BANCO MACRO S.A.
Programa Global de Emisión de Obligaciones Negociables a Mediano Plazo por un valor nominal de US$ 1.500.000.000
(o su equivalente en otras monedas y/o unidades monetarias, de medida o de valor) de
BANCO MACRO S.A.
En virtud del Programa de Emisión de Obligaciones Negociables a Mediano Plazo por un valor nominal de US$1.500.000.000 (o su equivalente en otras monedas y/o unidades monetarias, de medida o de valor) descripto en el presente (el “Programa”), Banco Macro S.A. (el “Banco”) sujeto al cumplimiento de todas las leyes, normas y reglamentaciones que correspondan, podrá periódicamente emitir obligaciones negociables simples, no convertibles en acciones en una o más Clases (las “Obligaciones Negociables”). El valor nominal total máximo de todas las Obligaciones Negociables que periódicamente se encuentren en circulación bajo este Programa será de US$ 1.500.000.000 (o su equivalente en otras monedas y/o unidades monetarias, de medida o de valor).
El Banco describirá los términos y condiciones específicos de cada Clase de Obligaciones Negociables en un suplemento de precio del presente prospecto (el “Prospecto” y cada uno de los suplementos de precio al Prospecto, un “Suplemento de Precio”). Las Obligaciones Negociables emitidas en el marco de este Programa podrán:
⮚ estar denominadas en dólares estadounidenses, otras monedas y/o unidades monetarias, de medida o de valor;
⮚ tener vencimientos mínimos de 30 días a partir de la fecha de emisión;
⮚ devengar intereses a tasa fija o variable o estar emitidas sin devengar intereses; y
⮚ contemplar un rescate a opción del Banco o a opción del tenedor.
Las Obligaciones Negociables emitidas en el marco de este Programa revestirán el carácter de obligaciones simples, no convertibles en acciones según la Ley Nº 23.576 de Argentina y sus modificatorias (la “Ley de Obligaciones Negociables”) y la normativa dictada por la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”) y tendrán derecho a los beneficios establecidos en dicha ley y normas complementarias. Salvo que se especifique lo contrario en el Suplemento de Xxxxxx aplicable a una Clase de Obligaciones Negociables, las Obligaciones Negociables constituirán obligaciones simples, incondicionales y no subordinadas del Banco, con garantía común sobre su patrimonio, y en todo momento con igual prioridad de pago que todas sus demás deudas no garantizadas y no subordinadas, presentes y futuras (salvo las obligaciones que gozan de preferencia por ley o de puro derecho). El Banco podrá rescatar la totalidad, no sólo una parte, de una Clase de Obligaciones Negociables, a su opción, si ocurrieran ciertos hechos fiscales en Argentina a un precio igual al 100% del valor nominal más intereses devengados e impagos.
El Banco solicitará la autorización para el listado y la negociación de las Obligaciones Negociables en los mercados de valores autorizados por la CNV y/o en bolsas o mercados extranjeros todo ello con sujeción a todas las leyes y reglamentaciones locales y extranjeras que resultaren de aplicación a tales efectos de acuerdo a lo que se determine en el correspondiente Suplemento de Precio, incluyendo Bolsas y Mercados Argentinos S.A. (“BYMA”), el Mercado Abierto Electrónico S.A. (el “MAE”) y/o la Bolsa de Valores de Luxemburgo (“LUX”) para su negociación en el mercado EURO MTF, el mercado alternativo xxx XXX.
La creación de este Programa fue autorizada por resolución de los accionistas del Banco adoptada en la Asamblea celebrada el 26 xx xxxxx de 2016 y por resolución del Directorio del Banco de fecha 9 xx xxxxxx de 2016. El aumento del monto del Programa de US$1.000.000.000 a US$1.500.000.000 fue autorizado por resolución de la Asamblea de Accionistas del Banco de fecha 28 xx xxxxx de 2017. La prórroga del plazo de vigencia del Programa, la modificación de sus términos y condiciones y la actualización de la información comercial, contable y financiera, así como toda otra información contenida en el presente Prospecto fue aprobada por el Directorio del Banco en su reunión de fecha 20 de octubre de 2021.
Los costos y gastos relacionados con la actualización del Prospecto incluyen principalmente los honorarios de los auditores y de los asesores legales del Banco. El costo total estimado asciende aproximadamente a la suma de US$ 12.000 para estos conceptos.
Oferta Pública autorizada por Resolución Nº 18.247 de fecha 0 xx xxxxxxx xx 0000 xx xx XXX. El aumento del monto máximo del Programa de US$1.000.000.000 a US$1.500.000.000 fue autorizado por la CNV mediante Resolución Nº 18.795 de fecha 22 xx xxxxx de 2017. La prórroga del plazo de vigencia del Programa, la actualización de la información comercial, contable y financiera, así como toda otra información contenida en el Prospecto y la modificación de sus términos y condiciones fue autorizada por la CNV mediante Resolución Nº DI-2021-59-APN-GE#CNV de fecha 15 de diciembre de 2021. Esta autorización sólo significa que se ha cumplido con los requisitos establecidos en materia de información. La CNV no ha emitido juicio sobre los datos contenidos en el Prospecto. La veracidad de la información contable, financiera y económica, así como de toda otra información suministrada en el presente Prospecto es exclusiva responsabilidad del órgano de administración y, en lo que les atañe, del órgano de fiscalización del Banco y de los auditores en cuanto a sus respectivos informes sobre los estados financieros y demás responsables contemplados en los artículos 119 y 120 de la Ley Nº 26.831 tal como fuera modificada, la “Xxx xx Xxxxxxx de Capitales”. El Directorio del Banco manifiesta, con carácter de declaración jurada, que el presente Prospecto contiene a la fecha de su publicación información veraz y suficiente sobre todo hecho relevante que pueda afectar la situación patrimonial, económica y financiera del Banco y de toda aquella que deba ser de conocimiento del público inversor con relación a la presente emisión, conforme las normas vigentes.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 119 de la Xxx xx Xxxxxxx de Capitales, el Banco, juntamente con los integrantes de los órganos de administración y fiscalización -estos últimos en materia de su competencia-, y las personas que firmen el Prospecto serán responsables de la información incluida en el mismo. De acuerdo con lo previsto en el artículo 120 de la Xxx xx Xxxxxxx de Capitales, los colocadores que sean designados en un Suplemento de Precio de acuerdo con lo previsto en el Prospecto deben revisar diligentemente la información contenida en el mismo. Los terceros que opinen sobre ciertas partes del Prospecto sólo serán responsables por la parte de dicha información sobre la que hubieren emitido opinión.
Véase “Factores de Riesgo” para mayor información sobre ciertos riesgos que deberán ser considerados antes de realizar una inversión en las Obligaciones Negociables. El respectivo Suplemento de Precio de cualquier Clase de Obligaciones Negociables podrá detallar otros riesgos que deberán ser tomados en cuenta.
Las Obligaciones Negociables se encuentran excluidas del régimen de seguro de garantía de los depósitos – Ley N°24.485 (tal como fuera modificada). Tampoco participan del privilegio especial, exclusivo y excluyente, ni del privilegio general y absoluto, acordados para los depositantes por el inciso e) del artículo 49 de la Ley de Entidades Financieras N°21.526 y sus modificatorias (la “Ley de Entidades Financieras”). Las Obligaciones Negociables no estarán garantizadas por garantía flotante ni especial ni estarán avaladas o garantizadas por cualquier otro medio ni por otra entidad financiera.
Xxxxx X. Xxxxxxxx
EL PROGRAMA NO CUENTA CON CALIFICACIÓN DE RIESGO. EL BANCO PODRÁ SOLICITAR QUE SE CALIFIQUE CADA CLASE Y/O SERIE DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES A SER EMITIDAS BAJO EL PROGRAMA CONFORME LO REQUIERAN LAS LEYES Y REGLAMENTACIONES APLICABLES, Y SEGÚN SE ESTABLEZCA EN EL CORRESPONDIENTE SUPLEMENTO DE PRECIO.
EL EMISOR CUENTA CON UNA CALIFICACIÓN DE RIESGO OTORGADA POR XXXXX´S LOCAL AR ACR S.A. AGENTE DE CALIFICACIÓN DE RIESGO (“XXXXX´S”). EL 16 DE DICIEMBRE DE 2021, XXXXX´S CONFIRMÓ LAS SIGUIENTES CALIFICACIONES:
(I) EMISOR EN MONEDA LOCAL A LARGO PLAZO: “XXX.XX”, CON PERSPECTIVA ESTABLE; (II) EMISOR EN MONEDA EXTRANJERA A LARGO PLAZO: “AA-.AR”, CON PERSPECTIVA ESTABLE Y (III) ACCIONES: “0.XX”.
ASIMISMO, EL EMISOR CUENTA CON UNA CALIFICACIÓN DE RIESGO OTORGADA POR FIX SCR S.A. AGENTE DE CALIFICACIÓN DE RIESGO (“FIX”). EL 23 DE DICIEMBRE DE 2021, FIX CONFIRMÓ LAS SIGUIENTES CALIFICACIONES: (I) ENDEUDAMIENTO DE LARGO PLAZO “AAA (ARG)”, CON PERSPECTIVA ESTABLE; (II) ENDEUDAMIENTO DE CORTO PLAZO: “A1+(ARG)” Y (III) ACCIONES ORDINARIAS CLASE B: “CATEGORÍA 1”.
CUIT: 00-00000000-0
Teléfono: x00-00-0000-0000
Dirección: Xx. Xxxxxxx Xxxxxx 0000 – Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx – Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx E-mail: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx.xx
La fecha de este Prospecto es 12 xx xxxxx de 2022.
La información suministrada en este Prospecto en relación con la República Argentina y su economía está basada en información disponible al público; por lo que el Banco no efectúa ninguna declaración ni garantía al respecto. Ni la República Argentina ni ningún organismo gubernamental o subdivisión política de Argentina garantizan ni respaldan de ninguna forma las obligaciones del Banco respecto de las Obligaciones Negociables.
Los inversores deberán basarse únicamente en la información contenida en este Prospecto y en cualquier Suplemento de Precio. Ni el Banco ni los colocadores que eventualmente se designen han autorizado a ninguna persona a suministrar información diferente a la información contenida en este Prospecto y en cualquier Suplemento de Xxxxxx. La información contenida en este Prospecto es exacta únicamente en la fecha del presente, sin considerar el momento de su distribución ni de la venta de las Obligaciones Negociables.
Al adoptar la decisión de invertir en las Obligaciones Negociables, los inversores deberán basarse en su propio examen del Banco y de los términos de la oferta, incluidos los méritos y riesgos involucrados. No deberán interpretar el contenido de este Prospecto como un asesoramiento legal, comercial o impositivo. Deberán consultar con sus propios apoderados, asesores comerciales e impositivos.
La distribución de este Prospecto o de cualquiera de sus partes, incluido cualquier Suplemento de Precio, y la oferta, venta y entrega de las Obligaciones Negociables pueden estar limitadas por ley en ciertas jurisdicciones. El Banco y los colocadores requieren que las personas en cuyo poder se encuentre el presente Prospecto tomen conocimiento y cumplan con tales restricciones. Este Prospecto no constituye una oferta de venta ni una invitación a presentar ofertas para comprar Obligaciones Negociables en ninguna jurisdicción a ninguna persona a quien fuera ilícito realizar la oferta o invitación, ni constituye una invitación a suscribir o comprar Obligaciones Negociables. Para una mayor descripción de las restricciones sobre las ofertas, ventas y entregas de las Obligaciones Negociables y la distribución de este Prospecto y los documentos de la oferta relacionados con las Obligaciones Negociables, véase “Plan de Distribución”.
Las Obligaciones Negociables emitidas en el marco de este Programa no han sido registradas según la Ley de Títulos Valores de 1933 de Estados Unidos y sus modificatorias (la “Ley de Títulos Valores Estadounidense”), ni ninguna ley de títulos valores estaduales. Salvo que sean registradas en los términos de la Ley de Títulos Valores Estadounidense, las Obligaciones Negociables podrán ser ofrecidas únicamente en operaciones exentas del registro exigido por la Ley de Títulos Valores Estadounidense y las leyes de títulos valores de otras jurisdicciones. En consecuencia, el Banco ofrecerá y venderá Obligaciones Negociables registradas en tales términos o en operaciones exentas del registro a “compradores institucionales calificados” (según se define en la Norma 144A de la Ley de Títulos Valores Estadounidense) y fuera de Estados Unidos a personas no estadounidenses en cumplimiento de la Regulación S de la Ley de Títulos Valores Estadounidense.
El Banco podrá ofrecer las Obligaciones Negociables emitidas en el marco de este Programa directamente o a través de uno o más colocadores que oportunamente elija (los “Colocadores”), quienes podrán comprar Obligaciones Negociables, en nombre propio, al Banco para su colocación a inversores y a otros compradores a diversos precios relacionados con los precios prevalecientes en el mercado, según determine dicho colocador en el momento de la venta o, de acordarlo, a un precio de oferta fijo. Asimismo, el Banco podrá acordar con un Colocador que podrá emplear sus esfuerzos razonables para colocar Obligaciones Negociables del Banco en su representación según fuera especificado en el respectivo Suplemento de Precio. Tales Colocadores estarán indicados en el Suplemento de Precio que se utilice. El Banco se reserva el derecho de revocar, cancelar o modificar cualquier oferta de Obligaciones Negociables contemplada en este Prospecto o en cualquier Suplemento de Precio sin más trámite, véase “Plan de Distribución”.
ÍNDICE
CONSIDERACIONES GENERALES PARA LA INVERSIÓN 5
NOTA ESPECIAL REFERIDA A DECLARACIONES SOBRE EL FUTURO 8
DATOS SOBRE DIRECTORES, ALTA GERENCIA Y MIEMBROS DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA 12
RAZONES PARA LA OFERTA Y DESTINO DE LOS FONDOS 23
HISTORIA Y DESCRIPCIÓN DE LOS NEGOCIOS DEL BANCO 37
ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN DEL BANCO Y SU GRUPO ECONÓMICO 56
SISTEMA FINANCIERO Y BANCARIO ARGENTINO 58
MARCO REGULATORIO DEL SISTEMA BANCARIO ARGENTINO 62
ANTECEDENTES FINANCIEROS 106
DIRECTORES, ALTA GERENCIA Y EMPLEADOS 140
ACCIONISTAS PRINCIPALES 143
OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS 144
INFORMACIÓN CONTABLE 145
DESCRIPCIÓN DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES 150
PLAN DE DISTRIBUCIÓN 174
SUSCRIPCION Y VENTA 176
CALIFICACIONES DE RIESGO 178
INFORMACIÓN ADICIONAL 179
TRATAMIENTO IMPOSITIVO 208
CUESTIONES LEGALES 224
DOCUMENTOS A DISPOSICIÓN 225
CONSIDERACIONES GENERALES PARA LA INVERSIÓN
Posición en el mercado. En el presente Prospecto, el Banco realiza declaraciones respecto de su posición competitiva y su participación en el mercado del sector bancario argentino, así como respecto del tamaño de dicho mercado. Las declaraciones se realizaron sobre la base de las estadísticas y la información proporcionada por terceros que, a juicio del Banco, son confiables. Si bien no existen motivos para suponer que dicha información o informes son inexactos en algún aspecto sustancial, el Banco no ha verificado en forma independiente los datos relativos a la posición competitiva del Banco, su participación en, y el tamaño y crecimiento del, mercado, los cuales fueron suministrados por terceros o por publicaciones específicas o generales del sector.
Redondeo. Algunas de las cifras que se incluyen en el presente Prospecto han sido redondeadas. En consecuencia, es probable que las cifras que figuran como totales en algunos cuadros no sean la suma aritmética de las cifras que las preceden.
Prácticas contables
El Banco lleva sus libros y registros contables en pesos, prepara y publica estados financieros en la Argentina (los “Estados Financieros”), de conformidad con las normas contables aplicables del Banco Central de la República Argentina (el “Banco Central” o el “BCRA” y las “Normas del Banco Central”, respectivamente).
Los estados financieros del Banco son elaborados de acuerdo con el marco de información contable establecido por el BCRA (Comunicación “A” 6114 y complementarias del BCRA), dicho marco se basa en las Normas Internacionales de Información Financiera (“NIIF”) tal como esas normas fueron emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (“IASB”, por su sigla en inglés) y adoptadas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (“FACPCE”). Las mencionadas normas internacionales incluyen las NIIF, las Normas Internacionales de Contabilidad (“NIC”) y las Interpretaciones desarrolladas por el Comité de Interpretaciones de las Normas Internacionales de Información Financiera (“CINIIF”) o el antiguo Comité de Interpretaciones de Normas (“CIN”).
Normas Contables aplicadas
Con fecha 00 xx xxxxxxx xx 0000, xx XXXX emitió la Comunicación "A" 5541 mediante la cual fueron establecidos los lineamientos generales para un proceso de convergencia hacia las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB, por su sigla en inglés), para la confección de los Estados financieros de las entidades bajo su supervisión, correspondientes a ejercicios anuales iniciados a partir del 1º de enero de 2018, así como de sus períodos intermedios.
Adicionalmente, por medio de la Comunicación “A” 6114, el BCRA estableció lineamientos específicos en el marco de dicho proceso de convergencia, entre los cuales se definió (i) la excepción transitoria a la aplicación de la sección 5.5 “Deterioro de valor” de la NIIF 9 “Instrumentos financieros” (puntos B5.5.1 a B5.5.55) hasta los ejercicios que se inicien a partir del 1° de enero de 2020; y (ii) que a los fines de calcular la tasa de interés efectiva de activos y pasivos que así lo requiera para su medición, conforme a lo establecido por la NIIF 9, se podrá realizar -transitoriamente hasta el 31 de diciembre de 2019- una estimación en forma global del cálculo de la tasa de interés efectiva sobre un grupo de activos o pasivos financieros con características similares en los que corresponda su aplicación.
Al 31 de diciembre de 2019 se han cumplimentado las condiciones para que los Estados financieros consolidados del Banco correspondiente al ejercicio finalizado en esa fecha incorporen el ajuste por inflación establecido en la NIC 29 “Información Financiera en Economías Hiperinflacionarias”. Sin embargo, debido a las razones que se detallan en el acápite “Unidad de medida” de la nota 3 de los estados financieros consolidados al 31 de diciembre de 2019, las entidades financieras transitoriamente no pudieron aplicar la mencionada norma.
Conforme a lo establecido por la Comunicación “A” 6651 del BCRA, las entidades financieras debían comenzar a aplicar el método de la reexpresión de los estados financieros en moneda homogénea, previsto en la NIC 29, a partir de los ejercicios que se inicien el 1° de enero de 2020 inclusive.
En la preparación de sus estados financieros consolidados al 31 de diciembre de 2021, el Banco contempló las excepciones previstas por el BCRA y que se detallan en la nota 3 a los estados financieros consolidados al 31 de diciembre de 2021.
En la preparación de sus estados financieros consolidados al 31 de diciembre de 2020, el Banco contempló las excepciones previstas por el BCRA y que se detallan en la nota 3 a los estados financieros consolidados al 31 de diciembre de 2020.
En la preparación de sus estados financieros consolidados al 31 de diciembre de 2019, el Banco contempló las excepciones previstas por el BCRA y que se detallan en la nota 3 a los estados financieros consolidados al 31 de diciembre de 2019.
Las políticas contables cumplen con las NIIF que actualmente han sido aprobadas y son aplicables en la preparación de los estados financieros de acuerdo con las NIIF adoptadas por el BCRA según la Comunicación “A” 6840. Con carácter general, el BCRA no admite la aplicación anticipada de ninguna NIIF, a menos que se especifique lo contrario.
Consolidación
Los estados financieros consolidados del Banco consolidan los estados financieros de las siguientes compañías:
⮞ Argenpay S.A.U. (“Argenpay”);
⮞ Macro Bank Limited (una compañía inscriptas bajo las leyes de Bahamas) (“Macro Bank”);
⮞ Macro Securities S.A. (“Macro Securities”);
⮞ Macro Fiducia S.A. (“Macro Fiducia”);
⮞ Macro Fondos S.G.F.C.I.S.A. (“Macro Fondos”); y
⮞ Fintech S.G.R. (“Fintech”) (Se consolida desde octubre de 2021, ya que es una subsidiaria del Banco desde dicha fecha).
La información financiera del Banco de conformidad con las Normas del Banco Central es enviada mensualmente al Banco Central y publicada en su página web xxx.xxxx.xxx.xx. Adicionalmente, el Banco presenta Estados financieros trimestrales y anuales ante el Banco Central, la CNV, BYMA y el MAE.
AVISOS A INVERSORES
Deterioro, sustracción, pérdida y destrucción de los títulos valores
En caso de deterioro, sustracción, pérdida y destrucción de los títulos valores o de sus registros, el titular deberá denunciar el hecho al Banco mediante escritura pública o por nota con firma certificada por notario o presentada personalmente ante la autoridad pública de control, una entidad en que se negocien los títulos valores o el BCRA, si es el propio Banco. Deberá acompañar una suma suficiente, a criterio del Emisor, para satisfacer los gastos de publicación y correspondencia, con el contenido de información que se detalla en los incisos a) a e) del artículo 1855 del Código Civil y Comercial. El Banco deberá suspender los efectos de los títulos con respecto a terceros bajo responsabilidad del peticionante, y entregar al denunciante constancia de su presentación y de la suspensión dispuesta (igual suspensión debe disponer, en caso de valores negociables ofertados públicamente, la entidad ante quien se presente la denuncia). Asimismo, deberá efectuar las publicaciones en el Boletín Oficial y en uno de los diarios de mayor circulación en la República Argentina, por un día, con las condiciones previstas en el Artículo 1857 del Código Civil y Comercial. Adicionalmente, el Banco o la entidad que recibe la denuncia, estará obligado a comunicarla con la entidad en la que liste más cercana a su domicilio y, en su caso, al Banco en el mismo día de su recepción, y tratándose de títulos valores nominativos no endosables, dándose las condiciones previstas en el Artículo 1861 del Código Civil y Comercial, extender directamente un nuevo título valor definitivo a nombre del titular.
NOTA ESPECIAL REFERIDA A DECLARACIONES SOBRE EL FUTURO
En el presente Prospecto se han incluido ciertas declaraciones que el Banco considera “declaraciones a futuro”. Tales declaraciones a futuro se basan fundamentalmente en opiniones, expectativas y proyecciones actuales respecto de los acontecimientos y las tendencias financieras que incidirán en el futuro en el negocio del Banco. Muchos factores importantes, además de los que se analizan en otras secciones del presente Prospecto, podrían generar resultados reales marcadamente diferentes a los previstos en las declaraciones a futuro, incluidos entre otros:
• cambios generales económicos, comerciales, políticos, legales, sociales, o de cualquier otra índole en Argentina y en el mundo;
• efectos de la crisis económica y de los mercados financieros globales;
• deterioro en la situación comercial y económica en el plano regional;
• inflación;
• fluctuaciones y caídas (depreciación) en el tipo de cambio del peso;
• variaciones en las tasas de interés que puede afectar adversamente los márgenes financieros;
• normativas (incluyendo bancarias e impositivas) e intervención del gobierno de la República Argentina (el “Gobierno Argentino”);
• fallos adversos en procesos legales o administrativos;
• riesgos de crédito en general, como por ejemplo el aumento de los incumplimientos en el pago por parte de los prestatarios y otras formas xx xxxx;
• incremento en las previsiones por incobrabilidad;
• fluctuaciones o reducción del valor de la deuda soberana;
• disminución de los depósitos, perdida de clientes e ingresos;
• competencia en el mercado bancario, servicios financieros y otras industrias relacionados y pérdida de la participación xx xxxxxxx (“market share”);
• costos y disponibilidad de fondeo;
• cambios tecnológicos, cambios en hábitos de consumo y de ahorro e imposibilidad de implementar nuevas tecnologías;
• la habilidad del Banco para consumar adquisiciones en términos favorables y la integración de cualquier adquisición y la falta de obtención de las sinergias esperadas; y
• los factores de riesgo analizados en la sección “Factores de Riesgo” del presente Prospecto.
Los términos “se considera”, “podría”, “sería”, “se estima”, “continuaría”, “se prevé”, “se pretende”, “se espera”, “se pronostica”, “se cree” y otros similares se utilizan para identificar declaraciones a futuro. En tales declaraciones se incluye información relativa a los resultados de las operaciones, las estrategias comerciales, los planes de financiamiento, la posición competitiva, el entorno del sector, posibles oportunidades de crecimiento, los efectos de las reglamentaciones futuras y los efectos de la competencia que posiblemente o supuestamente podrían producirse en el futuro. Estas declaraciones tienen validez únicamente en la fecha en que fueron realizadas y el Banco no realizará ni asume obligación alguna de actualizarlas en forma pública o de revisarlas después de la distribución del presente Prospecto debido a nueva información, hechos futuros u otros factores. En vista de los riesgos e incertidumbres mencionados más arriba, los hechos y circunstancias futuros que se analizan en este Prospecto es posible que no ocurran y no constituyen una garantía del desempeño futuro.
Este resumen destaca cierta información que aparece en el resto de este Prospecto. Sin perjuicio de que este resumen contiene sólo cierta información que el Banco considera es la más relevante, el inversor debería leer cuidadosamente todo el Prospecto antes de invertir en las Obligaciones Negociables. Asimismo, el inversor debería tener en cuenta ciertos riesgos los cuales son tratados bajo la sección “Factores de Riesgo” del presente Prospecto.
Banco Macro
El Banco es una de las entidades bancarias líderes en Argentina. Con la más extensa red de sucursales del sector privado en el país, el Banco ofrece una gama de productos y servicios financieros estándar a una base de clientes de todo el país. El Banco se distingue de sus competidores por su sólida situación financiera y su enfoque hacia individuos de bajos y medios ingresos y en pequeñas y medianas empresas generalmente ubicadas fuera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El Banco entiende que esta estrategia ofrece significativas oportunidades de crecimiento sostenido a su negocio bancario. Al 30 xx xxxxx de 2021, el Banco se ubicaba en la primera posición en términos sucursales, en la segunda posición en términos de patrimonio neto y en la cuarta posición en términos de préstamos totales y en términos de depósitos totales entre todos los bancos privados de Argentina.
Al 31 de diciembre de 2021, el Banco tenía, en forma consolidada:
• Ps.997.701,3 millones en activos totales;
• Ps. 348.474,9 millones en préstamos y otras financiaciones al sector privado no financiero y residentes en el exterior;
• Ps. 588.850,7 millones en depósitos totales;
• aproximadamente 4,3 millones de clientes individuos y 0,09 millones de clientes comerciales; y
• aproximadamente 0,9 millones de clientes con cuentas Plan Sueldo (tal como dicho término se define más adelante) para el sector privado y gobiernos provinciales y 0,7 millones de clientes con cuentas de la seguridad social.
El resultado neto consolidado del Banco para el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2021 ascendió a Ps. 27.123,2 millones, lo que representa un retorno sobre el patrimonio neto promedio del 2,8 % y un retorno sobre los activos promedios del 12,2 %.
En general, debido al relativamente bajo nivel de intermediación bancaria en Argentina, el Banco está ofreciendo productos y servicios limitados. El Banco se está concentrando en el crecimiento global de su cartera de préstamos, expandiendo su número de clientes, y alentándolos al uso de sus productos crediticios. El Banco encara sus negocios bancarios de manera unificada; no es administrado por segmentos o divisiones ni por categorías de clientes, productos y servicios ni por regiones ni cualquier otro tipo de segmentación, con el propósito de asignar recursos o evaluar rentabilidad. Los productos y servicios del Banco consisten en cuentas corrientes y cajas de ahorro, tarjetas de crédito y débito, préstamos para financiar consumo y otros productos crediticios y servicios transaccionales que provee a través de su red de sucursales tanto a sus clientes individuales, como a pequeñas y medianas empresas. Asimismo, el Banco provee servicios de acreditación en cuenta de sueldos (“Plan Sueldo”), financiamiento comercial, tarjetas de crédito corporativas, préstamos comerciales con garantía hipotecaria, procesamiento de transacciones y cambio de divisas. Adicionalmente, el servicio de Plan Sueldo para empresas privadas y al sector público provee al Banco de una base de depósitos de clientes amplia y estable.
Ventajas competitivas del Banco
El Banco considera que se encuentra bien posicionado respecto de sus competidores en un escenario económico y comercial como el actual en Argentina. Sus ventajas competitivas incluyen:
⮞ Sólida posición financiera. Al 31 de diciembre de 2021, el exceso de capital del Banco era de Ps. 197.767 millones (36,1
% de ratio de capitalización regulatorio). El exceso de capital del Banco tiene como objetivo respaldar su crecimiento orgánico y consecuentemente un mayor apalancamiento del balance.
⮞ Importante Patrimonio Neto. Al 31 de diciembre de 2019, 2020 y 2021 el patrimonio neto del Banco ascendía a Ps.
215.477,0 millones, Ps. 223.515,6 millones y Ps. 238.606,4 millones, respectivamente.
⮞ Fuerte presencia en mercados de clientes de rápido crecimiento. El Banco ha adquirido una posición de liderazgo con individuos de bajos y medios ingresos y entre las pequeñas y medianas empresas generalmente ubicadas fuera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que no estaban adecuadamente atendidas por el sistema bancario. De acuerdo a lo experimentado, este mercado objetivo ofrece importantes oportunidades de crecimiento y una base estable de depositantes.
⮞ Gran exposición al crecimiento impulsado por las exportaciones. Teniendo en consideración la ubicación geográfica de los clientes a los que el Banco apunta, éste ha adquirido otras entidades financieras con un gran número de sucursales
situadas fuera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el objetivo de completar su cobertura nacional. El Banco se enfoca principalmente en algunas de las provincias orientadas a la exportación. En la mayor parte de estas provincias la actividad económica se concentra, principalmente, en la agricultura, minería, transporte de cargas, industria aceitera, ganadería y turismo, actividades que se han beneficiado con el crecimiento producido en la economía argentina como resultado de las exportaciones.
⮞ La mayor red de sucursales del sector bancario privado en Argentina. Con 466 sucursales y 1.779 cajeros automáticos (ATMs) al 31 de diciembre de 2021 el Banco cuenta con la red de sucursales más extensa entre los bancos privados de Argentina. El Banco considera a su red de sucursales como su principal canal de distribución en el ofrecimiento de sus productos y servicios a su base de clientes, mediante una atención personalizada. En línea con la estrategia del Banco, alrededor del 94% de dichas sucursales están ubicadas fuera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
⮞ Base de clientes leales. La cartera de clientes del Banco está constituida por clientes leales, debido a su presencia en mercados que tradicionalmente estaban desatendidos y al servicio de Plan Sueldo. Asimismo, el Banco se ha beneficiado de la regulación argentina que requiere que todos los empleados mantengan cuentas bancarias para el depósito directo de sus salarios. Por otra parte, el Banco enfatiza la relación directa con sus clientes, a fin de poder ofrecerles asesoramiento personalizado.
⮞ Agente financiero exclusivo de cuatro gobiernos provinciales argentinos. El Banco brinda servicios de agente financiero a los gobiernos provinciales xx Xxxxx, Jujuy, Misiones y Tucumán, en la región norte de la Argentina. En consecuencia, el Banco mantiene las cuentas bancarias de cada uno de estos gobiernos provinciales y provee cuentas Plan Sueldo a todos sus empleados, lo que les da acceso x xxxxxxx de financiamiento de bajo costo y a un gran número de clientes leales.
⮞ Conducción eficiente y experimentada, y accionistas comprometidos. La conducción del Banco se encuentra en manos de un grupo de accionistas comprometido que ha logrado transformar un pequeño banco mayorista en uno de los bancos más fuertes y grandes de Argentina, y un equipo gerencial de primera línea con vasta experiencia en el sector bancario.
La estrategia del Banco
Las ventajas competitivas del Banco lo posicionan para aprovechar el futuro desarrollo del sistema financiero argentino.
El objetivo del Banco es lograr un crecimiento general mediante el aumento de su base de clientes, la expansión de su cartera de créditos y la generación de mayores ingresos por servicios transaccionales. El Banco planea cumplir ese objetivo mediante una administración unificada, focalizando su estrategia de crecimiento en el ofrecimiento y promoción de sus productos bancarios estándar y servicios a sus clientes. El Banco busca lograr su estrategia de crecimiento a través de la adquisición de bancos en Argentina, lo que ha permitido al Banco expandir su red de sucursales y su base de clientes significativamente. El Banco ha aprovechado las oportunidades presentadas por el sistema financiero argentino, para acceder a nuevos lugares mediante la adquisición de otros bancos o absorbiendo sucursales de bancos liquidados por el Banco Central.
El Banco se ha propuesto continuar fortaleciendo su posición de banco líder en Argentina. Los principales elementos de la estrategia del Banco incluyen:
⮞ Focalización en mercados desatendidos con fuerte potencial de crecimiento. El Banco seguirá focalizándose tanto en los individuos de bajos y medios ingresos como en pequeñas y medianas empresas, cuya mayoría ha sido tradicionalmente desatendida por el sistema bancario argentino y que en general se encuentran ubicados fuera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires donde la competencia es relativamente débil y el Banco ya es una entidad líder. Estos mercados ofrecen atractivas oportunidades dada la baja penetración de servicios bancarios y la escasa competencia.
⮞ Mayor desarrollo de la red de sucursales. El banco busca ampliar el modelo de gestión a través de la red de sucursales y el desarrollo de la red mediante la apertura de nuevas sucursales, reforzando las oportunidades de negocios locales y centrándose en los puntos de ventas y apoyo en función de las necesidades específicas de sus clientes.
⮞ Mayor expansión de su base de clientes. El Banco tiene previsto continuar incrementando su base de clientes, lo que resulta esencial para aumentar sus ingresos financieros y por comisiones. Para atraer nuevos clientes, el Banco se propone:
⮞ Ofrecer líneas de crédito a mediano y largo plazo. El Banco intentará capitalizar la creciente demanda de crédito a largo plazo, que entiende acompañará el futuro crecimiento económico de Argentina. El Banco utilizará su alta liquidez y base de capital para ofrecer una variedad de productos crediticios de largo y mediano plazo más accesible que la de sus competidores.
⮞ Focalizar en clientes comerciales. El Banco aumentará el financiamiento a empresas mediante una amplia oferta de productos crediticios y transaccionales a medida del perfil y las necesidades de cada cliente.
⮞ Expandir los servicios del Plan Sueldo. El Banco continuará comercializando activamente los servicios del Plan Sueldo, enfatizando los beneficios que su vasta red brinda a empresas con necesidades nacionales o regionales.
⮞ Fortalecer la participación xx xxxxxxx del Banco en tarjetas de crédito, aumentando la actividad promocional y los beneficios para los clientes.
⮞ Continuar ampliando el uso de los canales automáticos, tanto en la atracción de clientes como para los productos minoristas, aumentando así la eficiencia operativa. El Banco ha profundizado el proceso de transformación digital, incorporando nuevos canales que mejora la interconexión con los clientes y les otorga nuevos medios para operar.
⮞ Expandir aún más el desarrollo del servicio de asistencia al cliente, brindándoles diferentes medios para realizar sus operaciones financieras sin límites de tiempo, en forma totalmente segura, simple y confortable.
⮞ Expandir nuestra base de clientes de nivel superior a través de nuestra gama de productos Selecta
⮞ Concentrarse en nuestros objetivos de sustentabilidad. El Banco busca concentrarse en los objetivos de sustentabilidad alineados a los negocios del Banco en sus áreas fundamentales, y ampliar aún más dichas iniciativas sobre premisas básicas, entre ellas ampliando el acceso al crédito de sectores vulnerables, poniendo nuestro foco en productos financieros para perfiles que tradicionalmente no se encuentran suficientemente atendidos, ya que la verdadera inclusión financiera se da cuando todos pueden beneficiarse de los productos y servicios financieros en función de sus necesidades y circunstancias.
⮞ Búsqueda de oportunidades de crecimiento. Un componente clave de nuestra estrategia es la búsqueda continua de oportunidades de crecimiento, incluyendo posibles adquisiciones. En cualquier momento podemos considerar una o más adquisiciones potenciales o transacciones similares dentro del sector bancario y financiero argentino, en diferentes etapas de los procesos de evaluación, negociación y/o revisión. Cualquiera de las operaciones pueden ser sustanciales considerándolas individual o colectivamente.
DATOS SOBRE DIRECTORES, ALTA GERENCIA Y MIEMBROS DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA
Directores Titulares, Suplentes y Alta Gerencia
La administración del Banco está a cargo de un Directorio actualmente integrado por trece miembros titulares y dos miembros suplentes. Para mayor información sobre el modo de elección de los directores del Banco, véase “Información Adicional - Elección de Directores”.
Directorio
En virtud de la Ley General de Sociedades Nº 19.550 T.O. 1984 y sus modificatorias (la “Ley General de Sociedades”), los directores están obligados a cumplir sus funciones con la lealtad y diligencia propias de un hombre de negocios prudente. Los directores son ilimitada y solidariamente responsables hacia la sociedad en la cual ejercen dichos cargos, sus accionistas y los terceros por su mal desempeño, por infringir la ley, los estatutos o reglamentos de la sociedad, si hubiere, y por los daños y perjuicios ocasionados por fraude, abuso de autoridad o culpa grave. Se considera como parte integrante del deber de lealtad de un director: (i) la prohibición de utilizar los activos de la sociedad como así también información confidencial para fines privados; (ii) la prohibición de sacar ventaja o permitir que otras partes saquen ventaja, por acción u omisión, de las oportunidades comerciales de la sociedad; (iii) la obligación de ejercer las facultades otorgadas por el Directorio únicamente para los fines pretendidos por la ley, los estatutos de la sociedad o una resolución de la asamblea de accionistas o del Directorio; y (iv) la obligación de adoptar cuidados extremos de manera que el Directorio, directa o indirectamente, no actúe contra los intereses de la sociedad. El director deberá informar al Directorio y a la comisión fiscalizadora de la sociedad sobre cualquier conflicto de intereses que pudiera tener en una operación propuesta y deberá abstenerse de deliberar y votar al respecto.
El Directorio tiene a su cargo la administración del Banco y toma todas las decisiones establecidas en la Ley General de Sociedades, el estatuto del Banco y otras regulaciones aplicables. El Directorio es el responsable de ejecutar las decisiones asamblearias y por el desarrollo de las tareas especialmente delegadas por los accionistas.
El siguiente cuadro presenta información sobre los miembros titulares y suplentes del Directorio del Banco declaradas en los registros públicos de la CNV:
Nombre | Cargo | CUIT | Edad | Primer año de designación | Año de finalización |
Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx | Presidente | 20-10788109-4 | 69 | 2002 | 2023 |
Xxxxx Xxxxx Xxxxx | Vicepresidente | 23-27287180-9 | 42 | 2002 | 2021 |
Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx | Director | 20-12890540-6 | 65 | 2016 | 2021 |
Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx | Director | 20-17801904-0 | 55 | 2016 | 2021 |
Xxxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxx (1) | Director | 20-16412832-7 | 58 | 2016 | 2021 |
Xxxxxxxxx Xxxxxxx (1) (2) | Director | 20-25568339-0 | 45 | 2020 | 2021 |
Xxxxxxxxx Xxxxx | Director | 27-29076567-1 | 40 | 2007 | 2023 |
Xxxxx Xxxx Xxxxxx (1) | Director | 20-10043630-3 | 70 | 2016 | 2023 |
Xxxxxxxxx Xxxxx (1) | Director | 20-23968234-1 | 47 | 2021 | 2023 |
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx (1) (2) | Director | 20-22624323-3 | 49 | 2020 | 2023 |
Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx | Director | 20-31089201-8 | 37 | 2015 | 2022 |
Xxxxxx Xxxx (1) (2) | Director | 20-24704165-7 | 46 | 2020 | 2022 |
Xxxxxx Xxxxx | Director | 20-29866300-8 | 39 | 2007 | 2021 (3) |
Xxxx Xxxxxxx (1) | Director Suplente | 20-14189208-9 | 60 | 2019 | 2021 |
Xxxx Santiago Xxxxxxxxx (1) (2) | Director Suplente | 20-25563455-1 | 45 | 2020 | 2021 |
(1) Director Independiente conforme Normas CNV.
(2) Designado a propuesta del accionista ANSES-FGS.
(3) Corresponde a la expiración del mandato original como Director Suplente. El cargo de Director Titular lo ejercerá hasta la próxima Asamblea General Ordinaria de Accionistas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del estatuto del Banco.
Existen las siguientes relaciones familiares entre los miembros del Directorio:
(i) Xxxxx Xxxxx Xxxxx y Xxxxxx Xxxxx son sobrinos xx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx;
(ii) Xxxxxxxxx Xxxxx es sobrina xx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx;
(iii) Xxxxx Xxxxx Xxxxx, Xxxxxx Xxxxx y Xxxxxxxxx Xxxxx son hermanos;
(iv) Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx es hijo xx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx; y
(v) Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxx Xxxxx Xxxxx, Xxxxxx Xxxxx y Xxxxxxxxx Xxxxx son primos.
A continuación se presentan breves descripciones biográficas de los miembros del Directorio del Banco:
Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx (CUIT: 20-00000000-4) nació el 21 de noviembre de 1952. El Xx. Xxxxxxxx fue nombrado Presidente del Directorio el 30 de noviembre de 2020 y fue nombrado Vicepresidente del Directorio el 30 xx xxxxx de 2020 hasta el 30 de noviembre de 2020 y anteriormente desempeñó el rol de Presidente del Directorio desde el 27 xx xxxxx de 2018 hasta el 30 xx xxxxx de 2020 y el rol de Vicepresidente del Directorio hasta el hasta el 27 xx xxxxx de 2018. El Xx. Xxxxxxxx posee el título de abogado expedido por la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica Argentina. Se desarrolló en el sector financiero como vicepresidente en el Banco de Misiones S.A. (1996-1999), Banco xx Xxxxx (1996-1999), Banco de Jujuy S.A. (1998-2000), Nuevo Banco de Suquia S.A. (2004-2007), Macro Securities S.A. (2005-2014), Nuevo Banco Bisel S.A. (2006-2009) y en el Banco Privado de Inversiones S.A. (2010-2013). Es Presidente del Directorio de Colbrey S.A. y Millsbor Corporation S.A., asimismo actua como director suplente xxx XXXX S.A. El Xx. Xxxxxxxx desempeña funciones en el Banco desde junio de 1988.
Xxxxx Xxxxx Xxxxx (CUIT: 23-00000000-9) nació el 29 xx xxxxx de 1979. El Xx. Xxxxx es el Vicepresidente del Directorio desde el 30 de noviembre de 2020, se desempeñó como Director desde el 30 xx xxxxx de 2020 hasta el 30 de noviembre de 2020 y anteriormente fue vicepresidente del directorio desde el 27 xx xxxxx de 2018 hasta el 30 xx xxxxx de 2020. Es miembro del Directorio del Banco desde 2002 y fue director financiero desde el 16 xx xxxxx del 2012 hasta el 8 de noviembre de 2017. Se desarrolló en el sector financiero como Director en el Nuevo Banco de Suquia S.A. (2004-2007), Nuevo Banco Bisel S.A. (2006-2009), Banco Privado de Inversiones S.A. (2010-2013) y en el Mercado Abierto Electrónico S.A. (2013-2015). También actúa como presidente de Macro Securities S.A., Inversora Juramento S.A., Genneia S.A. y Fiduciaria JHB S.A.
Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx (CUIT: 20-00000000-6) nació el 6 xx xxxxx de 1957. Es miembro del Directorio del Banco desde el 26 xx xxxxx de 2016. Dentro de la actividad financiera, fue Subgerente de Créditos (1980-1983), Subgerente de Sucursal (1983-1986), Oficial de Crédito (1986-1989) y Subgerente Comercial (1991-1997) de la Sucursal de Citibank, N.A. establecida en Buenos Aires, Argentina. Fue vicepresidente de Banca de Inversión de Citibank, N.A., en los Estados Unidos (1989-1991) y Vicepresidente de Planeamiento de la Sucursal de Citibank, N.A., establecida en Buenos Aires, Argentina (1997-2003). Fue también vicepresidente de la Asociación de Bancos (2001-2002) y director titular del Banco Patagonia S.A. (2007-2016). El Xx. Xxxxxxxxxx actualmente es Presidente de Havanna S.A., Desarrollo Pi S.A. e Inverlat Investments S.A. Además, es vicepresidente de Impresora Contable S.A., Havanna Holding S.A., Aspro Servicios Petroleros S.A. y QSR S.A. También se desempeña como director titular de Desarrollo Epsilon S.A.
Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx (CUIT: 20-00000000-0) nació el 6 xx xxxx de 1966. Es miembro del Directorio del Banco desde el 26 xx xxxxx de 2016. El Xx. Xxxxxxx posee el título de contador público expedido por la Universidad Católica Argentina. Dentro de la actividad financiera, fue director de la Sucursal de Citibank, N.A., establecida en Buenos Aires, Argentina (1989-1992), Jefe xx Xxxxxxx de Capitales (1992-1994) y Gerente Banca Corporativa (1996-1997) de ABN AMRO Bank Argentina respectivamente, fue Head of Equity (originación LATAM) de ABN AMRO Países Bajos (1994-1995) y Gerente de Banca Corporativa de ABN AMRO Bank USA (1995-1996). Fue Director de Banco Liniers Sudamericano (1997-1998), fue Gerente de Banca de Inversión en el Bankers Trust (1997-1999), trabajó en Xxxxx Manhattan Bank y First National Bank of Chicago entre 1998 y 1999 y fue Gerente General de Deutsche Bank Argentina (1999-2003). Actualmente es presidente de Aspro Servicios Petroleros S.A. Además, es vicepresidente de Inverlat Investments S.A., y Desarrollo Epsilon S.A y se desempeña también como director titular de Impresora Contable S.A., QSR S.A., Desarrollo Pi S.A. y Cablevisión Holding S.A. y como director suplente de Havanna S.A. y Havanna Holding S.A.
Xxxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxx (CUIT: 20-00000000-7) nació el 6 de septiembre de 1963. Xx Xx. xx Xxxx fue designado como Director el 30 xx xxxxx de 2019, habiéndose desempeñado como miembro suplente del Directorio desde el 28 xx xxxxx de 2017. El Xx. xx Xxxx posee el título de contador público y licenciado en administración expedido por la Universidad Católica Argentina y posee un MBA de la Universidad de Pennsylvania, Estados Unidos. Xx Xx. xx Xxxx se desempeñó como Gerente de Finanzas Corporativas de la Sucursal de Citibank, N.A., establecida en la República Argentina (1989-1994), como Gerente de Finanzas Corporativas de Xxxxxxx Xxxxx & Co. Sucursal Argentina (1994-1995), fue Director de Finanzas Corporativas en Xxxxxxx Xxxxx & Co. NY USA (1995- 1997), fue Gerente de CEI Citicorp Holdings S.A. (1997-2000), se desempeñó como Director Financiero Regional de Xxxxx Xxxxxxx Commodities (2001-2009) y como Director Ejecutivo Regional de Xxxxx Xxxxxxx Commodities (2007-2009). Adicionalmente, ocupó el cargo de Director Titular de Mercado Abierto Electrónico S.A. y Argencontrol S.A. en el 2019.
Xxxxxxxxx Xxxxxxx (CUIT: 20-00000000-0) nació el 10 de diciembre de 1976. El Xx. Xxxxxxxxx Xxxxxxx fue designado como Director el 30 xx xxxxx de 2020 en representación de la ANSES-FGS. El Xx. Xxxxxxx posee el título de licenciado en economía expedido por la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales. El Xx. Xxxxxxx fue nombrado en diciembre de 2019 como Secretario de PyME en el Ministerio de Desarrollo Productivo.
Xxxxxxxxx Xxxxx (CUIT: 27-00000000-1) nació el 2 de octubre de 1981. Es miembro del Directorio del Banco desde el 27 xx xxxxx de 2018. Anteriormente se desempeñó como Director Titular (2007-2016) y como Director Suplente (2016-2018). Desempeña funciones en el Banco desde mayo de 2005. Asimismo se dempeñó en el sector financiero como Director en el Banco Privado de Inversiones S.A. (2010-2013). La Xxx. Xxxxx posee el título de licenciada en administración de recursos humanos expedido por la Universidad xxx Xxxxxxxx. También actúa como vicepresidente de Mediainvest S.A. y directora de Visora Desarrollos Inmobiliarios
S.A. y de Fiduciaria JHB S.A.
Xxxxx Xxxx Xxxxxx (CUIT: 20-00000000-3) nació el 14 de julio de 1951. Es miembro del Directorio del Banco desde el 26 xx xxxxx de 2016. El Xx. Xxxxxx posee el título de licenciado en economía expedido por la Universidad Católica Argentina y un curso superior en finanzas monetarias y bancarias de la Universidad Católica Argentina. Dentro de la actividad financiera, trabajo en evaluación de proyectos de inversión para la Caja Nacional de Ahorro y Seguro/Consejo Federal de Inversiones (1975-1978). En el Sector Público actuó en el Banco Central de la República Argentina como economista de planta (1980-1981) y Director Titular (1986- 1988) y como Secretario de Hacienda del Ministerio de Economía (1999-2001). En el sector bancario, fue Gerente de Planeamiento del Banco de Crédito Argentino (1981-1986), Director Titular del Banco Sudameris (2001-2002), Presidente Ejecutivo de la Asociación de Bancos de la Argentina (2002-2011), Director Titular de la Federación Latinoamericana de Bancos (2002-2004/2008- 2010), Director Titular de Seguro de Depósitos S.A. (2008-2011), Director Titular de BBVA Consolidar Seguros S.A. (2012-2016), Director Titular xx Xxxxxxxx Arg. Cía. de Seguros (2014-2015), Director Titular de PSA Finance Arg. Cía. Financiera S.A. (2012), Director Titular de Xxxxx Xxx. Financiera S.A. (2012-2016) y Director Titular de BBVA Francés S.A. (2012-2016). A su vez, actuó como asesor de empresas y bancos en las áreas económica y financiera (1989-1999).
Xxxxxxxxx Xxxxx (CUIT 20-00000000-1) nació el 12 xx xxxxx de 1974. Es miembro del Directorio del Banco desde el 30 xx xxxxx de 2021. El Xx. Xxxxx es Licenciado en Economía egresado de la Universidad Torcuato Di Tella y posee el título de International General Certificate of School Education (IGCSE) de la Universidad de Cambridge. Actualmente, ocupa el cargo de CPO - Director de Abastecimiento de Telecom S.A desde agosto de 2016. Anteriormente, se desempeñó en el Banco como asesor de Presidencia desde febrero de 2009 a julio 2010, como Gerente de Banca de Inversiones y Nuevos Proyectos desde julio de 2010 a marzo de 2015 y como Banca de Gobierno desde abril de 2015 a julio de 2016. A su vez, se desempeñó como Presidente de Unión de Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones desde abril 2007 a enero de 2009 y como Director Ejecutivo desde febrero de 2006 x xxxxx de 2007. En el sector público se desempeñó como Subsecretario de Financiamiento del Ministerio de Economía, Secretaría de Finanzas desde mayo de 2003 a noviembre de 2005 y como Jefe de Gabinete de Asesores del Secretario de Finanzas del Ministerio de Economía, Secretaría de Finanzas, desde mayo de 2002 x xxxx de 2003. Asimismo, es miembro del Foro xx Xxxxx Global Leaders desde el 2005 y de la Comunidad Xxxxxxxxxx Fellowships desde el 2008.
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx (CUIT: 20-00000000-3) nació el 18 xx xxxxx de 1972. Es miembro del Directorio del Banco desde el 27 xx xxxx de 2020 nombrado en representación de la ANSES-FGS. El Xx. Xxxxxxxx es Contador Público Nacional egresado de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires. Además, posee un Máster en Administración de Activos Financieros (ESEADE). Desde 2004 hasta 2014 ha sido el Director General de Ideas del Sur, la principal productora de medios de comunicación de Sudamérica. El Xx. Xxxxxxxx fue posteriormente gerente de un grupo de empresas de medios de comunicación. De 2017 a 2020 fue presidente de la Superliga Argentina de Fútbol.
Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx (CUIT: 20-00000000-8) nació el 4 de julio de 1984. Es miembro del Directorio del Banco desde el 26 xx xxxxx de 2016, anteriormente se desempeñó como Director Suplente desde el año 2009 al año 2011. El Xx. Xxxxxxxx posee el título de licenciado en economía empresarial expedido por la Universidad Torcuato Di Tella. Es el vicepresidente de Argenpay
S.A.U. También actúa como director titular de Colbrey S.A., Millsbor Corporation, Havanna S.A. y Havanna Holding S.A. y como director suplente de Xxxxxxx S.A.
Xxxxxx Xxxx (CUIT: 20-00000000-7) nació el 17 xx xxxxx de 1975. Es miembro del Directorio del Banco desde el 30 xx xxxxx de 2020 nombrado en representación de la ANSES-FGS. El Xx. Xxxx posee el título de licenciado en economía expedido por la Universidad de la Plata. El Xx. Xxxx fue nombrado en diciembre de 2019 como Subsecretario de Financiamiento del Ministerio de Economía.
Xxxxxx Xxxxx (CUIT: 20-00000000-8) nació el 5 de octubre de 1982. El Xx. Xxxxx posee el título de Licenciado en Economía Empresarial expedido por la Universidad Torcuato Di Tella. Es miembro del Directorio del Banco. Adicionalmente, es presidente de Comercio Interior S.A., Argenpay SAU y Xxxxx Xxxxxxx S.A. y vicepresidente de Vizora Desarrollos Inmobiliarios S.A. e Inversora Juramento S.A. También actúa como director de Fiduciaria JHB S.A. y como director suplente de Genneia S.A. Xxxxxx Xxxxx desempeña funciones en el Banco desde octubre 2005.
Xxxx Xxxxxxx (CUIT: 20-00000000-9) nació el 13 xx xxxx de 1961. Fue nombrado director suplente el 30 xx xxxxx de 2019. El Xx. Xxxxxxx posee el título de ingeniero industrial expedido por el Instituto Tecnológico de Buenos Aires y tiene un máster en finanzas de la Universidad xx Xxxxxxxx. En la industria financiera, se desempeñó como vicepresidente de Credit Suisse First Boston Corp. y como director gerente de Pampa Management SA También se desempeña como director de Cablevisión Holding S.A., Xxxxxx Asesores S.A. y Naturgy Ban S.A. y como administrador de Consultora Tecnopolítica SAS.
Xxxx Santiago Xxxxxxxxx (CUIT: 20-00000000-1) nació el 14 de enero de 1977. El Xx. Xxxxxxxxx fue elegido director suplente del Banco el 27 xx xxxx de 2020, en representación de la ANSES-FGS. El Xx. Xxxxxxxxx es Licenciado en Economía egresado de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires. Desde el 2012 al 2014 se desempeñó como Vice superintendente en la Superintendencia de Seguros de la Nación y actualmente se desempeña como director de Ternium S.A. Edenor S.A, Distribuidora de Gas Cuyana S.A. y Pampa Energía S.A. y como director suplente de Telecom S.A., Xxxxxx X.X, Transener
S.A. y Edesa Holding S.A.
Alta Gerencia
Los gerentes del Banco supervisan las operaciones del día a día para verificar la ejecución de todos los objetivos generales estratégicos del Banco. La estructura actual prevee un Gerente General que reporta al Directorio y miembros de la Alta Gerencia que reportan a él. Además existen, entre otros, los siguientes comités dentro del Banco, integrados por diferentes directores y funcionarios ejecutivos: el Comité de Auditoría Interna, el Comité de Sistemas, el Comité de Créditos Senior, el Comité de Activos y Pasivos, el Comité de Prevención xx xxxxxx de activos y financiamiento del terrorismo, el Comité de Recupero, el Comité de Gestión de Riesgos, el Comité de Ética y Cumplimiento, el Comité de Nombramientos y Gobierno Societario, el Comité de Incentivos al Personal, el Comité de Crisis y el Comité de Protección al Usuario de Servicios Financieros.
El siguiente cuadro presenta información de los miembros de la Alta Gerencia del Banco a la fecha del presente Prospecto:
Nombre | Cargo | CUIT | Edad |
Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx | Gerente General | 20-20976277-4 | 56 |
Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx | Gerente de Banca Empresas | 20-17725520-4 | 55 |
Xxxxxxx Xxxxxxxx | Gerente de Auditoría Interna | 20-00000000-1 | 61 |
Nombre | Cargo | CUIT | Edad |
Xxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx | Gerente Riesgo Crediticio | 27-14431521-4 | 61 |
Xxxxx Xxxxxxx | Gerente de Banca Comercial | 20-23146870-7 | 48 |
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx | Gerente de Operaciones y Tecnología | 20-18130408-2 | 55 |
Xxxxxxx Xxxxx | Gerente de Legales | 20-22991277-2 | 49 |
Xxxxxxxxx Xxxx | Gerente de Distribución y Ventas | 20-23292193-6 | 49 |
Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx | Gerente de Recursos Humanos y Administración | 23-21454811-9 | 52 |
Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx | Gerente de Finanzas | 20-21645592-5 | 51 |
Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx | Gerente de Banca Gobierno y de Control de Gestión | 20-23849180-1 | 48 |
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx | Gerente de Banca de Inversión | 20-25187800-6 | 46 |
A continuación se presentan breves descripciones biográficas de los miembros de la Alta Gerencia del Banco:
Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx (CUIT: 20-00000000-4) nació el 23 xx xxxxxx de 1969. Es Gerente General y miembro del Comité de Activos y Pasivos, del Comité de Créditos Senior, del Comité de Sistemas, del Comité de Gestión de Riesgos y del Comité de Gestión Estratégica. El Xx. Xxxxxxxxx posee el título de licenciado en administración de empresas de la Universidad xx Xxxxxxxx. El Xx. Xxxxxxxxx posee un posgrado en finanzas de la Universidad del CEMA y ha realizado los Programas de Alta Dirección y Desarrollo Directivo en el IAE. Desempeña funciones en el banco desde Febrero de 2015.
Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx (CUIT: 20-00000000-4) nació el 22 de enero de 1966. Es Gerente de Banca Empresas del Banco y miembro del comité de Créditos Senior. El Xx. Xxxxxxxxx es Licenciado en Administración de empresas egresado de la Universidad Católica Argentina y posee un estudio de especialización en Administración y Gerenciamiento de la Universidad de Harvard. El Xx. Xxxxxxxxx se desempeña en el Banco desde Mayo 2017.
Xxxxxxx Xxxxxxxx (CUIT: 20-00000000-1) nació el 1 de septiembre de 1960. Es el Gerente de Auditoría Interna del Banco desde octubre de 2019 y miembro del Comité de Auditoría Interna. El Xx. Xxxxxxxx posee el título de contador público expedido por la Universidad de Buenos Aires. Desempeña funciones en el Banco desde marzo de 2007 y fue Gerente de Gestión Integral de Riesgo desde marzo de 2009 hasta octubre de 2019.
Xxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx (CUIT: 27-00000000-4) nació el 24 de febrero de 1961. Es Gerente de Riesgo Crediticio y miembro del Comité de Créditos Senior, del Comité de Gestión de Riesgos y del Comité de Recupero Senior. La Xxx. Xxxxxx posee los títulos de contador público, licenciada en economía y licenciada en administración de empresas, expedidos por la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires, y una maestría en administración bancaria expedida por la Universidad del CEMA. La Xxx. Xxxxxx desempeña funciones en el Banco desde diciembre de 1996.
Xxxxx Xxxxxxx (CUIT: 20-00000000-7) nació el 17 xx xxxxx de 1973. Es Gerente de Banca Comercial desde marzo de 2021. El Xx. Xxxxxxx ha ocupado varios cargos en el banco en el pasado, como Gerente de Distribución y Ventas, Recursos Humanos, Control de Gestión y Planificación Estratégica. El Xx. Xxxxxxx es licenciado en administración de negocios egresado de la Universidad CAECE.
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx (CUIT: 20-00000000-2) nació el 9 de enero de 1967. Es Gerente de Operaciones y Tecnología y miembro del Comité de Sistemas y el Comité de Gestión de Riesgos. Anteriormente se desempeño como Gerente de Recursos Humanos desde octubre de 2016. El Xx. Xxxxxx posee los títulos de contador público, licenciado en administración de empresas y licenciado en informática, expedidos por la Universidad de Buenos Aires. Además, posee el título de licenciado en psicología expedido por la Universidad de Ciencias Empresariales y Sociales y realizó una Maestría en Energías Renobables, una en Gestión del Ambiente y una en Neuropsicología Clínica. El Xx. Xxxxxx desempeña funciones en el Banco desde febrero de 1989.
Xxxxxxx Xxxxx (CUIT: 20-00000000-2) nació el 5 de octubre de 1972. Es Gerente de Legales desde diciembre de 2019 y miembro del Comité de Prevención de Operaciones xx Xxxxxx de Activos y Financiamiento del Terrorismo, del Comité de Recupero Senior, del Comité de Ética y Cumplimiento, del Comité de Crédito Senior y del Comité de Protección de los Usuarios de Servicios Financieros. El Xx. Xxxxx posee el título de abogado expedido por la Universidad de Buenos Aires. Asimismo, se desempeña como Director de Argenpay S.A.U.
Xxxxxxxxx Xxxx (CUIT: 20-00000000-6) nació el 2 xx xxxxx de 1973. Es Gerente de Distribución y Ventas. El Xx. Xxxx posee el título de contador público expedido por la Universidad de Buenos Aires y una maestría en Dirección y Administración de Empresas expedida por el IAE (Universidad Austral). El Xx. Xxxx se desempeña en el Banco desde agosto de 2004.
Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx (CUIT: 23-00000000-9) nació el 13 de diciembre de 1969. Es Gerente de Recursos Humanos desde octubre de 2020 y Gerente de Administración desde abril de 2010 y es miembro del Comité de Ética y Cumplimiento. El Xx. Xxxxxxx posee el título de abogado expedido por la Universidad de la Policía Federal Argentina y tiene un posgrado en prevención xx xxxxxx de dinero en la Universidad Torcuato Di Tella. Desempeña funciones en el Banco desde enero de 2006.
Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx (CUIT: 20-00000000-5) nació el 19 xx xxxx de 1970. Es Gerente de Finanzas y miembro del Comité de Activos y Pasivos y del Comité de Gestión de Riesgos del Banco. El Xx. Xxxxxxxx posee el título de Licenciado en Economía expedido
por la Universidad xx Xxxxxxxx, una maestría en finanzas expedida por la Universidad del CEMA y el título de Analista Financiero Certificado del Instituto CFA. El Xx. Xxxxxxxx desempeña funciones en el Banco desde mayo de 2006.
Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx (CUIT: 20-00000000-1) nació el 14 xx xxxxx de 1974. Es Gerente de Gobierno y Control de Gestión desde agosto de 2019 y miembro del Comité de Activos y Pasivos y del Comité de Sistemas. El Xx. Xxxx Xxxxxx posee el título de contador público expedido por la Universidad Argentina de la Empresa (UADE) y posee un MBA de la Universidad Vanderbilt, Tennessee Estados Unidos. El Xx. Xxxxxx se desempeña en el Banco desde Octubre 2017.
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx (CUIT: 20-00000000-6) nació el 11 xx xxxxx de 1976. Es Gerente de Banca de Inversión. El Xx. Xxxxxx posee el título de licenciado en administración de empresas expedido por la Universidad Católica Argentina y un posgrado en finanzas de la Universidad Torcuato Di Tella. Desempeña funciones en el Banco desde diciembre del 2000. Es Presidente de Macro Bank Limited, vicepresidente de Macro Securities S.A. y director de Xxxxx Xxxxxxx S.A.
Comisión Fiscalizadora
Los estatutos del Banco contemplan una Comisión Fiscalizadora integrada por tres síndicos titulares y tres síndicos suplentes con mandato para ejercer durante un ejercicio económico. Conforme a la Ley General de Sociedades, solamente los abogados y contadores públicos habilitados para ejercer la profesión en la Argentina o las sociedades civiles integradas por esas personas, pueden actuar como síndicos en una sociedad anónima o en una sociedad de responsabilidad limitada.
Las principales responsabilidades de la Comisión Fiscalizadora son el control del cumplimiento de la administración en lo que respecta a la Ley General de Sociedades, los estatutos, sus reglamentaciones, si hubiere, las resoluciones de los accionistas, y la realización de otras funciones, incluyendo sin limitación: (i) la asistencia a las asambleas de accionistas y a las reuniones del Directorio; (ii) la convocatoria a asambleas extraordinarias de accionistas cuando se considere necesario, y a asambleas ordinarias y especiales de accionistas cuando no fueran convocadas por el Directorio; y (iii) la investigación de quejas por escrito presentadas por los accionistas. Cuando la Comisión Fiscalizadora realiza estas funciones, no controla las operaciones del Banco ni evalúa los méritos de las decisiones adoptadas por sus directores.
La Comisión Fiscalizadora tiene acceso ilimitado a los libros societarios y demás registros del Banco, y derecho a solicitar toda la información que sea necesaria para el cumplimiento de sus deberes.
El siguiente cuadro presenta cierta información relevante de los miembros de la Comisión Fiscalizadora del Banco a la fecha del presente Prospecto:
Nombre | Cargo | CUIT | Edad | Año de designación | Año de finalización mandato actual |
Xxxxxxxxx Xxxxxxx | Xxxxxxx | 20-12087173-1 | 64 | 2021 | Abril 2022 |
Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx | Síndico | 20-12639275-4 | 63 | 2021 | Abril 2022 |
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx (1) | Síndico | 23-13094253-9 | 63 | 2021 | Abril 2022 |
Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx | Síndico Suplente | 23-11045430-9 | 67 | 2021 | Abril 2022 |
Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx | Síndico Suplente | 20-20218616-6 | 53 | 2021 | Abril 2022 |
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx (1) | Síndico Suplente | 20-10893324-1 | 68 | 2021 | Abril 2022 |
(1) Propuestos por el accionista ANSES-FGS
A continuación se presenta una reseña biográfica de los miembros de la Comisión Fiscalizadora del Banco:
Xxxxxxxxx Xxxxxxx nació el 16 de enero de 1958. El Xx. Xxxxxxx posee el título de contador público expedido por la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires. El Xx. Xxxxxxx es síndico de Macro Securities S.A., Macro Fiducia S.A., Argenpay S.A.U. y Seguros de Depositos S.A. y síndico suplente de Banco de Valores S.A., Empresa de Energía Río Negro S.A. y Opción Seguros S.A. El Xx. Xxxxxxx está matriculado en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires desde 1983.
Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx nació el 16 de septiembre de 1958. El Xx. Xxxxxx posee el título de contador público expedido por la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires. Es síndico en Central Tucumano S.A., Argenpay S.A.U. y Banco de Valores S.A. El Xx. Xxxxxx está matriculado en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires desde 1983.
Xxxxxxx Xxxx nació el 5 xx xxxxx de 1959. El Sr. Fila posee el título de Contadora Pública expedido por la Universidad Nacional de La Plata. El Sr. Fila es también síndico de Central Dique S.A., Nación Seguros S.A., Nación Seguros de Retiro S.A. y Nación Reaseguros S.A.
Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx nació el 7 de julio de 1954. El Xx. Xxxxxx posee los títulos de contador público y licenciado en administración de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires. El Xx. Xxxxxx también cumple funciones de síndico titular en Macro Fondos Sociedad Gerente de Fondos Comunes de Inversión S.A., CRIBA S.A., Ingemática S.A. y Xxxxxxxx y Cía S.A.; y como síndico suplente de Macro Securities S.A., Macro Fiducia S.A., Santa Xxxxxxx S.A., Tikalar S.A.,
BKAR S.A., Culturagro S.A., Otoba S.A., Argenpay S.A.U. y Guadiamar S.A. El Xx. Xxxxxx está matriculado en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires desde 1978.
Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx nació el 21 de julio de 1968. El Xx Xxxxxxxxxx posee el título de contador público expedido por la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires. El Xx. Xxxxxxxxxx también actúa como síndico para Macro Fiducia S.A., Macro Securities S.A, Empresa de Energía Río Negro S.A. y Argenpay S.A.U. Es síndico suplente de Xxxxxxx X.X. El Xx. Xxxxxxxxxx está matriculado en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires desde 1995.
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx nació el 22 de noviembre de 1953. El Xx. Xxxxxxx posee el título de Contador Público expedido por la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires. El Xx. Xxxxxxx también es síndico titular de Tandanor SAIC y Ferrosur Roca, y síndico suplente de Distribuidora de Gas Cuyana S.A. y Corporación Antiguo Puerto Xxxxxx S.A.
Comité de Auditoría
A la fecha del presente Prospecto, el Comité de Auditoría del Banco está integrado por tres directores Xxxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxx, Xxxxx Xxxx Xxxxxx y Xxxxxxxxx Xxxxx.
Según establece la Xxx xx Xxxxxxx de Capitales, el Comité de Auditoría del Banco es responsable del cumplimiento de las obligaciones dentro de sus facultades, incluyendo entre otras las siguientes: (i) la emisión de un dictamen respecto de las propuestas del Directorio sobre la designación de los auditores externos del Banco y el control de su carácter de independencia; (ii) la supervisión del correcto cumplimiento de los sistemas de control interno y contables del Banco; (iii) la supervisión de la observancia de las políticas con respecto a la información sobre la gestión de riesgos del Banco; y (iv) la emisión de un dictamen con respecto a las operaciones entre Partes Relacionadas (tal como se define en el presente Prospecto) u otras operaciones que pueden provocar conflictos de interés.
Independencia de los miembros del Directorio y de la Comisión Fiscalizadora
Con respecto a los miembros del Directorio y de la Comisión Fiscalizadora de una sociedad bajo el régimen de oferta pública, como lo es el Banco, debe informarse a la CNV, dentro xx xxxx días hábiles desde su designación, si los mismos revisten o no el carácter de “independiente”. Siendo el Banco entidad emisora bajo las Normas de la CNV y de la Securities and Exchange Commission de los Estados Unidos (la “SEC”), le es aplicable los criterios de independencia establecidos en las mismas.
El director que, con posterioridad a su designación, pierda la condición de independiente bajo las normas mencionadas, deberá ponerlo de manifiesto en forma inmediata a la emisora, la cual deberá comunicarlo a la Comisión y al o los mercados autorizados donde aquélla liste sus valores negociables inmediatamente de ocurrido el hecho o de llegado éste a su conocimiento.
A la fecha del presente Prospecto, los directores Xxxxx Xxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxx, Xxxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxx, Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxx Xxxx, Xxxx Santiago Xxxxxxxxx y Xxxx Xxxxxxx, califican como miembros independientes del directorio bajo los criterios citados.
De conformidad con la Xxx xx Xxxxxxx de Capitales, todos los miembros de la Comisión Fiscalizadora de las sociedades comprendidas en el régimen de oferta pública deben revestir el carácter de independiente.
A su vez, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o “CPCECABA” también establece requisitos sobre la independencia de contadores públicos que actúan como miembros de la Comisión Fiscalizadora. Conforme a regulaciones emitidas por el CPCECABA y la CNV, los síndicos deben ser independientes de la compañía que fiscalizan. Un síndico no se considerará independiente si: (i) es dueño, socio, director, administrador, gerente o empleado de la compañía o se relaciona económicamente con dichas entidades; o (ii) es cónyuge o pariente (colateral hasta cuarto grado), o se relaciona por afiliación de hasta segundo grado, a uno de los dueños, socios, director, administrador o gerente; (iii) es accionista, deudor, acreedor o garante de la compañía o entidades económicamente relacionadas, representando un monto significativo en comparación con su propio patrimonio o el patrimonio neto de la compañía; (iv) posee un monto significativo de interés en la compañía o entidades económicamente relacionadas (o ha tenido tal interés durante el período fiscalizado); (v) si la remuneración depende de, o es contingente con las conclusiones o resultados de sus trabajos de fiscalización; (vi) si la remuneración acordada depende de los resultados de operación de la compañía.
A la fecha del presente Prospecto, Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx y Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx califican como miembros independientes de la Comisión Fiscalizadora bajo los parámetros mencionados.
Asesores
El principal asesor legal con el cual la Emisora mantiene una relación continua es Xxxxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxx & Xxxxxxxx, con domicilio en Xxx. Xxxxx 000, Xxxx 00 (X0000XXX), Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. El Estudio Xxxxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxx & Xxxxxxxx asesora legalmente a la Emisora en la creación del Programa y la emisión de las Obligaciones Negociables.
El asesor impositivo del Banco para la Argentina es el Estudio Xxxxx Xxxx-Xxxxxx-Xxxxxxx sito en 00 xx Xxxx 000, 00x xxxx, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxx.
Auditores
Los auditores de los últimos tres (3) ejercicios anuales del Banco fueron los siguientes:
Balance al | Firmado por | CUIT | Estudio | Domicilio | Matrícula | |||||
31 de diciembre de 2019 | Xxxxxx X. Xxxxxxx | 20-17802096-0 | Xxxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxx y Asociados S.R.L. (firma miembro de Ernst & Young Global) | 00 xx xxxx 000, Xxxxxx Xxxxx | C.P.C.E.C.A.B.A. T°192 F°110 | |||||
31 de diciembre de 2020 | Xxxxxx X. Xxxxxxx | 20-17802096-0 | Xxxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxx y Asociados S.R.L. (firma miembro de Ernst & Young Global) | 00 xx xxxx 000, Xxxxxx Xxxxx | C.P.C.E.C.A.B.A. T°192 F°110 | |||||
31 de diciembre de 2021 | Xxxxxxxx X. Xxxxxxxx | 20-26822478-6 | Xxxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxx y Asociados S.R.L. (firma miembro de Ernst & Young Global) | 00 xx xxxx 000, Xxxxxx Xxxxx | C.P.C.E.C.A.B.A. T°287 F°155 |
El auditor con mandato vigente para llevar a cabo la auditoría del Banco es:
Auditor | CUIT | Estudio | Domicilio | Matrícula | ||||
Xxxxxxxx X. Xxxxxxxx | 20-26822478-6 | Xxxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxx y Asociados S.R.L. (firma miembro de Ernst & Young Global) | 00 xx xxxx 000, Xxxxxx Xxxxx | C.P.C.E.C.A.B.A. T°287 F°155 |
El auditor suplente es:
Auditor | CUIT | Estudio | Domicilio | Matrícula | ||||
Xxxxx X. Xxxxxx | 20-16171094-7 | Xxxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxx y Asociados S.R.L. (firma miembro de Ernst & Young Global) | 00 xx xxxx 000, Xxxxxx Xxxxx | C.P.C.E.C.A.B.A. T°164 F°23 |
Los miembros integrantes de las firmas auditoras se encuentran matriculados en el CPCECABA.
Este resumen detalla información importante sobre este Programa y está condicionado en su totalidad y se encuentra sujeto a la información detallada incluida en otros capítulos del presente Prospecto. Se recomienda leer este Prospecto en su totalidad. También deberán revisar el respectivo Suplemento de Precio para obtener mayor información sobre la Clase o Serie en particular de Obligaciones Negociables que consideren comprar, ya que los términos y condiciones específicos de las Obligaciones Negociables de la Clase y/o Serie complementarán estos términos y condiciones generales con respecto a las Obligaciones Negociables de la Clase y/o Serie en cuestión. Los complementos a los términos y condiciones generales del presente Programa, que de ningún modo podrán contradecir los términos y condiciones del mismo, serán establecidos en cada Suplemento de Precio y serán realizados en beneficio de los inversores, Adicionalmente, los supuestos previstos en el presente Programa sólo podrán ser ampliados en los respectivos Suplementos de Precios en beneficio de los inversores.
Emisor | Banco Macro S.A. |
Organizador | La Emisora podrá designar uno o más organizadores en relación con una Clase y/o Serie de Obligaciones Negociables que se emita bajo el Programa, de acuerdo con lo que sobre el particular indique el Suplemento de Precio correspondiente a cada Clase y/o Serie. |
Colocadores | Los colocadores que pudieran indicarse en el respectivo Suplemento de Precio correspondiente a cada Clase y/o Serie de Obligaciones Negociables. |
Monto del Programa | El Banco podrá emitir Obligaciones Negociables por un valor nominal total de hasta US$ 1.500.000.000 (o su equivalente en otras monedas y/o unidades monetarias, de medida o de valor) en cualquier momento en circulación. |
Duración del Programa | El Programa tendrá una duración de 5 años desde la autorización del Directorio de la CNV descripta en la portada de este Prospecto. |
Emisión en Clases | Salvo que se especifique lo contrario en el respectivo Suplemento de Precio, el Banco emitirá Obligaciones Negociables en clases en virtud de un Contrato de Fideicomiso (tal como dicho término se define más adelante). Dentro de cada Clase, el Banco podrá emitir Series de Obligaciones Negociables, sujeto a términos idénticos a los de las demás Series de dicha Clase, salvo la fecha de emisión, el precio de emisión, las leyendas de circulación restringida y la fecha de pago de intereses inicial, condiciones que podrán variar. El Banco determinará los términos específicos de cada Clase y/o Serie en un Suplemento de Precio y/o en cada contrato de fideicomiso (indenture) que se celebre de acuerdo con la estructura específica de la transacción de que se trate, que suplemente estos términos y condiciones. Podrán reemitirse nuevas Clases y/o Series que se amorticen dentro de los plazos previstos en este Programa, siempre que el monto de capital de las Clases y/o Series que se encuentren en circulación dentro del Programa no supere el monto total máximo de US$ 1.500.000.000 (o su equivalente en otras monedas y/o unidades monetarias, de medida o de valor). |
Rango | Las Obligaciones Negociables emitidas en este Programa revestirán tal carácter según la ley argentina y serán emitidas siguiendo todos los requerimientos de la Ley de Obligaciones Negociables y las demás leyes y reglamentaciones argentinas aplicables, cumpliendo con todos sus términos. |
Salvo que se especifique lo contrario en el respectivo Suplemento de Precio, las Obligaciones Negociables constituirán obligaciones simples, incondicionales y no subordinadas del Banco, con garantía común sobre su patrimonio, y en todo momento tendrán al menos igual prioridad de pago que toda su otra deuda no garantizada y no subordinada, presente y futura (salvo las obligaciones que gozan de preferencia por ley o de puro derecho). | |
Si así lo especificara el respectivo Suplemento de Precio, el Banco podrá emitir Obligaciones Negociables subordinadas, en los términos que permita la normativa aplicable del Banco Central, que estarán en todo momento sujetas al pago de su deuda garantizada y, en tanto allí se establezca en tal sentido, parte de su deuda no garantizada y no subordinada (así como las obligaciones que gocen de preferencia por ley o de puro derecho). La Ley de Entidades Financieras prevé que en caso de liquidación judicial o insolvencia, todos los depositantes, sin importar la clase, cantidad depositada o moneda en la cual se efectuó el depósito, o si son individuos o personas jurídicas, tendrán prioridad sobre cualquier otro acreedor del Banco (incluyendo los tenedores de Obligaciones Negociables emitidas bajo este |
Programa), salvo con respecto a ciertos acreedores laborales y ciertos acreedores garantizados. En virtud del artículo 29 de la Ley de Obligaciones Negociables, en caso de incumplimiento por parte del Banco en el pago de cualquier monto exigible bajo un Título, quienes detenten un certificado emitido por un sistema de compensación que acredite su participación en un Título global, tendrán derecho a iniciar una acción ejecutiva en Argentina para recobrar el pago de dicho monto. A tal efecto, cualquier depositario común puede emitir un certificado de saldo de cuenta con el objeto de permitir al tenedor de cualquier Título iniciar el procedimiento ejecutivo, a cuyos efectos el mencionado Título cartular constituirá prueba suficiente, sin necesidad de ninguna otra autenticación o requisito. | |
Precio de Emisión | Las Obligaciones Negociables podrán emitirse a su valor nominal o con descuento o prima sobre su valor nominal, según se especifique en el Suplemento de Precio correspondiente. El precio de emisión será acordado entre el Banco y los correspondientes Colocadores en oportunidad de cada emisión, según se especifique en el Suplemento de Precio correspondiente. |
Agente de Registro, Transferencia y/o de Pago Fiduciario Denominación de las Obligaciones Negociables | La Emisora podrá designar uno o más agentes de registro, transferencia y/o de pago de las Obligaciones Negociables de acuerdo con lo que indique el Suplemento de Precio de la Clase y/o Serie respectiva. De acuerdo con lo que sobre el particular indique el Suplemento de Precio correspondiente a una Clase y/o Serie, se podrá designar un fiduciario, trustee o figura similar que actuará en beneficio de los intereses colectivos de los tenedores de las Obligaciones Negociables de dicha Clase y/o Serie, y que tendrá aquellos derechos y obligaciones que surjan del contrato de fideicomiso o “indenture” respectivo. El Banco podrá emitir Obligaciones Negociables en Pesos, Dólares Estadounidenses y/o cualquier otra moneda y/o en toda otra unidad monetaria que se determine y sea autorizada por la CNV según especifique el respectivo Suplemento de Precio, sujeto al cumplimiento de todos los requisitos legales o reglamentarios aplicables a la emisión en dicha moneda o unidad monetaria, incluso, sin que ello implique limitación alguna, podrán emitirse Obligaciones Negociables cuyo valor nominal esté determinado en una moneda o unidad monetaria, el cual se podrá convertir durante la vigencia de la Obligación Negociable a otra moneda o unidad monetaria según un tipo de cambio aplicable que se indique en el Suplemento de Precio, y luego el capital y/o los intereses y/o los Montos Adicionales (tal como dicho término se define más adelante) y/o cualquier otra suma a ser abonada bajo dichas Obligaciones Negociables pueda ser pagada a su tenedor en alguna de dichas monedas o en cualquier otra moneda o unidad monetaria, según se especifique en el Suplemento de Precio aplicable Asimismo, las Obligaciones Negociables podrán estar denominadas en unidades de medida o de valor, tales como unidades ajustables por índices, coeficientes y/o fórmulas, incluyendo pero no limitándose a Unidades de Vivienda actualizables por el Índice del Costo de la Construcción (“ICC”) en el Gran Buenos Aires, en virtud de la Ley N° 27.271 (“UVI”) o en Unidades de Valor Adquisitivo, actualizables por el Coeficiente de Estabilización de Referencia (“CER”), en virtud de la Ley N° 25.827 y de conformidad con lo dispuesto por el Decreto de Necesidad y Urgencia N°146/2017 del Poder Ejecutivo Nacional (“UVA”) y/o en toda otra unidad monetaria, de medida o de valor que se determine en el Suplemento de Precio correspondiente y que sea autorizada por la normativa aplicable. A su vez, las distintas clases o series de Obligaciones Negociables podrán estar denominadas en más de una moneda o unidad de medida o de valor, según se especifique en el Suplemento de Precio aplicable. Siempre y cuando lo permitan las normas aplicables, podrán emitirse Obligaciones Negociables cuyo capital sea ajustable por los índices y/o procedimientos que se especifiquen en el Suplemento de Precio correspondiente. Adicionalmente, podrán emitirse Obligaciones Negociables con su capital, intereses y/u otros montos adeudados bajo las mismas, pagaderos en una o más monedas distintas de la moneda, unidad monetaria, de medida o de valor en que se denominan, según se especifique en el Suplemento de Precio correspondiente, con el alcance permitido por las normas aplicables |
Vencimientos | El Banco podrá emitir Obligaciones Negociables con vencimientos de no menos de 30 días desde la fecha de emisión, según se detalle en el respectivo Suplemento de Precio. |
Plazo de Amortización | El plazo de amortización de las Obligaciones Negociables será de no menos de treinta (30) días contados desde la fecha de emisión, según se establezca en cada emisión y en cada caso sujeto a las leyes y reglamentaciones aplicables. |
Intereses | Las Obligaciones Negociables podrán devengar intereses a una tasa fija, o con un margen por sobre o por debajo de una tasa variable y/o o con un margen por sobre o por debajo de una tasa variable determinada por referencia a una base de tasa de interés incluidas las Tasas de Referencia (conforme dicho término se define más adelante), las tasas xxx Xxxxxx estadounidense o cualquier otra tasa base, según el Banco detallará en el respectivo Suplemento de Precio y de acuerdo a lo establecido por las leyes y regulaciones aplicables argentinas. El Banco también podrá emitir Obligaciones Negociables que no devenguen intereses y/o que devenguen intereses sobre la base de cualquier otro método o sujetos a la evolución de un activo financiero o una combinación de tales condiciones, según pudiera especificar el respectivo Suplemento de Precio. |
Rescate | El respectivo Suplemento de Precio podrá disponer que las Obligaciones Negociables de una Clase sean rescatadas en forma total o parcial a opción del Banco y/o a opción de los tenedores, al precio o a los precios especificados en el Suplemento de Precio aplicable. El rescate parcial será realizado a pro-rata entre los tenedores. A tales efectos el Banco respetará trato igualitario entre los inversores. |
Rescate por cuestiones impositivas | Las Obligaciones Negociables podrán ser rescatadas por el Banco en su totalidad, no en forma parcial, a un precio igual al 100% del valor nominal más intereses devengados e impagos en caso de ocurrir ciertos acontecimientos fiscales en Argentina. A tales efectos el Banco respetará trato igualitario entre los inversores. Véase “Descripción de las Obligaciones Negociables – Rescate y compra - Rescate por cuestiones impositivas”. |
Destino de los Fondos | El Banco empleará el producido neto, si hubiera, proveniente de la emisión de Obligaciones Negociables en el marco de este Programa cumpliendo los requisitos del artículo 36 de la Ley de Obligaciones Negociables (según la misma ha sido modificada), la Comunicación “A” 3046 del Banco Central, modificada y suplementada por la Comunicación “A” 5390 y la Comunicación “A” 6301, tal como la misma fuera modificada y complementada, del Banco Central y demás reglamentaciones aplicables conforme se especifique en el Suplemento de Precio pertinente, que limitan el uso de tales fondos a ciertos fines, entre otros, otorgar préstamos de acuerdo a las normas del Banco Central, capital de trabajo e inversión en activos físicos ubicados en Argentina, Véase “Razones para la oferta y Destino de los Fondos”. |
Retenciones Fiscales; Montos Adicionales | El Banco realizará los pagos respecto de Obligaciones Negociables sin retención o deducción de impuestos u otras cargas públicas fijadas por Argentina, o cualquier subdivisión política o autoridad fiscal de tal jurisdicción. En caso de que la ley exija practicar tales retenciones o deducciones, el Banco, sujeto a ciertas excepciones, pagará los montos adicionales necesarios para que los tenedores reciban el mismo monto que hubieran recibido respecto de pagos sobre las Obligaciones Negociables de no haberse practicado tales retenciones o deducciones, Véase “Descripción de las Obligaciones Negociables – Montos adicionales”. |
Denominaciones | El Banco emitirá Obligaciones Negociables en las denominaciones mínimas establecidas por el Banco Central y en otras denominaciones especificadas en el respectivo Suplemento de Precio. De conformidad con las normas del Banco Central y de la CNV, las entidades financieras no pueden emitir valores negociables con oferta pública con denominaciones inferiores a Ps.1.000.000.- o su equivalente en otras monedas y/o unidades monetarias, de medida o de valor. |
Forma | Salvo que la ley aplicable y el Suplemento de Precio correspondiente permitan lo contrario, las Obligaciones Negociables serán emitidas en forma de títulos nominativos sin cupones de interés (las “Obligaciones Negociables Nominativas”). Las Obligaciones Negociables podrán ser ofrecidas en Estados Unidos a compradores institucionales calificados en base a la Norma 144A según la Ley de Títulos Valores Estadounidense y estarán representadas por una o más Obligaciones Negociables globales de la Norma 144A. Las Obligaciones Negociables podrán ser ofrecidas fuera de los Estados Unidos a personas no estadounidenses en base a la Regulación S y estarán representadas por una o más Obligaciones Negociables globales de la Regulación S. |
Restricciones a la Transferencia | Excepto lo dispuesto en la sección “Descripción de las Obligaciones Negociables – Derechos de registro”, el Banco no registrará las Obligaciones Negociables en los términos de la Ley |
de Títulos Valores Estadounidense, por lo que no podrán ser transferidas salvo en cumplimiento de ciertas restricciones sobre transferencias. | |
Derechos de Registro | De así especificarlo el respectivo Suplemento de Precio, el Banco podrá otorgar derechos de registro a los tenedores de una Clase de Obligaciones Negociables. |
De acuerdo a lo que se establezca en el respectivo Contrato de Derechos de Registro, el Banco podrá acordar presentar ante la Securities and Exchange Commission de los Estados Unidos (la “SEC”) y emplear sus mejores esfuerzos razonables para obtener la aprobación de una solicitud de autorización de oferta de canje de las respectivas Obligaciones Negociables (las “Obligaciones Negociables de Canje”), sustancialmente con iguales términos (pero sin restricciones sobre transferencias y ciertos otros términos sobre aumento de intereses, según se describe más adelante). Al aprobarse una solicitud de autorización de oferta de canje, el Banco ofrecería a los tenedores de tales Obligaciones Negociables que puedan efectuar ciertas declaraciones la oportunidad de canjear sus Obligaciones Negociables por un valor nominal igual de Obligaciones Negociables de Canje. En ciertas circunstancias, el Banco podrá estar obligado en cambio a presentar una solicitud de autorización de oferta para cubrir ventas de Obligaciones Negociables por parte de los tenedores. De no presentarse u obtenerse la aprobación de la solicitud de autorización de oferta de canje o llevarse a cabo la oferta de canje o, de ser requerido, de no presentarse u obtenerse la aprobación de la solicitud de autorización de oferta pública, dentro de los plazos especificados en el respectivo Suplemento de Precio, ello podría originar un aumento de la tasa de interés pagada por las respectivas Obligaciones Negociables de conformidad con lo que se estipule en el respectivo Suplemento de Precio. Véase “Descripción de las Obligaciones Negociables – Derechos de registro”. | |
Listado y Negociación | El Banco solicitará la autorización para el listado y la negociación de las Obligaciones Negociables en mercados de valores autorizados por la CNV y/o en bolsas o mercados extranjeros todo ello con sujeción a todas las leyes y reglamentaciones locales y extranjeras que resultaren de aplicación a tales efectos de acuerdo a lo que se determine en el correspondiente Suplemento de Precio, incluyendo el BYMA, el MAE o en la Bolsa de Valores de Luxemburgo para su negociación en el mercado Euro MTF, el mercado alternativo de la Bolsa de Valores de Luxemburgo. |
Ley Aplicable | La Ley de Obligaciones Negociables establece los requisitos para que las Obligaciones Negociables revistan tal carácter y las leyes y reglamentaciones argentinas regirán la capacidad y autoridad societaria del Banco para crear este Programa y ofrecer las Obligaciones Negociables en Argentina y para celebrar y otorgar las Obligaciones Negociables, y los requisitos necesarios para la celebración de asambleas de tenedores de las Obligaciones Negociables. Salvo que se establezca lo contrario en el Suplemento de Precio aplicable, todas las demás cuestiones respecto de cada contrato de fideicomiso y las Obligaciones Negociables se regirán y serán interpretadas de acuerdo con las leyes del Estado de Nueva York. |
Colocación de las Obligaciones Negociables en Argentina | La colocación de Obligaciones Negociables en Argentina tendrá lugar de acuerdo con las disposiciones establecidas en la Ley de Mercados de Capitales y las normas aplicables de la CNV, a través de los siguientes actos, pudiendo incluir entre otros a opción del Banco: (i) la publicación de un resumen de los términos de este Prospecto y el Suplemento de Precio aplicable en el boletín diario de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (la “BCBA”) en virtud del ejercicio de la facultad delegada por el BYMA a la BCBA, conforme lo dispuesto por la Resolución Nº 18.629 de la CNV (el “Boletín de la BCBA”); (ii) la distribución de este Prospecto, un prospecto resumido del presente Prospecto y/o el Suplemento de Precio aplicable al público en Argentina; (iii) road shows en Argentina para potenciales inversores; (iv) distribución por medios electrónicos de este Prospecto, un prospecto resumido del presente Prospecto y/o el Suplemento de Precio aplicable, y/o (v) conferencias telefónicas con potenciales inversores en Argentina. Cada Suplemento de Precio incluirá detalles específicos de los esfuerzos a realizar para la oferta pública de conformidad con las leyes argentinas, según se menciona anteriormente, en relación con cada emisión de títulos. |
Factores de Riesgo | Véase la sección “Factores de Riesgo” en el presente Prospecto y el Suplemento de Precio aplicable, para obtener una descripción de los principales riesgos involucrados en la inversión en las Obligaciones Negociables. |
RAZONES PARA LA OFERTA Y DESTINO DE LOS FONDOS
El Banco utilizará el producido neto proveniente de la emisión de Obligaciones Negociables en el marco de este Programa en cumplimiento de los requisitos del Artículo 36 de la Ley de Obligaciones Negociables, la Comunicación “A” 3046 del Banco Central, modificada y suplementada por la Comunicación “A” 5390 y la Comunicación “A” 6301, con sus reformas, y las demás regulaciones aplicables, según especifique el respectivo Suplemento de Precio, y entre otros para los siguientes propósitos: inversiones en activos físicos y bienes de capital situados en el país, adquisición de fondos de comercio situados en el país, integración de capital de trabajo en el país, refinanciación de pasivos, integración de aportes de capital en sociedades controladas o vinculadas a la sociedad emisora, adquisición de participaciones sociales y/o financiamiento del giro comercial de su negocio, cuyo producido se aplique exclusivamente a los destinos antes especificados y/o otorgar préstamos de acuerdo con las normas del Banco Central, si dichos préstamos son utilizados con los fines mencionados anteriormente.
Mientras no se les dé uso, los eventuales fondos obtenidos podrán ser invertidos en títulos públicos e inversiones de corto plazo.
FACTORES DE RIESGO
Los posibles compradores de las Obligaciones Negociables descriptas en el presente, deberán leer cuidadosamente la totalidad de este Prospecto y el Suplemento de Precio pertinente. Entre otras cosas, los posibles compradores deberán tomar en cuenta y evaluar, a la luz de sus propias circunstancias financieras y objetivos de inversión, los factores de riesgo que se especifican a continuación.
La inversión en las Obligaciones Negociables implica riesgos. Antes de decidir comprar Obligaciones Negociables, deberán considerar cuidadosamente los riesgos descriptos más adelante y la demás información incluida en el respectivo Suplemento de Precio y en este Prospecto.
RIESGOS RELACIONADOS CON LA ARGENTINA
El negocio del Banco depende, en gran medida, de las condiciones económicas, sociales y políticas en Argentina
Una parte sustancial de las operaciones, propiedades y clientes del Banco están ubicados en Argentina. En consecuencia, el negocio del Banco depende, en gran medida, de las condiciones económicas, sociales y políticas que prevalecen en la Argentina, incluyendo, sin limitación: (i) la demanda internacional y los precios de exportaciones de commodities de Argentina; (ii) la competitividad y la eficiencia de las industrias y servicios nacionales; (iii) la estabilidad y competitividad del Peso frente a monedas extranjeras; (iv) la inversión y el financiamiento externo y nacional; (v) el nivel de las reservas internacionales en el Banco Central que puede causar cambios abruptos en los valores de las divisas y regulaciones cambiarias y de control de capitales; (vi) tasas de interés, inflación, controles de precios y salarios; (vii) efectos de la actual pandemia del COVID-19 y los resultados de las medidas adoptadas por el gobierno argentino en respuesta a ello; (viii) cambios en las políticas económicas o fiscales implementadas por el gobierno argentino;
(ix) conflictos laborales y huelgas; (x) el nivel de gastos del gobierno nacional y la capacidad de sostener el equilibrio fiscal; (xi) el nivel de desempleo, inestabilidad política y tensiones sociales.
La evolución de las condiciones económicas, políticas, regulatorias y sociales en Argentina así como las medidas adoptadas por el gobierno nacional han tenido y se prevé que continuarán teniendo un impacto significativo sobre el negocio, los resultados de las operaciones y la situación financiera del Banco. En el pasado, el gobierno argentino ha tenido intervención directa en la economía y en las operaciones del sector privado y las empresas, limitando ciertos aspectos del negocio del sector privado, fijando niveles de salarios mínimos y beneficios obligatorios para los trabajadores. Los empleadores, tanto en el sector público como privado, también han experimentado presiones intensas de su personal, o de los sindicatos que los representan, exigiendo aumentos salariales y ciertos beneficios para los trabajadores, dadas las altas tasas de inflación.
No es posible predecir el impacto de algunas medidas que el gobierno nacional ha adoptado o podrá adoptar en el futuro o si dichas medidas tendrán los efectos perseguidos. La incertidumbre con respecto a las políticas de gobierno podrá conducir a una volatilidad adicional en las cotizaciones bursátiles de Argentina. Asimismo, el Banco no puede asegurar que las actuales políticas que se aplican a los bancos no serán modificadas en el futuro.
Adicionalmente, la economía argentina ha experimentado gran volatilidad durante las últimas décadas, caracterizada por períodos de crecimiento bajo o negativo del PBI, altos niveles de inflación y depreciación y devaluación de la moneda.
El Banco no puede garantizar que la economía argentina crecerá de manera sustentable. Si las condiciones económicas en Argentina se deterioraran, o persistiera una contracción en la economía, si la inflación se acelerara aún más o si las medidas del gobierno nacional tendientes a atraer o retener las inversiones extranjeras y la financiación internacional no tuvieran un resultado exitoso, dichos acontecimientos podrían afectar adversamente el crecimiento económico de Argentina y, a su vez, la situación financiera y los resultados de las operaciones del Banco.
La economía argentina podría verse adversamente afectada por acontecimientos económicos y políticos en otros países.
La economía Argentina continua vulnerable a shocks externos que pueden ser provocados por acontecimientos adversos regionales o mundiales. La inestabilidad económica global, como la incertidumbre acerca de políticas comerciales globales, el deterioro de las condiciones económicas de alguno de los principales socios comerciales de Argentina (entre ellos, Brasil, la Unión Europea, China y Estados Unidos), las tensiones geopolíticas entre los Estados Unidos y un número de países extranjeros, las tensiones entre Rusia y Ucrania, disonancias de idiosincrasia, políticas y sociales, ataques terroristas, enfermedades pandémicas, podrían tener un efecto adverso significativo en la balanza comercial de Argentina y afectar negativamente la economía nacional.
Asimismo, las crisis sanitarias – como la derivada de la pandemia COVID-19 – pueden exacerbar riesgos políticos, sociales, económicos, xx xxxxxxx y financieros preexistentes y podrían afectar y continuar afectando negativamente a la economía global, así como a las economías de países individuales, el desempeño financiero de empresas y sectores, y a los mercados en general de maneras significativas e imprevistas.
El 24 de febrero de 2022, el gobierno ruso anunció el inicio de una "operación militar especial" que comenzó con una invasión sobre el territorio de Ucrania. De este modo, se creó un conflicto bélico de gran magnitud entre ambos países que, al día xx xxx, sigue intensificándose. Como respuesta a la invasión, la comunidad internacional ha aplicado fuertes sanciones contra sectores de la economía, empresas, personas, asociaciones deportivas y culturales de Rusia. Muchos países han anunciado el cierre del espacio aéreo a los aviones con bandera rusa. Asimismo, organizaciones no gubernamentales y empresas multinacionales han anunciado
desinversiones o desvinculaciones con contrapartes rusas. Aunque Rusia afirma estar preparada para hacer frente a estas sanciones, el rublo ha perdido cerca de un tercio de su valor desde el comienzo de la invasión, se han introducido controles de cambio y restricciones al comercio de títulos valores y se prevé una fuerte caída en todos los sectores de la economía. El desarrollo del conflicto militar, así como su expansión a otras regiones o la incorporación de nuevos participantes y los efectos de las sanciones a Rusia podrían tener un impacto negativo en la economía europea (incluyendo, especialmente, el aumento de los valores de energía) y, en consecuencia, repercutir negativamente en la economía mundial. A la fecha del presente Prospecto, se están llevando a cabo negociaciones entre ambos países en Estambul, Turquía. Sin embargo, hasta el día de la fecha, las mismas no han sido fructíferas y es incierto el desenlace que tendrá el conflicto y su potencial impacto en la economía mundial.
Aunque las condiciones económicas varían de un país a otro, las percepciones de los inversores sobre los acontecimientos que ocurren en otros países han afectado sustancialmente, y pueden seguir haciéndolo, los flujos de capital y las inversiones en valores de emisores de otros países, incluida Argentina.
La crisis económica y financiera global, la debilidad general de la economía mundial y la inestabilidad del sistema financiero internacional afectan negativamente a las economías de mercados emergentes, como es el caso de la economía de Argentina. Si las condiciones internacionales y locales para Argentina empeoraran, la economía argentina podría verse negativamente afectada como resultado de una menor demanda internacional y menores precios para sus productos y servicios, menores ingresos de capitales y mayor aversión al riesgo, lo que también podría afectar negativamente los negocios, los resultados de las operaciones, la situación financiera y los flujos de efectivo del Banco.
El Banco no puede asegurar que los acontecimientos en otros mercados no afecten las condiciones macroeconómicas, políticas o sociales de Argentina y, en consecuencia, el negocio, los resultados de las operaciones y la situación financiera del Banco.
La capacidad de Argentina de obtener financiamientos en los mercados internacionales podría ser limitada o costosa, lo que podría afectar la capacidad del país de realizar e implementar reformas y políticas públicas e impulsar el crecimiento económico.
En los últimos años, la República Argentina ha experimentado dificultades financieras que condujeron a dificultades para el pago de su deuda soberana.
Durante el 2020, el gobierno nacional llevó a cabo negociaciones con acreedores de Argentina para restaurar la sostenibilidad de su deuda pública externa. En agosto de 2020, el gobierno nacional reestructuró sus bonos globales en moneda extranjera emitidos bajo ley extranjera por un monto aproximado de US$ 66.500 millones, canjeando dichos instrumentos por nuevos bonos.
Asimismo, Argentina llegó a un acuerdo con miembros del Club de París en el marco del Acuerdo de Conciliación del Club de París de 2014 a los fines de extender la fecha de vencimiento de sus obligaciones hasta el mes xx xxxxx de 2022. Asimismo, el gobierno nacional inició gestiones con el Fondo Monetario Internacional (el "FMI") con el propósito de renegociar los vencimientos de capital del Acuerdo de Stand-By, previstos originalmente para los años 2021, 2022 y 2023, como consecuencia de los US$ 44.100 millones desembolsados entre 2018 y 2019. El 00 xx xxxxx xx 0000 xx xxxxxxxx xxxxxxxxx llegó a un acuerdo con el Club de París para una nueva extensión del entendimiento alcanzado en junio del 2021.
El 28 de enero de 2022, el gobierno nacional anunció que había alcanzado un acuerdo con el FMI respecto de las cuestiones más relevantes del mismo. El 3 xx xxxxx de 2022, el gobierno argentino y el FMI anunciaron haber llegado a un acuerdo a nivel del personal técnico. El acuerdo se basa en lo que se conoce como servicio ampliado del FMI, que incluye 10 revisiones que se realizan de manera trimestral durante dos años y medio. El primer desembolso se realizará luego de la aprobación del programa por parte del directorio del FMI. El resto de los desembolsos se hará luego de cada revisión. El repago de cada desembolso es de 10 años, con un periodo xx xxxxxx de 4 años y medio, comenzando a pagar la deuda a partir de 2026 y hasta 2034.
El programa busca resolver el problema de la alta inflación a través de la reducción del financiamiento monetario del déficit fiscal y un marco de política monetaria que genera tasas intereses reales positivas; mejorar las finanzas públicas a través de la progresividad, eficiencia y cumplimiento tributario; y fortalecer la balanza de pagos de Argentina a través de políticas que estimulen la acumulación de reservas, las exportaciones netas y que mantengan un tipo de cambio efectivo real competitivo.
El 11 xx xxxxx de 2022 el programa fue aprobado en la Cámara de Diputados del Congreso de la Nación y el 17 xx xxxxx de 2022 fue aprobado por la Cámara de Senadores del Congreso de la Nación a través de la Ley N° 27.668, siendo promulgada por medio del Decreto N° 130/22. El 19 xx Xxxxx de 2022, el FMI informo que el Directorio abordaría el tema el 25 xx xxxxx de 2022 y que combinarían las obligaciones de pago de Argentina con vencimiento el 21 y el 22 xx xxxxx en una sola recompra a ocurrir con anterioridad al 31 xx xxxxx, evitando que Argentina entre en default antes de la reunión del Directorio del FMI. Finalmente, el 25 xx xxxxx de 2022, el Directorio Ejecutivo del FMI aprobó el acuerdo por un monto equivalente a US$44 mil millones, incluyendo un desembolso inmediato de US$ 9,6 mil millones.
El Banco no puede asegurar que las condiciones del acuerdo con el FMI y del acuerdo con el Club de París no afectarán la capacidad de Argentina de implementar reformas y políticas públicas e impulsar el crecimiento económico. El Banco tampoco puede predecir el impacto de los resultados de dicha negociación en la capacidad de Argentina (e indirectamente, en la capacidad del Banco) de acceder a los mercados de capitales internacionales.
A pesar de la reestructuración de la deuda pública argentina realizada durante 2020, los mercados internacionales continuaron mostrando dudas acerca de la sostenibilidad de dicha deuda y, en consecuencia, los indicadores del riesgo país siguen siendo
elevados. Según una publicación xx Xxxxxx Xxxxxxx Capital International ("MSCI"), Argentina fue considerada "Mercado Emergente" hasta junio de 2021 en que se la reclasificó a "Mercado Independiente" (Standalone Market); en general, las inversiones en dichos mercados conllevan riesgos adicionales.
No puede asegurarse que se mantendrán las calificaciones crediticias otorgadas a Argentina o que las mismas no se revisarán a la baja ni serán suspendidas o canceladas. Cualquier revisión a la baja, suspensión o cancelación de calificaciones crediticias respecto de la deuda soberana de Argentina puede tener un efecto adverso sobre la economía de Argentina y sobre el negocio del Banco. En este sentido, todo efecto adverso sobre el negocio del Banco atribuible, en parte, a cambios en la calificación crediticia de Argentina puede afectar adversamente el precio xx xxxxxxx y la cotización de los títulos valores del Banco. La falta de acceso de Argentina a la financiación en mercados financieros internacionales puede tener un impacto directo sobre la capacidad del Banco de acceder a los mercados financieros para obtener fondos para sus operaciones, incluso la financiación de gastos de capital, lo cual, a su vez, puede afectar negativamente el negocio, situación financiera y los resultados de las operaciones del Banco.
Argentina es objeto de juicios por parte de accionistas extranjeros de sociedades argentinas y de tenedores de bonos argentinos en default, que han dado y podrían dar lugar a fallos adversos o medidas cautelares contra activos de Argentina y limitar sus recursos financieros.
Existen reclamos pendientes contra el gobierno argentino presentados ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (“CIADI”), que pueden implicar nuevas sanciones contra el gobierno argentino lo cual, a su vez, podría tener un efecto sustancialmente adverso sobre la capacidad del gobierno de implementar reformas y fomentar el crecimiento económico y de acceder al crédito o a los mercados de capitales internacionales. El Banco no puede asegurar que el gobierno argentino no incumpla sus obligaciones en el futuro.
Tanto los litigios como los reclamos instaurados ante el CIADI contra el gobierno argentino han derivado en sentencias sustanciales y podrían derivar en nuevas sentencias sustanciales contra el gobierno que a su vez podrían ocasionar la traba de embargos, o la imposición de medidas cautelares, sobre activos de la Argentina que el gobierno haya destinado a otros usos. Como consecuencia de esta situación, podría suceder que el gobierno argentino no cuente con todos los recursos financieros necesarios para honrar sus obligaciones, implementar reformas y fomentar el crecimiento y ello a su vez puede tener un efecto sustancialmente adverso sobre la economía del país, y, en consecuencia, sobre el negocio, la situación financiera y los resultados de las operaciones del Banco.
Los controles de cambio y las restricciones sobre el ingreso y la salida de capitales han limitado, y pueden continuar limitando, la disponibilidad del crédito internacional y pueden afectar adversamente a la economía argentina.
El gobierno argentino y el Banco Central de Argentina han implementado ciertas medidas para controlar y restringir la capacidad de las empresas y personas naturales de acceder al mercado cambiario para la compra de moneda extranjera y la transferencia de dichos fondos al exterior, con el propósito de contener la disminución en el nivel de reservas internacionales en poder el Banco Central. Entre dichas medidas se incluyen, entre otras, las siguientes: (i) restringir el acceso al mercado de cambios de Argentina para la compra o transferencia de moneda extranjera para cualquier propósito, incluyendo el pago de dividendos a partes interesadas no residentes; (ii) restringir la compra de moneda extranjera con fines de atesoramiento en Argentina; (iii) imponer a los exportadores la obligación de ingresar y liquidar en pesos, en el mercado de cambios local, todo el producido de sus exportaciones de bienes y servicios; (iv) establecer limitaciones para el repago de deuda financiera y a la transferencia de títulos valores hacia y desde Argentina; (v) establecer cierta refinanciación obligatoria, y (vi) la aplicación de impuestos sobre ciertas operaciones que impliquen la adquisición de divisa extranjera. Para mayor información, véase la sección “Información adicional - Controles de Cambio”.
El gobierno argentino podría mantener un único tipo de cambio oficial o crear múltiples tipos de cambio para diversos tipos de operaciones, modificando sustancialmente el tipo de cambio aplicable al que el Banco compra divisas para atender el servicio de sus compromisos pendientes denominados en divisa extranjera.
No es posible predecir por cuánto tiempo estarán vigentes estas medidas o si se impondrán restricciones adicionales. Estas medidas podrían debilitar las finanzas públicas, lo que podría afectar adversamente la economía argentina y, a su vez, podría afectar adversamente el negocio, los resultados de las operaciones y la situación financiera del Banco.
Una significativa devaluación del peso contra el dólar estadounidense podría afectar adversamente a la economía argentina.
A pesar de los efectos positivos de la devaluación real del peso sobre la competitividad de determinados sectores de la economía argentina, la depreciación del peso ha tenido y puede continuar teniendo un impacto negativo sobre la capacidad de ciertas entidades argentinas para afrontar el servicio de su deuda denominada en moneda extranjera, generar inflación, reducir significativamente los salarios reales, y poner en peligro la estabilidad de las empresas cuyo éxito depende de la demanda xxx xxxxxxx interno y afectar de manera adversa la capacidad del gobierno argentino de honrar sus obligaciones de deuda externa.
En 2021, el Peso se depreció aproximadamente un 18%. El 12 xx xxxxx de 2022, el tipo de cambio fue Ps. 117,75/US$ 1,00, conforme la cotización del Banco de la Nación Argentina para transferencias bancarias (divisas).
Si por el contrario, se produjera un incremento significativo en el valor del peso argentino frente al dólar estadounidense podría afectar de manera adversa la competitividad económica de Argentina. Una significativa apreciación real del peso podría afectar de manera adversa las exportaciones y aumentar el déficit comercial, lo cual podría tener un efecto negativo sobre el crecimiento del PBI y el empleo y asimismo reducir los ingresos del sector público argentino al disminuir la recaudación de impuestos en términos reales.
Si el peso se devalúa significativamente, todos los efectos negativos sobre la economía argentina relacionados con dicha devaluación podrían reaparecer, con consecuencias adversas para el negocio, situación financiera y los resultados de las operaciones del Banco.
Los altos índices de inflación podrían tener consecuencias adversas a largo plazo para la economía argentina.
En el pasado, la inflación ha socavado materialmente la economía y la capacidad de Argentina para crear condiciones que permitan el crecimiento. La alta inflación también puede debilitar la competitividad de la Argentina en el extranjero y provocar un descenso del consumo privado que, a su vez, también podría afectar a los niveles de empleo, los salarios y los tipos de interés. Además, una tasa de inflación elevada podría socavar la confianza en el sistema financiero argentino, reduciendo la base de depósitos en pesos y afectando negativamente a los mercados de crédito a largo plazo.
Actualmente la inflación se mantiene alta y es posible que permanezca en niveles similares en el futuro; según un informe publicado por el INDEC, la inflación en precios al consumidor acumulada fue del 53,8%, en 2019 del 36,1% en 2020 y del 50,9% en 2021. Con respecto a 2022, la inflación de enero y febrero fue del 3,9% y 4,7%, respectivamente.
No puede asegurarse que las tasas de inflación no seguirán aumentando en el futuro o que las medidas adoptadas o que puedan ser adoptadas por el gobierno argentino para controlar la inflación serán eficaces o exitosas. La inflación sigue siendo un desafío para la Argentina. La continuidad de índices de inflación significativos podría tener un efecto material adverso en la economía de la Argentina y, a su vez podría aumentar los costos de operación del Banco, particularmente los costos laborales, también afectando negativamente el negocio, la condición financiera y resultado de las operaciones del Banco.
El alto nivel del gasto público podría tener consecuencias adversas a largo plazo para la economía argentina.
Durante los últimos años, el gobierno argentino ha incrementado sustancialmente el gasto público y ha recurrido principalmente a la emisión monetaria del Banco Central para abastecer parte de sus necesidades de financiamiento.
El déficit fiscal fue de Ps. 95.121,6 millones en el 2019, Ps. 1.749.957 millones en el 2020 y Ps. 1.407.641 millones en el 2021. El gasto público, por su parte, fue de Ps. 3.431.746 millones en el 2019, Ps. 5.049.123 en el 2020 y Ps. 7.733.816 en el 2021.
El Banco no puede asegurar que el gobierno argentino no vaya a tratar de financiar su déficit mediante el acceso a la liquidez disponible en las entidades financieras locales. En ese caso, las iniciativas gubernamentales que aumentan la exposición de las entidades financieras locales con el sector público afectarían la liquidez y la calidad de activos del Banco, impactando negativamente en la confianza de los clientes en el sistema financiero.
Además, un mayor deterioro de las cuentas fiscales podría afectar negativamente la capacidad del gobierno para acceder a los mercados financieros internacionales y podría resultar en una mayor presión sobre el sector privado argentino para cubrir las necesidades financieras del gobierno. Esto afectaría negativamente a la economía argentina y la situación financiera y los resultados de las operaciones del Banco.
Si no se abordan debidamente los riesgos reales y percibidos de deterioro institucional, se podría perjudicar la economía y la situación financiera de Argentina.
La falta de un marco institucional sólido ha sido identificada como un problema significativo para Argentina, y continúa siéndolo en la actualidad. La falta de consideración de estas cuestiones podría aumentar el riesgo de inestabilidad política, distorsionar los procesos de toma de decisiones y afectar negativamente la reputación internacional de Argentina y su capacidad de atraer inversiones extranjeras. Si bien el gobierno argentino ha tomado diversas medidas que apuntan a fortalecer las instituciones argentinas, el Banco no puede garantizar la implementación de medidas tendientes a asegurar la transparencia e integridad, en un contexto político altamente polarizado.
Un brote de una nueva pandemia puede tener consecuencias adversas significativas sobre la economía argentina.
Un brote de una pandemia, enfermedad o amenaza para la salud pública de características similares, tal como la actual pandemia del COVID-19, que ha tenido y puede continuar teniendo consecuencias adversas significativas para las condiciones económicas, financieras y comerciales mundiales, podría afectar de manera significativa y adversa la economía argentina y el negocio, la situación financiera y los resultados de las operaciones del Banco. Con el fin de paliar el efecto adverso de la pandemia de COVID- 19 en la economía nacional, el gobierno argentino ha adoptado una serie de medidas fiscales y monetarias, a las cuales se suman las medidas adoptadas por el Banco Central. Dichas medidas incluyen la prohibición de realizar despidos, controles de precios, menores requisitos de encajes para préstamos bancarios para hogares y MiPyMEs, flexibilización temporaria de las normas sobre clasificación de deudores, prohibición temporaria de cobrar comisiones por operaciones en cajeros automáticos, suspensión de cierre de cuentas, reducción de tasas de interés máximas aplicables a tarjetas de crédito, congelamiento y/o postergación de ciertos pagos de cuotas de préstamos, extensión de beneficios médicos, reducción de la carga tributaria y demás programas de asistencia financiera relacionados con el COVID-19.
El Banco no puede predecir ni estimar el impacto negativo futuro que una nueva pandemia podría tener en el negocio, los resultados de las operaciones y situación financiera del Banco lo cual dependerá de acontecimientos fuera de su control, incluyendo la intensidad y duración de la pandemia y las medidas adoptadas por los diferentes gobiernos, incluyendo el gobierno argentino, a los fines de contener la pandemia y/o mitigar el impacto económico.
Para más información sobre los efectos de la pandemia de COVID-19 y su impacto, véase la nota 43.1.3 "Ajuste por COVID-19"y la nota 45 "Efectos del brote coronavirus (Covid-19)" de los estados financieros consolidados auditados del Banco al 31 de diciembre
de 2021. Asimismo, véase la sección "Antecedentes Financieros - Información sobre tendencias”, la sección “Antecedentes Financieros - Impacto relacionado a la pandemia de COVID-19" y la sección “Marco Regulatorio del Sistema Bancario Argentino- Medidas del Banco Central en respuesta a la pandemia de COVID-19” del presente.
RIESGOS RELACIONADOS CON EL SISTEMA FINANCIERO ARGENTINO
El crecimiento y la rentabilidad del sistema financiero argentino depende del crecimiento xxx xxxxxxx de crédito a largo plazo.
Debido a que la mayoría de los depósitos son depósitos a corto plazo, una parte sustancial de los préstamos debe tener idéntico o similar vencimiento, y hay una pequeña parte de las líneas de crédito a largo plazo.
La proporción de líneas de crédito a largo plazo, tales como préstamos hipotecarios, es baja y la originación de préstamos a largo plazo se redujo significativamente en 2019, 2020 y 2021, como consecuencia de las altas tasas de interés y el difícil contexto financiero y macroeconómico.
La incertidumbre del nivel de inflación para los próximos años es el principal obstáculo para una recuperación más rápida del sector privado de préstamos a largo plazo de Argentina. Esta incertidumbre ha tenido y puede continuar teniendo un impacto significativo tanto en la oferta como en la demanda de préstamos a largo plazo, en tanto los prestatarios traten de protegerse contra el riesgo de inflación mediante préstamos a tasa fija, mientras que los prestamistas busquen cubrirse contra el riesgo de inflación, ofreciendo préstamos a tasa variable.
Si la actividad de intermediación financiera a largo plazo no crece, la capacidad de las instituciones financieras, incluyendo al Banco, para generar ganancias podría verse afectada negativamente.
La estabilidad del sistema financiero depende de la capacidad de las entidades financieras, incluido el Banco, para mantener la confianza de los depositantes.
Las medidas implementadas en el pasado por el gobierno nacional en relación con las instituciones financieras, en particular las restricciones impuestas a los depositantes en relación con la posibilidad de retirar libremente fondos de los bancos y la pesificación y reestructuración de sus depósitos causaron pérdidas a muchos depositantes y debilitaron la confianza en el sistema financiero argentino.
El crecimiento del sistema financiero argentino depende fuertemente de los niveles de depósitos, debido al pequeño tamaño de su mercado de capitales y la ausencia de inversiones extranjeras en años anteriores. En los últimos años, numerosas entidades financieras locales, entre ellas el Banco, han tenido acceso a los mercados financieros globales para obtener financiamiento mediante la colocación de títulos de deuda, en condiciones satisfactorias, pero esta tendencia ha terminado debido a las condiciones macroeconómicas adversas de los últimos años. Consecuentemente existe incertidumbre sobre si la disponibilidad de fondos en los mercados internacionales será recuperada en los próximos años.
Aunque los niveles de liquidez actualmente son razonables, no es posible ofrecer ninguna garantía de que estos niveles no disminuirán en el futuro debido a condiciones económicas adversas que podrían afectar negativamente al sistema financiero y el negocio del Banco. Por otra parte, si bien la liquidez de los bancos en moneda extranjera es alta, una porción significativa de esa liquidez está depositada en el Banco Central; por lo tanto, los bancos deben recurrir al Banco Central para acceder a los fondos. Si el Banco estuviere experimentando retiros de depósitos en volúmenes significativos, esa circunstancia podría tener un efecto adverso significativo en su negocio, en los resultados de sus operaciones y en su condición financiera.
Como resultado de lo mencionado, la base de depósitos del sistema financiero argentino, incluyendo la del Banco, puede verse más afectada en el futuro por los acontecimientos económicos, sociales y políticos adversos. Si hubiera una nueva pérdida de confianza debido a tales acontecimientos económicos, sociales y políticos, causando que los depositantes retiraran participaciones significativas de los bancos, habrá un impacto negativo importante en la forma en que las instituciones financieras, incluyendo el Banco, lleven a cabo sus negocios y de su capacidad para operar como intermediarios financieros. La pérdida internacional de confianza en las instituciones financieras también puede afectar el comportamiento de los depositantes argentinos, lo cual podría tener un impacto negativo en el negocio, la situación financiera y los resultados de las operaciones del Banco.
La calidad de los activos del Banco y de otras entidades financieras podría continuar deteriorándose si el sector privado argentino se ve afectado por eventos económicos en Argentina o condiciones macroeconómicas internacionales.
La capacidad de numerosos deudores del sector privado argentino para cancelar sus préstamos se vio deteriorada significativamente durante los últimos años como resultado de ciertos eventos económicos en la Argentina y de condiciones macroeconómicas internacionales, perjudicando sustancialmente la calidad de los activos de las entidades financieras, incluida la del Banco.
En particular, la pandemia de COVID-19 ha tenido un importante impacto negativo en la economía argentina. La producción y el consumo han disminuido notoriamente, afectando los niveles de empleo y los flujos financieros, entre otras cosas. A pesar de las medidas adoptadas por el Banco Central para reducir temporalmente los niveles de morosidad, los resultados negativos del deterioro de la capacidad financiera de los deudores fueron innegables.
El Banco no puede asegurar que la crisis económica se atenuará y que los deudores del sector privado mejorarán su capacidad de pago. Pese a la calidad actual su cartera, el Banco podría no tener éxito en la recuperación de partes sustanciales de préstamos pendientes de pago. Si el crecimiento económico de Argentina sigue desacelerándose o la situación financiera del sector privado se
deteriora aún más, el sistema financiero, incluido el Banco, podría experimentar un aumento en la incidencia de préstamos en condición irregular.
La reducción de los márgenes entre tasas de interés sobre préstamos otorgados y sobre depósitos pagados sin el correspondiente incremento en los volúmenes de préstamos, podría afectar el sistema financiero.
Los márgenes entre las tasas de interés sobre préstamos y sobre depósitos podrían verse afectados como consecuencia de un incremento en la competencia en el sector bancario y del ajuste de la política monetaria del gobierno argentino en respuesta al problema inflacionario.
Por otra parte, un cambio en la composición de la fuente de financiamiento, en la que hoy predominan mayormente los depósitos no remunerados, también podría generar presión a la baja sobre los márgenes. Un cambio en la composición de la fuente de financiamiento podría ser producto de una mayor demanda de créditos, con la consiguiente necesidad de incrementar la cantidad de depósitos a plazo fijo u otros tipos de depósitos remunerados.
El Banco no puede asegurar que el margen de interés continúe siendo atractivo salvo que exista un incremento en el volumen de préstamos o un recorte adicional de gastos. El sistema financiero y el negocio del Banco podrían verse adversamente afectados ante una reversión de estas tendencias.
La aplicación de la ley de defensa del consumidor podría impedir o limitar los cobros relacionados con servicios prestados por el Banco.
La Ley de Defensa del Consumidor N° 24.240, con sus modificatorias o normas complementarias (la “Ley de Defensa del Consumidor”) establece una serie de normas y principios para la defensa de los derechos de los consumidores, incluidos los clientes del Banco. La Ley de Defensa del Consumidor contiene disposiciones específicas para su aplicación en relación con actividades financieras, como asimismo disposiciones generales que podrían ser utilizadas como argumentos para respaldar su aplicación, según ha sido previamente interpretada en diversos precedentes legales. Adicionalmente, el texto del Código Civil y Comercial de la Nación ha recogido los principios de la Ley de Defensa del Consumidor y ha establecido su aplicación a los contratos del sector bancario. Además, la Ley N° 25.065 (según fuera reformada y complementada oportunamente por la Ley N°26.010 y la Ley N° 26.361, "Ley de Tarjetas de Crédito") dispone numerosas regulaciones de carácter obligatorio para proteger a los titulares de tarjetas de crédito. Asimismo, las regulaciones del BCRA brindan amplia protección a los clientes de entidades de servicios financieros limitando los cargos y comisiones que dichas instituciones podrán cobrar a sus clientes.
La injerencia de las autoridades administrativas a nivel nacional, provincial y municipal y la aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor y de Tarjetas de Crédito están creciendo. Esta tendencia aumentó los niveles de protección al consumidor.
En caso de que se determinara que el Banco es responsable de violar las disposiciones de la Ley de Defensa del Consumidor, la Ley de Tarjetas de Crédito o las normas sobre defensa del consumidor emitidas por el BCRA, las potenciales sanciones podrían limitar su capacidad para cobrar los pagos adeudados por los servicios y créditos otorgados por el Banco lo cual podrá, a su vez, afectar en forma adversa los resultados financieros de sus operaciones.
Adicionalmente, existen disposiciones legales de índole general de conformidad con las cuales los tribunales pueden disminuir las tasas de interés y las comisiones acordadas por las partes en caso de que resulten excesivamente alta.
Un cambio en la ley aplicable o la existencia de fallos judiciales que reduzca los límites aplicables a las tasas de interés y comisiones acordadas con los clientes y comerciantes podrían reducir los ingresos del Banco y por lo tanto afectarían negativamente los resultados de las operaciones del Banco.
Las acciones de clase contra entidades financieras por un importe indeterminado pueden afectar negativamente la rentabilidad del sistema financiero.
Ciertas organizaciones públicas y privadas han iniciado acciones de clase contra entidades financieras en Argentina, entre ellas contra el Banco, algunas de la cuales han sido impugnadas exitosamente y otras han sido debidamente apeladas por el Banco. La Constitución Nacional y la Ley de Defensa del Consumidor contienen determinadas disposiciones relativas a las acciones de clase. Sin embargo, sus lineamientos con respecto a las normas de procedimiento para instituir y tratar casos de acción de clase son limitados. No obstante, por medio de una construcción ad hoc de la doctrina, los tribunales argentinos han admitido las acciones de clase en algunos casos, incluyendo varias demandas contra entidades financieras relacionadas con "intereses colectivos" tal como la alegación de sobreprecios en ciertos productos, tipos de interés aplicables, y el asesoramiento en la venta de títulos valores, entre otros. Si los demandantes de una acción de clase se impusieran ante las instituciones financieras, su éxito podría tener un efecto adverso en la industria financiera y en el negocio del Banco.
Las medidas gubernamentales y el marco regulatorio que afectan a las entidades financieras podrían tener un efecto adverso significativo sobre las operaciones de las entidades financieras.
Históricamente, el gobierno argentino ha ejercido influencia significativa sobre la economía y el sistema financiero. Las entidades financieras, en particular, han operado en un entorno altamente regulado. El Banco es supervisado activamente por el Banco Central de la República Argentina, la Comisión Nacional de Valores y la Unidad de Información Financiera (UIF) entre otros organismos. En el marco de sus labores de supervisión, el Banco podría verse expuesto a sanciones, de detectar incumplimientos a las normativas aplicables. El Banco Central tiene poder de supervisión respecto el cumplimiento de las normas aplicables al sistema financiero. De igual modo, la CNV respecto la operatoria en el mercado bursátil, como asimismo las recomendaciones y buenas prácticas en
materia de gobierno corporativo. Finalmente, la Unidad de Información Financiera (“UIF”) reglamenta los asuntos relacionados con el lavado de activos y tiene facultades para supervisar el cumplimiento normativo por parte de los sujetos obligados. Para mayor información, véase la sección “Historia y Descripción de los Negocios del Banco - Descripción de los negocios del Banco”.
Cualquier procedimiento de insolvencia contra las entidades financieras estaría sujeto a las facultades y a la intervención del Banco Central, lo que podría limitar los recursos de otro modo disponibles y extender la duración de los procedimientos.
El Banco no tiene control sobre las medidas gubernamentales o sobre las leyes que gobiernan todos los aspectos de sus operaciones, incluyendo:
• requisitos de capital mínimo;
• requisitos de reservas obligatorias de efectivo mínimo;
• requisitos en inversiones de activos a tasa fija;
• límites a la capacidad de otorgar préstamos y otras restricciones crediticias, incluso asignaciones obligatorias;
• límites y otras restricciones sobre comisiones;
• reducción del plazo para que las entidades financieras depositen el monto de las ventas realizadas con tarjetas de crédito en las cuentas correspondientes de los vendedores;
• límites sobre los intereses que un banco puede cobrar o pagar, o sobre el período para capitalizar intereses;
• requisitos contables y estadísticos;
• restricciones sobre la distribución de dividendos;
• límites o restricciones en materia cambiaria;
• límites sobre participación xx xxxxxxx;
• regímenes informativos o de control como agentes o sujetos obligados; y
• cambios en el régimen de seguros de depósitos.
No es posible ofrecer ninguna garantía de que en el futuro no se implementen nuevas regulaciones más estrictas, que podrían generar incertidumbre y afectar negativamente las futuras actividades financieras y los resultados de las operaciones del Banco. Estos y futuros cambios en el marco regulatorio podrían limitar la capacidad de las entidades financieras, incluido el Banco, para tomar decisiones a largo plazo, como las decisiones de asignación de activos, que podrían provocar incertidumbre con respecto a la situación financiera futura y resultados de las operaciones. El Banco no puede asegurar que las leyes y regulaciones que rigen actualmente la economía o el sector financiero no continuarán cambiando en el futuro o que los cambios no afectarán adversamente su negocio, situación financiera y resultados de las operaciones.
Ciertas modificaciones en los servicios y comisiones que cobran las entidades financieras en las ventas con tarjeta de crédito y débito pueden afectar a las entidades financieras de Argentina.
Las entidades financieras perciben ingresos provenientes de las comisiones que cobra a comerciantes en relación a transacciones efectuadas con tarjetas de débito y de crédito. Un cambio en la legislación aplicable que estipulara un límite en las comisiones que las entidades financieras pueden cobrar a los comerciantes podría reducir los ingresos de las entidades financieras argentinas. En marzo de 2017, el Banco Central dictó la Comunicación "A" 6212, reduciendo las comisiones de tarjetas de crédito y débito en un plan anual gradual. La aplicación de los límites establecidos por el Banco Central y cualquier reducción adicional en las comisiones por ventas con tarjetas de crédito y débito podría afectar negativamente la rentabilidad, situación financiera y resultado de operaciones del Banco.
No es posible ofrecer ninguna garantía de que no se apliquen en el futuro nuevas normativas al respecto que puedan reducir los futuros ingresos financieros. Esto podría tener a su vez un impacto negativo en las entidades financieras argentinas y, a su vez, en el negocio, posición financiera y los resultados de las operaciones del Banco.
Un aumento en los costos operativos podría afectar los resultados de las entidades financieras argentinas.
Las entidades financieras argentinas se enfrentan al riesgo de posibles reclamos iniciados por trabajadores individuales o sindicatos, y posibles huelgas o huelgas generales, en el contexto de negociaciones relacionadas con aumentos salariales, beneficios y/o compensaciones. La ocurrencia de cualquiera de los puntos anteriores podría aumentar los costos operativos de las entidades financieras, lo que a su vez podría tener un impacto negativo en los negocios de las instituciones financieras argentinas, su posición financiera y los resultados de sus operaciones.
RIESGOS RELACIONADOS CON EL BANCO
El mercado objetivo del Banco puede ser el más negativamente afectado por las recesiones económicas.
La estrategia comercial del Banco consiste en incrementar los ingresos por comisiones y la originación de préstamos en uno de sus mercados objetivos, los individuos de ingresos bajos y medios y las pequeñas y medianas empresas.
Este mercado objetivo es particularmente vulnerable a las recesiones económicas que, en caso de ocurrir, podrían desacelerar el crecimiento xxx xxxxxxx objetivo del Banco y consecuentemente afectar negativamente su negocio. La economía argentina en su conjunto y el mercado objetivo del Banco en particular no se han estabilizado lo suficiente como para estar seguros de que la demanda continuará creciendo, por lo tanto, el Banco no puede asegurar que su estrategia comercial será en última instancia exitosa sin demora alguna o en forma total.
Los accionistas principales del Banco tienen capacidad para dirigir los negocios y asuntos del Banco, y sus intereses podrían entrar en conflicto con los del inversor.
Al 31 de diciembre de 2021, los accionistas principales del Banco, Fideicomiso de Garantía JHB BMA y Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx poseían directa o indirectamente, 5.995.996 acciones Clase A y 104.473.881 acciones Clase B y 4.901.060 acciones Clase A y 106.824.523 acciones Clase B, respectivamente. Las acciones propiedad del Fideicomiso de Garantía JHB BMA fueron transferidas a dicho fideicomiso debido a la muerte de Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx como disposición testamentaria, ad-referéndum del Banco Central de la República Argentina. Los beneficiarios del Fideicomiso de Garantía JHB BMA son los herederos forzosos del Xx. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx. Las decisiones del Fideicomiso de Garantía JHB BMA son tomadas por el fiduciario.
Aunque no existe ningún acuerdo formal entre ellos, en caso de votar en conjunto, podrían eventualmente controlar virtualmente la toma de todas las decisiones del Banco efectuadas por los accionistas. Pueden, sin la concurrencia de los restantes accionistas, elegir una mayoría de los directores del Banco, realizar o impedir una fusión, vender activos u otra adquisición o enajenación de empresas, disponer que se emitan acciones adicionales, realizar una transacción con partes relacionadas y determinar la oportunidad y los montos de los dividendos, si los hubiera.
Banco Macro continúa considerando oportunidades de adquisición, que podrían no resultar exitosas.
Históricamente el Banco ha ampliado sus negocios principalmente a través de adquisiciones. El Banco continuará considerando oportunidades de adquisición atractivas que cree tienen la posibilidad de ofrecer valor adicional y que tengan consistencia con su estrategia de negocios. Sin embargo, el Banco no puede asegurar que podrá identificar la adquisición adecuada, que podrá adquirir determinadas instituciones financieras prometedoras sobre términos favorables, o que el Banco Central aprobará cualquier transacción de este tipo sin demora indebida o en absoluto. Asimismo, la capacidad del Banco de obtener los efectos deseados frente a estas adquisiciones dependerá en parte de la capacidad del Banco de completar la integración de esos negocios y capturar las sinergias esperadas, de las cuales no hay garantía. La integración de empresas adquiridas entraña importantes riesgos, como la retención de clientes, la integración, valoración y los riesgos xx xxxxxxxx de responsabilidades. Todo proceso de integración incrementa los costos e incertidumbres y puede suponer una carga para la gestión de recursos y las funciones comerciales. La ocurrencia de cualquiera de los puntos mencionados con anterioridad puede tener un significativo efecto adverso sobre el negocio del Banco, los resultados de las operaciones, el flujo de fondos o la situación financiera.
Las estimaciones y previsiones por riesgo crediticio e incobrabilidad podrían no ser adecuadas y/o suficientes, afectando significativa y adversamente la situación financiera y los resultados de las operaciones del Banco.
Varios de los productos exponen al Banco a riesgo crediticio, incluyendo los préstamos de consumo, los préstamos comerciales y otros créditos. Cambios en los niveles de ingresos de los tomadores, aumentos de la tasa de inflación o de las tasas de interés, podrían afectar la calidad de la cartera de préstamos del Banco, obligando al Banco a aumentar las previsiones por incobrabilidad, reduciendo las ganancias o generando pérdidas.
El Banco estima y constituye previsiones por riesgo crediticio e incobrabilidad esperada. Este proceso implica realizar juicios subjetivos y complejos, incluyendo proyecciones económicas y presunciones sobre la capacidad de pago de los prestatarios. El Banco podría no ser capaz de detectar estos riesgos de manera oportuna antes de que se produzcan o, debido a la falta de recursos o herramientas disponibles, sus empleados podrían no ser capaces de implementar efectivamente el sistema de control del riesgo crediticio del Banco, lo cual podría aumentar la exposición al riesgo crediticio.
Al 31 de diciembre de 2021, el Banco resolvió realizar un ajuste con visión prospectiva como consecuencia de estimar un efecto incremental en las previsiones determinadas por PCE (Pérdidas Crediticias Esperadas) a los efectos de cubrir un escenario macroeconómico incierto derivado de la reprogramación de la deuda que mantiene el Estado Nacional con el Fondo Monetario Internacional (FMI). Para más información véase la nota 43.1.3 “Previsiones adicionales prospectivas basadas en el juicio experto”, sección “Ajuste Incertidumbre sobre Reestructuración de Obligaciones Externas”, de los estados financieros consolidados auditados al 31 de diciembre de 2021.
En general, si el Banco no pudiera controlar efectivamente el nivel de préstamos incobrables o la baja calidad crediticia en el futuro o si las previsiones por incobrabilidad no fueran suficientes para cubrir las futuras pérdidas, la situación financiera y los resultados de las operaciones del Banco podrían verse afectadas en forma adversa y significativa.
Cambios en las condiciones xx xxxxxxx y los riesgos inherentes a los mismos, podrían afectar adversamente la situación financiera y los resultados de las operaciones del Banco.
Los cambios en las condiciones xx xxxxxxx afectan al Banco tanto directa como indirectamente. El riesgo xx xxxxxxx, o el riesgo de que el valor de los activos y pasivos o los ingresos se vean adversamente afectados por modificaciones en las condiciones xx xxxxxxx, es inherente a los productos e instrumentos con los que el Banco opera, como préstamos, depósitos, títulos valores, deuda a largo plazo y préstamos a corto plazo. Los cambios en las condiciones xx xxxxxxx que pueden afectar la situación financiera y los
resultados de las operaciones del Banco incluyen, entre otros, fluctuaciones en las tasas de interés y los tipos de cambio, la cotización de los títulos y cambios en la volatilidad implícita de las tasas de interés y los tipos de cambio.
Situaciones de ciberseguridad podrían afectar negativamente la reputación, situación financiera y los resultados de las operaciones del Banco.
El Banco depende de la operación eficiente e ininterrumpida de procesamiento de datos, comunicación y plataformas de intercambio de información y redes basados en Internet, incluidos los sistemas relacionados con la operación de la red de cajeros automáticos del Banco. Asimismo, el Banco tiene acceso a grandes cantidades de información financiera confidencial y controla una parte sustancial de los activos financieros que pertenecen a los clientes, así como los del Banco. Además, el Banco ofrece a sus clientes acceso remoto continuo a sus cuentas y la posibilidad de transferir activos financieros sustanciales por medios electrónicos. En consecuencia, la ciberseguridad es un riesgo importante para el Banco. Incidentes de seguridad cibernética, como robos informáticos, suplantación de identidad (phishing), robo de identidad y otros trastornos podrían afectar negativamente a la seguridad de la información almacenada y transmitida a través de los sistemas informáticos y la infraestructura de red del Banco y pueden causar que los clientes existentes y potenciales se abstengan de realizar negocios con el Banco.
Durante el último año se han incrementado los casos de phishing, y especialmente de phishing telefónico o Vishing y Angler phishing, a través de las redes sociales, para engañar a los clientes y obtener información confidencial mediante diferentes técnicas de ingeniería social. Las medidas preventivas y componentes de seguridad continúan desarrollándose para seguir robusteciendo el entorno de seguridad contra este tipo de fraudes y aumentar el nivel de protección de información. En este sentido, el Banco ha tomado medidas para mitigar los casos de phishing y fraude digital y proteger a sus clientes.
Sin embargo, los planes de contingencia establecidos pueden no resultar suficientes para cubrir la responsabilidad del Banco asociada a cualquiera de este tipo de eventos y, por tanto, la cobertura de seguro aplicable podría considerarse inadecuada, lo que impediría recibir una indemnización completa por las pérdidas sufridas como consecuencia de tales eventos. Aunque el Banco tiene la intención de seguir aplicando dispositivos de seguridad tecnológica y de establecer procedimientos operativos para evitar tales daños, el Banco no puede asegurar que todos sus sistemas son totalmente invulnerables y que las medidas de seguridad serán exitosas. Si acaeciera cualquiera de estos eventos, esto podría dañar la reputación del Banco, conllevar costos graves y afectar a sus operaciones, así como los resultados de las operaciones y situación financiera del mismo.
Los negocios del Banco dependen en gran medida del adecuado funcionamiento de sus sistemas informáticos y las mejoras a dichos sistemas.
Los negocios del Banco dependen en gran medida de la capacidad de sus sistemas informáticos y de los terceros administradores de dichos sistemas de administrar y procesar eficazmente un gran número de transacciones en numerosos mercados y productos diversos de manera oportuna. Asimismo, el Banco brinda a sus clientes acceso remoto continuo a sus cuentas y la posibilidad de transferir por medios electrónicos activos financieros de gran magnitud. El adecuado funcionamiento de sus sistemas de control financiero, gestión de riesgo, contabilidad, atención al cliente y otros sistemas de procesamiento de datos es vital para sus negocios y su capacidad de competir eficazmente. Las actividades comerciales del Banco pueden verse seriamente alteradas si se produce una falla total o parcial en cualquiera de sus sistemas informáticos y redes de comunicación. Tales fallas pueden ser causadas, entre otros motivos, por errores de software, ataques o intrusiones de virus informáticos, phishing, robo de identidad o errores de conversión debido a actualizaciones de sistemas. Asimismo, cualquier violación a la seguridad causada por el acceso no autorizado a la información o sistemas, o desperfectos intencionales o la pérdida o corrupción de datos, software, hardware u otros equipos de computación, podrían tener un efecto adverso significativo sobre los negocios, los resultados de las operaciones y la situación financiera del Banco.
La capacidad del Banco de seguir siendo competitivo y alcanzar un mayor crecimiento dependerá en parte de su capacidad de actualizar sus sistemas informáticos y aumentar su capacidad oportunamente y de manera eficaz en términos de costos. El hecho de que el Banco no pueda mejorar o actualizar significativamente sus sistemas informáticos eficaz u oportunamente podría afectarlo seriamente.
Un incremento en el fraude o errores de transacciones puede afectar adversamente al Banco.
Dada la gran cantidad de transacciones que se dan en una institución financiera, y si bien el Banco posee numerosos controles implementados para evitar la ocurrencia de operaciones ineficientes o fraudulentas, los errores pueden ocurrir y agravarse aún antes de ser detectados y corregidos. Adicionalmente, algunas de las transacciones del Banco no son totalmente automáticas, lo que puede incrementar el riesgo del error humano, o manipulación, y podría ser difícil detectar de manera rápida las pérdidas. Dado el gran volumen de operaciones que pueden llevarse a cabo en una entidad financiera, los errores pueden repetirse o sumarse antes de ser descubiertos y remediados.
Asimismo, la ciberseguridad es un riesgo importante para el Banco. Incidentes de seguridad cibernética, o afectación a la información personal y confidencial podrían afectar negativamente a la seguridad de la información almacenada y transmitida a través de los sistemas informáticos del Banco y podrían causar que los clientes existentes y potenciales se abstengan de realizar negocios con el Banco.
Las pérdidas con motivo de fraudes de empleados o partes externas, operaciones no autorizadas por parte de empleados y otros errores operativos podrían tener un efecto adverso significativo sobre el Banco.
Podrían presentarse problemas de liquidez que afecten adversamente a los negocios del Banco.
Un cambio significativo en las condiciones de liquidez xxx xxxxxxx producto de un efecto sustancialmente adverso en la marcha de la economía del país y del sistema financiero, podría afectar el normal desenvolvimiento de los negocios del Banco y, en particular, de su fondeo.
El Banco tiene, y prevé seguir teniendo, importantes recursos de liquidez y recursos de capital para financiar sus actividades. No obstante, el endeudamiento actual del Banco y aquél en que pueda incurrir en el futuro, podría tener importantes consecuencias, entre ellas la de limitar su capacidad de refinanciar deuda existente o tomar fondos en préstamo para financiar capital de trabajo, adquisiciones y gastos de capital y obligarlo a dedicar una parte importante del flujo de fondos a cancelar capital e intereses de dicho endeudamiento, afectando su capacidad para realizar pagos de dividendos sobre sus acciones y ADS.
El Banco no puede garantizar que los cambios en las condiciones de liquidez del sistema financiero de la República Argentina, tanto la actual como la futura, no tendrán un efecto adverso sobre sus actividades. En caso de que lo tuviera, la situación financiera, económica o de otro tipo, los resultados, las operaciones, los negocios, y/o la capacidad de repago en general del Banco, podrían ser afectadas de manera significativamente adversa.
La implementación de la Ley de Responsabilidad Penal Empresaria y de otras leyes o normativas anticorrupción puede exponer al Banco a ciertos riesgos.
Dada la naturaleza de su negocio, el Banco se encuentra obligado a cumplir con una serie xx xxxxx y regulaciones anticorrupción, incluyendo las de Argentina y la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero de los Estados Unidos (U.S. Foreign Corrupt Practices Act of 1977) en relación con la conducta de los clientes y el mercado, la lucha contra la corrupción y la prevención xx xxxxxx de activos y el financiamiento del terrorismo. Estas leyes y reglamentaciones prohíben en general los pagos indebidos a funcionarios públicos con el fin de obtener o mantener negocios o asegurar cualquier ventaja indebida. Si el Banco no cumple satisfactoriamente con las leyes y regulaciones anticorrupción diseñadas para combatir la corrupción gubernamental, podría estar sujeto a multas, penalizaciones u otras sanciones reglamentarias y litigios civiles, tanto como a enfrentar a una cobertura de prensa adversa, lo que podría hacer que la reputación y los negocios del Banco se vieran afectados.
A pesar de que el Banco se ha comprometido a realizar sus negocios de una manera legal y ética, en cumplimiento de las leyes locales e internacionales y de estándares internacionales aplicables a los negocios del Banco, ya que trata directa o indirectamente con entidades cuyos empleados son funcionarios públicos, existe el riesgo de que la dirección, empleados o representantes del Banco puedan tomar medidas que violen las leyes y reglamentos aplicables. Declaraciones de culpabilidad o sentencias contra el Banco o alguno de sus afiliados (incluyendo cualquiera de sus accionistas significativos, empleados u otros agentes) en el marco de procedimientos penales pueden tener efectos adversos en los negocios del Banco.
Además, existe el riesgo de que terceros que utilicen la red bancaria del Banco lleven a cabo actividades ilegales o indebidas. Por otra parte, a medida que la tecnología sigue evolucionando, el auge de las criptodivisas y el blockchain, y las condiciones económicas adversas, los delitos financieros podrían aumentar al tiempo que se limita la capacidad del Banco de rastrear el movimiento de los fondos.
El aumento de la atención a cuestiones medioambientales, sociales y de gobernanza ("ESG" por sus siglas en inglés) puede afectar el negocio del Banco.
El negocio del Banco se enfrenta a un creciente escrutinio público relacionado con las actividades ESG. El Banco arriesga a dañar su marca y reputación si no actúa de manera responsable en una serie de áreas, como la gestión medioambiental, el gobierno corporativo y la transparencia, así como si no tiene en cuenta los factores ESG en sus operaciones. Los incidentes adversos con respecto a las actividades ESG podrían afectar la marca, al costo de las operaciones y a las relaciones con los clientes y otras partes interesadas, todo lo cual podría afectar negativamente el negocio y los resultados de las operaciones del Banco. Adicionalmente, las nuevas iniciativas regulatorias relacionadas con las actividades ESG podrían afectar de manera adversa el negocio y aumentar los costos de operaciones del Banco.
RIESGOS RELACIONADOS CON LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES
Las Obligaciones Negociables estarán subordinadas efectivamente al pago a los acreedores garantizados y a los depositantes del Banco.
Salvo que el respectivo Suplemento de Precio especifique lo contrario, las Obligaciones Negociables tendrán igual prioridad de pago que toda la demás deuda no garantizada y no subordinada del Banco, existente y futura, salvo las obligaciones que gozan de preferencia por ley o de puro derecho, incluidos, entre otros, los reclamos fiscales y laborales y las obligaciones del Banco hacia los depositantes.
En particular, según la Ley de Entidades Financieras, todos los depositantes existentes y futuros del Banco gozaran de un derecho de preferencia general sobre los tenedores de Obligaciones Negociables emitidas en el marco de este Programa. La Ley de Entidades Financieras dispone que en caso de liquidación judicial o de quiebra, todos los depositantes tendrían una prioridad de cobro sobre la totalidad de los demás acreedores del Banco (incluidos los tenedores de Obligaciones Negociables), salvo ciertos acreedores laborales y garantizados. Más aún, los depositantes tendrían prioridad de cobro sobre todos los demás acreedores, con excepción de ciertos acreedores laborales, por los fondos en poder del Banco Central de la República Argentina mantenidos como reserva, cualquier otro fondo existente al momento de cualquier revocación de la licencia bancaria del Banco y los fondos provenientes de cualquier transferencia forzosa de los activos del Banco por parte del Banco Central.
El Banco ha emitido y podrá emitir obligaciones negociables subordinadas adicionales. En ese caso, además de la prioridad otorgada a ciertos acreedores según se explicara en los párrafos precedentes, las Obligaciones Negociables subordinadas también estarán sujetas en todo momento al pago de cierta deuda no garantizada y no subordinada del Banco.
Es posible que no se desarrolle un mercado activo para la negociación de las Obligaciones Negociables.
Las Obligaciones Negociables en el marco de este Programa constituyen títulos nuevos por los que actualmente no existe un mercado de negociación activo. El Banco podrá solicitar la autorización para el listado y la negociación de las Obligaciones Negociables en los mercados de valores autorizados por la CNV y/o en bolsas o mercados extranjeros todo ello con sujeción a todas las leyes y reglamentaciones locales y extranjeras que resultaren de aplicación a tales efectos de acuerdo a lo que se determine en el correspondiente Suplemento de Precio incluyendo, sin limitación, BYMA, el MAE o en la Bolsa de Valores de Luxemburgo para su negociación en el mercado Euro MTF, el mercado alternativo de la Bolsa de Valores de Luxemburgo. Sin embargo, el Banco no puede garantizar que esas solicitudes serán aceptadas. Más aún, podrán existir Obligaciones Negociables de una clase que no listen en bolsa ni sean negociadas en ningún sistema de negogiación. Si se negociaran Obligaciones Negociables luego de su emisión inicial, podrán negociar a descuento a su precio de oferta inicial, dependiendo de las tasas de interés prevalecientes, el mercado de títulos similares, las condiciones económicas generales y el rendimiento financiero del Banco.
No puede garantizarse que se desarrollará un mercado de negociación activo para las Obligaciones Negociables de cualquier clase, o, de desarrollarse, que se mantendrá en el futuro. Si no se desarrollara un mercado de negociación activo de las Obligaciones Negociables o no pudiera mantenerse, el precio xx xxxxxxx y la liquidez de las Obligaciones Negociables podrán verse seriamente afectados.
Las Obligaciones Negociables podrían estar sujetas a restricciones sobre su transferencias, las cuales podrían limitar la capacidad de los tenedores de vender sus Obligaciones Negociables.
Las Obligaciones Negociables serán ofrecidas en base a una exención de los requisitos de registro de la Ley de Títulos Valores Estadounidense. En consecuencia, las Obligaciones Negociables podrán ser transferidas o vendidas únicamente en operaciones que estén registradas según la Ley de Títulos Valores Estadounidense o sobre la base de una exención de dicho registro y en cumplimiento de cualquier otra ley aplicable de títulos valores de otras jurisdicciones. Estas restricciones podrían afectar la capacidad de los tenedores de vender sus Obligaciones Negociables.
El Banco podrá rescatar las Obligaciones Negociables antes del vencimiento.
Las Obligaciones Negociables podrán ser rescatadas a opción del Banco en caso de producirse ciertos cambios en el régimen fiscal argentino y, si el Suplemento de Precio aplicable así lo especificara, las Obligaciones Negociables también podrán ser rescatadas a opción del Banco por cualquier otra causa. El Banco podrá optar por rescatar Obligaciones Negociables cuando las tasas de interés prevalecientes fueran relativamente bajas. En consecuencia, un inversor podrá no estar en posición de reinvertir los fondos provenientes del rescate en un título similar a una tasa de interés efectiva tan alta como la de las Obligaciones Negociables.
Como entidad financiera, cualquier procedimiento de quiebra contra el Banco estaría sujeto a la intervención del Banco Central, lo que podrá limitar los recursos disponibles en otro caso y extender la duración de los procedimientos.
Si el Banco no pudiera pagar sus deudas a su vencimiento, el Banco Central generalmente intervendría, designando a un interventor, solicitaría que el Banco presente un plan de reestructuración, transferiría parte de sus activos y pasivos y posiblemente revocaría su habilitación bancaria y presentaría un pedido de liquidación ante un tribunal local. Ante tal intervención, los recursos de los tenedores de las obligaciones negociables podrán verse limitados y los reclamos y derechos de los depositantes del Banco y posiblemente de otros acreedores podrán gozar de prioridad sobre los de los tenedores. Como resultado, los tenedores podrán obtener sustancialmente menos fondos de sus reclamos que los que obtendrían en un procedimiento concursal o de quiebra en Argentina, Estados Unidos o cualquier otro país.
El precio al que los tenedores serán capaces de vender las Obligaciones Negociables antes de su vencimiento dependerá de varios factores y puede ser sustancialmente menor al que los tenedores originalmente invirtieron.
El precio xx xxxxxxx de las Obligaciones Negociables puede verse afectado en cualquier momento por los cambios en los niveles de riesgos percibido en relación con el Banco o el mercado. Por ejemplo, un aumento en el nivel de la percepción del nivel de riesgo podría causar una disminución en el precio xx xxxxxxx de las Obligaciones Negociables. El nivel de riesgo percibido se verá influido por complejos e interrelacionados factores políticos, económicos, financieros y otros factores que pueden afectar a los mercados de capitales en general y/o el mercado en el que opera el Banco. La volatilidad es el término utilizado para describir el tamaño y la frecuencia de las fluctuaciones xxx xxxxxxx. Si la volatilidad de la percepción del riesgo varía, el valor xx xxxxxxx de las Obligaciones Negociable puede cambiar.
Los tenedores de Obligaciones Negociables podrán encontrar dificultad en obtener el cumplimiento de responsabilidades civiles contra el Banco o sus directores, funcionarios y personas controlantes.
El Banco está constituido según las leyes de Argentina y su domicilio social se encuentra ubicado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina. La mayoría de sus directores, funcionarios y personas controlantes residen fuera de Estados Unidos. Asimismo, todo o una parte sustancial de sus activos y de los activos de tales funcionarios se encuentra ubicada fuera de Estados Unidos. Como resultado, podrá ser difícil para los tenedores de Obligaciones Negociables dar traslado de notificaciones en Estados Unidos a tales personas o exigir el cumplimiento de sentencias en su contra, incluida cualquier acción basada en la responsabilidad civil según las leyes de títulos valores federales estadounidenses. En base a la opinión de los asesores legales argentinos del Banco, no hay certeza sobre la exigibilidad contra tales personas en Argentina, en acciones entabladas en primera instancia o en acciones para ejecutar sentencias de tribunales estadounidenses, de responsabilidades basadas únicamente en las leyes de títulos valores federales estadounidenses. Adicionalmente, la ejecución de sentencias extranjeras estará sujeta al cumplimiento de determinados requisitos xx xxx argentina, tales como el cumplimiento de los Artículos 517 a 519 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, incluyendo el requisito de que tales sentencias extranjeras no violen los principios de orden público del derecho argentino, según lo determinado, con anterioridad o simultáneamente, por un tribunal argentino.
La emisión de Obligaciones Negociables bajo el Programa en UVA podría verse cuestionada.
El Poder Ejecutivo Nacional puede emitir Decretos de Necesidad y Urgencia (“DNU”) de acuerdo con, y sujeto a, las limitaciones previstas en el artículo 99, inciso 3 de la Constitución Nacional. Conforme lo dispuesto por la Ley Nº26.122, la Comisión Bicameral Permanente debe expedirse acerca de la validez o invalidez de los DNU, pronunciándose sobre la adecuación de estos a los requisitos formales y sustanciales establecidos constitucionalmente para su dictado, y elevar el dictamen al plenario de cada Cámara Legislativa para su expreso tratamiento. En consecuencia, los DNU son plenamente válidos en tanto no se produzca su rechazo expreso por ambas Cámaras Legislativas. A la fecha del presente Prospecto, la Comisión Bicameral Permanente no ha emitido dictamen sobre de la validez o invalidez del DNU N° 146/2017 (el “DNU 146/17”).
Las Obligaciones Negociables podrán estar denominadas en UVA, y en su caso, serán emitidas en el marco del DNU Decreto 146/17, que estableció que los valores negociables con o sin oferta pública por plazos no inferiores a dos años, están exceptuados de lo dispuesto en los artículos 7 y 10 de la Ley N° 23.928 que prohíbe la actualización monetaria o indexación. En caso de que dicho Decreto 146/17 fuese rechazado por ambas Cámaras Legislativas según se detalla más arriba, o por cualquier motivo se deje sin efecto o no se reconozca como válido, dicha circunstancia podría afectar la validez de la actualización de las Obligaciones Negociables sobre la base de actualizar el valor de las mismas por el CER y denominarlas en UVA.
Por otro lado, en caso de que conforme con los términos y condiciones de las Obligaciones Negociables resultare aplicable un índice sustituto en reemplazo de las UVA, dicho índice sustituto podrá ser aplicado en la medida que ello esté permitido por la normativa vigente, y, de aplicarse, podría resultar en un valor distinto del que hubiera resultado en caso de la aplicación de las UVA.
Asimismo, se deja expresado que la emisión de Obligaciones Negociables denominadas en UVA se trata de una operación ajustable por un índice que refleja la evolución de los precios, que el referido ajuste actualmente se calcula a través el CER y se expresa en UVAs, cuyo valor diario se publica actualmente en el sitio del BCRA, y que los efectos de la inflación o evolución de los precios tendrán correlación en las sumas adeudadas por la Emisora.
En el futuro estos índices pueden variar tanto en su contenido como en su forma de cálculo, lo que podrá incidir en la forma de ajustar las sumas adeudadas por la Compañía, y también el monto de intereses a pagar ya que se calcularán sobre un importe que se ajusta en su valor. En tal sentido, los procesos inflacionarios de la Argentina a lo largo del tiempo, muestran que es posible que la inflación alcance niveles elevados.
Sin perjuicio de lo expuesto anteriormente, mediante Resolución N° 94/2020 de fecha 0 xx xxxxxxxxxx xx 0000, xx Xxxxxx Nacional resolvió declarar la validez del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 643, de fecha 4 xx xxxxxx del año 2020, mediante el cual se modificó el artículo 5 del DNU 146/17, que dispone que los valores negociables con o sin oferta pública, por plazos no inferiores a 2 años, a los que podrá aplicarse el CER previsto en el artículo 4° del Decreto N° 214/2002, quedarán exceptuados de lo dispuesto en los artículos 7° y 10 de la Ley N° 23.928 y sus modificatorias, y podrán denominarse en UVA o en Unidades de Vivienda actualizables por el Índice del Costo de la Construcción (ICC) - Ley N° 27.271 (UVIs), de conformidad con lo establecido por el BCRA.
Las calificaciones de las Obligaciones Negociables pueden disminuirse o ser retiradas dependiendo de varios factores, incluyendo la evaluación de la sociedad calificadora, de la solidez financiera del Banco y del riesgo soberano de Argentina.
Las calificadoras de riesgo pueden asignar calificación de riesgo a las Obligaciones Negociables. Las calificaciones de las Obligaciones Negociables reflejan la evaluación de la sociedad calificadora pertinente respecto de la posibilidad del Banco de realizar puntualmente el pago del capital e intereses sobre las Obligaciones Negociables. Asimismo, los métodos de asignación de calificaciones empleados por las sociedades calificadoras argentinas pueden diferir en aspectos importantes con aquéllos empleados por sociedades calificadoras de riesgo en los Estados Unidos u otros países. Las calificaciones de las Obligaciones Negociables no representan una recomendación para comprar, vender o mantener las Obligaciones Negociables, y no hacen observaciones sobre los precios xx xxxxxxx o la conveniencia para un inversor en particular. El Banco no puede asegurar que las calificaciones de riesgo de
las Obligaciones Negociables se mantendrán durante cualquier período de tiempo determinado o que no serán disminuidas o retiradas. Una disminución de las calificaciones no constituirá un supuesto de incumplimiento de las Obligaciones Negociables. Las calificaciones asignadas pueden aumentarse, disminuirse o retirarse, dependiendo, entre otras cuestiones, de la evaluación de la sociedad calificadora, de la solidez financiera del Banco, así como también su evaluación del riesgo xxxxxxxx xxx xxxx en general, y cualquier cambio de estas circunstancias puede afectar el precio xx xxxxxxx o la liquidez de las Obligaciones Negociables.
Cuestionamientos de la AFIP a la colocación por oferta pública.
Siempre que los fondos provenientes de la colocación de las Obligaciones Negociables sean aplicados de conformidad con los fines establecidos en la Ley de Obligaciones Negociables, a los efectos de gozar del tratamiento impositivo previsto en el artículo 36 de la Ley de Obligaciones Negociables, no resulta suficiente la sola autorización de oferta pública de las Obligaciones Negociables otorgada por la CNV, sino que las Obligaciones Negociables deben efectivamente ser ofertadas y colocadas mediante una oferta pública transparente. En este sentido, el/los Colocador/es interviniente/s en el proceso de colocación de la respectiva Clase ofrecerán públicamente las Obligaciones Negociables en los términos de la Ley N°26.831 xx Xxxxxxx de Capitales, efectuando a tal efecto los esfuerzos de colocación necesarios a fin de que los tenedores gocen de los beneficios impositivos. Sin perjuicio de lo expuesto, se destaca que aún existe cierta incertidumbre respecto de la interpretación de la AFIP acerca del requisito de colocación de los valores negociables por oferta pública (en los casos de colocaciones locales). Por tal motivo, no puede descartarse que la AFIP pueda considerar que en el caso no se ha cumplido con dicho requisito, con la consiguiente pérdida de los beneficios impositivos con los que cuentan las Obligaciones Negociables. En virtud de todo lo mencionado, se insta a los inversores a consultar a sus propios asesores al respecto.
HISTORIA Y DESCRIPCIÓN DE LOS NEGOCIOS DEL BANCO
El Banco
La denominación social y comercial del Banco es Banco Macro S.A. El Banco es una entidad financiera constituida el 21 de noviembre de 1966 como una sociedad anónima de acuerdo con las leyes de la Argentina, por un período de 99 años, y registrada el 8 xx xxxxx de 1967 en el Registro Xxxxxxx xx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxx bajo el Nº 1154 en el Libro N°2, Folio 75 de Estatutos. Subsecuentemente el Banco cambió de domicilio legal a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y fue registrado ante la Inspección General de Justicia (IGJ) el 8 de octubre de 1996 bajo el Nº 9777 en el Libro Nº 119, Tomo A de Sociedades Anónimas. El CUIT del Banco es 30-50001008-4.
Historia – Banco Macro S.A.
Banco Macro comenzó a operar como entidad financiera no bancaria en 1985, mediante la adquisición de Macro Compañía Financiera S.A. (creada en 1977). En mayo de 1988 recibió la autorización para operar como banco comercial, y se constituyó como Banco Macro S.A. Posteriormente, como resultado de un proceso de fusión con otras entidades el Banco adoptó otros nombres (entre ellos Banco Macro Bansud S.A.) y desde agosto de 2006, el nombre de “Banco Macro S.A.” nuevamente.
Desde entonces y hasta 1994, Banco Macro operó como un banco mayorista, siendo pionero en emisiones de títulos de deuda privados. Sus principales áreas de actuación fueron el mercado monetario, la negociación de títulos públicos y privados y servicios financieros para empresas medianas y grandes.
A partir de 1994, Banco Xxxxx modificó radicalmente su estrategia de negocios, concentrándose en la provisión de servicios de banca minorista en áreas xx xxxxxxx con bajo nivel de bancarización y gran potencial de crecimiento, con enfoque en regiones fuera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Como parte de esta estrategia, en 1996 el Banco comenzó a adquirir entidades, así como activos y pasivos resultantes de la privatización de bancos provinciales y otras entidades, tales como Banco Misiones, Banco Salta y Banco Jujuy.
En 2001, 2004, 2006 y 2010 Banco Macro adquirió el control de Banco Bansud S.A., Nuevo Banco Suquía S.A., Nuevo Banco Bisel S.A. y Banco Privado de Inversiones S.A., respectivamente, expandiendo a través de estas adquisiciones su presencia en el sur y centro de país. Dichas entidades fueron fusionadas con el Banco en diciembre de 2003, octubre de 2007, agosto de 2009 y diciembre de 2013, respectivamente. Asimismo, durante 2006, Banco Macro adquirió el control de Banco del Tucumán S.A., que fue fusionado con el Banco en octubre de 2019. Asimismo, en mayo de 2019 Banco Macro adquirió el 100% de Argenpay S.A.U.
En enero de 2019, Banco Macro aceptó una oferta por parte de Xx Xxxxxx (Netherlands) B.V. (sociedad vinculada a Advent International Global Private Equity) por la compra de Prisma Medios de Pago S.A. (“Prisma”). Dicha aceptación ocurrió en el marco del compromiso de desinversión que asumieron Prisma y sus accionistas frente a la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC). La operación comprendió la compra de 1.933.051 acciones ordinarias escriturales de valor nominal 1 peso cada una y con un voto por acción, representativas del 4,6775% del capital social, equivalentes al 51% de la tenencia accionaria de Banco Macro en Prisma. Con fecha 1° de octubre de 2021, en el marco del mencionado compromiso, el Banco, junto a los demás accionistas clase B de Prisma, han enviado la notificación correspondiente al ejercicio de la opción de venta e iniciado de tal forma el procedimiento de venta del 49% restante del capital social y los votos de Prisma. Con fecha 18 xx xxxxx de 2022, el Banco informó que fue perfeccionada la transferencia de la totalidad de la tenencia accionaria remanente del Banco en Prisma a favor de AI ZENITH (Netherlands) B.V. representativas del 4,4941% del capital social y votos de Xxxxxx. El precio por dicha participación asciende a Dólares Estadounidenses 33.017.761,20 y será abonado de la siguiente manera: (i) 30% en Pesos a una tasa UVA más 15% nominal anual y (ii) 70% en Dólares Estadounidenses a una tasa del 10% nominal anual dentro del plazo de seis años. Asimismo, informó que, en el marco de la mencionada transacción, se acordó que parte del saldo del precio por la venta del 51% del capital social y los votos de Prisma sea abonado en dos cuotas, extendiendo el plazo para su pago a los años 2026 y 2027.
Adicionalmente, el 00 xx xxxxx xx 0000, xx Xxxxx realizó un aporte irrevocable de capital a cuenta de futura suscripción de acciones a la sociedad Play Digital SA y el 23 de julio se aceptó el aporte irrevocable y prestó conformidad para que el Banco suscriba
16.250.000 acciones de VN $ 1 representativas del 25% del capital social. Con fecha 26 xx xxxxxx y 15 de octubre de 2020, el Banco realizó aportes irrevocables de capital a cuenta de futura suscripción de acciones a la sociedad Play Digital SA. La Asamblea General Extraordinaria de Play Digital SA de fecha 26 xx xxxxxx y 15 de octubre de 2020, aceptó los aportes irrevocables y prestó conformidad para que el Banco suscribiera 26.634.046 y 58.017.400 acciones de valor nominal (VN) $ 1, respectivamente. Con fecha 15 de diciembre de 2020, la Asamblea General Extraordinaria de Play Digital SA aprobó un incremento del capital social y el Banco, con fecha 16 de diciembre de 2020, suscribió 18.276.059 nuevas acciones de VN $1. Asimismo, con fecha 4 xx xxxxx y 12 xx xxxx de 2021 se realizaron nuevos aportes, los cuales fueron capitalizados en Asamblea General Extraordinaria de fecha 00 xx xxxxxxxxxx xx 0000, xxx xxx xxxxxx el Banco suscribió 96.539.571 acciones de valor nominal (VN) $ 1. Como consecuencia de esta última aceptación de los aportes de capital el Banco posee 215.717.076 acciones escriturales de valor nominal (VN) $ 1 y con derecho a 1 voto por acción, lo que equivale al 10,020% del capital social. Asimismo, con fecha 17 de enero de 2022, el Banco
realizó un nuevo aporte irrevocable de capital a cuenta de futura suscripción de acciones en Play Digital SA por 130.758 miles de pesos. El objetivo de esta sociedad es desarrollar y comercializar una solución de pagos vinculadas a las cuentas bancarias de los usuarios del sistema financiero a fin de mejorar significativamente su experiencia de pagos. Inicialmente los accionistas, incluyendo el Banco, eran Banco de Galicia y Buenos Aires SAU, Banco BBVA Argentina SA y Banco Santander Río SA. Posteriormente, otras entidades ingresaron como accionistas sumándose a las mencionadas precedentemente.
Adicionalmente, con fecha 1 de octubre de 2021, el Banco decidió hacer uso de la opción para alcanzar el 24,99% de participación en Fintech SGR. En consecuencia, El Banco posee el 49,9939% de las acciones clase “B” correspondientes a los socios protectores. El objetivo de esta sociedad es facilitar el acceso al crédito de las pequeñas y medianas empresas (PYMES) a través de la presentación de avales.
Asimismo, con fecha 15 de octubre de 2021, el Banco adquirió acciones representativas del 50% del capital social y votos de la sociedad Finova SA. El objetivo de esta sociedad consiste en desarrollar y comercializar la plataforma electrónica xxx.xxxxxxxx.xxx.xx, que permite la negociación de instrumentos de crédito emitidos o aceptados por las grandes empresas en favor de la micro, pequeña y mediana empresa (MIPyMES).
El Banco ofrece actualmente productos y servicios bancarios tradicionales a empresas, incluyendo a aquellas que se desempeñan en economías regionales y a individuos, reforzando el objetivo del Banco de ser un banco multi-servicios.
Adicionalmente, Banco Macro desarrolla ciertas transacciones a través de sus subsidiarias, incluyendo principalmente Macro Bank Limited, Macro Securities S.A., Macro Fiducia S.A., Macro Fondos S.G.F.C.I. S.A., Argenpay S.A.U. y Fintech SGR.
Las acciones del Banco listan en el BYMA desde noviembre de 1994, y en la NYSE desde marzo de 2006, y han sido autorizadas para su negociación en el MAE desde octubre de 2015.
Inversiones en propiedades
En 2011 el Banco adquirió del Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx un predio ubicado en Xx. Xxxxxxx Xxxxxx Xx0000, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, por un valor total de Ps.110 millones. El Banco desarrolló un proyecto para construir sus nuevas oficinas administrativas en este predio. Las obras se iniciaron en 2012 y fueron finalizadas en 2019.
La Torre está inserta en un lote de casi 5.000 m2 y cuenta con una superficie total de 53.300 m2, con 28 pisos de oficinas. El edificio tiene una capacidad total de 2.400 puestos de trabajo, ocupados por todos los equipos de las áreas centrales del Banco.
Este proyecto tuvo, desde sus inicios, un enfoque en la responsabilidad ambiental, en línea con la Política de Sustentabilidad del Banco. La construcción fue proyectada para cumplir con la certificación de normas LEED, Líder en Eficiencia Energética y Diseño Sostenible. El diseño busca mejorar las condiciones del espacio de trabajo de cada persona y permite que cada planta del edificio logre aprovechar al máximo la luz natural. Además, los materiales no provienen de la tala de los bosques nativos.
El monto total invertido en el proyecto fue de aproximadamente US$186 millones a los tipos de cambio vigentes a fin de mes en las respectivas fechas de dichas inversiones.
Descripción de los negocios del Banco Introducción
El Banco es una de las entidades bancarias líderes en Argentina. Con la más extensa red de sucursales del sector privado en el país, el Banco ofrece una gama de productos y servicios financieros estándar a una base de clientes de todo el país. El Banco se distingue de sus competidores por su sólida situación financiera y su enfoque hacia individuos de bajos y medios ingresos y en pequeñas y medianas empresas generalmente ubicadas fuera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El Banco entiende que esta estrategia ofrece significativas oportunidades de crecimiento sostenido a su negocio bancario. Al 30 xx xxxxx de 2021, el Banco se ubicaba en la primera posición en términos sucursales, en la segunda posición en términos de patrimonio neto y en la cuarta posición en términos de préstamos totales y en términos de depósitos totales entre todos los bancos privados de Argentina.
Al 31 de diciembre de 2021, el Banco tenía, en forma consolidada:
• Ps. 997.701,3 millones en activos totales;
• Ps. 348.474,9 millones en préstamos y otras financiaciones al sector privado no financiero y residentes en el exterior;
• Ps. 588.850,7 millones en depósitos totales;
• aproximadamente 4,3 millones de clientes individuos y 0,09 millones de clientes comerciales; y
• aproximadamente 0,9 millones de clientes con cuentas Plan Sueldo (tal como dicho término se define más adelante) para clientes del sector privado y gobiernos provinciales y 0,7 millones de clientes de la seguridad social.
El resultado neto consolidado del Banco para el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2021 ascendió a Ps. 27.123,2 millones, lo que representa un retorno sobre el patrimonio neto promedio del 2,8 % y un retorno sobre los activos promedios del 12,2 %.
En general, debido al relativamente bajo nivel de intermediación bancaria en Argentina, el Banco está ofreciendo productos y servicios limitados. El Banco se está concentrando en el crecimiento global de su cartera de préstamos, expandiendo su número de clientes, y alentándolos al uso de sus productos crediticios. El Banco encara sus negocios bancarios de manera unificada; no es administrado por segmentos o divisiones ni por categorías de clientes, productos y servicios ni por regiones ni cualquier otro tipo de segmentación, con el propósito de asignar recursos o evaluar rentabilidad. Los productos y servicios del Banco consisten en cuentas corrientes y cajas de ahorro, tarjetas de crédito y débito, préstamos para financiar consumo y otros productos crediticios y servicios transaccionales que provee a través de su red de sucursales tanto a sus clientes individuales, como a pequeñas y medianas empresas. Asimismo, el Banco provee servicios de acreditación en cuenta de sueldos (“Plan Sueldo”), financiamiento comercial, tarjetas de crédito corporativas, préstamos comerciales con garantía hipotecaria, procesamiento de transacciones y cambio de divisas. Adicionalmente, el servicio de Plan Sueldo para empresas privadas y al sector público provee al Banco de una base de depósitos de clientes amplia y estable.
Ventajas competitivas del Banco
El Banco considera que se encuentra bien posicionado respecto de sus competidores en un escenario económico y comercial como el actual en Argentina. Sus ventajas competitivas incluyen:
⮞ Sólida posición financiera. Al 31 de diciembre de 2021, el exceso de capital del Banco era de Ps. 197.767 millones (36,1% de ratio de capitalización regulatorio). El exceso de capital del Banco tiene como objetivo respaldar su crecimiento orgánico y consecuentemente un mayor apalancamiento del balance.
⮞ Importante Patrimonio Neto. Al 31 de diciembre de 2019, 2020 y 2021 el patrimonio neto del Banco ascendía a Ps.
215.477,0 millones, Ps. 223.515,6 millones y Ps. 238.606,4 millones, respectivamente.
⮞ Fuerte presencia en mercados de clientes de rápido crecimiento. El Banco ha adquirido una posición de liderazgo con individuos de bajos y medios ingresos y entre las pequeñas y medianas empresas generalmente ubicadas fuera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que no estaban adecuadamente atendidas por el sistema bancario. De acuerdo a lo experimentado, este mercado objetivo ofrece importantes oportunidades de crecimiento y una base estable de depositantes.
⮞ Gran exposición al crecimiento impulsado por las exportaciones. Teniendo en consideración la ubicación geográfica de los clientes a los que el Banco apunta, éste ha adquirido otras entidades financieras con un gran número de sucursales situadas fuera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el objetivo de completar su cobertura nacional. El Banco se enfoca principalmente en algunas de las provincias orientadas a la exportación. En la mayor parte de estas provincias la actividad económica se concentra, principalmente, en la agricultura, minería, transporte de cargas, industria aceitera, ganadería y turismo, actividades que se han beneficiado con el crecimiento producido en la economía argentina como resultado de las exportaciones.
⮞ La mayor red de sucursales del sector bancario privado en Argentina. Con 466 sucursales y 1.779 cajeros automáticos (ATMs) al 31 de diciembre de 2021 el Banco cuenta con la red de sucursales más extensa entre los bancos privados de Argentina. El Banco considera a su red de sucursales como su principal canal de distribución en el ofrecimiento de sus productos y servicios a su base de clientes, mediante una atención personalizada. En línea con la estrategia del Banco, alrededor del 94% de dichas sucursales están ubicadas fuera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
⮞ Base de clientes leales. La cartera de clientes del Banco está constituida por clientes leales, debido a su presencia en mercados que tradicionalmente estaban desatendidos y al servicio de Plan Sueldo. Asimismo, el Banco se ha beneficiado de la regulación argentina que requiere que todos los empleados mantengan cuentas bancarias para el depósito directo de sus salarios. Por otra parte, el Banco enfatiza la relación directa con sus clientes, a fin de poder ofrecerles asesoramiento personalizado.
⮞ Agente financiero exclusivo de cuatro gobiernos provinciales argentinos. El Banco brinda servicios de agente financiero a los gobiernos provinciales xx Xxxxx, Jujuy, Misiones y Tucumán, en la región norte de la Argentina. En consecuencia, el Banco mantiene las cuentas bancarias de cada uno de estos gobiernos provinciales y provee cuentas Plan Sueldo a todos sus empleados, lo que les da acceso x xxxxxxx de financiamiento de bajo costo y a un gran número de clientes leales.
⮞ Conducción eficiente y experimentada, y accionistas comprometidos. La conducción del Banco se encuentra en manos de un grupo de accionistas comprometido que ha logrado transformar un pequeño banco mayorista en uno de los bancos más fuertes y grandes de Argentina, y un equipo gerencial de primera línea con vasta experiencia en el sector bancario.
La estrategia del Banco
Las ventajas competitivas del Banco lo posicionan para aprovechar el futuro desarrollo del sistema financiero argentino.
El Banco opera de acuerdo con su política de sustentabilidad basada en cinco pilares estratégicos relacionados con el negocio que afectan a todos los clientes del Banco, estableciendo una estrategia de sustentabilidad a corto, mediano y largo plazo. Los pilares estratégicos de sostenibilidad del Banco son:
⮚ Inclusión y educación financiera: promovemos la bancarización y la accesibilidad a través de nuestra amplia red de sucursales, anexos y cajeros automáticos, focalizados en incluir a los sectores de menores ingresos y en la educación financiera en todas las comunidades para todo tipo de sectores y actividades.
⮚ Impacto ambiental directo e indirecto: impulsamos el cuidado de nuestro entorno social y del medio ambiente, tanto internamente como en nuestra cadena de valor.
⮚ Responsabilidad por el bienestar y la inclusión de las personas: buscando mejorar la calidad de vida de los individuos, acompañamos el desarrollo profesional de nuestros colaboradores, favorecemos la diversidad y la inclusión en el ambiente de trabajo.
⮚ Desarrollo de PyMEs y emprendimientos: acompañamos a las PyMEs y a los nuevos emprendimientos en el desarrollo de sus negocios con productos y servicios a medida, brindando formación y herramientas para su crecimiento.
⮚ Transparencia en todas nuestras acciones: operamos con la máxima transparencia, a fin de crear un marco de confianza y credibilidad para todos nuestros Grupos de Interés, en adhesión y cumplimiento con los principales estándares y buenas prácticas de transparencia y responsabilidad en la gestión a nivel nacional e internacional.
El objetivo del Banco es lograr un crecimiento general mediante el aumento de su base de clientes, la expansión de su cartera de créditos y la generación de mayores ingresos por servicios transaccionales. El Banco planea lograr ese objetivo mediante una administración unificada, focalizando su estrategia de crecimiento en el ofrecimiento y promoción de sus productos bancarios estándar y servicios a sus clientes. El Banco busca lograr su estrategia de crecimiento a través de la adquisición de bancos en Argentina, lo que ha permitido al Banco expandir su red de sucursales y su base de clientes significativamente. El Banco ha aprovechado las oportunidades presentadas por el sistema financiero argentino, para acceder a nuevos lugares mediante la adquisición de otros bancos o absorbiendo sucursales de bancos liquidados por el Banco Central.
El Banco se ha propuesto continuar fortaleciendo su posición de banco líder en Argentina. Los principales elementos de la estrategia del Banco incluyen:
⮞ Focalización en mercados desatendidos con fuerte potencial de crecimiento. El Banco seguirá focalizándose tanto en los individuos de bajos y medios ingresos como en pequeñas y medianas empresas, cuya mayoría ha sido tradicionalmente desatendida por el sistema bancario argentino y que en general se encuentran ubicados fuera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires donde la competencia es relativamente débil y el Banco ya es una entidad líder. Estos mercados ofrecen atractivas oportunidades dada la baja penetración de servicios bancarios y la escasa competencia.
⮞ Mayor expansión del modelo de gestión a través de la red de sucursales y el desarrollo de la red mediante la apertura de nuevas sucursales, reforzando las oportunidades de negocios locales y centrándose en los puntos de ventas y apoyo en función de las necesidades específicas de sus clientes.
⮞ Mayor expansión de su base de clientes. El Banco tiene previsto continuar incrementando su base de clientes, lo que resulta esencial para aumentar sus ingresos financieros y por comisiones. Para atraer nuevos clientes, el Banco se propone:
⮞ Ofrecer líneas de crédito a mediano y largo plazo. El Banco intentará capitalizar la creciente demanda de crédito a largo plazo, que entiende acompañará el futuro crecimiento económico de Argentina. El Banco utilizará su alta liquidez y base de capital para ofrecer una variedad de productos crediticios de largo y mediano plazo más accesible que la de sus competidores.
⮞ Focalizar en clientes comerciales. El Banco aumentará el financiamiento a empresas mediante una amplia oferta de productos crediticios y transaccionales a medida del perfil y las necesidades de cada cliente.
⮞ Expandir los servicios del Plan Sueldo. El Banco continuará comercializando activamente los servicios del Plan Sueldo, enfatizando los beneficios que su vasta red brinda a empresas con necesidades nacionales o regionales.
⮞ Fortalecer la participación xx xxxxxxx del Banco en tarjetas de crédito, aumentando la actividad promocional y los beneficios para los clientes.
⮞ Continuar ampliando el uso de los canales automáticos, tanto en la atracción de clientes como para los productos minoristas, aumentando así la eficiencia operativa. El Banco ha profundizado el proceso de transformación digital, incorporando nuevos canales que mejora la interconexión con los clientes y les otorga nuevos medios para operar.
⮞ Expandir aún más el desarrollo del servicio de asistencia al cliente, brindándoles diferentes medios para realizar sus operaciones financieras sin límites de tiempo, en forma totalmente segura, simple y confortable.
⮞ Expandir nuestra base de clientes de nivel superior a través de nuestra gama de productos Selecta.
⮞ Concentrarse en nuestros objetivos de sustentabilidad. El Banco busca concentrarse en los objetivos de sustentabilidad alineados a los negocios del Banco en sus áreas fundamentales, y ampliar aún más dichas iniciativas sobre premisas básicas, entre ellas ampliando el acceso al crédito de sectores vulnerables, poniendo nuestro foco en productos financieros para perfiles que tradicionalmente no se encuentran suficientemente atendidos, ya que la verdadera inclusión financiera se da cuando todos pueden beneficiarse de los productos y servicios financieros en función de sus necesidades y circunstancias.
⮞ Búsqueda de oportunidades de crecimiento. Un componente clave de nuestra estrategia es la búsqueda continua de oportunidades de crecimiento, incluyendo posibles adquisiciones. En cualquier momento podemos considerar una o más adquisiciones potenciales o transacciones similares dentro del sector bancario y financiero argentino, en diferentes etapas de los procesos de evaluación, negociación y/o revisión. Cualquiera de las operaciones pueden ser sustanciales considerándolas individual o colectivamente.
A los fines de continuar cumpliendo con dichos objetivos, el 21 xx xxxxx de 2019, el Banco firmó el Protocolo de Finanzas Sostenibles junto con otros bancos fundadores y asociaciones bancarias como testigos de honor. Se trata de un protocolo de empresas sostenibles que representa un hito para la Argentina en tanto la sustentabilidad se sitúa en el centro de la agenda para abordar la temática de cambio climático. El protocolo cuenta con 4 estrategias: 1) Que la sustentabilidad este en el centro de la agenda y en la alta dirección de cada una de las entidades financieras; 2) Entender la importancia del análisis de riesgo social ambiental de los proyectos y de los préstamos que otorguen los bancos, analizar no solo la capacidad de repago sino entender como ese proyecto incide y afecta sobre la sociedad y sobre el ambiente; 3) Promover la creación de nuevos productos y nuevos servicios vinculados con la agenda verde o sostenible; y 4) Generar capacitación y formación para trabajar y extender estos conceptos a todo el sistema financiero.
En este marco, el Banco posee una Política de Créditos de Banca Empresas que contempla el análisis de riesgos menos convencionales; incluyendo aspectos ambientales, laborales, de Derechos Humanos y transparencia. En particular, se analizan las siguientes variables: Gestión del impacto ambiental en el manejo de insumos, uso responsable de los recursos naturales, gestión de residuos, emisiones de gases efecto invernadero, publicación de un reporte de Responsabilidad Social Empresaria o Sustentabilidad, desarrollo sistemático de la inversión social privada con alianzas estratégicas con organizaciones de la sociedad civil con las que trabaja y medición del impacto en la comunidad, implementación de un Código de Conducta o Ética Empresaria, certificaciones relacionadas con la gestión sustentable, acciones con los clientes que tengan un impacto social o ambiental positivo, productos con fines sociales y ambientales, compras inclusivas a sectores vulnerables, entre otros.
Además, el Banco busca ampliar el acceso al crédito de sectores vulnerables, poniendo su foco en productos financieros para perfiles que tradicionalmente no se encuentran suficientemente atendidos, ya que la verdadera inclusión financiera se da cuando todos pueden beneficiarse de los productos y servicios financieros en función de sus necesidades y circunstancias.
Entre los productos y servicios inclusivos que ofrecemos, destacamos los siguientes: 1)Línea de préstamos personales para beneficiarios de AUH; 2) Línea de financiación para beneficiarios de pensiones graciables (ex-combatientes de Malvinas, personas con capacidades diferentes, etc.); 3) Acciones con impacto social enfocadas a la inclusión financiera; 4) Líneas para jubilados y pensionados; 5) Préstamos personales y acceso a tarjeta de crédito para clientes informales, sin actividad verificable: 6) Préstamos hipotecarios para financiar la adquisición o construcción de xxxxx xx xxxxxx; y 7) Programa Procrear (préstamos hipotecarios) en todas sus etapas y Programa Procrear Joven. Este segmento incluye a las PyMEs, los microemprendimientos y los negocios regionales, a quienes el Banco busca ofrecer productos y servicios acordes a su perfil, en función de su tamaño y la localidad donde operan. Por su parte, el Programa Naves apuesta por las PyMEs y los emprendimientos, brindando herramientas para el armado de planes de negocio, y premia a las mejores iniciativas con financiamiento. De esta forma, el Banco aplica su negocio para fines sociales y ambientales, aportando al desarrollo sostenible y las finanzas sustentables como tendencia local y mundial.
Productos y servicios
El Banco provee a sus diversos clientes una combinación de productos y servicios estándar designados específicamente para satisfacer sus necesidades individuales. El Banco cuenta con dos categorías amplias de clientes: (i) clientes minoristas, la cual incluye a los individuos y (ii) clientes comerciales, la cual incluye empresas pequeñas, medianas y grandes y empresas muy grandes (corporaciones). Adicionalmente, el Banco provee servicios a cuatro gobiernos provinciales. El Banco ofrece una relativamente estrecha gama de productos estándar, los cuales se encuentran generalmente disponibles tanto para sus clientes individuales como comerciales. El Banco encara sus negocios bancarios de manera unificada; no es administrado por segmentos o divisiones ni por categorías de clientes, productos y servicios o por regiones ni en cualquier otro tipo de segmentación, a los efectos de asignar recursos o evaluar rentabilidad. La estrategia del Banco consiste en aumentar sus negocios mientras crece la demanda del crédito en Argentina, concentrándose en las oportunidades xx xxxxx-selling entre su amplia base de clientes. La siguiente reseña de los negocios del Banco sigue las categorías amplias de clientes minoristas y comerciales, para facilitar la comprensión de quiénes son los clientes del Banco y los productos y servicios que el Banco provee.
Clientes minoristas Introducción
El Banco presta servicios a personas humanas con el objeto de satisfacer sus necesidades financieras, ya sea en materia de ahorro, servicios transaccionales o financiamiento. Los clientes minoristas se clasifican según su situación laboral o su principal fuente de ingresos, en las siguientes categorías: Plan Sueldo, Jubilados, Mercado Abierto y Profesionales y Negocios y otros. El Banco presta servicios en todo el territorio de la Argentina, y particularmente en las regiones fuera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las cuales poseen una alta concentración de individuos de bajos y medios ingresos, tradicionalmente desatendidos por los grandes bancos privados. El Banco atiende a estos clientes minoristas a través de su extensa red nacional de sucursales. Aproximadamente el 94% de dichas sucursales se encuentran ubicadas fuera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
El siguiente cuadro refleja la cantidad de clientes minoristas divididos por categoría al 31 de diciembre de 2019, 2020 y 2021:
Clientes minoristas por categoría | 2019 | 2020 | 2021 |
Mercado abierto | 1.844.412 | 2.249.120 | 2.362.901 |
Plan Sueldo (sector privado y público) | 867.322 | 894.727 | 945.212 |
Jubilados y pensionados | 698.133 | 697.469 | 706.109 |
Profesionales y negocios y otros | 292.937 | 286.421 | 298.661 |
Total clientes minoristas | 3.702.804 | 4.127.737 | 4.312.883 |
El Banco ofrece a sus clientes minoristas productos y servicios bancarios tradicionales tales como cuentas corrientes y cajas de ahorro, depósitos a plazo fijo, tarjetas de crédito y débito, préstamos financieros de consumo (incluyendo préstamos personales), préstamos hipotecarios, préstamos para automotores, giro en descubierto, servicios crediticios, coberturas de seguros para vivienda y automotores, pago de impuestos y servicios, cajeros automáticos y transferencias de dinero.
Los clientes minoristas del Banco le proveen una importante y eficiente fuente de fondeo y significativos ingresos financieros y por comisiones. El Banco considera que su amplia base de clientes minoristas le proporciona una oportunidad excelente para aumentar el volumen de sus negocios vinculados al crédito. A modo de ejemplo, de la cartera de clientes minoristas del Banco al 31 de diciembre de 2021 sólo el 14,8% tiene un préstamo personal y sólo el 29 % posee tarjeta de crédito otorgada por el Banco. El Banco considera que existe un gran potencial para incrementar esos porcentajes.
Los esfuerzos del Banco se concentraron en fortalecer las relaciones con sus clientes ofreciéndoles los productos que mejor se adapten a sus necesidades y circunstancias, mediante asesoramiento profesional personalizado lo que constituye una característica distintiva del Banco para servir a su mercado objetivo. Asimismo, el Banco se focalizó en aumentar el volumen de captación de nuevos clientes individuos con el foco en aquellos segmentos que le permitan mayor eficiencia y mejor resultado de la ecuación costo/beneficio.
Las principales metas del Banco para la banca minorista consisten en mantener su participación xx xxxxxxx en las líneas orientadas al consumo, con un liderazgo sostenido en la cartera de préstamos personales y con un crecimiento constante de la cartera de tarjetas de crédito.
En este sentido, con miras a continuar creciendo en el mercado de tarjetas de crédito, el Banco intensificó sus esfuerzos tendientes a aumentar el consumo y los activos totales. También optimizó el uso de la información de sus clientes como una herramienta para implementar mejores acciones xx xxxxx-selling, retención de clientes y prevención de incumplimiento.
Cuentas corrientes, cajas de ahorro y depósitos a plazo fijo
El Banco percibe comisiones por el mantenimiento de cuentas, el envío de extractos de cuentas, el procesamiento de cheques y por otras operaciones de banca directa, tales como débitos directos, transferencias de fondos, órdenes de pago y tarjetas de débito. Los depósitos a plazo fijo constituyen también una fuente importante y estable de fondeo.
Las acciones comerciales y de fidelización de clientes del Banco le han permitido alcanzar un crecimiento en su cartera de depósitos superior a los niveles xxx xxxxxxx, principalmente debido al incremento en los depósitos a plazo fijo de clientes minoristas lo cual intensificó la diversificación del fondeo.
Las cuentas y los paquetes se constituyen en el canalizador de los depósitos vista y en uno de los principales impulsores de los ingresos por comisiones. Por este motivo, la Banca individuos trabaja en el ciclo de vida de los paquetes, impulsando acciones de fidelización y retención de los productos del Banco. Los paquetes crecen año a año respecto al volumen y la calidad. Durante los últimos años, se adecuó la oferta para seguir ofreciendo productos y servicios acordes a las necesidades de cada segmento y categoría de cliente.
En el 2020 el Banco lanzó la Cuenta Gratuita Universal, destinada a personas que no poseían cuenta en el Sistema Financiero. De este modo, se buscó incentivar la inclusión financiera de personas no bancarizadas. Por otra parte, se implementó el Onbording web para posibilitar el alta de clientes y la apertura xx xxxxx de ahorro en la web en simples pasos.
En el marco de la pandemia, el Banco debió implementar un conjunto de medidas de excepción establecidas por el Gobierno a través del BCRA, como la suspensión del cobro de comisiones y cargos de cuentas y paquetes durante el mes xx xxxxx de 2020 y la suspensión del cobro de comisiones por operaciones en cajeros automáticos del país hasta el 31 de diciembre de 2020, sin distinción alguna entre clientes y no clientes y tipo de cuenta sobre la cual se efectúa la operación.
A través de las Comunicaciones “A” 6893 y “A” 7225 del BCRA, se implementaron las Cajas de Ahorro en dólares, para que los clientes que así lo decidieran pudieran repatriar los fondos que tenían en el exterior. Con la Comunicación “A” 7384 se comenzó a ofrecer la Caja de Ahorro para Turistas.
El Banco continúa trabajando para mejorar la propuesta de valor, con el objetivo de convertirse en el banco principal para sus clientes. El crecimiento sostenido año tras año, tanto en volumen como en calidad de los paquetes, da cuenta de ese esfuerzo.
La cantidad de cuentas minoristas aumentó un 7% en 2019, un 11% en 2020 y un 4% en 2021.
El servicio de tarjetas de débito es esencial en el marco de la estrategia del Banco tendiente a aumentar las transacciones de clientes mediante el aumento del uso de cuentas. Su propósito secundario consiste en convertir los saldos de cuenta por mayores depósitos en cuentas transaccionales, aumentando así la base de depósitos a la vista del Banco. En 2019, el Banco incorporó la tecnología “contactless” en todas las nuevas emisiones, renovaciones y reimpresiones de tarjetas de débito. El Banco también aumentó los límites de extracción, compra y transferencia de sus clientes para favorecer el uso de los canales automáticos para obtener efectivo. En el marco de la pandemia, el Banco extendió la vigencia de las tarjetas de débito para que los clientes pudieran seguir realizando extracciones por cajero automático y no se vieran obligados a ir a la sucursal. La cantidad de tarjetas de débito emitidas por el Banco aumentó un 4%, 10% y 6% en 2019, 2020 y 2021, respectivamente.
El siguiente cuadro refleja el número de cuentas de clientes minoristas al 31 de diciembre de 2019, 2020 y 2021:
Productos | 2019 | 2020 | 2021 |
Cajas de ahorro | |||
Total cajas de ahorro | 4.469.531 | 5.116.756 | 5.453.645 |
Mercado abierto | 1.950.655 | 2.460.278 | 2.694.988 |
Jubilados y pensionados | 902.580 | 936.514 | 975.467 |
Plan Sueldo (sector privado) | 744.850 | 801.889 | 842.480 |
Plan Sueldo (sector público) | 542.731 | 584.576 | 625.275 |
Profesionales y negocios y otros | 328.715 | 333.499 | 315.435 |
Cuentas corrientes | |||
Cuentas corrientes | 822.227 | 750.711 | 643.964 |
Acceso electrónico a cuentas | |||
Tarjetas de débito | 3.601.847 | 3.948.147 | 4.187.155 |
Productos y servicios crediticios
El Banco ofrece a sus clientes minoristas préstamos personales, descuento de documentos, créditos hipotecarios para vivienda, líneas de adelantos, préstamos prendarios y financiamiento a través de tarjetas de crédito.
El Banco procura continuar incrementando su volumen de préstamos minoristas, concentrando sus esfuerzos en mercados desatendidos, tales como los individuos de bajos y medios ingresos, y en el cross-selling de sus productos crediticios minoristas a los actuales clientes del Banco, particularmente a aquellos que mantienen cajas de ahorro y cuentas corrientes en el Banco en virtud de los servicios de pago de sueldos y jubilaciones y pensiones que el Banco brinda.
En 2019, debido a la compleja coyuntura económica de Argentina, el mercado financiero se vio adversamente afectado. Ante esta situación, el Banco se abocó a incrementar los depósitos y desarrollar acciones comerciales destinadas a retener clientes, incrementando la cantidad de productos por cliente y captando planes sueldo. Por otra parte, el Banco afianzó su modelo de negocio, manteniendo una cartera de préstamos bien diversificada. En 2019, el Banco retuvo su participación xx xxxxxxx en productos de consumo y mantuvo su posición de liderazgo en préstamos personales con respecto a la competencia (otros bancos privados). Asimismo, la oferta de productos de tarjetas de crédito siguió operando en un contexto altamente competitivo, lo cual exige constantemente acelerar los procesos de transformación digital. En cuanto respecta a la cartera de préstamos hipotecarios, la extensión de estos préstamos se redujo significativamente en comparación con el año anterior.
Hacia fines de 2019, el gobierno argentino dispuso el congelamiento de las cuotas de los créditos hipotecarios para primera vivienda (para montos de hasta 120.000 UVAs) aplicable desde septiembre de 2019 hasta enero de 2020. Para volver a la cuota pactada contractualmente, el Banco Central de Argentina implementó un sistema de aumento gradual que originalmente estaba previsto que se aplicara en un plazo de 12 meses en relación con el índice de inflación del período en el que se aplicaba el congelamiento.
Este sistema sólo se aplicó durante 2 meses, ya que mediante el Decreto 319/2020 y disposiciones posteriores, el gobierno dispuso nuevos congelamientos, ampliando su alcance a todos los créditos hipotecarios de primera vivienda UVA.
El Decreto 319/2020 del 29 xx xxxxx de 2020, estableció el congelamiento desde abril hasta el 30 de septiembre de 2020, del valor de las cuotas de los créditos hipotecarios para vivienda única y de los créditos prendarios ajustados por UVAs. Posteriormente, el
Decreto fue prorrogado por el Decreto 767/20 del 25 de septiembre de 2020, por lo que el valor mensual de las cuotas en pesos de los préstamos otorgados en UVA se mantendrían inalterados hasta febrero de 2021 con respecto a los valores xx xxxxx de 2020. Los diferenciales surgidos de las diferencias entre las cuotas contractuales y las cuotas resultantes del congelamiento establecido en los Decretos Nº 319/2020 y 767/2020 deberían ser refinanciados para ser pagados al final de la vida xxx xxxxxxxx, salvo indicación expresa del deudor.
A partir de febrero de 2021, las cuotas volvieron a ajustarse mensualmente de acuerdo a la variación del precio de las UVAs, aunque no se aplicó el ajuste total que se produjo durante los períodos de congelamiento, sino que se siguió con un plan de convergencia. Dicho ajuste se realizaría de forma creciente a lo largo de un periodo de 18 meses, desde febrero de 2021 hasta julio de 2022, incrementándose mensualmente cada cuota en una decimoctava parte acumulativa del ajuste total a aplicar. Los saldos impagos entre los importes de las cuotas contractuales que deberían haberse abonado y los importes de las cuotas reducidas como consecuencia de la congelación y convergencia, se convierten en UVAs y se posterga su vencimiento hasta el final de la vida xxx xxxxxxxx, sin devengar intereses.
Por otra parte, la Comunicación "A" 6949 emitida por el Banco Central el 1 xx xxxxx de 2020, estableció que los saldos impagos correspondientes a vencimientos de asistencias crediticias, excluidas las tarjetas de crédito, que operaron entre el 1 xx xxxxx de 2020 y el 30 xx xxxxx de 2020 (posteriormente postergados hasta el 31 xx xxxxx de 2021), se prorroguen y se incorporen al final de la vida xxx xxxxxxxx considerando solamente el devengamiento del interés compensatorio a la tasa estipulada contractualmente sin aplicar intereses punitorios y sin generar xxxx.
Mediante las Comunicaciones "A" 7044 y "A" 7107, el Banco Central fue extendiendo sucesivamente el plazo de reprogramación obligatoria hasta el 31 xx xxxxx. A partir xx xxxxx de 2021 se normalizó y se eliminó el plan de reprogramación obligatoria.
De acuerdo con la Comunicación "A" 6964 del Banco Central, del 10 xx xxxxx de 2020, las entidades financieras debían refinanciar automáticamente los saldos impagos de las tarjetas de crédito a un año de plazo con tres meses xx xxxxxx, en nueve cuotas mensuales iguales y consecutivas y a una tasa nominal anual del 43%. Mediante la Comunicación "A" 7095, el Banco Central extendió el tratamiento a los saldos impagos vencidos desde el 1 de septiembre de 2020 hasta el 00 xx xxxxxxxxxx xx 0000, xxx xx xxxxxxxx de que los intereses compensatorios devengados no podrían superar una tasa nominal anual del 40%.
En 2021 el modelo de negocios de la banca de clientes minoristas se consolidó con una cartera de préstamos diversificada, que conservó la participación xx xxxxxxx en los productos de consumo y el liderazgo en préstamos personales.
Se llevaron a cabo diferentes acciones, desplegando herramientas que permitieron multiplicar las ofertas de crédito. Entre ellas, se desarrolló una oferta de préstamos para todos los niveles socioeconómicos, flexibilizando los requisitos con mejoras en las herramientas de evaluación de crédito. Por otra parte, el Banco pudo brindar alternativas de financiación especiales para quienes debían afrontar la reestructuración de sus deudas por la falta de pago de cuotas durante la pandemia.
Durante el 2021, se puso en marcha un nuevo canal de venta indirecto, “Rapicompra”, que permitió la financiación de productos en el punto de venta. También se sumó la posibilidad de acercar productos crediticios de manera completamente digital gracias a la venta de préstamos a clientes no digitales, con medidas de seguridad que permiten validar la identidad con certeza.
Para completar la oferta de adquisición, se lanzó Adelanto Tasa 0 %, un beneficio por 12 meses al que acceden los clientes que deciden cobrar su sueldo privado en el Banco. El plan ofrece la posibilidad de modificar el monto xxx xxxxxxxx al contratarlo en el cajero automático.
Durante 2021, el Banco mejoró su posicionamiento en el segmento de Jubilados. Para ello habilitó 13 nuevas sucursales como agencias de pagos ANSES y amplió los beneficios exclusivos, aumentando el porcentaje y tope de devolución por compras en farmacias y sumando a la oferta rubros como ópticas y desayunos.
Durante 2021, el Banco lanzó la campaña "Jubilate con Macro", destinada a clientes próximos a jubilarse y a jubilados y pensionados que cobran sus haberes en otro banco, alcanzando más de 50 mil clientes potenciales. También se llevó adelante la primera campaña interna de referidos para familiares de empleados y para aquellas personas que forman parte de Plan Sueldo y están próximos a jubilarse se les da la opción de cobrar su haber previsional en el Banco manteniendo los mismos beneficios del paquete bonificado según convenio.
A pesar de la mayor competencia en ofertas y beneficios dirigidos a los clientes de Plan Xxxxxx por parte de nuestra competencia, el Banco logró sostener su participación en el mercado, manteniendo el cuarto puesto en cantidad de clientes de Plan Sueldo. Para ello realizó diversas acciones para acercarse a los clientes actuales y potenciales a través de los distintos canales: lanzamiento de campañas comerciales y de comunicación masiva, incorporación de nuevos beneficios e incentivos y distribución de merchandising para que las sucursales de la red dispongan y asignen en las acciones comerciales de captación, fidelización, retención y relacionamiento con las empresas y cápitas Plan Sueldo.
Adicionalmente se destacó: la implementación de una nueva línea de crédito para financiar la compra de productos o servicios directamente en los puntos de venta, a través de una amplia red de comercios con convenios; el desarrollo de préstamos de monto reducido o préstamos personales a partir de convenios con municipios, para que personas con bajo nivel de bancarización puedan
acceder a los beneficios del sistema y la puesta en marcha de un producto que permite tener un adelanto xx xxxxxx a tasa 0% para un segmento de clientes, con condiciones diferenciales.
El siguiente cuadro refleja la información sobre préstamos de la cartera de consumo del Banco al 31 de diciembre de 2019, 2020 y 2021:
Xxxxxxxxx - Xxxxxxx de consumo (al 31 de diciembre de cada año) | ||||||
2019(1) | 2020 (1) | 2021 (1) | ||||
(en millones de pesos como % de la cartera de consumo) | ||||||
Adelantos | 1.278,8 | 0,5% | 1.133,7 | 0,5% | 625,4 | 0,3% |
Documentos | 3.161,5 | 1,3% | 4.029,8 | 1,7% | 4.608,9 | 2,0% |
Xxxxxxxxxxxx y prendarios | 33.400,8 | 13,9% | 29.989,5 | 12,4% | 27.980,0 | 12,3% |
Tarjetas de Crédito | 83.567,2 | 34,8% | 93.855,2 | 38,9% | 91.929,9 | 40,6% |
Préstamos Personales | 116.798 | 48,6% | 105.989,2 | 43,9% | 97.747,6 | 43,1% |
Otros | 2.056,7 | 0,9% | 6.312,4 | 2,6% | 3.739,6 | 1,7% |
Total | 240.263 | 100,0% | 241.309,8 | 100,0% | 226.631,4 | 100,0% |
(1) Cifras expresadas en millones de pesos en términos de poder adquisitivo de pesos argentinos al 31 de diciembre de 2021.
Al 31 de diciembre de 2021, los préstamos personales, que constituyen la mayor parte de nuestra cartera de préstamos al consumo, tenían un tipo de interés nominal promedio anual del 56% y un vencimiento promedio de 40 meses. Las tasas de interés y los vencimientos varían según los productos.
Servicios de pago de sueldos a través del Plan Sueldo
Desde 2001, la legislación laboral Argentina ha establecido el pago obligatorio de sueldos a través de cuentas abiertas por los empleadores a nombre de cada empleado en entidades financieras ubicadas en un radio de dos kilómetros desde el lugar de trabajo, en el caso de zonas urbanas, y diez kilómetros en el caso de zonas rurales. Existen requisitos similares para el pago de jubilaciones.
El Banco tiene a su cargo el procesamiento de la nómina de sueldos para empresas del sector privado y público, que requiere que los empleadores mantengan una cuenta en el Banco para el depósito directo de los haberes de sus empleados. El Banco actualmente provee servicios de pago de sueldos para los gobiernos de las provincias de Misiones, Salta, Jujuy y Tucumán, y para clientes del sector privado por un total de 1,6 millones de clientes minoristas (incluyendo jubilados y pensionados). Esta actividad proporciona al Banco una fuente de fondeo importante, a través de una diversificada base de depositantes, la que presenta además un significativo potencial para el negocio xx xxxxx-selling.
Con el fin de aumentar la cartera del Plan Sueldo, en el 2021 el Banco se centró en la incorporación de nuevos clientes del sector privado y las provincias en las que el Banco no actúa como agente financiero, a la vez que trabaja en consolidar su relación con los clientes existentes.
Clientes comerciales
Introducción
Las personas humanas y jurídicas del sector privado no financiero que desarrollan actividades comerciales y/o industriales están incluidas en esta categoría. El Banco brinda a sus clientes comerciales productos y servicios bancarios tradicionales, tales como depósitos, créditos (incluidas las líneas de adelanto), descuento de cheques, factoring, préstamos con garantía real y líneas de crédito para la financiación de operaciones de comercio exterior y servicios de cash-management. El Banco, además, presta a sus clientes comerciales servicios fiduciarios, de pago de sueldos y de agente financiero, tarjetas de crédito corporativas y otros productos especializados.
La cartera de clientes comerciales está dividida por volúmenes y sectores. El Banco cuenta con cuatro categorías de clientes comerciales: pequeñas empresas (registran hasta Ps.600 millones en ventas anuales), empresas medianas y grandes (registran más de Ps.600 millones y hasta Ps.3.000 millones en ventas anuales), empresas agrarias (que incluyen individuos y empresas que operan en el sector agrícola o en el comercio de productos relacionados al campo) y empresas corporativas (registran más de Ps.3.000 millones en ventas anuales e incluyen también a las subsidiarias de empresas multinacionales).
El siguiente cuadro refleja la composición de la cartera de clientes comerciales del Banco, divididos por categoría, al 31 de diciembre de 2019, 2020 y 2021:
Composición de la cartera | 2019 | 2020 | 2021 |
Empresas corporativas | 57% | 31% | 16% |
Empresas medianas | 16% | 20% | 28% |
Pymes | 7% | 21% | 22% |
Microemprendimientos | 2% | 3% | 4% |
Empresas agrarias | 18% | 25% | 30% |
Banco Macro apoya las actividades productivas a través del fomento del desarrollo, las nuevas tendencias y la innovación, porque su objetivo es seguir ofreciendo los mejores servicios para el campo, la industria y el comercio. En base a valores de cercanía con el cliente, esfuerzo, trabajo duro, dedicación y comunidad, el Banco brinda líneas de financiamiento acordes a cada perfil de cliente que contribuyen con su crecimiento, su desarrollo y el de sus comunidades.
Actualmente, el Banco posee una red de sucursales con oficiales de negocio especializados en cada categoría, que brindan una amplia gama de propuestas para la financiación de capital de trabajo, proyectos de inversión, leasing, así como toda la operatoria vinculada a comercio exterior.
La base de clientes comerciales del Banco también es una fuente de demanda de su liquidez excedente, reflejada en adelantos en el día y préstamos a corto plazo a los principales clientes comerciales. Véase la sección: “Reseña y Perspectiva Operativa y Financiera
– Recursos de Liquidez y Capital”.
Productos y servicios crediticios
El Banco ofrece créditos comerciales a corto, mediano y largo plazo.
Corto plazo: incluye líneas de crédito por hasta 180 días y consiste esencialmente en líneas de giro en descubierto, tarjetas de crédito y débito corporativas y factoring, así como financiamientos relacionados con operaciones de comercio exterior, tales como prefinanciación de exportaciones, financiamientos post embarque y financiamiento de importaciones. Estos productos incluyen líneas contingentes, tales como garantías de corto plazo (garantías de cumplimiento y garantías de oferta) y cartas de crédito de importación. El riesgo crediticio asignado a este tipo de transacciones es la calificación del deudor, excepto que sea mejorada como resultado de una prenda o garantía.
Mediano a largo plazo: incluye líneas de crédito y facilidades de crédito específicas que exceden los 180 días. Habitualmente son préstamos basados en activos físicos, tales como leasing en el que se logra una mejora del crédito a través del activo subyacente.
Los riesgos generados por las facilidades crediticias xx xxxxxxx a largo plazo son mitigados mediante diferentes mecanismos que van desde prendas e hipotecas, hasta negocios estructurados a través de fideicomisos financieros en los cuales el deudor cede fiduciariamente el activo subyacente, mayormente el flujo de ingresos futuros.
Durante los últimos años el foco estuvo puesto en las empresas PyMEs y los negocios regionales, trabajando para ofrecerles productos y servicios acordes a cada perfil de compañía, considerando principalmente su tamaño y la localidad donde opera.
El Banco acompañó el crecimiento de las PyMEs mediante el desarrollo de negocios y vínculos sustentables en todo el país. La distribución geográfica, cercanía, atención personalizada y el conocimiento de sus clientes y las economías regionales permiten detectar sus necesidades y apoyarlos en la financiación de sus proyectos como, asimismo, brindar soluciones transaccionales para el manejo de sus pagos y cobros.
El Banco continuó las acciones integradoras con el objetivo de financiar a pequeños productores clientes y proveedores de la cadena de valor de los clientes Megra (Medianas y Grandes Empresas).
Dentro de la Banca Corporativa, se profundizó la relación con los clientes existentes y con los nuevos, con el fin de posicionar al Banco como uno de sus bancos principales. Esto posibilitó brindar asistencia especializada a cada una de las empresas integrantes de las distintas cadenas de valor, con productos a la medida de sus necesidades.
En relación a la Banca Agro, el Banco continuó apoyando las economías regionales con productos a medida para sectores como el tabacalero, el azucarero y el de la yerba mate, mediante el financiamiento de todas las cadenas de valor desde el productor primario hasta el industrial que exporta o comercializa sus productos en el mercado interno.
Durante todo 2019, el Banco mantuvo un crecimiento constante de su cartera de clientes comerciales. La gestión del Banco se ha dedicado especialmente a trabajar para ofrecer productos y servicios acordes al perfil de cada empresa, principalmente en función del tamaño y la ubicación de las operaciones.
El Banco sigue ampliando su cartera de clientes y afianzando el concepto xx xxxxxx de valor entre PyMEs, Megra y empresas corporativas.
En lo que respecta a clientes PyME y Micro emprendedores, el Banco ha forjado relaciones estrechas y especializadas con sus clientes, con especial hincapié en mantener relaciones a largo plazo. El Banco ofrece servicios transaccionales (tales como cash management) a sus clientes, así como servicios de cobranza, vía débitos automáticos y directos en caja ahorro o cuenta corriente.
En 2019, el Banco llevó a cabo la “Encuesta de Experiencia del Cliente Pyme” con el fin de brindar apoyo y asesoramiento sobre sus líneas de financiamiento transaccional y del comercio exterior. Por otra parte, el Banco les acercó a las “Sociedades por Acciones Simplificadas” una propuesta de valor personalizada con un límite de crédito especial desde el momento de su creación.
El Banco contribuyó con el crecimiento y el desarrollo de las PyMEs a través del programa “Naves” en todo el país. Dicho programa ofrece herramientas de gestión para elaborar planes de negocio y proyectos innovadores.
Asimismo, el Banco brindó asistencia especializada mediante dos programas: “Alumbra tus ganas de emprender”, el cual ofrece apoyo y asistencia vía capacitación, orientación y asesoramiento comercial y financiero, y “Cuentas Sanas”, el cual ofrece educación financiera a empleados de PyMEs.
En cuanto a la Banca Megra (Medianas y Grandes Empresas), el Banco ha concretado acciones orientadas a incorporar proveedores y pequeños productores a fin de lograr la integración de la cadena de valor e impulsar sus negocios.
Por otra parte, el Banco se centró en incrementar la base de clientes del “Plan Sueldo”, de manera conjunta con la banca individuos y su red de sucursales. El Banco fomenta constantemente las relaciones con sus empresas y la mejora del servicio, abocándose también a la revisión de la cartera crediticia y el cumplimiento regulatorio.
En 2019, gracias a su proactiva estrategia de comercialización segmentada, el Banco logró mantener la posición xx xxxxxxx de la Banca Corporativa. El Banco se ha abocado al crecimiento de los depósitos, en especial, los depósitos a la vista. Asimismo, el Banco brinda a sus equipos de trabajo una base sólida en cash management de modo tal de que puedan brindar asesoramiento adecuado sobre productos transaccionales.
En lo que respecta a sus clientes del sector agropecuario, el Banco brindó financiamiento a productores regionales de pequeña escala de las provincias xx Xxxxx y Jujuy para comprar energía a distribuidores a través de la tarjeta de crédito rural. Por otra parte, el Banco siguió mejorando su programa “Pague con Granos”, habiendo logrado superar 1,3 millones de toneladas al año.
El entorno macroeconómico sufrió importantes cambios debido a las nuevas reglamentaciones cambiarias. Los problemas financieros, sumados a las expectativas de incrementos en los impuestos de retención, repercutieron en las decisiones referidas a planes productivos. Por lo tanto, el Banco decidió abocarse a consolidar sus relaciones con los actuales clientes a través de líneas de financiamiento para capital de trabajo y proyectos de inversión, la simplificación de los procesos para operar directamente con granos y el desarrollo de alianzas con fabricantes para aportar previsibilidad, y de acuerdos promocionales con la tarjeta de crédito rural.
Adicionalmente, el Banco implementó el “Programa de desarrollo para el Agro”, el cual le brinda al cliente información para decidir, contactos para consolidarse y financiamiento para invertir.
En términos de financiamiento al sector productivo, el Banco siguió ofreciendo servicios que, a su entender, son los más adecuados para las distintas áreas de los sectores agrícola, industrial y comercial. Algunas de las soluciones que ofrece el Banco incluyen: líneas adicionales para ayudar a las empresas a financiar sus cuotas semestrales, programas de crédito para impulsar y dar apoyo a actividades regionales, acuerdos comerciales con el Consejo Federal de Inversiones para actuar como agente financiero en la extensión de préstamos a tasas especiales, en pesos y en dólares estadounidenses.
Como todos los años, el Banco participa de ferias y encuentros de empresarios y emprendedores, en los cuales ofrece la atención de oficiales de negocios del Banco especializados en el segmento Agro, Profesionales y Negocios, y PyMEs, brindando asesoramiento sobre los servicios y productos del Banco.
En 2020, en lo que respecta a los segmentos PyME y Microempresa, el Banco implementó una nueva segmentación PyME centrada en la actividad de los clientes, que permitió desarrollar una propuesta de valor específica y exclusiva para minoristas, pequeñas empresas e instituciones.
El Banco ha logrado simplificar y mejorar el proceso de crédito, incorporando mejoras en las herramientas y motores de análisis crediticio y aumentando las calificaciones de los topes nominales para ofrecer una mejor calidad de respuesta. Además, para conocer mejor las necesidades del sector, el Banco lanzó la nueva encuesta de experiencia del cliente PyME.
Para mitigar el impacto de la pandemia en los clientes de las micro, pequeñas y medianas empresas, el Banco concedió más de
70.000 millones de pesos en préstamos a tasas reducidas, en línea con las políticas de crédito establecidas por el Banco Central. Esto lo posicionó como la entidad privada número 1 en montos otorgados a micro, pequeñas y medianas empresas.
Para preservar el nivel de empleo, desde el inicio de la pandemia y durante 2020 se otorgaron 1.300 créditos a empresas beneficiarias del Programa de Asistencia de Emergencia para el Trabajo y la Producción (ATP) del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación, es un monto agregado de 800 millones de pesos para el pago de salarios. A su vez, el Banco otorgó 60.000 subsidios por
6.500 millones de pesos en créditos a tasa cero a contribuyentes del régimen tributario simplificado, trabajadores autónomos y personas dedicadas a la cultura.
Con el fin de proporcionar a los clientes más herramientas, el Banco aceleró la transformación digital. Al mismo tiempo, priorizó la generación de proximidad con estos segmentos mejorando la atención personalizada y enfocándose en el fortalecimiento de las relaciones a largo plazo. El Banco logró mantener el posicionamiento basado en una estrategia comercial proactiva, fortaleciendo los equipos de colaboradores que atienden este segmento y reforzando la capacitación de los funcionarios en todas las divisiones.
En cuanto a Banca Megra, en la pandemia el Banco se vio desafiado a reforzar el contacto con sus clientes, iniciando tempranamente la modalidad de reuniones virtuales (Zoom, Teams, etc.) y la comunicación vía chat entre los oficiales de cuentas y los clientes. Estos canales alternativos permitieron mantener la proximidad de forma rápida y eficaz para asegurar y facilitar las operaciones. También se realizaron seminarios virtuales sobre los cambios normativos en comercio exterior para que los clientes pudieran operar con mayor seguridad y conocimiento.
En cuanto a la Banca de Empresas, el Banco se ha focalizado en aumentar el número de depósitos (especialmente a la vista) y, en las operaciones de gestión de tesorería, en incorporar el E- check y los medios digitales de cobro. Durante la pandemia, el Banco financió a los clientes corporativos del sector sanitario con una línea de crédito del 24% para hacer frente a la situación económica en el contexto de la pandemia.
A principios del 2020, el segmento agrícola parecía prometedor en vista del aumento de las existencias y de las cosechas récord. El contexto macroeconómico desfavorable, unido a un año con un grave déficit hídrico, provocó cambios significativos en las decisiones de producción de estos clientes. El Banco decidió contenerlos y asistirlos, tanto virtual como presencialmente, financiando proyectos de capital de trabajo e inversión, financiando la compra de maquinaria agrícola e inversiones o la compra de activos. También se simplificaron los procesos de operación directa con granos y se crearon alianzas con fabricantes para dar previsibilidad. El Banco continua con las promociones de la tarjeta de crédito rural y brinda asesoramiento personalizado a sus clientes.
Durante el año 2020, el Banco apoyó a sus clientes con líneas de financiamiento especiales para el pago de salarios y necesidades de capital de trabajo, con créditos a tasa cero y el ATP programa gubernamental. También brindó financiamiento de acuerdo con los ciclos de los cultivos de los productos básicos y la producción regional. Además, profesionalizó el modelo de atención integral a los productores agropecuarios con una oferta integrada de financiamiento y comercialización de granos. Y adaptó la forma de atender a sus clientes en el contexto de la pandemia, incorporando las videollamadas como medio de comunicación, reorganizando los procesos internos y migrando rápidamente a la aceptación de la firma digital con sus debidas autorizaciones.
En 2021, en cuanto a la PyME y Microemprendimientos, el Banco promovió la autogestión desde los canales digitales, amplió la atención personalizada adicional en la página web, e implementó un nuevo proceso de renovación automática de calificaciones, que incluyó la ampliación de los límites y la flexibilización de los requisitos para las evaluaciones crediticias. También ofreció líneas de financiación especiales para capital de trabajo e inversión productiva, y pago de sueldos.
En cuanto a la Banca Corporativa generó propuestas integrales y soluciones transaccionales para mejorar la capacidad productiva de sus clientes y ayudar a su crecimiento. Gracias a una alianza con FINOVA, un proveedor estratégico, el Banco brindó soluciones de financiación del capital para proveedores de clientes corporativos y logró la inclusión financiera de sectores de baja o nula sofisticación.
En 2021, en lo que respecta a la Banca de Agronegocios, superando los desafíos de la emergencia sanitaria, el Banco realizó visitas en los campos y rondas de negocios presenciales y virtuales con productores (clientes y no clientes) de todo el país. Además, potenció la cadena de valor agrícola a través del contacto con empresas vendedoras de insumos, semillas y bienes de capital para brindar a sus clientes una solución digital exclusiva que les permitió obtener los mejores precios de contado y financiar la compra a cosecha. También acompañó a sus clientes con líneas especiales de financiación para el pago de sueldos y atender necesidades de capital de trabajo según los ciclos de cultivo de commodities y producciones regionales. Aumentó los montos de asistencia a clientes calificados, con el objetivo de acompañar la necesidad de los productores, y amplió la oferta con plazos fijos dólar linked y Fondos Comunes de Inversión, entre otros.
En cuanto a la evolución de la cartera comercial, en 2021 se produjo un aumento en términos nominales de la financiación a las pequeñas empresas del 40,1%, al segmento agrícola del 54,6% y a la banca Megra del 77,5% respecto al cierre del año anterior.
Al 31 de diciembre de 2019, 2020 y 2021, la composición de la cartera comercial de préstamos era la siguiente:
Xxxxxxxxx - Xxxxxxx comercial (1) (al 31 de diciembre de cada año) | ||||||
2019 (2) | 2020 (2) | 2021 | ||||
(en millones de pesos, como % de la cartera de consumo) | ||||||
Adelantos | 88.429,7 | 39,9% | 25.051,9 | 15,7% | 22.857,74 | 17,1% |
Documentos | 37.796,8 | 17,1% | 35.437,2 | 22,3% | 34.225,06 | 25,6% |
Xxxxxxxxxxxx y prendarios | 17.312,7 | 7,8% | 13.373,8 | 8,4% | 21.269,25 | 15,9% |
Préstamos de consumo (3) | 3.060,2 | 1,4% | 3.346,7 | 2,1% | 4.208,53 | 3,2% |
Otros | 74.905,4 | 33,84% | 82.045,7 | 51,5% | 50.920,33 | 38,1% |
Total | 221.504,9 | 100,0% | 159.255,3 | 100,0% | 133.480,91 | 100,0% |
(1) Incluye los préstamos a entidades de microcrédito y los préstamos comerciales que, para los estados consolidados de deudores, se incluyeron como cartera de consumo siguiendo los criterios descritos en "Regulación Bancaria Argentina-Cartera de Crédito".
(2) Cifras expresadas en millones de pesos en términos de poder adquisitivo de pesos argentinos al 31 de diciembre de 2021.
(3) Incluye préstamos de tarjetas de crédito y préstamos personales.
Servicios transaccionales
El Banco ofrece a sus clientes comerciales servicios transaccionales, tales como servicios de cash management, manejo de cobranzas, pago a proveedores, pago de sueldos, de operaciones de cambio, servicios de comercio exterior, emisión de tarjetas de crédito corporativas, y servicios informáticos, tales como Datanet e Interpyme. Habitualmente no hay riesgos crediticios involucrados en este tipo de transacciones, excepto para intra-day gapping (pagos realizados contra cobranzas entrantes), así como la liquidación y pre-liquidación relacionada con operaciones de cambio que, en general, son aprobadas siguiendo el procedimiento de calificación del deudor.
Pago a proveedores. El servicio de pago a proveedores que brinda el Banco permite a los clientes cumplir puntualmente con sus pagos a proveedores de manera simple y eficiente. Este servicio también permite la emisión de liquidaciones de pagos, recibos de pago de impuestos, facturas y otros documentos que la empresa pagadora requiera.
Servicio de cobro. El servicio de cobro del Banco incluye la posibilidad de depositar efectivo o cheques en cualquiera de sus 466 sucursales, realizar débitos automáticos y directos de cuentas corrientes o cajas de ahorro y el transporte de fondos cobrados por clientes comerciales hasta las sucursales del Banco, para su depósito. La extensa red de sucursales del Banco le permite ofrecer un servicio de cobro rápido y eficiente en todo el territorio de la Argentina, lo que resulta de fundamental importancia para las empresas con alcance regional y nacional.
Servicios de cobro de impuestos y de agente financiero. El Banco también tiene acuerdos exclusivos de largo plazo para brindar servicios de cobro de impuestos y de agente financiero con cuatro gobiernos provinciales: Salta, Misiones, Jujuy y Tucumán. Estos contratos expiran en 2026, 2029, 2024 y 2031, respectivamente.
Servicio de pago de sueldos. El Banco provee el servicio de pago de sueldos a cuatro gobiernos provinciales y a empresas del sector privado. Véase “Productos y servicios del Banco – Clientes minoristas”.
Red de distribución
Al 31 de diciembre de 2021, el Banco contaba con 466 sucursales distribuidas en todo el país, la mayor red de sucursales del sector privado en Argentina. En particular, y en línea con su estrategia de expansión a nivel nacional, el Banco cuenta con una gran cobertura en las provincias del interior, ya que el 94% de sus sucursales se encuentran ubicadas fuera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Además, al 31 de diciembre de 2021 el Banco contaba con 1.779 cajeros automáticos, 955 terminales de autoservicio, diversos puntos de servicio para el pago de prestaciones de la seguridad social, la atención de cuentas corrientes y cajas de ahorro y servicio de banca por Internet (“Home Banking”).
El cuadro a continuación presenta la distribución de sucursales por provincia al 31 de diciembre de 2021:
Al 31 de diciembre de 2021 | ||
Sucursales | % del total | |
Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | 00 | 0,0% |
Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | 67 | 14,4% |
Xxxxxxxxx | 0 | 0,0% |
Xxxxx | 2 | 0,4% |
Chubut | 6 | 1,3% |
Córdoba | 70 | 15,0% |
Xxxxxxxxxx | 0 | 0,0% |
Xxxxx Xxxx | 10 | 2,1% |
Formosa | 0 | 0,0% |
Xxxxx | 00 | 3,9% |
Xx Xxxxx | 0 | 0,0% |
Xx Xxxxx | 2 | 0,4% |
Mendoza | 15 | 3,2% |
Misiones | 36 | 7,7% |
Xxxxxxx | 0 | 0,0% |
Xxx Xxxxx | 6 | 1,3% |
Xxxxx | 00 | 7,9% |
Xxx Xxxx | 0 | 0,0% |
Xxx Xxxx | 2 | 0,4% |
Santa Xxxx | 2 | 0,4% |
Xxxxx Xx | 000 | 00,0% |
Xxxxxxxx xxx Xxxxxx | 2 | 0,4% |
Tierra del Fuego | 2 | 0,4% |
Xxxxxxx | 00 | 9,2% |
Total | 466 | 100% |
Fuente: BCRA
Tecnología y canales automatizados
El desarrollo tecnológico del Banco es constante y las alternativas para la realización de operaciones bancarias continúan creciendo. Los canales automáticos permiten a los clientes del Banco efectuar operaciones bancarias con total agilidad, comodidad y seguridad, ofreciendo una amplia variedad de transacciones disponibles.
Durante los últimos tres años el Banco se ha concentrado en los canales automáticos, brindando a los clientes servicios más accesibles y flexibles. Como resultado, la utilización de los canales automáticos siguió su expansión, presentando un flujo creciente tanto en transacciones como en número de usuarios.
En 2020, un año caracterizado por la lucha contra la pandemia del COVID-19, El Banco logró adaptar su forma de trabajar y poner a disposición de sus clientes todas las herramientas necesarias para seguir operando sin poner en riesgo su salud y teniendo en cuenta todas las recomendaciones gubernamentales al respecto. Reforzó su sitio web con una serie de herramientas y medios de comunicación para fomentar las transacciones en línea, evitar las aglomeraciones y mantener a sus clientes actualizados.
En el contexto de la pandemia, el Banco adaptó su infraestructura e implementó un sistema de turnos para la atención en sucursales. Basados en el sistema de turnos, el Banco pudo anticipar la atención, y brindar herramientas digitales para resolver sus inquietudes u operaciones sin necesidad de ir a la sucursal.
En 2020, la pandemia de COVID-19 llevó al Banco a trasladar a más de 2.100 empleados a trabajar desde sus casas. Para que esto sea factible, han sido dotados de las herramientas necesarias para acceder a la información del Banco basada en la nube y para comunicarse a través de plataformas de videoconferencia.
En 2021 el Banco continuó con la implementación del nuevo Modelo de Atención en más de 200 sucursales para permitir la autogestión de las transacciones de posventa. El nuevo modelo de atención, contempla una experiencia digital asistida por un educador que actúa cuando se lo requiere.
El Banco continuó avanzando en la implementación de soluciones digitales, incorporando operaciones y servicios para brindar una mejor experiencia a los clientes de todos sus segmentos, tanto para su autogestión y las operaciones virtuales a distancia, como para hacerles la operatoria más simple en su gestión presencial. En 2021, el Banco buscó ofrecer nuevas uncionalidades de autogestión a través de Operaciones Simples en el portal del Banco. El objetivo del Banco es posicionarse con la mejor oferta en servicios digitales e impulsar una estrategia de migración xx xxxxxxx, con foco en la mejor experiencia de sus clientes.
En el 2021 el monto transaccionado a través xx xxxxxxx automáticos se incrementó en un 3% en comparación con el 2020, principalmente debido al mayor uso de la banca electróncia y banca móvil. El aumento en la cantidad de transacciones realizadas a través xx xxxxxxx automáticos tiene dos beneficios: simplifica y facilita las operaciones de los clientes y al mismo tiempo reduce las tareas operativas de las sucursales.
El Banco cuenta con cajeros automáticos que operan en forma independiente de la sucursal y ofrecen servicios de extracción de efectivo y consulta de saldos, entre otras operaciones. En 2021, se concretó un ambicioso proyecto de renovación y ampliación del parque de cajeros automáticos, que incluyó la instalación de 336 equipos y la actualización y puesta en valor de otros 354. Esta inversión permitió aumentar un 13% la cantidad de terminales operativas. En la actualidad, el Banco cuenta con un total de 1.779
cajeros y 657 de ellos permiten recibir depósitos en efectivo con acreditación inmediata, lo que representa una de las redes de mayor alcance en el país. Del total, 1.650 cajeros automáticos del Banco cuentan con soporte auditivo y guía por voz para que puedan ser operados por personas con disminución visual.
Asimismo, el Banco continuó fortaleciendo y actualizando la tecnología ofrecida en sus cajeros automáticos, manteniendo estrictas normas de seguridad, calidad de servicio y disponibilidad en la red de cajeros automáticos.
En 2021, el monto en promedio mensual operado a través de ATMs se incrementó un 52% respecto al 2020.
El Banco cuenta con 955 terminales de autoservicio (“TAS”) distribuidas en su red de sucursales en todo el país, ofreciendo una amplia variedad de operaciones, entre ellas la posibilidad de realizar depósitos las 24 horas, todos los días del año. En 2021 se realizaron casi 8 millones de transacciones en TAS, con un monto promedio mesual operado de aproximadamente 50.000 millones de pesos. En el 2021, el monto operado a través de TAS se incrementó un 35% respecto al 2020 .
Como parte del plan de reducción de las tareas de las sucursales, en 2021 continuó ampliando la red de terminales con funcionalidad inteligente (TASI) que incorporan el depósito inteligente de cheques. De esta manera, los clientes pueden realizar operaciones de manera más ágil eliminando los tiempos de espera en las sucursales. En 2021 el Banco alcanzó un total de 219 terminales de autoservicio inteligentes instaladas en 153 sucursales de todo el país, en las cuales se efectuaron en promedio aproximadamente
185.000 transacciones mensuales.
En lo que respecta al uso de Home Banking, el Banco ha implementado un servicio de cobro para empresas que ofrece los siguientes beneficios: seguridad (no se transportan efectivo ni cheques a la sucursal), practicidad (es fácil y seguro, se realiza copia de seguridad de los recibos en formato PDF, posibilidad de revisar el historial de pagos y recibos), accesibilidad (desde cualquier PC), y sin costo adicional. Asimismo, el Banco utiliza la plataforma de Home Banking para informar a sus clientes minoristas su posibilidad de acceder a préstamos personales, el monto disponible y cómo solicitarlos. Durante el 2019, el Banco lanzó nueva Banca Internet para Empresas, generando un cambio significativo en el modo en que sus clientes comerciales operan e interactúan con la institución, con base en los pilares de seguridad, autogestión y transaccionalidad. En 2020, se añadieron ciertas funcionalidades al Home Banking para facilitar la experiencia de los usuarios, y se complementó la migración de todas las fases del nuevo Internet Banking para empresas (Banca Internet Empresas) e Individuos. En la actualidad, los clientes pueden operar con módulos consultivos y transaccionales, a través de administradores y operadores que cumplen plenamente con las competencias establecidas. Por ejemplo, ya están disponibles los pagos de nóminas, proveedores y comercio exterior, lo que nos permite ofrecer una solución totalmente digital.
El canal “Macro Banca Móvil” se ha desarrollado significativamente durante los últimos años. En línea con las características de los usuarios y las tendencias tecnológicas que respaldan el desarrollo del servicio, la aplicación “Macro Banca Móvil” está disponible en las principales tiendas virtuales de los sistemas operativos más importantes. Desde 2017, el Banco ha trabajado en nuevas funcionalidades que aporten valor a sus clientes: compraventa de Dólares Estadounidenses, transferencias a nuevas cuentas, control y canje de puntos bajo el programa de premios Xxxxx Xxxxxx, y consultas detalladas sobre los préstamos UVA.
El monto de transacciones realizadas a través de Home Banking y Macro Banca Móvil aumentó un 31% en 2021.
El crecimiento sostenido y pronunciado en el número de usuarios y transacciones realizadas por canales automatizados ha demostrado la efectividad y aceptación del servicio en el mercado.
Políticas de gerenciamiento de riesgos
A fin de cumplir con los “Lineamientos para la Gestión de Riesgos de Entidades Financieras” establecidos en la Comunicación “A” 5203, con sus modificaciones, el Banco adoptó diversas medidas a nivel de su estructura organizativa y puso en práctica procedimientos para asegurar el establecimiento de un proceso de gestión de riesgo independiente.
En lo que respecta a la estructura organizativa del Banco, el directorio determinó la conformación del Comité de Gestión de Riesgos y designó un Gerente de Gestión de Riesgos responsable de coordinar la aplicación de políticas de gestión de riesgo y a los funcionarios responsables respectivos. Para mayor información, véase “Datos sobre Directores, Xxxx Xxxxxxxx y Miembros de la Comisión Fiscalizadora”.
Entre otras responsabilidades, el Comité de Gestión de Riesgos asegura que se establezca una gestión independiente de riesgos, y desarrolla políticas, procedimientos, metodologías de medición y sistemas de retroalimentación, con responsabilidad por la identificación, medición y seguimiento de riesgos, así como también por cada uno de los niveles de la organización involucrados en el proceso.
La política marco de gestión de riesgo del Banco establece el entorno para el proceso de gestión de riesgo bajo los conceptos de identificación, medición, monitoreo y mitigación de riesgos. Asimismo, fija las funciones de cada nivel organizativo en el proceso.
El proceso de gestión de riesgos del Banco incluye el establecimiento por parte del Directorio de límites a la exposición de cada uno de los riesgos, el seguimiento por parte de funcionarios responsables del cumplimiento de dichos límites, la elaboración de informes
periódicos para el Comité de Gestión de Riesgos, el seguimiento de alertas y la aplicación de planes de acción en respuesta a dichas alertas y los lineamientos para el desarrollo de pruebas de estrés.
Asimismo, el esquema se complementa con políticas y procedimientos específicos para cada tipo de riesgo (riesgo financiero, crediticio, operacional, de contraparte, de riesgo país, de titulización, reputacional, de cumplimiento y estratégico, entre otros).
La Gerencia de Gestión de Riesgos está a cargo del riesgo financiero, riesgo de crédito y riesgo operacional y tecnológico. Los principales procedimientos que lleva adelante la Gerencia de Gestión de Riesgos incluyen:
• Pruebas de estrés: las pruebas de estrés constituyen una herramienta de apoyo a la gestión de riesgos y son un complemento de los resultados de los modelos de medición de riesgos. El objetivo de las pruebas consiste en evaluar el potencial de vulnerabilidad financiera del Banco, a la luz de su sensibilidad a las principales variables que repercuten en cada riesgo. En general, se trata de una variable con baja probabilidad de materializarse pero que, en caso de así suceder, podría desencadenar que se disparen significativamente los límites de tolerancia establecidos para cada riesgo. Además, son una herramienta para evaluar el perfil de riesgo y también se utilizan en el proceso interno de evaluación de suficiencia del capital económico.
• Cálculo del capital económico: el cálculo del capital económico se realiza para el caso de aquellos riesgos que, debido a su importancia, podría eventualmente afectar la solvencia del Banco. La gestión de riesgos está directamente relacionada con el cálculo del capital económico. En función de los modelos internos elaborados, el Banco gestiona los riesgos, determina el perfil de riesgo y, por lo tanto, calcula el capital necesario para el desarrollo de sus actividades y su negocio, ajustado según el grado de exposición a cada riesgo.
Capital económico estimado
El capital económico es el monto estimado de pérdidas inesperadas identificado para cada uno de los riesgos individuales (riesgo financiero, crediticio, de contraparte, de concentración, operacional, de titulización, estratégico y reputacional) determinado por el Banco en forma consolidada.
El Banco implementó un procedimiento formal para cuantificar el capital económico, tanto actual como prospectivo, el cual constituye una herramienta empleada en la gestión diaria de riesgos, en la elaboración del “plan de negocios” y en las “pruebas de estrés”.
Las metodologías empleadas para la medición del capital económico de cada riesgo fueron documentadas y aprobadas por el Directorio, de acuerdo con las normas internas de gobierno societario y gestión de riesgos.
Los riesgos más significativos gestionados por el Banco son el riesgo financiero, riesgo crediticio y riesgo operacional y tecnológico.
Riesgo financiero
Se entiende que el riesgo financiero comprende los riesgos de liquidez, xx xxxxxxx y de tasa de interés, los cuales pueden afectar la liquidez y solvencia del Banco, ya sea en forma independiente o interrelacionada.
El Banco cuenta con estrategias, políticas y límites definidos para cada exposición, que han sido aprobados por el Directorio en el marco de la gestión de riesgos xx xxxxxxx, liquidez y tasa de interés. Este proceso es revisado periódicamente por el Comité de Gestión de Riesgos de acuerdo con los lineamientos establecidos por el Banco Central.
Riesgo de liquidez
El riesgo de liquidez se define como la posibilidad de que el Banco no pueda cumplir de manera eficiente con flujos de fondos corrientes y futuros, esperados e inesperados, y con las garantías, sin afectar sus operaciones diarias o su situación financiera.
Asimismo, se entiende por riesgo de liquidez xx xxxxxxx al riesgo de que una posición no pueda ser compensada o desarmada a precio xx xxxxxxx por los siguientes motivos:
• los activos no cuentan con un mercado secundario suficiente; o
• alternaciones xxx xxxxxxx.
El Banco tiene políticas sobre liquidez que apuntan a administrarla de manera eficiente, optimizando el costo y la diversificación xx xxxxxxx de fondeo, así como a maximizar la utilidad de las colocaciones, mediante una gestión prudencial que garantice los fondos necesarios para la continuidad de las operaciones y el cumplimiento de la normativa vigente.
El Banco ha implementado una serie de herramientas de medición y control de riesgos. Estas abarcan el seguimiento habitual de deficiencias de liquidez, discriminadas por moneda, así como diversos coeficientes de liquidez, entre ellos, el “ratio de liquidez bimonetaria”, “cobertura del ratio de liquidez” (“CRL”), “ratio de fondeo neto estable” (“RFNE”), entre otros.
En caso de producirse una crisis de liquidez, el Banco contempla dentro de su plan de contingencias distintas acciones, como ser: financiación a través de call interbancario o pases contra BCRA; venta contado de cartera de títulos; restricción al otorgamiento de créditos y aumento de tasas pasivas para captar mayor volumen de depósitos.
Riesgo xx xxxxxxx
Se define como la posibilidad de sufrir pérdidas en posiciones dentro y fuera del balance del Banco, como resultado de fluctuaciones adversas en el precio xx xxxxxxx de diversos activos.
Los riesgos xx xxxxxxx incluyen los riesgos de tasa de interés, tipo de cambio y precios. Están expuestos a movimientos generales y específicos xxx xxxxxxx y cambios en el nivel de volatilidad de precios, tales como tasas de interés, márgenes crediticios, tipos de cambio, precios de acciones y títulos valores, entre otros.
El Banco tiene políticas para la gestión del Riesgo xx Xxxxxxx, por las que se rigen los procesos de seguimiento y control de riesgos de variaciones en la cotización de instrumentos financieros, con el objetivo de optimizar la relación riesgo-beneficio, utilizando la estructura de límites, los modelos y las herramientas de gestión adecuadas. Además, el Banco cuenta con procedimientos y herramientas adecuados que permiten al Comité de Gestión de Riesgos y al Comité de Activos y Pasivos medir y gestionar este riesgo.
El Banco hace seguimiento de los riesgos a los que están expuestas las carteras de inversión a través de técnicas de simulación del “Valor en Riesgo” (VaR) de Montecarlo. El Banco aplica la metodología de VaR para calcular el riesgo xx xxxxxxx de las principales posiciones tomadas y la máxima pérdida esperada, sobre la base de una serie de supuestos referidos a distintos cambios en las condiciones xx xxxxxxx.
Riesgo de tasa de interés
El riesgo de tasa de interés es la posibilidad de que se produzcan cambios en la situación financiera del Banco, producto de fluctuaciones adversas de las tasas de interés, las que podrían tener un efecto adverso en el capital o en los resultados.
Dentro de este marco de gestión de riesgo de la tasa de interés, el Banco cuenta con una serie de políticas, procedimientos y controles internos que le permiten hacer seguimiento de la variación del valor presente neto de activos, pasivos y partidas fuera de balance bajo ciertos escenarios de alteración y estrés en el riesgo de la tasa de interés, mediante simulaciones de Montecarlo.
Riesgo de tipo de cambio
El Banco está expuesto a fluctuaciones en los tipos de cambio que predominan en su situación financiera y flujos de efectivo. Sus activos y pasivos en moneda extranjera están mayormente denominados en dólares estadounidenses.
La posición en moneda extranjera está compuesta por activos y pasivos expresados en pesos, al tipo de cambio vigente al cierre de las fechas indicadas. La posición abierta de una institución se compone de activos, pasivos y cuentas de orden denominados en moneda extranjera en los que la institución asume el riesgo; cualquier devaluación o revaluación de estas monedas repercute en el estado de resultados del Banco.
Riesgo crediticio
Política crediticia y gestión de riesgo crediticio
El Comité de Gestión de Xxxxxxx es responsable de establecer las políticas y procedimientos para la gestión de riesgo y la supervisión de las actividades de la alta gerencia del Banco relacionadas con la gestión de riesgos de crédito, entre otros. Asesora al directorio sobre los riesgos del Banco.
La Gerencia de Riesgo Crediticio tiene a su cargo interpretar, ejecutar y garantizar la aplicación de la Política General de Créditos aprobada por el directorio, asegurando la debida identificación, evaluación, control, seguimiento y mitigación del riesgo crediticio.
El riesgo de crédito se origina en la posibilidad de incurrir en pérdidas como resultado de que los clientes o contrapartes incumplan total o parcialmente las obligaciones financieras comprometidas por ellos con el Banco.
El Banco cuenta con políticas y estrategias de gestión de riesgo de crédito y de contraparte, cuyo objetivo es asegurar que los riesgos estén dentro de un nivel de tolerancia al riesgo definido por el Directorio y los organismos de control.
Calificación de riesgo de crédito y proceso de aprobación de créditos
A fin de determinar el riesgo de crédito, la Gerencia de Riesgo Crediticio del Banco califica a cada individuo o empresa mediante un modelo de calificación de riesgo, asignando una calificación a cada deudor, tomando en consideración conceptos cuantitativos y cualitativos. La Gerencia de Riesgo Crediticio ha concentrado sus acciones en elevar la calidad y eficiencia del proceso de calificación de riesgo de crédito.
Existen políticas y procedimientos específicos para el otorgamiento de créditos para clientes de la banca comercial y para individuos, que difieren a su vez según el segmento al que pertenecen (empleados del sector público o privado, jubilados y pensionados o mercado abierto).
El proceso de evaluación de riesgo se diferencia según se trate de clientes de Banca Empresas o de Banca Individuos.
La evaluación del riesgo de crédito para individuos incluye el uso de aplicativos de riesgo en base a métodos de scoring que imponen un límite mínimo para que los clientes sean admitidos crediticiamente vinculado a un nivel de morosidad aceptable. También existe un proceso de calificación masiva centralizado para clientes y modelos de precalificación crediticia para evaluar a potenciales clientes a partir de diferentes campañas de venta.
Para la evaluación de clientes de Banca Empresas, el Banco posee diversas metodologías que involucran a distintos niveles responsables y que se vuelven más complejos de acuerdo a la magnitud de las operaciones, en cuanto a montos y tipos de asistencia, ponderados por plazos y coberturas existentes.
Diversos comités de crédito, compuestos por miembros de las áreas de negocio y de riesgo, son responsables de examinar y determinar si se aprueban ciertos préstamos, dependiendo xxx xxxxxxx objetivo y monto involucrado. Éstos incluyen un comité de crédito senior, un comité de crédito junior, comités de crédito por categoría de clientes, comités de crédito regionales. El comité de crédito senior está integrado por miembros del directorio y de la alta gerencia y considera propuestas de préstamos que excedan Ps. 300 millones.
El análisis de riesgo de las asistencias que son tratadas en Comités de Crédito se realiza en la Gerencia de Riesgo Empresas: analistas especializados confeccionan Informes de Riesgo individuales por cliente o Grupo Económico, que se entregan a los integrantes del Comité para apoyar sus decisiones.
El Banco cuenta con un Sistema Informático de Gestión acorde a la magnitud de sus operaciones. Entre sus componentes se encuentra una herramienta automatizada para el cálculo de los indicadores de desempeño clave, para los cuales se han establecido alertas y topes de valores a fin de monitorear cambios en los negocios según el apetito de riesgo definido por el Directorio. Otras herramientas de gestión de riesgo empleadas son los modelos de evaluación o scoring para individuos y modelos de rating para empresas, que se utilizan en distintas etapas del ciclo crediticio, atribuyendo una calificación de riesgo interno a los clientes en base a la cual se administran los límites de crédito asignados y se efectúa el seguimiento de la cartera. Estas herramientas se complementan con modelos de pérdidas esperadas y previsionamiento.
Riesgo operacional y tecnológico
El riesgo operacional comprende el riesgo de sufrir pérdidas resultantes de la falta de adecuación o fallas en los procesos internos, sistemas o personas, o bien aquellas que sean producto de eventos externos. Esta definición incluye riesgo legal, pero excluye riesgo estratégico y reputacional.
En ese marco, el riesgo legal -que puede verificarse en forma endógena o exógena al Banco- comprende, entre otros aspectos, la exposición a sanciones, penalidades u otras consecuencias económicas y de otra índole, por incumplimiento de normas y obligaciones contractuales.
El Banco cuenta con políticas, procedimientos y estructuras, que incluyen la designación de un responsable de riesgo operacional y un Comité de Gestión de Riesgos, cuyo principal objetivo consiste en asegurar un plan de gestión de riesgo operacional que incluya políticas, programas, mediciones y competencias para identificar, evaluar y administrar los riesgos con el objeto de asistir a la Alta Gerencia y al directorio del Banco, en un entorno de riesgos rápidamente cambiantes y significativos.
El Banco tiene un procedimiento para recolectar eventos y pérdidas por riesgo operacional. Este procedimiento incluye un proceso de recopilación de información sobre eventos y pérdidas operacionales con el fin de registrar sistemáticamente la frecuencia, la gravedad, la categoría y otros aspectos relevantes relacionados con los eventos y las pérdidas por riesgo operacional. El objetivo radica en evaluar la situación al suscitarse el evento, para comprender mejor el perfil de riesgo operacional y, de corresponder, adoptar las medidas correctivas pertinentes.
Además, el Banco tiene un procedimiento que establece las pautas para la confección de autoevaluaciones de riesgo y, en aquellos casos en los que el riesgo supera los límites de tolerancia admitidos, lineamientos para establecer indicadores de riesgo y definir planes de acción.
La Gerencia de Gestión Integral de Riesgos genera y envía informes periódicos al Directorio, al Comité de Gestión de Riesgos y a la Alta Gerencia. Sobre la base de estos informes, se dan a conocer los resultados del seguimiento de la gestión de los principales
riesgos a los que está expuesto el Banco. Cada informe contiene información sobre medición del riesgo, su evolución, tendencias, principales exposiciones, control de los límites más relevantes y nivel de capital necesario por tipo de riesgo.
Para mayor información sobre los procesos de gestión de riesgos, véase la nota 43, “Gestión de Capital, Política de Transparencia en materia de Gobierno Societario y Gerenciamiento de Riesgos” a los estados financieros consolidados auditados al 31 de diciembre de 2021.
Competencia
El Banco considera que tiene una importante ventaja sobre sus competidores al proveer productos y servicios bancarios a pequeñas comunidades de algunas provincias del interior, generada a partir de su estrecha relación con las comunidades y la fuerte lealtad desarrollada a lo largo del tiempo con sus clientes en estas áreas.
El Banco considera a Banco Santander Río S.A., Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U., Banco BBVA Argentina S.A., Industrial and Commercial Bank of China (Argentina), HSBC Bank Argentina S.A. y Banco Patagonia S.A. como sus principales competidores entre los bancos privados. Asimismo, el Banco también compite con bancos provinciales. Para el futuro, el Banco avizora una mayor competencia en los segmentos de productos transaccionales comerciales, operaciones de crédito a largo plazo, créditos hipotecarios y otras líneas de crédito prendarias, tarjetas de crédito, préstamos personales, servicios de pagos de sueldos y servicios asociados con la gestión de inversiones. Para mayor información ver sección “Sistema Financiero y Bancario Argentino— Marco Competitivo”.
ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN DEL BANCO Y SU GRUPO ECONÓMICO
Las subsidiarias del Banco
El Banco cuenta con seis subsidiarias: (i) Argenpay; (ii) Macro Bank; (iii) Macro Securities; (iv) Macro Fiducia; (v) Macro Fondos y (vi) Fintech SGR.
(i) Argenpay S.A.U. fue constituida como una sociedad anónima unipersonal en virtud de las leyes de la Argentina el 19 de Febrero de 2019 y registrada ante el Registro Público el 11 xx Xxxxx de 2019. Las principales actividades de Argenpay S.A.U. consisten en el desarrollo de una red propia o la incorporación a otras redes de modo que permita transaccionar a personas humanas o jurídicas, en forma presencial o remota, mediante la utilización de tecnologías de la información y comunicación, para otorgar, ofrecer o aceptar pagos electrónicos on line u off line, billeteras, monederos electrónicos o virtuales y el comercio electrónico en general.
(ii) Macro Bank fue constituida en 1981 en virtud de las leyes del Commonwealth de las Bahamas y el 21 de diciembre de 1990 quedó autorizada conforme a la Xxxxx and Trust Companies Regulation Xxx 0000 y sus modificaciones, para realizar operaciones bancarias y de fideicomiso en las Bahamas. Su domicilio social es Xxxxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxx, Xxxxxxx. La actividad principal de Macro Bank es el suministro de servicios bancarios generales.
(iii) Macro Securities S.A. fue constituida como una sociedad anónima en virtud de las leyes de la República Argentina el 30 xx xxxxx de 1992 y registrada ante el Registro Público el 4 xx xxxxxx de 1992. Macro Securities realiza actividades de investigación xx xxxxxxx, operaciones bursátiles y servicios de custodia.
(iv) Macro Fiducia S.A. fue constituida como una sociedad anónima en virtud de las leyes de la Argentina el 27 xx xxxxx de 1981 e inscripta ante el Registro Público el 13 xx xxxx de 1981, quedando autorizada para actuar como fiduciario financiero el 29 de julio de 2004. Las actividades principales de Macro Fiducia consisten en suministrar al Banco los servicios de análisis de inversión y de inversión corporativa, y también actúa como agente fiduciario en determinadas operaciones.
(v) Macro Fondos S.G.F.C.I. S.A. fue constituida como una sociedad anónima en virtud de las leyes de la Argentina el 29 de julio de 1992 y registrada ante el Registro Público el 24 xx xxxxxx de 1992. Las principales actividades de Macro Fondos consisten en actuar como una compañía de gestión de activos.
(vi) Fintech SGR fue constituída como una sociedad de garantía recíproca en virtud de las leyes de la Argentina el 24 de septiembre de 2019 y registrada ante el Registro Público el 17 de octubre de 2019. El objetivo de la misma es facilitar el acceso al crédito de las pequeñas y medianas empresas (PYMES) a través de la presentación de avales.
El siguiente cuadro muestra los porcentajes de titularidad y la participación de voto del Banco en cada subsidiaria. Todas las sociedades indicadas están constituidas en la Argentina, exceptuando a Macro Bank, que está constituida en Bahamas.
Participación directa e indirecta del Banco | ||
Subsidiaria | Porcentaje de Capital Social | Porcentaje de Votos Posibles |
Macro Bank Limited | 99,999% | 100,00% |
Macro Securities S.A. | 99,925% | 99,932% |
Macro Fiducia S.A. | 99,046% | 99,046% |
Macro Fondos S.G.F.C.I. S.A. | 99,939% | 100,00% |
Argenpay S.A.U. | 100,00% | 100,00% |
Fintech SGR | 24,999% | 24,999% |
Inmuebles
La casa central del Banco comprende 54.320 metros cuadrados de oficinas que son empleados por el plantel gerencial, contable y administrativo del Banco. Al 31 de diciembre de 2021, la casa central del Banco constaba de 53.293 metros cuadrados propios y
1.027 metros cuadrados alquilados. La casa central del Banco está distribuida entre las oficinas ubicadas en Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx 0000 x Xxxxxxxxx 442, todas ellas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Al 31 de diciembre de 2021, el Banco cuenta con una red de sucursales integrada por 466 sucursales en Argentina, de las cuales 169 están ubicadas en propiedades alquiladas.
En 2011 el Banco adquirió del Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx un predio ubicado en Xx. Xxxxxxx Xxxxxx Xx 0000, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, en el que ha desarrollado su casa central. El Banco diseñó un proyecto para construir sus nuevas oficinas corporativas en este predio. Las obras en el predio comenzaron en 2012 y finalizaron en 2019.
La nueva sede corporativa fue diseñada con el fin de aprovechar al máximo la luz natural y maximizar la eficiencia energética, empleando a su vez materiales que no afectan el medio ambiente, y fue construida en cumplimiento de las Normas de Sustentabilidad Internacional Leed del “U.S. Xxxxx Building Council”. El monto total invertido en el proyecto fue de aproximadamente U$S 186 millones a los tipos de cambio aplicables al cierre del mes a las respectivas fechas de dichas inversiones.
SISTEMA FINANCIERO Y BANCARIO ARGENTINO
La industria bancaria argentina Escala
En los últimos años el sistema financiero argentino ha mantenido una tendencia positiva constante, la cual ha sido acompañada de una
mejora en el desempeño del Banco, como exponen los siguientes indicadores:
Al 31 de diciembre de | |||
2019(1) | 2020(1) | 2021 | |
(en millones de pesos) | |||
Banco Macro | |||
Total Préstamos | 218.774 | 265.377 | 360.112 |
Total Depósitos | 262.865 | 488.741 | 588.851 |
Sistema Financiero | |||
Total Préstamos | 2.883.383 | 3.774.713 | 5.351.936 |
Total Depósitos | 4.838.886 | 8.049.027 | 12.344.047 |
Fuente: los datos del Sistema Financiero son publicados por el Banco Central.
(1) Las cifras detalladas en el cuadro anterior no han sido ajustadas por la inflación ni re-expresadas por los cambios en el poder adquisitivo general de los pesos argentinos según lo establecido por la NIC 29.
El total de préstamos del sistema financiero se incrementó en un 42% en valores nominales en 2021, alcanzando la suma de Ps. 5.351.936 millones al 31 de diciembre de 2021, impulsado por los préstamos al sector privado. La cartera del Banco muestra la misma tendencia en valor nominal que muestra el sistema financiero en su conjunto.
El total de depósitos en el sistema financiero creció un 53% en valores nominales en 2021, impulsado por los depósitos del sector privado y un crecimiento significativo en los depósitos del sector público. Los depósitos del sector privado crecieron un 51% en 2021, alcanzando la suma de Ps. 9.821.581 millones al 31 de diciembre de 2021. Los depósitos del sector público crecieron un 64% en 2021, alcanzando los Ps. 2.341.113 millones. La cartera del Banco muestra la misma tendencia que muestra el sistema financiero en su conjunto, pero a un ritmo menor.
Créditos al sector privado
Los préstamos al sector privado crecieron 42% en valores nominales en 2021 para el sistema financiero considerado en su conjunto. Esta tendencia también se vio reflejada en la evolución de la cartera del Banco. El total de préstamos al sector privado del Banco creció 37% en valores nominales en 2021, tal como se indica en la siguiente tabla:
Al 31 de diciembre de | |||
2019 (1) | 2020(1) | 2021 | |
(en millones de pesos) | |||
Banco Macro | |||
Préstamos al Sector Privado | 214.423 | 260.095 | 356.466 |
Sistema Financiero | |||
Préstamos al Sector Privado | 2.721.098 | 3.608.325 | 5.137.190 |
Fuente: los datos del Sistema Financiero son publicados por el Banco Central.
(1) Las cifras detalladas en el cuadro anterior no han sido ajustadas por la inflación ni re-expresadas por los cambios en el poder adquisitivo general de los pesos argentinos según lo establecido en la NIC 29.
Calidad de los activos
Al 31 de diciembre de 2021, la cartera irregular del sistema financiero representaba un 4,3 % del total de la cartera de créditos, mientras que el índice de cobertura era del 110%.
Desde marzo de 2020, el Banco Central Banco Central ha tomado una serie de medidas para reducir el impacto del estancamiento económico causado por la pandemia, entre ellas el aplazamiento del pago de obligaciones bancarias de todos los deudores -tanto empresas como particulares-, la refinanciación obligatoria de las deudas vencidas y el tratamiento más flexible para el reconocimiento del deterioro normativo de los clientes bancarios, que ayudaron a superar el año 2020 con un bajo impacto en la morosidad de las carteras de los bancos. Como resultado de estas flexibilidades, se observó en el 2020 una caída en irregularidades de cartera con el consiguiente aumento del nivel de cobertura.
Finalizado el período establecido para la reprogramación obligatoria (marzo de 2021), las carteras de los Bancos mostraron el verdadero impacto de la pandemia, reflejado en el aumento de la irregularidad y la disminución del ratio de cobertura.
A pesar de lo mencionado anteriormente, el índice de morosidad de la cartera se mantiene bajo en relación a los niveles observados en otras economías de la región y economías emergentes. En cuanto al índice de cobertura, los niveles de previsionamiento que mantiene el sistema financiero siguen siendo elevados.
Las cifras del Banco reflejan una tendencia en línea con la del sistema financiero en su conjunto, con un índice de morosidad del orden del 1,3% y un índice de cobertura del 202% al 31 de diciembre de 2021.
El siguiente cuadro presenta los índices de calidad de cartera del Banco y del sistema financiero argentino al 31 de diciembre de 2019, 2020 y 2021:
Al 31 de diciembre | |||
2019 | 2020 | 2021 | |
Banco Macro | |||
Índice de Morosidad (1) | 2,2% | 0,8% | 1,3% |
Índice de Cobertura (2) | 105% | 477% | 202% |
Sistema Financiero | |||
Índice de Morosidad (1) | 5,7% | 4,1% | 4,3% |
Índice de Cobertura (2) | 94% | 137% | 110% |
Fuente: los datos del Sistema Financiero son publicados por el Banco Central.
(1) Las financiaciones que se encuentran en situación de cumplimiento irregular incluyen todos los créditos otorgados a los deudores clasificados como “3—con problemas/riesgo medio,” “4—con alto riesgo de insolvencia/alto riesgo,” “5—irrecuperable” y “6—irrecuperable por Disposición Técnica/Normas del Banco Central” en el marco del sistema de clasificación de créditos del Banco Central.
(2) Previsiones por riesgo de incobrabilidad como porcentaje de cartera en situación irregular.
Rentabilidad
En el 2021 la rentabilidad del sistema financiero se redujo un 33% en valores nominales, llegando a un total de Ps. 211.277 millones al 31 de diciembre de 2021, lo que representa un 1,1% de rentabilidad sobre el activo promedio y un 7,2% sobre el patrimonio neto promedio.
La tabla siguiente refleja la rentabilidad del Banco y del sistema financiero al 31 de diciembre de 2019, 2020 y 2021:
Al 31 de diciembre de | |||
2019 (2) | 2020 (2) | 2021 | |
Banco Macro | |||
Resultado total (en millones de pesos) (1) | 40.800 | 30.269 | 27.123 |
Retorno sobre el patrimonio neto promedio | 59,0% | 20,9% | 12,2% |
Retorno sobre el activo promedio | 10,4% | 4,3% | 2,8% |
Sistema Financiero | |||
Resultado total (en millones de pesos) | 312.051 | 313.740 | 211.277 |
Retorno sobre el patrimonio neto promedio | 46,4% | 15,8% | 7,2% |
Retorno sobre el activo promedio | 5,4% | 2,3% | 1,1% |
Fuente: los datos del Sistema Financiero son publicados por el Banco Central.
(1) De acuerdo a la Comunicación “A” 7211, a partir de los ejercicios iniciados el 1 de enero de 2021, se registra en el resultado del período el efecto monetario devengado respecto de partidas de naturaleza monetaria que se encuentren medidas a valor razonable con cambios en Otros Resultados Integrales (ORI). Los resultados por los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2019 y 2020 no fueron reformulados en este cuadro.
(2) Las cifras detalladas en el cuadro anterior no han sido ajustadas por la inflación ni re-expresadas por los cambios en el poder adquisitivo general de los pesos argentinos según lo establecido en la NIC 29.
Xxxxx competitivo
El Banco es el cuarto banco privado y el sexto banco en el ranking general más grande de Argentina en términos de préstamos totales y de depósitos totales al 30 xx xxxxx de 2021. En términos de patrimonio neto, el Banco ocupa el segundo puesto entre los bancos privados y el tercer puesto en el ranking general de bancos de Argentina al 30 xx xxxxx de 2021.
A continuación se exponen los rankings de bancos en estas categorías.
Total de préstamos (al 30 xx xxxxx de 2021)
En Ps. millones | Participación xx xxxxxxx (% de participación sobre el total |
de préstamos del sistema financiero argentino) | |||
1 | Banco de la Nación Argentina (1) | 733.636 | 18% |
2 | Santander Rio S.A. | 460.766 | 11% |
0 | Xxxxx xx Xxxxxxx x Xxxxxx Xxxxx X.X.X. | 443.640 | 11% |
0 | Xxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx (1) | 337.870 | 8% |
5 | BBVA Argentina S.A. | 284.881 | 7% |
6 | Banco Macro S.A. | 270.981 | 7% |
7 | Xxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | 150.443 | 4% |
8 | Industrial and Commercial Bank of China (Argentina) S.A | 137.455 | 3% |
9 | HSBC Bank Argentina S.A. | 136.466 | 3% |
10 | Banco Patagonia S.A. | 122.135 | 3% |
Resto del Sistema financiero | 968.239 | 24% | |
Total Sistema Financiero | 4.046.513 | 100% |
Fuente: los datos del Sistema Financiero son publicados por el Banco Central.
(1) Bancos del Sector Público
Total Depósitos (al 30 xx xxxxx de 2021)
Ps. Millones | Participación xx xxxxxxx (% de participación sobre el total de depósitos del sistema financiero argentino) | ||
1 | Banco de la Nación Argentina (0) | 0.000.000 | 20% |
0 | Xxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx (0) | 0.000.000 | 10% |
3 | Santander Rio S.A. | 885.761 | 9% |
0 | Xxxxx xx Xxxxxxx x Xxxxxx Xxxxx X.X.X. | 876.774 | 9% |
5 | BBVA Argentina S.A. | 607.625 | 6% |
6 | Banco Macro S.A | 489.900 | 5% |
7 | Banco Credicoop Limitado | 416.147 | 4% |
0 | Xxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | 356.739 | 4% |
9 | HSBC Bank Argentina S.A. | 350.087 | 4% |
10 | Banco Patagonia S.A. | 294.625 | 3% |
Resto del Sistema financiero | 2.582.771 | 26% | |
Total Sistema Financiero | 9.899.447 | 100% |
Fuente: los datos del Sistema Financiero son publicados por el Banco Central.
(1) Bancos del Sector Público
Patrimonio Neto (al 30 xx xxxxx de 2021)
Ps. Millones | Participación xx xxxxxxx (% de participación sobre el patrimonio neto del sistema financiero argentino) | ||
1 | Banco de la Nación Argentina (1) | 365.631 | 17% |
0 | Xxxxx xx Xxxxxxx x Xxxxxx Xxxxx X.X.X. | 195.310 | 9% |
3 | Banco Macro S.A. | 182.495 | 9% |
4 | Santander Rio S.A. | 149.982 | 7% |
5 | BBVA Argentina S.A. | 130.266 | 6% |
0 | Xxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx (1) | 129.116 | 6% |
0 | Xx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx. X.X. xxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx | 109.671 | 5% |
8 | Banco Credicoop Limitado | 97.021 | 5% |
9 | Industrial and Commercial Bank of China (Argentina) S.A. | 77.246 | 4% |
10 | HSBC Bank Argentina S.A. | 76.625 | 4% |
Resto del Sistema financiero | 625.953,1 | 29% | |
Total Sistema Financiero | 2.139.316 | 100% |
Fuente: los datos del Sistema Financiero son publicados por el Banco Central.
(1) Bancos del Sector Público
Hay una xxxx xxxxxxxxxxxxx xx xxxxxxxxxx xx xx xxxxxx x xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx para el sistema financiero en su conjunto, como se muestra en la siguiente tabla. Sin embargo, el Banco tiene la red de sucursales más extensa del sector privado en Argentina y una presencia regional líder que posee más del 66% del total de las sucursales del Banco en 6 provincias, incluyendo Xxxxx Xx, Xxxxxxx, Xxxxxxxx, Xxxxx, Xxxxxxx, Xxxxx y el 20% en Buenos Aires.
Al 30 xx xxxxx de 2021 Participación xx xxxxxxx
Sistema Bancario Banco Macro (participación porcentual sobre el
Sucursales | % del total | Sucursales | % del total | total de sucursales en cada provincia) | |
Ciudad Autónoma de Buenos Aires | 813 | 17,7% | 28 | 6,0% | 3,4% |
Provincia de Buenos Aires | 1.488 | 32,5% | 67 | 14,4% | 4,5% |
Catamarca | 21 | 0,5% | 1 | 0,2% | 4,8% |
Chaco | 68 | 1,5% | 2 | 0,4% | 2,9% |
Chubut | 73 | 1,6% | 6 | 1,3% | 8,2% |
Xxxxxxx | 000 | 10,0% | 70 | 15,1% | 15,3% |
Corrientes | 82 | 1,8% | 4 | 0,9% | 4,9% |
Xxxxx Xxxx | 000 | 2,8% | 10 | 2,2% | 7,7% |
Xxxxxxx | 00 | 0,6% | 0 | 0,0% | 0,0% |
Xxxxx | 00 | 0,8% | 17 | 3,7% | 47,2% |
Xx Xxxxx | 00 | 1,6% | 2 | 0,4% | 2,7% |
Xx Xxxxx | 00 | 0,6% | 2 | 0,4% | 7,1% |
Xxxxxxx | 000 | 3,8% | 15 | 3,2% | 8,6% |
Misiones | 67 | 1,5% | 36 | 7,8% | 53,7% |
Xxxxxxx | 00 | 1,9% | 5 | 1,1% | 5,7% |
Xxx Xxxxx | 00 | 1,8% | 6 | 1,3% | 7,4% |
Xxxxx | 00 | 1,6% | 37 | 8,0% | 51,4% |
Xxx Xxxx | 00 | 0,9% | 1 | 0,2% | 2,6% |
Xxx Xxxx | 00 | 1,0% | 2 | 0,4% | 4,3% |
Xxxxx Xxxx | 00 | 1,1% | 2 | 0,4% | 3,8% |
Xxxxx Xx | 000 | 10,5% | 105 | 22,6% | 21,7% |
Xxxxxxxx xxx Xxxxxx | 00 | 1,2% | 2 | 0,4% | 3,5% |
Tierra del Fuego | 26 | 0,6% | 2 | 0,4% | 7,7% |
Xxxxxxx | 00 | 2,1% | 42 | 9,1% | 42,9% |
Total | 4.584 | 100% | 464 | 100,0% | 10,1% |
Fuente: los datos del Sistema Financiero son publicados por el Banco Central.
MARCO REGULATORIO DEL SISTEMA BANCARIO ARGENTINO
Descripción general
Fundado en 1935, el Banco Central es la principal autoridad monetaria y financiera de Argentina. Su misión es preservar el valor de la moneda y la estabilidad financiera, el trabajo y el desarrollo económico con equidad social. Opera de acuerdo con su carta orgánica, reformada en 2012 por Ley N°26.739, y las disposiciones de la Ley de Entidades Financieras. Según los términos de su carta orgánica, el Banco Central debe operar independientemente del gobierno nacional.
Desde 1977, las actividades bancarias en la Argentina han estado reguladas principalmente por la Ley de Entidades Financieras, que faculta al Banco Central a regular el sector financiero. El Banco Central regula y supervisa el sistema bancario argentino a través de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias. La Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias es responsable de hacer cumplir las leyes bancarias de Argentina, mediante el establecimiento de requisitos de suministro de información contable y financiera aplicable al sector bancario, la supervisión y reglamentación de las prácticas en materia de préstamos de las entidades financieras y el establecimiento de normas para la participación de las entidades financieras en el mercado cambiario y la emisión de bonos y otros títulos, entre otras funciones.
Las facultades del Banco Central incluyen fijar la base monetaria, establecer las tasas de interés, determinar las exigencias de capital mínimo, liquidez y solvencia, regular el crédito, aprobar fusiones bancarias, aumentos de capital y transferencias de acciones, otorgar y revocar licencias bancarias, autorizar el establecimiento de sucursales de entidades financieras extranjeras en Argentina y otorgar asistencia financiera a entidades financieras en casos de problemas temporarios de liquidez o solvencia.
El Banco Central establece ciertas “relaciones técnicas” que deben ser observadas por las entidades financieras, como ratios relacionados con los niveles de solvencia, liquidez, máxima asistencia a otorgar a los clientes y posiciones de activos y pasivos en moneda extranjera.
Además, las entidades financieras necesitan la autorización del Banco Central para determinadas acciones, incluyendo por ejemplo, la venta de activos, la apertura o cambio de sucursales o cajeros automáticos, la adquisición de participaciones en otras sociedades financieras o no financieras y la constitución de gravámenes sobre sus activos, entre otros.
Como supervisor del sistema financiero, el Banco Central exige que las entidades financieras presenten información en forma diaria, mensual, trimestral, semestral y anual. Estos informes, que incluyen balances y estados de resultados, información relacionada con los fondos de reserva, destino de los depósitos, clasificaciones de calidad de cartera, (incluyendo detalles de los principales deudores y cualquier previsión por riesgo de incobrabilidad), cumplimiento de los requerimientos de capital y cualquier otra información pertinente, permiten al Banco Central monitorear las prácticas comerciales de las entidades financieras. Para confirmar la exactitud de la información suministrada, el Banco Central está autorizado a llevar a cabo inspecciones.
Si las normas del Banco Central no se cumplen, la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias puede imponer diversas sanciones dependiendo de la gravedad de la infracción. Estas sanciones varían desde un aviso de incumplimiento a la imposición de multas o incluso, en casos extremos, la revocación de la licencia para operar de la entidad financiera. Además, el incumplimiento de ciertas normas puede dar lugar a la presentación obligatoria de planes de regulación y saneamiento ante el Banco Central. Estos planes deben ser aprobados por el Banco Central a fin de permitir que la entidad financiera permanezca en el negocio.
Regulación y supervisión bancaria
Supervisión del Banco Central
Desde septiembre de 1994, el Banco Central ha supervisado a las entidades financieras argentinas en forma consolidada. Dichas entidades financieras deben presentar periódicamente estados financieros consolidados que reflejen tanto las operaciones de su casa matriz, como también las de sus filiales en Argentina y en el exterior, y aquéllas correspondientes a sus subsidiarias significativas, tanto nacionales como extranjeras. En consecuencia, los requisitos relacionados con liquidez y solvencia, capitales mínimos, concentración del riesgo y previsiones por riesgos de incobrabilidad, entre otros, deben ser calculados sobre una base consolidada.
Actividades e inversiones permitidas
La Ley de Entidades Financieras se aplica a todas aquellas personas humanas y jurídicas que actúan como intermediarios financieros y que, como tales, son parte del sistema financiero, incluyendo los bancos comerciales, bancos de inversión, bancos hipotecarios, compañías financieras, sociedades de ahorro y préstamo para la vivienda y cooperativas de crédito. Excepto los bancos comerciales, que están autorizados a realizar todas las actividades financieras y prestar todos los servicios financieros que estén específicamente establecidos por la ley o las normas del Banco Central, las actividades que pueden ser llevadas a cabo por las otras entidades financieras argentinas están detalladas en la Ley de Entidades Financieras y las normas del Banco Central relacionadas. Algunas de las actividades permitidas a los bancos comerciales incluyen la capacidad para: (i) recibir depósitos del público tanto en moneda local como extranjera;
(ii) suscribir, adquirir, colocar o negociar títulos de deuda, incluidos títulos públicos, tanto en el mercado cambiario como en el mercado abierto (sujeto a previa aprobación por parte de la CNV, si corresponde); (iii) otorgar y recibir préstamos; (iv) garantizar las deudas de los clientes; (v) llevar a cabo operaciones de cambio en moneda extranjera; (vi) emitir tarjetas de crédito; (vii) actuar, sujeto a
determinadas condiciones, como intermediarios en operaciones de bienes inmuebles; (viii) llevar a cabo operaciones de financiamiento comercial; (ix) actuar como agentes de registro de letras hipotecarias, (x) realizar transacciones en moneda extranjera y (xi) actuar como fiduciario en fideicomisos financieros. Además, de acuerdo con la Ley de Entidades Financieras, y la Comunicación “A” 3086 del Banco Central, y modificatoria, los bancos comerciales están autorizados a participar en sociedades comerciales, industriales, agropecuarias y de otros tipos que no presten servicios complementarios a los servicios bancarios (según se define en las normas del Banco Central correspondientes) en tanto la participación del banco comercial en tales sociedades no supere el 12,5% de sus acciones con derecho de voto o de su capital social. No obstante, en caso de exceder los límites mencionados anteriormente, el banco deberá (i) solicitar autorización al Banco Central, o (ii) notificar dicha situación al Banco Central, según el caso. Sin embargo, aún cuando las participaciones de los bancos comerciales no alcancen tales porcentajes, éstos no tienen permiso para operar dichas sociedades si: (i) tales participaciones les permiten controlar una mayoría de votos suficientes para formar la voluntad social en una asamblea de accionistas o reunión del directorio, o (ii) el Banco Central no autoriza la adquisición.
Asimismo, de conformidad con el T.O. Servicios Complementarios de las Entidades Financieras y Actividades Permitidas, los bancos comerciales pueden mantener participaciones en el capital de empresas del país o del exterior que tengan por objeto exclusivo una o dos de las actividades que se mencionan en el T.O. Servicios Complementarios de la Actividad Financiera y Actividades Permitidas, cuando la participación del banco comercial fuera superior al 12,5% de las acciones con derechos de voto de dicha empresa o permitiera al banco comercial controlar la mayoría de votos en una asamblea de accionistas o reunión de Directorio. Se requiere dar aviso a la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias sobre tales participaciones
Bajo las normas del Banco Central, T.O. Capitales Mínimos de las Entidades Financieras, el monto total de las participaciones de un banco comercial en el capital social de terceros, incluidas las participaciones en fondos comunes de inversión, no puede superar el 60% de la Responsabilidad Patrimonial Computable (“RPC”) de dicho banco. Además, el monto total de las participaciones de un banco comercial, consideradas en conjunto en: (i) acciones sin cotización, excluyendo las participaciones en sociedades que prestan servicios complementarios a la actividad financiera y participaciones en empresas del estado que prestan servicios públicos, (ii) acciones con cotización y cuota partes de fondos comunes de inversión que no den lugar a requerimientos de capital mínimo sobre la base de riesgo xx xxxxxxx, y (iii) acciones con cotización pública que no tienen un “precio xx xxxxxxx disponible para el público en general,” está limitado al 15% de la RPC de dicho banco. A tal efecto, se considera que un determinado precio xx xxxxxxx de las acciones está “disponible para el público en general” cuando se dispone de cotizaciones que midan el volumen diario de las operaciones significativas, y la venta de tales acciones en poder del banco no afectaría significativamente la cotización de las acciones.
Operaciones y actividades prohibidas y limitadas
El artículo 28 de la Ley de Entidades Financieras prohíbe a los bancos comerciales: (a) constituir gravámenes sobre sus bienes sin previa autorización del Banco Central, (b) aceptar en garantía sus propias acciones, (c) operar con sus directores o administradores y con empresas o personas vinculadas con ellos, en condiciones más favorables que las acordadas xx xxxxxxxxx a su clientela, y (d) explotar por cuenta propia empresas comerciales, industriales, agropecuarias, o de otra clase, salvo con expresa autorización del Banco Central, excepto aquéllas consideradas actividades financieras según las normas del Banco Central. No obstante lo antedicho, los bancos podrán ser titulares de acciones de otras entidades financieras, siempre que medie autorización del Banco Central, y de acciones y obligaciones de empresas de servicios públicos en la medida en que sean necesarias para obtener su prestación.
Fondo de reserva legal
De acuerdo con las disposiciones de la Ley de Entidades Financieras, el Banco debe destinar anualmente al fondo de reserva legal la proporción de sus utilidades anuales que establezca el Banco Central, la que no será inferior al 10% ni superior al 20%. De conformidad con regulaciones del Banco Central, el Banco mantiene una reserva legal compuesta por el 20% de las utilidades anuales. Esta reserva legal sólo puede ser utilizada cuando la entidad financiera ha incurrido en pérdidas y ha agotado todas las demás reservas. Si una entidad financiera no cumple con esta exigencia, no podrá pagar dividendos a sus accionistas.
Activos inmovilizados y otros conceptos
A partir de febrero de 2004, los activos inmovilizados T.O. Relación para los Activos Inmovilizados, (computados sobre la base del saldo al último día de cada mes, y neto de los activos que se deducen para computar el capital regulatorio) más el financiamiento otorgado a partes relacionadas con entidades financieras (computado sobre la base del saldo más alto durante cada mes para cada cliente) no puede exceder el 100% del capital regulatorio de la entidad financiera, con excepción de ciertos casos particulares en los que se puede exceder hasta el 150%.
Los activos inmovilizados incluyen activos y créditos diversos, mobiliario e instalaciones, activos afectados en garantía de obligaciones (salvo por operaciones de pases, swaps, futuros y derivados), saldo a favor de impuesto al valor agregado y anticipos de otros impuestos, saldos por aplicación del impuesto a la ganancia mínima presunta, determinados bienes intangibles y participaciones en otras sociedades sin cotización o acciones con cotización, si la tenencia supera el 2,5% del capital de la sociedad emisora o cuando la eventual liquidación de la tenencia pueda afectar significativamente la cotización.
El incumplimiento de los límites produce un aumento en las exigencias de capital mínimo equivalente al 100% del exceso.
A menos que se indique lo contrario, las regulaciones explicadas en esta sección deben aplicarse a la información financiera de los bancos calculada de acuerdo con las normas del BCRA. Las NIIF difieren en ciertos aspectos importantes de las normas del BCRA.
Exigencias de capital mínimo
El Banco Central exige que las entidades financieras integren montos mínimos de capital sobre la base de los saldos al cierre de cada mes. Dicho monto mínimo de capital se define como el mayor valor que resulte de la comparación entre (i) la exigencia básica y (ii) la suma de la exigencia por riesgo de crédito, riesgo operacional y riesgo xx xxxxxxx. Las entidades financieras (junto con sus sucursales en Argentina y en el exterior) deben cumplir con los requisitos de capital mínimo tanto en forma individual como consolidada.
La integración del capital a ser considerada a los efectos de determinar el cumplimiento de los requerimientos de capital mínimo es la RPC de la entidad financiera (T.O. Capitales Mínimos de las Entidades Financieras).
Capital mínimo básico
La normativa de BCRA al respecto, se encuentra plasmada en el T.O. Capitales Mínimos de las Entidades Financieras. La exigencia de capital mínimo básico varía según el tipo de entidad financiera y la jurisdicción en que se encuentre radicada su sede principal. Según la clase y categoría, serán las siguientes exigencias:
Categorías | Bancos | Restantes Entidades (*) | ||
I y II | Ps.26 millones | Ps.12 millones | ||
III a VI | Ps.15 millones | Ps.8 millones |
(*) A excepción de las cajas de crédito.
Las compañías financieras que realicen, en forma directa, operaciones de comercio exterior deberán observar las exigencias establecidas para los bancos en la respectiva categoría.
Con vigencia a partir del 0 xx xxxxx xxx 0000 xx xxxxxxxxx xxxxxx xx xxxxxxx mínimo que deberán observar las entidades financieras será la siguiente:
Bancos | Restantes entidades financieras (salvo Cajas de Crédito Cooperativas) |
-En millones de pesos- | |
500 | 230 |
Asimismo, las entidades financieras en funcionamiento al 1 xx xxxxx del 2022 deberán observar la exigencia básica de capital prevista en la tabla anterior a partir del 31 xx xxxxx de 2024. Hasta esa fecha, corresponderá que tales entidades en funcionamiento apliquen las exigencias que surgen de la siguiente tabla, según el período en cuestión:
Período | Bancos | Restantes entidades financieras (salvo Cajas de Crédito Cooperativas) |
-En millones de pesos- | ||
1.4.22 al 31.3.23 | 170 | 80 |
1.4.23 al 30.3.24 | 300 | 140 |
Las entidades financieras en funcionamiento al 1 xx xxxxx del 2022 que no cumplan con la integración de la exigencia básica de capital conforme a lo previsto, deberán presentar a la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias un programa de encuadramiento dentro de los 20 días corridos siguientes al cierre del período en que se registre tal deficiencia, el cual no deberá superar el 30 xx xxxxx de 2024 para cumplir con la exigencia básica.
Descripción de las regulaciones de Capital Xxxxx 0 y Xxxxx 0
Las entidades financieras argentinas deben cumplir con lineamientos similares a los adoptados por el Comité de Basilea para la Supervisión Bancaria y Prácticas de Supervisión, modificados en 1995 (las “Normas de Basilea”). En ciertos aspectos, sin embargo, las regulaciones bancarias argentinas exigen coeficientes más altos que los establecidos por las Normas de Basilea.
El Banco Central toma en consideración la responsabilidad patrimonial computable o RPC de una entidad financiera para determinar el cumplimiento de las exigencias de capital. La RPC está representada por el Capital Xxxxx 0 (Patrimonio Neto Básico) y el Capital Xxxxx 0 (Patrimonio Neto Complementario).
Capital de Nivel 1
El Capital Xxxxx 0 está compuesto por (i) el capital ordinario nivel 1 (COn1), (ii) conceptos deducibles del capital ordinario nivel 1(CDCOn1), (iii) el capital adicional nivel 1 (CAn1) y (iv) conceptos deducibles del capital adicional nivel uno (CDCAn1).
Capital ordinario Xxxxx 0
El COn1 comprende: (i) el capital social (excluyendo acciones con preferencia patrimonial), (ii) los aportes no capitalizados (excluyendo las primas de emisión), (iii) los ajustes al patrimonio, (iv) las reservas de utilidades (excluyendo la reserva especial para instrumentos de deuda), (v) los resultados no asignados, (vi) otros resultados positivos o negativos en los siguientes términos:
• 100% de los resultados registrados hasta el último estado financiero trimestral que cuente con informe del auditor, correspondiente al último ejercicio cerrado y respecto del cual el auditor aún no haya emitido su dictamen.
• 100% de los resultados del ejercicio en curso registrados al cierre del último estado financiero trimestral, una vez que cuente con informe de auditor;
• 50% de las ganancias o 100% de las pérdidas desde el último estado financiero trimestral o anual que cuente con dictamen o informe de auditor; y
• 100% de quebrantos no considerados en los estados financieros, correspondientes a la cuantificación de los hechos informados por el auditor. A los fines del cómputo del 100% de los resultados registrados hasta el último estado financiero trimestral o anual, el respectivo estado financiero con el informe del auditor deberá estar presentado al BCRA a la fecha en que resulta obligatoria la presentación del balance mensual.
(vii) Otros resultados integrales. i) 100 % de los resultados registrados en las siguientes partidas: − Revaluación de propiedad, planta y equipo e intangibles. − Ganancias o pérdidas por instrumentos financieros a valor razonable con cambios en otros resultados integrales.
ii) 100 % del saldo deudor de cada una de las partidas registradas en otros resultados integrales no mencionadas en el acápite i). El reconocimiento de estos conceptos –registrados en cuentas de otros resultados integrales u otros resultados integrales acumulados, según corresponda– se realizará conforme a los términos de los puntos 8.2.1.5. o 8.2.1.6., según el caso.
(viii) primas de emisión resultantes de instrumentos incluidos en el COn1
(ix) en los casos de consolidación las participaciones minoritarias (acciones ordinarias emitidas por las subsidiarias sujetas a supervisión consolidada y en poder de terceros, siempre que cumplan los criterios regulatorios aplicables).
Para que una acción sea considerada dentro del COn1, la entidad financiera se debe abstener de crear, en ocasión de su emisión, cualquier expectativa de que la acción será recomprada, rescatada o amortizada, y los términos contractuales no deberán contener cláusula alguna que pudiera originar tal expectativa.
A efectos de determinar la RPC, las entidades financieras comprendidas en el Grupo “A” deben computar como COn1 la diferencia positiva entre la previsión contable estipulada en el punto 5.5 de la NIIF 9, y la previsión reglamentaria calculada conforme a las normas sobre “Constitución de previsiones mínimas por riesgo de incobrabilidad” o la previsión contable correspondiente al saldo al 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xx xxxxx de ambas.
Conceptos deducibles
A los conceptos citados se les restarán, los conceptos deducibles previstos en el punto 8.4.1 y 8.4.2. (según corresponda) del T.O. Capitales Mínimos de las Entidades Financieras, Sección 8. Responsabilidad Patrimonial Computable del Banco Central.
Los conceptos deducibles del (COn1) incluyen, entre otros: (a) saldos a favor por aplicación del impuesto a la ganancia mínima presunta
-netos de las previsiones por riesgo de desvalorización- que excedan el 10% del patrimonio neto básico correspondiente al mes anterior y saldos a favor provenientes de activos por impuestos diferidos; (b) saldos en cuentas de corresponsalía respecto de entidades financieras del exterior que no cuenten con calificación internacional de riesgo comprendida en la categoría “investment grade”; (c) títulos de crédito, que físicamente no se encuentren en poder de la entidad, salvo que su registro o custodia se encuentre a cargo del Banco Central (“CRYL”), agentes autorizados a tal efecto por la CNV, Clearstream, Euroclear o Depositary Trust Company. En caso de que se mantengan activos deducibles conforme a esta disposición, la entidad deberá dejar constancia de la existencia de tales conceptos en nota a los estados financieros trimestrales y anual, cuantificando el importe que no se admite considerar a los fines de determinar la RPC; (d) títulos emitidos por gobiernos de países extranjeros, cuya calificación internacional de riesgo sea inferior a la categoría “investment grade” según la Comunicación “A” 5671; (e) títulos valores e instrumentos de deuda contractualmente subordinados a los demás pasivos, emitidos por otras entidades financieras; (f) accionistas; (g) inmuebles incorporados al patrimonio de la entidad financiera, cuya registración contable no se encuentre respaldada con la pertinente escritura traslativa de dominio debidamente inscripta en el respectivo Registro de la Propiedad Inmueble, excepto los adquiridos mediante subasta judicial; (h) activos intangibles; (i) partidas pendientes de imputación- saldos deudores - otras; (j) ciertos activos, según lo exigido por la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias, resultantes de la diferencia entre el valor contable y el valor razonable de activos o acciones efectuadas para desnaturalizar o disimular el verdadero carácter o alcance de las operaciones; (k) los que requiera la SEFyC; l) diferencias por insuficiencia de constitución de las previsiones mínimas por riesgo de incobrabilidad determinadas por la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias; (m) participaciones en empresas cuyo objeto social sea el desarrollo de las siguientes actividades: (i) asistencia financiera mediante operaciones de arrendamiento financiero de bienes de capital, durables e inmuebles, adquiridos con tal objeto (“leasing”) o sobre créditos provenientes de ventas (“factoring”), (ii) adquisición con carácter transitorio de participaciones en empresas para facilitar su desarrollo, con la finalidad de vender posteriormente las tenencias y iii) emisión de tarjetas de crédito, débito y similares; (n) el exceso a los límites fijados para activos en garantía en el punto 3 de las normas sobre “Afectación de activos en garantía”; (o) el mayor saldo de la asistencia crediticia otorgada en el mes, cuando los adelantos
previstos en el punto 3.2.5. de las normas sobre “Financiamiento al sector público no financiero” superen el límite autorizado y/o no sean cancelados en los plazos allí previstos; (p) ganancias por ventas relacionadas con operaciones de titulización, según corresponda conforme a los puntos 3.1.4., 3.1.5.1. y 3.1.5.2. y por operaciones de venta o cesión de xxxxxxx con responsabilidad para el cedente. Esta deducción se computará en la medida que subsista el riesgo de crédito y en la proporción en que se mantenga la exigencia de capital por las exposiciones subyacentes o cartera vendida o cedida con responsabilidad; (q) en el caso de pasivos por instrumentos derivados contabilizados a valor razonable, las ganancias y pérdidas no realizadas debidas a variaciones en el riesgo de crédito de la entidad financiera. Se deducirán los ajustes de valuación por el riesgo de crédito propio exclusivamente (- o +, según corresponda); no se permite la compensación de dichos ajustes con los provenientes del riesgo de crédito de la contraparte; (r) inversiones en el capital de entidades financieras sujetas a supervisión consolidada. i) Participaciones en entidades financieras, excepto cuando rijan franquicias para no deducirlas. ii) Participaciones en entidades financieras del exterior. En dichos casos, serán netas de las previsiones por riesgo de desvalorización y, cuando se trate de entidades financieras controladas y corresponda aplicar lo previsto en el punto 8.2.1.6. -acápite iii)-, del 50% de las ganancias de éstas en la proporción de la respectiva participación.
Capital adicional Xxxxx 0
El capital adicional de nivel uno (CAn1) incluye (i) instrumentos emitidos por la entidad financiera que cumplan los requisitos previstos en el punto 8.3.2 del T.O. Capitales Mínimos de las Entidades Financieras, Sección 8. Responsabilidad Patrimonial Computable del BCRA y no se hallen ya incluidos en Tier 1; (ii) primas de emisión resultantes de instrumentos incluidos en el Capital Adicional de Xxxxx 0; (iii) además, en los casos de consolidación, incluye instrumentos emitidos por subsidiarias sujetas a supervisión consolidada en poder de terceros, que cumplan los criterios para su inclusión en el Capital Adicional de Xxxxx 0 y que no estén incluidos en el Capital Ordinario de Nivel 1, observando los criterios establecidos en el punto 8.3.5. A los conceptos citados en los puntos precedentes se les restarán, de corresponder, los conceptos deducibles previstos en el punto 8.4.2. del T.O. Capitales Mínimos de las Entidades Financieras, Sección 8. Responsabilidad Patrimonial Computable del BCRA.
A los rubros mencionados en los puntos anteriores se les restará, si así correspondiera, los conceptos deducibles previstos en el punto
8.4.2 de las normas sobre “Capitales Mínimos de las Entidades Financieras”, con sus modificatorias y complementarias, que se describen a continuación.
Asimismo, los instrumentos incluidos en el CAn1 deberán observar los siguientes requisitos:
• Estar totalmente suscriptos e integrados.
• Estar subordinados a depositantes, acreedores quirografarios y a deuda subordinada de la entidad financiera. Deberán prever que, en caso de quiebra de la entidad y una vez satisfecha la totalidad de las deudas con los demás acreedores, los tenedores de estos instrumentos tendrán prelación en la distribución de fondos sólo y exclusivamente con respecto a los accionistas, ordinarios -tenedores de acciones sin preferencia patrimonial-, con expresa renuncia a cualquier privilegio general o especial;
• No estar asegurados ni cubiertos por alguna garantía del emisor o de un vinculado, ni ser objeto de cualquier otro acuerdo que mejore jurídica o económicamente el orden de prelación en el cobro para el caso de quiebra de la entidad.
• No prever pago de ningún tipo en concepto de capital, excepto en caso de liquidación de la entidad financiera cuando así correspondiese. No podrán tener cláusulas de remuneración escalonada creciente ni otros incentivos para su amortización anticipada.
• Transcurridos cinco años desde su emisión, la entidad financiera podrá rescatar los instrumentos, siempre que: (i) cuente con autorización previa al ejercicio de la opción de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias; (ii) se abstenga de generar expectativas de que ejercitará la opción de compra; y (iii) sustituya el instrumento con capital regulatorio de igual o mayor calidad y en condiciones que sean sostenibles para su capacidad de generación de ingresos, o demuestre que, una vez ejercida la opción de compra, su RPC supera ampliamente -al menos en un 20%- los requisitos mínimos de capital.
• Cualquier restitución de capital requerirá la autorización previa de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias y la entidad financiera no deberá tener la expectativa ni crearla en el mercado de que obtendrá dicha autorización.
• La entidad financiera podrá en todo momento y a su entera discreción cancelar pagos en concepto de dividendos o cupones de interés, lo cual no deberá constituir de por sí un incumplimiento, ni facultar a los tenedores a exigir la conversión en acciones ordinarias. Asimismo, no debe imponer restricciones a la entidad financiera, salvo en relación con las distribuciones de dividendos a los titulares de acciones ordinarias.
• El pago de dividendos/cupones se efectuará con cargo a partidas distribuibles, en los términos de las normas referidas a “Distribución de Resultados” (Sección III de las normas del BCRA).
• No incorporar un dividendo/cupón de interés que se reajuste periódicamente en función del riesgo de crédito de la entidad financiera.
• No haber sido comprados por la entidad financiera ni por otra entidad que ella controle o sobre la que ejerza influencia significativa.
• No haber sido comprados con la financiación directa o indirecta de la entidad financiera y;
• No poseer características que dificulten la recapitalización.
Los instrumentos que son parte del pasivo deberán absorber pérdidas, una vez alcanzado un evento desencadenante prefijado (cuando el coeficiente de COn1 sea inferior al 5,125% de los APR), a través de su conversión en acciones ordinarias o de un mecanismo que asigne pérdidas al instrumento, con los siguientes efectos:
a) Reducción de la deuda representada por el instrumento en caso de liquidación de la entidad;
b) Reducción del importe a reintegrar en caso de ejercerse una opción de compra; y
c) Reducción total o parcialmente los pagos de dividendos/cupones de interés del instrumento.
El monto de la conversión o quita deberá ser, como mínimo, aquel que le permita a la entidad restaurar el citado coeficiente Capital Ordinario de Xxxxx 0 al nivel del 5,125 % de los APR.
Patrimonio Neto Complementario: Capital de Xxxxx 0
El capital nivel dos comprende los siguientes conceptos: (i) ciertos instrumentos emitidos por la entidad financiera no incluidos en la categoría de capital de nivel 1 y que observen los requisitos previstos en el punto 8.3.3 del T.O. Capitales Mínimos de las Entidades Financieras – Sección 8. Responsabilidad Patrimonial Computable emitida por el Banco Central, (ii) primas de emisión resultantes de instrumentos incluidos en el capital de Nivel 2, y (iii) previsiones por riesgo de incobrabilidad sobre la cartera correspondiente a deudores clasificados “en situación normal” de las regulaciones del Banco Central sobre “Clasificación de deudores” y sobre las financiaciones que se encuentran cubiertas con garantías preferidas “A”, sin superar el 1,25 % de los activos ponderados por riesgo de crédito. Además, en los casos de consolidación, incluye: (iv) instrumentos emitidos por subsidiarias sujetas a supervisión consolidada en poder de terceros, que cumplan los criterios para su inclusión en el patrimonio neto complementario.
A los conceptos citados en los puntos precedentes se les restarán, de corresponder, los conceptos deducibles previstos en el punto 8.4.2 del Banco Central, que se describen más abajo.
Por otra parte, los instrumentos incluidos en el patrimonio neto complementario deberán observar los siguientes requisitos:
• Estar totalmente suscriptos e integrados.
• Estar subordinados a depositantes, acreedores quirografarios y a deuda subordinada de la entidad financiera.
• No estar asegurados ni cubiertos por alguna garantía del emisor o de un vinculado, ni ser objeto de cualquier otro acuerdo que mejore jurídica o económicamente el orden de prelación en el cobro para el caso de quiebra de la entidad.
• Vencimiento: (i) plazo de vencimiento original no inferior a cinco años; (ii) no existir cláusulas de remuneración escalonada creciente u otros incentivos para su amortización anticipada; y (iii) a partir del comienzo de cada uno de los últimos cinco años de vida de cada emisión, el importe computable será disminuido en el 20% del valor nominal emitido.
• Transcurridos cinco años desde su emisión, la entidad financiera podrá rescatarlos siempre que cuente con autorización de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias en forma previa al ejercicio de la opción de compra y se abstenga de generar expectativas de que ejercitará la opción de compra. El instrumento deberá ser sustituido con capital regulatorio de igual o mayor calidad y en condiciones que sean sostenibles para su capacidad de generación de ingresos, o se deberá demostrar que, una vez ejercida la opción de compra, su RPC supera ampliamente, como mínimo en un 20%, los requisitos mínimos de capital.
• El inversor no tendrá ningún derecho a acelerar la devolución de los pagos futuros previstos, excepto en caso de quiebra o liquidación.
• No pueden incorporar un dividendo/cupón de interés que se reajuste periódicamente en función del riesgo de crédito de la entidad financiera.
• No puedan haber sido comprados por la entidad financiera ni por alguna entidad que ella controle o sobre la que ejerza influencia significativa.
• No pueden haber sido comprados con la financiación directa o indirecta de la entidad financiera.
• No pueden contener elementos que dificulten la re capitalización.
Además, los instrumentos incluidos en el capital CAn1 y en el Capital de Xxxxx 0 deberán observar los siguientes requisitos adicionales para garantizar su capacidad de absorción de pérdidas:
• Sus términos y condiciones deberán incluir una disposición en virtud de la cual los instrumentos deberán absorber pérdidas -a través de una quita o mediante su conversión en capital ordinario- en caso de que se produzca alguno de los eventos desencadenantes que se indican más adelante.
• Si hubiera compensación a los tenedores de estos instrumentos por la quita realizada, deberá llevarse a cabo en forma inmediata y sólo con acciones ordinarias, de acuerdo con la legislación que le resulte aplicable.
• La entidad financiera deberá contar en todo momento con las autorizaciones necesarias para poder emitir en forma inmediata la cantidad correspondiente de acciones cuando suceda alguno de los eventos desencadenantes que se indican más adelante.
A continuación se detallan los eventos desencadenantes que tornarán operativa la disposición mencionada anteriormente: (i) estando afectada la solvencia y/o liquidez de la entidad financiera, el Banco Central rechace el plan de regularización y saneamiento, o revoque su autorización para funcionar, o autorice su reestructuración en defensa de los depositantes (lo que ocurra primero); o (ii) la decisión de capitalizar a la entidad financiera con fondos públicos por verse afectada su liquidez y solvencia.
El Banco ha emitido las Obligaciones Negociables Clase A con vencimiento en 2026 por un monto total de US$400.000.000, que cumplen con todos los requisitos descriptos anteriormente.
Deben seguirse criterios adicionales relacionados con los conceptos computables incluidos en el cálculo de la RPC según los requerimientos regulatorios de participaciones minoritarias y otros instrumentos computables emitidos por subsidiarias sujetas a supervisión consolidada en poder de terceros. Una participación minoritaria podrá reconocerse en el COn1 de la entidad financiera si el instrumento que la origina observa todos los requisitos para su clasificación como acción ordinaria a efectos de la RPC.
Conceptos deducibles aplicables, según corresponda, a los distintos niveles de capital.
i) Las inversiones en instrumentos computables como capital regulatorio de entidades financieras y de empresas de servicios complementarios de la actividad financiera, no sujetas a supervisión consolidada, y compañías de seguro, cuando la entidad posea hasta el 10% del capital social ordinario de la emisora, de acuerdo con los siguientes criterios: (i) las inversiones incluyen las participaciones directas, indirectas y sintéticas; (ii) las inversiones incluyen la posición comprada neta; (iii) pueden excluirse las tenencias de títulos valores suscriptos para ser colocados en el plazo de cinco días hábiles;
iv) las inversiones en instrumentos de capital que no cumplan con los criterios para ser clasificados como COn1, CAn1 o PNc de la entidad financiera serán considerados como COn1 -acciones ordinarias- a los efectos de este ajuste regulatorio.
Cuando el total de estas participaciones en el capital de entidades financieras, empresas de servicios complementarios de la actividad financiera y compañías de seguro -que individualmente representen menos del 10% del COn1 de cada emisora- supere el 10% del COn1 de la entidad financiera -neto de las deducciones correspondientes-, el importe por encima de este 10% deberá deducirse de cada uno de los niveles de capital en función de la siguiente metodología:
i) Monto a deducir del COn1: total del exceso sobre el 10% multiplicado por la proporción que representan las tenencias de COn1 sobre el total de participaciones de capital.
ii) Monto a deducir del CAn1: total del exceso sobre el 10% multiplicado por la proporción que representan las tenencias de CAn1 sobre el total de participaciones de capital.
iii) Monto a deducir del PNc: total del exceso sobre el 10% multiplicado por la proporción que representan las tenencias de PNc sobre el total de participaciones de capital.
Si la entidad financiera carece de suficiente capital para efectuar la deducción de un nivel particular de capital, el remanente se deducirá del nivel inmediato superior. Los importes por debajo del umbral, que no se deducen, se ponderan en función del riesgo o se consideran para el cómputo de la exigencia por riesgo xx xxxxxxx, según corresponda.
ii) Inversiones en instrumentos computables como capital regulatorio de entidades financieras y de empresas de servicios complementarios de la actividad financiera, no sujetas a supervisión consolidada, y compañías de seguro, cuando la entidad posea más del 10% del capital social ordinario de la emisora, o cuando la emisora sea subsidiaria de la entidad financiera, de acuerdo a los siguientes criterios: i) Las inversiones incluyen las participaciones directas, indirectas y sintéticas. A estos efectos se entiende como participación indirecta a la inversión de una entidad financiera en otra entidad o empresa no sujeta a supervisión consolidada, que a su vez tiene una participación en el capital de otra entidad financiera o empresa que no consolida con la primera. La participación sintética se refiere a la inversión que una entidad financiera realiza en un instrumento cuyo valor está directamente relacionado al valor del capital de otra entidad financiera o empresa no sujeta a supervisión consolidada.
ii) Se incluye la posición comprada neta; es decir, la posición comprada bruta menos la posición vendida en la misma exposición subyacente, cuando ésta tenga la misma duración que la posición comprada o su vida residual sea al menos un año.
iii) Xxxxxx excluirse las tenencias de títulos valores suscriptos para ser colocados en el plazo de cinco días hábiles. iv) Las inversiones en instrumentos de capital que no cumplan con los criterios para ser clasificados como COn1, CAn1 o PNc de la entidad financiera serán considerados como COn1 -acciones ordinarias- a los efectos de este ajuste regulatorio. El importe de estas participaciones -teniendo en cuenta el tipo de instrumento de que se trate- deberá deducirse de cada uno de los correspondientes niveles de capital de la entidad financiera.
Si la entidad financiera carece de suficiente capital para efectuar la deducción de un nivel particular de capital, el remanente se deducirá del nivel inmediato superior.
Los instrumentos propios recomprados que cumplan con los criterios para su inclusión en el CAn1 o PNc deberán deducirse del nivel de capital que corresponda.
Límites
El T.O. Capitales Mínimos de las Entidades Financieras – Sección 8. Responsabilidad Patrimonial Computable (con sus modificaciones y normas complementarias) del Banco Central, establece los límites mínimos en relación con la integración de capital: (i) para el COn1, el importe resultante de multiplicar 4,5% por los activos ponderados por riesgo (“APR”); (ii) para el patrimonio neto básico, el importe resultante de multiplicar 6% por los APR y (iii) para la RPC, el importe resultante de multiplicar 8% por los APR. La falta de cumplimiento de cualquiera de estos límites será considerada incumplimiento de integración del capital mínimo.
En virtud de la Comunicación “A” 5889, conforme fuera modificada, los APR resultarán de aplicar la siguiente expresión:
APR = APRc + [(RM+RO) x 12,5]
donde:
“APR”: activos ponderados por riesgo.
“APRc”: activos ponderados por riesgo de crédito. “RM”: exigencia por riesgo xx xxxxxxx.
“RO”: exigencia por riesgo operacional.
Capital económico
El T.O. Lineamientos para la Gestión de Riesgos de las Entidades Financieras establece que es de fundamental importancia que las entidades financieras cuenten con un proceso interno, integrado y global, para evaluar la suficiencia de su capital económico en función de su perfil de riesgo (“Internal Capital Adequacy Assessment Process” - “ICAAP”) y con una estrategia para mantener sus niveles de capital a lo largo del tiempo. Si como resultado de este proceso interno se determina que el capital regulatorio es insuficiente, las entidades financieras deberán incrementarlo en base a sus propias estimaciones, para observar la normativa.
El capital económico de las entidades financieras es aquel que requieren para cubrir, no sólo las pérdidas inesperadas originadas por las exposiciones a los riesgos crediticio, operacional y xx xxxxxxx, sino también las que provienen de otros riesgos a los que puede estar expuesta la entidad financiera.
Las entidades financieras deben demostrar que sus objetivos internos de capital están bien fundamentados y son acordes con su perfil general de riesgo y entorno operativo. El proceso de evaluación de la suficiencia del capital o ICAAP debe tener en cuenta todos los riesgos significativos a los que se enfrenta la entidad financiera. A este fin, las entidades financieras deben desarrollar un proceso integral para la gestión de, al menos, los riesgos de crédito, operacional, mercado, tasa de interés, liquidez, securitización, graduación, reputacional y estratégico, empleando para ello pruebas de estrés para evaluar situaciones adversas pero posibles que puedan afectar su nivel de capital.
El ICAAP debe comprender pruebas de estrés que complementen y validen todo otro enfoque cuantitativo o cualitativo empleado por la entidad, de modo que el directorio y la gerencia de primera línea cuenten con una comprensión más acabada de la interacción entre los distintos tipos de riesgos en condiciones de estrés. Asimismo, el ICAAP debe considerar las necesidades de capital de corto y largo plazo y propender a la prudente acumulación de excedentes de capital en los períodos benignos del ciclo económico.
El nivel de capital de cada entidad debe determinarse con arreglo a su perfil de riesgo, teniendo en cuenta además factores externos como los efectos del ciclo económico y de la coyuntura económica.
Los elementos fundamentales de una evaluación rigurosa del capital incluyen:
i) Políticas y procedimientos para garantizar que la entidad identifica, cuantifica e informa todos los riesgos importantes;
ii) Un proceso que relacione el capital económico con el nivel de riesgo actual;
iii) Un proceso que establezca objetivos de suficiencia del capital en función del riesgo, teniendo en cuenta el enfoque estratégico de la entidad y su plan de negocios; y
iv) Un proceso interno de controles, exámenes y auditorías, con el objetivo de garantizar que el proceso general de gestión de riesgos es exhaustivo.
El BCRA establece asimismo, que las entidades que pertenezcan al grupo B o C, conforme las normas sobre “Autoridades de las Entidades Financieras” puedan utilizar una metodología simplificada para cuantificar su capital económico. Son entidades del Grupo A, aquellas en las cuales el importe de sus depósitos es igual o mayor al 1% de los depósitos del sistema financiero. Las del Grupo B están conformadas por aquellas que no superan el importe establecido para el Grupo A, e integran el Grupo C, aquellas que sus depósitos no superan el 0,25% de los depósitos del sistema y/o siendo del Grupo B, el ratio entre sus depósitos y su RPC sea inferior al 100%
El importe de capital requerido de cada entidad se determinará en función de su perfil de riesgo, tomando en consideración otros factores externos como los efectos del ciclo económico y el escenario económico.
La Comunicación "A" 7143, conforme fuera modificada (la “Comunicación “A” 7143"), proporciona directrices para el cálculo del capital económico, en función del tipo de entidad financiera. Las entidades consideradas dentro del Grupo A según las normas del Banco Central deberán utilizar sus modelos internos para cuantificar las necesidades de capital económico capital económico en relación con su perfil de riesgo. Por el contrario, las entidades del Grupo B o C podrán optar por una metodología de cálculo simplificada. Dicha opción deberá ser aprobada por el consejo de administración de dicha entidad. Las entidades del grupo B o C que hayan optado por la metodología simplificada aplicarán la siguiente expresión
CE = (1,05 x CM) + máx [0; U EVE - 15 % x PNb)]
Donde:
CE: capital económico en función del perfil de riesgo CM: exigencia de capital mínimo
EVE: medida de riesgo calculada según un marco normalizado previsto en la sección 5.4 de la Comunicación "A" 7143.
PNb: patrimonio neto básico (capital de nivel 1)
Requisitos aplicables a la distribución de Resultados (Utilidades)
El Banco Central impuso ciertas restricciones al pago de los dividendos, sujetando la capacidad de las entidades financieras para distribuir dividendos al cumplimiento de las normas T.O. Distribución de Resultados, bajo el criterio que el importe a distribuir no podrá afectar la liquidez y solvencia de la entidad, lo que se verificará con la inexistencia de defectos de integración en la posición de capital mínimo –tanto individual como consolidada– del cierre del ejercicio al que correspondan los resultados no asignados considerados o en la última posición cerrada, de ambas la que presente menor exceso de integración respecto de la exigencia, recalculándolas computando además –a ese único fin– los siguientes efectos en función de los correspondientes datos a cada una de esas fechas:
i) Los resultantes de la deducción del activo del 100 % de:
a) el saldo deudor de cada una de las partidas registradas en el rubro “Otros resultados integrales acumulados”;
b) el resultado proveniente de la revaluación de propiedad, planta, equipo e intangibles y de propiedades de inversión;
c) la diferencia neta positiva resultante entre la medición a costo amortizado y el valor razonable xx xxxxxxx que la entidad financiera registre respecto de los instrumentos de deuda pública y/o instrumentos de regulación monetaria del Banco Central para aquellos instrumentos valuados a costo amortizado;
d) los ajustes de valuación de activos notificados por la SEFyC –aceptados o no por la entidad–, que se encuentren pendientes de registración y/o los indicados por la auditoría externa que no hayan sido registrados contablemente;
e) las franquicias individuales –de valuación de activos– otorgadas por la SEFyC, incluyendo los ajustes derivados de no considerar los planes de adecuación concertados; y/o
f) las menores previsiones y mayor RPC que resulten de los tratamientos establecidos en el punto 2 de la Comunicación “A” 6946 (y modificatorias) para financiaciones a MiPyMEs destinadas al pago de sueldos.
ii) La no consideración de las franquicias otorgadas por la SEFyC que afecten las exigencias, integraciones o la posición de capital mínimo;
iii) La deducción de los resultados no asignados de los importes correspondientes a los siguientes conceptos:
a) el importe a distribuir y, en su caso, el que se destine a constituir la reserva a los fines de retribuir instrumentos representativos de deuda, susceptibles de integrar la responsabilidad patrimonial computable;
b) saldos a favor por aplicación del impuesto a la ganancia mínima presunta –netos de las previsiones por riesgo de desvalorización– que no hayan sido deducidos del patrimonio neto básico, conforme a lo establecido en las normas sobre “Capitales mínimos de las entidades financieras”; y
c) ajustes efectuados según los puntos i)a) a i)e) precedentes; y
iv) La no consideración del límite previsto en el punto 7.2. de las normas sobre “Capitales mínimos de las entidades financieras”.
Sin perjuicio de lo establecido precedentemente, sólo se admitirá la distribución de resultados en la medida que no se verifique alguna de las siguientes condiciones:
• se encuentren alcanzadas por las disposiciones de los artículos 34 “Regularización y saneamiento” y 35 bis “Reestructuración de la entidad en resguardo del crédito y los depósitos bancarios” de la Ley de Entidades Financieras;
• registren asistencia financiera por iliquidez del BCRA, en el marco del artículo 17 de su Carta Orgánica;
• presenten atrasos o incumplimientos en el régimen informativo establecido por esta Institución;
• registren deficiencias de integración de capital mínimo –de manera individual o consolidada– (sin computar a tales fines los efectos de las franquicias individuales otorgadas por la SEFyC);
• la integración de efectivo mínimo en promedio –en pesos, en moneda extranjera o en títulos valores públicos– fuera menor a la exigencia correspondiente a la última posición cerrada o a la proyectada considerando el efecto de la distribución de resultados;
• la entidad no haya dado cumplimiento a los márgenes adicionales de capital que les sean de aplicación conforme a lo previsto en la Sección 4 de T.O. de “Distribución de resultados”.
Las entidades financieras deberán obtener la autorización previa del Banco Central para distribuir resultados.
Las entidades podrán distribuir resultados hasta el importe positivo que surja del cálculo extracontable previsto en este punto, sin superar los límites establecidos en estas normas.
A ese efecto deberá computarse la sumatoria de los saldos registrados, al cierre del ejercicio anual al que correspondan, en la cuenta “Resultados no asignados” y en la reserva facultativa para futuras distribuciones de resultados, a la que se deberán deducir los importes –registrados a la misma fecha– de las reservas legal y estatutarias –cuya constitución sea exigible– y de los conceptos se detallan en los puntos i)a) a i)e) precedentes:
Con fecha 19 xx xxxxx de 2020, en el marco de la crisis desencadenada por el Coronavirus, el Banco Central emitió la Comunicación “A” 6939 conforme fuera enmendada y complementada, conforme a la cual suspendió con carácter temporario la distribución de dividendos por parte de entidades financieras hasta el 31 de diciembre de 2020. Por medio de la Comunicación “A” 7312 del Banco Central, se extendió el plazo de vigencia de dicha medida hasta el 31 de diciembre de 2021.
Asimismo, con fecha 16 de diciembre de 2021, el Banco Central emitió la Comunicación “A” 7421 mediante la cual estableció que a partir del 1.1.22 y hasta el 31.12.22, las entidades financieras podrán distribuir resultados por hasta el 20% del importe que hubiera correspondido de aplicar las normas sobre “Distribución de resultados”. Adicionalmente, estableció, a partir del 1.1.22, que las entidades financieras que cuenten con la autorización de este Banco Central para distribuir sus resultados –de conformidad con lo previsto en la Sección 6. de las normas sobre “Distribución de resultados”– deberán realizar esa distribución en 12 cuotas iguales, mensuales y consecutivas.
Para mayor información, véase “Controles de Cambios - Disposiciones específicas para los egresos por el mercado de cambios - Pagos de utilidades y dividendos”.
Margen de Conservación del Capital
Asimismo, se establece que las entidades financieras deberán mantener un margen de conservación de capital adicional a las exigencias de capital mínimo. El objetivo es garantizar que las entidades financieras acumulen recursos propios que puedan utilizar en caso de incurrir en pérdidas, reduciendo de esta forma el riesgo de un incumplimiento de dicha exigencia.
Las entidades financieras calificadas por el Banco Central de la República Argentina como de importancia sistémica local (“D-SIBs”) o de importancia sistémica global (“G-SIBs”), deberán poseer un nivel de capital que les brinde una mayor capacidad de absorción de pérdidas. Este requerimiento se basa en las externalidades negativas que el contagio de una eventual situación de insolvencia de este tipo de entidades o de sus controlantes en el exterior generaría, no sólo en el resto del sistema financiero, sino también en la economía real.
El margen de conservación de capital será del 2,5 % del importe de los activos ponderados por riesgo (APR). En los casos de entidades financieras calificadas como de importancia sistémica el margen de conservación de capital establecido se ampliará en un 1 % de los APR, por lo que estarán sujetas a un margen de conservación de capital equivalente al 3,5 % del importe de los APR. El margen de conservación de capital -incrementado, de corresponder, para las entidades calificadas como de importancia sistémica- deberá integrarse exclusivamente con capital ordinario de nivel 1 (COn1), neto de conceptos deducibles (CDCOn1).
Cuando el margen haya sido utilizado, las entidades financieras deberán recomponerlo mediante nuevos aportes de capital y/o reduciendo la distribución de resultados -ya sea limitando la distribución de dividendos, la compra de acciones propias, los pagos sobre otros instrumentos de capital ordinario de nivel 1 y/o el pago de incentivos económicos (bonificaciones) al personal. Cuanto mayor haya sido la utilización del margen, mayores deberán ser los esfuerzos para reconstituirlo. Por lo tanto, y de no captar capital externo, mayor será el porcentaje de los resultados que las entidades financieras deberán retener para recomponer el margen de conservación de capital.
La distribución de resultados estará limitada cuando el nivel y composición de la responsabilidad patrimonial computable de las entidades financieras -a pesar de cumplir con la exigencia de capital mínimo-, las ubique dentro del rango del margen de conservación del capital. Esta limitación alcanza únicamente a la distribución de resultados y no a la operatoria de la entidad. Las entidades podrán seguir operando con normalidad cuando el nivel de COn1 se sitúe dentro del rango del margen de conservación. Cuando el coeficiente de capital ordinario de nivel 1 -COn1 en porcentaje de los APR- se sitúe dentro del rango del margen de conservación del capital - ampliado cuando se trate de entidades calificadas como de importancia sistémica-, la restricción a la distribución de resultados aumentará a medida que el coeficiente de COn1 se aproxime al mínimo establecido (4,5% de los APR).
El COn1 se deberá usar en primer lugar para integrar la exigencia mínima de capital del 4,5% de los APR. Posteriormente, y si fuese necesario debido a que la entidad no cuenta con capital adicional de nivel uno (CAn1) o capital de nivel dos (PNc) suficiente, el COn1 también se aplicará a integrar los requisitos de 6% y 8% de capital de nivel 1 y capital total. Sólo el remanente de COn1, en caso de que lo hubiera, podrá ser computado para satisfacer el margen de conservación.
La entidad que desee realizar una distribución de resultados mayor a la admitida por este régimen deberá financiar esa distribución mediante nuevos aportes de COn1 por el importe en exceso del límite correspondiente.
El Banco Central también establece la consideración del margen contra-cíclico, que busca garantizar que el nivel de capital de las entidades financieras se corresponda con la acumulación del riesgo sistémico asociado a una expansión excesiva del crédito y al entorno macro-financiero en general. Cuando a criterio del Banco Central el crecimiento del crédito fuera excesivo, provocando un incremento del riesgo sistémico, podrá establecer -con un período de preaviso de hasta 12 meses- la obligación de constituir el margen contra- cíclico en el rango comprendido entre el 0% y el 2,5% de los activos ponderados por riesgo. Asimismo, el Banco Central de la República Argentina podrá disponer su reducción o liberación cuando a su juicio ese riesgo sistémico se haya materializado o disminuido.
Las entidades financieras con actividad internacional deberán analizar la ubicación geográfica de sus exposiciones crediticias con residentes del país y del exterior del xxxxxx xxxxxxx x xxxxxxxx xx xxxxx xxxxxxxxx xxx xxxxxx xx xxxxxxx contra cíclico como la media ponderada de los márgenes exigidos en las jurisdicciones en las que tengan alguna exposición. Al efecto de la ponderación, las exposiciones crediticias incluyen todas aquellas frente al sector privado sujetas a exigencia de capital por riesgo de crédito, abarcando también a aquellas registradas en la cartera de negociación. Para determinar a qué jurisdicción corresponde cada exposición, las entidades financieras deberán aplicar, cuando sea posible, el principio del riesgo último; es decir, deberán identificar la jurisdicción en la que reside el garante del riesgo y no aquella donde se ha contabilizado la obligación.
Riesgo de crédito
El requerimiento de capital mínimo en relación con el riesgo de crédito de contraparte (“CRC”) se calcula sobre los conceptos comprendidos, los cuales se computarán sobre la base de los saldos al último día de cada mes (capitales, intereses, primas, actualizaciones -por el Coeficiente de Estabilización de Referencia "CER"- y diferencias de cotización, según corresponda, netos de las previsiones por riesgos de incobrabilidad y desvalorización y de las depreciaciones y amortizaciones acumuladas que les sean atribuibles y demás cuentas regularizadoras, sin deducir el importe mínimo exigido de la previsión por riesgo de incobrabilidad sobre la cartera "en situación normal" – puntos 6.5.1 y 7.2.1 de las normas sobre “Clasificación de deudores” – y las financiaciones que se encuentran cubiertas con garantías preferidas "A".
El requerimiento de capital mínimo en relación con el riesgo de crédito de contraparte (“CRC”) se calcula aplicando la siguiente expresión:
CRC = (k x 0,08 x APRc) + INC
donde:
“k”: factor determinado por la calificación (siendo 1 el más fuerte y 5 el más débil) asignada a la entidad financiera por la SEFyC, teniendo en cuenta la siguiente escala:
Calificación | Factor K |
1 | 1 |
2 | 1,03 |
3 | 1,08 |
4 | 1,13 |
5 | 1,19 |
Para el cálculo del requerimiento de capital, se considerará la última calificación informada para el cálculo de la exigencia que corresponda integrar al tercer mes siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación. En tanto no se comunique, el valor de “k” será igual a 1,03.
APRc: activos ponderados por riesgo de crédito, determinados mediante la suma de los valores obtenidos luego de aplicar la siguiente expresión:
A x p + PFB x CCF x p + no DvP + (DVP + RCD+ INC (inversiones significativas en empresas)) x 12,50 donde:
“A”: activos computables/exposiciones.
“PFB”: conceptos computables no registrados en el balance de saldos (“partidas fuera de balance”), se encuentren o no contabilizados en cuentas de orden.
“CCF”: factor de conversión crediticia.
“p”: ponderador de riesgo, en tanto por uno.
“no DvP”: operaciones sin entrega contra pago. Importe determinado mediante la suma de los valores obtenidos luego de aplicar a las operaciones comprendidas el correspondiente ponderador de riesgo (p).
“DvP”: operaciones de entrega contra pago fallidas (a los efectos de estas normas, incluyen las operaciones de pago contra pago -PvP- fallidas). Importe determinado mediante la suma de los valores obtenidos luego de multiplicar la exposición actual positiva por la exigencia de capital aplicable.
“RCD”: exigencia por riesgo de crédito de contraparte en operaciones con derivados extrabursátiles (“over-the-counter” - OTC). “INC(inversiones significativas en empresas)”: incremento por los excesos a los siguientes límites:
- participación en el capital de empresa: 15%;
- total de participaciones en el capital de empresas: 60%.
Los límites máximos establecidos se aplicarán sobre la responsabilidad patrimonial computable de la entidad financiera del último día anterior al que corresponda.
“INC”: incremento por los excesos en la relación de activos inmovilizados y otros conceptos; los límites establecidos en las normas sobre Financiamiento al Sector Público no Financiero, los límites establecidos en las normas sobre Grandes Exposiciones al Riesgo de Crédito, (excluidos los computados para la determinación del INC (inversiones significativas en empresas)); los límites de graduación
del crédito y al límite de derivados sobre materias primas o productos básicos “commodities” previsto en las normas sobre T.O. Operaciones al contado a liquidar y a término, pases, cauciones, otros derivados y con fondos comunes de inversión
También se computará en esta expresión la exposición crediticia resultante de la utilización de los cupos crediticios ampliados a que se refieren los puntos 6.1.1.2. y 6.1.2.1.c) de las normas sobre “Financiamiento al sector público no financiero” (considerando, en su caso, lo establecido en la Sección 9. de las citadas normas respecto de la asistencia financiera otorgada y/o las tenencias de instrumentos de deuda de fideicomisos financieros o fondos fiduciarios a que se refiere el punto 5.1. de las normas sobre “Financiamiento al sector público no financiero” y el punto 3.2.4. del citado ordenamiento computadas conforme al siguiente cronograma, el cual operará a partir de que se hayan comenzado a utilizar económicamente las obras o el equipamiento genere ingresos al fideicomiso o fondo fiduciario a través de tarifas, tasas, aranceles u otros conceptos similares.
Cómputo como “INC” del uso del cupo ampliado –en % de dicha utilización– A partir del 25 Primer mes 50 Séptimo mes 100 Décimo tercer mes
Cada tipo de activo se pondera de acuerdo con el nivel de riesgo asumido que se asociará con él. En términos amplios, los ponderadores asignados a los distintos tipos de activo son los siguientes:
Tipo de Activo | Ponderador (%) |
Efectivo y equivalentes de efectivo | |
Efectivo en caja, en tránsito (cuando la entidad financiera asuma la responsabilidad y riesgo del traslado), en cajeros automáticos, en cuentas corrientes y en cuentas especiales en el Banco Central, oro amonedado o en barras | 0 |
Partidas de efectivo que estén en trámite de ser percibidas, efectivo en empresas transportadoras de caudales y efectivo en custodia en entidades financieras. | 20 |
Exposición a gobiernos y bancos centrales | |
Al Banco Central en pesos, cuando su fuente de fondos sea en esa moneda. | 0 |
Al sector público no financiero en pesos, cuando su fuente de fondos sea en esa moneda, incluidas las operaciones securitizadas | 0 |
Al sector público no financiero por financiaciones otorgadas a beneficiarios de la seguridad social o a empleados públicos (con código de descuento) | 0 |
Al sector público no financiero y al BCRA. Demás | |
- AAA hasta AA- | 0 |
- A+ hasta A- | 20 |
- BBB+ hasta BBB- | 50 |
- BB+ hasta B- | 100 |
- Inferior a B- | 150 |
- No calificado | 100 |
A estados soberanos (o sus bancos centrales) | |
- AAA hasta AA- | 0 |
- A+ hasta A- | 20 |
- BBB+ hasta BBB- | 50 |
- BB+ hasta B- | 100 |
- Inferior a B- | 150 |
- No calificado | 100 |
Entes del sector público no financiero de otros estados soberanos, conforme a la calificación crediticia asignada al respectivo estado soberano | 20 |
- AAA hasta AA- | 20 |
- A+ hasta A- | 50 |
- BBB+ hasta BBB- | 100 |
- BB+ hasta B- | 100 |
- Inferior a B- | 150 |
- No calificado | 100 |
Al Banco de Pagos Internacionales, al Fondo Monetario Internacional, al Banco Central Europeo y a la Comunidad Europea. Al Sector público no financiero provincial, municipal y/o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por la adquisición de títulos públicos emitidos en pesos por la administración central, cuando no cuenten con alguna de las garantías establecidas en las normas sobre “Financiamiento al sector público no financiero”, conforme a la calificación crediticia asignada a la correspondiente jurisdicción. | 0 |
- AAA hasta AA- | 20 |
- A+ hasta A- | 50 |
- BBB+ hasta BBB- | 100 |
- BB+ hasta B- | 150 |
- Inferior a B- | 200 |
- No calificado | 200 |
Exposiciones a Bancos Multilaterales de Desarrollo (BMD) | |
Exposición a las siguientes entidades: Banco Internacional de Reconstrucción y Desarrollo (BIRD), Corporación Financiera Internacional (CFI), Banco Interamericano de Desarrollo (BID), Banco Asiático de Desarrollo (ADB), Banco Europeo de Inversiones (BEI), entre otros | 0 |
Demás: | |
- AAA hasta AA- | 20 |
- A+ hasta A- | 50 |
- BBB+ hasta BBB- | 50 |
- BB+ hasta B- | 100 |
- Inferior a B- | 150 |
Tipo de Activo | Ponderador (%) |
- No calificado | 50 |
Exposiciones a entidades financieras locales | |
Exposiciones denominadas en pesos -cuya fuente de fondos sea en esa moneda- por operaciones cuyo plazo contractual original sea de hasta 3 meses. | 20 |
Demás. Se aplicará el ponderador de riesgo correspondiente a una categoría menos favorable que la asignada a las exposiciones con el Gobierno Nacional en moneda extranjera, conforme lo previsto para la exposición al sector público no financiero y el Banco Central, con un tope máximo del 100 %, excepto que la calificación fuese inferior a B-, en cuyo caso el ponderador de riesgo será del 150%. | |
Exposición a entidades financieras del exterior conforme a la calificación crediticia asignada al soberano de la jurisdicción donde estén constituidas. | |
- AAA hasta AA- | 20 |
- A+ hasta A- | 50 |
- BBB+ hasta BBB- | 100 |
- BB+ hasta B- | 100 |
- Inferior a B- | 150 |
- No calificado | 100 |
Exposición a empresas y otras personas jurídicas del país y del exterior -incluyendo entidades cambiarias, aseguradoras y bursátiles. | 100 |
Exposiciones incluidas en la cartera minorista. | |
Financiaciones a personas humanas (cuando el total de las cuotas por financiaciones de la entidad no exceda, al momento de los acuerdos, del treinta por ciento (30%) de los ingresos del prestatario y a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (“MiPyMEs”). | 75 |
Demás. | 100 |
Exposiciones garantizadas por sociedades de garantía recíproca o fondos de garantía de carácter público inscriptos en los Registros habilitados en el Banco Central. | 50 |
Financiaciones con garantía hipotecaria en primer grado sobre inmuebles residenciales, o financiaciones con garantía hipotecaria, cualquiera sea su grado de prelación, siempre que la entidad sea la acreedora, en cualquier grado de prelación, siempre y cuando el saldo de la deuda pendiente no supere en ningún caso el valor de tasación del inmueble del inmueble hipotecado. | |
Respecto del apoyo crediticio que no supere el 75% del valor de tasación del inmueble | |
- Vivienda única, familiar y de ocupación permanente. | 35 |
- Demás. | 50 |
Sobre el importe que supere el 75% del valor de tasación de tales bienes. | 100 |
Financiaciones con garantía hipotecaria en primer grado sobre bienes distintos de vivienda residencial, o financiaciones con garantía hipotecaria, cualquiera sea su grado de prelación, siempre que la entidad también sea la acreedora de préstamos principales. | |
Hasta el importe equivalente al 50% del valor xx xxxxxxx del inmueble o el 60% del importe del crédito hipotecario, de ambos el menor. | 50 |
Sobre el resto de la financiación. | 100 |
Préstamos con más de 90 días de atraso | |
El ponderador varía según el préstamo y las previsiones específicas constituidas | 50-150 |
Participaciones en el capital de empresas | 150 |
Posiciones de titulización, operaciones DvP fallidas y no DvP, exposiciones a entidades de contraparte central (CCP) y transacciones con instrumentos derivados no incluidas en dichas exposiciones | * |
Exposiciones a personas físicas o jurídicas originadas en compras con tarjeta de crédito realizadas en cuotas de pasajes aéreos a destinos internacionales y otros servicios turísticos en el extranjero (alojamiento, alquiler de vehículos) directamente al proveedor del servicio o a través de una agencia de viajes o plataforma electrónica | 1250 |
Demás activos y/o categorías fuera de balance | 100 |
* Reciben un tratamiento especial.
Quedan excluidos: (a) las garantías otorgadas a favor del Banco Central de la República Argentina y por obligaciones directas; (b) los conceptos que deben deducirse a los fines del cálculo de la responsabilidad patrimonial computable (RPC); y (c) las financiaciones y avales, fianzas y otras responsabilidades otorgadas por sucursales y subsidiarias locales de entidades financieras del exterior, por cuenta y orden de su casa matriz o sus sucursales en otros países o de la entidad controlante, siempre que se observen los siguientes requisitos:
(i) la entidad extranjera deberá tener calificación internacional de riesgo comprendida en la categoría “investment grade”, (ii) la entidad extranjera deberá estar sujeta a normas que abarquen la supervisión sobre base consolidada de las sucursales o subsidiarias locales; (iii) en el caso de las financiaciones, éstas deberán ser atendidas por las sucursales o subsidiarias locales sólo con fondos provenientes de líneas asignadas a ellas por los citados intermediarios del exterior; y (iv) en el caso de las garantías otorgadas localmente, deberá existir respecto de ellas contragarantías extendidas por la casa matriz o por la entidad controlante del exterior, cuya efectivización opere en forma irrestricta a simple requerimiento de la sucursal o subsidiaria local y en modo inmediato a su eventual ejecución por parte del beneficiario.
Los conceptos comprendidos se computarán sobre la base de los saldos al último día de cada mes (capitales, intereses, primas, actualizaciones -por el Coeficiente de Estabilización de Referencia "CER"- y diferencias de cotización, según corresponda, netos de las previsiones por riesgos de incobrabilidad y desvalorización y de las depreciaciones y amortizaciones acumuladas que les sean atribuibles y demás cuentas regularizadoras, sin deducir el importe mínimo exigido de la previsión por riesgo de incobrabilidad sobre la cartera "en situación normal" y las financiaciones que se encuentran cubiertas con garantías preferidas "A".
Normas sobre Grandes Exposiciones al Riesgo de Crédito
Descripción General
La Comunicación “A” 6620 del Banco Central y sus respectivas modificaciones, vigente a partir del 1 de enero de 2019, derogó las normas sobre fraccionamiento del riesgo de crédito (con excepción de las disposiciones relativas al sector público no financiero) y reemplazó al régimen anterior regulando las “grandes exposiciones al riesgo de crédito”. El objetivo de este régimen es limitar la pérdida máxima que una entidad financiera podría experimentar en caso de un incumplimiento inesperado de una contraparte o grupo de contrapartes conectadas no pertenecientes al sector público no financiero, comprometiendo su solvencia. Las normas deberán ser aplicadas en forma permanente respecto de las exposiciones al riesgo de crédito frente a toda contraparte de la entidad.
En este sentido, las normas han definido el concepto de grupo de contrapartes conectadas, el cual se aplica en todos los casos en los que una de las contrapartes de una entidad financiera tiene el control, directo o indirecto, sobre las demás; o si una de las contrapartes experimentase problemas financieros es probable que las demás, en consecuencia, sufran también esa clase de dificultades. Conforme a la normativa, cuando se determine que existe un grupo de contrapartes conectadas, el grupo deberá tratarse como una única contraparte y la suma de las exposiciones al riesgo de crédito que una entidad financiera posea frente a todas las contrapartes individuales incluidas en ese grupo estará sujeta a los requerimientos de divulgación de información previstos en el punto en la Sección 2.
Uno de los principales aspectos de la Comunicación “A” 6620 es la introducción del concepto de gran exposición al riesgo de crédito en la normativa bancaria argentina, definido como la suma de todos los valores de exposición de una entidad financiera frente a una contraparte o, en su caso, grupo de contrapartes conectadas, la cual se considerará como gran exposición al riesgo de crédito cuando sea igual o superior al 10% del capital de nivel 1 contabilizado por la entidad financiera el mes inmediatamente anterior al mes de cálculo.
No obstante, quedan excluidas de la determinación de los valores de exposición al riesgo:
• las exposiciones interbancarias intradiarias;
• las exposiciones de entidades de contraparte central calificada, según la definición de la normativa del Banco Central sobre capitales mínimos;
• las exposiciones frente al Banco Central; y
• las exposiciones frente al sector público no financiero del país.
En cuanto al régimen informativo, el Banco Central ha establecido que las entidades financieras deberán informar a la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias los valores de exposición al riesgo, antes y después de considerar las técnicas de mitigación del riesgo de crédito que se hubiesen utilizado, detallando la siguiente información:
• las exposiciones al riesgo cuyo valor sea igual o superior al 10 % del capital de nivel uno de la entidad financiera;
• toda otra exposición al riesgo cuyo valor, sin tener en cuenta el efecto de las técnicas de mitigación de riesgo de crédito, sea igual o superior al 10 % del capital de nivel uno de la entidad financiera;
• las exposiciones al riesgo excluidas con valores iguales o superiores al 10 % del capital de nivel uno de la entidad financiera; y
• sus 20 mayores exposiciones al riesgo, con independencia de su valor en relación con el capital de nivel uno de la entidad financiera.
Límites
Por un lado, la Comunicación “A” 6620 fija un límite de exposición del 15% a contrapartes del sector privado no financiero. Sin embargo, el límite se verá incrementado en 10 puntos porcentuales por la parte de las exposiciones respaldadas con garantías preferidas. Asimismo, la norma fija límites especiales para operar con entidades financieras del país y del exterior (como regla general, el límite es de 25%). En el caso de entidades financieras del exterior que no tengan una calificación de riesgo internacional incluida en la categoría “grado inversión”, el límite máximo es del 5%.
Por otra parte, la Comunicación “A” 6599 incorporada al T.O fija un límite de exposición al riesgo global con respecto a contrapartes vinculadas del 20%. En el caso de acciones en la cartera de inversión, la suma de todos los valores de exposición al riesgo correspondientes al total de acciones que no se imputen a la cartera no podrá superar el 15 % (excluyéndose las participaciones en el capital de empresas de servicios públicos o de empresas de servicios complementarios de la actividad financiera). El límite total de acciones y participaciones será igual a la suma de todos los valores de exposición al riesgo correspondientes al total de acciones, en las carteras de inversión y negociación, más los créditos por operaciones a término y por cauciones efectuadas en mercados del país autorizados, el cual no podrá superar el 50 %.
Controles mínimos de las exposiciones a personas vinculadas
La normativa define tres instancias para el control de la exposición de la entidad financiera a personas vinculadas, a saber:
1) Informes para la dirección de la entidad
• Informe del gerente general;
• Informe de los síndicos; y
• Toma de conocimiento por la dirección
2) Constancia del carácter de vinculado a la entidad financiera. Los responsables del análisis y la resolución de las operaciones de crédito deberán dejar expresa constancia de si el cliente se encuentra vinculado o no a la entidad.
3) Declaración jurada del carácter de vinculado. Se deberá requerir a los clientes comprendidos la presentación de una declaración jurada sobre si revisten o no carácter de vinculados a la entidad prestamista o si su relación con ella implica o no la existencia de influencia controlante.
Riesgo de tasa de interés
Hasta el 1º de enero de 2013, las entidades financieras debían cumplir con exigencias de capital mínimo por riesgo de tasa de interés. Estas exigencias estaban destinadas a reflejar la sensibilidad de los activos y pasivos frente a variaciones en las tasas de interés. Sin perjuicio de este cambio, las entidades financieras siguen obligadas a calcular el riesgo de tasa de interés y sujetas a la supervisión de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias. En virtud de la Comunicación “A” 6534 de fecha 3 de julio de 2018, se deberá calcular el riesgo de tasa de interés en la cartera de inversión (RTICI).
Riesgo xx xxxxxxx
El riesgo xx xxxxxxx se definirá como la posibilidad de sufrir pérdidas en posiciones registradas dentro y fuera de balance a raíz de las fluctuaciones adversas en los precios xx xxxxxxx. La exigencia de capital por riesgo xx xxxxxxx será la suma aritmética de la exigencia de capital por los riesgos por tasa de interés, acciones, tipo de cambio, materias primas y opciones. Para su determinación, las entidades deberán emplear un “Método de Medición Estándar” basado en una suma de componentes que capturan por separado el riesgo específico y el riesgo general xx xxxxxxx de las posiciones en títulos valores.
Los requisitos de capital mínimo de riesgo xx xxxxxxx deben cumplirse diariamente. La información al último día del mes debe otorgarse mensualmente al Banco Central.
Consideraciones generales. Los riesgos sujetos a esta exigencia de capital son los riesgos de las posiciones en instrumentos -títulos valores y derivados- imputados a la cartera de negociación y los riesgos de las posiciones en monedas extranjeras y materias primas imputados a la cartera de inversión o de negociación, indistintamente. A los efectos de la imputación antedicha, la cartera de negociación de las entidades se compone de posiciones en instrumentos financieros incorporados al patrimonio de la entidad con la finalidad de negociarlos o de dar cobertura a otros elementos de dicha cartera. De acuerdo con la Comunicación “A” 6690, y sus respectivas modificaciones, un instrumento financiero se podrá imputar a la cartera de negociación -a los fines de la exigencia de capital por riesgo xx xxxxxxx- si su negociación está libre de toda restricción o si es posible obtener una cobertura total del instrumento. Además, la cartera deberá ser gestionada de forma activa y las posiciones valuadas en forma diaria y con adecuada precisión. Las posiciones que se mantengan con fines de negociación son aquellas que se tienen para su venta a corto plazo o con el propósito de obtener beneficios a partir de las fluctuaciones de precios en el corto plazo, reales o esperadas, o mediante el arbitraje de precios. Incluyen tanto las posiciones que las entidades conservan para sí como las que adquieren como consecuencia de la prestación de servicios a clientes o de la “creación xx xxxxxxx”. Las entidades deberán contar con políticas y procedimientos claramente definidos para determinar qué exposiciones incluir o excluir de la cartera de negociación con el fin de calcular su exigencia de capital, para asegurar así que se cumplen los criterios para la cartera de negociación establecidos en estas normas. Las políticas y procedimientos deberán tomar en consideración la capacidad de la entidad para gestionar los riesgos y las prácticas que emplea para ello. La verificación del cumplimiento de las políticas y procedimientos deberá estar completamente documentada y sujeta a auditorías internas periódicas.
Independientemente de que estén registradas en la cartera de negociación o en la cartera de inversión, los conceptos que deben deducirse a los fines del cálculo de la responsabilidad patrimonial computable se excluirán del cómputo de la exigencia de capital por riesgo xx xxxxxxx.
Las entidades deberán calcular la exigencia de capital por riesgo de crédito de contraparte de las operaciones con derivados OTC y de financiación con títulos valores (“Securities Financing Transactions” -SFT-) -tales como operaciones de pase (acuerdos REPO)- registradas en la cartera de negociación en forma separada y adicional al cálculo de las exigencias de capital por riesgo general xx xxxxxxx y riesgo específico de los subyacentes. A este efecto, deberán aplicar los métodos y ponderadores que son de aplicación cuando esas operaciones se registran en la cartera de inversión.
Exigencia de capital por riesgo de tasa de interés: La exigencia de capital por el riesgo de tasa de interés se deberá calcular respecto de los títulos de deuda y otros instrumentos imputados a la cartera de negociación, incluidas las acciones preferidas no convertibles. La exigencia se calcula sumando dos exigencias calculadas por separado: una por el riesgo específico de cada instrumento, ya sea que se trate de una posición vendida o comprada, y otra por el riesgo general xx xxxxxxx -vinculado al efecto de cambios en la tasa de interés sobre la cartera-, en la que se podrán compensar las posiciones compradas y vendidas en diferentes instrumentos.
Exigencia de capital por riesgo de posiciones en acciones. La exigencia de capital por el riesgo de mantener posiciones en acciones en la cartera de negociación alcanza a las posiciones compradas y vendidas en acciones ordinarias, títulos de deuda convertibles que se comporten como acciones y los compromisos para adquirir o vender acciones, así como en todo otro instrumento que tenga un comportamiento en el mercado similar al de las acciones, excluyendo a las acciones preferidas no convertibles, a las que se aplicará la
exigencia por riesgo de tasa de interés descripta en el punto anterior. Las posiciones compradas y vendidas en la misma especie podrán computarse en términos netos.
Exigencia de capital por riesgo de tipo de cambio. La exigencia de capital por el riesgo de tipo de cambio establece el capital mínimo necesario para cubrir el riesgo de mantener posiciones en moneda extranjera, incluido el oro. El cálculo de la exigencia de capital por riesgo de tipo de cambio requiere que la entidad primero, cuantifique su exposición en cada moneda y luego, estime los riesgos inherentes a la combinación de posiciones compradas y vendidas en diferentes monedas. La exigencia de capital por riesgo de tipo de cambio se aplicará a la posición total en cada moneda extranjera.
Exigencia de capital por riesgo de materias primas. La exigencia de capital por el riesgo de materias primas establece el capital mínimo necesario para cubrir el riesgo de mantener posiciones en materias primas, excluido el oro. El cálculo de la exigencia de capital debe expresar la posición en cada materia prima en términos de una unidad de medida estándar, siguiendo las normas de la Comunicación “A” 6690.
Exigencia de capital por riesgo de posiciones en opciones. El cálculo de la exigencia de capital por riesgo de posiciones en opciones dependerá según se trate de entidades que sólo compren opciones -y siempre que el valor xx xxxxxxx de la totalidad de las opciones en cartera no supere el 5% de su RPC del mes anterior, o cuyas posiciones en opciones vendidas estén cubiertas por posiciones compradas en opciones que posean exactamente las mismas condiciones contractuales, las que podrán usar el método simplificado previsto en las normas, mientras que en el resto de los casos, las entidades deberán usar el método alternativo (“delta-plus”) también previsto en las normas.
Consecuencias del incumplimiento de las exigencias de capital mínimo
En caso de incumplimiento de las exigencias de capital mínimo por parte de una entidad financiera, la Comunicación “A” 6091 del Banco Central, en su versión vigente, establece lo siguiente:
(i) incumplimientos informados por las entidades: la entidad deberá encuadrarse en la exigencia a más tardar en el segundo mes siguiente a aquel en que se registre el incumplimiento, o presentar un plan de regularización y saneamiento dentro de los 30 días corridos siguientes al último día del mes al que corresponda el incumplimiento. La obligación de presentar planes determinará, mientras persista la deficiencia, que el importe de los depósitos -en monedas nacional y extranjera- no podrá exceder del nivel que haya alcanzado durante el mes en el cual se originó el incumplimiento. Además, el incumplimiento de la exigencia de capital mínimo supondrá una serie de consecuencias para la entidad financiera, entre ellas la prohibición de instalar filiales en el país y en el exterior, instalar oficinas de representación en el exterior o tener una participación en entidades financieras del exterior, así como la prohibición de distribuir dividendos en efectivo. Asimismo, la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias podrá designar un veedor, con las facultades establecidas por la Ley de Entidades Financieras.
(ii) incumplimientos detectados por la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias: la entidad dispondrá de 30 días corridos contados desde la notificación de la determinación efectuada por la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias a fin de formular su descargo, sobre el cual deberá expedirse dentro de los 30 días corridos siguientes a la presentación. Cuando la entidad no presente su descargo o si el descargo formulado es desestimado, el incumplimiento se considerará firme, aplicándose el procedimiento establecido en el punto (i).
Asimismo, conforme la Comunicación “A” 5889, y sus respetivas modificaciones, en caso de producirse un defecto de integración diaria respecto de la exigencia de capital por riesgo xx xxxxxxx, excepto la correspondiente al último día del mes, originado en el cómputo de las exigencias por riesgo de tasa, de tipo de cambio y de acciones, la entidad financiera deberá reponer el capital y/o reducir sus posiciones de activos financieros hasta lograr cumplir el requisito establecido, para lo cual contará con un plazo xx xxxx días hábiles, contados a partir de la primera deficiencia. De mantenerse el defecto por un término superior a diez días hábiles, la entidad deberá presentar un plan de regularización y saneamiento dentro de los cinco días hábiles siguientes, y podrá quedar sujeta a un procedimiento administrativo iniciado por la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias.
Riesgo operacional
La norma sobre riesgo operacional aborda la gestión del riesgo operacional (RO) como una disciplina integral y separada de la gestión de otros riesgos, atento a su importancia. Se define el RO como el riesgo de pérdidas resultantes de la falta de adecuación o fallas en los procesos internos, de la actuación del personal o de los sistemas o bien aquellas que son producto de eventos externos. La definición incluye el riesgo legal y excluye el riesgo estratégico y reputacional.
Las entidades financieras deben establecer un sistema para la gestión del RO que comprende las políticas, procesos, procedimientos y estructuras con que cuenta la entidad financiera para su adecuada gestión. Este marco debe permitir también a la entidad financiera evaluar si cuenta con capital suficiente.
Se definen siete tipos de eventos de pérdidas operacionales, de acuerdo al criterio usado internacionalmente:
• fraude interno,
• fraude externo,
• relaciones laborales y seguridad en el puesto de trabajo,
• prácticas con los clientes, productos y negocios,
• daños a activos físicos, derivados de actos de terrorismo y vandalismo, terremotos, incendios, inundaciones, etc., alteraciones en la actividad y fallas tecnológicas, y
• ejecución, gestión y cumplimiento del plazo de los procesos.
Las entidades financieras tienen la responsabilidad de implementar un sistema de gestión del RO eficiente, en cumplimiento de las pautas establecidas por el Banco Central. Un sistema sólido para la gestión del riesgo debe contar con una clara asignación de responsabilidades dentro de la organización de las entidades financieras. Así, la norma describe el papel de los distintos niveles de la organización en la gestión del RO (directorio y gerencia general -o equivalentes- y gerencias de primera línea).
Se requiere que exista una “Unidad de Riesgo Operacional” acorde con el tamaño de la entidad, la naturaleza y complejidad de sus productos y procesos y la magnitud de sus operaciones, pudiendo tratarse de una única persona responsable, en los casos que así lo ameriten. Se permite que esta Unidad dependa funcionalmente de la Gerencia General (o autoridad equivalente) o de un nivel funcional con capacidad decisoria en materia de gestión de riesgos que reporte a esa Gerencia.
Una gestión efectiva de este riesgo contribuirá a prevenir la ocurrencia de futuras pérdidas derivadas de eventos operativos. Consecuentemente, las entidades financieras deben gestionar el RO inherente a sus productos, actividades, procesos y sistemas relevantes. El proceso de gestión del RO comprende las etapas que se describen a continuación.
a) Identificación y evaluación: para la identificación se tendrán en cuenta factores internos y externos, que pudieran afectar el desarrollo de los procesos e influir negativamente en las proyecciones realizadas conforme las estrategias de negocios definidas por la entidad. Las entidades financieras utilizarán datos internos, debiendo establecer un proceso para registrar y consignar en forma sistemática la frecuencia, severidad, categorías y otros aspectos relevantes de los eventos de pérdida por riesgo operacional. Entre las herramientas complementarias que las entidades deben usar pueden destacarse las autoevaluaciones de riesgo, la asignación de riesgos y los indicadores de riesgo.
b) Seguimiento: se requiere contar con un proceso de seguimiento eficaz a los efectos de facilitar la rápida detección y corrección de las posibles deficiencias que se produzcan en las políticas, procesos y procedimientos de gestión del riesgo operacional. Además, se deberá verificar la evolución de los indicadores que permitan detectar deficiencias y proponer acciones correctivas.
c) Control y mitigación del riesgo: se deberá contar con un sistema que asegure el cumplimiento de las políticas internas documentadas, reexaminando con una frecuencia mínima anual las estrategias de control y reducción de riesgos operacionales, debiendo realizar los ajustes que pudieran corresponder.
De acuerdo con la Comunicación “A” 5282, con las modificatorias introducidas por la Comunicación “A” 6091 y la Comunicación “X” 0000, xxxxx xxxxx, xx xxxxxxxxx xx xxxxxxx mínimo por riesgo operacional se determinará aplicando la siguiente expresión:
Los factores comprendidos en la fórmula se definen como sigue:
• “CRO”: exigencia de capital por riesgo operacional.
• “α”: 15%.
• “n”: número de períodos de 12 meses consecutivos en los cuales el IB es positivo, tomando en cuenta los últimos 36 meses anteriores al mes en que se efectúa el cálculo. El valor máximo de n es 3.
• “IBt”: ingreso bruto de períodos de 12 meses consecutivos -siempre que sea positivo-, correspondiente a los últimos 36 meses anteriores al mes en que se efectúa el cálculo.
Los ingresos brutos (“IB”) se define como la suma de: (a) ingresos financieros y por servicios menos egresos financieros y por servicios, y (b) utilidades diversas menos pérdidas diversas.
De los rubros contables mencionados en (a) y (b) se excluirán los siguientes conceptos:
(i) cargos provenientes de la constitución de previsiones, desafectación de previsiones constituidas en ejercicios anteriores y créditos recuperados en el ejercicio castigados en ejercicios anteriores;
(ii) el resultado proveniente de participaciones en entidades financieras y en empresas, en la medida que se trate de conceptos deducibles de la responsabilidad patrimonial computable;
(iii) conceptos extraordinarios o irregulares (es decir, aquellos provenientes de resultados atípicos y excepcionales acaecidos durante el período, de suceso infrecuente en el pasado y no esperado para el futuro), incluyendo ingresos provenientes del cobro de seguros (recupero de siniestros); y
(iv) resultados provenientes de la venta de especies clasificadas y mediciones al costo amortizado del valor razonable con cambios en otros resultados integrales.
Las nuevas entidades financieras deben cumplir, en su primer mes, con una exigencia de capital mínimo RO equivalente al 10% de los requisitos totales determinados para riesgos de crédito y xx xxxxxxx, en el último caso, para las posiciones del último día de ese mes. A partir del segundo y hasta el trigésimo sexto mes, la exigencia de capital mensual será equivalente al 10% de los requisitos promedio determinados para los meses finalizados hasta el período de cálculo inclusive en base a una consideración de los riesgos referidos en el párrafo anterior. A partir del trigésimo séptimo mes, la exigencia mensual se calcula de acuerdo a la siguiente formula:
Para cada t-mes:
- "CRCt": el requerimiento de capital por riesgo de crédito.
- "RMP,t": el requerimiento de capital por riesgo xx xxxxxxx para el último día de dicho t-mes.
- "n": el número de meses anteriores al mes de cálculo, inclusive. 0x x x 00. A partir del trigésimo séptimo mes, el requerimiento mensual se calcula a partir de la fórmula OR.
Exigencias de efectivo mínimo
La exigencia de efectivo mínimo requiere que una entidad financiera mantenga una parte de sus depósitos u obligaciones en libre disponibilidad, sin asignarlas a operaciones xx xxxxxxxx, y se encuentra plasmado en el ordenamiento normativo del BCRA T.O. Efectivo Mínimo.
La exigencia de efectivo mínimo es aplicable a los depósitos y otras obligaciones por intermediación financiera a la vista y a plazo, denominadas en pesos, moneda extranjera o títulos valores públicos y privados, y a los saldos sin utilizar de adelantos en cuenta corriente formalizados que no contengan cláusulas que habiliten a la entidad a disponer discrecional y unilateralmente la anulación de la posibilidad de uso de dichos márgenes.
Las obligaciones de efectivo mínimo no incluyen (i) obligaciones con el Banco Central de la República Argentina; (ii) obligaciones con entidades financieras locales (sin incluir depósitos especiales relacionados con los ingresos de fondos – Decreto 616/2005); (iii) obligaciones con bancos del exterior (incluidas las casas matrices y controlantes de entidades locales y sus sucursales) por líneas que tengan como destino la financiación de operaciones de comercio exterior; y con los bancos multilaterales de desarrollo (iv) obligaciones por compras al contado a liquidar y a término; (v) ventas al contado a liquidar y a término, vinculadas o no a pases activos; (vi) operaciones de corresponsalía en el exterior; (vii) obligaciones a la vista por transferencias del exterior pendientes de liquidación, en la medida que no excedan las 72 horas hábiles de la fecha de su acreditación; y viii) Obligaciones con comercios por las ventas realizadas mediante la utilización de tarjetas de crédito y/o compra.
Las obligaciones comprendidas se computarán por los saldos de capitales efectivamente transados, incluidas en su caso las diferencias de cotización (positivas o negativas). Quedan excluidos los intereses y primas devengados, vencidos o a vencer, por las obligaciones comprendidas, en tanto no hayan sido acreditados en cuenta o puestos a disposición de terceros, y en caso de depósitos a plazo fijo de las UVI y UVA, el importe devengado resultante del incremento del valor de dicha unidad.
La exigencia de efectivo mínimo se aplicará sobre el promedio de los saldos diarios de las obligaciones comprendidas:
• registrados al cierre de cada día durante el período anterior al de su integración, cuando se trate de la exigencia en pesos; y
• registrados al cierre de cada día durante cada mes calendario, para las exigencias en moneda extranjera y títulos valores.
Los promedios se calculan dividiendo el total de los saldos diarios por la cantidad total de días de cada período. Los días en los que no se registren movimientos se repetirá el saldo correspondiente al Día Hábil inmediatamente anterior.
La exigencia se observará en forma separada por cada una de las monedas y/o títulos en que se encuentren denominadas las obligaciones.
El cuadro que sigue muestra las tasas que deben aplicarse para determinar el coeficiente de caja mínimo exigido a las entidades financieras, en función de que (i) las entidades financieras están incluidas en el Grupo "A", según lo previsto en la Sección 4 de las normas sobre "Autoridades de entidades financieras", y/o las sucursales o filiales de bancos extranjeros están clasificadas como de importancia sistémica (G-SIB) no incluidos en ese grupo; o (ii) las restantes entidades financieras. La sección 4 de las normas sobre "Autoridades de entidades financieras" del Banco Central clasifica a las entidades financieras en: (a) Grupo "A" que incluye a aquellas entidades en las que el monto de sus activos es mayor o igual al 1% del total de los activos del sistema financiero (a los efectos del cálculo de este indicador, se considerará el promedio de los activos correspondientes a los meses de julio, agosto y septiembre del año anterior, según los datos que surjan del régimen de información correspondiente); (b) Grupo "B" que incluye a aquellas entidades en las que el monto de sus activos no supera el 1% y es mayor o igual al 0. 25% del total de los activos del sistema financiero; y (c) Grupo
"C" que incluye a aquellas entidades cuyos depósitos no superan el 0,25% del total de los activos del sistema financiero y/o, siendo entidades del grupo B, la relación entre sus depósitos y su RPC es inferior al
100%. Las siguientes tasas surgen de la Comunicación "A" 6991:
Tasas en %
Grupo A y G-SIB Grupo B
Concepto | En pesos | En moneda extranjera | En pesos | En moneda extranjera |
1- Depósitos en cuenta corriente y depósitos a la vista en cooperativas de | 45 | 20 | ||
crédito 2- Depósitos en cajas de ahorro, cuenta sueldo/de la seguridad social y | 45 | 25 | 20 | 25 |
especiales –con excepción de los depósitos comprendidos en los puntos | ||||
7 y 11 - y otros depósitos y obligaciones a la vista, haberes previsionales acreditados por la ANSES pendientes de efectivización y saldos | ||||
inmovilizados correspondientes a obligaciones comprendidas en estas | ||||
normas 3- Saldos sin utilizar de adelantos en cuenta corriente formalizados | 45 | - | 20 | - |
4- Depósitos en cuentas corrientes de entidades financieras no bancarias, computables para la integración de su efectivo mínimo. Se incluyen las | 100 | 100 | ||
cuentas abiertas a nombre del BCRA para la supervisión del servicio de | ||||
Banca por Internet y/o Banca Móvil. | ||||
5- Depósitos a plazo fijo, obligaciones por “aceptaciones”, incluidas las | ||||
responsabilidades por venta o cesión de créditos a sujetos distintos de entidades financieras-, pases pasivos, cauciones y pases bursátiles | ||||
pasivos, inversiones a plazo constante, con opción de cancelación | ||||
anticipada o de renovación por plazo determinado y con retribución variable, y otras obligaciones a plazo con excepción de los depósitos | ||||
comprendidos en los puntos 7, 10 y 12 de esta tabla, títulos valores de | ||||
deuda (comprendidas las obligaciones negociables) según su plazo residual: | ||||
i) Hasta 29 días | 32 | 23 | 11 | 23 |
ii) De 30 a 59 días | 22 | 17 | 7 | 17 |
iii) De 60 a 89 días | 4 | 11 | 2 | 11 |
iv) De 90 a 179 días | 0 | 5 | 0 | 5 |
v) De 180 días a 365 días | 0 | 2 | 0 | 2 |
vi) Más de 365 días | 0 | 0 | 0 | 0 |
6- Obligaciones por líneas financieras del exterior (no incluye las instrumentadas mediante depósitos a plazo –excepto que sean | - | 0 | - | 0 |
realizados por residentes en el exterior vinculados a la entidad conforme a la Sección 2. de las normas sobre “Grandes Exposiciones al Riesgo de Crédito”– ni la adquisición de títulos valores de deuda, a los que les corresponde aplicar la exigencia prevista en el punto anterior.)
i) Hasta 00 xxxx | - | 00 | - | 00 | |
ii) De 30 a 59 días | - | 17 | - | 17 | |
iii) De 60 a 89 días | - | 11 | - | 11 | |
iv) De 90 a 179 días | - | 5 | - | 5 | |
v) De 180 días a 365 días | - | 2 | - | 2 | |
vi) Más de 365 días | - | 0 | - | 0 | |
7. | Depósitos a la vista y a plazo efectuados por orden de la Justicia con fondos originados en las causas en que interviene, y sus saldos | ||||
inmovilizados. |
En pesos, según su plazo residual, pudiendo integrarse con LELIQ y/o NOBAC la exigencia proveniente de colocaciones a plazo, excepto en la proporción máxima admitida para la integración en “Bonos xxx Xxxxxx Nacional en pesos a tasa fija vencimiento noviembre de 2020” y “Bonos xxx Xxxxxx Nacional en pesos a tasa fija vencimiento noviembre de 2022”.
i) Hasta 29 días. | 29 | 15 | 10 | 15 |
ii) De 30 a 59 días. | 22 | 15 | 7 | 15 |
iii) De 60 a 89 días. | 4 | 15 | 2 | 15 |
iv) De 90 días o mas | 0 | 15 | 15 | |
8- Depósitos especiales vinculados al ingreso de fondos del exterior - Decreto 616/2005 | - | 100 | - | 100 |
9- Inversiones a plazo instrumentadas en certificados nominativos intransferibles, en pesos, correspondientes a titulares del sector | ||||
público que cuenten con el derecho a ejercer la opción de cancelación | ||||
anticipada en un plazo inferior a 30 días contados desde su constitución | 32 | 11 |
Tasas en %
Grupo A y G-SIB Grupo B
Concepto | En pesos | En moneda extranjera | En pesos | En moneda extranjera |
10- Depósitos e inversiones a plazo– incluyendo las cuentas de ahorro y los | ||||
títulos valores de deuda (comprendidas las obligaciones negociables) - en “XXX” x “XXX”- , xxxxx su plazo residual | ||||
i) Hasta 29 días | 7 | - | 7 | - |
ii) De 30 a 59 días | 5 | - | 5 | - |
iii) De 60 a 89 días | 3 | - | 3 | ‘ |
iv) Más de 90 días | 0 | - | 0 | - |
11- Fondo de Cese Laboral para los Trabajadores de la Industria de la | 7 | 7 | ||
Construcción en UVA 12- Depósitos e inversiones a plazo que se constituyan a nombre de | 0 | 0 | ||
menores de edad por fondos que reciban a título gratuito. | ||||
13- Depósitos en pesos a la vista que constituyan el haber de fondos comunes de inversión xx xxxxxxx de dinero (“Money Market”) | 0 | 0 |
En el caso de operaciones en pesos, cuando la localidad en la que se encuentre radicada la casa operativa en la que se efectúen, conforme a lo establecido en las normas sobre “Categorización de localidades para entidades financieras”, pertenezca a las categorías II a VI, las tasas previstas para las colocaciones a la vista se reducirán en 2 puntos porcentuales y para colocaciones a plazo en 1 punto porcentual hasta un mínimo xx xxxx. En ambos casos, no comprende las imposiciones en títulos valores. Las imposiciones a plazo en pesos concertadas a distancia (ej. por “Home Banking”, plazo fijo web, etc.) recibirán el mismo tratamiento que las captadas en categorías II a VI.
Las entidades financieras comprendidas en el Grupo “A” y las sucursales o subsidiarias de G-SIB no incluidas en ese grupo podrán integrar la exigencia en pesos –del período y diaria– con “Bonos xxx Xxxxxx Nacional en pesos a tasa fija vencimiento mayo de 2022” en hasta:
a) 5 puntos porcentuales de las tasas previstas en los puntos 1, 2 (en pesos), 3, 9, y apartados i) y ii) del punto 5 y 7 (ambos en pesos).
b) 2 puntos porcentuales de la tasa prevista en el apartado iii) del punto 5 y 7 (ambos en pesos)
Las entidades financieras podrán integrar la exigencia en pesos –del período y diaria– con Letras de Liquidez del BCRA (LELIQ) y/o Notas del BCRA (NOBAC) conforme a lo siguiente:
Depósitos a plazo fijo e inversiones a plazo realizados por titulares de los sectores privado no financiero y público no financiero: toda la exigencia, excepto por la proporción máxima admitida para la integración en “Bonos xxx Xxxxxx Nacional en pesos a tasa fija”
Inversiones a plazo con retribución variable realizadas por clientes con actividad agrícola conforme al punto 2.5.2.2. de las normas sobre “Depósitos e inversiones a plazo”–: toda la exigencia.
Otras colocaciones.
i. Entidades comprendidas en el Grupo “A” y sucursales o subsidiarias de GSIB no incluidas en ese grupo:
a) hasta 16 puntos porcentuales de la tasa prevista en el acápite i) del punto 5 (en pesos)
b) hasta 13 puntos porcentuales de la tasa prevista en el acápite ii) del punto 5 (en pesos)
c) hasta 3 puntos porcentuales de las tasas previstas en los acápites i) a iii) del punto 10. y en el punto 11
d) hasta 2 puntos porcentuales de la tasa prevista en el acápite iii) del punto 5 (en pesos)
ii. Entidades no comprendidas en el acápite precedente:
a) hasta 3 puntos porcentuales de las tasas previstas en los acápites i) y ii) del punto 5 (en pesos), en los acápites i) a
iii) del punto 10. y en el punto 11.; y
b) hasta 2 puntos porcentuales de la tasa prevista en el acápite iii) del punto5 (en pesos)
Para ser admitida la integración con “Bonos xxx Xxxxxx Nacional en pesos a tasa fija vencimiento mayo de 2022” LELIQ y/o NOBAC según lo previsto en los puntos más arriba, deberán estar valuados a precios xx xxxxxxx y encontrarse depositados en la Subcuenta 60 efectivo mínimo habilitada en la “Central de Registro y Liquidación de Pasivos Públicos y Fideicomisos Financieros - CRYL”.
El requisito de efectivo mínimo se reducirá:
1. de acuerdo con la participación en el total de financiaciones al sector privado no financiero en pesos en la entidad de las financiaciones a MiPyMEs en la misma moneda;
Participación en el total de operaciones de financiamiento a MiPyMEs con respecto al total de operaciones de financiamiento al sector privado no financiero en la institución (%) | Reducción (sobre el total de los conceptos comprendidos en pesos) (%) |
Menos de | 0,00 |
De 4 a menos de 6 | 1,00 |
De 6 a menos de 8 | 1,25 |
De 8 a menos de 10 | 1,50 |
De 10 a menos de 12 | 1,75 |
De 12 a menos de 14 | 2,00 |
De 14 a menos de 16 | 2,25 |
De 16 a menos de 18 | 2,50 |
De 18 a menos de 20 | 2,75 |
De 20 a menos de 22 | 3,00 |
De 22 a menos de 24 | 3,25 |
De 24 a menos de 26 | 3,50 |
De 26 o más | 3,75 |
Se considerará el saldo promedio móvil al cierre de los últimos 12 meses anteriores al menor registro de financiaciones en pesos (préstamos y créditos para arrendamientos financieros) otorgados a MiPyMEs con respecto al total de dichas financiaciones al sector privado no financiero de la entidad.
2. En función del otorgamiento de financiaciones bajo el programa “Ahora 12” (el Programa de Fomento al Consumo y a la Producción de Bienes y Servicios denominado “Ahora 12” fue creado por la Resolución Conjunta 671/2014 y 267/2014 del ex Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y el Ministerio de Industria) por un monto equivalente al 35% de la suma del financiamiento en pesos que otorga la entidad:
i. cuyo destino sea la adquisición de bienes y servicios comprendidos en la citada resolución y sus reglamentaciones complementarias; o
ii. a emisoras no financieras de tarjetas de crédito a una tasa de interés anual de hasta un 17%, en tanto esas emisoras formen parte del programa “Ahora 12”.
A partir del 1 xx xxxxx de 2020, la Comunicación "A" 6916, y sus respectivas modificaciones, incrementó la disminución del 20% de la exigencia del "Ahora 12", al 35% de las financiaciones agregadas en pesos otorgadas por la entidad correspondiente hasta el 30 de septiembre de 2020, y al 50% de las financiaciones agregadas en pesos otorgadas a partir del 1 de octubre de 2020 hasta el 1 de enero de 2022 y al 40% de las financiaciones agregadas en pesos otorgadas a partir del 1 de febrero de 2022. Adicionalmente, las normas de Efectivo Mínimo fijan el límite de la deducción en el 8% sobre las partidas en pesos sujetas a las Reglas del Banco Central de Efectivo Mínimo. A partir del 00 xx xxxxx xx 0000, xxxx límite se amplió al 8% sobre las partidas en pesos sujetas a las Normas del Banco Central sobre el Efectivo Mínimo.
3. En función de las extracciones de efectivo realizadas a través de los cajeros automáticos de la institución. La exigencia se reducirá por el importe que resulte de la siguiente expresión:
Donde:
Msi: promedio mensual del total de retiros diarios de efectivo de cajeros automáticos, correspondiente al mes anterior, ubicados en casas operativas de la entidad, según la jurisdicción en la que se encuentre radicada, conforme a lo establecido en las normas sobre “Categorización de localidades para entidades financieras”.
Mni: promedio mensual del total de retiros diarios de efectivo de cajeros automáticos, correspondiente al mes anterior, fuera de sus casas operativas (neutrales) y según la jurisdicción en la que se encuentren radicados, de acuerdo con las citadas categorías.
Psi: ponderador aplicable al monto Msi Pni: ponderador aplicable al monto Mni
Ponderadores aplicables en función de las categorías en las que se ubican los cajeros automáticos | ||
I | Psi | Pni |
1 (categorías I) | 0,95 | 1,65 |
2 (categorías II) | 1,20 | 2,00 |
3 (categorías III) | 4,25 | 7,05 |
3 (categorías IV, V y VI) | 7,50 | 14,80 |
A estos efectos, los cajeros automáticos comprendidos son aquellos que, como mínimo, permitan a los usuarios efectuar extracciones de efectivo, independientemente de la institución de la que sean clientes y de la red que administra dichos cajeros y que, en el promedio mensual, computando días hábiles y no hábiles, hayan estado accesibles al público durante no menos de 10 horas por día.
4. En el caso de entidades financieras comprendidas en el Grupo “A”, el requisito se reduce por un monto equivalente al 30% del total de todas las financiaciones en pesos otorgadas a MiPyMEs, conforme a la definición contenida en las normas sobre “Determinación de la condición de micro, pequeña o mediana empresa”, con tope máximo de intereses acordados a:
a. tasa fija nominal anual del 40% hasta el 00 xx xxxxxxx 0000, inclusive (la cual podrá seguir computándose hasta su cancelación); y
b. tasa fija nominal anual del 35% a partir del 17 de febrero de 2020.
Podrán incluirse en esa suma las financiaciones otorgadas a entidades financieras no comprendidas en el primer párrafo, siempre que: i) dentro de los 10 días hábiles desde la fecha en que reciban la asistencia esas entidades destinen los fondos a otorgar financiaciones a MiPyME en las condiciones de este punto y ii) cuenten con un informe especial de auditor externo – inscripto en el “Registro de auditores” de la SEFyC– de la entidad financiera no alcanzada sobre su cumplimiento.
El informe especial: i) deberá consignar las fechas, importes y datos del prestatario de cada aplicación, conforme al modelo que se dará a conocer al efecto y ii) no deberá contener limitaciones en el alcance de las tareas, como así tampoco opinión con salvedades o abstención de opinión.
La intervención del auditor externo en todos los aspectos requeridos en esta operatoria se enmarca dentro de las previsiones establecidas en las Normas Mínimas sobre Auditorías Externas.
La entidad podrá igualmente cumplir el requisito precedente con la presentación de un informe especial de su Auditoría Interna cuyos procedimientos, alcance y conclusiones se ajusten a las condiciones y modelo precitados.
Se considerará el saldo promedio mensual de las financiaciones alcanzadas del período anterior al de cómputo de la exigencia que cumplan las condiciones señaladas.
Esta deducción no podrá superar el 2 % de los conceptos en pesos sujetos a exigencia, en promedio, del mes anterior al de cómputo.
5. Especial en el marco de la emergencia sanitaria dispuesta por el Decreto N°260/2020.
La exigencia se reducirá en un monto equivalente al 40% de la suma de los financiamientos en pesos acordados a una tasa anual de interés nominal anual de hasta el 24% a los siguientes destinos:
a. MiPyMEs si al menos el 50% de dichos financiamientos se destinan a líneas de capital de trabajo.
b. Prestadores de servicios de salud humana en la medida que presten servicios de internación en el marco de la emergencia sanitaria según lo dispuesto por el Decreto Nº 260/2020 y sea destinado para la compra de insumos y equipamiento médito.
c. Clientes no MiPyMEs que acuerden dichos financiamientos para la adquisición de máquinas y equipos producidos por MiPyMEs locales.
Esta deducción no podrá superar el 4% de los conceptos en pesos sujetos a demanda en promedio del mes inmediato anterior al del cómputo, pudiendo ampliarse hasta el 6% en el caso de las siguientes financiaciones acordadas a partir del 1 de julio de 2020:
- Clientes que recibieron la ayuda prevista en el punto (5) a. anterior, hasta el monto total equivalente a la masa salarial mensual (sin el sueldo anual complementario) a cargo del solicitante;
- Clientes que no recibieron dicha asistencia especial.
6. De acuerdo con el tratamiento especial previsto en el Decreto 322/2020. La exigencia se reducirá en un monto equivalente al:
a. 60% del monto de los "Créditos a Tasa Cero", "Créditos a Tasa Subsidiada para Empresas" y "Créditos a Tasa Cero Cultura" acordados en el marco del Decreto Nº 322/2020 (y sus modificaciones) y desembolsados hasta el 5 de noviembre de 2020;
b. 24% de los "Créditos a Tasa Subsidiada para Empresas" desembolsados a partir del 6 de noviembre de 2020, a una tasa nominal anual del 27%;
c. 7% de los " Créditos a Tasa Subsidiada para Empresas" desembolsados a partir del 6 de noviembre de 2020 a una tasa nominal anual del 33%.
7. En el caso de los financiamientos a MiPyMEs no informados en la Central de Deudores del Sistema Financiero, el requerimiento se reducirá en un monto equivalente al 40% de los financiamientos en pesos a MiPyMEs pactados a una tasa nominal anual del 24% medida sobre un promedio mensual de saldos diarios del mes anterior.
8. En el caso de las financiaciones incluidas en la "Línea de financiamiento para la inversión productiva de MiPyME", el requerimiento se reducirá en un monto equivalente al 14% de las financiaciones previstas en el punto 4.1. de dicha línea de créditos, siempre que dichas financiaciones se pacten a una tasa de interés nominal anual de hasta el 30%, medida sobre un promedio mensual de saldos diarios del mes anterior.
9. Especial para las entidades financieras que tengan implementadas la apertura remota y presencial de la "Cuenta gratuita universal (CGU)" prevista en el punto 3.11. de las normas sobre "Depósitos de ahorro, cuenta sueldo y especiales".
La exigencia se reducirá por el importe que resulte de la suma de lo siguiente:
1.5.9.1. En función de las financiaciones otorgadas a partir del 1.4.21 a personas humanas y MiPyME no informadas por entidades financieras en la "Central de deudores del sistema financiero".
La exigencia se reducirá en un importe equivalente a las financiaciones en pesos a personas humanas y MiPyME –conforme a la definición contenida en las normas sobre "Determinación de la condición de micro, pequeña o mediana empresa"– que no hayan sido informadas por entidades financieras en la "Central de deudores del sistema financiero" (CENDEU) en diciembre de 2020, siempre que hayan sido acordadas a una tasa de interés nominal anual que no supere, en ese momento, la tasa máxima establecida en el primer párrafo del punto 2.1.1. de las normas sobre "Tasas de interés en las operaciones de crédito"
Se considerará el saldo promedio mensual de las financiaciones alcanzadas del período anterior al de integración de la exigencia.
1.5.9.2. En función de la tasa de crecimiento en el uso de medios electrónicos a través de cuentas a la vista cuyos titulares sean personas humanas.
Cuando la tasa de crecimiento en el uso de medios electrónicos (TCUME) a través de cuentas a la vista de la entidad financiera, durante el mes anterior al de integración, supere alguno de los umbrales exhibidos en la siguiente tabla, la exigencia de ese mes se reducirá en el porcentaje que corresponda:
Umbral de la TCUME | 3 % | 4 % | 5 % |
Reducción de la exigencia | 0,25 % | 0,5 % | 0,75 % |
:
donde:
t: mes de cómputo de la exigencia.
debCCyCAt: débitos –excepto extracciones de efectivo por ventanilla, cajeros automáticos y dispositivos en punto de venta (POS)– efectuados en el mes de cómputo de la exigencia en cuentas corrientes y otras cuentas a la vista en pesos previstas en las normas sobre "Depósitos de ahorro, cuenta sueldo y especiales" cuyos titulares sean personas humanas.
TCUMEt: tasa de crecimiento en el uso de medios electrónicos a través de cuentas a la vista en pesos cuyos titulares sean personas humanas, calculado para el mes de cómputo de la exigencia, respecto del promedio de los débitos –excepto extracciones de efectivo por ventanilla, cajeros automáticos y dispositivos en punto de venta (POS)– en los últimos 12 meses anteriores al de cómputo de la exigencia –o en los meses desde el inicio de esta modalidad, si el plazo fuera menor– multiplicado por la inflación promedio de los últimos 12 meses, medida por el índice de precios al consumidor (IPC) que elabora el INDEC.
1.5.9.3. En función de la evolución de los ECHEQ y FCE MiPyME.
La exigencia se reducirá en un importe equivalente a la diferencia entre el monto total de cheques librados por medios electrónicos (ECHEQ) por los titulares de cuentas corrientes de la entidad y facturas de crédito electrónicas (FCE) MiPyME adquiridas por la entidad en el mes de cómputo de la exigencia, y el promedio mensual de los 12 meses previos de ambos conceptos –o de los meses desde el inicio de esta modalidad, si el plazo fuera menor– multiplicado por la inflación promedio de los últimos 12 meses medida por el índice de precios al consumidor (IPC) que elabora el INDEC y ajustado por la participación de la entidad en la operatoria xx XXXXX y crédito a personas jurídicas, conforme a la siguiente expresión:
donde:
t: mes de cómputo de la exigencia.
a: participación de los ECHEQ librados desde la entidad financiera respecto del promedio xx XXXXX librados en el sistema financiero –presentados al cobro o no–, tomando en el primer caso su importe en el mes de cómputo de la exigencia y para el segundo lo que informe el BCRA.
b: participación de los préstamos a personas jurídicas otorgados por la entidad respecto del promedio del sistema financiero, tomando en el primer caso el promedio mensual de saldos diarios de esas financiaciones en el mes de cómputo de la exigencia y para el segundo lo que informe el BCRA.
Esta deducción no podrá superar el 0,75 % de los conceptos en pesos sujetos a exigencia, en promedio, del mes anterior al de integración. ("A" 7287)
1.5.9.4. En función de la operatividad de sus cajeros automáticos. ("A" 7342)
Cuando la operatividad de los cajeros automáticos (ATMop) de la entidad financiera, durante el mes anterior al de integración, supere alguno de los umbrales exhibidos en la siguiente tabla, la exigencia de ese mes se reducirá en el porcentaje que corresponda:
Umbral de operatividad 99,5 % 99,8 % Reducción en la exigencia 0,25 % 0,5 %
La operatividad de los ATM se determinará según la siguiente expresión:
Donde:
ATMop: porcentaje de ATM de la entidad operativos en el mes de cómputo de la exigencia.
FO: número xx xxxxxx operativas superiores a 24 horas registradas en el mes y originadas en la falta de insumos de papel (tira de auditoría y/o tira de recibos del cliente) y/o de dinero en efectivo.
ATM: cantidad de cajeros automáticos disponibles con que cuenta la entidad financiera.
Esta deducción no podrá superar el 3 % de los conceptos en pesos sujetos a exigencia, en promedio, del mes anterior al de integración.
10. Especial en el marco del Decreto Nº 512/21.
La exigencia se reducirá por un importe equivalente al 60 % de la suma de los "Créditos a Tasa Cero 2021" acordados en el marco del Decreto Nº 512/21.
Se considerará su saldo promedio mensual en el período anterior al de cómputo de la exigencia.
Las financiaciones computadas para la deducción prevista en los puntos 1 y 4 a 10 sólo podrán ser computadas en uno de los puntos mencionados. Además, las financiaciones computadas para la deducción prevista en los puntos 4, 5 y 7 (i) seguirán computando para la deducción correspondiente sus saldos medios diarios mensuales de las financiaciones aportadas antes del 15 de octubre de 2020, inclusive; (ii) serán voluntarias y no podrán ser computadas para las deducciones de los puntos 4, 5 y 7.
Cuando exista concentración excesiva de pasivos (en términos de tenedores y/o plazos) que suponga un riesgo significativo respecto a la liquidez individual de la institución financiera y/o tenga un efecto adverso significativo en la liquidez sistémica, se podrá fijar un requisito de efectivo mínimo adicional sobre los pasivos incluidos en la entidad financiera y/o imponer las medidas complementarias que se estimen pertinentes.
Además de las exigencias arriba mencionadas, el defecto de aplicación de recursos correspondientes a depósitos en moneda extranjera, neto de los saldos de caja en poder de las entidades, depositados en custodia en otras entidades, en tránsito y en Transportadoras de Valores, que se determine en un mes se computará por un importe equivalente en el cálculo de la exigencia de efectivo mínimo para la moneda correspondiente de ese mismo período.
La integración se debe efectuar en la misma moneda o con los títulos o instrumentos de deuda de regulación monetaria a los que corresponda a la exigencia, pudiéndose realizar con los siguientes conceptos:
1. Cuentas corrientes de las entidades financieras abiertas en el Banco Central en pesos.
2. Cuentas de efectivo mínimo de las entidades financieras abiertas en el Banco Central, en dólares o en otras monedas extranjeras.
3. Cuentas especiales de garantías a favor de las cámaras electrónicas de compensación y para la cobertura de la liquidación de operaciones con tarjetas de crédito, vales de consumo y en cajeros automáticos y por transferencias inmediatas de fondos.
4. Cuentas corrientes de las entidades no bancarias, abiertas en bancos comerciales para la integración de la exigencia de efectivo mínimo.
5. Cuentas corrientes especiales abiertas en el Banco Central, vinculadas con la atención de los beneficios previsionales a cargo de la Administración Nación al de la Seguridad Social (ANSES).
6. Subcuenta 60 de efectivo mínimo habilitada en la “Central de Registro y Liquidación de Pasivos Públicos y Fideicomisos Financieros - CRYL” de títulos valores públicos e instrumentos de regulación monetaria del Banco Central valuados a valor xx xxxxxxx.
El cumplimiento de la integración del efectivo mínimo se medirá sobre la base del promedio mensual de saldos diarios de los conceptos admitidos a tal efecto, registrados durante el mismo período al que corresponda el efectivo mínimo. Los promedios se obtendrán dividiendo la suma de los saldos diarios por la cantidad total de días de cada mes. No se admitirá la compensación de posiciones deficitarias con posiciones excedentarias correspondientes a diferentes exigencias.
En ningún día del mes la suma de los saldos de los conceptos admitidos como integración, registrados al cierre de cada día, podrá ser inferior al 25% de la exigencia de efectivo mínimo total, determinada para el período inmediato anterior, recalculada en función de las exigencias y conceptos vigentes en el mes al que corresponden los encajes, sin considerar los efectos de la aplicación de las disposiciones de la sección “1.7 Traslado” de las normas sobre “Efectivo mínimo”. Dicha exigencia diaria será del 50% cuando en el período de cómputo anterior se registre una deficiencia de integración superior al margen de traslado admitido. No se exigirá integración mínima diaria para los depósitos en títulos valores e instrumentos de regulación monetaria del Banco Central.
Las deficiencias de integración del efectivo mínimo en pesos y de la integración mínima diaria en pesos, en moneda extranjera o con valores o instrumentos de deuda de regulación monetaria estarán sujetas a un cargo en pesos, equivalente a 1,5 veces la tasa de interés nominal promedio de la subasta de LELIQ en pesos a menor plazo informada para el último día hábil del período relevante o, en su defecto, para el último período disponible. La norma admite el traslado de la exigencia no integrada en cada período a la posición siguiente, hasta un máximo de seis períodos, contados desde el primero en que se opte por su utilización o desde la primera posición inmediata posterior a aquella en que se compensen los defectos
Posición neta diaria global registrada en Letras de Liquidez (LELIQ)
1. A partir del 1.6.2020, la posición neta excedente se ampliará, para las entidades financieras que capten a partir de esa fecha imposiciones a la tasa pasiva mínima establecida en el punto 1.11.1.1. de las normas sobre “Depósitos e inversiones a plazo”
–tasa nominal anual del 79 % del promedio simple de las tasas de las licitaciones LELIQ–, en el importe equivalente al 18 % de los depósitos e inversiones a plazo en pesos constituidos por el sector privado no financiero y por los gobiernos Nacional, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y/o municipales –en los casos de las colocaciones oficiales, sólo a las que se haya abonado una tasa no inferior a la tasa pasiva mínima del citado punto 1.11.1.1.–, medido en promedio mensual de saldos diarios del mes anterior.
2. A partir del 1.8.2020, la posición neta excedente se ampliará por el importe que resulte de la diferencia positiva entre el límite para la posición de contado establecido en el último párrafo del punto 2.2.2. de las normas sobre “Posición global neta de moneda extranjera” –dos millones quinientos mil dólares estadounidenses (USD 2.500.000) o el 4 % de la RPC del mes anterior al que corresponda, el mayor de ambos– y el promedio mensual de saldos diarios de la posición de contado observada, o cero de resultar negativo, correspondientes al mismo mes.
Esta posición no podrá superar el importe que surja de multiplicar el porcentaje correspondiente al mes de cómputo (según la tabla a continuación) por la ampliación verificada durante marzo de 2021:
Mes de cómputo | Límite de ampliación |
Abril de 2021 | 80 % |
Mayo de 2021 | 50 % |
Junio de 2021 | 15 % |
Julio de 2021 | 0 % |
Agosto de 2021 | 100 % |
Septiembre de 2021 | 100 % |
Octubre de 2021 | 100 % |
Noviembre de 2021 | 100 % |
Diciembre de 2021 | 65 % |
Enero de 2022 | 30 % |
Desde febrero de 2022 | 0 % |
3. A partir del 1.9.2020, para las entidades financieras que capten imposiciones a la tasa pasiva mínima establecida en el acápite
i) del punto 1.11.1.1. de las normas sobre "Depósitos e inversiones a plazo", en el importe equivalente al 13 % de esos depósitos, medido en promedio mensual de saldos diarios del mes anterior. La ampliación de dicho punto se incrementará en 18 puntos porcentuales y será equivalente al 31 % de esos depósitos, medido en promedio mensual de saldos diarios del mes anterior, para las entidades financieras comprendidas en el punto 1.11.1.2. de las normas sobre "Depósitos e inversiones a plazo" que no hayan optado por abonar la tasa pasiva mínima prevista en el acápite ii) del punto 1.11.1.1. de las citadas normas.
Disminución
A partir del 11.5.2020 y hasta el 30.6.2020, las entidades financieras deberán reducir la posición neta excedente en un 1 % adicional a la tenencia excedente registrada al 19.3.2020. A los efectos de adecuarse, deberán disminuir su posición neta excedente a medida que cobren las LELIQ.
A partir del 1.7.2020, esa posición neta excedente se reducirá conforme al siguiente esquema:
Donde “Porcentaje alcanzado” se define como el monto de financiaciones a considerar en porcentaje de la suma de la reducción en la posición en LELIQ establecida en el primer párrafo y la disminución de la exigencia en promedio en pesos prevista en el punto 1.5.7. de las normas sobre “Efectivo mínimo”.
El monto de financiaciones a considerar será el promedio mensual de saldos diarios de las financiaciones comprendidas del período anterior. Para el mes de julio de 2020 corresponderá utilizar el promedio de saldos diarios registrado entre el 11.5.2020 y el 30.6.2020
A partir del 2.10.2020 inclusive, las entidades financieras deberán reducir la posición neta excedente en un importe equivalente a un 20 % de la posición neta excedente en LELIQ registrada en promedio mensual de saldos diarios en septiembre de 2020.
Incumplimientos.
Los excesos que se registren a los límites previstos en esta sección estarán sujetos a un cargo, que se computará conforme a lo previsto en el punto 3.1. de las normas sobre “Efectivo mínimo”, sin perjuicio de la aplicación del artículo 41 de la Ley de Entidades Financieras
Políticas de liquidez interna de las entidades financieras
De acuerdo con el texto ordenado del Banco Central “Ratio de Cobertura de Liquidez”, las entidades financieras deberán adoptar políticas de dirección y control que aseguren la disponibilidad de razonables niveles de liquidez para atender eficientemente sus depósitos y otros compromisos de naturaleza financiera en un escenario de prueba de estrés dentro de un horizonte de tiempo de 30 días. Dichas políticas deberán prever los procedimientos a emplear para evaluar las condiciones de liquidez de la entidad en el contexto xxx xxxxxxx, con la consecuente revisión de las estimaciones, arbitrando las medidas conducentes a la eliminación de los desfases de liquidez o adoptando recaudos para prever la obtención de recursos a costo xx xxxxxxx y suficientes para sustentar prudentemente los activos a más largo plazo. En ese orden, deberá tenerse en cuenta (i) el grado en que sus pasivos o activos se encuentran concentrados en determinados clientes, (ii) la situación general de la economía y xxx xxxxxxx y su probable evolución, su repercusión sobre la disponibilidad de líneas de crédito y (iii) la capacidad para obtener recursos mediante la venta de títulos públicos y/o cartera activa.
La estructura orgánica de la entidad deberá contemplar la unidad -o persona humana- específica encargada de gestionar la liquidez y de asignar los niveles de responsabilidad de quienes tendrán a su cargo la gestión del ratio de cobertura de liquidez (LCR), que requerirá un seguimiento diario. Necesariamente, corresponderá la participación y coordinación de la máxima autoridad gerencial de la entidad (por ejemplo: gerente general).
Necesariamente, corresponderá la participación y coordinación de la máxima autoridad gerencial de la entidad (por ejemplo: gerente general).
Además deberá designarse a un director o consejero al cual se informará al menos semanalmente, o con más frecuencia si las circunstancias así lo exigen, especialmente cuando cambios en las condiciones de liquidez obliguen a definir nuevos cursos de acción para resguardar a la entidad. En los casos de sucursales de entidades del exterior, se deberá informar a su máxima autoridad en el país.
Los funcionarios y directivos designados serán los responsables del manejo de la política de liquidez que, además del seguimiento del LCR, comprende la adopción de los recaudos para el cumplimiento de la integración del efectivo mínimo. Deberá informarse a la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias la nómina de tales funcionarios y directivos, así como los cambios posteriores dentro de los 10 días corridos de producidos.
Parámetros de liquidez
Además de la relación de cobertura de liquidez, existen otros parámetros que se utilizan como herramientas sistemáticas de control. Estas políticas contienen información específica sobre los flujos de efectivo, la estructura del saldo y los activos subrayados disponibles sin cargo alguno. Estos parámetros, junto con la relación de cobertura de liquidez, ofrecen información básica para evaluar el riesgo de liquidez. Los parámetros incluidos son:
• Lagunas en los términos contractuales;
• Concentración de financiamiento;
• Activos disponibles libres de restricciones;
• LCR por moneda significativa; y
• Herramientas de seguimiento relacionadas con los mercados.
Adicionalmente, la Comunicación “A” 6209 y sus modificatorias establece que las entidades financieras deben contar con un adecuado fondo de activos líquidos de alta calidad (FALAC o HQLA) que estén libres de restricciones que puedan convertirse en efectivo en forma inmediata, a fin de cubrir sus necesidades de liquidez durante un período de 30 días. Las entidades financieras deberán realizar sus propias pruebas de estrés para determinar el nivel de liquidez que deben mantener empleando a ese efecto otros escenarios que consideren un período superior a 30 días.
El ratio de cobertura de liquidez (LCR) deberá en todo momento ser mayor o igual a 1 (es decir, el fondo de HQLA no deberá ser inferior a las salidas de efectivo netas totales) en ausencia de un escenario de estrés financiero. De no ser el caso, el LCR podrá ser inferior a 1.
El BCRA describe cómo categorizar un escenario de estrés, tomando en cuenta los siguientes factores: la pérdida parcial de los depósitos minoristas; la pérdida parcial de la capacidad de fondeo mayorista no garantizado; la pérdida parcial de fondeo garantizado; salidas de fondos adicionales por situaciones previstas contractualmente como consecuencia de un deterioro significativo de la calidad crediticia de la entidad financiera; aumentos de las volatilidades xx xxxxxxx, que repercuten en la calidad de las garantías o en la exposición potencial futura de posiciones en derivados; el uso imprevisto de facilidades de crédito y de liquidez comprometidas y disponibles pero no utilizadas que la entidad financiera hubiera concedido a sus clientes; y/o la necesidad de que la entidad financiera tenga que recomprar deuda o cumplir con obligaciones extracontractuales para mitigar su riesgo reputacional.
El cálculo del LCR debe ser calculado en forma permanente e informado mensualmente.
El FALAC solo podrá estar conformado por los siguientes activos en cartera (considerados como de nivel 1 (An1)) a la fecha de cálculo del LCR: efectivo en caja, en tránsito, en empresas transportadoras de caudales y en cajeros automáticos; depósitos en el BCRA; títulos públicos nacionales en pesos; títulos públicos nacionales o en moneda extranjera; títulos valores emitidos o garantizados por el Banco de Pagos Internacionales, el Fondo Monetario Internacional, el Banco Central Europeo, la Unión Europea o Bancos Multilaterales de Desarrollo que cumplan con ciertas condiciones y títulos de deuda emitidos por otros soberanos (incluidos sus bancos centrales).
Ratio del Fondeo Neto Estable (NSFR)
El ratio de fondeo neto estable (NSFR) tiene como objetivo que las entidades financieras puedan financiar sus actividades con fuentes suficientemente estables para mitigar el riesgo de futuras situaciones de estrés originadas en su fondeo. Al requerir a las entidades financieras que mantengan un perfil de fondeo estable en relación con la composición de sus activos y operaciones fuera de balance, el NSFR limita la excesiva dependencia respecto del fondeo mayorista de corto plazo, promueve una mejor evaluación del riesgo de fondeo de las partidas dentro y fuera de balance y favorece la estabilidad de las fuentes de fondos. Las definiciones de los conceptos contenidos en el NSFR son análogas a las previstas en las normas sobre “Ratio de cobertura de liquidez”, excepto que se establezca explícitamente en estas disposiciones otra definición.
El NSFR se define como el cociente entre el monto disponible de fondeo estable y el monto requerido de fondeo estable: donde: MDFE (Monto disponible de fondeo estable): es la parte del capital y de los pasivos de la entidad financiera –computados conforme a lo previsto en la Sección 2. – que se espera estén disponibles durante un período de un año. MRFE (Monto requerido de fondeo estable): es el monto de fondeo necesario durante ese período –computado conforme a lo previsto en la Sección 3–, que está en función de la liquidez y plazo residual de los activos de la entidad y de sus compromisos fuera de balance.
El NSFR deberá –en todo momento– ser mayor o igual a 1: NSFR ≥ 1. Se complementará con la evaluación que realice la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias (SEFyC). La SEFyC podrá exigirle a la entidad que adopte estándares más estrictos con el fin de reflejar su perfil de riesgo de fondeo, teniendo en cuenta también a ese efecto la evaluación que haya realizado del cumplimiento de las normas sobre “Lineamientos para la gestión de riesgos en las entidades financieras” en materia de liquidez por parte de la entidad.
Las instituciones financieras deberán cumplir en todo momento con el NSFR e informarlo trimestralmente a la SEFyC.
Ratio de apalancamiento
Mediante la Comunicación “A” 6431 vigente a partir del 1 xx xxxxx de 2018, el Banco Central incorporó un ratio para limitar el apalancamiento de las entidades financieras, a fin de evitar las consecuencias adversas de una reducción abrupta del apalancamiento en la oferta de crédito y la economía en general, y reforzar la exigencia de capital mínimo con un requerimiento de capital mínimo simple y no basado en riesgo.
El ratio de apalancamiento, el cual debe ser mayor o igual al 3%, surge de la siguiente expresión:
Ratio de apalancamiento (expresado como %) = Medida del capital / Medida de la exposición
donde la medida del capital será el patrimonio neto básico y la medida de la exposición será equivalente a la suma de (i) las exposiciones en el activo (a exclusión de los conceptos correspondientes a instrumentos derivados y operaciones de financiación con valores (SFT);
(ii) las exposiciones por derivados, (iii) las exposiciones por operaciones SFT, y (iv) partidas fuera de balance. Tanto la medida del capital como la medida de la exposición se deberán calcular en base a los saldos de cierre de cada trimestre.
Regulaciones sobre tasa de interés en las operaciones de crédito y depósito y sobre las comisiones
Tasas de financiación máximas
Con fecha 17 de diciembre de 2015, el Banco Central emitió la Comunicación “A” 7143 (entre otras), por medio de la cual dejó sin efecto para las nuevas operaciones que se concierten a partir de dicha fecha, inclusive, las disposiciones que establecían las tasas de interés máximas aplicables las operaciones de crédito que se describen precedentemente. Asimismo, la Comunicación “A” 5853 estableció como criterio básico que las tasas de interés compensatorio se concertarán libremente entre las entidades financieras y los clientes teniendo en cuenta, de corresponder, las disposiciones establecidas en los casos de regímenes específicos, tales como las normas del Banco Central que establecen la tasa de interés aplicable a préstamos de tarjetas de crédito. Asimismo, el interés punitorio adicional al interés compensatorio será acordado libremente entre las instituciones financieras y sus clientes.
La normativa dispone que los contratos xx xxxxxxxx a tasa fija no deberán contener cláusulas que admitan modificaciones bajo determinadas circunstancias, salvo que dichas modificaciones sean producto de decisiones tomadas por la autoridad competente y los contratos xx xxxxxxxx a tasa variable deberán especificar claramente los parámetros que se utilizarán para la determinación de dicha tasa y la periodicidad de la variación.
Con relación a operaciones vinculadas a tarjetas de crédito:
(i) en el caso de las otorgadas por instituciones financieras, la tasa no podrá exceder el 25% del promedio de las tasas de interés aplicadas por la entidad en el mes anterior, ponderada por el monto correspondiente de préstamos personales sin garantía real otorgados en el mismo período;
(ii) en el caso de las otorgadas por otras emisoras, la tasa no podrá exceder el promedio simple de las tasas del sistema financiero para operaciones de préstamos personales xx xxxxxxx abierto (clientela general) sin garantía real en más del 25%, publicado mensualmente por el Banco Central y elaborado sobre la base de información correspondiente al antepenúltimo mes, atendiendo a las disposiciones del apartado precedente.
Los intereses punitorios por financiaciones vinculadas a tarjetas de crédito no podrán superar el 50% de la tasa de interés compensatorio que cobra la emisora por financiaciones de deudas pendientes de tarjetas de crédito.
Política de financiamiento a tasa de interés cero
Mediante la Comunicación "A" 6993, de fecha 24 xx xxxxx de 2020, con el objeto de contener el impacto de la pandemia de COVID-19 en curso, el Banco Central estableció una política de financiación a tasa de interés cero, aplicable únicamente a los clientes elegibles que posteriormente determine la AFIP a los que las entidades financieras Las entidades financieras podrán otorgar financiaciones con tarjetas de crédito a pagar en al menos 12 cuotas iguales y consecutivas luego de un período xx xxxxxx de 6 meses. Con respecto a estos préstamos, el requisito de efectivo mínimo se reducirá de acuerdo con lo establecido en el Decreto Nº 332/2020 (con sus modificaciones y reiteraciones). Además, las empresas a las que se les conceda un préstamo a tipo de interés cero no podrán, hasta su completo reembolso (i) acceder al mercado de divisas para realizar operaciones correspondientes a la formación de activos externos, remesas de ayuda familiar y derivados; y, (ii) vender valores con liquidación en moneda extranjera moneda extranjera o transferirlos a otras entidades depositarias (contado con liquidación).
Tasas mínimas para depósitos e inversiones a plazo
Con el dictado de la Comunicación “A” 5853 (con las modificatorias introducidas por la Comunicación “A” 5891, entre otras), quedaron sin efecto las disposiciones que establecían tasas de interés mínimas aplicables a los depósitos a plazo que se describen precedentemente para nuevas operaciones realizadas a partir de la fecha de entrada en vigencia, inclusive, estableciendo que la retribución para depósitos e inversiones a plazo se fijará a la tasa que libremente se convenga entre las partes, conforme las reglas aplicables a cada tipo de operación.
Comisiones
El Texto Ordenado de “Protección al Usuario de Servicios Financieros del Banco Central, otorgó a partir del 2013 una amplia protección a los usuarios. La protección incluye, entre otras cuestiones, la regulación de comisiones y cargos adicionales a los intereses cobrados por entidades financieras por los servicios prestados. Las comisiones y cargos adicionales deben tener origen en un costo real, directo y demostrable y estar debidamente justificados desde el punto de vista técnico y económico. Cabe destacar que la Comunicación “A” 5514 establece una excepción a la exigibilidad de la Comunicación “A” 5460 para ciertos contratos de crédito con garantía prendaria celebrados hasta el 30 de septiembre de 2018.
El 10 xx xxxxx de 2014, el Banco Central emitió las Comunicaciones “A” 5591 y “A” 5592 a través de las que estableció nuevas reglas respecto de comisiones y cargos por productos y servicios financieros básicos. Comenzando en la fecha de vigencia de la norma, las entidades financieras deben contar con autorización previa del Banco Central para implementar aumentos a los costos de esos servicios. La norma también específicamente define qué servicios financieros son considerados básicos.
El 23 de diciembre de 2014, el Banco Central emitió la Comunicación “A” 5685 modificando la Comunicación “A” 5460 estableciendo que las altas – comisiones de nuevos productos y servicios – y todos los aumentos en las comisiones que deseen implementar deberán contar con autorización previa del Banco Central.
El 21 xx xxxxxx de 2015, el Banco Central emitió la Comunicación “A” 5795 (modificada y complementada por diversas comunicaciones, entre las cuales se encuentran la Comunicaciones “A” 5828 y "A" 5990) estableciendo normas adicionales destinadas a proteger a los usuarios de servicios financieros mediante el refuerzo de regulaciones que prohíben a las entidades financieras aplicar cargos o comisiones a las operaciones efectuadas por los usuarios en las casas operativas distintas a aquella en la cual esté abierta la cuenta, a los movimientos de fondos en efectivo en pesos (depósitos y/o extracciones) y a la recepción de depósitos de cheques efectuados por cuenta propia y/o de terceros. Asimismo, estableció que no se podrán cobrar honorarios y comisiones en relación con los productos de seguro que los usuarios contraten con carácter accesorio a un servicio financiero, independientemente de que se trate de una solicitud del usuario o de una condición establecida por la entidad financiera para acceder al servicio financiero. Al respecto, a partir del 13 de noviembre de 2015, las entidades financieras no podrán percibir retribuciones ni utilidades por tales productos de seguros que sus usuarios deban contratar ni percibirlas directa o indirectamente de la compañía de seguros.
Asimismo, la Comunicación “A” 5828 hace una distinción entre “seguros de vida sobre saldo deudor” y “otros seguros”, estableciendo para el caso de los primeros que las entidades financieras no podrán cobrar comisiones y/o cargos asociados con esta clase de seguros. Las entidades financieras deben contratar seguros de vida sobre saldo deudor con cobertura en caso de fallecimiento o incapacidad total permanente respecto de financiaciones otorgadas a personas humanas. Por otro lado, las entidades podrán auto asegurar los riesgos de
fallecimiento e incapacidad total permanente de usuarios de servicios financieros. En ambos casos, la cobertura debe cubrir íntegramente el monto adeudado en caso de fallecimiento o incapacidad total permanente del beneficiario.
El 21 xx xxxxx de 2016, el Banco Central emitió la Comunicación “A” 5927 estableciendo nuevas normas destinadas a proteger los usuarios de servicios financieros y tendientes a una mayor bancarización. Al respecto, a partir del 1 xx xxxxx de 2016, las transferencias electrónicas ordenadas o recibidas por clientes que revistan la condición de usuarios de servicios financieros no se encontrarán sujetas a cargo y/o comisiones. Para los clientes que no revistan esa condición, como el caso de las empresas, no se encontrarán sujetas a cargos y/o comisiones las trasferencias ordenadas o recibidas por medios electrónicos por hasta el importe de Ps.250.000.
El 21 xx xxxxx de 2016, el Banco Central emitió la Comunicación “A” 5928, reglamentando la gratuidad de todas las cajas de ahorro, incluyendo el uso de su correspondiente tarjeta de débito. Al respecto, la caja de ahorro no tendrá restricciones de montos, ni costos de apertura, mantenimiento o renovación. A su vez, se estableció que las comisiones podían aumentarse hasta un 20%, pero dicho aumento debía comunicarse con 60 días de anticipación. Finalmente, desde el 1 de septiembre de 2016, se eliminaron los máximos a las comisiones, pero las entidades financieras cuando decidan cambiar un precio deberán informar con antelación a sus clientes las comisiones que cobran las otras entidades financieras.
El Banco Central dictó la Comunicación “A” 6212, con efectos al 1° xx xxxxx de 2017, que reduce las comisiones sobre las ventas con tarjeta de crédito y tarjeta de débito según un plan anual gradual. De acuerdo con la Comunicación “A” 6212, el porcentaje máximo de la comisión sobre ventas con tarjeta de crédito para 2017 es de 2,0%, y para 2018, 2019, 2020 y 2021 y años sucesivos será de 1,85%, 1,65%, 1,50% y 1,30%, respectivamente. La comisión máxima sobre ventas con tarjeta de débito para 2017 es de 1,0% y para 2018, 2019, 2020 y 2021 y años sucesivos será de 0,90%, 0,80%, 0,70% y 0,60%, respectivamente.
El 17 xx xxxxx de 2019, el Banco Central emitió la Comunicación "A" 6681, en virtud de la cual dispuso que los bancos no podrán cobrar tasas o comisiones a las pymes por los depósitos en efectivo en ventanilla.
Posteriormente, el 26 xx xxxxx de 2020, mediante la Comunicación "A" 6945 (modificada por las Comunicaciones "A" 6957, "A" 6963, "A" 7009, "A" 7044, "A" 7107, Comunicación "A" 7181 del 17 de diciembre de 2020), el Banco Central determinó que, hasta el 31 xx xxxxx de 2021, cualquier operación efectuada a través de los cajeros automáticos no estaría sujeta a ningún cargo o comisión.
Plazo máximo de pago a comercios y proveedores
En virtud de la Comunicación "A" 6680, vigente a partir del 1 xx xxxx de 2019, el Banco Central estableció un plazo xxxxxx xx xxxx días hábiles para que las entidades financieras entidades financieras para depositar los pagos a los comercios y proveedores por las ventas realizadas a través de tarjetas de crédito o de compra, computados desde la fecha de venta. Además, las entidades financieras no podrán cobrar ninguna comisión o interés relacionado con dicho plazo de pago, ni bloquear este mecanismo de pago de ninguna manera.
No obstante, en virtud de la Comunicación "A" 6680, el Banco Central excluyó del alcance de las disposiciones divulgadas por la Comunicación "A" 6680 las tarjetas de crédito y/o compras emitidas a personas físicas o jurídicas que se destinen al pago de compras con un plazo diferido o superior a más de un mes relacionadas con su actividad productiva, es decir, actividades agrícolas o de distribución.
Por otro lado, la Comunicación “A” 7305 emitida con fecha 11 xx xxxxx de 2021 y con vigencia a partir del 1 de julio, dispone de nuevos plazos máximos para que las entidades financieras acrediten en la cuenta de depósito abierta a nombre del proveedor o comercio adherido el importe de cada venta realizada en un pago mediante la utilización de las tarjetas de crédito y/o compra que éstas emitan.
Los nuevos plazos son (i) 8 (ocho) días hábiles si revisten la condición de micro o pequeña empresa y/o son personas humanas, (ii) 10 (diez) días hábiles para aquellos categorizados como medianas empresas y aquellos cuya actividad sea "servicio de alojamiento, turismo, gastronomía y/o salud" -no comprendidos en estos últimos casos en el acápite precedente y (iii) 18 (dieciocho) días hábiles para los demás casos.
En todos los casos, dicho plazo será contado desde la fecha de realización del correspondiente consumo por parte del titular o beneficiario de la tarjeta. Las entidades financieras no podrán cargar a los comercios adheridos interés ni comisión vinculado a los plazos de liquidación señalados, debiendo observar lo previsto en las normas sobre "Determinación de la condición de micro, pequeña o mediana empresa". Tampoco deberán impedir ni dificultar de ninguna manera la modalidad de consumo en un pago con esas tarjetas.
Préstamos y Unidades de Vivienda
El Banco Central ha adoptado medidas para la toma de depósitos y otorgamiento de préstamos expresables en una unidad de medida especial ajustable por el coeficiente de estabilización de referencia – CER – Ley 25.827, y se denominan en Unidades de Valor Adquisitivo Actualizables (“UVAs”).
A su vez, mediante la Ley 27.271, se estableció la posibilidad de otorgar depósitos y préstamos ajustables por el índice de la construcción y se denominan Unidades de Vivienda (“UVIs”).
En consecuencia, las UVAs y las UVIs coexisten y pueden ser utilizadas tanto respecto a los préstamos como a los depósitos bancarios.
El valor inicial de la UVI fue de Ps.14.05 (igual que la UVA), representando el costo de construcción de un milésimo metro cuadrado de vivienda al 31 xx xxxxx de 2016. Al 12 xx xxxxx de 2022 el valor de la UVI y la UVA son de Ps. 108,28 y Ps. 110,85, respectivamente. Sus actualizaciones son realizadas en base a dichos índices que pública el INDEC y el Banco Central en su página web.
Controles de Cambio
El 1 de septiembre de 2019, con el propósito de fortalecer el funcionamiento normal de la economía, fomentar la administración prudente del mercado cambiario, atenuar la volatilidad de variables financieras y controlar el impacto de las variaciones de flujos financieros en la economía real, el gobierno argentino volvió a implementar controles cambiarios. Los controles de cambio son aplicables al acceso al mercado cambiario por parte de residentes para fines de atesoramiento e inversión en el exterior, pago de deudas financieras con el exterior, pago de dividendos en moneda extranjera al exterior, pago de importaciones de bienes y servicios, y la obligación de ingresar y liquidar en pesos los fondos de exportaciones de bienes y servicios, entre otras cosas.
Para más información sobre este tema, véase “Información adicional - Controles de Cambio”.
Capacidad xx xxxxxxxx en moneda extranjera
Las normas sobre aplicación de la capacidad xx xxxxxxxx de depósitos en moneda extranjera (incluida la Comunicación “A” 6428, en su versión vigente) establecen que la capacidad xx xxxxxxxx de los depósitos en moneda extranjera debe ser aplicada en la moneda del depósito correspondiente a las siguientes categorías:
a) prefinanciación y financiación de exportaciones que se efectúen directamente o a través de mandatarios, consignatarios u otros intermediarios actuantes por cuenta y orden del propietario de las mercaderías;
b) otras financiaciones a exportadores, que cuenten con un flujo de ingresos futuros en moneda extranjera y se constate una facturación en moneda extranjera – en el año previo al otorgamiento de la financiación - por un importe que guarde razonable relación con esa financiación;
c) financiaciones a productores, procesadores o acopiadores de bienes, siempre que:
(i) cuenten con contratos de venta en firme de la mercadería a un exportador, con precio fijado o a fijar en moneda extranjera, con independencia de la moneda en la que se liquide la operación, y en el caso de mercaderías fungibles con cotización, en moneda extranjera, normal y habitual en los mercados locales o del exterior, de amplia difusión y fácil acceso al conocimiento público;
(ii) su actividad principal sea la producción, procesamiento y/o acopio de mercaderías fungibles con cotización, en moneda extranjera, normal y habitual en los mercados del exterior, de amplia difusión y fácil acceso al conocimiento público, y se constate, en el año previo al otorgamiento de la financiación, una facturación total de esas mercaderías por un importe que guarde razonable relación con esa actividad y con su financiación. La norma también comprende las operaciones que tengan por destino financiar a proveedores de servicios directamente utilizados en el proceso de exportación de bienes (como aquellos brindados en terminales portuarias, servicios de carga y descarga internacional, alquiler de contenedores o depósitos aduaneros, fletes internacionales), siempre que se constate que el futuro flujo de ingresos vinculados con las ventas a exportadores es de una magnitud y periodicidad suficientes para cancelar la financiación y se constate además una facturación a los exportadores, en el año previo al otorgamiento de la financiación, que guarde razonable relación con esa actividad y con su financiación;
d) financiaciones a productores de bienes para ser exportados, ya sea en el mismo estado o como parte integrante de otros bienes, por terceros adquirentes de ellos, siempre que cuenten con avales o garantías totales en moneda extranjera de dichos terceros y/o contratos de venta en firme en moneda extranjera y/o en bienes exportables;
e) financiaciones a proveedores de bienes y/o servicios que sean parte del proceso de fabricación de mercaderías fungibles con cotización, en moneda extranjera, normal y habitual en el mercado local y en el mercado del exterior, de amplia difusión y fácil acceso al conocimiento público, siempre que cuenten con contratos de venta en firme para esos bienes y/o servicios en moneda extranjera y/o por dichas mercaderías;
f) la financiación de proyectos de inversión y/o capital de trabajo y/o adquisición de cualquier clase de bienes –incluidas las importaciones temporarias de insumos - que incrementen, o se relacionen con la producción de bienes para exportación. Aunque los ingresos de las empresas exportadoras no provengan de exportaciones en su totalidad, la financiación podrá imputarse cuando el flujo de fondos en moneda extranjera proveniente de sus exportaciones sea suficiente para cancelarla;
g) financiaciones a clientes de naturaleza comercial y de la cartera comercial de créditos para consumo o vivienda, de acuerdo con lo previsto en las reglas sobre “Clasificación de Deudores”, cuyo destino sea la importación de bienes de capital (“BK”, según la Nomenclatura Común del Mercosur definida en el Anexo I del Decreto 690/02 y demás disposiciones complementarias), que incrementen la producción de mercaderías destinadas al mercado interno;
h) títulos de deuda o certificados de participación en fideicomisos financieros en moneda extranjera, incluyendo otros derechos de pago específicamente reconocidos en contratos de fideicomiso, cuyos activos fideicomitidos sean préstamos originados por las entidades financieras según lo descripto en los párrafos (a) a (d) precedentes y en la primer oración del párrafo (f), o documentos cuyos flujos de fondos en pesos o en moneda extranjera hubiesen sido cedidos al fiduciario, en contratos de crédito en moneda extranjera, bajo los términos y condiciones indicados en los apartados anteriores;
i) financiación con destinos distintos de los mencionados en los párrafos (a) a (d) precedentes comprendidos en el programa de crédito a que se refiere el “Préstamo BID N°1192/OC-AR”, que no excedan el 10% de la capacidad xx xxxxxxxx;
j) préstamos interfinancieros
k) letras y notas del Banco Central en dólares estadounidenses;
l) inversiones directas en el exterior por parte de empresas residentes en el país, que tengan como objeto el desarrollo de actividades productivas de bienes y/o servicios no financieros, en la medida que estén constituidas en países o territorios cooperadores a los fines de la transparencia fiscal en función de lo dispuesto en el artículo 1º del Decreto Nº589/13, en su versión vigente;
m) financiación de proyectos de inversión, incluido capital de trabajo, que permitan el incremento de la producción del sector energético y cuenten con contratos de venta en firme y/o avales o garantías totales en moneda extranjera;
n) Letras xxx Xxxxxx Nacional en moneda extranjera, por hasta el importe equivalente a 1/3 del total de las aplicaciones realizadas conforme lo previsto en esta sección;
o) financiaciones de proyectos de inversión destinados a ganadería bovina, incluido capital de trabajo, sin superar el 5% de los depósitos en moneda extranjera de la entidad;
p) financiaciones a importadores del exterior para la adquisición de bienes y/o servicios producidos en el país, ya sea de manera directa o a través de líneas de crédito a bancos del exterior; y
q) financiaciones a residentes del país que se encuentren garantizadas por cartas de crédito ("stand-by letters of credit") emitidas por bancos del exterior que cumplan con lo previsto en el punto 3.1. de las normas sobre "Evaluaciones crediticias", requiriendo a ese efecto calificación internacional de riesgo "investment grade", en la medida en que dichas cartas de crédito sean irrestrictas y que la acreditación de los fondos se efectúe en forma inmediata a simple requerimiento de la entidad beneficiaria.
La capacidad xx xxxxxxxx será determinada para cada moneda de captación y resultará de la suma de los depósitos y los préstamos interfinancieros recibidos, que hayan sido informados por la entidad financiera otorgante como provenientes de su capacidad xx xxxxxxxx de imposiciones en moneda extranjera, neta de la exigencia de efectivo mínimo sobre los depósitos. El cómputo se realizará sobre la base del promedio mensual de los saldos diarios registrados en cada mes calendario. Los defectos de aplicación netos de los saldos de efectivo, en custodia en otras entidades financieras, en tránsito y en empresas transportadoras de valores, hasta el importe de dicho defecto estarán sujetos a un incremento equivalente de la exigencia de efectivo mínimo en la respectiva moneda extranjera.
Posición general de cambios
La posición general de cambios comprende la totalidad de los activos externos líquidos de la entidad, como ser: disponibilidades en oro amonedado o en barras de buena entrega, billetes en moneda extranjera, tenencias de depósitos a la vista en bancos del exterior, inversiones en títulos públicos externos emitidos por países miembro de la OCDE cuya deuda soberana cuente con una calificación internacional no inferior a “AA”, certificados de depósito a plazo fijo en entidades bancarias del exterior que cuenten con calificación internacional no inferior a “AA” y los saldos deudores y acreedores de corresponsalía. También se incluyen las compras y ventas de estos activos que estén concertadas y pendientes de liquidación por operaciones de cambio con clientes a plazos no mayores a 48 horas.
No forman parte de la posición general de cambios, los billetes en moneda extranjera en custodia de la entidad, los saldos de corresponsalía por transferencias de terceros pendientes de liquidación, las ventas y compras a término de divisas o valores externos y las inversiones directas en el exterior.
Mediante la Comunicación “A” 6244, con sus modificatorias, que entró en vigencia el 1 de julio de 2017, el Banco Central resolvió que las entidades autorizadas a operar en cambios podrán determinar libremente el nivel y el uso de su posición general de cambios. De esta manera, se posibilita a las entidades mencionadas precedentemente a administrar sus posiciones en divisas, tanto en cuanto a la composición de sus activos, como a la posibilidad de entrar y sacar sus tenencias del país, con su consecuente impacto en reservas.
Asimismo, la mencionada comunicación dispuso que las entidades autorizadas a operar en cambios también podrán realizar operaciones de arbitraje y canjes en el exterior, en la medida que la contraparte sea sucursal o agencia en el exterior de bancos oficiales locales, una entidad financiera del exterior de propiedad total o mayoritaria de estados extranjeros, una entidad financiera o cambiaria del exterior que no esté constituida en países o territorios donde no se aplican, o no se aplican suficientemente, las Recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional, o una compañía del exterior dedicada a la compra venta de billetes de distintos países y/o metales preciosos amonedados o en barras de buena entrega y cuya casa matriz esté radicada en un país miembro del Comité de Basilea para la Supervisión Bancaria.
Las Comunicaciones “A” 6770, 6780 y 6856 introdujeron otros cambios en la normativa sobre posición general de cambios. Así, se debe obtener la conformidad previa del Banco Central para incrementar tenencias en moneda extranjera respecto al promedio de tenencias xx xxxxxx de 2019 o el promedio de tenencias al cierre del 31 xx xxxxxx de 2019, el máximo de los dos. Además, las instituciones no están autorizadas a comprar títulos valores en el mercado secundario con liquidación en moneda extranjera.
Posición global neta de moneda extranjera
La posición global neta de moneda extranjera abarca la totalidad de los activos, pasivos, compromisos y demás instrumentos y transacciones por intermediación financiera en moneda extranjera o vinculados a fluctuaciones en el tipo de cambio, incluyendo efectivo, operaciones a término y otros contratos de derivados, depósitos en moneda extranjera en cuentas abiertas en el Banco Central, como así también la posición de oro, instrumentos de regulación monetaria del Banco Central de la República Argentina en moneda extranjera, la deuda subordinada en moneda extranjera y los instrumentos representativos de deuda en moneda extranjera.
También se computarán las operaciones a término que se celebren dentro de un acuerdo marco en el ámbito de mercados autorizados del país con la modalidad de liquidación por diferencia, sin entrega del activo subyacente negociado. Asimismo, se considerarán los certificados de participación o títulos de deuda emitidos por fideicomisos financieros y los derechos de crédito respecto de los fideicomisos ordinarios, en la proporción que corresponda, cuando su subyacente esté constituido por activos en moneda extranjera. El valor de la posición en monedas distintas al dólar quedará expresado en esa moneda, al tipo de cambio correspondiente publicado por el Banco Central.
La disminución en activos en moneda extranjera por cancelación anticipada de financiamientos locales a clientes del sector privado solo podrá compensar la posición global neta de moneda extranjera hasta la fecha de vencimiento original con el incremento neto en tenencias de títulos xxx Xxxxxx Nacional en moneda extranjera. En la fecha de vencimiento original de financiaciones locales en moneda extranjera, se podrá compensar con la compra de activos en moneda extranjera computables en la posición global neta de moneda extranjera.
Los activos deducibles al determinar la RPC de un banco, los bonos del gobierno argentino vinculados al crecimiento del PBI, los conceptos comprendidos que la entidad financiera registra en sus sucursales en el exterior y los contratos xx xxxxxxxx en pesos con remuneración variable basada en la cotización xxx xxxxx estadounidense que no están comprendidos en inversiones a plazo con remuneración variable basada en la cotización xxx xxxxx estadounidense se excluyen de la relación.
Límites:
Posición Global Neta Negativa de Moneda Extranjera (el pasivo supera al activo): el límite es del 30% de la RPC del mes inmediatamente anterior (Comunicación “A” 6781).
Posición Global Neta Positiva de Moneda Extranjera (el activo supera al pasivo): esta posición diaria (saldo diario convertido a pesos argentinos al tipo de cambio de referencia del mes inmediatamente anterior) no podrá superar el 5% de la RPC de la entidad del mes inmediatamente anterior.
Posición Global Neta Positiva de Moneda Extranjera en Efectivo: esta posición diaria (saldo diario convertido a pesos argentinos al tipo de cambio de referencia del mes inmediatamente anterior) no podrá superar US$ 2.500.000 o el 4% de la RPC del mes inmediatamente anterior, lo que fuera superior.
Posición Global Neta de Contado: esta posición diaria (saldo diario convertido a pesos al tipo de cambio de referencia del cierre del mes anterior al de cómputo de esta relación) no podrá superar el importe del 0% de la RPC del mes anterior al que corresponda. La Posición de Contado comprende la posición global neta de moneda extranjera menos: a) la posición neta en operaciones a término, al contado a liquidar, futuros, opciones y otros productos derivados; b) la posición neta de instrumentos vinculados con la evolución del valor de la moneda extranjera (excepto los imputados en el inciso d); c) la diferencia positiva entre los saldos de efectivo en caja y el defecto de aplicación de recursos en moneda extranjera –según lo previsto en el punto 1.8. de las normas sobre “Efectivo mínimo”– medido en promedio de saldos diarios acumulado hasta el día de cómputo de la posición de contado; siempre y cuando el efectivo en caja no supere el equivalente al 10 % de los depósitos en moneda extranjera medido al día hábil anterior; d) prefinanciaciones de exportaciones cuyo fondeo en moneda extranjera, por ese mismo importe, se impute a pasivos vinculados con la evolución del valor de la moneda extranjera; y e) el saldo de las garantías constituidas por las operaciones con tarjetas de débito, compra y crédito en el exterior por hasta un importe equivalente a cinco días corridos de consumos.
Al 18 xx xxxxx de 2018, el Banco Central permite que la Posición Global Neta Positiva de Moneda Extranjera alcance hasta el 30% de la RPC, lo que fuera menor, siempre que el excedente total sobre el límite general surja única y exclusivamente de:
a) un incremento en la posición de la entidad en letras xxx Xxxxxx de los EE. UU. en dólares estadounidenses respecto a la posición que tenía en su poder al 15 xx xxxxx de 2018, y/o
b) la posición de la entidad en letras xxx Xxxxxx de los EE. UU. en dólares estadounidenses al 15 xx xxxxx de 2018 mantenida como excedente admitido del límite vigente a esa fecha.
c) incremento de la posición en letras xxx Xxxxxx vinculadas al dólar estadounidense respecto de las mantenidas al 13 xx xxxx de 2019.
Según lo dispuesto por la Comunicación "A" 7093, incluye las Letras xxx Xxxxxx Nacional denominadas en moneda extranjera que las entidades reciban a cambio por Letras xxx Xxxxxx Nacional -en el marco de la Ley 27.556- que hayan imputado a este punto el Día Hábil inmediatamente anterior al día en que se entregan en canje.
Los excesos de estos índices están sujetos a un cargo equivalente a 1,5 veces el tipo de interés nominal promedio de la licitación de Leliq en pesos a menor plazo, publicado el último día hábil del período relevante o, en su defecto, el último período disponible. Los cargos no pagados a su vencimiento están sujetos a un cargo equivalente a una vez y media el cargo establecido por exceso.
Además del cargo antes mencionado, se aplicarán las sanciones establecidas en el artículo 41 de la Ley de Entidades Financieras (entre ellas, llamado de atención, apercibimiento, multa, inhabilitación temporaria o permanente para el uso de la cuenta corriente bancaria, inhabilitación temporaria o permanente para desempeñarse como promotores, fundadores directores, administradores, miembros de los consejos de vigilancia, síndicos, liquidadores, gerentes, auditores, socios o accionistas, y revocación de la autorización para funcionar).
Evaluaciones crediticias
A partir del 28 de noviembre de 2014, la Comunicación “A” 5671 (complementada por la Comunicación “A” 5998 y 6558) reemplaza las disposiciones emitidas por el Banco Central en materia de exigencias de calificación de riesgo asignada por una sociedad calificadora de riesgo local. Actualmente rige el criterio establecido por la Comunicación “A” 5671 para los casos en que existían exigencias de calificación internacional.
Las disposiciones contenidas en la Comunicación “A” 5671 constituyen pautas básicas para evaluar adecuadamente el riesgo de crédito que las entidades financieras deberán observar cuando den cumplimiento a disposiciones del Banco Central que contemplen el requisito de una determinada calificación, y no reemplazan la evaluación crediticia que cada entidad financiera debe realizar de sus contrapartes. Las calificaciones internacionales de riesgo a las que aluden estas disposiciones deberán ser emitidas por agencias calificadoras de riesgo que cuenten con un código de conducta basado en los “Principios del Código de Conducta para los Agentes de Calificación de Riesgos” dados a conocer por la Organización Internacional de Comisiones de Valores (OICV – IOSCO). El Anexo II de la Comunicación “A” 5671 establece una tabla de los nuevos requisitos de calificación para las entidades financieras. Esta tabla clasifica los requisitos de calificaciones de crédito para las distintas operaciones.
Clasificación de deudores y previsiones mínimas por riesgo de incobrabilidad
Cartera de créditos
Las reglamentaciones sobre clasificación de deudores están destinadas a establecer pautas claras para identificar y clasificar la calidad de los activos, como también evaluar el riesgo real o potencial de pérdidas sobre el capital o los intereses, para determinar (tomando en cuenta las garantías), si las previsiones afectadas a tales contingencias son adecuadas.
Se prevén niveles de agrupamiento de los clientes en orden decreciente de calidad, en razón directa al riesgo de incobrabilidad que se deriva de las situaciones que presentan. El criterio básico de clasificación es la capacidad de pago en el futuro de la deuda o de los compromisos objeto de la garantía de la entidad financiera. Al evaluar la capacidad de repago, el énfasis deberá ponerse en el análisis de los flujos de fondos, en segundo lugar, deberá considerarse la posibilidad de liquidación de activos no imprescindibles para la operatoria de la empresa.
No corresponderá la evaluación de la capacidad de repago de las financiaciones que se encuentren respaldadas con garantías preferidas “A”. Los deudores cuyas financiaciones se encuentren cubiertas totalmente con garantías preferidas "A" no serán objeto de clasificación.
Los bancos deben clasificar sus carteras de préstamos en dos categorías diferentes: (i) cartera de consumo o vivienda, y (ii) cartera comercial. La cartera de consumo o vivienda incluye préstamos para la vivienda, préstamos para el consumo, financiamientos a través de tarjetas de crédito, préstamos de hasta Ps. 72.640.000a microemprendimientos y otros tipos de préstamos comerciales de hasta Ps. 72.640.000con o sin garantías (a opción de la entidad). Todos los demás préstamos son considerados de cartera comercial. Los préstamos para consumo o vivienda superiores a Ps. 72.640.000y cuyo repago esté vinculado a la evolución comercial del cliente son clasificados como préstamos comerciales.
A opción de la entidad, las financiaciones de carácter comercial de hasta 72.640.000 pesos, tengan o no garantías preferentes, podrán agruparse junto con los créditos para consumo o vivienda, en cuyo caso recibirán el tratamiento previsto para estos últimos. Si un cliente tiene ambas clases de préstamos (préstamos comerciales y para consumo o vivienda), los préstamos para consumo o vivienda serán sumados a los de la cartera comercial para determinar bajo qué cartera deben ser clasificados basados en el monto indicado, en estos casos los préstamos garantizados con garantías preferidas se ponderarán al 50% de su valor nominal.
Para acontecimientos recientes, véase sección "Marco Regulatorio del Sistema Bancario Argentino- Medidas del Banco Central en respuesta a la pandemia de COVID-19” del presente.
Clasificación de préstamos comerciales
El criterio principal para evaluar un préstamo perteneciente a la cartera comercial es la capacidad de su prestatario para reembolsarlo, capacidad que se mide principalmente por el flujo de efectivo futuro estimado de dicho prestatario. De acuerdo con las normas del Banco Central, los préstamos comerciales son clasificados del siguiente modo:
Clasificación | Criterios |
En situación normal | Deudores que demuestran su capacidad para cumplir adecuadamente todos sus compromisos de pago. |
Con seguimiento especial / en observación | Deudores considerados capaces de hacer frente a todas sus obligaciones financieras, aunque existen situaciones posibles que, de no ser controladas o corregidas oportunamente, podrían comprometer la capacidad futura de pago del cliente |
Con seguimiento especial / en negociación o con acuerdos de refinanciación. | Deudores que, ante la imposibilidad de hacer frente al pago de sus obligaciones en las condiciones pactadas, manifiesten fehacientemente antes de los 60 días contados desde la fecha en que se verificó la xxxx en el pago de las obligaciones, la intención de refinanciar sus deudas. De no haberse alcanzado el acuerdo dentro de los 90 días (si estuvieran involucrados dos entidades prestamistas) o 180 días calendarios (si estuvieran involucrados más de dos entidades prestamistas) después de la fecha de incumplimiento de pago, deberá reclasificarse al deudor en la categoría inferior que corresponda, de acuerdo con los indicadores establecidos para cada nivel. |
Clasificación | Criterios |
Con problemas | Deudores con dificultades para cumplir con sus obligaciones financieras en forma regular que, de no ser corregidas, pueden dar como resultado pérdidas para el banco. |
Con alto riesgo de insolvencia | Deudores con una alta probabilidad de que no cumplan con sus compromisos financieros. |
Irrecuperable | Deudores cuyas deudas son consideradas irrecuperables al momento del análisis (aunque podría existir la posibilidad de que tales préstamos se cobraran en el futuro). El deudor no cumplirá sus obligaciones financieras con la entidad financiera. |
Irrecuperable por disposición técnica | (a) Un deudor que no ha cumplido con sus obligaciones de pago de un préstamo durante más de 180 días calendario según el informe correspondiente suministrado por el Banco Central, incluye: (1) las entidades financieras liquidadas por el Banco Central, (2) entidades residuales creadas como resultado de la privatización de entidades financieras públicas, o en procesos de privatización o disolución, (3) entidades financieras cuya licencia ha sido revocada por el Banco Central y que se encuentran sujetas a liquidación judicial o procedimientos de quiebra, y (4) fideicomisos en los que Seguro de Depósitos S.A. (SEDESA) sea beneficiario; o (b) determinada clase de prestatario extranjero (incluyendo bancos u otras entidades financieras que no están sujetos a la supervisión del Banco Central o autoridad similar del país en el cual están constituidos) que no cuentan con la calificación internacional de “investment grade” de cualquiera de las agencias calificadoras de riesgo reconocidas por el Banco Central. |
Clasificación de préstamos para el consumo y la vivienda
El principal criterio utilizado en la evaluación de los préstamos en la cartera para consumo y vivienda es la duración de los incumplimientos. Según las Normas del Banco Central, los prestatarios de estos préstamos son clasificados del siguiente modo:
Clasificación | Criterios |
Situación normal | Clientes que atienden en forma puntual el pago de sus obligaciones o con atrasos que no superan los 31 días y, en caso de adelantos en cuentas corrientes, en xxxx por menos de 61 días calendario. |
Riesgo Bajo | Clientes que registran incumplimientos ocasionales en la atención de sus obligaciones, con atrasos de más de 31 hasta 90 días0 |
Riesgo Medio | Clientes que muestran alguna incapacidad para cancelar sus obligaciones, con atrasos de más de 90 días, pero menos de 180 días. |
Riesgo Alto | Clientes sobre los que se ha entablado una acción judicial de cobro, o con obligaciones de pago en xxxx durante más de 180 días, pero menos de 365 días. |
Irrecuperable | Clientes que registren una xxxx superior a un año o sean insolventes o fallidos o se encuentren en proceso de liquidación. |
Irrecuperable por disposición técnica | Se aplican los mismos criterios que para los préstamos comerciales en estado de técnicamente irrecuperables según los Normas del Banco Central. |
Previsiones mínimas por riesgos de incobrabilidad
Los bancos argentinos están obligados a establecer las siguientes previsiones mínimas en relación con la categoría de cartera de crédito:
Categoría | Con Garantías Preferidas | Sin Garantías Preferidas |
“En situación normal” | 1% | 1% |
“En observación” y “de Riesgo Bajo” | 3% | 5% |
“Bajo negociación o con acuerdos de refinanciación” | 6% | 12% |
“Con Problemas” y “de Riesgo Medio” | 12% | 25% |
“Con alto riesgo de insolvencia” y “de Riesgo Alto” | 25% | 50% |
“Irrecuperable” | 50% | 100% |
“Irrecuperable por disposición técnica” | 100% | 100% |
La Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias podría exigir previsiones adicionales si determina que el nivel actual es inadecuado.
Las entidades financieras podrán efectuar previsiones por incobrabilidad por montos superiores a los mínimos exigidos por las Normas del Banco Central, si así lo juzgaren conveniente. En tales casos y sin perjuicio de la existencia de determinadas excepciones, la aplicación de porcentajes que correspondan a otros niveles siguientes determinará la reclasificación automática del cliente por asimilación al grado de calidad asociado a la previsión mínima.
Las entidades financieras deberán desarrollar procedimientos de análisis de cartera que aseguren un análisis adecuado de la situación económica y financiera del deudor y una revisión periódica de su situación en cuanto a las condiciones objetivas y subjetivas de todos los riesgos asumidos. Los procedimientos establecidos se deberán detallar en un manual denominado “Manual de Procedimientos de Clasificación y Previsión” que deberá estar a disposición permanente de la Superintendencia de Entidades Bancarias y Cambiarias para su revisión. El análisis de clasificación debe estar debidamente documentado.
En el caso de la cartera comercial, las normas aplicables también requieren una frecuencia mínima de revisión. Dicha revisión deberá tener lugar (i) trimestralmente para clientes cuyas financiaciones sean equivalentes al 5,0% o más de la responsabilidad patrimonial
computable del mes anterior a la finalización de dicho período y (ii) semestralmente, respecto de clientes cuyas financiaciones sumen
(x) en algún momento entre el 1% y Ps.72.640.000 de la RPC de la entidad financiera correspondiente al mes anterior, de ambos el menor y (y) menos del 5,0% de la responsabilidad patrimonial computable de la entidad financiera respecto del mes anterior. Al cierre del primer semestre, la revisión íntegra conforme al punto (i) y (ii) deberá haber alcanzado no menos del 50% del importe total de la cartera comercial comprendida, y de resultar inferior, será completada incorporando clientes (en orden descendente) cuyo endeudamiento total resulte inferior al 1% de la responsabilidad patrimonial computable. El resto de la cartera comercial se deberá efectuar en el curso del ejercicio económico, por lo que a su finalización la revisión deberá haber alcanzado a la totalidad de la cartera comercial comprendida.
Asimismo, las entidades financieras deben revisar la clasificación asignada a un deudor en ciertos casos, tales como cuando otra entidad financiera reduce la clasificación del deudor en la “Central de Deudores del Sistema Financiero” y cuyas acreencias representen como mínimo el 10% del total informado en el sistema financiero. Se deberá recategorizar al deudor cuando exista una discrepancia de más de un nivel entre la clasificación dada por la entidad financiera y las otorgadas por al menos otras dos entidades en categorías inferiores, cuyas acreencias representen el 40 % o más del total informado por todos los acreedores, según la última información disponible en la "Central de deudores del sistema financiero".
Previsiones por riesgo de incobrabilidad
La previsión por riesgo de incobrabilidad es mantenida de conformidad con las normas aplicables del Banco Central. Los incrementos en la previsión se basan en el nivel de crecimiento de la cartera de préstamos así como en el deterioro de la calidad de préstamos existentes, mientras que las disminuciones en la previsión se basan en reglamentaciones que requieren que los préstamos en situación irregular clasificados como “irrecuperables” sean eliminados del activo y pasados a cuentas de orden después de determinado período de tiempo y en las decisiones de la administración de pasar a pérdida aquellos préstamos en situación irregular que evidencien una muy baja probabilidad de recuperación.
Privilegios de los depositantes
Conforme al artículo 49 de la Ley de Entidades Financieras, en el supuesto de la liquidación judicial o quiebra de un banco, todos los depositantes, independientemente de su clase o del monto o moneda de sus depósitos, gozarán de privilegio respecto de todos los demás acreedores (como accionistas del banco), con la excepción de ciertos créditos emergentes de relaciones laborales (artículo 53, párrafos “a” y “b”) y de aquellos acreedores con prenda o hipoteca, en el siguiente orden de prioridad: (a) depósitos de hasta Ps.50.000 por persona (incluyendo todos los montos que tal persona depositó en una entidad financiera), o su equivalente en moneda extranjera, (b) todos los depósitos de un monto superior a Ps.50.000, o su equivalente en moneda extranjera, y (c) los pasivos originados en líneas comerciales otorgadas a la entidad financiera y que afectan directamente al comercio internacional. Asimismo, según el artículo 53 de la Ley de Entidades Financieras, y sus modificatorias, los créditos del Banco Central tienen prioridad absoluta sobre todos los demás créditos, con la excepción de créditos prendarios e hipotecarios, ciertos acreedores laborales, los depósitos de las personas humanas y/o jurídicas conforme al artículo 49, párrafo e), puntos i) y ii), deuda otorgada conforme al artículo 17, párrafos (b), (c) y (f) de la Carta Orgánica del Banco Central (incluso descuentos otorgados por entidades financieras debido a un falta de liquidez provisoria, anticipos a entidad financieras con garantía, cesión de derechos, prendas o cesión especial de ciertos activos) y la deuda otorgada por el Fondo de Liquidez Bancaria respaldada por una prenda o hipoteca.
La modificación del artículo 35 bis de la Ley de Entidades Financieras por Ley Nº 25.780 dispone que si un banco se encuentra en una situación en la que el Banco Central puede revocar su autorización para operar y queda sujeto a disolución o liquidación por resolución judicial, el Directorio del Banco Central puede llevar a cabo ciertas acciones. Entre ellas, en el caso de excluir la transferencia de activos y pasivos a fideicomisos financieros u otras entidades financieras, el Banco Central puede excluir total o parcialmente las obligaciones menciones en el artículo 49, párrafo e) así como la deuda definida en el artículo 53, dando efecto al orden de prioridad entre acreedores. Respecto de la exclusión parcial, el orden de prioridad del punto e) del artículo 49 debe seguirse sin otorgar un tratamiento diferente a las obligaciones del mismo grado.
Sistema de Seguro de Garantía de los Depósitos Bancarios
La Ley Nº 24.485, aprobada el 12 xx xxxxx de 1995 y sus modificatorias, creó el Sistema de Seguro de Garantía de los Depósitos o “SSGS” que tiene el carácter de obligatorio para los depósitos bancarios, y delegó en el Banco Central la responsabilidad de organizar e implementar el sistema. El sistema constituye una protección complementaria al privilegio otorgado a los depositantes por el artículo 49 de la Ley de Entidades Financieras, según se menciona anteriormente.
El Sistema de Seguro de Garantía los Depósitos ha sido implementado mediante la creación de un Fondo de Garantía de los Depósitos o “FGD” administrado por Seguro de Depósitos Sociedad Anónima o SEDESA. De acuerdo con el Decreto Nº 1292/96, los accionistas de SEDESA son el gobierno nacional, a través del Banco Central y un fideicomiso establecido por las entidades financieras participantes. Estas entidades deben pagar al FGD un aporte mensual determinado por las Normas del Banco Central. El SSGD es financiado a través de aportes regulares y adicionales efectuados por entidades financieras, conforme lo estipulado por la Comunicación “A” 4271 del Banco Central, de fecha 30 de diciembre de 2004.
El SSGD cubre depósitos efectuados por personas humanas y jurídicas en moneda argentina o extranjera y mantenidos en cuentas con las entidades financieras participantes, incluyendo cuentas corrientes, cajas de ahorro y depósitos a plazo fijo hasta el monto límite de
garantía de Ps. 1.500.000. que establece el Banco Central en virtud de la Comunicación “A” 6973 y sus modificatorias.
El efectivo pago de esta garantía será realizado dentro de los 30 días hábiles después de la revocación de la licencia de la entidad financiera en la cual se mantengan dichos fondos y pagos están sujetos a los derechos de prioridad del depositante, descriptos precedentemente.
Considerando las circunstancias que afectan el sistema financiero, el Decreto Nº 214/2002 estableció que SEDESA puede emitir títulos valores nominativos con el fin de ofrecerlos a los depositantes en pago de la garantía en el supuesto que no tuviera suficientes fondos disponibles.
El SSGD no cubre: (i) los depósitos de entidades financieras en otros intermediarios, incluidos los certificados de plazo fijo adquiridos por negociación secundaria, (ii) depósitos efectuados por personas vinculadas directa o indirectamente a la entidad, (iii) depósitos a plazo de títulos valores, aceptaciones o garantías, (iv) depósitos a plazo fijo transferibles cuya titularidad haya sido adquirida por vía de endoso, (v) depósitos en los que la tasa de interés convenida sea superior a las tasas de referencia difundidas periódicamente por el Banco Central para depósitos a plazo fijo, excepto por aquellos concertados en pesos, a la tasa nominal y también se excluirán si estos límites máximos de los tipos de interés están distorsionados por incentivos o recompensas adicionales, y (vi) saldos inmovilizados de depósitos y operaciones excluidas.
En virtud de la Comunicación “A” 5943, toda entidad financiera debía aportar al FGD un monto mensual del 0,015% del promedio mensual de saldos diarios de depósitos en moneda local y extranjera, según lo determinado por el Banco Central. Cuando los depósitos a plazo fijo en dólares estadounidenses del sector privado no financiero sean aplicados a la suscripción de letras del Banco Central denominadas en dólares estadounidenses, el aporte de las entidades financieras será equivalente al 0,015% del promedio mensual de saldos diarios de la posición neta de dichas letras. El aporte inmediato de dichos montos es condición suspensiva para la operación permanente de la entidad financiera. El Banco Central puede requerir que las entidades financieras anticipen el pago de hasta el equivalente a dos años de aportes mensuales.
Además del aporte mencionado, las entidades deberán efectuar un aporte adicional diferenciado según sea el resultado que se obtenga de la ponderación de los siguientes factores: (i) la calificación asignada a la entidad según la evaluación efectuada por la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias; (ii) la relación de exceso de integración de responsabilidad patrimonial computable respecto de la exigencia de capital mínimo; y (iii) la calidad de la cartera activa.
Cuando el FGD alcance la suma de Ps.2.000 millones o el 5,0% del total de depósitos del sistema, lo que sea mayor, el Banco Central podrá suspender o reducir los aportes mensuales, y restablecerlos cuando los aportes posteriormente caigan por debajo de dicho nivel.
Disposiciones sobre Inversiones en el extranjero de los Fondos Comunes de Inversión abiertos
RG CNV 836 Inversiones en el extranjero de los Fondos Comunes de Inversión abiertos
Con fecha 28 xx xxxxx de 2020, la CNV emitió la Resolución General 836 mediante la cual dispuso que los Fondos Comunes de Inversión en pesos deberán invertir al menos el 75% de su patrimonio en instrumentos financieros y valores negociables emitidos en la República Argentina exclusivamente en moneda nacional. El cronograma de adecuación para que los fondos que tenían otra constitución alcancen a cumplimentar estas disposiciones fue:
- al 4 xx xxxx de 2020. Deberían reducir en un 30% la inversión en exceso.
- al 8 xx xxxx de 2020. Deberán reducir en un 30% adicional la inversión en exceso.
- al 15 xx xxxx de 2020. Las inversiones deberán estar adecuadas en su totalidad.
RG CNV 835 Límite de tenencia de depósitos en moneda extranjera en cartera de los Fondos Comunes de Inversión abiertos.
Con fecha 23 xx xxxxx del 2020 mediante la Resolución General 835, la Comisión Nacional de Valores estableció límites a la tenencia de depósitos en moneda extranjera que están en cartera de los Fondos Comunes de Inversión abiertos. Para los Fondos Comunes de Inversión en pesos se limitaron al 25% la tenencia de dólares y para los Fondos Comunes de Inversión los Fondos Comunes de Inversión en Dólares se limitaron al 25% la tenencia de dólares pero sólo para aquellos que emitieron cuota partes en pesos.
En el caso de los Fondos Comunes de Inversión en moneda extranjera que no emitan cuotapartes denominadas y suscriptas en moneda nacional, no se establece ningún tope máximo de disponibilidades en la moneda del Fondo.
A fin de su implementación se establece un cronograma escalonado de adecuación de las carteras (liquidación de la tenencia por encima xxx xxxx fijado) para evitar perjuicios para los cuotapartistas. De manera complementaria, se suspende la suscripción de cuota partes en una moneda distinta a la moneda del fondo.
Para aquellos Fondos Comunes de Inversión Abiertos autorizados bajo el Régimen de Sinceramiento Fiscal Ley Nº 27.260 y aquellos alcanzados por los Decretos Nros. 596/2019 y 141/2020, respecto de los montos depositados correspondientes a las personas humanas que revestían el carácter de cuotapartista del Fondo se preveen excepciones.
RG CNV 838 Inversiones en el extranjero de los Fondos Comunes de Inversión Abiertos
Con fecha 12 xx xxxx del 2020 mediante la Resolución General 38, la Comisión Nacional de Valores complementa las disposiciones incorporadas por la Resolución General N° 836, con la finalidad de precisar el tratamiento a las inversiones realizadas por los Fondos Comunes de Inversión.
En primera instancia aclara que la restricción que dispone que los Fondos Comunes de Inversión en pesos deben invertir al menos el 75% de su patrimonio en instrumentos financieros y valores negociables emitidos en la República Argentina exclusivamente en moneda nacional, no será aplicable a las inversiones realizadas en activos emitidos o denominados en moneda extranjera, que se integren y paguen en moneda de curso legal y cuyos intereses y capital se cancelen exclusivamente en la moneda de curso legal.
Aquellos fondos que mantuvieran en cartera obligaciones negociables, emitidas y negociadas en la República Argentina, y/o títulos de deuda pública provincial y municipal emitidos en moneda extranjera, en atención a las condiciones xx xxxxxxx imperantes y en resguardo del interés de los cuotapartistas, podrán conservarlas en cartera hasta su vencimiento final.
Los fondos en moneda extranjera provenientes del pago de cupones y/o amortizaciones, así como de la enajenación en el mercado secundario de los activos antes mencionados, podrán ser reinvertidos en instrumentos emitidos en moneda extranjera destinados al financiamiento de PYMES y/o de proyectos productivos de economías regionales e infraestructura y/o en títulos de deuda pública provincial y municipal emitidos en esa moneda. Esta decisión se basa en que consideran que estos brindan de manera directa o indirecta respuesta a las necesidades de financiamiento de las empresas constituidas en el país y cuya actividad principal se desarrolla en el territorio nacional. Por último, mediante la Resolucion General se exceptuó de la restricción establecida por la Resolución General N° 836, a los activos alcanzados por los Xxxxxxxx Xx 000/0000 x Xx 000/0000 x x xx xxxxxxxx en instrumentos de deuda pública denominados en moneda extranjera que sean ingresados al canje voluntario de deuda soberana, y respecto de aquellos instrumentos recibidos como resultado de dicho canje.
Medidas del Banco Central en respuesta a la pandemia de COVID-19
El gobierno argentino y el Banco Central dictaron una serie de medidas preventivas para contener la propagación del COVID-19 y mitigar su impacto económico. En este sentido, el 19 xx xxxxx de 2020, el Poder Ejecutivo declaró un bloqueo en todo el país desde el 20 xx xxxxx de 2020 hasta el 31 xx xxxxx de 2020, que se prorrogó en varias ocasiones hasta el 6 de noviembre de 2020, cuando el país pasó a una fase de distanciamiento social, en lugar de un encierro estricto.
En este contexto, el Banco Central emitió una serie de Comunicaciones en el marco del Decreto Nº 297/2020 y sus modificatorias, del Gobierno de la República Argentina, por el cual determinó que (i) las entidades financieras deberán abrir al público sólo con cita previa y prestar sus servicios a distancia; (ii) las entidades financieras deberán restringir el uso de los locales cerrados a un máximo del 50% de su capacidad; (iii) las entidades financieras deberán adoptar todas las medidas necesarias para asegurar el abastecimiento suficiente de efectivo en los cajeros automáticos y la continuidad de las operaciones relacionadas con el retiro de dinero en efectivo en los puntos de retiro fuera del banco; y (iv) las casas de cambio sólo deberán abrir para la compra de moneda extranjera, la venta de moneda de países limítrofes y ciertos arbitrajes. Estas medidas estuvieren vigentes hasta fines de noviembre del 20221.
A partir de noviembre de 2021, y hasta el 30 xx xxxxx de 2022, en caso de que el sistema de turno previo sea utilizado por las entidades financieras, éstas deberán exponer claramente tal circunstancia en sus páginas web, el turno deberá ser fácilmente solicitado a través de la página web o por cualquier otro medio electrónico y la fecha asignada no podrá exceder de 3 días hábiles desde la fecha de solicitud. Si la capacidad de servicio de las entidades lo permite, se deberá atender a los clientes sin turno previo, dando prioridad a los que lo tengan y a los que dispongan de un certificado de discapacidad, personas con movilidad reducida o dificultades de acceso o permanencia en las instalaciones, entre otros. Además, deben cumplirse las medidas sanitarias establecidas mediante el Decreto 678/2021, entre ellas, los tapa bocas deben ser utilizados por todas las personas dentro de los espacios cerrados, se debe mantener la distancia entre las personas, los locales deben estar adecuada y constantemente ventilados, entre otros.
Asimismo, mediante la Comunicación "A" 6993, de fecha 24 xx xxxxx de 2020, el Banco Central estableció una política de financiaciones a tasa de interés cero, aplicable únicamente a los clientes elegibles que en el futuro determine la AFIP.
En virtud de la Comunicación "A" 7025, modificada, el Banco Central determinó que los saldos impagos de las financiaciones con tarjetas de crédito vencidas entre el 13 xx xxxxx y el 30 xx xxxxx de 2020, serán refinanciados automáticamente en nueve cuotas mensuales iguales y consecutivas, a partir de un período xx xxxxxx de 3 meses. Las tasas de interés sobre dichos saldos impagos no podrán superar una tasa nominal anual del 43% cuando el monto financiado por dicho concepto sea inferior a $200.000. Adicionalmente, los saldos insolutos de las financiaciones de tarjetas de crédito con vencimiento entre el 1 de septiembre y el 30 de septiembre de 2020, serán refinanciados automáticamente en nueve cuotas mensuales iguales y consecutivas a partir de un período xx xxxxxx de 3 meses. Los tipos de interés sobre dichos saldos impagos no podrán superar un tipo nominal anual del 40%. Para más información, véase "Normativa bancaria argentina - Tasa de interés de las tarjetas de crédito".