CONTRATO DE SERVICIO DE ACCESO A INTERNET
CONTRATO DE SERVICIO DE ACCESO A INTERNET
Aprobado por CONATEL según acto GGO/CJ/No. 752 de fecha 04 de noviembre de 2011.
El presente contrato contiene los términos y condiciones generales que definen y regulan las relaciones y obligaciones entre TELEFÓNICA VENEZOLANA, C.A., (en lo sucesivo "MOVISTAR") sociedad anónima mercantil, domiciliada en Caracas e inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 07 xx Xxxx de 1991, bajo el No 16, Tomo 67-A, Registro de Información Fiscal No. J-00343994-0 autorizada para la prestación del Servicio de Telecomunicaciones según Habilitación Administrativa No. HG-001, de fecha 15 de diciembre de 2000, modificada en fecha 28 de noviembre de 2007, otorgada por CONATEL y la
persona (en lo sucesivo el “ABONADO") que solicitó la prestación del Servicio de Acceso a Internet (en lo sucesivo "SERVICIO"):
PRIMERA - DEFINICIONES: Los términos utilizados en el presente contrato tendrán los siguientes significados, en el entendido que podrán ser utilizados en plural o singular sin que esto afecte el sentido de los mismos:
ABONADO:Persona natural o jurídica a quien MOVISTAR le presta el SERVICIO de conformidad con los términos y condiciones establecidos en el CONTRATO y que goza de los derechos establecidos en el Artículo 12 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones.
CONATEL: Comisión Nacional de Telecomunicaciones
MOVISTAR: Empresa debidamente habilitada por CONATEL para prestar el SERVICIO.
CONTRATO: El presente acuerdo suscrito por EL ABONADO.
EQUIPO: Dispositivo o conjunto de dispositivos, entre ellos el módem fijo o inalámbrico, la sim card, y demás elementos de conexión necesarios para el disfrute del SERVICIO.
INTERNET: un conjunto descentralizado de redes de comunicación interconectadas, que utilizan la familia de protocolos TCP/IP, garantizando que las redes físicas heterogéneas que la componen funcionen como una red lógica única, de alcance mundial.
MÓDEM: Equipo modulador y demodulador de señales que sirve de interfase entre el EQUIPO de EL ABONADO y la red de MOVISTAR, lo que le permite el acceso a la red de MOVISTAR.
PLAN: Es la oferta de servicio a la cual se suscribe EL ABONADO, que se comercializa bajo un nombre determinado.
PRECIOS: Monto que MOVISTAR cobrará al ABONADO en virtud de la prestación del SERVICIO, el cual variará en razón del PLAN seleccionado por EL ABONADO.
SERVICIO: es el conjunto de facilidades y prestaciones para el acceso a Internet.
SIM CARD: es una tarjeta inteligente desmontable usada en teléfonos móviles y módem que almacena la clave de servicio del ABONADO usada para identificarse ante la red de MOVISTAR. SOLICITUD DE SERVICIO: Petición efectivamente formulada por EL ABONADO a los efectos de la contratación del SERVICIO, donde se especifica toda la información referente a: datos personales, métodos de pago seleccionado, planes contratados y que contiene los términos que regulan la relación inicial entre EL ABONADO y MOVISTAR. Anexo "A"
SERVICIO DE PAQUETIZACIÓN: Son dos o más servicios de telecomunicaciones ofrecidos por el mismo operador de manera conjunta. Anexo "B"
ANEXO:Son todos los documentos que con tal carácter que se agreguen al Contrato y que forman parte integrante de este. Los anexos que se agregan al presente CONTRATO son los siguientes: Anexo "A" Solicitud de Servicio
Anexo "B" Condiciones para el Servicio de Paquetización
TECNOLOGIA: Estándares de telecomunicaciones para la transmisión inalámbrica digital de voz y datos a través de redes de telefonía celular. Entre las cuales se incluyen CDMA, GSM, EDGE, GPRS,
HSDPA, 1xRTT y cualquier otra que se desarrolle en el futuro y que sea aprobada por CONATEL para su explotación por parte de MOVISTAR.
SEGUNDA - OBJETO: El objeto del presente CONTRATO es establecer las condiciones para la prestación del SERVICIO por parte de MOVISTAR a EL ABONADO de conformidad con lo previsto en la Habilitación Administrativa No. HG-001, de fecha 15 de diciembre de 2000, modificada en fecha 28 de noviembre de 2007, en los artículos 12 al 15 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, los Reglamentos que regulan el SERVICIO, las Condiciones Generales de los Contratos de Servicio, las Condiciones Generales de las Habilitaciones Administrativas Generales emanadas de CONATEL, y demás leyes vigentes.
TERCERA - PRESTACIÓN DEL SERVICIO: MOVISTAR una vez que haya aprobado la SOLICITUD DE SERVICIO, se compromete a prestar a EL ABONADO el SERVICIO, dentro del área de cobertura del mismo, bajo las condiciones, términos, requisitos y limitaciones previstos en el presente CONTRATO y las normas jurídicas aplicables y en la medida de sus posibilidades técnicas y las del EQUIPO de EL ABONADO. MOVISTAR informará a EL ABONADO las zonas de cobertura existentes en cada localidad. CUARTA – INSTALACIÓN Y ACTIVACIÓN DE SERVICIO: Queda entendido y aceptado por EL ABONADO que para el suministro del SERVICIO se requiere que éste proceda a la instalación de los componentes y programas que MOVISTAR suministrará para tal fin al momento de la SOLICITUD DE SERVICIO. La correcta instalación de los referidos componentes y programas, así como el mantenimiento y buen funcionamiento del computador son de la exclusiva responsabilidad de EL ABONADO, por lo que MOVISTAR no responderá ni frente a ELABONADO ni frente a terceros por cualquier daño, vicio o falla derivada de dicha instalación. El SERVICIO se considera activo una vez que MOVISTAR ha aprobado la SOLICITUD DE SERVICIO hecha por EL ABONADO y éste tenga la posibilidad de utilizar cualquiera de las funciones del SERVICIO.
QUINTA - CONTRAPRESTACIONES: Como contraprestación por el SERVICIO, EL ABONADO pagará a MOVISTAR los cargos que correspondan de conformidad con los PRECIOS para el momento de disfrute del mismo. Queda expresamente convenido por EL ABONADO que para poder disfrutar del SERVICIO deberá pagar el PRECIO con la periodicidad que aplique según el plan y la modalidad de pago seleccionados.
SEXTA – VIGENCIA: El presente contrato estará vigente desde la fecha de su suscripción y hasta que alguna de las partes manifieste de forma fehaciente a la otra su voluntad de darlo por terminado, de conformidad con lo establecido en el presente CONTRATO. En todo caso estará sujeto a la vigencia de la Habilitación Administrativa No. HG-001, de fecha 15 de diciembre de 2000, modificada en fecha 28 de noviembre de 2007, otorgada por CONATEL.
SÉPTIMA – PRECIO, FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO: EL ABONADO es el único
responsable del pago del SERVICIO según el PLAN seleccionado y queda obligado a pagar a MOVISTAR, el PRECIO de dicho PLAN más cualquier cargo adicional por el uso del SERVICIO. MOVISTAR podrá realizar ajustes y revisiones periódicas a los PRECIOS del SERVICIO cuando lo considere conveniente. Si los PRECIOS revisados y ajustados superan los PRECIOS máximos vigentes, estos entrarán en vigencia una vez que sean publicados en prensa y notificados a CONATEL según lo previsto en el artículo 15 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones y en el artículo 43 de la Providencia Administrativa No.785 “Condiciones Generales de las Habilitaciones Administrativas
Generales”. Cualquier facturación que no sea pagada en su totalidad oportunamente, estará sujeta a la aplicación de intereses xx xxxx y suspensión del SERVICIO por parte de MOVISTAR, debiendo EL ABONADO correr con todos los gastos de cobranza judicial o extrajudicial que su falta de pago ocasione. Toda factura se considerará aceptada por EL ABONADO si éste no la objeta, dentro de los lapsos establecidos en la legislación vigente que regule la materia. En caso de reclamos, EL ABONADO deberá realizar el pago del monto no objetado. La no recepción de la factura no libera a EL ABONADO de la obligación de pago en los términos establecidos por concepto de la prestación del SERVICIO.
PARÁGRAFO PRIMERO – MODALIDAD PREPAGO: EL ABONADO prepago se obliga a realizar a MOVISTAR los pagos con la periodicidad que corresponda, a través de la aplicación de tarjetas prepagadas, medios de recargas electrónicas, transferencias de saldo o cualquier otro medio disponible para tal fin. MOVISTAR estará en la obligación de prestar el servicio hasta el límite de consumo del dinero aplicado por EL ABONADO. El monto mínimo que deberá ser aplicado para activar el SERVICIO es el equivalente al PRECIO del PLAN que EL ABONADO haya elegido. EL ABONADO podrá solicitar a MOVISTAR copia de sus registros de consumos de los últimos tres (3) meses.
PARÁGRAFO SEGUNDO – MODALIDAD POSPAGO: EL ABONADO pospago se obliga a realizar los pagos con la periodicidad que aplique según el PLAN seleccionado a través de cualquiera de los medios autorizados por MOVISTAR para tal fin. EL ABONADO se compromete a verificar mensualmente su estado de cuenta y efectuar el pago de conformidad con este. EL ABONADO deberá realizar el pago del SERVICIO, dentro de los veintiún (21) días siguientes a la fecha de emisión de la factura o cobro por parte de MOVISTAR. Todos los pagos correspondientes al SERVICIO serán realizados con posterioridad a la recepción del mismo por parte de EL ABONADO. EL ABONADO podrá solicitar a MOVISTAR copia de sus facturas detalladas con indicación de los cargos correspondientes al servicio recibido. Cualquier facturación que no sea pagada en su totalidad oportunamente, estará sujeta a la aplicación de intereses xx xxxx debiendo EL ABONADO correr con todos los gastos de cobranza judicial o extrajudicial que su falta de pago ocasione.
OCTAVA – OBLIGACIONES DE MOVISTAR: Sin menoscabo de los derechos de MOVISTAR como operador de servicios de telecomunicaciones, establecidos en el artículo 14 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones y demás normativa aplicable, y sin perjuicio de las obligaciones de los operadores establecidos en el artículo 15 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, en su condición de operador de servicios de telecomunicaciones, durante la vigencia del presente contrato, MOVISTAR deberá cumplir con las siguientes obligaciones:
• 1. Presentar de manera mensual a EL ABONADO, la factura de manera física o electrónica
correspondiente al mes de SERVICIO recibido.
• 2. Mantener a disposición de EL ABONADO a través de cualquier medio de atención al cliente, copia de la facturación o el registro de los consumos de los últimos tres (3) meses anteriores a la fecha de la solicitud.
• 3. Poner a la disposición de EL ABONADO, un medio ya sea físico o digital a través del cual éste
pueda consultar de manera actualizada los montos adeudados por los servicios ofrecidos a la fecha de la consulta.
• 4. No activar el SERVICIO en ningún EQUIPO que no haya sido previa y debidamente
homologado y/o certificado por CONATEL.
• 5. Poner a disposición de EL ABONADO canales de Atención al Cliente suficientes (tales como Centros de Llamadas y Centros de Servicio).
• 6. Publicar en dos (2) diarios de circulación nacional cualquier modificación en los precios máximos del SERVICIO, con al menos quince (15) días continuos de antelación a su entrada en vigencia.
• 7. Garantizar a EL ABONADO el derecho a la privacidad e inviolabilidad de sus comunicaciones y
datos personales suministrados por él, de acuerdo a los términos establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y leyes vigentes sobre la materia.
• 8. Ofrecer y poner disposición de EL ABONADO, programas de seguridad para el control y
restricción de informaciones y contenidos (Control Parental), que le permitan a EL ABONADO limitar o impedir el acceso a dichas informaciones o contenidos por parte de personas no aptas para su uso en razón de su edad u otras condiciones.
• 9. Cumplir con todas las obligaciones y estipulaciones establecidas en el presente CONTRATO y la
legislación vigente.
NOVENA - OBLIGACIONES DEL ABONADO: Sin menoscabo de los derechos de EL ABONADO establecidos en el artículo 12 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones y demás normativa aplicable, y sin perjuicio de las obligaciones de EL ABONADO establecidas en el artículo 13 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones durante la vigencia del presente contrato deberá cumplir con las siguientes obligaciones:
• 1. Pagar el PRECIO por la utilización del SERVICIO de manera oportuna.
• 2. No utilizar el SERVICIO en EQUIPOS que no hayan sido previa y debidamente homologados y/o certificados por CONATEL.
• 3. Notificar a MOVISTAR a la brevedad posible, cualquier modificación de los datos suministrados al momento de la contratación.
• 4. No utilizar el SERVICIO para fines diferentes a aquellos para lo que le es prestado o explotar comercialmente el SERVICIO permitiendo su utilización por terceros para fines distintos a los contratados.
• 5. No utilizar el SERVICIO para fines distintos a los expresamente establecidos en la normativa
legal vigente.
• 6. No manipular el EQUIPO de manera tal que se produzca una desmejora en la eficiencia del SERVICIO, que cause perjuicios a MOVISTAR y/o a terceros.
• 7. Cumplir con todas las obligaciones y estipulaciones establecidas en el presente CONTRATO y la legislación vigente.
DÉCIMA - INTERRUPCIÓN DEL SERVICIO: EL ABONADO conoce y acepta que el SERVICIO podrá estar temporalmente fuera de operación, condicionado o afectado por las limitaciones de capacidad, factores climáticos ajenos a la voluntad de MOVISTAR e inherentes a la tecnología utilizada por éste, en cuyos casos EL ABONADO, podrá solicitar a MOVISTAR la correspondiente compensación o reintegro a su elección, la cual será proporcional al tiempo que dure la interrupción. Cuando se trate de interrupciones por factores de fuerza mayor o caso fortuito no tendrá lugar la compensación o reintegro por interrupción del servicio a favor de EL ABONADO. Las fallas, averías y labores de mantenimiento serán comunicadas a EL ABONADO a través de cualquiera de los siguientes medios: portal WEB, correo electrónico, contacto telefónico y/o mensajería de texto, en un plazo máximo tres
(3) días hábiles de antelación si se trata de una interrupción o restricción programada del SERVICIO. MOVISTAR no será responsable por las interrupciones del SERVICIO cuando estas sean causadas por el uso indebido, malos tratos o manipulación del EQUIPO por parte de EL ABONADO, en estos casos, MOVISTAR continuará prestando el SERVICIO de manera ininterrumpida y EL ABONADO queda obligado al pago de las contraprestaciones correspondientes.
DÉCIMA PRIMERA - EQUIPO: Queda entendido y aceptado por EL ABONADO que la prestación del SERVICIO por parte de MOVISTAR está sometida, y en consecuencia condicionada, a que EL ABONADO tenga a su disposición un EQUIPO con la capacidad para conectarse a la TECNOLOGIA para su utilización por parte de MOVISTAR y en los casos en el que aplique la configuración previa del EQUIPO a la PC o computadora portátil de EL ABONADO. En consecuencia, MOVISTAR no es en modo alguno responsable, salvo lo expresamente establecido en la cláusula Décima Tercera, por el uso, funcionamiento o mantenimiento del EQUIPO o de los daños que en utilización del SERVICIO puedan ser ocasionados al PC o computadora portátil de EL ABONADO. Es pacto expreso que MOVISTAR sólo garantiza el suministro del SERVICIO dentro de las medidas de sus posibilidades, si el EQUIPO propiedad de EL ABONADO, cumple con las normas aplicables dictadas por CONATEL.
DÉCIMA SEGUNDA - PERDIDA DEL EQUIPO: EL ABONADO es el único responsable por la pérdida, sustracción o destrucción del TERMINAL, por lo tanto responderá ante MOVISTAR de cualquier uso que se haga del SERVICIO, hasta tanto comunique a las autoridades competentes y a MOVISTAR lo ocurrido. Una vez recibida por parte de MOVISTAR dicha comunicación, se procederá a suspender el SERVICIO hasta tanto EL ABONADO comunique por escrito a MOVISTAR cualquiera de las siguientes
situaciones: a) haber recuperado el TERMINAL; y/o b) haber adquirido un nuevo TERMINAL. En un plazo de noventa (90) días continuos, contados a partir de la fecha de suspensión del servicio, MOVISTAR de ser posible, contactará por cualquier medio idóneo disponible a EL ABONADO y le ofrecerá alternativas para que éste continúe disfrutando del servicio y de ser aceptadas las mismas decida reconectar o por el contrario manifieste su voluntad de no seguir disfrutando del SERVICIO. DÉCIMA TERCERA – GARANTÍA: En caso que EL ABONADO adquiera un EQUIPO para la activación del SERVICIO directamente de MOVISTAR o un tercero autorizado por MOVISTAR, EL ABONADO podrá exigir la ejecución de la garantía ante cualquiera de ellos indistintamente o ante cualquiera de los talleres debidamente autorizados para tal fin por MOVISTAR, durante todo el lapso que dure la garantía del EQUIPO y bajos los términos y condiciones de dicha garantía. En caso de ejercicio de la garantía sobre el EQUIPO por parte de EL ABONADO, MOVISTAR o un tercero autorizado realizará la reparación gratuita y en caso de ésta no ser posible, realizará la sustitución de dicho EQUIPO o la devolución del precio pagado por EL ABONADO según lo establecido en la normativa aplicable.
DÉCIMA CUARTA - INFORMACIÓN OBTENIDA A TRAVÉS DEL SERVICIO: El uso de cualquier
información obtenida a través del SERVICIO es por cuenta y riesgo de EL ABONADO. MOVISTAR, no tendrá responsabilidad alguna por la precisión, calidad, categoría, clasificación y/o veracidad de la información obtenida por medio de la utilización del SERVICIO, siendo EL ABONADO el único responsable por las informaciones y contenidos a los cuales se pueda accesar a través del uso del SERVICIO. MOVISTAR pondrá a disposición de EL ABONADO, los sistemas de seguridad que permitan a EL ABONADO restringir y controlar el acceso a sitios que puedan contener información clasificada o restringida.
DÉCIMA QUINTA – SUSPENSIÓN DEL SERVICIO Y RECONEXIÓN: MOVISTAR podrá suspender el
SERVICIO cuando EL ABONADO no cumpla con el pago de sus cargos mensuales por disfrute del SERVICIO. Para ello, MOVISTAR deberá informar por escrito a EL ABONADO de ésta situación por cualquier medio idóneo disponible, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al vencimiento de la fecha de pago. MOVISTAR otorgará un plazo de cinco (5) días hábiles contados a partir de la notificación antes referida, para que EL ABONADO pueda subsanar su morosidad. En caso de no haber subsanado la misma, MOVISTAR podrá proceder al corte o suspensión del SERVICIO de conformidad con lo establecido en la Cláusula Séptima. Si EL ABONADO desea reconexión, deberá pagar a MOVISTAR la totalidad de la deuda existente para la fecha, el costo de la reconexión de acuerdo a los PRECIOS y cualquier otro cargo relacionado al uso del SERVICIO, siempre y cuando la misma sea realizada dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de la suspensión, transcurrido este término, EL ABONADO deberá realizar una nueva SOLICITUD DE SERVICIO. Una vez que EL ABONADO realice el pago de la deuda y de los costos de reconexión, MOVISTAR tendrá un plazo de cinco (5) días continuos para realizar la reconexión del SERVICIO. Por su parte, EL ABONADO podrá solicitar a MOVISTAR la suspensión temporal del SERVICIO por los medios idóneos para tal fin.
DÉCIMA SEXTA - XXXX: MOVISTAR no aceptará nuevas solicitudes de servicio de telecomunicaciones a aquellas personas a las cuales se les haya retirado el SERVICIO por haber incurrido en mora según lo previsto en la Cláusula Séptima y mientras dure tal situación xx xxxx, por lo que MOVISTAR no aceptará solicitudes de SERVICIO presentadas por EL ABONADO moroso, reservándose el derecho a ejercer las correspondientes acciones de cobro. MOVISTAR podrá acordar a su solo criterio celebrar convenios especiales para el pago de las deudas, los cuales incluirán expresamente el derecho de MOVISTAR a cobrar intereses compensatorios sobre el monto objeto del convenio de pago, convenio éste que se aplicará de acuerdo a las condiciones que a tal efecto sean acordadas por las partes.
DÉCIMA SÉPTIMA - ATENCIÓN AL CLIENTE: Cualquier solicitud de información, atención al cliente y/o soporte técnico que EL ABONADO requiera, será atendida a través de los canales de atención telefónica de MOVISTAR, para lo cual EL ABONADO podrá llamar a los números 811 ó 411 desde
cualquier teléfono MOVISTAR o al (0000) 000-00-00 ó (0000) 000-00-00 ó (0000) 000-00-00, desde cualquier teléfono a nivel nacional, así como a través del portal Xxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx o los Canales presenciales en las oficinas de atención al cliente. Para la formulación de reclamos, EL ABONADO dispondrá de un lapso xx xxxx (10) días continuos contados a partir de la fecha en que tuvo conocimiento del problema. Dentro de ese lapso, EL ABONADO deberá notificar a MOVISTAR por cualquier medio su inconveniente, una vez recibida la notificación por parte de EL ABONADO, MOVISTAR dispondrá de un lapso de quince (15) días continuos para hacer las correcciones necesarias y presentar una respuesta a EL ABONADO.
DÉCIMA OCTAVA - TERMINACIÓN ANTICIPADA: MOVISTAR podrá dar por terminado el CONTRATO previa notificación al ABONADO de la causa de dicha terminación (salvo por causa de muerte de la persona natural) y en consecuencia, suspenderá el SERVICIO cuando se produzca alguno de los siguientes supuestos:
• a) Cuando EL ABONADO se atrase en el pago del SERVICIO, de conformidad con lo establecido
en la Cláusula Décima Sexta del CONTRATO.
• b) Cuando EL ABONADO modifique o dañe instalaciones o equipos propiedad de MOVISTAR, afectando de ésta forma la prestación del SERVICIO.
• c) Cuando EL ABONADO realice un traspaso a terceras personas de los equipos necesarios para la prestación del SERVICIO, sin notificación de tal situación a MOVISTAR.
• d) Cuando se demuestre que EL ABONADO utiliza el SERVICIO con fines diferentes a aquellos para lo que le es prestado o explote comercialmente el SERVICIO permitiendo su utilización por terceros en cualquier otra forma.
• e) El uso de aplicaciones informáticas o la instalación de equipos o dispositivos, que causen
deterioro en la calidad del servicio o perjuicios en la red del operador.
• f) Cuando se demuestre que EL ABONADO haya dado o prometido a un trabajador de MOVISTAR, o a un tercero, alguna suma de dinero o dádiva indebida para obtener el SERVICIO o para evadir el pago de los montos aplicables.
• g) Cuando se compruebe que EL ABONADO ha suministrado datos falsos que puedan producir a
MOVISTAR o a terceros daños o perjuicios.
• h) Cuando se produzca la muerte de la persona natural o extinción de la personalidad jurídica.
• i) Causas de fuerza mayor o por decisión judicial.
En caso de terminación del presente contrato por alguna de las causas indicadas, EL ABONADO quedará obligado al pago de los montos por consumos realizados y de cualquier otro monto que se encuentre en proceso de facturación para la fecha de efectiva terminación, teniendo a su vez derecho a recibir por reintegro en efectivo el saldo que resulte a su favor. Cualquiera que fuese la causa de terminación del presente CONTRATO, EL ABONADO tendrá derecho a solicitar a MOVISTAR constancia expresa de dicha terminación, sin perjuicio que pueda escoger otros mecanismos que cumplan con el mismo objetivo.
DÉCIMA NOVENA – PROMOCIONES: MOVISTAR podrá ofrecer en cualquier momento promociones, descuentos, subsidios y/o cualquier otro beneficio adicional para EL ABONADO, para lo cual cumplirá con los requisitos y mecanismos de comunicación establecidos en la normativa vigente que regule la materia, indicando a EL ABONADO los lapsos de permanencia, condiciones, restricciones y/o penalidades correspondientes. EL ABONADO declara que al momento de realizar una solicitud y/o contratación con MOVISTAR de cualquier promoción, descuento, subsidio o beneficio, aceptará las condiciones específicas de dicha solicitud y/o contratación.
VIGÉSIMA – CESIÓN DEL CONTRATO: Este CONTRATO se considera celebrado “intuito personae” por lo que respecta a EL ABONADO, en consecuencia EL ABONADO no podrá ceder, delegar, traspasar, o en cualquier forma disponer de los derechos derivados del CONTRATO, sin el previo consentimiento
por escrito de MOVISTAR. En todo caso, dicha cesión, implicara la necesidad de solvencia de EL ABONADO cedente, la transferencia de la cualidad de abonado y la actualización de datos del nuevo abonado. En caso de no ser aprobada la cesión por parte de MOVISTAR, EL ABONADO seguirá siendo el único responsable por el uso y pago del SERVICIO.