ESTE DOCUMENTO NO ES EL CONTRATO ORIGINAL. ES UNA TRADUCCIÓN A ESPAÑOL QUE PODRÍA SER IMPRECISA. PARA CUALQUIER INTERPRETACIÓN REVISAR EL CONTRATO ORIGINAL EN INGLÉS LLAMADO “CUSTOMER ACCOUNT AGREEMENT”.
ESTE DOCUMENTO NO ES EL CONTRATO ORIGINAL. ES UNA TRADUCCIÓN A ESPAÑOL QUE PODRÍA SER IMPRECISA. PARA CUALQUIER INTERPRETACIÓN REVISAR EL CONTRATO ORIGINAL EN INGLÉS LLAMADO “CUSTOMER ACCOUNT AGREEMENT”.
CONTRATO DE CUENTA DE CLIENTE
Este Acuerdo de cuenta de cliente (en adelante el "Acuerdo") establece los derechos y obligaciones respectivos de Apex Clearing Corporation ("usted" o "ustedes" o "Apex") y la firma de corretaje del Cliente (como se define a continuación) (el "Bróker introductorio") y el Cliente o Clientes identificados en la Solicitud de cuenta nueva (en adelante el "Cliente") en relación con la cuenta de corretaje del Cliente con el Agente introductorio (en adelante "la Cuenta"). El cliente acepta lo siguiente con respecto a la Cuenta, que el Cliente ha establecido con el Bróker Introductorio para la compra, venta o transporte de valores o contratos relacionados con los mismos y / o el préstamo de fondos, cuyas transacciones se compensan a través de usted, el Cliente. Para ayudar al gobierno a luchar contra la financiación del terrorismo y lavado de dinero, la ley federal requiere que todas las instituciones financieras obtengan, verifiquen y registren información que identifique a cada persona que abre una cuenta. Para abrir una cuenta, el Cliente proporcionará información que le permitirá identificar al Cliente, incluidos, entre otros, los nombres, dirección, fecha de nacimiento y la licencia de conducir del Cliente u otros documentos de identificación.
1. Reglas y regulaciones aplicables. Todas las transacciones de la Cuenta estarán sujetas a la constitución, reglas, reglamentos, costumbres y usos de la bolsa o mercado y su representante de compensación, si lo hubiera, en el que se ejecutan dichas transacciones, salvo que se disponga específicamente lo contrario en este Acuerdo.
2. Definiciones. "Obligaciones" significan todas las deudas, saldos deudores, pasivos u otras obligaciones de cualquier tipo del Cliente con usted, ya sean existentes o que surjan en el futuro. "Valores y otra propiedad" incluirá, pero no se limitará, a dinero, valores, materias primas u otra propiedad de toda clase y naturaleza, así como a todos los contratos y opciones que se relacionen con los mismos, ya sea para entrega presente o futura de los mismos.
2A. Definiciones de los objetivos de inversión. “Preservación de capital”: una estrategia de inversión conservadora caracterizada por el deseo de evitar el riesgo de pérdida; “Ingresos”: estrategia centrada en los ingresos actuales en lugar de la apreciación del capital; "Crecimiento": invertir en acciones con fuertes ganancias y / o ingresos crecimiento o potencial; “Especulación”: asumir mayores riesgos, generalmente mediante operaciones frecuentes, con la esperanza de obtener una ganancia superior a la media. Todas las estrategias involucran varios tipos y niveles de riesgo, siendo los más comunes los riesgos xx xxxxxxx, crédito, inflación, negocios y tasa de interés.
3. Incumplimiento de contrato. Siempre lo considere necesario para su protección, o para la protección del Bróker introductorio o, en el caso de, pero no limitado a: (i) cualquier incumplimiento por parte del Cliente de éste o cualquier otro acuerdo con usted; o (ii) el incumplimiento del Cliente Para pagar los valores y otras propiedades compradas o para entregar valores y otras propiedades vendidas, puede vender cualquiera o todos los valores y otras propiedades mantenidas en cualquiera de las cuentas del Cliente (ya sea individualmente o conjuntamente con otros), cancelar o completar cualquier orden
abierta para la compra o venta de cualquier valor y otras propiedades, y / o tomar prestado o comprar cualquier valor y otra propiedad necesaria para realizar la entrega contra cualquier venta, incluida una venta corta, efectuada para el Cliente, todo sin aviso o demanda de depósito de garantía, otro aviso de venta o compra, u otro aviso o publicidad, cada uno de que el Cliente renuncia expresamente, y / o puede requerir que el Cliente deposite efectivo o una garantía adecuada en la cuenta del Cliente antes de cualquier fecha de liquidación para asegurar el cumplimiento o pago de cualquier compromiso contractual abierto y / o transacciones pendientes. Usted tiene el derecho a negarse a ejecutar transacciones de valores para el Cliente en cualquier momento y por cualquier motivo. Todos y cada uno de los valores y otras propiedades pertenecientes al Cliente o en las que el Cliente pueda tener un interés en su poder o en cualquiera de las cuentas del Cliente con usted (ya sea de forma individual o conjunta con otros) estará sujeta a una garantía mobiliaria primaria y a un gravamen para el cumplimiento de las obligaciones del Cliente con usted, donde sea o como sea que surja y sin importar si ha hecho o no avances con respecto a dichos valores y otras propiedades, y por la presente se le autoriza vender y / o comprar todos y cada uno de los valores y otra propiedad en cualquiera de las cuentas del Cliente y / o transferir dichos valores y otros activos de propiedad entre cualquiera de las cuentas del Cliente en la máxima medida de la ley y sin previo aviso cuando esté permitido. Las pérdidas, costos y gastos, incluidos, entre otros, los honorarios y gastos razonables de abogados, incurridos y pagaderos o pagados por Usted en el (i) cobro de un saldo deudor y / o cualquier deficiencia impaga en las cuentas del Cliente con usted o (ii) la defensa de cualquier asunto que surja de las transacciones de valores del Cliente, será pagadero a Usted por el Cliente. El Cliente comprende que, debido a circunstancias fuera del control de los agentes de bolsa, los derechos de voto de sus clientes pueden verse afectados. Por ejemplo, si las acciones de una empresa que otro cliente ha comprado aún no se han recibido del vendedor (s), entonces la capacidad de los clientes para votar en resoluciones sobre las acciones de esa empresa podría verse afectada hasta que se reciban esas acciones. Además, si las acciones de una empresa que el Cliente ha comprado aún no se han recibido del vendedor (s), los pagos recibidos por el cliente xxx xxxxxxxx introductorio, en vez de los dividendos sobre las acciones que aún no se hayan recibido, pueden recibir un tratamiento fiscal menos favorable que el otorgado a los dividendos.
4. Cancelación. Está autorizado, a su discreción, en caso de que por cualquier motivo lo considere necesario para su protección, sin previo aviso, a cancelar cualquier pedido pendiente, cerrar las cuentas del Cliente, en su totalidad o en parte, o cerrar cualquier compromiso asumido en nombre del Cliente.
5. Pago de la deuda a pedido. El Cliente será en todo momento responsable del pago a petición de cualquier obligación que se deba al Cliente ante usted, al mismo tiempo, el Cliente será responsable ante usted por cualquier insuficiencia restante en dichas cuentas en caso de liquidación de éstas (como se contempla en el Párrafo 3 de este Acuerdo o de otro modo), en su totalidad o en parte, por usted o por el Cliente; y el Cliente deberá realizar el pago de tales obligaciones a pedido.
6. Cuentas llevadas como agente compensador. El Cliente entiende que posee las cuentas de Cliente como Xxxxxx de compensación por el acuerdo firmado con el Bróker de introducción del Cliente a través de cuya cortesía se le ha presentado la cuenta del Cliente. Hasta la recepción de una notificación por escrito que indique lo contrario, el Cliente puede aceptar y confiar en el Bróker de presentación del
Cliente para: (a) órdenes de compra o venta en dicha cuenta de valores y otros bienes; y (b) cualquier otra instrucción relativa a las cuentas del Cliente. El Cliente declara entiende que usted actúa solo para compensar las operaciones introducidas por el Bróker introductorio del Cliente y para efectuar otras funciones de back office para el Bróker de presentación del Cliente. El Cliente le confirma que Usted confía en cualquier consejo relacionado con las cuentas del Cliente únicamente actuando como Xxxxxx introductorio del Cliente. El Cliente comprende que todos los representantes, empleados y otros agentes con los que el Cliente comunica acerca de la cuenta del Cliente son agentes del Bróker Introductorio, y no sus representantes, empleados u otros agentes y el Cliente no lo hará responsable de ninguna manera por las pérdidas comerciales en las que pueda incurrir. El Cliente comprende que usted no es un director ni socio ni controla de ninguna manera el Bróker Introductorio o sus representantes, empleados u otros agentes. El Cliente entiende que usted no revisará las cuentas del Cliente y no tendrá ninguna responsabilidad por las transacciones realizadas en las cuentas del Cliente. El Cliente entiende que usted no será responsable ni estará obligado por cualquier acto u omisión del Bróker Introductorio o sus representantes, empleados u otros agentes. No obstante, en caso de que el Cliente inicie un reclamo contra usted en su calidad de Xxxxxx de compensación y éste no prevalezca, el Cliente será responsable de los costos y gastos asociados con su defensa ante dicho reclamo. El Cliente entiende que tendrá derecho a ejercer y hacer cumplir directamente contra el Cliente todos los derechos otorgados al Bróker Introductorio. El Cliente no lo hará responsable de ninguna manera por las pérdidas comerciales en las que pueda incurrir. El Cliente comprende que usted no es un director ni está asociado o controla de ninguna manera el Bróker Introductorio o sus representantes, empleados u otros agentes. El Cliente entiende que usted no revisará las cuentas del Cliente y no tendrá ninguna responsabilidad por las transacciones realizadas en las cuentas del Cliente. El Cliente entiende que usted no será responsable ni estará obligado por cualquier acto u omisión del Bróker Introductorio o sus representantes, empleados u otros agentes.
6A. Cuentas manejadas como custodio. En algunos casos, la cuenta del Cliente se lleva a cabo mediante un acuerdo con el Bróker de Inversiones del Cliente o Gestor de inversiones, que lo utiliza como su custodio Bróker-Dealer. El Cliente reconoce que su función como custodio es custodiar, mantener y contabilizar activos, distribuir o recolectar fondos en nombre de la cuenta del Cliente, así como ejecutar y compensar operaciones siguiendo las instrucciones de inversión del Cliente Xxxxxx o Gerente de Inversiones. Además, el Cliente genera estados de cuenta y brinda otros servicios de custodia según lo requieran varios estándares y requisitos regulatorios. El Cliente entiende que, en su calidad xx xxxxxxxx, no ofrecerá asesoramiento sobre inversiones, revisará las cuentas del Cliente y no tendrá ninguna responsabilidad por las transacciones realizadas en las cuentas del Cliente. Además, en su calidad xx xxxxxxxx, no verificará la exactitud de honorarios de gestión que el Cliente paga a los Brókers de Inversiones o Gestores de Inversiones de conformidad con los términos del Acuerdo de Gestión de Inversiones celebrado entre el Cliente y el Bróker de inversiones o Gestor de inversiones. No obstante, en caso de que el Cliente inicie un reclamo contra usted en su calidad de Bróker xx xxxxxxxx de valores y éste no prevalezca, el Cliente será responsable de los costos y gastos asociados con su defensa ante dicho reclamo.
7. Comunicaciones. Puede enviar comunicaciones al Cliente a la dirección de éste presentada en la
Solicitud de cuenta nueva o en cualquiera otra dirección que el Cliente pueda proporcionarle con antelación y por escrito y, todas las comunicaciones enviadas así, ya sea por correo, telégrafo o de otro modo, se considerarán entregadas al Cliente personalmente, ya sean recibidas o no. Los informes de ejecución de órdenes y extractos de cuentas del Cliente serán concluyentes si no se opone ante usted por escrito, el primero dentro de los cinco (5) días y el segundo dentro de los diez (10) días después de que usted lo haya enviado la notificación por correo. En consideración, en caso de que el Cliente envíe cualquier notificación por correo a la dirección indicada ante el Cliente, por la presente, acepta que “toda la correspondencia de cualquier naturaleza” que se me envíe en dicha dirección tendrá la misma fuerza y efecto que si me hubiera sido entregado personalmente.
8. ACUERDO DE ARBITRAJE. ESTE ACUERDO CONTIENE UNA CLÁUSULA DE ARBITRAJE PREDISPUTA. AL FIRMAR UN ACUERDO DE ARBITRAJE LAS PARTES ACUERDAN LO SIGUIENTE:
a) TODAS LAS PARTES DE ESTE ACUERDO CEDEN EL DERECHO DE DEMANDARSE EN UN TRIBUNAL, INCLUYENDO EL DERECHO A UN JUICIO POR JURADO EXCEPTO LO DISPONIBLE POR LAS REGLAS DEL FORMULARIO DE ARBITRAJE EN EL QUE SE PRESENTA UNA RECLAMACIÓN;
b) LOS LAUDOS ARBITRALES SON EN GENERAL DEFINITIVOS Y VINCULANTES; LA CAPACIDAD DE UNA PARTE DE HACER QUE UN TRIBUNAL INVIERTA O MODIFIQUE LA DECISIÓN DEL ARBITRAJE ES MUY LIMITADA.
c) LA CAPACIDAD DE LAS PARTES PARA OBTENER DOCUMENTOS, DECLARACIONES DE TESTIGOS Y OTROS DESCUBRIMIENTOS ES GENERALMENTE MÁS LIMITADA EN EL ARBITRAJE QUE EN PROCEDIMIENTOS JUDICIALES;
d) LOS ÁRBITROS NO TIENEN QUE EXPLICAR LAS RAZONES DE SU DECISIÓN A MENOS QUE, EN UN CASO ELEGIBLE, SE PRESENTE UNA SOLICITUD CONJUNTA DE TODAS LAS PARTES DE UNA DECISIÓN ANTE EL PANEL DE ARBITRAJE AL MENOS 20 DÍAS ANTES DE LA FECHA DE LA PRIMERA AUDIENCIA PROGRAMADA.
e) EL PANEL DE ÁRBITROS PUEDE INCLUIR UNA MINORÍA DE ÁRBITROS QUE FUERON O ESTÁN AFILIADOS A INDUSTRIA DE VALORES.
f) LAS REGLAS DE ALGUNOS PANELES DE ARBITRAJE PUEDEN IMPONER LÍMITES DE TIEMPO PARA PRESENTAR UNA RECLAMACIÓN EN ARBITRAJE. EN ALGUNOS CASOS, UN RECLAMO QUE SEA ELEGIBLE PARA ARBITRAJE PUEDE SER PRESENTADO ANTE UN TRIBUNAL.
g) LAS REGLAS DEL FORO DE ARBITRAJE EN EL QUE SE PRESENTA LA RECLAMACIÓN Y CUALQUIER ENMIENDA AL MISMO, DEBERÁN SER INCORPORADAS A ESTE ACUERDO.
EL SIGUIENTE ACUERDO DE ARBITRAJE SE DEBE LEER EN CONJUNTO CON LAS DIVULGACIONES ANTERIORES. CUALQUIER CONTROVERSIA, DISPUTA O RECLAMO ENTRE EL CLIENTE Y USTED, O EL BRÓKER DE INTRODUCCIÓN, O LOS AGENTES, REPRESENTANTES, EMPLEADOS, DIRECTORES, FUNCIONARIOS O PERSONAS DE CONTROL SUYAS O DEL BRÓKER DE INTRODUCCIÓN, QUE SURJAN DE, EN RELACIÓN CON, DE O CON RESPECTO A (a) CUALQUIER DISPOSICIÓN O VALIDEZ DE ESTE ACUERDO O CUALQUIER ACUERDO RELACIONADO, (b) LA RELACIÓN DE LAS PARTES AQUÍ MENCIONADAS, O (c) CUALQUIER CONTROVERSIA QUE SURJA DE SU NEGOCIO, EL NEGOCIO DEL BRÓKER DE INTRODUCCIÓN
O LAS CUENTAS DEL CLIENTE, SE LLEVARÁ A CABO DE CONFORMIDAD CON EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO DE ARBITRAJE DE LA AUTORIDAD REGULADORA DE LA INDUSTRIA FINANCIERA (“FINRA”). LA DECISIÓN Y LA ADJUDICACIÓN DEL (LOS) ÁRBITRO (S) SERÁ CONCLUYENTE Y VINCULANTE PARA TODAS LAS PARTES Y CUALQUIER SENTENCIA SOBRE CUALQUIER DECISIÓN TOMADA PUEDE SERPRESENTADA ANTE UN TRIBUNAL QUE TENGA JURISDICCIÓN SOBRE LA MISMA Y NINGUNA DE LAS PARTES SE OPONERÁ A DICHA PRESENTACIÓN.
Ninguna persona presentará una demanda colectiva putativa o certificada a arbitraje, ni buscará hacer cumplir ningún acuerdo de arbitraje previo a la disputa contra ninguna persona contra la que haya iniciado en la corte una demanda colectiva putativa; tampoco buscará hacer cumplir ningún acuerdo de arbitraje ante una persona que sea miembro de una demanda colectiva putativa que no haya optado por salir de la demanda colectiva con respecto a cualquier reclamo abarcado por la demanda colectiva putativa hasta que: (i) se niegue la certificación de la demanda colectiva; o (ii) la demanda colectiva sea descertificada; o (iii) el cliente sea excluido de la demanda colectiva por el tribunal. Dicha tolerancia para hacer cumplir un acuerdo de arbitraje no constituirá una renuncia a ningún derecho en virtud de este acuerdo, excepto a la medida que se indica en este documento.
9. Representaciones. El Cliente declara que el Cliente es mayor de edad, que el Cliente no es un empleado de ninguna bolsa de valores ni de ninguna corporación que posea la mayoría del capital social de una bolsa de valores, o de un miembro de cualquier bolsa de valores, ni tampoco de una firma o corporación registrada en cualquier bolsa de valores o de un banco, compañía fiduciaria, compañía de seguros o de cualquier corporación, firma o individuo que se dedique al negocio del intercambio o venta de letras de cambio, aceptaciones u otras formas de papel comercial. Si el Cliente es una corporación, sociedad, un fideicomiso u otra entidad, el Cliente declara que sus instrumentos de gobierno permiten este Acuerdo, que este Acuerdo ha sido autorizado por todas las personas y que el signatario de la Solicitud de cuenta nueva está autorizado a vincular al Cliente. El Cliente declara que el Cliente deberá Cumplir con todas las leyes, reglas y regulaciones aplicables en relación con la cuenta del Cliente. El Cliente declara, además, que nadie excepto el Cliente tiene interés en la cuenta o cuentas del Cliente con usted.
10. Cuentas conjuntas. Si la Solicitud de Nueva Cuenta indica que la Cuenta estará formada por más de una persona, las obligaciones del Cliente en virtud de este Acuerdo serán compartidas. Las referencias al "Cliente" incluirán a cada uno de los clientes identificados en la Solicitud de cuenta nueva. Usted puede confiar en la transferencia u otras instrucciones de cualquiera de los Clientes en una cuenta conjunta y dichas instrucciones serán vinculantes para cada uno de los Clientes. Usted puede entregar valores u otros bienes y enviar confirmaciones, avisos, declaraciones y comunicaciones de todo tipo a cualquiera de los Clientes y dicha acción será vinculante para cada uno de los Clientes. No obstante, usted está autorizado a su discreción para Requerir la acción conjunta de los Clientes conjuntos con respecto a cualquier asunto relacionado con la cuenta conjunta, que incluye, entre otros, la entrega o cancelación de órdenes y retiro de dinero o valores. En el caso cuentas de Copropiedad conyugal (Tenants by Entirety), se requerirá una acción conjunta para todos los asuntos relacionados con la cuenta conjunta. La Copropiedad conyugal no se reconoce en ciertas jurisdicciones y, cuando no se permita expresamente, no será una designación permitida de la cuenta.
11. Otros acuerdos. Si el Cliente negocia alguna opción, el Cliente acepta regirse por los términos de su Acuerdo de Opciones de Cliente. El Cliente entiende que usted puede obtener copias de estos acuerdos y, en la medida que corresponda, se incorporan aquí como referencia. Los términos de estos otros acuerdos son adicionales a las disposiciones de este Acuerdo y cualquier otro acuerdo escrito entre usted y el Cliente.
12. Datos no garantizados. El Cliente acepta expresamente que cualquier dato o informe en línea que se le proporciona al Cliente no tiene garantías de ningún tipo, expresas o implícitas, incluidas, entre otras, las garantías implícitas de comerciabilidad, idoneidad para un propósito particular o no infracción. El cliente reconoce que la información contenida en cualquier informe proporcionado por usted se obtiene xx xxxxxxx que se consideran confiables pero que no tienen garantías en cuanto a su exactitud o integridad. Dicha información podría incluir inexactitudes técnicas o de otro tipo, errores u omisiones. En ningún caso cualquiera de sus afiliados será responsable ante el Cliente o cualquier tercero por la precisión, puntualidad o integridad de cualquier información puesta a disposición del Cliente o por cualquier decisión tomada por el Cliente basándose en dicha información. En ningún caso usted o sus entidades afiliadas serán responsables por cualquier daño especial incidental, indirecto o consecuente, incluidos, entre otros, los que resulten de la pérdida de uso, datos o ganancias, ya sea advertido o no de la posibilidad de daños, y sobre cualquier teoría de responsabilidad, que surja de o en conexión con el uso de cualquier informe proporcionado por usted o con el retraso o la imposibilidad de utilizar dichos informes.
13. Pago de la divulgación del flujo de pedidos. Dependiendo del valor negociado y de la ausencia de una orden específica del Cliente, las órdenes de acciones y opciones son enrutados a centros xx xxxxxxx (es decir, agentes de bolsa, bolsas primarias o redes de comunicación electrónica) para su ejecución. Las decisiones de enrutamiento se basan en varios factores, incluido el tamaño del pedido, la oportunidad de mejorar el precio y la calidad de las ejecuciones del pedido, y las decisiones se toman regularmente para asegurar que se cumpla con el deber de la mejor ejecución posible. Usted o el Bróker introductorio pueden recibir una compensación u otra consideración por la colocación de Órdenes con centros xx xxxxxxx para su ejecución. El monto de la compensación depende del acuerdo alcanzado con cada sede. La fuente y la naturaleza de la compensación relacionada con las transacciones del Cliente se proporcionará previa solicitud por escrito.
14. Verificación de crédito. Usted está autorizado, a su discreción, si por cualquier motivo lo considera necesario para su protección, a solicitar y obtener un informe crediticio del Cliente.
15. Varios. Si alguna disposición de este Acuerdo se considera inválida o inaplicable, no afectará ninguna otra disposición de este Acuerdo. Los títulos de cada sección de este Acuerdo son solo descriptivos y no modifican ni califican ninguna disposición de este Acuerdo. Este Acuerdo y su aplicación se regirá por las leyes del estado de Texas y cubrirá individual y colectivamente todas las cuentas que el Cliente haya abierto anteriormente, tenga abiertas o puede abrir o reabrir con usted, o cualquier Bróker de presentación, así como todas y cada una de las transacciones anteriores, actuales y futuras en tales cuentas. Salvo lo dispuesto en este Acuerdo, ninguna disposición de este Acuerdo puede ser alterada, modificada o enmendada a menos que esté firmada por escrito por su representante autorizado. Este Acuerdo y todas las disposiciones redundarán en beneficio de usted y sus sucesores, ya sea por fusión,
consolidación o de otra manera, incluyendo sus cesionarios, el Bróker Introductorio y todas las demás personas especificadas en el Párrafo 8. Usted no será responsable de las pérdidas causadas directa o indirectamente por cualquier evento más allá de su control razonable, incluyendo, sin limitación, restricciones gubernamentales, fallos de cambio x xx xxxxxxx, suspensión de negociación o negociación inusualmente intensa de valores, un cambio general en las condiciones económicas, políticas o financieras, guerras o huelgas. Puede transferir las cuentas del Cliente a sus sucesores y cesionarios. Este Acuerdo será vinculante para el Cliente y los herederos, albaceas, administradores, sucesores y cesionarios del Cliente. No insistir en el estricto cumplimiento de este Acuerdo no se considera una renuncia a sus derechos en virtud de este Convenio. A su discreción, puede rescindir este Acuerdo en cualquier momento mediante notificación al Cliente, el Cliente seguirá siendo responsable de cualquier obligación contraída por el Cliente antes de la terminación. El Cliente no puede ceder los derechos del Cliente ni delegar las obligaciones del Cliente en virtud de este Acuerdo, en su totalidad o en parte, sin su consentimiento previo.
16. Protección SIPC. Como miembro de la Securities Investor Protection Corporation (SIPC), los fondos están disponibles para atender las reclamaciones de los Clientes hasta un límite máximo de $ 500.000, incluido un máximo de $ 250.000 para reclamaciones en efectivo. Para obtener información adicional sobre la cobertura de SIPC, incluido un folleto, comuníquese con SIPC al (000) 000-0000 o visite xxx.xxxx.xxx. Apex ha comprado una póliza de seguro adicional a través de un grupo de London Underwriters para complementar Protección SIPC. Esta póliza de seguro adicional está disponible para los clientes en caso de que se agoten los límites de SIPC y brinda protección para valores y efectivo hasta ciertos límites. Similar a la protección SIPC, este seguro adicional no protege contra una pérdida en el valor xxx xxxxxxx de valores.
17. Programa de barrido. Si el Cliente elige participar en uno de sus programas de xxxxxxx xxx xxxxxxx monetario o de la FDIC, el Cliente reconoce y acepta que: (a) el Cliente ha leído y comprende los términos y condiciones del programa de barrido y / o prospectos disponibles en xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxx/ y conoce los productos disponibles en dichos programas de barrido; (b) puede realizar cambios en su FDIC y / o programas y productos de xxxxxxx xxx xxxxxxx monetario en cualquier momento a su entera discreción y con o sin notificación al Cliente; (c) los saldos acreedores libres en el la Cuenta del Cliente pueden comenzar a incluirse en el programa de barrido al abrir la Cuenta; y (d) no tiene la obligación de monitorear el programa de barrido elegido para la Cuenta del Cliente o para hacer recomendaciones o cambios en el programa de barrido que puedan ser beneficiosos para el Cliente.
18. Elegibilidad del Tratado Tributario. Este acuerdo servirá como certificación del Cliente de que usted es elegible para recibir los beneficios del tratado fiscal entre el país o (de) residencia indicada en el formulario de cuenta nueva y el (los) país (es) de origen que tienen jurisdicción sobre los instrumentos mantenidos en la cuenta del cliente.