Contract
Aprueba renovación de contrato de Prestación de Servicios entre el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA y Corporación Servicio Paz y Justicia SERPAJ Chile para la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol.
RESOLUCION EXENTA 677
SANTIAGO, 19 XX XXXXXX DE 2021
VISTO: Lo dispuesto en la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 19.880, que establece bases de los Procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en la Ley N° 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios; en el Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que estableció el reglamento de la ley individualizada precedentemente y sus modificaciones; en la Ley N°
20.502 que crea el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol; en la Ley N° 21.289, Ley de Presupuestos para el sector público correspondiente al año 2021; en la Resolución Nº 7, de 26 marzo de 2019 y Resolución N° 16, de 30 de noviembre de 2020, ambas de la Contraloría General de la República, que fijan normas sobre exención del trámite de Toma de Razón; en la Resolución N° 78, de fecha 15 xx xxxxx de 2019; Resolución Exenta N° 530, de fecha 13 xx xxxxxx de 2019; la Resolución Exenta N° 946, de 30 de noviembre de 2020, la Resolución Exenta N° 3, de 03 de enero de 2021, todas de SENDA; en el Decreto N° 1307 de fecha 02 de octubre de 2018 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; y lo previsto en el Decreto Exento N° 1436, de 29 de septiembre de 2020 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; y
N R / C G / D D / P C / S F / R D / P J / X X
DISTRIBUCIÓN:
División Jurídica
División de Administración y Finanzas Área de Tratamiento
Interesado
S-6364/21
CONSIDERANDO:
1.- Que, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, es el organismo encargado de la ejecución de las políticas en materia de prevención del consumo de estupefacientes, sustancias psicotrópicas e ingestión abusiva de alcohol, y de tratamiento, rehabilitación y reinserción social de las personas afectadas por dichos estupefacientes y sustancias psicotrópicas y, en especial, de la elaboración de una Estrategia Nacional de Drogas y Alcohol.
2.- Que, para tales efectos y para cumplir con los objetivos y funciones señaladas en el artículo 19 letra j de la Ley N° 20.502, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, se encuentra facultado para celebrar contratos con entidades públicas o privadas destinados a otorgar tratamiento y rehabilitar a personas afectadas por el consumo de drogas estupefacientes o sicotrópicas y alcohol.
3.- Que, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, licitó públicamente, la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol, a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, bajo el ID 662237-25-LR19, cuyas bases administrativas y técnicas fueron aprobadas mediante la Resolución N° 78, de fecha 00 xx xxxxx xx 0000, xx xxxx Servicio.
4.- Que, en el referido proceso de licitación, mediante Resolución Exenta N° 530, de fecha 13 xx xxxxxx de 2019, procedió a adjudicar la propuesta pública a diferentes entidades, entre las cuales se encuentran las siguientes:
Región | Consorcio | CENTRO | COMUNA | RESOLUCION |
Xxxxx | XXXXXX | XXXX XXXXX XXXXXXX | ARICA | RE-756/19 |
Tarapacá | SERPAJ | Centro Xxxxx | XXXXXXX | XX-000/00 |
Xxxxxxxx | PSICOFAM | PAI Xxxxxx Xxxxxx de Encantos | XXXXXX | XX-000/00 |
Xxxxxxxxxx | PSICOFAM | PAI IA Tierra Bella | RE-753/19 | |
O'Xxxxxxx | Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx | XXX IA Xxxxxxx Xxxxxxxx | XXXXXXXX | X-000/00 |
Xxxxx | Soc. Servicios Gamma Ltda | CIR Gamma Comunitario | XXXXX | XX-000/00 |
Xxxxx | Fundac. Paréntesis | Centro La Escalera | TALCA | RE-731/19 |
Biobío | Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx | XXX IA Riviera Xxxxxxxxxx | XXXXXXXXXX | R-113/19 |
La Araucanía | Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx | XXX IA Xxxxxxx Xxxxxx | XXXXXX | X-000/00 |
Xxx Xxxx | Corp. Lafken Profesionales | Antulemu Xxx Xxxxx | XXX XXXXX | X-000/00 |
Xxx Xxxx | Corp. Lafken Profesionales | Antulemu Xxxxxxxx | XXXXXXXX | R-114/19 |
5.- Que, en virtud del mecanismo de renovación de contratos previsto en el numeral 2.1 y siguientes de las bases administrativas aprobadas mediante la Resolución N° 78, ya individualizada, por medio de Resolución Exenta N° 3, de fecha 03 de enero 2021, de Senda, y en virtud de los motivos que se detallan en el referido acto administrativo, se dio curso al proceso de renovación de contratos que se indican en la referida resolución exenta, para la compra de meses de planes de tratamiento para Niños, Niñas y Adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol.
6.- Que, en razón del proceso indicado en el considerando anterior, con fecha 29 xx xxxxx de 2021, SENDA y Corporación Servicio Paz y Justicia SERPAJ Chile, suscribieron un instrumento de renovación contrato de prestación de servicios para la compra de meses de planes de tratamiento para Niños, Niñas y Adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol, por 24 meses, esto es, desde el 01 de julio de 2021 hasta el 30 xx xxxxx de 2023.
7.-Que, en conformidad a lo precedentemente expuesto, procede la expedición del correspondiente acto administrativo que apruebe el señalado instrumento de renovación de contrato, razón por la cual;
RESUELVO:
PRIMERO: Apruébese la renovación de contrato suscrita con fecha 29 xx xxxxx de 2021 entre SENDA y Corporación Servicio Paz y Justicia SERPAJ Chile para la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol.
SEGUNDO: El gasto máximo total que irrogará para el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, la renovación de contrato de prestación de servicios que se aprueba por la presente Resolución, ascenderá a la cantidad de $445.408.560.-
Con todo, el gasto máximo que irrogará para el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, el contrato de prestación de servicios que se aprueba por la presente Resolución, durante el año 2021, ascenderá a la cantidad de $ 111.352.140.
Sin perjuicio de lo anterior, el monto total de la asignación inicial para el período 2021- 2023, corresponde a la cantidad de $371.173.800. Por su parte, el gasto que irrogará la asignación inicial para este Servicio Nacional durante el año 2021, asciende a la cantidad de $ 92.793.450.
El gasto antes indicado se financiará con cargo a los recursos consultados en la partida
05-09-01-24-03-001 del Presupuesto del año 2021.
Se deja expresa constancia que la cantidad de meses de planes de tratamiento que se contratarán durante los años 2022 y 2023, queda sujeta a la disponibilidad presupuestaria que establezca la Ley de Presupuestos para el sector público correspondiente a dichos años.
TERCERO: El texto de la renovación de contrato que se aprueba por el presente acto administrativo, es el siguiente:
RENUEVA CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS ENTRE
EL SERVICIO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y REHABILITACIÓN DEL CONSUMO DE DROGAS Y ALCOHOL,
SENDA
Y
CORPORACIÓN SERVICIO PAZ Y JUSTICIA SERPAJ CHILE,
PARA LA COMPRA DE MESES DE PLANES DE TRATAMIENTO PARA NIÑOS, NIÑAS Y/O ADOLESCENTES CON CONSUMO PROBLEMÁTICO DE DROGAS Y ALCOHOL,
PARA EL PERIODO 2021-2023
En Santiago de Chile, a 29 xx xxxxx de 2021, entre el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, en adelante indistintamente “El Servicio” o “SENDA”, RUT Nº 00.000.000-0, representado por su Director Nacional xxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, ambos domiciliados en Xxxxxxxxx Xx 0000, xxxx 0, xxxxxx x xxxxxx xx Xxxxxxxx, por una parte, y Corporación Servicio Paz y Justicia SERPAJ Chile, RUT N° 00.000.000-0, en adelante también “Corporación SERPAJ Chile”, “La Entidad” o “El Contratista”, representada por Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, ambos domiciliados en Xxxxxx Xx 0000, xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, por la otra, se ha convenido en lo siguiente:
PRIMERO: ANTECEDENTES GENERALES:
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, es el organismo encargado de la ejecución de las políticas en materia de prevención del consumo de estupefacientes, sustancias psicotrópicas e ingestión abusiva de alcohol y de tratamiento, rehabilitación y reinserción social de las personas afectadas por dichos estupefacientes y sustancias psicotrópicas y, en especial, de la elaboración de una Estrategia Nacional de Drogas y Alcohol.
Para estos efectos y para cumplir con los objetivos y funciones señaladas en la Ley N° 20.502, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, se encuentra facultado para celebrar convenios con entidades públicas o privadas destinados a otorgar tratamiento y rehabilitar a personas afectadas por la drogadicción y el alcoholismo.
Dentro del contexto descrito, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, se procedió a licitar públicamente, la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol, a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, bajo el ID 662237-25-LR19, cuyas bases administrativas y técnicas fueron aprobadas mediante la Resolución N° 78, de fecha 00 xx xxxxx xx 0000, xx xxxx Servicio.
En el referido proceso de licitación, mediante la Resolución Exenta N° 530, de fecha 00 xx xxxxxx xx 0000, xx xxxx Servicio, se adjudicaron diferentes propuestas públicas, entre las cuales se encuentran las siguientes:
Región | Consorcio | CENTRO | COMUNA | RESOLUCION |
Xxxxx | XXXXXX | XXXX XXXXX XXXXXXX | ARICA | RE-756/19 |
Tarapacá | SERPAJ | Centro Xxxxx | XXXXXXX | XX-000/00 |
Xxxxxxxx | PSICOFAM | PAI Xxxxxx Xxxxxx de Encantos | XXXXXX | XX-000/00 |
Xxxxxxxxxx | PSICOFAM | PAI IA Tierra Bella | RE-753/19 | |
O'Xxxxxxx | Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx | XXX IA Xxxxxxx Xxxxxxxx | XXXXXXXX | X-000/00 |
Xxxxx | Soc. Servicios Gamma Ltda | CIR Gamma Comunitario | XXXXX | XX-000/00 |
Xxxxx | Fundac. Paréntesis | Centro La Escalera | TALCA | RE-731/19 |
Biobío | Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx | XXX IA Riviera Xxxxxxxxxx | XXXXXXXXXX | R-113/19 |
La Araucanía | Fundac. Xxxxxx Xxxxxxxxx | XXX IA Xxxxxxx Xxxxxx | XXXXXX | X-000/00 |
Xxx Xxxx | Corp. Lafken Profesionales | Antulemu Xxx Xxxxx | XXX XXXXX | X-000/00 |
Xxx Xxxx | Corp. Lafken Profesionales | Antulemu Xxxxxxxx | XXXXXXXX | R-114/19 |
Conforme a lo establecido en el número 2.1, del subtítulo 2 sobre “Duración de los servicios”, del título I de las bases administrativas y técnicas, el plazo de ejecución de los
servicios licitados “se extenderá desde la fecha que indique el contrato y hasta el 30 xx xxxxx de 2021”.
Sin perjuicio de lo anterior, y de lo establecido en el artículo 12 del Decreto N° 250 del Ministerio de Hacienda, que aprobó el reglamento de la Ley N° 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, en el numeral 2.2, del mismo subtítulo de las referidas bases, se dispuso que “los contratos que se suscriban con los oferentes seleccionados, podrán ser renovados por un plazo máximo de 24 meses, esto es, desde el 01 de julio de 2021 hasta el 30 xx xxxxx de 2023”.
Así las cosas, por medio de Resolución Exenta N° 3, de fecha 03 de enero 2021, de Senda, y en virtud de los motivos que se detallan en el referido acto administrativo, se dio curso al proceso de renovación de contratos que se indican en el cuadro adjunto en el presente considerando, para la compra de meses de planes de tratamiento para Niños, Niñas y Adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol.
En razón de lo anterior, las partes comparecientes vienen, por este acto, a manifestar su conformidad en cuanto a renovar los meses de planes de tratamiento que se señalan en la cláusula tercera del presente instrumento y, en este sentido, la Entidad se compromete a ejecutar la cantidad de meses de planes de tratamiento allí señaladas y el Servicio, a su vez, a pagar por ello.
La Entidad, por su parte, acepta la labor encomendada en los términos referidos y se obliga a ejecutarla en la forma y condiciones que se estipulan en los documentos que a continuación se indican:
1.- Las Bases Administrativas y Técnicas de Propuesta Pública para contratar la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol, para el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA aprobadas mediante la Resolución N° 78, de fecha 00 xx xxxxx xx 0000, xx xxxx Servicio, en adelante indistintamente “bases administrativas y técnicas” o “bases de licitación”.
2.- La(s) Propuesta(s) Técnica(s) presentada(s) por “La Entidad”, para contratar la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol, presentada(s) para la(s) línea(s) de servicio N° 2.
3.- Las aclaraciones, preguntas y respuestas efectuadas en el proceso de la propuesta pública correspondiente al ID N°662237-25-LR19.
4.- La Resolución Exenta N° 530, de fecha 00 xx xxxxxx xx 0000, xx xxxx Servicio, que adjudicó la propuesta pública, y declara inadmisibles ofertas y desiertas líneas de servicios correspondientes al ID N° 662237-25-LR19.
5.- La Resolución Exenta N° 3, de fecha 03 de enero de 2021, de Senda, que dio curso al proceso de renovación de contratos que se indican para la compra de meses de planes de tratamiento para Niños, Niñas y Adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol.
6.- La Resolución Exenta N° 793, de fecha 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xx Xxxxx, que aprobó contrato de prestación de servicios suscrito con fecha 27 de septiembre de 2019, entre el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA y Corporación SERPAJ Chile para la compra de meses de planes de tratamiento para niños, niñas y/o adolescentes con consumo problemático de drogas y alcohol.
SEGUNDO: DE LA APROBACIÓN DEL CONTRATO Y EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS
La presente renovación de contrato, deberá ser aprobada a través del correspondiente acto administrativo y comenzará a regir a contar de la fecha de total tramitación del mismo.
Sin perjuicio de lo anterior, y en conformidad a lo dispuesto en los números 2.2 de las Bases Administrativas y Técnicas, por razones de buen servicio, se podrá comenzar a prestar el servicio desde el día 01 de julio de 2021, y con anterioridad a la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.
En consecuencia, el plazo de ejecución del servicio objeto del presente instrumento, se extenderá desde el 01 de julio hasta el día 30 xx xxxxx de 2023. Durante este período, la entidad deberá, a través del (los) establecimiento(s) de su dependencia, realizar la actividad correspondiente a la(s) línea(s) de servicio, por tipo de plan y por establecimiento, según se indica en la siguiente clausula.
TERCERO: DE LOS MESES DE PLANES DE TRATAMIENTO CONTRATADOS
A. Conforme al numeral 2.3 de las bases de licitación, letra b), párrafo cuarto, “una vez presentados los antecedentes requeridos, SENDA y la entidad respectiva, celebrarán la renovación de contrato, instrumento en que se dejará constancia de la nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento presentada, de la asignación inicial y tope máximo de acuerdo a los números 1.4 y 1.5…”.
Por consiguiente, en función de lo establecido en el N° 1.5 de las bases administrativas y técnicas, por este acto se establece que el tope máximo de meses planes de tratamiento que la entidad podrá realizar, en conformidad a este contrato, es el siguiente:
Año | Región | Prestador | Establecimiento | PAI IA | PR IA | Presupuesto Anual línea |
2021 | Tarapacá | Corporación Servicio Paz y Justicia SERPAJ Chile | PAI IA Centro Xxxxx | 000 | - | $ 111.352.140 |
2022 | Tarapacá | Corporación Servicio Paz y Justicia SERPAJ Chile | PAI IA Centro Xxxxx | 000 | - | $ 222.704.280 |
2023 | Tarapacá | Corporación Servicio Paz y Justicia SERPAJ Chile | PAI IA Centro Xxxxx | 180 | - | $ 111.352.140 |
TOTAL 2021 | 180 | - | 111.352.140 |
TOTAL 2022 | 360 | - | 222.704.280 |
TOTAL 2023 | 180 | - | 111.352.140 |
TOTAL GRAL. | 720 | - | $ 445.408.560 |
En tal sentido, el monto máximo de la presente renovación de contrato para el periodo 2021
– 2023 ascenderá a la cantidad de $ 445.408.560.-
B. Por otra parte, en conformidad a la asignación inicial, establecida en el N° 1.4 de las bases de licitación, por este acto la entidad se compromete a realizar entre los años 2021 y 2023, los siguientes meses de planes de tratamiento:
Año | Región | Prestador | Establecimiento | PAI IA | PR IA | Presupuesto Anual línea |
2021 | Tarapacá | Corporación Servicio Paz y Justicia SERPAJ Chile | PAI IA Centro Xxxxx | 000 | - | $ 92.793.450 |
2022 | Tarapacá | Corporación Servicio Paz y Justicia SERPAJ Chile | PAI IA Centro Xxxxx | 000 | - | $ 185.586.900 |
2023 | Tarapacá | Corporación Servicio Paz y Justicia SERPAJ Chile | PAI IA Centro Xxxxx | 150 | - | $ 92.793.450 |
TOTAL 2021 | 150 | - | 92.793.450 |
TOTAL 2022 | 300 | - | 185.586.900 |
TOTAL 2023 | 150 | - | 92.793.450 |
TOTAL GRAL. | 600 | - | $ 371.173.800 |
Las partes dejan constancia que el precio mensual por cada unidad de mes de plan de tratamiento, es el siguiente:
PRECIOS POR UNIDAD DE MES DE PLAN DE TRATAMIENTO | |
Plan Ambulatorio Intensivo Infanto Adolescente PAI IA | Plan Residencial Infanto Adolescente PR IA |
$618.623 | $794.465 |
El precio podrá ser reajustado en el mes de diciembre de 2021 y diciembre de 2022, y comenzará a regir en el mes de enero de 2022 y enero de 2023, respectivamente. La cuantía de dicho reajuste será fijada en la época indicada previamente, teniendo como factores referenciales el reajuste que experimente el Índice de Precios al Consumidor de los últimos doce meses y la disponibilidad presupuestaria de acuerdo a la Ley de Presupuesto del Sector Público del año correspondiente. Los reajustes serán notificados a la Entidad una vez totalmente tramitado el acto administrativo que los aprueba, sin la necesidad de modificar el presente instrumento de renovación.
Con todo, los recursos que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, destinará por cada unidad de mes de plan de tratamiento, estarán sujetos a lo que establezca la Ley de Presupuesto para el Sector Público para el respectivo año, reservándose este Servicio la facultad de ajustar el número de meses de planes de tratamiento mediante resolución fundada.
CUARTO: DURACIÓN DEL CONTRATO
El plazo de ejecución del servicio se extenderá desde el 01 de julio de 2021 hasta el 30 xx xxxxx de 2023. Durante este periodo el contratista deberá realizar la actividad correspondiente según se detalle en el presente acuerdo.
QUINTO: DE LAS REASIGNACIONES.
SENDA comunicará periódicamente a los prestadores el número de meses de planes de tratamiento requeridos para cada periodo, cuyo límite corresponderá al tope máximo de meses de planes de tratamiento establecido en la cláusula tercera del presente instrumento.
En conformidad a lo señalado en la cláusula décimo quinta del contrato, en el caso de ser renovado el contrato, cuyo es el caso, las fechas de reasignación ordinaria serán las siguientes:
Reasignación | Periodo a evaluar |
Enero 2022 | Julio – diciembre de 2021 |
Julio 2022 | Enero – junio de 2022 |
Enero 2023 | Julio – diciembre de 2022 |
En todo lo demás que sea concerniente a las reasignaciones, se estará a lo dispuesto en el contrato suscrito el 27 de septiembre de 2019.
SEXTO: DE LA GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO
Para garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones que emanan de la presente renovación de contrato, así como también las obligaciones laborales y previsionales para con sus trabajadores y multas, Corporación SERPAJ Chile, de acuerdo a lo prescrito en el numeral 7.4 de las bases de licitación, ha entregado al Servicio una garantía, consistente en una Póliza de Garantía, emitido por HDI Seguros, identificado con el N° de Póliza 167658, por un monto total de $22.270.428, con una vigencia hasta el 30 de noviembre de 2023, tomado a favor del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación para el Consumo de Drogas y Alcohol, para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones del presente contrato, así como también las obligaciones laborales y sociales con sus trabajadores y multas, garantizando la(s) línea(s) de servicio(s) N° 2.
SÉPTIMO: REMISION AL CONTRATO ANTERIOR
En todo lo relativo a los servicios y prestaciones, contenido técnico-clínico, obligaciones generales de contratación, cumplimiento de obligaciones laborales, otras obligaciones, pago, sistema de información y gestión de tratamiento (SISTRAT), disponibilidad del personal ofertado, supervisión de los servicios, modificación del contrato, efectos derivados del incumplimiento del contrato y jurisdicción, se estará a lo pactado en el contrato suscrito con fecha 27 de septiembre de 2019, aprobado por Resolución Exenta N° 793, ya individualizada.
OCTAVO: DE LAS PERSONERÍAS
La personería de xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx para actuar en representación de Corporación Servicio Paz y Justicia SERPAJ Chile, consta en Acta de Reunión Extraordinaria de Directorio N° 251, de fecha 11 de diciembre de 2017, reducida a escritura pública de fecha 13 de diciembre de 2017, otorgada ante Notario suplente doña Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx.
La representación con la que comparece xxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, como Director Nacional del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, consta en el Decreto N°1307, de fecha 02 de octubre de 2018, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
NOVENO: COPIAS
El presente contrato se firma en dos ejemplares de idéntico tenor y fecha, quedando uno en poder de la Entidad, y uno en poder del Servicio.
Firman: Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx. Representante Legal. Corporación Servicio Paz y Justicia SERPAJ Chile. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx. Director Nacional. Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
ANÓTESE, REFRÉNDESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EL PORTAL XXX.XXXXXXXXXXXXXX.XX
DIRECTOR NACIONAL
SERVICIO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y REHABILITACIÓN DEL CONSUMO
DE DROGAS Y ALCOHOL