Ciudad de Buenos Aires
Prospecto del 13 xx xxxxxx de 2020
Ciudad de Buenos Aires
Programa de Financiamiento en el Mercado Local por un valor nominal de hasta U$S 3.707.376.304,18 (o su equivalente en otra u otras monedas)
Este prospecto (el “Prospecto”) describe los términos y condiciones del Programa de Financiamiento en el Mercado Local por hasta la suma de U$S 3.707.376.304,18 (el “Programa”) de la Ciudad de Buenos Aires (la “Ciudad”). En el marco del Programa, la Ciudad podrá periódicamente emitir y ofrecer títulos de deuda pública por la suma que indique (los “Títulos”), denominados en pesos (“Pesos” o “$”), dólares estadounidenses (“Dólares” o “U$S”) o en cualquier otra moneda, en una o más clases (cada una, una “Clase”) con el monto de capital, vencimiento, tasa de interés y fechas de pago de interés que oportunamente se especifiquen y describan en el correspondiente informe complementario de términos y condiciones al Prospecto (cada uno, un “Suplemento de Prospecto”) y en los Títulos. Dicho Suplemento de Prospecto podrá describir términos y condiciones específicos aplicables a los Títulos que complementen, modifiquen o reformen los términos y condiciones generales de los Títulos descriptos en este Prospecto. La Ciudad podrá emitir los Títulos en una o más Clases dentro del Programa (i) devengando interés a tasa fija, (ii) devengando interés a tasa flotante, (iii) con descuento sin devengar interés, o (iv) con cualquier otra modalidad que se indique en el Suplemento de Prospecto correspondiente y en los Títulos, los que también señalarán la fecha o las fechas en que comenzarán a devengarse dichos intereses y, en su caso, las fechas de su pago, y las fechas de registro para la determinación de los tenedores de los Títulos (los “Tenedores”) a favor de los cuales se paguen dichos intereses. Los Títulos que se ofrezcan conforme al Programa podrán ser emitidos en clases y cada Clase podrá comprender una o más series de Títulos (cada una, una “Serie”). Los Títulos serán nominativos no endosables o escriturales, pudiendo encontrarse representados por uno o más certificados globales o por certificados individuales definitivos, conforme se establezca en el Suplemento de Prospecto correspondiente.
Los Títulos constituirán una obligación de pago, directa e incondicional, y no garantizada, y los Tenedores de los Títulos serán tratados, en todo momento, en igualdad de condiciones entre sí y con los acreedores de cualquiera de las obligaciones de la Ciudad presentes o futuras con garantía común y no privilegiada que se encuentren oportunamente en circulación, excepto en el caso de obligaciones privilegiadas de acuerdo con las disposiciones legales vigentes o en virtud del otorgamiento voluntario de garantías o preferencias especiales. Todos los pagos que deban hacerse en virtud de los Títulos serán efectuados en un todo de acuerdo a la legislación en vigencia al momento de ese pago. Ver el capítulo “Descripción de los Títulos – Generalidades”. La Ciudad podrá rescatar los Títulos en forma total pero no parcial, en cualquier momento en caso de producirse ciertos cambios que afecten a los impuestos argentinos, a un precio igual al 100% del valor nominal más intereses devengados e impagos y montos adicionales, en los términos previstos en este Prospecto y, en su caso, en el Suplemento de Prospecto respectivo.
El Programa fue creado por la Ley Nº 4.315 (con las modificaciones introducidas por la Ley Nº 4.382, la Ley Nº 4.431, la Ley Nº 4.472, la Ley Nº 4.810, la Ley Nº 4.885, la Ley Nº 4.949, la Ley Nº 5.491, la Ley Nº 5.496, la Ley Nº 5.541, la Ley Nº 5.725, la Ley Nº 5.727, la Ley Nº 5.876. la Ley Nº 6.001 y la Ley Nº 6.299 de la Ciudad) y organizado por la Resolución Nº 1.518/2012, la Resolución Nº 1.712/2012, la Resolución Nº 181/2013, la Resolución Nº 382/2013, la Resolución Nº 1.585/2013, la Resolución Nº 29/2014, la Resolución Nº 661/2014, la Resolución Nº 1.002/2014, la Resolución Nº 19/2015, la Resolución Nº 86/2016, la Resolución Nº 1.371/2016, la Resolución Nº 981/2016, la Resolución Nº 3.383/2017, la Resolución Nº 3.627/2017, la Resolución 579/2018 y disposiciones concordantes del entonces Ministerio de Hacienda de la Ciudad, y por la Resolución N° 590/2019, la Resolución N° 4.981/2019 y disposiciones concordantes del entonces Ministerio de Economía y Finanzas de la Ciudad y por la Resolución Nº 222/2020 y disposiciones concordantes del Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Ciudad.
Para un análisis de ciertos factores que deben ser considerados por los eventuales inversores en los Títulos, ver el capítulo “Factores de riesgo”.
ESTE PROGRAMA NO CUENTA CON CALIFICACIÓN DE RIESGO. LA CIUDAD PODRÁ OPTAR POR CALIFICAR O NO LOS TÍTULOS A SER EMITIDOS BAJO EL PROGRAMA, EN CUYO CASO SE PROVEERÁ LA INFORMACIÓN RESPECTO DE DICHAS CALIFICACIONES EN EL SUPLEMENTO DE PROSPECTO CORRESPONDIENTE A DICHOS TÍTULOS.
Conforme el artículo 83 de la Ley Nº 26.831 (la “Xxx xx Xxxxxxx de Capitales”), la creación del Programa y la oferta pública de los Títulos emitidos en su marco están exentas de la necesidad de obtener autorización previa de la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”).
La Ciudad podrá solicitar el listado de los Títulos de cada Clase y/o Serie en Bolsas y Mercados Argentinos S.A. (“ByMA”), y su negociación en el Mercado Abierto Electrónico S.A. (“MAE”) y/o en cualquier otra bolsa o mercado autorizado según se especifique en el Suplemento de Prospecto correspondiente. Ver el capítulo “Descripción de los Títulos – Generalidades–Listado y negociación”. A menos que los Títulos se encuentren registrados bajo la Ley de Valores Negociables de los Estados Unidos (conforme se define más adelante) los Títulos solo serán ofrecidos en transacciones exceptuadas de registro bajo la Ley de Valores Negociables de los Estados Unidos y las leyes de valores negociables de otras jurisdicciones. Consecuentemente, la Ciudad solo ofrecerá y venderá Títulos registrados bajo la Ley de Valores Negociables de los Estados Unidos o en transacciones exceptuadas de registración bajo la Ley de Valores Negociables de los Estados Unidos a qualified institutional buyers (“QIBs”) (según los define la Rule 144A (la “Regla 144A”) bajo la Ley de Valores Negociables de los Estados Unidos o fuera de los Estados Unidos bajo la Regulación S de la Ley de Valores Negociables de los Estados Unidos (la “Regulación S”).
La Ciudad podrá ofrecer los Títulos para su suscripción en dinero en efectivo o en canje de otros valores negociables, según lo que establezca el Suplemento de Prospecto respectivo, ya sea en forma directa o a través de agentes o colocadores con compromiso de suscripción en firme o no (los “Agentes” y los “Colocadores”, respectivamente). Todo Agente o Colocador se identificará en el Suplemento de Prospecto correspondiente. Ver los capítulos “Descripción de los Títulos” y “Plan de distribución”. Este Prospecto no puede emplearse para formalizar ventas de Títulos emitidos bajo el Programa a menos que esté acompañado del Suplemento de Prospecto correspondiente.
La fecha de este Prospecto es 13 xx xxxxxx de 2020
INDICE
INFORMACIÓN RELEVANTE 3
REGULACIONES CONTRA EL LAVADO DE ACTIVOS 6
INFORMACIÓN DISPONIBLE 11
INFORMACIÓN RELATIVA A DECLARACIONES A FUTURO 11
FORMA DE PRESENTACION DE LA INFORMACION
FINANCIERA Y ESTADISTICA 13
TIPOS DE CAMBIO Y CONTROL DE CAMBIOS 17
RESUMEN DE LOS TERMINOS Y CONDICIONES DE LOS TÍTULOS 26
FACTORES DE RIESGO 29
RESUMEN DE LA CIUDAD 50
LA CIUDAD DE BUENOS AIRES 56
ECONOMÍA DE LA CIUDAD 62
INGRESOS Y GASTOS 77
PRESUPUESTO 2020 96
DEUDA PÚBLICA 102
EMPRESAS DE LA CIUDAD 122
DESCRIPCION DE LOS TÍTULOS 138
DESTINO DE LOS FONDOS 147
RESTRICCIONES A LA TRANSFERENCIA 148
PLAN DE DISTRIBUCIÓN 150
ASUNTOS TRIBUTARIOS 155
DECLARACIONES OFICIALES 166
DOCUMENTOS DISPONIBLES 166
EXIGIBILIDAD DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL 166
REGISTRO DE DEUDAS 166
ASUNTOS LEGALES 167
ESTE PROSPECTO HA SIDO PREPARADO PARA USO EXCLUSIVO EN RELACIÓN CON LA OFERTA DE LOS TÍTULOS EN LAARGENTINAY NO PUEDE SER UTILIZADO PARA NINGÚN OTRO PROPÓSITO.
INFORMACIÓN RELEVANTE
Generalidades
Al tomar decisiones de inversión en los Títulos, el público inversor deberá basarse en su propio análisis respecto de la Ciudad, de los términos y condiciones de los Títulos y de los beneficios y riesgos involucrados. El contenido de este Prospecto y/o de cualquier Suplemento de Prospecto no debe ser interpretado como asesoramiento legal, comercial, financiero, impositivo y/o de otro tipo. El público inversor deberá consultar con sus propios asesores respecto de los aspectos legales, comerciales, financieros, impositivos y/o de cualquier otro tipo relacionados con su inversión en los Títulos y deberá tener en cuenta que podría tener que mantener el riesgo de esta inversión por un período de tiempo indefinido.
La Ciudad podrá declarar desierta la colocación de los Títulos, lo cual implicará que no se emitirán. Dicha circunstancia no generará ninguna responsabilidad para la Ciudad, los Agentes o los Colocadores que participen en la colocación y distribución de los Títulos ni dará derecho al público inversor ni a los oferentes a compensación o indemnización alguna.
EN LA OFERTA PÚBLICA INICIAL DE LOS TÍTULOS LOS COLOCADORES QUE PARTICIPEN EN SU COLOCACIÓN Y DISTRIBUCIÓN POR CUENTA PROPIA O POR CUENTA DE LA CIUDAD O DEL TITULAR DE LOS TÍTULOS PODRÁN REALIZAR OPERACIONES DESTINADAS A ESTABILIZAR EL PRECIO XX XXXXXXX DE DICHOS TÍTULOS (LAS CUALES PODRÁN SER SUSPENDIDAS Y/O INTERRUMPIDAS EN CUALQUIER MOMENTO). DICHAS OPERACIONES DEBERÁN AJUSTARSE A LAS SIGUIENTES CONDICIONES: (I) NO PODRÁN EXTENDERSE MÁS ALLÁ DE LOS PRIMEROS 30 DÍAS CORRIDOS DESDE EL PRIMER DÍA EN EL CUAL SE HAYA INICIADO LA NEGOCIACIÓN DE LOS TÍTULOS CORRESPONDIENTES EN EL MERCADO; (II) NO PODRÁN SER REALIZADAS POR MÁS DE UN COLOCADOR DE LOS INTERVINIENTES EN LA COLOCACIÓN Y DISTRIBUCIÓN; (III) SOLO PODRÁN REALIZARSE OPERACIONES DE ESTABILIZACIÓN DESTINADAS A EVITAR O MODERAR LAS BAJAS EN EL PRECIO AL CUAL SE NEGOCIEN LOS TÍTULOS COMPRENDIDOS EN LA OFERTA PÚBLICA INICIAL EN CUESTIÓN; (IV) NINGUNA OPERACIÓN DE ESTABILIZACIÓN QUE SE REALICE EN EL PERÍODO AUTORIZADO PODRÁ EFECTUARSE A PRECIOS SUPERIORES A AQUELLOS A LOS QUE SE HAYAN NEGOCIADO LOS TÍTULOS EN CUESTIÓN EN LOS MERCADOS AUTORIZADOS, EN OPERACIONES ENTRE PARTES NO VINCULADAS CON LA DISTRIBUCIÓN Y COLOCACIÓN; Y (V) NINGUNA OPERACIÓN DE ESTABILIZACIÓN PODRÁ REALIZARSE A PRECIOS SUPERIORES A LOS DE LA COLOCACIÓN INICIAL.
Luego de haber realizado todas las averiguaciones razonables pertinentes, la Ciudad confirma que este Prospecto o el Suplemento de Prospecto correspondiente contienen y contendrán toda la información relativa a la Ciudad, a la Argentina, a su economía y a los Títulos que pueda ser significativa para la oferta y venta de los Títulos, que la información contenida en este Prospecto o en el Suplemento de Prospecto correspondiente no conduce a error y que no hay ningún otro hecho cuya omisión haga que la totalidad de este Prospecto o el Suplemento de Prospecto correspondiente o cualquier información contenida en ellos conduzca a error en aspectos significativos. Sin embargo, la información suministrada en el presente Prospecto con relación a la Argentina y su economía se suministra como información de conocimiento público y no ha sido verificada en forma independiente.
La información contenida en este Prospecto y en todo suplemento o Suplemento de Prospecto relativa a la Ciudad, al Programa y a los Títulos ha sido suministrada por la Ciudad, que ha autorizado la entrega de este Prospecto y Suplemento de Prospecto en su representación. Los Agentes y los Colocadores que actúan en representación de la Ciudad no han verificado en forma independiente la información contenida en el presente o en cualquier suplemento.
La Ciudad no ha autorizado a ninguna persona a que brinde información o realice declaraciones fuera de las incluidas en este Prospecto o Suplemento de Prospecto y, por lo tanto, de brindarse o prestarse no deberán ser consideradas como autorizadas por la Ciudad, los Agentes o los Colocadores correspondientes. La entrega de este Prospecto, algún suplemento o cualquier Suplemento de Prospecto bajo ninguna circunstancia creará la presunción de que la información del presente o de dicho suplemento o informe de términos y condiciones sea correcta en cualquier momento posterior a su fecha de publicación. El inversor en los Títulos deberá asumir que la información que consta en este Prospecto es exacta a la fecha de la portada del presente, y no así a ninguna otra fecha. La situación patrimonial, y las perspectivas económicas y financieras de la Ciudad podrían cambiar desde esa fecha.
Ni este Prospecto ni cualquier Suplemento de Prospecto constituyen una oferta y/o una invitación a formular ofertas de compra de los Títulos (i) en aquellas jurisdicciones en que la realización de dicha oferta no fuera permitida por las normas aplicables; y/o (ii) para aquellas personas o entidades con domicilio, constituidas y/o residentes en un país considerado como no cooperante o de alto riesgo a los fines de la transparencia fiscal, y/o para aquellas personas o entidades que, para la adquisición de los Títulos, utilicen cuentas localizadas o abiertas en un país considerado como no cooperante o de alto riesgo a los fines de la transparencia fiscal. Se consideran países, dominios, jurisdicciones, territorios, estados asociados o regímenes tributarios especiales cooperadores a los fines de la transparencia fiscal, aquellos que suscriban con la Argentina un acuerdo de intercambio de información en materia tributaria o un convenio para evitar la doble imposición internacional con cláusulas amplias de intercambio de información, siempre que se cumplimente el efectivo intercambio de información. La Administración Federal de Ingresos Públicos (la “AFIP”), establecerá los supuestos que se considerarán para determinar si existe o no intercambio efectivo de información y las condiciones necesarias para el inicio de las negociaciones tendientes a la suscripción de los acuerdos y convenios aludidos. La Ciudad le requiere al público inversor que si está en posesión de este Prospecto o de cualquier Suplemento de Prospecto se informe acerca de estas restricciones a la compra, oferta y/o venta de los Títulos y las cumpla. Asimismo, excepto en los casos específicamente previstos en este Prospecto, los Títulos no podrán ser ofrecidos en el Xxxxx Unido ni en los Estados Unidos. La Ciudad y los Colocadores exigen que las personas que tengan acceso a este Prospecto se informen sobre dichas restricciones y las observen. Para una descripción de ciertas restricciones a la oferta, venta y entrega de los Títulos y a la distribución de este Prospecto y otro material de oferta relativo a los Títulos, ver los capítulos “Descripción de los Títulos”, “Restricciones a la transferencia” y “Plan de distribución”. Los eventuales inversores deberán informarse acerca de los requerimientos legales y de las consecuencias impositivas derivadas de la adquisición, tenencia y disposición de los Títulos en los países de su residencia y domicilio y de las restricciones cambiarias que pudieran afectarlos. Ver los capítulos “Asuntos tributarios” y “Tipos de cambio y control de cambios”.
Se entenderá que toda persona estadounidense que compra o recibe los Títulos que detenten una leyenda restrictiva (i) declara que dicha persona está comprando o recibiendo los Títulos para su propia cuenta o para beneficio de una cuenta respecto de la cual ejerce facultades discrecionales de inversión exclusivas y que ella o dicha cuenta es un QIBs y (ii) reconoce que los Títulos no han sido ni serán registrados bajo la Ley de Valores Negociables de los Estados Unidos y no podrán ser reofrecidos, revendidos, prendados o transferidos en forma alguna excepto (A) en cumplimiento de la Regla 144A, a favor de una persona que a juicio razonable del vendedor reviste el carácter de QIBs, (B) fuera de Estados Unidos, en cumplimiento de la Regulación S, o (C) de conformidad con una exención disponible al registro bajo la Ley de Valores Negociables de los Estados Unidos establecida por la Regla 144A bajo la misma, y en cada caso de acuerdo con las leyes sobre valores negociables aplicables de cualquier estado de los Estados Unidos u otra jurisdicción. Para una descripción de éstas y otras restricciones adicionales a la oferta y venta de los Títulos, y a la distribución de este Prospecto, ver los capítulos “Descripción de los Título”, Plan de distribución” y “Restricciones a la transferencia” del presente. En el Suplemento de Prospecto correspondiente se describirán otras restricciones adicionales, según corresponda.
La Ciudad podrá ofrecer públicamente los Títulos en la Argentina en forma directa o a través de Agentes o Colocadores autorizados de acuerdo a los términos y condiciones establecidos en este Prospecto y en el Suplemento de Prospecto correspondiente.
Cuestiones legales xxx Xxxxx Unido
El presente documento se distribuye exclusivamente y solamente está dirigido a (i) personas que se encuentren fuera xxx Xxxxx Unido o (ii) profesionales de inversión que queden comprendidos en el artículo 19(5) de la Ley de Servicios y Mercados Financieros de 2000 (Promoción Financiera), Orden 2005 (y sus modificatorias) (la “Orden”) o (iii) entidades con un alto patrimonio neto, u otras personas que queden comprendidas en el artículo 49(2) de la Orden a quienes puede comunicarse el mismo lícitamente (denominándose conjuntamente a dichas personas las “Personas Relevantes”). El presente documento solamente está a disposición de las Personas Relevantes y toda invitación, oferta o acuerdo de suscripción, compra u otra adquisición relacionada con este documento solamente podrá convenirse con dichas Personas Relevantes. Toda persona que no sea una Persona Relevante no deberá tomar medidas en función de este documento o cualquier parte de su contenido ni deberá basarse en él. En el Xxxxx Unido, cualquier inversión
o actividad de inversión a la que se refiera este documento solo está disponible para, y solo se realizará con, Personas Relevantes.
Cuestiones legales del Área Económica Europea
En relación con cada Estado miembro del Área Económica Europea que ha implementado la Directiva (UE) 2017/1129 (según sea modificada, la “Directiva sobre Prospectos” y cada uno de ellos, un “Estado Miembro Relevante”), cada comprador inicial de los Títulos ha declarado y acordado que, con efecto desde el día en que la Directiva sobre Prospectos haya sido implementada en cada Estado Miembro Relevante (el “Día de Implementación Relevante”), no ha hecho y no hará una oferta de los Títulos al público en dicho Estado Miembro Relevante antes de la publicación de un prospecto en relación a los Títulos que haya sido aprobada por la autoridad competente en dicho Estado Miembro Relevante o, cuando fuere apropiado, aprobado en otro Estado Miembro Relevante y notificado a la autoridad competente en dicho Estado Miembro Relevante de acuerdo con la Directiva sobre Prospectos, excepto que hubiera hecho, con efecto desde el Día de Implementación Relevante, una oferta al público de los Títulos en dicho Estado Miembro Relevante aprobada por la autoridad competente.
Por ello, los Títulos no están destinados a ser ofrecidos, vendidos o puestos a disposición de ningún otro modo y no deben ser ofrecidos, vendidos o puestos a disposición de ningún otro modo a un inversor minorista en el Área Económica Europea. Para estos fines, un inversor minorista significa una persona que es uno (o más) de: (i) un cliente minorista como se define en el punto
(11) del artículo 4 (1) de la Directiva (UE) 2014/65 (según sea modificada, la "MIFID II"); o (ii) un cliente en el sentido de la Directiva (UE) 2016/97, donde ese cliente no calificaría como un cliente profesional como se define en el punto (10) del artículo 4 (1) de la MIFID II; o (iii) no es un inversor calificado como se define en la Directiva sobre Prospectos. Por consiguiente, no se ha preparado ningún documento de información clave requerido por la Directiva (UE) 2014/1286 (según sea modificado, la “Directiva PRIIP”) para ofrecer o vender los Títulos o ponerlos de otro modo a disposición de cualquier inversor minorista en el Área Económica Europea o que pueda ser ilegal según la Directiva PRIIP. Este Prospecto se ha preparado sobre la base de que cualquier oferta de los Títulos en cualquier Estado Miembro Relevante se realizará de conformidad con una exención del requisito de publicar un prospecto para la oferta de valores negociables en los términos de la Directiva sobre Prospectos. Este Prospecto no es un prospecto a los efectos de la Directiva sobre Prospectos
Esta restricción de venta en el Área Económica Europea es adicional a toda otra restricción de venta establecida en este Prospecto.
Otras jurisdicciones
LA DISTRIBUCIÓN DE ESTE PROSPECTO Y LA OFERTA AQUÍ DESCRIPTA PUEDEN ESTAR LEGALMENTE RESTRINGIDAS EN OTRAS JURISDICCIONES. REQUERIMOS A AQUELLAS PERSONAS QUE RECIBAN ESTE PROSPECTO SE INFORMEN ADECUADAMENTE Y RESPETEN CUALQUIER EVENTUAL RESTRICCIÓN.
REGULACIONES CONTRA EL LAVADO DE ACTIVOS
En líneas generales, el concepto xx xxxxxx de activos hace referencia a operaciones llevadas a cabo con la finalidad de introducir sumas de dinero o bienes procedentes de actividades delictivas al sistema financiero transformándolos de tal modo en activos de origen aparentemente legítimo. El régimen normativo argentino en la materia adopta los estándares normativos internacionales y las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (“GAFI”). En este sentido, la Ley N° 25.246, según fuera reformada por las Leyes N° 26.087, Nº 26.119, Nº 26.268, Nº 26.683, Nº 26.831, Nº 26.860, Nº 27.260, Nº 27.304, Nº 27.440 y Nº 27.446 (la “Ley de Prevención xxx Xxxxxx de Activos”) califica al lavado de activos como un delito tipificado en el Código Penal de la Nación y creó la Unidad de Información Financiera (“UIF”), una dependencia con autonomía y autarquía financiera dentro de la órbita del Ministerio de Economía de la Nación, que tiene a su cargo el análisis, tratamiento y transmisión de información con el fin de prevenir el lavado de activos provenientes de diversos actos delictivos y la financiación del terrorismo. La Ley de Prevención xxx Xxxxxx de Activos está actualmente reglamentada por el Decreto Nº 290/2007 (modificado por el Decreto Nº 1.936/2010, texto conforme los Decretos Nº 146/2016, 360/2016, 1.025/2016, 2/2017, 2/2017 y disposiciones concordantes).
El Código Penal de la Nación define y tipifica los delitos xx xxxxxx de activos y en su artículo 41 quinquies, establece que cuando alguno de los delitos previstos en el Código Penal de la Nación hubiere sido cometido con la finalidad de aterrorizar a la población u obligar a las autoridades públicas nacionales o gobiernos extranjeros o agentes de una organización internacional a realizar un acto, o abstenerse de hacerlo, la escala penal correspondiente se incrementará en el doble del mínimo y el máximo. Estas agravantes no se aplicarán cuando el o los hechos de que se traten tuvieren lugar en ocasión del ejercicio de derechos humanos y/o sociales o de cualquier otro derecho constitucional. Los artículos 303, 304 y 306 establecen que: (a) (i) será reprimido con prisión de tres a diez años y multa de dos a diez veces del monto de la operación, el que convirtiere, transfiriere, administrare, vendiere, gravare, disimulare o de cualquier otro modo pusiere en circulación en el mercado, bienes provenientes de un ilícito penal, con la consecuencia posible de que el origen de los bienes originarios o los subrogantes adquieran la apariencia de un origen lícito, y siempre que su valor supere la suma de $ 300.000, sea en un solo acto o por la reiteración de hechos diversos vinculados entre sí; (a) (ii) la pena prevista en el punto (a) (i) será aumentada en un tercio del máximo y en la mitad del mínimo, en los siguientes casos: cuando el autor realizare el hecho con habitualidad o como miembro de una asociación o banda formada para la comisión continuada de hechos de esta naturaleza; cuando el autor hubiere actuado en ejercicio de una profesión u oficio que requirieran habilitación especial o fuera funcionario público que hubiera cometido el hecho en ejercicio u ocasión de sus funciones (en este último caso, sufrirá además pena de inhabilitación especial de tres a diez años); (a) (iii) será reprimido con la pena de prisión de seis meses a tres años el que recibiere dinero u otros bienes provenientes de un ilícito penal, con el fin de hacerlos aplicar en una operación de las previstas en el punto (a) (i), que les dé la apariencia posible de un origen lícito; (a) (iv) si el valor de los bienes no superare la suma prevista en el punto
(a) (i) ($ 300.000), el autor será reprimido con la pena de prisión de seis meses a tres años; y (a)
(v) todas las disposiciones de este punto (a) regirán aun cuando el ilícito penal precedente hubiera sido cometido fuera del ámbito de aplicación espacial del Código Penal de la Nación, en tanto el hecho que lo tipificara también hubiera estado sancionado con pena en el lugar de su comisión; (b) cuando los hechos delictivos previstos en el punto precedente hubieren sido realizados en nombre, o con la intervención, o en beneficio de una persona de existencia ideal, se impondrán a la entidad las siguientes sanciones conjunta o alternativamente: multa de dos a diez veces el valor de los bienes objeto del delito; suspensión total o parcial de actividades, que en ningún caso podrá exceder xx xxxx años; suspensión para participar en concursos o licitaciones estatales de obras o servicios públicos o en cualquier otra actividad vinculada con el Estado, que en ningún caso podrá exceder xx xxxx años; cancelación de la personería cuando hubiese sido creada al solo efecto de la comisión del delito, o esos actos constituyan la principal actividad de la entidad; pérdida o suspensión de los beneficios estatales que tuviere; publicación de un extracto de la sentencia condenatoria x xxxxx de la persona jurídica (para graduar estas sanciones, los jueces tendrán en cuenta el incumplimiento de reglas y procedimientos internos, la omisión de vigilancia sobre la actividad de los autores y partícipes, la extensión del daño causado, el monto de dinero involucrado en la comisión del delito, el tamaño, la naturaleza y la capacidad económica de la persona jurídica). Cuando fuere indispensable mantener la continuidad operativa de la entidad, o de una obra, o de un servicio en particular, no serán aplicables las sanciones relativas a suspensión de actividades y cancelación de personería antes mencionadas; (c) será reprimido con prisión de cinco a 15 años y multa de dos a
diez veces del monto de la operación, el que directa o indirectamente recolectare o proveyere bienes o dinero, con la intención de que se utilicen, o a sabiendas de que serán utilizados, en todo o en parte: para financiar la comisión de un delito con la finalidad establecida en el artículo 41 quinquies del Código Penal de la Nación; por una organización que cometa o intente cometer delitos con la finalidad establecida en el artículo 41 quinquies del Código Penal de la Nación; por un individuo que cometa, intente cometer o participe de cualquier modo en la comisión de delitos con la finalidad establecida en el artículo 41 quinquies del Código Penal de la Nación. Las penas establecidas se aplicarán independientemente del acaecimiento del delito al que se destinara el financiamiento y, si éste se cometiere, aún si los bienes o el dinero no fueran utilizados para su comisión. Si la escala penal prevista para el delito que se financia o pretende financiar fuera menor que la establecida en este punto (c), se aplicará al caso la escala penal del delito que se trate. Las disposiciones de este punto (c) regirán aun cuando el ilícito penal que se pretende financiar tuviere lugar fuera del ámbito de aplicación espacial del Código Penal de la Nación, o cuando la organización o el individuo que cometa o intente cometer delitos con la finalidad establecida en el artículo 41 quinquies del Código Penal de la Nación se encontraren fuera del territorio nacional, en tanto el hecho también hubiera estado sancionado con pena en la jurisdicción competente para su juzgamiento.
A su vez, la Ley Nº 26.683 considera al lavado de activos como un crimen autónomo contra el orden económico y financiero, escindiéndolo de la figura de encubrimiento, que es un delito contra la administración pública, lo que permite sancionar el delito autónomo xx xxxxxx de activos con independencia de la participación en el delito que originó los fondos objeto de dicho lavado.
La Ley de Prevención xxx Xxxxxx de Activos establece que: (a) la obligación de guardar el secreto bancario, bursátil o profesional, o los compromisos legales o contractuales de confidencialidad no excusan el cumplimiento de la obligación de proveer información a la UIF, en relación con la investigación de transacciones sospechosas; (b) cuando la UIF haya agotado el análisis de la operación reportada y surgieren elementos de convicción suficientes para confirmar su carácter de sospechosa xx xxxxxx de activos y financiación del terrorismo, ello será comunicado al Ministerio Público Fiscal a fines de establecer si corresponde ejercer la acción penal; y (c) los agentes o representantes de ciertos responsables pueden estar exentos de responsabilidad penal.
Mediante el Decreto Nº 1.936/2010 (texto conforme los Decretos Nº 146/2016 y 360/2016) se asignó a la UIF, como autoridad de aplicación de la Ley de Prevención xxx Xxxxxx de Activos y en todo lo atinente a su objeto, la coordinación en el orden nacional, provincial y municipal; con facultades de dirección respecto de los organismos públicos mencionados en el artículo 12 de la Ley de Prevención xxx Xxxxxx de Activos, así como la representación nacional ante distintos organismos internacionales, tales como el Grupo de Acción Financiera Internacional, el Grupo de Acción Financiera de Sudamérica, la Organización de los Estados Americanos, entre otros.
La UIF está facultada para, entre otras cosas, solicitar informes, documentos, antecedentes y todo otro elemento que estime útil para el cumplimiento de sus funciones, a cualquier organismo público, nacional, provincial o municipal, y a personas humanas o jurídicas, públicas o privadas, todos los cuales estarán obligados a proporcionarlos dentro del término que se les fije; aplicar las sanciones previstas en el capítulo IV de la Ley de Prevención xxx Xxxxxx de Activos; y solicitar al Ministerio Público Fiscal que éste requiera al juez competente el allanamiento de lugares públicos o privados, la requisa personal y el secuestro de documentación o elementos útiles para la investigación.
El marco legal de la legislación contra el lavado de activos también asigna deberes de información y control a ciertas entidades del sector privado, tales como bancos, intermediarios bursátiles, compañías comerciales y aseguradoras. De acuerdo con las resoluciones vigentes de la UIF, dichas entidades tienen las obligaciones de, entre otras, obtener documentación que pruebe irrefutablemente la identidad del cliente, su estado civil, su domicilio y cualquier otra información vinculada con las operaciones; reportar cualquier actividad u operación sospechosa; mantener la confidencialidad respecto de clientes y terceros en cualquier actividad de monitoreo, relacionada con un procedimiento de conformidad con la Ley de Prevención xxx Xxxxxx de Activos; producir reportes de operaciones sospechosas periódicamente.
El Decreto N° 360/2016 (texto conforme el Decreto Nº 331/2019) estableció el “Programa de Coordinación Nacional para el Combate xxx Xxxxxx de Activos y la Financiación del Terrorismo”, en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, otorgándosele la función
de reorganizar, coordinar y fortalecer el sistema nacional antilavado de activos y contra la financiación del terrorismo, en atención a los riesgos concretos que puedan tener impacto en el territorio nacional y a las exigencias globales de mayor efectividad en el cumplimiento de las obligaciones y recomendaciones internacionales establecidas por las Convenciones de las Naciones Unidas y los estándares del GAFI, la cual será llevada a cabo a través de un Coordinador Nacional designado al efecto. Además modificó la normativa vigente estableciendo que sea el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación la autoridad central del Estado Nacional para realizar las funciones de coordinación interinstitucional de todos los organismos y entidades del sector público y privado con competencia en esta materia, reservando a la UIF la capacidad de realizar actividades de coordinación operativa en el orden nacional, provincial y municipal en lo estrictamente atinente a su competencia de organismo de información financiera.
La aplicación de la Ley de Sinceramiento Fiscal fue reglamentada a través del Decreto Nº 895/2016 que fue modificado por el Decreto Nº 1206/2016 el 29 de noviembre de 2016. En el marco del Régimen de Sinceramiento Fiscal, la UIF emitió la Resolución N° 92/2016, en virtud de la cual los sujetos obligados deben implementar un sistema de gestión de riesgos. En caso de detectarse operaciones sospechosas hasta el 31 xx xxxxx de 2017, en el contexto del mencionado régimen legal, deberán reportarlas en un apartado denominado Reporte de Operación Sospechosa Sinceramiento Fiscal “ROS SF” a darse en el marco del régimen de sinceramiento fiscal. Dicho reporte deberá ser debidamente fundado y contener una descripción de las circunstancias por las cuales se considera que la operación tiene carácter de sospechosa, en el marco del régimen de sinceramiento fiscal, y revelar un adecuado análisis de la operatoria. A los efectos del análisis para la realización xxx XXX SF los sujetos obligadores deberán tener en cuenta: (i) el perfil del cliente; y (ii) las definiciones de operación inusual y operación sospechosa dadas por la Resolución.
La Comunicación “A” 6121 del Banco Central de la República Argentina (el “BCRA”), con las modificaciones introducidas por la Comunicación “A” 6140 del BCRA) estableció que, para los clientes existentes, si el sujeto obligado no pudiera dar cumplimiento a su identificación y conocimiento, deberá efectuarse un análisis con un enfoque basado en el riesgo en orden a evaluar la continuidad o no de la relación con el cliente. Los criterios y procedimientos a aplicar en ese proceso deberán ser descriptos por las entidades financieras en sus manuales internos de gestión de riesgos en materia de prevención xxx xxxxxx de activos y el financiamiento del terrorismo. Cuando corresponda dar inicio a la discontinuidad operativa se deberán observar los procedimientos y plazos previstos por las disposiciones del BCRA que resulten específicas del/los producto/s que el cliente hubiese tenido contratado/s. Los sujetos obligados deberán conservar por el término de 10 años las constancias escritas del procedimiento aplicado en cada caso para la discontinuidad operativa del cliente.
La Resolución N° 135/2016 de la UIF estableció normas para fortalecer el intercambio de información internacional con organismos análogos con los que suscriba acuerdos o memorandos de entendimiento y con aquellos organismos públicos extranjeros que integren el Grupo Egmont de Unidades de Inteligencia Financiera o la Red de Recuperación de Activos del Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT). La Resolución Nº 104/2016 y la Resolución Nº 141/2016 de la UIF modificaron, entre otras, la Resolución Nº 121/2011, la Resolución Nº 229/2011 y la Resolución Nº104/2016 aplicables a los sectores financieros y bursátiles. Los principales cambios se relacionan con la aplicación xxx xxxxxxx fiscal y el trazado del perfil de los clientes con un enfoque basado en riesgo. Respecto xxx xxxxxxx fiscal, las entidades no podrán requerir de los clientes declaraciones juradas impositivas nacionales. Los perfiles de los clientes deberán basarse en un nivel de riesgo, la situación patrimonial, económica y financiera en función de la documentación que se obtenga y también deberá trazarse para cada cliente un perfil transaccional.
La Resolución N° 30/2017 de la UIF modificó por completo el marco regulatorio bajo el cual las entidades financieras y cambiarias deben gestionar los riesgos xx xxxxxx de activos y financiamiento del terrorismo, derogando a partir del 15 de septiembre de 2017 la Resolución N°121/2011 de la UIF. El marco regulatorio se reformuló en base a los nuevos estándares del GAFI, que modificaron los criterios en materia de prevención xx xxxxxx de activos y financiamiento del terrorismo, pasando así de un enfoque de cumplimiento normativo formalista a un enfoque basado en riesgo, bajo el cual las entidades deberán implementar un sistema de prevención xx xxxxxx de activos y financiamiento del terrorismo, el cual deberá contener todas las políticas y procedimientos establecidos para la gestión xx xxxxxx de activos y financiamiento del terrorismo a
los que se encuentran expuestos y los elementos de cumplimiento exigidos por la normativa vigente, para lo cual deberán desarrollar una metodología de identificación y evaluación de riesgos acorde con la naturaleza y dimensión de su actividad comercial, que tome en cuenta los distintos factores de riesgos en cada una de sus líneas de negocio más pautas de cumplimiento y exigencias a los oficiales de cumplimiento y los procesos para la confección de reportes de operaciones sospechosas, entre otros, establecidos en la propia resolución. Finalmente, se fijó un plan de implementación que determina distintos hitos y fechas para dar cumplimiento con lo dispuesto en la Resolución N° 30/2017 de la UIF, estableciéndose como primera exigencia que las entidades financieras y cambiarias para el 31 de diciembre de 2017 deberán haber desarrollado y documentado la metodología de identificación y evaluación de riesgos establecida en la misma.
La Resolución Nº 156/2018 de la UIF, entre otras cuestiones, aprobó los textos ordenados de las Resoluciones Nº 30/2017, Nº 21/2018 y Nº 28/2018 de la UIF y modificó las Resoluciones Nº 50/2011, Nº 70/2011 y Nº 67/2017 de la UIF, referentes a la normativa que estableció el Sistema de Reporte de Operaciones on line, a los efectos de prevenir e impedir los delitos xx xxxxxx de activos.
La Resolución Nº 4/2017 de la UIF, estableció que los sujetos obligados comprendidos en los incisos 1, 4 y 5 del artículo 20 de la Ley N° 25.246 y sus modificatorias (los “Sujetos Obligados de la Resolución Nº 4/2017”), podrán aplicar medidas de debida diligencia especial de identificación a inversores nacionales y extranjeros (los cuales para calificar como tales deben cumplir los requisitos establecidos por dicha norma) en la Argentina al momento de solicitar la apertura a distancia de cuentas especiales de inversión. La debida diligencia especial no eximirá a los Sujetos Obligados de la Resolución Nº 4/2017 de realizar el monitoreo y seguimiento de las operaciones durante el transcurso de dicha relación con un enfoque basado en el riesgo. Además, la Resolución Nº 4/2017 regula las medidas de debida diligencia entre los sujetos obligados financieros. Así, establece que en los casos de apertura de cuentas corrientes especiales de inversión solicitadas por agentes de liquidación y compensación (los “ALyC”), la entidad bancaria local cumplirá con las normas vigentes en materia de prevención xx xxxxxx de activos y financiamiento del terrorismo cuando haya realizado la debida diligencia sobre el ALyC, siendo el ALyC quien será el responsable por la debida diligencia de sus clientes. La Resolución Nº 4/2017 establece expresamente que ello no exime a las entidades financieras de realizar un monitoreo y seguimiento de las operaciones durante el transcurso de la relación con su cliente (el ALyC) con un enfoque basado en el riesgo.
Las Normas de la CNV tratan la prevención xxx xxxxxx de dinero y financiación del terrorismo a lo largo del título XI. El artículo 1º de la sección I del título XI de las Normas de la CNV establece que dentro de los sujetos obligados en los términos de los incisos 4, 5 y 22 del artículo 20 de la Ley de Prevención xxx Xxxxxx de Activos quedan comprendidos los agentes de negociación, los agentes de liquidación y compensación, los agentes de distribución y colocación, y los agentes de administración de productos de inversión colectiva. Los sujetos obligados deberán observar lo establecido en la Ley de Prevención xxx Xxxxxx de Activos, en las normas reglamentarias emitidas por la UIF y en las Normas de la CNV (se encuentran incluidos los decretos del Poder Ejecutivo Nacional referidos a las decisiones adoptadas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, en la lucha contra el terrorismo, y el cumplimiento de las resoluciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto). Tales disposiciones deberán ser observadas, entre otros, por (i) agentes de custodia de productos de inversión colectiva (Sociedades Depositarias de Fondos Comunes de Inversión en los términos de la Ley Nº 24.083); (ii) agentes de corretaje; (iii) agentes de depósito colectivo; y (iv) las sociedades emisoras respecto de aquellos aportes de capital, aportes irrevocables a cuenta de futuras emisiones de acciones o préstamos significativos que reciba, sea que quien los efectúe tenga la calidad de accionista o no al momento de realizarlos, especialmente en lo referido a la identificación de dichas personas y al origen y licitud de los fondos aportados o prestados. Estas pautas de identificación de clientes deberán reforzarse para el caso de personas políticamente expuestas.
El artículo 2º de la sección I del título XI de las Normas de la CNV establece que los sujetos obligados según el artículo 1º, deberán remitir por vía electrónica, utilizando los medios informáticos que provee la Autopista de la Información Financiera de la CNV los números de CUIT o CUIL. En el caso de los sujetos obligados mencionados en la primera parte del artículo 1º, que se encuentren constituidos como personas jurídicas, además de lo indicado en la oración anterior, deberán remitir por esa misma vía, los datos solicitados en el artículo 2º referentes al oficial de
cumplimiento designado en los términos previstos por el artículo 20 bis de la Ley de Prevención xxx Xxxxxx de Activos y el artículo 20 del Decreto Nº 290/2007 y sus modificatorias y, en su caso, los del oficial de cumplimiento suplente.
El artículo 4º de la sección III del título XI de las Normas de la CNV establece, además, que la totalidad de los sujetos indicados anteriormente solo podrán dar curso a operaciones en el ámbito de la oferta pública de valores negociables, contratos a término, futuros u opciones de cualquier naturaleza y otros instrumentos y productos financieros, cuando sean efectuadas u ordenadas por sujetos constituidos, domiciliados o que residan en dominios, jurisdicciones, territorios o Estados asociados que sean considerados como no cooperantes o de alto riesgo por el GAFI. Por estas razones, podría ocurrir que uno o más participantes en el proceso de colocación y emisión de los Títulos, tales como el agente colocador se encuentre obligado a recolectar información vinculada con los suscriptores de los Títulos e informar a las autoridades operaciones que parezcan sospechosas o inusuales, o a las que les falten justificación económica o jurídica, o que sean innecesariamente complejas, ya sea que fueren realizadas en oportunidades aisladas o en forma reiterada.
El artículo 15 de la sección V del título XI de las Normas de la CNV establece que la CNV emitirá comunicados, que serán publicados y difundidos a través de su sitio en internet donde alertará acerca de: (i) riesgos y posibles prácticas abusivas y defraudatorias relacionadas con el mercado de capitales; (ii) tipologías xx xxxxxx de activos y financiación del terrorismo relacionadas con el mercado de capitales y los productos y servicios ofrecidos por los distintos actores del mismo; y (iii) sanciones aplicadas por infracciones a la normativa vigente en materia de prevención xxx xxxxxx de activos y de la financiación del terrorismo.
La Resolución General Nº 816/2019 de la CNV adecuó el título XI de las Normas de la CNV con la finalidad de, entre otras, (a) incluir los nuevos sujetos obligados contemplados en los incisos 4º y 5º del artículo 20 de la Ley Nº 25.246, tales como las plataformas de financiamiento colectivo, los agentes asesores globales de inversión y las personas humanas o jurídicas que actúen en la colocación de fondos comunes de inversión u otros productos de inversión colectiva; (b) reformar los procedimientos de fiscalización de la CNV; en particular, en cuanto a la forma de presentar información por los sujetos obligados; y, (c) reformular los requisitos de idoneidad, integridad y solvencia, con el objetivo de aumentar la protección al público inversor e incorporar la obligación de constatar los antecedentes en el Registro Público de Personas y Entidades Vinculadas a actos de Terrorismo y su Financiamiento creado por el Decreto Nº 489/2019.
Los inversores interesados podrán verse obligados a entregar a la Ciudad, a los Agentes y//o a los Colocadores, en caso de existir, toda la información y documentación que estén obligados a presentar o aquella que pueda ser requerida por la Ciudad, los Agentes yo los Colocadores, en su caso, para dar cumplimiento a las leyes penales y a otras leyes y reglamentaciones relacionadas con la prevención xxx xxxxxx de activos y el financiamiento del terrorismo, incluidas las normas xxx xxxxxxx de capitales para la prevención xxx xxxxxx de activos emitidas por la UIF y normas similares de la CNV y/o el BCRA. La Ciudad, los Agentes y los colocadores, en caso de existir, se reservan el derecho de rechazar órdenes de cualquier inversor si consideramos que las mencionadas normas no han sido cumplidas enteramente a su satisfacción.
Aconsejamos a todo posible interesado consultar con sus propios asesores legales y leer en forma completa dichas normas, que pueden ser consultadas en Internet (xxxx://xxx.xxxxxxxx.xxx.xx, en xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx.xx, en xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx, en xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx/xxx, o en xxx.xxx.xxx.xx).
INFORMACIÓN DISPONIBLE
Pueden obtenerse copias del Prospecto, de sus suplementos y del Suplemento de Prospecto relacionado con los Títulos a ser emitidos en el marco del Programa en el domicilio sito en Av. Xxxxxxxxx 000, xxxx 0x, xxxxxxx 000, X0000XXX Xxxxxx Xxxxx, y en todo otro lugar que se indique en el Suplemento de Prospecto correspondiente. Una vez emitidos los Títulos podrán obtenerse copias del Prospecto, de sus suplementos y del Suplemento de Prospecto en el sitio de Internet de la Ciudad (xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx), ingresando al portal del Ministerio de Hacienda y Finanzas desde el ítem “Áreas de Gobierno”. Información sobre los títulos de deuda pública emitidos por la Ciudad también puede encontrarse en el ítem “Títulos Públicos” que se encuentra en el portal de la Dirección General de Crédito Público de la Ciudad (xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx/ haciendayfinanzas/credito-publico/titulos-publicos).
A fin de permitir el cumplimiento de la Regla 144A en relación con las reventas de Títulos que constituyen “títulos restringidos” con el significado otorgado por la Regla 144A(a)(3) bajo la Ley de Valores Negociables de los Estados Unidos, la Ciudad suministrará a solicitud de cada Tenedor o de cada futuro comprador designado por dicho Tenedor, la información que debe entregarse en virtud de la Regla 144A(d)(4) bajo la Ley de Valores Negociables de los Estados Unidos, a menos que al momento de dicha solicitud, esté sujeta a los requisitos de información bajo el artículo 13 o el artículo 15(d) de la Ley de Mercados de Valores de 1934 (la “Ley de Mercados de Valores de 1934”), y sus modificatorias, o se esté presentando ante la Securities and Exchange Commission (la “SEC”) la información requerida por la Norma 12g3-2(b) bajo la Ley de Mercados de Valores de 1934.
INFORMACIÓN RELATIVA A DECLARACIONES A FUTURO
Este Prospecto contiene ciertas “declaraciones a futuro”, es decir manifestaciones que no se refieren a hechos históricos, inclusive acerca de opiniones y expectativas de la Ciudad. Estas declaraciones se basan en planes, estimaciones y proyecciones actuales de la Ciudad. Por lo tanto, no es recomendable basarse indiscriminadamente en ellas.
Este tipo de declaraciones pueden ser identificadas en general mediante el uso de términos tales como “puede”, “podrá”, “considera”, “prevé”, “planea”, “tiene intención de”, “debería”, “procura”, “estima”, “futuro” o expresiones similares. Estas declaraciones aluden a las expectativas futuras, contienen proyecciones sobre los resultados de las operaciones o la situación patrimonial o expresan otro tipo de estimaciones sobre el futuro. Las declaraciones sobre el futuro están sujetas a diversos riesgos e incertidumbres. Al considerarlas, deberán tenerse en cuenta los factores descriptos en el capítulo “Factores de riesgo”. Estos “Factores de riesgo” y otras declaraciones describen circunstancias que podrían causar que los resultados difirieran considerablemente de los contenidos en cualquiera de las declaraciones sobre el futuro. Los riesgos e incertidumbres que podrían afectar la situación en el futuro de la Ciudad incluyen, sin carácter taxativo, los siguientes:
a) incertidumbres relacionadas con las condiciones políticas, sociales, jurídicas y económicas en la Argentina y/o en la Ciudad o en otras jurisdicciones que pudieran afectar sus actividades o su situación patrimonial y/o financiera;
b) riesgos de inflación y cambiarios, incluyendo fluctuaciones en el valor del Peso u otras monedas, altas tasas de interés, volatilidad del tipo de cambio, falta de inversión, limitación en el acceso al crédito, restricciones a la capacidad de convertir el Peso a moneda extranjera o de transferir fondos al exterior y controversias políticas, cualquiera de los cuales podría generar una desaceleración económica a nivel nacional y/o de la Ciudad, con la consecuente afectación de sus actividades o de su situación patrimonial y/o financiera;
c) el impacto de las medidas adoptadas por terceros, entre ellos, los tribunales de justicia y otras autoridades gubernamentales distintas de la Ciudad;
d) la fluctuación de los precios internacionales de los bienes producidos en la Ciudad, el cambio en las tasas de interés internacionales, la recesión o la desaceleración económica de los socios comerciales de la Argentina que podrían reducir el valor de las exportaciones realizadas desde la Ciudad o afectar los ingresos derivados del turismo receptivo en la Ciudad;
e) el impacto del virus SARS CoV-2 (COVID-19) en la economía;
f) otros factores adversos tales como fenómenos climáticos, epidemias, pandemias tales como la generada por el virus SARS CoV-2 (COVID-19) y cualquier otra clase de crisis sanitaria; y,
g) cuestiones adicionales identificadas en el capítulo “Factores de riesgo”.
Los resultados de la Ciudad pueden diferir de los analizados en estas declaraciones sobre el futuro, debido a que, por su naturaleza, dichas declaraciones implican estimaciones, presunciones e incertidumbres. Las declaraciones sobre el futuro contenidas en el presente aluden únicamente a la fecha de este Prospecto y la Ciudad no asume ninguna obligación de actualizar ninguna de las declaraciones sobre el futuro u otra información de forma de reflejar hechos o circunstancias ocurridos con posterioridad a la fecha del presente o de reflejar el impacto resultante del acontecimiento de hechos no previstos a la luz de nueva información o hechos futuros.
FORMA DE PRESENTACION DE LA INFORMACION FINANCIERA Y ESTADISTICA
Presentación y principios contables
La Ciudad lleva sus registros contables en Pesos a valores nominales sin ajuste por inflación; y de conformidad con las Normas de Contabilidad para el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobadas por la Disposición Nº 111/GCABA/DGCG/2016 de aplicación para todo el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y enmarcadas dentro de la Ley N° 70 de la Ciudad, con sus leyes modificatorias y reglamentarias (la “Ley de Administración y Control Financiero de la Ciudad”), entre los criterios de valuación adoptados, se pueden enumerar los siguientes: (i) los recursos se registran en el período en que fueron percibidos por la Ciudad; (ii) los gastos se contabilizan en el momento de su devengamiento; (iii) los gastos de capital se registran a su costo de adquisición; (iv) los contratos de construcción se contabilizan según el avance de obra siguiendo el criterio del devengado con cada certificado.
Cifras correspondientes al período 2015-2019
La información financiera correspondiente al período 2015-2019 vinculada a la Ciudad que aparece en el presente Prospecto deriva principalmente de los estados de resultados y de las cuentas de inversión de la Ciudad que fueron compilados y llevados por la Dirección General de Contaduría de la Ciudad. En virtud de la Ley de Administración y Control Financiero de la Ciudad, los estados de resultados y las cuentas de inversión de cada ejercicio económico deben ser presentados a la Legislatura para su aprobación antes del 30 xx xxxxx del siguiente ejercicio. Además, la Constitución de la Ciudad establece que la Auditoria General de la Ciudad de Buenos Aires, dentro de la jurisdicción de la Legislatura, debe auditar dichos estados contables y presentar un informe al respecto a la Legislatura. Los estados de resultados y las cuentas de inversión de la Ciudad para el 2015, 2016, 2017, 2018 y 2019 fueron presentados ante la Legislatura; empero a la fecha del presente ésta no ha efectuado comentarios respecto de ellos.
En virtud de las previsiones de la Ley N° 25.917, modificada por la Ley Nº 27.428 (la “Ley Federal de Responsabilidad Fiscal y Buenas Prácticas de Gobierno”), la Ciudad debía presentar los presupuestos anuales y los estados de resultados reales y de cumplimiento presupuestario al Consejo Federal de Responsabilidad Fiscal. La Ciudad presentó al Consejo Federal de Responsabilidad Fiscal sus presupuestos y estados de resultados correspondientes a los años 2006, 2007 y 2008 y éste los encontró, en general, en cumplimiento con la Ley Federal de Responsabilidad Fiscal y Buenas Prácticas de Gobierno. El 26 de noviembre de 2009, la Legislatura de la Ciudad, de conformidad con la Ley N° 3.297, retiró la adhesión de la Ciudad a la Ley Federal de Responsabilidad Fiscal y Buenas Prácticas de Gobierno y, como resultado, la Ciudad no necesitó presentar ante el Consejo Federal de Responsabilidad Fiscal sus presupuestos anuales o declaraciones de ingresos y gastos reales. Por medio de la Ley Nº 5.955 del 12 xx xxxxx de 2018, la Ciudad volvió a adherir al Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal y Buenas Prácticas de Gobierno. A partir de esta nueva adhesión presentó al Consejo Federal de Responsabilidad Fiscal la información requerida por el régimen correspondiente al 2018 y al 2019 (provisorio al cierre) y éste los encontró, en general, en cumplimiento con la Ley Federal de Responsabilidad Fiscal y Buenas Prácticas de Gobierno
Cifras para el 2019 y preliminares al 30 xx xxxxx de 2020
Las cifras correspondientes al periodo económico finalizado el 31 de diciembre de 2019 surgen de la Cuenta de Inversión; en tanto que las del 30 xx xxxxx de 2020 son estimaciones preliminares que fueron preparadas por la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y la Dirección General de Crédito Público de la Ciudad sobre la base de los registros de la Dirección General de Contaduría de la Ciudad. Debido a su carácter preliminar, es muy probable que las cifras correspondientes al período mencionado, se modifiquen a medida que se disponga de cifras revisadas o definitivas por lo que no puede asegurarse que dichos cambios no serán sustanciales.
Presentación de la información relativa a ingresos pasados, gastos y deuda pública
La información financiera en este Prospecto, relativa a ingresos pasados, gastos y deuda pública de la Ciudad es presentada en Pesos nominales ya que la Ciudad considera que dicha forma de presentación reducirá al máximo las distorsiones en la comparación de dicha información entre períodos de la que se reduciría si se ajustara dicha información por la inflación.
Además, algunas de las aperturas utilizadas en este Prospecto para la presentación de la información relativa a ingresos pasados y gastos, difieren de las aperturas usadas en las declaraciones anuales de los ingresos y gastos corrientes de la Ciudad y del rendimiento presupuestario, ya que la Ciudad considera que la forma utilizada para la presentación efectuada en este Prospecto logrará un análisis más significativo de la información de cada uno de los períodos.
Método de cálculo y de presentación de la información del producto bruto interno
La Ciudad, a través de su Dirección General de Estadística y Censos, calcula el PGB de la Ciudad dividido por sectores de dos maneras: en Pesos nominales, no ajustados por inflación, y en Pesos constantes. Además, este cálculo se prepara sobre la base de los precios básicos de producción. Éstos son precios xx xxxxxxx menos los márgenes de comercialización, cargas por flete impuesto al valor agregado, impuestos sobre los ingresos brutos y otros impuestos a las ventas y aranceles de importación. Dichos precios se utilizaron para evitar la duplicación de cálculos que surjan de la dificultad de asignar estos impuestos entre las provincias y la Ciudad. En 2010 la Ciudad, junto con el apoyo de un equipo de consultores de la Universidad Nacional de Tres de Febrero, adoptó 2004 como el año base para calcular su PGB. El cambio obedece a las recomendaciones de las organizaciones estadísticas internacionales y se basó en los aportes de expertos en economía y estadística. Además, la modificación del año base permite que los resultados del último censo económico de 2004 se reflejen en los datos del PBI y, por lo tanto, la Ciudad considera que es un reflejo más fiel de la estructura económica del distrito y de los cambios que se suscitan en los diversos sectores. Para analizar la evolución de los diferentes sectores económicos de la Ciudad, el presente Prospecto contiene información sobre el PGB en precios constantes de 2004 sobre la base de los precios básicos de producción dado que la Ciudad considera que esta presentación refleja con mayor exactitud las variaciones entre sectores y dentro de los mismos. Salvo que se indique lo contrario, la referencia “en términos reales” o “PBI real” en relación al PBI significa que dicha cifra está basada según Pesos constantes de 2004. Con el fin de comparar el PBI de la Argentina con el de la Ciudad, este Prospecto utiliza Pesos nominales ya que se considera que dicha metodología refleja en forma más precisa el tamaño relativo de la economía de la Ciudad dentro del país.
Información sobre inflación y pobreza
Históricamente, los índices publicados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (el “INDEC”) eran los únicos instrumentos disponibles para medir la inflación en la Ciudad y el Gran Buenos Aires. Luego de la injerencia del Gobierno Nacional en el INDEC y las preocupaciones acerca de la exactitud de los datos económicos que publicaba ese organismo, la Ciudad, desde 2013 calcula y publica su propio índice de precios al consumidor (“IPC”), el índice de precios al consumidor de la Ciudad de Buenos Aires (el “IPCBA”), que resultó sustancialmente mayor al IPC nacional del INDEC. En febrero de 2014, el INDEC creó un nuevo índice, el índice de precios al consumidor nacional urbano (el “IPCNu”), que apuntaba a reflejar la inflación en forma más amplia al medir los precios al consumidor en las capitales de las 23 provincias, en la Ciudad y en las ciudades más importantes del país. Los datos sobre la pobreza, que se basan en el valor de los bienes y servicios que se consideran como mínimamente necesarios para la subsistencia de un individuo o de una familia, también fueron históricamente medidos por el INDEC, y dependientes de sus mediciones de inflación. Por consiguiente, objeto de las mismas preocupaciones sobre su exactitud, el INDEC dejó de medir pobreza en el segundo trimestre de 2013. En enero de 2016 las nuevas autoridades nacionales por medio del Decreto Nº 55/2016 declararon en estado de emergencia administrativa al Sistema Estadístico Nacional (SEN) y a su órgano rector, a raíz del cual el INDEC dejó de publicar información hasta concretar el reordenamiento de su estructura técnica y administrativa. Durante ese lapso el INDEC sugirió que para la medición de la inflación se tomen los datos del IPCBA de la Ciudad y el IPC de la provincia de San Xxxx.
En junio de 2016 el INDEC volvió a publicar un IPC cuya área geográfica de cobertura corresponde a la Ciudad y a los 24 partidos que integran el Gran Buenos Aires, llamado IPC metropolitano. Unos meses después, en septiembre de 2016 el INDEC publicó los resultados de la incidencia de la pobreza y la indigencia correspondientes al segundo trimestre de 2016, continuando desde entonces con sus publicaciones en forma regular.
El 11 de julio de 2017 el INDEC dio a conocer el Índice de Precios al Consumidor Nacional (el “IPC nacional”) que releva los valores de bienes y servicios de 39 ciudades de todo el país, de modo de reinsertarse en el escenario estadístico mundial. El acumulado anual de ese año fue de 24,
%, mientras que el IPCBA alcanzó el 26,1 %. Durante 2018, los precios de consumo registrados por el IPC Nacional crecieron 47,6 % debido principalmente al incremento tarifario de los servicios públicos, derivado del sendero de normalización establecido por el Gobierno Nacional para salir del esquema de subsidios implementado entre 2003 y 2015. Para el mismo periodo el IPCBA acumuló un 45,5% anual. Terminado el primer semestre del año, los hogares con ingresos por debajo de la línea de pobreza eran el 19,6%, comprendiendo al 27,3% de las personas. En la Ciudad estos valores eran sensiblemente menores: la pobreza alcanzaba al 12,0% de los hogares y al 17,2% de las personas.
Durante 2019 las condiciones económicas no fueron óptimas: a nivel internacional la guerra comercial entre China y los Estados Unidos puso en jaque a los mercados emergentes, a nivel nacional el clima económico estuvo marcado por las elecciones presidenciales cuyas primarias se llevaron a cabo en agosto, con un resultado adverso para el entonces oficialismo, situación que derivó en un clima de incertidumbre que coadyuvó al incremento de precios que alcanzó a 53,8% durante el año según las mediciones del INDEC, mientras que en la Ciudad el IPCBA acumuló un 50,6%. En la medida en que los ingresos no acompañaron plenamente estas tendencias, la pobreza se incrementó alcanzando a algo más del 25,0% de los hogares y 35,0% de las personas a nivel nacional. La Ciudad también experimentó un aumento, pero de menor cuantía, llegando a un 16,0% de los hogares y a algo más del 20,0% de personas en situación de pobreza por ingresos.
Información sobre el Banco Ciudad
La información financiera seleccionada sobre el Banco de la Ciudad de Buenos Aires (el “Banco Ciudad”) contenida en el presente Prospecto, excepto que se indique lo contrario, ha sido extraída de los estados contables anuales del Banco Ciudad correspondientes a los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2019 y el 31 de diciembre de 2018, que han sido auditados por Xxxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxx y Asociados S.R.L.
De acuerdo con las reglamentaciones del BCRA, la confección de los estados financieros, correspondientes a ejercicios anuales iniciados a partir del 1º de enero de 2018, así como de sus períodos intermedios, deben ser confeccionados bajo las Normas Internacionales de Información Financiera (en adelante, NIIF) emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (en adelante, IASB, por su sigla en inglés) y adoptadas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE). Sin embargo, el BCRA ha establecido dos excepciones transitorias: (i) la excepción transitoria a la aplicación de la sección 5.5 “Deterioro de valor” de la NIIF 9 ‘Instrumentos financieros’” (puntos B5.5.1 a B5.5.55) hasta los ejercicios que se inicien a partir del 1° de enero de 2020; y (ii) que a los fines de calcular la tasa de interés efectiva de activos y pasivos que así lo requieran para su medición, conforme a lo establecido por la NIIF 9, se podrá realizar -transitoriamente hasta el 31 de diciembre de 2019- una estimación en forma global del cálculo de la tasa de interés efectiva sobre un grupo de activos o pasivos financieros con características similares en los que corresponda su aplicación.
Los estados financieros del Banco Ciudad fueron elaborados de acuerdo con el marco de información contable establecido por la Comunicación “A” 6114 del BCRA, el cual se basa en las NIIF, y con las excepciones mencionadas precedentemente. Teniendo en cuenta dichas excepciones, el mencionado marco de información contable comprende las Normas e Interpretaciones adoptadas por el IASB e incluye las NIIF, las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) y las Interpretaciones desarrolladas por el Comité de Interpretaciones de las Normas Internacionales de Información Financiera (CINIIF) o el antiguo Comité de Interpretaciones de Normas (CIN). Cabe mencionar que, la economía argentina es considerada actualmente hiperinflacionaria bajo la NIC 29 y las entidades bajo el control del BCRA, obligadas a la aplicación de las NIIF adoptadas por el BCRA por medio de la Comunicación “A” 6114 y cuya
moneda funcional sea el Peso, deberían reexpresar sus estados financieros. Sin embargo, conforme a lo establecido por la Comunicación “A” 6651 del BCRA y sus complementarias, las entidades financieras deberán comenzar a aplicar el método de reexpresión de los estados financieros en moneda homogénea, previsto en la NIC 29, a partir de los ejercicios que se inicien el 1° de enero de 2020. De haberse aplicado lo establecido por la NIC 29, conforme a una estimación global realizada por el Banco Ciudad, el patrimonio neto al 31 de diciembre de 2019 y 2018 hubiera aumentado en $ 1.512,1 millones y $ 556,1, millones respectivamente.
Redondeo de cifras
Algunas de las cifras que figuran en este Prospecto han sido sujetas a redondeo. De esta manera, los montos que aparecen como totales en los cuadros o en otras partes pueden no ser el resultado de una adición aritmética de las cifras que los preceden. Además, algunos de los porcentajes que figuran en los cuadros de este Prospecto reflejan cálculos basados en la información previos a su redondeo y, en consecuencia, pueden no conformar exactamente los porcentajes que se derivarían si el cálculo relevante se hubiese basado sobre las cifras redondeadas.
TIPOS DE CAMBIO Y CONTROL DE CAMBIOS
Los ingresos de la Ciudad se hallan denominados en Pesos, mientras que una parte sustancial de su endeudamiento está denominados en Dólares. Las fluctuaciones en el tipo de cambio entre el Peso y el Dólar pueden afectar el equivalente en Pesos del precio en Dólares de los Títulos y, en consecuencia, pueden afectar el precio xx xxxxxxx de los Títulos. Además, dichas fluctuaciones afectarán el equivalente en Dólares de los montos informados en Pesos en los estados financieros de la Ciudad. Las fluctuaciones de las monedas pueden también afectar el equivalente en Pesos de los pagos de capital e intereses en Dólares recibidos por los Tenedores.
Luego de varios años de moderadas variaciones en el tipo de cambio nominal, en 2012, el Peso se depreció un 12,2% respecto xxx Xxxxx. A ello le siguió, en 2013 y 2014, una depreciación del Peso frente al Dólar del 24,4% en 2013 y 23,5% en 2014, incluyendo una depreciación de aproximadamente el 18,2% en enero de 2014. El Peso perdió aproximadamente el 35,6% de su valor frente al Dólar en 2015. La mayor parte de esta depreciación se dio luego del 16 de diciembre de 2015, cuando algunos de los controles cambiarios fueron levantados. El comportamiento del tipo de cambio Dólar/Peso durante el período comprendido entre el 31 de diciembre de 2015 y el 31 de diciembre de 2016 obedeció a un esquema cambiario de flotación con intervenciones del BCRA. Durante dicho período hubo una serie de depreciaciones y apreciaciones producto de la salida de los estrictos controles cambiarios. El tipo de cambio Dólar/Peso del primer semestre de 2016 tuvo una considerable depreciación de 16,2% hacia mediados del período, seguido de una fase de apreciación en el orden de 4,9%. Ambos eventos pueden explicarse por un proceso de caída de la oferta de divisas genuinas y la aplicación de subas de la tasa de interés de referencia en el mercado internacional. Estos efectos fueron disminuidos con el empleo de políticas xx xxxx de la tasa de interés en el mercado doméstico y ventas sucesivas de reservas internacionales. A partir del segundo semestre de 2016, este tipo de cambio logró atenuar la velocidad de su proceso de depreciación al punto de que en el período solo se depreció un 5,6%. A partir del 1º de enero de 2017, el tipo de cambio estuvo contenido bajo el efecto del atraso cambiario causado por el proceso de sinceramiento fiscal. En efecto, durante el primer semestre el tipo de cambio Dólar/Peso solo se depreció un 4,1% mientras que la inflación acumuló un crecimiento de 11,8%. A partir del segundo semestre, la depreciación fue sustancialmente mayor al primer semestre ya que alcanzó un nivel de 10,0%.
En el 2018, el tipo de cambio recorrió la trayectoria ascendente más significativa de los últimos diez años. El Peso a lo largo del 2018 sufrió tres corridas cambiarias. Las primeras dos tuvieron lugar a finales del primer semestre durante los meses xx xxxx y junio. La tercera aconteció en agosto. Como resultado de la caída de la oferta de divisas y el aumento de la demanda, el Peso se depreció un 51,6% respecto al Dólar en el 2018. Durante el 2019, debido a múltiples factores que tuvieron impacto en la evolución de la economía doméstica y la incertidumbre en los mercados financieros, en el marco del proceso eleccionario, el Peso se depreció un 38,7% respecto al Dólar.
En general, la depreciación del Peso puede tener un impacto negativo sobre ciertos sectores de la economía. Sin embargo, los efectos de este cambio de política económica y de la depreciación del Peso sobre la economía local son inciertos. Además, es previsible que el Gobierno Nacional implemente cambios adicionales en la política económica, aunque el impacto de estos futuros cambios también es incierto. No podemos predecir el valor futuro del Peso respecto xxx Xxxxx u otras divisas. Ver el apartado “Factores de Riesgo—Riesgos relacionados con la Argentina—Los controles de cambios y las restricciones al ingreso y egreso de capitales han limitado y es esperable que continúen limitando la disponibilidad de crédito internacional, la liquidez en el mercado de bonos de entidades argentinas y la capacidad de efectuar pagos de deuda denominada en moneda extranjera” del presente Prospecto.
El siguiente cuadro establece, para los períodos indicados, los valores máximos y mínimos del tipo de cambio entre el Peso y el Dólar, así como el promedio de dichos períodos y el valor al que cerró cada uno de ellos, según la información publicada por el Banco de la Nación Argentina (el “Banco Nación”). La Reserva Federal de Nueva York no publica un precio de compra de mediodía para el Peso. El tipo de cambio promedio se calcula en función del promedio informado cada día por el Banco Nación para el tipo de cambio vendedor billete durante el período mensual correspondiente y el informado el último día de cada mes durante el período anual correspondiente.
Máximo(1) Mínimo(2) Promedio(3) Fin de período (4)
Mes | Pesos por Dólar | ||||||
Julio 2020………………………... | 76,25 | 73,50 | 75,06 | 76,25 | |||
Junio 2020………………………... | 73,50 | 70,50 | 71,96 | 73,50 | |||
Mayo 2020………………………... | 70,50 | 68,75 | 69,71 | 70,50 | |||
Abril 2020………………………….. | 68,75 | 66,00 | 67,25 | 68,75 | |||
Marzo 2020 | 65,75 | 64,00 | 64,57 | 65,75 | |||
Febrero 2020………………………... | 64,00 | 63,00 | 63,31 | 64,00 | |||
Enero 2020………………………...... | 63,00 | 63.00 | 63,00 | 63,00 | |||
Ejercicio finalizado el 31 de diciembre | |||||||
2019…………………………………. | 65,00 | 37,80 | 49,61 | 63,00 | |||
2018…………………………………. | 42,10 | 18,65 | 28,64 | 38,60 | |||
2017…………………………………. | 19,45 | 15,400 | 16,77 | 18,90 | |||
2016…………………………………. | 16,20 | 13,30 | 14,97 | 16,10 | |||
2015…………………………………. | 13,95 | 8,49 | 9,27 | 13,30 | |||
2014…………………………………. | 8,56 | 6,55 | 8,07 | 8,56 |
Notas:
(1) Corresponde al tipo de cambio vendedor billete máximo informado por el Banco Nación en el período indicado.
(2) Corresponde al tipo de cambio vendedor billete mínimo informado por el Banco Nación en el período indicado.
(3) Corresponde al promedio del tipo de cambio vendedor billete informado por el Banco Nación en los períodos indicados.
(4) Corresponde al tipo de cambio vendedor billete informado por el Banco Nación el último día hábil en los períodos indicados.
El 12 xx xxxxxx de 2020, el tipo de cambio billete Peso-Dólar cotizado por el Banco Nación para la venta de Dólares fue de $ 77,00 por U$S 1.
Control de cambios. Regulación del cambio de divisas
Generalidades
Desde abril de 1991, de acuerdo a la Ley N° 23.928 y el Decreto N° 529/1991 (conjuntamente, la “Ley de Convertibilidad”), el BCRA estaba obligado a vender Dólares a cualquier persona a un tipo de cambio de un Peso por Dólar.
El 11 de febrero de 2002, el Gobierno Nacional modificó la Ley de Convertibilidad, permitiendo la libre flotación del tipo de cambio por primera vez desde abril de 1991. La alta demanda de los escasos Dólares disponibles causó que el Peso cotizara a una tasa mucho menos favorable que la paridad uno a uno vigente bajo la Ley de Convertibilidad. Como resultado de ello, el BCRA intervino en diversas ocasiones vendiendo Dólares con el propósito de disminuir el tipo de cambio. Sin embargo, la capacidad del BCRA para sostener el valor del Peso a través de la venta de Dólares dependía de sus limitadas reservas en dicha moneda. En respuesta a la alta demanda de Dólares en la Argentina y a la escasez de Dólares para satisfacer dicha demanda, el Gobierno Nacional impuso diversos congelamientos, feriados bancarios y cambiarios y otras restricciones en las operaciones de cambio de moneda extranjera desde que la Ley de Convertibilidad fue reformada. Para mayor información sobre los factores que afectan el valor del Peso, ver el capítulo “Factores de riesgo”. El 8 de febrero de 2002, el Decreto N° 260/2002 estableció que desde esa fecha todas las operaciones de cambio en divisas extranjeras serían cursadas a través del entonces denominado Mercado Único y Libre de Cambios (el “MULC”) regulado por el BCRA, y a las tasas acordadas por las partes de la transacción. A partir del 11 de febrero de 2002, se ha aplicado solamente un tipo de cambio flotante libre para todas las operaciones. El Peso continuó fluctuando de manera significativa y el BCRA intervino en varias ocasiones a fin de manejar las fluctuaciones del tipo de cambio. Adicionalmente, atento a los estrictos controles cambiarios que introdujo el Gobierno Nacional, a partir de fines de 2011, el tipo de cambio implícito, según se refleja en las cotizaciones de títulos argentinos negociados en mercados extranjeros, en comparación con sus respectivas cotizaciones en el mercado local, se incrementó significativamente respecto al tipo de cambio oficial.
A partir de diciembre de 2015, se fueron levantando paulatinamente la mayoría de las restricciones cambiarias que se encontraban vigentes. Así, el 8 xx xxxxxx de 2016 y el 19 xx xxxx de 2017, el BCRA dictó las Comunicaciones “A” 6037 y “A” 6244 respectivamente, que modificaron estructuralmente las normas cambiarias vigentes que reglamentaban la operatoria respecto del MULC, instaurando un nuevo régimen cambiario que flexibilizó significativamente el acceso al mercado de cambios (el “Mercado de Cambios”), cuyo texto ordenado fue unificado a través de la Comunicación “A” 6312 del BCRA. Finalmente, la Comunicación “A” 6363 del BCRA del 10 de noviembre de 2017 derogó la obligación de ingreso y liquidación de divisas relacionadas con operaciones de exportación de bienes y servicios, régimen de cambios que, con algunas variaciones, subsistió hasta el 31 xx xxxxxx de 2019. El 1º de septiembre de 2019, ante diversos factores que impactaron en la evolución de la economía doméstica y la incertidumbre provocada en los mercados financieros, y en respuesta a la inquietud del Gobierno Nacional acerca de la inestabilidad cambiaria general y la incertidumbre generada en el marco del proceso eleccionario en ese momento en curso, el Gobierno Nacional dictó el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 609/2019 (el “Decreto 609”) que restableció el régimen de control de cambios que había sido progresivamente derogado desde fines de 2015. El Decreto 609 fue reglamentado por el BCRA a través de la Comunicación “A” 6770, dictada el 1º de septiembre de 2019, la que desde entonces ha sido modificada y complementada de tiempo en tiempo por parte del BCRA (las “Normas Cambiarias”). La Comunicación “A” 6844 del BCRA del 5 de diciembre de 2019, estableció el texto ordenado de las normas sobre exterior y cambios con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019. Posteriormente, mediante el Decreto Nº 91/2019, se eliminó esa fecha límite y se prorrogó de manera indefinida tal obligación. En el mismo sentido, mediante las Comunicaciones “A” 6854 y “A” 6856 del BCRA del 27 y 30 de diciembre de 2019, el BCRA prorrogó de manera indefinida la vigencia de las normas cambiarias impuestas mediante la Comunicación “A” 6770 del BCRA (en los términos del texto ordenado previsto en la Comunicación “A” 6844 del BCRA y sus modificatorias). Como aconteció anteriormente, los estrictos controles cambiarios hicieron que el tipo de cambio implícito, según se refleja en las cotizaciones de títulos argentinos negociados en moneda extranjera y en pesos, se incrementara significativamente respecto al tipo de cambio oficial.
Todas las operaciones que no se ajusten a lo dispuesto en el Decreto 609 y las Normas Cambiarias y sus modificatorias y complementarias se encuentran alcanzadas por el régimen penal cambiario establecido a través de la Ley Nº 19.359 (el “Régimen Penal Cambiario”). El Régimen Penal Cambiario establece multas de hasta diez veces el monto de la operación en infracción para la primera vez, multas de tres hasta diez veces el monto de la operación en infracción o prisión de uno a cuatro años en caso de primera reincidencia y prisión de uno hasta ocho años más el monto máximo de la multa fijada anteriormente en caso de segunda reincidencia. El Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx establece, además, que los directores, representantes legales, mandatarios, gerentes, síndicos o miembros del consejo de vigilancia que participaron de la operación en infracción son solidariamente responsables por las multas correspondientes.
Deudas financieras
Obligación de ingreso y liquidación como condición de acceso al Mercado de Cambios
De conformidad con lo dispuesto por las Normas Cambiarias, los fondos desembolsados a partir del 1º de septiembre de 2019 bajo endeudamientos financieros contraídos con acreedores extranjeros, incluyendo los fondos provenientes de la emisión de valores negociables de deuda, deberán ser ingresados al país y liquidados en el Mercado de Cambios, como condición para el posterior acceso al mismo para la atención de los servicios de capital e intereses comprometidos bajo dichos endeudamientos. Además, se establece que no resulta exigible este requisito para aquellos endeudamientos con el exterior originados a partir del 1º de septiembre de 2019 que no generen desembolsos por ser refinanciaciones de deudas financieras externas que hubieran tenido acceso, en la medida que la refinanciación no anticipe el vencimiento de la deuda original. Por otra parte, para el pago de deudas financieras con el exterior deberá demostrarse, en caso de corresponder, que la operación se encuentra declarada en la última presentación vencida del “Relevamiento de Activos y Pasivos Externos” establecida por la Comunicación “A” 6401 del BCRA (y sus modificatorias y complementarias).
Sujeto al cumplimiento de las obligaciones descriptas en el párrafo anterior, se autoriza el acceso al Mercado de Cambios para el repago de los servicios de deudas financieras con el exterior a su vencimiento o con hasta tres días hábiles de anticipación. Hasta el 31 xx xxxxxx del 2020, se requerirá la conformidad previa del BCRA para el acceso al Mercado de Cambios para la cancelación de servicios de capital de endeudamientos financieros con el exterior cuando el acreedor sea una contraparte vinculada del deudor.
Los residentes que deban realizar pagos de servicios de deudas financieras con el exterior o de títulos de deuda locales con acceso al Mercado de Cambios en función de lo dispuesto por los puntos 3.5 y 3.6, respectivamente, de la Comunicación “A” 6884 del BCRA y complementarias, pueden realizar compras de moneda extranjera con anterioridad al plazo admitido por la normativa para cada caso, en las siguientes condiciones: a) los fondos adquiridos sean depositados en cuentas en moneda extranjera de su titularidad abiertas en entidades financieras locales; b) el acceso se realice con una anterioridad que no supere en más de cinco días hábiles el plazo admitido en cada caso; c) el acceso se realice por un monto diario que no supere el 20% del monto que se cancelará al vencimiento; y d) la entidad interviniente haya verificado que el endeudamiento, cuyo servicio será cancelado con estos fondos, cumple con la normativa cambiaria vigente por la que se admite dicho acceso. Los fondos en moneda extranjera que no se utilizasen en la cancelación del servicio de deuda comprometido deberán ser liquidados en el Mercado de Cambios dentro de los cinco días hábiles posteriores a la fecha de vencimiento.
La Comunicación “A” 7030 del BCRA (modificada por las Comunicaciones “A” 7042, “A” 7052, “A” 7068 y “A” 7079 del BCRA, (la “Comunicación 7030”) estableció, con vigencia a partir del 29 xx xxxx de 2020, que para dar acceso al Mercado de Cambios por las operaciones de compra de moneda extranjera por residentes (tales como, entre otros, pagos de capital e intereses de endeudamientos financieros con el exterior; pagos de títulos de deuda con registro público en el país denominados en moneda extranjera y obligaciones en moneda extranjera entre residentes), excepto aquellas realizadas por personas humanas que correspondan a la formación de activos externos, remisión de ayuda familiar y por operaciones con derivados, y pago xx xxxxxx, constitución de garantías y cancelaciones que correspondan a operaciones de ciertos contratos de cobertura de tasa de interés por las obligaciones de residentes con el exterior, la entidad deberá obtener la conformidad previa del BCRA excepto que cuente con una declaración jurada del cliente.
En dicha declaración jurada el cliente deberá dejar constancia que al momento del acceso al Mercado de Cambios: (i) la totalidad de sus tenencias de moneda extranjera en el país se encuentran depositadas en cuentas en entidades financieras y que no poseía activos externos líquidos disponibles al inicio del día en que solicita el acceso al mercado por un monto superior equivalente a US$ 100.000; en el caso de que el cliente tuviera activos externos líquidos disponibles por un monto superior a US$ 100.000 (o su equivalente), la entidad financiera podrá aceptar una declaración jurada en la que deje constancia que no se excede tal monto al considerar que tales activos: a) fueron utilizados durante esa jornada para realizar pagos exceptuados de las restricciones de acceso al Mercado de Cambios; b) fueron transferidos a favor del cliente a una cuenta de corresponsalía de una entidad local autorizada a operar en cambios; c) son fondos depositados en cuentas bancarias del exterior que se originan en cobros de exportaciones de bienes y/o servicios o anticipos, prefinanciaciones o postfinanciaciones de exportaciones de bienes otorgados por no residentes, o en la enajenación de activos no financieros no producidos para los cuales no ha transcurrido el plazo de cinco días hábiles desde su percepción; d) son fondos depositados en cuentas bancarias del exterior originados en endeudamientos financieros con el exterior y su monto no supera el equivalente a pagar por capital e intereses en los próximos ciento veinte días corridos; y (ii) se compromete a liquidar en el Mercado de Cambios, dentro de los cinco días hábiles de su puesta a disposición, aquellos fondos que reciba en el exterior originados en el cobro de préstamos otorgados a terceros, el cobro de un depósito a plazo o de la venta de cualquier tipo de activo, cuando el activo hubiera sido adquirido, el depósito constituido o el préstamo otorgado con posterioridad al 28 xx xxxx de 2020.
El requisito previsto en (ii) no resultará de aplicación para los egresos que correspondan a:
(1) operaciones propias de la entidad en carácter de cliente; (2) cancelaciones de financiaciones en moneda extranjera otorgadas por entidades financieras locales por los consumos en moneda extranjera efectuados mediante tarjetas de crédito o compra; o, (3) los pagos al exterior de las empresas no financieras emisoras de tarjetas por el uso de tarjetas de crédito, compra, débito o prepagas emitidas en el país.
La entidad interviniente deberá verificar el cumplimiento de los restantes requisitos establecidos para la operación por la normativa cambiaria vigente aplicable a cada concepto involucrado.
Activos externos líquidos son, entre otros, las tenencias de billetes y monedas en moneda extranjera, las disponibilidades en oro amonedado o en barras de buena entrega, los depósitos a la vista en entidades financieras del exterior y otras inversiones que permitan obtener disponibilidad inmediata de moneda extranjera (por ejemplo, inversiones en títulos públicos externos, fondos en cuentas de inversión en administradores de inversiones radicados en el exterior, criptoactivos, fondos en cuentas de proveedores de servicios de pago, etc.).
Además, se establece que no deben considerarse activos externos líquidos disponibles aquellos fondos de reserva o de garantía constituidos en el exterior en virtud de las exigencias previstas en contratos de endeudamiento con el exterior o constituidos como garantía de operaciones con derivados concertadas en el exterior.
Requisitos generales aplicables al pago de deudas financieras
En el caso de acceso al Mercado de Cambios para el pago de deudas financieras o comerciales con el exterior deberá demostrarse, en caso de corresponder, que la operación se encuentra declarada en la última presentación vencida del “Relevamiento de Activos y Pasivos Externos” establecido en la Comunicación “A” 6401 del BCRA (conforme fuera modificada, entre otras, por la Comunicación “A” 6795 del BCRA). Este régimen informativo (creado por la Comunicación “A” 6401, según modificaciones de las Comunicaciones “A” 6410 y “A” 6795 del BCRA, entre otras) reemplazó los anteriores regímenes correspondientes a “Deudas con el Exterior” (Comunicación “A” 3602 del BCRA) e “Inversiones Directas de No Residentes” (Comunicación “A” 4237 del BCRA). La declaración prevista bajo este régimen tiene carácter de declaración jurada.
El régimen de información requiere la declaración de los siguientes activos y pasivos externos: (i) acciones y participaciones de capital; (ii) instrumentos de deuda no negociables; (iii) instrumentos de deuda negociables; (iv) derivados financieros y (v) estructuras, terrenos e inmuebles.
Respecto de las declaraciones correspondientes para el período 2017-2019 inclusive, la periodicidad y tipo de información a suministrar es la siguiente: (a) muestra principal: aplicable a personas respecto de quienes la suma de los flujos de activos y pasivos externos durante el año calendario anterior, o el saldo de activos y pasivos externos a fin de ese año calendario alcance o supere el equivalente a los U$S 50 millones. En este caso, deberán presentar un adelanto trimestral por cada uno de los trimestres del año y una declaración anual (la cual permitirá complementar, ratificar y/o rectificar los adelantos trimestrales realizados); (b) muestra secundaria: aplicable a cualquier persona respecto de la cual la suma de los flujos de activos y pasivos externos durante el año calendario anterior, o el saldo de activos y pasivos externos a fin de ese año calendario se ubique entre el equivalente a U$S 10 millones y U$S 50 millones. Este grupo presentará únicamente una declaración anual; (c) muestra complementaria: aplicable a personas respecto de las cuales la suma de los flujos de activos y pasivos externos durante el año calendario anterior, o el saldo de activos y pasivos externos a fin de ese año calendario se ubique entre el equivalente a U$S 1 millón y U$S 10 millones, quienes deberán realizar una declaración anual pero a través de un formulario simplificado; y (d) personas no incluidas en los puntos anteriores pero que tuvieran deuda con no residentes al final de los años 2018 o 2019: deberán realizar las declaraciones correspondientes para dichos años según el formato simplificado.
Con relación a los datos correspondientes al primer trimestre de 2020, la declaración se regirá por las siguientes pautas: (i) todas las personas con pasivos externos a fin de cualquier trimestre calendario, o que los hubieran cancelado durante ese trimestre, deberán cumplir con el relevamiento; y (ii) aquellos declarantes para quienes el saldo de activos y pasivos externos a fin de cada año alcance o supere el equivalente a los U$S 50 millones, deberán efectuar una presentación anual (la cual permitirá complementar, ratificar y/o rectificar las presentaciones trimestrales realizadas), la cual podrá ser presentada optativamente por cualquier persona jurídica o humana.
Las Normas Cambiarias prohíben el acceso al Mercado de Cambios para el pago de deudas y otras obligaciones en moneda extranjera entre residentes concertadas a partir del 1º de septiembre de 2019. Respecto de las anteriores, se autoriza el acceso al Mercado de Cambios, a su vencimiento, siempre que estén instrumentadas en escrituras o registros públicos. La prohibición para acceder al Mercado de Cambios no alcanza a los pagos de las financiaciones en moneda extranjera otorgadas por entidades financieras locales, incluyendo los pagos por los consumos en moneda extranjera efectuados mediante tarjetas de crédito. Dicha prohibición tampoco alcanza a las emisiones de residentes de títulos de deuda con registro público en el país a partir del veintinueve de noviembre de 2019, denominadas y suscriptas en moneda extranjera y cuyos servicios de capital e intereses sean pagaderos en el país en moneda extranjera, en la medida que la totalidad de los fondos obtenidos hayan sido liquidados en el Mercado de Cambios. No obstante, se dispuso que las entidades financieras y otras emisoras de tarjetas locales deberán contar con la conformidad previa del BCRA para acceder al Mercado de Cambios para realizar pagos al exterior por el uso de tarjetas de crédito, débito o prepagas emitidas en el país a partir del 1° de noviembre de 2019 inclusive, cuando tales pagos se originen, en forma directa o indirecta a través del uso de redes internacionales de pago, ello respecto de las siguientes operaciones: participación en juegos xx xxxx y apuestas de distinto tipo y/o, la transferencia de fondos a cuentas en proveedores de servicios de pago y/o, la transferencia de fondos a cuentas de inversión en administradores de inversiones radicados en el exterior y/o, la realización de operaciones cambiarias en el exterior y/o la adquisición de criptoactivos en sus distintas modalidades.
Respecto de las financiaciones en moneda extranjera otorgada a residentes por bancos locales:
(i) deberán ser liquidadas en el Mercado de Cambios al momento de su desembolso; y (ii) se otorgará acceso al Mercado de Cambios para su cancelación en la medida en que se hubiera cumplido la mencionada obligación.
Otras disposiciones cambiarias
Las Normas Cambiarias establecen, además, la conformidad previa del BCRA para el acceso al Mercado de Cambios por parte de no residentes. Se exceptúan las operaciones de: a) organismos internacionales e instituciones que cumplan funciones de agencias oficiales de crédito a la exportación, b) representaciones diplomáticas y consulares y personal diplomático acreditado en el país por transferencias que efectúen en ejercicio de sus funciones, c) representaciones en el país de tribunales, autoridades u oficinas, misiones especiales, comisiones u órganos bilaterales establecidos por tratados o convenios internacionales, en los cuales la Argentina es parte, en la medida que las transferencias se realicen en ejercicio de sus funciones, d) las transferencias al exterior a nombre de personas humanas que sean beneficiarias de jubilaciones y/o pensiones abonadas por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), por hasta el monto abonado por dicho organismo en el mes calendario y en la medida que la transferencia se efectúe a una cuenta bancaria de titularidad del beneficiario en su país de residencia registrado, e) la compra de billetes en moneda extranjera de personas humanas no residentes en concepto de turismo y viajes por hasta un monto máximo equivalente a U$S 100 en el conjunto de las entidades, en la medida que la entidad haya verificado en el sistema online implementado por el BCRA que el cliente ha liquidado un monto mayor o igual al que desea adquirir dentro de los noventa días corridos anteriores, y f) las transferencias a cuentas bancarias en el exterior de personas humanas que percibieron fondos en el país asociados a los beneficios otorgados por el Estado Nacional en el marco de las Ley Nº 24.043, complementado por la Ley Nº 24.411 y por la Ley Nº 25.914 y disposiciones concordantes.
Se establece la conformidad previa del BCRA para el acceso al Mercado de Cambios por parte de personas jurídicas, gobiernos locales, fondos comunes de inversión, fideicomisos y otras universalidades constituidas en el país, para la formación de activos externos y todo tipo de garantías vinculadas a la concertación de operaciones de derivados. Además, se establece la conformidad previa del BCRA para el acceso al Mercado de Cambios por parte de personas humanas residentes para la constitución de activos externos y todo tipo de garantías vinculadas a la concertación de operaciones de derivados y la remisión de ayuda familiar cuando supere el equivalente de U$S 200 mensuales (y U$S 100 cuando la compra fuere en efectivo) en el conjunto de las entidades autorizadas a operar en cambios y en el conjunto de los conceptos señalados precedentemente. Cuando las sumas adquiridas/transferidas por estos conceptos superen el equivalente de U$S 100 mensuales, las operaciones deberán cursarse con débito a cuentas locales.
De acuerdo con las Noxxxx Xxxxxxxxxx, el contravalor en divisas de exportaciones oficializadas a partir del 2 de septiembre de 2019 hasta alcanzar el valor facturado según la condición de venta pactada deberá ingresarse al país y liquidarse en el Mercado de Cambios en un plazo de entre 15 y 180 días corridos a computar desde la fecha del cumplido de embarque otorgado por la Aduana dependiendo de la posición arancelaria del bien exportado, salvo aquellas operaciones que se concreten en el marco del régimen “Exporta Simple” que deberán ingresarse y liquidarse dentro de los 365 días corridos a computar de la fecha del cumplido de embarque, independientemente del tipo de bien exportado. Independientemente de los plazos máximos precedentes, los cobros de exportaciones deberán ser ingresados y liquidados en el Mercado de Cambios dentro de los cinco días hábiles de la fecha de cobro. Al mismo tiempo, el exportador deberá seleccionar una entidad para que realice el “Seguimiento de las negociaciones de divisas por exportaciones de bienes”. La obligación de ingreso y liquidación de divisas de un permiso de embarque se considerará cumplida cuando la entidad haya certificado tal situación por los mecanismos establecidos a tal efecto.
Las Normas Cambiarias establecen, además, que los cobros de exportaciones de servicios deberán ser ingresados y liquidados en el Mercado de Cambios en un plazo no mayor a los cinco días hábiles a partir de la fecha de su percepción en el exterior o en el país, o de su acreditación en cuentas del exterior.
Según las Normas Cambiarias, la percepción por parte de residentes de montos en moneda extranjera por la enajenación de activos no financieros no producidos a no residentes deberá ingresarse y liquidarse en el Mercado de Cambios dentro de los cinco días hábiles de la fecha de percepción de los fondos en el país o en el exterior o de su acreditación en cuentas del exterior.
Las Normas Cambiarias permiten el acceso al Mercado de Cambios para el pago de importaciones de bienes, estableciendo diferentes condiciones según se trate de pagos de importaciones de bienes que cuentan con registro de ingreso aduanero, o de pagos de importaciones de bienes con registro de ingreso aduanero pendiente. A su vez, dispone el restablecimiento del sistema de seguimiento de pago de importaciones “SEPAIMPO” a los efectos de monitorear los pagos de importaciones, las financiaciones de importaciones y la demostración del ingreso de los bienes al país. Además, el importador local debe designar una entidad financiera local para actuar como banco de seguimiento, que será el responsable de verificar el cumplimiento de la normativa aplicable, incluyendo, entre otros, la liquidación de financiaciones de importación y el ingreso de los bienes importados. Se establece el requisito de conformidad previa del BCRA para el acceso al Mercado de Cambios para pagos de deudas vencidas o a la vista (pendientes al 31 xx xxxxxx de 2019, que no tuvieran pactada una fecha de vencimiento o cuyo vencimiento hubiese operado con anterioridad a dicha fecha) por importaciones de bienes con empresas vinculadas del exterior cuando supere el equivalente a U$S 2 millones mensuales por cliente residente en el mes calendario en curso y en el conjunto de las entidades.
La Comunicación 7030 estableció que, hasta el 31 xx xxxxxx de 2020, para acceder al Mercado de Cambios para la realización de pagos de importaciones de ciertos bienes o la cancelación de principal de deudas originadas en la importación de bienes, se deberá contar con la conformidad previa del BCRA excepto que la entidad cuente con: (a) una declaración jurada del cliente donde deje constancia que el monto total de los pagos asociados a sus importaciones de bienes cursados a través xxx Xxxxxxx de Cambios durante el 2020, incluido el pago cuyo curso se está solicitando, no supera el monto por el cual el importador tendría acceso al Mercado de Cambios al computar las importaciones de bienes que constan a su nombre en el SEPAIMPO y que fueron oficializadas entre el 1º de enero de 2020 y el día previo al acceso al Mercado de Cambios; y (b) la documentación que le permita verificar el cumplimiento de los restantes requisitos establecidos para la operación por la normativa cambiaria.
El requisito previsto en (a) no será de aplicación para (i) el sector público, (ii) las empresas que aun estando constituidas como sujetos de derecho privado estén bajo el control del Estado Nacional, (iii) los fideicomisos constituidos con aportes del sector público nacional, (iv) las personas jurídicas que tengan a su cargo la provisión de medicamentos críticos a pacientes cuando realicen pagos con registro de ingreso aduanero pendiente por ese tipo de bienes a ingresar por solicitud particular por el beneficiario de dicha cobertura médica, (v) la realización de pagos de importaciones con registro aduanero pendiente destinados a la compra de kits para la detección del
coronavirus COVID-19 u otros bienes cuyas posiciones arancelarias se encuentren comprendidas en el listado dado a conocer por el Decreto N° 333/2020 y sus complementarias, (vi) la realización de pagos diferidos o a la vista de importaciones de bienes que correspondan a operaciones que se hayan embarcado a partir del 1° de julio de 2020 o que habiendo sido embarcadas con anterioridad no hubieran arribado al país antes de esa fecha; para los bienes que correspondan a los capítulos 30 y 31 de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM) o sean insumos para la producción local de medicamentos, podrán realizarse los referidos pagos en la medida que se trate de operaciones que se hayan embarcado a partir del 12 xx xxxxx de 2020 o que habiendo sido embarcadas con anterioridad no hubieran arribado al país antes de esa fecha. En el caso de tratarse de insumos para la producción local de medicamentos que encuadrasen en esta situación, la entidad deberá contar con una declaración jurada del cliente donde deje constancia que los productos a importar revisten tal condición; y (vii) la realización de pagos de importaciones con registro aduanero pendiente no comprendidos en los incisos (iv), (v) y (vi) precedentes, en la medida que el monto pendiente de regularización por parte del cliente por pagos semejantes realizados a partir del 1º de septiembre de 2019 no supere el equivalente a U$S 1.000.000, incluido el monto por el cual se solicita el acceso al mercado de cambios. Dicho monto se incrementará al equivalente a U$S 3.000.000 cuando se trate de pagos por la importación de productos relacionados con la provisión de medicamentos u otros bienes relacionados con la atención médica y/o sanitaria de la población o insumos que sean necesarios para la elaboración local de los mismos. La entidad deberá contar con una declaración jurada del cliente donde deje constancia que los productos a importar revisten tal condición.
En el monto total de pagos de importaciones de bienes asociados a las importaciones del cliente deberán también computarse los pagos por cancelaciones de líneas de crédito y/o garantías comerciales que fueron realizados por las entidades en virtud de importaciones del cliente.
El BCRA realizará una verificación continua del cumplimiento de lo previsto a partir de la utilización de la información que dispone respecto a los pagos de importaciones de bienes cursados por el Mercado de Cambios y el detalle de las oficializaciones de importaciones incluidas en el SEPAIMPO.
Posteriormente, mediante la Comunicación “B” 12020 del BCRA se dispuso que los pedidos de conformidad previa para el acceso al Mercado de Cambios por pago de importaciones de bienes cuando sea requerido en virtud de lo dispuesto en las Comunicación “A” 7001, en la Comunicación 7030 y complementarias, deberán realizarse siguiendo el modelo que se establece en el Anexo a dicha comunicación.
Las Normas Cambiarias permiten el acceso al Mercado de Cambios para el giro de divisas al exterior en concepto de pago de dividendos y utilidades a accionistas no residentes, en tanto se cumplan las siguientes condiciones: (i) el monto total de transferencias que se cursen en el Mercado de Cambios a partir del 17 de enero de 2020 no superé el 30% del valor de los nuevos aportes de capital realizados en la empresa residente que hubieran sido ingresados y liquidados a través xxx Xxxxxxx de Cambios a partir de dicha fecha y, a su vez, el monto total abonado a los accionistas no residentes no deberá superar el monto en Pesos que les corresponda según la distribución determinada por la asamblea de accionistas; (ii) el acceso al Mercado de Cambios deberá efectuarse en un plazo no menor a 30 días corridos desde la fecha de liquidación del último aporte de capital que se compute a efectos de determinar el límite del 30% antes mencionado; y (iii) los dividendos deberán corresponder a balances cerrados y auditados. Al momento del acceso se deberá acreditar la capitalización definitiva del aporte o, en su defecto, constancia del inicio del trámite de inscripción del aporte ante el Registro Público de Comercio. En este último caso, se deberá acreditar la capitalización definitiva dentro de los 365 días corridos desde el inicio del trámite.
Adicionalmente, el 28 xx xxxx de 2020, la Comunicación “A” 7030 del BCRA estableció que en las operaciones de clientes que correspondan a egresos por el Mercado de Cambios, las entidades deberán requerir la presentación de una declaración jurada del cliente en la que conste que: a) en el día en que solicita el acceso al mercado y en los 90 días corridos anteriores no ha efectuado ventas de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior; y b) se compromete a no realizar ventas de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior a partir del momento en que requiere el acceso y por los 90 días corridos subsiguientes.
De ser aplicable, se deberá haber cumplido con el relevamiento de activos y pasivos externos por las operaciones involucradas.
RESUMEN DE LOS TERMINOS Y CONDICIONES DE LOS TÍTULOS
Los términos en mayúscula usados en este capítulo y no definidos en la presente tienen el significado asignado en el capítulo “Descripción de los Títulos”.
Emisora Ciudad de Buenos Aires.
Monto del Programa Por un valor nominal de hasta U$S 3.707.376.304,18 o su equivalente en otra u otras monedas.
Moneda de emisión Los Títulos serán denominados en moneda nacional o extranjera, según se establezca en el Suplemento de Prospecto respectivo. Ver el capítulo “Descripción de los Títulos – Generalidades” de este Prospecto.
Moneda de pago de servicios de capital e intereses
Los Títulos serán pagados en moneda nacional o extranjera, según se establezca en el Suplemento de Prospecto respectivo. Ver el capítulo “Descripción de los Títulos – Pago” de este Prospecto.
Amortización Los Títulos se amortizarán de forma íntegra al vencimiento o en cuotas según se establezca en el Suplemento de Prospecto respectivo. Ver el capítulo “Descripción de los Títulos – Generalidades” de este Prospecto.
Tasa de Interés Los Títulos podrán o no devengar intereses. Si fuera el caso, a una tasa fija, variable, mixta o ser emitidos sobre la base de descuento, conforme se establezca en el Suplemento de Prospecto respectivo. Ver el capítulo “Descripción de los Títulos – Generalidades” de este Prospecto.
Precio de Emisión Los Títulos podrán emitirse a la par, con descuento o prima sobre la par, estableciéndose el precio de cada emisión en el Suplemento de Prospecto respectivo. Ver el capítulo “Descripción de los Títulos – Generalidades” de este Prospecto.
Forma de colocación Suscripción directa, bookbuilding o el método de colocación que se informe en el Suplemento de Prospecto respectivo. Ver el capítulo “Plan de distribución” de este Prospecto.
Los Títulos no han sido y no serán registrados bajo la Ley de Valores Negociables de los Estados Unidos, las leyes de valores negociables de ningún estado ni las leyes de valores negociables de cualquier otra jurisdicción (excepto la Argentina) y no podrán ofrecerse ni venderse en los Estados Unidos ni a personas estadounidenses (según se definen en la Reglamentación S) salvo en operaciones exentas de, o no sujetas a, los requisitos de registro de la Ley de Valores Negociables de los Estados Unidos. Por tanto, la Ciudad únicamente ofrecerá y venderá Títulos en operaciones exentas de registro bajo la Ley de Valores Negociables de los Estados Unidos a Compradores Institucionales Calificados o a “inversores institucionales acreditados” (como se define en la Norma 501(a) (1), (2) o (3) conforme la Ley de Valores Negociables de los Estados Unidos) en cumplimiento de la Regla 144A o fuera de los Estados Unidos a personas no estadounidenses en cumplimiento de la Reglamentación S. Sin perjuicio de lo anterior, cada Suplemento de Prospecto detallará los esfuerzos de colocación a realizar en función de las jurisdicciones aplicables.
Destino de los fondos La Ciudad prevé utilizar los fondos provenientes de la emisión de los Títulos bajo el Programa para (i) la realización de inversiones en infraestructura a efectuarse bajo la órbita de diferentes ministerios; (ii) proyectos de inversión inherente a la red de subterráneos de Buenos Aires (iii) la amortización de pasivos; ; y (iv) para otros destinos que
periódicamente determine la Legislatura de la Ciudad para la Clase correspondiente, circunstancia que será informada en el Suplemento de Prospecto respectivo. Ver el capítulo “Destino de los fondos” de este Prospecto.
Ampliaciones La Ciudad se reserva el derecho de emitir oportunamente, con respecto a cualquier Título y sin el consentimiento de los Tenedores, Títulos adicionales, incrementando el monto nominal total de capital
de dicha emisión de Títulos. Ver el capítulo “Descripción de los Títulos
– Emisiones adicionales” de este Prospecto.
Montos adicionales Todos los pagos de capital e intereses se harán libres de toda mención o deducción en concepto de cualquier impuesto, derecho, gravamen u otras cargas gubernamentales establecidos por o dentro de la Argentina o por cualquier autoridad de la misma con facultades impositivas, excepto que la retención o deducción sea exigida por ley. En tal caso, la Ciudad deberá pagar, sujeto a ciertas excepciones y limitaciones, montos adicionales con respecto a dichas retenciones o deducciones para que el tenedor de Títulos reciba el monto que dicho tenedor recibiría en ausencia de dichas retenciones o deducciones, aunque la Ciudad pueda tener la opción de rescatar los Títulos si así fuera especificado en el Suplemento de Prospecto respectivo. Ver el capítulo “Descripción de los Títulos – Montos adicionales” de este Prospecto.
Forma Los Títulos serán nominativos no endosables o escriturales, pudiendo encontrarse representados por uno o más certificados globales o por certificados individuales definitivos, conforme se establezca en el Suplemento de Prospecto respectivo.
Los Títulos que se vendan conforme a la Regla 144A bajo la Ley de Valores Negociables de los Estados Unidos, se emitirán en forma totalmente nominativa sin cupones de interés adheridos. Los Títulos que se vendan fuera de los Estados Unidos a personas no estadounidenses en base a la Regulación S bajo la Ley de Valores Negociables de los Estados Unidos se emitirán en forma totalmente nominativa sin cupones de interés adheridos. Ver el capítulo “Descripción de los Títulos” – Forma e instrumentación” de este Prospecto.
Listado y negociación Se podrá solicitar el listado de los Títulos en BYMA a partir de la fecha de colocación y/o en bolsas de valores autorizadas en nuestro país y su admisión para la negociación en el MAE. Ver el capítulo “Descripción de los Títulos – Listado y negociación” de este Prospecto.
Denominaciones Los Títulos se emitirán y negociarán en las denominaciones que se especifiquen en el Suplemento de Prospecto respectivo y, en todos los casos, los Títulos serán emitidos y negociados en las denominaciones mínimas permitidas o requeridas por la entidad regulatoria pertinente en la jurisdicción o por cualquier ley o regulación aplicable a la Ciudad o a la moneda específica, según sea el caso, sujeto, en todos los casos a cambios aplicables en los requerimientos legales o regulatorios.
Rescate por motivos impositivos Los Títulos podrán ser rescatados, a criterio de la Ciudad, en su
totalidad pero no en parte, previa notificación cursada con al menos 30 y no más de 60 días de antelación a los Tenedores (notificación que será irrevocable), al 100% del monto de capital pendiente de pago de los mismos más los intereses devengados a la fecha de rescate y cualquier otro monto adicional pagadero al respecto a la fecha de rescate si se dieran las condiciones estipuladas en el capítulo “Descripción de Títulos – Rescate por motivos impositivos” de este Prospecto.
Orden de prelación A menos que se especifique de otra manera en el Suplemento de Prospecto respectivo, los Títulos son obligaciones directas, incondicionales, no garantizadas y no subordinadas de la Ciudad que tendrán igual prioridad de pago que toda su otra deuda no garantizada y no subordinada presente y futura pendiente de pago en cualquier momento. Ver el capítulo “Descripción de los Títulos – Orden de prelación” de este Prospecto.
Ley aplicable y jurisdicción Los Títulos se regirán e interpretarán de conformidad con la ley de la
Argentina, y se someterán a la jurisdicción de los Tribunales en lo Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad. Ver el capítulo “Descripción de los Títulos – Ley aplicable y jurisdicción” de este Prospecto.
Asuntos tributarios Los Títulos gozarán de las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia. Ver el capítulo “Asuntos tributarios” de este Prospecto.
Entidad depositaria Caja de Valores S.A. o lo que se establezca en el Suplemento de Prospecto respectivo.
Restricciones a la transferencia Cada emisión de Títulos denominados en una moneda respecto de la
cual se apliquen sus leyes, directivas, regulaciones, restricciones o requerimientos de información particulares, solo será emitida bajo circunstancias que cumplan con dichas leyes, directivas, regulaciones, restricciones o requerimientos de información particulares, vigentes al tiempo de dicha emisión.
Cualquier restricción adicional que pueda aplicarse a una emisión particular de Títulos será especificada en el Suplemento de Prospecto respectivo.
Factores de riesgo Los factores de riesgo se encuentran incluidos en este Prospecto. Ver el capítulo “Factores de riesgo” de este Prospecto.
Términos y condiciones Los términos y condiciones aplicables a cada Título serán acordados
por la Emisora y el Colocador, en su caso, en, o antes de, la fecha de emisión de dicho Título y serán detallados en el Suplemento de Prospecto elaborado con respecto a dichos Títulos. Los términos y condiciones aplicables a cada Título serán acordes con los establecidos en el presente Prospecto según sea complementado, modificado o sustituido por el Suplemento de Prospecto respectivo.
FACTORES DE RIESGO
Los inversores den los Títulos deben leer este documento cuidadosamente y considerar, entre otras cosas, los factores de riesgo relativos a la Ciudad expuestos a continuación, incluyendo aquellos que no se suelen asociar con inversiones en valores negociables de otros emisores soberanos o cuasisoberanos. Dichos factores de riesgo, junto con la totalidad de la información incluida en este Prospecto y en cualquier suplemento o Suplemento de Prospecto debe ser cuidadosamente evaluada antes de invertir en los Títulos. La información de este capítulo incluye declaraciones a futuro que involucran riesgos e incertidumbres. Los resultados finales pueden diferir significativamente de aquellos anticipados en estas declaraciones a futuro como resultado de numerosos factores, incluyendo aquellos descriptos en el capítulo “Información relativa a declaraciones a futuro”.
Riesgos relacionados con la Argentina
Introducción
El Gobierno Nacional ejerció históricamente una influencia significativa sobre la economía del país. Las decisiones gubernamentales en lo económico aún tienen un efecto importante sobre la Argentina, sus provincias y la Ciudad y sobre las condiciones xx xxxxxxx, los precios y, por tanto, sobre los rendimientos de títulos nacionales, provinciales y locales, entre los que se incluyen los Títulos. La economía argentina es también particularmente sensible a los sucesos políticos locales. El valor de los Títulos a su vez puede verse afectados por cambios en la inflación, tasas de interés, tipos de cambio, impuestos, costos laborales, niveles de empleo, inestabilidad social y otros sucesos políticos o económicos.
El desempeño económico de la Ciudad y sus finanzas están sujetas a las condiciones económicas generales del país y pueden verse afectados por distintos acontecimientos que puedan ocurrir, tales como fluctuaciones en las tasas de inflación, tipos de cambio, tasas de interés, cambios en políticas gubernamentales, inestabilidad social y otros sucesos políticos o económicos que sucedan en la Argentina, o que la afecten. Durante los años 2001 y 2002, la Argentina experimentó una severa crisis social, política y económica (la “Crisis Económica del 2001-2002”). Si bien la economía de la Argentina se recuperó sensiblemente desde 2002, aún enfrenta importantes desafíos, entre los que se incluyen la pobreza, recesión económica, un creciente desempleo y altos niveles de inflación. La pandemia generada por el virus Covid-19 (la “Pandemia 2020”) derivará en un aumento de los índices de pobreza y desocupación en un escenario de recesión económica y alta inflación. No podemos asegurar que la economía argentina crecerá o cuándo el país saldrá de la recesión, especialmente en virtud de los eventos recientes como la Pandemia 2020, la cual probablemente tendrá consecuencias adversas que no se pueden estimar en este momento.
La inestabilidad política y económica en la Argentina ha afectado negativamente y puede continuar afectando su situación económica y, por tanto, la situación financiera de la Ciudad.
La economía argentina es particularmente sensible a los acontecimientos políticos locales. Adicionalmente, es vulnerable a situaciones adversas que afectan a sus principales socios comerciales. Una disminución significativa en el crecimiento económico de cualquiera de los principales socios comerciales de la Argentina, como Brasil (que sufrió una severa recesión que estaba superando tenuemente y la Pandemia 2020 agudizó nuevamente), China (que desaceleró su crecimiento económico) o los Estados Unidos (que ve contraerse actualmente su economía), podría tener un efecto significativo adverso en la balanza comercial y afectar negativamente el crecimiento económico de la Argentina y, por lo tanto, podría afectar adversamente la situación financiera de la Ciudad. Por otra parte, una significativa depreciación de las monedas de los socios comerciales o competidores comerciales, en especial Brasil, podría afectar negativamente a la competitividad de la Argentina y por lo tanto afectar negativamente su economía y la situación financiera de la Ciudad.
La economía de la Argentina ha experimentado una volatilidad significativa en décadas recientes, caracterizadas por períodos de bajo o negativo crecimiento, altos y variables niveles de inflación y devaluación de la moneda. Durante 2001 y 2002, la Argentina atravesó un período de severas crisis políticas y económicas. Ello tuvo consecuencias significativas y adversas para la Ciudad. Desde el 2003 hasta el tercer trimestre de 2008, la economía argentina creció a un ritmo
sostenido, incluyendo un aumento del PBI del orden del 8,0% en 2007 y del 6,8% en 2008. En 2009, la economía continuó creciendo a un ritmo menor debido a la desaceleración económica provocada por la crisis económica global que comenzó en el último trimestre de 2008 y continuó durante 2009. El PBI real se incrementó en un 0,9% en el 2009. En 2010 y 2011 se recuperó, creciendo a una tasa anual de 9,1% y 8,9%, respectivamente. En 2012, la economía nacional experimentó una disminución en su tasa de crecimiento, siendo el PBI para dicho año, de acuerdo a cifras provistas por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (“INDEC”), sólo un 1,9% mayor a 2011 sobre bases anualizadas. En 2013, la tasa de crecimiento fue del PBI del 3,0 % sobre bases anualizadas. En 2014 el PBI aumentó un 0,5% y en 2015 un 2,1%, en tanto que, en el 2016, se contrajo un 1,8%, en 2017 creció un 2,7%, en 2018 se redujo un 2,5% y en 2019 de acuerdo al dato preliminar publicado por el INDEC disminuyó un 2,2%. En el pasado, el INDEC ha revisado los datos del PBI a la baja. Así, el 29 xx xxxxx de 2016 INDEC anunció la revisión del año base 2004 y como consecuencia de la revisión de los datos de crecimiento correspondientes al período comprendido entre los años 2005 y 2015, surgió una diferencia de hasta 20 puntos entre las mediciones de la administración Xxxxx y las realizadas durante la gestión que la precedió.
Existe incertidumbre acerca de los niveles de crecimiento de la Argentina y de las medidas que implemente el Gobierno Nacional para atraer o retener inversiones extranjeras y financiamiento internacional, lo que podría afectar adversamente el crecimiento económico del país y, a su vez, afectar la situación financiera de la Ciudad. La economía argentina depende de una serie de factores, incluyendo (pero no limitado) a: (i) la demanda internacional para los principales productos de exportación de la Argentina; (ii) los precios internacionales para los principales commodities de exportación de la Argentina; (iii) la estabilidad y competitividad del Peso con relación a otras monedas y las restricciones cambiarias; (iv) el nivel de consumo interno y de inversión; (v) el financiamiento interno y externo; (vi) shocks económicos externos adversos; (vii) los cambios en las políticas económicas o fiscales que pudiera adoptar el Gobierno Nacional; (viii) disputas laborales y paros, que pueden afectar diversos sectores de la economía argentina; (ix) el nivel de gastos por parte del Gobierno Nacional y la dificultad de disminuir el déficit fiscal incrementado adicionalmente por la Pandemia 2020; (x) el nivel de desempleo, que afecta el consumo, (xi) la inestabilidad política; y (xii) las tasas de interés y de inflación.
La situación política y económica doméstica se ha deteriorado rápidamente en el pasado y puede rápidamente deteriorarse en el futuro, y la Ciudad no puede asegurar que la economía argentina crecerá a niveles satisfactorios. La economía puede verse afectada si las presiones políticas y sociales impiden al Gobierno Nacional implementar políticas diseñadas para mantener la estabilidad de precios, generar crecimiento y mejorar la confianza de consumidores e inversores. Además, ciertas medidas relativas a la economía, incluyendo aquellas relacionadas a la inflación, las tasas de interés, los controles de precios, los controles de cambios y los impuestos han tenido y pueden seguir teniendo, un efecto negativo sobre las emisoras argentinas, incluyendo la Ciudad. La Ciudad no puede asegurar que el desarrollo económico, social y político futuro en la Argentina, sobre el que no tiene control, no afectarán negativamente la condición financiera de la Ciudad, y su capacidad de cumplir con el pago de deudas a su vencimiento, incluyendo los Títulos. Además, el Peso se ha devaluado significantemente en el pasado y puede estar sujeto a fluctuaciones significativas en el futuro y por lo tanto afectar la situación financiera de la Ciudad (véase además las consideraciones de inversión sobre los riesgos generados por las fluctuaciones del tipo de cambio).
La incertidumbre política respecto de las medidas que adoptará el Gobierno Nacional podría afectar las condicionas macroeconómicas, políticas, regulatorias o sociales del país.
Las elecciones generales presidenciales y legislativas en la Argentina tuvieron lugar el 27 de octubre de 2019, y de ellas resultó vencedora la fórmula del Frente de Todos para ocupar los cargos en el Poder Ejecutivo Nacional, compuesta por Xxxxxxx Xxxxxxxxx x Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, quienes asumieron los cargos de presidente y vicepresidente respectivamente, el 10 de diciembre de 2019. En cuanto a los resultados legislativos, el Frente de Todos logró conservar la mayoría en la Cámara de Senadores, mientras que en la Cámara de Diputados no existe una fuerza política preponderante. La incertidumbre política respecto de las medidas que adoptará el Gobierno Nacional podría causar volatilidad en los precios xxx xxxxxxx de los valores negociables de las emisoras argentinas.
La nueva administración asumida el 10 de diciembre de 2019 enfrenta desafíos singulares en materia macroeconómica, tales como, entre otros, reducir la tasa de inflación, alcanzar superávit
comercial y fiscal, acumular reservas, contener el tipo de cambio, refinanciar la deuda con los acreedores privados y mejorar la competitividad de la industria local a partir de las distintas variables que la afectan (incluyendo el brote del virus SARS COV-2 que afecta severamente el contexto económico). Es difícil predecir el impacto que tendrán las medidas que el gobierno tomó hasta la fecha y/o que podría tomar adicionalmente. La incertidumbre existente en relación con las medidas que deberá adoptar el gobierno con respecto a la economía podría, adicionalmente, conducir a la volatilidad de los precios xxx xxxxxxx de valores de emisoras locales, incluyendo los Títulos. A la fecha de emisión del presente Prospecto, la Ciudad no puede asegurar el impacto que tendrá el préstamo suscripto con el FMI, ni el proceso de reestructuración de la deuda pública nacional ni de las medidas adoptadas por el actual Gobierno Nacional para contener la inflación y el tipo de cambio, entre otras. Estos eventos pueden afectar adversamente la economía de la Ciudad y su habilidad para cumplir con las deudas pendientes, incluyendo los Títulos. Además, los intereses de la Ciudad pueden a veces no coincidir con los del Gobierno Nacional o los de las provincias. Por consiguiente, la Ciudad no puede garantizar a los inversores que las decisiones o medidas adoptadas por el Gobierno Nacional no tendrán un efecto adverso en la economía de la Ciudad y en su capacidad para cumplir con su deuda pendiente, incluyendo los Títulos. El Gobierno Nacional podrá implementar cambios en la política y regulaciones actuales o mantenerlas existentes. No podemos asegurar que estos acontecimientos no afectarán las condiciones económico-financieras, regulatorias, políticas o sociales del país y, en consecuencia, la situación financiera de la Ciudad y su capacidad de cumplir sus compromisos bajo los Títulos.
Las fluctuaciones en el valor del Peso pueden afectar negativamente la economía argentina y la situación financiera de la Ciudad y su capacidad para cumplir con el pago de sus deudas, incluyendo sus obligaciones de pago bajo los Títulos.
El valor del Peso ha fluctuado significativamente en el pasado y puede seguir haciéndolo en el futuro. Desde el fin de la paridad Peso-Dólar en enero de 2002 bajo la Ley N° 25.561 (la “Ley de Emergencia Pública”), el valor del Peso ha fluctuado significativamente. Como resultado de ello, el BCRA ha adoptado diversas medidas para estabilizar el tipo de cambio y preservar sus reservas. La fuerte devaluación del Peso en el 2002 tuvo un impacto negativo en la capacidad del Gobierno Nacional y las entidades argentinas de honrar su deuda denominada en moneda extranjera; inicialmente esto condujo a una tasa muy alta de inflación y tuvo un impacto negativo en los negocios cuyo éxito depende de la demanda xxx xxxxxxx local. El Peso perdió un 12,2% de su valor con respecto al Dólar en 2012, un 24,4% en 2013, un 23,5% en 2014, un 35,6% en 2015,
un 17,3% en 2016, un 14,8% en 2017, un 51,6% en 2018 y un 38,7% en 2019. Desde el fin de la paridad Peso-Dólar, en repetidas oportunidades el BCRA ha intervenido en el mercado cambiario vendiendo Dólares para evitar mayores devaluaciones del Peso. Dichas intervenciones disminuyeron las reservas internacionales del BCRA. La Ciudad no puede predecir el valor futuro del Peso respecto xxx Xxxxx u otras divisas.
Como consecuencia de la imposición de controles cambiarios, la brecha entre el tipo de cambio oficial y el valor de la realización de algunas operaciones xx xxxxxxx de capitales empleadas para la obtención de Dólares (Dólar “MEP” o “contado con liquidación”) se ha ampliado significativamente, alcanzando aproximadamente un 90% durante el primer semestre de 2020.
Si el Peso se continuara depreciando significativamente, todos los efectos negativos en la economía argentina relacionados con tal depreciación pueden repetirse. Por otro lado, un incremento sustancial en el valor del Peso frente al Dólar también presenta riesgos para la economía nacional ya que puede conducir a un deterioro de las exportaciones del país, afectando negativamente la balanza de cuenta corriente y la balanza de pagos. En cualquiera de los dos casos, podría tener consecuencias negativas para la situación financiera de la Ciudad y su capacidad para cumplir con el pago de sus deudas, incluyendo sus obligaciones de pago bajo los Títulos.
La inflación ha aumentado significativamente en los últimos años, y podría continuar aumentando en el futuro, lo que podría tener un efecto negativo significativo en la economía argentina en general, en la situación financiera de la Ciudad y su capacidad para cumplir con el pago de sus deudas, incluyendo sus obligaciones de pago bajo los Títulos.
En el pasado, la Argentina experimentó períodos con altos índices inflacionarios. La inflación ha venido creciendo desde 2005 y se ha mantenido relativamente elevada desde entonces. No puede garantizarse que el índice de inflación no será mayor en el futuro.
En febrero de 2014, se publicó un nuevo índice de precios al consumidor, el Índice de Precios al Consumidor Nacional Urbano (“IPCNu”), con el fin de mejorar la precisión de las estadísticas de evolución de precios en la economía nacional. El IPCNu forma parte de un conjunto de índice de precios que permite el seguimiento de las variaciones en diversos precios de la economía (mayoristas, productos básicos y costos de la construcción, entre otros), considerando información sobre precios de todas las provincias. El IPCNu se incrementó un 11,9% en el período de enero a octubre de 2015 (el INDEC no ha informado mediciones para noviembre y diciembre de 2015); y un 23,9% en 2014. Según el IPCBA, la inflación fue del 38,0% en el 2014 y de 26,9% en el 2015. En el pasado, ha habido una disparidad significativa entre los índices de inflación publicados por el INDEC y los mayores índices de inflación estimados por consultoras privadas.
El 8 de enero de 2016, el Gobierno Nacional emitió el Decreto N° 55/2016 declarando el estado de emergencia administrativa del sistema estadístico nacional y del INDEC hasta el 31 de diciembre de 2016 (el cual no fue renovado). Durante el estado de emergencia, el INDEC suspendió la publicación de ciertos datos estadísticos (relativos a precios, pobreza, desempleo y PBI) hasta que se reorganizara su estructura técnica y administrativa para recuperar su capacidad de generar información estadística suficiente y confiable. Como consecuencia de los sucesos mencionados, no se informaron índices de inflación para todo 2015 porque no se publicó el IPCNu. Como alternativa al IPCNu, las autoridades sugirieron el uso de otros índices alternativos publicados por la Ciudad (IPCBA) y la Provincia de San Xxxx, que registraron un incremento anual del 26,9% y del 31,6% en 2015, respectivamente. La publicación del índice IPC para la Ciudad y el Gran Buenos Aires se reanudó en junio de 2016 y se informaron estadísticas de inflación mensual a partir de 2016. Teniendo en cuenta esto, la variación del IPC xx xxxx a diciembre de 2016 fue del 16,9% y, como alternativa, los índices publicados por la Provincia de San Xxxx y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de enero x xxxxx de 2016 representaron un incremento del 13,9% y del 19,2%, respectivamente. A partir de julio de 2017, el INDEC publica el índice de precios al consumidor nacional (“IPC Nacional”) mensual regularmente. El IPC Nacional registró un incremento del 24,8% en 2017, del 47,6%, en 2018 y del 53,8% en 2019. Los esfuerzos para reducir el índice de inflación no lograron los resultados deseados. En los primeros seis meses de 2020 la inflación fue de 13,6% y acumula en los últimos 12 meses un aumento del 42,8% (conforme al IPC Nacional, publicado por el INDEC). Anteriormente, la inflación deterioró notablemente a la economía de la Argentina y menoscabó la capacidad del Gobierno Nacional para crear condiciones que permitan el crecimiento. Un ambiente inflacionario daña la competitividad argentina en el exterior al diluir los efectos de la depreciación del Peso, con iguales consecuencias negativas sobre el nivel de actividad económica y empleo. La inflación sigue siendo un desafío dada su persistencia en la economía argentina. Si las medidas que adopte la administración actual no logran resolver los desarreglos inflacionarios estructurales de la Argentina, los niveles inflacionarios actuales podrían subsistir o, inclusive, continuar con tendencias alcistas. La incertidumbre sobre la futura inflación y la capacidad de negociar e implementar acuerdos de precios pueden tener un efecto negativo en el crecimiento económico nacional y, como resultado, en la situación financiera de la Ciudad. Además, una porción de la deuda pendiente de pago del Gobierno Nacional se ajusta por referencia al Coeficiente de Estabilización de Referencia. Por lo tanto, cualquier incremento significativo de los índices de inflación podría aumentar la deuda nacional pendiente de pago y, en consecuencia, afectar en forma adversa la situación patrimonial de la Argentina ejerciendo un efecto negativo en el crecimiento económico nacional y como resultado en la situación financiera de la Ciudad y su capacidad para cumplir con el pago de sus deudas, incluyendo sus obligaciones de pago bajo los Títulos.
Los controles de cambios y las restricciones al ingreso y egreso de capitales han limitado y es esperable que continúen limitando la disponibilidad de crédito internacional, la liquidez en el mercado de bonos de entidades argentinas y la capacidad de efectuar pagos de deuda denominada en moneda extranjera, incluyendo los Títulos.
En 2001 y en la primera mitad de 2002, la Argentina experimentó un retiro masivo de depósitos del sistema financiero en un corto período de tiempo, lo que precipitó una crisis de liquidez en el sistema financiero local e instó al Gobierno Nacional a imponer controles de cambio y restricciones a la capacidad de los depositantes para retirar sus depósitos. Si bien la situación del sistema financiero local ha mejorado significativamente desde entonces, las restricciones al retiro de depósitos se han eliminado y los depósitos en Dólares a lo largo de los últimos años han aumentado considerablemente –si bien en los últimos meses su nivel ha disminuido-, no puede
garantizarse que ciertas circunstancias económicas y/o políticas y/o financieras no desencadenen nuevamente un retiro masivo de depósitos de los bancos, originando problemas de liquidez y solvencia en las entidades financieras, resultando en una contracción del crédito disponible y en la imposición de similares u otras medidas cambiarias.
En junio de 2005 el Gobierno Nacional adoptó ciertas medidas y reglamentaciones que fijaron restricciones al ingreso de capitales. Entre éstas, se incluyó el requisito de constituir un depósito no remunerativo en Dólares equivalente al 30% de los fondos correspondientes a ciertos ingresos de capitales en la Argentina, y la creación del “Programa de Consulta de Operaciones Cambiarias”, un sistema mediante el cual se efectuaba una evaluación en tiempo real por cada operación a fin de analizar su consistencia con la información fiscal de cada comprador de divisas y de validar cada operación. Desde su xxxxxxxx, la gestión del ex presidente Xxxxxxxx Xxxxx eliminó sustancialmente todas las restricciones cambiarias que se implementaron bajo la administración anterior. Así, a lo largo de los dos primeros años de gobierno, se introdujeron modificaciones en la normativa cambiaria en cuestiones referidas al régimen aplicable a los ingresos y egresos de divisas a través xxx Xxxxxxx de Cambios, eliminando el depósito no remunerativo y suprimiendo el plazo mínimo de permanencia de ciertos ingresos de divisas al país. No obstante ello, el 1º de septiembre de 2019, ante diversos factores que impactaron en la evolución de la economía doméstica y en los mercados financieros, y en respuesta a la inquietud del Gobierno Nacional acerca de la inestabilidad cambiaria general y la incertidumbre generada en el marco del proceso eleccionario en ese momento en curso, el Gobierno Nacional dictó el Decreto 609 que junto con las Normas Cambiarias estableció, hasta el 31 de diciembre de 2019, entre otras medidas, la prohibición de acceder al Mercado de Cambios para el pago de deuda y otras obligaciones en moneda extranjera entre residentes concertadas a partir del 1º de septiembre de 2019. La Comunicación “A” 6854 del BCRA estableció que las normas que integran el texto ordenado difundido por la Comunicación “A” 6844 del BCRA, y sus complementarias, que no correspondan a la obligación de ingreso y/o negociación en el Mercado de Cambios de los cobros de exportaciones de bienes y servicios, se mantendrán en vigor a partir del 31 de diciembre del 2019, lo cual fue ratificado en materia de obligación de ingreso al país de divisas y/o negociación en el Mercado de Cambios de cobros de exportaciones de bienes y servicios por la Comunicación “A” 6856 del BCRA, en forma concordante con lo dispuesto por el Decreto N° 91/2019. Para más información sobre los controles de cambio recientemente impuestos por el Gobierno Nacional, ver el capítulo “Tipos de cambio y control de cambios-Regulación del cambio de divisas” del presente Prospecto.
La Ciudad no puede asegurar que ni el Gobierno Nacional ni el BCRA en un futuro próximo impongan nuevos controles de cambio o restricciones al traslado de capitales más estrictos que los vigentes, como así también que no modifiquen y adopten otras medidas que podrían limitar la capacidad de la Ciudad de acceder al mercado de capitales internacional. Controles cambiarios más estrictos pueden ocasionar un efecto adverso en la economía nacional y en la situación financiera de la Ciudad si ellos se impusieran en un ambiente económico en que el acceso al capital fuera más dificultoso. No se puede otorgar seguridad alguna de que el BCRA no mantendrá o impondrá mayores restricciones para el acceso al Mercado de Cambios para los ingresos y egresos de capitales al exterior, lo que podría tener un efecto negativo sobre la situación financiera de la Ciudad, y eventualmente afectar su capacidad de efectuar pagos bajo los Títulos.
El mercado financiero y la economía argentina pueden verse negativamente afectados por el deterioro de otros mercados globales y puede afectar la capacidad de la Ciudad para efectuar pagos de su deuda denominada en moneda extranjera, incluyendo los Títulos.
Los mercados bursátiles y financieros de la Argentina están influenciados, en diferente medida, por las situaciones económicas y xx xxxxxxx de otros mercados globales. Si bien las condiciones económicas varían de un país a otro, la percepción que los inversores tienen de los hechos que acontecen en un país puede afectar significativamente el flujo de capitales hacia otros países, incluida la Argentina, así como los valores negociables de emisoras de tales países. Además, la economía argentina podría verse afectada, por acontecimientos que tengan lugar en economías desarrolladas que sean sus socios comerciales, o que tengan impacto en la economía global. Las fluctuaciones en la cotización de los valores negociables en las principales bolsas mundiales, la desaceleración económica mundial, las fuertes fluctuaciones en el precio del petróleo (que el 20 xx xxxxx de 2020 se negoció en sus precios mínimos históricos, causados principalmente por la falta de demanda por la Pandemia 2020 y las diferencias sobre su precio entre Arabia Saudita y Rusia) y una abrupta caída del precio de otros commodities constituyen factores que tendrían un impacto
negativo sobre la situación financiera de la Ciudad, y eventualmente afectar su capacidad de efectuar pagos bajo los Títulos..
La economía internacional muestra señales contradictorias de crecimiento global, lo cual lleva a una considerable incertidumbre financiera. Cuando las tasas de interés aumentan significativamente en las economías desarrolladas, incluidos los Estados Unidos, a las economías de los mercados emergentes, entre ellos la de Argentina, les podría resultar más dificultoso y costoso tomar préstamos de capital y refinanciar la deuda actual, lo cual afectaría en forma negativa su crecimiento económico. Hay además una incertidumbre a nivel global acerca del grado de recuperación económica de los Estados Unidos, sin señales positivas sustanciales de otros países desarrollados. Más aún, los desafíos recientes que enfrenta la Unión Europea, han tenido y pueden seguir teniendo implicancias internacionales que afecten la estabilidad de los mercados financieros globales, que perturban las economías en todo el mundo.
Por otro lado, y como resultado del referéndum del 23 xx xxxxx de 2016, el gobierno británico anunció la salida xxx Xxxxx Unido de la Unión Europea, proceso que se estimaba finalizaría hacia mediados de 2019, lo que no aconteció ante el rechazo del acuerdo de salida por el Parlamento xxx Xxxxx Unido y que llevó a que se renegociara un nuevo acuerdo celebrado el 17 de octubre de 2019, que dispuso la salida xxx Xxxxx Unido de la Unión Europea el 31 de enero de 2020. Esta decisión xxx Xxxxx Unido ha causado y se prevé que seguirá causando serias incertidumbres e inestabilidad en los mercados financieros, que a su vez podrían afectar al país y al precio de negociación de los Títulos. Dichas incertidumbres podrían tener un efecto adverso significativo sobre la situación financiera de la Ciudad, y eventualmente afectar su capacidad de efectuar pagos bajo los Títulos.
La administración de los Estados Unidos ha mostrado cierta inclinación a la implementación de mayores controles al libre comercio, en general, y a la inmigración, generando incertidumbre global por sus diferencias comerciales con China. Los eventuales cambios en las condiciones sociales, políticas, regulatorias y económicas en los Estados Unidos o en las leyes y políticas que rigen el comercio internacional podrían generar incertidumbre en los mercados internacionales y podrían tener un efecto negativo en mercados económicos emergentes.
De otro lado, la irrupción de una epidemia generada por el virus SARS CoV-2 en China a fines de 2019, que luego se expandió por Irán, Japón, Estados Unidos, Italia, España, Francia, Alemania, entre muchos otros, que fue calificada como pandemia por la Organización Mundial de la Salud el 11 xx xxxxx de 2020, alcanzando en pocos meses a más de 200 países, áreas o territorios de los cinco continentes. Esta pandemia afectó severamente el funcionamiento de los mercados financieros que alcanzó caídas del orden del 30% -si bien luego se recuperaron- y afectará seguramente la economía real. Ver el apartado “Factores de riesgo—Riesgos relacionados con la Argentina—Los brotes de infecciones o enfermedades transmisibles u otras pandemias de salud pública, como el reciente brote del virus SARS CoV-2 que actualmente se experimenta en todo el mundo, han impactado y pueden afectar aún más los mercados y la economía global y local y podrían tener un efecto significativo adverso en la situación financiera de la Ciudad”. La ocurrencia de crisis o volatilidad en otros mercados puede ocasionar un impacto sustancial adverso en la economía de la Argentina y en el precio de los valores negociables de las emisoras argentinas, incluyendo los Títulos, como ha ocurrido en el pasado. Además, la contracción económica mundial y la consecuente inestabilidad del sistema financiero internacional han tenido y podrían continuar teniendo un efecto negativo sobre la economía nacional y, por tanto, afectar la condición financiera de la Ciudad y su capacidad de cumplir los compromisos establecidos en los Títulos.
De no lograrse una modificación de los términos del acuerdo con el FMI y renegociar condiciones con los tenedores privados de deuda pública, ello podría afectar la capacidad del Gobierno Nacional de implementar reformas y políticas públicas e impulsar el crecimiento económico y, en última instancia, podría implicar que se declare el default de la deuda afectando la capacidad de la Ciudad para cumplir con su deuda.
Ante la limitación en el acceso a los mercados internacionales y la tendencia a la depreciación del Peso el Gobierno Nacional celebró un acuerdo con el FMI mediante el cual éste otorgó un préstamo standby a la Argentina por un monto inicial de hasta U$S 50.000 millones por un plazo de hasta tres años (el “SBA”). El SBA fue aprobado por el Directorio Ejecutivo del FMI el 20 xx xxxxx de 2018, junto con el plan fiscal y económico propuesto por la Argentina. En los términos
del SBA, el 21 xx xxxxx de 2018 el FMI efectuó el primer desembolso por un importe de U$S
15.000 millones, a fin de fortalecer la posición financiera, cambiaria y fiscal de la Argentina. El 26 de octubre de 2018, el Directorio Ejecutivo del FMI concluyó la primera revisión del desempeño económico de la Argentina en virtud del SBA y otorgó un segundo desembolso por aproximadamente U$S 5.600 millones. El Directorio Ejecutivo también aprobó una ampliación del SBA que incrementó el acceso al crédito por un monto de hasta aproximadamente U$S 56.300 millones. Durante diciembre de 2018, el FMI otorgó un tercer desembolso por un monto de U$S 7.600 millones y en abril de 2019 otorgó el cuarto desembolso por un monto de aproximadamente U$S 10.800 millones, en tanto que en junio de 2019 el Directorio Ejecutivo aprobó el otorgamiento xxx xxxxxx desembolso por un monto de aproximadamente U$S 5.400 millones, lo que elevó los desembolsos totales desde junio de 2018 hasta la fecha a aproximadamente U$S 44.100 millones. A principios de septiembre de 2018, el Gobierno Nacional anunció un paquete de medidas alineadas con el SBA renegociado con el FMI, que tenía como ejes el cambio en la política fiscal, a través de la reducción del gasto público y el aumento de la recaudación para lograr “equilibrio fiscal” en 2019.
El Gobierno Nacional implementó también modificaciones en la política monetaria y cambiaria, restringiendo la emisión de Pesos, disminuyendo así la presión sobre la moneda extranjera. Sin embargo, a pesar de todas las medidas adoptadas, como consecuencia de la situación económica, el FMI no desembolsó el monto previsto para septiembre de 2019. Sumado a ello, a partir del último cuatrimestre de 2019, el mercado internacional ha empezado a dudar de la sustentabilidad de la deuda argentina. Por tal motivo, los indicadores de riesgo país se incrementaron, oscilando actualmente en alrededor de 2.100 puntos básicos, causando una depreciación de los bonos nacionales. En forma adicional, la deuda externa argentina pasó a representar de 13,9% del PBI a fines de 2015 a 42,4% del PBI en el segundo trimestre de 2019.
De su lado, la Ley Nº 27.541 (la “Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva”), sancionada el 23 de diciembre de 2019, facultó al Poder Ejecutivo Nacional a llevar adelante las gestiones y los actos necesarios para recuperar y asegurar la sostenibilidad de la deuda pública de la Argentina. Además, el 12 de febrero de 2020, a través del Decreto N° 141/2020, el Poder Ejecutivo Nacional estableció algunas medidas para continuar con el procedimiento de re- perfilamiento: (a) postergar el plazo para el pago de los Bonos de la Nación Argentina en Moneda Dual Vencimiento 2020 al 30 de septiembre de 2020; y, (b) interrumpir el devengamiento de intereses, no interrumpiendo el pago de los intereses ya devengados de acuerdo a los términos y condiciones originales. El artículo 1° de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social. Dicha declaración de emergencia contempló, entre las bases de la delegación propiciada en su artículo 2°, la creación de condiciones para asegurar la sostenibilidad de la deuda pública, que deberá ser compatible con la recuperación de la economía productiva y con la mejora de los indicadores sociales básicos. A su vez facultó al Poder Ejecutivo Nacional a llevar adelante las gestiones y los actos necesarios para recuperar y asegurar la sostenibilidad de la deuda pública. En aras de alcanzar el fin perseguido, el Gobierno Nacional consideró necesario crear condiciones que transitoriamente permitan recomponer el programa financiero, comenzando por los compromisos de corto plazo, mediante la prórroga inmediata de sus vencimientos. Así, el Decreto Nº 49/2019 postergó al 31 xx xxxxxx de 2020 las obligaciones de pago de amortizaciones correspondientes a las “Letras xxx Xxxxxx en Dólares Estadounidenses (LETES U$D)”, el Decreto Nº 141/2020 postergó al 30 de septiembre de 2020 el pago de la amortización correspondiente a los “Bonos de la Nación Argentina en Moneda Dual Vencimiento 2020”, a la vez que se ha interrumpido el devengamiento de los intereses. El Decreto de Necesidad y Urgencia Nª 346/2020 que, entre otras, (a) prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2020 el Decreto N° 668/2019 con el fin de ejecutar las acciones secuenciales que permitan alcanzar la sostenibilidad de la deuda pública de manera integral; (b) difirió los pagos de los servicios de intereses y amortizaciones de capital de la deuda pública nacional instrumentada mediante títulos denominados en Dólares bajo ley de la Argentina hasta el 31 de diciembre de 2020 o hasta la fecha anterior que el Ministerio de Economía determine considerando el grado de avance y ejecución del proceso de restauración de la sostenibilidad de la deuda pública; (c) exceptuó del diferimiento dispuesto a ciertos títulos públicos que, por sus características específicas, justificarían la razonabilidad de tales excepciones, estableciendo que los pagos de los servicios de intereses y amortizaciones de capital de algunos de los títulos exceptuados del diferimiento serán reemplazados, a la fecha de su vencimiento, por nuevos títulos públicos cuyas condiciones serán definidas, en conjunto, por la Secretaría de Finanzas y la Secretaría de Hacienda, ambas
dependientes del Ministerio de Economía y, (d) autorizó al Ministerio de Economía a efectuar las operaciones de administración de pasivos y/o canjes y/o reestructuraciones de los títulos cuyos pagos se difieren.
En ese orden de ideas, el 17 xx xxxxx de 2020, el Gobierno Nacional presentó su propuesta de canje a ciertos tenedores de sus bonos denominados en Dólares, Euros y Francos Suizos regidos por una ley extranjera por un monto máximo de U$S 44,5 mil millones y de € 17,6 mil millones (la “Propuesta”). La Propuesta sigue las pautas establecidas en el Decreto N° 250/2020 y la Resolución N° 130/2020 del Ministerio de Economía, a través de los cuales la República (i) solicitó a la Securities and Exchange Comission de los Estados Unidos de América, la registración para realizar una oferta publica por U$S 00.000.000.000 (o su equivalente en otras monedas); (ii) estableció el monto nominal máximo de títulos públicos por ella emitidos sujetos a reestructuración; (iii) autorizo el establecimiento prorrogas de jurisdicción en tribunales de Nueva York, Londres y/o Tokio y dispuso que la renuncia de la República a oponer la defensa de inmunidad soberana seria exclusivamente respecto de reclamos que se pudieran producir en las jurisdicciones que se prorroguen, con relación a las operaciones de crédito público que la República realice, los contratos que la República suscriba y los nuevos títulos que la República emita. Los bonos a reestructurar son 21, por un valor nominal de U$S 66.238 millones, por los que se ofrecen diez nuevos bonos, cinco denominados en Dólares y cinco denominados en Euros. Los 21 bonos que se ofrece canjear están divididos a su vez en diez grupos (cinco en Dólares y cinco en Euros). Para cada grupo de los bonos que se propone canjear se ofrece uno de los nuevos bonos, diseñados en línea con el rendimiento de los bonos actualmente en circulación y un recorte de valor. Los tenedores de los distintos grupos de bonos pueden elegir el bono nuevo diseñado en la misma línea o alguno de los otros, pero con ciertas limitaciones.
El 22 xx xxxx de 2020, la Argentina entró en default luego de no realizar el pago de U$S 503 millones de intereses de tres bonos globales emitidos en moneda extranjera y bajo ley extranjera dentro del plazo xx xxxxxx de 30 días corridos desde su vencimiento el cual había acaecido el 22 xx xxxxx de 2020. A su vez, el 13 xx xxxxx de 2020 el Ministro de Economía de la Nación solicitó a los miembros del Club de Paris posponer por un año el pago de U$S 2.100 millones cuyo vencimiento operó el 5 xx xxxx 2020. A la fecha del presente Prospecto, si bien el Club de Paris se ha mostrado receptivo a reprogramar el pago solicitado por el Gobierno Nacional; aún no ha hecho pública la aceptación a dicha solicitud.
Si bien la oferta de reestructuración vencía a los 20 días de presentada (8 xx xxxx de 2020) fue prorrogada en distintas oportunidades hasta el 24 xx xxxxxx de 2020, a las 17 (hora de la Ciudad de Nueva York), en la que se comunicó haber alcanzado un acuerdo con los tres principales grupos de acreedores que aglutinan una porción sustancial de los títulos a reestructurar, y anuncio de resultados el 28 xx xxxxxx de 2020, salvo que se extienda por un periodo adicional o que se finalice en forma anticipada.
Asimismo, numerosas provincias se encuentran actualmente en proceso de negociación con sus respectivos acreedores con el objeto de reestructurar su deuda y recuperar la sostenibilidad de la misma.
El 16 de julio de 2020, el Gobierno Nacional presentó al Congreso Nacional un proyecto xx xxx que establece los términos de su propuesta de reestructuración de la ley argentina que rige los títulos públicos denominados en Dólares. El 4 xx xxxxxx de 2020, el Congreso promulgó la Ley Nº 27.556, que aprueba la propuesta de reestructuración en los términos presentados por el Gobierno Nacional. En virtud de esta ley, la Argentina ofrecerá a los tenedores de títulos públicos denominados en Dólares regidos por legislación argentina condiciones de reestructuración equitativas a la luz de los términos de la Propuesta, según se modifique periódicamente. Los tenedores que no ofrezcan sus bonos en la reestructuración propuesta tendrán los pagos de dichos bonos diferidos hasta el 31 de diciembre de 2021.
Por lo demás, el nivel de las reservas internacionales depositadas en el BCRA decreció significativamente de U$S 77.481 millones el 9 xx xxxxx de 2019 a U$S 43.302 millones al 7 xx xxxxxx de 2020. Por otra parte, los términos de repago del SBA con el FMI son muy exigentes, no pudiendo predecir una refinanciación o extensión de plazos de dicho acuerdo. No podemos predecir con exactitud qué medidas se adoptarán para cumplir el SBA celebrado con el FMI o sus
consecuencias sobre la economía argentina en general y si ello pudiera generar un cambio adverso en nuestra capacidad para cumplir nuestras obligaciones en virtud de los Títulos.
A la fecha del presente Prospecto, existe incertidumbre respecto a si el Gobierno Nacional tendrá éxito en la renegociación de la deuda con el FMI, si su propuesta de canje de la deuda regida por ley extranjera será aceptada y si la renegociación con los tenedores privados de deuda pública regida por la ley local será exitosa. En tal sentido, la Argentina podría ver complicada su acceso al mercado internacional de capitales en los próximos años. Las potenciales consecuencias de la falta de éxito son poco claras, pero podrían afectar negativamente la capacidad del Gobierno Nacional de emitir títulos de deuda u obtener términos favorables cuando surja la necesidad de acceder a los mercados de capitales internacionales, hasta inclusive podría decretarse el default de la deuda y, en consecuencia, la capacidad de acceso a estos mercados de la Ciudad también podría ser limitada, y ello podría generar un cambio adverso en su capacidad para cumplir sus obligaciones en virtud de los Títulos.
Ciertos riesgos son inherentes a una inversión en una entidad que opera en un mercado emergente como lo es la Argentina
Argentina es una economía xx xxxxxxx emergente, y la inversión en los mercados emergentes generalmente conlleva riesgos. Estos riesgos incluyen la inestabilidad política, social y económica que pueden afectar los resultados económicos de la Argentina que se derivan de varios factores, incluyendo (i) altas tasas de interés; (ii) cambios bruscos en los valores de las divisas; (iii) altos niveles de inflación; (iv) control de cambios; (v) controles de salarios y precios; (vi) regulaciones para importar equipos y otras necesidades relevantes para las operaciones; (vii) cambios en las políticas económicas o fiscales, y (viii) tensiones políticas y sociales. Cualquiera de estos factores, así como la volatilidad de los mercados de capitales, puede afectar adversamente la condición financiera de la Ciudad o su liquidez, como así también los mercados de valores negociables y consecuentemente el valor de los títulos emitidos por la Ciudad.
La administración que gobernó desde el 10 de diciembre de 2007 al 10 de diciembre de 2015, incrementó la intervención del estado en la economía, incluso a través de medidas de expropiación y estatización, controles de precios y controles de cambio. Las expropiaciones, los controles de precios, los controles de cambio y otras medidas de intervención directa de la administración anterior en la economía tuvieron un impacto adverso sobre el nivel de inversión en la Argentina, el acceso de entidades argentinas a los mercados internacionales de capitales y las relaciones comerciales y diplomáticas de la Argentina con otros países. Las demás acciones realizadas por el Gobierno Nacional en el pasado en relación con la economía, incluidas las decisiones relativas a tasas de interés, impuestos, controles de precios, propuestas de expropiación de empresas, aumentos de salarios, prestación de beneficios adicionales para empleados, controles de cambio y potenciales cambios en el mercado de cambios, han tenido y podrían continuar teniendo un efecto sustancial adverso sobre el crecimiento de la economía argentina y, en consecuencia, afectar adversamente la situación financiera de la Ciudad. Además, cualquier política adicional del Gobierno Nacional para prevenir conflictos sociales o en respuesta a conflictos sociales podría afectar adversa y sustancialmente la economía y, por lo tanto, la situación financiera de la Ciudad.
El acceso a los mercados de capitales internacionales por la Ciudad y el precio xx xxxxxxx de los Títulos se ve influenciado por la percepción de riesgo sobre la Argentina y otras economías emergentes.
De acuerdo a un informe xx Xxxxxx Xxxxxxx Capital Investment, la Argentina es considerada un “mercado emergente” desde mayo de 2019. Las condiciones económicas y xx xxxxxxx en la Argentina y en otros países emergentes, en especial los de América Latina, ejercen su influencia sobre el mercado de valores negociables emitidos por las empresas constituidas en la Argentina. La volatilidad en los mercados de valores negociables en América Latina y en otros mercados de países emergentes, así como el eventual aumento en las tasas de interés en los Estados Unidos u otros países desarrollados, podría tener un impacto negativo sobre el valor de negociación de nuestras Títulos y demás valores negociables que pudiéramos emitir, como sobre nuestra capacidad y los términos en virtud de los cuales podamos tener acceso a los mercados de capitales internacionales. Además, el incremento del riesgo país como resultado de las dudas sobre la sustentabilidad de la deuda emitida por la Argentina –que a la fecha del presente Prospecto oscila en el orden de los 2.350 puntos básicos- y la caída del precio de los bonos y acciones argentinas y
las primeras medidas del actual Gobierno Nacional electo, incluyendo la renegociación de la deuda pública con el FMI y con los tenedores privados de deuda pública, podrían afectar nuestra capacidad de acceder al capital internacional. Para más información, ver los apartados “Factores de riesgo -Riesgos relacionados con la Argentina- La inestabilidad política y económica en la Argentina ha afectado negativamente y puede continuar afectando negativamente su situación económica y, por tanto, la situación financiera de la Ciudad” , “Factores de riesgo – Riesgos relacionados con la Argentina - De no lograrse una modificación de los términos del acuerdo con el FMI y renegociar condiciones con los tenedores privados de deuda pública, ello podría afectar la capacidad del Gobierno Nacional de implementar reformas y políticas públicas e impulsar el crecimiento económico y, en última instancia, podría implicar que se declare el default de la deuda afectando la capacidad de la Ciudad de cumplir con su deuda”, “Factores de riesgo -Riesgos relacionados con la Argentina-Los brotes de infecciones o enfermedades transmisibles u otras pandemias de salud pública, como el reciente brote del virus SARS CoV-2 que actualmente se experimenta en todo el mundo, han impactado y pueden afectar aún más los mercados y economía y podrían tener un efecto significativo adverso en nuestro negocio, condición financiera y resultados de las operaciones”. No podemos asegurar que la percepción de riesgo en la Argentina y en otros mercados emergentes no puedan tener un efecto material adverso en nuestra capacidad de obtener financiamiento, incluyendo nuestra capacidad de refinanciar nuestra deuda al vencimiento, lo cual afectaría negativamente nuestros planes de inversiones y consecuentemente nuestra condición financiera y los resultados de las operaciones, y también en la negociación de nuestros valores negociables, incluyendo los Títulos. No podemos asegurar que los factores anteriormente mencionados no pueden afectar la condición financiera de la Ciudad y, por tanto, su capacidad de cumplir los compromisos establecidos en los Títulos.
Debido a los diferentes requerimientos contables y de información exigidos en los Estados Unidos, la información de la Ciudad puede no ser tan detallada o completa como la de las entidades no argentinas, incluyendo las entidades públicas y privadas de los Estados Unidos.
No estamos sujetos a requerimientos periódicos de información impuestos por la legislación de Estados Unidos. Estamos sujetos a los requerimientos periódicos de información impuestos por la legislación de la Ciudad y para los valores negociables listados o negociados en bolsas o mercados locales. Los mercados de valores negociables locales y las actividades de los emisores y los inversores en dichos mercados no se encuentran tan profundamente regulados como los mercados de valores negociables en los Estados Unidos y de otros países desarrollados. Los estados financieros de la Ciudad son preparados de acuerdo con las disposiciones de la Ley de Administración Financiera. Las normas de la Ley de Administración Financiera difieren en algunos aspectos significativos de las normas contables vigentes en los Estados Unidos. Ver el capítulo “Forma de presentación de la información financiera”.
A partir del 1° de julio de 2018, el Peso es considerado como una moneda de una economía de alta inflación de acuerdo a las Normas Internacionales de Contabilidad, que disponen el deber de realizar ajustes por inflación en los estados financieros, normas que se aplican a la Ciudad.
Conforme a la Norma Internacional de Contabilidad (“NIC”) 29 (Información Financiera en Economías Inflacionarias), los estados financieros de entidades cuya moneda funcional es la moneda de una economía hiperinflacionaria deben ser reexpresados por los efectos de los cambios en un índice de precios adecuado. La NIC 29 no establece cuándo surge la hiperinflación, pero incluye varias características de hiperinflación. El International Accounting Standards Board (“IASB”) no identifica jurisdicciones hiperinflacionarias específicas. No obstante, en junio de 2018, el International Practices Task Force of the Centre for Quality (Grupo de Trabajo de Prácticas Internacionales del Centro para la Calidad o “IPTF”), que controla los “países con alta inflación” clasificó a la Argentina como un país con un índice de inflación acumulado proyectado a tres años superior al 100%. Además, se registraban algunos de los otros factores cualitativos de la NIC 29, lo que constituía prueba prima facie de que la economía argentina era “hiperinflacionaria” a los efectos y en los términos de la NIC 29. Por lo tanto, las entidades argentinas que utilizan las Normas Internacionales de Información Financiera adoptadas por el IASB (“NIIF”) deben aplicar la NIC 29 a sus estados financieros para los períodos finalizados con posterioridad al 1° de julio de 2018.
Los ajustes para reflejar la inflación, como los requeridos por la NIC 29, estaban prohibidos por la Ley N° 23.928. Además, el Decreto N° 664/2003 emitido por el Gobierno Nacional (el “Decreto 664”), instruía a las autoridades regulatorias, como los Registros Públicos de Comercio, la Inspección General de Justicia y la CNV, a aceptar solamente estados financieros que cumplieran con la prohibición establecida en la Ley Nº 23.928. No obstante, en diciembre de 2018, la Ley Nº
27.468 derogó el Decreto 664 y modificó la Ley Nº 23.928 indicando que la prohibición de indexación ya no se aplicaba a los estados financieros. Algunas autoridades regulatorias, como la CNV, han requerido que los estados financieros para períodos finalizados a partir del 31 de diciembre de 2018 deben ser reexpresados por inflación siguiendo las directivas de la NIC 29 (al respecto, ver el capítulo “Forma de presentación de la información financiera” en cuyo apartado “Información financiera en economías de alta inflación” se describen los principales lineamientos del método de reexpresión de estados financieros de la NIC 29). No obstante, los estados financieros de la Ciudad y sus registros contables son llevados en Pesos a valores nominales sin ajuste por inflación, de conformidad con las Normas de Contabilidad para el Sector Público de la Ciudad, aprobadas por Disposición Nº 111/GCABA/DGCC/2016 de aplicación para todo el ámbito del Gobierno de la Ciudad y enmarcadas dentro de la Ley de Administración Financiera de la Ciudad. No podemos predecir el impacto total a futuro que la no aplicación de la NIC 29 y la eventual aplicación del procedimiento de ajustes relacionados tendrá sobre los estados financieros de la Ciudad y su situación financiera.
Los brotes de infecciones o enfermedades transmisibles u otras pandemias de salud pública, como el reciente brote del virus SARS CoV-2 que actualmente se experimenta en todo el mundo, han impactado y pueden afectar aún más los mercados y economías global y local y podrían tener un efecto significativo adverso en condición financiera de la Ciudad.
Los brotes de enfermedades y otras afecciones de salud pública, como el brote global del Co- V 19 que se experimenta actualmente, en los mercados y economía global y local, podrían tener un impacto negativo significativo en nuestra condición financiera. Debido al brote de Co-V 19, ha habido una reducción e interrupción sustancial de las actividades comerciales en todo el mundo que se acentúan en la Ciudad que desde el 20 xx xxxxx de 2020 ha visto restringida sustancialmente sus actividades, incluidas las económicas. Al 12 xx xxxxxx de 2020, el Ministerio de Salud de la Nación informaba que la Argentina tenía 268.574 casos confirmados de coronavirus, con 187.283 pacientes recuperados y 5.213 muertes. En particular, al 11 xx xxxxxx de 2020 hay 72.364 casos confirmados de residentes en la Ciudad, con 24.820 pacientes recuperados y 1.619 muertes. A la fecha, tanto la Argentina como la Ciudad han adoptado diversas medidas en respuesta al brote de COVID-19 con el fin de prevenir el contagio masivo y el hacinamiento en los centros de servicios de salud y mitigar los efectos en la economía. Dentro de las que se encuentran las siguientes medidas:
- Del 26 de febrero al 12 xx xxxxx de 2020: control de pasajeros en los aeropuertos; aislamiento obligatorio durante 14 días de las personas con casos sospechosos o confirmados de COVID-19, las personas en estrecho contacto con casos sospechosos o confirmados de COVID- 19 y las personas que llegan o acaban de llegar de las zonas afectadas; cierre de las actividades con alta concentración de personas; y prohibición de la asistencia del público a eventos deportivos.
- 13 xx xxxxx al 15 xx xxxxx de 2020: refuerzo de la vigilancia de las fronteras; suspensión de los vuelos de varias compañías aéreas y adopción de normas para la coordinación de los vuelos de repatriación de residentes argentinos; cierre de parques nacionales y áreas protegidas; y cierre de escuelas (excepto para asistencia alimentaria y con fines administrativos).
- 16 xx xxxxx al 18 xx xxxxx de 2020: cierre de las fronteras; suspensión de los vuelos nacionales y de los trenes y autobuses de larga distancia; suspensión de la liga nacional de fútbol; licencias de trabajo temporales para las mujeres embarazadas, las personas mayores de 60 años y otras personas consideradas de especial riesgo en caso de infección; autorización para que los empleados públicos federales trabajen a distancia (excepto los empleados que prestan servicios esenciales); promoción de las políticas de oficina en el hogar en el sector privado e inicio de la construcción de ocho hospitales modulares.
- 19 xx xxxxx de 2020: imposición del aislamiento social, preventivo y obligatorio en todo el país, por el que sólo se permitan actividades excepcionales y esenciales y viajes internos; despliegue de fuerzas de seguridad para la aplicación de la cuarentena.
- 20 xx xxxxx al 2 xx xxxxx de 2020: ampliación del aislamiento social, preventivo y obligatorio nacional hasta el 12 xx xxxxx de 2020.
- 11 xx xxxxx de 2020: extensión del aislamiento social, preventivo y obligatorio nacional hasta el 26 xx xxxxx de 2020.
- 25 xx xxxxx al 24 xx xxxx de 2020: extensión del aislamiento social, preventivo y obligatorio nacional y cierre de las fronteras. La Ciudad permitió ciertas actividades durante dicho periodo, como la apertura de negocios de cercanía y el deporte individual.
-25 xx xxxx al 1º de julio de 2020: endurecimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio nacional en la Ciudad y en la Provincia de Buenos Aires entre el 1º y el 17 de julio de 2020.
A la fecha de este Prospecto, el aislamiento social, preventivo y obligatorio fue extendido hasta el 16 xx xxxxxx de 2020.
Estas restricciones e interrupciones incluyen: interrupciones en los procesos fabricación y otros trabajos, cierres de fábricas y otros negocios, retrasos o demoras; restricciones y limitaciones impuestas a los trabajadores y a las fábricas, incluidas las cuarentenas y otras limitaciones a la capacidad de ir y regresar al trabajo; la escasez y demoras en la producción o en el envío de productos o materias primas; y el cierre de fronteras. Si bien en el ámbito de la Ciudad algunas restricciones fueron levantadas, existe una sustancial reducción de la actividad económica. La Ciudad no puede asegurar la duración del aislamiento y las restricciones actuales o que estas no se reforzarán retrotrayendo la situación a etapas anteriores de mayor restricción o que cuando las restricciones y el aislamiento cesen se retorne a los niveles de actividad económica anterior a la Pandemia 2020. Por ello, no es posible asegurar que los factores anteriormente mencionados no pueden afectar la condición financiera de la Ciudad, y, por tanto, su capacidad de cumplir los compromisos establecidos en los Títulos.
Una caída en los precios internacionales de los principales commodities argentinos, podría afectar de modo adverso el crecimiento de la economía argentina e indirectamente la situación financiera de la Ciudad.
La economía argentina históricamente se ha basado en la exportación de commodities, cuyos precios han sido volátiles en el pasado y ajenos a su control. La recuperación de la severa crisis del 2001 y 2002 dependió significativamente del aumento del precio de los commodities, particularmente del precio de su principal commodity de exportación, la soja. La competitividad de los precios de los commodities ha contribuido significativamente al incremento en las ganancias del gobierno por impuestos sobre las exportaciones. En el tercer trimestre de 2008 y el primer trimestre de 2009, los precios de la mayoría de los commodities que la Argentina exporta cayeron significativamente. Desde entonces dichos precios han ido, con altibajos, aumentando hasta principios de 2014. A partir del segundo semestre de 2014, los precios de los commodities han declinado su valor significativamente y si bien repuntaron desde el tercer trimestre de 2015, su evolución es irregular, mostrando en la actualidad una tendencia bajista, intensificada en las últimas semanas por diversas razones, entre ellas, la Pandemia 2020. De otro lado, la administración anterior luego de eliminar los impuestos a las exportaciones de muchos productos agrícolas y reducir el impuesto a las exportaciones de soja del 35,0% al 30,0%, ante la necesidad de reducir el déficit fiscal, mediante el Decreto N° 793/2018 estableció a partir del 4 de septiembre de 2018 un derecho del 12% a la exportación -adicional a los vigentes- para consumo de todas las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la nomenclatura común del Mercosur, con un tope de $ 4 por cada Dólar del valor imponible o del precio FOB para algunos bienes primarios, límite que se reducía a $ 3 por Dólar para el resto de los bienes. También impuso derechos de exportación sobre servicios a partir del 1° de enero de 2019 (normas posteriores excluyeron bajo ciertas condiciones a las PyMES). Si bien estos derechos de exportación tanto para bienes como para servicios regirían hasta el 31 de diciembre de 2020, la administración actual estableció impuestos a las exportaciones de productos agrícolas, otros bienes y servicios e incrementó el impuesto a las exportaciones de soja del 30,0% al 33,0%.
Si los precios de los commodities en el futuro continúan bajando o si cayeran los ingresos por impuestos a las exportaciones, el crecimiento de la economía argentina podría verse afectado adversamente. Dicho supuesto tendría un efecto negativo sobre los niveles de ingresos del gobierno, su habilidad de pagar sus deudas y nuestro negocio. Tales circunstancias podrían tener un impacto negativo en los niveles de ingresos para el estado en las divisas disponibles y en la capacidad del estado para cumplir con el servicio de su deuda soberana, y podrían generar presiones recesivas o inflacionarias, según cuál sea la reacción del Gobierno Nacional. Cualquiera de estos resultados podría impactar de manera adversa en el crecimiento económico de la Argentina y, por lo tanto, en la situación financiera de la Ciudad.
Factores de riesgo relativos a la Ciudad
Fuentes de ingresos
El impuesto a los ingresos brutos (un impuesto sobre la facturación bruta) es la mayor fuente de ingresos de la Ciudad, representando el 49,6% de los ingresos totales de la Ciudad para el 2019 y se encuentra directamente relacionado con los niveles de la actividad económica predominantes en la Ciudad. A pesar de que la economía de la Ciudad, en línea con la de la Argentina, experimentó una etapa de crecimiento entre 2010 y 2013 y en 2015 y 2017, no puede asegurarse que la economía de la Ciudad y, en consecuencia, la recaudación por el impuesto a los ingresos brutos, continuará creciendo en las tasas actuales, en caso de que crezcan. Además, en el pasado la Ciudad experimentó niveles relativamente altos de falta de pago de los impuestos locales, particularmente durante el período previo y posterior a la Crisis Económica del 2001-2002. No es posible asegurar que dichos altos niveles de falta de pago de impuestos no volverán a repetirse. Cualquier reducción significativa en la recaudación impositiva de la Ciudad, podría tener un cambio adverso en la condición financiera de la Ciudad y en su capacidad para cumplir sus obligaciones en virtud de los Títulos.
Inflexibilidad relativa de los gastos de la ciudad
Los gastos totales de la Ciudad durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019 ascendieron a un monto de $ 384.880,0 millones superando en un 49,0% a los $ 258.384,9 millones desembolsados en 2018, que fueron un 31,0% superior a los $ 197.217,0 millones erogados en 2017, que a su vez significaron un 36,8% superior a los $ 144.200,8 millones gastados durante 2016. El rubro que registra el gasto más importante de la Ciudad es el pago de sueldos, que ascendió a un monto de $ 162.083,3 millones durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019, o el 42,1% del gasto total de la Ciudad para dicho ejercicio. Los empleados de la Ciudad están protegidos por garantías constitucionales que aseguran su empleo y establecen que sus sueldos no se pueden reducir en términos nominales. Consecuentemente, esto limita las acciones que la Ciudad podría tomar para reducir su componente de gasto más importante. Asimismo, como respuesta a presiones provenientes de sindicatos de trabajadores ante las políticas implementadas por el Gobierno Nacional anterior, la Ciudad ha otorgado aumentos de sueldos a tasas que, en la mayoría de los casos, excedieron en el total la tasa de inflación corriente. Además, la Ciudad ha contratado como empleados a un número de personas que previamente brindaban servicios a la Ciudad como prestadores independientes y de otro modo ha aumentado el número general de empleados y de puestos para afrontar las demandas sociales, particularmente en las áreas de servicios de salud, educación y seguridad. Con el propósito de cumplir con dichas demandas sociales, la Ciudad ha incrementado su nivel de gastos de capital de la suma de $ 5.227,1 millones en 2012 a la suma de
$ 71.534,5 millones en 2019. Si el aumento de los gastos de la Ciudad continúa sobrepasando el aumento de sus ingresos, la Ciudad seguirá experimentando déficit en su balance general, que podrían tener un efecto significativamente adverso en la condición financiera de la Ciudad y en su capacidad de cumplir con sus obligaciones en virtud de los Títulos.
El 19 de diciembre de 2012, la Legislatura de la Ciudad aprobó la Ley de Regulación y Reestructuración del Sistema de Transporte Ferroviario de Pasajeros de Superficie y Subterráneo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nº 4.472 (la “Ley de Transporte Ferroviario de Pasajeros”) en virtud de la cual la Ciudad aceptó hacerse cargo del control de la regulación y supervisión de la concesión otorgada al operador del sistema de subterráneos de la Ciudad. Desde la Crisis Económica del 2001-2002 el transporte público (incluyendo el subterráneo) fue fuertemente subsidiado por el Gobierno Nacional, por lo que las Tarifas tuvieron un incremento sustancialmente inferior a la inflación. De conformidad con los términos de la privatización, el
concesionario está facultado para ser compensado por cualquier diferencia entre los ingresos derivados de la tarifa y los costos de operación del sistema. Como resultado de la transferencia de la concesión, la Ciudad posee ahora la capacidad de determinar la tarifa del subterráneo a la vez que es responsable de cubrir cualquier déficit en los ingresos que la concesionaria tiene derecho a percibir. Si bien espera que los aumentos implementados en la tarifa desde que asumió el control de la regulación y supervisión de la concesión del sistema de subterráneos más los ingresos del Fondo del Subterráneo, compuesto por recaudaciones impositivas especiales, deberían ser suficientes para cubrir la mayoría de los costos del sistema, la Ciudad no podrá contrarrestar todos los costos que se generen en el futuro cercano con aumentos adicionales en la tarifa, y deberá cubrir el desfasaje. Ver el capítulo “Privatizaciones. Servicio de transporte ferroviario de pasajeros de superficie y subterráneo”.
Niveles relativamente altos de endeudamiento
En los últimos años, la Ciudad ha incrementado su nivel de endeudamiento directo total (a largo plazo) principalmente para financiar un ambicioso programa de gastos de capital tendiente a recuperar y expandir la infraestructura pública de la Ciudad. El endeudamiento total de la Ciudad se vio incrementado en un 450,5%, pasando de $ 31.432,5 millones al 31 de diciembre de 2015 a
$173.042,8 millones al 31 diciembre de 2019. No se pueden tener certezas acerca de la capacidad de la Ciudad para gestionar y pagar dichos niveles crecientes de endeudamiento en caso de acontecimientos en materia económica que tengan un impacto negativo en los ingresos de la Ciudad.
Disponibilidad limitada de financiamiento
La Ciudad registró déficits en su balance general de $ 7.749,9 millones en 2015, de $ 14.636,5 millones en 2016, de $ 13.722,0 millones en 2017, de $ 1.669,3 millones en 2018 y de $ 19.827,0 millones en 2019. El presupuesto 2020 prevé un resultado financiero equilibrado en el balance general de la Ciudad e incluyó $ 38.043,7 millones para pagos de intereses y $ 24.373,9 millones para cancelación de la deuda. Aunque cuando lo necesitó el financiamiento le fue otorgado a la Ciudad por otras fuentes, por ejemplo, mediante la emisión y colocación de títulos en los mercados de capital locales e internacionales, la Ciudad podría no estar capacitada para financiar futuros déficits que pudiera experimentar y dicha incapacidad podría tener un efecto significativamente adverso en la condición financiera de la Ciudad y en su capacidad de cumplir con las obligaciones asumidas en virtud de los Títulos.
Partido político gobernante
En las elecciones legislativas de la Ciudad del 27 de octubre de 2019, Vamos Juntos (nombre que adoptó Cambiemos a nivel local) obtuvo el 54,2% de los votos. De tal modo, el PRO y sus aliados tienen 37 de las 60 bancas de la Legislatura de la Ciudad conformándose como el bloque político más importante, y poseedor de la mayoría de las bancas. Sin embargo, necesita el respaldo de los miembros de otros partidos para sancionar determinadas leyes. Por esta razón, no es posible asegurar que cuestiones políticas no demorarán o impedirán la sanción xx xxxxx que la administración de la Ciudad necesita para implementar sus políticas.
Información financiera
La información financiera vinculada a la Ciudad que se presenta en este Prospecto por los ejercicios finalizados al 31 de diciembre de 2015 a 2019 y por el periodo al 31 xx xxxxx de 2020, se extrajo principalmente de los registros de la Ciudad llevados y compilados por la Dirección General de Contaduría de la Ciudad. Los estados de resultados reales y de cumplimiento presupuestario (“cuentas de inversión”) de la Ciudad correspondientes al 31 de diciembre de 2015 al 2019 fueron presentados a la Legislatura de la Ciudad, pero esta no ha realizado observaciones a la fecha del presente Prospecto. Por lo tanto, en la actualidad no se ha realizado ninguna auditoría de determinadas finanzas de la Ciudad.
Presupuesto 2020
El presupuesto 2020 fue aprobado por la Ley Nº 6.281 del 5 de diciembre de 2019 e incluye un total de ingresos estimados de $ 480.981,5 millones y gastos por $ 480.981,5 millones. En
consecuencia, el presupuesto de la Ciudad para el 2020 se estima equilibrado en su saldo general. El presupuesto 2020 incluye $ 38.043,7 millones por pago de intereses y $ 24.373,9 millones de amortización de capital.
El presupuesto 2020 se basa en una serie de proyecciones y estimaciones sobre la economía de la Argentina y de la Ciudad, ingresos, gastos e inflación. El presupuesto 2020 contiene estimaciones sobre resultados históricos e información sobre futuros riesgos e incertidumbres. Los riesgos e incertidumbres potenciales incluyen el nivel de actividad de la economía de la Ciudad, el nivel de inflación, el nivel de recaudación fiscal, el nivel de cumplimiento de las leyes fiscales, la transferencia por parte del Gobierno Nacional a la Ciudad de los montos que le son requeridos, la capacidad de la administración de la Ciudad para controlar los gastos de conformidad con su presupuesto y para obtener financiamiento para su déficit general proyectado, la capacidad de la Ciudad de llegar a un acuerdo satisfactorio con el Gobierno Nacional en cuanto a los reclamos mutuos de la Ciudad y el Gobierno Nacional, la resolución satisfactoria de algunos procesos judiciales sustanciales que enfrenta la Ciudad en la actualidad, el acaecimiento de distintos hechos políticos, legislativos o constitucionales inusuales que alteren la capacidad de la administración de la Ciudad para manejar sus finanzas y el acaecimiento de otros supuestos que puedan producir un efecto significativamente adverso en la Argentina. Cualquiera de estos supuestos podría tener un efecto adverso en la situación financiera de la Ciudad y en su capacidad para cumplir sus obligaciones en virtud de los Títulos.
Transferencias nacionales
En 2019, la Ciudad recibió un monto de $ 94.336,3 millones o 24,8% de sus ingresos totales del Gobierno Nacional en virtud de las transferencias corrientes que constituyeron la segunda fuente más importante de ingresos de la Ciudad. Estas transferencias fueron principalmente pagos relacionados con la coparticipación federal de impuestos realizados por el Gobierno Nacional en virtud de la Ley Nº 23.548 y otros acuerdos adicionales de participación en los ingresos fiscales celebrados entre el Gobierno Nacional y las provincias (la “Ley de Coparticipación Federal”) que constituyen el sistema de coparticipación federal. Se realizaron negociaciones tendientes a establecer un nuevo sistema de coparticipación federal entre el Gobierno Nacional, las provincias y la Ciudad. El 12 de diciembre de 2002 y en el marco de esas negociaciones, la Ciudad y el Gobierno Nacional concertaron un acuerdo bilateral por el cual el Gobierno Nacional acordó comenzar a transferir a la Ciudad el equivalente al 1,4% de los ingresos fiscales nacionales netos sujetos a la Ley de Coparticipación Federal, sobre una base anual a partir del 1° de enero de 2003, en lugar de la suma fija de $ 157 millones por año asignada anteriormente a la Ciudad. No obstante lo mencionado anteriormente, en virtud del Decreto N° 194/2016, y de conformidad con el artículo 8 de la Ley de Coparticipación Federal y normas aplicables, el Gobierno Nacional incrementó la porción de dicho impuesto que le corresponde a la Ciudad al 3,75% a modo de compensación por los gastos que implicó la transferencia a manos de la Ciudad de 20.248 empleados de la Policía Federal, lo que incluye oficiales de la Policía Federal, la Superintendencia de Seguridad Metropolitana (las 54 comisarías de Buenos Aires, el cuerpo de infantería y el cuerpo de policía montada), el cuerpo de bomberos y algunas áreas de la policía forense y de investigación. En consecuencia, la Ciudad ha sido incluida con las provincias en el segundo nivel de distribución de los pagos netos del sistema de coparticipación federal y el porcentaje correspondiente a la Ciudad pasó del 1,4% al 3,75% a partir del 1º de enero de 2016. A partir del 1º de enero de 2018, el porcentaje que le corresponde a la Ciudad volvió a modificarse y pasó a ser 3,5%. La modificación de este régimen depende de la aprobación de todas las provincias, la Ciudad y el Gobierno Nacional. Sin perjuicio de lo expuesto, existe consenso acerca de la necesidad de modificar el sistema de coparticipación federal de impuestos; sin embargo, las modificaciones se pospusieron en reiteradas oportunidades debido a la importancia de los ingresos afectados y por el hecho de que ningún gobierno estaba dispuesto a ceder su participación en el régimen. El Gobierno Nacional, las provincias y la Ciudad aún no logran consensuar las modificaciones al régimen. No se puede garantizar la no interrupción o no suspensión del sistema actual de coparticipación federal de impuestos, o que no será modificado en forma tal que perjudique a la Ciudad. Cualquiera de estos supuestos podría tener un efecto adverso en la situación financiera de la Ciudad y en el cumplimiento de sus obligaciones, entre ellas, los Títulos.
Consideraciones sobre el futuro
Todas las consideraciones, excepto la información sobre hechos históricos, consignadas en el presente, inclusive, sin que la mención sea limitativa, información sobre la economía, ingresos, gastos e inflación de la Ciudad, son consideraciones sobre el futuro. Estas, implican riesgos conocidos y desconocidos, incertidumbres y otros factores que podrían causar que los resultados, cumplimientos o logros concretos de la Ciudad fueran sustancialmente diferentes a los mencionados en dichas consideraciones sobre el futuro. Estas consideraciones se basan en suposiciones sobre las condiciones y estrategias económicas y financieras presentes y futuras de la Ciudad y de la Argentina. Los factores importantes que pueden causar diferencias entre los resultados o desempeño de la Ciudad y aquellos mencionados en dichas consideraciones incluyen, entre otros, aquellos analizados en estos factores de riesgo. Estas consideraciones sobre el futuro son realizadas con la información disponible a la fecha del presente. La Ciudad no asume el compromiso de publicar cualquier actualización o revisión de las consideraciones sobre el futuro contenidas en el presente a fin de reflejar cambios en las expectativas de la Ciudad al respecto o cambios en los hechos, condiciones o circunstancias en las que se basan dichas consideraciones.
Contingencias — Créditos del y contra el Gobierno Nacional
Tanto la Ciudad como el Gobierno Nacional poseen créditos recíprocos por diversos montos vinculados a obligaciones, en la mayoría de las cuales se incurrió con anterioridad x xxxxx de 1991 y en algunos casos a comienzos de la década de los ochenta. Los mayores reclamos del Gobierno Nacional contra la Ciudad se relacionan con la deuda externa de empresas de la Ciudad asumida por el Gobierno Nacional y refinanciada como parte del “Plan Xxxxx” y pagos a proveedores y jubilados por parte del Gobierno Nacional en nombre de la Ciudad. Los principales reclamos de la Ciudad contra el Gobierno Nacional se relacionan con impuestos de la Ciudad no pagados por empresas del Gobierno Nacional, seguros de cambio de divisas contratados por la Ciudad en relación con un proyecto de construcción de una autopista no pagados por el BCRA y compensaciones de algunos créditos fiscales generados por pérdidas producidas durante la construcción de dicha autopista. El Gobierno Nacional ha cuantificado sus reclamos en un monto total de $ 977,9 millones y U$S 732 millones y la Ciudad ha cuantificado su reclamo en un monto total de $ 5.048,8 millones y U$S 921,9 millones. Desde 1997, la Ciudad y el Gobierno Nacional se han visto involucrados en negociaciones dirigidas a la resolución de sus reclamos recíprocos sin éxito. Sin embargo, no se han iniciado acciones judiciales en relación con estos reclamos. Asimismo, durante el 2001, la Ciudad le solicitó al Gobierno Nacional y este le facilitó, un monto de capital de $ 140,6 millones de Lecop. Los Lecop son letras de cancelación de obligaciones emitidos por el Gobierno Nacional en distintas series que fueron transferidos a las provincias y a la Ciudad antes y después de la Crisis Económica del 2001-2002 y se utilizaron para el pago de salarios y deudas a proveedores. No devengaban interés y vencían en el 2006. La Ciudad empleó los Lecop recibidos para pagar las deudas pendientes con sus proveedores y se le exigió el pago al Gobierno Nacional de $ 140,6 millones en el 2006 (o con anterioridad en caso de rescate a una fecha anterior a la fecha programada de vencimiento). A partir xx xxxx del 2002, la Ciudad y el Gobierno Nacional celebraron varios acuerdos tendientes a cancelar varios créditos recíprocos. En virtud de estos acuerdos, el Gobierno Nacional reconoció un crédito a favor de la Ciudad de $ 82,5 millones originado en transferencias no realizadas a dicha jurisdicción durante el período 2000- 2001 y de $ 56,4 millones con respecto a transferencias no realizadas durante el período 2002- 2003. A la fecha del presente, el Gobierno Nacional y la Ciudad continúan negociando la cancelación de dichos créditos adeudados mutuamente y, como la Ciudad considera que podrá compensar la obligación de reembolsarle al Gobierno Nacional el monto de capital de Lecop con los montos adeudados por el Gobierno Nacional, la Ciudad no incluyó en la información sobre su deuda pública ningún monto impago por este concepto.
En el marco de la Ley Federal de Responsabilidad Fiscal y Buenas Prácticas de Gobierno, sancionada el 4 xx xxxxxx de 2004 se estipuló expresamente la compensación de reclamos recíprocos entre el Gobierno Nacional, por una parte y las provincias y la Ciudad, por la otra y se instruyó al Gobierno Nacional para instrumentar un régimen de compensación para el arreglo definitivo de aquellos reclamos que se iniciaron con anterioridad al 31 de diciembre de 2004. Como consecuencia, el Gobierno Nacional implementó un procedimiento para la revisión y arreglo de dichos reclamos, en el cual la Ciudad participó a partir de su adhesión a la Ley Federal de Responsabilidad Fiscal y Buenas Prácticas de Gobierno. Dado que el Gobierno Nacional nunca se expresó sobre los reclamos que la Ciudad pusiera en su conocimiento sumado a la derogación de
la adhesión de la Ciudad al Régimen de Responsabilidad Fiscal (Ley Nº 3.297) a partir del 2009, la Procuración General del Gobierno de la Ciudad dio inicio a diversas acciones judiciales por deudas del Estado Nacional vinculadas a transferencias de servicios, competencias y funciones y violaciones al régimen de Coparticipación Federal de Impuestos. Estas acciones judiciales fueron posteriormente desistidas por el Gobierno de la Ciudad en base a lo acordado en la cláusula III.u del Consenso Fiscal 2017.
Contingencias — Litigios
La Ciudad es parte de diversos litigios que surgen en el curso ordinario de sus operaciones e involucran cuestiones que van desde supuestos incumplimientos de contratos a mala praxis médica en relación a procesos médicos realizados en hospitales de la Ciudad. Estos procedimientos se encuentran en diferentes etapas y la Ciudad no puede estimar la posibilidad de éxito en dichos procedimientos ni el monto o plazo de algún pago proveniente de los mismos, aunque cualquier resultado adverso para la Ciudad puede tener un impacto en las finanzas de la Ciudad.
Como consecuencia del incendio que se desató el 30 de diciembre de 2004 en un local xx xxxxx ubicado en la Ciudad, 194 personas murieron y otras 700 aproximadamente resultaron con lesiones. Se cree que el incendio fue provocado por una bengala lanzada por algunos de los concurrentes al recital de rock del grupo Callejeros que se estaba llevando a cabo en el local ubicado en Xxxxxxxxx Xxxxx 0000, con nombre de fantasía “República de Cromañón”. En la causa penal 247/05 se determinó que la conducta de los gerenciadores, organizadores del recital, integrantes del grupo Callejeros, actuaron como concausa del siniestro. También se atribuyó responsabilidad penal a funcionarios de la Ciudad y del Estado Nacional. Ello derivó en acciones de responsabilidad de los damnificados contra los autores y partícipes del hecho ilícito y también contra el Estado Nacional y la Ciudad a quienes se atribuyó responsabilidad por falta de servicio (al Estado Nacional por incumplimiento en el deber de seguridad y a la Ciudad por omisión en el deber de fiscalizar el cumplimiento de las normas de policía en materia de habilitaciones y permisos).
La Ciudad afrontó 1.480 reclamos judiciales por un monto total histórico de $ 862,6 millones1. Se estima que las condenas judiciales serán sustancialmente menores a las que exigen los demandantes. De hecho, las primeras sentencias dictadas demostraría que el porcentaje de demandas rechazadas y/o concluidas por trámite anormal (caducidades de instancia) sería mayor al 30%. Además la concurrencia de responsabilidad del Gobierno de la Ciudad en ningún caso superó el 50 % y, en la mayoría de los casos, fue del 35 %. Según datos proporcionados al mes xx xxxxx de 2020, se dictaron en primera instancia 195 sentencias, sumando un monto de condena total a la fecha de $ 52,9 millones y en segunda instancia hubo 242 fallos, los cuales suman un monto total de $ 96,1 millones expresados a valores históricos. Cabe señalar que en marzo de 2019 se registraban 82 demandas rechazadas por trámite anormal.
En caso que el acreedor decida reclamar el pago de la obligación solidaria a la Ciudad quedará abierta la acción de regreso contra el Estado Nacional, por el porcentaje de concurrencia atribuido a éste último. Al mes xx xxxxx de 2020, se dictaron en primera instancia 195 sentencias, por un monto de condena total a la fecha de aproximadamente $ 52,9 millones -a valores históricos-. En segunda instancia se dictaron 242 fallos, los cuales suman un monto total de aproximadamente $ 96 millones -a valores históricos-. Por lo demás, el 28 de noviembre de 2013 la Legislatura de la Ciudad aprobó la Ley Nº 4.876 que otorgó un beneficio mensual de $ 3.072 (al 31 de enero de 2015) a familiares de las víctimas con parentesco de primer grado y un beneficio mensual de $1.536 (al 31 de enero de 2015) a los sobrevivientes, pagadero por parte de la Ciudad hasta febrero de 2019. Dichos montos estaban sujetos anualmente a modificaciones en base a los cálculos del IPCBA y al presupuesto anual de la Ciudad. A la fecha del presente, no puede darse certeza alguna sobre el posible resultado de dichos reclamos o del monto final de cualquier obligación que se atribuya a la Ciudad en virtud de ellos.
1 El monto está expresado a valores históricos debiéndose aplicar sobre dicha suma intereses la tasa pasiva del Banco Ciudad a partir del hecho (30 de diciembre de 2004) hasta la fecha efectiva de pago. Excepcionalmente algunos rubros (vgr. daño moral) podrían tener un cómputo de intereses distinto.
Además, al 1º xx xxxxx de 2020, la Ciudad enfrentaba aproximadamente 630 reclamos por negligencias en relación con procedimientos médicos realizados en los hospitales de la Ciudad. Dichos reclamos suman un monto total de aproximadamente $ 540 millones (sin interés).
Banco Ciudad
El Banco Ciudad es una persona jurídica, pública y autárquica, con plena autonomía de gestión, presupuestaria y administrativa; y, por mandato constitucional, banco oficial de la Ciudad, su agente financiero e instrumento de política crediticia. Se rige por la Ley Nº 21.526 y sus modificatorias (la “Ley de Entidades Financieras”), su Carta Orgánica (Ley Nº 1.779/2005, modificada por Leyes Nº 2.625/2007 y 4.038/2011), y demás normas concordantes. La Ciudad responde por las operaciones que realice el Banco Ciudad con arreglo a lo dispuesto en su Carta Orgánica. En los casos de participación en empresas, la Ciudad sólo responderá en los términos de la Ley General de Sociedades o la normativa aplicable. Hasta 1996, el Banco Ciudad sufrió pérdidas significativas en su cartera de créditos comerciales. Como resultado, en 1997 la Ciudad efectuó un aporte de capital al Banco Ciudad por U$S 100 millones.
Una de las principales fuentes de financiación del Banco Ciudad ha sido los depósitos que posee como depositario en custodia de los tribunales nacionales radicados en la Ciudad. El 14 de septiembre de 2012, el Congreso de la Nación sancionó la Ley Nº 26.764 que exige a todos los tribunales nacionales (incluso los radicados en la Ciudad) a designar al Banco Nación (y no al Banco Ciudad) como depositario en custodia de las sumas pagadas al tribunal en espera de la sentencia correspondiente al caso de que se trate para todos los juicios iniciados luego de la entrada en vigencia de dicha Ley. El 3 de octubre de 2017, el Tribunal declaró la inconstitucionalidad de la Ley Nº 26.764, de acuerdo a lo dictaminado por el señor Xxxxxx Federal. Luego del dictado de la sentencia por parte de la Cámara Federal de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, los representantes de la Entidad y del Banco Nación realizaron una presentación conjunta en la causa judicial mediante la cual solicitaron la suspensión de los plazos procesales para la eventual interposición de recursos contra la sentencia recaída, ello en atención a que las partes iniciaron un proceso de negociación. El 7 xx xxxxx de 2018, el Directorio de la Entidad aprobó un acuerdo por diez años con el Banco Nación, para que el Banco Ciudad administre los depósitos judiciales de los Fueros de la Justicia Nacional en lo Comercial, Nacional del Trabajo, Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional y Nacional en lo Criminal y Correccional. Como consecuencia del acuerdo, las partes acordaron poner fin a la disputa judicial.
Los estados contables del Banco Ciudad, los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2018 y 2019, fueron confeccionados de acuerdo con el marco de información contable establecido por la Comunicación “A” 6114 del BCRA, el cual se basa en las NIIF, y con ciertas excepciones (ver el capítulo “Forma de presentación de la información financiera y estadística – Información sobre el Banco Ciudad”. Teniendo en cuenta dichas excepciones, el marco de información contable comprende las Normas e Interpretaciones adoptadas por el IASB e incluye las NIIF, las NIC y las interpretaciones desarrolladas por el CINIIF o el antiguo CIN. Cabe mencionar que, la economía argentina es considerada actualmente hiperinflacionaria bajo la NIC 29 y las entidades bajo el control del BCRA, obligadas a la aplicación de las NIIF adoptadas por el BCRA por medio de la Comunicación “A” 6114 y cuya moneda funcional sea el Peso, deberían reexpresar sus estados financieros. Sin embargo, conforme a lo establecido por la Comunicación “A” 6651 del BCRA y sus complementarias, las entidades financieras deberán comenzar a aplicar el método de reexpresión de los estados financieros en moneda homogénea, previsto en la NIC 29, a partir de los ejercicios que se inicien el 1° de enero de 2020. De haberse aplicado lo establecido por la NIC 29, conforme a una estimación global realizada por el Banco Ciudad, el patrimonio neto al 31 de diciembre de 2019 y 2018 hubiera aumentado en $ 1.512,1 millones y $ 556,1, millones respectivamente.
La Ciudad no puede garantizar que no deberá aportar capital adicional al Banco Ciudad en el futuro, que las fuentes de fondeo por medio de depósitos judiciales no se verán afectadas ni que la reexpresión de los estados financieros no se suspenderá, generándose un efecto adverso en la condición financiera de la Ciudad y en su capacidad para cumplir sus obligaciones en virtud de los Títulos.
Limitaciones a la ejecución de sentencias contra la Ciudad o sus activos
En virtud de la Constitución de la Ciudad y de la Ley de Administración y Control Financiero de la Ciudad, los pagos no previstos en el presupuesto anual o en una ley especial sancionada por la Legislatura de la Ciudad no serán válidos. En virtud de la Ley Nº 189 de la Ciudad, si se produjera el vencimiento anticipado de los Títulos, o se tornaran exigibles contra la Ciudad, o se dictara sentencia definitiva contra la Ciudad obligándola al pago de los Títulos el 31 de julio de cualquier ejercicio económico, o con anterioridad a esa fecha, el Jefe de Gobierno deberá disponer el pago de los montos pagaderos en el presupuesto preliminar de la Ciudad correspondiente al siguiente ejercicio económico que se someterá a la aprobación de la Legislatura de la Ciudad. Si alguno de los mencionados supuestos ocurriera entre el 1° xx xxxxxx y la fecha de cierre de tal ejercicio económico, el Jefe de Gobierno deberá presentar ante la Legislatura de la Ciudad, antes del 31 xx xxxxx del siguiente ejercicio económico, un proyecto de modificación del presupuesto correspondiente al ejercicio económico determinado, en el que se disponga el pago del monto adeudado por la Ciudad. Sólo si la Ciudad no pagara dicho monto en el ejercicio económico para el cual se realizó o se hubiera debido realizar una previsión en el presupuesto, los acreedores de la Ciudad (como por ejemplo los Tenedores) podrán iniciar un proceso de ejecución en virtud de la Ley N° 189 de la Ciudad.
Además, en virtud del artículo 400 de la Ley N° 189 de la Ciudad, los bienes de la Ciudad que se consideran afectados o vinculados a la prestación de servicios públicos esenciales, los bienes de la Ciudad que se consideran de dominio público y los ingresos de la Ciudad, no están sujetos a embargo (aunque los tribunales hayan determinado, en ciertos casos, que disposiciones similares son contrarias a los principios constitucionales federales y por tal motivo no aplicables). Como resultado, los acreedores de la Ciudad (incluidos los tenedores de Títulos) se verán sustancialmente limitados en su capacidad de embargo de activos de la Ciudad con anterioridad a, o en beneficio de, la ejecución de sentencias que puedan obtener en contra de la Ciudad.
Factores de riesgo relativos a los Títulos Volatilidad xxx xxxxxxx
El mercado de títulos emitidos por emisores locales se ve afectado por las condiciones económicas y xx xxxxxxx de la Argentina y, en diversa medida, por las condiciones xx xxxxxxx de otros países de Latinoamérica y mercados emergentes. Por ejemplo, luego de la devaluación del peso mexicano en 1994, (la “Crisis de México”) y la crisis global debida a los problemas financieros en varios países asiáticos, Rusia y Brasil entre 1997 y 1999, el mercado de instrumentos de deuda emitidos por emisores latinoamericanos (inclusive emisores locales) experimentó aumentos en los niveles de volatilidad, que afectaron adversamente el precio de los títulos. Los niveles de volatilidad volvieron a aumentar durante la mayor parte de los años 2000 y 2001 debido a la preocupación por el posible default y la devaluación en la Argentina y también luego de la crisis financiera mundial, que comenzó en el último trimestre de 2008.
Por otro lado, dado que las reacciones de los inversores internacionales ante los eventos ocurridos en un país emergente aparentan seguir un fenómeno de “contagio”, en virtud del cual una región entera o clase de inversión reciben la desaprobación de los inversores internacionales, la Argentina podría verse afectada negativamente por los acontecimientos económico-financieros de otros países con mercados emergentes y en países que son socios comerciales significativos de la Argentina como Brasil (que es el principal socio comercial de Argentina y está actualmente saliendo tenuemente de una recesión), China y los Estados Unidos. La Ciudad no puede proyectar la duración ni extensión de la crisis en los socios comerciales más importantes de la Argentina. La Ciudad no puede garantizar que los hechos en la Argentina, en América Latina o en otros lugares, no causarán una nueva volatilidad xxx xxxxxxx o que ella no afectará de manera adversa el precio de los Títulos.
Modificación de la calificación de riesgo de los Títulos
Las calificaciones de riesgo de los Títulos son evaluaciones realizadas por las sociedades calificadores de riesgo respecto de la capacidad de pago de la Ciudad de sus deudas a su vencimiento, en consecuencia, pueden modificarse después de la emisión de los Títulos. Dichas calificaciones tienen un ámbito limitado y no analizan todos los aspectos vinculados a una inversión en los Títulos y sólo reflejan el punto de vista de las calificadoras al momento de emitir
su calificación. Podrá solicitarse a las sociedades calificadoras un detalle del significado de las calificaciones que asigna cada una de ellas. La Ciudad no puede asegurar que las calificaciones permanecerán vigentes por un período de tiempo determinado o que dichas calificaciones no serán disminuidas, suspendidas o revocadas en cualquier momento por la agencia calificadora de riesgo, si en su entendimiento, las circunstancias se modifican. Cualquier disminución, suspensión o revocación de dichas calificaciones puede afectar de manera adversa el precio xx xxxxxxx o la negociabilidad de los Títulos.
Inexistencia de un mercado activo
A pesar de que podrán efectuarse las solicitudes correspondientes a los efectos de listar los Títulos en BYMA y para admitir su negociación en el Mercado Abierto Electrónico S.A. así como en otras bolsas y mercados locales y del exterior, la Ciudad no puede garantizar que se desarrollará un mercado activo para los Títulos o que, de existir, el mismo se mantendrá. Si no se desarrolla o no se mantiene un mercado activo para los Títulos, el precio xx xxxxxxx y la liquidez de los Títulos podrían verse afectados de manera adversa.
La Ciudad podría rescatar y/o recomprar los Títulos antes del vencimiento
Los Títulos podrán ser rescatados y/o recomprados a opción de la Ciudad bajo ciertas circunstancias especificadas en el capítulo “Descripción de los Títulos”. En consecuencia, un inversor puede no estar en posición de reinvertir los ingresos del reembolso en un valor comparable a una tasa de interés efectiva similar a la de los Títulos.
Los desarrollos en otros países pueden afectar negativamente el valor xx xxxxxxx de los Títulos
El precio xx xxxxxxx de los Títulos puede verse negativamente afectado por la evolución de los mercados financieros internacionales y las condiciones económicas mundiales. Los mercados de valores domésticos, especialmente en América Latina y en otros mercados emergentes, se encuentran influenciados, en diverso grado, por las condiciones económicas y xx xxxxxxx de otros países (por ejemplo, un aumento en las tasas de interés en un país desarrollado, como los Estados Unidos, o un evento negativo en un mercado emergente). Si bien las condiciones económicas son diferentes en cada país, la reacción de los inversores a los avances en un país puede afectar los valores de los emisores de otros países, incluyendo a la Argentina. No puede asegurarse que el mercado de los valores negociables de los emisores argentinos no se verá afectado negativamente por acontecimientos en otros lugares o que tales avances no tendrán un impacto negativo en el valor xx xxxxxxx de los Títulos.
La capacidad de los tenedores para transferir los Títulos en los Estados Unidos y en otras jurisdicciones será limitada
Los Títulos no se registraron y no se registrarán conforme a la Ley de Valores Negociables de los Estados Unidos y no se podrán ofrecer o vender dentro de los Estados Unidos excepto de conformidad con una exención de, o en una transacción que no está sujeta a, los requisitos de registro de la Ley de Valores Negociables de los Estados Unidos y las leyes de valores negociables aplicables de los Estados Unidos. La oferta y venta de los Títulos también pueden estar sujetas a restricciones a la transferencia en otras jurisdicciones. Xxxx consultar con sus asesores financieros o legales para obtener asesoramiento sobre las restricciones a la transferencia aplicables con respecto a los Títulos.
Los controles de cambio y mayores restricciones a las transferencias al exterior pueden afectar su capacidad para recibir pagos sobre los Títulos o repatriar su inversión en los Títulos
En 2001 y 2002, la Argentina estableció un régimen de control de cambio y restricciones a la transferencia de divisas al exterior. A fines de 2015, desde su asunción, la administración xx Xxxxx levantó sustancialmente todas las restricciones cambiarias, incluidas aquellas que requerían la autorización previa del BCRA para la transferencia de fondos al exterior a fin de pagar capital e intereses sobre obligaciones de deuda a su vencimiento. Sin embargo, el 1º de septiembre de 2019, ante diversos factores que impactaron en la evolución de la economía doméstica y la incertidumbre provocada en los mercados financieros, y en respuesta a la inquietud del Gobierno Nacional acerca
de la inestabilidad cambiaria general y la incertidumbre generada en el marco del proceso eleccionario en ese momento en curso, el Gobierno Nacional dictó el Decreto 609 que restableció el régimen de control de cambios que había sido progresivamente derogado desde fines de 2015. El Decreto 609 fue reglamentado por el BCRA a través de la Comunicación “A” 6770, dictada el 1º de septiembre de 2019, la que desde entonces ha sido modificada y complementada de tiempo en tiempo por parte del BCRA, tornándose el sistema de control de cambios cada vez más severo (ver el capítulo “Tipos de cambio y control de cambios—Control de cambios. Regulación del cambio de divisas”). En el futuro, la Argentina podría imponer controles de cambio y restricciones a las transferencias más estrictos, entre otras cosas, en respuesta a una fuga de capitales o una depreciación significativa del Peso. En tal caso, la capacidad de la Ciudad para realizar pagos en el extranjero se puede ver afectada y, por lo tanto, la capacidad de los Tenedores para recibir pagos sobre los Títulos.
RESUMEN DE LA CIUDAD
La siguiente información no es completa sino que es un resumen que se encuentra condicionado en su totalidad por el resto del presente Prospecto.
Introducción
La Ciudad de Buenos Aires fue fundada en 1580 y se transformó en la Capital Federal de la Argentina en diciembre de 1880. Actualmente, la Ciudad continúa siendo la sede del Gobierno Nacional y constituye el principal centro financiero y de negocios del país. La Ciudad es la mayor ciudad de la Argentina y posee una población residente de aproximadamente 3,07 millones de personas, la cual representa aproximadamente el 6,8% de la población total estimada de la Argentina en el 2019, de conformidad con la información resultante del censo nacional del 2010. La Ciudad se encuentra rodeada por un área metropolitana más grande conocida como el Gran Buenos Aires, en la adyacente Provincia de Buenos Aires. La Ciudad está situada en la desembocadura del Río de la Plata, ocupa un área de 204 kilómetros cuadrados y contiene 15 comunas.
La Ciudad posee un estado especial de autonomía en virtud de la Constitución Nacional como sede del Gobierno Nacional y, desde octubre de 1996, ha tenido su propia Constitución. La Constitución de la Ciudad legisla sobre los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial. En la segunda vuelta de las elecciones de la Ciudad que se llevaron a cabo el 27 de octubre de 2019, el señor Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx fue elegido como Jefe de Gobierno y el señor Xxxxx Xxxxxxxx fue elegido como Vice-Jefe de Gobierno, cada uno por un período que finalizará el 10 de diciembre del 2023.
Desempeño económico y aspectos más importantes
La economía de la Ciudad está diversificada entre un número de sectores económicos, el mayor de los cuales era, en 2019, “servicios comunitarios, sociales y personales” (20,6%), “servicios inmobiliarios y comerciales” (20,1%), “ comercios, hoteles y restaurantes” (18,2%), “ producción” (13,9%), “ transporte, almacenamiento y comunicaciones” (10,3%) y “servicios financieros” (10,2%). En 2019, la Ciudad generó un PGB que representaba estimativamente el 20,6% del PBI nacional total (calculado a precios básicos de producción en Pesos nominales) y un 17,3% del PBI nacional total (calculado a precios xx xxxxxxx), lo que la sitúa como la segunda región económica más importante de la Argentina después de la Provincia de Buenos Aires.
De acuerdo con su desempeño económico, la Ciudad tiene la tasa más alta de personas mayores de 14 años ocupadas o buscando empleo (la “población económicamente activa”) del país (56,6% en el segundo semestre de 2019, comparado con un promedio del 47,2% para el país), una tasa desempleo menor (9,3% en el segundo semestre de 2019 comparada con un promedio de 9,9% para el país) y un producto per cápita sustancialmente mayor ($ 1.216.660 en 2019, comparado con $ 481.775 para el país a precios xx xxxxxxx y en Pesos nominales). Además, la Ciudad posee el mayor índice de alfabetización (99,8% de la población de 10 años o más en el 2012 comparado con el 98,6% para la Argentina en el 2012), el menor índice de mortalidad infantil (menos del 6,0 por mil en el 2018 comparado con el 8,8 por mil estimado para la Argentina en el 2018) y el mayor índice de expectativa de vida (un promedio de 77,2 años de edad (2008-2010), frente a una media de 75,3 años de edad para el país (2008-2010).
La Ciudad es el mayor centro económico y financiero del país. Cuenta con una importante infraestructura pública, que incluye 41,6 kilómetros de autopistas y más de 62 kilómetros de líneas de subterráneos y trenes. La Ciudad alberga el mayor aeropuerto para vuelos xx xxxxxxxx y uno de los principales puertos marítimos del país. La Ciudad tiene 2.743 establecimientos educativos (de 8las cuales 1.213 son estatales), 34 hospitales públicos, un instituto de salud pública, 45 centros de salud y 43 centros médicos barriales de acción comunitaria. La Ciudad también alberga todos los departamentos del Gobierno Nacional. A principios de 2016 se le transfirió a la Ciudad parte de la Policía Federal que junto con la Policía Metropolitana pasaron a formar una nueva fuerza. En noviembre de 2016 se aprobó en la legislatura la fusión de la policía Federal con la Metropolitana. En enero de 2017 con 25.000 efectivos, la nueva Policía de la Ciudad entró en funciones. La Ciudad además de proporcionar la infraestructura necesaria para atraer a las empresas a operar en ella, ofrece servicios de salud, educación, servicios sociales, culturales y administrativos a sus
residentes, siendo uno de los centros turísticos más importante del país y el centro más grande de enseñanza, investigación y cultura de la Argentina.
Información resumida sobre Economía y finanzas de la Ciudad
La siguiente tabla muestra información resumida de la Ciudad correspondiente al período de cinco años finalizado el 31 de diciembre de 2019. Para obtener información sobre cómo se presentan los datos financieros y estadísticos en el presente Prospecto, ver el capítulo "Forma de presentación de la información financiera y estadística". Esta síntesis está complementada por información más detallada incluida en otros capítulos del presente Prospecto.
Ejercicio terminado el 31 de diciembre de
2015 | 2016 | 2017 | 2018 | 2019(1) |
(en millones de Pesos, excepto cuando se indique de otro modo) | ||||
PGB nominal (en millones de Pesos)(0) 0.000.000,0 | 1.496.818,0 | 1.947.435,0 | 2.579.714,0 | 3.737.615,0 |
Cambios en el PGB nominal 30,0 | 35,6 | 30,1 | 32,5 | 44,9 |
Cambios en el PGB real 2,4 | (2,3) | 2,9 | (0,7) | (3,5) |
Cambios en el Índice de Precios al Consumidor (3) (%) 26,9 | 41,0 | 26,1 | 45,5 | 50,6 |
Población (en millones)(4) 3,05 | 3,05 | 3,06 | 3,06 | 3,07 |
Tasa de población económicamente activa (%)(5) 55,1 | 55,9 | 55,2 | 55,3 | 56,6 |
Desempleo (%)(6) 7,0 | 8,9 | 9,7 | 8,6 | 9,9 |
PGB per cápita (en Pesos)(2) 361.470,0 | 489.297,0 | 635.642,0 | 840.834,0 | 1.216.660,0 |
Comparación de la economía de la Ciudad con la economía | ||||
nacional: | ||||
PGB nominal de la Ciudad como porcentaje del PBI nominal nacional (%)(7) 18,5 | 18,2 | 18,3 | 17,7 | 17,3 |
Población de la Ciudad como porcentaje de la población nacional (%)(4) 7,1 | 7,0 | 7,0 | 6,9 | 6,8 |
Tasa de población económicamente activa (%)(5) 44,8 | 45,7 | 46,4 | 46,6 | 47,2 |
Tasa de desempleo nacional (%)(6) 5,9 | 8,1 | 7,8 | 9,1 | 9,3 |
PBI Nacional per cápita (en Pesos)(7) 138.053,0 | 188.760,0 | 241.681,0 | 328.261,0 | 481.775,0 |
PGB de la Ciudad per cápita en comparación con el PBI nacional per cápita (veces)(2) 2,6 | 2,6 | 2,6 | 2,6 | 2,5 |
FINANZAS DE LA CIUDAD:(8) | ||||
Total Ingresos 81.707,4 | 129.564,3 | 183.495,0 | 256.715,5 | 365.053,0 |
Total gastos 89.457,3 | 144.200,8 | 197.217,0 | 258.384,9 | 384.880,0 |
Saldo Operativo(9) 4.107,1 | 10.203,4 | 23.375,2 | 42.799,1 | 37.633,0 |
Saldo General(10) (7.749,9) | (14.636,5) | (13.722,0) | (1.669,3) | (19.827,0) |
Gastos por Intereses 1.950,1 | 4.500,6 | 6.717,3 | 14.312,2 | 33.037,1 |
Saldo primario(11) (5.799,8) | (10.135,9) | (7.004,7) | 12.642,8 | 13.210,1 |
Gastos por intereses como porcentaje de los ingresos totales | ||||
(%) 2,4 | 3,5 | 3,7 | 5,6 | 9,0 |
Saldo operativo/ingresos corrientes (%) 5,1 | 7,9 | 13,0 | 17,1 | 10,7 |
Saldo general/ingresos totales (%) (9,5) | (11,3) | (7,5) | (0,7) | (5,4) |
Saldo general/PGB de la Ciudad (%) (0,7) | (1,0) | (0,7) | (0,1) | (0,5) |
Ingresos xx xxxxxxx federales/ ingresos corrientes de la Ciudad (%) 10,6 | 22,8 | 23,3 | 25,4 | 26,9 |
Notas:
(1) Estimaciones preliminares respecto de la información del PGB del año 2019.
(2) PGB a Pesos nominales y a precios básicos de producción; PBI a Pesos nominales y a precio xx xxxxxxx.
(3) Los datos desde 2015 a 2019 corresponden al IPCBA (Índice de Precios de consumo de la Ciudad).
(4) Las cifras de población se presentan al 30 xx xxxxx del año respectivo y se basan en las proyecciones sobre la base de la información del Censo Nacional de 2010.
(5) Se calcula dividiendo la población económicamente activa de la población total mayor de 14 años. En el caso de la Ciudad y de la información nacional, fundamentado en la encuesta para el segundo semestre del año que corresponda.
(6) Se calcula dividiendo la población desempleada en busca de empleo por la población económicamente activa. En el caso de la Ciudad y de la información nacional, fundamentado en la encuesta para el segundo semestre del año que corresponda.
(7) En Pesos nominales, el PGB es a precios básicos de producción y el PBI nacional a precios xx xxxxxxx. La relación de PGB a PBI a precios básicos en 2019 es de 20,6%.
(8) En Pesos nominales.
(9) Ingresos corrientes menos egresos corrientes.
(10) Ingresos totales menos egresos totales.
(11) Resultado global excluyendo los gastos por intereses.
Fuentes: Para las estadísticas de la Ciudad y la información financiera, Dirección de Estadística y Censos, Dirección General de Crédito Público y Dirección de Contaduría (Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Ciudad). Para estadísticas nacionales, Ministerio de Economía de la Nación y el INDEC.
Banco Ciudad
En los cuadros siguientes se presenta un resumen de los estados financieros para los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2019 y 2018, y un resumen del estado de resultados del Banco Ciudad para los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2018 y 2019. De acuerdo con las reglamentaciones del BCRA, la confección de los estados financieros, correspondientes a ejercicios anuales iniciados a partir del 1º de enero de 2018, así como de sus períodos intermedios, deben ser confeccionados bajo las Normas Internacionales de Información Financiera (en adelante, NIIF) emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (en adelante, IASB, por su sigla en inglés). Sin embargo dicho Ente ha establecido dos excepciones transitorias: (i) la excepción transitoria a la aplicación de la sección 5.5 “Deterioro de valor” de la NIIF 9 “Instrumentos financieros” (puntos B5.5.1 a B5.5.55) hasta los ejercicios que se inicien a partir del 1° de enero de 2020; y (ii) que a los fines de calcular la tasa de interés efectiva de activos y pasivos que así lo requiera para su medición, conforme a lo establecido por la NIIF 9, se podrá realizar - transitoriamente hasta el 31 de diciembre de 2019- una estimación en forma global del cálculo de la tasa de interés efectiva sobre un grupo de activos o pasivos financieros con características similares en los que corresponda su aplicación.
Estado de resultados
Ejercicio finalizado el 31 de diciembre de
2018 2019
(en millones de Pesos)
Ingresos financieros 29.517,00 59.732,00
Gastos financieros…………………………….. 13.270,00 30.404,00
Ingresos financieros netos…………………... 16.247,00 29.328,00
Ingresos por comisiones……………………… 1.502,00 2.317,00
Egresos por comisiones………………………. 1.353,00 2.182,00
Resultado neto por comisiones……………... 149,00 135,00
557,00 | 338,00 |
2.388,00 | 2.927,00 |
1.718,00 | 2.174,00 |
1.605,00 3.466,00 | |
18.340,00 | 30.760,00 |
4.976,00 | 8.311,00 |
3.521,00 | 4.791,00 |
213,00 | 591,00 |
3.371,00 5.576,00 |
Resultado neto por medición de instrumentos... financieros a valor razonable con cambios en resultados
Diferencia de cotización de oro y moneda extranjera Otros ingresos operativos……………………..
Cargo por incobrabilidad……………………...
Ingreso operativo neto……………………….
Beneficios al personal…………………………
Gastos de administración……………………...
Depreciaciones y desvalorizaciones de bienes Otros gastos operativos………………………..
Resultado operativo…………………………. 6.259,00 11.491,00
Resultado por subsidiarias, asociadas y negocios conjuntos 134,00 149,00
Resultado antes del impuesto a las ganancias que continúan 6.393,00 11.640,00
Impuesto a las ganancias de las actividades que continúan 1.776,00 1.587,00
Resultado neto de las actividades que continúan 4.617,00 10.053,00
Resultado neto del período – Ganancia…….. 4.617,00 10.053,00
Fuente: Estados financieros anuales del Banco Ciudad correspondientes a los ejercicios económicos finalizados el 31 de diciembre de 2019 y 2018.
Estado de situación financiera
Ejercicio finalizado el 31 de diciembre de
2018 | 2019 | |
Activo: Efectivo y Depósitos en Bancos………………….. | 36.715,00 | 63.611,94 |
Otros activos financieros…………………………. | 566,00 | 971,90 |
Préstamos y otras financiaciones…………………. | 91.422,00 | 114.443,23 |
Otros Títulos de Xxxxx…………………………… | 38.696,00 | 50018,448 |
Activos financieros entregados en garantía………. | 6.534,00 | 6841,121 |
Activos por impuestos a las ganancias corriente…. | 1,00 | 1,11 |
Inversiones en Instrumentos de Patrimonio……… | 433,00 | 1036,17 |
Propiedad, planta y equipo……………………….. | 6.652,00 | 10946,125 |
Activos intangibles……………………………….. | 478,00 | 640,465 |
Activos por impuesto a las ganancias diferido…… | - | 25,566 |
Otros activos no financieros……………………… | 366,00 | 1.157,19 |
Total activo……………………………………… | 181.863,00 | 249.693,26 |
Pasivo: Depósitos………………………………………… | 144.709,00 | 193.420,74 |
Operaciones de pase……………………………… | 179,00 | 0 |
Otros pasivos financieros………………………… | 4.002,00 | 6584,184 |
Financiaciones recibidas del BCRA y otras instituciones financieras | 347,00 | 1.780,02 |
Obligaciones negociables emitidas………………. | 10.010,00 | 12730,02 |
Pasivo por impuesto a la ganancias corriente……. | 1.578,00 | 2.045,56 |
Provisiones……………………………………….. | 186,00 | 194,98 |
Pasivo por impuesto a las ganancias diferido…….. | 1.277,00 | 0 |
Otros pasivos no financieros……………………… | 2.421,00 | 3.542,68 |
Total pasivo……………………………………… | 164.709,00 | 220.298,17 |
Patrimonio neto…………………………………. | 17.154,00 | 29.395,09 |
Total pasivo y patrimonio neto………………… | 181.863,00 | 249.693,26 |
Fuente: Estados financieros anuales del Banco Ciudad correspondientes a los ejercicios económicos finalizados el 31 de diciembre de 2019 y 2018.
Mapa
Secretaría Desarrollo Urbano
Secretaría Comunic., Contenidos y Partic.Ciudadana
Secretaría de Ambiente
Secretaría de Asuntos Estratégicos
Secretaría de Medios
Secretaría Legal Secretaría General
y Técnica
y Relaciones Internacionales
Jefatura de Gobierno
Secretaría de Transformación Cultural
Secretaría Transporte y Obras Públicas
Secretaría de Desarrollo Ciudadano
Vicejefatura de Gobierno
Secretaría Planif., evaluac.y xxxxx.xx gestión
Secretaría Innovación y Transformación Digital
Secretaría Atención Ciudadana y
Jefatura de Gabinete
Ministerio de Justicia y Seguridad
Ministerio de Hacienda y Finanzas
Ministerio de Desarrollo Humano y Habitat
Ministerio de Salud
Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana
Ministerio de Educación
Ministerio de Gobierno
Ministerio de Desarrollo Económico y Producción
Ministerio de Cultura
Subsecretaría Coordinación General
Subsecretaría Hacienda
Secretaría Integración social para personas mayores
Subsecretaría Atención Hospitalaria
Subsecretaría Administración
Subsecretaría Carrera Docente
Subsecretaría Gobierno
Subsecretaría Trabajo, industria y comercio
Subsecretaría Políticas culturales y Nuevas audiencias
Subsecretaría Gestión Administrativa
Subsecretaría Finanzas
Secretaría Integración social y urbana
Subsecretaría Administración del Sistema de Salud
Subsecretaría Paisaje urbano
Subsecretaría Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos
Subsecretaría Reforma Política y Asuntos Legislativos
Subsecretaría Bienestar ciudadano
Subsecretaría Gestión cultural
Subsecretaría Tecnología e informática
Subsecretaría Gestión Operativa
Subsecretaría Asistencia y Cuidado inmediato
Subsecretaría Planificación Sanitaria y Gestión en red
Subsecretaría Mantenimiento urbano
Subsecretaria Asuntos Interjuridiccional es y Política Metropolitana
Subsecretaría Gestión de Recursos Humanos
Subsecretaría Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa
Subsecretaría Desarrollo inclusivo
Secretaría Justicia y Seguridad
Subsecretaría Convivencia y Orden Público
Subsecretaría Atención primaria, ambulatoria y comunitaria
Subsecretaría Higiene urbana
Subsecretaría Micro, pequeñas y medianas empresas
Subsecretaría Seguridad Comunal e Investigación criminal
Subsecretaría Desarrollo del potencial humano
Subsecretaría Fortalecimiento personal, familiar y comunitario
Subsecretaría Agencia de aprendizaje a lo largo de la vida
Subsecretaría Articulación y Fortalecimiento de gestión
Subsecretaría Tecnología educativa y Sustentabilidad
Subsecretaría Desarrollo económico
Subsecretaría Integración social y económica
Subsecretaria Administración de Bienes Inmuebles
Subsecretaría Participación ciudadana en Seguridad
Subsecretaría Seguridad Ciudadana
Subsecretaría Infraestructura, vivienda y coordinación gubernamental
Subsecretaría Capital Humano
ORGANIGRAMA
Subsecretaría Emergencias | |
Subsecretaría Promoción, Prevención y Asistencia ciudadana al turista | |
Subsecretaría Justicia |
LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Territorio, población e infraestructura básica.
La Ciudad de Buenos Aires fue fundada en 1580 y se convirtió en la Capital Federal de la Argentina en diciembre de 1880. La Ciudad continúa siendo la sede del Gobierno Nacional y es el principal centro financiero y económico del país. La Ciudad es la ciudad más grande de la Argentina y posee una población de aproximadamente 3,07 millones de habitantes, esto es, alrededor del 6,8% de la población total estimada de la Nación en 2019, según la actualización de las proyecciones que publica el INDEC del censo nacional de 2010. La Ciudad se encuentra rodeada por una vasta área metropolitana conocida como Gran Buenos Aires, en la adyacente Provincia de Buenos Aires. De acuerdo con el censo nacional de 2010, las áreas del Gran Buenos Aires y de la Ciudad, poseían, en combinación, una población de aproximadamente 12,8 millones. En 2019, la Ciudad representaba alrededor del 20,6% del PBI nacional total, calculado sobre precios básicos de producción en Pesos nominales, siendo los sectores de servicios los mayores contribuyentes del PGB de la Ciudad. Ver el capítulo “Economía de la Ciudad”.
La Ciudad se encuentra ubicada en la margen del Río de la Plata, ocupa un área de 204 kilómetros cuadrados y está compuesta por 15 comunas. La Ciudad limita al este y al noreste a lo largo de 18 kilómetros con el Río de la Plata; por el sur a lo largo de 14 kilómetros el Riachuelo la separa de la Provincia de Buenos Aires, con la que también limita al oeste y noroeste.
La Ciudad posee una infraestructura pública significativa, la cual incluye 41,6 kilómetros de autopistas y más de 62 kilómetros de líneas de subterráneos y trenes. La Ciudad alberga el mayor aeropuerto para vuelos xx xxxxxxxx y uno de los principales puertos marítimos del país, por donde pasa el 90% del movimiento de contenedores del país y debido a su moderna infraestructura y capacidad de carga es uno de los puertos más importantes de la región latinoamericana. La Ciudad cuenta con 2.743 establecimiento educativos (de las cuales 1.213 son estatales), 34 hospitales públicos, una institución de salud pública, 45 centros de salud y 43 centros médicos barriales de acción comunitaria. La Ciudad es también sede de los departamentos del Gobierno Nacional. En enero de 2017 con la unificación de la Policía Metropolitana y parte de la Policía Federal, transferida a la Ciudad, comenzó a funcionar la nueva Policía de la Ciudad. La Ciudad además de suministrar la infraestructura para atraer negocios, presta principalmente servicios sanitarios, educativos, sociales, culturales y administrativos a sus residentes, siendo uno de los centros turísticos más importante del país y el centro más grande de enseñanza, investigación y cultura de la Argentina.
Organización institucional
Introducción
La Constitución Nacional establece una división de poderes entre el Gobierno Nacional y los gobiernos provinciales. Cada provincia tiene su propia constitución, la cual establece su estructura gubernamental así como la elección de un gobernador y una legislatura provinciales. Las provincias poseen competencia sobre la educación, las instituciones municipales, la policía provincial, los tribunales provinciales y otras cuestiones de índole provincial o local. Cada provincia puede tomar créditos en su propio nombre, sujeto en ciertos casos a la aprobación previa del Gobierno Nacional a través del Ministerio de Economía y Finanzas de la Nación. El Gobierno Nacional sólo tiene jurisdicción sobre aquellas áreas que le han sido expresamente delegadas por las provincias en la Constitución Nacional, que incluye la legislación civil, penal, comercial, minera y laboral, la deuda pública nacional y la propiedad, la reglamentación del comercio y los concursos y quiebras, la emisión de moneda, la reglamentación de los bancos y la actividad bancaria, la defensa nacional, las relaciones exteriores, las cuestiones aduaneras y la regulación del comercio marítimo y los puertos.
La Ciudad tiene un estatus especial autónomo de acuerdo con la Constitución Nacional. Con anterioridad a la reforma de la Constitución Nacional de 1994, la Ciudad, como sede del Gobierno Nacional, era un municipio bajo la jurisdicción del Gobierno Nacional y era administrada por un intendente designado por el presidente de la Nación. El Congreso Nacional dictaba leyes para la
Ciudad, si bien existía un Concejo Deliberante municipal formado por miembros elegidos en forma popular, que tenía autoridad legislativa limitada en determinadas áreas. En virtud de las reformas efectuadas a la Constitución Nacional en 1994, se otorgó autonomía a la Ciudad. Las reformas establecieron la aprobación de una ley nacional a efectos de garantizar los intereses del Gobierno Nacional mientras que la Ciudad siga siendo la Capital Federal de la Argentina. Dicha ley se dictó en noviembre de 1995 y estableció, entre otras cosas, la continuación de la jurisdicción nacional sobre aquellos activos ubicados en la Ciudad que fueran utilizados o de propiedad del Gobierno Nacional, fijó el carácter legal de la Ciudad para suceder a la anterior Municipalidad de Buenos Aires, confirmó la efectividad de todas las leyes nacionales y municipales que a esa fecha fueran aplicables a la Ciudad y hasta que las autoridades locales o nacionales lo prevean de otra forma, y aceptó la responsabilidad nacional de continuar con la prestación de determinados servicios a la Ciudad, tales como la policía. Las previsiones de dicha ley nacional han sido modificadas al efecto de que la Ciudad pueda establecer su propia fuerza de seguridad aunque dicha ley no contempla la transferencia simultánea de los recursos correspondientes a la Ciudad. En consecuencia, en la actualidad la Ciudad se encuentra desplegando su propia fuerza de seguridad que se concentra principalmente en la prevención de determinados crímenes en donde la Ciudad tiene jurisdicción. Ver “Poder Judicial”.
Otra ley nacional estableció elecciones para la designación de un Jefe de Gobierno y Vice Jefe de Gobierno, así como también de miembros de una Convención Constituyente. La Convención Constituyente se reunió desde el 6 xx xxxxxx hasta el 1° de octubre de 1996 y la Constitución de la Ciudad aprobada por dicha Convención entró en vigencia el 10 de octubre de 1996.
La Constitución de la Ciudad legisla respecto de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
Poder Ejecutivo
El Poder Ejecutivo comprende al Jefe de Gobierno, un Vice Jefe de Gobierno y varios ministerios. El Jefe de Gobierno y el Vice Jefe de Gobierno son elegidos por el voto popular de los residentes de la Ciudad habilitados para votar, ocupan el puesto por cuatro años, y pueden ser reelectos por un mandato sucesivo más. Los Ministros, son designados por el Jefe de Gobierno, quien a su vez está facultado para removerlos. La Ciudad tiene un Jefe de Gabinete y Ministros de Hacienda y Finanzas, de Justicia y Seguridad, de Salud, de Educación, de Desarrollo Económico y Producción, de Cultura, de Desarrollo Humano y Hábitat, de Espacio Público e Higiene Urbana y de Gobierno.
El Ministerio de Hacienda y Finanzas es responsable de diseñar, proponer e instrumentar las políticas financieras, tributarias y presupuestarias de desarrollo económico, a la vez que es responsable de las políticas de compras, del sistema estadístico y de la gestión de los recursos humanos. El Ministerio de Justicia y Seguridad elabora, implementa y evalúa las políticas y estrategias de seguridad pública y las directivas generales específicas necesarias para su gestión y control; ejerce la dirección específica de las fuerzas policiales y coordina y articula las relaciones con el Poder Judicial de la Ciudad. El Ministerio de Salud diseña, planifica, ejecuta y controla las políticas, planes y programas de promoción, prevención, recuperación y rehabilitación de la salud de la población de la Ciudad. El Ministerio de Educación es responsable de diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos; administrar y fiscalizar el sistema de educación; diseñar, promover e implementar planes, programas, proyectos e instrumentos para el desarrollo de la ciencia, la tecnología y la innovación y de una cultura científica innovadora y emprendedora. El Ministerio de Desarrollo Económico y Producción potencia la actividad económica, promoviendo la innovación y el desarrollo integral de la Ciudad, fomentando la actividad productiva y sustentable en áreas estratégicas y el empleo y contribuir a una mejor calidad de vida. El Ministerio de Cultura diseña e implementa las políticas, planes y programas tendientes a preservar y acrecentar el acervo cultural. El Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat diseña e implementa políticas, planes y programas para la promoción y protección de los derechos civiles, políticos, sociales, culturales, comunitarios, humanos y los derechos de incidencia colectiva en general, fomentando la creación de igualdad de oportunidades para los habitantes de la Ciudad y promover la inclusión social. El Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana diseña e implementa políticas tendientes a mejorar y mantener la calidad de vida en los espacios públicos de la Ciudad. El Ministerio de Gobierno coordina y propone las relaciones del Gobierno de la Ciudad con el Estado Nacional, los Estados Provinciales y los Municipios; coordina, define y
supervisa la implementación de políticas públicas interjurisdiccionales para el Área Metropolitana de Buenos Aires.
En las elecciones de la Ciudad llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019, el señor Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx del PRO-Juntos por el Cambio obtuvo el 55,9% de los votos, seguido por el candidato del Frente de Todos, quien obtuvo el 35,1% de los votos.
Poder Legislativo
La Constitución de la Ciudad establece un cuerpo legislativo, la Legislatura, que está compuesta por 60 miembros elegidos por voto popular y presidida por el Vice Jefe de Gobierno. Los miembros de la Legislatura ocupan el cargo por un período de cuatro años y pueden ser reelectos por un período sucesivo. Las elecciones para renovar la mitad de los miembros de la Legislatura se llevan a cabo cada dos años.
Como resultado de las últimas elecciones generales llevadas a cabo el 27 de octubre de 2019 se realizaron elecciones legislativas en las que la alianza Juntos por el Cambio obtuvo el 54,2% de los votos, relegando al Frente de Todos que obtuvo el 33,9% de los votos, Consenso Federal que obtuvo el 5,4% y el Frente de Izquierda y Trabajadores-Unidad (conformado por el Partido de los Trabajadores Socialistas-PTS, Partido Obrero-PO e Izquierda Socialista) que obtuvo el 4,7% de los votos. En consecuencia, Juntos por el Cambio cuenta con 37 bancas (26 de Vamos Juntos, nueve de la UCR- Evolución y dos del Partido Socialista), el Frente de Todos cuenta con 17 bancas, el Frente de Izquierda y Trabajadores-Unidad cuenta con tres bancas y las tres bancas restantes corresponden a otras fuerzas políticas.
Conforme a la Constitución de la Ciudad, la Legislatura posee todas las facultades legislativas no conferidas al Gobierno Nacional en virtud de la Constitución Nacional.
Poder Judicial
Con anterioridad a la reforma constitucional de 1994, la Ciudad tenía tribunales locales xx xxxxxx que entendían cuestiones sobre estacionamiento y tránsito, así como otras reglamentaciones locales. La Ciudad también era la sede de los tribunales competentes en lo civil, comercial, laboral y penal que involucraran a residentes de la Ciudad o delitos ocurridos dentro de su territorio, siendo dichos tribunales parte del Poder Judicial de la Nación. El Poder Judicial de la Ciudad fue creado en 1998 y está compuesto por el Superior Tribunal de Justicia de la Ciudad, las cámaras de apelación, los tribunales de primera instancia, las fiscalías, las defensorías públicas y el Consejo de la Magistratura. Los jueces son designados por la Legislatura en base a las propuestas del Consejo de la Magistratura que incluyen miembros de la Legislatura, abogados y jueces. Los jueces ocupan un cargo vitalicio y sólo pueden ser removidos por un jurado de enjuiciamiento de conformidad con un procedimiento especial iniciado por el Consejo de la Magistratura. El Superior Tribunal de Justicia puede, en el marco de una disputa, declarar que una ley u otra reglamentación de la Ciudad son contrarias a las disposiciones de la Constitución de la Ciudad, dejándola en consecuencia sin efecto a menos que dicha ley o reglamentación sea ratificada por la Legislatura (con el voto de una mayoría especial de sus miembros) dentro de los tres meses siguientes a dicha declaración. Los tribunales de la Ciudad tienen actualmente competencia sobre cuestiones tributarias y administrativas que involucran a la Ciudad y sobre contravenciones relativas a estacionamiento, tránsito, salud, seguridad y otras reglamentaciones locales. La Ley N° 7 de la Ciudad del 12 xx xxxxx de 1998 que creó el Poder Judicial de la misma también contemplaba la creación de tribunales de la Ciudad con jurisdicción en lo civil, comercial, laboral y penal. La Ciudad y el Gobierno Nacional han estado negociando para acordar los términos en virtud de los cuales los tribunales nacionales con sede en la Ciudad y competentes sobre aquellas materias serían transferidos a la Ciudad. El 28 de febrero de 2008, el Congreso Nacional aprobó los términos del acuerdo de 2004 entre la Ciudad y el Gobierno Nacional según el cual los tribunales de la Ciudad tienen jurisdicción respecto a ciertos delitos, tales como la violación de domicilio, el abandono de persona y omisión de auxilio y matrimonios ilegales entre otros, cuando fueren cometidos en la Ciudad. La Ciudad y el Gobierno Nacional todavía deben acordar los términos del traspaso a la Ciudad de cualquier tribunal nacional con jurisdicción sobre tales materias y los recursos relacionados.
Organismos de control
La Constitución de la Ciudad establece determinadas entidades para ocuparse de la supervisión y el control de la administración de la Ciudad. El Síndico General realiza la auditoría interna de las cuentas de la Ciudad y supervisa el empleo de todos los fondos públicos por parte de los funcionarios de la Ciudad. Tiene a su cargo el control interno, presupuestario, contable, financiero, económico, legal y de gestión así como el dictamen sobre los estados contables y financieros de la administración pública central y descentralizada, y sobre la cuenta de inversión. Depende del Poder Ejecutivo, tiene personería jurídica propia y autarquía administrativa y financiera. Su titular es designado y removido por el Poder Ejecutivo, con jerarquía equivalente a la de un Ministro. El Procurador General controla la legalidad de los actos administrativos, ejerce la defensa del patrimonio de la Ciudad y su patrocinio letrado. Representa a la Ciudad en todo proceso en que se controviertan sus derechos o intereses. Es designado por el Poder Ejecutivo con acuerdo de la Legislatura y removido por el Poder Ejecutivo. La Constitución de la Ciudad también prevé la realización por la Auditoría General de la Ciudad de una auditoría externa de las cuentas de la Ciudad y el control del uso de los fondos públicos por parte de los funcionarios de la Ciudad. Depende de la Legislatura, tiene personería jurídica, legitimación procesal y autonomía funcional y financiera. Ejerce el control externo sobre el sector público en sus aspectos económicos, financieros y patrimoniales, de gestión y de legalidad. Dictamina sobre los estados contables y financieros de la administración pública central y descentralizada y sobre la cuenta de inversión. Por último, la Constitución de la Ciudad prevé la existencia de un Defensor del Pueblo con autonomía funcional y autarquía financiera, encargado de proteger los derechos humanos y constitucionales de los ciudadanos contra violaciones por parte del Gobierno de la Ciudad o prestadores de servicios públicos.
Comunas administrativas
La Constitución de la Ciudad establece que la administración de la Ciudad estará descentralizada a través de la creación de comunas a lo largo de su territorio. El 1° de septiembre de 2005, la Legislatura aprobó la Ley Nº 1.777 abordando, entre otros temas, la división geográfica, la organización, funciones y administración de 15 comunas dentro del territorio de la Ciudad. Según la Ley Nº 1.777, cada comuna será administrada por un Consejo Comunitario de siete miembros a ser elegidos por los residentes de dicha comuna. Cada Consejo Comunitario está a cargo, entre otras cosas, del mantenimiento de calles secundarias y de espacios verdes dentro de la comuna, y organiza otras actividades apuntadas a mejorar la calidad de vida de los residentes de cada comuna. Como se establece en la Constitución de la Ciudad, los Consejos Comunitarios no tienen capacidad para cobrar impuestos o recaudar fondos, y la Ciudad, en cambio, asigna un monto específico en su presupuesto anual para financiar la actividad de cada Consejo Comunitario. El 27 de octubre de 2019 se eligieron los miembros de los Consejos Comunitarios que asumieron sus mandatos el 10 de diciembre de 2023.
Partidos políticos
Tradicionalmente, los partidos políticos más importantes de la Argentina y de la Ciudad han sido la Unión Cívica Radical (UCR) fundado en 1890 y el Partido Justicialista (PJ) creado en la década que se inició en 1940. En las últimas décadas, el espectro político nacional se ha ampliado con varias fuerzas políticas nuevas y el establecimiento de alianzas, como por ejemplo la Afirmación para una República Igualitaria (ARI), fundada en 2001, y el Frente Para la Victoria fundado en 2003 y que gobernó el país entre el 2003 y el 2015 y desde 2019 por el periodo que finalizará el 10 de diciembre de 2023. Desde que la Ciudad adquirió autonomía constitucional en 1996, su espectro político ha consistido principalmente en fuerzas políticas y alianzas cambiantes y de corta vida, formadas alrededor de figuras políticas o carismáticas.
El PRO se ha vuelto la principal fuerza política de la Ciudad y comprende una alianza de varios partidos políticos, principalmente Compromiso para el Cambio y Recrear para el Crecimiento. El PRO tiene una plataforma centrista que prevé acciones gubernamentales orientadas a satisfacer las necesidades de los habitantes de la Ciudad, haciendo hincapié en la infraestructura pública, la salud y la educación, mientras se enfatiza la posición de la Ciudad como una atracción cultural y turística. El actual Jefe de Gobierno, el señor Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, es miembro del PRO.
Una variedad de partidos políticos menores operan también en la Ciudad. Estos partidos ocupan posiciones en el espectro político. Otra alianza política que ha recibido un apoyo significativo en recientes elecciones de la Ciudades ECO (Energía Ciudadana Organizada) que es la denominación del frente electoral que integraron en las elecciones legislativas de 2017 la Unión Cívica Radical, la Coalición Cívica ARI, el Partido Socialista, el Partido Socialista Auténtico y Confianza Pública. En las elecciones de jefe de gobierno de 2019, el PRO, sus aliados tradicionales, la UCR, ECO, la Coalición Cívica ARI, el Partido Socialista, el Partido Socialista Auténtico y Confianza Pública se unieron en la alianza electoral Vamos Juntos.
El objetivo principal de la administración es responder a las necesidades de los vecinos y desarrollar la Ciudad a través de políticas públicas sólidas y de largo plazo. Para cumplir con dicho propósito estructura su plan estratégico sobre seguridad, salud pública, educación, e infraestructura. Con respecto a la seguridad, su foco principal es consolidar el Sistema Integral de Seguridad Pública a través de nuevas incorporaciones de personal policial, escalafón de bomberos y personal civil, renovando equipamiento, indumentaria y tecnología. En salud pública, la administración planea crear una red de cuidados integrales y progresivos a través de pequeños centros de salud en la Ciudad a fin de permitir el fácil acceso a sus ciudadanos para controles y procedimientos de rutina y así aliviar la carga de trabajo de los principales hospitales de la Ciudad. Con referencia a la educación, la administración además de profundizar las políticas priorizadas en los últimos años tiene como objetivo la implementación de nuevos programas basados en ejes estratégicos tales como el desarrollo de capacidades y aprendizajes a lo largo de la vida; el desarrollo profesional docente; la vinculación, transferencia e innovación científica, tecnológica y productiva; y la infraestructura mediante la construcción de nuevos edificios y ambientes de aprendizaje. Con respecto a la infraestructura, los principales proyectos de la Ciudad incluyen (i) continuar desarrollando el sur de la Ciudad, relocalizando sedes de gobierno en las Comunas 4,8 y 9, destacando el proyecto de la reconversión de la Ex Cárcel de Caseros. Adicionalmente, se continúa con el proyecto de traslado del antiguo Mercado de Hacienda de Liniers y el posterior desarrollo urbano del predio; (ii) seguir avanzando con el plan maestro hidráulico para mitigar los riesgos derivados de inundaciones y mejorar el sistema básico de saneamiento de líquidos, complementado las obras con nuevos sistemas de prevención con recursos tecnológicos de notificación con el fin de evitar inundaciones y mejorar la respuesta de los equipos de emergencia; (iii) el proceso de urbanización de los barrios populares en la Ciudad a través de la provisión de infraestructura para los servicios básicos y la regularización dominial; e (iv) infraestructura de transporte, entre otros. La Ciudad espera financiar estos proyectos principalmente con programas crediticios provistos por organismos multilaterales de crédito, mediante la emisión de títulos de deuda pública en el marco del Programa de Asistencia Financiera y/o el Programa de Financiamiento en el Mercado Local y a través de la venta de terrenos y edificios que son propiedad de la Ciudad y que están actualmente en desuso (o se encuentran dentro de la Ciudad pero que son propiedad del Gobierno Nacional, y que la Ciudad espera que le sean transferidos por el Gobierno Nacional) para su uso comercial o residencial.
ECONOMÍA DE LA CIUDAD
Introducción
La economía de la Ciudad debe ser analizada dentro del contexto más amplio de la economía nacional. Durante las décadas del 70 y 80, el Gobierno Nacional implementó varios planes económicos destinados a estabilizar la economía y fomentar un crecimiento real, los cuales, luego de tener un éxito limitado en algunos casos, finalmente fracasaron. Durante la década del 80, la Ciudad implementó varias medidas para reducir los déficits fiscales resultantes de la erosión de su base tributaria como consecuencia de la recesión económica, las agudas caídas en la recaudación impositiva y la pérdida monetaria, en términos reales, de los ingresos fiscales atribuibles a la inflación entre el momento de valuación y el de recaudación de sus impuestos. La Ciudad también disminuyó significativamente sus programas de inversión.
Luego de la implementación de la Ley de Convertibilidad en 1991, la Argentina experimentó una reducción significativa de su índice de inflación, un crecimiento del PBI nacional y un gran ingreso de divisas hasta 1995. En ese año, el PBI real de la Argentina se contrajo un 2,8% debido a la fuga de capitales, la menor demanda e inversión que afectaba a la Argentina y América Latina en general luego de la crisis de México. En 1996, la economía nacional comenzó a recuperarse, con un aumento del PBI real del 5,5%, debido, principalmente, a una mayor inversión externa e interna y a una creciente confianza de los consumidores. El PBI real de la Argentina creció un 8,1% durante 1997 y luego un 3,9% en 1998 como consecuencia de la continua inversión externa e interna y un aumento del consumo personal y la demanda interna. La crisis global de 1997-1999 que comenzó a fines de 1997 y se extendió a lo largo de 1999 (la “Crisis Global de 1997-1999”) impactó en forma negativa sobre la economía argentina. Dicha crisis global fue disparada por el colapso de varias economías de Asia durante el último trimestre de 1997. Continuó con la devaluación del rublo ruso y el default de Rusia respecto de su deuda denominada en rublos en 1998. En enero de 1999, Brasil, principal socio comercial de la Argentina, devaluó su moneda. Como consecuencia de la Crisis Global de 1997-1999, la Argentina sufrió una reducción en su mercado de valores y mayores márgenes respecto de los títulos públicos en el mercado secundario. La caída de la economía brasileña y los efectos de la continua recesión económica llevaron en 1999 a una disminución del 3,4% del PBI de la Nación.
Luego de asumir su cargo en diciembre de 1999, el gobierno xx Xxxxxxxx Xx xx Xxx intentó reducir el creciente déficit del sector público principalmente mediante el aumento de determinados impuestos y el establecimiento de un monto fijo a ser transferido por el Gobierno Nacional a las provincias. Estas medidas no lograron, en gran medida, revertir los Tendencias económicas generales y coincidieron con una creciente inestabilidad política resultante de disputas internas dentro de la coalición gobernante y entre el Gobierno y el Congreso Nacional. Como resultado, el PBI de la Nación disminuyó un 0,8% en el 2000. En un intento por disminuir la preocupación de los inversores en relación con las finanzas de la Argentina, en diciembre de 2000 el Gobierno Nacional acordó con el FMI y otros prestamistas un paquete de asistencia por la suma de U$S 39.700 millones.
La confianza pública en la Argentina continuó desgastándose durante el 2001 y el Gobierno Nacional y otras entidades argentinas constataron que era cada vez más difícil obtener capital tanto en el mercado interno como en el internacional. Luego de la designación de Xxxxxxx Xxxxxxx como Ministro de Economía en marzo de 2001, el Gobierno Nacional aprobó varias medidas destinadas a restaurar la confianza de los inversores y promover el crecimiento de la economía, incluyendo reformas tributarias para aumentar la demanda interna e incrementar la competitividad de las exportaciones, reformas a la Ley de Convertibilidad a efectos de incluir el euro como moneda de referencia y reducciones en el gasto público, tales como el pago de salarios. Estas medidas no lograron sus objetivos y los ingresos tributarios siguieron disminuyendo mientras que las tasas de interés llegaron a niveles récord.
Luego de la derrota de la coalición gobernante del país en las elecciones legislativas llevadas a cabo en octubre de 2001, la Argentina experimentó una mayor fuga de capitales, menor actividad económica y continuas luchas políticas internas. A fines de noviembre de 2001, los rumores de una
posible devaluación monetaria ocasionaron significativos retiros de dinero del sistema bancario. Con el fin de frenar la corrida bancaria, a comienzos de diciembre de 2001, el gobierno xx Xxxxxxxx Xx xx Xxx anunció varias medidas que incluían restricciones al retiro de depósitos hasta un monto mensual máximo, restricciones a la transferencia de fondos al exterior excepto por pagos relativos al comercio internacional y pagos de endeudamiento financiero aprobados por el BCRA en forma individual y el depósito obligatorio en el sistema bancario de divisas extranjeras procedentes de exportaciones, sujeto a determinadas excepciones. La consiguiente oposición política y social tuvo como consecuencia la renuncia del entonces presidente de la Argentina y su gabinete el 20 de diciembre de 2001 provocando un efecto profundo y grave en la economía nacional.
Durante la segunda mitad de 2001, los reducidos niveles de actividad económica provocaron que ciertos sectores económicos quedaran virtualmente paralizados. Además, la escasez de liquidez disponible para los hogares con posterioridad a la implementación de las restricciones en el retiro de los depósitos bancarios ocurrida a principios de diciembre de 2001, tuvo como resultado un nivel de falta de pago de los impuestos nacionales y de la Ciudad sin precedentes. En consecuencia, la Ciudad adoptó medidas para tratar la crisis económica, que incluyeron la declaración de estado de emergencia de sus finanzas durante los seis primeros meses de 2002, emitida por la Legislatura el 30 de diciembre de 2001 conforme a la Ley N° 744. Dicha declaración permitió que el Jefe de Gobierno efectuara, entre otras cosas, reformas al presupuesto 2001 para reflejar los ingresos proyectados para el 2002, y para contraer deuda, rever y renegociar los términos de los acuerdos con los proveedores de alimentos y servicios de la Ciudad a los efectos de procurar un ahorro en los costos y utilizar los instrumentos de deuda emitidos o a ser emitidos por la Ciudad o el Gobierno Nacional para cumplir con las obligaciones de pago, incluyendo montos debidos a proveedores y sentencias en contra. Asimismo, la Ciudad redujo sustancialmente sus gastos de capital. En el 2001, el PBI de la Nación disminuyó un 4,4% y el PGB de la Ciudad disminuyó un 6,6%.
En enero de 2002, el Gobierno Nacional reformó la Ley de Convertibilidad, terminando con más xx xxxx años de paridad entre el Peso y el Dólar, lo que derivó en una pérdida significativa del valor del Peso, tanto frente a monedas extranjeras como con relación a la capacidad de compra, con una depreciación del 74,2% frente al Dólar durante la primera mitad de 2002. El Gobierno Nacional implementó otras medidas relacionadas a fines del 2001 y en el 2002 que incluyeron el congelamiento obligatorio y unilateral de los depósitos bancarios, lo que fue llamado el “corralito”, y la conversión de los depósitos en Dólares mantenidos en bancos de la Argentina a Pesos, a determinadas tasas. El período fue marcado por una ausencia total de crédito interno y externo. Mostrando el impacto de la extensión de la crisis económica, en el 2002 el PBI real de la Argentina disminuyó un 10,9% y el PBI real de la Ciudad disminuyó un 15,5%. El impacto de la Crisis Económica del 2001-2002 fue más severa en su conjunto en la Ciudad que en la Nación, debido a la composición de la economía del distrito, principalmente, respecto al peso significativo del sector de servicios financieros, y la prevalencia de pequeñas y medianas empresas a lo largo de los sectores económicos de la Ciudad.
Luego de la devaluación del Peso, la Ciudad rápidamente adoptó medidas para reestructurar su deuda pública (aproximadamente el 80% de la misma se encontraba denominada en otras monedas diferentes al Peso) representada por títulos, mediante asambleas con los tenedores que aprobaron modificaciones a los términos y condiciones originales de dichos títulos en mayo de 2002 y en febrero de 2003. A diferencia de otras reestructuraciones implementadas por los prestamistas argentinos luego de la Crisis Económica del 2001-2002, la Ciudad no requirió a los tenedores de sus instrumentos de deuda que acordaran ninguna reducción en el monto principal de sus reclamos, sino que extendieran el vencimiento promedio de dichos títulos por tres años y redujeran futuros intereses de cupones un 30%.
La economía de la Argentina y de la Ciudad comenzaron a estabilizarse en el tercer cuatrimestre de 2002 como resultado de los ajustes favorables en la balanza de pagos y de la política monetaria nacional expansionista. La Argentina comenzó a experimentar un crecimiento económico impulsado ante todo por una sustitución de importaciones y un incremento en las exportaciones, facilitadas por la devaluación del Peso. Mientras que la devaluación tuvo efectos adversos significativos, la misma provocó la reactivación de la producción nacional, toda vez que la disminución del valor del Peso frente a las monedas extranjeras provocó que los productos fabricados en la Argentina resulten económicos en el mercado de las exportaciones. Al mismo tiempo, el costo de los bienes importados aumentó
significativamente debido al menor valor del Peso, forzando a los consumidores de la Argentina a sustituir sus compras de bienes importados por bienes nacionales, estimulando la demanda local de dichos productos.
En el periodo 2003-2007, la economía de la Argentina y de la Ciudad mostraron fuertes niveles de crecimiento. En 2003, el PBI real de la Argentina aumentó un 8,8% mientras que el de la Ciudad aumentó un 5,3%; en 2004 dichos niveles de crecimiento fueron del 8,5% y del 9,9%, respectivamente; en 2005, 9,2% y 10,5%; en 2006, 8,5% y 11,5%, y en 2007, 8,7% y 8,5%. Esta recuperación económica también alivió las tensiones sociales surgidas en la etapa previa y posterior a la Crisis Económica del 2001-2002, toda vez que el aumento en la producción dio lugar a un aumento en las tasas de empleo y los salarios.
La economía de la Argentina y de la Ciudad continuaron creciendo durante 2008 a pesar de que, en el último trimestre de ese año, los Estados Unidos y otras grandes economías cayeron en recesión. La Argentina, al igual que otras economías emergentes, fue afectada por una disminución en la actividad económica, importantes flujos de capital al exterior y una baja en los precios de las commodities, el consumo y la inversión. Las economías de la Nación y de la Ciudad enfrentaron el impacto más fuerte desde la crisis financiera global en el 2009. En el caso de la Ciudad, además de las incertidumbres resultantes de dicha crisis, el virus H1N1 que se esparció entre su población durante los meses de invierno del 2009 afectó principalmente a todas las actividades relacionadas con el turismo y llevó a la depresión a los niveles de actividad económica. En el 2009, el PBI de la Nación mostró un aumento en términos reales del 0,9% mientras que el PGB de la Ciudad disminuyó en términos reales en un 0,1%. El variado desempeño económico del país y de la Ciudad se debe mayormente a la crisis financiera global que afectó principalmente a los sectores inmobiliarios y comerciales, que tienen una contribución proporcional mayor al PGB de la Ciudad que al PBI de la Nación (que recibe mayores contribuciones de los sectores de la agricultura y de la producción).
En el 2010, tanto la economía nacional como la de la Ciudad lograron superar los efectos de la crisis financiera global y retornar a la senda del crecimiento. El PBI de la Argentina aumentó en términos reales un 9,1% mientras que el PGB de la Ciudad aumentó en términos reales un 7,0%. En 2011, mientras que el PBI aumentó en términos reales un 8,6%, el PGB de la Ciudad aumentó en términos reales un 6,0%. Debido a dificultades ocasionadas por la disminución en el nivel de reservas internacionales y a las medidas implementadas por el Gobierno Nacional para intentar contrarrestar ésta situación, el PBI de la Argentina y el PGB de la Ciudad aumentaron en términos reales durante el 2012 un 0,9% y un 1,6% respectivamente. La disminución en el sector de la construcción y el consecuente impacto sobre los servicios similares fueron los mayores responsables de este bajo índice de crecimiento. A nivel nacional, el bajo desempeño del sector agrícola también afectó el índice de crecimiento. En 2013, el PBI de la Argentina aumentó en términos reales un 2,9% mientras que el PGB de la Ciudad aumentó en términos reales un 1,5%. El período se caracterizó por dificultades provenientes de la escasez de reservas que provocaron que el Gobierno Nacional restringiera las importaciones, lo que provocó una disminución en los niveles de actividad y acentuó las presiones inflacionarias. En 2014, el PBI de la Argentina aumentó un 0,5% en términos reales, mientras que el PGB de la Ciudad arrojó un valor negativo del 1,6% en términos reales. Al escenario imperante en el 2013 cabe agregar la inestabilidad y un menor crecimiento en el contexto económico mundial en 2014, que provocaron un crecimiento atenuado de la economía de la Argentina, factores a los que cabe agregar las diferencias estadísticas registradas entre el IPCNu del INDEC y el IPCBA, que explican parcialmente la caída del PGB de la Ciudad. En 2015, pese a la menor actividad producto de las restricciones a las importaciones, la intensificación de la desaceleración del crecimiento de la Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, el estancamiento de la economía de Brasil y la caída de algunos de los precios internacionales marcan un aumento en términos reales del 2,1% y del 2,4% del PBI de la Argentina y del PGB de la Ciudad, respectivamente. A su vez, la incertidumbre sobre la tasa de cambio siguió afectando al sector de la construcción y al mercado inmobiliario, y en general, provocó un bajo crecimiento en otros sectores.
En 2016, con la xxxxxxxx del gobierno encabezado por Xxxxxxxx Xxxxx, se generaron cambios en la política económica de los 12 años anteriores, entre las medidas más importantes, se encuentran, entre otros: (i) el levantamiento a las restricciones cambiarias; (ii) la eliminación o reducción de retenciones
a las exportaciones; (iii) el arreglo con los acreedores en conflicto con más deuda; (iv) el ajuste de tarifas de servicios públicos; y (v) la vuelta al mercado internacional de deuda. En ese periodo la inflación alcanzó en la Ciudad un 41,0% mientras que el PGB cayó un 2,3% acompañando el movimiento a nivel nacional donde el PBI cayó un 2,1%.
Durante 2017 todas las variables económicas experimentaron mejoras, la estabilidad xxx xxxxx, la caída de la inflación a un 26,1% en la Ciudad y a un 24,8% a nivel nacional, motorizaron la construcción y la industria. El PBI alcanzó a valores constantes una variación del 2,7% y el PGB en la Ciudad, un incremento de 2,9%.
El 28 de diciembre de 2017 el presidente del BCRA anunció una meta de inflación de 15% para 2018, alentado por el crecimiento económico con una inflación en baja que había experimentado la economía argentina durante 2017. Sin embargo, la menor entrada de divisas del sector agropecuario por las sequías que afectaron la producción, más el aumento de la tasa de interés por parte de la Reserva Federal de los Estados Unidos, que dio por terminada su política monetaria expansiva, sumado a la baja del precio de los commodities y el comienzo del enfrentamiento comercial entre China y Estados Unidos, comenzaron a minar la confianza respecto de la solvencia de la economía argentina. Estos hechos definieron la situación a lo largo de 2018. La inflación nacional alcanzó 47,6% según el INDEC y mientras que en la Ciudad se ubicó en 45,5%, impulsada principalmente por las tarifas de servicios públicos, los combustibles y el transporte.
Por otro lado, la desconfianza en el peso llevó a que la cotización xxx xxxxx acumulara un aumento de 114%. El Gobierno Nacional, urgido por la volatilidad de otros mercados emergentes, especialmente Turquía, firmó un acuerdo preliminar con el Fondo Monetario Internacional y obtuvo una línea de Crédito de 50.000 millones de dólares, que representó un fuerte respaldo económico y político de la comunidad internacional. Finalmente, el PBI cayó un 2,5% debido principalmente al comportamiento del sector primario que se contrajo en algo más de 15% debido a las condiciones climáticas adversas. En este marco el PGB de la Ciudad cayó apenas un 0,7%, dado que su economía se ve poco afectada por los movimientos de aquel sector. Por otro lado, se registró una leve alza de los servicios inmobiliarios, empresariales y de alquiler -un 0,2%- y una mejora sustancial en la Intermediación Financiera.
Durante 2019, pese a algunos hechos auspiciosos como el incremento de las exportaciones xx xxxxxx y otros productos primarios, las inversiones en el área petrolífera-gasífera conocida como Vaca Muerta, la buena relación con Brasil y el acuerdo comercial cerrado entre el Mercosur y la Unión Europea, el gobierno no pudo escapar a los Tendencias que se habían manifestado durante el año anterior. Las elecciones primarias xx xxxxxx y su resultado adverso al oficialismo derivaron en una fuerte pérdida de confianza en la continuidad de las políticas económicas oficiales. Se tomó la decisión de reemplazar al Ministro de Hacienda y se implementaron medidas para frenar la pérdida de reservas del BCRA. A pesar de todos los esfuerzos xx xxxxxxx realizados por el oficialismo para revertir la tendencia de las elecciones primarias, no se logró superar a la oposición. En las elecciones del 27 de octubre de 2019 resultó electo como presidente de la Nación el señor Xxxxxxx Xxxxxxxxx. El 2019 finalizó con un aumento de la inflación 53,8 % a nivel nacional según el INDEC y de 50,6 en la Ciudad según el IPCBA. La caída de la actividad económica a nivel nacional alcanzó 2,2 %, mientras que las estimaciones preliminares del PGB de la Ciudad marcan una reducción de 3,5%.
Producto Bruto Interno
El siguiente cuadro muestra diferentes mediciones del PBI nacional y el PGB de la Ciudad, y del PGB de la Ciudad como porcentaje del PBI nacional, para los años 2015 a 2019. Durante el 2016 como parte de la revisión llevada a cabo por el INDEC se corrigieron los datos del PBI desde el 2004 al 2015 en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 181/20152 y el Decreto Nº 55/20163. Para el análisis de
2 Establece un período de 120 días para la normalización del organismo y el envío de un proyecto xx xxx para darle más autarquía y autonomía. La norma, además, jerarquiza el instituto y lo convierte en una secretaría de Estado.
3 Decreta el estado de emergencia administrativa al Sistema Estadístico Nacional (SEN) a su órgano rector, “El Instituto Nacional de Estadística y Censos”.
la metodología empleada en el cálculo de las cifras del PBI, ver el capítulo “Forma de presentación de la información financiera y estadística”.
Ejercicio terminado el 31 de diciembre de
2015 2016 2017 2018 2019 (1)
(en millones de Pesos, excepto cuando se indique lo contrario)
PBI nacional (a precios xx xxxxxxx en | |||||
Pesos nominales)……………………… | 5.954.511 | 8.228.160 | 10.644.779 | 14.605.790 | 21.650.351 |
PBI nacional (a precios xx xxxxxxx en | |||||
Pesos constantes de 2004) ……………. | 721.487 | 706.478 | 725.331 | 707.330 | 692.030 |
PGB de la Ciudad (a precios básicos de | |||||
producción en Pesos nominales) ……... | 1.104.026 | 1.496.818 | 1.947.435 | 2.579.714 | 3.737.615 |
PGB de la Ciudad (a precios básicos de | |||||
producción en Pesos constantes de | |||||
2004).…………………………………. | 149.804 | 146.422 | 150.659 | 149.569 | 144.382 |
PGB de la Ciudad como porcentaje del PBI nacional (%)(2) …………………… | 18,5% | 18,2% | 18,3% | 17,7% | 17,3% |
Notas:
(1) Estimaciones preliminares del PBI nacional y del PGB de la Ciudad.
(2) El PGB de la Ciudad es a precios básicos y el PBI nacional es a precios xx xxxxxxx, la relación entre PGB de la Ciudad a precios básicos y el PBI nacional a precios básicos es 20.6%.
Fuentes: Para el PBI nacional, el INDEC. Para el PGB de la Ciudad, la Dirección de Estadística y Censos de la Ciudad.
El siguiente cuadro indica el PGB per cápita de la Ciudad en Pesos nominales a precios básicos de producción en comparación con el PBI per cápita nacional en Pesos nominales y a precios xx xxxxxxx para el período 2015-2019.
Ejercicio terminado el 31 de diciembre de
2015 2016 2017 2018 2019(1)
(en Pesos, excepto cuando se indique lo contrario)
138.053,0 | 188.760,0 | 241.681,0 | 328.261,0 | 481.775,0 |
361.470,0 | 489.297,0 | 635.642,0 | 840.834,0 | 1.216.666,0 |
2,6 | 2,6 | 2,6 | 2,6 | 2,5 |
PBI per cápita nacional (1) …………………...
PGB per cápita de la Ciudad (2) ……………...
PGB de la Ciudad comparado con el PBI per cápita nacional (veces) (3) ……………………
Notas:
(1) Estimaciones preliminares del PBI nacional 2019.
(2) Estimaciones preliminares del PGB de la Ciudad para 2019.
(3) En Pesos nominales y a precios básicos de producción para el PGB. PBI en Pesos nominales y a precio xx xxxxxxx.
Fuentes: Para el PBI nacional, el INDEC. Para el PGB de la Ciudad, la Dirección de Estadística y Censos de la Ciudad.
El PGB nominal per cápita de la Ciudad aumentó en un 236,59 % entre 2015 y 2019, mientras que el PBI nominal per cápita de la Nación aumentó en un 248,98% en el mismo período. Con las modificaciones realizadas por la revisión del INDEC, el PBI a precios corrientes tuvo un incremento importante, este hecho produjo que el PGB nominal per cápita de la Ciudad en comparación con el registrado por la Nación, durante el mismo período tuviera una pequeña diferencia, a pesar del crecimiento más lento de la población de la Ciudad con respecto al del país en general.
Inflación
Históricamente, la única medición de inflación disponible para la Ciudad y el Gran Buenos Aires, eran los índices publicados por el INDEC. A partir de la injerencia del Gobierno Nacional en el INDEC y las consecuentes preocupaciones acerca de la exactitud de los datos publicados por éste último, la
Ciudad, en 2013, comenzó a calcular y a publicar su propio IPC, el IPCBA, cuya base 100 es el período julio 2011 - junio 2012. El IPCBA es un índice de canasta fija, que tiene por objeto medir el cambio porcentual en el costo total en que deben incurrir los hogares de la Ciudad para adquirir un conjunto determinado de bienes y servicios que conforman la canasta del índice. Mide las variaciones en los precios de 628 bienes y servicios ofrecidos por más de 3.200 comercios y empresas de la Ciudad, que se agrupan en 12 capítulos según la Clasificación de Consumo Individual según Finalidad (CCIF o COICOP según sus siglas en inglés - Classification of Individual Consumption by Purpose) adaptada para la Ciudad.
Conforme al IPCBA, la inflación en la Ciudad se incrementó en un 38,1% en 2014, en comparación al 23,9% calculado por el IPCNu del INDEC para el mismo período para la Ciudad y el área del Gran Buenos Aires. En febrero de 2014, el INDEC creó un nuevo índice, el IPCNu, que tiene como objetivo reflejar con mayor amplitud la inflación, al medir los precios al consumidor en las capitales de las 23 provincias de la Argentina, en la Ciudad y en las principales ciudades del conurbano, que suman un total de 40 áreas urbanas. El resultado acumulado de este índice hasta octubre de 2015 fue del 11,9%, a partir de esa fecha el INDEC dejó de publicar el índice de precio al consumidor.
El IPCBA en el 2015 registró un incremento del 26,9%, a partir xx xxxxx de 2016, el INDEC publicó un nuevo IPC, llamado IPC metropolitano que está compuesto geográficamente por la Ciudad y 24 partidos del Gran Buenos Aires, resultando su primer dato mayo de 2016; desde ese mes y hasta diciembre la inflación acumulada fue de 16,9%. El 11 de julio de 2017 el INDEC difundió el IPC nacional que releva los precios de los bienes y servicios de 39 ciudades del país. El incremento acumulado del IPC nacional alcanzó en ese año un valor de 24,8%, mientras el IPCBA subió un 26,1%. A partir de esta normalización los valores del IPC nacional medido por el INDEC se incrementaron en 2018 un 47,6 % y en 2019 un 53,8 % mientras que para la Ciudad el IPCBA en los mismos periodos se incrementaron un 45,5 % y un 50,6 %, respectivamente.
Sectores económicos
El siguiente cuadro indica, por sector principal, los componentes del PGB de la Ciudad en Pesos constantes de 2004 para el período 2015-2019, y fue preparado con referencia a precios básicos de producción. En 2019 entre los sectores más importantes en que se encuentra diversificada la economía de la Ciudad se encuentra “Servicios comunitarios, sociales y personales”, “Servicios inmobiliarios y comerciales” y también “Comercios, hotelería y restaurantes”.
Ejercicio terminado el 31 de diciembre de
2015 2016 2017 2018 2019(1)
(en millones de Pesos constantes de 2004 y en porcentajes)
Servicios comunitarios, sociales y personales……… | 29.608,0 | 19,8 | 29.600,0 | 20,2 | 30.059,0 | 20,0 | 29.9850,0 | 20,0 | 29.764,0 | 20,6 |
Servicios inmobiliarios y comerciales……………….. | 28.406,0 | 19,0 | 28.333,0 | 19,3 | 29.396,0 | 19,5 | 29.443,0 | 19,7 | 29.017,0 | 20,1 |
Comercios, hotelería y restaurantes………………. | 27.902,0 | 18,6 | 27.191,0 | 18,6 | 27.844,0 | 18,5 | 26.974,0 | 18,0 | 26.298,0 | 18,2 |
Producción……………….. | 22.153,0 | 14,8 | 20.703,0 | 14,1 | 20.822,0 | 13,8 | 20.067,0 | 13,4 | 18.992,0 | 13,2 |
Transporte, almacenamiento y comunicaciones………… | 15.627,0 | 10,4 | 15.743,0 | 10,8 | 16.326,0 | 10,8 | 15.535,0 | 10,4 | 14.870,0 | 10,3 |
Servicios financieros……… | 16.038,0 | 10,7 | 15.301,0 | 10,4 | 15.748,0 | 10,5 | 16.570,0 | 11,1 | 14.755,0 | 10,2 |
Construcción……………… | 6.963,0 | 4,6 | 6.566,0 | 4,5 | 7.401,0 | 4,9 | 7.656,0 | 5,1 | 7.479,0 | 5,2 |
Agricultura, ganadería, pesca, silvicultura y minería | 1.723,0 | 1,2 | 1.730,0 | 1,2 | 1.644,0 | 1,1 | 2.023,0 | 1,4 | 1.980,0 | 1,4 |
Electricidad, gas y agua….. | 1.384,0 | 0,9 | 1.255,0 | 0,9 | 1.419,0 | 0,9 | 1.316,0 | 0,9 | 1.227,0 | 0,8 |
Total……………………… 149.804,0 100,0 146.422,0 100,0 150.659,0 100,0 149.569,0 100,0 144.382,0 100,0
Nota:
(1) Estimaciones preliminares del PGB de la Ciudad para el 2019.
Fuente: Dirección de Estadística y Censos de la Ciudad.
La dimensión de los sectores de servicios relativos al sector primario, como la agricultura o de producción, tiende a resultar en una diferencia en el desempeño de la economía de la Ciudad en comparación con la de la economía nacional (donde los sectores primarios representan una proporción mayor que en el caso de la Ciudad). En particular, luego de la Crisis Económica del 2001-2002, el recupero de los niveles de actividad en los sectores de servicios fue más lento que el experimentado por la agricultura y el sector de producción, que tomaron ventaja de la devaluación significativa del Peso en relación a las divisas. Sin embargo, una vez que los sectores de servicios comenzaron a crecer, lo hicieron en una proporción mayor a la de los sectores primarios. En 2013 el crecimiento se vio mitigado debido a la inflación y a la acelerada depreciación del Peso, con un incremento en términos reales del 1,5% para alcanzar $ 148.654 millones. Las modificaciones de la política cambiaria, que siguió implementando el Gobierno Nacional durante el 2014, afecto a los sectores más representativos del PGB de la Ciudad, el sector inmobiliario y servicios generando una caída de 1,6% y alcanzando un valor constante de $ 146.338. En el 2015 las elecciones movilizaron la actividad económica, las expectativas de la apertura del “cepo cambiario” activaron el sector de la construcción y los sectores de servicios, el PGB de la Ciudad creció un 2,4% llegando a un valor constante de $ 149.804. Durante 2016 la actividad económica estuvo signada por las medidas que las nuevas autoridades nacionales debieron implementar para corregir el desajuste de los precios relativos generado por la anterior administración: la liberación xxx xxxxxxx de cambios; el aumento de la tasa de interés impulsado por el BCRA en el marco de una nueva política de metas de inflación (pasó de 28 a 38%); la eliminación de restricciones a las importaciones; la recuperación de las tarifas de energía y agua, terminaron redundando en una aceleración de la inflación y un freno a la actividad económica.
En la Ciudad los sectores que se vieron perjudicados fueron la producción, el comercio y la construcción que incidieron en una caída del 2,4% en el PGB. Este difícil panorama comenzó a revertirse hacia fines de 2016. De este modo, al promediar 2017 la actividad comenzó a mostrar signos de crecimiento, empujada por la construcción, los servicios y algunas ramas industriales que incidieron en un crecimiento del 2,9% el PGB a valores constantes de millones de Pesos de $ 150.659.
En el 2018 la economía de la Ciudad tuvo resultados mixtos: presionada por el aumento de la inflación, la depreciación del peso y altas tasas de interés, la producción no pudo sostener el frágil crecimiento del año anterior cayendo un 3,4 %. Similar comportamiento presentó la actividad de transporte y comunicaciones, que se contrajo un 4,8 %. Dentro de los sectores favorecidos estuvieron el sector financiero, con un incremento en su actividad del 5,2 %, construcción con un 3,5 % y servicios inmobiliarios, empresariales y de alquiler con una suba de apenas del 0,2 %.
La tendencia a la baja iniciada en el 2018 no se pudo revertir durante 2019. La situación económica de la Ciudad se vio muy influenciada por el marco general de inestabilidad y desconfianza a nivel nacional, generado alrededor del proceso electoral y particularmente a partir de mitad de año, luego de la mala performance del entonces Gobierno Nacional en las elecciones primarias xx xxxxxx. Frente a este panorama la actividad económica de la Ciudad sufrió una caída de su PGB que según estimaciones preliminares alcanzó un 3,5 %. La producción profundizo su tendencia a la baja llegando a caer un 5,4 %, la construcción cerró con un rojo de 2,3 % y el sector financiero experimentó una fuerte caída de algo menos de 11,0%.
Servicios inmobiliarios y comerciales
El siguiente cuadro muestra la composición de los servicios inmobiliarios y comerciales por categoría principal en Pesos constantes de 2004 para el período 2015-2019.
Ejercicio terminado el 31 de diciembre de
2015 2016 2017 2018 2019(1)
(en millones de Pesos constantes de 2004)
9.339,0 | 9.538,0 | 9.967,0 | 9.680,0 | 9.355,0 |
13.400,0 | 13.137,0 | 13.729,0 | 14.024,0 | 13.725,0 |
4.305,0 | 4.271,0 | 4.293,0 | 4.457,0 | 4.667,0 |
1.362,0 | 1.387,0 | 1.407,0 | 1.282,0 | 1.270,0 |
Servicios inmobiliarios……………….
Servicios comerciales………………...
Servicios de tecnología informática…. Otros…………………………………
Total………………………………… 28.406,0 28.333,0 29.396,0 29.443,0 29.017,0
Nota
(1) Estimaciones preliminares.
Fuente: Dirección de Estadística y Censos de la Ciudad.
Los servicios inmobiliarios comprenden el valor agregado generado por las actividades inmobiliarias, incluyendo la venta y alquiler de inmuebles dentro de la Ciudad. Los servicios comerciales incluyen el valor agregado por los servicios de asesoría, legales, contables y publicitarios prestados a empresas y negocios. Los servicios de tecnología informática cubren la prestación de servicios tales como actividades relativas al procesamiento de datos, sistemas y el mantenimiento de equipos. En “Otros” se incluyen otras actividades tales como el leasing de equipos e investigación y desarrollo. El sector de los servicios inmobiliarios, comerciales y de tecnología informática aumentó en términos reales un 2,2% de $ 28.406 millones en el 2015 a un estimado de $ 29.017 millones en el 2019.
El aporte de los servicios inmobiliarios al PGB de la Ciudad se mantuvo en términos reales para alcanzar $ 9.339 millones en 2015, a un estimado de $ 9.355 millones en 2019. A pesar de todos los vaivenes económicos el sector de servicios inmobiliarios soportó la caída generalizada del PGB, y entre 2015 y el 2019 creció un 0,2 %. Los servicios comerciales y de tecnología de la información tuvieron una recuperación importante entre 2015 y 2019. El incremento en términos reales fue de 2,4% y 8,4% pasando de $ 13.400 millones en 2015 a un estimado de $ 13.725 millones en 2019 y de $ 4.305 millones a un estimado de $ 4.667 millones respectivamente. El aporte porcentual de este sector al PGB de la Ciudad aumento, pasando del 19,0% en 2015 a un estimado del 20,1% en 2019.
Comercios, hotelería y restaurantes
El siguiente cuadro muestra la composición del sector de comercio y hotelería y restaurantes por categoría principal en Pesos constantes de 2004 para el período 2015-2019.
Ejercicio terminado el 31 de diciembre de
2015 2016 2017 2018 2019(1)
(en millones de Pesos constantes de 2004)
Mayorista………………………………. | 10.595,0 | 9.987,0 | 10.048,0 | 10.281,0 | 10.061,0 | ||||
Hoteles y restaurants…………………… | 4.717,0 | 4.762,0 | 5.155,0 | 5.010,0 | 4.859,0 | ||||
Minorista………………………………. | 9.715,0 | 9.491,0 | 9.648,0 | 8.770,0 | 8.842,0 | ||||
Venta de vehículos, estaciones de servicio y talleres………………………. | 2.875,0 | 2.951,0 | 2.993,0 | 2.913,0 | 2.536,0 | ||||
Total………………………………….... | 27.902,0 | 27.191,0 | 27.844,0 | 26.974,0 | 26.298,0 |
Nota:
(1) Estimaciones preliminares.
Fuente: Dirección de Estadística y Censos de la Ciudad.
La venta mayorista y minorista incluye aquellas actividades comerciales desarrolladas en la Ciudad que no sean las relativas a ventas de vehículos y estaciones de servicio y talleres, que se contabilizan por separado. Además, este sector incluye las industrias hoteleras y gastronómicas. El sector de comercio, hotelería y restaurantes se mantuvo prácticamente sin variaciones. El sector hotelero y gastronómico tomado en su conjunto se recuperó del bajo rendimiento de 2009, aunque los niveles de crecimiento han disminuido en los últimos años, entre 2015 y 2019 presenta una variación en términos reales de 3,0%, pasando de $ 4.717 millones en 2015 a $ 4.859 millones en 2019. La contribución porcentual de este sector al del PGB total de la Ciudad disminuyó de 18,6% en 2015 a un estimado de 18,2% en 2019.
Durante 2019 las variaciones con respecto al 2018 del sector comercio hotelería y restaurante son negativas: el sector cae un 2,5%, la venta de vehículos, estaciones de servicios y talleres cae casi un 13,0%, el comercio minorista crece apenas un 0,7% debido principalmente a las ventas de productos farmacéuticos y el comercio mayorista cae aproximadamente un 2,1%, por la falta de recuperación en las ventas al por mayor de los insumos intermedios que afecta al sector industrial y a una caída en la venta de alimentos y bebidas.
Servicios comunitarios, sociales y personales
El siguiente cuadro muestra la composición de los servicios comunitarios, sociales y personales por categoría principal en Pesos constantes de 2004 para el período 2015-2019.
Ejercicio terminado el 31 de diciembre de,
2015 | 2016 2017 2018 | 2019(1) | |||||||
(en millones de Pesos constantes de 2004) | |||||||||
Administración pública, defensa y seguridad social………………………… | 8.467,0 | 8.259,0 | 8.355,0 | 8.154,0 | 8.239,0 | ||||
Educación………………………………. | 4.052,0 | 4.083,0 | 4.128,0 | 4.081,0 | 4.145,0 | ||||
Servicios personales……………………. | 8.007,0 | 8.025,0 | 8.068,0 | 8.063,0 | 7.685,0 | ||||
Servicios sociales y sanitarios………….. | 9.082,0 | 9.233,0 | 9.508,0 | 9.687,0 | 9.694,0 | ||||
Total……………………………………. | 29.608,0 | 29.600,0 | 30.059,0 | 29.985,0 | 29.764,0 |
Nota:
(1) Estimaciones preliminares.
Fuente: Dirección de Estadística y Censos de la Ciudad.
Este sector incluye los gastos en empleados públicos, escuelas públicas y privadas, servicios médicos y otros servicios diversos, que incluyen cines, teatros, personal doméstico y servicios tales como peluqueros, bibliotecas y exhibición de filmes. El sector de los servicios comunitarios, sociales y personales aumentó en términos reales un 0,5%, pasando de $ 29.608 millones en 2015 a un estimado de $ 29.764 millones en 2019. La contribución porcentual de este sector al PGB total de la Ciudad, aumentó de un 19,8% en 2015 a un estimado del 20,6% en 2019.
Producción industrial
El siguiente cuadro muestra la composición de la producción industrial por categoría principal en Pesos constantes de 2004 para el periodo 2015 y 2019.
Ejercicio terminado el 31 de diciembre de
2015 2016 2017 2018 2019(1)
(en millones de Pesos constantes de 2004)
Químicos……………………………….. | 6.242,0 | 5.903,0 | 5.434,0 | 5.185,0 | 4.922,0 |
Alimentos, bebidas y tabaco…………… | 4.479,0 | 4.276,0 | 4.435,0 | 4.263,0 | 4.081,0 |
Ejercicio terminado el 31 de diciembre de
2015 2016 2017 2018 2019(1)
(en millones de Pesos constantes de 2004)
Textil y confecciones…………………... | 2.891,0 | 2.593,0 | 2.567,0 | 2.390,0 | 2.305,0 | ||||
Edición e impresiones………………….. | 1.920,0 | 1.674,0 | 1.796,0 | 1.758,0 | 1.629,0 | ||||
Papel…………………………………… | 671,0 | 605,0 | 650,0 | 643,0 | 563,0 | ||||
Otros…………………………………… | 5.950,0 | 5.652,0 | 5.940,0 | 5.828,0 | 5.492,0 | ||||
Total………………………………..…. | 22.153,0 | 20.703,0 | 20.822,0 | 20.067,0 | 18.992,0 | ||||
Nota: |
(1) Estimaciones preliminares.
Fuente: Dirección de Estadística y Censos de la Ciudad.
Las principales industrias de la Ciudad son alimentos y bebidas, farmacéutica, imprenta, textil y vestimenta. Algunos de los productos más significativos incluyen medicamentos de uso humano, lácteos, productos de molinería, vestimenta, calzados, papel y productos derivados y materiales impresos. La producción tuvo una caída en términos reales un 3,9% pasando de $ 21.763 millones en 2013 a un estimado de $ 20.924 millones en 2017. Las restricciones a la importación implementadas por el Gobierno Nacional a fines de 2011 tuvieron un impacto negativo en la producción, ya que muchas industrias que impulsan la demanda productiva también dependen de la importación de bienes que emplean como insumos. Como consecuencia, durante el 2013 la producción experimentó un leve recupero, al crecer el sector un 0,7%, en el 2014 la incipiente recuperación del año anterior se diluyó cayendo un 2,4%. En 2015, en vista de las elecciones presidenciales, el gobierno impulsó el consumo lo que redundó en un aumento de la actividad industrial subiendo en términos reales un 4,3%. Durante 2016 el sector industrial no escapó a la caída generalizada de la actividad, los datos provisorios del 2016 reflejan una caída importante en términos reales con respecto al 2015 de un 6,5% en 2017 el sector tuvo una leve mejora de 0,5 %, la misma fue solo un impasse para continuar con la tendencia iniciada en el 2016 con caídas en el 2018 de 3,6 % y en el 2019 5,3 %. La contribución porcentual de este sector al PGB total de la Ciudad disminuyó del 14,8% en 2015 a un estimado del 13,2% en 2019 siendo esta la participación más baja del sector desde el 2004.
Transporte, almacenamiento y comunicaciones
El siguiente cuadro muestra la composición del sector de transporte, almacenamiento y comunicaciones por categoría principal en Pesos constantes de 2004 para el período 2015-2019.
Ejercicio terminado el 31 de diciembre de,
2015 2016 2017 2018 2019(1)
(en millones de Pesos constantes de 2004)
Transporte y almacenamiento…………. | 8.520,0 | 8.432,0 | 8.756,0 | 8.445,0 | 8.362,0 | |||
Communicaciones…………………….. | 7.107,0 | 7.311,0 | 7.570,0 | 7.090,0 | 6.508,0 | |||
Total……………………..……………. | 15.627,0 | 15.743,0 | 16.326,0 | 15.535,0 | 14.870,0 |
Nota:
(1) Estimaciones preliminares.
Fuente: Dirección de Estadística y Censos de la Ciudad.
Este sector incluye el transporte terrestre, aéreo y marítimo o fluvial y los servicios vinculados (incluyendo agencias de viaje), almacenamiento de mercaderías y servicios de telefonía y correo. Este sector cayo en términos reales pasando de $ 15.627 millones en 2015 a $14.870 millones en 2019, aproximadamente un 4,8%. La contribución porcentual de este sector al PGB total de la Ciudad se mantuvo prácticamente estable, pasando de 10,4% a 10,3% entre 2015 y 2019.
Servicios financieros
El siguiente cuadro presenta la composición de los servicios financieros por categoría principal en Pesos constantes de 2004 para el período 2015-2019.
Ejercicio terminado el 31 de diciembre de
2015 2016 2017 2018 2019(1)
(en millones de Pesos constantes de 2004)
Entidades financieras…………………... | 10.820,0 | 9.918,0 | 10.168,0 | 11.214,0 | 9.447,0 | ||||
Seguros y fondos de jubilaciones y pensiones……………………………….. | 4.353,0 | 4.492,0 | 4.586,0 | 4.394,0 | 4.147,0 | ||||
Servicios vinculados…………………… | 865,0 | 891,0 | 994,0 | 962,0 | 1.161,0 | ||||
Total……………………………………. | 16.038,0 | 15.301,0 | 15.748,0 | 16.570,0 | 14.755,0 | ||||
Nota: |
(1) Estimaciones preliminares.
Fuente: Dirección de Estadística y Censos de la Ciudad.
Este sector incluye los servicios prestados por las entidades financieras y las compañías de seguro. El centro financiero de la Argentina se encuentra en la Ciudad y una gran parte de los proveedores de dichos servicios tienen sus oficinas en ella. El sector de servicios financieros registró una caída del 8,0%, en términos reales pasando de $ 16.038 millones en 2015 a un estimado de $ 14.755 millones en 2019. La contribución porcentual de ese sector al PGB total de la Ciudad pasó del 10,7% a una participación del 10,2%.
Durante 2019 la actividad se vio debilitada por la caída de los depósitos y préstamos derivada de la situación internacional y la desconfianza de los inversores respecto de las posibilidades del Gobierno Nacional para controlar la inflación y la depreciación de la moneda. La caída de la rama fue de casi un 11%. Al interior de esta, el resultado es dispar: mientras entidades financieras y servicios vinculados caen casi el 16,0%. El sector de seguros y fondos de jubilaciones y pensiones presenta una caída de aproximadamente un 5,2%.
Construcción
El sector de la construcción es sensible a los cambios en las expectativas acerca de los futuros niveles de actividad económica. Debido a las restricciones sobre divisas impuestas por el Gobierno Nacional a comienzos de 2011, el mercado inmobiliario, que utiliza al dólar estadounidense como referencia de precio y como moneda para liquidar las operaciones, sufrió un impacto negativo. Aun así, el sector de la construcción se benefició de los proyectos de obra pública durante el 2011 y el 2012; a comienzos del primer cuatrimestre de 2011 el mercado inmobiliario se paralizó y el sector de la construcción disminuyó en un 6,7% en 2012. En el 2013 experimentó una leve recuperación del 1,1% que no alcanzo para motorizar el 2014, cayendo un -3,9%. El 2015 este sector se mantuvo en “stand by” frente a las expectativas de las elecciones la actividad creció un 1,2%. En el 2016 el mercado inmobiliario como todos los sectores económicos, sintió el impacto de las nuevas medidas, a pesar de la eliminación de las restricciones en el mercado de cambio, este sector quedo paralizado a la espera de señales más claras del nuevo rumbo económico. En el 2017 la aceleración de los créditos hipotecarios UVA3 más la estabilidad de la moneda conjuntamente con la política de infraestructura seguida por el sector público, incentivó el sector de la construcción, creciendo en términos reales un 12,7%. Durante 2018 la depreciación de la moneda contribuyó a atenuar el crecimiento: la actividad subió 3,4 %, en 2019 debido a los Tendencias comentadas con anterioridad, no se pudo revertir la tendencia a la baja y finalmente se registró una caída de 2,3 %. La contribución porcentual de este sector al PGB total de la Ciudad pasó de un 4,6 % en el 2015 a un 5,2 % en el 2019.
Agricultura, ganadería, pesca, silvicultura y minería, y actividades de extracción
Este sector refleja principalmente la actividad de las administraciones centrales radicadas en la Ciudad por parte de numerosas empresas del rubro. Este sector aumentó en términos reales: creció casi un 15,0%, pasando de $ 1.723 millones en 2015 a $ 1.980 millones en 2019. De este modo, la contribución porcentual de este sector al PGB de la Ciudad alcanzó 1,4%.
Electricidad, gas y agua
Este sector comprende la producción y/o distribución de electricidad, gas y agua. Más del 50% del mismo está representado por la industria de la electricidad. Este sector registró una caída en términos reales de $ 1.384 millones en 2015 a $ 1.227 millones en 2019. En 2016, con la xxxxxxxx del nuevo gobierno se dispuso que las tarifas de luz, agua y gas se fueran readecuando gradualmente, la misma tendencia continuó en 2017 y 2018. La contribución porcentual de este sector al PGB total de la Ciudad pasó de un 0,9 % en el 2015 a un 0,8 % en el 2019.
Población, fuerza laboral, empleo y pobreza
La población de la Ciudad en 2019 se estima en 3,07 millones (6,8 % de la población argentina).
La población económicamente activa se estima en 1,70 millones.
La Ciudad cuenta con el beneficio de poseer una alta tasa de alfabetismo, siendo la misma del 99,5% de la población mayor xx xxxx años o más en comparación con aproximadamente el 98,1% del país en su conjunto para el 2015. Para el 2019, el 19,4 % de la población de 25 años y más completó sus estudios secundarios, un 18,7% contaba con un nivel superior incompleto y el 40,3% completó estudios post secundarios. Los residentes de la Ciudad disfrutan también del mayor ingreso per cápita del país en 2019, de $ 1.216.660 (calculados a precios básicos de producción y Pesos nominales), comparado con un promedio nacional en 2019 de $ 481.775 (calculados a precios xx xxxxxxx y Pesos nominales). La pronta disponibilidad y accesibilidad de comunicaciones e infraestructura, con una relativa riqueza y alfabetismo y un alto nivel de salud llevó a tasas de mortalidad infantil, inferiores al 6,8 por mil en la Ciudad en el trienio 2016- 2018, en comparación al 9,3 por mil en todo el País en el mismo trienio 2016-2018 y a una mayor expectativa de vida: un promedio de 77,2 años para los residentes de la Ciudad comparado con un promedio de 75,3 años para el total del país en (2008-2010).
El siguiente cuadro establece las cifras correspondientes a población, empleo y pobreza para la Argentina y la Ciudad por los períodos indicados:
Ejercicio terminado el 31 de diciembre de
2015 2016 2017 2018 2019
(en millones)
Población nacional(1) | 43,13 | 43,59 | 44,04 | 44,49 | 44,94 |
Población de la Ciudad(1) | 3,05 | 3,06 | 3,06 | 3,07 | 3,07 |
1ª mitad 2ª mitad 1ª mitad 2ª mitad 1ª mitad 2ª mitad 1ª mitad 2ª mitad 1ª mitad 2ª mitad
(en porcentaje)
Tasa de población económicamente activa | ||||||||||
Nacional(2)………………. | 44,6 | 44,8* | 46,0* | 45,7 | 45,5 | 46,4 | 46,6 | 46,6 | 47,4 | 47,2 |
Tasa de población económicamente activa de la Ciudad(2)……………… | 53,4 | 55,1 | 54,9 | 55,9 | 55,7 | 55,2 | 55,3 | 55,3 | 56,7 | 56,6 |
Tasa de desempleo nacional(3)……………….. | 6,9 | 5,9* | 9,3* | 8,1 | 9,0 | 7,8 | 9,4 | 9,1 | 10,4 | 9,3 |
Tasa de desempleo de la Ciudad(3)………………… | 8,5 | 7,2 | 9,6 | 8,9 | 10,0 | 9,7 | 9,2 | 8,6 | 10,8 | 9,9 |
Tasa de pobreza nacional (hogares)…………………. | − | − | 23,1* | 21,5 | 20,4 | 17,9 | 19,6 | 23,4 | 25,4 | 25,9 |
Tasa de pobreza de la Ciudad (hogares)(4)……… | 11,3 | 10,3 | 13,5 | 13,0 | 11,1 | 11,8 | 12,0 | 14,9 | 16,0 | 15,5 |
Tasa de pobreza nacional (personas)………………… | − | − | 32,2* | 30,3 | 28,6 | 25,7 | 27,3 | 32,0 | 35,4 | 35,5 |
Tasa de pobreza de la Ciudad (personas)(4)…….. | 16,8 | 15,1 | 19,4 | 18,5 | 15,6 | 17,3 | 17,2 | 21,1 | 20,6 | 20,9 |
Notas:
(1) Las cifras sobre población se presentan al 30 xx xxxxx del ejercicio finalizado correspondiente y están basadas en proyecciones sobre la base de información del censo nacional de 2010.
(2) Calculada mediante la división de la población económicamente activa por el total de la población.
(3) Calculado mediante la división de la población desempleada en búsqueda de trabajo por la población económicamente activa.
(4) Para el cálculo de pobreza en la Ciudad se usó la ETOI.
* Se refiere a un trimestre del semestre por discontinuidad de la entrega de datos del INDEC.
Las series posteriores a enero 2007 hasta diciembre de 2015 se deben considerar con reservas, excepto las que ya hayan sido revisadas en el 2016.
Fuentes: INDEC y Dirección General de Estadística y Censos de la Ciudad.
Empleo
El INDEC elabora una serie de índices utilizados para medir las características sociales, demográficas y económicas de la población de la Argentina basados en la información recolectada en la Encuesta Permanente de Hogares (“EPH”). Con anterioridad al 2003, la EPH se realizaba en mayo y octubre de cada año. Sin embargo, en el 2003 la EPH se reformuló como una encuesta continua a los efectos de controlar de mejor manera las tendencias xxx xxxxxxx laboral y sus resultados se presentan periódicamente.
Niveles relativamente altos de desempleo persistieron en la Ciudad durante la década de los noventa. La Crisis Económica del 2001-2002 agravó las tasas de desempleo existentes en los años anteriores, y la tasa de desempleo de la Ciudad aumentó de un 13,4 % en mayo de 2001 a un 16,3% en mayo de 2002, como consecuencia del deterioro general de la actividad económica de la Ciudad. Sin embargo, para la segunda mitad de 2003, la tasa de desempleo de la Ciudad disminuyó un 12,1% debido en gran medida a la implementación de un número de programas de empleo nacionales diseñados para reducir el desempleo. El desempleo continuó disminuyendo entre el 2005 y el 2008 a medida que la Ciudad experimentaba una recuperación en sus diversos sectores económicos, sobre todo en el sector de servicios inmobiliarios y comerciales y en los sectores de comercio, hoteles y restaurantes. Esta tasa de desempleo se incrementó en un 6,8% durante el 2009 debido a que la incertidumbre ocasionada por la crisis financiera global y el impacto negativo del virus H1N1 en la economía de la Ciudad, tuvo como corolario la reducción de la cantidad de empleos. La tendencia se revirtió en el 2010 cuando las condiciones macroeconómicas de la Ciudad, con una mejora significativa, redujeron la tasa de desempleo al 6,4% durante la primera mitad del año y al 5,9% durante la segunda. En 2011, continuó esta tendencia, y tuvo como resultado una disminución en la tasa de desempleo de la Ciudad, de 6,3% en la primera mitad, y de 5,5% en la segunda mitad. A pesar que esta tendencia continuó durante la primera mitad de 2012 con una tasa de desempleo del 4,9%, la segunda mitad reflejó un incremento del 6,2%. Continuando con una disminución en los siguientes dos semestres del 2013, 6,0% para el primero y el 4,8% el segundo. Sin embargo, nuevamente se incrementa en el primer semestre del 2014 a 6,1% para continuar disminuyendo en el segundo con 5,3%, como también en la primera mitad del 2015 con un 5,2%.
En 2014 la Dirección General de Estadística y Censos de la Ciudad comenzó a publicar en forma sistemática y permanente sus propios indicadores socio–económicos trimestrales, a través de la Encuesta Trimestral de Ocupación e Ingresos (ETOI), cuyo objetivo es la obtención de las tasas básicas xxx xxxxxxx laboral y de los niveles de ingreso de la población residente en hogares particulares de la Ciudad. De esta manera se continúa el análisis xxx xxxxxxx laboral con dichos indicadores.
Las tasas de actividad obtenidas por la ETOI muestran niveles similares a los obtenidos por la EPH para la Ciudad. En el segundo semestre de 2014 la población activa alcanzó el 52,3% de la población total, mientras que, en el primer semestre de 2015 alcanzó el 53,4%, Los valores para similar periodo en años sucesivos son: 54,9% en 2016, 55,7% en 2017, 55,3% en 2018 y 56,7% en 2019. En cuanto al desempleo, las tasas obtenidas a partir de la ETOI, suelen superar las correspondientes a la EPH. Esto se explica por el mayor tamaño de muestra y la cobertura territorial más amplia que tiene la encuesta local. Para el primer semestre del 2015 la desocupación alcanzó 8,5%. Siempre considerando el primer semestre, creció a un 9,6% en 2016, 10,0% en 2017, 9,2%, en 2018 y 10,8% en 2019.
Pobreza
La siguiente exposición se relaciona con las estadísticas tomadas por el INDEC como parte de la EPH. Los cálculos sobre pobreza se basan en el valor de una canasta de alimentos y servicios (constituida principalmente por alimentos, vestimenta, transporte, cuidado de la salud, vivienda y educación), la cual se considera lo mínimo necesario para mantener a un individuo, o en su caso, a un hogar. La canasta está calculada en precios xx xxxxxxx y el umbral resultante se denomina “línea de pobreza”.
La Ciudad experimentó niveles de pobreza relativamente moderados a principios de la década de los noventa. Sin embargo, a fines de ésta década, el impacto de la recesión económica comenzada en 1998 dio lugar a niveles de pobreza cada vez más altos en la Ciudad. La situación empeoró significativamente como resultado de la Crisis Económica del 2001-2002, cuando el porcentaje de hogares viviendo bajo la línea de pobreza en la Ciudad aumentó de un 8,2% del total de los hogares en mayo de 2001 a un 14,6% en octubre de 2002, y el porcentaje de personas viviendo bajo la línea de pobreza en la Ciudad aumentó de un 10,9% de la población total en mayo de 2001 a un 21,2 % en octubre de 2002.
A principios de 2003, cuando comenzó la recuperación económica de la Ciudad, el número de familias e individuos viviendo por debajo de la línea de pobreza disminuyó, cayendo a un 4,0% del total de los hogares y a un 2,2% de la población total en la segunda mitad de 2012. En abril de 2014, el INDEC dejó de publicar los índices de pobreza correspondientes a la segunda mitad de 2013, y como consecuencia, la Ciudad comenzó a medir el desempleo y la pobreza mediante encuestas trimestrales a hogares de la Ciudad. En junio de 2015 se publicaron los primeros datos de pobreza e indigencia en la Ciudad, articulados por la Encuesta Anual de Hogares (EAH), el índice de precios de la Ciudad (IPCBA) y la Encuesta Trimestral de Ocupación e Ingresos (ETOI). El resultado -como era de prever, mostró un nivel más elevado que los que venía publicando el INDEC y fue para el cuarto trimestre del 2014 un de 7,1% de hogares en condición de pobreza y un 12,1% de personas en la misma situación.
A partir de 2016 el INDEC reanudó la publicación de datos de pobreza. Por su parte la Dirección de Estadística y Censos de la Ciudad continuó con la publicación de sus indicadores. Comparando los datos nacionales (EPH-INDEC) con los de la Ciudad (ETOI-DGEyC) se observa que mientras que en la Ciudad los resultados del primer semestre de 2016 arrojan un valor de 13,5% de hogares y un 19,4% de personas bajo la línea de pobreza, en la Nación los valores del segundo trimestre de 2016 son de 23,1% de hogares y de 32,2% de personas en la misma situación. Para el primer semestre de 2017 se presentaron valores que reflejan una mejora en las condiciones de vida con una disminución en los porcentajes de población bajo la línea de pobreza. Mientras que en la Ciudad los resultados del primer semestre de 2017 arrojan un valor de 11,1% de hogares y un 15,6% de personas en condición de pobreza, en la Nación los valores en el mismo periodo son de 20,4% de hogares y de 28,6% de personas en la misma situación. En el 2018 se revierte la tendencia en la mejora de las condiciones de vida en la Ciudad, pero no así a nivel nacional: los resultados en la Ciudad del primer semestre de 2018 fueron de 12% de los hogares y el 17,2% de las personas residentes en condición de pobreza, mientras que en la Nación los valores para el mismo periodo fueron 19,6% de los hogares y el 27,3% de las personas en la misma situación. En el 2019 se exhiben valores más altos del porcentaje de hogares y personas bajo situación de pobreza respecto a los años anteriores, tanto a nivel de la Ciudad como nacional; en este último caso, con más intensidad. En la Ciudad los resultados del primer semestre de 2019 arrojan un valor de 16,0% de hogares y un 20,6% de personas bajo la línea de pobreza, en tanto que en la
Nación los valores en el mismo periodo son de 25,4% de hogares y de 35,4% de personas en condición de pobreza.
Desde noviembre de 2005, la Ciudad ha implementado el programa Ciudadanía Porteña que, al 31 de diciembre de 2019, otorgó el pago de un subsidio mensual a aproximadamente 38.223 jefes de familia. El programa tiene como objetivo efectuar una transferencia de ingresos destinado a sostener el acceso a la alimentación así como a promover el acceso a la educación y protección de la salud de los niños, niñas y adolescentes y su grupo familiar, la búsqueda de empleo y reinserción en el mercado laboral de los adultos. El pago del subsidio a los hogares beneficiarios es realizado a través de la acreditación del monto en una cuenta individual del Banco Ciudad vinculada exclusivamente a una tarjeta magnética de compra, la cual será utilizada por los beneficiarios en los comercios adheridos para la adquisición de productos alimentarios exclusivos para el consumo humano, elementos indispensables para la limpieza e higiene, elementos de combustión necesarios para la cocción y útiles escolares. Los beneficiarios de este programa deben cumplir con ciertos requisitos definidos como corresponsabilidades, en materia de educación y de protección de la salud respecto de los integrantes de los hogares. Asimismo, el Programa Apoyo al Consumo Alimentario - Ticket Social, destinado a asistir a la población de la Ciudad que se encuentre en situación de inseguridad alimentaria, le entrega a las familias que aún no sean beneficiarias del programa Ciudadanía Porteña, una prestación monetaria a través de una tarjeta precargada para la compra de alimentos. Al 31 de diciembre de 2019 los hogares beneficiarios alcanzaron la cantidad de 1.564.
El programa Ciudadanía Porteña, cuenta con un componente denominado Estudiar es Trabajar, mediante el cual se otorga un subsidio mensual a los integrantes de los hogares beneficiarios que tengan entre 18 y 40 años en situación de vulnerabilidad para que puedan seguir estudiando en cualquier nivel del sistema educativo formal con reconocimiento oficial. Este programa contaba con alrededor de 2.683 jóvenes al 31 de diciembre de 2019.
El programa Red Primeros Meses garantiza asistencia médica y la entrega de una ayuda económica trimestral a madres de recién nacidos y mujeres embarazadas en situación de vulnerabilidad social que pertenezcan al Programa Ciudadanía Porteña, con un total al 31 de diciembre de 2019 de 668 beneficiarios, de los cuales 140 corresponden a embarazos y 528 a niños.
INGRESOS Y GASTOS
Introducción
El siguiente cuadro presenta los ingresos y gastos de la Ciudad por los ejercicios finalizados desde el 31 de diciembre de 2015 hasta el 31 de diciembre de 2019. Los montos se consignan en millones de Pesos nominales. Ver el capítulo “Forma de presentación de la información financiera y estadística”.
Ejercicio finalizado el 31 de diciembre de
2015 | 2016 | 2017 | 2018 | 2019 | |||
Ingresos corrientes | 80.940,8 | 128.692,5 | (en millones de Pesos) 180.282,1 | 249.934,2 | 350.978,5 | ||
Ingresos de capital | 757,6 | 871,8 | 3.212,9 | 67.81,4 | 14.074,5 | ||
Total de ingresos | 81.707,4 | 129.564,3 | 183.495,0 | 256.715,5 | 365.053,0 | ||
Gastos corrientes | 76.842,7 | 118.489,1 | 156.906,8 | 207.135,1 | 313.345,6 | ||
Gastos de capital | 12.614,6 | 25.711,7 | 40.310,2 | 51.249,8 | 71.534,5 | ||
Total gastos | 89.457,3 | 144.200,8 | 197.217,0 | 258.384,9 | 384.880,0 | ||
Saldo operativo(1) | 4107,1 | 10.203,4 | 23.375,2 | 42.799,1 | 37.633,0 | ||
Saldo general(2) | (7.749,9) | (14.636,5) | (13.722,0) | (1.669,3) | (19.827,0) | ||
Saldo principal(3) | (5.799,8) | (10.135,9) | (7.004,7) | 12.642,8 | 13.210,1 | ||
Notas: |
(1) Ingresos corrientes menos gastos corrientes.
(2) Total ingresos menos total gastos.
(3) Saldo general excluyendo gastos por intereses.
Fuentes: Dirección General de Presupuesto, Dirección General de Crédito Público y Dirección General de Contabilidad de la Ciudad.
Impuestos y otros ingresos
Las principales fuentes de ingresos de la Ciudad son el impuesto a los ingresos brutos (un impuesto sobre la facturación bruta), los pagos de coparticipación federal de impuestos realizados en virtud de la Ley de Coparticipación Federal, el impuesto inmobiliario, el impuesto de sellos y el impuesto automotor. De los ingresos totales de la Ciudad para el 2019, el 75,2% fueron de origen propio y el 24,8% correspondieron a los pagos de coparticipación federal de impuestos y otras transferencias, lo cual refleja un monto relativamente bajo de los pagos de coparticipación a la Ciudad, en comparación con la mayoría de las provincias.
El siguiente cuadro presenta los ingresos de la Ciudad según las fuentes entre 2015 y 2019. Los montos se consignan en millones de Pesos nominales. Ver el capítulo “Forma de presentación de la información financiera y estadística”.
Ejercicio terminado el 31 de diciembre de
2015 2016 2017 2018 2019
(en millones de Pesos y porcentajes)
Ingresos corrientes: | ||||||||||
Ingresos por impuestos de la Ciudad | ||||||||||
Impuesto a los ingresos brutos………….. | 50.593,3 | 61,9 | 68.117,3 | 52,6 | 91.248,5 | 49,7 | 127.366,9 | 49,6 | 175.085,4 | 48,0 |
Impuesto inmobiliario…………………... | 6772,8 | 8,3 | 9.444,9 | 7,3 | 12.544,5 | 6,8 | 16.133,9 | 6,3 | 20.335,2 | 5,6 |
Impuesto automotor…………………….. | 3.406,5 | 4,2 | 4.383,2 | 3,4 | 5.939,2 | 3,2 | 6.802,0 | 2,6 | 9.985,3 | 2,7 |
Impuesto de sellos………………………. | 4.724,6 | 5,8 | 6.617,2 | 5,1 | 10.814,7 | 5,9 | 13.664,1 | 5,9 | 15.093,6 | 4,1 |
Tasa para el desarrollo de subterráneos (1) | 1.913,2 | 2,3 | 2.429,4 | 1,9 | 3.519,6 | 1,9 | 5.037,3 | 2,0 | 6.816,1 | 1,9 |
Ley Nº 23.514…………………………... | 580,9 | 0,7 | 757,2 | 0,6 | 1.023,4 | 0,6 | 1.217,9 | 0,5 | 1.713,8 | 0,5 |
Ley Nº 4.472……………………………. | 1.332,3 | 1,6 | 1.672,2 | 1,3 | 2.496,2 | 1,4 | 3.819,5 | 1,5 | 5.102,3 | 1,4 |
Ingresos por planes de pago diferido de | ||||||||||
impuestos……………………………….. | 1.260,3 | 1,5 | 1.968,4 | 1,5 | 3.508,1 | 1,9 | 3.457,6 | 1,3 | 4.761,3 | 1,3 |
Otros ingresos de la Ciudad ……………. | 404,2 | 0,5 | 876,0 | 0,7 | 1.391,3 | 0,8 | 2.033,7 | 0,8 | 3.399,4 | 0,9 |
Total ingresos por impuestos de la Ciudad………………………………….. | 69.020,9 | 84,5 | 93.836,4 | 72,4 | 128.965,9 | 70,3 | 174.495,5 | 68,0 | 235.476,3 | 64,5 |
Ingresos no tributarias de la Ciudad | ||||||||||
Pago de derechos……………………….. | 509,8 | 0,6 | 612,1 | 0,5 | 938,1 | 0,5 | 1.320,9 | 0,5 | 1.431,6 | 0,4 |
Venta de bienes y servicios……………. | 511,4 | 0,6 | 679,7 | 0,5 | 1.411,1 | 0,8 | 2.431,8 | 0,9 | 3.495,2 | 1,0 |
Otros ingresos no tributarios de la Ciudad ………………………………… | 2.357,1 | 2,9 | 4.276,7 | 3,3 | 6.924,1 | 3,8 | 8.077,9 | 3,2 | 16.239,1 | 4,4 |
Total ingresos no tributarios de la |
3.378,4 | 4,1 | 5.568,5 | 4,3 | 9.273,4 | 5,1 | 11.830,6 | 4,6 | 21.165,9 | 5,8 |
72.399,3 | 88,6 | 99.404,9 | 76,7 | 138.239,3 | 75,3 | 186.326,1 | 72,6 | 256.642,3 | 70,3 |
7.833,8 | 9,6 | 27.752,2 | 21,4 | 37.851,8 | 20,6 | 57.256,3 | 22,3 | 84.511,7 | 23,2 |
716,7 | 0,9 | 1.535,3 | 1,2 | 4.190,9 | 2,3 | 6.351,8 | 2,5 | 9.824,6 | 2,7 |
8.550,5 | 10,5 | 29.287,5 | 22,6 | 42.042,7 | 22,9 | 63.608,1 | 24,8 | 94.336,3 | 25,8 |
80.949,8 | 99,1 | 128.692,5 | 99,3 | 180.282,1 | 98,2 | 249.934,2 | 97,4 | 350.978,5 | 96,1 |
757,6 | 0,9 | 871,8 | 0,7 | 3.212,9 | 1,8 | 6.781,4 | 2,6 | 14.074,5 | 3,9 |
Ciudad…………………………………
Total ingresos de la Ciudad………….
Transferencias federales
Pagos por coparticipación federal……..
Otras transferencias federales…………
Total transferencias federales…………
Total ingresos corrientes………………
Ingresos de capital
Venta de activos, etc…………………..
Total ingresos………………………… 81.707,4 100,0 129.564,3 100, 183.495,0 100,0 256.715,5 100,0 365.053,0 100,0
Nota:
(1) Las contribuciones al desarrollo del subterráneo se componen de fondos destinados a los efectos por la Ley Nº 23.514, y, a partir de 2013, conforme a la Ley de Transporte Ferroviario de Pasajeros. Ver “Tasa para el desarrollo de subterráneos”.
Fuentes: Dirección General de Presupuesto, Dirección General de Crédito Público y Dirección General de Contabilidad de la Ciudad.
Ingresos fiscales de la Ciudad
Los ingresos fiscales de la Ciudad representaron un monto de $ 235.476,3 millones, es decir el 64,5% de los ingresos totales de la Ciudad en el 2019. Los impuestos principales de la Ciudad son el impuesto a los ingresos brutos, el impuesto inmobiliario, el impuesto automotor y el impuesto de sellos.
Impuesto a los ingresos brutos
El monto correspondiente al impuesto a los ingresos brutos fue de $ 175.085,4 millones que representó el 74,4% de los ingresos fiscales de la Ciudad en 2019.
En enero de 1994, la Ciudad, celebró el Pacto Fiscal de 1993 antes de que cambiara su situación en virtud de la Constitución Nacional. El Pacto Fiscal de 1993, que entró en vigencia el 1° de enero de 1994, requirió que las provincias y la Ciudad reformaran sus respectivas estructuras fiscales en un plazo que originariamente finalizaba el 31 de diciembre de 2001 pero fue extendido al 31 de diciembre de 2010, mediante el reemplazo gradual de determinados impuestos que podían inhibir la producción (tal como el impuesto a los ingresos brutos) por impuestos a las ventas y mediante la mejora de la administración fiscal y los sistemas de recaudación. Las provincias y la Ciudad también acordaron limitar su capacidad de aumentar el impuesto a los ingresos brutos y eximir a algunos sectores económicos de pagarlo. Además, las provincias y la Ciudad acordaron implementar políticas de privatización y desregulación en sus jurisdicciones. El Gobierno Nacional se comprometió a hacerse cargo de los sistemas de jubilación y pensión de las provincias y de la Ciudad, reformar la estructura fiscal federal y aumentar los montos transferidos a las provincias en virtud del sistema de coparticipación federal. Ver “Transferencias federales — Pagos por la Ley de Coparticipación Federal”.
En virtud de sus obligaciones de conformidad con el Pacto Fiscal de 1993, en 1994 la Ciudad extendió la exención al impuesto a los ingresos brutos, incluyendo a las industrias de producción y de la construcción. La Ciudad no ha determinado otras exenciones a este impuesto, aunque, en enero de 1998 redujo el alcance de la exención para el sector productivo a fin de adecuarlo a la exención determinada por la provincia de Buenos Aires respecto de su impuesto a los ingresos brutos. De implementarse plenamente, las reformas al impuesto a los ingresos brutos requeridas en virtud del Pacto Fiscal de 1993 implicarán un ajuste significativo en la estructura de los ingresos de la Ciudad.
Desde el 2000, la Ciudad implementó cambios en este impuesto, incluyendo entre otros involucrarse en acuerdos de revelación de información con el Gobierno Nacional, para comparar las ventas declaradas por los contribuyentes a la Ciudad, en relación con el impuesto a los ingresos brutos, y al Gobierno Nacional en relación con el impuesto al valor agregado, introduciendo a su vez el requerimiento de que los grandes contribuyentes y los bancos actúen en calidad de agentes de percepción y retención respecto de las compras que realicen las pequeñas empresas (ya que, debido a su número, son más difíciles de controlar) y la expansión del uso de tecnologías en línea para modernizar y acelerar el archivo de procesos de autoevaluación impositiva y de otros procesos relacionados. A la fecha del presente Prospecto, existían aproximadamente 3.900 agentes de percepción y retención en relación a este impuesto. Además, la Ciudad ha requerido recientemente a todos los contribuyentes del impuesto a los ingresos brutos que reenvíen sus datos impositivos básicos de modo de actualizar la base de datos de la Ciudad para este impuesto, y comenzó a llevar a cabo inspecciones anunciadas públicamente, principalmente orientadas a verificar las declaraciones juradas del impuesto a los ingresos brutos y al mejoramiento de la recaudación de este impuesto.
En el período comprendido entre los años 2011 y 2019, los ingresos generados por el impuesto a los ingresos brutos se incrementaron cada año como resultado del aumento en los niveles de actividad económica de la Ciudad, del incremento de los precios de los bienes y servicios sujetos al impuesto a los ingresos brutos, y de mejoras en la administración impositiva. El 13 de diciembre de 2012 la Legislatura elevó la alícuota del impuesto a los ingresos brutos imponible entre otros, a las empresas financieras, compañías de seguro y compañías telefónicas. El incremento, junto con niveles de precios más elevados y niveles sostenidos de actividad económica, tuvieron como consecuencia un incremento del impuesto a los ingresos brutos de un 25,6%, alcanzando los $ 50.539,3 millones en 2015. En 2016
el incremento fue de 34,8% llegando la recaudación del impuesto a $ 68.117,3 millones. En 2017 el incremento fue de 34,0% totalizando $ 91.248,5 millones. En 2018 el incremento fue de 39,6% alcanzando una recaudación de $ 127.366,9 millones. En 2019 el incremento fue de 37,5% alcanzando los $ 175.085,4 millones.
Impuesto inmobiliario
La recaudación del impuesto inmobiliario fue de $ 20.335,2 millones, lo cual representó el 8,6% de los ingresos fiscales de la Ciudad para el 2019.
El impuesto inmobiliario se calcula en base al costo de construcción original de los inmuebles ubicados dentro de la Ciudad, ajustado por inflación, y las alícuotas varían según el tamaño y la zona en la que se encuentra el inmueble. Aunque los valores inmobiliarios se ajustan en caso de mejoras, hasta hace poco no existían referencias a valor xx xxxxxxx para establecer el valor de los inmuebles, y gran parte de la base imponible estaba desactualizada y, por tanto, no reflejaba el valor real de las propiedades situadas en la Ciudad. El 5 de diciembre de 2007, la Legislatura aprobó el incremento en la valuación de referencia a todos los inmuebles sujetos al presente impuesto, dividiendo la Ciudad en 82 zonas, y aplicando un factor diferenciado a los inmuebles ubicados dentro de cada una de esas zonas, en un intento de lograr que el valor de referencia usado para calcular este impuesto esté en la misma línea de los valores fiscales de las propiedades. Este proceso resultó en aumentos en los valores reales de referencia de los bienes inmuebles sujetos a este impuesto, desde un 0,0% (en los casos de propiedades ubicadas en las áreas de menores ingresos) hasta un 250,0% (en el caso de propiedades ubicadas en algunas de los principales barrios de la Ciudad). Dichos incrementos comenzaron a aplicarse al impuesto inmobiliario con la recaudación fiscal de 2008. Luego de los incrementos en los valores de referencia, cada contribuyente tuvo derecho de cuestionar el nuevo valor de referencia de su propiedad, para los casos en los que el actual impuesto exigible superara el 1,0% del valor actual xx xxxxxxx de la propiedad. La Ciudad ha recibido 60 cuestionamientos (de un total de aproximadamente 1,6 millones de contribuyentes registrados), de los cuales fueron desestimados o resultaron en pequeños ajustes que, en conjunto, no fueron sustanciales en el contexto general de recaudación del impuesto inmobiliario. Los inmuebles del Gobierno Nacional no están gravados por este impuesto, así como tampoco las xxxxxxxx y los edificios de la Ciudad.
El Pacto Fiscal de 1993 establece límites a la alícuota del impuesto inmobiliario y dispone que la base imponible no pueda exceder el 80% del valor xx xxxxxxx del inmueble. En la actualidad, la Ciudad cumple con tales limitaciones.
El 24 de noviembre de 2011, la Legislatura modificó el régimen en virtud del cual se cobra este impuesto, siguiendo un proyecto xx xxx presentado por la administración de la Ciudad. Las modificaciones, que entraron en vigencia el 1º de enero de 2012, tienen por objeto asegurar que el impuesto se aplica sobre bases más justas y equitativas, mientras aumenta la cantidad de la recaudación tributaria global. Las modificaciones establecen mecanismos para garantizar el valor de referencia de las propiedades siguiendo más de cerca los valores xx xxxxxxx (incluyendo un procedimiento para ajustar dicho valor de referencia sobre una base anual) creando nuevas categorías que reflejen el valor de amenities tales como los gimnasios, piscinas, que previamente no se habían incluido en las valuaciones e incrementaban las tasas de algunos impuestos. El nuevo régimen incluye límites para el incremento resultante de dichas modificaciones, y establece que el monto del impuesto inmobiliario no puede, en ningún caso, exceder el 1,0% del valor xx xxxxxxx de la propiedad. En 2015 los ingresos por el impuesto inmobiliario aumentaron, un 26,2%, alcanzando $ 6.772,8 millones. En 2016 los ingresos por el impuesto inmobiliario aumentaron un 39,5%, alcanzando $ 9.444,9 millones. En 2017 los ingresos por el impuesto inmobiliario aumentaron un 32,8%, alcanzando $ 12.544,5 millones. En 2018 los ingresos por el impuesto inmobiliario aumentaron un 28,6%, alcanzando $ 16.133,9 millones. En 2019 los ingresos por el impuesto inmobiliario aumentaron un 26,0% alcanzando $ 20.335,2 millones principalmente como resultado del aumento en los valores de referencia que tuvieron lugar a partir de las modificaciones en el régimen aplicable en 2011.
El 29 de noviembre de 2018, la Legislatura sancionó la Ley N º 6.067 – Ley Tarifaria de la Ciudad, la cual fijó un tope de aumento del 38,0% en el impuesto inmobiliario para el ejercicio fiscal 2019 sobre el impuesto inmobiliario que se recaudó en el 2018.
Impuesto automotor
Los ingresos por el pago del impuesto automotor fueron de $ 9.985,3 millones, que representaron el 4,2% de los ingresos fiscales de la Ciudad para el 2019. El impuesto automotor es una tasa anual impuesta sobre vehículos de pasajeros, camiones y colectivos en base al valor xx xxxxxxx del vehículo. Los vehículos que estuvieron exentos en 2015, por tener en ese momento una antigüedad superior a 13 años y un valor xx xxxxxxx inferior a los $ 30.000, mantienen dicha exención para 2016. Además, la Ley de Transporte Ferroviario de Pasajeros aumentó las tasas del impuesto automotor de vehículos considerados de alta gama, con una valuación fiscal superior a $ 150.000, entre un 3,2% y un 5,0% del valor del vehículo, vigente a partir del ejercicio fiscal 2013, con el ingreso adicional reflejado bajo la leyenda “Contribuciones al desarrollo del subterráneo”, requeridos a utilizarse en la operación y desarrollo del sistema subterráneo ($ 6.816,1 millones en 2019).
Los ingresos por el pago del impuesto automotor se incrementaron en un 33,5% alcanzando un ingreso de $ 3.406,5 millones en 2015. En 2016 el incremento fue de un 28,7% alcanzando un ingreso de $ 4.383,2 millones. En 2017 el incremento fue de un 35,5% alcanzando un ingreso de $ 5.939,2 millones. En 2018 el incremento fue de un 14,5% alcanzando un ingreso de $ 6.802,0 millones. En 2019 el incremento fue de un 46,8% alcanzando un ingreso de $ 9.985,3 millones, como resultado del efecto combinado del mayor número de automotores patentados, el incremento de los precios de los autos, el incremento de los niveles de cumplimiento tributario y, desde el 2013, por un aumento en las tasas a las que estos impuestos se gravan.
Impuesto de sellos
Los ingresos por el impuesto de sellos contribuyeron con un monto de $ 15.093,6 millones y representaron el 6,4% del total de los ingresos fiscales de la Ciudad en 2019. Este impuesto fue eliminado de la Ciudad por el Gobierno Nacional de conformidad con las disposiciones del Pacto Fiscal de 1993 (cuando la Ciudad se encontraba bajo jurisdicción del Gobierno Nacional) excepto con respecto al otorgamiento de escrituras públicas relativas a las transferencias de inmuebles situados en la Ciudad (excluyendo bienes inmuebles utilizados principalmente como viviendas). Este impuesto continuó siendo recaudado por el Gobierno Nacional hasta el 3 de enero de 2003, cuando, de conformidad con un acuerdo entre el Gobierno Nacional y la Ciudad, la Ciudad comenzó a recaudar dicho impuesto. Luego de la transferencia de responsabilidad de la administración de este impuesto, la Ciudad amplió su espectro, primero a alquileres de inmuebles comerciales ubicados en la Ciudad y luego en enero de 2009, con limitadas excepciones, a todo tipo de contratos y todas las transacciones de seguros y financieras que fueran celebradas o que tuvieran lugar en la Ciudad. Además, la Ley de Transporte Ferroviario de Pasajeros aumentó el impuesto sobre la adquisición de vehículos nuevos o usados, vigente a partir del ejercicio fiscal 2013 con el ingreso adicional a utilizarse en la operación y desarrollo del sistema de subterráneo. El impuesto es recaudado a una tasa general del 1,0% del valor del contrato o de la transacción con excepción de las transferencias inmobiliarias donde la tasa es del 3,6% del valor de transferencia, las transacciones monetarias en donde la tasa es del 0,5% del mayor de: (i) el valor mínimo de la renta potencial anual como lo establece la administración de impuestos de la Ciudad y (ii) la renta potencial anual prevista en el contrato de locación, el alquiler de inmuebles comerciales, donde la tasa de impuesto es de 1,2% del valor de la transacción, y las transferencias de vehículos radicados o a ser radicados en la Ciudad, en las que la tasa del impuesto era del 1,0% en 2013 para los vehículos nuevos (tasa que se incrementó al 3,0% en 2014) y del 3,0% sobre el valor de vehículos usados. Conforme a la Ley de Transporte Ferroviario de Pasajeros desde en el ejercicio fiscal 2013, un porcentaje de la recaudación del impuesto de sellos se asigna para financiar la operación y el desarrollo del sistema de subterráneos ($ 3.668,8 millones en 2019, reflejados bajo la leyenda “Contribuciones al desarrollo del subterráneo”).
En 2015, los ingresos por el impuesto de sellos aumentaron un 31,2% a $ 4.724,6 millones. En 2016 la recaudación del impuesto aumentó 40,1% alcanzando $ 6.617,2 millones. En 2017 los ingresos se incrementaron un 63,4% alcanzando $ 10.814,7 millones; en tanto, en 2018 aumentaron un 26,3%
alcanzando $ 13.664,1 millones, mientras que en 2019 se incrementaron un 10,5% alcanzando $ 15.093,6 millones.
Contribuciones para el desarrollo de subterráneos
Los fondos destinados a la contribución para el desarrollo de subterráneos fueron de $ 6.816,1 millones, y representaron el 2,9% del total de ingresos por impuestos de la Ciudad en 2019. Los aportes para el desarrollo de subterráneos deben deducirse del impuesto inmobiliario o del impuesto automotor en los porcentajes establecidos en la Ley Nº 23.514 y sus modificatorias. Los montos deben utilizarse para desarrollar la infraestructura de subterráneos. A partir del ejercicio fiscal 2013 y bajo la Ley Nº
4.472 de Transporte Ferroviario de Pasajeros de Subterráneos, un porcentaje del impuesto de sellos, del impuesto automotor y un 10,0% de la recaudación de las autopistas operadas por Autopistas Urbanas S.A. (“AUSA”, que representó $ 483,3 millones en 2019) se afectaron a la operación y desarrollo del sistema de subterráneos y, por tanto, ello se refleja en las contribuciones al desarrollo de subterráneos.
Ingresos por planes de pago diferido de impuestos
Durante el transcurso de la última década, la Ciudad, como parte de las medidas destinadas a aumentar la recaudación impositiva, implementó planes de moratoria fiscal, en virtud de los cuales en algunos casos, los contribuyentes de la Ciudad pueden pagar impuestos adeudados evitando ser sancionados. Dichos planes no contemplaban renuncias de la Ciudad a los montos reclamados (salvo en 2010). Las medidas implementadas por la Ciudad en los últimos años para mejorar la recaudación impositiva han llevado a un aumento en el número de contribuyentes que se han acoplado a los planes de moratorias de la Ciudad. En virtud de estos planes, la Ciudad percibió $ 1.260,3 millones en 2015,
$ 1.968,4 millones en 2016, $ 3.508,1 millones en 2017, $ 3.457,6 millones en 2018 y $ 4.761,3
millones en 2019.
Otros ingresos fiscales de la Ciudad
Otros ingresos fiscales locales fueron de $ 3.399,4 millones que representan el 1,4% de los ingresos fiscales de la Ciudad para el 2019. Estos ingresos incluyen los cargos por ventas de electricidad, que se imponen a consumidores de electricidad y son recaudados por las empresas distribuidoras, un cargo que grava la publicidad en la vía pública, cargos que gravan la generación de residuos sólidos y húmedos y cargos sobre los premios de juegos xx xxxx de resolución inmediata.
Ingresos no tributarios de la Ciudad
Los ingresos no tributarios de la Ciudad aportaron un monto de $ 21.165,9 millones que representan el 5,8% de los ingresos totales de la Ciudad para el 2019. Las principales fuentes de ingresos no tributarios de la Ciudad son los ingresos por multas impuestas por la Ciudad, los pagos de derechos para utilizar instalaciones de la Ciudad, las ventas de bienes y servicios y las rentas de la propiedad (intereses y dividendos).
Pago de derechos por uso de instalaciones y ciertos servicios
Los pagos de derechos para utilizar instalaciones y ciertos servicios de la Ciudad ascienden a un monto de $ 1.431,6 millones o el 6,8% de los ingresos no tributarios totales de la Ciudad para el 2019, y principalmente comprenden timbrados por habilitaciones comerciales y otros trámites en dependencias de la Ciudad, pagos a la Ciudad respecto a sus cementerios, cánones por concesión de bienes o servicios público y el recupero de servicios especiales.
Venta de bienes y servicios
Las ventas de bienes y servicios de la Ciudad, cuyo rubro principal es la prestación de servicios de salud y seguridad social y medicamentos para jubilados y pensionados, los servicios de policía complementaria y la venta de entradas para el ingreso a eventos en los teatros de la Ciudad y en otros centros culturales, ascendió a un monto de $ 3.495,2 millones en el 2019, que representó el 16,5% de los ingresos no tributarios totales de la Ciudad para el 2019.
Otros ingresos no tributarios de la Ciudad
Otros ingresos no tributarios totales ascienden a un monto de $ 16.239,1 millones o el 76,7% de los ingresos totales no tributarios de la Ciudad para el 2019. Estos ingresos incluyen, principalmente multas impuestas por la Ciudad, en especial las de tránsito y otros delitos menores ($ 3.929,6 millones), dividendos provenientes de LOTBA SE, la empresa pública que administra los juegos xx xxxx ($ 961,1 millones) e ingresos por intereses recibidos por la Ciudad por sus tenencias de dinero en el Banco Ciudad ($ 2.077,7 millones).
Transferencias federales
Pagos por la Ley de Coparticipación Federal
El 27 de febrero de 2002 el Estado nacional, los estados provinciales y la Ciudad celebraron un acuerdo sobre la relación financiera y las bases de un régimen de coparticipación federal de impuestos (el “Acuerdo 2002”). Si bien la fecha de vencimiento del Acuerdo 2002 era el 31 de diciembre de 2002, ha sido renovado automáticamente por períodos adicionales de un año. A la fecha del presente Prospecto, los firmantes del Acuerdo 2002 aún no habían llegado a un acuerdo respecto de la Ley de Coparticipación Federal. No obstante, el 12 de diciembre de 2002, y en el marco de las negociaciones con respecto a esa ley, la Ciudad y el Gobierno Nacional concertaron un acuerdo bilateral por el cual el Gobierno Nacional acordó comenzar a transferir a la Ciudad el equivalente al 1,4% de los ingresos fiscales nacionales netos sujetos a la Ley de Coparticipación Federal, sobre una base anual a partir del 1° de enero de 2003, en lugar de la suma fija de $ 157 millones por año asignada anteriormente a la Ciudad. En consecuencia, la Ciudad fue incluida con las provincias en el segundo nivel de distribución de los pagos netos del sistema de coparticipación federal y la participación total se redujo en un 1,40% al 31 de diciembre de 2015, a un 3,75% desde el 1º de enero de 2016 y a un 3,50 desde el 1º de enero de 2018.
Mediante el Decreto Nº 194/2016, y a los fines de asegurar el desenvolvimiento fiscal y patrimonial que permita continuar consolidando la organización y funcionamiento institucional inherente al régimen autónomo de la Ciudad, el Poder Ejecutivo Nacional aumentó el porcentaje de la coparticipación que recibe la Ciudad del 1,4% a 3,75% sobre el monto total recaudado por los gravámenes establecidos a partir del 1° de enero de 2016. A su vez, por Decreto Nº 257/2018 el Gobierno Nacional redujo el porcentaje de coparticipación de la Ciudad a 3,50% a partir del 1º de enero de 2018.
Los pagos relativos a la coparticipación federal recibidos por la Ciudad aumentaron en un 36,1% pasando a $ 7.833,8 millones en 2015, en un 254,3% pasando a $ 27.752,2 millones en 2016, en un 36,4% pasando a $ 37.851,8 millones en 2017, en un 51,3% pasando a $ 57.256,3 millones en 2018 y en un 47,6% pasando a $ 84.511,7 millones en 2019.
Otras transferencias federales y otros organismos
Estas transferencias ascendieron a $ 9.824,6 millones en el 2019 e incluyeron principalmente $ 1.736,8 millones de un subsidio para la educación profesional en la Ciudad, $ 4.237,1 millones correspondientes a la transferencia proveniente de la empresa que explota los juegos xx xxxx en la ciudad, $ 2.255,1 millones por el financiamiento de las competencias judiciales traspasadas a la Ciudad y $ 284,7 millones respecto del subsidio a la construcción de viviendas en la Ciudad.
Ingresos de capital
Los ingresos de capital ascendieron a $ 14.074,5 millones en 2019, o 3,9% de los ingresos totales de la Ciudad en ese año. De conformidad con las disposiciones del Decreto N° 206/2009 del 19 xx xxxxx de 2009, el Gobierno Nacional acordó transferir, con regularidad a todas las provincias y a la Ciudad, el 30,0% de los impuestos que el Gobierno Nacional perciba y recaude con relación a la exportación de porotos de soja y sus derivados. Los montos transferidos sólo pueden ser utilizados por las provincias y la Ciudad para financiar obras de infraestructura (incluyendo aquellas de los sectores educativos y de salud) dentro de sus jurisdicciones. Debido a su destino, estas transferencias se registran como “ingresos de capital” de la Ciudad. En 2018, estas transferencias ascendieron a $ 383,4 millones. El Decreto Nº 206/2009, fue derogado mediante el Decreto Nº 756/2018 del 14 xx xxxxxx de 2018. En virtud de ello, el Gobierno Federal compensó a las provincias y a la Ciudad por el resto del año a través del Programa de Asistencia Financiera a provincias y municipios, por el que la Ciudad recibió en 2018 otros $ 246,8 millones y en 2019 $ 15,3 millones.
Además, la Ciudad registra principalmente bajo este rubro el producido de la venta de tierras e inmuebles siendo la venta del polígono del Tiro Federal el más importante ($ 4.508,6 millones en 2019) junto con la venta de los inmuebles del barrio Olímpico ($ 1.527,5 millones en 2019), las transferencias del Gobierno Nacional destinadas a la construcción de viviendas ($ 1.041,9 millones en 2019) y otras obras de infraestructura urbana (Autopista Paseo del Bajo y la mudanza de la unidad penitenciaria federal del xxxxxx xx Xxxxx Devoto) y los reembolsos de préstamos realizados por el Instituto de Vivienda de la Ciudad a los beneficiarios de programas de vivienda sociales ($ 200,0 millones en 2019).
Gastos
La Ciudad clasifica sus gastos corrientes, en forma amplia, en personal, servicios de terceros, mercaderías de consumo, transferencias e intereses sobre la deuda de la Ciudad. El gasto destinado al personal comprende el gasto directo de la nómina de empleados de la Ciudad, principalmente salarios de maestros y trabajadores de la salud y contribuciones a la seguridad social que paga la Ciudad en relación con sus empleados permanentes y contratados. Los gastos correspondientes a servicios de terceros incluyen el gasto de la Ciudad en concepto de contrato de servicios, que varían desde contratos de recolección de residuos hasta la provisión de comida para las escuelas y hospitales de la Ciudad y los pagos realizados a contratistas independientes que brindaron un servicio a la Ciudad en forma temporaria. Los gastos correspondientes a mercaderías de consumo se refieren a los gastos de la Ciudad en insumos para todos sus departamentos y organismos de la administración de Ciudad, con inclusión de escuelas y hospitales. Los gastos por transferencias incluyen, principalmente, los subsidios pagados al sistema de educación privada de la Ciudad en concepto de incentivo docente.
Los gastos de capital de la Ciudad se refieren, directamente, al mejoramiento de la infraestructura social de la Ciudad (con inclusión de escuelas, hospitales, centros culturales y otras obras públicas), proyectos de prevención de inundaciones, mantenimiento de calles, expansión de la red de subterráneos de la Ciudad, construcción de viviendas, instalación y mejora de semáforos y alumbrado público, entre otras obras públicas.
La siguiente tabla muestra los gastos de la Ciudad por categoría de gasto corriente y de capital desde 2015 hasta 2019. Los montos se presentan en millones de Pesos nominales. Ver el capítulo “Forma de presentación de la información financiera y estadística”.
Ejercicio terminado el 31 de diciembre de
2015 2016 2017 2018 2019
(en millones de Pesos y porcentajes)
Gastos corrientes:
Personal………………... | 42.188,2 | 47,2 | 69.381,1 | 48,1 | 89.185,6 | 45,2 | 114.225,0 | 44,2 | 162.083,3 | 42,1 |
Servicios de terceros…... | 19.471,4 | 21,8 | 25.810,9 | 17,9 | 36.925,2 | 18,7 | 49.258,0 | 19,1 | 66.644,7 | 17,3 |
Mercaderías de consumo | 2.113,7 | 2,4 | 3.257,4 | 2,3 | 4.834,9 | 2,5 | 5.652,0 | 2,2 | 8.832,5 | 2,3 |
Transferencias…………. | 11.119,2 | 12,4 | 15.539,0 | 10,8 | 19.243,9 | 9,8 | 23.687,9 | 9,2 | 42.747,9 | 11,1 |
Intereses………………... | 1.950,1 | 2,2 | 4.500,6 | 3,1 | 6.717,3 | 3,4 | 14.312,2 | 5,5 | 33.037,1 | 8,6 |
Total gastos corrientes.. | 76.842,7 | 85,9 | 118.489,1 | 82,2 | 156.906,8 | 79,6 | 207.135,1 | 80,2 | 313.345,6 | 81,4 |
Gastos de capital: | ||||||||||
Obras públicas…………. | 12.339,3 | 13,8 | 25,225,4 | 17,5 | 39.870,8 | 20,2 | 46.906,0 | 18,2 | 68.444,9 | 17,8 |
Otros(1) ………………… | 275,3 | 0,3 | 486,3 | 0,3 | 439,4 | 0,2 | 4.343,7 | 1,7 | 3.089,5 | 0,8 |
Total gastos de capital | 12.614,6 | 14,1 | 25.711,7 | 17,8 | 40.310,2 | 20,4 | 51.249,8 | 19,8 | 71.534,5 | 18,6 |
Total gastos…………… | 89.457,3 | 100,0 | 144.200,8 | 100,0 | 197.217,0 | 100,0 | 258.384,9 | 100,0 | 384.880,0 | 100,0 |
Nota:
(1) Incluye principalmente pagos realizados a entidades del sector público y privado que asumen ciertos proyectos de infraestructura.
Fuentes: Dirección General de Presupuesto, Dirección General de Crédito Público y Dirección General de Contabilidad de la Ciudad.
La siguiente tabla muestra los gastos totales de la Ciudad por área desde 2015 hasta 2019. Los montos se presentan en millones de Pesos nominales. Ver el capítulo “Forma de presentación de la información financiera y estadística”.
Ejercicio terminado el 31 de diciembre de
2015 2016 2017 2018 2019
(en millones de Pesos)
Gobierno: Poder Legislativo………………………. | 1.738,8 | 2,115,0 | 2.666,6 | 3.320,0 | 4.498,8 |
Poder Judicial …………………………. | 5.082,3 | 6.462,5 | 8.926,7 | 11.540,9 | 18.417,9 |
Poder Ejecutivo………………………… | 3.815,1 | 5.226,9 | 7.248,4 | 10.415,8 | 12.643,9 |
Administración fiscal ………….……… | 1.901,0 | 2.582,6 | 3.173,9 | 3.911,6 | 6.091,8 |
Otros…………………………………… | 1.238,7 | 1.867,7 | 2.308,6 | 2.963,7 | 4.294,6 |
Total gobierno………………………… | 13.775,8 | 18.254,8 | 24.324,3 | 32.151,9 | 45.947,0 |
Servicios de Seguridad: Seguridad interna……………………… | 4.040,6 | 22.141,6 | 29.432,2 | 36.200,7 | 52.363,8 |
Total servicios de seguridad………… | 4.040,6 | 22.141,6 | 29.432,2 | 36.200,7 | 52.363,8 |
Servicios Sociales: | |||||
Educación………………………….…… | 20.680,9 | 28.448,2 | 37.158,7 | 47.111,9 | 69.893,3 |
Salud……………………………….…… | 18.039,0 | 24.506,9 | 31.379,8 | 39.577,3 | 57.119,1 |
Promoción social (1) …………………. | 8.078,2 | 11.227,2 | 16.121,6 | 20.951,6 | 38.517,4 |
Cultura………………………………….. | 2.780,4 | 4.400,9 | 7.323,8 | 11.952,4 | 9.440,7 |
Vivienda………………………………... | 1.405,4 | 3.059,0 | 5.843,4 | 9.279,5 | 13.420,4 |
Otros…………………………………… | 1.488,8 | 2.540,9 | 4.219,0 | 5.346,4 | 7.521,0 |
Total servicios sociales……………….. | 52.472,7 | 74.183,2 | 102.046,4 | 134.219,2 | 195.912,0 |
Servicios Económicos: Transporte (2) …………………………… | 3.421,9 | 5.410,6 | 7.473,8 | 5.933,4 | 7.984,6 |
Servicios urbanos……………………… | 10.936,8 | 15.440,0 | 21.138,9 | 29.375,5 | 39.971,3 |
Otros…………………………………… | 2.685,5 | 3.899,9 | 5.957,7 | 6.125,1 | 9.244,9 |
Total servicios económicos…………… | 17.044,2 | 24.750,5 | 34.570,4 | 41.434,0 | 57.200,8 |
Intereses(3) ……………………………… | 2.124,0 | 4.870,7 | 6.843,8 | 14.379,0 | 33.456,4 |
Total de gastos………………………… | 89.457,0 | 144.200,8 | 197.217,0 | 258.384,9 | 384.880,0 |
Nota:
(1) Incluye subsidios al sistema de subterráneos que en 2019 representaron $ 6.251,9 millones.
(2) Incluye inversiones en el sistema de subterráneos que en 2019 representaron $ 3.240,4 millones..
(3) Incluye comisiones, entre ellas comisiones por disponibilidad crediticia, y gastos incurridos por la Ciudad durante el proceso de obtención de ciertos préstamos internacionales. Ver el capítulo “Deuda pública— Descripción del
endeudamiento directo— Prestamos internacionales”.
Fuentes: Dirección General de Presupuesto, Dirección General de Crédito Público y Dirección General de Contabilidad de la Ciudad.
Los dos servicios sociales principales en 2019 fueron educación y salud, que en conjunto representaron un 33,0% del gasto total de la Ciudad. Los servicios educativos comprenden la provisión de escuelas y la enseñanza hasta el nivel post-secundario para todos los residentes de la Ciudad. Los servicios de salud comprenden la prestación de atención hospitalaria básica y asistencia médica principalmente a los residentes de la Ciudad, pero en la práctica, a cualquier persona que requiera dichos servicios en la Ciudad, independientemente de su lugar de residencia. La Ciudad cuenta con 34 hospitales públicos, un instituto de salud pública y 45 centros de salud y 43 centros médicos barriales de acción comunitaria.
Entre otros servicios brindados por la Ciudad se encuentran: servicios urbanos, tales como el mantenimiento de los espacios públicos y la recolección de residuos; servicios de seguridad interna (ver el capítulo “Resumen de la Ciudad-Desempeño económico y aspectos más importantes”); servicios administrativos, tales como la emisión de licencias de conducir; atracciones culturales, por ejemplo museos y teatros; aprobación de plano urbanos; y la ejecución de obras públicas y proyectos de infraestructura. Además, los gastos de transporte incluyen el monto que la Ciudad ha gastado en el mejoramiento y expansión del sistema de subterráneos que, si bien es operado por un concesionario privado, cualquier gasto de capital relacionado con el mismo es responsabilidad primaria de la Ciudad.
Gastos corrientes
Personal
El gasto de personal es el principal gasto de la Ciudad, representando un monto de $ 162.083,3 millones o el 51,7% del total de los gastos corrientes de la Ciudad para el 2019. El gasto de personal se incurre en base al número de cargos pagados y no por el número de empleados. Un empleado, por ejemplo, un maestro o un médico, puede ocupar más de un cargo siempre que sus horarios no se superpongan y, en consecuencia, recibir más de un sueldo.
Durante la década de los noventa, y en un esfuerzo por contener los costos de personal, la Ciudad implementó una serie de iniciativas que incluían el congelamiento de los salarios y de los ascensos de sus empleados. Asimismo, el 5 xx xxxxxx de 2000, la legislatura sancionó la Ley N° 471, que regula diferentes aspectos de la relación entre la Ciudad y sus empleados. Durante el período previo y posterior a la Crisis Económica del 2001-2002, la Ciudad implementó una serie de medidas enfocadas a reducir el gasto de personal, lo que incluyó reducción de salarios de sus más altos funcionarios y el
congelamiento de los pagos de horas extraordinarias, mientras mantenía las contrataciones y los salarios congelados. El resultado de estas medidas fue que el gasto de personal de la Ciudad se mantuvo casi invariable entre 1999 y 2003, a pesar de la merma sustancial del poder adquisitivo de los salarios como consecuencia de la devaluación del Peso y los niveles de inflación experimentados luego de la Crisis Económica del 2001-2002.
Desde 2004 y en respuesta a la presión ejercida por los gremios para realinear, en valores reales, la remuneración y beneficios de los empleados de la Ciudad a los niveles prevalecientes anteriores a la Crisis Económica del 2001-2002, la Ciudad ha asignado incrementos salariales a tasas que, en la mayoría de los casos, excedieron el total de los índices de inflación predominantes. Además, la Ciudad ha contratado como empleados permanentes o por contrato un número de personas que anteriormente proveían servicios a la Ciudad como contratistas independientes (con el incremento resultante en seguridad social y otros beneficios que paga la Ciudad) y de otro modo ha aumentado la totalidad de sus empleados y cargos para cumplir con las demandas sociales, particularmente en las áreas de salud y educación, y como resultado de la xxxxxxxx por parte de la Ciudad de funciones que anteriormente eran cumplidas por el Gobierno Nacional, tales como aquellas funciones desempeñadas por los tribunales de la Ciudad y por las fuerzas de seguridad que la Ciudad ha desplegado para prestar servicio.
En enero de 2015, la Ciudad otorgó un bono de $ 2.000 a los trabajadores de la administración central, un bono de entre $ 3.000 y $ 3.900, según su categoría, a los médicos y de $ 2.500 a los residentes. Luego, en el mes xx xxxxx la Ciudad acordó para los empleados de la administración central incrementos escalonados a ser implementados a lo largo del año de acuerdo al siguiente esquema: 15,0% en abril, 17,0% en septiembre y 6,0% en noviembre a cuenta de la nueva carrera administrativa próxima a implementarse. Para los empleados del sector salud, el incremento también se pautó en tramos a aplicarse en diferentes meses, a saber: una suma fija según categoría de entre $ 1.274 a $ 6.734 para los médicos y de $ 1.992 a $ 2.346 para los residentes pagada en el mes xx xxxxx, un incremento aplicable a los médicos del 5,0% en septiembre y un último porcentaje pagadero en octubre del 9,0% para los médicos y del 12,0% para los residentes. Respecto al sector educación, se otorgó un incremento promedio aproximado de 33,6% -en marzo un 20,0% y en agosto un 13,6%. Durante el 2015, los gastos de personal aumentaron en un 37,1%, a $ 42.188,2 millones.
En enero y febrero de 2016, la Ciudad otorgó dos sumas a cuenta de las paritarias de $ 2.500 a los trabajadores de la administración central, de entre $ 3.600 y $ 4.680 a los médicos según su categoría y de $ 3.000 a los residentes. Luego, en abril la Ciudad acordó para los empleados de la administración central un incremento del 31,0%, escalonado a lo largo del año de acuerdo al siguiente esquema: 14,0% en abril, 8,0% en septiembre, 7,0% en noviembre y 2,0% a cuenta de la nueva carrera administrativa. Para los empleados del sector salud, se acordó un aumento del 28,5%, distribuido de la siguiente manera: 15,5% en abril, 6,0% en septiembre y 7,0% en noviembre. Además, la Ciudad acordó incrementar los salarios del sector educativo en un 32,5% a lo largo de todo el año. Durante el 2016, los gastos de personal aumentaron en un 64,5%, a un $ 69.381,1 millones.
En abril de 2017, la Ciudad acordó un incremento salarial del 20,0% para los trabajadores de la administración central, otorgado en tres tramos: 10,0% en abril, 8,0% en agosto y 2,0% en septiembre a cuenta de la nueva carrera administrativa. Asimismo, se otorgó un bono de $ 2.500 en mayo. Para los empleados del sector salud, se acordó un aumento del 18,0% implementado en dos tramos: 10,0% en abril y 8,0% en agosto, y una suma no remunerativa (entre $ 479 y $ 2.607, según categoría) a pagar entre octubre de 2017 y marzo de 2018. Luego, en julio, la Ciudad otorgó un bono de $ 6.000 para los médicos y un bono de $ 3.000 para los residentes. Respecto al sector educación, se otorgó un aumento del 21,5% a lo largo del año. Durante el 2017, los gastos de personal aumentaron en un 28,5% a $ 89.185,6 millones.
En marzo de 2018, la Ciudad cerró las paritarias del ejercicio 2017, acordando otro incremento del 3,0% para la administración central y el sector seguridad, un 2,0 % para el sector salud y un 3,5% para el sector educativo. Posteriormente, para el 2018 acordó un incremento salarial del 25,0% para los trabajadores de la administración central y de los sectores de salud y seguridad, otorgado en cinco tramos: 8,0% en abril, 4,0% en julio, 3,0% en septiembre, 5,0% en octubre y 5,0% en diciembre, mientras que para las autoridades superiores se acordó un incremento del 8,0% en abril. Además, se
otorgó un bono de $ 5.000 para la administración central y el sector de seguridad, un bono de $ 12.000 para los médicos y un bono de $ 5.000 para los residentes. Respecto al sector educación, se otorgó un aumento del 25,0% a lo largo del año. Durante el 2018, los gastos de personal aumentaron un 28,1%, a $ 114.225,0 millones.
En marzo de 2019, la Ciudad cerró las paritarias del ejercicio 2018, acordando otro incremento del 4,0% para la administración central, del sector educativo y del sector seguridad, y un 7,0%, para el sector salud. Posteriormente, para el 2019 acordó un incremento salarial del 19,0% para los trabajadores de la administración central y de los sectores de la salud y de la seguridad, otorgado en tres tramos 8,0% en abril, 6,0% en julio y 5,0% en septiembre. Además, se otorgó en febrero un bono para el sector educativo desde $ 3.500 hasta $ 7.000, según rango y antigüedad, en marzo, un bono de
$ 5.000 para la administración central y el sector de seguridad y un bono de $ 10.000 para los médicos y residentes, y en octubre, se otorgó un bono de $ 5.000 a toda la administración pública. Respecto al sector educación, se otorgó un aumento del 23,0% en tres tramos a lo largo del año. Los gastos de personal en 2019 se incrementaron un 41,9% a $ 162.083,3 millones.
En enero de 2020, en cumplimiento con el acuerdo pactado en las distintas actas de negociación colectiva celebradas durante 2019, se efectuó una compensación salarial de acuerdo a la diferencia registrada entre la inflación acumulada desde el 1º xx xxxxx hasta el 31 de diciembre del ejercicio publicado en el informe mensual del IPCBA en el mes de enero del 2020 y la pauta del aumento previsto, que representa un 16,1% para el sector educativo y un 15,9% para el resto de la administración. Además, se otorgó para los meses de febrero a junio a toda la administración pública, excepto autoridades y sector educativo, una suma fija equivalente al 7,9% xxx xxxxxxx normal y habitual percibido en diciembre 2019. Para el sector educativo, se otorgó una suma fija desde marzo y desde julio que representan aumentos del 13,1% y del 7,6% respectivamente, llegando a un incremento total del 20,7%.
Debido a las garantías constitucionales de estabilidad laboral para el empleo público, la Ciudad no puede reducir los gastos de personal mediante programas de despidos, aunque sí puede hacerlo mediante programas de retiro voluntario y eliminación natural de cargos, también los empleados pueden ser despedidos con causa. Los salarios no pueden reducirse en términos nominales y, en virtud de concesiones aplicables, los maestros y empleados judiciales tienen derecho a aumentos automáticos basados en su antigüedad en el cargo. En marzo de 2012, la administración de la Ciudad implementó un programa de retiro voluntario para aquellos empleados permanentes que estarían en condiciones de jubilarse en los próximos cinco años. En 2012, 6.163 empleados se adhirieron al programa y 1.824 se jubilaron en virtud del mismo. En 2013, 4.113 empleados se adhirieron al programa y 628 se jubilaron en virtud del mismo. Durante 2014 se adhirieron 672 empleados al programa de retiro voluntario y 485 se jubilaron en virtud del mismo. En 2015, 506 adhirieron al programa. En 2016 no se llevó a cabo el programa de retiro voluntario. En 2017 retomando la política se adhirieron 597 personas, en 2018 se sumaron 339, en 2019 se incorporaron 579 y en 2020 hasta la fecha se han incluido 81 empleados.
La administración actual de la Ciudad ha implementado un número de políticas destinadas a lograr un mejor alineamiento de la disponibilidad de su personal con las demandas de la población y brindar mejores oportunidades profesionales para sus empleados. Como resultado, el aumento en el número de empleados en los años recientes se ha focalizado en los sectores de educación y salud y al mismo tiempo se sumó personal a la nueva fuerza policial creada por la Ciudad. Asimismo, la Ciudad implementó un nuevo sistema de gestión de recursos humanos que ha permitido hacer más eficiente y facilitar procesos tales como la inserción de cambios en una base de datos de empleados unificada por área pertinente, hacer nombramientos de docentes y médicos además de la resolución de posibles errores en los ajustes salariales de manera más expeditiva. La Ciudad también ha tomado medidas diseñadas para reducir el nivel relativamente alto de ausentismo de sus empleados, implementando un sistema de control electrónico y estableciendo ocho centros de chequeos médicos sumados a un centro médico central y la implementación de visitas médicas a domicilio. La Ciudad, además, ha comenzado a evaluar en forma anual a la mayoría de su personal y creó la categoría de “cargos gerenciales jerárquicos” con asignación de puestos a través de un proceso de selección basado en el mérito. Al 31 de diciembre de 2019 los nombramientos para esa categoría ascienden a 1.530.
El siguiente cuadro refleja el número de empleados por categoría de la Ciudad por los períodos finalizados el 31 de diciembre de 2015, 2016, 2017, 2018 y 2019.
Ejercicio terminado el 31 de diciembre de
2015 | 2016 | 2017 | 2018 | 2019 | |||||||
Emp. | Pos | Emp. | Pos | Emp. | Pos. | Emp. | Pos. | Emp. | Pos. | ||
Administración central | |||||||||||
Empleados permanentes(1) | 55.356 | 55.596 | 54.101 | 54.309 | 54.326 | 54.521 | 53.484 | 53.562 | 40.123 | 40.133 | |
Empleados contratados | 113 | 113 | 60 | 61 | 44 | 46 | 32 | 32 | 31 | 31 | |
Empleados de educación y salud(2) | 74.115 | 152.256 | 74.643 | 156.159 | 77.026 | 161.927 | 82.263 | 170.289 | 94.259 | 185.188 | |
Policía Metropolitana | 7.030 | 7.031 | 9.129 | 9.155 | 29.144 | 29.147 | 30.026 | 30.029 | 31.586 | 31.587 | |
Autoridades jerárquicas | 305 | 306 | 721 | 723 | 694 | 694 | 708 | 710 | 696 | 697 | |
Subgerentes | 816 | 817 | 828 | 828 | 802 | 802 | 793 | 793 | 780 | 780 | |
Gerentes | 657 | 660 | 728 | 728 | 764 | 764 | 783 | 783 | 750 | 750 | |
Total | 138.392 | 216.779 | 140.210 | 221.963 | 162.800 | 247.901 | 168.089 | 256.198 | 168.225 | 259.166 |
Notas:
(1) Al 31 de diciembre de 2019 incluye: Administrativos (36.738), Planta Transitoria Ecoparque (129), Cuerpo de Seguridad y Vigilancia (287) y Planta Transitoria Acta Nº 6/14 (2.969).
(2) Al 31 de diciembre de 2019, en Educación el número de empleados es de 59.531 y 150.385 los puestos. En Salud 34.728 son empleados y 34.803 puestos.
Fuente: Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Ciudad.
“Empleados permanentes” incluye tanto a los empleados de los ministerios de la Ciudad y otras áreas de la administración central como a los empleados asignados a los departamentos de educación y salud, así como también a la Planta Transitoria de Jóvenes Profesionales y a la Planta Transitoria Acta Nº 6/14.
“Empleados contratados” incluye empleados que anteriormente fueron contratistas independientes de la Ciudad proporcionando servicios en virtud de contratos temporarios y que luego la Ciudad los contrató mediante contratos de empleo público que contemplan seguridad social y otros beneficios.
“Empleados en educación y salud” en 2019 el número se incrementa sustancialmente como resultado de la segmentación de la Nueva Carrera Administrativa, creando la Carrera de Enfermería y Especialidades Técnico-Profesionales de la Salud, en contrapartida de la disminución considerable en “Empleados permanentes”.
“Policía Metropolitana” en 2017 el número de empleados se incrementa sustancialmente como resultado de la transferencia hacia la ciudad de 19.058 empleados de la Policía Federal, incluyendo oficiales de la Policía Federal, la superintendencia de Seguridad Metropolitana (las 54 comisarías, cuerpos de infantería y cuerpos de policía montada), el cuerpo de bomberos, y algunas áreas de la policía forense y de investigaciones.
“Autoridades jerárquicas” comprende los cargos más altos en la administración de la Ciudad, entre ellos los Ministros, los Secretarios, los Subsecretarios y los Directores Generales.
“Subgerentes” y “Gerentes” comprende a los empleados permanentes con responsabilidades gerenciales de jerarquía.
A la fecha de este Prospecto, los trabajadores de los sectores de salud y educación representaban la mayor cantidad de trabajadores sindicalizados, aproximadamente el 60,0% de dichas áreas están afiliados a varias organizaciones sindicales. Aproximadamente el 50,0% de los empleados administrativos están afiliados a la Unión de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires.
Servicios tercerizados
En el curso de la prestación de servicios, la Ciudad incurre en gastos por una variedad de bienes y servicios adquiridos al sector privado. La Ciudad clasifica las compras de bienes que consume en una categoría separada, “Consumo de mercaderías”. En 2019, los gastos por servicios tercerizados ascendieron a un monto de $ 66.644,7 millones, o un 21,3% del total de gastos corrientes de la Ciudad. El gasto principal en esta categoría es la recolección de residuos, realizada principalmente por contratistas independientes y que, en 2019, alcanzó un monto de $ 21.121,6 millones. A los fines de la recolección de residuos, la Ciudad se divide en seis zonas, cinco de las cuales se encuentran bajo el servicio de contratistas independientes y la zona restante, bajo el servicio de los empleados de la Ciudad. En el primer cuatrimestre de 2014, la Ciudad concesionó contratos de recolección de residuos xx xxxx años de duración a contratistas independientes para que provean dichos servicios, en virtud de los cuales la Ciudad acordó financiar la compra de equipamiento nuevo para ser utilizado por dichos contratistas. Los servicios, de acuerdo a dichos contratos, comenzaron en octubre de 2014.
Otros gastos significativos en el rubro servicios tercerizados en 2019 fue la prestación de servicios por contratistas independientes bajo contratos temporales ($ 8.451,8 millones), el suministro de alimento en las escuelas de la Ciudad ($ 4.271,2 millones), servicios de seguridad provistos por empresas privadas de seguridad pagados por la Ciudad ($ 3.057,6 millones), publicidad ($ 2.056,8 millones),suministro de alimento en los hospitales de la Ciudad ($ 1.814,3 millones), pago de alquileres de bienes inmuebles ($ 1.230,8 millones) y programas de asistencia social ($ 810,4 millones). El resto de gastos por servicios tercerizados corresponden a costos de procesamiento de datos y otros servicios técnicos, costos de estudios catastrales, facturas de servicios, costos de limpieza y de una variedad de otros servicios profesionales especializados suministrados por la ciudad a través de contratistas del sector privado.
La Ciudad procura el suministro de estos servicios mediante llamados a licitación para el otorgamiento de contratos por parte de la ciudad, obteniendo precios de referencia de la Auditoría General de la Nación.
Consumo de mercaderías
La Ciudad clasifica en este rubro los gastos en que incurre por la compra de mercaderías al sector privado y que son consumidas por la Ciudad. Los gastos por consumo de mercaderías ascendieron a un monto de $ 8.832,5 millones, o 2,8% del total de los gastos corrientes de la Ciudad en 2019. Los gastos principales en este rubro en 2019 fueron en medicamentos ($ 2.471,0 millones), equipamientos quirúrgicos y de laboratorio para los hospitales de la Ciudad ($ 1.781,1illones) y otros insumos médicos ($ 1.416,5 millones).
La Ciudad utiliza un proceso de llamados a licitación tanto para la compra de mercadería como para la contratación de servicios tercerizados. La Ciudad también utiliza licitaciones on-line y la centralización de órdenes de compra, lo cual resultó en el incremento en el número de proveedores registrados y en una reducción del tiempo y del costo involucrado en ciertas licitaciones.
Pagos de transferencias
En 2019, los pagos de transferencias ascendieron a $ 42.747,9 millones o el 13,6% de los gastos corrientes de la Ciudad. Las transferencias pagadas por la Ciudad incluyeron, principalmente, en 2019, subsidios para el sistema de educación privada de la Ciudad en carácter de incentivo docente ($ 10.994,3 millones), otras transferencias a sectores de la población vulnerables, por ejemplo, ancianos y víctimas de inundaciones ($ 8.154,4 millones), transferencias a Metrovías en conexión con el manejo y el desarrollo del sistema de subterráneos ($ 6.251,9 millones), el costo del programa de asistencia
social “Ciudadanía Porteña” ($ 1.895,0 millones), transferencias a organismos sin fines de lucro que administran al Hospital Xxxxxxxx (80% en propiedad del Gobierno de la Nación y 20% de la Ciudad) ($ 1.456,1 millones),
Intereses
Los intereses sobre el endeudamiento de la Ciudad se contabilizan como gastos corrientes. Ver el capítulo “Deuda pública”.
Gastos de capital
Gastos de capital es el rubro más flexible del presupuesto de la Ciudad y en el pasado ésta ha expandido o reducido sus obras de capital según las limitaciones presupuestarias. Los ítems principales del rubro gastos de capital de la Ciudad son la expansión de la red de subterráneos, obras viales, equipamiento de escuelas y hospitales, prevención de inundaciones y obras de drenaje de aguas, además del desarrollo de viviendas públicas.
La Ciudad utiliza un sistema según el cual los posibles proyectos de infraestructura son sometidos a un análisis costo-beneficio y clasificados de conformidad con las prioridades que establezca el Jefe de Gobierno, para su posterior inclusión en el presupuesto correspondiente, al tiempo de asegurar el financiamiento del proyecto hasta su finalización.
En el 2015 el total de gastos de capital fue de $ 12.614,6 millones inferior en un 7,9% respecto al año anterior, disminución que se debió principalmente a que en el 2014 se otorgó a los contratistas independientes de recolección de residuos un adelanto de $ 1.313 millones para la compra de equipamiento y nuevos camiones de basura. En 2016 los gastos de capital se incrementaron un 103,8% alcanzando un monto de $ 25.711,7. En 2017, aumentaron un 56,8% alcanzando un monto de $ 40.310,2, en tanto que en 2018 los gastos de capital se incrementaron un 27,1% totalizando un monto de $ 51.249,8 millones y, en 2019 aumentaron un 39,6% alcanzando un monto de $ 71.534,5 millones.
La Ciudad clasifica sus gastos de capital mayormente en obras públicas y otros gastos de capital.
Los principales gastos de capital por obras públicas en 2019 incluyeron: urbanización de villas y barrios carenciados de la Ciudad por $ 10.920,8 millones; construcción, mantenimiento y equipamiento de las instalaciones de la Policía de la Ciudad por $ 7.364,0 millones; construcción y mejoramiento de escuelas por $ 5.928,3 millones; proyectos relacionados con la salud, tales como la renovación de hospitales por $ 4.115,0 millones; mejoramiento de plazas públicas por $ 3.380,5 millones; la renovación y construcción de infraestructura de transporte consistente, principalmente, en la expansión de la red de subterráneos por $ 3.240,4 millones; construcción y el mantenimiento de avenidas y calles por $ 2.760,1 millones; construcción de infraestructura preventiva de inundaciones y de drenaje de agua por $ 2.576,1 millones; desarrollo de viviendas públicas a través del Instituto de Vivienda de la Ciudad por $ 2.303,4 millones; construcción y mantenimiento del servicio de buses rápidos por $ 473,9 millones; inversión en actividades culturales por $ 114,1 millones.
Además, la Ciudad registra como gastos de capital el costo de un contrato celebrado con la Coordinación Ecológica Área Metropolitana S.E. (“CEAMSE”) para reciclar los desechos generados en la Ciudad. Estos costos fueron considerados previamente como gastos corrientes. CEAMSE trata los desechos y los utiliza para la construcción de parques y centros de esparcimiento en el Gran Buenos Aires (aunque no estén dentro de la jurisdicción de la Ciudad). La Ciudad considera que este proyecto beneficia a los residentes de la misma ya que incrementa el número de parques dentro de su alcance y garantiza el adecuado tratamiento de los desechos que genera. Este gasto representó $ 3.247,5 millones del gasto de capital en el 2019.
Los otros gastos de capital consistieron en el 2019 en la construcción y mantenimiento de las plantas de tratamiento de residuos MBT, MRF y PET ($ 543,6 millones) y en el otorgamiento de préstamos hipotecarios por el Instituto de Vivienda de la Ciudad ($ 228,4 millones).
Cifras estimativas preliminares para el período de seis meses finalizado el 30 xx xxxxx de 2020
Las cifras preliminares para los primeros seis meses de 2020 muestran una recaudación fiscal por
$ 145.599,3 millones, un aumento del 36,1% en comparación a los $ 106.997,8 millones recibidos en los primeros seis meses de 2019. Estas cifras son estimaciones preliminares que fueron preparadas por la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y la Dirección General de Crédito Público de la Ciudad sobre la base de los registros de la Dirección General de Contaduría de la Ciudad. Debido a su carácter preliminar, es muy probable que las cifras correspondientes al período mencionado, se modifiquen a medida que se disponga de cifras revisadas o definitivas por lo que no puede asegurarse que dichos cambios no serán sustanciales.
La recaudación del impuesto a los ingresos brutos durante el período finalizado el 30 xx xxxxx de 2020, aumentó un 45,5%, a $ 112.124,4 millones desde los $ 77.064,9 millones recibidos por este impuesto durante los primeros seis meses de 2019. Este aumento está en línea con el incremento en los precios de la economía y la tasa de actividad económica del período. Durante los primeros seis meses de 2020, ingresaron $ 13.299,4 millones provenientes del impuesto inmobiliario, un aumento del 19,3% con respecto a los $ 11.150,9 millones recibidos en los primeros seis meses de 2019. La recaudación del impuesto automotor sumó un total de $ 6.487,1 millones durante los primeros seis meses de 2020, un aumento del 26,6% con respecto a los $ 5.124,5 millones recibidos en los primeros seis meses del 2019, principalmente debido al incremento en la valuación de vehículos sujetos a este impuesto. La recaudación por el impuesto de sellos durante los primeros seis meses del 2020, alcanzó la cifra de $ 6.663,1 millones, una disminución del 0,7% con respecto a los $ 6.713,4 millones recibidos en los primeros seis meses de 2019, en consonancia con la disminución de las operaciones sujetas al impuesto en la Ciudad, como consecuencia directa del aislamiento obligatorio decretado por el Gobierno Nacional por la Pandemia 2020. Las contribuciones para el desarrollo de subterráneos durante los primeros seis meses de 2020 alcanzaron el monto de $ 3.226,3 millones, una caída del 9,2% con respecto a los $ 3.552,6 millones recibidos durante los primeros seis meses de 2019. La recaudación por planes de pago diferidos durante los primeros seis meses de 2020 alcanzó a $ 1.888,6 millones, una disminución de 8,2% con respecto a los $ 2.056,9 millones percibidos durante los primeros seis meses de 2019. Por último, el resto de los ingresos tributarios alcanzaron en los primeros seis meses de 2020 $ 1.910,3 millones, un aumento de 43,1% con respecto a los $ 1.334,7 millones percibidos durante los primeros seis meses de 2019, producto de la incorporación en la segunda mitad de 2019 del impuesto a los premios de juegos xx xxxx de resolución inmediata.
Los ingresos no tributarios aumentaron 0,6% pasando a $ 8.025,6 millones en los primeros seis meses de 2020, con respecto a los $ 7.979,9 millones recibidos en el mismo período en el 2019, principalmente por la caída en los ingresos por tasas, derechos y multas como consecuencia directa de las medidas adoptadas en la lucha contra la Pandemia 2020.
Las transferencias del Gobierno Nacional y otras transferencias corrientes han aumentado un 23,2%, pasando de $ 42.560,8 millones en los primeros seis meses de 2019 a $ 52.426,5 millones en los primeros seis meses de 2020, en línea con el aumento en las recaudaciones fiscales nacionales y la percepción de ingresos desde la empresa pública que explota los juegos xx xxxx (LOTBA S.E.), que transfirió $ 1.572,2 millones, un 18,7% menos que los $ 1.933,2 millones transferidos en los primeros seis meses de 2019.
Los ingresos de capital disminuyeron 82,7%, pasando de $ 2.323,1 millones en los primeros seis meses del 2019 a $ 402,3 millones en los primeros seis meses de 2020, como consecuencia de la percepción en 2019 de $ 1.355,5 millones por la venta de un inmueble y menores transferencias para planes de vivienda en 2020.
Los gastos corrientes fueron de $ 185.192,6 millones en los primeros seis meses del 2020, un aumento del 28,8 % de los $ 143.759,4 millones registrados durante el mismo período en el 2019.
Los gastos de personal fueron de $ 92.512,6 millones en los primeros seis meses de 2020, un aumento del 28,5 % con respecto a los $ 71.992,9 millones desembolsados durante los primeros seis
meses del 2019, principalmente como resultado del impacto del aumento en los salarios otorgados por la Ciudad durante el segundo semestre del 2019.
Los servicios de terceros ascendieron a $ 41.971,9 millones durante los primeros seis meses del 2020, un aumento del 14,5 % respecto de los $ 36.664,0 millones desembolsados durante los primeros seis meses del 2019, como resultado del aumento general en los precios, particularmente en los costos de los contratos de recolección de residuos, que fueron de $ 13.252,3 millones.
El consumo de mercaderías evidenció un aumento del 104,3 % de los $ 4.315,5 millones en los primeros seis meses del 2019, alcanzando el monto de $ 8.816,5 millones en los primeros seis meses de 2020 como resultado de la compra de medicamentos y otros insumos médicos debido a la Pandemia 2020.
Las transferencias de la Ciudad a terceros aumentaron un 52,1 %, a $ 26.154,6 millones en los primeros seis meses de 2020 comparados con los $ 17.195,7 millones en los primeros seis meses de 2019, principalmente, como resultado de aumentos en los subsidios destinados a la educación ($ 6.603,6 millones), al sistema de subterráneos ($ 5.117,9 millones) y programas sociales ($ 5.596,1 millones).
Durante los primeros seis meses de 2020 la Ciudad registró $ 15.737,1 millones en gastos de intereses por operaciones de crédito público, un aumento del 15,8 % comparado con los $ 13.591,3 millones desembolsados en los primeros seis meses de 2019, como resultado entre otras, a la variación experimentada en el tipo de cambio.
Los gastos del capital disminuyeron un 28,8 %, alcanzando un monto de $ 21.842,7 millones en los primeros seis meses de 2020, desde $ 30.683,4 millones en los primeros seis meses del 2019. Debido al actual brote de enfermedad por coronavirus (COVID-19) la administración reestructuró su programa de gastos de capital previsto para el año 2020 priorizando proyectos relacionados a los servicios de salud, incrementándose este gasto en un 100,2% respecto al primer semestre de 2019, alcanzado un monto total de $ 3.935,1 millones. El resto de los gastos de capital incluyen, principalmente, obras y equipamiento para la Policía de la Ciudad ($ 3.016,6 millones), obras relacionadas con la construcción y mejoramiento de escuelas ($ 1.789,6 millones), urbanización de villas y barrios carenciados de la Ciudad ($ 1.879,1 millones), el contrato con CEAMSE ($ 1.282,9 millones), conservación de plazas públicas ($ 1.044,6 millones), desarrollo de viviendas a través del Instituto de la Vivienda de la Ciudad ($ 477,7 millones), construcción y mantenimiento de avenidas y calles ($ 868,6 millones), construcción y remodelación de la infraestructura deportiva del Parque Olímpico ($ 129,3 millones), y la construcción de obras para prevención de inundaciones en la ciudad ($ 391,6 millones).
Los ingresos y gastos totales durante los primeros seis meses de 2020 fueron de $ 206.453,7 millones y de $ 207.035,3 millones, respectivamente, resultando en un déficit estimado de $ 581,6 millones en el saldo general de la Ciudad para los primeros seis meses de 2020, comparados con los $ 159.861,6 millones en concepto de ingresos, los $ 174.442,8 millones en concepto de gastos y un déficit de $ 14.581,1 millones en el saldo general de la Ciudad en los primeros seis meses de 2019.
Período de seis meses finalizado el 30 xx xxxxx
2019 2020*
(en millones de Pesos y en porcentajes)
Var% 2019/2020
Ingresos corrientes | |||||
Ingresos por impuestos | |||||
Impuesto a los ingresos brutos…………… | 77.064,9 | 48,2 | 112,124,4 | 54,3 | 45,5 |
Impuesto inmobiliario……………………. | 11.150,9 | 7,0 | 13.299,4 | 6,4 | 19,3 |
Impuesto automotor………………………. | 5.124,5 | 3,2 | 6.487,1 | 3,1 | 26,6 | |
Impuesto de sellos………………………... | 6.713,4 | 4,2 | 6.663,1 | 3,2 | (0,7) | |
Contribuciones para el desarrollo de subterráneos……………..…………….…. | 3.552,6 | 2,2 | 3.226,3 | 1,6 | (9,2) | |
Ley Nº 23.514…………...………… | 900,6 | 0,6 | 1.108,5 | 0,5 | 23,1 | |
Ley Nº 4.472………………..……… | 2.652,0 | 1,7 | 2.117,8 | 1,0 | (20,1) | |
Ingresos por planes de pago diferido de impuestos………………………………… | 2.056,9 | 1,3 | 1.888,6 | 0,9 | (8,2) | |
Otros ingresos……………………………. | 1.334,7 | 0,8 | 1.910,3 | 0,9 | 43,1 | |
Total ingresos por impuestos…………… | 106.997,8 | 66,9 | 145,599,3 | 70,5 | 36,1 | |
Ingresos no tributarias | ||||||
Pago de derechos………………………… | 673,0 | 0,4 | 544,9 | 0,3 | (19,0) | |
Venta de bienes y servicios……………… | 1.747,9 | 1,1 | 2.102,0 | 1,0 | 20,3 | |
Otros ingresos no tributarios …………… | 5.559,0 | 3,5 | 5.378,8 | 2,6 | (3,2) | |
Total ingresos no tributarios……….…. | 7.979,9 | 5,0 | 8.025,6 | 3,9 | 0,6 | |
Transferencias federales | ||||||
Pagos por coparticipación federal……….. | 39.059,4 | 24,4 | 48.726,2 | 23,6 | 24,7 | |
Otras transferencias federales…………... | 3.501,4 | 2,2 | 3.700,2 | 1,8 | 5,7 | |
Total ingresos federales…………….… | 42.560,8 | 26,6 | 52.426,5 | 25,4 | 23,2 | |
Total ingresos corrientes………………. | 157.538,5 | 98,5 | 206.051,3 | 99,8 | 30,8 | |
Ingresos de Capital……………………… | 2.321,1 | 1,5 | 402,3 | 0,2 | (82,7) | |
100, | ||||||
Total ingresos………………………….. | 159.861,6 | 0 | 206.453,7 | 100,0 | 29,1 | |
Gastos corrientes | ||||||
Personal ………………………………… | 71.992,9 | 41,3 | 92.512,6 | 44,7 | 28,5 | |
Servicios de terceros……………………. | 36.664,0 | 21,0 | 41.971,9 | 20,3 | 14,5 | |
Consumo de mercaderías ………………. | 4.315,5 | 2,5 | 8.816,5 | 4,3 | 104,3 | |
Transferencias…………………………… | 17.195,7 | 9,9 | 26,154,6 | 12,6 | 52,1 | |
Intereses…………………………………. | 13.591,3 | 7,8 | 15.737,1 | 7,6 | 15,8 | |
Total gastos corrientes…………………. | 143.759,4 | 82,4 | 185.192,6 | 89,4 | 28,8 | |
Gastos de capital | ||||||
Obras públicas…………………………… | 29.700,7 | 17,0 | 20.642,1 | 10,0 | (30,5) | |
Otros……………………………………… | 982,7 | 0,6 | 1.200,6 | 0,6 | 22,2 | |
Total gastos de capital………………….. | 30,683,4 | 17,6 | 21.842,7 | 10,6 | (28,8) | |
100, | ||||||
Total gastos……………………………… | 174.442,8 | 0 | 207.035,3 | 100,0 | 18,7 |
6 meses finalizados el 30 xx xxxxx
2019 | 2020* | ||
Saldo operativo(1) ……………….….……. | 13.779,1 | 20.858,8 | |
Saldo general(2) ……………….….………. | (14.581,1) | (581,6) | |
Saldo principal(3) ………………..………… | (989,9) | 15.155,5 | |
Amortizaciones……………………………. | 8.979,7 | 13.164,8 | |
Nota: |
* Las cifras son preliminares.
(1) Ingresos corrientes menos gastos corrientes.
(2) Total ingresos menos total gastos.
(3) Saldo general excluyendo gastos por intereses.
Fuente: Dirección General de Presupuesto, Dirección General de Crédito Público y Dirección General de Contabilidad de la Ciudad.
PRESUPUESTO 2020
Introducción
El presupuesto 2020 de la Ciudad se basa en una serie de proyecciones y cálculos respecto de la economía nacional y de los ingresos, gastos e inflación de la Ciudad. El presupuesto 2020 contiene estimaciones sobre resultados históricos e información respecto del futuro que implican ciertos riesgos e incertidumbres. Los posibles riesgos e incertidumbres incluyen la evolución de la economía de la Ciudad, el índice de inflación, el nivel de recaudación fiscal, el nivel de cumplimiento de las leyes impositivas, la transferencia por parte del Gobierno Nacional de los montos que debe remitir a la Ciudad, la capacidad de la administración de la Ciudad para controlar los gastos de conformidad con su presupuesto y obtener fondos para cubrir el déficit proyectado, los acuerdos con el Gobierno Nacional en relación a la compensación de reclamos mutuos con el Gobierno Nacional, la resolución favorable de determinados litigios que la Ciudad enfrenta en la actualidad, el acaecimiento de hechos políticos, legislativos o constitucionales inusuales que limiten la capacidad de la administración de la Ciudad para manejar sus finanzas y hechos que puedan tener efectos sustancialmente adversos sobre la Argentina. Como resultado de estos riesgos e incertidumbres, los ingresos y gastos reales correspondientes al 2020 podrían diferir sustancialmente de los expresados en el presupuesto 2020.
El proceso presupuestario
El ejercicio económico de la Ciudad coincide con el año calendario. En virtud de la Constitución de la Ciudad, el presupuesto anual debe presentarse ante la Legislatura antes del 30 de septiembre del año anterior. El presupuesto debe ser preparado por el Poder Ejecutivo y sometidos a la Legislatura para su aprobación. El presupuesto anual representa los ingresos estimados de la Ciudad. También constituye una autorización y una limitación de los gastos en que puede incurrir la Ciudad. Los ingresos de la Ciudad se calculan en base a proyecciones internas generadas por la Ciudad. Sin embargo, los cálculos correspondientes a los pagos de coparticipación federal se basan en las proyecciones elaboradas por el Gobierno Nacional con respecto al sistema de coparticipación federal de impuestos.
Al confeccionar el presupuesto anual, el Poder Ejecutivo, a través del Ministro de Hacienda y Finanzas de la Ciudad, asigna los ingresos disponibles entre los diversos ministerios de la Ciudad según las prioridades presupuestarias establecidas por la administración de la Ciudad. Una vez que el Jefe de Gobierno y los ministros acordaron estas partidas, se presenta un único presupuesto que consolida las autorizaciones de gastos de cada ministerio ante la Legislatura para su aprobación. La Ciudad debe presentar una declaración de los ingresos y gastos ejecutados correspondientes a cada partida presupuestaria para el año anterior antes del 30 xx xxxxx del año siguiente.
El 4 de diciembre de 2003, el Jefe de Gobierno emitió el Decreto N° 2.368 que establecía la creación de un fondo anticíclico al que debía ser aportado cualquier superávit presupuestario registrado por la Ciudad. Los montos disponibles en ese fondo podían usarse para compensar bajas temporarias en los ingresos superiores al 5% con respecto a los montos presupuestados y los gastos corrientes del fondo, proyectos de inversión de capital y servicios de deuda. La Ciudad aportó al fondo superávits generados en 2003, 2004 y 2005 y utilizó los montos disponibles para hacer frente al pago de servicios de la deuda y financiar déficits de los balances al 31 de diciembre de 2006 y 2007. A la fecha, la Ciudad no cuenta con sumas disponibles en el fondo anticíclico.
El 4 xx xxxxxx de 2004, el Congreso Nacional aprobó la Ley Federal de Responsabilidad Fiscal y Buenas Prácticas de Gobierno, la cual, a partir del presupuesto para el año finalizado el 31 de diciembre de 2005, requiere que cada una de las provincias y la Ciudad, siempre que hayan adherido a sus disposiciones, no aumenten el monto de sus gastos totales (excluyendo gastos de interés, gastos pagados con financiación de organismos multilaterales y ciertos gastos en programas de infraestructura social) en un porcentaje que exceda el porcentaje de crecimiento proyectado del PBI estimado por el Gobierno Nacional, para poder conseguir presupuestos equilibrados (excluidos los gastos de capital) y para asegurar que los servicios anuales de la deuda no excedan el 15% de sus ingresos corrientes (neto de cualquier transferencia a las municipalidades en el caso de las provincias). El incumplimiento de las previsiones de la Ley Federal de Responsabilidad Fiscal y Buenas Prácticas de Gobierno puede resultar
en la denegación por parte del Gobierno Nacional de la autorización para endeudarse, o limitar el monto de transferencias discrecionales a la provincia incumplidora o a la Ciudad, según corresponda.
El 23 xx xxxxx de 2005, la Legislatura aprobó la Ley N° 1.726 que ratifica e implementa las previsiones de la Ley Federal de Responsabilidad Fiscal y Buenas Prácticas de Gobierno. Conforme a las previsiones de la Ley Federal de Responsabilidad Fiscal y Buenas Prácticas de Gobierno, la Ciudad debe presentar sus presupuestos anuales y las declaraciones de los ingresos y gastos actuales y la ejecución presupuestaria al Consejo Federal de Responsabilidad Fiscal, el cual se encuentra integrado por representantes del Gobierno Nacional, de las provincias y de la Ciudad y es el responsable de controlar el cumplimiento de la Ley Federal de Responsabilidad Fiscal y Buenas Prácticas de Gobierno. La Ciudad presentó al Consejo sus declaraciones y presupuestos para el 2005, 2006, 2007 y 2008 y el Consejo los ha encontrado, en general, de conformidad con la Ley Federal de Responsabilidad Fiscal y Buenas Prácticas de Gobierno. El 26 de noviembre de 2009, la Legislatura de la Ciudad, de conformidad con la Ley N° 3.297, retiró la adhesión de la Ciudad a la Ley Federal de Responsabilidad Fiscal y Buenas Prácticas de Gobierno y, como resultado, la Ciudad no necesitó presentar al Consejo sus presupuestos anuales y declaraciones, aunque considera que sus presupuestos cumplieron estrictamente con los requisitos sustantivos de la ley. Por medio de la Ley Nº 5.955 del 12 xx xxxxx de 2018, la Ciudad volvió a adherir al Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal y Buenas Prácticas de Gobierno, instituido por la Ley Nº 25.917 y su modificatoria Ley Nº 27.428.
El 21 de diciembre de 2005, el Congreso Nacional aprobó la Ley N° 26.075 (la “Ley de Financiamiento Educativo”), según la cual, el Gobierno Nacional, todas las provincias y la Ciudad acordaron aumentar, progresivamente, el nivel de gastos en los sectores de educación, ciencia y tecnología, de modo que para el 2010, el gasto total anual del Gobierno Nacional, las provincias y la Ciudad en dichos sectores, represente el 6,0% del PBI. La Ley de Financiamiento Educativo prevé que el Gobierno Nacional será el responsable del 40,0% de los gastos adicionales requeridos para cumplir con dicho objetivo, mientras que las provincias y la Ciudad serán responsables por el saldo restante; el incremento será utilizado, ante todo, para aumentar el número y los niveles de los salarios de los docentes. Además, prevé que el aumento del 60,0% en la recaudación de cualquier recaudación tributaria sujeto al sistema de coparticipación por el Gobierno Nacional, con respecto a la recaudación de 2005, será distribuido entre las provincias y la Ciudad conforme a un criterio determinado (principalmente el número de estudiantes registrados) a ser utilizado únicamente para financiar el aumento referido en el gasto educativo. La Ciudad considera que el presupuesto 2020 cumple sustancialmente con los requisitos de la Ley de Financiamiento Educativo.
El Presupuesto 2020
El siguiente cuadro presenta un resumen de los ingresos y gastos estimados en el presupuesto 2020 de la Ciudad. Los ingresos y gastos para 2019 también se incluyen para fines comparativos. Todos los montos se consignan en millones de Pesos nominales. Ver el capítulo “Forma de presentación de la información financiera y estadística”.
Al 31/12/2019
2020
Var
(en millones de Pesos y en porcentajes) 2020/2019
Ingresos corrientes Ingresos por impuestos | ||||||
Impuesto a los ingresos brutos……………………. | 175.085,4 | 48,0 | 235.731,5 | 49,0 | 34,6 | |
Impuesto inmobiliario…………………………….. | 20.335,2 | 5,6 | 27.374,5 | 5,7 | 34,6 | |
Impuesto automotor………………………………. | 9.985,3 | 2,7 | 14.305,6 | 3,0 | 43,3 | |
Impuesto de sellos………………………………… | 15.093,6 | 4,1 | 22.399,5 | 4,7 | 48,4 |
Contribuciones para el desarrollo de | ||||||
subterráneos…………............................................. | 6.816,1 | 1,9 | 7.393,4 | 1,5 | 8,5 | |
Ley Nº 23.514…………………………………………….. | 1.713,8 | 0,5 | 2.270,1 | 0,5 | 32,5 | |
Ley Nº | ||||||
4.472……………………………………………… | 5.102,0 | 1,4 | 5.123,3 | 1,1 | 0,4 | |
Ingresos por planes de pago diferido | ||||||
de impuestos ……………………………………... | 4.761,3 | 1,3 | 4.775,1 | 1,0 | 0,3 | |
Otros ingresos…………………………………….. | 3.399,4 | 0,9 | 6.273,9 | 1,3 | 84,6 | |
Total ingresos por | ||||||
impuestos……………………………………….... | 235.476,3 | 64,5 | 318.253,5 | 66,2 | 35,2 | |
Ingresos no tributarias | ||||||
Pago de derechos…………………………………. | 1.431,6 | 0,4 | 1.761,3 | 0,4 | 23,0 | |
Venta de bienes y servicios………………………. | 3.495,2 | 1,0 | 3.754,6 | 0,8 | 7,4 | |
Otros ingresos no tributarios…………………….. | 16.239,1 | 4,4 | 15.547,7 | 3,2 | (4,3) | |
Total ingresos no tributarios……………………………………….. | 21.165,9 | 5,8 | 21.063,6 | 4,4 | (0,5) | |
Transferencias federales | ||||||
Pagos por coparticipación federal……………….. | 84.511,7 | 23,2 | 126.254,3 | 26,2 | 49,4 | |
Otras transferencias federales…………………… | 9.824,6 | 2,7 | 8.862,7 | 1,8 | (9,8) | |
Total transferencias | ||||||
federales………………………………..………. | 94.336,3 | 25,8 | 135.117,0 | 28,1 | 43,2 | |
Total ingresos corrientes……………………………..………… | 350.978,5 | 96,1 | 474.434,2 | 98,6 | 35,2 | |
Ingresos de capital……………………………… | 14.074,5 | 3,9 | 6.547,3 | 1,4 | (53,5) | |
Total ingresos………………………..………… | 365.053,0 | 100,0 | 480.981,5 | 100,0 | 31,8 | |
Gastos corrientes | ||||||
Personal …………………………………………. | 162.083,3 | 42,1 | 218.272,6 | 45,4 | 34,7 | |
Servicios de terceros……………………………… | 66.644,7 | 17,3 | 81.873,2 | 17,0 | 22,9 | |
Consumo de mercaderías………………………… | 8.832,5 | 2,3 | 13.722,3 | 2,9 | 55,4 | |
Transferencias …………………………………… | 42.747,9,4 | 11,1 | 47.592,4 | 9,9 | 11,3 | |
Intereses………………………………………….. | 33.037,1 | 8,6 | 38.043,7 | 7,9 | 15,2 | |
Total gastos corrientes…………………………. | 313.345,6 | 81,4 | 399.504,2 | 83,1 | 27,5 | |
Gastos de capital | ||||||
Obras públicas……………………………………. | 68.444,9 | 17,8 | 76.333,8 | 15,9 | 11,5 | |
Otros……………………………………………… | 3.089,5 | 0,8 | 5.143,5 | 1,1 | 66,5 | |
Total gastos de capital………………………….. | 71.534,5 | 18,6 | 81.477,3 | 16,9 | 13,9 | |
Total gastos……………………………………… | 384.880,0 | 100,0 | 480.981,5 | 100,0 | 25,0 |
Nota:
Las cifras al 31/12/2019 surgen de la Cuenta de Inversión 2019.
Las cifras 2020 surgen del Presupuesto 2020 aprobado por Ley N° 6.281.
Fuentes: Dirección General de Presupuesto, Dirección General de Crédito Público y Dirección General de Contaduría de la Ciudad.
El siguiente cuadro presenta los diferentes saldos resultantes de los ingresos y gastos corrientes de la Ciudad en 2019 y los estimados para el 2020 y la amortización de deuda para cada año. Ver el capítulo “Forma de presentación de la información financiera y estadística”.
Al
31/12/2019* | 2020** | |
Saldo operativo(1)………………………………….…… | 37.633,0 | 74.930,0 |
Saldo general(2) ………………………………………… | (19.827,0 | 0,0 |
Saldo principal(3) ……………………………………….. | 13.210,1 | 38.043,7 |
Amortizaciones………………………………………….. | 11.998,1 | 24.373,9 |
Nota:
* Las cifras relativas al ejercicio finalizado el 2019 surgen de la Cuenta de Inversión 2019.
** Las cifras relativas al 2020 corresponden al proyecto de presupuesto 2020 aprobado por Ley N° 6.281.
(1) Ingresos corrientes menos gastos corrientes.
(2) Total ingresos menos total gastos.
(3) Saldo general excluyendo gastos por intereses.
Fuente: Dirección General de Presupuesto, Dirección General de Crédito Público y Dirección General de Contabilidad de la Ciudad.
Observaciones sobre el presupuesto 2020
El presupuesto 2020 fue sancionado por la Legislatura de la Ciudad el 5 de diciembre de 2019 mediante la Ley Nº 6.281.
El presupuesto 2020 se basa en una serie de proyecciones y cálculos relacionados a la economía de la Argentina y la economía, los ingresos, los gastos y los índices de inflación de la Ciudad.
El presupuesto 2020 incluye un estimado de $ 480.981,5 millones en ingresos totales y un estimado de $ 480.981,5 millones de gastos totales. En consecuencia, el presupuesto de la Ciudad para el 2020 se estima equilibrado en su saldo general. El presupuesto 2020 incluye $ 38.043,7 millones por pago de intereses y $ 24.373,9 millones de amortización de capital.
Las principales estimaciones en las que se basa el presupuesto 2020 son las siguientes: un incremento en el PGB real de la Ciudad del 1,0%, un aumento de los precios generales de la economía del 34,0% diciembre-diciembre y un 43,0% promedio, ningún cambio en el cumplimiento de los contribuyentes con el pago de sus impuestos, un tipo de cambio de 67,0 Pesos por cada Dólar y la implementación del incremento de los sueldos otorgados por la Ciudad a sus empleados durante el 2019 y los aumentos que se esperan llevar a cabo en 2020.
El presupuesto 2020 prevé que los ingresos fiscales de la Ciudad en 2020 aumentarían un 35,2%, a $ 318.253,5 millones en comparación con los $ 235.476,3 millones del cierre 2019. El presupuesto 2020 estima que los ingresos por el impuesto a los ingresos brutos aumentarán un 34,6% para pasar a
$ 235.731,5 millones en 2020 de un monto de $ 175.085,4 millones en 2019, coincidiendo con el aumento general en precios, el incremento en la actividad económica y en las mejoras que se esperan llevar a cabo con respecto al monitoreo de este impuesto. El presupuesto 2020 estima que la recaudación del impuesto inmobiliario aumentará un 34,6%, para pasar a $ 27.374,5 millones de un monto de $ 20.335,2 millones en 2019 debido al incremento en las valuaciones autorizado por la Legislatura de la Ciudad. El presupuesto 2020 también presupone que la base imponible del impuesto automotor será aumentada en consonancia con el aumento en el precio xx xxxxxxx de los vehículos