CONTRATO DE LICENCIA DE USUARIO FINAL DEL SOFTWARE BENTLEY
EULA, versión 09/03/2016
CONTRATO DE LICENCIA DE USUARIO FINAL DEL SOFTWARE XXXXXXX
IMPORTANTE – LÉASE ATENTAMENTE: El presente Contrato de Licencia de Usuario Final (en lo sucesivo, “EULA”, por sus siglas en inglés) constituye un acuerdo jurídico entre usted (persona física o jurídica) y Xxxxxxx Systems International Limited, si usted tiene su domicilio fuera de los límites geográficos de Estados Unidos o Canadá; x Xxxxxxx Systems, Incorporated, si usted tiene su domicilio dentro de los límites geográficos de Estados Unidos y Canadá (en lo sucesivo, “Bentley”), para la utilización del Software xx Xxxxxxx y de la documentación electrónica o en línea asociada que acompaña al presente EULA, lo que incluye los medios asociados y los servicios prestados por Bentley vía Internet (en lo sucesivo, el “Software”, que por referencia incluye el “Software de prueba” que se define en el párrafo siguiente).
Si usted es una persona física o jurídica (en lo sucesivo, “Evaluador”) que utiliza el Software o ciertas características del Software distribuido con fines de prueba y evaluación (en lo sucesivo, “Software de prueba”), los derechos y obligaciones de la licencia relativos al uso por parte de Evaluadores se estipulan en el artículo 3 de este EULA. De haber cualquier conflicto entre el artículo 3 y el artículo 1 o 2 de este EULA en lo que respecta al uso del Software de prueba, el artículo 3 prevalecerá sobre el resto.
MEDIANTE LA DESCARGA, INSTALACIÓN, COPIA O EL ACCESO O UTILIZACIÓN DEL PRESENTE SOFTWARE POR CUALQUIER OTRO MEDIO, USTED ACEPTA OBLIGARSE CON ARREGLO A LAS CONDICIONES ESTIPULADAS EN EL PRESENTE EULA. LA CONCESIÓN DE LA LICENCIA QUE SE DETALLA A CONTINUACIÓN ESTÁ SUPEDITADA A LA ACEPTACIÓN POR SU PARTE DE TODOS LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL PRESENTE EULA. EL PRESENTE CONTRATO Y LAS MODIFICACIONES QUE EN ÉL PUDIEREN INTRODUCIRSE EN VIRTUD DE CUALQUIER ACUERDO APLICABLE FORMALIZADO POR ESCRITO ENTRE USTED Y BENTLEY, REPRESENTA LA TOTALIDAD DE LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES POR LOS QUE SE RIGE LA UTILIZACIÓN DEL SOFTWARE Y SUSTITUYE TODAS LAS PROPUESTAS, PRESENTACIONES Y COMUNICACIONES ORALES O ESCRITAS, ACTUALES O ANTERIORES, CON RESPECTO AL SOFTWARE O AL OBJETO DEL EULA.
En el supuesto de que el presente contrato se traduzca a otro idioma que no sea el inglés y exista un conflicto de términos entre dicho idioma y la lengua traducida, prevalecerá la versión redactada en idioma inglés. Le recomendamos que conserve un ejemplar del presente EULA a efectos de su documentación interna. La última versión de este EULA aparece íntegramente en xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx/xxxxx/xxxx_xx.xxx. Bentley se reserva el derecho de actualizar o modificar el EULA en cualquier momento y sin previo aviso; no obstante, el EULA aplicable será aquél que estuviera vigente en el momento de la adquisición del Software.
Artículo 1: Términos y condiciones
1. DEFINICIONES.
1.1. Por «Uso académico» se entenderá la utilización del Software designado en forma de código objeto para actividades docentes internas en las aulas o para actividades de investigación realizadas por el personal docente o los estudiantes matriculados en un programa de estudios conducente a la obtención de un título académico. No incluye su utilización por parte de un estudiante en el desempeño de un empleo remunerado o cualquier otra utilización prohibida en virtud del presente EULA.
1.2. Por «Software académico» se entenderá el Software denominado «Versión académica» (Academic Edition) o «Licencia académica» (Academic License) (o que incluya términos de significado similar).
1.3. «CAL» son las siglas inglesas de «Client Access License» (licencia de acceso del cliente).
1.4. Por «Dispositivo» se entenderá un PC individual, estación de trabajo, terminal, ordenador de mano, buscapersonas, teléfono, asistente digital personal, servidor u otro aparato electrónico empleado por un Usuario.
1.5. Por «Usuario externo» se entenderá cualquier individuo (no una entidad) que no sea: (i) un empleado con jornada completa o parcial, o contratado temporalmente; o (ii) un trabajador temporal de agencia o contratista independiente que desempeñe tareas en su lugar de actividad o trabajo.
1.6. Por «Llave de licencia» se entenderá el documento que le proporcione Bentley en formato electrónico o de otro tipo, según determine Bentley siguiendo su libre y exclusivo criterio, la cual identifica el Software para el que se le ha concedido licencia y del cual autoriza el uso.
1.7. Por «Uso productivo» se entenderá la utilización del Software en forma de código objeto por parte de un Usuario o Dispositivo, según corresponda, a efectos exclusivamente de producción interna en apoyo de un
«Emplazamiento».
1.8. Por «Emplazamiento» se entenderá la localización geográfica delimitada en la que usted instale o utilice por primera vez el Software.
1.9. Por «Relojes de control» se entenderá cualquier sistema de control temporal, mecanismo de protección de copia u otro tipo de sistema de seguridad incorporado en el Software con capacidad para desactivarlo al expirar cualquier periodo de licencia o suscripción aplicable.
1.10. Por «Usuario» o «Evaluador» se entenderá cualquier individuo o entidad que no sea un Usuario externo.
2. CONCESIÓN DE LICENCIA: A condición de que usted cumpla con las condiciones del presente EULA, Bentley le otorga el derecho no exclusivo de: a) instalar y utilizar una copia del Software de Uso productivo en el país en el que se obtenga el Software por primera vez y b) usar la documentación que acompaña al Software con finalidad exclusivamente interna y no comercial.
3. DERECHOS RESERVADOS: Usted reconoce y acepta que el Software es un producto con derecho de propiedad registrado xx Xxxxxxx o de sus proveedores, distribuidores y terceros no relacionados (en lo sucesivo, los «Proveedores») protegido por derechos de autor, otros instrumentos legislativos relativos a la propiedad intelectual y disposiciones de tratados que le sean aplicables. Reconoce asimismo y acepta que el pleno dominio y derechos e intereses sobre el Software, incluidos los derechos de propiedad intelectual asociados, corresponde x Xxxxxxx o a sus Proveedores. Bentley podrá otorgar la presente licencia en nombre de los Proveedores en calidad de terceros beneficiarios de los derechos de licencia aquí estipulados. Bentley retendrá todos los derechos que no le sean expresamente concedidos a usted mediante el presente EULA. SE OTORGA LA LICENCIA DEL SOFTWARE, LO QUE NO IMPLICA SU VENTA.
4. REGISTRO: Usted reconoce que existe la posibilidad de que se le exija el registro o la activación del Software para poder disfrutar de todas sus prestaciones.
5. PROHIBICIÓN DE ALQUILER O HOSTING COMERCIAL: El Software se licencia exclusivamente con vistas a su Uso productivo. Usted no podrá alquilar, arrendar, prestar o facilitar servicios de almacenaje (hosting) comercial utilizando el Software. Tampoco podrá utilizar el Software para prestar servicios sobre la base de una transacción o en contraprestación por el pago de una comisión. Para informarse de la disponibilidad de precios alternativos en el caso de que desee utilizar el Software del modo antedicho, póngase en contacto con Bentley.
6. IMPOSIBILIDAD DE «MULTIPLEXING» O POOLING: El uso de programas o equipos informáticos que reduzcan el número de dispositivos electrónicos directamente controlados o gestionados por el Software o que tengan acceso directo o utilicen el Software (lo que se suele denominar software o hardware «multiplexing» o «pooling») no supondrá la reducción del número de licencias exigido; dicho número requerido de licencias será igual al número de entradas diferenciadas de usuarios finales del hardware o software utilizado en multiplexing o pooling.
7. RESTRICCIONES RELATIVAS A LA INGENIERÍA INVERSA: Usted no podrá realizar ingeniería inversa, como descodificar, desensamblar, descompilar o traducir el Software por ningún medio excepto en aquellos casos en que dicha actividad esté expresamente permitida por la legislación vigente, a pesar de esta limitación. Si la ley le permite expresamente realizar cualquiera de las actividades antedichas, no podrá ejercitar esos derechos sin comunicar x Xxxxxxx con un preaviso no inferior a treinta (30) días su intención de hacerlo.
8. OBTENCIÓN Y UTILIZACIÓN DE DATOS: Usted acepta que Bentley pueda recopilar y utilizar la información técnica obtenida en el marco del servicio de asistencia del Software que se le haya facilitado. Los datos así obtenidos sólo se podrán utilizar para mejorar los productos xx Xxxxxxx o para prestarle servicios personalizados y no podrán revelarse o divulgarse a terceros salvo de manera conjunta.
9. COPIA DE ARCHIVO O DE SEGURIDAD: Podrá realizar un número razonable de copias de seguridad del Software siempre que las mismas no se
instales ni utilicen con otros fines que no sean los de mantener una copia en archivo.
10. RESTRICCIONES APLICABLES A DETERMINADO SOFTWARE: En ningún caso se podrán vender, permutar ni transferir por cualquier otro medio las versiones del Software que sean de prueba, evaluación, BDN, Beta, vista previa tecnológica o «NFR» (siglas inglesas de ‹Not for Resale› [prohibida su reventa] o términos de significado similar). Dicho Software no podrá ser utilizado para otra finalidad que no sea la de su prueba o evaluación, salvo especificación contraria estipulada en un contrato por separado firmado por usted y Bentley.
11. SOFTWARE ACADÉMICO: Por el presente contrato, Bentley le otorga la licencia y el derecho no exclusivo de utilización en forma de código objeto del Software académico exclusivamente para su Uso académico. No se podrá vender, permutar ni transferir por cualquier otro medio el Software académico. Nota especial aplicable al Software académico: Si, conforme a lo dispuesto en un contrato del Programa Académico SELECT xx Xxxxxxx válido (o un contrato que preceda o suceda a éste) que usted haya suscrito con Bentley, éste comprendiera las condiciones relativas al Software académico contempladas en el presente EULA, podrá tener derecho, en virtud de dicha relación, a disfrutar de prestaciones adicionales y ampliadas en relación con la licencia respecto de las estipuladas en el presente EULA. En el caso de que el Software académico dejara de estar cubierto por un contrato del Programa Académico SELECT xx Xxxxxxx válido (o un contrato que preceda o suceda a éste) a causa de su extinción o por cualquier otro motivo, perderá las prestaciones adicionales antedichas, quedando sus derechos de licencia limitados a los estipulados en el presente EULA.
12. RELOJES DE CONTROL: El periodo de licencia que concede Bentley es ilimitado, salvo especificación contraria en relación con el Software objeto de la licencia. En el caso de haber obtenido la licencia del Software sujeto al presente EULA por un periodo que no sea ilimitado, usted reconoce que el Software podrá incorporar Relojes de control. Por el presente, consiente en no considerar los Relojes de control como un defecto del Software y, por ello, exime x Xxxxxxx de cualquier reclamación, cualquiera que sea su forma, que se derive o esté relacionada con los Relojes de control o su funcionamiento.
13. TRANSFERENCIA: Interna: Usted podrá transferir el Software y el EULA a un Dispositivo diferente en el mismo Emplazamiento, con tal de que elimine por completo el Software de todos los Dispositivos anteriores. Del mismo modo, podrá realizar una transferencia única de una licencia CAL a otro de sus Usuarios o Dispositivos ubicados en el mismo Emplazamiento. Es posible que para realizar estas transferencias tenga que ponerse en contacto con Bentley. Externa: Usted no podrá transferir el Software ni la licencia otorgada conforme al presente EULA, o una licencia CAL, a un tercero sin el consentimiento previo por escrito xx Xxxxxxx. En el caso de obtener dicho consentimiento, podrá transferir de forma definitiva el Software y la licencia otorgada en virtud del presente EULA, o la licencia CAL, a condición de que transfiera el Software y todos los medios a dicho tercero y no conserve ninguna copia. El receptor de dicha transferencia deberá aceptar todos los términos y condiciones del EULA. Serán nulas las transferencias, cesiones o sublicencias otorgadas sin el consentimiento previo xx Xxxxxxx.
14. ACTUALIZACIONES: Usted no podrá utilizar Software alguno acreditado como actualización, salvo que haya obtenido la correspondiente licencia para utilizar un Software que, según Bentley, cumpla con los requisitos exigibles para llevar a cabo una actualización. Tras instalar una actualización, podrá utilizar el producto de Software original que reunía los requisitos exigibles para llevar a cabo la actualización, con tal de que en todo momento utilice solamente el Software actualizado o la versión anterior susceptible de ser actualizada.
15. PROHIBICIÓN DE AMPLIACIÓN DE LAS CAPACIDADES: Usted podrá desarrollar sus propias aplicaciones que funcionen conjuntamente o de forma integrada con el Software. Xxxxxxx fija el precio de su Software, entre otros factores, sobre la base de las capacidades descritas. Usted no podrá ampliar el Software para habilitar o desbloquear capacidades del Software que Bentley no reconozca expresamente como parte de la funcionalidad específica para el usuario final.
16. SEPARACIÓN DE COMPONENTES: El Software objeto de la licencia es un producto unitario. Los componentes del Software no se pueden separar ni instalar o utilizar en varios Dispositivos.
17. EXTINCIÓN: Si usted infringe los términos y condiciones del presente EULA, Bentley podrá extinguirlo sin perjuicio de ningún otro de los derechos que le amparen. En tal caso usted deberá destruir y eliminar todas las copias del Software de su(s) Dispositivo(s). Específicamente, las cláusulas 1, 3, 13, 20, 21, 23, 25, 26, 27, 28 y 29 del presente seguirán vigentes con posterioridad a la extinción del contrato.
18. USO NO AUTOMATIZADO: Una licencia del Software no se podrá compartir ni utilizar a la vez en Dispositivos diferentes, ni compartir ni utilizar con peticiones de Usuario y funcionamiento múltiples, como se indicó anteriormente. A consecuencia de ello, usted no podrá utilizar el Software en un componente o aplicación de servidor no interactivo, desatendido o automatizado (incluido ASP) donde: (i) exista una cola de procesamiento de peticiones de Usuario múltiple que proceden de Usuarios diferentes; o (ii) exista una cola de procesamiento de peticiones múltiples de un solo Usuario pero que actúe en contra del contenido creado o editado por otros Usuarios. Algunos ejemplos de conductas que supondrían una infracción a la presente cláusula son, sin carácter limitativo, la utilización como servidor plot, traductor de archivos, servidor de impresión y otras aplicaciones que utilizan o emplean métodos similares.
19. GARANTÍA LIMITADA: Salvo en los casos de Software gratuito, de prueba, de evaluación, BDN, Beta, vista previa tecnológica o NFR, que se suministran «EN EL ESTADO EN QUE SE ENCUENTRAN» sin garantía de ningún tipo, durante sesenta (60) días desde la fecha de la primera instalación (en lo sucesivo, el
«Periodo de Garantía»), Bentley garantiza que (i) el Software funcionará sustancialmente de acuerdo con las especificaciones funcionales de la documentación que lo acompaña; y (ii) el medio en el que se distribuye el Software satisface las normas generalmente aceptadas por el sector. Queda entendido que ni Bentley, ni sus Proveedores son responsables de la utilización que usted haga del Software o de los resultados derivados de dicha utilización. Se entiende asimismo que pueden existir errores u omisiones en la información contenida en el Software, que ésta puede no estar actualizada o completa y que, debido a defectos en el equipo o en los programas informáticos, usted no pueda
acceder al Software. Esta garantía limitada es ofrecida por Bentley en exclusiva, y no se amplía a ningún código de programa aportado al Software por parte de nuestros Proveedores. Los suplementos o actualizaciones del Software (incluidos, entre otros, reparaciones, desarrollo de trabajos en curso, o actualizaciones posteriores) que se le faciliten tras la expiración del periodo de Garantía limitada anteriormente descrito no estarán cubiertos por ninguna garantía o condición, expresa, implícita o establecida por la ley.
20. EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD: LA LIMITACIÓN DE GARANTÍA PRECEDENTE ESTABLECE LOS RECURSOS LEGALES ÚNICOS Y EXCLUSIVOS EN CASO DE VIOLACIÓN DE LA GARANTÍA POR PARTE XX XXXXXXX O SUS PROVEEDORES. SALVO POR LA GARANTÍA LIMITADA, Y EN LA MEDIDA EN QUE LO PERMITA LA LEGISLACIÓN VIGENTE, BENTLEY Y SUS PROVEEDORES ENTREGAN EL SOFTWARE EN EL ESTADO EN QUE SE ENCUENTRA Y CON TODOS LOS DEFECTOS, Y EN LA MEDIDA EN QUE LO PERMITA LA LEGISLACIÓN VIGENTE EN SU JURISDICCIÓN, BENTLEY Y SUS PROVEEDORES NO SE HACEN RESPONSABLES DE CUALESQUIERA OTRAS GARANTÍAS, PARA LA PROPIA EMPRESA Y PARA TODOS LOS PROVEEDORES, YA SEAN ESTABLECIDAS POR LEY, EXPRESAS O IMPLÍCITAS, INCLUIDAS, SIN CARÁCTER LIMITATIVO, GARANTÍAS DE TITULARIDAD, GARANTÍAS CONTRA INCUMPLIMIENTO Y LAS GARANTÍAS IMPLÍCITAS DE COMERCIABILIDAD Y ADECUACIÓN PARA UNA FINALIDAD DETERMINADA. ESTA GARANTÍA LIMITADA LE CONCEDE DERECHOS ESPECÍFICOS. LOS DERECHOS QUE LE AMPARAN PUEDEN VARIAR EN FUNCIÓN DE LA JURISDICCIÓN APLICABLE.
21. ACTIVIDADES DE ALTO RIESGO: El Software no es tolerante a fallos y no está diseñado, fabricado o pensado para utilizarse o revenderse como equipo de control en entornos peligrosos que requieran un rendimiento seguro en caso de fallo, tales como el funcionamiento en centrales nucleares, la navegación aérea o los sistemas de comunicación, el control de tráfico aéreo, las unidades de cuidados intensivos, o los sistemas de armamento, en los que el fallo del Software pudiera ser causa directa de muerte, lesiones personales, o daño medioambiental o físico grave (en lo sucesivo, las «Actividades de alto riesgo»). En consecuencia, ni Bentley ni sus Proveedores no se hacen específicamente responsables de cualquier garantía de adecuación expresa o implícita en relación con Actividades de alto riesgo.
22. RECURSOS LEGALES DEL USUARIO FINAL: Si surge un defecto en el Software constitutivo de violación de la Garantía Limitada, Bentley deberá, a su exclusiva discreción, reparar el Software, reembolsar el precio pagado por el Software o sustituir el o los elementos defectuosos, siempre y cuando: (i) notifique el defecto x Xxxxxxx durante el Periodo de Garantía; (ii) el Software no haya sido modificado ni alterado por cualquiera que no sea Bentley, salvo que conste la autorización por escrito xx Xxxxxxx; (iii) su equipo informático se encuentre en buen estado de funcionamiento y el Software se haya instalado en un entorno compatible oficialmente; y (iv) la incompatibilidad no sea causada por un tercero o por usted, sus agentes, empleados o contratistas. El Software sustituido, corregido o reparado quedará cubierto por la presente garantía limitada durante el periodo restante en virtud de la garantía del Software original o, si es mayor, durante treinta (30) días a partir de la fecha: (a) de la instalación por parte del
usuario del Software reparado o sustituido, o (b) en que Bentley le informó de cómo utilizar el Software para lograr la funcionalidad descrita en la documentación. USTED ACEPTA EXPRESAMENTE QUE TODO LO ANTERIOR CONSTITUYE EL RECURSO LEGAL ÚNICO Y EXCLUSIVO DEL USUARIO EN CASO DE VIOLACIÓN POR PARTE XX XXXXXXX DE LA GARANTÍA LIMITADA RECOGIDA EN EL PRESENTE EULA.
23. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD: En ningún caso, al margen de si cualquier recurso legal establecido en el presente no cumple con su finalidad jurídica esencial, podrá serles exigida x Xxxxxxx o a sus Proveedores responsabilidad por daños y perjuicios indirectos, especiales, incidentales, económicos o consecuenciales, sea cual sea la naturaleza de la reclamación, lo que incluye, sin carácter limitativo, el lucro cesante, el coste del retraso o interrupción de la actividad comercial, la pérdida de uso, el coste de pérdida o daño en los datos o la documentación o las responsabilidades de terceros por cualquier causa, incluso en los casos en que Bentley haya sido informada de la posibilidad de tales daños y perjuicios. La responsabilidad xx Xxxxxxx o de sus Proveedores no superará en ningún caso el importe que usted desembolsó (en la moneda utilizada para la compra) por el Software. Algunas jurisdicciones no permiten la exclusión o limitación de garantías implícitas ni la limitación de la responsabilidad por daños y perjuicios incidentales o consecuenciales, por lo que es posible que la limitación o exclusión antedicha no le sea aplicable. LAS ESTIPULACIONES DEL PRESENTE EULA ESTABLECEN EL REPARTO DEL RIESGO ENTRE BENTLEY Y USTED. LA POLÍTICA DE PRECIOS XX XXXXXXX REFLEJA ESTA DISTRIBUCIÓN DEL RIESGO Y LA LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD ESPECIFICADA EN EL PRESENTE.
24. DERECHOS DEL CONSUMIDOR ESTABLECIDOS POR LEY: Nada de lo estipulado en el presente XXXX se interpretará como contravención de los derechos legales de los consumidores en virtud de lo dispuesto en la legislación local.
25. CONTROLES A LA EXPORTACIÓN: El Software está sujeto a las leyes, reglamentos y requisitos de control a la exportación de Estados Unidos, así como a las leyes, reglamentos y requisitos de control a la exportación de otros organismos o autoridades que no tengan su sede en Estados Unidos (colectivamente denominados «Controles a la exportación»). Aunque usted informe x Xxxxxxx del destino último de los Productos, no podrá exportar, reexportar ni transmitir, ni directa ni indirectamente, el Software ni ninguna parte del mismo, ni ningún sistema que contenga el Software ni ninguna de sus partes, a ninguna persona sin cumplir previamente, de manera estricta y completa, todos los Controles a la Exportación que puedan imponerse al software. La lista de los países sujetos a restricciones en virtud de las medidas adoptadas por la administración estadounidense, o por cualquier otro organismo o autoridad no estadounidense, es susceptible de sufrir modificaciones y es su responsabilidad cumplir con los Controles a la exportación aplicables y sus modificaciones sucesivas. El usuario que incumpla sus obligaciones en aplicación de la presente cláusula deberá exonerar de responsabilidad x Xxxxxxx.
26. DERECHOS RESTRINGIDOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE ESTADOS UNIDOS: En el caso de que el Software se adquiera para o en nombre de los Estados Unidos de América, sus organismos, divisiones o subdivisiones (en lo
sucesivo, la «Administración de Estados Unidos»), se entrega con derechos restringidos. El Software y la documentación adjunta constituyen respectivamente el «programa informático comercial» y la «documentación del programa informático comercial», en aplicación del título 48 del C.F.R. (Code of Federal Regulations), partes 12.212 y 227.7202, y el «programa informático restringido» en aplicación del título 48 del C.F.R., parte 52.227-19(a), según xxxxxxx. La utilización, modificación, reproducción, difusión, ejecución, exhibición o divulgación del Software y la documentación adjunta por parte de la Administración de Estados Unidos están sujetas a restricciones según lo estipulado en el presente Contrato y en aplicación del título 48 del C.F.R., partes 12.212, 52.227-19, 227.7202, y 1852.227-86, según proceda. El
contratista/fabricante es Xxxxxxx Systems, Incorporated, 000 Xxxxxxxx Xxxxx, Xxxxx, XX 00000-0000.
27. LEY APLICABLE: Si usted tiene su domicilio fuera de los límites geográficos de Estados Unidos o Canadá, el presente EULA se regirá e interpretará de conformidad con la legislación sustantiva en vigor en Irlanda y los tribunales xx Xxxxxxx tendrán jurisdicción exclusiva sobre todos los litigios relativos al presente Contrato. Si usted tiene su domicilio dentro de los límites geográficos de Estados Unidos o Canadá, el presente EULA se regirá e interpretará de conformidad con la legislación sustantiva en vigor en el Estado de Pennsylvania. Los tribunales estatales con sede en el xxxxxxx xx Xxxxxxx (Pennsylvania) y los tribunales federales xx Xxxxxxxxxx (Pennsylvania), tendrán jurisdicción exclusiva sobre todos los litigios relativos al presente Contrato En la máxima medida que lo permita la ley aplicable, las partes acuerdan que no serán de aplicación a este Contrato las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre Compraventa Internacional de Mercaderías, en su versión modificada, y las de la Ley Refundida sobre Transacciones de Información por Medios Informáticos, vigente en la actualidad o en un futuro en cualquier jurisdicción.
28. DIVISIBILIDAD: Las estipulaciones del presente EULA deberán considerarse por separado y la invalidez de cualquiera de ellas no afectará a la validez del resto de las cláusulas del presente Contrato.
29. NOTIFICACIONES: Si usted tiene su domicilio fuera de los límites geográficos de Estados Unidos o Canadá, le rogamos que envíe todas las notificaciones relativas al presente XXXX x Xxxxxxx Systems International Limited, a la atención del Legal Department, Xxxxxx Xxxxx, Xxxxx 0, Xxxx Xxxxx, Xxxxx Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxx 0, Xxxxxxx. Si tiene su domicilio dentro de los límites geográficos de Estados Unidos o Canadá, le rogamos que envíe todas las notificaciones relativas al presente XXXX x Xxxxxxx Systems, Incorporated, a la atención del Xxxxx Xxxxxxxxxx, 000 Xxxxxxxx Xxxxx, Xxxxx, XX 00000-0000, Xxxxxxx Xxxxxx.
30. PREGUNTAS: En el caso de que tenga alguna duda relativa al presente EULA, le rogamos se ponga en contacto con la filial xx Xxxxxxx que opere en su país, o bien escriba a: Xxxxxxx Systems, Incorporated, Xxxxx Xxxxxxxxxx, 000 Xxxxxxxx Xxxxx, Xxxxx, XX 00000-0000, Xxxxxxx Xxxxxx.
31. REDISTRIBUCIÓN XX XXXXXXX® VIEW™: Si está interesado en redistribuir Bentley View en su organización o fuera de ella, le rogamos que contacte con un representante de ventas xx Xxxxxxx.
Artículo 2: Condiciones aplicables al Software de Servidor
Este artículo detalla la instalación, utilización y obtención de licencias de Software de Servidor y licencias CAL asociadas, así como licencias de Conector externo.
1. OTRAS DEFINICIONES:
1.1. Por «Software de Cliente» se entenderá el Software que hace posible que un Dispositivo acceda al Software de Servidor o lo utilice (y, en los casos en los que sea de aplicación, que utilice determinadas funciones del Software cuando no se halle conectado al Servidor).
1.2. Por «Conector externo» se entenderá un módulo para Software de Servidor específico que puede ser objeto de licencia por separado y que autoriza el uso del Software de Servidor por Usuarios Externos.
1.3. La expresión «Por Procesador» se refiere a una modalidad de concesión de licencia de Software de Servidor en virtud de la cual el usuario dispone de licencia para utilizar el Software de Servidor en uno o más procesadores físicos o virtuales dentro del Servidor designado.
1.4. La expresión «Por Servidor» se refiere a una modalidad de concesión de licencia de Software de Servidor en virtud de la cual el usuario dispone de licencia para utilizar el Software de Servidor en todos los procesadores que se hallen físicamente en el Servidor designado.
1.5. Las expresiones «Por Usuario» o «Por Dispositivo» se refieren a modalidades de concesión de licencia que exigen al usuario disponer de una licencia CAL por separado para cada Usuario o Dispositivo individual, respectivamente, que acceda al Software de Servidor o lo utilice.
1.6. Por «Servidor» se entenderá cualquier ordenador capaz de ejecutar el Software de Servidor.
1.7. Por «Software de Servidor» se entenderá el Software que proporciona servicios o funcionalidades al Servidor o Servidores del usuario.
1.8. La expresión «Servidor/CAL» se refiere a una modalidad de concesión de licencia en la que el número máximo de Usuarios (o de Dispositivos, si fuera el caso) que pueden utilizar o acceder al Software de Servidor en un intervalo dado será menor o igual al número de licencias CAL adquiridas por el usuario y designadas para uso exclusivo con ese Software de Servidor.
2. MODALIDADES DE LICENCIA:
2.1. Servidores. Las licencias del Software del Servidor otorgadas por Bentley se basan en la modalidad Servidor/CAL, con licencias CAL bien de Dispositivo o bien de Usuario, y según la modalidad Por Procesador. Cierto tipo de Software de Servidor puede cumplir con los requisitos para la obtención de licencia de Conector Externo. El Software de Servidor podrá limitarse, incluso en la modalidad de licencia Servidor/CAL, con respecto al número total de Dispositivos y/o Usuarios que tengan acceso a un producto de servidor designado. Salvo que en la documentación adjunta al Software de Servidor se indique expresamente lo contrario, se entenderá que la modalidad de licencia por defecto para todo el Software de Servidor es Servidor/CAL con licencias CAL de Usuario.
2.2. Licencias CAL. Las licencias CAL otorgadas por Bentley se basan en las modalidades Por Servidor, Por Dispositivo o Por Usuario. La licencia CAL de Usuario da derecho a un Usuario (que utilice cualquier Dispositivo) a acceder al Software de Servidor o a utilizarlo. La licencia CAL de Dispositivo da derecho a un Dispositivo a acceder al Software de Servidor o a utilizarlo. Nota especial relativa a la concesión de licencias CAL: Si, conforme a lo dispuesto en un contrato SELECT válido que usted haya suscrito con Bentley, éste comprendiera las condiciones relativas al Software de Servidor contempladas en el presente EULA, podrá tener derecho, en virtud de dicha relación, a disfrutar de prestaciones adicionales y ampliadas en relación con la licencia respecto de las estipuladas en el presente EULA. En el caso de que el contrato SELECT firmado entre usted y Bentley se extinguiera, o si usted retirara por cualquier otro medio las licencias CAL o el Software de Servidor asociado a las mismas de la cobertura contemplada en el mencionado contrato SELECT, perderá las prestaciones adicionales antedichas, quedando sus derechos de licencia limitados a los estipulados en el presente EULA.
2.3. Conectores externos: Mediante la licencia de Conector externo se podrá obtener licencia para que cierto tipo de Productos de Servidor permitan el soporte a Usuarios externos.
3. CONCESIÓN DE LICENCIA PARA SOFTWARE EN LA MODALIDAD SERVIDOR/CAL: Bentley le concede, siempre que usted cumpla con todas las condiciones estipuladas en el presente EULA, los siguientes derechos:
3.1. Instalación y utilización.
(a) Software de servidor. Usted podrá instalar y utilizar una copia del Software de Servidor para Uso productivo en un único Servidor en el país en el que se haya obtenido el Software de Servidor por primera vez. Asimismo, podrá usar la documentación que acompaña al Software de Servidor con finalidad exclusivamente interna y no comercial.
(b) Software de Cliente. Usted podrá instalar y utilizar el Software de cliente en el número total de Dispositivos a los que haya destinado una licencia CAL para los usos mencionados.
(c) Licencias CAL. Cada Usuario o Dispositivo que acceda al Software de Servidor o lo utilice en cualquiera de sus servidores deberá disponer de una licencia CAL individual. Una licencia CAL otorga a un Usuario (que utilice cualquier Dispositivo) o a un Dispositivo el derecho a acceder al Software de Servidor que haya desplegado en su Servidor, o a utilizarlo. El número máximo de Usuarios o Dispositivos que pueden utilizar o acceder al Software de Servidor instalado en un Servidor determinado en un intervalo dado será igual al número de licencias CAL (o de otro tipo) que haya adquirido y designado para uso exclusivo con ese Servidor. Las licencias CAL se hallan adscritas a una instalación de Software de Servidor. No está permitido agrupar en una sola licencia varios Usuarios y Dispositivos internos.
(d) Servidor pasivo fail-over. Cuando el Software de Servidor se utilice en un entorno de clúster, usted podrá utilizarlo temporalmente en un Servidor que se emplee única y exclusivamente para asistencia en caso de fail-over.
4. CONCESIÓN DE LICENCIA PARA SOFTWARE EN LA MODALIDAD
«POR SERVIDOR». Bentley le concede, siempre que usted cumpla con todas las condiciones estipuladas en el presente EULA, los siguientes derechos:
4.1. Instalación y utilización.
(a) Software de servidor. Usted podrá instalar y utilizar una copia del Software de Servidor para Uso productivo en un único Servidor en el país en el que se haya obtenido el Software de Servidor por primera vez. Asimismo, podrá usar la documentación que acompaña al Software de Servidor con finalidad exclusivamente interna y no comercial. En la modalidad de concesión de licencia Por Servidor, la regla por defecto xx Xxxxxxx establece que usted podrá utilizar el Software de Servidor en todos los procesadores que se hallen físicamente en el Servidor designado. Cuando la licencia del Software de Servidor se haya concedido en la modalidad Por Procesador, únicamente podrá utilizarlo en aquellos procesadores (físicos o virtuales) dentro de ese Servidor que estén contemplados en la licencia.
(b) Software de Cliente. En la modalidad de concesión de licencia Por Servidor, y salvo que Bentley haya concedido la licencia del Software de Servidor con limitación del número máximo de Dispositivos o Usuarios que pueden acceder a él, usted podrá instalar el Software de Cliente en cualquier Dispositivo con soporte a cualquier número de Usuarios, siempre y cuando dicho Software de Cliente sea utilizado exclusivamente junto con el Software de Servidor.
(c) Licencias CAL. En la modalidad de concesión de licencia Por Servidor, y salvo que Bentley haya concedido la licencia del Software de Servidor con limitación del número máximo de Dispositivos o Usuarios que pueden acceder a él, el acceso y uso del mismo estará abierto a un número ilimitado de Usuarios o Dispositivos. En la modalidad de concesión de licencia Por Servidor no es necesario disponer de licencias CAL para Usuarios o Dispositivos individuales.
(d) Servidor pasivo fail-over. Cuando el Software de Servidor se utilice en un entorno de clúster, usted podrá utilizarlo temporalmente en un Servidor que se emplee única y exclusivamente para asistencia en caso de fail-over.
5. CONCESIÓN DE LICENCIA PARA CONECTORES EXTERNOS. Bentley le concede, siempre que usted cumpla con todas las condiciones estipuladas en el presente EULA, los siguientes derechos:
5.1. Instalación y utilización.
(a) Licencia de Conector externo. Usted podrá instalar y utilizar una copia del Conector externo en un Dispositivo y conectar éste al Software de Servidor designado, esté o no ubicado en un mismo Emplazamiento, aunque sí deberá hallarse en el mismo país en el que se haya instalado el Software de Servidor.
(b) Usuarios externos. Usted podrá autorizar, para cada licencia de Conector externo que haya adquirido, el acceso o uso a cualquier número de Usuarios externos de una copia del Software de Servidor designado
para la cual haya obtenido la licencia, sin que sea necesario que cada Usuario externo disponga de una licencia CAL. En caso de que existan dudas sobre el carácter de Usuario externo de algún Usuario, será necesario obtener una licencia completa para el uso y acceso por dicho Usuario del Software de Servidor, mediante otro sistema que no sea el de Conector externo. Ciertas licencias de Conector externo solo autorizan a contar con un número limitado de Usuarios externos por medio de dicho Conector externo. Compruebe en la documentación del producto y la Llave de licencia los detalles, limitaciones y requisitos de cualificación específicos.
(c) Conector externo pasivo fail-over. Cuando el Conector externo se halle instalado en un Dispositivo empleado en un entorno de clúster, usted podrá utilizarlo temporalmente en un Servidor o Dispositivo que se emplee única y exclusivamente para asistencia en caso de fail-over.
Artículo 3. Términos aplicables al Software de prueba.
EL PRESENTE EULA, JUNTO CON CUALQUIER CONTRATO DE PRIVACIDAD APLICABLE QUE APAREZCA EN, AL QUE SE HAGA REFERENCIA EN, O SE ENCUENTRE EN LOS ARCHIVOS ENVIADOS DURANTE LA INSTALACIÓN, SUPONE LA TOTALIDAD DE LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES POR LOS QUE SE RIGE LA UTILIZACIÓN DEL SOFTWARE DE PRUEBA Y LA DOCUMENTACIÓN, Y SUSTITUYE CUALQUIER PROPUESTA, REPRESENTACIÓN Y ACUERDO ANTERIOR ENTRE LAS PARTES.
1. Derechos limitados exclusivamente a prueba.
(a) El Software de prueba lo ha diseñado y desarrollado Bentley, en solitario o con terceros, y esta licencia se otorga en nombre de todas las partes que han participado en el Software de prueba y la Documentación. El Evaluador está sujeto a los siguientes términos y disposiciones y acepta la entrega del Software de prueba con el fin de usarlo y evaluarlo. Bentley desea permitir que el Evaluador use y evalúe el Software de prueba bajo los términos y condiciones de este EULA con el fin de obtener información del Evaluador relativa a dicho Software de prueba que Bentley pueda utilizar para realizar mejoras, ampliaciones o modificaciones al mismo. El Software de prueba solo puede utilizarse en un único ordenador de su propiedad, o que tenga arrendado o que controle usted. No podrá utilizar el Software de prueba en ninguna otra plataforma, incluyendo, por ejemplo, servidores, a menos que se indique explícitamente en el presente contrato. El Software de prueba se considera «en uso» en un ordenador si se carga en una memoria temporal (p. ej., RAM) o se instala en una memoria permanente (p. ej., un disco duro, un CD-ROM u otro dispositivo de almacenamiento) de dicho ordenador. Si el Software de prueba está diseñado para ofrecer servicios o funciones a servidores, el Software de prueba deberá utilizarse en un
único servidor que sea propiedad de, esté arrendado por o controle el Evaluador.
(b) Cuando acepte el Contrato haciendo clic en «Acepto» o descargando el Software de prueba, Bentley otorga por el presente al Evaluador, sin cargo, alguno, el derecho no exclusivo y no transferible de uso del Software de prueba exclusivamente con fines de evaluación. Este derecho finalizará cuando Bentley determine, a su criterio exclusivo, que Bentley ya no necesita la información del Evaluador relativa al Software de prueba, o cuando Bentley tenga conocimiento de que el Evaluador ha vulnerado las condiciones de este EULA.
2. Evaluación e informes. El Evaluador accede a proporcionar x Xxxxxxx informes sobre su opinión y evaluación acerca del Software de prueba. El Evaluador accede a comentar con los representantes xx Xxxxxxx cuando proceda el rendimiento del Software de prueba. El Evaluador acepta que el derecho, la titularidad y los intereses de cualquier informe, comentarios o sugerencias relacionados con el Software de prueba, o con cualquier invención relativa a una mejora o modificación del Software de prueba que conciba o realice por su parte en el contexto de la aplicación de este EULA, serán propiedad exclusiva xx Xxxxxxx y que Bentley podrá divulgar y utilizar dicha información con el fin que sea, sin obligación alguna para con el Evaluador.
3. Información y datos confidenciales y privados.
(a) El Evaluador reconoce que el Software de prueba consta de software confidencial propiedad xx Xxxxxxx o sus licenciantes, y que todos los derechos, titularidad e intereses en él, incluyendo entre otros cualquier patente, copyright, marca registrada y secreto comercial son confidenciales y propiedad xx Xxxxxxx o sus licenciantes, y que seguirán siendo suyos. Por tanto, el Evaluador no divulgará datos confidenciales ni privados de ningún tipo, ni directa ni indirectamente, ni realizará ninguna acción que pueda conllevar a la divulgación no autorizada de los mismos, incluyendo, por ejemplo, la reproducción de datos facilitados al Evaluador por Bentley.
(b) La comunicación de Información confidencial y privada que Bentley facilite al Evaluador no constituye una comercialización del Software de prueba, sino que es una revelación con fines EXCLUSIVAMENTE de evaluación. El Evaluador no divulgará a terceros las condiciones de este EULA ni los resultados de cualquier evaluación contemplada en el mismo excepto con el consentimiento por escrito xx Xxxxxxx. Cuando Bentley lo solicite, el Evaluador certificará por escrito la devolución o la destrucción de dicha información confidencial.
(c) A efectos de este EULA, «Información confidencial y privada» incluirá, entre otros, el Software de prueba, incluyendo su funcionalidad, incluyendo su funcionalidad, rendimiento, fines comerciales, especificaciones, documentación y demás, resultados de pruebas obtenidos por el Evaluador por el uso del Software de prueba, cualquier dato material relativo al uso del Software de prueba por el Evaluador, incluyendo, por ejemplo, cualquier defecto, deficiencia, error, omisión, parche,
característica, mejora, actualización, ampliación y otra información relacionada habitualmente con las versiones no comercializadas de programas informáticos, así como cualquier información escrita u oral relacionada con el Software de prueba, incluyendo planes e información comercial y financiera que pudiera revelarle Bentley cuando proceda al Evaluador mientras esté vigente este EULA. Ambas partes comprenden que CUALQUIER información que le suministre Bentley al Evaluador durante el periodo de vigencia del presente EULA relativa al Software de prueba es Información confidencial y privada xx Xxxxxxx.
(d) Las partes solo utilizarán la Información confidencial y privada con los fines permitidos en la sección 1 anterior. El Evaluador no utilizará de otro modo la Información confidencial y privada, ni en su totalidad ni en parte, sin el previo consentimiento específico por escrito xx Xxxxxxx. Por consiguiente, el Evaluador accede a no utilizar comercialmente la Información confidencial y privada, y no traducirá, copiará, ni someterá a procedimientos de ensamblaje inverso, ingeniería inversa ni descodificará el Software de prueba, ni realizará copias o traducciones de ningún documento. Además, el Evaluador no realizará ningún informe promocional ni concederá entrevistas promocionales sobre el Software de prueba o la Información confidencial y privada sin el previo consentimiento por escrito xx Xxxxxxx.
(e) El Evaluador mantendrá en estricta confidencialidad la Información confidencial y privada xx Xxxxxxx, limitará la divulgación interna de la Información confidencial y privada a los empleados que tengan una necesidad legítima de conocerla, y aplicará el mismo grado de precaución cuando proteja la Información confidencial y privada xx Xxxxxxx que cuando proteja su propia información confidencial y privada. El Evaluador podrá realizar copias del Software de prueba solo si son necesarias para realizar lo contemplado en este EULA, siempre que el Evaluador reproduzca también e incluya avisos relativos a los secretos comerciales, copyright u otros derechos de propiedad intelectual xx Xxxxxxx en tales copias, e incluya la leyenda «Producto de prueba – No copiar ni distribuir».
(f) El Evaluador no podrá reproducir de ninguna manera ningún otro material relacionado suministrado por Bentley, incluyendo la documentación. El original y todas las copias de la Información confidencial y Privada seguirán siendo propiedad xx Xxxxxxx le serán devueltos x Xxxxxxx cuando así lo solicite.
4. Exención de garantía.
(a) El Evaluador reconoce que el Software de prueba no ha sido probado completamente y que contendrá defectos y deficiencias que podrían corregirse o no. Además, el Evaluador reconoce que el uso del Software de prueba puede implicar la transmisión, carga, descarga, traducción o transferencia de estos datos a un servidor o a una plataforma informática ajena al control del Evaluador, y que podrían producirse algunos errores en
los datos durante la transferencia, transmisión o traducción de los datos durante el uso del Software de prueba. Bentley recomienda al Evaluador que tenga la precaución de determinar por sí mismo la idoneidad del uso del Software de prueba para cualquier fin. Además, Bentley recomienda al Evaluador que no utilice el Software de prueba en un entorno de producción.
(b) El Evaluador reconoce que Bentley no tiene la obligación explícita ni implícita de anunciar ni presentar el Software de prueba ni ningún producto compatible o similar. El Evaluador reconoce que el uso, prueba, estudio y desarrollo que realice en virtud de este CONTRATO lo realiza totalmente bajo su propio riesgo. POR TANTO, BENTLEY NO ASUME NI OFRECE GARANTÍA ALGUNA, YA SEA EXPLÍCITA O IMPLÍCITA, RELATIVA AL USO O AL RENDIMIENTO DEL SOFTWARE DE PRUEBA, INCLUYENDO ENTRE OTRAS LAS GARANTÍAS IMPLÍCITAS DE COMERCIABILIDAD O IDONEIDAD PARA UN FIN EN PARTICULAR.
(c) EL EVALUADOR ACEPTA EL SOFTWARE DE PRUEBA «EN EL ESTADO EN QUE SE ENCUENTRA», Y BENTLEY NO SERÁ RESPONSABLE DE NINGÚN DAÑO DIRECTO, INDIRECTO, CASUAL, ESPECIAL, CONSECUENCIAL O PUNITIVO, INDEPENDIENTEMENTE DE LA NATURALEZA DE LA RECLAMACIÓN, INCLUYENDO, ENTRE OTROS, POR XXXXX XXXXXXX, COSTE DE RETRASO, FALLO DE ENTREGA, COSTE POR LA PÉRDIDA O EL DAÑO DE DATOS O LA DOCUMENTACIÓN, O RESPONSABILIDAD PARA CON TERCEROS, QUE SURJA POR CUALQUIER CAUSA, INCLUSO AUNQUE SE HAYA AVISADO X XXXXXXX DE LA POSIBILIDAD DE DICHOS DAÑOS.
5. Consecuencias del incumplimiento.
(a) El Evaluador reconoce que:
i. La divulgación no autorizada del Software de prueba, la recopilación por parte del Evaluador Información confidencial y privada xx Xxxxxxx a través del uso del Software de prueba, así como el uso del Software de prueba no contemplado en el presente, tendrán como resultado daños irreparables para Bentley.
ii. Es posible que una indemnización económica no sea suficiente para compensar la divulgación no autorizada del Software de prueba.
iii. Bentley tendrá derecho, sin renunciar a ningún derecho o resarcimiento adicional disponible por ley, equidad u otra norma jurídica, al desagravio o compensación por mandato judicial que un tribunal de la jurisdicción competente considere oportuno.
(b) Si el Evaluador vulnera este EULA, inmediatamente se cancelará este EULA, y el Evaluador podrá ser excluido de otros programas de Software de prueba que financie Bentley, entre otros resarcimientos que disponga la ley a favor xx Xxxxxxx.