Í N D I C E
Órgano de Difusión del Gobierno de la Ciudad de México
VIGÉSIMA PRIMERA ÉPOCA | 3 DE ENERO DE 2024 | No. 1268 |
Í N D I C E
P O D E R E J E C U T I V O
Secretaría de Administración y Finanzas
♦ Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para la elaboración, actualización y modificación del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del Gobierno de la Ciudad de México 4
Secretaría del Medio Ambiente
♦ Aviso por el cual se dan a conocer las reglas de operación del programa “Cosecha de Lluvia 2024” 27
Secretaría de Seguridad Ciudadana
♦ Aviso por el cual se dan a conocer los resultados del proceso de promoción 2023 de la Policía Auxiliar
de la Ciudad de México 79
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Índice
Ó R G A N O S D E S C O N C E N T R A D O S
Sistema de Aguas
♦ Acuerdo por el que se modifica el sistema de datos personales denominado “Recurso de Inconformidad del Sistema de Aguas de la Ciudad de México” 143
♦ Acuerdo por el que se modifica el sistema de datos personales denominado “Sustanciación del Procedimiento de Reclamación de Responsabilidad Patrimonial del Sistema de Aguas de la Ciudad de
México” 147
♦ Acuerdo por el que se modifica el sistema de datos personales denominado “Gestión de solicitudes de Información Pública, Datos Personales y Recursos de Revisión” 150
♦ Acuerdo por el que se modifica el sistema de datos personales denominado “Procedimientos licitatorios de las obras públicas, de la Dirección de Licitaciones de Obra Pública y Servicios de Drenaje del Sistema de Aguas de la ciudad de México” 154
♦ Acuerdo por el que se modifica el sistema de datos personales denominado “Licitaciones,
Contratación de Obra Pública y Servicios de Agua” 158
♦ Acuerdo por el que se modifica el sistema de datos personales denominado “Dictámenes de
Factibilidad de Servicios Hidraulicos a Usuarios” 162
♦ Acuerdo por el que se modifica el sistema de datos personales denominado “Evaluación y Aprobación
del Proyecto del Sistema Alternativo de Captación y Aprovechamiento de las Aguas Pluviales” 166
♦ Acuerdo por el que se modifica el sistema de datos personales denominado “Atención y Gestión a la Demanda Ciudadana” 170
♦ Acuerdo por el que se modifica el sistema de datos personales denominado “Instalación, reconstrucción, cambio de diámetro y supresión xx xxxxx de agua potable, tomas de agua residual tratada y descargas domiciliarias” 174
♦ Acuerdo por el que se modifica el sistema de datos personales denominado “Servicios a Usuarios” 178
♦ Acuerdo por el que se modifica el sistema de datos personales denominado “Inspección de Sistemas Hidráulicos” 182
♦ Acuerdo por el que se modifica el sistema de datos personales denominado “Calificación e imposición
de sanciones del Sistema de Aguas de la Ciudad de México” 186
O R G A N I S M O S D E S C E N T R A L I Z A D O S
Servicio de Medios Públicos
♦ Aviso mediante el cual se da a conocer el enlace electrónico donde puede ser consultado su Programa Institucional 190
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A L C A L D Í A S | ||
Alcaldía en Xxxxxx Xxxxxxx | ||
♦ | Nota Aclaratoria al Aviso por el cual se dan a conocer los lineamientos de operación de la acción social denominada “Tradiciones Mexicanas MH” para el ejercicio fiscal 2023, publicados el 21 xx xxxxx de 2023 en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, no. 1089 | |
191 | ||
♦ | Aviso por el que se da a conocer el padrón de personas beneficiarias de la acción social denominada “Apoyos técnicos, sin límites”, correspondiente al ejercicio fiscal 2023 | |
195 | ||
♦ | Aviso | 214 |
P O D E R E J E C U T I V O
SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FIANZAS
ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LOS LINEAMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN, ACTUALIZACIÓN Y MODIFICACIÓN DEL PROGRAMA ANUAL DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, Director General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México, con fundamento en lo dispuesto por los artículos: 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1°, numerales 4 y 5, 3°, numerales 2, inciso b), y 3, 7°, apartado A, numeral 1, y 33, numeral 1 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 2°, 11, fracción I, 13, párrafo primero, 16, fracción II, 18 y 27, fracciones XII, XIV, XVI, XXXVII y XLIX de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; Décimo y Décimo Séptimo Transitorios del Decreto por el que se expide la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, publicado el 13 de diciembre de 2018 en el Órgano de difusión local; 6°, 58, 60, 64 y 105 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; 6°, 16, 18, 19 y 27 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal; 2°, 5°, fracción I, 7°, fracción II, inciso O), 116, fracciones II, III, IV, XV, XVIII, XIX, XX y XXI, y 129 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 7°, 13, 14 y 45 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal; 37, fracción I, 38, 39, 40 y 41 del Reglamento de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; así como lo dispuesto en el numeral 5.2 de la Circular Uno 2019, Normatividad en Materia de Administración de Recursos; 4.2 de la Circular Uno Bis 2015, Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal; y el Manual de Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para cada ejercicio fiscal; y
CONSIDERANDO
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México, para la ejecución del gasto público, las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Alcaldías y Entidades deberán sujetarse a las previsiones de la Ley, su Reglamento y demás normatividad aplicable.
Que el artículo 16 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, establece que las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Alcaldías y Entidades formularán sus Programas Anuales de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios y sus respectivos presupuestos considerando las previsiones establecidas en la misma.
Que el numeral 5.2.1 de la Circular Uno 2019, Normatividad en Materia de Administración de Recursos dispone que las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades, deberán elaborar su Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios (PAAAPS), con estricto apego al presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal correspondiente, conforme a los lineamientos y formatos que establezca la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México para el ejercicio correspondiente, observando lo establecido en el artículo 16 de la referida Ley.
Que el numeral 4.2.1 de la Circular Uno Bis 2015, Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal prevé que las Delegaciones (actualmente Alcaldías) deberán elaborar su Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios (PAAAPS), con estricto apego al presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal correspondiente, conforme a los lineamientos y formatos que establezca la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México para el ejercicio correspondiente, observando también lo establecido en el artículo 16 de la multicitada Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
Que en términos de las medidas para integrar un sistema de adquisiciones públicas moderno, ágil, innovador y eficaz, en las que es fundamental la planeación integral de los procedimientos de contratación para adquirir en las mejores condiciones los bienes y servicios que requiere la Ciudad de México, y considerando que el Programa Anual de Adquisiciones,
Arrendamientos y Prestación de Servicios debe cumplir su objetivo, en el sentido de concretar un proceso de planeación institucional y revisión interna que ligue las necesidades de bienes y servicios con las estrategias de compra más oportunas para satisfacerlas.
Que la información del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios, es relevante para lograr trazabilidad en las decisiones de los procedimientos de contratación pública, que hagan posible su seguimiento oportuno, así como conciliar la información de presupuesto y contratos, de acuerdo al presupuesto disponible y los recursos comprometidos.
Que la emisión de los presentes Lineamientos forma parte de las medidas de carácter general e institucional para avanzar en la agilización de los procesos con eficiencia y competencia, así como asegurar un impacto en la gestión transparente y el control del gasto bajo criterios de austeridad, calidad y la razonabilidad en los precios. La planeación de las compras es el punto más importante para hacerlo de manera eficiente, y con ello, evitar sobrecostos y también programar de acuerdo a las necesidades de cada Dependencia, Órgano Desconcentrado, Entidad y Alcaldía, incluyendo fechas, especificaciones de bienes y servicios contemplando cómo se irán realizando los procedimientos de contratación. En ese sentido, en términos de lo anteriormente dicho y en función de las atribuciones que, en materia de adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios, se le otorgan a la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México, mismas que son realizadas a través de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales, por lo que he tenido a bien emitir los siguientes Lineamientos:
ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LOS LINEAMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN, ACTUALIZACIÓN Y MODIFICACIÓN DEL PROGRAMA ANUAL DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
PRIMERO.- Los presentes Lineamientos tienen como finalidad establecer las directrices en la elaboración, modificación y actualización del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios para cada ejercicio fiscal, a fin de optimizar y racionalizar la aplicación de los recursos presupuestales con los que cuenta el Gobierno de la Ciudad de México.
SEGUNDO.- Los Lineamientos y el Instructivo del Sistema del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios son de observancia obligatoria para todas las Unidades Responsables del Gasto.
TERCERO.- Los organismos autónomos y de gobierno, de conformidad con el artículo 46 de la Constitución Política de la Ciudad de México, podrán adoptar estos Lineamientos y el Instructivo del Sistema del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios para la elaboración, modificación y actualización del respectivo Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios para cada ejercicio fiscal, siempre y cuando sean dictaminados en el seno de sus Órganos de Gobierno, de conformidad con las disposiciones jurídicas mediante las cuales se rigen.
CUARTO.- Para efectos de los presentes Lineamientos se entenderá por:
I. Acceso Único a Tianguis Digital: Página de ingreso a los diferentes módulos de compras públicas que habilite la DGRMSG para los Directores Generales de Administración u homólogos, Responsables de Recursos Materiales y Servicios Generales, Recursos Financieros, Almacenes e Inventarios, así como de los enlaces que determinen las URG's;
II. Administración Pública de la Ciudad de México: El conjunto de dependencias, órganos y entidades que componen la Administración Pública, Centralizada y Paraestatal de conformidad con Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México;
III. Alcaldías: Los Órganos Político Administrativo en cada una de las demarcaciones territoriales en que se divide la Ciudad de México;
IV. Analítico de Procedimientos de Contratación: Formato que contiene la relación de procedimientos de contratación asociados a claves presupuestarias, a través de los cuales las URG's atenderán las necesidades de insumos, materiales y de
servicios como actividades y componentes de los Programas Presupuestarios aprobados para cada ejercicio fiscal, tras validar las existencias en almacenes y los estudios previos obligatorios, y cuyo proyecto es elaborado de manera paralela a la formulación del anteproyecto del presupuesto de egresos de la Ciudad de México de cada ejercicio fiscal;
V. Analítico de Procedimientos de Contratación Consolidada: Formato que contiene la relación de procedimientos de contratación consolidados del ejercicio fiscal a programar, a través de los cuales las URG's deberán programar adherirse, siempre y cuando cuenten con la suficiencia presupuestal requerida, y cuyo proyecto sea elaborado de manera paralela a la formulación del anteproyecto del presupuesto de egresos de la Ciudad de México de cada ejercicio fiscal, para conocimiento de las URG's;
VI. CABMSCDMX: El Catálogo de Adquisiciones de Bienes Muebles y Servicios de la Ciudad de México;
VII. Circular UNO 2019: Circular Uno 2019, Normatividad en Materia de Administración de Recursos vigente;
VIII. Circular UNO BIS 2015: Circular Uno Bis 2015, Normatividad en Materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la Administración Pública del Distrito Federal vigente;
IX. Clasificador por Objeto del Gasto: Clasificador por Objeto del Gasto de la Ciudad de México;
X. Comité: Comité de Autorizaciones de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios de la Administración Pública del Distrito Federal;
XI. Comités de Adquisiciones y/o Subcomité de Adquisiciones: Los Comités y/o Subcomités, respectivamente, de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios establecidos en las Unidades Responsables del Gasto;
XII. DGA: Las Direcciones Generales de Administración u Homólogas encargadas de la administración en las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Alcaldías y Entidades, y la Oficialía Mayor de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México;
XIII. DGRMSG: La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México;
XIV. e-firma: Firma electrónica que identifica al servidor público responsable al realizar trámites y servicios emitida por el Servicio de Administración Tributaria, y utilizada en la operación del Sistema del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios, siendo única e intransferible con la validez de una firma autógrafa;
XV. Instructivo del Sistema PAAAPS: Instructivo del Sistema del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios;
XVI. LADF: Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal;
XVII. LATRPERCDMX: Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México;
XVIII. Lineamientos: Lineamientos para la Elaboración, Actualización y Modificación del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del Gobierno de la Ciudad de México;
XIX. Manual de Presupuestación: Manual de Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal a programar;
XX. PAAAPS: Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios;
XXI. RIPEAPCDMX: Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México;
XXII. RLADF: Reglamento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal;
XXIII. Secretaría: Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México;
XXIV. Sistema del PAAAPS: Sistema del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios;
XXV. Sistema SAP-GRP: Sistema Informático de Planeación de Recursos Gubernamentales que opera y administra la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México;
XXVI. Subsecretaría de Egresos: La Subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México; y
XXVII. URG: Unidad Responsable del Gasto, entendiéndose por tal a las URG's.
CAPÍTULO II
DE LA CREACIÓN DE LA CUENTA DE ACCESO ÚNICO A TIANGUIS DIGITAL
QUINTO.- El acceso al Sistema del PAAAPS deberá ser a través de cuentas personales desde el Acceso Único a Tianguis Digital. La página de registro e ingreso es la siguiente: xxxxx://xxxx.xxxxxxxx.xxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx/xxxxxx/
SEXTO.- La DGRMSG activará y habilitará las cuentas de acceso a las personas servidoras públicas que sean autorizadas por las DGA's de las URG's para ingresar al Sistema del PAAAPS a fin de realizar las gestiones necesarias para cumplir con la elaboración, modificación y actualización del PAAAPS, así como dar cumplimiento a los informes mensuales a que se refiere el artículo 53 de la LADF y los diversos requerimientos de información que realice la DGRMSG en términos del artículo 116 del RIPEAPCDMX.
SÉPTIMO.- Las DGA's de las URG's deberán solicitar la creación de cada cuenta mediante el formato de oficio que indique la DGRMSG a través de la página de Acceso Único a Tianguis Digital, en el que firmará la autorización identificando el nombre completo de la persona servidora pública a autorizar, número de empleado, cargo que desempeña, así como los datos de contacto.
La persona servidora pública autorizada deberá firmar junto a la DGA la carta responsiva sobre el correcto uso de la plataforma en el formato que indique la DGRMSG y será enviada a través de la página de Acceso Único a Tianguis Digital al momento de hacer el registro de la solicitud de cuenta.
OCTAVO.- La DGRMSG analizará la información y documentación registrada en la solicitud de registro de cada cuenta. A efecto de activar y habilitar las cuentas, así como permitir el ingreso a Acceso Único a Tianguis Digital, la DGRMSG validará la información de la persona servidora pública de acuerdo con el oficio de autorización de la DGA y la carta responsiva adjuntas en la solicitud de registro a través de la página de Acceso Único a Tianguis Digital.
NOVENO.- Las personas servidoras públicas autorizadas y con cuenta activa y habilitada en la página de Acceso Único a Tianguis Digital, al dejar su cargo y ya no formar parte de la estructura de la URG, deberán solicitar a través de la DGA de la URG, la baja de la cuenta de dicha persona servidora pública.
CAPÍTULO III
DE LA ELABORACIÓN DEL PAAAPS
SECCIÓN I
DE LAS NORMAS Y CRITERIOS DE OBSERVANCIA OBLIGATORIA
DÉCIMO.- Las URG's deberán elaborar el PAAAPS para cada ejercicio fiscal en observancia de lo establecido en el artículo 16 de la LADF, en la LATRPERCDMX, de las necesidades internas que determinen las propias URG's, así como aquellas previsiones que deban tomarse en cuenta según la naturaleza y características de las adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios, considerando también las capacitaciones y comunicaciones que realice la DGRMSG a través de oficios circulares.
Toda adquisición, contratación de prestación de servicios o arrendamientos, deberá apegarse y cumplir con las normas existentes que les sean aplicables a los bienes o servicios objeto de la contratación. Lo anterior, considerando su naturaleza, con independencia del capítulo de gasto con que se contraten, por lo que, sí a la descripción genérica de los bienes o servicios le son aplicables ciertas normas o medidas, estas deberán aplicarse a los mismos aun cuando sean contratados a cargo de los capítulos de gasto 1000 y 4000.
En ese sentido, las contrataciones deben programarse en cumplimiento de las normas, manuales, oficios circulares y anexos que se emitan para la planeación, contratación y registro de ciertos rubros de gasto, bienes y servicios, siendo obligatorio el empleo de los Anexos Técnicos de Especificaciones Estandarizadas que emita vía oficio circular la DGRMSG, y comunique en la página de Acceso Único a Tianguis Digital.
En la programación del presupuesto de compras públicas se incluirá el costo de operación y mantenimiento de las adquisiciones, además de ponderar elementos reales de valoración, tales como los referidos Anexos Técnicos de Especificaciones Estandarizadas, catálogos de precios unitarios, cotizaciones con proveedores, así como licitaciones del ejercicio fiscal anterior y su comportamiento histórico, para lo cual deberán consultar el histórico de precios y proveedores disponible en la página de Acceso Único a Tianguis Digital, entre otras fuentes de información.
DÉCIMO PRIMERO.- Las URG's deberán elaborar el PAAAPS tomando en cuenta también lo referido en el Manual de Presupuestación de cada ejercicio fiscal sobre la adquisición de bienes, prestación de servicios y arrendamientos a cargo de los capítulos de gasto 1000, 2000, 3000, 4000 y 5000, así como lo que dispone para la integración del Analítico de Procedimientos de Contratación y su proyecto.
SECCIÓN II
DEL ANALÍTICO DE PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN Y LA VALIDACIÓN PREVIA DE SU PROYECTO
DÉCIMO SEGUNDO.- A efecto de elaborar el PAAAPS para cada ejercicio fiscal, las DGA's deberán programar el presupuesto aprobado a cada URG en el Analítico de Procedimientos de Contratación tal como lo refiere el numeral DÉCIMO NOVENO de estos Lineamientos, debiendo detallar los procedimientos de contratación a realizar con el objetivo de adquirir bienes y/o servicios para la consecución de los programas presupuestarios, así como las adhesiones a los procedimientos consolidados que la DGRMSG comunicó como programados para el ejercicio fiscal correspondiente, además de la ejecución de conceptos globales, en los términos referidos en el numeral DÉCIMO CUARTO de los presentes Lineamientos.
A fin de integrar el Analítico de Procedimientos de Contratación las URG's deberán elaborar un proyecto de Analítico de Procedimientos de Contratación y presentarlo a la DGRMSG para validación, visto bueno o comentarios, en el marco de la formulación del anteproyecto de presupuesto de egresos del ejercicio fiscal siguiente, de acuerdo con el Manual de Presupuestación de cada ejercicio fiscal, así como el calendario y criterios que fijen las normas administrativas que emita la Secretaría para consolidar e integrar el Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México.
Las URG's enviarán el proyecto del Analítico de Procedimientos de Contratación a la DGRMSG para su validación, visto bueno o comentarios, en el periodo de fechas que determine. Dicho periodo, no podrá ser posterior al 30 de noviembre previo al ejercicio fiscal a programar.
El Analítico de Procedimientos de Contratación, su proyecto y posteriores modificaciones, deben de validarse con el nombre y firma del Director General de Administración y Finanzas, del Director de Recursos Materiales y Servicios, así como el Director de Finanzas o cargos homólogos.
DÉCIMO TERCERO.- La DGRMSG analizará el proyecto del Analítico de Procedimientos de Contratación de cada URG y, a más tardar el 31 de diciembre previo al ejercicio fiscal a programar, de ser el caso, emitirá un oficio mediante el cual validará que el contenido cumple con lo referido en los objetivos, planes, consideraciones aplicables a la planeación y programación de las adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios, de modo que cada URG informe el calendario de procedimientos de contratación que se realizarán durante el ejercicio fiscal a programar, con el detalle suficiente para conocimiento de la ciudadanía y proveedores potenciales o personas interesadas.
La DGRMSG, previo a otorgar la validación podrá realizar comentarios y solicitudes tendentes a asegurar el cumplimiento de las normas aplicables en caso de considerarlo necesario, los que deberán ser atendidos por las URG's en el plazo señalado hasta contar con el oficio de la DGRMSG.
DÉCIMO CUARTO.- El detalle de las unidades de registro a fin de integrar el Analítico de Procedimientos de Contratación y su proyecto, así como los documentos para validación y publicación de la elaboración del PAAAPS es el siguiente:
I. Procedimientos de contratación: Unidad de registro a fin de programar la realización de un procedimiento de contratación y detallar su objeto, fechas, montos y demás condiciones de contratación programadas;
II. Procedimiento de contratación consolidada: Unidad de registro a cargo de la DGRMSG a fin de programar procedimientos consolidados y que las URG's estén en posibilidad de registrar la programación de adhesiones;
III. Adhesión a procedimiento consolidado: Unidad de registro a cargo de las URG's para programar la adhesión a un procedimiento consolidado y registrar la clave presupuestaria, justificación y monto estimado que corresponda, y
IV. Procedimientos “Otros Conceptos Globales” conceptos de registro general (fondo revolvente y servicios profesionales): Registro de la programación general o global para conceptos que comprenderán un gran número de transacciones y cuyo registro no se asocia a un procedimiento específico. Estos formularios podrán ser utilizados para programar transacciones por todo el ejercicio con alguna de las siguientes etiquetas: “Servicios Profesionales” y “Facturas de fondo revolvente”.
La DGRMSG podrá incluir otras unidades de registros, con el fin de que las DGA's informen en sus PAAAPS todo lo concerniente a las adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios regulados por la LADF. La inclusión de nuevas unidades de registro se informará a través de oficios circulares, con la respectiva modificación del Instructivo del Sistema PAAAPS.
Los campos del formulario de cada unidad de registro son de carácter informativo, sin implicar compromiso alguno de contratación y podrá ser adicionado, modificado, suspendido o cancelado sin responsabilidad alguna para las URG's correspondientes.
DÉCIMO QUINTO.- El Analítico de Procedimientos de Contratación del ejercicio fiscal a programar por las URG’s y su proyecto, deberán incluir la programación de adhesión a los procedimientos consolidados informados por la DGRMSG, como refiere el numeral anterior.
En el caso de los procedimientos de compras consolidadas que integran el PAAAPS, la Secretaría, a través de la DGRMSG, los programará en el Analítico de Procedimientos de Contratación Consolidada, en el que detallará cada procedimiento de contratación consolidada programado con el respectivo objeto, la descripción de los bienes a contratar, el tipo de procedimiento para realizar, fecha de inicio del procedimiento y los meses de suministro, salvo los datos de clave presupuestaria y presupuesto estimado, que será información que incorporará cada URG, de acuerdo a sus necesidades al agregarlos al Analítico de Procedimientos de Contratación de la URG cada ejercicio fiscal.
La DGRMSG comunicará el Analítico de Procedimientos de Contratación Consolidada, considerando lo referido en los criterios de gasto centralizado del Manual de Presupuestación, a más tardar el 15 de noviembre del año previo al ejercicio fiscal a programar, a través de oficio circular en la página de Acceso Único a Tianguis Digital.
La actualización del Analítico de Procedimientos de Contratación Consolidada, en su caso, se informará por el mismo medio y a más tardar dentro de los primeros 15 días naturales del mes previo a la fecha de inicio de cada modificación trimestral del PAAAPS, o con anterioridad, en las ocasiones que considere necesarias. Las URG's considerarán la programación de los procedimientos consolidados y las actualizaciones de este, en las modificaciones trimestrales del PAAAPS.
SECCIÓN III
DE LOS REQUISITOS PRESUPUESTALES
DÉCIMO SEXTO.- El proyecto de Analítico de Procedimientos de Contratación validado por la DGRMSG se ajustará en lo que fuera necesario por las DGA's de las URG's, una vez que sea emitido el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México del ejercicio fiscal correspondiente, a fin de integrar el Analítico de Procedimientos de Contratación con el que se elaborará el PAAAPS de cada ejercicio fiscal, y que se reportará en el Sistema del PAAAPS en los plazos obligatorios, de acuerdo con estos Lineamientos.
El Analítico de Procedimientos de Contratación de cada URG se enviará a validación presupuestal por parte de la Subsecretaría de Egresos a más tardar el 20 de enero del ejercicio fiscal correspondiente, para una respuesta oportuna previa a la publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
DÉCIMO SÉPTIMO.- Para la elaboración del PAAAPS para cada ejercicio fiscal, los importes que aplicarán serán los aprobados por el Congreso de la Ciudad de México, a través del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el ejercicio fiscal a programar.
DÉCIMO OCTAVO.- La elaboración del PAAAPS para cada ejercicio fiscal deberá observar los siguientes requisitos presupuestales y de envío a través del Sistema del PAAAPS:
I. Integrar el Analítico de Procedimientos de Contratación a partir del proyecto validado a cada URG por la DGRMSG y dentro de los importes autorizados.
II. Elaborar a partir de las partidas presupuestales específicas que corresponden al PAAAPS y que estarán actualizadas en el Sistema del PAAAPS, de conformidad con el Clasificador por Objeto del Gasto vigente en la fecha de elaboración del PAAAPS, mismas que se presentan en la sección de Partidas del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios.
III. Se deberán respetar las partidas presupuestales específicas; sin embargo, salvo causa justificada, la DGRMSG podrá incluir otras partidas presupuestales específicas dentro de las actualizaciones trimestrales, siempre y cuando el ejercicio de éstas sea de conformidad con la LADF y con el fin de que las DGA's informen en el PAAAPS todo lo concerniente a las adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios regulados por la LADF. Este caso será comunicado a las DGA's vía oficio circular previo a la actualización trimestral en la que tendrá efecto su inclusión;
IV. Asimismo, lo programado por concepto de adquisiciones, arrendamientos o servicios, indistintamente tendrá que corresponder con las partidas presupuestales específicas que contengan el analítico de claves de su presupuesto autorizado, con el fin de constatar, que se cuenta con la suficiencia presupuestaria para cada partida presupuestal específica;
V. Las URG's deberán considerar, en la elaboración del PAAAPS, que los bienes y servicios objeto de contratación se programen con cargo a partidas presupuestales específicas a las que estén ligados los códigos que correspondan a dichos bienes y servicios en el CABMSCDMX, en caso de existir registro previo de dichos bienes y servicios;
VI. Para los casos en que exista alguna duda respecto a la partida presupuestal que tiene asignada el bien o servicio en el CABMSCDMX, en la elaboración del PAAAPS, se aplicará invariablemente la partida que defina la Subsecretaría de Egresos, previa consulta hecha por las DGA's y que comunicará por escrito a la DGRMSG;
VII. En las partidas presupuestales 1549 “Apoyos Colectivos”, 1713 “Premio de Antigüedad”, 1714 “Premio de Asistencia”, 4411 “Premios”, 4412 “Ayudas Sociales a Personas u Hogares de Escasos Recursos” y la partida 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”, no deberán de incluir asignaciones en dinero;
VIII. En la partida presupuestal 3391 “Servicios Profesionales, Científicos, Técnicos Integrales y Otros”, se podrá registrar los montos comprometidos como “Otros Conceptos Globales” en el Sistema del PAAAPS.
IX. En la partida presupuestal 3141 “Telefonía Tradicional”, se deberá incluir el importe total asignado a la misma, desglosando especialmente el rubro de servicio medido;
X. Para registrar la unidad de medida de bienes y servicios, deberá aplicar el Sistema Internacional de Unidades de Medida o la que defina la DGRMSG;
XI. La elaboración del PAAAPS para cada ejercicio fiscal será estrictamente en apego a los artículos 1° y 92 de la
LATRPERCDMX, y;
XII. Los acuses generados correspondientes a la elaboración, modificación y actualización del PAAAPS con la información previamente validada por el servidor público responsable de la URG, se firmarán mediante e-firma, la cual tendrá la validez de una firma autógrafa.
SECCIÓN IV
DOCUMENTOS DE LA ELABORACIÓN Y PROGRAMACIÓN INICIAL
DÉCIMO NOVENO.- De la elaboración del PAAAPS para cada ejercicio fiscal resultarán los documentos para la validación y publicación, que deberán contener al menos la información desglosada bajo los elementos siguientes:
I. El Analítico de Procedimientos de Contratación con la descripción y detalle de los procedimientos de contratación de los servicios y bienes por adquirir, el fundamento del procedimiento con el que se programa adjudicar conforme a la LADF y las claves presupuestarias que las URG's utilizarán conforme a la estructura programática para controlar e identificar el gasto durante el ejercicio fiscal a programar. En el caso de aquellos organismos autónomos de conformidad con el artículo 46 de la Constitución Política de la Ciudad de México que adopten estos Lineamientos para la elaboración, modificación y actualización del PAAAPS, serán las claves presupuestarias que comuniquen dichos organismos en formato excel y vía oficio a la DGRMSG, previo a la elaboración del PAAAPS y de cada modificación y actualización trimestral, y;
II. El resumen presupuestal y concentrado a nivel, capítulo y partida presupuestaria específica;
III. Los bienes y servicios que integrarán el PAAAPS para el ejercicio fiscal a programar, clasificados conforme al catálogo
CABMSCDMX vigente.
VIGÉSIMO.- Los documentos de elaboración del PAAAPS deberán estar firmados por la DGA u homóloga y por la Subdirección o Jefatura de Unidad Departamental que lo hayan elaborado, según sea el caso.
SECCIÓN V
PROCEDIMIENTO DE VALIDACIÓN PRESUPUESTAL
VIGÉSIMO PRIMERO.- Las URG's deberán cumplir con el siguiente procedimiento para elaborar el PAAAPS para cada ejercicio fiscal en el Sistema del PAAAPS y obtener la validación presupuestal en el mismo sistema:
I. Presentar los documentos de la elaboración del PAAAPS para el ejercicio fiscal a programar ante la Subsecretaría de Egresos a través del Sistema del PAAAPS para su validación presupuestal, en la que fecha que indique la DGRMSG vía oficio circular, debiendo ser antes del 20 de enero del ejercicio fiscal a programar, como refiere el numeral DÉCIMO SEXTO de estos Lineamientos. La entrega oportuna se acreditará con el acuse de envío que genera el Sistema del PAAAPS;
II. En caso de contar con validación por parte de la Subsecretaría de Egresos, el Sistema del PAAAPS generará un acuse de validación;
III. El acuse de validación generado por la Subsecretaría de Egresos servirá de aviso y acuse de envío a la DGRMSG de la versión definitiva del PAAAPS;
IV. La DGRMSG tendrá acceso a la versión definitiva del PAAAPS de cada URG después de la emisión del acuse de validación que confirma que la URG atendió la asignación presupuestal aprobada. El acuse de validación referido en la fracción anterior, contará con una leyenda de la recepción de la DGRMSG de la versión definitiva del PAAAPS con el objeto de dar cumplimiento a los numerales 5.2 de la Circular UNO 2019 y 4.2 de la Circular UNO BIS 2015.
Será responsabilidad de cada URG anticipar la entrega de los documentos, así como atender las observaciones de la Subsecretaría de Egresos a efecto de que la versión definitiva del PAAAPS esté disponible para consulta de la DGRMSG en el Sistema del PAAAPS a más tardar el 31 de enero del ejercicio presupuestal correspondiente;
V. Publicar la versión validada del PAAAPS a nivel capítulo presupuestal y concentrado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, a más tardar el 31 de enero del ejercicio fiscal a programar, para cumplir con lo establecido en el artículo 19 de la LADF;
VI. Publicar la versión pública del Analítico de Procedimientos de Contratación del ejercicio fiscal a programar, con detalles de los bienes y servicios, a más tardar el último día natural de febrero de cada ejercicio fiscal a programar, en la página de internet de cada una de las URG's en el formato que establezca la DGRMSG y comunique vía oficio circular.
VII. La versión pública del Analítico de Procedimientos de Contratación del ejercicio fiscal a programar y los datos que contiene estarán disponibles para consulta de toda persona interesada a más tardar el último día natural de febrero de cada ejercicio fiscal a programar, en el visor público de contrataciones abiertas de la Ciudad de México en la página de Tianguis Digital en el siguiente link: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxxx-xxxxxxxx
SECCIÓN VI
DE LOS MONTOS DE ACTUACIÓN
VIGÉSIMO SEGUNDO.- Para la determinación de los montos de actuación aplicables en el ejercicio fiscal, para el procedimiento de adjudicación directa y de invitación restringida a cuando menos tres proveedores, cada una de las URG's, deberán observar lo siguiente:
I. Considerar como presupuesto total autorizado la suma de los montos de los procedimientos de contratación programados con cargo a las partidas presupuestarias específicas del PAAAPS y deberá ser el mismo que aparece como importe total del PAAAPS para el ejercicio fiscal en los documentos validados por la Subsecretaría de Egresos, para cada una de las URG's.
En el caso de la DGRMSG y tratándose de adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios que se contraten de manera consolidada, se aplicarán los montos máximos antes referidos, considerando como presupuesto total autorizado la suma de las asignaciones que tengan destinadas para las partidas presupuestarias específicas de adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios a afectar de cada una de las URG's que intervengan en las adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios consolidados;
II. El importe total del PAAAPS validado para cada ejercicio fiscal, deberá ser ubicado dentro de los rangos que le corresponda, indicados en la tabla contenida en el Decreto por el que se expide el Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para cada ejercicio fiscal publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, a fin de obtener los montos máximos de actuación de cada tipo de operación, relativos a los procedimientos de compra establecidos en la misma;
III. Las DGA's harán del conocimiento al Comité de Adquisiciones y/o Subcomité de Adquisiciones respectivo, los montos de actuación en la primera sesión ordinaria que celebre, para implementar los procedimientos por adjudicación directa o invitación restringida a cuando menos tres proveedores, debiendo anexar copia del acuse de validación referido en el numeral DÉCIMO OCTAVO, fracción III de los presentes Lineamientos, y;
IV. Para los casos en que se autoricen modificaciones presupuestales al PAAAPS (ampliaciones o reducciones) en el transcurso del ejercicio fiscal que corresponda, se deberán modificar los montos de actuación e informar oportunamente al Comité de Adquisiciones y/o Subcomité de Adquisiciones de cada URG, en la siguiente sesión ordinaria que celebre, así como se deberá contemplar anunciar dichas modificaciones dentro del informe anual de actuación que se envía al Comité.
CAPÍTULO IV
DE LAS MODIFICACIONES Y ACTUALIZACIONES DEL PAAAPS
VIGÉSIMO TERCERO.- Las modificaciones y actualizaciones del PAAAPS para cada ejercicio fiscal deberán reportarse trimestralmente en el Sistema del PAAAPS y finalizarse debidamente a fin de informar a la DGRMSG la conclusión y obtener en tiempo el acuse electrónico de reporte de las actualizaciones y modificaciones trimestrales a efecto de que las URG's den cumplimiento a los numerales 5.2 de la Circular UNO 2019 y 4.2 de la Circular UNO BIS 2015.
VIGÉSIMO CUARTO.- La instancia facultada para autorizar las modificaciones y actualizaciones del PAAAPS, serán las
DGA's de cada una de las URG's.
SECCIÓN I MODIFICACIÓN TRIMESTRAL DEL PAAAPS
VIGÉSIMO QUINTO.- El PAAAPS podrá modificarse por ampliaciones o reducciones en el presupuesto autorizado de las URG's en el transcurso de cada ejercicio fiscal.
VIGÉSIMO SEXTO.- Las modificaciones que, en su caso, se realicen en los procedimientos de contratación programados, serán trimestrales y ajustando su monto y demás condiciones programadas, así como añadiendo nuevos procedimientos de contratación o eliminándolos, con lo que se ajustará el Analítico de Procedimientos de Contratación.
Las modificaciones al Analítico de Procedimientos de Contratación deberán notificarse al Comité de Adquisiciones y/o Subcomité de Adquisiciones de cada URG, en la sesión ordinaria siguiente a la conclusión de cada trimestre del PAAAPS, a fin de que tome conocimiento de los procedimientos de contratación programados para los trimestres restantes de ejecutar.
La DGRMSG, en términos del artículo 116, fracción I, del RIPEAPCDMX, podrá realizar comentarios y requerimientos sobre el Analítico de Procedimientos de Contratación modificado en cada trimestre, con el propósito de realizar recomendaciones y propuestas de mejora en la planeación institucional y el registro de la información en el Sistema del PAAAPS. Las comunicaciones de la DGRMSG sobre el Analítico de Procedimientos de Contratación se harán del conocimiento de la URG principalmente a través de las notas y/o oficios de atención al Comité de Adquisiciones y/o Subcomité de Adquisiciones de cada URG con el carácter en que la DGRMSG participa.
La modificación de la información de las adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios en el PAAAPS, a cargo del presupuesto aprobado para cada URG, será a partir de las mismas unidades de registro para la elaboración, referidas en el lineamiento DÉCIMO CUARTO.
SECCIÓN II ACTUALIZACIÓN DEL PAAAPS
VIGÉSIMO SÉPTIMO.- El PAAAPS se actualizará de acuerdo al presupuesto comprometido en las partidas presupuestales específicas del PAAAPS en el transcurso de cada ejercicio fiscal. El monto de la documentación del PAAAPS debe corresponder con el presupuesto comprometido y el presupuesto disponible al cierre de cada trimestre en el Sistema SAP-GRP.
VIGÉSIMO OCTAVO.- Las actualizaciones se realizarán trimestralmente con el reporte de los contratos adjudicados, la adhesión a contratos consolidados, los montos comprometidos en conceptos globales, así como las modificaciones a estos vía instrumento jurídico, mismo que también deberá reportarse. Estos deberán registrarse refiriendo el número de compromiso presupuestal que les corresponde en el Sistema SAP-GRP.
VIGÉSIMO NOVENO.- La actualización de la información de las adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios en el PAAAPS a cargo del presupuesto aprobado para cada una de las URG's es a partir de las siguientes unidades de registro:
I. Contrato: Reporte de la adjudicación de los contratos y transacciones asociadas a procedimientos de contratación ya ejecutados, con el detalle del objeto, fechas, montos y demás condiciones de contratación, además del número de compromiso presupuestal en el Sistema SAP-GRP. En el caso de procedimientos de contratación programados previamente, en estos registros se debe reportar que se concretó el procedimiento, además de la información de la adjudicación para formar parte de la lista de contratos y del monto comprometido.
Al informar los contratos las URG's deberán reportar los datos de la etapa de concurso y adjudicación en un formulario que se habilitará solicitando la información de los proveedores que participaron por la adjudicación del contrato y las propuestas que presentaron, según el tipo de procedimiento que se llevó a cabo en términos del artículo 27 de la LADF;
II. Contrato consolidado: Reporte de la adjudicación de contratos consolidados por la DGRMSG, cuyo registro está a cargo de la misma DGRMSG para consulta de las DGA's;
III. Adhesión a contrato consolidado: Reporte de adhesión a contratos consolidados por las URG's, en el que deberán registrar la cantidad y monto por el que se adhirieron, así como la clave presupuestaria asociada y el compromiso presupuestal;
IV. Contratos “Otros Conceptos” de registro general (Fondo revolvente y servicios profesionales): Formularios de registro general o global, del monto comprometido al trimestre respectivo, para conceptos que comprenden un gran número de transacciones y cuyo registro no se asocia a un número de contrato adjudicado y Registro Federal de Contribuyente;
V. Convenio modificatorio: Unidad de registro en contratos para reportar cambios en las condiciones de contratación, vía convenios modificatorios con fundamento dispuesto en los artículos 65 y 67 de la LADF;
VI. Terminación anticipada: Unidad de registro en contratos para reportar la terminación anticipada de un contrato, vía el registro del oficio respectivo con fundamento en lo dispuesto en los artículos 35 y 69, párrafo tercero de la LADF;
VII. Actualización y cierre de contrato abierto: Registro de finalización del consumo devengado en contratos abiertos cuya fecha de fin de vigencia ocurrió durante el trimestre a reportar. Todos los contratos abiertos cuya fecha de vigencia terminó, deben “CONCLUIRSE” y reportar la cantidad finalmente devengada, así como las fechas definitivas de vigencia, según el caso;
VIII. Ahorro: Unidad de registro en contratos para reportar mejoras en las condiciones de contratación a partir de los siguientes criterios: mejoría de precios comparado con contrato previo propio, precio adjudicado menor al promedio de estudio de precios, precio adjudicado menor a la cotización inicial del proveedor adjudicado, precio adjudicado menor al precio inicial propuesto en subasta por mejoría de precios; mejoría de precios comparado con precio de contratos de gobierno federal o entidades federativas, reducción de alcance o conceptos, y precio de años previos sin ajuste inflacionario;
IX. Incidencias durante vigencia del contrato: Unidad de registro en contratos para reportar incidencias durante la vigencia del contrato, vía documentación xx xxxxx convencionales, rescisión, prórroga a solicitud del proveedor, suspensión temporal a petición de la Contraloría u otra incidencia, con fundamento en los artículos 35, 42, 65, 67 y 69 de la LADF, en los artículos 57, 58, 63, 64, 65 y 66 del RLADF y lo dispuesto en el numeral 5.10 de la Circular UNO 2019 y 4.10 de la Circular UNO BIS 2015, y
X. Datos de adjudicación: Unidad de registro en los contratos para reportar los datos del desarrollo de los procedimientos de contratación, tales como: las fechas en las que se llevaron a cabo, los proveedores participantes, las propuestas presentadas, los resultados de la evaluación de las propuestas y según aplique, datos de la junta de aclaraciones, la presentación de propuestas y la emisión de fallo, como se refiere en el segundo párrafo de la fracción I de este numeral.
La DGRMSG podrá incluir otras unidades de registros con el fin de que las DGA's informen en sus PAAAPS todo lo concerniente a las adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios regulados por la LADF. La inclusión de nuevas unidades de registro se informará a través de oficios circulares, con la respectiva modificación del Instructivo del Sistema PAAAPS.
Todo bien, servicio o arrendamiento contratado al que corresponderá un precio unitario adjudicado deberá contar con la asignación del código CABMSCDMX que lo describa correctamente de manera individualizada en la partida y capítulo correspondiente. En caso de no existir un código CABMSCDMX que describa e identifique cada bien, servicio o arrendamiento a contratar, las URG deberán solicitar a la Dirección Ejecutiva de Almacenes e Inventarios de la DGRMSG la creación de un nuevo código CABMSCDMX del capítulo correspondiente, en cada caso.
TRIGÉSIMO.- Los contratos y las demás unidades de registro se reportarán en los procedimientos de contratación programados previamente en el PAAAPS y de los que hubiera resultado la adjudicación, a efecto de garantizar trazabilidad en el gasto y asociar los contratos con el procedimiento de contratación con el que se programó en el PAAAPS. En caso de que el contrato no se registre en un procedimiento de contratación previamente registrado, se considerará que no se programó el procedimiento de contratación del que resultó la adjudicación y, por tanto, el contrato se identificará como “Sin procedimiento programado”.
Al efecto, la DGRMSG podrá solicitar a las URG’s una nota informativa con la descripción o explicación sobre la no programación con el propósito de conocer las razones por las cuales no fue posible efectuar la programación y esto permita realizar a la DGRMSG, los análisis, recomendaciones y propuestas de mejora.
SECCIÓN III
ACTUALIZACIÓN MENSUAL Y PRELIMINAR DEL PAAAPS
TRIGÉSIMO PRIMERO.- El Sistema del PAAAPS estará habilitado para la actualización mensual de los contratos adjudicados en el mes inmediato anterior en términos del artículo 53 de la LADF.
La información registrada mensualmente será una carga preliminar y será confirmada como definitiva en la actualización trimestral que se realiza dentro de los 10 días hábiles siguientes al cierre del trimestre de acuerdo a los numerales 5.2 de la Circular UNO 2019 y 4.2 de la Circular UNO BIS 2015.
La carga mensual de contratos adjudicados estará habilitada de manera automática al finalizar la elaboración del PAAAPS.
TRIGÉSIMO SEGUNDO.- La información registrada mensualmente integrará los informes de las operaciones autorizadas a reportar en términos del artículo 53 de la LADF, por lo que el Sistema del PAAAPS estará habilitado para terminar la carga mensual y enviar los acuses dentro de los primeros diez días naturales de cada mes, sobre las operaciones realizadas en el mes calendario inmediato anterior.
Al finalizar la carga preliminar mensual se habilitarán los acuses electrónicos del reporte de los contratos adjudicados en términos de los artículos 54, 55 y 57 de la LADF para efectos del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 53 de la LADF. Los acuses electrónicos referidos deberán reportarse al Comité de Adquisiciones y/o Subcomité de Adquisiciones de cada URG en la sesión ordinaria siguiente al cierre mensual que se reporte, a fin de que tomen conocimiento de los procedimientos de contratación realizados por excepción a la licitación pública durante el mes previo, así como las condiciones de contratación acordadas en los contratos que resultaron adjudicados.
La DGRMSG, en términos del artículo 116, fracción IV, del RIPEAPCDMX, podrá solicitar ajustes y requerimientos con motivo de la revisión de la información reportada en los acuses mensuales y con el fin de promover la veracidad y calidad de la información registrada bajo responsabilidad de las URG's. Las observaciones que realice la DGRMSG deberán compartirse con el Comité de Adquisiciones y/o Subcomité de Adquisiciones de la URG afín de ser atendidas y adoptar medidas preventivas tendentes a asegurar la calidad en el reporte de información.
TRIGÉSIMO TERCERO.- Al reportar los contratos adjudicados en términos del artículo 54 de la LADF deberá registrarse el número de sesión y fecha en que se haya celebrado el Comité de Adquisiciones y/o Subcomité de Adquisiciones o se haya informado sobre la contratación en términos de sus fracciones IV y XII, además, la URG deberá cargar en el Sistema del PAAAPS la información y el documento escaneado del acta de la sesión en la que se ha dictaminado dicho caso por el Comité de Adquisiciones y/o Subcomité de Adquisiciones al amparo del artículo 53 de la LADF.
CAPÍTULO V
SECCIONES DE REGISTRO DEL PAAAPS
TRIGÉSIMO CUARTO.- A efecto de identificar el presupuesto comprometido y disponible asociado a destinos de gasto específicos, el Sistema del PAAAPS contendrá secciones de información en el que deberán registrarse los procedimientos de contratación, contratos y demás unidades de registro que cumplan con el criterio de creación de las secciones.
Las secciones que contiene el Sistema del PAAAPS para la elaboración del PAAAPS y el criterio de identificación son los siguientes:
I. COVID-19: Sección para unidades de registro asociadas a adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios programados y/o contratados con justificación en atender lo relacionado con la emergencia sanitaria derivada del COVID- 19, y
II. Presupuesto participativo: Sección para unidades de registro asociadas a adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios programados y/o contratados por Alcaldías con justificación en proyectos de presupuesto participativo.
TRIGÉSIMO QUINTO.- La DGRMSG podrá eliminar e incluir otras secciones de registro, con el fin de que las DGA's informen en el PAAAPS para el ejercicio fiscal correspondiente todo lo concerniente a las adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios regulados por la LADF bajo este criterio. La eliminación e inclusión de nuevas secciones se informará a través de oficios circulares, con la respectiva modificación del Instructivo del Sistema PAAAPS.
CAPÍTULO VI
PUBLICACIÓN DEL ANALÍTICO DE PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
TRIGÉSIMO SEXTO.- Para la aprobación de la publicación del Analítico de Procedimientos de Contratación de la elaboración del PAAAPS de cada ejercicio fiscal, así como de las modificaciones y actualizaciones trimestrales, en la página de internet de cada una de las URG's y, en su caso, en los formatos web que establezca la Secretaría a través de la DGRMSG, cada una de las URG's deberá considerar lo siguiente:
I. En el caso de la elaboración del PAAAPS las DGA’s harán del conocimiento al Comité de Adquisiciones y/o Subcomité de Adquisiciones respectivo de cada una de las URG's, el formato de versión pública del Analítico de Procedimientos de Contratación en la primer sesión ordinaria calendarizada para proceder a su posterior publicación en versión pública a más tardar el último día natural del mes de febrero del ejercicio fiscal a programar, con el objeto de hacer del conocimiento público los procedimientos de contratación programados inicialmente, y;
II. En el caso de las modificaciones y actualizaciones trimestrales al PAAAPS de cada ejercicio fiscal, las DGA's harán del conocimiento al Comité de Adquisiciones y/o Subcomité de Adquisiciones respectivo, el formato de versión pública del Analítico de Procedimientos de Contratación del PAAAPS correspondiente al cierre trimestral, para proceder a su posterior publicación en los mismos medios que refiere la fracción anterior, con el objeto de hacer del conocimiento público los ajustes en los procedimientos de contratación programados en los trimestres por ejecutar.
TRIGÉSIMO SÉPTIMO.- En su caso, si la Secretaría, a través de la DGRMSG, determina un formato web específico de publicación cada una de las URG's deberán cumplir con el procedimiento anterior y las DGA's remitirán a la Secretaría un oficio de validación del formato de publicación del Analítico de Procedimientos de Contratación correspondiente a la elaboración del PAAAPS, así como de las modificaciones y actualizaciones trimestrales en los términos y condiciones que refiera la Secretaría por medio de oficio circular a efecto de poder publicarlo.
CAPÍTULO VII MONITOREO DEL PAAAPS
TRIGÉSIMO OCTAVO.- En términos de las fracciones II y IV, del artículo 116 del RIPEAPCDMX, corresponde a la DGRMSG integrar informes periódicos de análisis y recomendaciones del gasto público en adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios a partir del avance del PAAAPS, supervisar a cada una de las URG's en la elaboración del PAAAPS, así como monitorear los procedimientos de contratación y contratos reportados con indicadores periódicos de eficiencia, transparencia, competencia y de riesgos de corrupción.
A efecto de cumplir con tales atribuciones, así como asesorar a cada una de las URG's por conducto de las DGA's en materia de adquisiciones, arrendamientos, prestación de servicios y compras consolidadas, la DGRMSG podrá requerirles la información necesaria para este fin y el ejercicio de las demás atribuciones que refiere el artículo 116 del RIPEAPCDMX.
TRIGÉSIMO NOVENO.- Las URG's harán del conocimiento del Comité de Adquisiciones y/o Subcomité de Adquisiciones en la sesión ordinaria respectiva, los indicadores periódicos que comunique la DGRMSG, en términos de la fracción IV, del artículo 116 del RIPEAPCDMX, con el objeto de adoptar mejoras en la planeación, contratación y registro de las compras públicas.
CAPÍTULO VIII
REQUISITOS DE OPERACIÓN DEL SISTEMA DEL PAAAPS
CUADRAGÉSIMO.- Será obligatorio capturar en el Sistema del PAAAPS los formularios y formatos que para el efecto determine la DGRMSG y en términos del Instructivo del Sistema PAAAPS.
En cualquier momento la DGRMSG podrá incluir otros formatos y formularios, con el fin de que las DGA's informen en sus PAAAPS todo lo concerniente a las adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios regulados por la LADF, con la respectiva notificación a las DGA's vía oficio circular.
El Sistema del PAAAPS será consultado en línea por cada una de las URG's para la uniformidad de la información y seguimiento institucional.
CUADRAGÉSIMO PRIMERO.- La DGRMSG comunicará a las DGA's, vía oficio circular, el Instructivo del Sistema del PAAAPS y estará disponible para consulta en el mismo sistema.
El Instructivo del Sistema del PAAAPS contendrá los formatos e instrucciones de captura para la elaboración del PAAAPS, sus modificaciones y actualizaciones, así como las indicaciones para operar diversas acciones de edición, eliminación y creación de las diferentes unidades de registro, así como sobre la carga de documentos asociados a los mismos.
CUADRAGÉSIMO SEGUNDO.- Las solicitudes de apertura del Sistema del PAAAPS de un trimestre a otro, deberán realizarse vía oficio por las DGA's a la DGRMSG refiriendo el trimestre de apertura solicitado y con una justificación que detalle los motivos que acompañan la solicitud, la DGRMSG analizará la solicitud y determinará la procedencia de la misma, lo que será comunicado a la DGA solicitante.
Para cualquier información adicional, aclaración o sugerencia, podrán comunicarse a la Dirección de Estrategias y Estudios xx Xxxxxxx adscrita a la DGRMSG.
TRANSITORIOS
PRIMERO. - Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
SEGUNDO. - Los presentes Lineamientos entrarán en vigor a partir de la fecha de su publicación.
TERCERO.- El presente Acuerdo deja sin efectos el Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para la elaboración, actualización y modificación del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios para el Ejercicio Fiscal 2023, publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 03 de enero de 2023.
CUARTO.- Tratándose del ejercicio fiscal 2024, los presentes Lineamientos serán aplicables en la elaboración del Programa Anual de Adquisiciones Arrendamientos y Prestación de Servicios del ejercicio fiscal correspondiente, a partir del envío de documentos a la Subsecretaría de Egresos para la validación presupuestaria obligatoria, que refiere el Lineamiento VIGÉSIMO PRIMERO. Los actos previos y hasta la validación del proyecto del Analítico de Procedimientos de Contratación se regirán por los calendarios y criterios establecidos en el Manual de Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para cada ejercicio fiscal, además de las normas de observancia obligatoria.
QUINTO.- En tanto la DGRMSG no comunique la habilitación de la e-firma para la firma electrónica de los acuses e informes que son generados y enviados mediante el Sistema del PAAAPS, la firma autógrafa surtirá la validez correspondiente.
SEXTO.- La publicación de la información trimestral de las URG’s en el visor público de contrataciones abiertas de la Ciudad de México referida en la fracción II del Lineamiento TRIGÉSIMO SEXTO, queda condicionado a que la DGRMSG, habilite la sección específica en dicho visor y que todo lo referente a su publicación sea comunicado vía oficio circular.
SÉPTIMO.- La DGRMSG deberá emitir el instructivo del Sistema del PAAAPS, a más tardar dentro de los 90 días naturales siguientes a la entrada en vigor de los presentes Lineamientos.
Ciudad de México, a 26 de diciembre de 2023 (Firma)
EL DIRECTOR GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES DE LA SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX
SECCIÓN 1
PARTIDAS DEL PROGRAMA ANUAL DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS
PARTIDA | DENOMINACIÓN |
1441 | PRIMAS POR SEGURO DE VIDA DEL PERSONAL CIVIL |
1442 | PRIMAS POR SEGURO DE VIDA DEL PERSONAL DE LOS CUERPOS DE SEGURIDAD PÚBLICA Y BOMBEROS |
1541 | VALES |
1549 | APOYOS COLECTIVOS ("No incluir asignaciones en dinero") |
1713 | PREMIO DE ANTIGÜEDAD ("No incluir asignaciones en dinero") |
1714 | PREMIO DE ANTIGÜEDAD ("No incluir asignaciones en dinero") |
2111 | MATERIALES, ÚTILES Y EQUIPOS MENORES DE OFICINA |
2121 | MATERIALES Y ÚTILES DE IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN |
2131 | MATERIALES ESTADÍSTICO Y GEOGRÁFICO |
2141 | MATERIALES, ÚTILES Y EQUIPOS MENORES DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES |
2151 | MATERIAL IMPRESO E INFORMACIÓN DIGITAL |
2152 | MATERIAL GRÁFICO INSTITUCIONAL |
2161 | MATERIAL DE- LIMPIEZA |
2171 | MATERIALES Y ÚTILES DE ENSEÑANZA |
2181 | MATERIALES PARA EL REGISTRO E IDENTIFICACIÓN DE BIENES Y PERSONAS |
2211 | PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA PERSONAS |
2221 | PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA ANIMALES |
2231 | UTENSILIOS PARA EL SERVICIO DE ALIMENTACIÓN |
2311 | PRODUCTOS ALIMENTICIOS, AGROPECUARIOS Y FORESTALES ADQUIRIDOS COMO MATERIA PRIMA |
2321 | INSUMOS TEXTILES ADQUIRIDOS COMO MATERIA PRIMA |
2331 | PRODUCTOS DE PAPEL, CARTÓN E IMPRESOS ADQUIRIDOS COMO MATERIA PRIMA |
2341 | COMBUSTIBLES, LUBRICANTES, ADITIVOS, CARBÓN Y SUS DERIVADOS ADQUIRIDOS COMO MATERIA PRIMA |
2351 | PRODUCTOS QUÍMICOS, FARMACÉUTICOS Y DE LABORATORIO ADQUIRIDOS COMO MATERIA PRIMA |
2361 | PRODUCTOS METÁLICOS Y A BASE DE MINERALES NO METÁLICOS ADQUIRIDOS COMO MATERIA PRIMA |
2371 | PRODUCTOS DE CUERO, PIEL, PLÁSTICO Y HULE ADQUIRIDOS COMO MATERIA PRIMA |
PARTIDA | DENOMINACIÓN |
2381 | MERCANCIAS ADQUIRIDAS PARA SU COMERCIALIZACIÓN |
2391 | OTROS PRODUCTOS ADQUIRIDOS COMO MATERIA PRIMA |
2411 | MEZCLA ASFÁLTICA |
2419 | OTROS PRODUCTOS MINERALES NO METÁLICOS |
2421 | CEMENTO Y PRODUCTOS DE CONCRETO |
2431 | CAL, YESO Y PRODUCTOS DE YESO |
2441 | MADERA Y PRODUCTOS XX XXXXXX |
2451 | VIDRIO Y PRODUCTOS XX XXXXXX |
2461 | MATERIAL ELÉCTRICO Y ELECTRÓNICO |
2471 | ARTÍCULOS METÁLICOS PARA LA CONSTRUCCIÓN |
2481 | MATERIALES COMPLEMENTARIOS |
2491 | OTROS MATERIALES Y ARTÍCULOS DE CONSTRUCCIÓN Y REPARACIÓN |
2511 | PRODUCTOS QUÍMICOS BÁSICOS |
2521 | FERTILIZANTES, PESTICIDAS Y OTROS AGROQUÍMICOS |
2531 | MEDICINAS Y PRODUCTOS FARMACÉUTICOS |
2541 | MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS MÉDICOS |
2551 | MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO |
2561 | FIBRAS SINTÉTICAS, HULES, PLÁSTICOS Y DERIVADOS |
2591 | OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS |
2611 | COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS |
2621 | CARBÓN Y SUS DERIVADOS |
2711 | VESTUARIO Y UNIFORMES |
2721 | PRENDAS DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN PERSONAL |
2731 | ARTÍCULOS DEPORTIVOS |
2741 | PRODUCTOS TEXTILES |
2751 | BLANCOS Y OTROS PRODUCTOS TEXTILES, EXCEPTO PRENDAS DE VESTIR |
2811 | SUSTANCIAS Y MATERIALES EXPLOSIVOS |
2821 | MATERIALES DE SEGURIDAD PÚBLICA |
2831 | PRENDAS DE PROTECCIÓN PARA SEGURIDAD PÚBLICA Y NACIONAL |
2911 | HERRAMIENTAS MENORES |
PARTIDA | DENOMINACIÓN |
2921 | REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EDIFICIOS |
2931 | REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACIÒN, EDUCACIONAL Y RECREATIVO |
2941 | REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE CÓMPUTO Y TECNOLOGÌAS DE LA INFORMACIÒN |
2951 | REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÈDICO Y DE LABORATORIO |
2961 | REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE |
2971 | REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE DEFENSA Y SEGURIDAD |
2981 | REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE MAQUINARIA Y OTROS EQUIPOS |
2991 | REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES OTROS BIENES MUEBLES |
3121 | GAS |
3131 | AGUA POTABLE (SOLO SE CONSIDERA LA CONTRATACIÓN DE AGUA POTABLE CON PARTICULARES, SE EXCEPTÚA EL PAGO CENTRALIZADO DE AGUA CON EL SISTEMA DE AGUAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO) |
3132 | AGUA TRATADA |
3141 | TELEFONÍA TRADICIONAL |
3151 | TELEFONÍA CELULAR |
3161 | SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES Y SATÉLITES |
3171 | SERVICIOS DE ACCESO DE INTERNET, REDES Y PROCESAMIENTO DE INFORMACIÓN |
3181 | SERVICIOS POSTALES Y TELEGRÁFICOS |
3191 | SERVICIOS INTEGRALES Y OTROS SERVICIOS |
3231 | ARRENDAMIENTO DE MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACIÓN, EDUCACIONAL Y RECREATIVO |
3241 | ARRENDAMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO |
3251 | ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE TRANSPORTE PARA LA EJECUCIÓN DE PROGRAMAS DE SEGURIDAD PÚBLICA Y ATENCIÓN DE DESASTRES NATURALES |
3252 | ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE TRANSPORTE DESTINADO A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS |
3253 | ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE TRANSPORTE DESTINADO A SERVIDORES PÚBLICOS Y SERVICIOS ADMINISTRATIVOS |
3261 | ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA, OTROS EQUIPOS Y HERRAMIENTAS |
3271 | ARRENDAMIENTO DE ACTIVOS INTANGIBLES |
3281 | ARRENDAMIENTO FINANCIERO |
3291 | OTROS ARRENDAMIENTOS |
PARTIDA | DENOMINACIÓN |
3311 | SERVICIOS LEGALES, DE CONTABILIDAD, AUDITORÍA Y RELACIONADOS |
3321 | SERVICIOS DE DISEÑO, ARQUITECTURA, INGENIERÍA Y ACTIVIDADES RELACIONADAS |
3331 | SERVICIOS DE CONSULTORÍA ADMINISTRATIVA, PROCESOS, TÉCNICA Y EN TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN |
3341 | SERVICIOS DE CAPACITACIÓN |
3351 | SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y DESARROLLO |
3361 | SERVICIOS DE APOYO ADMINISTRATIVO Y FOTOCOPIADO |
3362 | SERVICIOS DE IMPRESIÓN |
3363 | SERVICIOS DE IMPRESIÓN EN MEDIOS MASIVOS |
3371 | SERVICIOS DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD |
3381 | SERVICIOS DE VIGILANCIA |
3391 | SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTÍFICOS, TÉCNICOS INTEGRALES Y OTROS ("registro global en PAAAPS") |
3421 | SERVICIOS DE COBRANZA, INVESTIGACIÓN CREDITICIA Y SIMILAR |
3431 | GASTOS INHERENTES A LA RECAUDACIÓN |
3439 | OTROS SERVICIOS DE RECAUDACIÓN, TRASLADO Y CUSTODIA DE VALORES |
3441 | SEGUROS DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL Y FIANZAS |
3451 | SEGURO DE BIENES PATRIMONIALES |
3461 | ALMACENAJE, ENVASE Y EMBALAJE |
3471 | FLETES Y MANIOBRAS |
3481 | COMISIONES POR VENTAS |
3511 | CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO MENOR DE INMUEBLES |
3521 | INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE MOBILIARIO Y EQUIPO DE ADMINISTRACIÓN, EDUCACIONAL Y RECREATIVO |
3531 | INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO DE CÓMPUTO Y TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN |
3541 | INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO |
3551 | REPARACIÓN, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE EQUIPO DE TRANSPORTE PARA LA EJECUCIÓN DE PROGRAMAS DE SEGURIDAD PÚBLICA Y ATENCIÓN DE DESASTRES NATURALES |
0000 | XXXXXXXXXX, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE EQUIPO DE TRANSPORTE DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS |
0000 | XXXXXXXXXX, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE EQUIPO DE TRANSPORTE DESTINADOS A SERVIDORES PÚBLICOS Y SERVICIOS ADMINISTRATIVOS |
PARTIDA | DENOMINACIÓN |
3561 | REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO DE DEFENSA Y SEGURIDAD |
3571 | INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE MAQUINARIA, OTROS EQUIPOS Y HERRAMIENTAS |
3581 | SERVICIOS DE LIMPIEZA Y MANEJO DE DESECHOS |
3591 | SERVICIOS DE JARDINERÍA Y FUMIGACIÓN |
3611 | DIFUSIÓN POR RADIO, TELEVISIÓN Y OTROS MEDIOS DE MENSAJES SOBRE PROGRAMAS Y ACTIVIDADES GUBERNAMENTALES |
3621 | DIFUSIÓN POR RADIO, TELEVISIÓN Y OTROS MEDIOS COMERCIALES PARA PROMOVER LA VENTA DE BIENES O SERVICIOS |
3631 | SERVICIOS DE CREATIVIDAD, PREPRODUCCIÓN Y PRODUCCIÓN DE PUBLICIDAD, EXCEPTO INTERNET |
3641 | SERVICIOS DE REVELADO DE FOTOGRAFÍAS |
3651 | SERVICIOS DE LA INDUSTRIA FILMICA, DEL SONIDO Y DEL VIDEO |
3661 | SERVICIO DE CREACIÓN Y DIFUSIÓN DE CONTENIDO EXCLUSIVAMENTE A TRAVÉS DE INTERNET |
3691 | OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN |
3771 | GASTOS DE INSTALACIÓN Y TRASLADO DE MENAJE |
3811 | GASTOS DE CEREMONIAL |
3821 | ESPECTÁCULOS CULTURALES |
3822 | GASTOS DE ORDEN SOCIAL |
3823 | GASTOS DE DIFUSIÓN Y EXTENSIÓN UNIVERSITARIA |
3831 | CONGRESOS Y CONVENCIONES |
3832 | GASTOS DE ORDEN ACADÉMICO |
3841 | EXPOSICIONES |
3851 | GASTOS DE REPRESENTACIÓN |
3991 | SERVICIOS PARA LA PROMOCIÓN DEPORTIVA |
3992 | SERVICIOS PARA LA PROMOCIÓN Y DIFUSIÓN DE SITIOS TURÍSTICOS, CULTURALES, RECREATIVOS Y DEPORTIVOS DEL DISTRITO FEDERAL |
3993 | SUBROGACIONES |
3999 | OTROS SERVICIOS GENERALES |
4411 | PREMIOS ("No incluir asignaciones en dinero") |
4412 | AYUDAS SOCIALES A PERSONAS U HOGARES DE ESCASOS RECURSOS ("No incluir asignaciones en dinero") |
4419 | OTRAS AYUDAS SOCIALES A PERSONAS ("No incluir asignaciones en dinero") |
PARTIDA | DENOMINACIÓN |
4421 | BECAS Y OTRAS AYUDAS PARA PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN (Materiales o servicios que se contraten por servidores públicos del Gobierno del Distrito Federal “no incluir asignaciones en dinero”) |
4431 | AYUDAS SOCIALES A INSTITUCIONES DE ENSEÑANZA (Materiales o servicios que se contraten por servidores públicos del Gobierno del Distrito Federal “no incluir asignaciones en dinero”) |
4441 | AYUDAS SOCIALES A ACTIVIDADES CIENTÍFICAS O ACADÉMICAS (Materiales o servicios que se contraten por servidores públicos del Gobierno del Distrito Federal “no incluir asignaciones en dinero”) |
4451 | AYUDAS SOCIALES A INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO (Materiales o servicios que se contraten por servidores públicos del Gobierno del Distrito Federal “no incluir asignaciones en dinero”) |
4461 | AYUDAS SOCIALES A COOPERATIVAS (Materiales o servicios que se contraten por servidores públicos del Gobierno del Distrito Federal “no incluir asignaciones en dinero”) |
4471 | AYUDAS SOCIALES A ENTIDADES DE INTERÉS PÚBLICO (Materiales o servicios que se contraten por servidores públicos del Gobierno del Distrito Federal “no incluir asignaciones en dinero”) |
4481 | AYUDAS POR DESASTRES NATURALES Y OTROS SINIESTROS (Materiales o servicios que se contraten por servidores públicos del Gobierno del Distrito Federal “no incluir asignaciones en dinero”) |
5111 | MUEBLES DE OFICINA Y ESTANTERÍA |
5121 | MUEBLES, EXCEPTO DE OFICINA Y ESTANTERÍA |
5131 | BIENES ARTÍSTICOS, CULTURALES Y CIENTÍFICOS |
5151 | EQUIPO DE CÓMPUTO Y DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN |
5191 | OTROS MOBILIARIOS Y EQUIPOS DE ADMINISTRACIÓN |
5211 | EQUIPOS Y APARATOS AUDIOVISUALES |
5221 | APARATOS DEPORTIVOS |
5231 | CÁMARAS FOTOGRÁFICAS Y DE VIDEO |
5291 | OTRO MOBILIARIO Y EQUIPO EDUCACIONAL Y RECREATIVO |
5311 | EQUIPO MÉDICO Y DE LABORATORIO |
5321 | INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO |
5411 | VEHÍCULOS Y EQUIPO TERRESTRE PARA LA EJECUCIÓN DE PROGRAMAS DE SEGURIDAD PÚBLICA Y ATENCIÓN DE DESASTRES NATURALES |
5412 | VEHÍCULOS Y EQUIPO TERRESTRE DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS |
5413 | VEHÍCULOS Y EQUIPO TERRESTRE DESTINADOS A SERVIDORES PÚBLICOS Y SERVICIOS ADMINISTRATIVOS |
5421 | CARROCERÍAS Y REMOLQUES PARA LA EJECUCIÓN DE PROGRAMAS DE SEGURIDAD PÚBLICA Y ATENCIÓN DE DESASTRES NATURALES |
5422 | CARROCERÍAS Y REMOLQUES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN XX |
XXXXXXX | DENOMINACIÓN |
PROGRAMAS PÚBLICOS | |
5423 | CARROCERÍAS Y REMOLQUES DESTINADO A SERVIDORES PÚBLICOS Y SERVICIOS ADMINISTRATIVOS |
5431 | EQUIPO AEROESPACIAL |
5441 | EQUIPO FERROVIARIO |
5451 | EMBARCACIONES |
5491 | OTROS EQUIPOS DE TRANSPORTE |
5511 | EQUIPO DE DEFENSA Y SEGURIDAD |
5611 | MAQUINARIA Y EQUIPO AGROPECUARIO |
5621 | MAQUINARIA Y EQUIPO INDUSTRIAL |
5631 | MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN |
5641 | SISTEMAS DE AIRE ACONDICIONADO, CALEFACCIÓN Y DE REFRIGERACIÓN INDUSTRIAL Y COMERCIAL |
5651 | EQUIPO DE COMUNICACIÓN Y TELECOMUNICACIÓN |
5661 | EQUIPOS DE GENERACIÓN ELÉCTRICA, APARATOS Y ACCESORIOS ELÉCTRICOS |
5671 | HERRAMIENTAS Y MÁQUINAS-HERRAMIENTA |
5691 | OTROS EQUIPOS |
5711 | BOVINOS |
5721 | PORCINOS |
5731 | AVES |
5741 | OVINOS Y CAPRINOS |
5751 | PECES Y ACUICULTURA |
5761 | EQUINOS |
5771 | ESPECIES MENORES Y DE ZOOLÓGICO |
5781 | ÁRBOLES Y PLANTAS |
5791 | OTROS ACTIVOS BIOLÓGICOS |
5911 | SOFTWARE |
5921 | PATENTES |
5931 | MARCAS |
5941 | DERECHOS |
5971 | LICENCIAS INFORMÁTICAS E INTELECTUALES |
PARTIDA | DENOMINACIÓN |
5981 | LICENCIAS INDUSTRIALES, COMERCIALES Y OTRAS |
5991 | OTROS ACTIVOS INTANGIBLES |
SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE
Dra. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Secretaria del Medio Ambiente de la Ciudad de México, con fundamento en los artículos 4 párrafos quinto y sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 9 apartado F, 13 apartado A, numerales 1 y 2, 16 apartado B, numeral 3, incisos f) y g), y 33 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 11 fracción I, 14, 16; fracción X, 18, 20; fracciones IX y XXV, 35; fracciones IV, X y XLIV de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 2 fracción IV, 6 fracción II, 9 fracciones I, XX, XLIV, LI y LIII, 13 fracciones III y IV, 18 fracciones II y X, 19 fracciones I y II, 25, 105 fracción VIII, 106 fracciones I y VIII, 107 fracciones II y IV de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en la Ciudad de México; 1 fracciones I, VI y VII; 5 fracciones II y IV, 43 inciso H, fracción I, párrafo tercero y 51 último párrafo de la Ley del Sistema de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México; 32 y 33 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 10 fracción II y 151 de la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México; 124 y 129 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; 7 fracción X, inciso C) y 185 fracciones I y V del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 50 y 51 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; y 4 y 31 Reglamento para Someter a la Aprobación del Comité de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal, la Creación y Operación de Programas del Desarrollo Social que otorguen Subsidios, Apoyos o Ayudas a la Población del Distrito Federal;
CONSIDERANDO
PRIMERO. Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 4, párrafos quinto y sexto, en correlación con los artículos 9, apartado F, 13, apartado A, numerales 1 y 2, 16, apartado B, numeral 3, incisos f) y g) de la Constitución Política de la Ciudad de México, reconocen que toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano y al acceso, disposición y saneamiento de agua potable suficiente, salubre, segura, asequible, accesible y de calidad.
SEGUNDO. Que la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, faculta a la Secretaría del Medio Ambiente para la formulación, ejecución y evaluación de la política de la Ciudad en materia ambiental, de los recursos naturales y del desarrollo rural sustentable, así como la garantía y promoción de los derechos ambientales.
TERCERO. Que la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, establece que los Programas de Desarrollo Social son instrumentos derivados de la planificación institucional de la política social, que garantizan y promueven el efectivo cumplimiento del pleno ejercicio de los derechos humanos, económicos, sociales y culturales.
CUARTO. En un Gobierno con un mayor grado de cooperación e interacción entre el Estado y la ciudadanía, la práctica de la participación ciudadana en la gestión ambiental en diversos niveles contribuye a una mayor eficacia en el desempeño gubernamental; entre los que se encuentra la participación a través de la información y la comunicación, que supone la divulgación del conocimiento xx xxxxx, decretos, presupuestos, normatividad, programas, planes, acciones y proyectos del sector gubernamental, de acuerdo a lo dispuesto en los numerales 13 de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en la Ciudad de México y 10, fracción II y 151 de la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México.
QUINTO. Que las disposiciones de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en la Ciudad de México en correlación con la Ley del Derecho al Acceso, Disposición y Saneamiento del Agua de la Ciudad de México, son de orden público, interés social y tienen por objeto definir los principios mediante los cuales se habrá de formular, conducir y evaluar la política ambiental e hídrica en la Entidad, así como los instrumentos y procedimientos para su fomento, protección, vigilancia y aplicación.
Por lo que, en la búsqueda de garantizar el derecho a un medio ambiente sano y el acceso al agua, el Gobierno de la Ciudad de México por conducto de la Secretaría del Medio Ambiente, ha implementado diversas políticas públicas hídricas con la finalidad de promover la captación de agua pluvial, el tratamiento y reutilización de agua y con ello estar en posibilidad de revertir la sobreexplotación de los acuíferos; además de la elaboración y aplicación de un plan de infraestructura para el aprovechamiento, tratamiento y preservación del agua, mediante la captación y uso de aguas pluviales.
SEXTO. Que las Reglas de Operación son el conjunto de normas que rigen a los Programas Sociales.
SÉPTIMO. Que el artículo 51 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, establece que las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Alcaldías y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México, deberán publicar en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, a más tardar el 31 de enero de cada año, las Reglas de Operación de los Programas Sociales que tengan a su cargo, a fin de que cualquier persona pueda conocerlas. En el caso de programas cuya operación no coincida con el ejercicio fiscal, deberán publicarse antes de que se inicien las actividades del mismo o la entrega de subsidios, ayudas, apoyos o servicios a las y los beneficiarios.
Por lo que con fundamento en las disposiciones jurídicas y consideraciones antes expuestas he tenido a bien emitir el siguiente:
AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA COSECHA DE LLUVIA 2024
Glosario
Para los efectos de estas Reglas de Operación, se entenderá:
Agua Pluvial: la proveniente de la lluvia, nieve o granizo.
Convenio de Concertación de Acciones: acuerdo que suscriben las personas integrantes de la Unidad Técnica Operativa del Programa Cosecha de Lluvia con la Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México para crear, transferir, modificar o extinguir obligaciones relacionadas con la implementación del Programa.
Cosecha de Agua de Lluvia: es la acción de colectar, conducir, almacenar y tratar el agua que se precipita a la superficie terrestre para su uso o consumo.
Estrés hídrico: Se habla de estrés hídrico cuando la demanda de agua es más alta que la cantidad disponible durante un periodo determinado o cuando su uso se ve restringido por su baja calidad.
Índice de Desarrollo Social: Medida estadística compuesta por indicadores que permiten identificar a partir de información referente a la calidad y espacios de la vivienda, al acceso a los servicios sanitarios (agua, drenaje, excusado), a las adecuaciones energética, el acceso a internet y la disponibilidad de telefonía (fija o celular), así como el rezago educativo, el acceso a los servicios de salud y a la seguridad social. Este índice permite ordenar a partir de un valor numérico las unidades territoriales (colonias) de mayor a menor desarrollo social (EVALÚA, 2020).
Personas Beneficiarias: son aquellas que forman parte de la población atendida por el Programa Cosecha de Lluvia y que cumplen con los requisitos de acceso establecidos en las presente Reglas de Operación.
Personas Beneficiarias Facilitadoras de Servicios: son aquellas personas que integran la Unidad Técnica Operativa del Programa Cosecha de Lluvia y que reciben un apoyo económico por la realización de sus actividades de implementación del Programa.
Personas Beneficiarias Finales: son aquellas a las que se les entrega e instala en su vivienda un Sistema de Captación de Agua de Lluvia, recibe las capacitaciones pertinentes y se compromete a atender las visitas de seguimiento e instalación.
Sistemas de captación: son los Sistemas de Captación de Agua de Lluvia.
Servicio Integral del Programa: contratación mediante un proceso de Licitación Pública para la realización de las actividades consistentes en la verificación técnica de las viviendas; el diseño previo del SCALL; planteamiento sobre las modificaciones necesarias en las viviendas para la instalación del SCALL; la instalación de los sistemas; insumos necesarios para la instalación; seguimiento y resolver dudas en cada una de las viviendas beneficiarias del Programa; la capacitación de la UTO en los aspectos técnicos de uso, funcionamiento, mantenimiento y reparaciones básicas de los SCALL y la capacitación continua del personal a su cargo en aspectos de uso, mantenimiento y reparaciones.
Unidad Técnica Operativa: es la encargada de la realización de todas y cada una de las actividades de difusión, implementación y ejecución del Programa Cosecha de Lluvia.
Visita de Evaluación Técnica: es la acción de acudir al domicilio en donde se ubica la vivienda inscrita en el Programa, que realizan en conjunto el personal integrante del Servicio Integral del Programa y de la Unidad Técnica Operativa, para determinar que la misma cuente con las condiciones de infraestructura mínimas necesarias para la óptima instalación del Sistema de Captación de Agua de Lluvia.
Visita de Instalación: es la acción de acudir al domicilio en donde se ubica la vivienda beneficiaria en el Programa, que realizan en conjunto el personal integrante del Servicio Integral del Programa y de la Unidad Técnica Operativa, para la entrega y óptima instalación del Sistemas de Captación de Agua de Lluvia; así como para dar las capacitaciones pertinentes a las personas beneficiarias respecto del adecuado uso y limpieza del Sistema.
Visita de Seguimiento y Evaluación: es la acción de acudir a los domicilios de las viviendas beneficiadas del Programa, que realizan en conjunto el personal integrante del Servicio Integral del Programa y de la Unidad Técnica Operativa, para dar seguimiento y evaluar el uso adecuado del Sistema de Captación de Agua de Lluvia, así como tomar las muestras pertinentes para revisar la calidad del agua y si la cloración es la adecuada.
Acrónimos
Ciudad de México: CDMX
Dirección General de Coordinación de Políticas y Cultura Ambiental: DGCPCA
Índice de Desarrollo Social: IDS
Puntos de Innovación, Libertad. Arte, Educación y Saberes: PILARES
Programa Cosecha de Lluvia: Programa
Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México: SEDEMA
Sistema de Captación de Agua de Lluvia: SCALL
Unidad Técnica Operativa del Programa Cosecha de Lluvia: UTO
1.Nombre de Programa Social y Dependencia o Entidad Responsable
1.1 Nombre del Programa Social
Programa Cosecha de Lluvia 2024.
1.2 Dependencia o Entidad responsable de la ejecución del Programa
La Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México, operará y ejecutará el Programa Social Cosecha de Lluvia 2024, a través de la Dirección General de Coordinación de Políticas y Cultura Ambiental en la coordinación, seguimiento, supervisión, control y evaluación; y la Coordinación de Planeación y Políticas en el diseño y operación.
2. Alineación Programática
El Programa Cosecha de Lluvia 2024 se alinea con los derechos reconocidos en la Constitución Política de la Ciudad de México y con los principios de política de Desarrollo Social establecidos en la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. Asimismo, contribuye a los ejes programáticos del Programa de Gobierno de la Ciudad de México 2019-2024, del Plan General de Desarrollo de la Ciudad de México Visión 2040 y del Programa de Derechos Humanos de la Ciudad de México 2016-2021:
La alineación detallada del Programa Cosecha de Lluvia 2024 es la siguiente:
Tabla 1. Alineación con la Constitución Política de la Ciudad de México
Constitución Política de la Ciudad de México |
De los Derechos humanos |
Artículo 6. Ciudad de libertades y derechos |
D. Derechos de las familias. |
3. Se implementará una política pública de atención y protección a las familias de la Ciudad de México. |
Artículo 7. Ciudad democrática |
A. Derecho a la buena administración pública. |
1. Toda persona tiene derecho a una buena administración pública, de carácter receptivo, eficaz y eficiente, así como a recibir los servicios públicos de conformidad con los principios de generalidad, uniformidad, regularidad, continuidad, calidad y uso de las tecnologías de la información y la comunicación. |
D. Derecho a la información. |
1. Toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural, suficiente y oportuna, así como a producirla, buscarla, recibirla y difundirla por cualquier medio. |
2. Se garantiza el acceso a la información pública que posea, transforme o genere cualquier instancia pública, o privada que reciba o ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad o de interés público. Esta información deberá estar disponible en formatos de datos abiertos, de diseño universal y accesible. |
Artículo 8. Ciudad educadora y del conocimiento |
C. Derecho a la ciencia y a la innovación tecnológica. |
1. En la Ciudad de México el acceso al desarrollo científico y tecnológico es un derecho universal y elemento fundamental para el bienestar individual y social. El Gobierno de la Ciudad garantizará el libre acceso, uso y desarrollo de la ciencia, la tecnología y la innovación, la plena libertad de investigación científica y tecnológica, así como a disfrutar de sus beneficios. |
Artículo 9. Ciudad solidaria |
A. Derecho a la vida digna. |
1. Las autoridades adoptarán las medidas necesarias para que progresivamente, se erradiquen las desigualdades estructurales y la pobreza, y se promueva el desarrollo sustentable, que permita alcanzar una justa distribución de la riqueza y del ingreso entre personas, familias, grupos sociales y ámbitos territoriales. |
3. Las autoridades garantizarán progresivamente la vigencia de los derechos, hasta el máximo de los recursos públicos disponibles. Se asegurará la no discriminación, la igualdad sustantiva y la transparencia en el acceso a los programas y servicios sociales de carácter público. Su acceso y permanencia se establecerá en las leyes y normas respectivas. |
E. Derecho a la vivienda. |
1. Toda persona tiene derecho a una vivienda adecuada para sí y su familia, adaptada a sus necesidades. |
F. Derecho al agua y a su saneamiento. |
1. Toda persona tiene derecho al acceso, a la disposición y saneamiento de agua potable suficiente, salubre, segura, asequible, accesible y de calidad para el uso personal y doméstico de una forma adecuada a la dignidad, la vida y la salud; así como a solicitar, recibir y difundir información sobre las cuestiones del agua. |
2. La Ciudad garantizará la cobertura universal del agua, su acceso diario, continuo, equitativo y sustentable. Se incentivará la captación del agua pluvial. |
3. El agua es un bien público, social y cultural. Es inalienable, inembargable, irrenunciable y esencial para la vida. La gestión del agua será pública y sin fines de lucro. |
Artículo 11. Ciudad incluyente |
A. Grupos de atención prioritaria. |
La Ciudad de México garantizará la atención prioritaria para el pleno ejercicio de los derechos de las personas que debido a la desigualdad estructural enfrentan discriminación, exclusión, maltrato, abuso, violencia y mayores obstáculos para el pleno ejercicio de sus derechos y libertades fundamentales. |
C. Derechos de las mujeres. |
Esta Constitución reconoce la contribución fundamental de las mujeres en el desarrollo de la ciudad, promueve la igualdad sustantiva y la paridad de género. Las autoridades adoptarán todas las medidas necesarias, temporales y permanentes, para erradicar la discriminación, la desigualdad de género y toda forma de violencia contra las mujeres. |
Artículo 12. Derecho a la ciudad |
1. La Ciudad de México garantiza el derecho a la ciudad que consiste en el uso y el usufructo pleno y equitativo de la ciudad, fundado en principios de justicia social, democracia, participación, igualdad, sustentabilidad, de respeto a la diversidad cultural, a la naturaleza y al medio ambiente. |
2. El derecho a la ciudad es un derecho colectivo que garantiza el ejercicio pleno de los derechos humanos, la función social de la ciudad, su gestión democrática y asegura la justicia territorial, la inclusión social y la distribución equitativa de bienes públicos con la participación de la ciudadanía. |
Artículo 13. Ciudad habitable |
A. Derecho a un medio ambiente sano. |
1. Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. Las autoridades adoptarán las medidas necesarias, en el ámbito de sus competencias, para la protección del medio ambiente y la preservación y restauración del equilibrio ecológico, con el objetivo de satisfacer las necesidades ambientales para el desarrollo de las generaciones presentes y futuras. |
Artículo 16. Ordenamiento territorial |
B. Gestión sustentable del agua |
3. La política hídrica garantizará: |
f) La promoción de la captación de agua pluvial, el tratamiento y reutilización de aguas para su uso y para revertir la sobreexplotación de los acuíferos; |
F. Infraestructura física y tecnológica. |
2. En materia de infraestructura, el Plan General de Desarrollo precisará: |
b. Las características etarias, de género o discapacidad y aquellas otras que se justifiquen, así como criterios de accesibilidad y diseño universal para mejorar las condiciones de equidad y funcionalidad en la provisión de los servicios públicos. |
Tabla 2. Alineación con el Plan General de Desarrollo de la Ciudad de México Visión 2040
Plan General de Desarrollo de la Ciudad de México Visión 2040 | |
Ejes de Transformación | Objetivo Estratégico |
3. Ciudad Sustentable, Sana y Resiliente | 15. Cuencas, agua y sanidad. |
Construir nuevas pautas y políticas de manejo del agua que lleven a la estabilización de los acuíferos y al manejo sustentable integral de las cuencas que abastecen a la Ciudad de México, para garantizar el derecho al agua y a la sanidad de toda la población. | |
Meta 3. | |
El 100% de la población cuenta con agua potable todos los días (mínimo de cien litros diarios por habitante). | |
Líneas estratégicas. | |
Programa de Cosecha de Lluvia que incluye medios de abastecimiento alternativos de agua potable a nivel doméstico en zonas marginadas. |
Tabla 3. Alineación con el Programa de Gobierno de la Ciudad de México 2019 - 2024
Gobierno de la Ciudad de México 2019-2024 | |
Eje programático | Objetivo específico |
1. Igualdad y Derechos | 1.6. Derecho a la igualdad e inclusión. |
1.7. Pueblos originarios y poblaciones indígenas residentes. | |
2. Ciudad Sustentable | 2.3. Medio Ambiente y Recursos Naturales. |
2.3.2. Garantizar el derecho al agua y disminuir la sobreexplotación del acuífero. |
Tabla 4. Alineación con el Programa General de Derechos Humanos 2016 – 2021
Programa General de Derechos Humanos | |
Capítulo | Objetivo Específico |
Derecho al agua y al saneamient o | 6.2 Garantizar el derecho al agua y al saneamiento para las generaciones presentes y futuras mediante políticas sustentables y una gestión sustentable del recurso hídrico. |
6.3. Garantizar que las y los habitantes de la Ciudad de México cuenten con una dotación adecuada de agua potable, salubre y aceptable para usos personales y domésticos. |
Tabla 5. Alineación con La Ley De Igualdad Sustantiva Entre Mujeres Y Hombres En La Ciudad De México
Capítulo | Objetivo Específico |
De la igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito civil | Art. 28. Con el fin de promover y procurar la igualdad sustantiva de mujeres y hombres en el ámbito civil, las personas integrantes designadas por los entes públicos velarán por los siguientes objetivos: |
I. Evaluar la legislación en materia de igualdad entre mujeres y hombres; | |
II. Promover los derechos específicos de las mujeres como derechos humanos universales; y | |
III. Erradicar las distintas modalidades de violencia de género. | |
Art. 29. Para efecto de lo previsto en el artículo anterior, los entes públicos, en el ámbito de su competencia, desarrollarán las siguientes acciones: | |
III. Capacitar a las autoridades encargadas de la procuración y administración de justicia en materia de igualdad entre mujeres y hombres. | |
VIII. Generar mecanismos institucionales que fomenten el reparto equilibrado de las responsabilidades familiares. | |
De la eliminación | Art. 30. Los entes públicos en la Ciudad de México tendrán entre sus objetivos la eliminación de los estereotipos que fomentan la discriminación y la violencia contra las mujeres. |
de estereotipos establecidos en función del sexo | Art. 31. Para efecto de lo previsto en el artículo anterior, las autoridades correspondientes desarrollarán las siguientes acciones: |
I. Implementar y promover acciones para erradicar toda discriminación, basada en estereotipos en función del sexo; | |
II. Desarrollar actividades de concientización sobre la importancia de la igualdad entre mujeres y hombres; | |
III. Garantizar la integración de la perspectiva de género en la política pública de la Ciudad de México; y | |
IV. Promover la utilización de un lenguaje con perspectiva de género en la totalidad de las relaciones sociales. |
Adicionalmente, el programa tiene un enfoque transversal de derechos humanos, debido a que la escasez de agua en los hogares vulnera derechos sociales reconocidos por la Constitución Política de la Ciudad de México como el derecho al agua y su saneamiento, a un medio ambiente sano, a una vida digna y a la ciudad. Asimismo, se vulnera el derecho a la infraestructura social, reconocido por la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal. Específicamente, el derecho al agua se ve vulnerado para la población. De esta manera, con los resultados del Programa se busca contribuir a mejorar la cobertura y acceso al agua para los habitantes de la Ciudad de México y, a su vez, a hacer efectivo el derecho humano al agua.
Asimismo, el Programa Cosecha de Lluvia cuenta con un enfoque transversal de igualdad sustantiva, ya que busca reducir desigualdades en el acceso al agua, aumentar la resiliencia ante crisis puntuales xx xxxxxx y contribuir a cerrar brechas de género que afectan a las mujeres, a quienes con frecuencia se les ha asignado la tarea de buscar agua para cubrir las necesidades básicas del hogar. La captación de agua de lluvia contribuye a la reducción del tiempo de trabajo no remunerado, principalmente de las mujeres, en tareas de gestión, almacenamiento y acarreo de agua. La información generada por el Programa se desagrega por sexo con lo que se observa un impacto positivo principalmente para las mujeres. Además, se busca la paridad de género en la composición de los equipos y se capacita a todas las personas involucradas en el Programa en temas de igualdad sustantiva y derechos humanos.
Por último, el Programa cuenta con un enfoque en el que se busca asegurar el bienestar y desarrollo integral de niñas, niños y adolescentes. Esto implica la creación de políticas, programas y acciones específicas para garantizar su adecuada protección y participación en la sociedad.
3. Diagnóstico
3.1 Antecedentes
Desde el 2019 la política hídrica de la Ciudad de México ha tenido un enfoque holístico y responsable que considera todos los factores que confluyen en el manejo del agua, como son: ambientales, sociales, culturales, económicos y políticos; fundamentadas en el cuidado del agua, su disponibilidad y calidad, así como en la recuperación y su aprovechamiento sustentable.
La identificación de una perspectiva sustentable del recurso hídrico ha tenido como pilares la comunicación constante con los diversos grupos sociales de la ciudad y la recuperación de los ecosistemas que permiten la recarga de los acuíferos, realizándose de manera particular trabajos de modernización, rehabilitación y sustitución de distintos tipos de infraestructura, para garantizar el derecho al agua a todas las personas a través de las siguientes líneas de acción: modernización del sistema de distribución, detección y reparación de fugas, atención a la red de drenaje, intervención xx xxxxx y plantas potabilizadoras y de bombeo, tratamiento de aguas residuales y pluviales, sectorización, micro y macro
mediciones, instalación de sistemas de cosecha de lluvia, mejora de gestión y cancelación xx xxxxx con agua de mala calidad (Cuarto Informe de Gobierno, Ciudad de México, 2019-2022).
Lo que ha dado como resultado el avance en la modernización del sistema de distribución de agua potable, la reparación de 35,107 fugas (desde 2019 a julio 2022) en diversas alcaldías, el equilibrio de la distribución del agua dentro de la ciudad y la atención a la red de drenaje. En el periodo de 2019 al 31 de julio de 2022 se concluyó la construcción de 20.7 km de colectores, la rehabilitación de 47.6 Km de colectores, el equipamiento de 36 pozos profundos, la rehabilitación de 213 pozos de agua potable y 38 plantas potabilizadoras, 46 plantas de bombeo, 6 subestaciones eléctricas, la conclusión de 750 estaciones hidrométricas, en los siguientes sistemas de macro medición: Xxxxx-Cutzamala (Xxxxx de Toluca), Pozos Ciudad de México, Pozos Xxxxx, Sistema xx xxxxx Chiconautla, Sistema de Tanques y Rebombeos de las Alcaldías Xxxxxx Xxxxxxx, Cuajimalpa xx Xxxxxxx, Xxxxxxx X. Xxxxxx, La Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, Tlalpan y Estaciones Hidrométricas de la red primaria de la Ciudad de México (Cuarto Informe de Gobierno, Ciudad de México, 2019-2022).
Asimismo, desde el 2019 se han diseñado alternativas viables para solucionar la falta de agua en algunas zonas de la ciudad, así como dar inicio a la transición hacia sistemas de aprovechamiento y gestión de agua sustentable. En ese mismo año, se dio inicio al programa social denominado “Cosecha de Lluvia”, a partir de ese año y hasta el 2023 se han beneficiado con la instalación de un sistema de cosecha de lluvia a poco más de 62,700 hogares, que les permiten contar con más agua con la calidad necesaria para usos habitacionales (higiene y limpieza). De los cuales 61,487 han sido financiados por el Gobierno de la Ciudad de México y 1,214 financiados mediante donaciones del Fondo Mixto México- España y la Fundación Xxxxxxx Xxx Xxxxxxx (Cuarto Informe de Gobierno, Ciudad de México, 2019-2022).
La instalación de estos sistemas de captación de agua de lluvia tiene como ventajas adicionales disminuir la demanda de agua de los acuíferos y evitar inundaciones que causan afectaciones en diversas zonas de la ciudad (Cuarto Informe de Gobierno, Ciudad de México, 2019-2022).
Es importante resaltar que alrededor del 65% de los sistemas de recolección de agua de lluvia instalados han beneficiado a mujeres, con una reducción importante del tiempo que dedican al abastecimiento de agua para sus familias (Cuarto Informe de Gobierno, Ciudad de México, 2019-2022).
A partir de los hallazgos encontrados durante las evaluaciones internas del Programa Cosecha de Lluvia y de los resultados de las encuestas realizadas por los integrantes de la Unidad Técnica Operativa (UTO), se han implementado acciones que tienen por objeto aumentar el uso adecuado del SCALL en los hogares. Para ello, desde el 2020, se ha puesto un especial énfasis en capacitar a las personas beneficiarias en el uso, limpieza y mantenimiento de los SCALL, así como en la adecuada cloración del agua captada, con el fin de cuidar la calidad de la misma.
Asimismo, en 2021 se instalaron 80 medidores volumétricos o caudalímetros, en un grupo de viviendas distribuidas aleatoriamente en las Alcaldías Coyoacán, Tlalpan y Xxxxxxx X. Xxxxxx, cuya precipitación es representativa de la Ciudad, y en 2023 se instalaron 50 caudalímetros más en las Alcaldías de Milpa Alta, Tláhuac y Tlalpan. Esta tecnología permite estimar el volumen promedio de agua cosechada en los hogares beneficiarios del Programa.
Se ha procurado que las personas beneficiarias interactúen más con los componentes del SCALL y que todos los integrantes de la familia se involucren en la división equitativa de tareas para el uso, limpieza y mantenimiento del mismo. En este sentido, se han realizado modificaciones al programa desde una perspectiva de adopción del cosechador y las modalidades para ser persona beneficiaria de un sistema.
A partir del 2021 se diseñó un mecanismo de distribución equitativa de tareas para la captación de lluvia en los hogares beneficiados, que consiste en que cada integrante de la familia elige alguna de las tareas de cuidado, limpieza y mantenimiento de los SCALL, dejando registro con su nombre de la actividad que seleccionó y la frecuencia con la que la realizará (Evaluación Interna del Programa Cosecha de Lluvia 2021). Con este mecanismo, al 2023 se ha logrado beneficiar aproximadamente 40,887 mujeres, reduciendo el tiempo que destinan a esta práctica, incidiendo con ello de manera indirecta en la reducción de la brecha de desigualdad que el acceso al agua representa para las mujeres.
Además, desde el 2021, se incorporó al programa la modalidad de subsidio parcial; mediante la cual se ha buscado alcanzar a la población que también padece la escasez de agua, pero que cuenta con capacidad económica para adquirir un SCALL con subsidio del 50%. Bajo este esquema, el Programa Cosecha de Lluvia aportó la mitad del costo del SCALL y la instalación, mientras que la mitad restante fue cubierta por la persona beneficiaria.
3.2 Identificación del problema público prioritario en conjunto con la ciudadanía
En la Ciudad de México se estima que la pobreza total en la dimensión de Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI) es de un 51.9% de personas; considerándose como necesidades no resueltas las siguientes: seguridad social, vivienda, bienes durables, salud, nivel educativo, energía, teléfono, agua y saneamiento (EVALÚA, 2020).
Es importante señalar que el problema de la pobreza se acentúa más en grupos vulnerables o grupos específicos de la Ciudad de México. De acuerdo con los datos del Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México entre el 2018 al 2020 se notaron aumentos notables en el porcentaje de pobreza total, particularmente en personas o grupos sociales que hablan lengua indígena (79.1 a 82.5%), con discapacidad (53.7 a 58.8%) y en los hogares con jefaturas femeninas (42.3 a 48.8%). Por lo anterior es necesario priorizar en las acciones y/o medidas aplicadas en cualquier programa social, para estar en posibilidad de compensar esas desigualdades sociales.
Aunado a lo anterior, la expansión de la mancha urbana, la elevada demanda de agua, la sobreexplotación de los acuíferos, el agotamiento y la contaminación xx xxxxx, han configurado una crisis hídrica, ocasionando que, desde hace décadas la Ciudad de México haya rebasado sus umbrales de sustentabilidad en el abasto de agua; lo que a su vez ha acentuado las desigualdades socio-territoriales de acceso al agua potable.
De acuerdo con la Estrategia Local de Acción Climática (ELAC) 2021-2050 y el Programa de Acción Climática de la Ciudad de México (PACCM) 2021-2030, la extracción de agua subterránea para la Zona Metropolitana de la Ciudad de México es de 2,922 Km3/año, mientras que el agua de escurrimiento y recarga de los acuíferos es de 1,688 Km3/año, lo cual ha causado una disminución en los niveles del acuífero de un metro por año, lo que ha contribuido al incremento de hundimientos del subsuelo de hasta 30 cm por año (SACMEX, 2019).
Por otro lado, Xxxxxxx (2020) señala que cuando un territorio ha sido cubierto (urbanización) entre un 70% a 100% de su superficie, el escurrimiento superficial crece cinco veces, disminuyendo a la vez la infiltración somera y sobre todo la infiltración profunda, provocando inundaciones y sequedad de los acuíferos. Esta situación resulta paradójica, mientras los acuíferos se secan y generan estrés hídrico, por otro, hay un exceso de agua pluvial debido al taponamiento del suelo y a la insuficiencia del sistema de drenaje. En el caso de la Ciudad de México, ubicada en una cuenca endorreica sin salida al mar, se observa una urbanización que impide la infiltración de agua de lluvia al subsuelo como debiera suceder de manera natural.
El aporte de agua de lluvia a la xxxxxx xxx Xxxxx de México es de cerca de 744 millones de metros cúbicos por año (23.5 m3/s). Aproximadamente, el 50% de esta cantidad se infiltra al subsuelo y recarga el acuífero; sin embargo, se estima que las pérdidas por distribución de recarga al acuífero son de aproximadamente 13 m3/s para el Xxxxx de México (Programa de Gobierno, 2019), aunado a las pérdidas debido al taponeo del suelo, la insuficiencia del sistema de drenaje y la falta de suficientes sistemas de recuperación del agua de lluvia. Esta cantidad considerable de precipitación tiene el potencial de mejorar el abastecimiento de agua en los hogares de la Ciudad de México.
3.2.1 Causas Centrales del Problema Público
La dinámica territorial de la desigualdad y la segregación divide a la Ciudad de México en grandes mosaicos diferenciados de condiciones de vida; desde zonas en el poniente, centro y centro-sur de la ciudad con alta calidad de vida, hasta las zonas del sur-oriente de la ciudad (Iztapalapa y Tláhuac) y las áreas periféricas del sur, muchas de ellas ocupando el suelo de conservación, con condiciones de muy baja calidad de vida (Programa de Gobierno CDMX 2019 - 2024).
De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI, 2019), la disponibilidad de agua en México ha disminuido de manera considerable: en 1910 era de 31 mil m³ por habitante al año; para 1950 había disminuido hasta un poco más de 18 mil m³; en 1970 se ubicó por debajo de los 10 mil m³, en 2005 fue de 4,573 m³ y para 2019 disminuyó a 3,586 m³ anuales por cada mexicano.
En el caso de la Ciudad de México, el agua de abastecimiento proviene de diferentes fuentes que se encuentran dentro y fuera xxx Xxxxx de México, y su administración ha estado centrada en una perspectiva a corto plazo y de gran demanda ante variaciones de disponibilidad y una creciente expansión poblacional urbana. Debido a la antigüedad y forma de distribución de las redes, se consideran pérdidas cercanas al 50% y se presenta un fuerte desequilibrio en la distribución y consumo del
agua potable en diferentes zonas de la ciudad, ya que sólo 72.6% de la población cuenta con abastecimiento diario de agua potable. (Plan General de Desarrollo CDMX, 2020).
Desde los años sesenta la disponibilidad de agua por habitante se ha reducido sistemáticamente. Actualmente es de 33 m3/s, de los cuales, el Sistema Xxxxx suministra entre 4 y 5.4 m3/s, dependiendo de la época del año, ya que durante la época de secas entre 1 y 2 m3/s se entrega a los agricultores de la zona. Del Sistema Cutzamala se obtienen entre 9 y 10 m3/s dependiendo de la disponibilidad. Alrededor de 0.8 m3/s provienen xx xxxx y manantiales superficiales y entre 16 y 17.8 m3/s provienen de la explotación de aguas subterráneas (Programa de Gobierno CDMX 2019-2024).
En consecuencia, al menos 113,403 personas no cuentan con acceso de agua entubada en la Ciudad de México; 86, 262 se abastece de pipa; 12,746 acarreada de un pozo comunitario; 4,410 personas la obtienen xx xxxx particular; 7,612 de otra vivienda y 275 acarreada de un río, lago x xxxxxx (INEGI, 2020). No obstante, se calcula que el 77.5% se abastece por pipas en las Alcaldías de Tlalpan, Xochimilco, Milpa Alta y Tláhuac, mientras que 260 colonias que se localizan en las Alcaldías Iztapalapa, Tlalpan, Coyoacán y La Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx padecen tandeos, afectando a 1,430,667 personas (Programa de Derechos Humanos CDMX 2016-2021).
Por lo anterior, el acceso al agua se ha convertido en una problemática de desigualdad social sectorizada. En las alcaldías del centro y poniente de la ciudad se registran dotaciones hídricas más altas (que van de los 301 a los 400 l/hab/día) (Programa de Derechos Humanos CDMX 2016-2021). Asimismo, las alcaldías centrales, poniente y norponiente tienen un crecimiento demográfico bajo, incluso se han registrado tasas de crecimiento negativo (Xxxxxxx, 2019). Este dato coincide con el Índice de Desarrollo Social (IDS, 2020), el cual muestra que las alcaldías con más alto desarrollo son: Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxx, Azcapotzalco y Coyoacán, en las cuales las viviendas disponen de mayor cantidad de agua entubada (99.9%).
Por el contrario, al oriente y norte se registran mayores tasas de crecimiento demográfico, donde la dotación de agua es menor a 200 l/hab/día: Xxxxxxx X. Xxxxxx y Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx (Xxxxxxx, 2019). Del mismo modo, el IDS de esta zona se encuentra en los niveles bajo y medio: Iztapalapa, Tláhuac e Iztacalco (IDS, 2020).
Mientras que las Alcaldías que se encuentran al sur, Tlalpan, Xochimilco, Milpa Alta y Tláhuac, sobre todo esta última, presentan las dotaciones de agua más bajas en la capital. Las cuatro demarcaciones territoriales contienen la mayor parte del suelo de conservación de la Ciudad de México y presentan las tasas de crecimiento demográfico más altas, señal de los procesos de urbanización, sobre todo irregulares (Programa de Derechos Humanos CDMX, 2016-2021).
Lo anterior se traduce en impactos desfavorables para su desarrollo y calidad de vida; incidiendo de manera indirecta en la afectación de otros derechos humanos, tales como: salud, alimentación, educación, medio ambiente sano y vivienda.
3.2.2 Efectos centrales del problema público sobre la población y de manera específica en mujeres y hombres
Históricamente los roles de género que se le han asignado a las mujeres y niñas en las tareas domésticas y de cuidado las han hecho responsables de la provisión del agua en los hogares, lo cual impide que gocen plenamente del derecho al agua (Sistema Integral de Derechos Humanos, 2021) y afecta el disfrute de otros derechos, repercutiendo así en la equidad de género.
De igual forma, “el problema del agua va más allá de la cuestión del acceso. En muchos países, las niñas se ven obligadas a abandonar la escuela debido a la falta de instalaciones sanitarias, y las mujeres sufren violaciones y ataques cuando van por agua o cuando utilizan los baños públicos” (Xxx Xx-xxxx, Secretario General de Naciones Unidas 2007-2016). Esta realidad subraya la importancia de abordar no solo la disponibilidad física del agua, sino también los aspectos de seguridad y equidad de género relacionados con su acceso. La protección de los derechos humanos, la promoción de la equidad y la creación de entornos seguros son esenciales para abordar integralmente el problema del agua y sus impactos diferenciados en mujeres y niñas.
“Las distintas oportunidades y el acceso a recursos entre hombres y mujeres están determinadas por las realidades históricas, religiosas, económicas y culturales; así como por las conductas e identidades determinadas a través del proceso de socialización” (Decenio Internacional para la Acción “El agua fuente de vida”, ONU 2005-2015). En este sentido, en muchas culturas, conseguir el recurso hídrico, es la responsabilidad más importante de las mujeres por la estrecha relación
del agua en el ámbito doméstico, la forma de usarla y reutilizarla; labor que les toma, en ocasiones, un día entero de trabajo. Adicionalmente, las mujeres se enfrentan a diferentes problemáticas durante la recolección del agua, tales como: acoso sexual por parte de piperos, menor acceso a la información por alfabetización y exposición a la violencia en los recorridos y sus horarios (Xxxxxx, 2022).
Asimismo, la cantidad de horas que las mujeres dedican a la recolecta y acarreo de agua tiene un efecto negativo sobre su tiempo de ocio, así como en la sobrecarga en sus actividades de trabajo remunerado y no remunerado (Consejo Consultivo del Agua, 2018). En total se estima que en el mundo las mujeres pasan más de 200 millones de horas diarias en la búsqueda de agua, siendo una actividad desigual debido a los roles de género. (ONU-Mujeres, 2012).
De acuerdo con la Encuesta Nacional de Uso del Tiempo (ENUT) del 2019, en México las mujeres dedican en promedio
30.8 horas a la semana en actividades de trabajo doméstico no remunerado, mientras que los hombres solo invierten 11.6 horas. Con respecto a la limpieza de la vivienda, las mujeres invierten en promedio 10.1 horas a la semana, mientras que los hombres invierten 4.6 horas. Estos datos muestran que los mandatos sociales convierten a las mujeres en encargadas del trabajo doméstico. Esto lleva a reforzar la postura en cuanto a la inversión de tiempo que las mujeres hacen diariamente en las tareas domésticas y de cuidado, en donde la escasez del recurso hídrico tiene relación directa con las actividades del hogar como: limpieza del hogar, aseo personal, preparación de alimentos y la búsqueda de este, lo que muestra la razón por la cual las mujeres tienen una relación más directa con el agua. (CEEG-ONU Mujeres - INMUJERES, 2021).
Un ejemplo de la vulnerabilidad socio hídrica desde la perspectiva de género muestra que la población de la Alcaldía Iztapalapa vive vulnerabilidad a causa del recurso hídrico, hay un alto porcentaje de problemas relacionados con la calidad del agua: 63% tienen residuos sólidos, 59% mal olor; el color es amarillento, café o negro. Para las mujeres, la principal preocupación sobre la calidad del agua se refiere a todas sus actividades domésticas, seguido de la salud y la preparación de alimentos. Asimismo, las mujeres expusieron sentir enojo (26%), impotencia y frustración (20%) del servicio de mala calidad del agua, a diferencia de los hombres, que expresaron no sentir nada al respecto (31%) (Xxxx, 2022). Por ello, es necesario el reconocimiento de las mujeres como principales responsables en la toma de decisiones de la gestión del agua, ya que prácticamente sostienen un subsidio de género a la gestión pública y del abastecimiento del agua.
En este sentido, la implementación de este programa no sólo mejora el acceso al agua para las personas beneficiarias, sino que también contribuye a mejorar la calidad de vida de las mujeres beneficiarias, así como a cerrar brechas en la desigualdad de género y con el Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) 2030 propuesto por la ONU relacionado con el de “garantizar la disponibilidad de agua y su gestión sostenible y el saneamiento para todos” (ONU-Mujeres, 2015).
3.2.3 Derechos sociales que son vulnerados como consecuencia del problema público
La escasez de agua en los hogares vulnera derechos sociales reconocidos por la Constitución Política de la Ciudad de México como el derecho al agua y su saneamiento, a un medio ambiente sano, a una vida digna y a la ciudad. Asimismo, se vulnera el derecho a la infraestructura social, reconocido por la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal. Es por ello que, al ser responsabilidad del Gobierno de la Ciudad de México que la ciudadanía pueda gozar de los derechos sociales universales, se justifica que se planteen intervenciones públicas para promover, proteger y garantizar el cumplimiento de esos derechos.
Específicamente el derecho al agua se ve vulnerado con la escasez hídrica, el acceso suficiente, asequible, diario y continuo de agua de buena calidad para la población, asimismo incide en el tiempo empleado por las mujeres en el trabajo no remunerado. El Plan General de Desarrollo de la Ciudad de México (PGDCDMX), reconoce una jornada promedio de 20 horas semanales que las mujeres de la Ciudad de México emplean en realizar las compras para abastecer a la familia, el aseo de la vivienda, preparar alimentos, atender a las personas mayores, niños, niñas y jóvenes, además de personas enfermas y con discapacidad (EVALÚA, 2020), actividades que requieren de acceso al agua.
3.2.4 Población potencial
La población potencial para 2024 está compuesta por todas las personas habitantes de la Ciudad de México que viven en las alcaldías participantes en condiciones de vulnerabilidad socioeconómica y que padecen escasez hídrica (Iztacalco, Iztapalapa, Tláhuac, Tlalpan, Xochimilco y Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx), llegando a un total de 4,218,304 personas (INEGI, 2020).
Tabla 6. Población Potencial para el Programa Cosecha de Lluvia 2024
Alcaldía | Población total | Población Mujeres (%) | Población Hombres (%) | Población de 0 a 14 años (%) | Población de 15 a 64 (%) | Población de 65 a más (%) |
Iztacalco | 404,695 | 52.5 | 47.5 | 17.1 | 70.7 | 12.13 |
Tláhuac | 392,313 | 51.5 | 48.5 | 21.43 | 71.0 | 7.55 |
Tlalpan | 699,928 | 52.2 | 47.8 | 18.47 | 70.9 | 10.59 |
Xochimilco | 442,178 | 51.3 | 48.7 | 20.15 | 70.6 | 9.21 |
Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx | 443,704 | 52.6 | 47.4 | 17.61 | 70.2 | 12.23 |
Iztapalapa | 1,835,486 | 51.6 | 48.4 | 19.99 | 70.5 | 9.50 |
Total | 4,218,304 |
Fuente: Principales resultados por AGEB y manzana urbana 2020, INEGI.
3.2.5 Justificación del problema público
El acceso al agua es un derecho humano y en la Ciudad de México aún hay grandes retos para que la ciudadanía vea garantizado este derecho como se indica en la normatividad; debido a la existencia de diversas dificultades técnico- económicas que presentan algunas zonas para ser suministradas mediante un esquema tradicional de abastecimiento de agua, las principales fuentes de la ciudad se encuentran sobreexplotadas y los costos monetarios y energéticos de operación son elevados. No obstante, a pesar de la presión que existe sobre el sistema de agua, cada año miles de millones de litros de agua pluvial son desaprovechados y terminan encausados en el sistema de drenaje y, con frecuencia, derivan en inundaciones que vulneran de manera adicional a sus habitantes.
Ante este panorama, los SCALL son una alternativa innovadora y sustentable para contrarrestar la falta de agua en la ciudad, permitiendo contar con acceso suficiente, asequible, diario y continuo de agua durante la temporada de lluvias. Con el cuidado y limpieza adecuados, estos sistemas proveen de agua a los hogares, un mínimo de 4 meses y un máximo de 7 meses al año (Xxxxxx et al., 2016).
Adicionalmente, la captación de agua de lluvia genera distintos beneficios ambientales y sociales, como son: el proveer de agua a las viviendas que padecen de escasez hídrica; reducir el flujo de agua a los drenajes, lo que podría traducirse en menos inundaciones; disminuir la cantidad de energía necesaria para bombear y transportar agua a las viviendas; contribuir a la no sobreexplotación del acuífero y a su recuperación al reducir la demanda; disminuir el tiempo de trabajo no remunerado, principalmente de las mujeres, en tareas de gestión, almacenamiento, acarreo, mejora de la calidad, atención a enfermedades hídricas; involucrar a la sociedad de forma activa en la gestión del agua, así como en la limpieza, mantenimiento y cuidado del SCALL; contribuir a la generación de una autonomía hídrica; entre otros (De la Xxxx y Xxxxxxx, 2018; Xxxxxx, 2019; Xxxxxxx, s/f; Xxxxxx, Fonceca y Xxxxxx, 2022).
Este programa social presenta una solución a los grandes retos de acceso y abasto de agua en la Ciudad de México y, simultáneamente, busca impulsar la creación de una cultura de gestión sustentable del agua que vincule a la ciudadanía nuevamente con el ciclo del agua. Al empoderar a la ciudadanía para participar activamente en la preservación del agua, se establecen las bases para un futuro más resiliente y equitativo en términos de acceso y gestión del recurso hídrico. La conexión entre la conciencia individual y la acción comunitaria refuerza la importancia de adoptar prácticas sostenibles en el manejo del agua.
3.2.6 Otros programas sociales de cualquier ámbito competencial (federal, estatal o local) que persigan propósitos, objetivos, alcances y/o población beneficiaria similar o análoga
El Programa Cosecha de Lluvia se ha implementado de forma simultánea con el Programa Nacional de Captación de Agua de Lluvia y Ecotecnias en Zonas Rurales (PROCAPTAR), que se encuentra a cargo de la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA). Ambos programas coinciden en sus objetivos de impulsar el acceso al agua en viviendas que se encuentran en condiciones de alta y muy alta marginación, y a abatir la pobreza multidimensional en el ámbito de los servicios básicos; no obstante, difieren en la población objetivo, ya que PROCAPTAR busca dotar de agua a la población rural de México, en donde existen dificultades de índole técnica y económica para ser abastecidos mediante formas convencionales (p. ej. sistemas de bombeo, redes de distribución, etc.) como se realiza comúnmente en las zonas urbanas.
A nivel estatal se desarrollan diversos programas que atienden problemáticas hídricas, entre los cuales están el “Programa Nido de Lluvia en el Estado de Jalisco” que se encuentra a cargo del Sistema Intermunicipal de los Servicios de Agua y Agua Potable y Alcantarillado (SIAPA), mismo que se ha implementado desde 2021, durante sus 3 años han instalado 8,800 SCALL en 15 municipios. El programa Nido de Lluvia coincide con el “Programa Cosecha de Agua de Lluvia”, en mejorar las condiciones del acceso al agua para uso doméstico y humano; sin embargo, difiere en la población objetivo, ya que se enfoca sólo en las viviendas que tienen vulnerabilidad hídrica, asignadas a polígonos que podrán acceder al programa.
En el Estado de Puebla durante el 2022 se ha implementado el “Programa de Sistemas de Captación y Almacenamiento de Agua Pluvial a Nivel Vivienda” a cargo de la Secretaría de Bienestar, cuyo objetivo es mejorar el nivel de vida y bienestar de las familias en pobreza y/o carentes de servicios básicos, que además no cuenta con acceso al agua, el cual es coincidente con el Programa Cosecha de Lluvia; sin embargo difiere a la población al que va dirigido, ya que las viviendas al ser beneficiadas deben entre otros requisitos, contar únicamente con una sola planta de construcción y ubicarse dentro de los polígonos de Zona de atención Prioritaria definidos por la Secretaría de Bienestar Federal de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 29 de la Ley General de Desarrollo Social.
En Chihuahua, durante el 2020 y el 2022 se llevó a cabo el “Programa de Sistemas de Captación de Agua de Lluvia y Sistemas Colectivos” a cargo de la Junta Central de Agua y Saneamiento (JCAS), este se enfoca en contribuir a la disminución del rezago en el servicio de agua potable; sin embargo, el programa fue ejecutado por organizaciones de la sociedad civil, mediante el planteamiento de un proyecto al cual se le destinaron recursos para que posteriormente estos fueran entregados a las personas beneficiarias ubicadas en la zona rural de alta y muy alta marginación en los municipios de la Baja y Alta Tarahumara.
El “Programa Estatal de Recolección de Agua de Lluvia para Zonas Rurales” en Aguascalientes a cargo de la Secretaría de Desarrollo Rural y Agroempresarial (SEDRAE) se llevó a cabo en el 2019. Este programa coincidió con el Programa “Cosecha de Lluvia”, en relación a la atención de la problemática de acceso permanente de suministro de agua; sin embargo, la población beneficiaria fueron productores del sector agropecuario ya fueran ejidatarios, colonias, sociedades civiles ubicados en la zona rural o a proyectos productivos, a través de la entrega de apoyos económicos.
Para el municipio de Monterrey durante el 2022, se ha ejecutado el programa “Barrios de Lluvia”, con el objetivo de brindar acceso a los sectores más vulnerables, además de atender la crisis hídrica de la Zona Metropolitana de Monterrey. Este programa está liderado por la Secretaría de Desarrollo Xxxxxx Xxxxxxxxxx (SEDUSO) y a diferencia del Programa “Cosecha de Lluvia”, este cuenta con financiamiento de 50% por una parte de iniciativa privada y 50% por el Gobierno de Monterrey.
Para la Alcaldía Tlalpan, de la Ciudad de México, durante 2020 y 2021 se realizó el programa social “Cosechando agua y energía sustentable Tlalpan”, a cargo de la Dirección General de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Fomento Económico de la Alcaldía Tlalpan, que ha impulsado la cosecha de agua de lluvia a través del uso de ecotecnias, buscando mejorar los servicios de agua en poblados rurales y colonias emergentes consolidadas en el suelo de conservación de esta zona. Si bien coincide en el objetivo de dotar de agua a población con escasez hídrica, el programa tiene una cobertura que se limita a la población de la alcaldía asentada en suelo de conservación, en tanto que el programa Cosecha de Lluvia tiene cobertura en colonias, barrios y pueblos de diversas Alcaldías de la Ciudad de México. Del mismo modo, en 2022 y 2023 se implementó el programa “Tlalpan hacía el Desarrollo Sostenible” en donde se contemplan los sistemas de cosecha de lluvia, sin embargo, a diferencia el programa Cosecha de Lluvia, este se enfoca en brindar apoyos a la población interesada en el cuidado del medio ambiente, producción agrícola y a la reactivación y emprendimiento de proyectos a través de ecotecnias de personas que no cuenten con los recursos para su adquisición.
Si bien los programas antes referidos comparten la relevancia de buscar opciones e implementar tecnologías y ecotecnologías para abatir el problema de abastecimiento de agua en viviendas, también se pueden implementar en otros espacios con la misma problemática, como es el caso de las escuelas, que han comenzado a integrar este tipo de instrumentos debido al desabasto de agua en las instalaciones. Durante el año 2021, se implementó el “Programa de Escuelas Ahorradoras con Sistema de Captación de Agua Pluvial” (SCAP), iniciativa de la Comisión de Agua del Estado de México (CAEM), el cual pretende abarcar 25 municipios. Asimismo, el municipio de Zapopan, en el Estado de Jalisco, durante el 2021 y 2022, ha buscado abastecer de agua las escuelas que han padecido escasez en diferentes localidades, sin embargo, a diferencia de los programas de viviendas, este se financia con recurso privado, pero es impulsado y liderado por el Ayuntamiento, lo cual muestra una coordinación viable para la adquisición del recurso hídrico.
Todos los programas mencionados coinciden en el objetivo principal que es la contribución por mejorar el acceso de agua en zonas marginadas, rezago social o escuelas con escasez de agua. Las acciones, los programas y recursos varían de acuerdo a las necesidades, acuerdos y posibilidades de las autoridades, es por ello que resulta importante conocer los diferentes programas que se implementan en el resto del país; muestra un interés por resarcir la problemática del recurso hídrico, el cual es un derecho de toda la población.
4. Objetivos y líneas de acción
4.1 Objetivo General
Mejorar las condiciones de acceso y aumentar el abasto de agua de la población en viviendas con escasez de agua (vulnerabilidad hídrica) y/o que viven en condiciones de vulnerabilidad socioeconómica en la Ciudad de México; así como contribuir a la reducción de las desigualdades en el acceso al agua e incidir en la autonomía hídrica de las personas beneficiarias y promover los derechos al agua, a una vida digna, a la ciudad y a la infraestructura social, mediante la entrega e instalación de SCALL y la capacitación de las personas beneficiarias en el uso adecuado, limpieza y mantenimiento. Con ello, a su vez se busca incidir positivamente en la reducción de brechas de género que afectan a las mujeres, quienes con frecuencia tienen la tarea de proveer agua para cubrir las necesidades básicas del hogar.
4.2 Objetivos específicos y líneas de acción
Tabla 7. Objetivos específicos y acciones para alcanzarlos por etapa del programa
Etapas | Objetivos Específicos | Acciones para alcanzar los objetivos |
Capacitació n a integrantes de la UTO | - Capacitar a las personas integrantes de la UTO, en temas relacionados con la implementación del programa. | - Planear y llevar a cabo cursos y/o talleres relacionados con la implementación del programa. |
- Asistir a cursos y/o talleres impartidos por la SEMUJERES, PILARES y/o los que se encuentren disponibles. | ||
Difusión | - Dar a conocer a las personas habitantes de las Alcaldías participantes, los beneficios y los requisitos para registrarse al Programa. | - Colocar en la página xxxx://xxx.xxxxxx.xxxx.xxx.xx/ y en las redes oficiales de la SEDEMA, la información relacionada con el Programa Cosecha de Lluvia. |
- Colocar carteles en Alcaldías y/o en espacios PILARES. | ||
- Instalar módulos de información dentro de las Alcaldías participantes del Programa. | ||
- Realizar actividades de perifoneo y recorridos de puerta en puerta de las viviendas ubicadas en las colonias, barrios, pueblos y comunidades | ||
de las Alcaldías participantes. | ||
- Dar atención a la población interesada mediante vía telefónica y correo electrónico establecidos en las presentes Reglas de Operación. | ||
- Atender las dudas que puedan tener las personas interesadas en el Programa. | ||
Registro | - Procesar las solicitudes de registro de las personas interesadas en formar parte del Programa y revisar que cumplan con los requisitos solicitados. | - Recibir la documentación solicitada para el ingreso al Programa. |
- Cotejar la documentación solicitada para el ingreso al Programa. | ||
- Brindar atención y asesoría a las personas interesadas mediante vía telefónica, correo electrónico, en los módulos instalados o en los recorridos puerta por puerta. | ||
- Atender las dudas que puedan tener las personas interesadas en el Programa. | ||
Visitas Técnicas | - Realizar visitas técnicas a los hogares de las personas que aspiran a ser beneficiarias del Programa, con el fin de analizar la factibilidad técnica para la instalación de los SCALL. | - Realizar visitas técnicas en las viviendas de las personas registradas en el Programa, con el objetivo de determinar y dictaminar la viabilidad de la instalación del SCALL. |
- Atender las dudas que tengan las personas registradas en el Programa, así como de los integrantes de su hogar, mediante la explicación sencilla y clara, incluyendo el fomento a la equidad social y la igualdad sustantiva. |
Instalación | - Instalar SCALL en viviendas ubicadas en las Alcaldías participantes del Programa y que hayan cumplido con los requisitos de acceso. | - Realizar entregas e instalaciones de los SCALL en las viviendas que cuenten con un dictamen positivo de la visita técnica y hayan realizado las adecuaciones pertinentes en los casos necesarios. |
- Atender las dudas que puedan tener las personas beneficiarias del Programa y/o los integrantes de su hogar. | ||
Capacitació n | - Capacitar a las personas beneficiarias sobre el uso, limpieza y mantenimiento del SCALL. | - Capacitar a las personas beneficiarias y a las personas integrantes de su vivienda sobre el funcionamiento, mantenimiento, cuidado y limpieza del SCALL. |
- Capacitar a las mujeres beneficiarias sobre el uso, limpieza, y mantenimiento de los SCALL. | - Programar la división de tareas al interior de la vivienda beneficiaria para el correcto uso, cuidado, mantenimiento y limpieza del SCALL, incluyendo el fomento de la equidad social y la igualdad sustantiva, con la finalidad de reducir la obligación que tienen las mujeres de proveer el agua a los hogares. | |
Seguimient o y Evaluación | - Realizar encuestas sobre el uso y mantenimiento de los SCALL. | - Aplicar cuestionarios sobre la satisfacción del Programa, los alcances y mejoras. |
- Tomar muestras de la calidad de agua captada de los SCALL. | - Realizar visitas aleatorias a las viviendas de las personas beneficiarias de un SCALL, con la finalidad de tomar muestras del agua captada, para su posterior análisis, a fin de conocer su calidad. |
5. Definición de población objetivo y beneficiaria
5.1 Población objetivo
Se define a la población objetivo como la población o área beneficiaria directa que justifica la existencia del programa social. La población objetivo para 2024, por cuestiones logísticas y de capacidad operativa, únicamente estará compuesta por las personas habitantes de la Ciudad de México que viven en las Alcaldías de Iztacalco, Iztapalapa, Tláhuac, Tlalpan, Xochimilco y Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx, que presenten al menos uno de los tres criterios que determinan la escasez de agua: 1) pertenencia al programa de tandeo de SACMEX; 2) no cuentan con continuidad hídrica, (SACMEX, 2020); 3) cuentan con registro de solicitudes de pipas presentadas mediante el Sistema Unificado de Atención Ciudadana (SUAC), además de considerar si tienen un Índice de Desarrollo Social muy bajo, bajo y medio. Esta población se estima en 3,094,572 personas (INEGI, 2020).
Dicho lo anterior y teniendo en consideración la logística, durante 2024 la implementación y operación del Programa, se realizará en las siguientes Alcaldías: Iztacalco, Iztapalapa, Tláhuac, Tlalpan, Xochimilco y Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx. Como resultado, se estimó el número de habitantes de estas alcaldías que se encuentra en situación de escasez de agua, el cual es el siguiente:
Tabla 8. Población Objetivo
Alcaldía | Población total (colonias beneficiarias) | Población mujeres (%) | Población hombres (%) | Población de 0 a 14 años (%) | Población de 15 a 64 (%) | Población de 65 a más (%) |
Iztacalco | 347,636 | 52.36 | 47.64 | 17.87 | 71.12 | 11.01 |
Iztapalapa | 1,428,552 | 51.84 | 48.16 | 20.69 | 70.18 | 9.13 |
Tláhuac | 288,991 | 51.66 | 48.34 | 21.04 | 70.96 | 8.00 |
Tlalpan | 429,505 | 51.77 | 48.23 | 20.16 | 71.06 | 8.78 |
Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx | 302,350 | 52.41 | 47.59 | 18.38 | 70.10 | 11.52 |
Xochimilco | 297,538 | 51.19 | 48.81 | 20.13 | 70.75 | 9.11 |
Total general | 3,094,572 |
Fuente: INEGI, 2020. Censo de Población y Vivienda 2020.
5.2 Población beneficiaria
La población beneficiaria estará sujeta a la demanda y a la suficiencia presupuestal para el presente ejercicio fiscal y estará compuesta por personas mayores de edad cuya vivienda se encuentra ubicada en alguna de las colonias, pueblos, comunidades y/x xxxxxxx pertenecientes a las alcaldías participantes del Programa, y que a su vez den cumplimiento a los requisitos y procedimiento de acceso establecidos en las presentes Reglas de Operación para obtener el beneficio de la entrega e instalación de un SCALL en su vivienda.
En este sentido, la población beneficiaria corresponde al menos a las 10,000 personas de las viviendas que se pretenden beneficiar con la entrega e instalación de un SCALL; así mismo, se estima que directamente se beneficiará aproximadamente a 33,000 personas, ello a partir del promedio de 3.3 ocupantes por vivienda, con base en los resultados del Censo de Población y Vivienda 2020 (INEGI, 2020). La población beneficiaria no se presenta desagregada por género y edad ya que depende de la composición de los hogares.
5.3 Focalización de la población beneficiaria
Dado que la población beneficiaria es menor a la población objetivo, se utilizaron y profundizaron los criterios de focalización territorial, priorizando aquellas alcaldías, colonias, pueblos, comunidades y/x xxxxxxx en los que se reportan mayores niveles de escasez hídrica y altos niveles de vulnerabilidad socioeconómica.
Para determinar el nivel de escasez hídrica se realizó un cruce de información donde se identificó y clasificó a las colonias, pueblos, comunidades y/x xxxxxxx de acuerdo con su pertenencia al programa de tandeo del Sistema de Aguas de la Ciudad de México (SACMEX), su nivel de suministro de agua según el índice de continuidad y las solicitudes que se presentaron a través del Sistema Unificado de Atención Ciudadana (SUAC) requiriendo pipas. A partir de los resultados de este análisis, se integró una lista territorial que cumplen con alguno de los tres requisitos de: 1) pertenecer al programa de tandeo; 2) tener un índice de continuidad menor a 0.5; o 3) encontrarse dentro de las colonias con solicitudes de pipas en su alcaldía.
Adicionalmente, para integrar el criterio de índice de desarrollo social al listado de colonias, pueblos, comunidades y/x xxxxxxx, fueron seleccionadas aquellas que se reportaron los niveles más altos de vulnerabilidad socioeconómica dentro de sus alcaldías. En este sentido, para el subsidio total se priorizaron colonias con IDS “Muy Bajo”, “Bajo” y “Medio”, además de alguna variable de escasez hídrica. (EVALÚA, 2020).
De esta manera, se determinó el arranque del Programa en las siguientes 449 colonias, pueblos, comunidades y/x xxxxxxx de las alcaldías Iztacalco, Iztapalapa, Tláhuac, Tlalpan, Xochimilco y Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx:
Tabla 9. Listado de colonias, pueblos x xxxxxxx beneficiarios
Núm. | Alcaldía | Colonia |
1 | IZTACALCO | Agrícola Oriental (Secciones 1 a 8) |
2 | IZTACALCO | Agrícola Pantitlán (Secciones 1 a 5) |
3 | IZTACALCO | Ampliación Xxxxx Xxxxxx |
4 | IZTACALCO | Campamento 2 de octubre I |
5 | IZTACALCO | Campamento 2 de octubre II |
6 | IZTACALCO | Xxxxxx Xxxxxx Xxxx |
7 | IZTACALCO | Cuchilla Agrícola Oriental |
8 | IZTACALCO | Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx |
9 | IZTACALCO | El Rodeo |
10 | IZTACALCO | Ex Ejidos de la Xxxxxxxxx Xxxxxxxx |
11 | IZTACALCO | Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx |
12 | IZTACALCO | Granjas México I |
13 | IZTACALCO | Granjas México II |
14 | IZTACALCO | Jardines Tecma |
15 | IZTACALCO | Xxxxxxxxx xxxxx I |
16 | IZTACALCO | Xxxxxxxxx xxxxx II |
17 | IZTACALCO | La Xxxxxxxx (Barr) |
18 | IZTACALCO | La Xxxx |
19 | IZTACALCO | Los Xxxxx (barr) |
20 | IZTACALCO | Nueva Sta. Xxxxx |
21 | IZTACALCO | Picos Iztacalco 1-a |
22 | IZTACALCO | Picos Iztacalco 2a |
23 | IZTACALCO | Xxxxx Xxxxxx bramadero I |
24 | IZTACALCO | Xxxxx Xxxxxx bramadero II |
25 | IZTACALCO | San Fco. Xicaltongo (xxxx) |
26 | IZTACALCO | San Xxxxxx (Barr) |
27 | IZTACALCO | San Xxxxx Iztacalco (barr) |
28 | IZTACALCO | Santa Xxxxx |
29 | IZTACALCO | Santa Xxxx (barr) |
30 | IZTACALCO | Santiago Norte (barr) |
31 | IZTACALCO | Tlacotal Xxxxx Xxxxxx |
32 | IZTACALCO | Tlazintla |
33 | IZTACALCO | Zapotla (barr) |
34 | IZTAPALAPA | 12 De Diciembre |
35 | IZTAPALAPA | 1a Ampliación Santiago Acahualtepec |
36 | IZTAPALAPA | 2a Ampliación Santiago Acahualtepec |
37 | IZTAPALAPA | 8a de San Xxxxxx (Ampl) |
38 | IZTAPALAPA | Aculco (Pblo) |
39 | IZTAPALAPA | Allepetlali (U Hab) |
40 | IZTAPALAPA | Xxxxxx Xxxxxxx |
41 | IZTAPALAPA | Xxxxxx Xxxxxxx (Fracc) |
42 | IZTAPALAPA | Ampliación Xxxxxxxx Xxxxxx |
43 | IZTAPALAPA | Antorcha Popular I (u hab) |
44 | IZTAPALAPA | Año de Juárez |
45 | IZTAPALAPA | Apatlaco |
46 | IZTAPALAPA | Art 4to Constitucional (U Hab) |
47 | IZTAPALAPA | Buenavista |
48 | IZTAPALAPA | Campestre Potrero |
49 | IZTAPALAPA | Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxx |
50 | IZTAPALAPA | Casa Blanca |
51 | IZTAPALAPA | Cerro De La Estrella |
52 | IZTAPALAPA | Chinampac De Juárez |
53 | IZTAPALAPA | Consejo Agrarista Mexicano |
54 | IZTAPALAPA | Culhuacán (Pblo) |
55 | IZTAPALAPA | Desarrollo Xxxxxx Xxxxxxxxxxxx |
56 | IZTAPALAPA | Xx. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx |
57 | IZTAPALAPA | Ejército De Agua Prieta |
58 | IZTAPALAPA | Ejército De Oriente |
59 | IZTAPALAPA | Ejto Constitucionalista |
60 | IZTAPALAPA | Ejto Constitucionalista (Supermanzana) |
61 | IZTAPALAPA | Ejto De Ote II (U Hab) |
62 | IZTAPALAPA | El Edén |
63 | IZTAPALAPA | El Manto |
64 | IZTAPALAPA | El Manto Plan de Iguala |
65 | IZTAPALAPA | El Mirador |
66 | IZTAPALAPA | El Molino (Tezonco) |
67 | IZTAPALAPA | El Rodeo |
68 | IZTAPALAPA | El Rosario |
69 | IZTAPALAPA | El Santuario |
70 | IZTAPALAPA | El Santuario (Ampl) |
71 | IZTAPALAPA | El Triangulo |
72 | IZTAPALAPA | El Triunfo |
73 | IZTAPALAPA | El Vergel |
74 | IZTAPALAPA | Xxxxxx Xxxxxxxx |
75 | IZTAPALAPA | Escuadrón 201 |
76 | IZTAPALAPA | Estado de Veracruz |
77 | IZTAPALAPA | Estrella Culhuacán |
78 | IZTAPALAPA | Estrella Del Sur |
79 | IZTAPALAPA | Xxxxxxxxx Xxxxx |
80 | IZTAPALAPA | Fuego Nuevo |
81 | IZTAPALAPA | Granjas Estrella II |
82 | IZTAPALAPA | Granjas Estrella III |
83 | IZTAPALAPA | Guadalupe Del Moral |
84 | IZTAPALAPA | Huitzico- La Poblanita |
85 | IZTAPALAPA | Insurgentes |
86 | IZTAPALAPA | Ixtlahuacán |
87 | IZTAPALAPA | Jacarandas |
88 | IZTAPALAPA | Jardines de San Xxxxxxx |
89 | IZTAPALAPA | Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx |
90 | IZTAPALAPA | Xxxx Ma Xxxxxxx Y Xxxxx |
91 | IZTAPALAPA | Xxxx Xxxxxxx |
92 | IZTAPALAPA | La Xxxxxxxx (Barr) |
93 | IZTAPALAPA | La Colmena (U Hab) |
94 | IZTAPALAPA | La Era |
95 | IZTAPALAPA | La Esperanza |
96 | IZTAPALAPA | La Joya |
97 | IZTAPALAPA | La Joyita |
98 | IZTAPALAPA | La Nueva Xxxxxx |
99 | IZTAPALAPA | La Planta |
100 | IZTAPALAPA | La Regadera |
101 | IZTAPALAPA | Las Peñas |
102 | IZTAPALAPA | Leyes De Reforma 1a Sección |
103 | IZTAPALAPA | Leyes De Reforma 2a Sección |
104 | IZTAPALAPA | Leyes De Reforma 3a Sección |
105 | IZTAPALAPA | Xxxxx de la Estancia |
106 | IZTAPALAPA | Xxxxx xx Xxxxxxxx |
107 | IZTAPALAPA | Xxxxx xxx Xxxxxxx |
108 | IZTAPALAPA | Xxxxx El Manto |
109 | IZTAPALAPA | Xxxxx Xxxxxxxx III (U Hab) |
110 | IZTAPALAPA | Los Ángeles |
111 | IZTAPALAPA | Los Ángeles Apanoaya |
112 | IZTAPALAPA | Los Xxxxx (Ampl) |
113 | IZTAPALAPA | Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx (Pblo) |
114 | IZTAPALAPA | Mexicaltzingo (Pblo) |
115 | IZTAPALAPA | Xxxxxx de la Madrid Xxxxxxx |
116 | IZTAPALAPA | Miravalles |
117 | IZTAPALAPA | Mixcóatl |
118 | IZTAPALAPA | Xxxxx Xxxxx |
119 | IZTAPALAPA | Paraíso |
120 | IZTAPALAPA | Paraíso (Ampl) |
121 | IZTAPALAPA | Paraje San Xxxx |
122 | IZTAPALAPA | Paraje Zacatepec |
123 | IZTAPALAPA | Potrero de la Luna |
124 | IZTAPALAPA | Predio Santa Xxxx Meyehualco |
125 | IZTAPALAPA | Presidentes De México |
126 | IZTAPALAPA | Progresista |
127 | IZTAPALAPA | Progreso Del Sur |
128 | IZTAPALAPA | Puente Blanco |
129 | IZTAPALAPA | Purísima I |
130 | IZTAPALAPA | Reforma Política |
131 | IZTAPALAPA | Renovación |
132 | IZTAPALAPA | Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx |
133 | IZTAPALAPA | Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx (Ampl) |
134 | IZTAPALAPA | San Xxxxxx Xxxxxxxxx (Pblo) |
135 | IZTAPALAPA | San Xxxxxx Tomatlán (Pblo) |
136 | IZTAPALAPA | San Xxxxxxx (Barrio) |
137 | IZTAPALAPA | San Xxxxxxx Culhuacán (Barr) |
138 | IZTAPALAPA | San Xxxxxxxxx Apolocalco |
139 | IZTAPALAPA | San Xxxxxxx (Barr) |
140 | IZTAPALAPA | San Xxxx (Barr) |
141 | IZTAPALAPA | San Xxxx 2a Ampliación (Pje) |
142 | IZTAPALAPA | San Xxxx Xxxxx (Pje) |
143 | IZTAPALAPA | San Xxxx Xxxx (Paraje) |
144 | IZTAPALAPA | San Xxxx Xxxxx |
145 | IZTAPALAPA | San Xxxxxxx Xxxxxxx (Xxxx) |
146 | IZTAPALAPA | San Xxxxxxx Xxxxxxx (Pbo) |
147 | IZTAPALAPA | San Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx (Pblo) |
148 | IZTAPALAPA | San Xxxxx (Barr) |
149 | IZTAPALAPA | San Xxxxxx (Barr) |
150 | IZTAPALAPA | San Xxxxxx Xxxxxxxx (Sección Acorralado) |
151 | IZTAPALAPA | San Xxxxxx Xxxxxxxx (Sección Avisadero) |
152 | IZTAPALAPA | San Xxxxxx Xxxxxxxx (Sección Capilla) |
153 | IZTAPALAPA | San Xxxxxx Xxxxxxxx (Sección Corrales) |
154 | IZTAPALAPA | San Xxxxxx Xxxxxxxx (Sección Guadalupe) |
155 | IZTAPALAPA | San Xxxxxx Xxxxxxxx (Sección Iztlahuaca) |
156 | IZTAPALAPA | San Xxxxxx Xxxxxxxx (Sección Jardines) |
157 | IZTAPALAPA | San Xxxxxx Xxxxxxxx (Sección La Xxxx) |
158 | IZTAPALAPA | San Xxxxxx Xxxxxxxx (Sección Las Xxxxxx) |
159 | IZTAPALAPA | San Xxxxxx Xxxxxxxx (Sección Loma Alta) |
160 | IZTAPALAPA | San Xxxxxx Xxxxxxxx (Sección Mercedes) |
161 | IZTAPALAPA | San Xxxxxx Xxxxxxxx (Sección Palmitas) |
162 | IZTAPALAPA | San Xxxxxx Xxxxxxxx (Sección Puente) |
163 | IZTAPALAPA | San Xxxxxx Xxxxxxxx (Sección Ranchito) |
164 | IZTAPALAPA | San Xxxxxx Xxxxxxxx (Sección Rancho Bajo) |
165 | IZTAPALAPA | San Xxxxxxx Xxxxxxxxx I |
166 | IZTAPALAPA | San Xxxxx (Barr) |
167 | IZTAPALAPA | San Xxxxx I y II |
168 | IZTAPALAPA | San Xxxxx (Barr) |
169 | IZTAPALAPA | San Xxxxxxxxx Tecoloxtitlan (Pblo) |
170 | IZTAPALAPA | San Xxxxx Culhuacan (Barr) |
171 | IZTAPALAPA | Santa Xxxxxxx (Barr) |
172 | IZTAPALAPA | Santa Xxxx Meyehualco |
173 | IZTAPALAPA | Santa Xxxx Meyehualco (Pblo) |
174 | IZTAPALAPA | Santa Xxxxx Aztahuacan |
175 | IZTAPALAPA | Santa Xxxxx Aztahuacan (Ampl) |
176 | IZTAPALAPA | Santa Xxxxx xxx Xxxxx |
177 | IZTAPALAPA | Santa Xxxxx Tomatlán |
178 | IZTAPALAPA | Santa Xxxxx Tomatlán (Ampl) |
179 | IZTAPALAPA | Santa Xxxxxx Xxxxxxxx |
180 | IZTAPALAPA | Santa Xxxxxx Xxxxxxxx (Pblo) |
181 | IZTAPALAPA | Santa Xxxxxx Xxxxxxxx Nte (Ampl) I |
182 | IZTAPALAPA | Santa Xxxxxx Xxxxxxxx Sur (Ampl) |
183 | IZTAPALAPA | Santiago Acahualtepec (Pbo) |
184 | IZTAPALAPA | Sideral |
000 | XXXXXXXXXX | Xxx. Xxxxxx Industrial |
000 | XXXXXXXXXX | Xxx. Ma Aztahuacan (Pblo) |
000 | XXXXXXXXXX | Xxx. Xxxxxx Xxxxxxxx Nte (Ampl) II |
188 | IZTAPALAPA | Tenorios |
189 | IZTAPALAPA | Tepalcates |
190 | IZTAPALAPA | Texcoco El Salado |
191 | IZTAPALAPA | USCOVI |
192 | IZTAPALAPA | Xxxxx xx Xxxxx |
193 | IZTAPALAPA | Xxxxx de San Xxxxxxx |
194 | IZTAPALAPA | Veracruzana (Ampl) |
195 | IZTAPALAPA | Xxxxxxx Xxxxxxxx Super Manzana (U Hab) |
196 | IZTAPALAPA | Xalpa |
197 | TLAHUAC | 3 xx Xxxx |
198 | TLAHUAC | Agrícola Metropolitana |
199 | TLAHUAC | Ampl. Xxxxxx |
200 | TLAHUAC | Ampliación Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx |
201 | TLAHUAC | Ampliación La Xxxxxxxx |
202 | TLAHUAC | Ampliación Los Olivos |
203 | TLAHUAC | Ampliación Santa Catarina |
204 | TLAHUAC | Barrio La Concepción (San Xxxx Xxxxxxxxx) |
205 | TLAHUAC | Barrio La Guadalupe (San Xxxxx Tláhuac) |
206 | TLAHUAC | Barrio Los Xxxxx (San Xxxxxx Mixquic) |
207 | TLAHUAC | Barrio Los Xxxxx (San Xxxxx Tláhuac) |
208 | TLAHUAC | Barrio San Xxxxxxx (San Xxxxxx Mixquic) |
209 | TLAHUAC | Barrio San Xxxxxxx (San Xxxx Xxxxxxxxx) |
210 | TLAHUAC | Barrio San Xxxxxx (San Xxxxx Tláhuac) |
211 | TLAHUAC | Barrio San Xxxxxxxxx (San Xxxxxx Mixquic) |
212 | TLAHUAC | Barrio San Xxxxx (San Xxxxx Tláhuac) |
213 | TLAHUAC | Barrio San Xxxxxx (San Xxxxxx Mixquic) |
214 | TLAHUAC | Barrio San Xxxxxx (San Xxxxx Tláhuac) |
215 | TLAHUAC | Barrio Santa Xxx Centro |
216 | TLAHUAC | Barrio Santa Xxx Xxxxxxxx |
217 | TLAHUAC | Barrio Santa Xxxx (San Xxxxxx Mixquic) |
218 | TLAHUAC | Barrio Santiago Centro |
219 | TLAHUAC | Barrio Santiago Norte |
220 | TLAHUAC | Bo. Guadalupe (Santa Catarina Yecahuizotl) |
221 | TLAHUAC | Bo. La Xxxxxxxx (San Xxxxx Tláhuac) |
222 | TLAHUAC | Bo. La Concepción (Santa Catarina Yecahuizotl) |
223 | TLAHUAC | Bo. San Xxxxxx (Santa Catarina Yecahuizotl) |
224 | TLAHUAC | Bo. Santiago (Santa Catarina Yecahuizotl) |
225 | TLAHUAC | Del Mar (Norte) |
226 | TLAHUAC | Del Mar (Sur) |
227 | TLAHUAC | El Rosario |
228 | TLAHUAC | El Triangulo |
229 | TLAHUAC | Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx |
230 | TLAHUAC | Xxxxx Xxxxxx Xxxxx |
231 | TLAHUAC | La Xxxxxxxx (San Xxxx Xxxxxxxxx) |
232 | TLAHUAC | La Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx (La Xxxxxxxx I) |
233 | TLAHUAC | La Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx (La Xxxxxxxx II) |
234 | TLAHUAC | La Draga |
235 | TLAHUAC | La Estación |
236 | TLAHUAC | La Habana |
237 | TLAHUAC | La Nopalera |
238 | TLAHUAC | La Turba |
239 | TLAHUAC | Las Arboledas |
240 | TLAHUAC | Xxxxx Xxxxxxxx |
241 | TLAHUAC | Los Olivos |
242 | TLAHUAC | Xxxxxx Xxxxxxx |
243 | TLAHUAC | Xxxxxx Xxxxxxx Xxx |
244 | TLAHUAC | Ojo de Agua |
245 | TLAHUAC | Peña Alta |
246 | TLAHUAC | Potrero xxx Xxxxx |
247 | TLAHUAC | Quiahuatla |
248 | TLAHUAC | San Xxxxxx Mixquic (Pbo) |
249 | TLAHUAC | San Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx (Pbo) |
250 | TLAHUAC | San Xxxx |
251 | TLAHUAC | San Xxxx Xxxxxxxxx |
252 | TLAHUAC | San Xxxxxxx Xxxxxxx (Pbo) |
253 | TLAHUAC | San Xxxxx Tláhuac (Pbo) |
254 | TLAHUAC | Santa Catarina Yecahuizotl (Pbo) |
255 | TLAHUAC | Santa Xxxxxxx |
256 | TLAHUAC | Santiago Zapotitlán (Pblo) |
257 | TLAHUAC | Xxxxxx (1a Sección) |
258 | TLAHUAC | Xxxxxx (2da Sección) |
259 | TLAHUAC | Tierra Blanca |
260 | TLAHUAC | Xxxxxxxxx |
261 | TLAHUAC | Zapotitla |
262 | TLALPAN | 2 de Octubre |
263 | TLALPAN | Ampliación Xxxxxx Xxxxxxx 1a Secc |
264 | TLALPAN | Ampliación Xxxxxx Xxxxxxx 2a Secc |
265 | TLALPAN | Ampliación Xxxxxx Xxxxxxx 3a Secc |
266 | TLALPAN | Ampliación Xxxxxx Xxxxxxx 4a Secc |
267 | TLALPAN | Ampliación Oriente |
268 | TLALPAN | Barrio El Capulín |
269 | TLALPAN | Belvedere Ajusco |
270 | TLALPAN | Xxxxxxx xxx Xxxxxxxx |
271 | TLALPAN | Chichicaspatl |
272 | TLALPAN | Chimilli |
273 | TLALPAN | Colinas del Ajusco |
274 | TLALPAN | Xxxx xxx Xxxxx |
275 | TLALPAN | Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx |
276 | TLALPAN | Cuevitas |
277 | TLALPAN | Cultura Maya |
278 | TLALPAN | Cumbres de Tepetongo |
279 | TLALPAN | Divisadero |
280 | TLALPAN | Ejidos de San Xxxxx Xxxxxx (I Norte) |
281 | TLALPAN | Ejidos de San Xxxxx Xxxxxx (II Sur) |
282 | TLALPAN | Héroes de 1910 |
283 | TLALPAN | Héroes xx Xxxxxxxx |
284 | TLALPAN | Xxxxxx Xxxxxx X (Poniente) |
285 | TLALPAN | Xxxxxx Xxxxxx XX (Oriente) |
286 | TLALPAN | Juventud Unida |
287 | TLALPAN | La Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx (Pbo) |
288 | TLALPAN | La Palma |
289 | TLALPAN | La Palma 1a Sección |
290 | TLALPAN | Xxxxx de Cuilotepec |
291 | TLALPAN | Xxxxx xx Xxxxxxxx |
292 | TLALPAN | Xxxxx xx Xxxxxxxx Sur |
293 | TLALPAN | Xxxxx xxx Xxxxxxxx |
294 | TLALPAN | Xxxxx Hidalgo |
295 | TLALPAN | Los Encinos |
296 | TLALPAN | Los Volcanes |
297 | TLALPAN | Xxxxx Xxxxxx Xxxx xx Xxxxxxxxxx |
298 | TLALPAN | Mesa de los Hornos |
299 | TLALPAN | Xxxxxx Xxxxxxx |
300 | TLALPAN | Mirador 2da Sección |
301 | TLALPAN | Xxxxxxx xxx Xxxxx |
302 | TLALPAN | Mirador I |
303 | TLALPAN | Mirador II |
304 | TLALPAN | Movimiento Organizado de Tlalpan |
305 | TLALPAN | Nuevo Renacimiento xx Xxxxxx |
306 | TLALPAN | Xxxxxx El Guarda (Pbo) |
307 | TLALPAN | Pedregal de las Águilas |
308 | TLALPAN | Pedregal de San Xxxxxxx 4a Sección |
309 | TLALPAN | Pedregal de San Xxxxxxx 5a Sección |
310 | TLALPAN | Pedregal de Santa Xxxxxx Xitla |
311 | TLALPAN | Pedregal De Sn Xxxxxxx 1a Secc |
312 | TLALPAN | Pedregal De Sn Xxxxxxx 2a Secc |
313 | TLALPAN | Pedregal De Sn Xxxxxxx 3a Secc |
314 | TLALPAN | Plan xx Xxxxx |
315 | TLALPAN | Popular Santa Xxxxxx |
316 | TLALPAN | Progreso Tlalpan |
317 | TLALPAN | Pueblo Quieto |
318 | TLALPAN | Roca de Cristal |
319 | TLALPAN | San Xxxxxx Xxxxxxxxxx (Pbo) |
320 | TLALPAN | San Xxxx Tepeximilpa |
321 | TLALPAN | San xxxx Tepeximilpa (Ampl) |
322 | TLALPAN | San Xxxxxx Ajusco (Pbo) |
323 | TLALPAN | San Xxxxxx Xxxxxxxx (Pbo) |
324 | TLALPAN | San Xxxxxx Xicalco (Pbo) |
325 | TLALPAN | San Xxxxx Xxxxxx (Pbo) |
326 | TLALPAN | Santísima Trinidad |
327 | TLALPAN | Xxxxx Xxxxx Ajusco (Pbo) |
328 | TLALPAN | Tecorral |
329 | TLALPAN | Texcaltenco |
330 | TLALPAN | Tlalpuente |
331 | TLALPAN | Tlaxcaltenco la Mesa |
332 | TLALPAN | Xxxxxx xx Xxxxxxxx |
333 | TLALPAN | Vistas xxx Xxxxxxxx |
334 | TLALPAN | Viveros de Coactetlan |
335 | TLALPAN | Zacatienda |
336 | XXXXXXXXXX XXXXXXXX | 20 de noviembre |
337 | XXXXXXXXXX XXXXXXXX | 7 de julio |
338 | XXXXXXXXXX XXXXXXXX | Xxxxxxx Xxxxxx |
339 | XXXXXXXXXX XXXXXXXX | Artes Graficas |
340 | XXXXXXXXXX XXXXXXXX | Azteca |
341 | XXXXXXXXXX XXXXXXXX | Caracol |
342 | XXXXXXXXXX XXXXXXXX | Caracol (Ampl) |
343 | XXXXXXXXXX XXXXXXXX | Cuchilla Pantitlán |
344 | XXXXXXXXXX XXXXXXXX | Xxxxxx Xxxxxxx |
000 | XXXXXXXXXX XXXXXXXX | Xx Xxxxxx 0x xxxxxxx |
000 | XXXXXXXXXX XXXXXXXX | Xx Xxxxxx 0x xxxxxxx |
000 | XXXXXXXXXX XXXXXXXX | Xx Xxxxxx 0x xxxxxxx |
000 | XXXXXXXXXX XXXXXXXX | Xx Xxxxxx 0x xxxxxxx |
349 | XXXXXXXXXX XXXXXXXX | El Arenal Pto Aéreo (Fracc) |
350 | XXXXXXXXXX XXXXXXXX | Xxxxxx Xxxxxxx |
351 | XXXXXXXXXX XXXXXXXX | Xxxxxxx Xxxxxxxx X |
352 | XXXXXXXXXX XXXXXXXX | Xxxxxxx Xxxxxxxx XX |
353 | XXXXXXXXXX XXXXXXXX | Jamaica |
354 | XXXXXXXXXX XXXXXXXX | Xxxxxxx Xxxxxxxx |
355 | XXXXXXXXXX XXXXXXXX | Xxxxxxxxx Xxxxxxx |
356 | XXXXXXXXXX XXXXXXXX | Xxxxxxxxx Xxxxxxx (Pblo) |
357 | XXXXXXXXXX XXXXXXXX | Xxxxxxxxxx |
358 | XXXXXXXXXX XXXXXXXX | Xxxxxxxxx 1a sección |
359 | XXXXXXXXXX XXXXXXXX | Xxxxxxxxx 2a sección I |
360 | XXXXXXXXXX XXXXXXXX | Xxxxxxxxx 2a sección II |
361 | XXXXXXXXXX XXXXXXXX | Xxxxxxxxx 2a sección III |
362 | XXXXXXXXXX XXXXXXXX | Xxxxxxxxx 2a sección IV |
363 | XXXXXXXXXX XXXXXXXX | Xxxxxxx X |
364 | XXXXXXXXXX XXXXXXXX | Xxxxxxx XX |
365 | XXXXXXXXXX XXXXXXXX | Penitenciaria (Ampl) |
366 | XXXXXXXXXX XXXXXXXX | Pensador Mexicano I |
367 | XXXXXXXXXX XXXXXXXX | Pensador Mexicano II |
368 | XXXXXXXXXX XXXXXXXX | Peñón de los Baños |
369 | XXXXXXXXXX XXXXXXXX | Primero xx Xxxx |
370 | XXXXXXXXXX XXXXXXXX | Progresista |
371 | XXXXXXXXXX XXXXXXXX | Puebla |
372 | XXXXXXXXXX XXXXXXXX | Revolución |
373 | XXXXXXXXXX XXXXXXXX | Xxxxxx Xxxxx |
374 | XXXXXXXXXX XXXXXXXX | Sevilla |
375 | XXXXXXXXXX XXXXXXXX | Xxxxx Xxxxxxx |
376 | XXXXXXXXXX XXXXXXXX | Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx |
377 | XXXXXXXXXX XXXXXXXX | Xxxxx Xxxxx |
378 | XXXXXXXXXX XXXXXXXX | Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx |
379 | XOCHIMILCO | Ampliación Nativitas |
380 | XOCHIMILCO | Ampliación San Xxxxxx Norte |
381 | XOCHIMILCO | Año de Juárez |
382 | XOCHIMILCO | Barrio Calyequita |
383 | XOCHIMILCO | Barrio El Rosario |
384 | XOCHIMILCO | Barrio La Xxxxxxxx |
385 | XOCHIMILCO | Barrio La Xxxxxxxxxx |
386 | XOCHIMILCO | Barrio La Concepción Tlacoapa |
387 | XOCHIMILCO | Barrio La Gallera |
388 | XOCHIMILCO | Barrio La Guadalupita |
389 | XOCHIMILCO | Barrio La Planta |
390 | XOCHIMILCO | Barrio La Santísima |
391 | XOCHIMILCO | Barrio Las Cruces |
392 | XOCHIMILCO | Barrio Pocitos |
393 | XOCHIMILCO | Barrio San Xxxxxxx (San Xxxxxxxx Xxxxxxxxx) |
394 | XOCHIMILCO | Barrio San Xxxxxxxxx |
395 | XOCHIMILCO | Barrio San Xxxxxxx |
396 | XOCHIMILCO | Barrio San Xxxx |
397 | XOCHIMILCO | Barrio San Xxxx (San Xxxx Xxxxxxxxxxxxxx) |
398 | XOCHIMILCO | Barrio San Xxxxxxx |
399 | XOCHIMILCO | Barrio San Xxxxxx |
400 | XOCHIMILCO | Barrio San Xxxxx |
401 | XOCHIMILCO | Barrio Santa Xxxxxxx |
402 | XOCHIMILCO | Barrio Tetitla |
403 | XOCHIMILCO | Barrio Xaltocan |
404 | XOCHIMILCO | Bo. La Xxxxxxxx (cabecera delegacional) |
405 | XOCHIMILCO | Bo. San Xxxxxxx (cabecera delegacional) |
406 | XOCHIMILCO | Bo. San Xxxx (cabecera delegacional) |
407 | XOCHIMILCO | Cerrillos I |
408 | XOCHIMILCO | Cerrillos III |
409 | XOCHIMILCO | Cerrillos Segunda Sección |
410 | XOCHIMILCO | Xxxxxx Xxx |
411 | XOCHIMILCO | Xxx Xxxxxx |
412 | XOCHIMILCO | El Jazmín |
413 | XOCHIMILCO | El Mirador (Tulyehualco) |
414 | XOCHIMILCO | Guadalupita |
415 | XOCHIMILCO | Huichapan |
416 | XOCHIMILCO | La Cañada |
417 | XOCHIMILCO | Las Animas |
418 | XOCHIMILCO | Las Mesitas |
419 | XOCHIMILCO | Xxxxx xx Xxxxxxxxx |
420 | XOCHIMILCO | Xxxxx de Tonalco |
421 | XOCHIMILCO | Nativitas (Tulyehualco) |
422 | XXXXXXXXXX | Xxxxxxx Xxxxxxx |
423 | XOCHIMILCO | Rancho Tejomulco |
424 | XXXXXXXXXX | Xxxxxxx Xxxxx |
425 | XOCHIMILCO | San Xxxxxx Xxxxxxxxx (Pbo) |
426 | XOCHIMILCO | San Xxxxxxx El Chico |
427 | XOCHIMILCO | San Xxxxxx |
428 | XOCHIMILCO | San Xxxxxxxxx Tlalnepantla (Pbo) |
429 | XOCHIMILCO | San Xxxxxxxx Xxxxxxxxx (Pbo) |
430 | XOCHIMILCO | San Xxxx Xxxxx |
431 | XOCHIMILCO | San Xxxxxxx Xxxxxxxx (Pbo) |
432 | XOCHIMILCO | San Xxxxxxx La Cebada |
433 | XOCHIMILCO | San Xxxxx Xxxxxxx |
434 | XOCHIMILCO | San Xxxxx Xochimanca (Pbo) |
435 | XOCHIMILCO | San Xxxx Xxxxxxxxxxxxxx (Pbo) |
436 | XOCHIMILCO | San Xxxxx Xxxxx (Pbo) |
437 | XOCHIMILCO | Santa Xxxxxxx Xxxxxxxxx (Pbo) |
438 | XOCHIMILCO | Santa Xxxx Acalpixca (Pbo) |
439 | XOCHIMILCO | Santa Xxxx Xxxxxxxxxxx |
440 | XOCHIMILCO | Santa Xxxx xx Xxxxxxxxx |
441 | XOCHIMILCO | Santa Xxxx Xochitepec (Pbo) |
442 | XOCHIMILCO | Santa Xxxx |
443 | XOCHIMILCO | Santa Xxxxx Xxxxxxxxx (Pbo) |
444 | XOCHIMILCO | Santa Xxxxx Tepepan (Pbo) |
445 | XOCHIMILCO | Santiago Tepalcatlalpan (Pbo) |
446 | XOCHIMILCO | Santiaguito |
447 | XOCHIMILCO | Tablas de San Xxxxxxx |
448 | XOCHIMILCO | Tierra Nueva |
449 | XOCHIMILCO | Xxxxx Santa Xxxxx |
Las Alcaldías podrán solicitar de manera escrita a la Dirección General de Coordinación de Políticas y Cultura Ambiental la incorporación de nuevas colonias, poblados, comunidades y/x xxxxxxx al Programa; la petición deberá contener la exposición de motivos y el número de personas beneficiarias potenciales. La DGCPCA analizará y determinará la procedencia o improcedencia de la solicitud, haciendo del conocimiento de la alcaldía respectiva en un plazo no mayor a 10 días hábiles posteriores a la recepción de la misma; y en su caso, de contar con la disponibilidad presupuestal, realizará las adecuaciones pertinentes al Programa.
5.3.1 Población Prioritaria: Asentamientos Humanos en proceso de regularización
Históricamente la falta de acceso a vivienda asequible, el crecimiento natural de los pueblos originarios del sur y la venta de tierra de forma irregular, han generado el crecimiento de asentamientos humanos irregulares en el suelo de conservación de la Ciudad de México. Se estima que existen más de 500 asentamientos de este tipo en la ciudad, donde habita la población con mayor marginación social (Programa de Gobierno 2019-2024).
Como se señala en el Programa de Gobierno de la Ciudad de México 2019-2024, el objetivo de proteger los servicios ambientales y las zonas naturales debe perseguirse sin olvidar a los miles de familias que habitan en estos espacios. En línea con lo anterior, una de las prioridades de la presente administración es diseñar e implementar una política integral de atención a los asentamientos humanos irregulares con el objetivo de evitar su crecimiento, mejorar las condiciones de vida de sus pobladores y proteger el suelo de conservación.
En este sentido, desde el 2022 en el programa, se prioriza el apoyo a esta población que consistentemente se ha encontrado en situaciones de vulnerabilidad agravada, que a su vez se refleja en una falta de acceso a servicios públicos de calidad y altos índices de marginación económica. Actualmente, la Comisión de Regulación Especial de Tlalpan (CRET) ha identificado distintos asentamientos irregulares en la Alcaldía Tlalpan y, dadas sus condiciones socioeconómicas, se encuentran imposibilitados para realizar los pagos que se destinarán a la adquisición de reserva territorial o equipamiento necesario para su regularización. Lo anterior, debido a que los resultados de los Estudios elaborados por el Instituto de Geografía de la UNAM en 2014 arrojan que, de las personas que los ocupan, el 18% cuentan con ingresos familiares menores a dos salarios mínimos y el 53% entre dos y seis salarios mínimos (ssmdf: Salario mínimo mensual en el DF); lo que obliga a reconocer que su situación económica les impediría aportar recursos económicos para acreditar el cambio de uso de suelo (Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, 2021).
Por lo anterior, es necesario continuar atendiendo a dichos asentamientos considerando el impacto ambiental que tienen en el suelo de conservación de la Ciudad de México, toda vez que se encuentran en una situación de especial vulnerabilidad económica. De tal forma, en 2024 se le dará atención especial a esta población y el programa social operará en los siguientes asentamientos dictaminados para ser regularizados de la Alcaldía Tlalpan:
Tabla 10. Listado de asentamientos humanos en proceso de regularización
No. | Asentamiento Humano Irregular | Antigüedad de ocupación (años) |
1 | Atocpa | 25 |
2 | Atocpa Sur | 15 |
3 | Bosques de Tepeximilpa | 25 |
4 | Xxxxxxxx | 25 |
5 | Cuchilla de Tepeximilpa | 20 |
6 | Diamante | 16 |
7 | Diamante Tepeximilpa | 19 |
8 | Xxxxxxx Xxxxxx | 16 |
9 | Xxxxx de Cuilotepec II | 19 |
10 | Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx | 34 |
11 | Primavera | 24 |
12 | Cerrada Sierra de San Xxxx | 26 |
13 | Xxxxxxxxxxx Xxxxxxx | 24 |
14 | Tepetongo | 31 |
15 | Tepetlica/12 de diciembre | 24 |
16 | Paraje Tetenco | 23 |
17 | Tlalmille | 24 |
18 | Cerrada Xxxxxxxx Xxxx UH | 26 |
19 | Xxxxx Verde | 19 |
20 | Verano | 24 |
21 | Zacatón | 18 |
Promedio | 23 |
Fuente: Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México (2021).
5.4 Personas Beneficiarias Facilitadores de Servicios
La implementación territorial del Programa está a cargo de la UTO, quien será la encargada de la realización de actividades de difusión y promoción; del registro de las personas interesadas en ser beneficiarias del Programa; cotejo y revisión de los documentos relacionados con los requisitos de acceso del Programa; llevar a cabo visitas de: evaluación técnica, entrega e instalación y evaluación de los SCALL; capacitaciones, atención ciudadana y realización de encuestas relacionadas con la implementación del Programa.
La UTO estará integrada por personas mayores de edad, residentes de la Ciudad de México, que den cumplimiento a los requisitos de acceso establecidos en las presentes Reglas de Operación y se registren en tiempo y forma en la Convocatoria que para tal efecto emita la SEDEMA.
La UTO estará compuesta de: 1 Coordinador(a); 5 Líderes de Unidad Técnica; 12 Enlaces; 1 Diseñador(a), 3 Asesores(as) Técnicos(as) Especializados(as), 1 Monitor Técnico, 12 Apoyos Administrativos y 73 Facilitadores(as). Sin menoscabo de aquellas personas que por disponibilidad de lugares o mayor presupuesto formen parte subsecuente de la UTO; quienes realizarán las siguientes actividades de acuerdo a cada perfil de manera enunciativa más no limitativa de las demás que se requieran para la implementación y ejecución del Programa:
Tabla 11. Composición de la Unidad Técnico-Operativa, descripción de actividades
Función | Descripción de las actividades a realizar | Númer o máxim o de Person as* |
Coordinador (a) | - Planear las actividades necesarias para la implementación territorial del Programa en las alcaldías participantes. | 1 |
- Gestionar los insumos necesarios para que la implementación del Programa se ejecute de acuerdo con la planeación. | ||
- Coordinar a los equipos que realizan actividades para la operación del Programa. | ||
- Manejar bases de datos y generar informes del Programa. | ||
- Atender a la ciudadanía. | ||
- Las demás que se requieran para la implementación del Programa. | ||
Líderes de Unidad Técnica | - Planear, monitorear y dar seguimiento a las actividades de los equipos operativos en las alcaldías participantes. | 5 |
- Gestionar con las Alcaldías los espacios necesarios para la implementación del Programa. | ||
- Atender a personas interesadas en ser beneficiarias del Programa. | ||
- Organizar las actividades necesarias para la implementación del Programa en las alcaldías designadas. |
- Manejar bases de datos y generar informes del Programa. | ||
- Las demás que se requieran para la implementación del Programa. | ||
- Asesorar sobre aspectos técnicos de la captación pluvial. | ||
Asesor(a) Técnico(a) Tipo A | - Colaborar en aspectos administrativos que requiera la Coordinación del Programa. | 2 |
- Atender a la ciudadanía. | ||
- Colaborar en actividades de campo y gabinete. | ||
- Manejar bases de datos y generar informes del Programa. | ||
- Analizar información generada por el programa. | ||
- Las demás que se requieran para la implementación del Programa. | ||
Diseñador(a) | - Diseñar los materiales físicos necesarios para la difusión territorial del Programa. | 1 |
- Diseñar los materiales digitales (imágenes, vídeos) necesarios para la difusión digital del Programa. | ||
- Participar de la difusión digital del programa en las redes sociales de la SEDEMA. | ||
- Diseñar los materiales gráficos necesarios para la implementación del programa. | ||
- Elaborar materiales para la generación de informes y evaluaciones. | ||
- Colaborar en la elaboración de vídeos sobre el programa. | ||
- Las demás que se requieran para la implementación del Programa. | ||
Enlaces | - Planear, coordinar y monitorear las actividades del equipo operativo en territorio. | 12 |
- Elaborar y manejar bases de datos, así como sistematizar la información. | ||
- Atender a personas interesadas en ser beneficiarias del programa. | ||
- Las demás que se requieran para la implementación del Programa. | ||
Apoyos Administrati vos | - Apoyar en la administración de los recursos financieros y contratos celebrados. | 12 |
- Manejar bases de datos y generar informes del Programa. | ||
- Elaborar documentos para la operatividad del Programa. | ||
- Las demás que se requieran para la implementación del Programa. | ||
Monitor Técnico | - Visitar los almacenes de los proveedores. | 1 |
- Revisar que los materiales a instalarse cumplan con las características requeridas. | ||
- Visitar viviendas para revisar la calidad de las instalaciones. | ||
- Las demás que se requieran para la implementación del Programa. | ||
Asesor(a) Técnico(a) Especializad o(a) Tipo B | - Asesorar sobre aspectos técnicos del funcionamiento de los SCALL. | 1 |
- Emitir opiniones expertas sobre aspectos técnicos de la calidad del agua y su monitoreo. | ||
- Atender consultas, referentes a su especialidad, que surjan durante la implementación del Programa. | ||
- Las demás que se requieran para la implementación del Programa. | ||
Facilitadores (as) | - Realizar las actividades de difusión. | 73 |
- Realizar las actividades en territorio. | ||
- Realizar levantamiento de información. | ||
- Realizar las actividades relacionadas con el registro de las personas interesadas en ser beneficiarias del Programa. | ||
-Agendar las visitas de instalación. | ||
- Realizar las visitas técnicas y de instalación. | ||
- Realizar capacitaciones a las personas beneficiarias del Programa. | ||
- Aplicar encuestas relacionadas con el Programa. | ||
- Atender a personas interesadas en ser beneficiarias del Programa. | ||
- Las demás que se requieran para la implementación del Programa. |
*El número de personas por función se determinará de acuerdo a necesidades del Programa y la disponibilidad de recursos presupuestales, sin ser obligatorio cubrir el número máximo de personas asignadas.
Para el ejercicio 2024, se considerará la continuidad de quienes formaron parte de la UTO en el ejercicio 2023, misma que estará sujeta a la valoración de su desempeño en las actividades, a las necesidades operativas del Programa y al presupuesto que se disponga.
La supervisión y control de las actividades de la UTO, estará a cargo de la Coordinación de Planeación y Políticas, así
como del personal a su cargo que designe, durante la vigencia del Programa.
6. Metas Físicas
6.1 Se estima una cobertura de alrededor de 10,000 viviendas beneficiarias de la Ciudad de México con la instalación de un SCALL o hasta que la demanda y la suficiencia presupuestal lo permita, ubicadas en zonas con escasez hídrica, priorizando aquellas con altos niveles de vulnerabilidad socioeconómica, a través de la provisión e instalación de dichos sistemas por parte del gobierno de la Ciudad a través de la SEDEMA.
Considerando que el total de la población objetivo identificada es de 3,094,572 personas para las alcaldías y estimando que se beneficiarán alrededor de 33,000 personas, el Programa alcanzará una cobertura de hasta el 1.1% respecto a la población objetivo.
Además, se estima beneficiar a 108 personas beneficiarias facilitadoras de servicios que integran la UTO por un monto total de $13,842,900 00/100 M.N (Trece millones ochocientos cuarenta y dos mil novecientos pesos) distribuidos en 9 meses.
6.2 En los casos en los que por razones presupuestales no se puedan lograr la plena universalidad de las personas interesadas, se optará por la focalización territorial consistente en la selección de personas cuyas viviendas se encuentren en condiciones de vulnerabilidad hídrica y socioeconómica, y que se encuentren en posibilidad de dar cumplimiento a los requisitos y procedimiento de acceso al Programa establecidos en las Presentes Reglas de Operación.
7. Orientaciones y Programación Presupuestales
7.1 El presupuesto autorizado para el Ejercicio Fiscal 2024 es de $200,000,000.00 (Doscientos millones de pesos 00/100 M.N.). La responsabilidad del ejercicio presupuestal está a cargo de la DGCPCA a través de la Coordinación de Planeación y Políticas.
7.2 El presupuesto total asignado se empleará de la siguiente manera.
Tabla 12. Forma en que se erogará el presupuesto, de acuerdo con los rubros del programa
Rubro | Porcentaje |
Servicio Integral | Hasta 92% |
Personas Beneficiarias Facilitadoras de Servicios | Entre 6 y 7% |
Gastos de operación (Monitoreo de calidad del agua, tóner, material de difusión) | Entre 1 y 2% |
El Servicio Integral del Programa corresponde a la adquisición de los SCALL y materiales necesarios para su correcta instalación. Las personas Beneficiarias Facilitadoras de Servicios, corresponde a las personas que integran la Unidad Técnica Operativa. Y, los gastos de operación incluyen adquisiciones de insumos y el pago de servicios adicionales.
Es decir, el programa contempla dos tipos de apoyos o beneficios, el primero va dirigido a las personas beneficiarias de un SCALL por vivienda; y el segundo corresponde a la entrega económica a las personas beneficiarias facilitadoras de servicios que integran la UTO.
7.3 De acuerdo con los costos históricos, entre 2019 y 2021, el costo total por SCALL fue de $18,266.52 pesos mexicanos promedio, mientras que para 2022 y 2023 se manejaron dos costos, esto de acuerdo al tamaño del tanque de almacenamiento, de $15,622.88 y de $18,337.38 pesos mexicanos promedio. Sin embargo, debido a la inflación, tanto los precios como la disponibilidad de los insumos y componentes de los sistemas, podrían ser impactados y afectar el costo unitario de referencia.
La adquisición de los bienes y servicios los efectuará la SEDEMA en estricto apego a lo establecido en la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal para la contratación de mérito y de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; asimismo, la entrega de las ayudas a las personas beneficiarias se realizará de acuerdo a lo dispuesto en las presentes Reglas de Operación.
El programa transfiere a las personas beneficiarias, bienes consistentes en la entrega de un SCALL, una sola vez por vivienda y se brindan como servicios: la instalación óptima del SCALL y las capacitaciones para su operación, limpieza, cuidado y mantenimiento.
No se omite precisar que el debido cuidado, limpieza y mantenimiento de los SCALL será responsabilidad de las personas beneficiarias a partir del día de la entrega e instalación.
Ahora bien, respecto al apoyo que se entregará a cada una de las personas integrantes de la UTO, se realizará mediante la transferencia monetaria a través de medios electrónicos, de manera mensual, hasta por 9 ministraciones de acuerdo a la función que realice y como se presenta a continuación:
Tabla 13. Apoyos económicos de la Unidad Técnico-Operativa de acuerdo a la función
Función | Núme ro Máxi mo de person as | Cantidad Mensual | Fechas de entrega de los apoyos económicos | Monto Total que recibirá cada persona beneficiaria por función | Gasto Total a ejercer por función | |
Coordinador(a) | 1 | $34,800.0 0 | Entre el último día hábil del mes y los primeros 5 días hábiles del mes siguiente, de enero a septiembre | $313,200.00 | $313,200.00 | |
Líderes de Unidad Técnica | 5 | $21,700.0 0 | Entre el último día hábil del mes y los primeros 5 días hábiles del mes siguiente, de enero a septiembre | $195,300.00 | $976,500.00 | |
Asesor(a) Técnico(a) Tipo A | 2 | $21,700.0 0 | Entre el último día hábil del mes y los primeros 5 días hábiles del mes siguiente, de enero a septiembre | $195,300.00 | $390,600.00 | |
Diseñador(a) | 1 | $19,500.0 0 | Entre el último día hábil del mes y los primeros 5 días hábiles del mes siguiente, de enero a septiembre | $175,500.00 | $175,500.00 | |
Enlaces | 12 | $16,300.0 0 | Entre el último día hábil del mes y los primeros 5 días hábiles del mes siguiente, de enero a septiembre | $146,700.00 | $1,760,400.00 | |
Apoyos Administrativos | 12 | $16,300.0 0 | Entre el último día hábil del mes y los primeros 5 días hábiles del mes siguiente, de enero a septiembre | $146,700.00 | $1,760,400.00 | |
Monitor técnico | 1 | $15,200.0 0 | Entre el último día hábil del mes y los primeros 5 días hábiles del mes siguiente, de enero a septiembre | $136,800.00 | $136,800.00 | |
Asesor(a) Técnico(a) Especializado(a) Tipo B | 1 | $13,000.0 0 | Entre el último día hábil del mes y los primeros 5 días hábiles del mes siguiente, de enero a septiembre | $117,000.00 | $117,000.00 |
Facilitadores(as) | 73 | $12,500.0 0 | Entre el último día hábil del mes y los primeros 5 días hábiles del mes siguiente, de enero a septiembre | $112,500.00 | $8,212,500.00 | |
Total | $13,842,900.00 |
La ayuda correspondiente al mes de enero será igual a la cantidad mensual asignada, sin depender de la fecha de inicio de actividades de la UTO, ni de la fecha de la firma del Convenio de Concertación de Acciones. Los apoyos subsecuentes a la primera entrega estarán sujetas a la entrega de los reportes mensuales de actividades.
En los casos de las personas que se incorporen a la UTO con posterioridad al mes de enero, por disponibilidad de lugares por baja o aumento presupuestal, la primera ayuda será proporcional a los días de las actividades realizadas y la entrega se realizará posterior a la firma del Convenio de Concertación de Acciones y al final del mes de inicio de actividades.
La ayuda económica total será igual a la cantidad mensual asignada multiplicada por el número de meses que apoyen en la implementación del Programa.
8. Requisitos y procedimientos de acceso
8.1 Difusión
8.1.1 La difusión del Programa y los cambios que se pudieran efectuar se llevará a cabo a través, de:
1. La página web de la SEDEMA: xxxx://xxx.xxxxxx.xxxx.xxx.xx/.
2. La página web del Programa Cosecha de Lluvia: xxxxx://xxxxxxxxxxxxx.xxxxxx.xxxx.xxx.xx/.
3. Redes sociales de la SEDEMA (Facebook Secretaría del Medio Ambiente y Twitter SEDEMA CDMX).
4. Las Reglas de Operación del Programa, publicadas en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
5. Carteles colocados en alcaldías y/o en Puntos de Innovación, Libertad. Arte, Educación y Saberes (PILARES).
6. Las convocatorias correspondientes serán publicadas en la página web de la SEDEMA (xxxx://xxx.xxxxxx.xxxx.xxx.xx/), según sea el caso.
8.1.2 A partir de la publicación de las presentes Reglas de Operación y durante el 2024, las personas integrantes de la UTO realizarán difusión territorial mediante perifoneo, megáfonos y recorridos de puerta en puerta, dentro de las colonias, pueblos, comunidades y/x xxxxxxx que se encuentren dentro de las alcaldías participantes del Programa, haciendo del conocimiento de las personas interesadas los horarios de atención, requisitos, información pertinente y el procedimiento de registro y acceso al Programa.
Asimismo, se instalarán módulos de información en donde las personas interesadas podrán inscribirse. La ubicación y horarios de operación se difundirá en la página web de la SEDEMA: xxxx://xxx.xxxxxx.xxxx.xxx.xx, redes sociales oficiales y en la difusión territorial.
- Iztacalco: 00-00-00-00-00
- Iztapalapa: 00-00-00-00-00
- Tláhuac: 00-00-00-00-00
- Tlalpan: 00-00-00-00-00
- Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx: 00-00-00-00-00
- Xochimilco: 00-00-00-00-00
Y correos electrónicos que para ese efecto se generen, los cuales se darán a conocer mediante los medios electrónicos pertinentes.
8.2 Requisitos de acceso
Las personas interesadas en participar en el presente Programa deberán contar con los siguientes requisitos:
8.2.1 SCALL
- Ser habitante de las colonias enlistadas en las presentes Reglas de Operación y sus respectivas modificaciones.
- Ser mayor de edad.
- Presentar Clave Única de Registro de Población (CURP).
- Presentar Identificación vigente con fotografía (Credencial para Votar, Pasaporte, Cartilla Militar, Licencia de Conducir, Cédula Profesional e INAPAM). No necesariamente debe coincidir la dirección de la identificación con la dirección de la vivienda.
- Registrarse como persona interesada en beneficiarse con el Programa Social.
- Firmar la carta compromiso en la que se señala que se está dispuesto(a) a cumplir de ser el caso, con las adecuaciones necesarias en la vivienda para la óptima instalación del SCALL, así como con el posterior cuidado y mantenimiento de estos.
- Comprobante de domicilio con una antigüedad no mayor a 3 meses a la fecha de registro al Programa, se admiten como comprobantes: recibo de agua, luz, gas, telefonía fija o móvil, internet, televisión de paga, predial de hasta 2 años de antigüedad y estados de cuenta bancarios. En caso de no contar con alguno de los anteriores, se admitirán constancias domiciliarias o de residencia expedidas por la alcaldía que corresponda, o bien las constancias emitidas por las autoridades ejidales o comunales.
- Presentar recibo Predial de hasta 2 años de antigüedad, hoja de valor catastral, Constancia u Opinión Técnica de Uso de Suelo para Proyectos Ciudadanos, comprobante de pertenencia al listado de asentamientos de la lista de la “Resolución General mediante la cual se condona el pago de los aprovechamientos respecto a la mitigación y compensación por pérdida de Servicios Ambientales a las personas que habitan los asentamientos humanos irregulares que se indican”, publicada el 13 xx xxxxxx de 2021 en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, una opinión emitida por la Comisión de Evaluación de Asentamientos Humanos Irregulares de la alcaldía que corresponda o consulta en la página del Sistema de Información Geográfica “Ciudad Mx” de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Ciudad de México (SEDUVI) en xxxxx://xxx.xxxxxx.xxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx/xxxxxxxx/xxxxxx_xx.
- Permitir el acceso de las personas integrantes de la UTO y del Servicio Integral del Programa a su domicilio, para realizar las visitas técnicas, de instalación y seguimiento.
- Dedicar tiempo al aprendizaje de la captación de agua de lluvia.
8.2.2 UTO
Las personas interesadas en participar en el presente Programa como beneficiarias facilitadoras de servicios deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser mayores de edad.
- Residir en la Ciudad de México.
- Clave Única de Registro de Población (CURP).
- Escolaridad mínima necesaria, de acuerdo a la función a desempeñar que se puede observar en la tabla 14.
- Documento que acredite el grado máximo de estudios, o en su caso, anexar certificado de estudios o constancia de las materias cursadas (historial académico), expedido por la Institución Académica que incluya firma, sello y/o logotipo oficial.
- Curriculum vitae actualizado.
- Identificación vigente con fotografía (Credencial para Votar, Pasaporte, Cartilla Militar, Licencia de Conducir, Cédula Profesional).
- Comprobante de domicilio con una antigüedad no mayor a 3 meses a la fecha en que se realice su postulación, se admiten como comprobantes: recibos de servicios de luz, agua, gas, televisión de paga, internet, telefonía fija o móvil, recibo predial de hasta 2 años de antigüedad, estados de cuenta bancarios o constancias domiciliarias o de residencia expedidas por la Alcaldía que corresponda.
- Documento expedido por una institución bancaria de una cuenta activa personal, este documento deberá tener CLABE
interbancaria legible, se admiten: estado de cuenta, documento o contrato bancario.
- Experiencia en territorio: haber desempeñado actividades en campo, se priorizará a quienes hayan realizado actividades de difusión y promoción de programas sociales y conozcan el territorio de las alcaldías participantes.
- Disponibilidad de tiempo, para recorrer las colonias pertenecientes al Programa, observando todas las medidas de prevención y disposiciones sanitarias que se encuentren vigentes en la Ciudad de México, así como para realizar actividades los fines de semana, de acuerdo con las necesidades del Programa.
- Tener un alto sentido de responsabilidad para hacerse cargo de actividades y asumir las obligaciones de las acciones ejecutadas.
- Capacidad para desempeñar actividades bajo presión y en equipo; así como para integrarse cordial y efectivamente en tareas conjuntas con las personas integrantes de la UTO, a efecto de cumplir con los objetivos del Programa.
- Se dará prioridad a aquellas personas con experiencia en materia ambiental o relativa a la misma y/o las que cuenten con experiencia impartiendo talleres.
Tabla 14. Composición de la Unidad Técnico-Operativa, función y escolaridad
Función | Escolaridad Mínima |
Coordinador (a) | Licenciatura |
Líderes de Unidad Técnica | Bachillerato |
Asesor(a) Técnico(a) Tipo A | Licenciatura |
Diseñador(a) | Licenciatura |
Enlaces | Bachillerato |
Apoyos Administrativos | Bachillerato |
Monitor Técnico | Bachillerato |
Asesor(a) Técnico(a) Especializado (a) Tipo B | Licenciatura |
Facilitadores(as) | Secundaria |
8.3 Procedimientos de acceso
8.3.1 Las personas interesadas en ser beneficiarios deberán:
1. Inscribirse, enviando un correo electrónico a la cuenta xxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xxxx.xxx.xx, señalando que desea ser persona beneficiaria del Programa y adjuntar copia simple o escaneos de la documentación solicitada en el numeral 8.2.1, la cual será revisada por la UTO. Podrán registrarse en la plataforma xxxxx://xxxxxxxxxxxxx.xxxxxx.xxxx.xxx.xx/ así como, en los medios que para tal efecto publique la SEDEMA en la página xxxxx://xxx.xxxxxx.xxxx.xxx.xx/, o bien, de manera personal en los módulos establecidos por la UTO y en los recorridos de difusión que los integrantes de la UTO realicen en las colonias, barrios comunidades y/o pueblos, pertenecientes a las alcaldías participantes en el Programa, debiendo entregar copia de la documentación solicitada.
De ser posible brindar datos de ubicación y características externas de la vivienda para que pueda ser localizada de forma más eficiente.
Asimismo, al momento de registrarse podrán autorizar hasta dos familiares o personas, que cuenten con mayoría de edad y que habite en la vivienda a ser beneficiada, para atender las visitas de evaluación técnica, instalación, seguimiento y evaluación -a las cuales se comprometen a recibir al ser parte del Programa- en los casos en los que por caso fortuito o fuerza mayor la persona que se inscriba no pueda atender estas diligencias.
Una vez que las personas interesadas en acceder al Programa se registren se generará un número de expediente personalizado que les será comunicado y con el cual se identificará su registro.
En los casos en los que las personas interesadas en registrarse para beneficiarse con el Programa Social hayan realizado su registro digital, deberán mostrar los documentos enviados, para su cotejo y autenticidad, el día en el que se realice la visita de evaluación técnica. La documentación debe alinearse a las fechas de registro del Programa.
La UTO se comunicará con las personas interesadas en beneficiarse con un SCALL para dar seguimiento a las solicitudes en un tiempo máximo de 30 días hábiles posteriores a su registro.
2. Posterior a haberse realizado el registro al Programa, deberán firmar una carta compromiso, en la que se señala que están dispuestos de ser el caso, a realizar las adecuaciones necesarias en la vivienda para la óptima instalación del SCALL.
3. Permitir el acceso de los integrantes de la UTO y del Servicio Integral del Programa, para la realización de la visita técnica, en la cual se determinará si la vivienda cuenta con las condiciones de infraestructura mínimas necesarias para la óptima instalación del SCALL.
4. Derivado del resultado de la visita técnica, en caso de ser necesario, realizar las adecuaciones pertinentes en el hogar para que se pueda llevar a cabo la óptima instalación del SCALL.
5. Posterior a la realización de la visita técnica y de haber resultado viable o posterior a haber realizado las adecuaciones pertinentes solicitadas en esta (en su caso), deberán permitir el acceso de los integrantes de la UTO y del Servicio Integral del Programa, para la realización de la visita de entrega, instalación del SCALL y capacitación.
6. Destinar tiempo al aprendizaje de captación de lluvia; así como a las capacitaciones para el uso adecuado, cuidado, limpieza y mantenimiento del SCALL.
7. Posterior a la instalación del SCALL y durante la vigencia del Programa, deberán permitir el acceso de los integrantes de la UTO y del Servicio Integral del Programa, para la realización de visitas de seguimiento y evaluación.
8. Contestar las encuestas correspondientes realizadas por los integrantes de la UTO y del Servicio Integral del Programa, para dar seguimiento y evaluación respecto del funcionamiento del SCALL y del Programa.
9. En caso de que se implemente un medidor volumétrico en el SCALL, deberá permitir el acceso de los integrantes de la UTO, para realizar la medición mensual durante un periodo de al menos un año. Lo que permitirá estimar el volumen promedio de agua cosechada en los hogares beneficiarios del Programa.
8.3.2 Las personas interesadas en formar parte de la UTO deberán:
1. Postularse en tiempo y forma de acuerdo a lo dispuesto en la Convocatoria que emita la SEDEMA para tal efecto en la página xxxxx://xxx.xxxxxx.xxxx.xxx.xx/.
2. Remitir al correo electrónico que se establezca en la Convocatoria y/o entregar en copia simple en la oficina de la DGCPCA o donde ésta designe, la documentación solicitada en el apartado 8.2.2.
3. Posterior a la postulación y a la entrega de la documentación, la Coordinación de Planeación y Políticas, así como el personal a su cargo que designe realizará la revisión de los documentos de cada persona interesada. La DGCPCA contactará vía telefónica o mediante correo electrónico a las personas pre seleccionadas que deberán acudir a una entrevista.
4. Acudir a la entrevista en la fecha y xxxxxxx que se le indique. La DGCPCA informará mediante correo electrónico o vía telefónica las personas que fueron seleccionadas para formar parte de la UTO.
5. Suscribir el Convenio de Concertación de Acciones con la SEDEMA.
Los resultados de la selección e incorporación de las personas integrantes de la UTO se publicarán en la página de la SEDEMA.
En la selección de las personas que serán integrantes de la UTO para el ejercicio 2024, se considerarán a las personas que formaron parte de la implementación del Programa en el ejercicio 2023.
Cada uno de los integrantes de la UTO contará con un número que la identifique como “persona beneficiaria facilitadora de servicios”, mismo que será utilizado en la integración de su expediente y como identificador en la realización de sus actividades.
En caso de haber espacios disponibles en la “UTO” durante el desarrollo del Programa, ya sea por baja de sus integrantes y/o por contar con mayor disponibilidad presupuestal, se realizará lo siguiente:
Disponibilidad por Baja de personas integrantes de la UTO:
- Se buscará en la lista de espera si hay alguna persona que cumpla con el perfil conforme a la convocatoria emitida, en caso de contar con una persona que cumpla con el perfil, se publicarán las convocatorias correspondientes en la página de la SEDEMA y en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
- La lista de espera se ordenará de acuerdo a la valoración de la experiencia en las actividades y la formación académica.
- Se contactará a la persona (vía telefónica) cuyo perfil y requisitos coinciden con la función, respetando el orden de prelación de la lista de espera. En el supuesto de no estar interesada, no contactada y/o no disponible, se contactará a la persona candidata siguiente y así sucesivamente.
- La(s) persona(s) seleccionada(s) deberán presentar la documentación, que eventualmente les sea solicitada, conforme a lo señalado en el apartado de requisitos de acceso de las presentes Reglas de Operación.
- Posterior a la selección, revisión e integración del expediente, firmarán el Convenio de Concertación de Acciones con la SEDEMA.
En caso de que se abran posiciones de mayor responsabilidad, se dará prioridad a las personas que ya forman parte de la UTO, para participar en concursos internos. Asimismo, se impulsará la paridad de género en la composición del equipo y, en caso necesario, se acudirá al listado mencionado anteriormente. De no haber personas para cumplir las funciones necesarias, la SEDEMA publicará convocatorias adicionales dirigidas al público en general durante el transcurso del año.
Disponibilidad por Incremento Presupuestario:
- Las personas interesadas deberán postularse, cubrir los requisitos y entregar la documentación solicitada (no siendo diferente a la señalada en el apartado de requisitos de acceso de las presentes Reglas de Operación) de acuerdo a lo establecido en la Convocatoria que para tal efecto emita la SEDEMA.
- Los resultados de la selección e incorporación de las personas integrantes de la UTO, se publicarán en la página de la SEDEMA.
- De contar con personas candidatas en la lista de espera que den cumplimiento a los requisitos establecidos en la Convocatoria, se dará prioridad a estas, siguiendo el orden de prelación correspondiente.
En los casos en los que se emitan modificaciones a la Presentes Reglas de Operación y de estas se derive la emisión de una Convocatoria para la incorporación de personas a la UTO, esta se deberá publicar, a más tardar una semana posterior a la publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México de las notas modificatorias de las presentes Reglas de Operación.
Todas las Convocatorias señaladas en este apartado, serán publicadas en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y la página de la SEDEMA xxxxx://xxx.xxxxxx.xxxx.xxx.xx/
8.3.3 La DGCPCA por conducto de la Coordinación de Planeación y Políticas, así como el personal a su cargo que designe y de la UTO, será el área responsable de asesorar, acompañar, subsanar o corregir cualquier solicitud de acceso al Programa. Asimismo, será la encargada de notificar a la ADIP cualquier problema u omisión que pueda presentar el registro de las personas beneficiarias mediante las herramientas digitales que se desarrollen para la implementación del Programa.
8.3.4 Toda la documentación a presentar para comprobar el cumplimiento de los requisitos del programa, la forma y los tiempos en que deberá realizarse, precisando las áreas técnico-operativas a donde deba dirigirse la persona solicitante, el lugar (dirección exacta) y horarios de atención, sólo podrán exigirse los datos y documentos anexos estrictamente necesarios para tramitar la solicitud y acreditar que cumple con los criterios de elegibilidad; mismos que tendrán que estar acordes con el tipo de población objetivo que se considera. Tratándose de plataformas digitales, se deberá asegurar que toda la información para la verificación del cumplimiento de los requisitos del programa se encuentre debidamente requisitada en la plataforma digital correspondiente.
8.3.5 La UTO se comunicará con las personas interesadas en beneficiarse con el Programa para dar seguimiento a las solicitudes en un tiempo máximo de 30 días hábiles posteriores a su registro.
8.3.6 Cuando se presente una situación de riesgo por contingencia, desastre o emergencia en la Ciudad de México, se tomarán y se seguirán todas las medidas que implemente el Gobierno de la Ciudad de México, con la finalidad de salvaguardar la integridad de las personas interesadas en formar parte del Programa, las personas beneficiarias, las personas integrantes de la UTO y del Servicio Integral del Programa, durante el desarrollo del mismo.
Ante cualquier situación de riesgo por contingencia, desastre o emergencia en la Ciudad de México, los documentos requeridos podrán sin excepción ser remitidos a la cuenta de correo electrónico xxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xxxx.xxx.xx, se habilitarán números telefónicos para la oportuna atención ciudadana. En los casos en los que se tengan programadas la realización de visitas técnicas, de entrega e instalación, seguimiento o evaluación, de ser posible y de así permitirlo la situación en particular, estas se realizarán respetando en todo momento cada una de las disposiciones, recomendaciones y/o protocolos que a efecto hayan emitido las autoridades competentes de la Ciudad de México y/o en su caso de las autoridades federales correspondientes.
En los casos, en los que debido a la gravedad de la situación no se esté en posibilidad en realizar o dar continuidad a la operatividad del Programa, se emitirán las modificaciones, aclaraciones o en su caso las determinaciones correspondientes que brinden claridad respecto a la actuación y desarrollo del Programa, mismas que serán difundidas a través de los medios señalados en el apartado 8.1 o en su caso, mediante los que se tengan disponibles derivados de la situación.
8.3.7 Las personas solicitantes podrán conocer el estado de su trámite acudiendo a los módulos que se instalen en las alcaldías y/o llamando a los teléfonos proporcionados o en su caso, en el momento en que se lleven a cabo las visitas técnicas; asimismo las personas integrantes de la UTO podrán comunicarse directamente con las personas solicitantes a través de llamadas telefónicas, mensajes de texto y/o correos electrónicos, para hacer de su conocimiento el estado de su solicitud.
En los casos en los que el resultado de su solicitud sea negativo o no viable se señalarán los motivos correspondientes y se comunicarán vía llamadas telefónicas, mensajes y/o correo electrónico.
8.3.8 De haber completado su registro al Programa, se comunicará a las personas solicitantes un número de expediente, el cual no asegura la instalación de un SCALL en su vivienda, ya que ello dependerá (1) de haber presentado los documentos citados en el apartado 8.2.1, (2) del resultado de la visita técnica y en su caso (3) del cumplimiento de las adecuaciones que fueren necesarias.
8.3.9 Ningún procedimiento o requisito de acceso no previsto en las presentes Reglas de Operación y sus modificaciones podrá adicionarse en otros instrumentos normativos o convocatorias del programa social.
8.3.10 Se prohíbe a las autoridades de la Ciudad, partidos políticos y organizaciones sociales utilizar con fines lucrativos o partidistas, las políticas y programas sociales. En todo caso, se establecerán las sanciones a que haya lugar de acuerdo con las leyes aplicables.
8.3.11 Una vez que las personas solicitantes sean incorporadas al Programa, por ser beneficiarias de este, formarán parte de un Padrón de Personas Beneficiarias que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, será de carácter público, siendo reservados sus datos personales, de acuerdo con la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México; los cuales en ningún caso podrán emplearse para propósitos de proselitismo político, religioso o comercial, ni para ningún otro fin distinto al establecido en las presentes Reglas de Operación y, en su caso de sus respectivas modificaciones.
8.3.12 En ningún caso las personas servidoras públicas podrán solicitar o proceder de manera diferente a lo establecido en las presentes Reglas de Operación y sus respectivas modificaciones.
8.3.13 Toda persona que considere que su solicitud para beneficiarse o formar parte del Programa haya sido denegada, podrá ejercer su derecho de apelación, queja y/o interponer su inconformidad en términos de lo señalado en el numeral 11 de las presentes Reglas de Operación y, en su caso, de sus respectivas modificaciones.
8.3.14 El Programa promoverá el principio de simplicidad administrativa para que los requisitos y procedimientos de acceso sean comprensibles, claros y sencillos, reduciendo espacios de intermediación o discrecionalidad innecesarios y promoviendo la aplicación directa de los recursos e instrumentos a movilizar.
8.4 Requisitos de permanencia, causales de baja o suspensión temporal:
8.4.1 Permanencia
Las personas beneficiarias para permanecer en el Programa deberán:
- Dar cumplimiento a su compromiso de conservar, cuidar y dar mantenimiento a los SCALL durante su vida útil.
- Atender las visitas y llamadas de seguimiento del Programa y contestar los cuestionarios que para tal efecto se emitan.
La permanencia en el Programa de las personas integrantes de la UTO estará condicionada a:
- Dar cumplimiento al Convenio de Concertación de Acciones suscrito con la SEDEMA, así como con las actividades que le sean asignadas conforme a las necesidades, objetivos y metas establecidas en las presentes Reglas, para ello se realizarán evaluaciones trimestrales por parte de las Unidades Administrativas responsables de la supervisión y control de las actividades de la UTO, lo que permitirá evaluar su desempeño y confirmar su continuidad o baja.
- Destinar tiempo para tomar capacitaciones y/o cursos relacionados y necesarios para la implementación de sus actividades.
- Entregar mensualmente el reporte de actividades.
- No realizar actividades o servicios en programas sociales similares a cargo de Dependencias o instituciones estatales, municipales o federales.
- No incurrir en alguna de las causales de baja.
8.4.2 Causas de Baja Personas beneficiadas del Programa:
- A petición de la persona solicitante o beneficiaria por así convenir a sus intereses antes o después de la instalación del SCALL, para lo cual deberá de remitir mediante correo electrónico a la cuenta xxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xxxx.xxx.xx o entregar a la DGCPCA, ubicada en Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx 0, xxxx 0, Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Código Postal 06000, o en su caso a algunos de los módulos instalados, un escrito libre, en el que se señale que desea darse de baja del Programa de manera voluntaria.
- Utilizar las tecnologías de captación de lluvia con fines de lucro o partidistas antes, durante o después de la entrega de los SCALL.
- Si durante las visitas de verificación y seguimiento se detecta un uso distinto del SCALL o su enajenación a terceros.
- Que se acredite la duplicidad de beneficios por los mismos conceptos de ayuda en un programa social similar.
- Omitir el cumplimiento de alguno de los requisitos de permanencia señalados.
- Agredir de forma física o verbal a las personas integrantes de la UTO y/o personal que realiza el Servicio Integral del Programa.
- Negarse a recibir las visitas de seguimiento y evaluación.
- Negarse a responder encuestas relacionadas con el Programa.
Personas integrantes de la UTO:
- A petición de la persona integrante de la UTO, por así convenir a sus intereses, para lo cual deberá de remitir mediante correo electrónico a la cuenta xxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xxxx.xxx.xx o entregar a la DGCPCA, ubicada en Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx 0, xxxx 0, Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Código Postal 06000, un escrito libre, en el que se señale que desea darse de baja del Programa de manera voluntaria.
- El registro de 3 inasistencias reportadas por la persona que se encuentre a cargo del equipo de actividades, sin justificación alguna.
- Tener 3 o más reportes escritos de incumplimiento de actividades del Programa que se le encomienden, generados de manera escrita por la persona que se encuentre a cargo del equipo de actividades.
- En caso de reportarse enfermo(a) y no presentar comprobante médico.
- Abandonar 2 veces sin previo aviso las actividades iniciadas.
- Realizar actividades distintas a las que se les encomiende o se desarrollen en el Programa.
- Llevar a personas ajenas al Programa a la realización de sus actividades o designar a terceros en su nombre para realizar las actividades encomendadas.
- Que se acredite la duplicidad de beneficios por los mismos conceptos de ayuda en un programa social similar.
- Que se compruebe que alguno de los documentos presentados sea falso.
- Cometer actos que limiten, interfieran o perjudiquen cualquier actividad del Programa.
- Omitir el cumplimiento de alguno de los requisitos de permanencia señalados.
- Hacer uso indebido de la información generada en el Programa.
- Agredir de forma física o verbal a sus compañeros(as) de la UTO, personal que realiza el Servicio Integral del Programa, personas servidoras públicas relacionados con la operatividad del Programa y a personas beneficiarias, durante las visitas a campo, capacitación, instalación y/o por medios digitales (llamadas, mensajes y/o redes sociales).
- Haber recibido por escrito 2 o más quejas de la ciudadanía por alguna otra molestia en el servicio brindado en la realización de sus actividades.
- En los casos de quejas por conducta de hostigamiento, acoso sexual, violencia de género y discriminación, se turnará a la instancia correspondiente para su revisión y de ser el caso se procederá con la baja correspondiente. Lo anterior, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas o de cualquier otra naturaleza a que hubiera lugar.
En el supuesto de incidir en alguna de las causales de baja, el procedimiento será el siguiente:
Personas beneficiarias con un SCALL:
La DGCPCA por conducto de la Coordinación de Planeación y Políticas, informará mediante escrito a la persona beneficiaria la(s) causal(es) de baja, a través de correo electrónico o de manera personal en el domicilio correspondiente para tal efecto; lo anterior con la finalidad de que, al término de 5 días hábiles posteriores a la notificación, las personas interesadas expongan de manera escrita lo que a su derecho consideren.
Posterior al análisis de las manifestaciones realizadas, la DGCPCA por conducto de la Coordinación de Planeación y Políticas, determinará la procedencia o improcedencia de la baja, señalando las razones que dieron lugar a esta y de ser el caso se procederá con la baja.
De igual manera, se procederá a la baja correspondiente en caso de detectarse un uso indebido de la información y/o materiales del Programa, así como el incumplimiento de las obligaciones respecto al cuidado, mantenimiento y uso adecuado del SCALL causando la desinstalación del mismo, que será aprovechado conforme a lo dispuesto en la Licitación correspondiente.
En estos casos, se le notificará a la persona beneficiaria que no podrá acceder a ningún otro programa a cargo de la SEDEMA, lo anterior sin perjuicio de cualquier otra responsabilidad en que pudiera incurrir.
Personas integrantes de la UTO:
La DGCPCA por conducto de la Coordinación de Planeación y Políticas, informará mediante escrito a la persona integrante de la UTO la(s) causal(es) de baja en las que incurrió, a través de correo electrónico o de manera personal en el domicilio correspondiente para tal efecto y se procederá con la baja.
Asimismo, la persona integrante de la UTO deberá devolver los bienes (uniforme, computadora, correo electrónico etc.) que se le hayan proporcionado para la ejecución de sus actividades. Y de ser el caso se presentará una denuncia ante la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México y/o se negará el acceso a este y otros programas a cargo de la SEDEMA.
Las personas beneficiarias e integrantes de la UTO que decidan de manera voluntaria darse de baja del Programa, tendrán que dar aviso por escrito, el cual deberán de remitir al correo electrónico a la cuenta xxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xxxx.xxx.xx o entregar a la DGCPCA, señalando los motivos de su determinación a la Coordinación de Planeación y Políticas, con un mínimo de 10 días naturales de anticipación; con excepción de las personas beneficiarias que soliciten la baja antes de la instalación del SCALL, el cual deberá presentarse con anticipación a la fecha de instalación programada.
Cualquier situación no prevista en las presentes Reglas de Operación, que afecten la ejecución del Programa social, será notificada por la Coordinación de la UTO a la Coordinación de Planeación y Políticas que a su vez informará a la DGCPCA, a través de un acta circunstanciada que especifique las causales de la baja de la o de las personas beneficiarias del Programa y/o de las personas integrantes de la UTO, involucradas en el hecho.
8.4.3 Las personas dadas de baja podrán apelar, interponer su queja y/o inconformidad en términos de lo previsto en el numeral 11 de las presentes Reglas de Operación y en su caso de sus respectivas modificaciones.
9. Criterios de selección de la población beneficiaria
En caso de que el Programa no pueda alcanzar la plena cobertura y/o las solicitudes recibidas impliquen recursos mayores a los disponibles se aplicarán los siguientes criterios de selección:
9.1 Personas interesadas en ser beneficiarias con un SCALL:
1. Se seleccionará a las personas cuyas viviendas se encuentren en condiciones de vulnerabilidad hídrica y/o socioeconómica, y tengan posibilidad de dar cumplimiento a los requisitos y Procedimiento de acceso al Programa establecidos en las presentes Reglas de Operación y en su caso de sus respectivas modificaciones.
2. En los casos en los que los criterios anteriores no sean factibles o suficientes; del resultado de la selección antes realizada, se priorizará a los hogares encabezados por mujeres, madres solteras, personas indígenas, adultas mayores y aquellas que tengan alguna discapacidad.
3. Finalmente, si los criterios anteriores resultan insuficientes, se sumará la realización aleatoria de un sorteo que contemple a la población con vulnerabilidad hídrica y/o socioeconómica, que además haya cumplido con los requisitos de acceso al Programa.
9.2 Personas interesadas en ser beneficiarias facilitadoras de servicios, que forman parte de la UTO:
Se dará prioridad a las personas quienes colaboraron en la implementación del Programa en el año inmediato anterior, la cual estará sujeta a la valoración de su desempeño y a las necesidades operativas del Programa; salvo en casos donde exista disponibilidad de lugares por baja y/o aumento presupuestal de acuerdo con lo establecido en el apartado 8.3.2.
Lo anterior considerando que las personas que integraron la UTO el año anterior cuentan con un amplio sentido de responsabilidad, experiencia en territorio y los conocimientos necesarios para estar en posibilidad de continuar de manera inmediata y adecuada con la operación, implementación y ejecución del Programa a partir de la publicación de las presentes Reglas de Operación.
10. Procedimientos de instrumentación
10.1 Operación
La operación del Programa contempla una serie de etapas que involucran a las personas beneficiarias, a las personas integrantes de la UTO, al personal que realiza el Servicio Integral del Programa y a los servidores públicos, cada uno con un rol específico, el cual se observa en la siguiente tabla:
Tabla 15. Actividades operativas del Programa
Etapa | Medio de implementación | Tiempo de ejecución | Actores involucrados |
Capacitación de las personas integrantes de la UTO | Virtual y/o presencial mediante cursos y/o talleres en temas que se requieran para la correcta implementación del Programa. | A partir de la integración de la UTO y durante toda la ejecución del Programa. | La SEDEMA, la UTO, SEMUJERES, PILARES u otros cursos disponibles. |
Difusión | Territorial: mediante perifoneo, colocación de carteles, toque puerta a puerta e instalación de módulos de información. | A partir de la publicación de las presentes Reglas de Operación y durante toda la ejecución del Programa. | Personas integrantes de la UTO y SEDEMA | |
Registro | Territorial: a través de módulos colocados en las colonias, de puerta en puerta. Digital: mediante solicitud al correo oficial del Programa, correos designados para tal fin. Plataforma: mecanismo instrumentado en colaboración con la ADIP o por medio de mensajería instantánea a los números designados para tal fin. | A partir de la publicación de las presentes Reglas de Operación y durante toda la ejecución del Programa. | Personas integrantes de la UTO, SEDEMA y ADIP | |
Visitas técnicas | Territorial: visitando las viviendas registradas previamente | A partir de los registros de las personas interesadas en beneficiarse con un SCALL y durante toda la ejecución del Programa. | Personas integrantes de la UTO y personal del Servicio Integral del Programa | |
Instalación | Territorial: visitando las viviendas que han sido determinadas cómo viables, y que han realizado las adecuaciones pertinentes que en su caso se hayan requerido. | A partir del resultado de las visitas técnicas y durante toda la ejecución del Programa | Personas integrantes de la UTO y personal del Servicio Integral del Programa | |
Capacitación | Territorial: sobre el uso y mantenimiento de los SCALL | A partir del resultado de las visitas técnicas y durante las visitas de instalación de los SCALL y durante toda la ejecución del Programa. | Personas integrantes de la UTO | |
Seg uimi ento y eval uaci ón | Visita s y llama das xx xxxxx mient o | Territorial: realizando visitas aleatorias a viviendas beneficiadas con un SCALL. Telefónica: realizando llamadas telefónicas aleatorias a viviendas beneficiadas con un SCALL. | Posterior a la instalación de los SCALL y durante toda la ejecución del programa. | Personas integrantes de la UTO y personal del Servicio Integral del Programa |
Visita s de muest reo de calida d del | Territorial: visitando de manera aleatoria a viviendas beneficiadas con un SCALL, para la recolección de muestras. | Posterior a la instalación de los SCALL y durante toda la ejecución del programa. | Personal especializado del laboratorio que realizará la toma de muestras y |
agua | análisis |
* Es importante señalar que, debido a las particularidades de la implementación del Programa, no se cuenta con etapas definidas por una temporalidad exacta, ya que, con excepción de la etapa de evaluación, estas se realizan durante toda la vigencia del Programa.
10.1.1 Las unidades administrativas involucradas en la operación del programa social son las siguientes:
- Dirección General de Coordinación de Políticas y Cultura Ambiental en la coordinación, seguimiento, supervisión, control y evaluación, durante la vigencia del Programa.
- Coordinación de Planeación y Políticas en el diseño y operación, durante toda la vigencia del Programa.
- Coordinación de Comunicación y Análisis de Información, en la difusión del Programa mediante medios de comunicación, durante toda la vigencia del Programa.
- Subdirección de Recursos Materiales, Abastecimientos y Servicios, en los procesos de contratación y adquisición de servicios y bienes para la implementación del Programa, durante toda la vigencia del Programa.
- Coordinación de Planeación y Políticas; así como el personal que ésta designe, en el control y supervisión de las actividades que desarrollan las personas integrantes de la UTO y en la supervisión y validación de los expedientes de las personas beneficiarias durante la vigencia del Programa.
10.1.2 Los datos personales de las personas beneficiarias y de las personas facilitadoras de servicios del Programa, así como la información generada y administrada; se regirá y resguardará de conformidad con por lo establecido en la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México.
10.1.3 De conformidad con lo establecido en los artículos 38 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; y 60 de su Reglamento, todo material de difusión, convenios, cartas compromiso y otros instrumentos que se suscriban o formalicen, en relación con la instrumentación y ejecución del Programa, llevarán la siguiente leyenda:
“Este programa es de carácter público, no es patrocinado, ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todas y todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en la Ciudad de México será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”.
10.1.4 Los formatos y los trámites a realizar relacionados con la operación y ejecución del Programa son gratuitos; salvo las adecuaciones que las personas interesadas en beneficiarse de un SCALL deban realizar para su óptima instalación, las cuales se determinarán en la visita técnica correspondiente y en ese acto se harán del conocimiento de la persona interesada; mismas que correrán por su cuenta.
En el caso de que, del resultado de las visitas técnicas, las personas deban realizar adecuaciones a sus viviendas para la óptima instalación de un SCALL, correrán por su cuenta.
10.1.5 Durante los procesos electorales, en particular en las campañas electorales, no se suspenderá el programa social; sin embargo, atendiendo a los principios de imparcialidad, equidad y neutralidad que deben observarse en los procesos electorales, los beneficios del programa social no serán entregados en eventos masivos o modalidades que afecten el principio de equidad en la contienda electoral.
10.1.6 La ejecución de este programa social se ajustará al objeto y Reglas de Operación establecidas, evitando su utilización con fines electorales distintos al desarrollo social, en el marco de los procesos electorales, para evitar en todo momento, su vinculación con el gobierno en turno, partido político, coalición o candidatura particular.
10.1.7 Queda prohibida, en cualquier contexto y en particular durante procesos o campañas electorales, la utilización de programas sociales y de sus recursos en el ámbito Federal, de la Ciudad de México y de las Alcaldías con la finalidad de promover la imagen personal o inducir o coaccionar a los ciudadanos para votar a favor o en contra de cualquier partido político o candidato.
Asimismo, los partidos políticos, coaliciones, personas candidatas o funcionarias públicas, no podrán adjudicarse o utilizar en beneficio propio la realización de obras públicas o programas de gobierno. La violación a esta prohibición será sancionada en los términos del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México y otras disposiciones legales. Las personas servidoras públicas no podrán utilizar ni aplicar programas emergentes destinados a la ciudadanía, salvo en casos de desastres ocasionados por fenómenos naturales y protección civil. Las personas ciudadanas tendrán derecho a presentar quejas o reclamaciones relacionadas con la utilización inadecuada o electoral de programas sociales ante la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México y ante el resto de los órganos competentes para investigar infracciones de dicha índole.
10.2 Supervisión y control
10.2.1 La supervisión y control del Programa se llevará a cabo a través de la DGCPCA, y se hará mediante la elaboración de informes de los indicadores identificados en las presentes Reglas de Operación y sus respectivas modificaciones, de acuerdo con la periodicidad y características de los indicadores diseñados.
La supervisión del cumplimiento de la instalación, la calidad de los SCALL instalados y su funcionamiento, estarán también a cargo de la misma Dirección General, por conducto de la Coordinación de Planeación y Políticas; así como del personal a su cargo que designe, quienes recibirán por conducto de la UTO los informes y evidencias de la instalación de los SCALL que le entregue el Servicio Integral del Programa.
10.2.2 La DGCPCA por conducto de la Coordinación de Planeación y Políticas, con apoyo de las Unidades Departamentales de Gestión Sustentable del Agua y de Sistematización y Estadística realizarán evaluaciones trimestrales que permitirán evaluar el desempeño y cumplimiento de actividades de la UTO.
La revisión y validación de la integración física y digital de los expedientes de las personas beneficiarias facilitadoras de servicios se realizará de manera trimestral por la Coordinación de Planeación y Políticas, a través de la Jefatura de Unidad Departamental de Gestión Sustentable del Agua y la Jefatura de Unidad Departamental de Sistematización y Estadística.
10.2.3 El Órgano Interno de Control en la SEDEMA, podrá supervisar la ejecución del Programa, conforme a sus atribuciones y mecanismos e instrumentos que para tal fin establezca.
11. Procedimiento de queja o inconformidad ciudadana
Las personas solicitantes y/o beneficiarias pueden en todo momento durante la vigencia del Programa apelar o presentar su queja respecto a los trámites y servicios derivados de la implementación del Programa; por acciones u omisiones relacionadas con el actuar de las personas integrantes del Servicio Integral del Programa y de la UTO; por considerar que su solicitud de pertenecer o recibir los beneficios del Programa ha sido denegada o considerar que la baja del Programa que se haya suscitado sea improcedente.
11.1 Para lo cual podrán:
1. Acudir de manera personal con una identificación oficial vigente y con fotografía a las oficinas de la Dirección General de Coordinación de Políticas y Cultura Ambiental, ubicada en Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx 0, 0 xxxx, Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000, teléfono: 55-53-45-80-00 ext. 1520 y 1404, en un horario de lunes a viernes de 9:00 a 17:00 horas, para presentar su escrito de apelación o queja; el cual deberá de contener nombre completo, domicilio y/o correo electrónico para oír y recibir información al respecto, el motivo de su apelación o queja y de ser el caso la documentación relacionada con los hechos.
O bien si lo prefieren acudir a las oficinas de Atención Ciudadana de la SEDEMA, ubicadas en Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx 0, 0 xxxx, Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx, teléfonos: 00- 00-00-00-00 y 00-00-00-00-00, en un horario de lunes a viernes de 9:00 a 17:00 horas para presentar su queja o apelación.
2. De manera digital, enviar su apelación o queja al correo xxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xxxx.xxx.xx, aportando su nombre completo, la mayor información de cómo ocurrieron los hechos y de ser el caso la documentación relacionada con estos.
O bien si lo prefiere puede remitir un correo electrónico a la cuenta xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xxxx.xxx.xx o en su caso enviar su apelación o queja al buzón de Atención Ciudadana de la SEDEMA a través de la página xxxxx://xxx.xxxxxx.xxxx.xxx.xx/xxxxxxxx-xxxxxxxxx#xxxxx-xx-xxxxxxxx en la que deberán de llenar los campos solicitados.
11.2 Recibida la apelación o queja, la DGCPCA, por conducto de la Coordinación de Planeación y Políticas realizará el análisis correspondiente y en un término de 10 días hábiles posteriores a su recepción deberá emitir y remitir o notificar, a la cuenta de correo electrónico o al domicilio señalado para tal efecto por el recurrente la respuesta correspondiente.
El área de Atención ciudadana y el Órgano Interno de Control de la SEDEMA, cuentan con sus propios plazos de respuesta, por lo que está hará del conocimiento de las personas interesadas el seguimiento y atención que se le brinde a sus solicitudes.
11.3 En los casos en los que las personas recurrentes no se encuentren conforme con la respuesta recibida, las personas beneficiarias podrán manifestar su inconformidad en términos de lo previsto en la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México, haciendo de conocimiento del Órgano Interno de Control en la Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México, con domicilio en Xxxxx Xxx xx xx Xxxxx, Xx00, xxxx 0 Xxx. Xxxxxxxxxx, Alcaldía Xxxxxxxxxx, CP 06500, teléfono: 00 00 00 00 00, ext. 1327, correo electrónico: xxx_xxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx, debiendo dar cumplimiento a los requisitos que éste señale.
O bien si lo prefieren, podrán presentar su denuncia ante la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México, ubicada en Av. Xxxxx xx Xxxxx, xxxxxx 0, xxxx 00, Xxxxxxx Xxxxxxxx, X.X. 06720, Alcaldía Xxxxxxxxxx, Ciudad de México, teléfono: 00-00-00-00-00, correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx; también podrán presentar su denuncia a través de la página electrónica xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx/xxxxxxxx.xxx.
Asimismo, en caso de que las personas solicitantes o ciudadanas, consideren que han sido debidamente excluidas del Programa o que se le ha vulnerado su garantía de acceso a los programas sociales, podrán presentar su inconformidad ante la Procuraduría Social de la Ciudad de México, ubicada en Xxxxx Xxxxx, xxxxxx 000, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, X.X. 03600, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxx, Ciudad de México, teléfono: 00 00 00 00 00, correo electrónico xxxxxx@xxxx.xxx.xx.
Las personas interesadas también cuentan con la posibilidad de presentar su apelación, queja e inconformidad a través del Servicio Público de Localización Telefónica, LOCATEL, quien deberá turnar está a la instancia correspondiente para su debida investigación.
11.4 Respecto a la información relacionada con el mecanismo para denunciar cualquier delito electoral es la línea telefónica INETEL.
12. Mecanismos de exigibilidad
12.1 La SEDEMA, a través de la DGCPCA, tendrá a la vista del público general los requisitos, derechos, obligaciones, procedimientos y plazos para que las personas interesadas puedan acceder al Programa, en los espacios destinados de las alcaldías que formen parte de este, los PILARES y los módulos que para tal efecto se habilite, así como a través de sus redes sociales oficiales.
12.2 Cualquier persona que se haya registrado al Programa, cumpla con los requisitos, el procedimiento de acceso y que el resultado de la visita técnica sea viable para la instalación de un SCALL, podrá exigir a la SEDEMA por conducto de la DGCPCA el cumplimiento de la entrega, instalación del SCALL y las capacitaciones correspondientes para su uso, mantenimiento, cuidado y limpieza de este.
Asimismo, en los casos de las personas beneficiarias facilitadoras de servicio que pertenezcan a la UTO, podrán exigir a esa misma Unidad Administrativa, la transferencia monetaria por la realización y cumplimiento de sus actividades, siempre y cuando haya realizado la entrega de su informe mensual de actividades.
El cumplimiento de los beneficios o apoyos del Programa, podrán ser exigidos mediante un escrito libre, en el que se señale que no se ha dado cumplimiento a estos y que debe incluir: nombre completo, domicilio o correo electrónico para recibir
notificaciones y una narración de los hechos. Deberá ser entregado en las oficinas de la DGCPCA, ubicadas en Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx 0, xxxx 0, Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000 o bien remitida al correo electrónico xxxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xxxx.xxx.xx. Recibida la solicitud de exigibilidad, la DGCPCA, por conducto de la Coordinación de Planeación y Políticas dará atención a la misma en un término no mayor a 10 días hábiles posteriores a su recepción.
12.3 Los casos en los que se incurra en incumplimiento o violación de los derechos sociales, los cuales pueden ser los siguientes supuestos:
a) Cuando una persona solicitante cumpla con los requisitos y criterios de inclusión para acceder a determinado derecho (garantizado por un programa social) y exija a la autoridad administrativa ser beneficiaria o derechohabiente del mismo.
b) Cuando la persona beneficiaria o derechohabiente de un programa social exija a la autoridad que se cumpla con dicho derecho de manera integral en tiempo y forma, como lo establece el programa social.
c) Cuando no se pueda satisfacer toda la demanda de incorporación a un programa por restricción presupuestal, y las personas exijan que las incorporaciones sean claras, transparentes, equitativas, sin favoritismos, ni discriminación.
12.4 En términos del artículo 51 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, las personas derechohabientes o beneficiarias de los programas sociales, tendrán los siguientes derechos y obligaciones:
a) Recibir una atención oportuna, de calidad, no discriminatoria y apegada al respeto, promoción, protección y garantía de sus derechos;
b) Ejercer en cualquier momento sus derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición, en los términos de la normativa aplicable;
c) Acceder a la información de los programas sociales, reglas de operación, vigencia del programa social, cambios y ajustes; de conformidad con lo previsto por la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y a la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México;
d) Interponer quejas, inconformidades, reclamos, denuncias y/o sugerencias, las cuales deberán ser registradas y atendidas en apego a la normatividad aplicable;
e) Bajo ninguna circunstancia le será condicionada la permanencia o adhesión a cualquier programa social, siempre que cumpla con los requisitos para su inclusión y permanencia a los programas sociales;
f) Solicitar de manera directa, el acceso a los programas sociales;
g) Toda persona derechohabiente o beneficiaria queda sujeta a cumplir con lo establecido en la normativa aplicable a cada programa social.
12.5 La Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México es el órgano competente para conocer las denuncias de violación e incumplimiento de derechos en materia de desarrollo social.
12.6 Toda persona derechohabiente o beneficiaria será sujeta de un procedimiento administrativo que le permita ejercer su derecho de audiencia y apelación, no sólo para el caso de suspensión o baja del programa, sino para toda aquella situación en que considere vulnerados sus derechos.
12.7 Una vez concluida la vigencia y el objetivo del programa social, y transcurrido el tiempo de conservación, la información proporcionada por las personas derechohabientes o beneficiarias, deberá ser eliminada de los archivos y bases de datos de cada ente de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de México o alcaldía, de conformidad con lo previsto en la Ley de Archivos de la Ciudad de México y previa publicación del Aviso en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, con al menos 10 días hábiles de anticipación.
13. Seguimiento y evaluación
13.1 Evaluación interna y externa
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley de Evaluación de la Ciudad de México, la evaluación constituye un proceso integral y sistemático, que permitirá conocer, explicar y valorar el diseño, la formulación, implementación, operación, resultados e impacto de la políticas, programas, estrategias, proyectos de los entes de la Administración Pública de la Ciudad de México y sus alcaldías; siendo así que la evaluación será interna y externa y tendrá por objeto detectar deficiencias y fortalezas; constituirá la base para formular las observaciones y recomendaciones para el fortalecimiento,
modificación o reorientación del Programa.
La evaluación interna será realizada anualmente por los entes de la Administración Pública y las alcaldías que ejecuten programas sociales, conforme a los lineamientos que emita el Consejo de Evaluación de la Ciudad de México. Tendrá como finalidad valorar su funcionamiento y mejorar su diseño, proceso, desempeño, resultados e impactos. Se basará en el Mecanismo de Monitoreo para ajustar, actualizar o modificar los programas.
La evaluación externa será la que realice el Consejo de Evaluación de la Ciudad de México a los entes de la Administración Pública y las alcaldías, conforme a lo dispuesto por la Ley de Evaluación de la Ciudad de México.
13.2 Evaluación
La evaluación del Programa se realizará mediante:
a) Evaluación interna se llevará a cabo de manera anual mediante la DGCPCA, en estricto apego a los Lineamientos que emita el Consejo de Evaluación de la Ciudad de México y los resultados serán entregados a las instancias que establece el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, en un plazo no mayor a seis meses después de finalizado el ejercicio fiscal.
Las fuentes de información que se usarán en el proceso de evaluación interna del Programa serán referencias académicas, estadísticas y documentales especializadas en la problemática que busca resolver el programa social; así como la información generada por el propio Programa a través de los levantamientos de encuestas en campo. Para desarrollar la evaluación interna, el Programa tendrá una sistematización de la información acopiada por las personas supervisoras de campo que visitarán y darán seguimiento durante todo el proceso.
b) Evaluación Externa.
Será la que realice el Consejo de Evaluación de la Ciudad de México al Programa, en términos de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; y 8, fracción I y 27 de la Ley de Evaluación de la Ciudad de México.
14. Indicadores de gestión y de resultados
Para la evaluación del cumplimiento de metas asociadas a los objetivos del Programa, se diseñó una matriz de indicadores mediante la Metodología de Xxxxx Xxxxxx, siendo los indicadores cuantitativos del Programa los siguientes:
Tabla 16. Indicadores del Programa Social
Nivel de Objet xxx | Objetivo | Nombre del Indicador | Fórmula de cálculo | Tip o de indi cad or | Unidad de Medid a | Frecu encia de Medic ión | Desagr egació n | Medios de verificaci ón | Unida d Respo nsable | Supuesto | M et a |
Fin | Contribuir a mejorar el acceso al agua de las familias que tienen un bajo Nivel de Desarrollo Social y un elevado índice de escasez hídrica en el Xxxxx de México a partir de la instalación de SCALL. | Porcentaje de SCALL instalados con respecto a la meta | (Número de SCALL instalados / Total de SCALL que se planean instalar en el año lectivo) * 100 | Efic acia | Porcent aje | Trimes tral | Alcaldí a | Informe anual del Programa | DGCP CA | Las personas beneficiaria s participan en el programa Cosecha de Lluvia | 10 0 % |
Propósito | Familias beneficiarias que mejoran su acceso al agua a través del SCALL | Porcentaje de viviendas beneficiarias que usan el SCALL | (Número de viviendas beneficiada s que reportan uso del SCALL / Número total de viviendas | Efic acia | Porcent aje | Anual | Alcaldí a | Informe anual del Programa | DGCP CA | Las personas beneficiaria s dan el correcto uso y mantenimie nto a los SCALL | 90 % |
beneficiaria s) *100 | |||||||||||
C1. Capacitaciones completas realizadas con personas | Porcentaje de capacitacion es completas realizadas | (Total de capacitacio nes completas / Total de | Efic acia | Porcent aje | Trimes tral | Alcaldí a | Informe de avances trimestral es del | DGCP CA | Las personas beneficiaria s participan en las | 10 0 % |
Componentes | beneficiarias del Programa | respecto al total de instalaciones | instalacione s realizadas) *100 | a | Programa Presupues tario | capacitacio nes del Programa | |||||
C 2. Capacitaciones completas realizadas a mujeres beneficiarias y que mejoran su acceso al agua | Porcentaje de mujeres beneficiarias capacitadas respecto al total de personas beneficiarias capacitadas | (Total de mujeres beneficiarias capacitadas / total de personas beneficiaria s capacitadas ) *100 | Eficac ia | Porcent aje | Trimes tral | Alcaldí a | Informe de avances trimestrales del Programa Presupues tario | DGCP CA | Las mujeres beneficiarias participan en las capacitacio nes del Programa | 50 % | |
Porcentaje de mujeres beneficiarias que usan el SCALL respecto al total de personas beneficiarias que usan el SCALL | (Número de mujeres beneficiaria s que reportan uso del SCALL / Número total de personas beneficiaria s que reportan uso del SCALL) *100 | Efic acia | Porcent aje | Anual | Alcaldí a | Informe anual del Programa | DGCP CA | Las mujeres beneficiaria s reportan el uso adecuado del SCALL | 50 % | ||
Actividades | A1. Realización de visitas técnicas para verificar la viabilidad de las viviendas | Porcentaje de visitas técnicas realizadas respecto al total de visitas técnicas programadas | (Número de visitas técnicas realizadas / Total visitas técnicas programada s) *100 | Efic acia | Porcent aje | Trimes tral | Alcaldí a | Informe de avances trimestral es del Programa Presupues tario | DGCP CA | Las personas beneficiaria s participan en las visitas técnicas | 10 0 % |
A.2. Visitas de instalación de los Sistemas de Captación de Agua de Lluvia | Porcentaje de visitas de instalación realizadas respecto al total de visitas de instalación programadas | (Número de visitas de instalación realizadas / Total de visitas de instalación programada s) * 100 | Efic acia | Porcent aje | Trimes tral | Alcaldí a | Informe de avances trimestral es del Programa Presupues tario | DGCP CA | Las personas beneficiaria s participan en las visitas de instalación | 10 0 % | |
A.3. Capacitación de Personas integrantes de la UTO para desarrollar habilidades de las personas beneficiarias | Porcentaje de personas integrantes de la UTO capacitadas respecto al total de personas integrantes de la UTO | (Total de personas integrantes de la UTO capacitadas / Total de personas integrantes de la UTO activas) * 100 | Efic acia | Porcent aje | Trimestr al | Alcaldí a | Informe de avances trimestral es del Programa Presupues tario | DGCP CA | Las personas integrantes de la UTO participan en las capacitacio nes para que a su vez capaciten a las personas beneficiaria s | 10 0 % | |
A.4. Registro de mujeres para el acceso al programa | Porcentaje de mujeres registradas respecto al total de personas registradas en el Programa | (Total de mujeres registradas / total de personas registradas) *100 | Efic acia | Porcent aje | Trimes tral | Alcaldí a | Informe de avances trimestral es del Programa Presupues tario | DGCP CA | Mujeres que pueden ser posibles beneficiaria s se presentan a registrarse en el Programa. | 50 % |
La Secretaría del Medio Ambiente a través de la DGCPCA, será la encargada de reportar de forma acumulada los avances de la Matriz de Indicadores del Programa Social al Consejo de Evaluación de la Ciudad de México, de acuerdo
15. Mecanismos y formas de participación social
15.1 La sociedad podrá participar activamente en las etapas de implementación y evaluación del programa, ello de acuerdo a lo dispuesto en la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, la Ley de Evaluación de la Ciudad de México y la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México.
15.2 La modalidad de participación social que contará el Programa es la siguiente:
Tabla 17. Modalidades de participación social
Participante | Etapa | Forma de participación | Modalidad | Alcance |
Personas potencialmente beneficiarias | Operación y evaluación | Durante las capacitaciones y respondiendo las encuestas de seguimiento | Individual o colectiva, a través de consejos vecinales | Proporcionando información para la toma de decisiones |
Especialistas en tecnologías de captación de lluvia | Operación y evaluación | Instalación de la ecotecnología y evaluación de su funcionamiento | Comités de seguimiento, administración, supervisión y control | Proporcionando información para la toma de decisiones |
La academia | Planeación, implementac ión y evaluación | Investigaciones sobre la ecotecnología | Individual o colectiva | Proporcionando información para la toma de decisiones |
16. Articulación con políticas, programas, proyectos y acciones sociales
El Programa buscará coordinarse en acciones de capacitación, orientación, planeación e implementación con los siguientes programas:
Tabla 18. Programas, proyectos y acciones articulados al Programa de Cosecha de Lluvia 2023
Programa o Acción Social con el que se articulan | Dependencia o Entidad responsable | Acciones en la que colaboran | Etapas del Programa comprometidas |
Programa de reconstrucción de viviendas de la Ciudad de México | Comisión para la reconstrucción, recuperación y transformación de la CDMX | Capacitaci ones y orientacion es | Planeación e implementación |
Programa Pilares: Innovación, Libertad, Arte, Educación y Saber | Coordinación General de Inclusión Educativa e Innovación. Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación | Difusión y capacitación | Difusión y Capacitación |
17. Mecanismos de fiscalización
17.1 El Programa fue aprobado en la Décima Primera Sesión Extraordinaria de fecha 27 de diciembre de 2023 por el Comité de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México (COPLADE), mediante acuerdo COPLADE/SE/VI/05/2023.
17.2 Como parte del informe trimestral remitido a la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México, se enviarán los avances en la operación del Programa, la población beneficiaria, el monto de los recursos otorgados, la distribución, según sea el caso, por demarcación territorial y colonia.
17.3 La Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México, en el ámbito de su competencia, vigilará que el gasto guarde congruencia con lo dispuesto en la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México y en el Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México vigente.
17.4 Se proporcionará la información que sea solicitada por la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México, así como de los Órganos Internos de Control correspondiente, a fin de que éstas puedan realizar las funciones de fiscalización, inspección y verificación del ejercicio del gasto público.
17.5 El Órgano Interno de Control de la Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México a cargo de instrumentar la política de inclusión y bienestar social en la Ciudad de México, vigilará el cumplimiento de las Reglas de Operación que se emitan, así como de las normas y procedimientos aplicables a la programación y ejecución del Programa social y el ejercicio de los recursos públicos.
17.6 La Auditoría Superior de la Ciudad de México, en el ámbito de sus atribuciones, y de acuerdo a su autonomía técnica, revisará y fiscalizará la utilización de los recursos públicos movilizados a través del Programa.
17.7 Se proporcionará a la Auditoría Superior de la Ciudad de México toda la información, de acuerdo a la legislación aplicable, para la fiscalización que en su caso emprenda dicha institución.
18. Mecanismos de rendición de cuentas
De acuerdo con las Obligaciones de Transparencia en materia de Programas Sociales, Ayudas, Subsidios, Estímulos y Apoyos establecidas en el artículo 122 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, la información de éste se mantendrá impresa para consulta directa, se difundirá y estará actualizando en formatos y bases abiertas en la Plataforma Nacional de Transparencia y en la página web de la Secretaría del Medio Ambiente en xxxx://xxx.xxxxxx.xxxx.xxx.xx/, en la que también se podrá disponer de la información correspondiente al programa, la cual será actualizada en los tiempos establecidos en la ley correspondiente.
19. Criterios para la integración y unificación xxx xxxxxx universal de personas beneficiarias o derechohabientes
19.1 La SEDEMA a través de la DGCPCA que tiene a su cargo el Programa, publicará en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, a más tardar el último día hábil de la primera quincena del mes xx xxxxx el padrón de personas beneficiarias correspondiente al ejercicio fiscal anterior, indicando nombre, edad, sexo, pertenencia étnica, unidad territorial y alcaldía. Dichos padrones estarán ordenados alfabéticamente e incorporados en el “Formato para la Integración de Padrones de Personas derechohabientes de Programas Sociales de la Ciudad de México”, que el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México diseñe para tal fin. De forma adicional a las variables de identificación: “nombre, edad, sexo, pertenencia étnica, unidad territorial y alcaldía”, se precisará el número total de personas derechohabientes y si se contará con indicadores de desempeño de alguna índole, tal como lo establece el artículo 34 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal. El manejo de los datos personales que se recaben de la población beneficiarias se realizará conforme lo establecido por la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México.
19.2 A efecto de construir en la Ciudad de México un padrón unificado y organizado por cada uno de los programas sociales de las dependencias de la Administración Pública de la Ciudad de México, en el mismo periodo la SEDEMA a través de la DGCPCA que tiene a su cargo el Programa, entregará el respectivo padrón de personas beneficiarias al Órgano Interno de Control en la SEDEMA, a través de los mecanismos e instrumentos que para tal fin establezca.
19.3 La SEDEMA, cuando le sea solicitado, otorgará a la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México toda la información necesaria que permita cumplir con el programa de verificación de padrones de personas beneficiarias de programas sociales que emita el Consejo de Evaluación de la Ciudad de México e implementado por la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México, esto, con la finalidad de presentar los resultados al Congreso de la Ciudad de México, salvaguardando siempre los datos personales en términos de la Ley de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México.
19.4 En el sitio internet de la SEDEMA: xxxx://xxx.xxxxxx.xxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx-xx-xxxxxxxxxxxxx- sedema/sedema/articulo-122 y de la Plataforma Nacional de Transparencia xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/ se publicará en formato y bases abiertas, de manera trimestral, la actualización de los avances de la integración xxx xxxxxx de personas beneficiarias del Programa, que es operado por la SEDEMA, el cual deberá estar conformado de manera homogénea y contener las variables: nombre, edad, sexo, unidad territorial, Demarcación Territorial, beneficio otorgado y
monto del mismo, de acuerdo a lo establecido en la fracción II del artículo 122 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.
19.5 El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 34 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, será sancionado en términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México.
19.6 Una vez emitidos los Lineamientos para la integración xxx xxxxxx universal, se dará estricto cumplimiento a los mismos.
19.7 Se diseñarán, establecerán e implementarán mecanismos y sistemas para prevenir, detectar y subsanar posibles errores de inclusión o exclusión en los padrones de personas beneficiarias de acuerdo con los objetivos del Programa y a la población definida.
19.8 Se diseñarán, establecerán e implementarán mecanismos y sistemas para prevenir, detectar y evitar cualquier utilización discrecional, política o comercial de los datos personales contenidos en los padrones de personas beneficiarias.
Referencias
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Alcaldía Tlalpan. (2021). Informe Final de la Evaluación Interna 2021 del Programa Social Cosechando Agua y Energía Sustentable, Tlalpan 2020. xxxxx://xxx.xxxxxxx.xxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx-xxxxxxxx-0000/xxxxxxxxxx/xxxxxxxxxx- cosechando-agua-energia-2020.pdf.
Xxxxxx T., Xxxxxx O. y Fuentes A. (2016). Adopción e impactos de los sistemas de captación de agua de lluvia. Unidad de Ecotecnologías de la Universidad Nacional Autónoma de México, p. 235. xxxxx://xxxxxx.xxxx.xx/xx- content/uploads/Reporte-final-Estudio-adopcion-e-impactos-de-los-sistemas-de-captacion-de-agua-de-lluvia-.pdf.
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T R A N S I T O R I O S
PRIMERO. Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. SEGUNDO. El presente instrumento entrará en vigor al día de su publicación. Dado en la Ciudad de México, el día 02 de enero de 2024.
Dra. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx
(Firma)
Secretaria del Medio Ambiente del Gobierno de la Ciudad de México
SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA POLICÍA AUXILIAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO
EL COMISARIO JEFE, LIC. XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX, DIRECTOR GENERAL DE LA POLICÍA AUXILIAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EN SU CALIDAD DE SUPLENTE PERMANENTE DEL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN TÉCNICA DE SELECCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA POLICÍA AUXILIAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EN SEGUIMIENTO A LA DESIGNACIÓN HECHA MEDIANTE OFICIO NÚMERO SSC/021/2021, DE FECHA 05 XX XXXXX DE 2021, QUE LO FACULTA PARA NOTIFICAR LAS RESOLUCIONES QUE TOME LA COMISIÓN Y EN LO APROBADO EN EL PLENO DE LA CUARTA SESIÓN ORDINARIA DE LA COMISIÓN TÉCNICA DE SELECCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA POLICÍA AUXILIAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO LLEVADA A CABO EL DÍA 22 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023, PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA CONVOCATORIA AL PROCESO DE PROMOCIÓN 2023 PARA AQUELLOS ELEMENTOS QUE SE ENCUENTRAN EN LAS JERARQUÍAS DE POLICÍAS, OFICIALES E INSPECTORES/AS (HASTA INSPECTOR/A JEFE/A) DE LA POLICÍA AUXILIAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO, PUBLICADA EL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO; CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 21, PÁRRAFO NOVENO, DÉCIMO, INCISO “A” Y 123 APARTADO “B”, FRACCIÓN XIII DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; ARTÍCULOS 78, 79, 91 PÁRRAFO SEGUNDO Y 94 FRACCIÓN I, DE LA LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA; ARTÍCULO 42, APARTADO “A”, NUMERAL 2 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO; ARTÍCULOS 53 FRACCIÓN I, 55 PÁRRAFO PRIMERO, 60 FRACCIONES V Y VI, 82, 83, 84 FRACCIÓN IV, 88, 92, 95 PRIMER PÁRRAFO Y FRACCIÓNES VI Y VII, DE LA LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO; ARTÍCULOS 3 FRACCIÓN III, 5, 18 INCISO “B”, 25, 27 FRACCIÓN V, VI Y IX DE LA LEY ORGÁNICA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO; 3 NUMERAL 1, FRACCIÓN II, INCISO B), SUBINCISO A), 7, 8 FRACCIONES III Y XXIV Y 66 FRACCIÓN XIX DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO; ARTÍCULOS 2, FRACCIONES V Y XXIII, 7, 8 FRACCION VIII, 9, EN EL APARTADO DE “EN LA POLICÍA AUXILIAR”, FRACCIÓN III, INCISO “A”, 10, 12 FRACCIÓN V , 45, 47, FRACCIÓN V, 61, 62 63, 64,
65, 66, 67, 68, 69 Y 70 DEL REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL XX XXXXXXX DE LA POLICÍA DE PROXIMIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO; HA TENIDO A BIEN EMITIR EL SIGUIENTE:
AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS RESULTADOS DEL PROCESO DE PROMOCIÓN 2023 DE LA POLICÍA AUXILIAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Los elementos que se encuentran en el presente listado fueron aprobados, evaluados, analizados y autorizados por la Comisión Técnica de Selección y Promoción de la Policía Auxiliar de la Ciudad de México, los cuales acreditaron todas y cada una de las evaluaciones, cumpliendo íntegramente cada uno de los requisitos establecidos en la Convocatoria al Proceso de Promoción 2023.
El personal que acreditó el Proceso de Promoción 2023 de la Policía Auxiliar de la Ciudad de México es el siguiente:
No | ID | NOMBRE | GRADO ACTUAL | GRADO AL QUE ASCIENDE |
INSPECTOR/A | ||||
1 | 1000927 | XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX | SUBINSPECTORA | INSPECTORA |
2 | 1028690 | PEREZ GONZALEZ VIDAL | SUBINSPECTOR | INSPECTOR |
3 | 1037180 | TELLEZ TITITLA CELESTINO | SUBINSPECTOR | INSPECTOR |
SUBINSPECTOR/A | ||||
4 | 1003322 | BAUTISTA NOLASCO EVERARDO | OFICIAL | SUBINSPECTOR |
5 | 1007588 | CRUZ FERNANDEZ DESIDERIO | OFICIAL | SUBINSPECTOR |
6 | 1009013 | DOMINGUEZ GARCIA GERARDO | OFICIAL | SUBINSPECTOR |
7 | 1011372 | GARCIA DE LA CRUZ CARLOS | OFICIAL | SUBINSPECTOR |
No | ID | NOMBRE | GRADO ACTUAL | GRADO AL QUE ASCIENDE |
8 | 1011917 | GARCIA HERNANDEZ ELSA MARIA | OFICIAL | SUBINSPECTORA |
9 | 1015359 | HERNANDEZ BAUTISTA ISRAEL | OFICIAL | SUBINSPECTOR |
10 | 1020706 | LOZANO TOLEDO RAUL | OFICIAL | SUBINSPECTOR |
11 | 1023676 | MEDINA GARCIA JORGE RAUL | OFICIAL | SUBINSPECTOR |
12 | 1026081 | NAVA AVILA MIGUEL ANGEL | OFICIAL | SUBINSPECTOR |
13 | 1029656 | PORTILLO PINEDA ISRAEL DE LA PAZ | OFICIAL | SUBINSPECTOR |
14 | 1030692 | RAYON PEREZ PILAR | OFICIAL | SUBINSPECTORA |
15 | 1031603 | REMIGIO YBARRA TEODORO | OFICIAL | SUBINSPECTOR |
16 | 1034523 | SALDAÑA GALVEZ JOSE FRANCISCO | OFICIAL | SUBINSPECTOR |
17 | 1035905 | SERNA ABURTO JOSE CIRENIO | OFICIAL | SUBINSPECTOR |
18 | 1039581 | VILLEGAS GARDUÑO JOSE LUIS | OFICIAL | SUBINSPECTOR |
19 | 1051979 | LOPEZ BLANQUET GUSTAVO ALBERTO | OFICIAL | SUBINSPECTOR |
20 | 1055751 | FLORES MENDOZA ERASTO | OFICIAL | SUBINSPECTOR |
OFICIAL | ||||
21 | 1001997 | AMBROCIO HERNANDEZ ALFREDO | SUBOFICIAL | OFICIAL |
22 | 1002796 | BARRIOS CALLEJA ALEJANDRA | SUBOFICIAL | OFICIAL |
23 | 1003928 | BENITEZ SANTES GUMECINDO | SUBOFICIAL | OFICIAL |
24 | 1005280 | CHAVEZ MORENO ANTONIA | SUBOFICIAL | OFICIAL |
25 | 1006613 | CORONA ASCENCION MIGUEL ANGEL | SUBOFICIAL | OFICIAL |
26 | 1006774 | CONTRERAS FERNANDEZ DOMINGO | SUBOFICIAL | OFICIAL |
27 | 1007167 | CORREA RANGEL MARIA ISABEL | SUBOFICIAL | OFICIAL |
28 | 1016374 | HERNANDEZ HERNANDEZ REY | SUBOFICIAL | OFICIAL |
29 | 1021210 | MARTINEZ BAUTISTA ADRIAN | SUBOFICIAL | OFICIAL |
30 | 1026489 | NIETO RODRIGUEZ JOSE LUIS | SUBOFICIAL | OFICIAL |
31 | 1026824 | OLVERA CANO JAVIER ALEJANDRO | SUBOFICIAL | OFICIAL |
32 | 1027748 | PAREDES ANGELES MANUEL ANGEL | SUBOFICIAL | OFICIAL |
33 | 1030776 | RAYA ROSALES MIGUEL GERMAN | SUBOFICIAL | OFICIAL |
34 | 1033625 | RUIZ ALVAREZ LOURDES | SUBOFICIAL | OFICIAL |
35 | 1036044 | SEGURA ORTEGA ANGELICA | SUBOFICIAL | OFICIAL |
36 | 1037192 | TELLEZ VAZQUEZ JORGE | SUBOFICIAL | OFICIAL |
37 | 1037193 | TELLEZ VAZQUEZ JESUS | SUBOFICIAL | OFICIAL |
38 | 1038147 | VASQUEZ GONZALEZ GENARO | SUBOFICIAL | OFICIAL |
39 | 1041514 | MORALES PEREA JULENY MARISOL | SUBOFICIAL | OFICIAL |
40 | 1042752 | CASTRO RAMIREZ WENDY AZUCENA | SUBOFICIAL | OFICIAL |
41 | 1044594 | ROJAS ZARATE RAMON | SUBOFICIAL | OFICIAL |
42 | 1045277 | MORALES SANCHEZ TERESA TRINIDAD | SUBOFICIAL | OFICIAL |
43 | 1046345 | NAVA BERNAL NANCY ERIKA | SUBOFICIAL | OFICIAL |
44 | 1049267 | FILIO AGUILAR MANUEL | SUBOFICIAL | OFICIAL |
45 | 1049582 | LOPEZ CARRAZCO ISRAEL | SUBOFICIAL | OFICIAL |
46 | 1050209 | AYALA LEMUS ELIZABETH | SUBOFICIAL | OFICIAL |
47 | 1051294 | CORDOVA HERNANDEZ ELIZABETH | SUBOFICIAL | OFICIAL |
No | ID | NOMBRE | GRADO ACTUAL | GRADO AL QUE ASCIENDE |
48 | 1052387 | ALVARADO HERNANDEZ ISABEL | SUBOFICIAL | OFICIAL |
49 | 1055329 | HERRERA RAMIREZ VERONICA | SUBOFICIAL | OFICIAL |
50 | 1055985 | ORTIZ PADILLA YULY VICTORIA | SUBOFICIAL | OFICIAL |
51 | 1059588 | SANTIESTEBAN BAUTISTA DIODORO | SUBOFICIAL | OFICIAL |
52 | 1065077 | FERIA PICAZ IRMA EDITH | SUBOFICIAL | OFICIAL |
53 | 1065258 | VASQUEZ ROBLES ROSA MARIA | SUBOFICIAL | OFICIAL |
54 | 1065537 | CAMACHO GONZALEZ HERLINDA | SUBOFICIAL | OFICIAL |
55 | 1065902 | HURTADO ALVARADO VIOLETA | SUBOFICIAL | OFICIAL |
56 | 1066142 | AGUILAR COLUNGA VIRIDIANA | SUBOFICIAL | OFICIAL |
57 | 1066510 | LOPEZ GONZALEZ JULIO CESAR | SUBOFICIAL | OFICIAL |
58 | 1066928 | GREGORIO HERNANDEZ SANDRA JANETTE | SUBOFICIAL | OFICIAL |
59 | 1067122 | JUSTO ALVAREZ OLGA MIRIAM | SUBOFICIAL | OFICIAL |
60 | 1067439 | GALVAN VAZQUEZ ELIZABETH | SUBOFICIAL | OFICIAL |
61 | 1067448 | BENITEZ GOMEZ JESUS MISAEL | SUBOFICIAL | OFICIAL |
62 | 1067489 | SANCHEZ MORALES RAUL MOISES | SUBOFICIAL | OFICIAL |
63 | 1070065 | VALVERDE HERNANDEZ TANIA LETICIA | SUBOFICIAL | OFICIAL |
SUBOFICIAL | ||||
64 | 1001366 | ARELLANEZ ORTIZ MARGARITO SIMON | POLICÍA PRIMERO | SUBOFICIAL |
65 | 1002721 | BASURTO ARELLANO MARCO ANTONIO | POLICÍA PRIMERO | SUBOFICIAL |
66 | 1003967 | BRINGAS DIAZ ARTURO | POLICÍA PRIMERO | SUBOFICIAL |
67 | 1004479 | CASTILLO CHAVEZ LUIS | POLICÍA PRIMERO | SUBOFICIAL |
68 | 1004800 | CASTILLO GONZALEZ HELIODORO GERMAN | POLICÍA PRIMERO | SUBOFICIAL |
69 | 1005802 | CARRERA RODRIGUEZ LEONARDA | POLICÍA PRIMERA | SUBOFICIAL |
70 | 1007047 | CORTEZ MIRAMON SUSANA | POLICÍA PRIMERA | SUBOFICIAL |
71 | 1008035 | CRUZ MARTINEZ MARTIN HERIBERTO | POLICÍA PRIMERO | SUBOFICIAL |
72 | 1009889 | ESCOBAR CASTELLANOS MARTHA PATRICIA | POLICÍA PRIMERA | SUBOFICIAL |
73 | 1010237 | FAJARDO RAMOS ARMANDO | POLICÍA PRIMERO | SUBOFICIAL |
74 | 1011288 | GARCIA BACA ANA MARIA | POLICÍA PRIMERA | SUBOFICIAL |
75 | 1012139 | GARCIA LOPEZ LEONIDES LOURDES | POLICÍA PRIMERA | SUBOFICIAL |
76 | 1013521 | GONZALEZ FLORES JESUS ALEJANDRO | POLICÍA PRIMERO | SUBOFICIAL |
77 | 1015093 | GUZMAN SAMPAYO PATRICIO | POLICÍA PRIMERO | SUBOFICIAL |
78 | 1015614 | HERNANDEZ CORTES NORMA MIREYA | POLICÍA PRIMERA | SUBOFICIAL |
79 | 1018542 | JIMENEZ MARTINEZ VICTOR FRANCISCO | POLICÍA PRIMERO | SUBOFICIAL |
80 | 1021493 | MARTINEZ CASTILLO MONICA | POLICÍA PRIMERA | SUBOFICIAL |
81 | 1021597 | MARTINEZ ESTRADA JOSE ANGEL | POLICÍA PRIMERO | SUBOFICIAL |
82 | 1022809 | MATA PACHECO PEDRO FERNANDO | POLICÍA PRIMERO | SUBOFICIAL |
83 | 1024529 | MIRANDA LOPEZ IGNACIO | POLICÍA PRIMERO | SUBOFICIAL |
84 | 1024825 | MONROY CASTRO MARIA ISABEL | POLICÍA PRIMERA | SUBOFICIAL |
85 | 1025953 | MURRIETA GARCIA IGNACIO ALEJANDRO | POLICÍA PRIMERO | SUBOFICIAL |
86 | 1028406 | PEREZ CRUZ ANICETO | POLICÍA PRIMERO | SUBOFICIAL |
No | ID | NOMBRE | GRADO ACTUAL | GRADO AL QUE ASCIENDE |
87 | 1033022 | ROJAS MONRROY TERESA ALEJANDRA | POLICÍA PRIMERA | SUBOFICIAL |
88 | 1033616 | RUIZ ARIZA GURIEL | POLICÍA PRIMERO | SUBOFICIAL |
89 | 1034473 | SANCHEZ GOMEZ ANTONIO | POLICÍA PRIMERO | SUBOFICIAL |
90 | 1035844 | SAAVEDRA VILLA MARIBEL | POLICÍA PRIMERA | SUBOFICIAL |
91 | 1036916 | TAPIA SALINAS ROSA MARIA | POLICÍA PRIMERA | SUBOFICIAL |
92 | 1037968 | VARGAS CARREON DAVID DE JESUS | POLICÍA PRIMERO | SUBOFICIAL |
93 | 1038172 | VALERIO GARRIDO JUAN DE DIOS | POLICÍA PRIMERO | SUBOFICIAL |
94 | 1040195 | ZARATE RAMOS ULISES ARMANDO | POLICÍA PRIMERO | SUBOFICIAL |
95 | 1040650 | FLORES HERNANDEZ RODOLFO | POLICÍA PRIMERO | SUBOFICIAL |
96 | 1041042 | ALTOS LANDETA MAXIMINO | POLICÍA PRIMERO | SUBOFICIAL |
97 | 1041439 | VILCHIS VAZQUEZ ANA LILIA | POLICÍA PRIMERA | SUBOFICIAL |
98 | 1041746 | DIAZ GARCIA HORACIO | POLICÍA PRIMERO | SUBOFICIAL |
99 | 1042014 | SALGADO MORALES CRISTINA | POLICÍA PRIMERA | SUBOFICIAL |
100 | 1042611 | REYES ESCOBAR ANAYELI | POLICÍA PRIMERA | SUBOFICIAL |
101 | 1042666 | SANTIAGO NUÑEZ MARIA ESTHER | POLICÍA PRIMERA | SUBOFICIAL |
102 | 1043105 | HERNANDEZ MOLINAR MARIA ELIZABETH | POLICÍA PRIMERA | SUBOFICIAL |
103 | 1044467 | ARZOLA MARTINEZ MARYCARMEN | POLICÍA PRIMERA | SUBOFICIAL |
104 | 1044616 | SALDAÑA OLVERA SUSANA | POLICÍA PRIMERA | SUBOFICIAL |
105 | 1045923 | MAYEN MENTADO MIGUEL ANGEL | POLICÍA PRIMERO | SUBOFICIAL |
106 | 1046038 | BALDERAS TORRES BERTHA | POLICÍA PRIMERA | SUBOFICIAL |
107 | 1046061 | FUENTES CHAVEZ ISABEL ARELY | POLICÍA PRIMERA | SUBOFICIAL |
108 | 1046103 | HERNANDEZ GOROSTIETA RIGOBERTO | POLICÍA PRIMERO | SUBOFICIAL |
109 | 1046174 | FABIAN GERMAN JUAN CARLOS | POLICÍA PRIMERO | SUBOFICIAL |
110 | 1049946 | QUINTANAR FUENTES RAUL | POLICÍA PRIMERO | SUBOFICIAL |
111 | 1050052 | MARTINEZ RAMIREZ MAYRA | POLICÍA PRIMERA | SUBOFICIAL |
112 | 1050143 | ORDUÑA ESTRADA MARIA DEL ROSARIO | POLICÍA PRIMERA | SUBOFICIAL |
113 | 1050329 | FARCIERT VALERIO EDUARDO IVAN | POLICÍA PRIMERO | SUBOFICIAL |
114 | 1050397 | OLMEDO SAN MARTIN NORMA LAURA | POLICÍA PRIMERA | SUBOFICIAL |
115 | 1050682 | VELASCO ROMERO YADIRA | POLICÍA PRIMERA | SUBOFICIAL |
116 | 1050754 | GOMEZ CARMONA LINDA MITCHEL | POLICÍA PRIMERA | SUBOFICIAL |
117 | 1050849 | CEDILLO HIGAREDA GERARDO | POLICÍA PRIMERO | SUBOFICIAL |
118 | 1051455 | DIAZ SANCHEZ JANET | POLICÍA PRIMERA | SUBOFICIAL |
119 | 1051678 | PEREZ HILARIO LETICIA ADRIANA | POLICÍA PRIMERA | SUBOFICIAL |
120 | 1051791 | NOLASCO AGUIRRE GUSTAVO | POLICÍA PRIMERO | SUBOFICIAL |
121 | 1052102 | HERNANDEZ AGUILAR DAYSI BERENICE | POLICÍA PRIMERA | SUBOFICIAL |
122 | 1052114 | HERNANDEZ MERCADO MIRIAN ARELI | POLICÍA PRIMERA | SUBOFICIAL |
123 | 1052252 | LOPEZ MORENO JESUS | POLICÍA PRIMERO | SUBOFICIAL |
124 | 1052643 | JIMENEZ PICHO PATRICIA | POLICÍA PRIMERA | SUBOFICIAL |
125 | 1052663 | CARDIEL OSORIO CATALINA | POLICÍA PRIMERA | SUBOFICIAL |
126 | 1052755 | MORALES HERNANDEZ RODOLFO | POLICÍA PRIMERO | SUBOFICIAL |
127 | 1052927 | RODRIGUEZ MENDEZ JUAN CARLOS | POLICÍA PRIMERO | SUBOFICIAL |
No | ID | NOMBRE | GRADO ACTUAL | GRADO AL QUE ASCIENDE |
128 | 1052972 | RAMIREZ CHAVEZ ARMANDO | POLICÍA PRIMERO | SUBOFICIAL |
129 | 1053430 | DE ROQUE MENDOZA CHRISTIAN OMAR | POLICÍA PRIMERO | SUBOFICIAL |
130 | 1055216 | LOPEZ HERAS ESTHER | POLICÍA PRIMERA | SUBOFICIAL |
131 | 1055672 | RENDON PEREZ YEENI | POLICÍA PRIMERA | SUBOFICIAL |
132 | 1059157 | GARCIA VILLASCAN MARIO ALBERTO | POLICÍA PRIMERO | SUBOFICIAL |
133 | 1064515 | HERCULANO ALBA ANA LILIA | POLICÍA PRIMERA | SUBOFICIAL |
134 | 1065061 | TEC MEJIA LOURDES ANAHETZI | POLICÍA PRIMERA | SUBOFICIAL |
135 | 1065102 | SOTO FLORES CECILIA | POLICÍA PRIMERA | SUBOFICIAL |
136 | 1065165 | GONZALEZ BECERRA PATRICIA | POLICÍA PRIMERA | SUBOFICIAL |
137 | 1065695 | ESPINOSA GARCIA ISRAEL | POLICÍA PRIMERO | SUBOFICIAL |
138 | 1065759 | MENDOZA LOPEZ GUADALUPE ESMERALDA | POLICÍA PRIMERA | SUBOFICIAL |
139 | 1065919 | GOMEZ YERENA BLANCA SELENE MARTHA | POLICÍA PRIMERA | SUBOFICIAL |
140 | 1066733 | SANTAMARIA ROMO NANCY | POLICÍA PRIMERA | SUBOFICIAL |
141 | 1072974 | VAZQUEZ HERNANDEZ JAZMIN | POLICÍA PRIMERA | SUBOFICIAL |
POLICÍA PRIMERO/A | ||||
142 | 1000010 | ALMAZAN ALARCON ARTURO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
143 | 1000085 | ALVAREZ BELLO MARGARITA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
144 | 1000123 | ALVAREZ CASTAÑEDA CLAUDIA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
145 | 1000250 | ALVARADO FARFAN ARCELIA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
146 | 1000336 | ALVARADO GONZALEZ JORGE | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
147 | 1000688 | ALTAMIRANO ORATO GRACIELA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
148 | 1000788 | ALVAREZ ROJAS CARMELO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
149 | 1000887 | ALVARADO SALAS JAVIER | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
150 | 1001342 | ASCENCIO NUÑEZ CARLOS | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
151 | 1001601 | ARRIETA BELTRAN JANET | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
152 | 1001708 | AVILA HERNANDEZ MARIO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
153 | 1001871 | ARROYO ARELLANO DEMETRIO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
154 | 1001982 | ANTONIO GREGORIO MACLOVIO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
155 | 1002027 | ACOSTA JUAREZ BENITO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
156 | 1002137 | AMBROSIO RAMIREZ ANGEL MARTIN | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
157 | 1002141 | ANTONIO RAMIREZ CIRILO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
158 | 1002209 | ANTONIO VELASQUEZ JOSE | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
159 | 1002491 | AURELIO MARTINEZ LEONIDES | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
160 | 1002595 | AGUILAR RAMIREZ ROBERTO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
161 | 1002692 | BAUTISTA DEL ANGEL EDGAR NABOR | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
162 | 1002698 | BARRIOS AVILA GERARDO JAVIER | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
163 | 1002861 | BASTIDAS CARMONA MARIO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
164 | 1003006 | BAUTISTA GUTIERREZ JANET | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
165 | 1003063 | BASURTO HERNANDEZ ERNESTO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
166 | 1003126 | BAUTISTA HERNANDEZ VITERBO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
167 | 1003199 | BARBERENA LANDA RAMON | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
No | ID | NOMBRE | GRADO ACTUAL | GRADO AL QUE ASCIENDE |
168 | 1003365 | BAUTISTA PONCE DAVID | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
169 | 1003498 | BAUTISTA SOTO JOSE ANTONIO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
170 | 1003517 | BAUTISTA SANTIAGO FELIPE | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
171 | 1003658 | BECERRA CRUZ ADRIAN | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
172 | 1003813 | BENITEZ MUÑOZ ADOLFO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
173 | 1004079 | BOTELLO VALDES ADOLFO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
174 | 1004305 | CALIXTO ALFARO VICTOR MANUEL | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
175 | 1004704 | CARMONA FLORES LEONARDO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
176 | 1004923 | CASTRO GONZALEZ ALEJANDRO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
177 | 1005278 | CARRASCO MORALES ANGEL ROBERTO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
178 | 1005286 | CANTU MENDOZA CELSO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
179 | 1005563 | CASTILLO PEREZ ALEJANDRO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
180 | 1005674 | CARRILLO RIVERA ANTONIO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
181 | 1005965 | CHAVEZ SANCHEZ JULIO CESAR | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
182 | 1006254 | CERVANTES ELVIRA LEOPOLDO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
183 | 1006572 | CHICHARO VILLAMAR NORMA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
184 | 1006861 | CORTES GALINDO EMILIO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
185 | 1007196 | CONDE RAMOS SARA LILIA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
186 | 1007284 | COLOMBRES VIVAS JESUS | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
187 | 1007461 | DE LA CRUZ CASTILLO JOSE GUADALUPE | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
188 | 1007605 | CRUZ FLORES MELITON | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
189 | 1007645 | CRUZ GARCIA FILIBERTO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
190 | 1007751 | CRUZ HERNANDEZ DANIELA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
191 | 1007901 | CUEVAS LOPEZ JULIAN | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
192 | 1008298 | DE LA CRUZ SALVADOR AMADO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
193 | 1008540 | DELGADO BONILLA MARGARITO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
194 | 1008640 | DELGADO VARGAS MIGUEL ELISEO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
195 | 1008803 | DIAZ LOPEZ HILVER LENNIN | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
196 | 1008983 | DORANTES CARMONA RAIKO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
197 | 1009153 | DURAN CAMILO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
198 | 1009336 | ESTRADA HERNANDEZ JOSE CRUZ | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
199 | 1009340 | ESTANISLAO HILARIO ISAAC | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
200 | 1009342 | ESTRADA HERNANDEZ MARCELINO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
201 | 1009402 | ESTRADA OROSCO EPIFANIO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
202 | 1009818 | ELIZALDE ROJAS SERGIO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
203 | 1010105 | FRANCO DIAZ ISRAEL | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
204 | 1010138 | FLANDES GREGORIO J. SANTOS | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
205 | 1010217 | FRANCISCO ORTIZ ALEJANDRO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
206 | 1010396 | FERREIRA MARTINEZ VIRGINIA ARACELI | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
207 | 1010649 | FLORES DAVILA JOSE LUIS | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
208 | 1010831 | FLORES MARTINEZ FLORENTINO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
No | ID | NOMBRE | GRADO ACTUAL | GRADO AL QUE ASCIENDE |
209 | 1011273 | GARCIA ANGELES TOMAS | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
210 | 1011424 | GARCIA CASTILLO JOEL | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
211 | 1011481 | GARCIA CONTRERAS NAZARIO EDUARDO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
212 | 1011725 | GAONA GARCIA FLORENCIO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
213 | 1011761 | GARCIA GARCIA JUAN | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
214 | 1012018 | GARCIA JUAREZ ANGEL | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
215 | 1012078 | GARCIA LOPEZ BERNARDO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
216 | 1012096 | GRANADOS MARIA LETICIA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
217 | 1012248 | GARCIA MARTINEZ GUSTAVO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
218 | 1012362 | GARCIA MARTINEZ ROSA MARIA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
219 | 1012934 | GARCIA TELLEZ JOSE LUIS | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
220 | 1012937 | GARCIA TORRES NICOLAS ROMAN | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
221 | 1012980 | GARCIA VIVAR CAROLINA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
222 | 1013118 | GREGORIO MARTINEZ JUAN | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
223 | 1013377 | GOMEZ CRUZ J. ANTONIO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
224 | 1013481 | GONZALEZ ENCARNACION LUIS | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
225 | 1013801 | GONZALEZ LOPEZ GUMARO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
226 | 1013870 | GOMEZ MEZA CARLOS | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
227 | 1014151 | GOMEZ ROMANO DANIEL | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
228 | 1014450 | GONZALEZ ZAMORA YOLANDA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
229 | 1014847 | GUZMAN MORENO FILIBERTO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
230 | 1015127 | GUTIERREZ VELASCO LEOBARDO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
231 | 1015668 | HERNANDEZ DE LA CRUZ VALENTE | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
232 | 1015726 | HERNANDEZ ESPINOSA LUZ MARIA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
233 | 1016042 | HERNANDEZ HURTADO ANGEL | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
234 | 1016079 | HERNANDEZ HERNANDEZ ADELAIDO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
235 | 1016217 | HERNANDEZ HERMOSILLO ISMAEL | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
236 | 1016233 | HERNANDEZ HERNANDEZ JOSE | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
237 | 1016333 | HERNANDEZ HERNANDEZ OFELIO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
238 | 1016554 | HERNANDEZ LEDESMA ALEJANDRO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
239 | 1016754 | HERNANDEZ MARTINEZ FELIX | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
240 | 1016868 | HERNANDEZ MARQUEZ MIGUEL | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
241 | 1016887 | HERNANDEZ MARTINEZ ORLANDO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
242 | 1017172 | HERNANDEZ RAMIREZ ALICIA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
243 | 1017487 | HERNANDEZ SANTIAGO MINERVA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
244 | 1017506 | HERNANDEZ SILVA ROSAURA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
245 | 1017736 | HIDALGO JURADO LETICIA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
246 | 1017777 | HOYOS NAVARRO FERMIN GUADALUPE | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
247 | 1017914 | IBARRA COLIS GERARDO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
248 | 1018359 | JIMENEZ FRAGOSO MARIA GUADALUPE | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
249 | 1018416 | JIMENEZ GONZAGA RAUL | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
No | ID | NOMBRE | GRADO ACTUAL | GRADO AL QUE ASCIENDE |
250 | 1018587 | JIMENEZ PACIFUENTES ROBERTO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
251 | 1018683 | JIMENEZ YAÑEZ MARTIN | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
252 | 1018980 | JUAREZ RAMIREZ BENJAMIN | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
253 | 1019087 | LAZCANO CRUZ DAVID | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
254 | 1019114 | LARA HERNANDEZ EDGAR | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
255 | 1019325 | LEON CABAÑAS ALEJANDRO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
256 | 1019336 | LEON CORDOVA MARIO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
257 | 1019452 | LEDESMA NIETO GERARDO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
258 | 1019988 | LOPEZ GRANADOS LUIS PEDRO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
259 | 1019993 | LOPEZ GARCIA JOSE LUIS | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
260 | 1020507 | LORENZO RODRIGUEZ BALDEMAR | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
261 | 1020757 | LOPEZ VASQUEZ MACEDONIO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
262 | 1021130 | MARTINEZ ACOSTA JOSE | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
263 | 1021194 | MACA ARELLANO RAMON | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
264 | 1021536 | MARTINEZ DE LA CRUZ SOFIO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
265 | 1021644 | MARTINEZ FROYLAN ELIAS | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
266 | 1021925 | MARTINEZ HERVERT ALBERTO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
267 | 1022195 | MARIANO LORENZO BERNARDINO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
268 | 1022272 | MARTINEZ LOPEZ RAFAEL | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
269 | 1022349 | MARCIAL MARTINEZ CESAR SANTIAGO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
270 | 1022356 | MARTINEZ MARTINEZ CAMERINO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
271 | 1022471 | MARTINEZ MEDINA JOSE LUIS | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
272 | 1022724 | MARTINEZ PEREZ ALEJANDRO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
273 | 1022742 | MARTINEZ PORFIRIO JOSE CARLOS | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
274 | 1022795 | MARTINEZ PEREZ MANUEL | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
275 | 1022882 | MARTINEZ RODRIGUEZ DEMETRIO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
276 | 1022908 | MARTINEZ RAMOS FAVIAN | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
277 | 1022952 | MARTINEZ RODRIGUEZ JOAQUIN | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
278 | 1023007 | MARICHE RAMIREZ PANUNCIO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
279 | 1023465 | MEJIA BECERRIL MARCELINO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
280 | 1023491 | MERINO CRUZ CUPERTINO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
281 | 1023660 | MENDOZA GONZALEZ FILIBERTO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
282 | 1023765 | MERA HERNANDEZ JUANA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
283 | 1024159 | MEJIA ALMANZA MARIA REINA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
284 | 1024266 | MERCADO SALAZAR CARLOS | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
285 | 1024559 | MIGUEL MARTINEZ QUIRINO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
286 | 1024605 | MILAGRO SOTO JOSE LUIS | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
287 | 1024953 | MONTALVO FERNANDEZ ANDRES | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
288 | 1024990 | MORENO GOMEZ JOSE ANTONIO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
289 | 1025158 | MOGICA HERNANDEZ JOSE MIGUEL | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
290 | 1025498 | MONCADA OLVERA ROSALBA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
No | ID | NOMBRE | GRADO ACTUAL | GRADO AL QUE ASCIENDE |
291 | 1025669 | MORALES RAZO NICOLAS | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
292 | 1025931 | MURCIO DOMINGO PABLO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
293 | 1026162 | NAVARRO GODINEZ PEDRO OMAR | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
294 | 1026246 | NAVARRETE NAVARRO VICTOR MANUEL | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
295 | 1026487 | NIETO RUIZ JUAN | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
296 | 1026773 | OCAMPO VENEGAS ANTONIO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
297 | 1027034 | OBREGON RAMIREZ VICTOR | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
298 | 1027408 | ORTIZ SOSA SIMON | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
299 | 1027409 | ONTIVEROS SAN JUAN TEODULO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
300 | 1027666 | OCHOA TORRES DAVID EDUARDO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
301 | 1028152 | PLATA RAMIREZ CARLOS | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
302 | 1028247 | PALACIOS SANCHEZ TOMAS | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
303 | 1028301 | PEREZ ALVARADO ALEJANDRO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
304 | 1028429 | PEÑA CUAUTLE CIPRIANO RAFAEL | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
305 | 1028485 | PEREZ CAMPOS PEDRO RUFINO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
306 | 1028549 | PEREZ ESPINOZA MARGARITO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
307 | 1029191 | PEREA ROJAS JORGE | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
308 | 1029350 | PEREZ VENTURA JORGE | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
309 | 1029747 | QUINTERO AVELAR MARICELA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
310 | 1029767 | QUINTO CARLOS HIGINIO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
311 | 1029822 | QUIROZ LOPEZ IGNACIO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
312 | 1029881 | QUEZADA RAFAELA GENARO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
313 | 1029899 | QUINTO SALAZAR JUAN | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
314 | 1029909 | QUIROZ TAMAYO GUILLERMO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
315 | 1029954 | RAYAS ALMAGUER JUANA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
316 | 1030151 | RAMIREZ ESPINOZA FERMIN | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
317 | 1030655 | RAMOS PAEZ EDMUNDO SERGIO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
318 | 1030668 | RANGEL PADERES JUAN | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
319 | 1030724 | RAMIREZ REYES ARMANDO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
320 | 1030747 | RAMOS RODRIGUEZ GILBERTO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
321 | 1031148 | RENDON CHAVEZ FRANCISCO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
322 | 1031225 | REYES HERNANDEZ GREGORIO AMADO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
323 | 1031296 | REYES LOPEZ JOSE JACOBO MOISES | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
324 | 1031397 | REGINO OLVERA LUIS REY | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
325 | 1031584 | DEL REYO VILLA JOSE | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
326 | 1031731 | RIVERA GARCIA ALEJANDRA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
327 | 1031779 | RIOS HERNANDEZ DIANA ELOISA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
328 | 1031970 | RIOS SALGADO OCIEL | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
329 | 1032318 | ROLDAN CASTELLANOS YANET | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
330 | 1032463 | ROMO GIL CESAR ARTURO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
331 | 1032692 | RODRIGUEZ JIMENEZ JUAN CARLOS | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
No | ID | NOMBRE | GRADO ACTUAL | GRADO AL QUE ASCIENDE |
332 | 1032920 | RODRIGUEZ MORALES JAVIER ABUNDIO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
333 | 1033218 | RODRIGUEZ RODRIGUEZ FRANCISCO JAVIER | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
334 | 1033286 | ROSTRO REYNA MARTIN | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
335 | 1033666 | RUIZ CANSECO RAYMUNDO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
336 | 1034003 | SANCHEZ AGUILAR IDOLINA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
337 | 1034040 | SANTIAGO DEL ANGEL SANTOS PLACIDO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
338 | 1034099 | SANJUAN BAUTISTA PABLO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
339 | 1034264 | SANTIAGO CRUZ LEOVIGILDO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
340 | 1034319 | SALVATIERRA CAMACHO RENE JAVIER | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
341 | 1034320 | SANCHEZ CRUZ ROBERTO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
342 | 1034400 | SANTIAGO FUENTES CARLOS | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
343 | 1034597 | SANCHEZ GARCIA MARGARITA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
344 | 1034666 | SANCHEZ HERNANDEZ MARIA DOLORES | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
345 | 1034740 | SANTIAGO HERNANDEZ PABLO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
346 | 1034772 | SANJUANERO ISIDORO ISRAEL | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
347 | 1035125 | SANCHEZ MARTINEZ MIGUEL ANGEL | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
348 | 1035170 | SALAS MUNGUIA RICARDO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
349 | 1035841 | SANDOVAL VAZQUEZ MIGUEL ANGEL | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
350 | 1035995 | SERRANO JIMENEZ TERESA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
351 | 1036252 | SILVA SOSA EPIFANIO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
352 | 1036305 | SOLIS BAUTISTA HERMOGENES | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
353 | 1036316 | SOLORZANO BARCENAS RAUL | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
354 | 1036332 | SORIANO CALDERON FERNANDO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
355 | 1036399 | SORIANO GARCIA JESUS | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
356 | 1036449 | SOLIS HERRERA SALVADOR | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
357 | 1036499 | SOSA MARTINEZ CAROLINA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
358 | 1036770 | SUSANO ROSAS GUILLERMA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
359 | 1036822 | TAPIA CENTENO JOSE SIMON | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
360 | 1036854 | TAMAYO JIMENEZ GERARDO ARTURO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
361 | 1036904 | TADEO RAMOS ROSA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
362 | 1037300 | TOLENTINO ANGELES JOSE | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
363 | 1037344 | TORRES CORTES CRISOFORO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
364 | 1037535 | TORRES MORALES JAVIER ENRIQUE | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
365 | 1037597 | TORRES RUIZ BENJAMIN | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
366 | 1037600 | TOLEDO ROJAS CESAR | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
367 | 1037862 | URRUTIA PIÑA HILARIO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
368 | 1038192 | VAZQUEZ GUDIÑO RICARDO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
369 | 1038229 | VASQUEZ HERNANDEZ FILEMON | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
370 | 1038405 | VALERIO MARTINEZ JUAN | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
371 | 1038518 | VARELA PADILLA DEMETRIO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
372 | 1038750 | VALLESILLO TORRES DAMARIS MADAY | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
No | ID | NOMBRE | GRADO ACTUAL | GRADO AL QUE ASCIENDE |
373 | 1038814 | VAZQUEZ VAZQUEZ MIGUEL | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
374 | 1039299 | VENTURA ROBLERO SANTIAGO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
375 | 1039392 | VERGARA VERGARA XOCHITL ISELA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
376 | 1040097 | ZAPATA JIMENEZ BENJAMIN | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
377 | 1040171 | ZAMORA RAMOS ALBERTO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
378 | 1040308 | ZUÑIGA BATRES ARTURO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
379 | 1040322 | ZUÑIGA GERONIMO FELIX | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
380 | 1040397 | VAZQUEZ SALDIERNA ALDO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
381 | 1040448 | CASTILLO AGUILAR VICENTE EDILBERTO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
382 | 1040455 | GONZALEZ GARCIA ESTELA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
383 | 1040515 | VILLANUEVA SALDAÑA MARIA DEL CARMEN | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
384 | 1040526 | VILLANUEVA SANCHEZ SEVERO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
385 | 1040531 | SANCHEZ PABLO RAMONA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
386 | 1040583 | BARRON FIGUEROA ROGELIO ALEJANDRO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
387 | 1041175 | PARRA CAPORAL MARISELA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
388 | 1041419 | DELGADO CUREÑO JOSE ALBERTO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
389 | 1041695 | VAZQUEZ TORRES HECTOR JAIME | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
390 | 1041722 | HERNANDEZ DE LA CRUZ PATRICIA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
391 | 1041818 | MENDEZ VALENCIA LUIS ALEJANDRO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
392 | 1041836 | ARONTES MARTINEZ JUAN ANTONIO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
393 | 1042378 | AQUINO CARRANZA JOSE LUIS | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
394 | 1042518 | ALVARES RAYMUNDO ELIZABETH | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
395 | 1044170 | CRUZ HERNANDEZ JUAN RAUL | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
396 | 1044176 | GARCIA DIAZ LUZ MARIA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
397 | 1044391 | AGUILAR JIMENEZ JANET | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
398 | 1044824 | CONTRERAS MARTINEZ YEYMI | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
399 | 1044857 | ROMERO LOZANO ZENAIDA YURILIA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
400 | 1044907 | GUZMAN ROJAS JOSUE | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
401 | 1044951 | PEREZ BRAVO GLORIA MIREYA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
402 | 1045071 | DE LA LUZ ROMERO CESAR | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
403 | 1045143 | AVENDAÑO IBARRA ROSA ISELA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
404 | 1045382 | PERALTA LOVERA ISMAEL | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
405 | 1045389 | NAVARRO PONCE SANDRA IVONNE | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
406 | 1045395 | CALDERAS POZOS ADRIANA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
407 | 1045466 | JUAREZ SOLIS ALEJANDRINA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
408 | 1045499 | GONZALEZ MENDOZA REMIGIO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
409 | 1045637 | MORALES CASTRO BERNABE | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
410 | 1045718 | LOPEZ DELGADILLO RUTH | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
411 | 1046024 | PEREZ ARELLANO CLAUDIA VERONICA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
412 | 1046033 | GARDUÑO ESTEVEZ OSVALDO ISRAEL | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
No | ID | NOMBRE | GRADO ACTUAL | GRADO AL QUE ASCIENDE |
413 | 1046052 | NAVA GALLARDO JORGE ALBERTO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
414 | 1046064 | SIERRA LEYVA PEDRO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
415 | 1046074 | MARTINEZ MARTINEZ TOMAS | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
416 | 1046149 | GONZALEZ FLORES FABIOLA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
417 | 1046237 | CORTES AGUILAR ALEJANDRO RAUL | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
418 | 1046381 | ALARCON SAAVEDRA DIANA MAYDELITH | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
419 | 1046547 | ABURTO PEREZ LORENA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
420 | 1046549 | HERRERA FERNANDEZ ITZEL BREYSY | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
421 | 1046640 | MALPICA CARTAS SOTERO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
422 | 1046725 | TELLEZ RODRIGUEZ CHRISTIAN EMMANUEL | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
423 | 1046743 | MENDEZ MATA SARA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
424 | 1046788 | HERNANDEZ ZEPEDA AGUSTIN | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
425 | 1046805 | RAMIREZ SALOME JUAN | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
426 | 1046915 | GARCIA CONTRERAS MARIA ALEJANDRA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
427 | 1046947 | GARCIA LUNA CRHISTIAN LEONARDO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
428 | 1046963 | HERNANDEZ HERNANDEZ MIGUEL ANGEL | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
429 | 1047034 | VAZQUEZ OLVERA GUADALUPE | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
430 | 1047111 | SIERRA LEYVA ALMA ROSA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
431 | 1047168 | MORALES HERNANDEZ MATEO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
432 | 1047343 | ESPINOZA RAMIREZ ANGELICA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
433 | 1047458 | NAVA ANGELES SALVADOR | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
434 | 1048159 | GAMA MORANCHEL MIRIAM | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
435 | 1048341 | HERNANDEZ CARPIO RUFINA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
436 | 1048465 | HERNANDEZ VELAZQUEZ EDITH | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
437 | 1048808 | VILLAR ESPINOSA MARIA DEL PILAR | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
438 | 1049913 | RUVALCABA SANCHEZ ALMA DELIA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
439 | 1049987 | GASCA MORALES JOSE ALEJANDRO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
440 | 1050054 | DURAN CRUZ FULGENCIO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
441 | 1050133 | ARREDONDO MARTINEZ ADRIANA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
442 | 1050237 | MARTINEZ RAMOS LAVID PAMELA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
443 | 1050417 | MATEO PANTOJA GREGORIA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
444 | 1050733 | HERNANDEZ HIGUERA DIANA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
445 | 1050744 | CASTELLANOS PEÑA LETICIA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
446 | 1050829 | VEGA ORTEGA EDUARDO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
447 | 1051006 | ORTIZ SANTIAGO AURELIA BRIGIDA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
448 | 1051114 | GONZALEZ CARRADA MICAELA SONIA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
449 | 1051129 | MEJIA NIETES ALEJANDRA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
450 | 1051163 | ROSAS OLMOS SERGIO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
451 | 1051288 | HIDALGO BAUTISTA MARIA NELLY | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
452 | 1051304 | LANDEROS ZENON TANIA PATRICIA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
No | ID | NOMBRE | GRADO ACTUAL | GRADO AL QUE ASCIENDE |
453 | 1051365 | MARIN ROMAN AMPARO | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
454 | 1051554 | FRAGA REYES MARIANA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
455 | 1051751 | CORONA HERNANDEZ BLANCA MARIA DE LOURDES | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
456 | 1051797 | GONZALEZ SANCHEZ JOSE LUIS | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
457 | 1051998 | FERNANDEZ LOPEZ OLIVIA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
458 | 1052031 | GORDILLO GUILLEN ANA MARIA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
459 | 1052032 | GUILLERMO MORALES MARTHA ELBA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
460 | 1052070 | VILLANUEVA FLORES VERONICA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
461 | 1052160 | RUIZ CRUZ GUILLERMO RAFAEL | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
462 | 1052426 | SANCHEZ MONTELONGO ERIKA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
463 | 1052459 | ROMAN GOMEZ JOSE | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
464 | 1052635 | CASTILLO AGUILAR CARLOS JONATHAN | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
465 | 1052645 | MENDEZ RAMIREZ BLANCA ESTELA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
466 | 1052676 | SIERRA MARTINEZ MARIA DEL ROSARIO | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
467 | 1052852 | DEL VALLE BERBER AZUCENA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
468 | 1052877 | LOPEZ SANTIAGO JORGE RAUL | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
469 | 1052942 | MARQUEZ ALONSO CAROLINA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
470 | 1053028 | GOMEZ VARGAS FORTINO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
471 | 1053046 | HERNANDEZ HERNANDEZ FRANCISCO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
472 | 1053069 | LOPEZ GOMEZ JESUS ALBERTO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
473 | 1053087 | CORNEJO HERNANDEZ ROSARIO | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
474 | 1053089 | TRINIDAD VELASCO IRAIS | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
475 | 1053121 | GARCIA ORTIZ ROSA MARIA IGNACIA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
476 | 1053124 | MARTINEZ HERNANDEZ SIDRONIA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
477 | 1053237 | BADILLO MARTINEZ GERARDO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
478 | 1053262 | GRANGER LAZARO JESUS MIGUEL | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
479 | 1053294 | GARCIA JORDAN RIGOBERTO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
480 | 1053425 | RIVERA ZEPEDA EDER | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
481 | 1053485 | ROSAS VELA GERARDO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
482 | 1053531 | SEBASTIAN HERAS JANET | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
483 | 1054217 | VALDEZ GONZALEZ GERMAN | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
484 | 1055212 | RUIZ CASADO MARIA CRISTINA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
485 | 1055273 | MARTINEZ LEON ELMI | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
486 | 1055339 | HERNANDEZ VERONA JUAN JOSE | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
487 | 1055341 | MONTERO OLGUIN SUSLY GUADALUPE | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
488 | 1055734 | SOTO FLORES MARICRUZ | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
489 | 1055735 | VICTORIANO DOMINGUEZ ADELAIDA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
490 | 1055765 | HERNANDEZ CRUZ NORMA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
491 | 1055906 | GARCIA RIVERA GABRIELA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
492 | 1055956 | HERNANDEZ SANDOVAL MIGUEL | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
493 | 1055963 | FLORES MORALES YANELY GUADALUPE | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
No | ID | NOMBRE | GRADO ACTUAL | GRADO AL QUE ASCIENDE |
494 | 1055968 | MALDONADO MALDONADO MARIA ASUNCION | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
495 | 1056129 | MARTINEZ DAMIAN ALEJANDRO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
496 | 1059499 | ALVARADO ORTEGA MARIA DEL CARMEN | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
497 | 1064129 | RAMIREZ FLORES MARIA CANDELARIA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
498 | 1064340 | VAZQUEZ HERNANDEZ ELIZABETH | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
499 | 1064458 | TORRES MONTOYA MARCO AURELIO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
500 | 1064579 | NEXPANCO MARTINEZ EDGAR | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
501 | 1064701 | BERNAL ALMARAZ SANTOS ISRAEL | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
502 | 1064704 | DIAZ AVILA ALICIA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
503 | 1064716 | CISNEROS GARCIA MARCO ANTONIO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
504 | 1064831 | ALEJO RAMOS ROBERTO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
505 | 1064857 | TREJO VARGAS RICARDO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
506 | 1064868 | MORALES ROBLERO GAMALIEL | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
507 | 1064890 | BAUTISTA MARTINEZ EDGAR | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
508 | 1064931 | RODRIGUEZ BAUTISTA VIRIDIANA EDITH | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
509 | 1065025 | SANCHEZ GUERRERO JOSE MARIA | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
510 | 1065276 | AMADOR MORALES NOHEMI | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
511 | 1065375 | TORRES RAMIREZ VIDAL | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
512 | 1065435 | SOTO OSORNIO MARCELINO JESUS | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
513 | 1065633 | BAUTISTA JIMENEZ OSCAR | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
514 | 1065683 | CARPIO CANO ANDRES | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
515 | 1065698 | JIMENEZ MARTINEZ PABLO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
516 | 1065700 | RODRIGUEZ FRANCO ERIKA YAZMIN | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
517 | 1065714 | RUIZ MEJIA JOSE DAVID | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
518 | 1065724 | VILLAVERDE MARTINEZ MARTIN | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
519 | 1065887 | CASTILLO MARTINEZ ANA LIDIA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
520 | 1065930 | CERQUEDA GONZALEZ FERNANDO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
521 | 1066022 | JIMENEZ SANDOVAL MARIANA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
522 | 1066079 | PEREZ RESENOS MARIANA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
523 | 1066114 | SANCHEZ SANTIAGO LAURA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
524 | 1066118 | OROZCO RODRIGUEZ PABLO JESUS | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
525 | 1066277 | JOSE VENTURA MARCO ANTONIO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
526 | 1066297 | VELAZQUEZ PATRICIO CLARISELDA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
527 | 1066323 | VALENTIN GOMEZ ERIC MOISES | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
528 | 1066327 | LEON MENDIETA SONIA ELIZABETH | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
529 | 1066354 | LUCAS RAMIREZ MAYRA SUCETT | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
530 | 1066403 | DIEGO HERNANDEZ MATEO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
531 | 1066482 | IBARRA FRANCO NANCY GUADALUPE | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
532 | 1066497 | CONTRERAS QUEVEDO JOSE GUILLERMO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
533 | 1066576 | GONZALEZ TORRES GERARDO DANIEL | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
No | ID | NOMBRE | GRADO ACTUAL | GRADO AL QUE ASCIENDE |
534 | 1066591 | MARTINEZ ESPINOSA LICET SARAI | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
535 | 1066658 | CALLADO TREJO CARMEN CONSUELO | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
536 | 1066704 | VAZQUEZ FLORES ANDREA ESTEFANI | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
537 | 1066718 | ELIAS IZQUIERDO RAFAEL | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
538 | 1066779 | LOPEZ CASTILLO ALEJANDRO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
539 | 1066800 | MARQUEZ FACIO DULCE GABRIELA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
540 | 1066843 | ALEMAN RUIZ GRISELDA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
541 | 1066848 | HERNANDEZ ZEQUERA SANDRA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
542 | 1066863 | TOVAR DELGADO JAQUELIN | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
543 | 1066969 | ABURTO GARCIA JESSICA ROCIO | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
544 | 1067126 | JIMENEZ ROJAS LUCINA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
545 | 1067141 | ALTAMIRANO RIVERA MARIA DE LA PAZ | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
546 | 1067188 | HERNANDEZ HERNANDEZ EFREN | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
547 | 1067338 | ORTIZ AVILA ALMA ROSA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
548 | 1067385 | HERNANDEZ HERNANDEZ OSCAR URIEL | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
549 | 1067673 | HUERTA ERAS DIEGO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
550 | 1067743 | VILLANUEVA GARCIA YESSICA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
551 | 1067801 | VARGAS MURILLO RAYMUNDO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
552 | 1070042 | REGALADO MUÑOZ DANIELA BEATRIZ | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
553 | 1071022 | SANTIAGO HERNANDEZ CARLOS ENRIQUE | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
554 | 1071049 | CORTES CASTILLO JESUS ALBERTO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
555 | 1071249 | DELGADO BENIGNO ANGELICA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
556 | 1071457 | GONZALEZ PEREZ YADIRA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
557 | 1071645 | BALTAZAR MUÑOZ JOSE MANUEL | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
558 | 1071685 | CORTES MACEDONIO CLARA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
559 | 1072080 | SERAPIO LOPEZ ROCIO GLANELLIS | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
560 | 1072092 | MARTIN SALAZAR JAZMIN | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
561 | 1072648 | HERNANDEZ MARTINEZ BONIFACIO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
562 | 1072789 | MORENO MIRANDA ADRIANA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
563 | 1072938 | VAZQUEZ OLARTE MARYCARMEN | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
564 | 1073033 | BERNAL RAMIREZ ELSA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
565 | 1073117 | RUIZ MARTINEZ JESSICA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
566 | 1073160 | BARRIENTOS PEÑA CHANTAL | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
567 | 1073374 | GALICIA ORTEGA MARIANA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
568 | 1073399 | NAVA CAMACHO IRMA DANIELA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
569 | 1073438 | PACHECO ROJAS ALEJO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
570 | 1073441 | LARA SOTO LUIS ANTONIO | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
571 | 1073597 | GOMEZ GARCIA BRENDA ITZAMARY | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
572 | 1073684 | MARTINEZ BENITEZ LEO VICENTE | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
573 | 1074274 | AGUILAR DURAN LIZBETH | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
574 | 1075970 | CHAVEZ GOMEZ FELIPE | POLICÍA SEGUNDO | POLICÍA PRIMERO |
No | ID | NOMBRE | GRADO ACTUAL | GRADO AL QUE ASCIENDE |
575 | 1080608 | MENDOZA RAMOS DIANA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
576 | 1080854 | MARTINEZ ANGELES JESSICA | POLICÍA SEGUNDA | POLICÍA PRIMERA |
POLICÍA SEGUNDO/A | ||||
577 | 1000165 | ANAYA CORTES ISRAEL | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
578 | 1000205 | AMAYA CORONA RAFAEL | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
579 | 1001138 | ANGELES ESPINOSA CARLOS ENRIQUE | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
580 | 1001765 | AVILA PEREZ ISABEL | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
581 | 1002343 | ABURTO FERREL MARIA ARACELI | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
582 | 1002587 | AGUILAR RAMIREZ MANUEL | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
583 | 1003149 | BARBAN JAVANA JOSE RAMON | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
584 | 1003213 | BASILIO MONTESINOS ANGEL | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
585 | 1003768 | BERNABE HERNANDEZ ANTONIO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
586 | 1004283 | CARRASCO ALCANTARA PLATON | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
587 | 1005098 | CAPITANACHI JAIME JORGE SINECIO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
588 | 1005547 | CARAPIA OROZCO REYNA BERENICE | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
589 | 1005622 | CAMPOS PEREZ MARTIN | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
590 | 1005900 | CAMARGO SANTIAGO CONSUELO | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
591 | 1006467 | CIRILO ACOSTA RAYMUNDO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
592 | 1006738 | CHOPIN DORANTES ALEJANDRO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
593 | 1006930 | CORTES JIMENEZ SERGIO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
594 | 1007221 | CHORA SUASTEGUI ELIAS | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
595 | 1008225 | DE LA CRUZ REYES GABRIEL | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
596 | 1009033 | DOMINGUEZ HERNANDEZ VICTOR | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
597 | 1010391 | FELIX MEJIA MAURICIO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
598 | 1010416 | FELIPE RAYO ALFREDO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
599 | 1010434 | FERRER REYES MATEO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
600 | 1010937 | FLORES RIOS DIANA | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
601 | 1011050 | FLORES ZARZA MARIA CONCEPCION | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
602 | 1011442 | GARCIA CRUZ JUAN JESUS | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
603 | 1011872 | GALAN GUILLEN SERVANDO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
604 | 1012452 | GARCIA OLIVARES ORLANDO ELEUTERIO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
605 | 1012530 | GARCIA PALMILLAS PORFIRIO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
606 | 1012535 | GARCIA PRADO ROCIO | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
607 | 1013222 | GONZALEZ ALVAREZ JUAN | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
608 | 1013428 | GONZALEZ CABAÑAS REY GASPAR | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
609 | 1013790 | GONZALEZ LOPEZ JOSE ANTONIO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
610 | 1013912 | GONZALEZ MARTINEZ ISMENIA | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
611 | 1014722 | GUZMAN HERNANDEZ CIRO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
612 | 1014883 | GUTIERREZ MELENDEZ OSWALDO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
613 | 1015103 | GUTIERREZ TORRES AURORA | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
614 | 1015743 | HERNANDEZ FLORES ERASMO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
No | ID | NOMBRE | GRADO ACTUAL | GRADO AL QUE ASCIENDE |
615 | 1016119 | HERNANDEZ HERNANDEZ CARLOS JAVIER | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
616 | 1016569 | HERNANDEZ LOPEZ ENRIQUE | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
617 | 1017869 | HUERTA RODRIGUEZ HEZIQUIO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
618 | 1018485 | JIMENEZ LUNA FRANCISCO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
619 | 1018792 | JUAREZ CASTILLO PERLA SOFIA | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
620 | 1019360 | LEDESMA GONZALEZ JOSE ALBERTO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
621 | 1020328 | LOPEZ MARTINEZ JUANA | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
622 | 1020341 | LOPEZ MENDOZA JASMANI | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
623 | 1020753 | LOPEZ VILLEGAS JORGE ALEJANDRO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
624 | 1021602 | MARTINEZ ESCOBAR JOSE DANIEL | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
625 | 1022797 | MARTINEZ PEREZ MIGUEL | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
626 | 1023258 | MARTINEZ TINOCO RICARDO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
627 | 1023302 | MARTINEZ VILLEGAS FERNANDO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
628 | 1023331 | MARTINEZ VALENTIN MOISES | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
629 | 1023788 | MENDIETA JIMENEZ ARMANDO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
630 | 1023994 | MENDOZA MENDOZA ROBERTO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
631 | 1024258 | MELENDEZ SANCHEZ ALEJANDRA | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
632 | 1024568 | MIGUEL OREA OLIMPIA FRANCISCA | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
633 | 1024954 | MORENO FLORES ARTEMIO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
634 | 1025278 | MORENO LOPEZ OSCAR | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
635 | 1025997 | MUNGUIA MARIN ANA LUISA | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
636 | 1026141 | NAVARRETE GONZALEZ ARACELI | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
637 | 1026555 | NOCHEBUENA PEREZ NORBERTO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
638 | 1026754 | OSNAYA RESENDIZ ISMAEL | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
639 | 1027519 | OROZPE GARCIA ENRIQUE | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
640 | 1027730 | PATRICIO ANICA IGNACIO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
641 | 1028039 | PALMA MENDOZA HILARIO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
642 | 1028623 | PEREZ GALICIA ERNESTO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
643 | 1029250 | PEREZ SAUCEDO CINTHIA BIANESA | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
644 | 1029315 | PEREZ TEJEDA OCTAVIO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
645 | 1029375 | PEREZ YAÑEZ MA. PATRICIA DEL CARMEN | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
646 | 1030041 | RAMIREZ CAMPOS JOSE AURELIO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
647 | 1030281 | RAMIREZ GARCIA NANCY ESTHER | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
648 | 1031238 | RENDON HERNANDEZ LORENZO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
649 | 1033267 | RODRIGUEZ RUIZ JESUS | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
650 | 1034037 | SALAZAR AGUILLON RICARDO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
651 | 1034714 | SANCHEZ HERNANDEZ JUAN MANUEL | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
652 | 1035273 | SALDAÑA OLVERA MARIA PILAR | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
653 | 1035941 | SEGUNDO CEJA PEDRO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
654 | 1036053 | SEGURA POSADAS ROMAN | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
655 | 1036198 | SILIS MONTAÑO ADRIAN | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
No | ID | NOMBRE | GRADO ACTUAL | GRADO AL QUE ASCIENDE |
656 | 1036367 | SOTO ESTRADA SALVADOR ALBERTO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
657 | 1036607 | SORIANO ROSALES IVONNE | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
658 | 1037648 | TOMEZ SANTIAGO JOSE | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
659 | 1037903 | VAZQUEZ ALVARADO JUAN FERNANDO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
660 | 1037924 | VARGAS DEL ANGEL ZEFERINO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
661 | 1038174 | VALERIO GARRIDO JUDITH | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
662 | 1038558 | DEL VALLE ROCHA ADAN | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
663 | 1039044 | VERTTI HERNANDEZ CARMEN LILIA | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
664 | 1039266 | VEGA ROMUALDO ESTEBAN | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
665 | 1040345 | ZUART ORDAZ EDGAR JESUS | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
666 | 1040453 | BAUTISTA MURCIO ARTURO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
667 | 1040621 | GOMORA SOLANO JULIO CESAR | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
668 | 1040867 | GOMEZ MORALES JAZMIN ADRIANA | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
669 | 1041192 | TINOCO GOMEZ DAVID | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
670 | 1041688 | ESCOBEDO AGUIRRE EMETERIO GUADALUPE | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
671 | 1041711 | ESCALONA HERNANDEZ MIRIAM | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
672 | 1041864 | RAMIREZ PAEZ LAURA | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
673 | 1041958 | CASTILLO ORTEGA MARCELA | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
674 | 1043911 | VALERIO SANCHEZ JONATHAN | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
675 | 1044107 | REYES INFANTE DELFINO JESUS | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
676 | 1044379 | OROPEZA RIOS ANDREA ANA BERTHA | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
677 | 1044705 | SABINO CASTILLO MARCOS | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
678 | 1044905 | FERRER MORA JOSE OSVALDO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
679 | 1045240 | TENORIO GALICIA EFREN DAVID | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
680 | 1045384 | RODRIGUEZ CRUZ ALEJANDRA | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
681 | 1045420 | GAYOSO MANRIQUE VALENTE | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
682 | 1045493 | VILLAGOMEZ DIAZ MARGARITA | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
683 | 1045654 | OLVERA DELGADO MARIA ENRIQUETA | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
684 | 1046023 | CRUZ CRUZ EMANUEL | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
685 | 1046029 | MARTINEZ HERNANDEZ ELIZABET | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
686 | 1046156 | PEREZ CRUZ MARTIN | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
687 | 1046222 | HERNANDEZ HERNANDEZ ERIC | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
688 | 1046478 | HERNANDEZ FLORES SONIA | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
689 | 1046511 | MARTINEZ CAMERAS ERIKA | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
690 | 1046562 | LEMUS RODRIGUEZ JONATHAN ADRIAN | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
691 | 1046615 | ALMARAZ REYES ANGEL IVAN | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
692 | 1046652 | GARCIA GONZALEZ GUADALUPE | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
693 | 1046720 | LOPEZ NAJERA CLAUDIA | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
694 | 1046832 | SANTOS FLORES JUANA LUCERO | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
695 | 1046855 | FRAGOSO TORRES JORGE ALBERTO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
696 | 1046938 | RODRIGUEZ LOPEZ JOSE DANIEL | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
No | ID | NOMBRE | GRADO ACTUAL | GRADO AL QUE ASCIENDE |
697 | 1046951 | ILDEFONSO CONTRERAS JAVIER | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
698 | 1046967 | ESPINOZA GARCIA LUIS ALBERTO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
699 | 1046970 | AGUILAR MARTINEZ LAURA KARINA | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
700 | 1046982 | HERRERA QUINTANA LEONOR | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
701 | 1046992 | REYES FIGUEROA ERIKA | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
702 | 1047188 | MORALES HERNANDEZ DENISSE ALEJANDRA | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
703 | 1047220 | BASURTO MADRID ELEAZAR | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
704 | 1047228 | CASTELLANOS CARMONA JUAN CARLOS | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
705 | 1047489 | PINEDA MONFIL KARINA | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
706 | 1047491 | VIDAL MARTINEZ GALDINO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
707 | 1047500 | NAJERA HERNANDEZ YESSENIA | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
708 | 1047528 | ROSALES RIVAS LILIANA | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
709 | 1047541 | RUBIO NOLASCO FELICIANA | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
710 | 1047543 | HERNANDEZ HERNANDEZ JUAN JAIME | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
711 | 1047558 | PEREZ SANTIAGO JULIO CESAR | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
712 | 1047612 | IZQUIERDO HERNANDEZ ARIEL SALVADOR | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
713 | 1047663 | MARTINEZ ROSAS RAMON | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
714 | 1047669 | CASTILLO MUÑOZ DANIEL | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
715 | 1047700 | RAMIREZ GERARDO LAURA PATRICIA | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
716 | 1047736 | REYES GONZALEZ BLANCA ESTELA | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
717 | 1047749 | LOPEZ HENRRIQUEZ DANNY OSWALDO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
718 | 1047768 | CHAVARRIA LOPEZ JUAN CARLOS | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
719 | 1047841 | CAJERO BELTRAN ANA CLAUDIA | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
720 | 1047851 | PERALTA CORIA MARISOL MATILDE | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
721 | 1047933 | FLORES DE LA CRUZ ALEJANDRA | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
722 | 1047957 | GUTIERREZ CALDERON ISMAEL | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
723 | 1048019 | AMBRIZ AMBRIZ NAHUM | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
724 | 1048023 | GONZALEZ CANSECO LAURA | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
725 | 1048047 | MORALES FLORES JOSE LUIS | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
726 | 1048052 | RODRIGUEZ VELAZQUEZ NOE DE JESUS | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
727 | 1048073 | CASTILLO ISCALBACETA KEVI FLORENTINO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
728 | 1048076 | ARREDONDO MARTINEZ GAMALIEL ULISES | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
729 | 1048102 | MEJIA ESTRADA LUIS ADRIAN | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
730 | 1048117 | CASTILLO MORENO PAOLA | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
731 | 1048131 | MUÑOZ ROJO LUCIANO ALBERTO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
732 | 1048161 | RAMIREZ ROJAS OSVALDO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
733 | 1048225 | VARGAS CAMACHO JUDITH | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
734 | 1048248 | HERNANDEZ HERNANDEZ EUSEBIO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
735 | 1048249 | RIOS MARTINEZ POLET ANAHI | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
736 | 1048250 | DIAS HERNANDEZ MACEDONIO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
No | ID | NOMBRE | GRADO ACTUAL | GRADO AL QUE ASCIENDE |
737 | 1048292 | MIRANDA ROQUE CESAR ADRIAN | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
738 | 1048298 | TORRES PACHECO MARTIN | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
739 | 1048335 | VARELA HERNANDEZ ALEJANDRA | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
740 | 1048372 | CARREON MOLINA ANGEL ALEXIS | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
741 | 1048373 | MARTINEZ PEREZ CARLOS RAMON | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
742 | 1048376 | GONZALEZ VILLALOBOS MITZI RUBI | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
743 | 1048385 | HERNANDEZ JIMENEZ ALEXIS | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
744 | 1048400 | HERNANDEZ ORTIZ LEONARDO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
745 | 1048406 | CALVILLO HERNANDEZ MARIO ALBERTO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
746 | 1048421 | QUIROZ GONZALEZ MIGUEL | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
747 | 1048434 | SANCHEZ VARGAS LUIS ANGEL | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
748 | 1048455 | AGUILAR GAMEZ ALICIA | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
749 | 1048480 | DEL AGUA DURAN JULIO ALBERTO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
750 | 1048521 | HERNANDEZ TEPETATE INES DEL CARMEN | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
751 | 1048566 | MARTINEZ SANDOVAL LEONARDO DANIEL | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
752 | 1048581 | PEREZ HERNANDEZ JUAN ANTONIO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
753 | 1048583 | SOLIS LUNA MERY HANN | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
754 | 1048586 | MIRANDA DIAZ CECILIA JAZMIN | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
755 | 1048590 | RODRIGUEZ ACOSTA MAGALI BEATRIZ | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
756 | 1048615 | BLANCO USCANGA ADRIANA | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
757 | 1048636 | GALICIA DE LA CRUZ YAZMIN | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
758 | 1048707 | VAZQUEZ LUNA BRIAN ALEXIS | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
759 | 1048753 | GARCIA CORTES PATRICIA HELEN | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
760 | 1048760 | JACINTO ORTEGA MIGUEL ANGEL | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
761 | 1048766 | MORENO LAGUNAS AURELIO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
762 | 1048777 | AGUAS TORRES CARLOS | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
763 | 1048784 | MORALES MARTINA JOSE LUIS | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
764 | 1048857 | GONZALEZ LOPEZ JOSE DE JESUS | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
765 | 1048867 | MORENO ROBLERO RICARDO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
766 | 1048870 | VELAZQUEZ MONTES BERNARDO DANIEL | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
767 | 1048882 | GOMEZ GARCIA JORGE EDUARDO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
768 | 1048941 | MILLAN LOPEZ RUBEN | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
769 | 1048968 | ALMONTE AYALA CHARBEL | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
770 | 1048969 | SOLANO ACOSTA YAZMIN | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
771 | 1048987 | VILLA GARCIA JUAN ANTONIO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
772 | 1048997 | ROJAS ROMERO JOSEFINA | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
773 | 1049326 | PLATA MATIAS RITA | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
774 | 1049388 | ORTIZ SERNA ROGELIO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
775 | 1049575 | ALONSO CRUZ ALEJANDRO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
776 | 1049597 | DIAZ MARTINEZ FELIMON | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
No | ID | NOMBRE | GRADO ACTUAL | GRADO AL QUE ASCIENDE |
777 | 1049664 | CRUZ GONZALEZ GERARDO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
778 | 1050039 | CRUZ ZENIL ALFREDO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
779 | 1050173 | GONZALEZ GAMBOA OMAR RICARDO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
780 | 1050247 | LOPEZ RICO SILVIA | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
781 | 1050569 | VALDOS MEDRANO RENE JAVIER | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
782 | 1050822 | TELLEZ MARQUEZ MARIA | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
783 | 1051201 | LOPEZ RAMIREZ VERONICA | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
784 | 1051333 | GUZMAN PEÑA ELVIRA | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
785 | 1051364 | TERAN RAMIREZ JAZMIN | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
786 | 1051850 | MARTINEZ SILVERIO PILAR | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
787 | 1051981 | AHUATZI ZAMORA GUILLERMINA | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
788 | 1051989 | ABAD RUPERTO ROCIO | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
789 | 1052289 | ORTIZ GARCIA ARTURO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
790 | 1052320 | MADRID PABLO OMAR | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
791 | 1052434 | VIDAL LOPEZ NANCY | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
792 | 1052446 | RODRIGUEZ MIRANDA HECTOR | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
793 | 1052661 | MACEDO GARCIA BERENICE | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
794 | 1052754 | MORALES PEREZ CLAUDIA | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
795 | 1052759 | CASTILLO LOPEZ YOLANDA | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
796 | 1054409 | SAMANO ALVAREZ ROSA PATRICIA | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
797 | 1055263 | ZAVALA ALVAREZ CARLOS | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
798 | 1055302 | NICOLAS CRUZ MARCO ANTONIO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
799 | 1055355 | HERNANDEZ CASTAÑEDA BARDOMIANO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
800 | 1055402 | MANUEL ELPIDIO ESTELA | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
801 | 1055748 | URAGA SILVA ROSA EDITH | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
802 | 1055925 | FLORES GUERRERO TERESITA DE JESUS | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
803 | 1056012 | BARRAGAN VAZQUEZ EUNICE | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
804 | 1056031 | SANCHEZ RODRIGUEZ VIRIDIANA ANAHI | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
805 | 1056137 | TORRES MACIAS ERICK FERNANDO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
806 | 1059262 | CONTLA MARTINEZ ISABEL KARINA | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
807 | 1059572 | PEREZ GARCIA BRAULIO CESAR | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
808 | 1064732 | SANTOS PARDO GABRIEL | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
809 | 1064779 | RIVERA BARRERA JORGE | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
810 | 1064844 | MARTINEZ VAZQUEZ SERGIO EDUARDO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
811 | 1064944 | SANCHEZ HERNANDEZ MARCO ANTONIO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
812 | 1065081 | FROYLAN MARTINEZ FRANCISCO JAVIER | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
813 | 1065098 | CARO CALZADA GERMAN ALEJANDRO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
814 | 1065140 | OVANDO ARVIZU JONATAN MAXIMILIANO | POLICÍA TERCERO | POLICÍA SEGUNDO |
815 | 1065425 | MENDIOLA GONZALEZ LILIANA | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
816 | 1065481 | MAYORGA LOPEZ ANGELES YANAI | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |
817 | 1065482 | ROSARIO ALVAREZ GUADALUPE | POLICÍA TERCERA | POLICÍA SEGUNDA |