Licitación Pública Internacional N° 08/2017 Administración Nacional de Educación Pública ANEP.-
Licitación Pública Internacional N° 08/2017
Administración Nacional de Educación Pública ANEP.-
Comunicado N° 4
Se han recibido las siguientes consultas a las cuales se procede a dar respuesta:
Consulta 1
Condiciones administrativas-Legales
Clausula 15.5 PCA
..“La garantía de mantenimiento de la oferta, deberá constituirse por un plazo mínimo de 225 (doscientos veinticinco) días desde la presentación de la oferta, y deberá mantenerse vigente hasta la constitución de la garantía de cumplimiento de contrato, o hasta que se rechacen la totalidad de las ofertas, en caso de declarar frustrado el llamado”
Entendemos que la obligación de la vigencia de la garantía es por un plazo máximo de 225 días y que en caso de que en esos 225 días no se haya producido la adjudicación provisional o el rechazo de todas las ofertas, es potestativo de los oferentes pero no obligatorio la ampliación de la garantía de mantenimiento presentada. ¿Es correcta esta interpretación?
RESPUESTA
La vigencia de la Garantía es por un plazo mínimo de 225 días, en caso de extensión se estará a lo dispuesto en la Clausula 15.5 del PCA
Consulta 2
Clausula 15.4 del PCA
“Se podrá integrar la garantía en más de una de las modalidades indicadas siempre que todas ellas sean constituidas a nombre del oferente y aceptadas por la Comitente.
La garantía de mantenimiento de oferta ascenderá a la suma de USD 500.000 (quinientos mil dólares estadounidenses), en caso de constituirse mediante aval bancario o póliza de fianza, deberán entregarse dos documentos, uno por USD 450.000 (cuatrocientos cincuenta mil dólares estadounidenses) y el otro por USD 50.000 (cincuenta mil dólares estadounidenses).”
Solicitamos que se aclare si, en caso de consorcios, para cada uno de estos documentos pueden ser emitidas varias garantías de menor importe por parte de los diferentes miembros del consorcio que sumen todas ellas el monto total de la garantía exigida. Entendemos que en ese caso deberían presentarse tantos documentos que se ajusten al Anexo 2 como garantías hayan sido constituidas.
RESPUESTA
Ver Comunicado 4, Puntualización 1.
Consulta 3
Clausula 17.1.1 del PCA
Representación del Oferente: Los integrantes del oferente nombrarán un representante legal qué será el autorizado a firmar la oferta. Dicha designación podrá incluirse en el certificado notarial (literal C) o mediante poder general; o poder especial o carta poder general según las normas notariales vigentes en la materia.
Los poderes otorgados en el extranjero deberán estar traducidos y legalizados o apostillados.
Solicitamos que se aclare si en caso de consorcios es posible el nombramiento de varios representantes mancomunados.
RESPUESTA
Es posible el nombramiento de varios representantes mancomunados.
Consulta 4
Clausula 17.1.3 PCA
El oferente deberá acreditar documentalmente (contrato, acta de recepción, final de obra, permiso de construcción, entre otros) experiencia en construcción o en la contratación de construcción de al menos 68.000 m2 cubiertos, en una o en más de una obra, en un mismo periodo de 36 meses consecutivos dentro de los últimos 10 años. La experiencia en construcción o contratación de la construcción será resumida en el formato establecido en el Anexo 7, donde constará la superficie construida, el periodo de construcción y el estado de la obra.
Sugerimos puedan incorporarse a las exigencias de oferente:
Experiencia en contratos de mantenimiento y operación de infraestructuras
Experiencia específica en construcción de centros educativos
RESPUESTA
Se mantiene lo establecido
Consulta 5
De acuerdo al pliego en su clausula 21.1.
En un plazo de 140 días hábiles a partir de la notificación de las adjudicaciones provisionales, presentará:
El contenido de los instrumentos de financiación, con la documentación original debidamente firmada, en la forma establecida en el artículo 3 del Decreto 251/2015. Las Comitentes se reservan el derecho de otorgar prórrogas, en aquellos casos en que el adjudicatario lo justifique y la Administración lo estime oportuno. La solicitud de prórroga presentada por el adjudicatario dará lugar al cobro de USD 50.000 de la garantía de mantenimiento de oferta.
Entendemos que la documentación original firmada a la que se refiere este numeral hace referencia a borradores preliminares de los instrumentos financieros en cuanto que en la clausula 27.1 del PCA se establece que podrá acreditarse el cierre financiero del proyecto en el mismo acto de firma del contrato.
Solicitamos a su vez que se definan los plazos que se fijan entre la adjudicación provisional, la definitiva y la formalización del contrato.
RESPUESTA
Se mantiene lo establecido. Ver Comunicado 2, Puntualización 2.
Consulta 6
Clausula 8.1 Proyecto de Contrato
“… En caso que la puesta a disposición de alguna zona de obra demore más de tres meses, dicha demora será reconocida mediante una modificación de contrato realizada conforme a lo dispuesto en la Cláusula 14.2 del presente contrato. Si la puesta a disposición demora más de 6 meses la Contratista podrá reclamar, además, compensación por el costo financiero de los gastos incurridos hasta ese momento, debidamente comprobados.”
Solicitamos que el reconocimiento de la demora en las puesta a disposición del terreno sea de aplicación desde que se produzca la demora y que la compensación por el costo financiero de los gastos incurridos se produzca cuando la demora en la puesta a disposición sea mayor de 3 meses, en lugar de 6 meses”
Solicitamos se entregue un calendario de puesta a disposición de los terrenos con el fin de definir un plan de trabajos coordinado con esas entregas.
RESPUESTA
Se mantiene lo establecido. En la Clausula 8.1 se encuentra el plazo para la puesta a disposición.
Consulta 7
Clausula 5.2.7 Proyecto de Contrato
“…En caso que la APC se encontrase obligada a pagar algún tipo de indemnización por daños a terceros, la Sociedad Contratista será la única responsable pecuniariamente de las diferencias entre el monto pagado con cargo a la póliza y los daños que efectivamente deban ser indemnizados o reparados, en caso que la cuantía de la póliza no fuera suficiente para pagar dichas indemnizaciones”
En este caso entendemos que la contratista se hará responsable de esos pagos únicamente en los casos en los que los daños hayan sido causados por ella. ¿Es correcto?
RESPUESTA
Se entiende mal formulada la pregunta.
Consulta 8
Clausula 8.2 Proyecto de Contrato
“…La Supervisión del Contrato podrá autorizar a la Sociedad Contratista el inicio de algunos rubros de la obra si ésta entrega a satisfacción de aquel los avances del proyecto ejecutivo que correspondan a dichos conceptos. Cualquier modificación del proyecto se considera parte de los riesgos asumidos por la Contratista.”
Solicitamos respetuosamente que se especifique el plazo para la realización de los proyectos ejecutivos por parte del contratista y el plazo máximo de aprobación de los proyectos ejecutivos por parte del Contratante.
RESPUESTA
Ver Comunicado 2, Puntualización 1.
Consulta 9
Clausula 11.3 Proyecto de Contrato
“La garantía de cumplimiento de contrato responderá por los siguientes conceptos:
…d. Por todo otro incumplimiento en el que incurra la Contratista. “
Solicitamos acotar el alcance de los demás incumplimientos que puedan ocasionar la incautación de la garantía a los que se refiere el punto d., dado que pueden producirse incumplimientos que implicarán deducciones respecto al PPD y se produciría una doble penalización.
RESPUESTA
Se mantiene lo establecido.
Consulta 10
Condiciones económicas-financieras
Clausula 21 del PCA
Representación del Oferente: Los integrantes del oferente nombrarán un representante legal qué será el autorizado a firmar la oferta. Dicha designación podrá incluirse en el certificado notarial (literal C) o mediante poder general; o poder especial o carta poder general según las normas notariales vigentes en la materia.
Los poderes otorgados en el extranjero deberán estar traducidos y legalizados o apostillados.
Solicitamos que se aclare si en caso de consorcios es posible el nombramiento de varios representantes mancomunados.
De acuerdo al numeral 21 el Pago Máximo PM ofertado será actualizado para su adjudicación en base a la variación de los tipos de interés a 10, 15, 20 y 25 años entre la Oferta y la Adjudicación Provisional.
Se solicita respetuosamente que el Pago Máximo Adjudicado PM para cada tipo de edificio se actualice a la fecha de la formalización del Contrato de Participación Público Privada, ya que de mantenerse lo establecido en el Pliego, puede verse comprometida la obtención de la financiación necesaria para el proyecto
RESPUESTA
Se mantiene lo establecido.
Consulta 11
Programa arquitectónico y ubicación de los Centros
Clausula 4.2 Proyecto de Contrato
“…La Contratista deberá ejecutar lo necesario para que cada Centro cuente con las conexiones a servicios básicos (luz, agua, saneamiento, telefonía, e internet) o la solución que corresponda según cada proyecto ejecutivo, aún en los casos en que se encuentre al lado de otro Centro propiedad de la Administración Pública contratante.”
Entendemos que los servicios básicos estarán disponibles en el perímetro del terreno donde se ubicará cada centro y que el contratista ejecutará las conexiones a estos servicios. En caso contrario existiría una alta incertidumbre del alcance de las actuaciones necesarias a realizar para poder suministrar estos servicios a cada centro. ¿es correcta esta interpretación?
RESPUESTA
No es correcta la interpretación; el Contratista deberá ejecutar lo necesario para que el centro cuente con las conexiones.
Consulta 12
Clausula 6.2 Proyecto de Contrato
“…k) Cambios en la normativa técnica, medioambiental, de accesibilidad, de eliminación xx xxxxxxxx y de seguridad de los usuarios, siempre que no afecten de manera exclusiva a este proyecto, siendo de aplicación general. “
Solicitamos se elimine el apartado k) como uno de los riesgos de la Sociedad Contratista ya que es un riesgo totalmente ajeno a la gestión del Contratista y sobre el que no tiene ningún tipo de control
RESPUESTA
Se mantiene lo establecido.
Consulta 13
Prestación de servicios en la operación
Clausula 1.2.1 PCT
“1.2.1 Derecho a Hacer Deducciones:
… Si una Falla de Disponibilidad o una Falla de Calidad es el resultado de un Evento de Fuerza Mayor, la Contratante tendrá el derecho de hacer Deducciones, pero dichas Deducciones no serán tenidas en cuenta a los efectos de calcular hechos de incumplimiento o como causa de terminación anticipada del contrato”
Entendemos que el hecho de poder aplicar deducciones ante un caso fortuito, imprevisible y completamente ajeno al contratista puede comprometer la financiación del proyecto en cuanto que puede ser percibido como un riesgo muy elevado por las entidades financieras.
Solicitamos por ello que se elimine la posibilidad de aplicar deducciones al contratista por este tipo de eventos considerando que a su vez existe contradicción con los numerales 14.4 y 16.2.3 del Proyecto de Contrato, de acuerdo a los cuales los eventos de fuerza mayor pueden ser causa de renegociación del contrato o de extinción anticipada del mismo con derecho por parte de la contratista a reembolsar los costes de inversión en los que haya incurrido.
RESPUESTA
Se mantiene lo establecido.
Consulta 14
Clausula 4.1 PCT
“El Contratista es responsable de reponer o reparar a su costo los daños que sufran muebles, e inmuebles objeto del contrato, cualquiera sea su origen o causa, por eventos que ocurran fuera de las Horas de Trabajo o Uso Mixto.”
Entendemos que esta responsabilidad del Contratista aplica siempre que el origen o causa no se corresponda con un evento de Fuerza Mayor. ¿es correcta está interpretación?
RESPUESTA
No es correcto
Consulta 15
A los efectos de la documentación presente en los planos facilitados para la implantación de los polideportivos, observamos que en la zona donde se realizarán las obras ya existen instalaciones deportivas. Al respecto, entendemos que la contratista sólo será responsable de mantener aquellas instalaciones nuevas que construya en cada ubicación. ¿Es correcta la interpretación?
RESPUESTA
Es correcto
Consulta 16
Programa arquitectónico y ubicación de los Centros
En el Anexo 9 se solicita completar un rubrado por cada centro educativo, el oferente deberá entregar un cuadro por cada Centro objeto de este llamado (los Centros de un mismo Tipo en cada hoja electrónica, del mismo libro).
Se consulta:
Es de recibo para la Administración contratante la presentación de sólo 4 rubrados (uno para cada tipología de edificios) cuya información represente la totalidad de los centros?
RESPUESTA
En la presentación de la oferta se acepta un rubrado para cada tipo de centro.
Con la presentación de Proyecto Ejecutivo se requiere un rubrado por centro.
Consulta 17
Solicitamos los planos de las escuelas de 6 y 9 aulas en formato .dwg; de manera de poder realizar un estudio más detallado y al mismo tiempo utilizar como base para el desarrollo del proyecto para oferta.
RESPUESTA
Se adjunta planos en formato.dwg