PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES POR LAS QUE SE REGIRA LA ADJUDICACIÓN DE LA GESTIÓN Y EXPLOTACIÓN DEL QUIOSCO-BAR DE PLAZA DE ESPAÑA.
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES POR LAS QUE SE REGIRA LA ADJUDICACIÓN DE LA GESTIÓN Y EXPLOTACIÓN DEL QUIOSCO-BAR DE PLAZA DE ESPAÑA.
CLÁUSULA PRIMERA. Objeto
El objeto del contrato es el servicio de la gestión/explotación del kiosco-bar, de titularidad municipal, sito en Plaza de España de Xxxx xx Xxxx.
La explotación del servicio se realizará mediante la modalidad de gestión de servicios por la que el empresario gestionará el servicio a su propio riesgo y xxxxxxx.
CLÁUSULA
Adjudicación
SEGUNDA.
Procedimiento de Selección y
Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx (1 de 1)
Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Xxxx xx Xxxx Fecha Firma: 09/03/2018
HASH: 9a1048ee7d1e4522ad61d1a304a1d850
La forma de adjudicación del contrato de servicios será el procedimiento abierto, en el que todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores, de acuerdo con el artículo 157 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa deberá de atenderse a criterios directamente vinculados al objeto del contrato, de conformidad con el artículo 150.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre
CLÁUSULA TERCERA. El Perfil de contratante
Cód. Validación: 7LFKKT4RNSAQPARF9ZCD64RPK | Verificación: xxxx://xxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 11
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de contratante al que se tendrá acceso a través del siguiente enlace xxxxx://xxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/
CLÁUSULA CUARTA. Precio del Contrato
El precio del contrato se fija en la cantidad de 2.000,00 € mas 420,00
€ de IVA, que podrá ser mejorado al alza
CLÁUSULA QUINTA. Duración del Contrato
La duración del contrato de la concesión será hasta el día 31 de diciembre de 2018, pudiendo ser objeto de prórroga por acuerdo expreso de las partes
CLÁUSULA SEXTA. Acreditación de la Aptitud para Contratar
Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones para contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Podrá justificarse mediante certificado de encontrarse de alta en el Registro de Licitadores en el Gobierno xx Xxxxxx.
1. La capacidad de obrar del empresario se acreditará:
a. De los empresarios que fueren personas jurídicas mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
b. De los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
c. De los demás empresarios extranjeros, con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
2. La prueba, por parte de los empresarios, de la no concurrencia de alguna de las prohibiciones para contratar reguladas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre podrá realizarse:
Cód. Validación: 7LFKKT4RNSAQPARF9ZCD64RPK | Verificación: xxxx://xxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 11
a. Declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.(Anexo I)
b. Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por una declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.
3. La solvencia del empresario: (Xxxxx XX)
3.1 La solvencia económica y financiera del empresario podrá acreditarse mediante declaraciones apropiadas de entidad financiera y justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
CLÁUSULA SÉPTIMA. Presentación de Proposiciones y Documentación Administrativa
Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento Plaza de España, núm. 47, de 9:00 a 14:00 horas, dentro del plazo de quince días contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el Perfil
de contratante y en el tablón de Anuncios Municipal, sin perjuicio de la publicidad que se considere conveniente realizar de la presente licitación
La presentación de proposiciones supone por parte del licitador la aceptación incondicional de las clausulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración.
Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego de Clausulas Administrativas Particulares y tendrán carácter secreto hasta el momento de la licitación. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición.
Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente, ni figurar en más de una Unión Temporal de empresas
Se presentarán dos sobres de cerrados.
En el sobre A figurará la inscripción "Documentación administrativa para tomar parte en la contratación para la gestión y explotación del servicio de quiosco de Plaza de España de Xxxx xx Xxxx" y deberá contener los siguientes documentos:
1. Documento Nacional de Identidad, si éste fuera persona física. Si fuera jurídica, se presentará el Documento Nacional de Identidad de quién la represente.
2. De tratarse de personas jurídicas españolas, deberá presentarse escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la Legislación Mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, se presentará escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional en el que constaten las normas por las que se regula su actividad, inscritos en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
Cód. Validación: 7LFKKT4RNSAQPARF9ZCD64RPK | Verificación: xxxx://xxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 11
3. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
4. Los demás empresarios extranjeros, con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
5. Justificantes que acrediten la solvencia económica, financiera y técnica acreditándose los medios que figuran en el Anexo II.
6. Declaración responsable de no encontrarse incurso el licitador en prohibición de contratar, conforme al artículo 60 del T.R.L.C.S.P. y Declaración responsable de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social (Anexo III).
7. Documento acreditativo de alta en el Impuesto de Actividades económicas en epígrafe ajustado a la actividad, con el último recibo satisfecho o declaración de exención del impuesto.
La documentación señalada como aportación en el “Sobre A” podrá ser ser sustituida por la presentación de una Declaración Responsable (Anexo I) del licitador indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración.
Asimismo, se incluirá en este “Sobre A” una hoja resumen de los datos del licitador a efectos de notificación, en la que conste la dirección postal completa del licitador, número de teléfono, dirección de correo electrónico y persona de contacto.
El sobre B , subtitulado "Proposición económica para tomar parte en la contratación para la gestión y explotación del servicio de quiosco de Plaza de España de Xxxx xx Xxxx", contendrá la oferta económica del licitador que deberá estar redactada de acuerdo con el modelo que se acompaña
PROPOSICIÓN ECONÓMICA
a) Proposición económica.
Se presentará conforme al siguiente modelo:
«D. , con domicilio a efectos de notificaciones en , c/ , n.º , con DNI n.º
, en representación de la Entidad , con CIF n.º
, enterado del expediente para la contratación de la gestión/explotación del kiosco-bar, de titularidad municipal, sito en Plaza de España de Xxxx xx Xxxx por procedimiento abierto oferta económicamente más ventajosa, publicado en el Tablón de Anuncios de fecha , y en el Perfil de contratante, hago constar que conozco el Pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto de la concesión por el canon de euros.
Cód. Validación: 7LFKKT4RNSAQPARF9ZCD64RPK | Verificación: xxxx://xxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 11
En , a de de 2.018.
Firma del licitador,
Fdo.: ».
CLÁUSULA OCTAVA. Mesa de Contratación
Atendiendo a la cuantía del contrato no se considera necesario la constitución xx Xxxx de Contratación
CLÁUSULA NOVENA. Prerrogativas de la Administración
El órgano de contratación, de conformidad con el artículo 210 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, ostenta las siguientes prerrogativas:
a) Interpretación del contrato.
b) Resolución de las dudas que ofrezca su cumplimiento.
c) Modificación del contrato por razones de interés público.
d) Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta.
CLÁUSULA DÉCIMA. Apertura de Proposiciones
La apertura de proposiciones tendrá lugar dentro de los cinco días hábiles siguientes a la finalización del plazo para su presentación, calificando el órgano de contratación la documentación contenida en los sobres A.
Si fuera necesario, se concederá un plazo no superior a tres días para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observados en la documentación presentada.
CLÁUSULA UNDÉCIMA. Requerimiento de Documentación
A continuación se procederá a la apertura del sobre B.
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de cinco días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
.- Certificación de alta en el epígrafe correspondiente a dichas actividades en el Impuesto sobre Actividades Económicas.
.- Carné de manipulador de alimentos.
Cód. Validación: 7LFKKT4RNSAQPARF9ZCD64RPK | Verificación: xxxx://xxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 11
.- Certificado del Director de sucursal bancaria del código de cuenta cliente donde se domiciliaran los gastos de tasa municipales y energía eléctrica.
CLÁUSULA DECIMOSEGUNDA. Garantía Definitiva
El licitador que hubiera presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar la constitución de la garantía de un 5% del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
Esta garantía podrá prestarse en alguna de las siguientes formas:
a) En efectivo o en valores de Deuda Pública, con sujeción, en cada caso, a las condiciones establecidas en las normas de desarrollo de esta Ley. El efectivo y los certificados de inmovilización de los valores anotados se depositarán en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda, o en las Cajas o establecimientos públicos equivalentes de las Comunidades Autónomas o Entidades locales contratantes ante las que deban surtir efectos, en la forma y con las condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan.
b) Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas de desarrollo de esta Ley, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y
sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, que deberá depositarse en los establecimientos señalados en la letra a) anterior.
c) Mediante contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan, con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. El certificado del seguro deberá entregarse en los establecimientos señalados en la letra a anterior.
La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato.
Esta garantía responderá a los conceptos incluidos en el artículo 100 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
CLÁUSULA DECIMOTERCERA. Adjudicación del Contrato
Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los tres días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
En ningún caso podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante.
La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación.
CLÁUSULA DECIMOCUARTA. Formalización del Contrato
Cód. Validación: 7LFKKT4RNSAQPARF9ZCD64RPK | Verificación: xxxx://xxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 11
La formalización del contrato en documento administrativo se efectuará dentro de los quince días hábiles siguientes a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación; constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público.
El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
CLÁUSULA DECIMOQUINTA. Derechos y Obligaciones
1. Obligaciones del Contratista
Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes:
.- Mantener abierto al público y en servicio, como mínimo, el Bar-Kiosco en el periodo anual comprendido desde el día 1 xx xxxxx y hasta el 30 de septiembre.
.- Conservar las instalaciones en perfecto estado de funcionamiento, limpieza e higiene.
.- Satisfacer todos los impuestos que afecten a la explotación del Bar-Kiosco, incluidas todas las exacciones municipales que procedan.
.- Cumplir, en su calidad de empresario, estrictamente y a su cargo todas las obligaciones legales de acuerdo con la legislación vigente.
.- Satisfacer el precio estipulado, que habrá de hacer efectivo en los días que indica el presente Xxxxxx.
.- Indemnizar, en su caso, a terceros por los daños que pueda producir el funcionamiento del establecimiento.
.- No ceder ni traspasar los bienes afectos a la concesión, ni
gravarlos.
.- Sufragar todos los gastos (agua, energía eléctrica, etc.) del
inmueble, precisos para el desarrollo de la actividad.
.- Indemnizar cualquier perjuicio que se cause al Ayuntamiento por dejar de cumplir con alguna de las obligaciones establecidas.
.- Xxxxxxxx, en todo momento, el destino de los bienes afectos a la concesión, que no pueden ser objeto de otra explotación que la de Bar.
— El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, esta obligación se considera esencial. (Artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre).
2. Obligaciones de la Administración
— Poner a disposición del contratista el establecimiento para la explotación del servicio.
CLÁUSULA DECIMOSEXTA. Reversión
Cód. Validación: 7LFKKT4RNSAQPARF9ZCD64RPK | Verificación: xxxx://xxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 11
Cuando finalice el plazo contractual, el inmueble revertirá a la Administración, debiendo el contratista entregar las obras e instalaciones a que esté obligado con arreglo al contrato y en el estado de conservación y funcionamiento adecuados.
Durante un período de un mes anterior a la reversión, el Ayuntamiento adoptará las disposiciones encaminadas a que la entrega de los bienes se verifique en las condiciones convenidas.
CLÁUSULA DECIMOSEPTIMA. Ejecución del Contrato
El contratista está obligado a organizar y explotar la gestión/explotación con estricta sujeción a las características establecidas en el contrato y dentro de los plazos señalados en el mismo.
En todo caso, la Administración conservará los poderes de policía necesarios para asegurar la buena marcha de la concesión.
CLÁUSULA DECIMOCTAVA. Penalidades por Incumplimiento
A) Incumplimiento
Si del incumplimiento por parte del contratista se derivase perturbación grave y no reparable por otros medios en el servicio público y
la Administración no decidiese la resolución del contrato, podrá acordar la intervención del mismo hasta que aquélla desaparezca. En todo caso, el contratista deberá abonar a la Administración los daños y perjuicios que efectivamente le haya irrogado.
B) Penalidades por Incumplimiento
El impago del canon, así como de las obligaciones económicas que debe asumir el adjudicatario que se desprenden del presente Xxxxxx, será causa de rescisión del contrato imputable al mismo.
Las penalidades se impondrán por acuerdo del órgano de contratación, adoptado a propuesta del responsable del contrato si se hubiese designado, que será inmediatamente ejecutivo, y se harán efectivas mediante deducción sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido
CLÁUSULA DECIMONOVENA. Resolución del Contrato
La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se
señalan en este Pliego; en los fijados en los artículos 223, con excepción de los supuestos contemplados en sus letras e) y f); y en los establecidos en el artículo 286 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista, se incautará la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que excedan del importe de la garantía.
CLÁUSULA VIGÉSIMA. Régimen Jurídico del Contrato
Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación,
Cód. Validación: 7LFKKT4RNSAQPARF9ZCD64RPK | Verificación: xxxx://xxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 11
adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en todo lo que no se oponga al Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y esté vigente tras la entrada en vigor del RD 817/2009; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado. El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.
De acuerdo con la LO 15/1999, de Protección de Datos Personales, informamos a todos los licitadores que sus datos personales
serán incluidos en el fichero de Procedimientos Administrativos titularidad del Ayuntamiento de Xxxx xx Xxxx con la finalidad de gestionar el presente proceso de contratación. En caso de resultar adjudicatario del proceso, sus datos podrán ser cedidos a terceros en cumplimiento de los trámites legalmente previstos teniendo como destinatarios al resto de licitadores y a terceros como consecuencia de la publicación de los mismos en el perfil del contratante y web municipal.
Asimismo, le informamos de la posibilidad que Ud. tiene de ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación, en relación a sus datos personales, en los términos establecidos por la Agencia Española de Protección de Datos Personales, dirigiéndose a la siguiente dirección: Ayuntamiento de Xxxx xx Xxxx, Plaza de España nº 47, 50750 Xxxx xx Xxxx.
En Xxxx xx Xxxx a fecha de firma electrónica
La Alcaldesa-Presidenta Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx
ANEXO I
Cód. Validación: 7LFKKT4RNSAQPARF9ZCD64RPK | Verificación: xxxx://xxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 11
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS PREVIOS
D./Xx ........................................................., mayor de edad,
vecino de ..........................................., con domicilio en (calle y
número)..................................., y documento nacional de identidad
número............................, en nombre propio (o en representación de ,
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
-Que la empresa a la que representa cumple los requisitos de capacidad, representación y solvencia exigidos en el Pliego de Cláusulas Administrativas regulador del contrato.
-Que se compromete a acreditar la posesión y validez de los documentos a que se hace referencia en el apartado anterior, en caso de que sea propuesto como adjudicatario del contrato o en cualquier momento en que sea requerido para ello.
-Que no está incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar, conforme a los artículos 60 y 61 del TRLCSP.
- Se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Xxxx xx Xxxx tanto en sus obligaciones tributarias como contractuales, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
-Encontrarse de alta y, en su caso al corriente, del pago del Impuesto de Actividades Económicas, impuestas por las disposiciones vigentes (o en otro caso declaración de exención del impuesto).
Y para que así conste a los efectos oportunos se firma la presente en Xxxx xx Xxxx a de de 2018.
Fdo.................................
SRA. ALCALDESA PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE XXXX XX XXXX
ANEXO II
ACREDITACIÓN SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA
Cód. Validación: 7LFKKT4RNSAQPARF9ZCD64RPK | Verificación: xxxx://xxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 11
Solvencia económica y financiera (artículo 75 LRLCSP
Justificante póliza de seguros de responsabilidad civil. Cobertura mínima: 60.000 € |
Acreditación por parte del licitador, de que la/s persona/s encargada/s de ejecutar el servicio está/n en posesión del carnet de manipulador de alimento |
En Xxxx xx Xxxx a de de 2018.
Fdo.................................
Cód. Validación: 7LFKKT4RNSAQPARF9ZCD64RPK | Verificación: xxxx://xxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 00 xx 00