad | |
0000-00-00-00 | Sudadera poliéster | 20,000 | Unidad | |
0000-00-00-00 | Sudadera algodón - poliéster | 25,000 | Unidad | |
0000-00-00-00 | Pantalón poliéster | 15,000 | Unidad | |
0000-00-00-00 | Pantalón algodón - poliéster | 20,000 | Unidad | |
0000-00-00-00 | Chaqueta con cremallera poliéster | 20,000 | Unidad | |
0000-00-00-00 | Chaqueta con cremallera algodón - poliéster | 25,000 | Unidad | |
0000-00-00-00 | Camiseta de manga corta. Colores: blanco, amarillo fuerte, amarillo pastel, rojo, xxxx xxxxxx | 9,000 | Unidad | |
0000-00-00-00 | Camiseta de manga larga. Colores: blanco, amarillo fuerte, amarillo pastel, rojo, xxxx xxxxxx | 10,000 | Unidad | |
0000-00-00-00 | Camiseta sin mangas, dry-climb. Colores: blanco, xxxx xxxxxx o gris | 16,000 | Unidad | |
0000-00-00-00 | Polo de manga corta, tejido fino. Colores: blanco, xxxx, xxxx celeste, real, xxxxxx, gris, amarillo, blanco con vivos color rojo | 10,500 | Unidad | |
0000-00-00-00 | Polo de manga corta. Colores: blanco, xxxx, xxxx celeste, real, xxxxxx, gris, amarillo, blanco con vivos color rojo | 20,500 | Unidad | |
0000-00-00-00 | Polo de manga larga, tejido fino. Colores: blanco, xxxx, xxxx celeste, real, xxxxxx, gris, amarillo, blanco con vivos color rojo | 12,000 | Unidad | |
0000-00-00-00 | Polo de manga corta, entallado. Color rojo oscuro (RGB 188/0/27) | 14,500 | Unidad | |
0000-00-00-00 | Camiseta de manga corta, tejido 150 gr/m2 rojo | 3,750 | Unidad | |
0000-00-00-00 | Polo de manga corta, tejido tipo "cooldry". Colores: blanco, xxxx xxxxxx, gris | 15,500 | Unidad | |
0000-00-00-00 | Polo de manga corta, tejido coolmax. Colores: verde, xxxx xxxxxx | 35,000 | Unidad | |
0000-00-00-00 | Polo de manga larga, térmico. Colores: verde, xxxx xxxxxx | 37,500 | Unidad | |
0000-00-00-00 | Polo de manga larga. Colores: blanco, xxxx, xxxx celeste, real, xxxxxx, gris, amarillo, blanco con vivos color rojo | 22,000 | Unidad | |
0000-00-00-00 | Camiseta de manga larga, tejido 150 gr/m2 rojo | 4,750 | Unidad | |
0000-00-00-00 | Polo manga corta, tejido 225 gr/m2. Colores: xxxx, xxxx grisáceo, gris | 11,500 | Unidad | |
0000-00-00-00 | Polo manga larga, tejido 225 gr/m2. Colores: xxxx, xxxx grisáceo, gris | 13,000 | Unidad | |
0000-00-00-00 | Polo manga corta, tejido 210 gr/m2 negro | 11,000 | Unidad | |
0000-00-00-00 | Polo manga larga, tejido 210 gr/m2 negro | 12,500 | Unidad | |
0000-00-00-00 | Camiseta para aeróbic, poliéster-elastán | 26,000 | Unidad | |
0000-00-00-00 | Malla para aeróbic, poliéster-elastán | 30,000 | Unidad | |
0000-00-00-00 | Pantalón de deporte corto, algodón. Colores: xxxx xxxxxx, rojo, gris, negro | 10,000 | Unidad | |
0000-00-00-00 | Pantalón de deporte corto, algodón-poliéster. Colores: xxxx xxxxxx, verde, rojo, negro | 15,000 | Unidad | |
0000-00-00-00 | Pantalón de deporte corto, poliéster. Colores: xxxx xxxxxx, rojo, gris, negro | 18,000 | Unidad | |
1841-01-02-04 | Pantalón de deporte bermudas xxxx xxxxxx | 10,000 | Unidad | |
0000-00-00-00 | Bañador xx xxxxxxxxx tipo "slip" | 15,000 | Unidad | |
0000-00-00-00 | Bañador xx xxxxxxxxx tipo pantalón | 19,000 | Unidad | |
0000-00-00-00 | Bañador de señora | 26,000 | Unidad | |
0000-00-00-00 | Gorro de baño látex | 2,000 | Unidad |
00
XXXXX 0
La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 0927395945776711287392
Suplementos del lote nº 7 | ||
Código | Descripción | Importe máximo sin IVA |
034 | Tallas especiales | 3,500 |
078 | Colores especiales (corporativos) y/o logotipos | 1,500 |
Lote nº 8 Descripción: Calzado deportivo Presupuesto (importe estimado de compra): 823.083,20 Valor estimado incluida la Prórroga (art. 88 TRLCSP): 1.646.166,40 Plazo máximo de entrega de los artículos del lote: 60 días Tiempo máximo de respuesta para sustituciones y devoluciones: 10 días CPV: 18-82-0000 Artículos del lote : | |||
Código | Descripción | Precio máximo sin IVA | Unidad |
0000-00-00-00 | Zapatillas deportivas | 25,000 | Par |
0000-00-00-00 | Zapatillas deportivas con cámara de aire | 60,000 | Par |
0000-00-00-00 | Botas deportivas | 35,000 | Par |
0000-00-00-00 | Zapatos náuticos | 30,000 | Par |
0000-00-00-00 | Zapatillas de agua | 10,000 | Par |
0000-00-00-00 | Botas altas de montaña con membrana | 78,500 | Par |
0000-00-00-00 | Zapatos de baja motaña | 70,000 | Par |
RELACIÓN DE ARTÍCULOS TIPO Y LOTES EN QUE SE AGRUPAN
Lote nº 7 Descripción: Deportivo-chandals-camisetas-pantalones-bañadores Presupuesto (importe estimado de compra): 823.083,20 Valor estimado incluida la Prórroga (art. 88 TRLCSP): 1.646.166,40 Plazo máximo de entrega de los artículos del lote: 60 días Tiempo máximo de respuesta para sustituciones y devoluciones: 10 días Suplementos (S/N) : S CPV: 18-23-0000 18-33-0000 18-41-0000 Artículos del lote : | ||||
Código | Descripción | Precio máximo sin IVA | Unidad | |
0000-00-00-00 | Gorro de baño silicona | 3,500 | Unidad | |
0000-00-00-00 | Anorak para nieve. Colores: xxxx xxxxxx, verde, rojo | 60,000 | Unidad | |
0000-00-00-00 | Pantalón con peto para nieve. Colores: xxxx xxxxxx, verde, rojo | 45,000 | Unidad |
ANEXO 1
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RELACIÓN DE ARTÍCULOS TIPO Y LOTES EN QUE SE AGRUPAN
Lote nº 9 Descripción: Laboral-camisas Presupuesto (importe estimado de compra): 276.034,00 Valor estimado incluida la Prórroga (art. 88 TRLCSP): 552.068,00 Plazo máximo de entrega de los artículos del lote: 60 días Tiempo máximo de respuesta para sustituciones y devoluciones: 10 días Suplementos (S/N) : S CPV: 18-33-0000 Artículos del lote : | |||
Código | Descripción | Precio máximo sin IVA | Unidad |
0000-00-00-00 | Camisa de trabajo de manga corta. Colores: azul celeste, blanco, naranja/butano, gris, verde | 11,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Camisa de trabajo de manga larga. Colores: azul celeste, blanco, naranja/butano, gris, verde | 12,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Camisa de trabajo de manga larga, de franela xxxx xxxxxx | 14,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Camisa de trabajo de manga larga, de pana fina beige | 15,000 | Unidad |
Suplementos del lote nº 9 | ||
Código | Descripción | Importe máximo sin IVA |
001 | Bandas reflectantes EN-471 | 12,000 |
034 | Tallas especiales | 1,000 |
078 | Colores especiales (corporativos) y/o logotipos | 1,500 |
ANEXO 1
La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 0927395945776711287392
RELACIÓN DE ARTÍCULOS TIPO Y LOTES EN QUE SE AGRUPAN
Lote nº 10 Descripción: Laboral-conjunto de trabajo Presupuesto (importe estimado de compra): 403.009,64 Valor estimado incluida la Prórroga (art. 88 TRLCSP): 806.019,28 Plazo máximo de entrega de los artículos del lote: 60 días Tiempo máximo de respuesta para sustituciones y devoluciones: 10 días Suplementos (S/N) : S CPV: 18-11-0000 Artículos del lote : | |||
Código | Descripción | Precio máximo sin IVA | Unidad |
0000-00-00-00 | Cazadora de trabajo. Colores: azulina, xxxx xxxxxx, blanco, gris, verde y naranja butano | 11,500 | Unidad |
0000-00-00-00 | Cazadora de pana. Colores: tabaco, verde y xxxx xxxxxx | 48,500 | Unidad |
0000-00-00-00 | Chaleco guateado, cierre cremallera. Colores: gris, burdeos, amarillo | 23,200 | Unidad |
0000-00-00-00 | Chaleco multibolsillos xxxx xxxxxx | 28,500 | Unidad |
0000-00-00-00 | Chaqueta con cuello camisero y botones. Colores: xxxx xxxxxx y gris medio | 16,500 | Unidad |
0000-00-00-00 | Mono de trabajo. Colores: azulina, xxxx xxxxxx, blanco, naranja butano o verde | 17,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Mono guateado xxxx xxxxxx | 31,200 | Unidad |
0000-00-00-00 | Mono desechable distintos usos blanco y otros colores | 30,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Pantalón de trabajo. Colores: azulina, xxxx xxxxxx, blanco, naranja butano, gris y verde | 11,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Pantalón multibolsillos. Colores: azul, gris oscuro y negro | 18,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Pantalón de pana. Colores: tabaco, verde y xxxx xxxxxx | 21,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Pantalón tejido vaquero azul | 25,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Pantalón elástico. Colores: xxxx xxxxxx, gris | 52,200 | Unidad |
0000-00-00-00 | Conjunto de cazadora y pantalón, alta visibilidad. Colores: monocolor y bicolor | 36,500 | Unidad |
0000-00-00-00 | Mono de alta visibilidad. Colores: monocolor y bicolor | 35,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Cazadora de tejido antiácido. Colores: gris y azul | 45,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Chaquetón de tejido antiácido xxxx xxxxxx | 150,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Chaqueta de tejido antiácido. Colores: gris y azul | 35,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Chaqueta de sarga. Colores: gris y azul | 25,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Chaqueta multibolsillos xxxx xxxxxx | 26,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Pantalón multibolsillos, tejido 245 grs/m2 xxxx xxxxxx | 30,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Pantalón multibolsillos, tejido 60% poliéster y 40% algodón xxxx xxxxxx | 35,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Camisa manga corta alta visibilidad. Colores: monocolor y bicolor | 17,500 | Unidad |
0000-00-00-00 | Camisa manga larga alta visibilidad: Colores: monocolor y bicolor | 20,500 | Unidad |
0000-00-00-00 | Cazadora de trabajo 100 % algodón. Colores: azulina, xxxx xxxxxx, blanco, gris, verde y naranja butano | 20,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Pantalón multibolsillos 100 % algodón. Colores: xxxx xxxxxx, gris oscuro y negro | 18,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Chaqueta Softshell alta visibilidad. Colores: monocolor y bicolor | 50,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Cazadora alta visibilidad. Colores: monocolor y bicolor | 25,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Pantalón alta visibilidad. Colores: monocolor y bicolor | 20,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Pantalón forrado alta visibilidad. Colores: monocolor y bicolor | 22,500 | Unidad |
0000-00-00-00 | Pantalón corto tejido vaquero xxxx xxxxxx | 17,500 | Unidad |
0000-00-00-00 | Pantalón de tejido antiácido. Colores: azul y gris | 22,500 | Unidad |
0000-00-00-00 | Parka alta visibilidad, clase 2. Colores: monocolor y bicolor | 55,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Parka alta visibilidad, clase 3. Colores: monocolor y bicolor | 70,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Forro polar alta visibilidad. Colores: monocolor y bicolor | 30,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Parka contra el frio. Colores: xxxx xxxxxx, gris, verde | 250,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Pantalón contra el frio. Colores: xxxx xxxxxx, gris | 100,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Cazadora contra el frio. Colores: xxxx xxxxxx, gris | 150,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | 45 Pantalón de protección anticorte: color antracita y naranja y otros | 75,000 | Unidad |
ANEXO 1
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RELACIÓN DE ARTÍCULOS TIPO Y LOTES EN QUE SE AGRUPAN
Lote nº 10 Descripción: Laboral-conjunto de trabajo Presupuesto (importe estimado de compra): 403.009,64 Valor estimado incluida la Prórroga (art. 88 TRLCSP): 806.019,28 Plazo máximo de entrega de los artículos del lote: 60 días Tiempo máximo de respuesta para sustituciones y devoluciones: 10 días Suplementos (S/N) : S CPV: 18-11-0000 Artículos del lote : | |||
Código | Descripción | Precio máximo sin IVA | Unidad |
0000-00-00-00 | Chaleco multibolsillos sin piezas metálicas xxxx xxxxxx | 31,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Polo manga larga, tejido antiácido | 22,500 | Unidad |
0000-00-00-00 | Cazadora ignífuga xxxx xxxxxx | 85,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Parka triple uso alta visibilidad. Colores: monocolor y bicolor | 80,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Camiseta manga corta, alta visibilidad. Colores: monocolor y bicolor | 8,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Camiseta manga larga, alta visibilidad. Colores: monocolor y bicolor | 9,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Polo manga corta, alta visibilidad. Colores: monocolor y bicolor | 11,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Polo manga larga, alta visibilidad. Colores: monocolor y bicolor | 12,500 | Unidad |
0000-00-00-00 | Peto alta visibilidad. Colores: monocolor y bicolor | 50,000 | Unidad |
Suplementos del lote nº 10 | ||
Código | Descripción | Importe máximo sin IVA |
001 | Bandas reflectantes EN-471 | 18,000 |
034 | Tallas especiales | 3,000 |
078 | Colores especiales (corporativos) y/o logotipos | 1,500 |
ANEXO 1
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RELACIÓN DE ARTÍCULOS TIPO Y LOTES EN QUE SE AGRUPAN
Lote nº 11 Descripción: Laboral-conjunto de agua Presupuesto (importe estimado de compra): 90.338,40 Valor estimado incluida la Prórroga (art. 88 TRLCSP): 180.676,80 Plazo máximo de entrega de los artículos del lote: 60 días Tiempo máximo de respuesta para sustituciones y devoluciones: 10 días Suplementos (S/N) : S CPV: 18-22-0000 Artículos del lote : | |||
Código | Descripción | Precio máximo sin IVA | Unidad |
0000-00-00-00 | Chubasquero nailon y P.V.C. Colores: xxxx xxxxxx, amarillo, verde | 11,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Pantalón chubasquero nailon y P.V.C. Colores: xxxx xxxxxx, amarillo, verde | 6,500 | Unidad |
0000-00-00-00 | Chubasquero nailon recubierto de poliuretano | 22,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Pantalón chubasquero nailon recubierto de poliuretano | 18,500 | Unidad |
0000-00-00-00 | Conjunto traje de abrigo y agua | 65,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Conjunto impermeable de poliuretano, alta visilibilidad | 78,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Chaqueta técnica impermeable | 100,000 | Unidad |
Suplementos del lote nº 11 | ||
Código | Descripción | Importe máximo sin IVA |
001 | Bandas reflectantes EN-471 | 12,000 |
034 | Tallas especiales | 3,000 |
078 | Colores especiales (corporativos) y/o logotipos | 1,500 |
ANEXO 1
La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 0927395945776711287392
RELACIÓN DE ARTÍCULOS TIPO Y LOTES EN QUE SE AGRUPAN
Lote nº 12 Descripción: Laboral-complementos de protección Presupuesto (importe estimado de compra): 121.454,96 Valor estimado incluida la Prórroga (art. 88 TRLCSP): 242.909,92 Plazo máximo de entrega de los artículos del lote: 60 días Tiempo máximo de respuesta para sustituciones y devoluciones: 10 días Suplementos (S/N) : S CPV: 18-14-0000 Artículos del lote : | |||
Código | Descripción | Precio máximo sin IVA | Unidad |
0000-00-00-00 | Chaleco alta visibilidad. Clase 2. Colores: monocolor y bicolor | 6,500 | Unidad |
0000-00-00-00 | Chaleco alta visibilidad. Clase 3. Colores: monocolor y bicolor | 10,500 | Unidad |
0000-00-00-00 | Gafas panorámicas de protección | 7,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Gafas de protección contra efectos de la luz | 21,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Gorra con visera de diferentes colores | 5,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Gorro de tejido polar, exterior impermeable. Colores: rojo, xxxx xxxxxx, negro | 6,500 | Unidad |
0000-00-00-00 | Guantes de trabajo en piel serraje y algodón | 4,700 | Par |
0000-00-00-00 | Guantes de trabajo en piel. Colores: amarillo, blanco | 3,600 | Par |
0000-00-00-00 | Guantes de trabajo, especial protección contra el frío | 35,000 | Par |
0000-00-00-00 | Guantes de trabajo, protección química y contra mircroorganismos no desechables | 10,000 | Par |
0000-00-00-00 | Mascarilla de protección (FF) P2 | 1,900 | Unidad |
0000-00-00-00 | Sombrero de paja | 2,500 | Unidad |
0000-00-00-00 | Casco protección | 7,500 | Unidad |
0000-00-00-00 | Casco de protección eléctricamente aislante | 160,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Pantalla facial con visor | 12,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Casco protección con ruleta | 15,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Guantes de trabajo, protección contra riesgos mecánicos, distintas composiciones | 18,000 | Par |
0000-00-00-00 | Tapones para ruido 21SRN | 2,500 | Par |
0000-00-00-00 | Casco de protección con visor y orejeras | 50,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Delantal de serraje de soldador. Colores: gris, marrón | 12,500 | Unidad |
0000-00-00-00 | Manguitos de serraje de soldador gris | 10,500 | Par |
0000-00-00-00 | Polainas de serraje de soldador gris | 7,000 | Par |
0000-00-00-00 | Capucha ignífuga xxxx xxxxxx | 20,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Perneras de protección anticorte | 130,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Barboquejos de 3 puntos mínimo de fijación | 6,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Guantes en malla impregnados en látex | 2,000 | Par |
0000-00-00-00 | Guantes tricotados de poliamida | 4,000 | Par |
0000-00-00-00 | Guantes tricotados de polietileno | 9,500 | Par |
0000-00-00-00 | Guantes de trabajo, protección contra el calor | 15,000 | Par |
0000-00-00-00 | Guantes ó manoplas de soldador | 15,000 | Par |
0000-00-00-00 | Mascarilla de protección (FF) P3 | 2,500 | Unidad |
0000-00-00-00 | Mascarilla de protección, 2 discos filtrantes | 33,600 | Unidad |
0000-00-00-00 | Repuestos filtros de mascarillas | 17,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Auriculares antirruido | 20,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Viseras de policarbonato | 7,500 | Unidad |
0000-00-00-00 | Portaviseras | 8,500 | Unidad |
0000-00-00-00 | Cubrebotas | 1,250 | Par |
0000-00-00-00 | Gafas soldador | 21,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Gafas soldador abatibles | 10,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Pantalla de soldadura manual | 18,000 | Unidad |
00
XXXXX 0
La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 0927395945776711287392
RELACIÓN DE ARTÍCULOS TIPO Y LOTES EN QUE SE AGRUPAN
Lote nº 12 Descripción: Laboral-complementos de protección Presupuesto (importe estimado de compra): 121.454,96 Valor estimado incluida la Prórroga (art. 88 TRLCSP): 242.909,92 Plazo máximo de entrega de los artículos del lote: 60 días Tiempo máximo de respuesta para sustituciones y devoluciones: 10 días Suplementos (S/N) : S CPV: 18-14-0000 Artículos del lote : | ||||
Código | Descripción | Precio máximo sin IVA | Unidad | |
0000-00-00-00 | Cascos de soldadura | 22,000 | Unidad | |
0000-00-00-00 | Filtros de soldadura | 2,000 | Unidad | |
0000-00-00-00 | Rodilleras de trabajo | 11,000 | Unidad |
Suplementos del lote nº 12 | ||
Código | Descripción | Importe máximo sin IVA |
078 | Colores especiales (corporativos) y/o logotipos | 1,500 |
ANEXO 1
La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 0927395945776711287392
Suplementos del lote nº 13 | ||
Código | Descripción | Importe máximo sin IVA |
026 | Plantilla metálica | 4,000 |
RELACIÓN DE ARTÍCULOS TIPO Y LOTES EN QUE SE AGRUPAN
Lote nº 13 Descripción: Laboral-calzado Presupuesto (importe estimado de compra): 276.034,00 Valor estimado incluida la Prórroga (art. 88 TRLCSP): 552.068,00 Plazo máximo de entrega de los artículos del lote: 60 días Tiempo máximo de respuesta para sustituciones y devoluciones: 10 días Suplementos (S/N) : S CPV: 18-81-0000 18-83-0000 Artículos del lote : | |||
Código | Descripción | Precio máximo sin IVA | Unidad |
0000-00-00-00 | Botas abrigo | 30,000 | Par |
0000-00-00-00 | Botas abrigo caña alta | 35,000 | Par |
0000-00-00-00 | Zapatos lona tipo playero | 15,000 | Par |
0000-00-00-00 | Botas seguridad con puntera y plantilla antiperforación metálica tipo montaña | 75,000 | Par |
0000-00-00-00 | Botas seguridad con puntera y plantilla antiperforación metálica | 45,000 | Par |
0000-00-00-00 | Botas seguridad con puntera y plantilla antiperforación no metálica | 40,000 | Par |
0000-00-00-00 | Botas seguridad serraje con puntera y plantilla antiperforación metálica | 40,000 | Par |
0000-00-00-00 | Botas seguridad serraje con puntera y plantilla antiperforación no metálica | 35,000 | Par |
0000-00-00-00 | Zapatos seguridad con puntera | 30,000 | Par |
0000-00-00-00 | Zapatos trabajo sin puntera | 25,000 | Par |
0000-00-00-00 | Zapatos seguridad serraje con puntera y plantilla antiperforación no metálica | 30,000 | Par |
0000-00-00-00 | Botas seguridad contra motosierras | 115,000 | Par |
0000-00-00-00 | Zapatos seguridad de fibra | 65,000 | Par |
0000-00-00-00 | Botas protección de electricistas | 70,000 | Par |
0000-00-00-00 | Botas seguridad de ingeniero | 45,000 | Par |
0000-00-00-00 | Botas seguridad agua caña alta con puntera y plantilla antiperforación | 40,000 | Par |
0000-00-00-00 | Botas trabajo agua media caña | 12,000 | Par |
0000-00-00-00 | Botas trabajo agua caña alta | 18,000 | Par |
ANEXO 1
La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 0927395945776711287392
RELACIÓN DE ARTÍCULOS TIPO Y LOTES EN QUE SE AGRUPAN
Lote nº 14 Descripción: Laboral-pijamas de trabajo Presupuesto (importe estimado de compra): 547.049,20 Valor estimado incluida la Prórroga (art. 88 TRLCSP): 1.094.098,40 Plazo máximo de entrega de los artículos del lote: 60 días Tiempo máximo de respuesta para sustituciones y devoluciones: 10 días Suplementos (S/N) : S CPV: 18-11-0000 Artículos del lote : | |||
Código | Descripción | Precio máximo sin IVA | Unidad |
0000-00-00-00 | Bata de manga corta. Colores: azul celeste, xxxx xxxxxx, azulina, blanco | 9,500 | Unidad |
0000-00-00-00 | Bata de manga larga. Colores: azul celeste, xxxx xxxxxx, azulina, blanco | 12,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Pijama de trabajo de manga corta con cuello redondo. Delantero abierto. Colores: xxxxxx, xxxx celeste, blanco con vivos azules | 14,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Pijama de trabajo de manga corta con cuello de pico. Colores: xxxxxx, xxxx celeste, verde, blanco con vivos azules | 14,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Pijama de trabajo de manga larga con cuello de pico. Colores: xxxxxx, xxxx celeste, verde, blanco con vivos azules | 15,000 | Unidad |
Suplementos del lote nº 14 | ||
Código | Descripción | Importe máximo sin IVA |
034 | Tallas especiales | 3,000 |
078 | Colores especiales (corporativos) y/o logotipos | 1,500 |
ANEXO 1
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RELACIÓN DE ARTÍCULOS TIPO Y LOTES EN QUE SE AGRUPAN
Lote nº 15 Descripción: Vestuario sanitario Presupuesto (importe estimado de compra): 806.019,28 Valor estimado incluida la Prórroga (art. 88 TRLCSP): 1.612.038,56 Plazo máximo de entrega de los artículos del lote: 60 días Tiempo máximo de respuesta para sustituciones y devoluciones: 10 días Suplementos (S/N) : S CPV: 18-11-0000 Artículos del lote : | |||
Código | Descripción | Precio máximo sin IVA | Unidad |
0000-00-00-00 | Bata sanitaria. Colores: blanco, verde, azul | 10,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Camisa sanitaria. Color: blanco | 7,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Casaca cuello en pico de enfermería y otros servicios. Colores: blanco, verde (Pantone 565), blanco con vivos azules en cuello o a rayas azules y blancas | 8,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Chaqueta con botonadura central, manga corta. Colores: blanco, verde, azul, rayas verdes y blancas | 8,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Chaqueta con botonadura central, manga larga. Colores: blanco, verde, azul | 9,500 | Unidad |
0000-00-00-00 | Chaqueta con botonadura central, manga corta, con solapas. Color: blanco | 8,500 | Unidad |
0000-00-00-00 | Chaqueta con botonadura costado, manga corta. Colores: blanco, verde, azul, amarillo, lila, rayas xxxxxxxxx y blancas, rayas azules y blancas, rayas xxxxx y blancas, verde claro | 8,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Chaqueta con botonadura costado, manga larga. Colores: blanco, verde, azul | 9,500 | Unidad |
0000-00-00-00 | Pantalón médico. Color: blanco | 7,500 | Unidad |
0000-00-00-00 | Pantalón sanitario con tres bolsillos. Colores: blanco, verde, azul | 8,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Pijama sanitario de manga corta con cuello de pico. Colores: blanco, verde, azul | 15,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Pijama sanitario de manga larga con cuello de pico. Colores: blanco, verde, azul | 16,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Pijama sanitario de manga corta con cuello redondo. Colores: blanco, verde, naranja, granate, azul | 15,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Pijama sanitario de manga corta, ranglan con cuello redondo. Colores: blanco, verde, azul, naranja, granate | 15,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Pijama sanitario de manga larga con cuello redondo. Colores: blanco, verde, azul | 16,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Pijama de quirófano de manga corta con cuello de pico. Colores: verde, naranja, granate | 16,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Pijama sanitario estampado con motivo infantil | 19,500 | Unidad |
0000-00-00-00 | Pijama sanitario estampado con motivo infantil | 10,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Chaqueta con botonadura central, manga larga con solapas. Color: blanco | 9,500 | Unidad |
0000-00-00-00 | Chaqueta botonadura central manga corta cuello xxxxxxx xx xxxxxx. Color: blanco | 8,500 | Unidad |
0000-00-00-00 | Chaqueta botonadura central manga corta cuello redondo de enfermería. Color: azul | 8,500 | Unidad |
0000-00-00-00 | Chaqueta botonadura central manga corta cuello redondo de auxiliar. Color: verde | 8,500 | Unidad |
0000-00-00-00 | Chaqueta botonadura central manga corta cuello redondo de enfermeria de pediatría. Color: fondo azul con motivo infantil | 10,500 | Unidad |
0000-00-00-00 | Chaqueta botonadura central manga corta cuello redondo de técnico. Color: lila | 8,500 | Unidad |
0000-00-00-00 | Chaqueta botonadura central manga corta cuello redondo, resto de categorías: Color amarillo. | 8,500 | Unidad |
0000-00-00-00 | Pijama de quirófano de manga corta con cuello redondo. Color: naranja | 16,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Chaqueta botonadura central manga corta cuello redondo de auxiliar de pediatría. Color: fondo verde con motivo infantil | 10,500 | Unidad |
0000-00-00-00 | Pantalón sanitario con dos bolsillos abrochado con botones. Color: blanco | 8,500 | Unidad |
0000-00-00-00 | Pantalón sanitario con dos bolsillos con goma. Color: blanco | 8,500 | Unidad |
0000-00-00-00 | Casaca cuello en pico cerrada. Colores: xxxxxx, xxxx, lila, amarillo, granate, verde pistacho, verde quirófano | 9,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Bata sanitaria, tejido 210 gr/m2. Color: blanco | 11,500 | Unidad |
0000-00-00-00 | Pantalón sanitario sin bolsillos. Color: verde quirófano | 8,500 | Unidad |
0000-00-00-00 | Dispositivo de identificación por radiofrecuencia (RFID) | 0,800 | Unidad |
00
XXXXX 0
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Lote nº 17 Descripción: Hostelería-prendas de comedor Presupuesto (importe estimado de compra): 185.695,60 Valor estimado incluida la Prórroga (art. 88 TRLCSP): 371.391,20 Plazo máximo de entrega de los artículos del lote: 60 días Tiempo máximo de respuesta para sustituciones y devoluciones: 10 días Suplementos (S/N) : S CPV: 18-11-0000 18-14-0000 Artículos del lote : | |||
Código | Descripción | Precio máximo sin IVA | Unidad |
0000-00-00-00 | Xxxxxx xx xxxxxxxx de manga corta. Colores: blanca, azul, rayas azules o rayas granate | 11,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Xxxxxx xx xxxxxxxx de manga larga. Colores: blanca, azul, rayas azules o rayas granate | 12,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Chaquetilla xx xxxxxxxx xxxxxx | 23,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Pantalón xx xxxxxxxx. Colores: negro o gris con rayas negras | 25,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Esmoquin negro | 98,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Xxxxx xxxxxxxx. Colores: negro, gris | 23,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Bata corta para comedor | 12,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Corbata tipo pajarita. Colores: azul, negro, blanco | 9,000 | Unidad |
RELACIÓN DE ARTÍCULOS TIPO Y LOTES EN QUE SE AGRUPAN
Suplementos del lote nº 15 (A todo el lote salvo a dispositivo RFID código 0000-00-00-00) | ||
Código | Descripción | Importe máximo sin IVA |
034 | Tallas especiales | 3,000 |
078 | Colores especiales (corporativos) y/o logotipos | 1,500 |
Lote nº 16 Descripción: Calzado sanitario Presupuesto (importe estimado de compra): 1.370.132,40 Valor estimado incluida la Prórroga (art. 88 TRLCSP): 2.740.264,80 Plazo máximo de entrega de los artículos del lote: 60 días Tiempo máximo de respuesta para sustituciones y devoluciones: 10 días CPV: 18-81-0000 Artículos del lote : | |||
Código | Descripción | Precio máximo sin IVA | Unidad |
0000-00-00-00 | Zapatos sanitarios. Colores: xxxxxx, xxxx | 25,000 | Par |
0000-00-00-00 | Zuecos de quirófano. Colores: verde, granate, blanco | 20,000 | Par |
Suplementos del lote nº 17 | ||
Código | Descripción | Importe máximo sin IVA |
034 | Tallas especiales | 6,500 |
078 | Colores especiales (corporativos) y/o logotipos | 1,500 |
ANEXO 1
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RELACIÓN DE ARTÍCULOS TIPO Y LOTES EN QUE SE AGRUPAN
Lote nº 18 Descripción: Hostelería-prendas de cocina Presupuesto (importe estimado de compra): 456.710,80 Valor estimado incluida la Prórroga (art. 88 TRLCSP): 913.421,60 Plazo máximo de entrega de los artículos del lote: 60 días Tiempo máximo de respuesta para sustituciones y devoluciones: 10 días Suplementos (S/N) : S CPV: 18-11-0000 18-14-0000 Artículos del lote : | |||
Código | Descripción | Precio máximo sin IVA | Unidad |
0000-00-00-00 | Chaqueta de cocinero, manga corta. Colores: blanco, rayas xxxxx y blancas | 11,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Chaqueta de cocinero, manga larga. Color: blanco | 15,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Pantalón de cocinero/a. Colores: blanco, cuadros azul y blanco, pata xx xxxxx azul y blanco | 8,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Delantal de cocinero | 4,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Delantal envolvente unisex | 8,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Delantal plastificado | 5,500 | Unidad |
0000-00-00-00 | Gorro de cocina tipo barco | 3,500 | Unidad |
0000-00-00-00 | Gorro de cocina con visera | 3,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Gorro de cocina alto | 6,500 | Unidad |
0000-00-00-00 | Pico de cocinero | 2,000 | Unidad |
Suplementos del lote nº 18 | ||
Código | Descripción | Importe máximo sin IVA |
034 | Tallas especiales | 3,000 |
078 | Colores especiales (corporativos) y/o logotipos | 1,500 |
ANEXO 1
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RELACIÓN DE ARTÍCULOS TIPO Y LOTES EN QUE SE AGRUPAN
Lote nº 19 Descripción: Equipos de uniformidad Presupuesto (importe estimado de compra): 642.406,40 Valor estimado incluida la Prórroga (art. 88 TRLCSP): 1.284.812,80 Plazo máximo de entrega de los artículos del lote: 60 días Tiempo máximo de respuesta para sustituciones y devoluciones: 10 días CPV: 18-11-0000 Artículos del lote : | |||
Código | Descripción | Precio máximo sin IVA | Unidad |
0000-00-00-00 | Uniforme de conductor 1 Pantalón xx xxxxxxxxx para invierno. Colores: xxxx xxxxxx, negro, gris xxxxxxx 1 Pantalón xx xxxxxxxxx para verano. Colores: xxxx xxxxxx, negro, gris xxxxxxx 2 Calcetines hilo de algodón negro 2 Camisa de manga corta, caballero o señora. Colores: blanco, beige, azul celeste 2 Camisa de manga larga, caballero o señora. Colores: blanco, beige, azul celeste 1 Corbata xx xxxxxxxxx. Colores: xxxx xxxxxx, negro, gris, burdeos, verde 2 Zapatos xx xxxxxxxxx y señora con cordones. Suela goma. Color negro | 235,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Uniforme de portero-ordenanza 1 Pantalón xx xxxxxxxxx para invierno. Colores: xxxx xxxxxx, negro, gris xxxxxxx 1 Pantalón xx xxxxxxxxx para verano. Colores: xxxx xxxxxx, negro, gris xxxxxxx 2 Calcetines hilo de algodón negro 2 Camisa de manga corta, caballero o señora. Colores: blanco, beige, azul celeste 2 Camisa de manga larga, caballero o señora. Colores: blanco, beige, azul celeste 1 Corbata xx xxxxxxxxx. Colores: xxxx xxxxxx, negro, gris, burdeos, verde 2 Zapatos xx xxxxxxxxx y señora con cordones. Suela goma. Color negro | 235,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Uniforme de mantenimiento 2 Cazadora de trabajo. Colores: azulina, xxxx xxxxxx, blanco, gris, verde y naranja butano 2 Pantalón de trabajo. Colores: azulina, xxxx xxxxxx, blanco, naranja butano, gris y verde 2 Calcetines deportivos de algodón 100% blancos, negros 2 Camisa de trabajo de manga corta. Colores: azul celeste, blanco, naranja/butano, gris, verde 2 Camisa de trabajo de manga larga. Colores: azul celeste, blanco, naranja/butano, gris, verde 1 Botas abrigo 1 Zapatos lona tipo playero | 125,000 | Unidad |
0000-00-00-00 | Uniforme de cocina 1 Chaqueta de cocinero, manga corta. Colores: blanco, rayas xxxxx y blancas 1 Pantalón de cocinero/a. Colores: blanco, cuadros azul y blanco, pata xx xxxxx azul y blanco 3 Delantal envolvente unisex 1 Gorro de cocina tipo barco 1 Gorro de cocina con visera | 50,000 | Unidad |
ANEXO 1
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RELACIÓN DE ARTÍCULOS TIPO Y LOTES EN QUE SE AGRUPAN
Lote nº 19 Descripción: Equipos de uniformidad Presupuesto (importe estimado de compra): 642.406,40 Valor estimado incluida la Prórroga (art. 88 TRLCSP): 1.284.812,80 Plazo máximo de entrega de los artículos del lote: 60 días Tiempo máximo de respuesta para sustituciones y devoluciones: 10 días CPV: 18-11-0000 Artículos del lote : | |||
Código | Descripción | Precio máximo sin IVA | Unidad |
0000-00-00-00 | Uniforme xx xxxxxxxx 2 Xxxxxx xx xxxxxxxx de manga corta. Colores: blanca, azul, rayas azules o rayas granate 1 Xxxxxx xx xxxxxxxx de manga larga. Colores: blanca, azul, rayas azules o rayas granate 1 Chaquetilla xx xxxxxxxx xxxxxx 2 Pantalón xx xxxxxxxx. Colores: negro o gris con rayas negras 1 Corbata tipo pajarita. Colores: azul, negro, blanco 4 Calcetines hilo de algodón negro 2 Zapatos xx xxxxxxxxx y señora tipo mocasín. Colores: negro, blanco | 170,000 | Unidad |
Pliego de cláusulas administrativas particulares Acuerdo marco. Exp .: 05-DT-00003.6/2016
ANEXO 2.1
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
(Sobre nº 3)
D./Xx …………..........................................., con DNI nº ...................., en nombre propio / en
representación de ... (denominación de la empresa licitadora) ............................................ con N.I.F.
.................... y domicilio en ... (municipio) ......................................., en ... (nombre de la vía pública)
.......................... nº ........, enterado del anuncio publicado en el BOCM / BOE / DOUE, Perfil de
contratante (*) el día ...... de ………................. de , por el que se convoca el acuerdo marco para el
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suministro de ... (objeto del contrato) ……………….............................., enterado de las condiciones, requisitos y obligaciones establecidos en los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas particulares, cuyo contenido declara conocer y acepta plenamente, y de las obligaciones sobre protección del medio ambiente y las relativas a las condiciones sobre protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales vigentes en la Comunidad de Madrid, contenidas en la normativa en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, así como las obligaciones contenidas en el convenio colectivo que le sea de aplicación, sin que la oferta realizada pueda justificar una causa económica, organizativa, técnica o de producción para modificar las citadas obligaciones, comprometiéndose a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, cuando sea requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato, se compromete a tomar a su cargo la ejecución del contrato con estricta sujeción a los requisitos y obligaciones establecidos en los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas particulares que lo rigen, y manifiesta que los artículos, precios unitarios y demás indicaciones constitutivas de la presente proposición se recogen en las siguientes hojas numeradas de la .... a la .....
Se hace constar expresamente que en el cálculo de los precios ofrecidos se han considerado todos los elementos necesarios para el cumplimiento de los contratos basados en el acuerdo marco, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), de acuerdo con lo previsto en los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas particulares, cuyo contenido declara conocer y acepta plenamente.
Fecha y firma del licitador1
(DIRIGIDO AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN CORRESPONDIENTE)
(*) Indíquese la fecha de la publicación oficial por la que se haya conocido la licitación
1 En caso de que el licitador sea una unión temporal de empresarios, la proposición económica deberá ser firmada por los representantes de cada una de las empresas que compongan la unión.
Expte.: 05-DT-00003.6/2016
Título: Acuerdo Xxxxx para el suministro de ROPA DE TRABAJO
Licitador:
CIF/NIF:
ANEXO 2.2
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
(Sobre nº 3)
nticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx diante el ente código seguro de verificación: 0927395945776711287392
Hoja nº ….
PROPOSICIÓN ECONÓMICA
LOTE Nº: Descripción:
Plazo de entrega para todos los artículos del lote:
ARTÍCULOS OFERTADOS
Código | Descripción del artículo | Marca comercial | Modelo o referencia | Formato (unidad mínima de venta) | Precio sin IVA del formato | Tipo de IVA | |
sigui | |||||||
aute | |||||||
La me | |||||||
(Nota: Modelo para los lotes 3, 8, 16 y 19)
Expte.: 05-DT-00003.6/2016
Título: Acuerdo Xxxxx para el suministro de: ROPA DE TRABAJO
Licitador:
CIF/NIF:
ANEXO 2.2
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
(Sobre nº 3)
Hoja nº ….
PROPOSICIÓN ECONÓMICA
nticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx diante el siguiente código seguro de verificación: 0927395945776711287392
LOTE Nº: Descripción:
Plazo de entrega para todos los artículos del lote:
ARTÍCULOS OFERTADOS
Código | Descripción del artículo | Marca comercial | Modelo o referencia | Formato (unidad mínima de venta) | Precio sin IVA del formato | Tipo de IVA | |
aute | |||||||
La me |
SUPLEMENTOS PARA LOS ARTÍCULOS DEL LOTE NÚM.
Código | Descripción | Importe sin IVA |
(Nota: Modelo para los lotes 1, 2, 4, 5, 6, 7, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 17 y 18 ) Instrucciones para rellenar la oferta:
+ Descripción del artículo: Descripción dada conforme al anexo 1 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares. El programa de ayuda para la preparación de ofertas rellena
automáticamente este campo Seguidamente se permite que el licitador incluya características concretas del artículo ofertado.
+ Marca comercial: Marca bajo la cual se comercializa el artículo ofertado. Excepcionalmente se indicará en su lugar el fabricante . Nunca incluir distribuidores
+ Modelo o referencia: Modelo o referencia dada por el fabricante, que identifique de forma unívoca el artículo ofertado.
+ Formato (unidad mínima de venta): número mínimo de artículos ofertado, que va a suministrar a petición de los centros.
+ Precio del formato sin IVA: importe del número mínimo de artículos que va a suministrar a peticiones de los centros expresado en euros con un máximo de 3.decimales. Entendiendo igualmente como un artículo el par, cuando así esté establecido en el anexo 1.
+ Tipo de IVA: porcentaje de IVA que procede aplicar legalmente al artículo por el adjudicatario que realiza la facturación.
Pliego de cláusulas administrativas particulares
Acuerdo marco. Exp .: 05-DT-00003.6/2016
Subdirección General de Coordinación de la Contratación Pública
Junta Central de Compras
Comunidad de Madrid
Dirección General de Contratación, Patrimonio y Tesorería CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y HACIENDA
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Acuerdo Marco Exp. 05-DT-00003.6/2016
EJEMPLO ORIENTATIVO PARA RELLENAR LA OFERTA ECONÓMICA
ANEXO 2.2
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
Expte.: 05-DT-00003.6/2016
Título: Acuerdo marco para el suministro de ropa de trabajo
Licitador:
CIF/NIF:
Hoja nº …
PROPOSICIÓN ECONÓMICA
LOTE Nº: Descripción:
Plazo de entrega para todos los artículos del lote:
ARTÍCULOS OFERTADOS
Código | Descripción del artículo | Marca comercial | Modelo o referencia | Formato (unidad mínima de venta) | Precio sin IVA del formato | Tipo de IVA | |
1823-01-01-05-001 | Pantalón xx xxxxxxxxx para invierno. Colores: xxxx xxxxxx, negro, gris xxxxxxx | 1 | 29, 000 | 21 % | |||
1881-01-01-01-001 | Zapatos xx xxxxxxxxx y señora tipo mocasín. Colores: negro, blanco | 100 | 2900,000 | 21 % | |||
1842-01-01-01-001 | Cinturón xx xxxx. Colores: negro, marrón | 1 | 11,550 | 21 % | |||
1833-01-01-01-001 | Blusa de manga corta. Colores: blanco, amarillo, beige, azul celeste | 1 | 19,000 | 21 % | |||
1822-01-01-12-001 | Forro polar 320 grs/m2 xxxx xxxxxx | 1 | 30,000 | 21 % | |||
1823-01-02-01-001 | Chaleco de punto fino cuello de pico. Colores: xxxx xxxxxx, gris, verde y burdeos | 1 | 20,000 | 21 % | |||
1823-02-01-01-001 | Chándal con cremallera poliéster | 1 | 33,000 | 21 % | |||
1882-01-01-04-001 | Zapatos náuticos | 1 | 24,000 | 21 % | |||
1833-03-01-03-001 | Camisa de trabajo de manga larga, de franela xxxx xxxxxx | 1 | 12,500 | 21 % | |||
1811-01-01-31-001 | Cazadora alta visibilidad. Colores: monocolor y bicolor | Amarillo, | 1 | 23,000 | |||
1811-01-01-32-001 | Pantalón alta visibilidad. Colores: monocolor y bicolor | Amarillo y azul. Naranja y azul | 1 | 18,000 | 21 % | ||
1822-02-01-07-001 | Chaqueta técnica impermeable | 1 | 90,000 | 21 % |
La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 0927395945776711287392
1814-01-01-01-001 | Chaleco alta visibilidad. Clase 2. Colores: monocolor y bicolor | Amarillo | 1 | 5,750 | 21 % | ||||
1883-01-01-02-001 | Botas seguridad con puntera y plantilla antiperforación metálica | 1 | 43,000 | 21 % | |||||
1811-01-02-01-001 | Bata de manga corta. Colores: azul celeste, xxxx xxxxxx, azulina, blanco | 1 | 9,250 | 21 % | |||||
1811-02-01-27-001 | Bata sanitaria, tejido 210 gr/m2. Color: blanco | 1 | 11,000 | 21 % | |||||
1811-02-01-27-001 | Bata sanitaria, tejido 210 gr/m2. Color: blanco | 500 | 4.625 | 21 % | |||||
1881-03-01-02-001 | Zuecos de quirófano. Colores: verde, granate, blanco | 1 | 18,500 | 21 % | |||||
1881-03-01-02-002 | Zuecos de quirófano. Colores: verde, granate, blanco | 50 | 950,000 | 21 % | |||||
1881-03-01-02-003 | Zuecos de quirófano. Colores: verde, granate, blanco | 500 | 8.750,000 | 21 % | |||||
1814-02-01-01-001 | Corbata tipo pajarita. Colores: azul, negro, blanco | 1 | 8,725 | 21 % | |||||
1814-02-02-04-001 | Gorro de cocina tipo barco | 10 | 35,000 | 21 % |
Suplementos. ( Para los lotes 1, 2, 4, 5, 6, 7, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 17 y 18)
1,50
Colores especiales (corporativos) y/o logotipos
034
3,00
Tallas especiales
108
Importe sin IVA
Descripción
Código
Instrucciones para cumplimentar la oferta:
+ Descripción del artículo: Descripción dada conforme al anexo 1 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares. El programa de ayuda para la preparación de ofertas rellena automáticamente este campo. Seguidamente se permite que el licitador incluya características concretas del artículo ofertado
+ Marca comercial: Marca bajo la cual se comercializa el artículo ofertado. Excepcionalmente se indicará en su lugar el fabricante. Nunca incluir distribuidores.
+ Modelo o referencia: Modelo o referencia dada por el fabricante, que identifique de forma unívoca el artículo ofertado.
+ Formato (unidad mínima de venta): Número mínimo de artículos ofertado, que va a suministrar a petición de los centros.
+ Precio del formato sin IVA: Importe del nº mínimo de artículos que va a suministrar a petición de los centros expresado en euros, con un máximo de 3 decimales. Entendiendo igualmente como un artículo el par, cuando así esté establecido en el anexo 1
+ Tipo de IVA: Porcentaje de IVA que procede aplicar legalmente al artículo.
Los ejemplos son meramente orientativos y no tienen por qué coincidir con la realidad xxx xxxxxxx en ninguno de los aspectos incluidos
Pliego de cláusulas administrativas particulares Acuerdo marco. Exp .: 05-DT-00003.6/2016
ANEXO 3.1
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN RELACIÓN CON LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
SOBRE Nº 2. Criterios que requieren un juicio de valor.
Criterio 2: Calidad de los productos
Documentos:
- Relación de artículos ofertados, sin especificar su precio, ajustada al modelo del anexo 3.3 de
este pliego.
A efectos de valoración de este criterio de adjudicación, será obligatoria la presentación de las muestras de los artículos ofertados que sean solicitadas por la Junta Central de Compras, en la forma que a continuación se señala.
La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 0927395945776711287392
PRESENTACIÓN DE MUESTRAS
Las muestras habrán de entregarse el día y en el lugar que indique la Junta Central de Compras y que se comunicará con una antelación mínima de cinco días a todos los licitadores admitidos. Las muestras se presentarán debidamente embaladas y libres de cargo.
Las muestras deberán presentarse embaladas, y agrupadas en cajas por lotes. Cada caja deberá contener exclusivamente las muestras de los artículos que integran un determinado lote, resultando por consiguiente, tantos grupos de muestras (cajas) como lotes ofertados.
Las cajas que contengan las muestras deberán entregarse cerradas, incorporando en sitio visible los siguientes datos de identificación: el nombre del licitador, el núm. de expediente de contratación, así como la denominación y número de lote.
En ningún caso, se abrirá nuevo plazo de presentación de muestras, o se permitirá a una empresa licitadora cambio de muestras presentadas, salvo por alguna causa de fuerza mayor o incidencia que afecte a todos los licitadores.
Cada licitador deberá presentar muestras de los artículos por él ofertados a los tipos de bienes relacionados en el pliego de prescripciones técnicas particulares y que le sean solicitados por la Junta Central de Compras. Se presentará una sola muestra de cada uno de los artículos y variantes que componen el o los lotes ofertados por el licitador, sin considerar los distintos formatos ofertados.
Cada una de las muestras se presentarán identificadas con los siguientes datos: el nombre del licitador, el núm. del expediente de contratación, así como la denominación, número del lote, y el código asignado al artículo en el ANEXO 1 de este pliego, además del nombre comercial del producto y la marca si dispone de ella.
Los datos identificativos requeridos servirán para relacionar las muestras con los productos ofertados, a efectos de trabajo de la Comisión Técnica, pero en ningún caso suplirán al etiquetado obligatorio, contemplado en el pliego de prescripciones técnicas del acuerdo marco, que deberá llevar incorporado cada uno de los artículos ofertados, para la valoración de la calidad.
La ausencia de la información anteriormente requerida, así como la falta de presentación de muestras de uno o varios de los artículos solicitados para cada lote, podrá dar lugar a la no aceptación de la oferta referida a dichos artículos, o a la invalidación del lote cuando no se disponga de los elementos de juicio necesarios a efectos de su valoración
Pliego de cláusulas administrativas particulares Acuerdo marco. Exp .: 05-DT-00003.6/2016
ANEXO 3.2
VALORACIÓN DE LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
(Sobre nº 2)
Expte.: 05-DT-00003.6/2016
Título: Acuerdo marco para el suministro de ROPA DE TRABAJO
D./Xx …………..........................................., con DNI nº ...................., en nombre propio / en
representación de ... (denominación de la empresa licitadora) con
C.I.F. / N.I.F. .................... y domicilio en ... (municipio) ......................................., en (nombre
La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 0927395945776711287392
de la vía pública) .......................... nº ........, a efectos de la valoración de los criterios de adjudicación de este procedimiento, manifiesta:
Criterio 2 ''Calidad de los productos'':
Se compromete al suministro de los artículos que se relacionan en documento adjunto ''RELACIÓN DE ARTÍCULOS OFERTADOS'', conforme al modelo establecido en el pliego de cláusulas administrativas particulares.
Fecha y firma del licitador
Pliego de cláusulas administrativas particulares
Acuerdo marco. Exp .: 05-DT-00003.6/2016
ANEXO 3.3
(SOBRE Nº 2)
La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx ediante siguiente go seguro de verificación: 0927395945776711287392
Hoja nº …
Expte.: 05-DT-00003.6/2016
Título: Acuerdo Xxxxx para el suministro de ROPA DE TRABAJO.
CIF/NIF:
Licitador:
RELACIÓN DE ARTÍCULOS OFERTADOS
LOTE Nº:
Descripción:
ARTÍCULOS OFERTADOS
Código | Descripción del artículo | Marca comercial | Modelo o referencia | Formato (unidad mínima de venta) | |
códi | |||||
el | |||||
m | |||||
(Nota: Modelo para los lotes 3, 8, 16 y 19) Instrucciones para rellenar la oferta.
+ Descripción del artículo: primera parte, conforme al Pliego de prescripciones técnicas y al anexo 1, siguiendo los ejemplos, de forma clara, concreta y concisa. En la segunda parte se incluirán las características singulares del artículo ofertado, huyendo de términos superfluos comerciales .
+ Formato (nº mínimo de envases de venta): número mínimo de envases del artículo ofertado a criterio del licitador que se van a suministrar a petición del centro.
+ Marca comercial: bajo la cual se comercializa el artículo ofertado y contemplada en su etiquetado de comercialización. Nunca incluir distribuidores.
+ Modelo o referencia: Modelo o referencia del fabricante que identifique de forma unívoca el artículo ofertado
Pliego de cláusulas administrativas particulares
Acuerdo marco. Exp .: 05-DT-00003.6/2016
ANEXO 3.3
(SOBRE Nº 2)
Expte.: 05-DT-00003.6/2016
Título: Acuerdo Xxxxx para el suministro de ROPA DE TRABAJO.
CIF/NIF:
Licitador:
RELACIÓN DE ARTÍCULOS OFERTADOS
Hoja nº …
LOTE Nº:
Descripción:
ARTÍCULOS OFERTADOS
Código | Descripción del artículo | Marca comercial | Modelo o referencia | Formato (unidad mínima de venta) | |
códi | |||||
el si | |||||
m | |||||
La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx ediante guiente go seguro de verificación: 0927395945776711287392
SUPLEMENTOS PARA LOS ARTÍCULOS DEL LOTE Nº
Código | Descripción |
(Nota: Modelo para los lotes 1, 2, 4, 5, 6, 7, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 17 y 18 ) Instrucciones para rellenar la oferta.
+ Descripción del artículo: primera parte, conforme al Pliego de prescripciones técnicas y al anexo 1, siguiendo los ejemplos, de forma clara, concreta y concisa. En la segunda parte se incluirán las características singulares del artículo ofertado, huyendo de términos superfluos comerciales .
+ Formato (nº mínimo de envases de venta): número mínimo de envases del artículo ofertado a criterio del licitador que se van a suministrar a petición del centro.
+ Marca comercial: bajo la cual se comercializa el artículo ofertado y contemplada en su etiquetado de comercialización. Nunca incluir distribuidores.
+ Modelo o referencia: Modelo o referencia del fabricante que identifique de forma unívoca el artículo ofertado
ANEXO 4
MODELO DE GARANTÍA MEDIANTE VALORES ANOTADOS (CON INSCRIPCIÓN)
Don (nombre y apellidos), en representación de, NIF, con domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en la calle/plaza/avenida, código postal, localidad
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PIGNORA a favor de: (órgano administrativo, organismo autónomo o entidad de derecho público) los siguientes valores representados mediante anotaciones en cuenta, de los cuales es titular el pignorante y que se identifican como sigue:
Número valores | Emisión (entidad emisora), clase de valor y fecha de emisión | Código valor | Referencia del Registro | Valor nominal unitario | Valor de realización de los valores a la fecha de inscripción |
En virtud de lo dispuesto por: (norma/s y artículo/s que impone/n la constitución de esta garantía), para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado, con indicación de las posibles prórrogas previstas en el contrato), contraídas por (contratista o persona física o jurídica garantizada) NIF, con domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en la calle/plaza/avenida, código postal, localidad, por la cantidad de: (en letra y en cifra).
Este contrato se otorga de conformidad y con plena sujeción a lo dispuesto en la legislación de contratos del sector público, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la Caja General de Depósitos.
(Nombre o razón social del pignorante) (firma/s). Con mi intervención, el Notario (firma).
Don ..., con DNI ..., en representación de (entidad adherida encargada del registro contable),
certifica la inscripción de la prenda, (fecha)
(firma)
ANEXO 5
MODELO DE AVAL
La entidad…………….………………………..(razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca), NIF , con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en
……………………..……….….., en la calle/plaza/avenida ,
CP…………….., y en su nombre (nombre y apellidos de los apoderados)……………………….………………..................... con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento,
AVALA
A (nombre y apellidos o razón social del avalado)… ,
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NIF/………………………….., en virtud de lo dispuesto por (norma/s y artículos/s que impone/n la constitución de esta garantía)…………………………………para responder de las obligaciones siguientes (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado, con indicación de las posibles prórrogas previstas en el contrato)………………………………, ante (órgano administrativo, Organismo Autónomo, o Ente Público) por
importe de (en letra y en cifra)… euros.
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad que cumple los requisitos previstos en el art. 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Comunidad de Madrid, con sujeción a los términos previstos en la legislación de contratos del sector público, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la Caja General de Depósitos.
El presente aval estará en vigor hasta que (indicación del órgano de contratación) o
quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y legislación complementaria.
El presente aval ha sido inscrito en esta misma fecha en el Registro Especial de Avales con número……………………..
………………………….(Xxxxx y fecha)
…….………(Razón social de la entidad)
...……………(Firma de los apoderados)
VERIFICACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN POR EL SERVICIO DE ECONOMÍA, EMPLEO Y HACIENDA DE LA COMUNIDAD DE | JURÍDICO MADRID. | EN LA CONSEJERÍA |
PROVINCIA | FECHA | CÓDIGO |
ANEXO 6
MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
Certificado número…………………………..
La entidad aseguradora (1) en adelante asegurador, con domicilio (a
efectos de notificaciones y requerimientos) en ………………., calle……..………………, y NIF…………………debidamente representado por D. (2)…………………..........................., con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación de la parte inferior de este documento
ASEGURA
A (3) ………………………..………………………......, NIF.……...………………, en concepto de tomador de seguro, ante (4) ,
en adelante asegurado, hasta el importe de (5) , (en cifra
y letra) Euros, en los términos y condiciones establecidos en la Ley de Contratos de las
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Administraciones Públicas, normativa de desarrollo y pliego de cláusulas administrativas particulares por la que se rige el contrato (6)………………………………………., en concepto de garantía (7)…………………………………., para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado.
El asegurador declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el art. 57.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de la Comunidad de Madrid, en los términos establecidos en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y normas de desarrollo.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que (8)… , o quien en su nombre
sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y legislación complementaria.
En………………………., a……………………de……………….de………..
Firma:
Asegurador
VERIFICACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN POR EL SERVICIO ECONOMÍA, EMPLEO Y HACIENDA DE LA COMUNIDAD DE MADRID. | JURÍDICO EN | LA | CONSEJERÍA | DE |
PROVINCIA FECHA | CÓDIGO |
Instrucciones para la cumplimentación del modelo:
(1) Se expresará la razón social completa de la entidad aseguradora.
(2) Nombre y apellidos del apoderado/s
(3) Nombre y apellidos/razón social del tomador del seguro.
(4) Órgano de contratación.
(5) Importe por el que se constituye el seguro.
(6) Identificar individualmente de manera suficiente (naturaleza, clase, ) el contrato en virtud del
cual se presta la caución, con indicación de las posibles prórrogas previstas en el contrato.
(7) Expresar la modalidad de seguro de que se trata: provisional, definitiva, etc. Caución.
(8) Autoridad a cuya disposición se constituye la garantía
ANEXO 7
FORMULARIO NORMALIZADO DEL DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN (DEUC) Y ORIENTACIONES PARA SU CUMPLIMENTACIÓN.1
FORMULARIO
El servicio en línea gratuito DEUC electrónico, que facilita la Comisión Europea, permite cumplimentar este documento por vía electrónica en la siguiente dirección de Internet: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx.
ORIENTACIONES PARA LA CUMPLIMENTACIÓN DEL FORMULARIO NORMALIZADO DEL DEUC
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Cada empresa deberá cumplimentar un formulario normalizado del DEUC. Si la empresa concurre a la licitación en unión temporal con otra u otras, cada empresa integrante de la futura UTE deberá presentar un formulario normalizado del DEUC.
Parte I: Información sobre el procedimiento de contratación y el poder adjudicador o la entidad adjudicadora
Esta parte del documento se completa por el órgano de contratación. El resto del formulario se rellenará por el licitador.
La parte I se puede rellenar sin necesidad de haber publicado previamente la licitación o bien una vez publicada la convocatoria en el DOUE., en cuyo caso, al introducir en el servicio DEUC el número de identificación que proporciona la Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas, se completa automáticamente la información sobre el procedimiento y el poder adjudicador.
Creado el modelo del DEUC para esta licitación, el órgano de contratación obtiene un archivo en formato XML, mediante la opción exportar, que debe almacenar localmente en su equipo para publicarlo, junto con los demás documentos de la convocatoria (como documentación complementaria) en el Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid -Perfil de contratante-.
La empresa licitadora deberá almacenar en su ordenador el modelo en XML creado y publicado previamente por el órgano de contratación, y acceder después al servicio DEUC electrónico, donde deberá importarlo, cumplimentar los datos necesarios, imprimirlo, firmarlo y presentar el DEUC con los demás documentos de la licitación.
1 El formulario normalizado DEUC, ha sido establecido por el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/7 de la Comisión, de 5 de enero de 2016, y debe admitirse para los contratos sujetos a regulación armonizada desde el 18 xx xxxxx de 2016. Consiste en una declaración responsable del licitador sobre el cumplimiento de los requisitos previos para participar en el procedimiento de contratación, relativos a su situación financiera, capacidades e idoneidad de la empresa.
Parte II: Información sobre el operador económico
Esta parte recoge información sobre la empresa licitadora.
En la identificación del operador económico, como número de IVA se deberá recoger el NIF si se trata de ciudadanos o empresas españoles; el NIE si se trata de ciudadanos extranjeros residentes en España, y el VIES o DUNS si se trata de empresas extranjeras.
A la pregunta sobre si figura inscrito en una lista oficial de operadores económicos autorizados o tiene un certificado equivalente, la empresa debe contestar:
Sí: si se encuentra clasificada. No: si no se encuentra clasificada.
No procede: si la clasificación no es exigida para el contrato que se licita.
Para indicar el nombre de la lista o certificado procede contestar si la empresa está clasificada como contratista de obras o de servicios. Como número de inscripción o certificación basta con consignar el propio NIF, NIE, VIES o DUNS de la empresa.
La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 0927395945776711287392
Para indicar si el certificado de inscripción o la certificación están disponibles en formato electrónico, la página web del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público es xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx; la autoridad u organismo expedidor es la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado, y la “referencia exacta de la documentación” debe entenderse referida al NIF, NIE, VIES o DUNS de la empresa, según el caso.
Como clasificación obtenida en la lista oficial, la empresa debe indicar el grupo, subgrupo y categoría.
Las empresas que figuren inscritas en una «lista oficial de operadores económicos autorizados» solo deberán facilitar en cada parte del formulario aquéllos datos e informaciones que, en su caso concreto, no estén inscritos en estas «listas oficiales». Así, las empresas no estarán obligadas a facilitar aquellos datos que ya figuren inscritos de manera actualizada en el Registro de Licitadores de la Comunidad de Madrid (RELI) o en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público (ROLECE), siempre que se indique en el formulario normalizado del DEUC.
Cuando el licitador se encuentre inscrito, debe asegurarse de qué datos figuran efectivamente inscritos y actualizados en el Registro de Licitadores que corresponda y cuáles no están inscritos o, estándolo, no están actualizados. Cuando alguno de los datos o informaciones requeridos no consten en el Registro o no figuren actualizados, la empresa deberá aportarlos mediante la cumplimentación del citado formulario.
Parte III: Motivos de exclusión
Dado que el formulario normalizado del DEUC no recoge referencia alguna a nuestra legislación, para facilitar la adecuada cumplimentación de esta parte del formulario, a continuación se indica una tabla de equivalencias entre cada una de las preguntas que deben responder las empresas, los artículos de la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE (en adelante, la Directiva nueva o “DN”) y, por último, los artículos del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP) que han dado transposición al artículo 57 de la DN.
Dado que no todas las prohibiciones para contratar están inscritas en el ROLECE y/o en el RELI, las empresas deberán responder a todas las preguntas que se formulan en la parte III del formulario normalizado del DEUC.
Parte III, N.º de sección | DN | TRLCSP |
Sección A | Artículo 57.1. | Artículo 60.1.a) (excepto los delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social relativos al pago de tributos y cotizaciones a la Seguridad Social). |
Sección B | Artículo 57.2. | Artículo 60.1: Letra a) (cuando se trate de delitos contra la Hacienda Pública o contra la Seguridad Social, relativos al pago de tributos y cotizaciones a la Seguridad Social). Letra d), primer párrafo, primer inciso. Letra f) (cuando se trate de sanciones administrativas firmes impuestas con arreglo a la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria). |
Sección C: | ||
Primera pregunta | Artículo 57.4.a). | Artículo 60.1.b) (cuando no sea infracción muy grave en materia profesional o en materia de falseamiento de la competencia); Artículo 60.1.d) primer párrafo, segundo inciso (en lo relativo al incumplimiento del requisito del 2 por 100 de empleados con discapacidad.). |
Segunda pregunta | Artículo 57.4.b). | Artículo 60.1.c). |
Tercera pregunta | Artículo 57.4.c). | Artículo 60.1.b) (infracción muy grave en materia profesional). |
Cuarta pregunta | Artículo 57.4.d). | Artículo 60.1.b) (infracción muy grave en materia de falseamiento de la competencia). |
Quinta pregunta | Artículo 57.4, letra e). | Artículo 60.1.g) y h). |
Sexta pregunta | Artículo 57.4, letra f). | Artículo 56. |
Séptima pregunta | Artículo 57.4.g). | Artículo 60.2, letras c) y d). |
Octava pregunta: | ||
Letras a), b) y c) | Artículo 57.4.h). | Artículo 60.1, letra e) y 60.2, letras a) y b). |
Letra d) | Artículo 57.4.i). | Artículo 60.1.e). |
Sección D | – | Artículo 60.1.f) (cuando se trate de sanción administrativa firme con arreglo a lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones). |
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Parte IV: Criterios de selección.
El órgano de contratación podrá limitar la información requerida sobre los criterios de selección a la pregunta de si los licitadores cumplen o no todos los criterios de selección necesarios. En este caso únicamente será necesario que la empresa interesada cumplimente la sección “A: INDICACIÓN
de esta parte. Aunque, posteriormente, podrá solicitarles información o documentación adicional.
En caso contrario, el órgano de contratación debe determinar los criterios de selección exigibles, y la empresa facilitar la información sobre el cumplimiento de cada uno de los criterios de selección que se hayan indicado, cumplimentando las secciones A a D de esta parte que procedan.
Parte V: Reducción del número de candidatos cualificados
En el procedimiento abierto el empresario no tiene que cumplimentar esta parte.
Parte VI. Declaraciones finales.
Esta parte debe ser cumplimentada y firmada por la empresa interesada en todo caso.
La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 0927395945776711287392
Para más información sobre la cumplimentación del formulario se puede consultar la Resolución de 6 xx xxxxx de 2016, de la Dirección General del Patrimonio del Estado, por la que se publica la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa sobre la utilización del Documento Europeo Único de Contratación previsto en la nueva Directiva de contratación pública (B.O.E. de 8 xx xxxxx de 2016).
CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL Y DE NO TENER DEUDAS EN PERÍODO EJECUTIVO CON LA COMUNIDAD DE MADRID.
D./Dña ……………………………………………………………….., con DNI/NIE en nombre propio
o en representación de la empresa ………………….. …………………………………………….., con NIF nº
….………………, en calidad de ………………………...………………………………
DECLARA:
La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 0927395945776711287392
I.- Que la citada sociedad, sus administradores y representantes legales, así como el firmante, no se hallan comprendidos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar señaladas en el artículo 60 de la Ley de Contratos del Sector Público, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en los términos y condiciones previstos en la misma, en la Ley 14/1995, de 21 xx xxxxx, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 29.5 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.
II.- Que la citada entidad se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes y no tiene deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid y, si las tiene, están garantizadas.
En ……………………………, a …….. de ……………………….. de …...
Fdo.:
Nota: Esta declaración responsable deberá ser suscrita por el órgano de dirección o representación competente de la empresa o sociedad, salvo que ésta opte por otro de los medios previstos en el artículo 73 de la Ley de Contratos del Sector Público, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
D./Dña. , en nombre propio o en representación de la empresa
…………….…………….………….con N.I.F. nº ….………, en calidad de
…………………………….……………………………………………………..
DECLARA:
La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 0927395945776711287392
Que, de resultar adjudicatario del contrato, y durante la vigencia del mismo, asume la obligación de tener empleados trabajadores con discapacidad en un 2 por 100, al menos, de la plantilla de la empresa, si ésta alcanza un número de 50 ó más trabajadores, de acuerdo con el artículo 42 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, o la de adoptar las medidas alternativas establecidas en el R.D. 364/2005, de 8 xx xxxxx.
Asimismo se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación cuando sea requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato o, en todo caso, antes de la devolución de la garantía definitiva.
En .............................,a ....... de ....................de .......
Firmado:
Nota: Indíquese la representación que ostenta el declarante en la empresa.
ANEXO 10
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE VIGENCIA DE LOS DATOS ANOTADOS EN EL REGISTRO OFICIAL DE LICITADORES Y EMPRESAS CLASIFICADAS DEL SECTOR PÚBLICO 1
D./D.ª ............................................................................ en calidad de 2 ................................. con DNI / NIE n.º
.........................., en nombre propio o en representación de la empresa
........................................................................., con C.I.F:.........................., inscrita en el Registro de Oficial de
Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, al objeto de participar en la contratación denominada
............................................................,convocada por 3 ,
bajo su personal responsabilidad,
DECLARA: 4
La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 0927395945776711287392
A) Que los datos de esta empresa que constan en el Registro no han sido alterados en ninguna de sus circunstancias y que se corresponden con el certificado del mismo.
B) Que de los datos de esta empresa anotados en el Registro han sufrido variación los que a continuación se indican, según se acredita mediante los documentos que se adjuntan, manteniéndose los demás datos sin ninguna alteración respecto del contenido del Certificado del Registro.
Datos que han sufrido variación:
Documentación justificativa que se adjunta:
En ................................., a ....... de .......................... de .....
Fdo:
1 Esta declaración es de presentación obligatoria en cada licitación.
2 Indíquese la representación que ostenta el declarante en la empresa.
3 Indíquese órgano, unidad o ente que tramita el expediente de contratación.
4 Las opciones A) y B) son incompatibles entre sí, señale solamente la que corresponda.
ANEXO 11
MODELO DE DECLARACIÓN DE OPOSICIÓN EXPRESA DEL LICITADOR A LA CONSULTA DE SUS DATOS POR MEDIOS ELECTRÓNICOS.
D./Dña …………………………………....…, con DNI/NIE …………..……… en nombre propio o en representación de la empresa ………………..………………………………, con NIF nº ….……………, en calidad de
………………………...……, en relación con el contrato de
…….……………………………………………………..........................................
DECLARA:
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Que, NO AUTORIZA a la Comunidad de Madrid, en este procedimiento, a utilizar medios electrónicos para recabar los datos del NIF de la empresa y DNI del representante o del empresario individual, demás datos y documentos que se requieran en el presente pliego referentes a la capacidad y solvencia de las empresa, así como a que realice la consulta de que la empresa se halla al corriente en el cumplimento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
.
En .............................,a ....... de ....................de .......
Fdo:
ANEXO 12.1
<CONSEJERÍA/ORGANISMO> (Etiqueta del Registro)
Denominación:
Cód.DIR3:
Calle: Población:
Nº:
CP:
Servicio/Unidad/Centro: Calle:
Población:
Teléfono:
Dirección de correo electrónico:
Nº:
CP:
Fax:
Dirección en que deben entregarse los bienes:
Correo electrónico:
Nº:
CP:
Calle: Población: Teléfono:
Cód.DIR3:
Denominación:
Órgano gestor (Consejería/Organismo):
Oficina contable:
Código de proveedor:
Empresa:
C.I.F.:
Proveedor:
Dirección de correo electrónico:
Nº:
CP:
Fax:
Teléfono:
Calle: Población: NIF:
Cód.DIR3:
Denominación:
Fax: C.I.F.:
Órgano centralizador:
C/ Teléfono:
Correo electrónico:
Centro directivo promotor (DG/Centro peticionario):
Órgano de contratación:
Ref. Nº:
Objeto:
Exp:
SUMINISTRO BASADO EN ACUERDO MARCO - PROCEDIMIENTO GENERAL
(Centros con fiscalización previa)
Comunidad de Madrid
La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 0927395945776711287392
Conforme al procedimiento general establecido en el pliego de cláusulas administrativas particulares del acuerdo marco de referencia, se formaliza la siguiente adjudicación de suministro de bienes homologados:
Referencia artículo | Cantidad | Descripción | Precio unit. sin IVA | Importe sin IVA | % IVA | Importe con IVA |
Total sin IVA: IVA: Total con IVA | ||||||
Imputación presupuestaria del gasto , con cargo al ejercicio de …... por importe de euros ejercicio de …... por importe de euros ejercicio de …... por importe de euros ejercicio de …... por importe de euros ejercicio de …... por importe de euros Fiscalizado el ....../....../..... Aprobado el…./…./…. EL INTERVENTOR, EL Fdo.: Fdo.: | ................................ a ........ de ...................... de ......... EL CENTRO DIRECTIVO PROMOTOR, |
Visto el presente documento, cuyos datos corresponden al catálogo del acuerdo marco de referencia, procede su tramitación. Madrid, EL |
De acuerdo con lo previsto en el contrato del acuerdo marco de referencia y con estricta sujeción a lo dispuesto en sus pliegos de condiciones, procédase a suministrar los bienes relacionados en este documento al órgano gestor y en la dirección que se señalan.
La recepción de los bienes y la tramitación del pago del precio se realizarán por el centro promotor del contrato al que se deberá enviar la factura correspondiente. Las incidencias que se produzcan en la entrega, así como la fecha de recepción, deberán ser comunicadas a este Órgano centralizador, indicando su número de referencia.
En Madrid,
EL <ÓRGANO CENTRALIZADOR>,
Destinatarios: <PROVEEDOR>
<ÓRGANO PETICIONARIO>
00
XXXXX 00.0
<CONSEJERÍA/ORGANISMO> (Etiqueta del Registro)
Denominación
Cód.DIR3:
Calle: Población:
Nº:
CP:
Servicio/Unidad/Centro: Calle:
Población:
Teléfono:
Dirección de correo electrónico:
Nº:
CP:
Fax:
Dirección en que deben entregarse los bienes:
Correo electrónico:
Nº:
CP:
Calle: Población: Teléfono:
Cód.DIR3:
Denominación:
Órgano gestor (Consejería/Organismo):
Oficina contable:
Código de proveedor:
Empresa:
C.I.F.:
Proveedor:
Dirección de correo electrónico:
Nº:
CP:
Fax:
Teléfono:
Calle: Población: NIF:
Cód.DIR3:
Denominación:
Fax: C.I.F.:
Órgano centralizador:
C/ Teléfono:
Correo electrónico:
Centro directivo promotor (DG/Centro peticionario):
Órgano de contratación:
Ref. Nº:
Objeto:
Exp:
SUMINISTRO BASADO EN ACUERDO MARCO - PROCEDIMIENTO GENERAL
(Centros sometidos a control financiero)
Comunidad de Madrid
La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 0927395945776711287392
Conforme al procedimiento general establecido en el pliego de cláusulas administrativas particulares del acuerdo marco de referencia, se formaliza la siguiente adjudicación de suministro de bienes homologados:
Referencia artículo | Cantidad | Descripción | Precio unit. sin IVA | Importe sin IVA | % IVA | Importe con IVA |
Total sin IVA: IVA: Total con IVA | ||||||
Imputación presupuestaria del gasto , con cargo al ejercicio de …... por importe de euros ejercicio de …... por importe de euros ejercicio de …... por importe de euros ejercicio de …... por importe de euros ejercicio de …... por importe de euros Gasto, exento de fiscalización previa de acuerdo con la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, de Hacienda de la Comunidad de Madrid, Ha sido aprobado el…./…./…. EL Fdo.: | ................................ a ........ de ...................... de ......... EL CENTRO DIRECTIVO PROMOTOR, |
Visto el presente documento, cuyos datos corresponden al catálogo del acuerdo marco de referencia, procede su tramitación. Madrid, EL |
De acuerdo con lo previsto en el contrato del acuerdo marco de referencia y con estricta sujeción a lo dispuesto en sus pliegos de condiciones, procédase a suministrar los bienes relacionados en este documento al órgano gestor y en la dirección que se señalan.
La recepción de los bienes y la tramitación del pago del precio se realizarán por el centro promotor del contrato al que se deberá enviar la factura correspondiente. Las incidencias que se produzcan en la entrega, así como la fecha de recepción, deberán ser comunicadas a este Órgano centralizador, indicando su número de referencia.
En Madrid,
EL <ÓRGANO CENTRALIZADOR>,
Destinatarios: <PROVEEDOR>
<ÓRGANO PETICIONARIO>
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