Contract
PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR PARA LA ENAJENACIÓN, DE DOS PARCELAS DE USO RESIDENCIAL, MEDIANTE CONCURSO DEL AYUNTAMIEN- TO XX XXXXX (XXXXXX), E INTEGRADAS EN EL PMS.
PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR PARA LA ENAJENACIÓN, DE DOS PARCELAS DE USO RESIDENCIAL, MEDIANTE CONCURSO DEL AYUNTAMIEN- TO XX XXXXX (XXXXXX), E INTEGRADAS EN EL PMS.
CLÁUSULA PRIMERA. Objeto del Contrato
CLÁUSULA SEGUNDA. Procedimiento de Selección y Adjudicación CLÁUSULA TERCERA. El Perfil de Contratante
CLÁUSULA CUARTA. Tipo de Licitación CLÁUSULA QUINTA. Capacidad
CLÁUSULA SEXTA. Acreditación de la Aptitud para Contratar CLÁUSULA SÉPTIMA. Criterios de Adjudicación
CLÁUSULA OCTAVA. Presentación de Ofertas y Documentación Administrativa
CLÁUSULA NOVENA. Mesa Contratación. CLÁUSULA DÉCIMA. Apertura de Ofertas
CLÁUSULA UNDÉCIMA. Requerimiento de Documentación CLÁUSULA DECIMOSEGUNDA. Garantía
CLÁUSULA DECIMOTERCERA. Adjudicación del Contrato
CLÁUSULA DECIMOCUARTA. Derechos y Obligaciones del Contratista CLÁUSULA DECIMOQUINTA. Formalización del Contrato
CLÁUSULA DECIMOSEXTA. Régimen Jurídico del Contrato
CLÁUSULA DECIMOSEPTIMA Parcelas que pudieran quedar desiertas en el concurso.
CLÁUSULA DECIMOOCTAVA. Condición resolutoria del contrato de enajenación.
ANEXO I. - PLANO DE SITUACION
ANEXO II . -DECLARACIÓN DE CAPACIDAD ANEXO III. -OFERTA ECONÓMICA
CLAUSULAS ECONOMICAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EL CONCURSO PARA LA ENAJENACIÓN DE LAS PARCELAS SITUADAS EN LA CALLE EL XXXXX Nº 4 Y EN EL XXXXX Nº6 DEL MUNICIPIO XX XXXXX (XXXXXX).
CLÁUSULA PRIMERA. Objeto del Contrato
El objeto del contrato es la enajenación de bienes patrimoniales pertenecientes al patrimonio público del suelo, parcela situada en la Calle El Xxxxx número 4 y parcela situada en la Calle El Xxxxx nº 6 de propiedad municipal con referencia catastral 2902302VN2620S0001KH y con referencia catastral 2902303VN2620S0001RH, respectivamente, para ser destinadas a viviendas.
Descripción de inmueble: SOLAR de la Calle El Xxxxx nº 4/ ref. catastral 2902302VN2620S0001KH
Solar sito en c/ El Xxxxx n.º 4, de la localidad xx Xxxxx , con una superficie de 474 m², que linda al norte con parcela c/Xxxxx nº 6, con referencia catastral 2902303VN2620S0001RH, al sur con la parcela c/Xxxxx nº 2 , con referencia catastral 2902301VN2620S0001OH, al este con las parcelas urbanización Villas xx Xxxxx nº 320 y 321 con referencia catastral 2902328VN2620S0001FH Y 2902327VN2620S0001TH y al oeste con la calle El Xxxxx.
Está inscrita en el registro de la propiedad de Villarcayo finca 730 xx Xxxxx, toma 2058, libro 5 folio 27
Datos urbanísticos: calificado el solar xx xxxxxx, residencial extensiva B, con derechos a una edificabilidad asignada de edificación aislada 180 m2
La parcela es la resultante del desarrollo del planeamiento que marcan las NNUU xx Xxxxx y el Plan Parcial Polígono1 Urbanizable Residencial-Dotacional .
El presupuesto de valoración del inmueble aportado por el técnico asciende a 10.072,50 euros sin IVA.
Descripción de inmueble: SOLAR de la Calle El Xxxxx nº 6/ ref. catastral 2902303VN2620S0001RH
Solar sito en c/ El Xxxxx n.º 6, de la localidad xx Xxxxx , con una superficie de 479 m², que linda al norte con parcela c/Xxxxx nº 8, con referencia catastral 2902304VN2620S0001DH, al sur con la parcela c/Xxxxx nº 4 , con referencia catastral 2902302VN2620S0001KH, al este con las
parcelas urbanización Villas xx Xxxxx nº 321 y con referencia catastral 2902327VN2620S0001TH y al oeste con la calle El Xxxxx.
Está inscrita en el registro de la propiedad de Villarcayo finca 729 xx Xxxxx, toma 2058, libro 5 folio 26
Datos urbanísticos: calificado el solar xx xxxxxx, residencial extensiva B, con derechos a una edificabilidad asignada de edificación aislada 180 m2
La parcela es la resultante del desarrollo del planeamiento que marcan las NNUU xx Xxxxx y el Plan Parcial Polígono1 Urbanizable Residencial-Dotacional.
El presupuesto de valoración del inmueble aportado por el técnico asciende a 10.178,75 euros sin IVA.
Dichos bienes de propiedades municipales integra el patrimonio público del suelo de esta Entidad, estando afecto al cumplimiento de los fines propios de este patrimonio separado, así y de conformidad con lo previsto en el artículo 125 de la Ley 5/1999, de 8 xx xxxxx, de Urbanismo de Castilla y León Otros fines de interés social previstos en el planeamiento
urbanístico o en los instrumentos de ordenación del territorio, o vinculados a su ejecución, o de protección o mejora de espacios naturales o de los bienes inmuebles del patrimonio cultural, en la forma que se determine reglamentariamente
El contrato definido tiene la calificación de contrato privado, tal y como establece el artículo 4.1.p) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
CLÁUSULA SEGUNDA. Procedimiento de Selección y Adjudicación
La forma de adjudicación del contrato de la enajenación será el concurso de conformidad con el artículo 379 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, aprobado por el Decreto 22/2004, de 29 de enero, en el que cualquier interesado podrá presentar una oferta para cada parcela.
Para la valoración y determinación de las ofertas y cuál de ellas es la mejor, deberá de atenderse a varios criterios.
CLÁUSULA TERCERA. El Perfil de Contratante
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de contratante al que tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente: xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxx.xx/
Asimismo se pondrá a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento xxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento xx Xxxxx.
CLÁUSULA CUARTA. Tipo de Licitación
El tipo de licitación, que podrá ser mejorado al alza, es la siguiente:
Parcela Calle El Xxxxx nº 4: 10.072,50 euros sin IVA. Parcela Calle El Xxxxx nº 6: 10.178,75 euros sin IVA.
Se considera como cantidad mínima el presupuesto tipo de licitación señalado anteriormente. Por consiguiente los licitadores deberán ajustarse al mismo, o, bien, aumentarlo en su cuantía.
Por la Mesa de Contratación será rechazada cualquier oferta que sea inferior al tipo de licita- ción fijado en este Pliego.
No se estima correcta la proposición económica que tenga formulación comparativa con las otras presentadas
El precio total del importe de adjudicación, deberá ingresarse, de una sola vez, mediante in- greso en la cuenta de La Caixa núm. XX00 0000 0000 0000 0000 0000 de titularidad xxx Xxxx- tamiento xx Xxxxx, en el plazo de un mes a contar desde la notificación de la adjudicación defi- nitiva, y con carácter previo, en todo caso, al otorgamiento de la correspondiente escritura pública de compraventa.
En caso de incumplimiento de dicha obligación, no se perfeccionará el contrato de compra venta, sin perjuicio de la incautación de la garantía en concepto de resarcimiento de daños y perjuicios
CLÁUSULA QUINTA. Capacidad
Podrán presentar ofertas, por sí mismas o por medio de representantes, las personas naturales y jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad para ello y que no se encuentren incluidos en los supuestos de prohibición recogidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
CLÁUSULA SEXTA. Acreditación de la Aptitud para Contratar
Podrán presentar ofertas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica.
1. La capacidad de obrar se acreditará:
a) En cuanto a personas físicas, mediante la fotocopia compulsada del documento nacional de identidad.
b) En cuanto a personas jurídicas, mediante la fotocopia compulsada del NIF y la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
2. La prueba por parte de los empresarios de la no concurrencia de alguna de las prohibiciones de contratar del artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, podrá realizarse:
a) Mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.
b) Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por una declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.
CLÁUSULA SÉPTIMA. Criterios de Adjudicación
La adjudicación recaerá en el licitador que, en su conjunto, haga la mejor oferta, teniendo en cuenta los criterios que se establecen en el presente Xxxxxx, sin atender exclusivamente al precio de la misma.
Los criterios objetivos (y vinculados al objeto del contrato) para valorar la oferta son:
a) Importe ofrecido: de 0 a 5 puntos. (obteniendo 5 puntos la mejor oferta económica presentada y el resto proporcionalmente por una regla de tres)
b) Plazo de inicio de la construcción de vivienda (para la solicitud de la licencia y para la finalización del edificio) : de 0 a 4 puntos. (obteniendo 4 puntos la mejor oferta económica presentada y el resto proporcionalmente por una regla de tres)
CLÁUSULA OCTAVA. Presentación de Ofertas y Documentación Administrativa
Las ofertas se presentarán en este Ayuntamiento Arija, Plaza de los Obispos s/n, en horario de atención al público,(9:00 a 15:00 horas) de lunes a viernes, dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxxx. Asimismo se publicará en la página web:xxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx y en el Perfil de Contratante de Diputacion xx Xxxxxx
Las ofertas podrán presentarse, por correo, por telefax, o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cuando las ofertas se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador.
La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida.
Cada licitador no podrá presentar más de una oferta. La presentación de una oferta supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Xxxxxx. Los licitadores podrán optar por adquirir una o dos parcelas, siempre que se presente propuesta individualizada para cada parcela, y no pudiendo presentar más que una proposición para cada una.
Las ofertas para tomar parte en la licitación se presentarán en dos sobres cerrados, firmados por el licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda «Oferta para licitar la enajenación del bien inmueble Parcela municipal Calle El Xxxxx nº…..”
“La denominación de los sobres es la siguiente:
— Sobre «A»: Documentación Administrativa.
— Sobre «B»: Oferta Económica.
Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la Legislación en vigor.
Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos:
SOBRE «A» DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
El sobre A contendrá : Fotocopia del DNI compulsada , declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones para contratar con la Administración conforme a lo establecido en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre según modelo y Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía provisional por importe de [5% del valor de tasación del bien].
DECLARACIÓN DE CAPACIDAD
D mayor de edad, de profesión
.................................., vecino de , en nombre propio o en
representación de ..............................................................................……………………………………
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD que no se halla incursa (o no hallarse incurso) en prohibición para contratar, conforme al artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, encontrándose al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la
Seguridad Social, disponiendo de la solvencia económica precisa para el cumplimiento del presente contrato, sin perjuicio de comprometerse a presentar la documentación relacionada en la Cláusula Cuarta del presente pliego, en el caso de resultar propuesta para la adjudicación del contrato
(Lugar, fecha y firma de los proponentes).
a) Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario.
b) Documentos que acrediten la representación.
— Los que comparezcan o firmen ofertas en nombre de otro, acreditarán la representación de cualquier modo adecuado en Derecho.
— Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando sea exigible legalmente.
— Igualmente la persona con poder bastanteado a efectos de representación, deberá acompañar fotocopia compulsada administrativamente o testimonio notarial de su documento nacional de identidad.
SOBRE «B» OFERTA ECONÓMICA
— Oferta económica.
Se presentará conforme al siguiente modelo:
« , con domicilio a efectos de notificaciones en
, con NIF n.º , en representación de la Entidad
, con NIF n.º , enterado del expediente para la enajenación del bien inmueble Parcela municipal Calle El Xxxxx nº….. , de este Municipio, para destinarlo a , mediante concurso, anunciado en el Boletín Oficial de la Provincia n.º , de fecha , y en el Perfil de Contratante, hago constar que conozco el Pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por el importe de euros
+ IVA
En , a de de 20 .
-Documentos que permitan a la Mesa de Contratación valorar las condiciones de las ofertas según los criterios de adjudicación.
CLÁUSULA NOVENA. Mesa Contratación.
La Mesa de Contratación, estará presidida por el Presidente, y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación.
PRESIDENTE:
Xxxxx Xxxx Xxxx. MIEMBROS INTEGRANTES:
Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx. Xxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx.
Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx. Xxxxxxx Santiago Betanzos.
CLÁUSULA DÉCIMA. Apertura de Ofertas
La Mesa de Contratación se constituirá el primer sábado tras la finalización del plazo de presentación de las ofertas, en el lugar y hora que señale su Presidente, se constituirá la Mesa de Contratación, a las 12 horas, en acto público a celebrar en la sede de Ayuntamiento xx Xxxxx, procederá a la apertura de los Sobres «A» y calificará la documentación administrativa contenida en los mismos. Si fuera necesario, la Mesa permitirá al licitador corregir los defectos u omisiones subsanables observadas en la documentación presentada. Posteriormente, procederá a la apertura y examen del sobre «B», que contienen las ofertas económicas.
Si fuera necesario, la Mesa concederá un plazo 3 días hábiles para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observadas en la documentación presentada.
Si tras la lectura de las ofertas económicas se produjese un empate entre las mismas, la adjudicación se efectuará por el trámite de “PUJA A LA LLANA”.
La presidencia de la mesa de contratación en este caso, requerirá a los licitadores y licitadoras igualados en su oferta económica, y que se encuentren presentes en ese momento, para que de viva voz formulen sus posturas al alza de la inicial ofrecida. Las posturas continuaran hasta que dejen de hacerse proposiciones, declarándose mejor rematante a la licitación que haya realizado la postura más alta.
En el supuesto de que, procediéndose al trámite de puja a la llana, alguno de los licitadores igualados en su oferta económica, no se encontrase presente, o , en caso de acudir mediante representante, dicha representación no se hubiese realizado conforme establece la legislación vigente, se entenderá que desiste de mejorar su oferta inicial.
En el caso de que todos los licitadores igualados en su oferta económica en la misma parcela, no se encontrasen presentes, o en el caso de acudir mediante representante, dicha representación no se hubiese realizado conforme establece la legislación vigente, por parte de la mesa de contratación, se procederá a citar a los licitadores , indicando fecha y lugar, para proceder nuevamente a realizar el trámite “ puja a la llana”.
CLÁUSULA UNDÉCIMA. Requerimiento de Documentación
A la vista de la valoración de las ofertas, la Mesa de Contratación propondrá al licitador que haya presentado la mejor oferta.
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la mejor oferta para que, dentro del plazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente al de la recepción del requerimiento, presente documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
CLÁUSULA DECIMOSEGUNDA. Garantía
Para optar al concurso, los interesados deberán constituir una garantía equivalente al cinco por ciento del tipo de licitación de cada parcela sin el IVA, a incluir en el Sobre A.
La presentación de dicha garantía podrá acreditarse mediante la presentación de aval banca- rio, cheque a favor del Ayuntamiento xx Xxxxx, seguro de caución, o por cualquier otro medio admisible en derecho que permita tener constancia de su presentación.
La garantía se devolverá en un plazo máximo de un mes, una vez adjudicado definitivamente el contrato, a quienes no hayan resultado adjudicatarios. Con respecto al adjudicatario, le será devuelta una vez elevada a pública la correspondiente escritura de compraventa, a fin de asegurar el cumplimiento de esta obligación.
CLÁUSULA DECIMOTERCERA. Adjudicación del Contrato
Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
La adjudicación deberá ser motivada y notificada al adjudicatario. En la notificación realizada, se fijará la fecha prevista para la formalización del contrato de enajenación.
CLÁUSULA DECIMOCUARTA. Derechos y Obligaciones del Contratista
Los derechos y obligaciones del adjudicatario son los que nacen de este Pliego, que tendrá carácter contractual, y del contrato firmado entre las partes, así como los derivados de la Legislación aplicable.
Serán por cuenta del adjudicatario el pago de los anuncios de licitación y adjudicación que se publiquen en los diarios oficiales, así como los demás necesarios por exigirlos disposiciones legales o reglamentarias, en aras a la formalización del contrato. Asimismo, serán por cuenta del adjudicatario, el pago de los correspondientes tributos y los gastos de elevación a escritura pública de la venta y de todos los demás que se originen o sean consecuencia del concurso.
Asimismo, será por cuenta del adjudicatario el pago de los Tributos de la elevación a Escritura pública de la venta y de todos los demás que se originen o sean consecuencia de la enajenación
CLÁUSULA DECIMOQUINTA. Formalización del Contrato
Se deberá producir la formalización del contrato en escritura pública.
CLÁUSULA DECIMOSEXTA. Régimen Jurídico del Contrato
Este contrato tiene carácter privado, su preparación y adjudicación se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas; el Real Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales; los principios extraídos de la legislación contenida en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre y sus disposiciones de desarrollo, para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
En cuanto a sus efectos y extinción se regirá por las Normas de Derecho privado.
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente el conocimiento de las cuestiones que se susciten en relación con la preparación y adjudicación de este contrato.
El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con los efectos, cumplimiento y extinción del contrato.
CLÁUSULA DECIMOSEPTIMA. Parcelas que pudieran quedar inicialmente desiertas en el concurso
Al amparo de lo dispuesto en el artículo 379 de la RUCYL, Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, si una vez realizado el concurso quedase desierta alguna/s parcela/s, y al objeto de evitar la repetición de concursos sin ofertas de adquisición, podrá/n adjudicarse directamente, por orden de petición, a cualquier interesado que cumpla las condiciones establecidas.
Esta posibilidad de adjudicación directa podrá ser ejercida por el Ayuntamiento durante un plazo de un año desde la declaración del concurso desierto. No obstante, el precio de la parce- la/s se actualizará/n anualmente mediante la aplicación del índice de precios al consumo.
CLÁUSULA DECIMOOCTAVA. Condición resolutoria del contrato de enajenación.
Construir VIVIENDA, en el plazo de 5 años a contar desde la fecha de notificación de la firma del contrato de enajenación. El inicio y la finalización de las obras deberán comunicarse al Ayuntamiento aportando los correspondientes certificados de inicio y fin de obras expedido por la Dirección facultativa de las mismas.
Este plazo podrá ser ampliado, previa petición razonada al Pleno de la Corporación. En todo caso el plazo máximo de finalización de la construcción proyectada será de 6 años
El incumplimiento de la condición de la venta se considera esencial en orden a dar satisfacción al interese público determinante de la enajenación de la parcela y se le atribuye el carácter de condición resolutoria expresa y automática y producirá la resolución de pleno derecho de la compraventa con transcendencia real, revertiendo al patrimonio municipal la parcela con todas sus pertenencias y accesiones, entendiéndose consumada la tradición, con una contraprestación del precio satisfecho por las mismas minorado en un 50 % en concepto de penalización por el incumplimiento, indemnización de daños y perjuicios y compensación por el tiempo de utilización de la parcela.. La presente condición resolutoria se incorporará expresamente a la escritura pública de venta y se inscribirá en el Registro de la Propiedad al amparo de lo dispuesto en el art. 37.1 de la Ley Hipotecaria con Certificación expresa de la fecha de la firma del Contrato de Compraventa.
Constatado el incumplimiento por parte del adjudicatario, el Ayuntamiento le notificará la pretensión municipal de declarar resuelta la compraventa por su incumplimiento y se le concederá un plazo de 20 días para que formule las alegaciones que considere oportunas a su derecho.
2º.- Transcurrido el plazo concedido para formular alegaciones, el Pleno del Ayuntamiento adoptará acuerdo sobre la resolución de la compraventa.
3º.- La certificación del acuerdo definitivo adoptado por el Pleno en el que se declare la resolución de la compraventa junto con la escritura pública otorgada en su día para enajenar la parcela, en la que expresamente se consignará la presente condición resolutoria expresa y automática, servirán de título para instar la inscripción del dominio nuevamente a favor del Ayuntamiento.
4º.- El adjudicatario deberá desalojar la parcela vendida y ponerla a disposición del Ayuntamiento en el plazo de un mes contado desde la fecha de notificación del acuerdo definitivo del Pleno del Ayuntamiento en el que se declare la resolución de la compraventa. La condición resolutoria se extinguirá por declaración expresa del Pleno del Ayuntamiento en tal sentido o por el transcurso del plazo de seis años a contar de la firma del contrato de compraventa
En Arija a 29 xx xxxxxx de 2.017. El Alcalde-Presidente.
Fdo.: Xxxxx Xxxx Xxxx
ANEXO II
DECLARACIÓN DE CAPACIDAD
D mayor de edad, de profesión
.................................., vecino de , en nombre propio o en
representación de ..............................................................................……………………………………
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD que no se halla incursa (o no hallarse incurso) en prohibición para contratar, conforme al artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, encontrándose al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, disponiendo de la solvencia económica precisa para el cumplimiento del presente contrato, sin perjuicio de comprometerse a presentar la documentación relacionada en la Cláusula Cuarta del presente pliego, en el caso de resultar propuesta para la adjudicación del contrato
(Lugar, fecha y firma de los proponentes).
ANEXO III
SOBRE «B» OFERTA ECONÓMICA
— Oferta económica.
Se presentará conforme al siguiente modelo:
« , con domicilio a efectos de notificaciones en
, con NIF n.º , en representación de la Entidad
, con NIF n.º , enterado del expediente para la enajenación del bien inmueble Parcela municipal Calle El Xxxxx nº….. , de este Municipio, para destinarlo a , mediante concurso, anunciado en el Boletín Oficial de la Provincia n.º , de fecha , y en el Perfil de Contratante, hago constar que conozco el Pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por el importe de euros
+ IVA
En , a de de 20 .