PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DE CONTRATO DE GESTIÓN DE LAS PISCINAS MUNICIPALES POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DE CONTRATO DE GESTIÓN DE LAS PISCINAS MUNICIPALES POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO
I.- CONTENIDO DEL CONTRATO
1.- OBJETO DEL CONTRATO
El contrato que en base al presente pliego se realice, tendrá por objeto la prestación del servicio de gestión de las piscinas municipales xx Xxxxxx-Jatabe, de conformidad con la documentación técnica que figura en el expediente, que tendrá carácter contractual.
2.- PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo total de ejecución de la prestación será de tres meses, coincidiendo con la temporada xx xxxxx de la piscina municipal xx Xxxxxx-Jatabe, desde el 15 xx xxxxx de 2013 hasta el 15 de septiembre de 2013. Ello sin perjuicio de que las partes, por razones de interés público, puedan de común acuerdo establecer un periodo distinto, con un mínimo de 930 horas y siempre manteniendo el equilibrio financiero.
El contratista se entenderá incurso en xxxx por el transcurso del citado plazo, no siendo necesaria intimación previa por parte de la Administración.
3.- PRECIO DEL CONTRATO
El precio del contrato será de 37.000,00 euros, IVA incluido. Esta cantidad podrá ser mejorada por los ofertantes.
4.- FINANCIACIÓN
Para sufragar el precio del contrato hay prevista financiación en la partida
227.00.00 del presupuesto del año en curso.
5.- FORMA DE PAGO
El pago del precio del contrato se realizará contra la presentación y conformidad del correspondiente documento cobratorio, que se librará mensualmente.
6.- REVISIÓN DE PRECIOS
En el presente contrato no procederá la revisión de precios.
7.- GARANTÍAS
El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contritas, está obligado a constituir una garantía definitiva del 5 por ciento del importe de adjudicación, excluido en IVA.
El plazo para la constitución de la citada garantía será de quince días naturales contados a partir del siguiente al de la notificación de la adjudicación del contrato y podrá constituirse en cualquiera de los medios establecidos en el artículo 96 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
La devolución de la garantía, en su caso, se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 del citado Texto Refundido y cumplidas por el adjudicatario todas sus obligaciones contractuales.
8.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista.
El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas contenidas en el presente pliego y. en su caso, a las especificaciones técnicas unidas al expediente, de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diese al contratista la Administración.
La Administración determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados. Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos impugnables al contratista, podrá rechazar la misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
El contratista tendrá derecho a conocer y ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada.
9.- OBLIGACIONES LABORALES DEL CONTRATISTA
El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad e higiene en el trabajo, quedando la Administración exonerada de responsabilidad por este incumplimiento.
El presente contrato será objeto de subrogación contractual, quedando obligado el adjudicatario a subrogarse como empleador en las relaciones laborales existentes en
el momento de su adjudicación. La información al respecto será facilitada a los licitadores que lo soliciten a los efectos de evaluar los costes laborales.
10.- RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
11.- MODIFICACIONES DEL CONTRATO
La Administración podrá modificar el contrato, por razones de interés público, debido a necesidades nuevas o causas imprevistas, no teniendo derecho el contratista a indemnización alguna.
12.- PLAZO DE GARANTÍA
Dada la naturaleza de este contrato, no se prevé el establecimiento de un plazo de garantía.
13.- PENALIDADES AL CONTRATISTA POR INCUMPLIMIENTO
Si el contratista, por causas imputables al mismo, hubiese incurrido en demora respecto del cumplimiento del plazo de ejecución del contrato, la Administración podrá optar indistintamente por la resolución del mismo, con pérdida de la garantía, o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción de 0,20 por cada 1.000 euros del precio contratado.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el Organo de Contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
El adjudicatario responderá de la defectuosa prestación del servicio, del incumplimiento de las órdenes directas del Ayuntamiento y del incumplimiento de los pliegos que rigen la contratación, de la normativa vigente y del reglamento municipal regulador del funcionamiento de las piscinas.
Los citados incumplimientos darán lugar a la imposición de penalidades, que serán proporcionales a la gravedad del incumplimiento y cuya cuantía no será superior al 10 por ciento del precio del contrato.
14.- CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Constituyen causa de resolución del contrato las establecidas en los artículos 223 y 308 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
15.- PRERROGATIVA DE LA ADMINISTRACIÓN
Corresponden a la Administración las prerrogativas de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
II.- PROCEDIMIENTO PARA CONTRATAR
16. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
La adjudicación del presente contrato se llevará a cabo por procedimiento negociado, de conformidad con lo previsto en los artículos 169 y siguientes del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, por tratarse de un supuesto contemplado en el apartado e) del artículo 174 de la misma.
La negociación con los participantes podrá versar sobre cualquier aspecto económico, técnico y/o logístico referido estrictamente al objeto del contrato.
17.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR
Podrán tomar parte en este procedimiento de contratación las personas naturales o jurídicas que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar y no estén incursas en ninguna de las prohibiciones para contratar establecidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Asimismo, podrán hacerlo por sí o representadas por persona autorizada, mediante poder bastante otorgado al efecto. Cuando en representación de una persona jurídica concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello. Tanto en uno como en otro caso, al representante le afectan las causas de incapacidad para contratar citadas.
Además, los ofertantes deberán tener como finalidad realizar actividades que tengan relación directa con el objeto del presente contrato y disponer de una organización dotada de elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del mismo.
18.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN
El expediente de esta contratación, así como la documentación técnica unida al mismo podrá ser examinado en la Secretaría de la Corporación de 9,00 a 14,00 horas, todos los días hábiles durante el plazo de presentación de solicitudes de participación.
Dichas solicitudes se presentarán en el mismo lugar y horario indicados dentro de un sobre cerrado en el que figurará la inscripción “SOLICITUD DE PARTICIPACIÓNEN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO DE LA EXPLOTACIÓN DE LAS PISCINAS XX XXXXXX-JATABE”,
que contenga los siguientes documentos:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del participante o su representante. Además, en el caso de que se actúe en representación de otra persona o entidad, poder notarial.
b) Cuando el ofertante sea una persona jurídica, escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil y número de identificación fiscal, cuando la inscripción fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Comunidad Europea, deberán acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial cuando este requisito sea exigido por la legislación del Estado respectivo.
c) Declaración expresa responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar enumeradas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, salvo que se aporten certificaciones acreditativas de estas dos últimas circunstancias.
d) Acreditación de estar dado de alta en el I.A.E., en el epígrafe que corresponda al objeto del contrato, así como de haber satisfecho el último recibo de este impuesto.
e) Justificantes de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional del ofertante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 146 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
f) En el caso de que varios empresarios acudan al procedimiento negociado constituyendo una Unión Temporal de Empresas, cada una de las que la componen deberá acreditar su capacidad de obrar conforme a lo establecido en los puntos anteriores. Igualmente indicarán en la proposición la parte del objeto que cada miembro de la UTE realizaría, con el fin de determinar y comprobar los requisitos de solvencia de todos ellos.
g) Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al ofertante.
h) Memoria explicativa de los trabajos a realizar y las mejoras propuestas
i) Proposición económica ajustada al siguiente modelo:
D. ……………………………………………………………….. con domicilio en ………………………………CP …………………………., D.N.I. nº
……………………, teléfono ……………………..en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de
………………………………………………………, con domicilio en
…………………………………………….CP
………………………………………………….. y D.N.I. o C.I.F. (según se trate de personas física o jurídica ……………………………………), recibida la invitación para participar en la contratación por procedimiento negociado de
……………………………………………. declaro:
1º) Que me comprometo a su ejecución por el precio de
……………………………… euros, mas ………………… euros, correspondientes al
……% de IVA, debiendo entenderse comprendidos en el precio todos los conceptos incluidos los impuestos, gastos, tasas y arbitrios de cualquier esfera fiscal al igual que el beneficio industrial del contratista
2º) Que conozco el Pliego de Prescripciones Técnicas, el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y demás documentación que ha de regir el presente contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad.
3º) Que la empresa a la que represento, cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento.
En ………………………., a ………… de de 2013.
Firma
Las solicitudes de participación podrá presentarse sin la documentación referida en esta cláusula, identificada con las letras “a”, “b”, “c”, “d”, “e”, “f” y “g”; pero en ese caso, el propuesto por la Mesa de Contratación como adjudicatario, tendrá que aportarla antes de la adjudicación.
La documentación exigida se podrá presentar en original o copia de la misma, debidamente compulsada o autenticada por la Administración o por notario.
19.- ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN
Los criterios de valoración de las ofertas que han de servir de base para la adjudicación del contrato relacionados por orden decreciente de importancia y por la ponderación que se les atribuye serán los siguientes:
- Proposición económica Máximo 55 puntos
Se otorgarán 0 puntos al precio de salida y 55 a la mejor oferta presentada, valorándose el resto de las proposiciones de manera proporcional.
- Mejoras al servicio, tales como la organización de actividades alternativas, ampliación del horario de atención, etc Máximo 45 puntos.
A la vista de las proposiciones realizadas y concluidas, en su caso, las oportunas negociaciones con los participantes, el expediente se elevará al órgano competente para la adjudicación.
El contrato se perfeccionará mediante la adjudicación realizada por el Organo de Contratación, previamente a la cual el propuesto como adjudicatario deberá aportar, en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente al de la correspondiente notificación, la justificación acreditativa del cumplimiento de sus obligaciones
tributarias y con la Seguridad Social, salvo que las certificaciones las hubiese aportado junto con la proposición.
La adjudicación será notificada al adjudicatario, el cual, en el plazo de quince días naturales contados desde el siguiente al de la notificación, deberá realizar las siguientes actuaciones:
a) Constituir la garantía definitiva y complementaria, si se exigieren.
b) Pagar los anuncios del contrato en la prensa diaria, si los hubiere.
c) Comparecer, finalmente, en esta Administración para formalizar el contrato en documento administrativo.
En el caso de falta de formalización del contrato por causas imputables al contratista, la Administración puede acordar la resolución del mismo, previa audiencia del interesado, con indemnización de daños y perjuicios.
III.- NATURALEZA, RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICIÓN COMPETENTE 20.- NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO
El contrato que en base a este pliego se realice, tendrá carácter administrativo y en todo lo no previsto en él se estará a lo dispuesto, específicamente, en el Titulo II, Capítulo V del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, así como en las demás normas aplicables a la contratación de las Administraciones Públicas.
En caso de contradicción entre el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el resto de la documentación técnica unida al expediente, prevalecerá lo dispuesto en este Pliego.
21.- JURISDICCIÓN COMPETENTE
Las cuestiones litigiosas que se deriven del contrato se entenderán sometidas a la jurisdicción contencioso-administrativa, no obstante lo cual, las partes pueden acordar el sometimiento de sus litigios a arbitraje, conforme a lo establecido en la legislación vigente.
En Maruri-Jatabe, a 2 xx xxxxx de 2013.