CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS POR OBRA DETERMINADA
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CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS POR OBRA DETERMINADA
Este contrato de aplicación general ampara exclusiva entre la relación entre el intérprete y su contratante (agencia y/o cualquier otro cliente), y se realizó mediante el análisis de diversos contratos de prestaciones de servicios, las disposiciones legales aplicables, las inquietudes manifestadas, las necesidades detectadas. Gracias a todos los que generosamente colaboraron con sus opiniones, documentos y experiencia.
No es un documento obligatorio ni vinculante, sino que se trata de un documento que contempla los elementos recurrentes en nuestro quehacer. Su utilidad e intención es protegernos—y obligarnos-- como profesionistas independientes en las contrataciones que hagamos y es modificable conforme a las condiciones que negocie en lo individual el intérprete con su contratante (horarios de trabajo, plazos de pago, tarifa, etc.).
En el estado que se encuentra, el documento ya fue revisado, corregido, aumentado y analizado por un abogado (en forma totalmente gratuita y de buena fe), y es un documento jurídicamente válido. El texto en rojo puede quitarse o agregarse según se necesite.
No incluye clausulado respecto al equipo, por no concernir directamente a la actividad de la interpretación. Las condiciones de contratación de equipo corresponden a quienes lo tienen y pueden incorporarse a este documento, o hacerse como un documento adicional.
No se incluye el nombre del concabino porque puede haber cambios de última hora. Esto NO es una orden de trabajo, es un contrato de prestación de servicios. Si la contratación es realizada por una agencia, ésta deberá proporcionar, además, una orden de trabajo con el nombre del concabino.
Contratación de seguros de salud, contra accidentes y contingencias son responsabilidad del intérprete en su calidad de profesionista INDEPENDIENTE.
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES
Contrato de Prestación de Servicios Profesionales que celebran, por una parte _____________________________, (en lo sucesivo, el “Contratante"), [conforme a la orden de compra número________ de fecha ______________] y _______________________ (en lo sucesivo, el “Intérprete"), al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas:
DECLARACIONES:
PRIMERA. Datos de contratación.
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NOMBRE DEL EVENTO: |
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HORARIO ESTIMADO DEL EVENTO: |
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CITA PARA EL INTÉRPRETE: |
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TARIFA POR HORA EXTRA: |
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CONDICIONES ESPECIALES: |
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SEGUNDA. Declara el “Contratante” que requiere los servicios profesionales del “Intérprete” para cubrir el evento cuyas condiciones generales se describen en la Declaración Primera del presente Contrato.
TERCERA. Por su parte, manifiesta el “Intérprete” que está de acuerdo con las anteriores condiciones y que, conociendo las necesidades del “Contratante”, es su voluntad y tiene capacidad para prestar el servicio que se contrata, ya que cuenta con los conocimientos, experiencia y elementos suficientes para la realización del mismo a satisfacción del “Contratante”, de conformidad con los detalles anotados en la Declaración Primera del presente Contrato.
En virtud de lo anterior, las partes manifiestan estar de acuerdo en obligarse conforme a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. El Intérprete se obliga a prestar sus servicios para el evento y en el lugar que se detallan en la Declaración Primera de este Contrato
SEGUNDA. El Contratante se obliga a comunicar por escrito al Intérprete, con cuando menos 48 horas de anticipación, mediante una orden de trabajo, la información completa acerca del evento para el que se le contrata conforme a la Declaración Primera de este Contrato. [CUANDO EL CONTRATANTE SEA UNA AGENCIA: Asimismo, el Contratante informará al Intérprete, el nombre de el o los Intérpretes que formarán el equipo de trabajo, así como cuál de los Intérpretes es asignado como jefe de cabina para el evento en cuestión].
TERCERA. Horario. El horario de trabajo será por una jornada máxima de ocho horas de trabajo por día, repartidas en dos sesiones de no más de cuatro horas, incluyendo recesos, y sin contar el horario de comida. El Contratante proporcionará, o se encargará de que se proporcione, al Intérprete tiempo suficiente para tomar sus alimentos, que en ningún caso deberá ser inferior a una hora.
Queda estipulado que el Intérprete deberá presentarse en el sitio de trabajo cuando menos media hora antes del inicio del evento, sin que dicho tiempo se considere como parte de la jornada de trabajo, y cualquier tiempo adicional que el Contratante requiera se agregará al horario del evento.
Para aclarar dudas, se ejemplifica: Si el evento está programado para iniciar a las 09:00 horas, el intérprete deberá estar presente en el sitio de trabajo a las 08:30 horas. Si por cualquier circunstancia el Contratante, o el cliente del Contratante, exigen que el Intérprete esté presente desde las 07:00 horas, entonces, la hora y media adicional se agregará al horario del evento, en el entendido que, de exceder las ocho horas de trabajo, deberá hacerse el pago correspondiente de horas extra.
Queda estipulado que si el horario del evento, incluyendo hora de comida y recesos excede diez horas, deberá contratarse un equipo de tres intérpretes, con el fin de garantizar la calidad del trabajo y proteger la salud de los intérpretes.
[PARA CASOS DE INTÉRPRETE ÚNICO: TERCERA. Horario. El horario de trabajo para el Intérprete Único será por un máximo de HORA Y MEDIADOS HORAS, y en ningún caso deberá exceder este tiempo para salvaguardar la calidad del trabajo y la salud del Intérprete.
Si por circunstancias extraordinarias el horario del evento se extendiera o excediera este límite, el Contratante se obliga a contratar a un segundo Intérprete que acuda a colaborar con el Intérprete Único y, de no ser posible, indemnizará al Intérprete Único con el pago del tiempo que trabaje en exceso del horario contratado, que en ningún caso deberá exceder de media hora, con la tarifa de una hora extra completa conforme al cálculo que se estipula en la Cláusula Cuarta siguiente.
Cabe aclarar que la contratación de un Intérprete Único es por cuenta y riesgo del Contratante, quien está consciente de las consecuencias que esto conlleva, como la posibilidad de imprevistos y retrasos por circunstancias no imputables directamente al Intérprete, así como la necesidad de llamar a un segundo Intérprete y su obligación de cubrir el pago de horas extras si el evento excede el horario estipulado.]
CUARTA. Horas extras. Queda estipulado que el pago de horas extras que el Contratante pagará al Intérprete, y que el Intérprete tiene derecho a recibir por trabajo en horario extraordinario es el equivalente a lo que resulte de dividir la tarifa acordada por el evento entre ocho, multiplicado por dos.
A manera de ejemplo: Si la tarifa acordada fuera de MxP4,000, la tarifa por hora extra sería:(4000/8)*2 = 500*2=MxP1,000 por hora.
Se estipula, además, que en ningún caso el horario extraordinario deberá exceder dos horas, con el fin de salvaguardar la calidad del trabajo y la salud del Intérprete, en la inteligencia de que queda a criterio del Intérprete aceptar trabajar horas extras, si su fatiga le impidiera realizar un trabajo profesional o menoscaba su salud.
QUINTA. Obligaciones del Contratante. El Contratante se obliga con el Intérprete a lo siguiente:
Entregar el programa del evento, ponencias y/o materiales de referencia sobre el evento preferentemente con 24 o más horas de anticipación para permitirle al Intérprete preparar su glosario y estar debidamente preparado para ejecutar su trabajo.
Proporcionar, o encargarse de que se proporcione, equipo adecuado para el tipo de interpretación que se contrata conforme al presente instrumento. [En el caso de interpretación simultánea, se proporcionará equipo que incluya, como mínimo: equipo de audio profesional y adecuado, un técnico debidamente capacitado encargado del manejo del equipo, aislamiento acústico, espacio privado suficiente y ventilado, mesa de trabajo, control individual de audio, micrófono (individual de preferencia), luz individual, buena visibilidad, sillas cómodas (de preferencia ergonómicas), audífonos individuales (el Intérprete tiene derecho a llevar y utilizar los propios].
Datos de facturación completos, así como especificar condiciones de entrega de la factura/recibo (domicilio de entrega si es distinto al de facturación, horario para la entrega correspondiente, contacto de entrega y teléfono).
Nombre de la persona que coordinará el evento y número de celular de la persona designada por el Contratante como su enlace para establecer comunicación y verificar cualquier asunto respecto al evento.
Hacer los ajustes necesarios al equipo de intérpretes y respaldar al Intérprete en el caso que el programa o evento sufra modificaciones de última hora que alteren el horario y condiciones contratadas bajo el presente instrumento.
SEXTA. Obligaciones del Intérprete. El Intérprete se obliga con el Contratante a lo siguiente:
a) Llegar a tiempo al sitio donde desempeñará su trabajo, cuando menos media hora antes del horario señalado como hora de inicio del evento en la Declaración Primera de este Contrato.
b) Cumplir con el horario completo de trabajo que se contrata conforme al presente instrumento.
c) Prepararse debidamente para desempeñar su trabajo durante el evento que se contrata.
d) Tratará la información recibida, ponencias y/o materiales proporcionados por el Contratante o el cliente del Contratante en forma confidencial y los devolverá al concluir el evento.
e) No entregar su información personal de contacto, en forma alguna, al cliente del Contratante, excepto en el caso que, por convenir a los intereses del Contratante, y con previa autorización de éste, fuera necesario hacerlo para facilitar la realización del evento.
f) No abandonar la cabina para atender asuntos personales por períodos que excedan su tiempo de descanso (20 a 30 minutos), ni a aceptar o realizar trabajos de otros clientes o de otra índole (traducción u otros) que menoscaben su desempeño, la calidad del servicio, o de otro modo afecten el cumplimiento cabal de este Contrato.
g) Cumplir con el código de vestimenta establecido por el Contratante en la Declaración Primera de este Contrato.
h) Respetar todos y cada uno de los filtros y medidas de seguridad instrumentados para el evento, según sea el caso.
SEPTIMA.- Contraprestación (Honorarios). El Contratante se obliga a pagar los honorarios del Intérprete, previa entrega del recibo de honorarios o factura correspondiente, los cuales deberán reunir los requisitos fiscales que marca la legislación vigente en la materia. No obstante su derecho de cobro inmediato amparado en el Artículo 2610 del Código Civil Federal, el Intérprete concede al Contratante un plazo para la liquidación de los honorarios correspondientes que no deberá exceder de ________ días calendario contados a partir de la fecha en que se hubieren prestado los servicios materia del presente contrato, y de lo contrario se considerará vencido y generará intereses moratorios a razón de 3 (TRES) veces la tasa de CETES vigente hasta su liquidación.
[Artículo 2610.- El pago de los honorarios y de las expensas, cuando las haya, se harán en el lugar de la residencia del que ha prestado los servicios profesionales, inmediatamente que preste cada servicio o al fin de todos, cuando se separe el profesor o haya concluido el negocio o trabajo que se le confió.]
OCTAVA. Pago Incondicional. El Contratante se obliga a pagar al Intérprete los honorarios erogados por la realización del trabajo contratado conforme a este Contrato y en ningún caso condicionará el pago de los mismos, salvo en caso de negligencia, dolo, fraude o impericia comprobable por parte del Intérprete.
Queda estipulado que, si por algún motivo el Contratante considerara que el Intérprete no ha cumplido con sus obligaciones conforme a este Contrato, el Contratante informará al Intérprete dentro de la hora siguiente a que conozca de dicha inconformidad. y que, si no lo hiciera, se tendrá por aceptado el servicio y la obligación de pago incondicional estará sujeta a las condiciones pactadas en la Cláusula Séptima anterior.
NOVENA. Cancelación. En caso de cancelación del evento materia de este Contrato por parte del Contratante, éste pagará al Intérprete una indemnización igual al 50% (CINCUENTA POR CIENTO) del total de los honorarios amparados por este instrumento, si dicha cancelación se hace a más tardar 48 (cuarenta y ocho) horas antes de la hora de inicio prevista en la Declaración Primera. Si la cancelación se hiciera después de esta hora y hasta 12 (doce) horas antes de la hora de inicio programada, el CONTRATANTE se obliga a pagarle al Intérprete el 75% (SETENTA Y CINCO POR CIENTO) de los honorarios amparados bajo esta CARTA CONTRATO y si la cancelación se hiciera 12 horas antes o durante el evento mismo, el CONTRATANTE se obliga a pagarle al PRESTADOR DE SERVICIOS la totalidad de los honorarios por los servicios objeto de este documento, de conformidad con las condiciones de pago descritas anteriormente. Toda cancelación deberá hacerse por escrito.
Los plazos de 48, 24 y 12 horas previstos por el párrafo anterior se entenderán de 60, 36 y 24 horas, respectivamente, en caso de que el Intérprete deba trasladarse más de 50 kilómetros desde su lugar habitual de residencia.
DÉCIMA. Acceso y equipo especial. El Contratante se obliga a proporcionar, o encargarse que se proporcionen, al Intérprete, previo al horario de inicio del evento, todas las autorizaciones que sean necesarias para ingresar al sitio de trabajo cuando éstas se requieran, tales como acceso a estacionamientos, áreas resguardadas y/o especiales, o cualquier otro sitio. Asimismo, si el trabajo a desempeñar lo requiriera, el Contratante se obliga a proporcionar, o encargarse que se proporcionen al Intérprete, ▇ ▇▇▇▇▇ del Contratante o su cliente y previo al horario inicio del evento, el equipo de seguridad que sea necesario para salvaguardar la integridad física y salud del intérprete. El Contratante deberá advertir al Intérprete con antelación de la existencia de dichos filtros y medidas de seguridad,. y llevar a cabo los procedimientos necesarios para evitar que las medidas y filtros de seguridad y/o acceso, o el desconocimiento de éstas por parte del Intérprete, impidan o retrasen al Intérprete su llegada al sitio de trabajo.
DÉCIMO PRIMERA. Caso fortuito, fuerza mayor y emergencias. En caso que, durante el transcurso del evento surgiera alguna contingencia o emergencia, por desastre natural o cualquier otra causa, que obligara a la evacuación de las instalaciones del sitio del evento o el lugar de alojamiento donde se encuentre en Intérprete, en caso de eventos foráneos, el Contratante, o el cliente del Contratante, según sea el caso, se obliga a proteger y salvaguardar la integridad y el bienestar del Intérprete con el mismo cuidado y diligencia que utilizaría para salvaguardar y proteger a sus propios empleados.
Leído que fue el presente Contrato por las partes, y con conocimiento de su contenido y alcance legal, lo firman por duplicado el día _________________________.
EL ÍNTÉRPRETE EL CONTRATANTE
___________________________ __________________________
CLÁUSULA DE EVENTOS FORÁNEOS PARA INCORPORAR
Eventos foráneos. En caso que el Contratante requiera que el Intérprete preste sus servicios fuera del lugar de su domicilio, el Contratante, o el cliente del Contratante, cubrirán el monto total de los gastos por concepto de traslado, alojamiento y alimentos del Intérprete. Adicionalmente, deberá proporcionar la siguiente información con suficiente antelación:
Itinerario completo de viaje confirmado (transporte terrestre en distancias de ___________, transporte aéreo) y transportación de terminal terrestre o aeropuerto al hotel y de regreso en la ciudad sede del evento
Nombre y dirección del hotel donde se alojará y número de reservación del hotel confirmada
Nombre del responsable económico para cubrir gastos de hotel y otros, quien deberá proporcionar el RFC correspondiente en caso de requerir factura
Monto y modo de liquidación de los viáticos o su equivalente
Indicaciones claras al respecto de los alimentos, gastos reembolsables
Cabe mencionar que en ningún caso se requerirá al Intérprete que garantice con su tarjeta de crédito o dinero propio, el costo del alojamiento y alimentos que debe proporcionar el Contratante o el cliente del Contratante.
Cuando sea necesario que el Intérprete viaje en horario hábil para trasladarse al sitio del evento, el Intérprete recibirá, además de sus honorarios, y en compensación por los días de viaje a la ciudad sede del evento, el monto equivalente a media tarifa por el día de viaje hacia la ciudad sede y media tarifa por el día de viaje de regreso.
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES POR OBRA DETERMINADA
Contrato de Prestación de Servicios Profesionales que celebran, por una parte _____________________________, (en lo sucesivo, el “Contratante"), [conforme a la orden de compra número________ de fecha ______________] y _______________________ (en lo sucesivo, el “Intérprete"), al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas:
DECLARACIONES:
PRIMERA. Datos de contratación.
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NOMBRE DEL EVENTO: |
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