Resolución de Alcaldía Nº 770-2012-MDU
Resolución de Alcaldía Nº 770-2012-MDU
Xxxxxx, 19 de noviembre del 2012
VISTO:
La Carta N° 127-2012-EAA-MDUemitida por la Oficina xx Xxxxxxx y Abastecimiento, de fecha 19 de noviembre de 2012, en la cual solicita se apruebe el Expediente de Contratación, para la ejecución de la obra: “MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE EN EL SECTOR PAMPAS CENTRO POBLADO BARRO NEGRO, DISTRITO DE USQUIL, OTUZCO, LA LIBERTAD”; y
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 29873, de fecha 25 xx xxxx del 2012se modifica el D.L N° 1017, Ley de Contrataciones del Estado, y mediante D.S N° 138-2008-EF, de fecha 06 xx xxxxxx del 2012, modifica elD.S N° 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado;
Que, mediante R.A. N° 040-2012-MDU, se aprobó el Plan Anual de Contrataciones de La Municipalidad Distrital de Usquil;
Que, el Art. 10 del Reglamento de la Ley de Contrataciones – D.S. Nº 184-2008-EF modificado por el
D.S N° 138-2008-EF, señala “El Expediente de Contratación se inicia con el requerimiento del área usuaria. Dicho Expediente debe contener la información referida a las características técnicas de lo que se va a contratar, el estudio de las posibilidades que ofrece el mercado, el valor referencial, la disponibilidad presupuestal, el tipo de proceso de selección, la modalidad de selección, el sistema de contratación, la modalidad de contratación a utilizarse y la fórmula de reajuste de ser el caso. Tratándose de obras, se adjuntará el Expediente Técnico respectivo y, cuando corresponda, la declaratoria de viabilidad conforme al Sistema Nacional de Inversión Pública. (...) Una vez aprobado el Expediente de Contratación, se incorporarán todas las actuaciones que se realicen desde la designación del Comité Especial hasta la culminación del contrato, incluyendo las ofertas no ganadoras. Debe entenderse por ofertas no ganadoras aquellas que fueron admitidas y a las que no se les otorgó la Buena Pro. El órgano encargado de las contrataciones tiene a su cargo la custodia y responsabilidad del Expediente de Contratación, salvo en el período en el que dicha custodia esté a cargo del Comité Especial. También es responsable de remitir el Expediente de Contratación al funcionario competente para su aprobación, de acuerdo a sus normas de organización interna”;
Que, mediante Carta N° 127-2012-EAA-MDU emitido por el Jefe xx Xxxxxxx y Abastecimiento solicita se apruebe el Expediente de Contratación, para dar inicio a la preparación de las bases Administrativas para la realización del proceso de selección arriba mencionado, el mismo que según Informe Nº 098-2012-MDU-OPP de la Oficina de Planificación y Presupuesto, de fecha 19 de noviembre de 2012, la Jefa de dicha área señala que dicho proyecto cuenta con certificación presupuestal, en la fuente de Financiamiento Recursos Determinados;
Que, estando a las facultades que confiere la “Ley Orgánica de Municipalidades” Ley Nº 27972 Artº 20
Inc. 6ª;
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- APROBAR el Expediente de Contratación para la ejecución de la obra: “MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE EN EL SECTOR PAMPAS CENTRO POBLADO BARRO
NEGRO, DISTRITO DE USQUIL, OTUZCO, LA LIBERTAD”, mediante un Proceso de Adjudicación Directa Selectiva, teniendo como valor referencial la suma de S/ 431,093.75 (cuatrocientos treinta y un mil noventa y tres con 75/100 Nuevos Soles), incluido los impuestos xx Xxx, valor calculado con costos al mes de octubre de los corrientes, a fin de llevar a cabo el proceso correspondiente.
ARTICULO 2º.- COMUNICAR a la Oficina de Abastecimiento y a Gerencia Municipal quienes tomaran las acciones pertinentes para llevar a cabo la contratación en cuestión.