Condiciones Generales del Contrato de Alquiler de Autos
Condiciones Generales del Contrato de Alquiler de Autos
Validez a partir de 10/1/2012
Transparencia con usted.
INDICE
1. IDENTIFICACIÓN Y DEFINICIONES 3
2. ObjETO 4
3. PlAzO 5
4. PRECIO 5
5. RESPONSAbIlIDAD DE lA lOCADORA 10
6. RESPONSAbIlIDADES DEl ClIENTE 11
7. PROTECCIONES lOCAlIzA 16
8. RESCISION 18
9. DISPOSICIONES GENERAlES 18
10. jURISDICCIÓN Y DOMICIlIOS 19
1 IDENTIFICACIÓN Y DEFINICIONES
1.1 Este Contrato de Alquiler de Vehículos es válido para todas las empresas que operan directamente o por Franquicia Empresarial en los términos de la legislación vigente sobre la marca Localiza Rent a Car, en el territorio nacional.
1.2 La Locadora es la persona jurídica de derecho privado, debidamente identificada en el encabezado del Demostrativo de Contrato del Alquiler de Vehículos, en adelante denominada Locadora y única responsable por la operación del presente negocio contratado.
1.3 El Locatario es la persona física o jurídica, debidamente identificada en el Demostrativo del Contrato de Alquiler de Vehículos, en adelante denominada Cliente, respondiendo por el integral cumplimiento y observación de este contrato.
1.3.1 El Cliente persona física deberá tener más de 21 años (veintiún), poseer licencia de conducir habilitante con un mínimo de dos años de antigüedad, estando plenamente apto para conducir el vehículo alquilado, en conformidad con las exigencias de la legislación de tránsito y renta comprobada compatible para afrontar las responsabilidades indemnizatorias con referencia al vehículo alquilado y a terceros. La Locadora podrá, a su exclusivo criterio, ceder la comprobación xx xxxxx supra referida, mediante la presentación de tarjeta de crédito válida a nombre del Cliente, con los límites mínimos exigidos por la Locadora.
1.3.2 El Cliente podrá ser una persona jurídica o ideal, la cual deberá constituir una sociedad regular, en los términos de la ley 19550 modificatorias y complementarias, estando debidamente registrada su condición en el registro respectivo. La Locadora podrá, a su exclusivo criterio, ceder la comprobación xx xxxxx supra referida, mediante la presentación de tarjeta de crédito válida a nombre del Cliente, o su apoderado y/o representante legal, con facultades suficientes para con tratar, con los límites mínimos exigidos por la Locadora. La Locadora podrá exigir, a los efectos de acreditar la condición y existencia de la persona jurídica contratante, la documentación sustentatoria que considere pertinente.
1.4 El Usuario es, para fines de derecho el autorizado por la persona jurídica, indicado por ésta y responsable solidario por la recepción del vehículo, contratación de adicionales y firma del Demostrativo del Contrato de Alquiler de vehículo, éste previamente calificado y aprobado por la Locadora.
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1.4.1 El Usuario deberá tener más de 21 (veintiún) años y poseer licencia de conducir vigente y con más de 2 (dos) años, estando plenamente apto para conducir el vehículo alquilado, en conformidad con las exigencias de la legislación de tránsito.
1.4.2 El Usuario deberá presentar, obligatoriamente, al momento de retirar el vehículo, autorización formal por escrito del Cliente. En caso de que el Cliente sea una persona jurídica, la autorización deberá ser otorgada por un apoderado con facultades suficientes.
1.4.3 El Cliente será responsable por el cumplimiento y observancia de este contrato por el Usuario y responderá solidariamente por los actos de aquel.
1.5 El Conductor es la persona indicada por el Cliente que también podrá conducir el vehículo alquilado, siendo previamente calificado y aprobado por la Locadora y debidamente identificado en el Demostrativo del Contrato de Alquiler de Vehículos.
1.5.1 El Conductor deberá tener mas de 21 (veintiún) años, y poseer licencia de conducir vigente con más de 2 (dos) años, estando plenamente apto para conducir el vehículo alquilado, en conformidad con las exigencias de la legislación de transito.
1.5.2 El Cliente será responsable por el cumplimiento y observancia de este contrato por el Conductor.
1.5.3 El conductor es parte contratante aún cuando no tiene los poderes para prorrogar el plazo o alterar cualquier otra condición o término de este contrato.
1.6 El Demostrativo de Contrato de Alquiler de Vehículos es el documento que identifica en cada locación a los contratantes, o Usuario, o Conductor (es), al vehículo alquilado, al período de locación y a los precios (tarifas y servicios), en adelante denominado Demostrativo.
1.7 Son parte integrante de este contrato, para todos los fines de derecho, el Demostrativo, el listado de la Red de Agencias y Tarifas (expuestos en los mostradores de la Locadora) y las Condiciones Comerciales para Alquiler de Vehículos específicas para personas jurídicas.
2 OBJETO
2.1 Alquiler de vehículos de propiedad, posesión, uso o goce de la Locadora, por el Cliente, por plazo determinado, para la utilización exclusivamente en territorio nacional, observados en los términos y límites de su utilización fijados abajo y demás disposiciones de este contrato.
2.2 Conforme lo dispuesto en la cláusula 7.4.7 abajo, el vehículo alquilado no podrá ser utilizado para:
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2.2.1 Transportar personas y/o bienes mediante la cobranza de remuneración de cualquier especie;
2.2.2 Transportar personas y/o bienes fuera de su capacidad informada por el fabricante del vehículo (lugar, peso o extensión);
2.2.3 Acarrear o remolcar cualquier vehículo;
2.2.4 Participar xx xxxxxxxx, tests, competencias y/o “picadas”;
2.2.5 Instrucción de personas no habilitadas para conducir;
2.2.6 Transportar explosivos, combustibles y/o materiales químicos o inflamables;
2.2.7 Pasear por medanos y playas y/o en regiones de topografías de difícil transito o acceso, conforme la naturaleza y prestaciones del vehiculo alquilado;
2.2.8 Cualquier finalidad ilegal y/o violatoria del Art. 953 del Cod. Civil Argentino.
3 PLAZO
3.1 El plazo de locación y el local de devolución del vehículo están ajustados en el Demostrativo, registrado como “Fecha y Local de devolución”.
3.2 En la hipótesis de prórroga del plazo de locación, permanecerán en vigor las cláusulas y condiciones de este contrato, quedando el Cliente sujeto a las eventuales variaciones de precios de Tarifa de Mostrador vigente y la pérdida de eventuales promociones por períodos previamente determinados.
3.3 La prórroga de la locación dependerá de la solicitud escrita del Cliente (Persona Jurídica) o del pago anticipado o de una nueva PRE-autorización en la tarjeta de crédito presentada (Persona Física), siendo cierto que el consentimiento formal de la Locadora es indispensable para su validez
4 PRECIO
4.1 El valor total del alquiler deberá ser abonado por adelantado, no obstante será recalculado en caso de corresponder al cierre del Demostrativo, que ocurrirá en la devolución del vehículo alquilado o en el caso de cualquier hipótesis de rescisión de este contrato, comprendiendo la sumatoria de los valores de los siguientes ítems, definidos y especificados en la tarifa de mostrador vigente:
4.1.1 Locación
a. Diarias: la diaria del vehículo es de 24 (veinticuatro) horas, a partir de la hora de entrega del vehículo, con hasta 1 (una) hora de tolerancia para la devolución.
b. Horas extras: a partir de la 25ª (vigésimo quinta) hora de la hora de entrega del vehículo alquilado, incidirá la cobranza de horas extras (1/5 del valor de la diaria para cada hora extra), siendo cobrada, inclusive, la hora de tolerancia.
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c. Kilómetros: serán cobrados solamente cuando fueran contratadas tarifas donde hubiera limitación de kilómetros. En estas tarifas, ocurriendo quiebre o violación del velocímetro será considerada una media de 200 kilómetros por día, independientemente del día en que ocurrió el hecho, desde el inicio hasta la efectiva devolución del vehículo.
d. Protección para cobertura de riesgos a terceros: La adhesión es obligatoria. El cliente se responsabiliza, en caso de ocurrir cualquier siniestro, por el 100% de los daños de vehículo de Localiza, siendo responsable hasta el valor actual del automóvil. La diaria de la protección es valida por 24 (veinticuatro) horas. A partir de la 25ª hora incidirá la cobranza de una nueva diaria de la protección, en su valor integral.
e. Protecciones Localiza: La adhesión de estas protecciones conforme a la cláusula 7.2.1, es opcional. La diaria de la protección es válida por 24 (veinticuatro) horas. A partir de la 25ª hora incidirá la cobranza de una nueva diaria de la protección, en su valor integral.
f. Protección para conductor adicional: la adhesión es opcional, conforme cláusula 7.2.5. La diaria de la protección es válida por 24 (veinticuatro) horas con una hora de tolerancia para la devolución del vehículo. A partir de la 25ª incidirá la cobranza de una nueva diaria de protección contratada, en su valor integral.
g. Tasa de retorno: es debida cuando el vehículo alquilado fuera devuelto en una agencia diferente de aquella de origen de locación, de acuerdo con los valores especificados en la tarifa mostrador vigente.
h. Tasa de servicio: 5% sobre el valor total del demostrativo para los vehículos retirados y devueltos en las agencias centro y 10% para los vehículos retirados o devueltos en los aeropuertos.
4.1.2 Reembolso de Gastos e Indemnizaciones
a. Combustible: el vehículo alquilado es entregado con tanque lleno. En la devolución, si el vehículo alquilado no es entregado por el Cliente con el tanque lleno, será cobrado el combustible faltante, tomándose como base para su cobro el valor del surtidor a la fecha de entrega del mismo, sumado a un 30% en concepto de servicio de reabastecimiento, además del impuesto al valor agregado sobre el valor resultante. En el caso de accidente con pérdida total, hurto o robo del vehículo alquilado, será cobrado un tanque lleno de combustible independientemente de la situación del tanque en el momento del hecho
x. Xxxxxx de vehículos: el vehículo es entregado limpio. En caso de que sea devuelto sucio interna y/o
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externamente, será cobrada una tasa xx xxxxxx simple o especial, dependiendo del estado del vehículo en la devolución. En la necesidad xx xxxxxx especial, también será cobrada una tasa xx xxxxxx mas el valor de 1 (una) diaria de locación del vehículo utilizado, con base en la tarifa de mostrador - “Diaria con 200 Km. libres”.
c. Pérdida de los documentos del vehículo: será cobrado el valor de 1 (una) diaria de locación del vehículo utilizado, con base en la tarifa de mostrador - “Diaria con 200 Km. libres”, aparte del reembolso de los gastos para la obtención de una nueva documentación del vehículo ante las autoridades de tránsito.
d. Pérdida de las llaves del vehículo: será cobrado el valor de 1 (una) diaria de locación del vehículo utilizado, con base en la tarifa de mostrador - “Diaria con 200 Km libres”, aparte del reembolso por los gastos para la confección de las llaves.
e. Tasa de Despachantes: el Cliente podrá optar por la contratación de los servicios de despachantes de la Locadora en los siguientes casos:
(i) solucionar eventuales problemas con el vehículo alquilado, generados en el periodo de la locación y/o
(ii) retiro de denuncia en dependencias en caso de siniestros con el vehículo. El Cliente reembolsara a la Locadora el valor correspondiente a 1 (una) diaria de locación del grupo A, con base en la tarifa de mostrador - “Diaria con 200 Km. libres”, cuando el hecho ocurriera a una distancia de hasta 100 Km de la agencia de origen del alquiler. Para las distancias por encima de 100 Km. de la agencia de origen, el valor a ser cobrado será calculado por el mismo valor de kilómetro rodado de Tasa de Retorno, entre el local del hecho y la agencia de origen del alquiler. En cualquier hipótesis, el Cliente reembolsará a la Locadora las tasas cobradas por los órganos competentes.
f. “No Show”: significa la no-comparecencia del Cliente para el retiro del vehículo en la fecha y hora de la reserva. Para la reserva que no fuera cancelada con un anticipo mínimo de 12 (doce) horas del horario previsto para el retiro del vehículo, será cobrada 1 (una) diaria de locación del vehículo reservado, con base en la tarifa de mostrador “Diaria con 200 Km. libres”. Será cobrada también 1 (una) diaria de chofer, cuando fuera el caso. La reserva efectuada con una antelación inferior a las 12 (doce) horas del horario previsto para el retiro del vehículo no será pasible de cancelación, siendo cobrado el “No Show” en caso del no-comparecimiento del Cliente para el retiro del vehículo.
g. Infracciones de Tránsito: El Cliente deberá rembolsar a la Locadora el valor de la infracción
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incrementado en un 10 (diez)% a título de procesamiento administrativo y gastos con gestores.
h. Remolque o Grúa: será cobrado el valor correspondiente a 1 (una) diaria de locación de vehículo de grupo A, con base en la tarifa de mostrador “Diaria con 200 Km libres”, cuando el hecho ocurriera a una distancia de hasta 100 Km de la agencia de origen del alquiler. Para distancias superiores a los 100 Km. de la agencia de origen, el valor a ser cobrado será calculado por el mismo valor del kilómetro rodado de la Tasa de Retorno, entre el local del hecho y la agencia de origen del alquiler.
i. Acarreo del vehículo: aparte de lo dispuesto en el ítem “E”, serán cobrados todos los gastos de servicios profesionales de abogados para la liberación del vehículo alquilado, aparte de las tasas cobradas por los órganos competentes.
j. Indemnización del Siniestro: en el caso de ocurrir cualquier siniestro con el vehículo alquilado serán cobrados todos los gastos, honorarios, tasas, impuestos e indemnizaciones previstas en la cláusula 7.5. Entendiéndose como siniestro el robo, hurto, incendio, colisión y/o vuelco.
k. Accesorios y Neumáticos: será cobrado el valor integral en casos de hurto, robo o daños de cualquier accesorio ( inclúyase en este concepto a las sillas para bebes opcionales) o cubierta del vehículo alquilado.
l. Xxxxx Xxxxxxx: Sin perjuicio de las demás penalidades previstas en este instrumento, serán cobrados lucros cesantes en caso de hurto, robo, incendio, accidente, apropiación indebida, uso inadecuado del vehículo alquilado y también en caso de acarreo del vehículo por las autoridades competentes. Para los fines de este contrato, se consideran lucros cesantes el tiempo que la Locadora no tiene el vehículo disponible para el alquiler, con base en el valor de la Diaria con 200 Km. libres de la tarifa de mostrador vigente. Los lucros cesantes serán limitados en las siguientes hipótesis:
(I) accidente pasible de recuperación, a un máximo de 30 (treinta) días y
(II) hurto, robo, incendio, pérdida total y/o apropiación indebida, hasta la recepción por la Locadora del vehículo recuperado o de la recepción por la Locadora de la respectiva indemnización, o lo que ocurriera primero.
m. Tasa de fuera de hora: es debida cuando el vehiculo alquilado es retirado o devuelto fuera de horario de atencion de la agencia.
x. Xxxx patente del vehiculo: es el cobro de recupero de patentamiento del vehiculo.
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4.1.3 Aparte de los ítems relacionados precedentemente, hacen parte de la base para el calculo de PRECIO, cuando fueran contratadas tasas de entrega y devolución en domicilios, en agencias fuera de los horarios establecido en la Tarifa de Mostrador vigente, servicio de chofer, tasas y/o impuestos municipales, estatales o federales creados o a crearse, costos financieros en caso de atraso de los pagos y cualquier otra tasa/reembolso constante en la tarifa de mostrador vigente.
4.1.4 Guía Navegador - GPS
4.1.4.1 El navegador GPS es entregado al CLIENTE, mediante Solicitación expresa de él, en perfectas condiciones de uso y funcionamiento. El kit provisto por la LOCADORA contiene un aparato navegador, soporte para auto, adaptador AC, cargador de batería para auto y asta para el soporte para instalación exclusivamente en el auto alquilado.
4.1.4.2 El CLIENTE es responsable por la guardia conservación del equipo y sus accesorios, obligándose a devolverlo, finalizado el alquiler del auto, en las mismas condiciones en que lo recibió. Sin embargo, el CLIENTE es obligado a indemnizar a la LOCADORA por cualquier daño al GPS, independientemente del motivo.
4.1.4.3 Las Protecciones Localiza no cubren, en ningún caso, cualquier daño o pérdida del equipo y/o sus accesorios. En caso de hurto, robo, apropiación indebida o cualquier daño al GPS el CLIENTE pagará, a título de indemnización, el valor previsto en la Tarifa de Mostrador vigente.
4.1.4.4 El CLIENTE expresamente acuerda y reconoce que la responsabilidad de la LOCADORA se restringe exclusivamente al funcionamiento del equipo GPS, no teniendo cualquier responsabilidad sobre rutas, mapas y/o base de informaciones provistas por el referido aparato.
4.1.4.5 Está prohibida la utilización del GPS para cualquier otra finalidad que no esté prevista en este contrato. La violación o uso indebido del GPS implicará la aplicación de las debidas penalidades civiles y/o criminales.
4.1.4.6 Diaria: La diaria del GPS es de 24 (veinticuatro) horas, con 1 (una) hora de tolerancia para devolución del aparato. A partir de la 25ª (vigésima quinta) hora incidirá cobro de nueva diaria, en su valor integral.
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4.2 Los descuentos eventualmente negociados no son acumulativos con tasas de promoción u otras promociones ofertadas.
5 RESPONSABILIDAD DE LA LOCADORA
5.1 Entregar al Cliente el vehículo limpio, abastecido, en perfectas condiciones de funcionamiento y seguridad y con todos los equipamientos y documentos exigidos por ley.
5.2 Garantizar la reserva por el plazo de hasta 1 (una) hora después del horario previsto para el retiro del vehículo, siempre que esta hora de tolerancia sea dentro del horario de funcionamiento normal de la agencia.
5.3 Garantizar la atención con el vehículo de la categoría reservada.
5.3.1 Cuando el Cliente fuera atendido con un vehículo de categoría superior al modelo reservado, el Cliente abonará la locación por el valor del vehículo reservado hasta el momento en que fuera disponibilizado el vehículo de la categoría reservada. Caso que el Cliente no se presente en la agencia para realizar el cambio del vehículo en la fecha y hora establecida por la Locadora, significará la total aceptación de permanecer con el vehículo de categoría superior, pagando por este, su respectiva tarifa, desde el inicio de la locación.
5.3.2 Cuando el Cliente fuera atendido con un vehículo de categoría inferior al modelo reservado, la locación será sin cargo hasta el momento en que fuera disponibilizado para el Cliente el modelo reservado o de categoría superior. En caso de que el Cliente no se presente en la agencia para realizar el cambio de vehículo en la fecha y hora establecida por la Locadora, significará su total aceptación en permanecer con el vehículo de categoría inferior y pagar por la locación en forma integra, desde el momento del retiro del vehículo.
5.4 Sustituir el vehículo, sin ningún costo para el Cliente, en caso xx xxxxx por defecto electromecánico originado por el normal uso.
5.4.1 Cuando el defecto presentado permitiera el traslado del vehículo, sin riesgo, el Cliente deberá hacer la respectiva sustitución en la agencia más próxima de la Locadora.
5.4.2 Cuando se trate de un defecto que imposibilite al vehículo rodar, la Locadora gestionará el remolque y sustitución del vehículo sin ningún costo para el Cliente.
5.4.3 En caso de que ocurra la sustitución del vehículo y después de hecho el chequeo se detecte que el defecto fue causado por el uso inadecuado, (ej. Motor fundido), o el pedido de remolque fuera innecesario (ej. falta de combustible), el Cliente abonará a la Locadora el valor del remolque más el valor de 1 (una) diaria de locación del vehículo utilizado, con
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base en la tarifa de Mostrador vigente - “Diaria con 200 Km. libres”, independientemente del tipo de cobertura de riesgos contratada.
5.5 La Locadora, entretanto, no efectuará la sustitución del Automotor en caso de hurto, robo, incendio, colisión, vuelco, apropiación indebida, retención por las autoridades competentes, perdida de llaves, documentos y/o fallas provocadas por uso inadecuado del vehículo.
5.5.1 La Locadora, a su exclusivo criterio podrá alquilar otro vehículo en caso de que el Cliente lo desee. En este caso será hecho un nuevo contrato de alquiler, considerándose una nueva transacción, no quedando, por ningún motivo, caracterizada novación ni renuncia a cualquier derecho derivado del contrato anterior.
6 RESPONSABILIDADES DEL CLIENTE
6.1 De la guarda del vehículo alquilado:
6.1.1 Responsabilizarse por la guarda y correcto uso del vehículo en el periodo de locación, en conformidad con las finalidades y límites definidos en este contrato.
6.1.2 Utilizar el vehículo solamente en territorio nacional, siendo expresamente prohibido sobrepasar cualquier frontera con el vehículo alquilado.
6.1.3 Reconocer y asumir, con la locación y la efectiva recepción del vehículo, la posesión legítima y autónoma del vehículo, para todos los fines de derecho, sin existir solidaridad legal o contractual con la Locadora, liberándola de toda responsabilidad por el uso y/o circulación del vehículo, accidentes y/o delitos de tránsito, en el período de locación, de acuerdo con el artículo 1113 y concordantes del Código Civil Argentino.
6.1.4 Responsabilizarse por los costos de todos los hechos que deriven por el préstamo o transferencia del vehículo alquilado a terceros aunque tengan la previa y formal autorización de la Locadora en el acto de la locación.
6.1.5 No efectuar reparación alguna o autorizar cualquier servicio en el vehículo alquilado sin la expresa y previa anuencia por escrito de la Locadora.
6.1.5.1 La Locadora no reembolsará al Cliente eventuales gastos hechos por reparaciones o servicios en el vehículo alquilado, sin su previa y formal autorización por escrito.
6.2 De la devolución del vehículo alquilado:
6.2.1 Devolver el vehículo alquilado en la fecha, hora y agencia, previamente ajustadas y consignadas en el Demostrativo.
6.2.1.1 En la hipótesis en que el vehículo alquilado, por cualquier motivo, fuera a ser removido
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por las autoridades competentes, la Locadora solamente reconocerá la devolución del vehículo y cierre de la locación cuando estuviese con la posesión física del bien.
6.2.1.2 En la hipótesis en que el vehículo alquilado esté involucrado en algún accidente o incendio, la Locadora solamente reconocerá la devolución del vehículo y cierre de la locación cuando estuviese con la posesión física del bien.
6.2.1.3 Ocurriendo hurto o robo del vehículo alquilado, la Locadora solamente reconocerá el cierre de la locación en la fecha de la efectiva recepción de la denuncia.
6.2.1.4 El atraso en la devolución del vehículo configura automáticamente en apropiación indebida.
6.2.1.5 Caracterizada la apropiación indebida, el Cliente quedará sujeto a las acciones penales y civiles que de ellas resulten, cargando también con todos los gastos judiciales o extra judiciales que la Locadora realice en la búsqueda, recupero y efectivo reintegro de la posesión del vehículo alquilado.
6.2.1.6 La Locadora, en tanto, solamente reconocerá el cierre de la locación en la fecha del registro de la denuncia de la apropiación indebida. En esta hipótesis, el valor del alquiler contratado hasta la fecha del registro de la denuncia será cobrado por la Locadora, sin perjuicio de la responsabilidad del Cliente por los daños que pueda haber causado.
6.3 De las responsabilidades indemnizatorias:
6.3.1 Aceptar el llamado a procesos de demandas en que la Locadora fuera accionada por terceros para asumir las responsabilidades que cupieran y/o para asegurar los derechos regresivos de la Locadora.
6.3.2 Aceptar que la Locadora promueva, por los medios jurídicos que disponga, a su llamado a los hechos judiciales que sean promovidos por terceros, objetivizando indemnizaciones de cualquier naturaleza (no limitándose a daños materiales, personales, xxxxxxx y/o lucros cesantes) derivadas del hecho con el vehículo alquilado, cabiéndole asumir la legitimación pasiva en las demandas.
6.3.3 Reconocer que las responsabilidades indemnizatorias de la Locadora se limitan a aquellas contractualmente definidas, cabiéndole al Cliente cargar con todos los costos que de ellas se produzcan, en juicio o extrajudicialmente.
6.4 Las Multas por Infracción de Transito:
6.4.1 Presentar a la Locadora, en el acto de la locación, su documento de identidad, y el del/los conductores
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autorizados formalmente en el Demostrativo, además de la licencia de conducir para los fines de identificación, archivo y foto copiado, ya sea por medio manual o electrónico.
6.4.2 Acordar que, en la contratación, al firmar el Demostrativo del Contrato de Alquiler de Vehículos, la Locadora, indicará como conductor / infractor en los casos de multa de tránsito en general, oriundas y practicadas en el período de vigencia de la locación, en los términos del Código de Tránsito. La Locadora indicará al conductor como real infractor y se volverá inmediatamente parte legítima para el ejercicio de su derecho de defensa.
6.4.3 Reconocer que la Locadora, luego de ser notificada de la infracción ocurrida durante el período de locación, gestionará el pago de la multa e inmediatamente cobrará del Cliente lo que haya pagado, con los cargos previstos en la cláusula 4.1.2 ítem g, constituyéndose en deuda liquida y cierta, al igual que en los casos de contienda judicial.
6.4.3.1 Para aquellas infracciones en las que el infractor es abordado por un agente de tránsito y recibe la aplicación de una multa por infracción, el Cliente en dicho acto se tornará inmediatamente legítimo para interponer recurso y deberá comunicar a la Locadora el hecho, como también entregar una copia de la notificación recibida a la Locadora. En el caso de que el Cliente sea omiso, la Locadora se reserva el derecho de tomar las medidas pertinentes, incluyendo efectuar el pago y proceder a la cobranza del Cliente tan pronto como tome conocimiento dela multa.
6.4.4 Interponer recurso ante el organismo de tránsito competente, a su criterio y a su xxxxx. Siendo que el resultado del recurso sea favorable al recurrente, la Locadora entregará una copia de la guía para que el Cliente solicite al organismo el reembolso del valor pagado, a título de restitución.
6.4.5 Resarcir a la Locadora por cualquier valor pagado relativo a las multas de tránsito ocurridas durante el período en el cual el vehículo estuviese alquilado por el Cliente, lo mismo si la Locadora no fuera notificada por el organismo actuante dentro del plazo legal. En estos casos, la Locadora procederá a interponer el recurso correspondiente contestando al referido organismo la notificación fuera del plazo legal. La Locadora, del mismo modo, deja constancia de que no se responsabiliza por el éxito de cualquier recurso interpuesto objetivando la cancelación de la
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actuación administrativa por infracción de normas de tránsito. Caso sea prohibido, la Locadora entregará al Cliente copia de la guía paga para que el Cliente junto al órgano, gestione el reembolso del valor pagado, a titulo de restitución.
6.4.6 Cualquier discusión sobre la procedencia o improcedencia, justa o injusta de las multas de tránsito deberá ser hecha por el Cliente junto al organismo actuante, y en ningún caso junto a la Locadora, ya que el Cliente continúa respondiendo por la restitución de todos los valores derivados de las penalidades cometidas en el curso de la locación.
6.5 Los Pagos:
6.5.1 Reconocer y efectuar el pago de los débitos derivados del alquiler conforme cláusula 4, quedando la Locadora autorizada a cobrar directamente, a través de bancos, o debitar automáticamente estos valores de su tarjeta de crédito, a través del sistema de firma en archivo, lo mismo si los gastos hubieran sido generados después de la fecha del cierre del contrato de alquiler.
6.5.1.1 El Cliente es responsable por el pago de los débitos derivados del alquiler hasta la efectiva devolución del vehículo por el Usuario o conductor.
6.5.2 Cargar con todos los gastos derivados de cualquier siniestro con el vehículo alquilado:
6.5.2.1 Hurto, robo, apropiación indebida del vehículo: Resarcir a la Locadora a valor xx xxxxxxx el modelo del vehículo alquilado, tasas de licenciamiento, tanque lleno de combustible y los lucros cesantes. En caso que la Locadora recupere el vehículo y su recuperación ocurriera después del pago integral de las indemnizaciones pertinentes, esta transferirá al Cliente el vehículo recuperado, en el estado en que se encontrara.
6.5.2.2 Accidente con perdida Total o Incendio: Resarcir a la Locadora al valor xx xxxxxxx el modelo del vehículo alquilado, tasas de licenciamiento, un tanque lleno de combustible y los lucros cesantes, como también los daños personales causados a los ocupantes del vehículo alquilado, daños personales causados a terceros y daños materiales causados a bienes de terceros que, eventualmente, la Locadora haya sido condenada a pagar, siendo responsabilidad
6.5.2.3 exclusiva del Cliente las tasas indemnizatorias. Los restos del vehículo serán transferidos al Cliente.
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6.5.2.4 Accidente sin perdida Total: Locadora el valor de recuperación del vehículo alquilado, los lucros cesantes, como también los daños personales causados a ocupantes del vehículo alquilado, daños personales causados a terceros y daños materiales causados a bienes de terceros, que eventualmente la Locadora haya sido condenada a pagar siendo responsabilidad exclusiva del Cliente el pago de tales indemnizaciones.
6.5.2.5 Lucros cesantes: Pagar a la Locadora los lucros cesantes, en caso de hurto, robo, incendio, apropiación indebida y uso inadecuado del vehículo alquilado y también en caso de acarreo por las autoridades competentes.
6.5.2.6 Remolque o Grúa: Resarcir a la Locadora todos los gastos de remolque o grúa del vehículo, como también los gastos de diarias y tasas en depósitos de organismos de transito, cuando el vehículo alquilado, por cualquier motivo, fuera remolcado o acarreado, salvo cuando se comprobara falla causada por defectos de electromecánica derivada del uso normal del vehículo.
6.5.2.7 Acarreo del vehículo: Cargar directamente con todos los gastos de servicios profesionales de abogados y/o gestores para la liberación del vehículo alquilado que, por cualquier motivo, fuera acarreado, además de las tasas cobradas por los organismos competentes.
7 PROTECCIONES
7.1 Protección para cobertura de riesgos a terceros: La adhesión es obligatoria. El cliente se responsabiliza, en caso de ocurrir cualquier siniestro, por el 100% de los daños de vehículo de Localiza, siendo responsable hasta el valor actual del automóvil.
7.2 Protecciones Localiza
7.2.1 Cuando son contratadas, con adhesión formal y anticipada por parte del Cliente, mediante el pago de la tasa diaria adicional, las protecciones Localiza cubren:
7.2.2 Protección Especial con Franquicia: protección parcial del vehículo alquilado, en caso de hurto, robo, incendio, colisión y/o vuelco. No estando incluidos los neumáticos, cubiertas, accesorios, adicionales, Guía Navegador - GPS, silla para bebés, cerraduras ni los cristales, cuando fueran dañados, hurtados y/o robados. El Cliente, de acuerdo al hecho (siniestro) acaecido, cargará con el pago de la participación obligatoria, incluida la diaria, hasta el límite establecido en la Tarifa de Mostrador vigente - “Diaria con 200 Km. libres”.
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7.2.3 Protección Premium: protección para daños personales causados a ocupantes del vehículo alquilado, daños personales causados a terceros transportados en el vehículo alquilado y reducción del valor de la participación obligatoria, únicamente en caso de colisión, hurto, robo y/o incendio, de acuerdo con las opciones disponibles y hasta los límites establecidos en la tarifa de mostrador vigente - Diaria con 200 Km. Libres. No estando incluidos los neumáticos, cubiertas, accesorios, adicionales, Guía Navegador- GPS, silla para bebés, cerraduras, ni los cristales, cuando fueran dañados, hurtados y/o robados. La Protección Premium solo es válida para las sucursales de: Ciudad de Buenos Aires – Córdoba – Salta.
7.2.4 Protección xx xxxxxxxxx y cerraduras: protección parcial para daños y/o rotura que sufran las cerraduras y/o cristales. La Protección de Cerradura y Cristales solo es válida para las sucursales de: Ciudad de Buenos Aires – Córdoba – Salta.
7.2.5 Cobertura para conductores adicionales: Otros conductores podrán ser incluidos en el Demostrativo, desde que previamente calificados y aprobados por la Locadora, y mediante pago de la tasa adicional diaria para extensión de las protecciones para cobertura de riesgos contratados, siempre que sea persona física la titular del contrato y el Usuario propuesto de la persona jurídica, previamente identificados, están autorizados a conducir el vehículo alquilado, debidamente cubierto por las protecciones contratadas.
7.3 En caso de cualquier siniestro con el vehículo alquilado, el Cliente deberá comunicar el hecho inmediatamente a la Locadora y gestionar la denuncia policial o laudo pericial (este en caso de haber víctimas), teniendo un plazo de hasta 48 (cuarenta y ocho) horas para presentar el comprobante o protocolo de emisión de esos documentos, bajo pena de perder las protecciones contratadas.
7.3.1 El Cliente deberá, obligatoriamente, completar el comprobante de siniestro de la Locadora.
7.4 Ocurrirá perdida de las protecciones contratadas cuando:
7.4.1 El Cliente no complete el comprobante de siniestro de la Locadora;
7.4.2 El Cliente no presente la denuncia policial o laudo pericial;
7.4.3 Ocurriera préstamo o transferencia del vehículo alquilado a terceros sin previa autorización formal de la Locadora;
7.4.4 El cliente transitara con el vehículo alquilado fuera de territorio nacional sin previa autorización formal de la Locadora;
7.4.5 Fuera probada la culpa grave, caracterizada por
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as infracciones gravísimas explicitas en el código de xxxxxxxx Xxxxxxxxx, ya sea por descripción en la denuncia policial, o por sentencia judicial;
7.4.6 Proceder con manifiesta negligencia en la guarda del vehículo, especialmente si lo deja abandonado o estacionado con las puertas destrabadas o vidrios bajos, llave de ignición o cualquier otra situación de descuido con el vehículo alquilado;
7.4.7 Proceder con dolo o uso inadecuado del vehículo. Se considera uso inadecuado las siguientes situaciones:
7.4.7.1 Circular con el vehículo en vías inundadas o sin condiciones de tránsito normal que venga a colocar en riesgo al vehículo;
7.4.7.2 Circular con el vehículo para fines diversos del destino específico constante en su certificado de registro y/o especificaciones del fabricante, tales como transportar personas y/o bienes mediante la cobranza de remuneración de cualquier especie; transportar personas y/o bienes por encima de la capacidad informada por el fabricante del vehículo (lugares, peso o extensión); acarrear o remolcar cualquier vehículo, competencias, tests, carreras, instrucción de personas no habilitadas a conducir, transporte de explosivos, combustibles y/o materiales químicos y/o inflamables, además de paseos en dunas y playas y cualquier finalidad ilegal;
7.4.7.3 Circular con el vehículo perdiendo aceite por el xxxxxx o con el radiador roto, ambos problemas alertados por la xxx xxxx en el panel del vehículo, no importando el motivo o el lugar donde ocurrió el siniestro. Cuando el Cliente persista en circular en estas circunstancias, ocurriendo daños al motor, que puedan ser caracterizados por peritaje técnico, a elección de la Locadora con la comparecencia del Cliente, cuando este manifieste tal interés.;
7.4.7.4 Dañar la carrocería, pintura o partes mecánicas por descuidos en el uso del vehículo.
7.5 En caso de perdida de la protección, el Cliente cargará directamente con todos los costos derivados de cualquier situación y sus consecuencias, inclusive con terceros perjudicados, sea judicial o extrajudicialmente, además de lucros cesantes, sin perjuicio de resarcimiento a la Locadora cualquier indemnización que ésta tenga que soportar derivado de la conducta del Cliente, del Usuario o del conductor.
7.6 No existe cobertura para:
7.6.1 Dolo y uso inadecuado del vehículo);
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7.6.2 Xxxxx, cuando no fueran devueltas a la Locadora las llaves y los documentos del vehículo;
7.6.3 Apropiación indebida;
7.6.4 Exención de lucro cesante;
7.6.5 Perdida de llaves y/o documentos del vehículo alquilado;
7.6.6 Gastos de remolque o acarreo;
7.6.7 Gasto de diarias y tasas en depósito de organismos de tránsito en caso de acarreo del vehículo alquilado;
7.6.8 Xxxxx xxxxxxx;
7.6.9 Servicios profesionales de abogados y/o gestores.
8 RESCISION
8.1 El contrato será considerado automáticamente rescindido por la Locadora, independientemente de cualquier notificación judicial o extrajudicial y, sin mayores formalidades al recupero del vehículo. Sin que esto otorgue al Cliente cualquier derecho de retención o acción de naturaleza indemnizatoria, reparatoria, compensatoria, cuando:
8.1.1 El vehículo no fuera devuelto en la fecha, hora y agencia previamente ajustada en el Demostrativo;
8.1.2 Ocurriera cualquier siniestro con el vehículo alquilado, independientemente de las protecciones para cobertura de riesgo contratadas;
8.1.3 Ocurriera uso inadecuado del vehículo alquilado;
8.1.4 Ocurriera acarreo del vehículo alquilado por las autoridades competentes;
8.1.5 El Cliente no cancele sus deudas en los respectivos vencimientos.
8.1.6 El Cliente que efectue cualquier incumplimiento relacionado con las obligaciones del punto 6 del presente.
8.2 El contrato también será rescindido, de pleno derecho, en los casos de incumplimiento, por la Locadora o por el Cliente, Usuario, y/o conductor, de las obligaciones contractuales establecidas en este instrumento, hipótesis en que incidirán las penalidades específicas de este contrato.
9 DISPOSICIONES GENERALES
9.1 El Cliente acepta que su firma en el Demostrativo del Contrato de Alquiler Mensual implica la plena adhesión por si, sus herederos y/o sucesores de las cláusulas del presente contrato, al que tiene amplio acceso y conocimiento.
9.2 El Cliente acepta y autoriza a la Locadora, como condición para la celebración de la locación, reservar una garantía en su tarjeta de crédito (pre-autorización), como mínimo igual a los gastos estimados previstos para la locación y/o la franquicia de la protección involucrada. La pre-autorización será hecha al inicio de la locación y cuando el Cliente solicitara su prorroga.
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9.3 La Locadora no se responsabiliza por cualquier objeto o valores dejados u olvidados en el vehículo alquilado, como también en sus dependencias.
9.4 Todos los valores, gastos y cargos de locación se constituyen deudas liquidas y ciertas para el pago en contado, pasible de cobranza ejecutiva, cuando fuera el caso.
9.5 La Locadora, debido a los elevados riesgos inherentes de su actividad y con el objeto de resguardar su patrimonio y el de terceros, a su exclusivo criterio, se reserva el derecho de seleccionar a sus Clientes, y en determinadas situaciones, necesitará del tiempo hábil para el análisis de registro y aprobación de crédito. Siempre que sea posible hacer un análisis inmediato en las agencias de atención para la liberación del vehículo, se hará.
9.6 El Cliente reconoce que el sistema de alquiler de vehículos que opera sobre la marca Localiza Rent a Car esta constituido por un conjunto de diversas personas jurídicas, operando con autonomía administrativa, financiera y legal. De este modo, se compromete a dirimir eventuales contiendas judiciales o extrajudiciales solamente con la respectiva contratante debidamente identificada en el Demostrativo del Contrato de Alquiler de Vehículos.
9.7 Las partes aceptan totalmente y de conformidad y sin reservas, ni limitaciones de ninguna índole, los términos, pautas y cláusulas integrativas del presente contrato, y se atienen a sus términos, y en forma estricta a los principios legales vigentes en la materia, y a lo preceptuado en la norma del Art. 1197 del Cod Civil Argentino.
10 JURISDICCIÓN Y DOMICILIOS
10.1 Las partes constituyen sus domicilios en los indicados en el Demostrativo del Contrato de Alquiler de Autos, y se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Capital Federal, con renuncia expresa de cualquier otro, salvo en los casos en que una franquicia tomara parte, en cuyo caso será la misma quien fije el Departamento Judicial ante el cual deberán promoverse las actuaciones.
NOTA:
La locadora protocolarizara el presente contrato, en la forma y oportunidad que lo desee, sin que ello afecte, limite o condicione la validez y/o efectividade del contrato entre las partes.
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s o l u t i o n
Asistencia a Clientes
(000) 0000-0000
Reservas 24h 0800 999 2999