Contract
Los suscritos, XXXXX, identificada con la cédula de ciudadanía número XXXXXXXXXXXX expedida en Bogotá, actuando en calidad de XXXXXXX del Representante Legal de la FIDUCIARIA COLOMBIANA DE COMERCIO EXTERIOR S.A. – FIDUCOLDEX para Asuntos del Fideicomiso PROCOLOMBIA, constituido a través de contrato xx Xxxxxxx Mercantil mediante la Escritura Publica No. 8851 del 5 de noviembre de 1992 de la Notaria Primera de Bogotá D.C., y por tanto comprometiendo única y exclusivamente el patrimonio del citado Fideicomiso, con NIT. 830.054.060-5, quien en adelante se denominará PROCOLOMBIA, por una parte, y por la otra parte , identificado con la cédula de ciudadanía número
expedida en , quien actúa en calidad de Representante Legal de la empresa , identificada con NIT. No , quien en adelante se denominará LA EMPRESA BENEFICIARIA, acordamos suscribir el presente acuerdo de apoyo técnico (en adelante el “Acuerdo”), habiendo sido seleccionados en el marco de la convocatoria para empresas beneficiarias del programa Fábricas de Internacionalización, tal como se evidencia en el aviso de seleccionados publicado en la página web xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/, para ser beneficiado del programa mencionado (en adelante el “Programa”). Lo anterior, luego de la postulación libre y voluntaria de LA EMPRESA BENEFICIARIA.
CONSIDERACIONES
PRIMERA: A través del eje de exportaciones de ProColombia se apoya a las empresas en la identificación de oportunidades xx xxxxxxx, el diseño de estrategias de penetración de mercados, internacionalización de las empresas y acompañamiento en el diseño de planes de acción. Con el fin de apoyar estas iniciativas la Presidencia de la República por medio del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo con la política de Colombia Exporta más, delegó a ProColombia para liderar el programa de Fábricas de Internacionalización, una oferta robusta que cuenta con diferentes líneas de intervención en empresas para desarrollar y mejorar su capacidad exportadora. El objetivo es incrementar las exportaciones no minero energéticas del país, fomentar la cultura exportadora y ampliar el tejido empresarial exportador.
SEGUNDA: Fábricas de Internacionalización es un programa que cuenta con seis líneas de servicio para fortalecer los procesos de internacionalización, a través del cual se busca que las micro, pequeñas, medianas y grandes empresas logren acelerar los procesos de exportación e ingresar a nuevos mercados de manera sostenible, estructurada y competitiva.
TERCERA: El rol de PROCOLOMBIA es liderar el proceso de validación, intervención y evaluación de las empresas que formen parte de Fábricas de Internacionalización, así como hacer uso eficiente de la información que resulte de este proceso, en consecuencia, PROCOLOMBIA dispondrá de un equipo especializado dedicado a coordinar el programa, que incluye expertos en cada línea de servicio para el cumplimiento de los objetivos previstos.
CUARTA: Las empresas interesadas en hacer parte del Programa deberán contar con una suma disponible de recursos, para ejecutar a manera de cofinanciación mediante la modalidad de reembolso , que podrá ser de hasta noventa por ciento (90%) del aporte, según los términos establecidos dentro de la convocatoria, que pueden ser consultados en xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/
QUINTA: Las actividades objeto de cofinanciación del programa, pueden ser consultadas en el documento “Invitación a Empresas para ser beneficiarias del programa Fábricas de Internacionalización” alojado en la página web xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/.
SEXTA: La EMPRESA BENEFICIARIA está interesada en hacer parte del Programa y se compromete a cumplir con todas las obligaciones establecidas en el Acuerdo.
Que, por virtud de lo anterior, las PROCOLOMBIA y la EMPRESA BENEFICIARIA celebran el presente Acuerdo, de manera libre y voluntaria, entendiendo todos los alcances de las estipulaciones aquí contenidas; Acuerdo que se regirá por las siguientes:
CLÁUSULAS
CLÁUSULA PRIMERA. - OBJETO: Como resultado del presente Acuerdo, PROCOLOMBIA se compromete a desarrollar las actividades y prestar los servicios de asesoría inherentes a las líneas de servicio que son de interés de la EMPRESA BENEFICIARIA, que son mencionadas dentro del presente Acuerdo y hacen parte del Programa.
CLÁUSULA SEGUNDA. - ALCANCE: Con la suscripción del Acuerdo se entiende la aceptación expresa, plena, sin reserva y con el compromiso de cumplimiento por parte de LA EMPRESA BENEFICIARIA en todos y cada uno de los términos y condiciones que se establecen para el programa, publicados en la página web para ser beneficiarios del programa Fábricas de Internacionalización, con la postulación efectuada por LA EMPRESA BENEFICIARIA, recibida a través de la página web, se compromete a cumplir con las obligaciones según la (s) línea (s) de servicio seleccionada (s) de acuerdo con el siguiente cuadro:
No. | Línea de Servicio | Marque con una (X) |
1 | Empresas de Excelencia Exportadora 3E | |
2 | COMEX 360 | |
3 | Consorcios de Exportación | |
4 | Proyectos Sostenibles | |
5 | Mentor | |
6 | Expansión Internacional |
LA EMPRESA BENEFICIARIA tiene derecho a contar hasta con doce (12) meses de asesoría especializada y podrá acceder hasta a tres (3) líneas de servicio definidas, en conjunto con el asesor de PROCOLOMBIA, estipuladas en el presente Acuerdo de Apoyo Técnico.
LA EMPRESA BENEFICIARIA entiende y acepta que se podrán cofinanciar únicamente aquellas actividades dentro de las distintas líneas de servicio comprometidas establecidas en los términos de la convocatoria, relacionadas dentro del plan de trabajo estructurado con el asesor y con el monto máximo de
cofinanciación determinado por la línea de mayor valor a cofinanciar, lo anterior de conformidad con los términos de la convocatoria xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/
LA EMPRESA BENEFICIARIA entiende y acepta que dada la coyuntura actual generada por el COVID-19 y conexas, las sesiones previstas por PROCOLOMBIA para el desarrollo de las diferentes actividades de cada una de líneas de servicio se realizarán de forma virtual; condición que se mantendrá hasta tanto medie un nuevo pronunciamiento por parte de PROCOLOMBIA, el cual hará parte integral del presente documento.
PARÁGRAFO: En el evento que se aumente o se disminuya la cantidad de líneas de servicio o se cambie la línea de servicio, deberá mediar el respectivo otrosí donde quede constancia de tal situación.
CLÁUSULA TERCERA. - OBLIGACIONES DE LA EMPRESA BENEFICIARIA: Son obligaciones de LA
EMPRESA BENEFICIARIA en desarrollo del presente acuerdo:
3.1. OBLIGACIONES GENERALES DE LA EMPRESA BENEFICIARIA:
3.1.1. Adelantar todas las acciones tendientes para diseñar y poner en marcha el plan de trabajo establecido por PROCOLOMBIA acorde a la línea (s) de servicio (s) seleccionada (s).
3.1.2. Contar con la disponibilidad, el personal idóneo para recibir las asesorías acordadas y llevar a cabo las actividades que requiera el programa; ya que son consideradas como obligatorias para hacer efectivo el proceso de reembolso.
3.1.3. Asumir la inversión correspondiente en el plan de trabajo. Lo anterior con el fin de cumplir la normatividad y requisitos exigidos por los mercados o compradores internacionales cuando ello se requiera.
3.1.4. Permitir realizar el seguimiento al asesor de PROCOLOMBIA y a la EMPRESA INTERVENTORA seleccionada por PROCOLOMBIA para el cumplimiento de las obligaciones a cargo de las EMPRESAS BENEFICIARIAS.
3.1.5. Contar con los recursos de contrapartida necesarios para la ejecución del plan de trabajo, cuando aplique.
3.1.6. Adecuar sus productos o servicios e instalaciones productivas para cumplir con los requisitos técnicos y normas internacionales de calidad cuando así se requiera como parte del desarrollo del Programa;
3.1.7. Aceptar que la (s) línea (s) de servicio seleccionada (s) se estructurarán de acuerdo con la información que entregue y estarán bajo su responsabilidad conforme a su estrategia de internacionalización.
3.1.8. Garantizar el cumplimiento de los compromisos, tareas, y demás procesos requeridos por cada una de las etapas de la (s) línea (s) de servicio seleccionada (s).
3.1.9. Disponer de herramientas tecnológicas e instalaciones adecuadas para llevar a cabo las sesiones virtuales y presenciales según lo pactado en el plan de trabajo y cuando así se determine en la (s) línea (s) de servicio seleccionada (s).
3.1.10. Reconocer y aceptar que las funciones de PROCOLOMBIA en este programa son de medio y no de resultado, es decir que el cumplimiento del plan de trabajo no será responsabilidad de
PROCOLOMBIA, ni de sus funcionarios/asesores o consultor que se asigne para llevar a cabo el apoyo al empresario y por lo tanto los exonera de toda responsabilidad en la concreción del plan de trabajo.
3.1.11. Disponer de recursos económicos, cuando aplique, para sufragar los gastos que le permitan participar en eventos o actividades comerciales, así como también asumir por su cuenta y riesgo todos los gastos no especificados y/o no cubiertos por PROCOLOMBIA para el desarrollo de la (s) línea (s) de servicio seleccionada (s).
3.1.12. Proporcionar el apoyo y dedicación necesaria a la gestión que va a realizar el asesor de PROCOLOMBIA facilitando la información y documentación requerida para desarrollar las actividades del plan de trabajo, información que será tratada con total discreción y confidencialidad por parte de PROCOLOMBIA.
3.1.13. Reportar a PROCOLOMBIA los resultados generados por su participación en el programa. La participación de la empresa en el Programa de Fábricas de Internacionalización implicará informarle a PROCOLOMBIA los resultados cualitativos y cuantitativos, tales como: incremento de empleo, rentabilidad, ventas, las expectativas de negocio y/o exportaciones, entre otros, generados durante el periodo que dure el acompañamiento y posterior a la intervención. Para esto los asesores de PROCOLOMBIA entregarán los respectivos formatos, de manera trimestral, por al menos dos (2) años después de finalizada la intervención. Estos deberán ser diligenciados por LA EMPRESA BENEFICIARIA en un máximo de quince 15 días calendario después de enviado. El envío de esta información por parte de LA EMPRESA BENEFICIARIA es de carácter obligatorio.
3.1.14. Aceptar las visitas de seguimiento presenciales y/o virtuales, en caso de que aplique, y solicitudes de control por parte de la EMPRESA INTERVENTORA, así como suministrar información solicitada por ésta y por el funcionario o consultor de PROCOLOMBIA con el fin de conocer los avances del plan de trabajo acorde a cada línea de servicio y la ejecución de los recursos cofinanciables.
3.1.15. Garantizar que los datos suministrados por LA EMPRESA BENEFICIARIA y su representante legal para participar en el programa son veraces, íntegros y actualizados. LA EMPRESA BENEFICIARIA es el único responsable por el suministro de los datos, en consecuencia, se somete a las responsabilidades administrativas y/o penales que la legislación colombiana tenga previstas para el efecto y que se deriven de cualquier reticencia o ausencia de integridad o veracidad de la información suministrada.
3.1.16. Solicitar el reembolso económico de conformidad con la convocatoria a empresas para ser beneficiarios del programa Fábricas de Internacionalización publicada en la página web xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/ y los procedimientos establecidos por PROCOLOMBIA o FIDUCOLDEX.
3.1.17. Constituir en favor de FIDUCÓLDEX como administrador de PROCOLOMBIA un seguro de cumplimiento en formato de entidades particulares, expedido por una compañía de seguros vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia, en el que figure como asegurado y/o beneficiario la Fiduciaria Colombiana de Comercio Exterior S.A. Fiducoldex, actuando como vocera del P.A. PROCOLOMBIA (NIT No. 830.054.060-5) cuyo objeto sea el de garantizar el cumplimiento de todas y cada una las obligaciones establecidas en el presente documento, de conformidad con lo establecido en la Cláusula Quinta del Acuerdo.
3.1.18. LA EMPRESA BENEFICIARIA reconoce y acepta que el asesor de PROCOLOMBIA o consultor referenciado por PROCOLOMBIA, solamente brindará su apoyo en las labores y gestiones que tengan que ver con el plan de trabajo encaminado a lograr el objetivo del programa Fábricas de Internacionalización acorde a la(s) línea(s) de servicio seleccionada(s).
3.1.19. LA EMPRESA BENEFICIARIA reconoce y acepta que el asesor de PROCOLOMBIA o consultor, cuando sea el caso, también apoyan a otras empresas que están en el programa, por lo que cualquier cambio de horario o actividad deberá ser previamente acordado y reprogramado según disponibilidad del asesor y la empresa.
3.1.20. LA EMPRESA BENEFICIARIA deberá informar por escrito a PROCOLOMBIA en un plazo no superior a ocho (8) días calendario, en caso de presentarse alguna situación anormal en la ejecución del programa, o cualquier incidencia, acontecimiento o situación que pueda afectar la ejecución de este.
3.1.21. LA EMPRESA BENEFICIARIA declara y acepta que ha sido informada que en caso de que incumpla injustificadamente las obligaciones del programa, será excluido de la participación del programa de Fábricas de Internacionalización en cualquiera de sus líneas y suspendido de los servicios que PROCOLOMBIA presta a las empresas colombianas por un período de seis (6) meses. El incumplimiento de las condiciones del programa se dará con la notificación de asesor de PROCOLOMBIA respaldado por el concepto de la EMPRESA INTERVENTORA, en la que certifique el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones asumidas por la EMPRESA BENEFICIARIA.
3.1.22. LA EMPRESA BENEFICIARIA declara y acepta que las obligaciones contenidas en el presente documento serán irrevocables y se mantendrán vigentes por un espacio de tiempo igual al plazo de ejecución de las actividades que componen todo el plan de trabajo definido hasta por un (1) año.
3.1.23. LA EMPRESA BENEFICIARIA manifiesta de manera libre, inequívoca, específica y expresa, su autorización para el tratamiento de datos de carácter personal que estén contenidos en la postulación y en sus anexos. Así mismo, que, como Representante Legal, responsable y encargado del tratamiento de datos de carácter personal de la información contenida en la postulación, cuento con las autorizaciones correspondientes de los titulares de datos personales que aparecen en la postulación y sus anexos para ser cedidos. Lo anterior en cumplimiento a los deberes y obligaciones establecidos por la Ley 1581 de 2012, por lo tanto, ante cualquier incumplimiento de dichos deberes y obligaciones responderé de manera directa y exclusiva.
3.1.24. La EMPRESA BENEFICIARIA es responsable de la contratación de un consultor externo que garantice la actividad objeto de cofinanciación, para las líneas de servicio que aplique. PROCOLOMBIA podrá sugerir consultores, sin embargo, es obligación de la EMPRESA BENEFICIARIA la libre selección de estos. Todos los costos relacionados con el consultor deben ser asumidos por la EMPRESA BENEFICIARIA (honorarios, manutención, desplazamientos, entre otros). No aplica para 3E - EMPRESAS DE EXCELENCIA EXPORTADORA
3.1.25. Permitir la revisión que pueda llevar a cabo el supervisor y/o EMPRESA INTERVENTORA
designado por PROCOLOMBIA.
3.2. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE LA EMPRESA BENEFICIARIA POR LA LÍNEA DE SERVICIO:
Son obligaciones específicas de LA EMPRESA BENEFICIARA en desarrollo del presente acuerdo:
3.2.1. 3E - EMPRESAS DE EXCELENCIA EXPORTADORA:
Rubro por cofinanciar | Actividad objeto de cofinanciación | Entregable para acreditar el cumplimiento de la actividad | % MIPYME | % empresa GRANDE | Monto máximo a cofinanciar COP |
Consultoría | Consultoría estructuración de modelo de negocio internacional | Avance de Actividades/ Plan de acción | 90% | 50% | $22.140.000 para la Mipyme y $12.300.000 para la grande |
Consultoría de costos (exclusivo para 3E Express) | Informe de consultoría (específicamente para 3E express) |
3.2.1.1. Asumir el 100% del costo de la línea de servicio en un único pago o realizar tres pagos de la siguiente manera:
i. PRIMER PAGO: Antes de iniciar la primera sesión o taller No. 1, LA EMPRESA BENEFICIARIA deberá pagar el 30% del valor de la línea al consultor referenciado por PROCOLOMBIA, correspondiente a la suma de Siete Millones Trescientos Ochenta Mil Pesos M/Cte. ($7.380.000)
ii. SEGUNDO PAGO: Antes de iniciar la tercera sesión o taller No. 3 se deberá cancelar el 40% del valor de la línea al consultor referenciado por PROCOLOMBIA, correspondiente a la suma de Nueve Millones Ochocientos Cuarenta Mil Pesos M/Cte. ($9.840.000)
iii. TERCER Y ÚLTIMO PAGO: Antes de iniciar la quinta sesión o taller No. 5, LA EMPRESA BENEFICIARIA deberá cancelar el 30% restante del valor de la línea, al consultor referenciado por PROCOLOMBIA correspondiente a la suma de Siete Millones Trescientos Ochenta Mil Pesos M/Cte. ($7.380.000).
3.2.1.2. Solicitar el reembolso de la línea de servicio de la siguiente manera:
iv. PRIMER REEMBOLSO: Durante el tercer mes o mes en que se desarrolla el taller No. 3, ProColombia tramitará el primer reembolso del 50% del valor a cofinanciar en la línea, correspondiente a la suma de Once Millones Setenta Mil Pesos M/Cte. ($11.070.000), siempre y cuando LA EMPRESA BENEFICIARIA (i) hubiese asistido a todas las sesiones de la línea llevadas a cabo hasta la fecha; (ii) hubiese realizado todos los ejercicios/actividades de la línea según el cronograma acordado y (iii) haber realizado los dos (2) primeros pagos correspondientes al valor del 70% de la línea.
v. SEGUNDO Y ÚLTIMO REEMBOLSO: Una vez la empresa entregue el plan de acción, el cual se estima se entregue al finalizar el taller No. 6, PROCOLOMBIA tramitará el segundo y último reembolso del 50% del valor a cofinanciar en la línea correspondiente a la suma de Once Millones Setenta Mil Pesos M/Cte. ($11.070.000), siempre y cuando LA EMPRESA BENEFICIARIA (i) Asistió a todas las sesiones llevadas a cabo; (ii) hubiese realizado todos los ejercicios/actividades de la línea; y, (iii) haber realizado los tres (3) pagos correspondientes al valor total del 100% de la línea.
3.2.1.3. Designar mediante comunicación escrita por parte del Representante Legal o Gerente de la EMPRESA BENEFICIARIA la persona responsable del equipo de trabajo que hará parte de la puesta en marcha de esta línea de servicio acorde a los lineamientos de la línea de servicio. En caso de cambiar a la persona se deberá notificar a PROCOLOMBIA y LA EMPRESA BENEFICIARIA deberá asumir la responsabilidad de actualizar los temas vistos dentro de la línea hasta la fecha de retiro de la anterior persona.
3.2.1.4. Garantizar que el equipo seleccionado participe en todas las sesiones previstas y ejecute las actividades planteadas según el cronograma de la línea, garantizando su participación durante los ejercicios.
3.2.1.5. Implementar en un plazo no superior a seis (6) meses luego de finalizada la fase 1 de la línea de servicio, el plan de acción que se dé como resultado de esta intervención estratégica.
3.2.1.6. Permitir la revisión de la documentación necesaria y los entregables que pueda requerir el supervisor, consultor y/o la EMPRESA INTERVENTORA referenciados por PROCOLOMBIA
3.2.1.7. Aceptar que la consultoría en la estructuración del modelo de negocio (i) Se realizara de forma virtual; (ii) Estará respaldada por la Universidad de los Andes o a quien PROCOLOMBIA referencie.
3.2.1.8. Aceptar que las sesiones de esta línea de servicio se desarrollarán en conjunto con otras empresas de manera simultánea, cada cohorte se iniciará con un grupo mínimo de doce (12) empresas, y con un tope máximo de veinte (20) empresas. Así mismo también habrá reuniones individuales a lo largo de la ejecución de la línea de servicio.
PARÁGRAFO: Cada empresa podrá participar con un máximo de seis (6) personas por cada sesión virtual.
3.2.2. COMEX 360:
Rubro por cofinancia r | Actividad objeto de cofinanciación | Entregable para acreditar el cumplimiento de la actividad | % MIPYM E | % empresa GRANDE | Monto máximo a cofinanciar COP |
Consultoría | Consultoría de costos | Informe de consultoría | 90% | 50% | $ 9.000.000 |
Validación de empaque y etiquetado | Informe de consultoría | ||||
Registros sanitarios | Expedición de registros |
Gestión e implementación de certificaciones para exportar | Informe de pre-auditoría, auditoría o la certificación | ||||
Identificación posición arancelaria ante la DIAN | Resolución de la DIAN | ||||
Manejo de mercancías peligrosas | Certificación del entrenamiento emitido por la entidad encargada | ||||
Registro de marcas | Documento de constitución de marca expedido por la entidad encargada | ||||
Profundización OEA /Asesorías con BASC para temas específicos en OEA y cursos avanzados para solucionar los puntos críticos identificados en la empresa en su autoevaluación OEA | Certificación de entrenamiento emitido por la entidad encargada | ||||
Consultoría especializada en aspectos legales y tributarios que implica realizar la exportación de servicios. (Elaboración de contratos, costos tributarios y asesoría legal) | Informe de consultoría y/o el contrato resultado de la consultoría. | ||||
Estrategia de marketing | Diseño del sitio web, validación de requisitos para el producto para un mercado objetivo, tienda en línea, identidad corporativa, estrategia de posicionamiento en redes sociales | Sitio web, portafolio digital, tienda en línea en sitio web, e informe de consultoría (Informe de la estrategia en redes sociales, imagen corporativa, requisitos para ingreso en mercados) |
3.2.2.1. Aceptar y comprometerse a crear un cargo a través de una nueva contratación si no existe dentro de la empresa o designación de una persona que cumpla con un perfil definido por LA EMPRESA BENEFICIARIA según la recomendación realizada por PROCOLOMBIA, la cual estará al frente del área de comercio exterior al momento de iniciar el plan de trabajo de la línea de servicio, y será la que continúe con el manejo del área. En caso de cambiar a la persona se deberá notificar a PROCOLOMBIA y LA EMPRESA BENEFICIARIA deberá
asumir la responsabilidad de actualizar los temas vistos dentro del Programa Fábricas de Internacionalización hasta la fecha de retiro de la anterior persona.
3.2.2.2. Entregar la información necesaria para llevar a cabo la estructuración del área de comercio exterior y el plan de trabajo, conforme a su objeto y estrategia comercial.
3.2.3. CONSORCIOS DE EXPORTACIÓN
Rubro por cofinanciar | Actividad objeto de cofinanciación | Entregable para acreditar el cumplimiento de la actividad | %MIPYME | %empresa GRANDE | Monto máximo a cofinanciar COP |
Consultoría | Consultoría de costos | Informe de la consultoría | 90% | 50% | $ 9.500.000 |
Consultoría legal | Informe de la consultoría | ||||
Estrategia de marketing | Diseño del sitio web, validación de requisitos para el producto para un mercado objetivo, tienda en línea, identidad corporativa, estrategia de posicionamiento en redes sociales | Sitio web, portafolio digital, tienda en línea en sitio web, e informe de consultoría (informe de la estrategia en redes sociales, imagen corporativa, requisitos para ingreso en mercados) |
3.2.3.1. Contar con la disponibilidad y el personal idóneo para invertir tiempo y dinero en los proyectos de exportación que se desarrollen a través del consorcio.
3.2.3.2. Estar dispuesto a trabajar en conjunto con los demás consorciados y asistir a las reuniones programadas.
3.2.3.3. Como el consorcio no tiene personería jurídica, no puede cancelar los servicios en nombre del consorcio sino a nombre de una empresa en representación del consorcio, la cual debe hacer parte del consorcio conformado según lo establecido en el reglamento interno. Para el reembolso, la empresa representante será la designada en cumplir con el procedimiento de reembolso de acuerdo con el instructivo señalado en el anexo 2. Se deberá comunicar de forma escrita al asesor de PROCOLOMBIA, quién será la empresa que actuará en representación del consorcio para realizar este trámite.
PARÁGRAFO PRIMERO: Los recursos destinados para esta línea de servicio corresponden al desarrollo de actividades cofinanciables estipuladas con el asesor de PROCOLOMBIA, impactando a la totalidad de empresas que hacen parte del consorcio y no para cada una de éstas. Queriendo decir que el monto total a cofinanciar por todas las empresas que conformarán el consorcio es de hasta Nueve Millones Quinientos Mil Pesos M/Cte. ($9.500.000)
PARÁGRAFO SEGUNDO: Esta línea está sujeta a disponibilidad de empresas aliadas dispuestas a realizar un consorcio de exportación, para cerrar en conjunto las brechas en el proceso de internacionalización.
PARÁGRAFO TERCERO: Esta línea está sujeta a su realización siempre y cuando se logre realizar alianzas entre mínimo tres (3) o más empresas para conformar un consorcio, a través de la manifestación de interés libre y voluntaria de la empresa. En el evento en el que en un plazo máximo de dos (2) meses no se encuentren las empresas correspondientes para la ejecución de esta línea, el presente acuerdo de apoyo técnico se dará por terminado.
PARÁGRAFO CUATRO: Aquellas empresas dentro del programa Fábricas deInternacionalización, que únicamente tomen la línea Consorcios de exportación como necesidad de acompañamiento y no otras líneas adicionales, deberán esperar confirmación de tener los otros integrantes de las empresas, antes de adquirir la póliza de cumplimiento. En todo caso, una vez confirmado, deberán entregar el documento equivalente en un plazo no mayor a diez días calendario
3.2.4. PROYECTOS SOSTENIBLES
Rubro por cofinanciar | Actividad objeto de cofinanciación | Entregable para acreditar el cumplimiento de la actividad | %MIPYME | %empresa GRANDE | Monto máximo a cofinanciar COP |
Consultoría | Consultoría de costos | Informe de la consultoría | 90% | 50% | $ 7.500.000 |
Estrategia de certificaciones internacionales | Informe de la consultoría y/o la certificación |
Estrategia de marketing | Estrategia de marketing: Diseño del sitio web, validación de requisitos para el producto para un mercado objetivo, tienda en línea, identidad corporativa, estrategia de posicionamiento en redes sociales | Sitio web, portafolio digital, tienda en línea en sitio web, e informe de consultoría (Informe de la estrategia en redes sociales, imagen corporativa, requisitos para ingreso en mercados) |
3.2.4.1. Ejecutar el plan de trabajo propuesto por PROCOLOMBIA.
3.2.4.2. Realizar los cambios y/o ajustes necesarios para la puesta en marcha del proceso exportador.
3.2.4.3. Cumplir a cabalidad con las reuniones definidas.
3.2.5. MENTOR
Rubro por cofinanciar | Actividad objeto de cofinanciación | Entregable para acreditar el cumplimiento de la actividad | %MIPYME | % empresa GRANDE | Monto máximo a cofinanciar COP |
Consultoría | Consultoría especializada en administración de cuentas de Amazon: estado de la cuenta actual (imágenes, descripciones, textos, palabras claves, reviews y feedbacks), diagnóstico de necesidades, apoyo en promoción y estrategia de venta, selección de productos más potenciales, análisis de datos de la plataforma, y apoyo en la etapa de crecimiento | Informe de consultoría | 90% | 50% | $ 8.500.000 |
Estrategia de certificaciones internacionales | Informe de consultoría y/o certificación | ||||
Consultoría de costos | Informe de consultoría | ||||
Estrategia de marketing | Estrategia de marketing: Diseño del sitio web, validación de requisitos para el producto para un mercado objetivo, tienda en línea, identidad corporativa, estrategia de posicionamiento en redes sociales | Sitio web, portafolio digital, tienda en línea en sitio web, e informe de consultoría (Informe de la estrategia en redes sociales, imagen corporativa, requisitos para ingreso en mercados) | |||
Tiquetes | Tiquete: Misión Mentor Internacional | Compra de tiquetes (*), carta de compromiso actividad, informe de la empresa acerca de la actividad |
3.2.5.1. En el caso del Mentor:
3.2.5.1.1. Definir los temas en los que hará transferencia de conocimiento a los mentoriados.
3.2.5.1.2. Acompañar el proceso y desarrollo de la línea de servicio.
3.2.5.2. En el caso del Mentoriado:
3.2.5.2.1. Asistir a la totalidad de las sesiones programadas.
3.2.5.2.2. Desarrollar las tareas y actividades propuestas durante las sesiones.
3.2.5.2.3. Implementar el plan de trabajo que se derive del ejercicio.
3.2.5.2.4. Realizar visitas de campo cuando aplique y según lo acordado en el plan de trabajo.
3.2.5.2.5. Si el representante legal selecciona Colombia a un Clic dentro de la línea de servicio MENTOR:
• La EMPRESA BENEFICIARIA se compromete a realizar las actividades señaladas tanto por el Marketplace como por PROCOLOMBIA dentro del cronograma del plan de trabajo para constituir la cuenta/tienda de vendedor en dicha plataforma de comercio electrónico y lograr vender adecuadamente cumpliendo compromisos y tiempos.
• La EMPRESA BENEFICIARIA se compromete a asumir por su propia cuenta todos los costos relacionados con el Marketplace como por ejemplo pago
mensual de la cuenta, bodegaje o flete según sea necesario, comisiones, entre otros costos de la cuenta.
• La EMPRESA BENEFICIARIA, declara y acepta que he sido informado que, en caso de incumplir injustificadamente, a criterio de PROCOLOMBIA o el Marketplace los compromisos adquiridos a través de este documento podrá ser excluido de la participación en esta línea.
• La EMPRESA BENEFICIARIA, declara y acepta que, de acuerdo con las políticas de PROCOLOMBIA, todo lo correspondiente a la organización logística para la participación en esta línea, es competencia de la EMPRESA BENEFICIARIA que representa.
• La EMPRESA BENEFICIARIA declara y acepta que, será su responsabilidad la definición de la estrategia de exportación para el canal de E-Commerce.
PARAGRAFO PRIMERO: LA EMPRESA BENEFICIARIA entiende y acepta que dada la coyuntura actual generada por el COVID-19 y dado que las sesiones previstas por PROCOLOMBIA para el desarrollo de las diferentes actividades de cada una de líneas de servicio se realizará de forma virtual. La Compra de tiquetes no será reconocido como un rubro cofinanciable durante el tiempo que dure está coyuntura y hasta tanto medie un nuevo pronunciamiento por parte de PROCOLOMBIA.
PARÁGRAFO SEGUNDO: Para la línea de servicios Mentor, la implementación de ésta depende de la existencia de empresas mentoras disponibles, interesadas y que se ajusten a las necesidades de las empresas dispuestas a ser mentoriadas. Asimismo, el desarrollo de la línea depende de la existencia e interés de las empresas mentoriadas que se ajusten a los requisitos expuestos por la empresa mentora. Es por esto, que PROCOLOMBIA no puede garantizar la ejecución de esta línea sin antes realizar la respectiva validación de la disponibilidad y el interés de mentores y mentoriados.
PARÁGRAFO TERCERO: Aquellas EMPRESAS BENEFICIARIAS dentro del programa Fábricas de Internacionalización, que únicamente tomen la línea Mentor como necesidad de acompañamiento y no otras líneas adicionales, deberán esperar confirmación de tener las otras empresas de la línea (mentor y mentoriado), antes de adquirir la póliza de cumplimiento. En todo caso, una vez confirmado, deberán entregar el documento equivalente en un plazo no mayor a diez días calendario.
PARÁGRAFO CUARTO: En el evento en el que en un plazo máximo de dos (2) meses no se encuentre el mentor o el mentoriado correspondiente para la ejecución de esta línea, el presente acuerdo de apoyo técnico se dará por terminado.
3.2.6. EXPANSIÓN INTERNACIONAL
Rubro por cofinanciar | Actividad objeto de cofinanciación | Entregable para acreditar el cumplimiento de la actividad | % MIPYME | %empresa GRANDE | Monto máximo a cofinanciar COP |
Consultoría | Asesoría legal en el proceso de constitución de la empresa en el exterior, que puede incluir alguno de estos documentos o trámites dependido de la necesidad de la empresa: registro de la compañía ante la entidad encargada, licencias de operación y/o de importación, registro de marcas, registros sanitarios en el exterior, apertura de cuentas bancaria, servicios contables y administrativos, servicio de representación legal * No incluye visado* | Factura prestación de servicio consultoría legal y/o certificación de expansión (formato de calidad de ProColombia). | 90% | 50% | $ 9.500.000 |
Consultoría en precios de transferencia | Informe de la consultoría | ||||
Consultoría tributaria y legal para industrias 4.0 | Informe de la consultoría | ||||
Tiquetes | Tiquetes: Misión Expansión Internacional | Compra de tiquetes (*), carta de compromiso actividad, informe de la |
empresa acerca de la actividad |
3.2.6.1. Estar dispuesto a evaluar los distintos escenarios de instalación en el mercado objetivo. El resultado del ejercicio puede ser positivo o puede resultar como no estratégico en el momento de estudio, esta decisión de instalación en el mercado objetivo debe ser tomada exclusivamente por la EMPRESA BENEFICIARIA. Esta decisión debe ser informada al funcionario de PROCOLOMBIA y debe ser oficializada en un formato designado para tal fin.
3.2.6.2. Asumir todos los gastos relacionados en el proceso de instalación en el mercado objetivo y deberá contar con una persona o equipo encargado de llevar a cabo toda la evaluación del proceso de expansión.
3.2.6.3. PROCOLOMBIA facilitará las herramientas en materia de información y de relacionamiento con aliados clave para apoyar la incursión en el mercado objetivo y disminución del riesgo que este proceso acarrea. PROCOLOMBIA facilitará el relacionamiento con proveedores externos como abogados, contadores, operadores logísticos, espacios de coworking, y demás proveedores, siempre y cuando la EMPRESA BENEFICIARIA haya entendido y acepte la responsabilidad al momento de negociar con el proveedor. PROCOLOMBIA no está en la facultad de suministrar asesoría legal de ninguna especie ni de responsabilizarse por las negociaciones efectuadas entre empresa y proveedor.
3.2.6.4. En ninguna circunstancia la empresa será apoyada por PROCOLOMBIA con el objetivo de cerrar sus operaciones en Colombia.
PARAGRAFO PRIMERO: LA EMPRESA BENEFICIARIA entiende y acepta que dada la coyuntura actual generada por el COVID-19 y dado que las sesiones previstas por PROCOLOMBIA para el desarrollo de las diferentes actividades de cada una de líneas de servicio se realizará de forma virtual. La Compra de tiquetes no será reconocido como un rubro cofinanciable durante el tiempo que dure está coyuntura y hasta tanto medie un nuevo pronunciamiento por parte de PROCOLOMBIA.
CLÁUSULA CUARTA. - OBLIGACIONES DE PROCOLOMBIA: Son obligaciones de PROCOLOMBIA en
desarrollo del presente acuerdo:
3.1. Xxxxxxx a la EMPRESA BENEFICIARIA la colaboración e información necesaria para la adecuada ejecución del presente acuerdo.
3.2. Informar a la EMPRESA BENEFICIARIA cualquier incidencia, acontecimiento o situación que pueda afectar la ejecución del presente acuerdo.
3.3. Realizar los reembolsos en la forma y tiempo establecidos en los términos de referencia.
CLÁUSULA QUINTA. - DURACIÓN: El término de duración de las obligaciones aquí adquiridas, serán válidas hasta por doce (12) meses contado a partir de la iniciación del plan de trabajo con el asesor de PROCOLOMBIA. Este término podrá ser modificado por las partes, para lo cual se suscribirá un otrosí a este documento.
PARÁGRAFO: Sin perjuicio del término mencionado en el párrafo anterior, LA EMPRESA BENEFICIARIA se compromete con PROCOLOMBIA de entregar de manera trimestral, por dos (2) años después de finalizada la intervención, los resultados cualitativos y cuantitativos, tales como: incremento de empleo, rentabilidad, ventas, las expectativas de negocio y/o exportaciones, entre otros, generados durante el periodo que dure el acompañamiento y posterior a la intervención. En caso de que LA EMPRESA BENEFICIARIA incumpla con la entrega de información de resultados cualitativos y cuantitativos será excluida de la participación de todos los demás programas de PROCOLOMBIA en los que se encuentre participando y suspendida de los servicios que PROCOLOMBIA presta a las empresas colombianas por un período de seis (6) meses.
CLÁUSULA SEXTA. - SEGUROS: Dentro de los diez (10) días siguientes a la firma de este Acuerdo por parte de PROCOLOMBIA, la EMPRESA BENEFICIARIA constituirá a favor de PROCOLOMBIA la siguiente póliza, emitidas por una Compañía Aseguradora legalmente constituida en Colombia y vigilada por la Superintendencia Financiera, que ampare lo siguiente:
- Póliza de Cumplimiento: Por un valor igual al treinta por ciento (40%) del valor total del Acuerdo y con una vigencia igual a la del Contrato y cuatro (4) meses más.
PARÁGRAFO PRIMERO: Estará a cargo de la EMPRESA BENEFICIARIA, el pago oportuno de las primas y erogaciones de constitución y mantenimiento de la póliza, por lo que debe remitir a Fiducoldex la misma, acompañada del recibo de pago de la prima o su equivalente, así como las condiciones generales.
PARÁGRAFO SEGUNDO: Si en periodo de duración del presente acuerdo de apoyo técnico, PROCOLOMBIA requiere modificar el seguro de cumplimiento para modificar las vigencias, los valores o el alcance de las obligaciones, LA EMPRESA BENEFICIARIA deberá atender dicho requerimiento y ajustar la póliza.
CLÁUSULA SÉPTIMA. - TERMINACIÓN:
6.1. Por el cumplimiento del término previsto para su duración.
6.2. Por terminación anticipada de PROCOLOMBIA.
6.3. Por imposibilidad de cumplir su objeto.
6.4. Por mutuo acuerdo entre las partes.
6.5. Por el incumplimiento total o parcial de la EMPRESA BENEFICIARIA de las obligaciones pactadas, caso en el cual PROCOLOMBIA podrá dar por terminado el acuerdo unilateralmente en cualquier tiempo.
6.6. Cuando la EMPRESA BENEFICIARIA se encuentre incurso en cualquier causal de inhabilidad, incompatibilidad o conflicto de interés, no contemplado inicialmente o sobreviniente, para contratar con PROCOLOMBIA.
6.7. En cualquier momento, por decisión de PROCOLOMBIA, mediante previo aviso por escrito con por lo menos quince (15) días hábiles de anticipación a la fecha de la terminación.
6.8. Por las demás causales establecidas en el presente acuerdo.
CLÁUSULA OCTAVA. - PREVENCIÓN XX XXXXXX DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL
TERRORISMO: La EMPRESA BENEFICIARIA certifica a PROCOLOMBIA que sus recursos no provienen ni se destinan al ejercicio de ninguna actividad ilícita o de actividades xx xxxxxx de dineros provenientes de éstas o de actividades relacionadas con la financiación del terrorismo. Asimismo, la EMPRESA BENEFICIARIA se obliga a realizar todas las actividades encaminadas a asegurar que todos sus socios, administradores, clientes, proveedores, empleados, etc., y los recursos de estos, no se encuentren relacionados o provengan de actividades ilícitas, particularmente xx xxxxxx de activos o financiación del terrorismo.
En todo caso, si durante el plazo de vigencia del Acuerdo, la EMPRESA BENEFICIARIA o alguno(s) de su(s) administrador(es) o socio(s) llegare(n) a resultar inmiscuido(s) en una investigación de cualquier tipo (penal, administrativa, etc.) relacionada con actividades ilícitas, lavado de dinero o financiamiento del terrorismo, o fuese incluido en listas de restrictivas como las de la ONU, OFAC, etc., PROCOLOMBIA tendrá el derecho de terminar unilateralmente el Acuerdo, sin que por este hecho esté obligado a indemnizar ningún tipo de perjuicio a la EMPRESA BENEFICIARIA.
CLÁUSULA NOVENA. - ANEXOS: Hacen parte del presente documento como anexos los siguientes documentos: 1) Los Términos de Referencia de la convocatoria publicados en xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/ junto con el instructivo de reembolso; 2) Carta de aceptación al programa; 3) Formato de validación de empresa del Programa Fabricas de Internacionalización; 4) demás documentos acordados por las partes que llegaren a ocasionarse durante la ejecución del programa.
CLÁUSULA DÉCIMA. - NOTIFICACIONES: las partes acuerdan tener la ciudad de Bogotá D.C. República de Colombia, como lugar de cumplimiento del para todos los efectos legales del acuerdo de apoyo técnico; así mismo convienen que las comunicaciones y/o notificaciones que deban surtirse entre las Partes, se harán en las siguientes direcciones:
PROCOLOMBIA
Dirección: Xxxxx 00 Xx. 00x - 00 Teléfono: 0000000
Nombre del Asesor: xxxxxxxxxx
Correo electrónico: xxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xx
LA EMPRESA BENEFICIARIA:
Dirección: xxxxxxxx Teléfono: xxxxxxxxxxxxxx
Nombre de contacto: xxxxxxxxxxxxx Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxx
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA. - PERFECCIONAMIENTO: El presente Acuerdo se entiende perfeccionado con la firma de las partes.
En constancia de lo anterior, las partes suscriben el presente en la ciudad de Bogotá D.C. en dos (2) ejemplares del mismo tenor y validez, el
PROCOLOMBIA, EMPRESA BENEFICIARIA,
XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXX
Representante Legal de Representante Legal