PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE REGIRÁ LA REALIZACIÓN DEL CONTRATO DE ”SUMINISTRO DE FIBRA ÓPTICA GARANTIZADA TERRESTRE PARA CONECTAR CON CABLE SUBMARINO A LA CIUDAD DE MELILLA“
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE REGIRÁ LA REALIZACIÓN DEL CONTRATO DE ”SUMINISTRO DE FIBRA ÓPTICA GARANTIZADA TERRESTRE PARA CONECTAR CON CABLE SUBMARINO A LA CIUDAD DE MELILLA“
PROCEDIMIENTO ABIERTO Exp. 075/14-RI
ÍNDICE
1 INTRODUCCIÓN 3
2 DEFINICIÓN 4
2.1 OBJETO 4
2.2 DELIMITACIÓN 5
2.3 CONSIDERACIONES PREVIAS 6
2.4 DEFINICIÓN Y CONDICIONES DE LA CESIÓN DEL DERECHO DE USO (IRU) 6
3 REQUISITOS TÉCNICOS 7
3.1 CONCEPTOS GENERALES 7
3.2 REQUISITOS FIBRA ÓPTICA 7
3.3 REQUISITOS PARTICULARES DEL ENLACE 9
3.4 REQUISITOS DEL PUNTO DE ALOJAMIENTO INTERMEDIO 11
4 REQUISITOS DE EJECUCIÓN 15
4.1 REQUISITOS DE IMPLEMENTACIÓN 15
4.2 GESTIÓN DE LA EJECUCIÓN 28
5 REQUISITOS DE GARANTÍA 30
5.1 DEFINICIÓN Y PARÁMETROS DE LA GARANTÍA 30
5.2 PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN Y OPERACIÓN DE LA GARANTÍA 35
6 REQUISITOS DE CONTROL ECONÓMICO Y FACTURACIÓN 41
6.1 Control Económico y Facturación 41
7 FORMATO Y CONTENIDO DE LA PROPUESTA 43
7.1 PROPUESTA RELATIVA A LOS CRITERIOS CUYA VALORACIÓN DEPENDE DE UN JUICIO DE VALOR (SOBRE 3) 43
7.2 PROPUESTA RELATIVA A LOS CRITERIOS CUANTIFICABLES MEDIANTE LA MERA
APLICACIÓN DE FÓRMULAS (SOBRE 4) 43
Nota: Cualquier consulta en relación con el presente procedimiento de adjudicación debe dirigirse por correo electrónico a la dirección xx.xxxxxxxxxxx@xxx.xx, indicando:
• Asunto: número de expediente.
• Cuerpo: nombre de la empresa, datos de la persona que realiza la consulta y texto de la consulta.
1 INTRODUCCIÓN
En el año 2008, el Gobierno Español, a través de su red académica RedIRIS, decidió poner en marcha el proyecto RedIRIS-NOVA que tenía por objetivo el diseño y despliegue de una red de fibra óptica propia, de ámbito nacional, para proporcionar a los centros de investigación y universidades en España los mejores servicios de conectividad, sin los cuales no sería posible participar en los proyectos de investigación y desarrollo que están surgiendo actualmente.
Considerada una revolución conceptual y de servicio para el entorno académico y de investigación en España, supuso un reto en cuanto a gestión de proyecto y operativa posterior que se logró poner en marcha con éxito. Esta red se caracteriza por tener
14.000 km de fibra oscura con 178 puntos equipados con tecnología óptica, entre ellos 63 TROADMs, y plano de control GMPLS.
Esta infraestructura óptica, adquirida bajo un modelo de IRU por 21 años para la infraestructura en la península y 30 años para la desplegada con/en las Islas Canarias, ha servido de modelo para las redes autonómicas, que al amparo del éxito de RedIRIS- NOVA, han dado el paso de construir una infraestructura de comunicaciones autonómica de características similares y conectadas con RedIRIS-NOVA.
En particular, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (MECD), que actúa como Administración Educativa en Melilla, es el responsable del diseño y desarrollo de los planes de integración de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) en los centros educativos de la Ciudad Autónoma. Estos planes incluyen entre sus actuaciones las mejoras tecnológicas que, entre otras finalidades, pretende acelerar la incorporación del uso de tecnologías digitales a la practica docente. Además, la Ciudad Autónoma de Melilla tiene como prioridad el desarrollo de la Sociedad de la Información y la mejora y modernización de los servicios ofrecidos en el ámbito de la Educación. Por último, desde el Ministerio de Industria, Energía y Turismo a través de Xxx.xx se han establecido diferentes xxxxxx de colaboración con las instituciones educativas con el objetivo de integrar las TIC en el ámbito educativo. En la Ciudad Autónoma de Melilla ambos ministerios han colaborado hasta el momento a través del Instituto Nacional de tecnologías Educativas y de Formación del Profesorado (INTEF) y
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Xxx.xx en distintos Programas de integración de las TIC en la educación mediante Convenios de Colaboración y Encomiendas de Gestión.
Así, en 2014 se firma un Convenio trilateral (MECD, Ciudad Autónoma de Melilla y Xxx.xx) para dotar de conectividad ultrarrápida a los centros educativos de Melilla, desarrollando para ello la infraestructura de fibra óptica necesaria tal que RedIRIS establezca un punto de presencia en Melilla por la que accederán los centros educativos a Internet.
Xxx.xx pone en marcha el presente procedimiento de licitación para contratar el suministro de un enlace de fibra óptica terrestre garantizada para prolongar con fibra oscura el Cable Submarino que amarra en Roquetas hasta el punto de presencia de RedIRIS-NOVA mas cercano, que es aquél ubicado en la Universidad de Almería (UAL).
2 DEFINICIÓN
2.1 OBJETO
El objeto del presente procedimiento es la adquisición de un enlace de fibra óptica, formado por dos hilos de fibra óptica, terrestre, ambos con garantía de puesta a disposición, para interconectar el Punto de Presencia (en adelante, “PdP”) de RedIRIS- NOVA en la Universidad de Almería (en adelante, “UAL”) con la terminación de dos hilos de fibra óptica de un Cable Submarino que se encuentran ubicados en la Central de Telefónica en Roquetas de Mar.
Forman parte asimismo del objeto del presente procedimiento todas las actuaciones de instalación, despliegue, pruebas y documentación necesarias para la puesta en marcha de estos suministros, así como las actuaciones para ejecutar la garantía posterior, siempre conforme a los requisitos especificados en el presente pliego.
No forman parte del objeto del presente procedimiento la adquisición de electrónica de red para iluminar los enlaces de fibra óptica oscura.
El detalle, las características y la forma en que debe realizarse el Suministro se establecen en los apartados siguientes del presente documento.
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2.2 DELIMITACIÓN
El proyecto comprende la realización por parte del adjudicatario de las prestaciones que a continuación se refieren:
1 Suministro de fibra óptica oscura garantizada en las condiciones particulares referidas en los apartados 3, 4, 5 y 6 del presente Pliego, entre las ubicaciones que se detallan en el apartado 3.2.
2.2.1 ANTECEDENTES DE LA INFRAESTRCTURA SUBMARINA ENTRE MELILLA Y LA PENÍNSULA
El cable submarino propiedad de la Ciudad Autónoma de Melilla y que contiene los dos hilos de fibra óptica que se ponen a disposición de Xxx.xx para la ejecución del proyecto proyecto de dotar de conectividad ultrarrápida a los centros educativos de Melilla, fue objeto de un proceso de licitación adjudicado a la empresa Telefónica.
El contrato firmado por ambas partes, Ciudad Autónoma de Melilla y Telefónica, formaliza la ejecución del “SUMINISTRO E INSTALACIÓN DEL TENDIDO DE UN CABLE DE FIBRA ÓPTICA SUBMARINO ENTRE MELILLA Y LA PENÍNSULA IBÉRICA DENTRO DEL PLAN
AVANZA” en las condiciones establecidas por dicha licitación. Así, a os efectos de este pliego, Telefónica tiene la obligación de:
• Garantizar el acceso de otros operadores al centro donde termina el cable, en el caso que el adjudicatario hubiera decidido terminarlo en unas instalaciones de su propiedad. Este acceso deberá garantizarse de acuerdo con la legislación vigente, las instrucciones de la Comisión xxx Xxxxxxx de las Telecomunicaciones y las propias condiciones especificadas en los pliegos.
• Proporcionar espacio de alojamiento en dicho centro en las condiciones técnicas especificadas en el Anexo I de la licitación indicadas. Entre otras, estas condiciones incluyen
o Espacio para bastidores 600x600x2200
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o Alimentación Eléctrica, con garantía de continuidad, tanto en corriente continua y también alterna
o Condiciones climáticas estables de temperatura ( 28 ± 2ºC) y humedad relativa del 55% ± 25%
o Facilitar el acceso del personal técnico de los operadores a dichas instalaciones, en las condiciones definidas en el pliego.
2.3 CONSIDERACIONES PREVIAS
En el presente pliego se detallan las características técnicas mínimas de los trabajos objeto del presente procedimiento de adjudicación. Al presentar las ofertas los licitadores deben ajustarse a la terminología utilizada en el mismo.
Los requisitos enumerados en los siguientes apartados responden a la siguiente tipología:
o(√) Obligatorios: Requisitos mínimos de obligado cumplimiento. Las propuestas que ofrezcan características inferiores no serán tomadas en consideración en el presente procedimiento de adjudicación.
o(#) Criterios cuantificables: Requisitos cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas.
2.4 DEFINICIÓN Y CONDICIONES DE LA CESIÓN DEL DERECHO DE USO (IRU)
2.4.1 (√) La definición y condiciones de la Cesión del Derecho de Uso (Derecho Irrevocable de Uso o IRU) se recogen en el Anexo I.
2.4.2 (√) La duración del IRU será de no menos de quince (15) años contados desde la fecha de entrega y aceptación del último de los hilos de fibra óptica de los enlaces suministrados cuya cesión de uso y disfrute se adquiere.
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2.4.3 (#) Se valorará como criterio cuantificable mediante la mera aplicación de fórmulas que la duración del IRU sea superior a 15 años.
3 REQUISITOS TÉCNICOS
Los requisitos enumerados en los siguientes apartados son requisitos mínimos de obligado cumplimiento. Las propuestas que ofrezcan características inferiores no serán tomadas en consideración en el presente procedimiento de adjudicación.
3.1 CONCEPTOS GENERALES
Se define como Enlace el par de hilos de fibra óptica oscura monomodo entre las dos ubicaciones especificadas en el aparatado 3.3. A su vez, el Enlace, dependiendo de su longitud, estará formado por varias Secciones de Fibra, donde se define Sección de Fibra la parte fibra comprendida entre dos empalmes o fusiones consecutivas.
3.2 REQUISITOS FIBRA ÓPTICA
3.2.1 Características de la Fibra Óptica
3.2.1.1 (√) El tipo de fibra óptica del Enlace debe cumplir con los requisitos de la la norma G.652-D (versión 11/2009). No puede haber ninguna sección de fibra que no cumpla esta norma.
3.2.1.2 (√) La antigüedad de toda la fibra óptica suministrada debe ser menor o igual a 7 años ( desde 2008 ). No puede haber ninguna sección o elemento de fibra con una antigüedad mayor. La antigüedad de la fibra viene determinada por la sección o elemento de fibra más antiguo.
3.2.1.3 (#) Se valorará como criterio cuantificable mediante la mera aplicación de fórmulas que el licitador oferte una antigüedad menor para toda la fibra óptica suministrada.
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3.2.1.4 (√) La fibra óptica requerida es de tipo sílice-sílice monomodo. El perfil del índice de refracción será del tipo salto de índice.
3.2.1.5 (√) Los hilos de fibra óptica del Enlace se suministrarán sin ningún tipo de equipamiento activo intermedio del adjudicatario.
3.2.2 Requisitos de los Empalmes
3.2.2.1 (√)La tecnología para realizar empalmes en las fibras será por fusión con alineamiento automático.
3.2.2.2 (√) La atenuación generada por este tipo de empalmes será ≤ 0,15 dB por empalme (@ 1310nm y @1550 nm), siendo la atenuación media en el Enlace <0.10 dB por empalme.
3.2.3 Requisitos de los Conectores
3.2.3.1 (√) Los conectores en el repartidor óptico serán del tipo SC conformes a la especificación ITU-T G.671, con pulido APC.
3.2.3.2 (√) El número máximo de conectores que puede tener el Enlace, extremo a extremo, es uno. Estará localizado en el extremo de RQTAS, donde el adjudicatario, a fin de facilitar la medición de parámetros ópticos del Enlace durante la garantía del IRU, considere mas conveniente. Para el resto de empalmes en el Enlace se utilizarán fusiones. Xxx.xx se reserva el derecho de admitir algún conector adicional en el extremo de RQTAS.
3.2.4 Nomenclatura del Enlace
3.2.4.1 (√) El Enlace de fibra, y secciones del mismo que sean necesarias, así como fusiones y/o puntos de conectorización, se identificarán siguiendo una nomenclatura especificada por Xxx.xx y que será proporcionada al adjudicatario durante la fase inicial de planificación del despliegue del proyecto.
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3.3 REQUISITOS PARTICULARES DEL ENLACE
3.3.1 (√) Identificación de la ubicación de los puntos a conectar
El Enlace con garantía requerido en el objeto del presente procedimiento de licitación interconectará el PdP de RedIRIS-NOVA en UAL con la terminación de dos hilos de fibra óptica oscura de un Cable Submarino existente entre la península y Melilla. En concreto, esta terminación se sitúa en la Central de Telefónica en Roquetas de Mar. Las ubicaciones concretas se detallan en el cuadro siguiente.
Identificador Enlace | Extremo A | Extremo B |
E371_UAL_RQTAS_F | PDP UAL | CENTRAL DE TELEFONICA EN ROQUETAS DE MAR |
Las direcciones de dichos Puntos del Proyecto son:
Código | Institución | Ciudad | Dirección |
UAL | UNIVERSIDAD DE ALMERIA | ALMERIA | EDIFICIO CITIC. CARRETERA DE SACRAMENTO S/N. LA CAÑADA DE SAN URBANO, 04120 N 36º 49.827’ – W 4º 43.2796’ |
RQTAS | CENTRAL DE TELEFONICA EN ROQUETAS DE MAR | ROQUETAS DE MAR | XXXXXXX XXXX XXXXXXXXX 00 XXXXXXXX XX XXX, XXXXXXX |
3.3.2 (√) Longitud máxima del Enlace entre UAL y RQTAS
Se requiere que la longitud del Enlace que el licitador oferte para conectar los puntos del proyecto anteriormente identificados no supere la distancia total de 30 km.
3.3.3 (√) Atenuación máxima del Enlace UAL - RQTAS
Se requiere que la atenuación total, extremo a extremo, es decir desde el punto del panel donde se entrega o termina el Enlace en UAL y el punto
donde se termina en RQTAS para despues fusionar con los hilos del cable submarino, no supere 10dB.
En el caso que esta atenuación total, extremo a extremo fuera superior a 10dB, el adjudicatario deberá provisionar un espacio de alojamiento acondicionado y garantizado, según requisitos especificados en el apartado 3.4, asociado al recorrido físico de la fibra del Enlace. Xxx.xx, bajo su criterio exclusivo, podrá requerir utilizar este espacio para alojar equipamiento óptico para amplificar la señal. Los requisitos específicos del Enlace en el caso de existir este PAI son:
- Desde UAL hasta el PAI la atenuación máxima del tramo 1 del Enlace será de 10dB. Xxx.xx se reserva el derecho de admitir atenuaciones ligeramente superiores.
- Desde PAI hasta el punto de terminación y fusión del Enlace en la Central de Telefónica de Roquetas la atenuación máxima del tramo 2 del Enlace será de 5dB. Xxx.xx se reserva el derecho de admitir atenuaciones ligeramente superiores.
- En el PAI, el adjudicatario terminará las fibras del tramo 1 y 2 del Enlace, en un panel óptico colocado en un bastidor. Tanto panel como bastidor serán suministrados con garantía e instalados por el adjudicatario.
TOPOLOGÍ A SI N PAI
ENLACE UAL – RQTAS
Atenuación Total < = 1 0 d B
Central Telefonica
Roquetas
UAL
A: Panel con Punto de terminación fibra
Cable Subm xxxxx a Melilla
TOPOLOGÍ A CON PAI
ENLACE UAL – RQTAS
Central Telefonica
Roquetas
UAL
TRAMO 1 < = 1 0 d B
TRAMO 2
< = 5 dB
A: Panel con Punto de terminación fibra
PAI
Cable Subm xxxxx a Melilla
B: Conexión por Fusión
B: Conexión por Fusión
3.4 REQUISITOS DEL PUNTO DE ALOJAMIENTO INTERMEDIO
3.4.1 (√) El Punto de Alojamiento Intermedio (en adelante, “PAI”) se proporcionará acondicionados con garantía, según se especifica en los apartados siguientes y sin coste adicional, estando vinculado a la duración del IRU.
3.4.2 (√) El consumo eléctrico generado por el equipamiento de Xxx.xx alojado en el PAI como aquél generado por las infraestructuras que forman parte del acondicionamiento estará incluido necesariamente en el precio de la oferta del IRU y, por tanto, durante la vida de dicho IRU no devengará derecho a alguno a cobro por parte del adjudicatario.
3.4.3 (√) El equipamiento que se instalará en el PAI, que no es objeto de la presente licitación, debe estar en operación 24 horas al día, todos los días del año. Por tanto, se requiere que el PAI sea seguro y accesible para los técnicos de Xxx.xx las 24 horas al día, todos los días del año.
3.4.4 (√) El acceso a la zona de ubicación estará libre de obstáculos, llana y sin escalones. En caso contrario, el adjudicatario proporcionará elementos mecánicos de CARGA/DESCARGA.
3.4.5 (√) El PAI debe tener espacio para alojar dos bastidores contiguos. Uno para el equipamiento óptico con las medidas 600x600x2200 (anchura x profundidad x altura) y otro para la terminación de los tramos de fibra, de medidas 600x300x2200. Se requiere un espacio libre de, al menos, 1,10 metros por la parte frontal. En estos bastidores se instalarán los equipos de transmisión óptica así como otros equipos de comunicaciones y/o informáticos que se consideren necesarios para utilizar y gestionar la fibra óptica.
3.4.6 (√) El Punto de Alojamiento Intermedio se suministrará, o bien como un local de uso exclusivo para Xxx.xx, o bien como espacio para ubicar los bastidores requeridos en el apartado anterior en un local compartido.
3.4.7 (√) En caso de no disponer de acceso independiente al Punto de Alojamiento Intermedio, el adjudicatario deberá garantizar un tiempo de acceso máximo de 3 horas desde que se realiza la solicitud por parte Xxx.xx.
3.4.8 (√) El Punto de Alojamiento Intermedio se suministrará con la infraestructura eléctrica necesaria para la alimentación en corriente alterna a 220V, donde se incluyen, entre otros:
- Cuadro eléctrico. En el cuadro eléctrico se incluirán relés de protección diferencial con reconexión automática cuando las características del Punto de Alojamiento supongan susceptibilidad de dicho alojamiento a sufrir sobretensiones eléctricas.
- Red xx xxxxx de corriente.
- Red de tierras equipotencial. Es decir, se requiere que todas las diferentes redes de tierras/masas de la instalación estén conectadas entre sí.
- Protectores de sobretensión en las acometidas eléctricas, entradas de cables de telecomunicación, etc, cuando exista riesgo de entrada de sobretensiones, como por ejemplo en aquellos edificios en los que el suministro eléctrico se hace por medio de líneas eléctricas aéreas. Estas protecciones consistirán en la instalación de elementos que permitan que ante una perturbación se establezca un camino de baja impedancia de manera que la descarga de la energía que llega por las líneas se haga a través de ellos sin que llegue a afectar a los relés diferenciales.
- Red de iluminación.
3.4.9 (√) A criterio de Xxx.xx, el acondicionamiento incluirá el suministro eléctrico de corriente continua. Aunque la alimentación en corriente alterna es necesaria para cierto tipo de equipamiento, como puede ser el sistema de refrigeración o equipos informáticos auxiliares (ordenador portátil y equipos de medida entre otros), el equipamiento óptico que se instalará en dichos Puntos de Alojamiento Intermedio trabaja con alimentación eléctrica a -48V. Se estima que la potencia máxima por bastidor será de 2KVA.
3.4.10 (√) Garantía de continuidad del suministro eléctrico de corriente continua. Se requiere que el suministro eléctrico en corriente continua, para aquellos equipos que proporcionan las condiciones requeridas de alojamiento como el sistema de refrigeración, esté respaldado por un sistema que garantice su continuidad en el caso de fallos de la línea principal de alimentación. Esta garantía de continuidad del suministro eléctrico de corriente continúa no es requerido para los equipos informáticos auxiliares anteriormente indicados. El adjudicatario podrá utilizar el sistema o combinación de sistemas que considere más eficiente para proporcionar este servicio de continuidad, según las necesidades planteadas y según sus propios recursos. A modo ilustrativo, un sistema para garantizar el suministro eléctrico en corriente continua podría ser:
- Sistema de Alimentación Ininterrumpida que garantice una continuidad del suministro eléctrico de, al menos, 2 horas, desde que se produce el fallo en la línea principal de alimentación.
- Grupos electrógenos portátiles, que permitan su desplazamiento a cualquiera de los puntos de alojamiento intermedio en un plazo inferior a 2 horas, de forma que se pueda extender la continuidad del suministro eléctrico, en al menos, 48 horas en total.
3.4.11 (√) Garantía de continuidad del suministro eléctrico de corriente alterna. Ante un fallo de la línea principal de alimentación, se requiere que el adjudicatario proporcione el sistema, o combinación de sistemas, que considere mas eficiente para garantizar la continuidad del suministro eléctrico en corriente alterna para:
- Equipos informáticos auxiliares (tales como un portátil o equipos de medida de la fibras, etc.).
- Todas aquellas otras infraestructuras o dispositivos que se estén utilizando en alterna en el Punto de Alojamiento Intermedio, como iluminación, apertura de puertas si aplica, etc., con la única excepción del sistema de refrigeración.
3.4.12 (√) Sistema de Refrigeración y sensores de monitorización. Se requiere una temperatura de 28ºC ± 2ºC y una humedad relativa del 55% ± 25% sin condensación.
3.4.13 (√) Sistema de detección y extinción de incendios.
3.4.14 (√) Cualquier otro acondicionamiento que requiera la legislación vigente aplicable a estos espacios.
4 REQUISITOS DE EJECUCIÓN
4.1 REQUISITOS DE IMPLEMENTACIÓN
El adjudicatario deberá incluir todas las prestaciones asociadas al despliegue del Enlace que se describen a continuación así como cualquier otra no descrita en este punto que considere indispensable para la correcta puesta en servicio de la fibra suministrada.
🡺 Suministro, instalación, pruebas y aceptación de los hilos de fibra adquiridos:
4.1.1 (√) El adjudicatario suministrará e instalará los hilos de fibra desplegados y listos para su utilización, junto con toda la documentación asociada.
La unidad más pequeña de suministro será el Enlace correctamente documentado.
4.1.2 (√) En el lado de Roquetas, el adjudicatario deberá terminar los dos hilos de fibra óptica del Enlace terrestre requerido en el mismo bastidor y panel donde terminan los dos hilos de fibra del cable submarino, empalmando ambas terminaciones para dar continuidad a la señal óptica. Dicho empalme se realizará por fusión o por conectorización, a criterio del adjudicatario, según el requisito 3.2.3.2.
4.1.3 (√) En el lado de UAL, el adjudicatario terminará los hilos de fibra del Enlace en un panel óptico (punto de terminación planta externa) que se ubicará en un bastidor que se instale en dicho punto. Ambos recursos, panel y bastidor, forman parte del suministro garantizado y serán instalados por el adjudicatario. De forma excepcional, a criterio de Xxx.xx, podría no requerirse el bastidor en UAL, instalando el panel óptico en un bastidor ya existente. Si este fuera el caso, el adjudicatario es responsable de suministrar e instalar un panel óptico con las dimensiones óptimas para ser utilizado en dicho bastidor ya existente.
4.1.4 (√) En caso de provisionar PAI, el adjudicatario terminará los hilos de los dos tramos de fibra del Enlace resultante en un panel óptico (punto de terminación planta externa) que se ubicará en un bastidor que se instale en dicho PAI. Ambos recursos, panel y bastidor, forman parte del suministro garantizado y serán instalados por el adjudicatario.
4.1.5 (√) El adjudicatario ejecutará el siguiente plan de pruebas para la caracterización de los hilos de fibra óptica suministrada e instalada del Enlace, para lo cual utilizará su equipamiento de medición y personal propio. El plan de pruebas debe incluir, además de aquellos otros aspectos que proponga el adjudicatario, los que se especifican a continuación. En caso de existir PAI, los requisitos se aplicarán para cada tramo del Enlace.
a) Medidas reflectométricas para lo cual utilizará un reflectómetro óptico en el dominio del tiempo (OTDR) debidamente calibrado (con una frecuencia mínima anual). Estas medidas se ejecutarán para cada hilo de fibra óptica del Enlace y en cada uno de los dos sentidos. Por tanto, por cada tramo de los anteriores, existirán 4 conjuntos de medidas.
A continuación se detalla qué parámetros deben medirse como mínimo, sin perjuicio de aquellos otros que el adjudicatario quiera realizar en su plan de pruebas:
▪ Longitud (km)
▪ Localización de los eventos típicos: empalmes, microcurvaturas, macrocurvaturas, conexiones.
▪ Atenuación máxima y media por empalme.
▪ Atenuación máxima y media por conector.
▪ Pérdida de retorno óptico (Optical Return Loss, ORL) total en 1550 nm.
b) Medidas de potencia: Estas medidas se ejecutarán para cada hilo de la fibra óptica del Enlace. Por tanto, por cada tramos de los anteriores existirán 2 conjuntos de medidas.
A continuación se detalla qué parámetros deben medirse como mínimo, sin perjuicio de aquellos otros que el adjudicatario quiera realizar en su plan de pruebas:
▪ Las medidas se realizarán, salvo que se especifique de otra forma, para las longitudes de onda en 1310nm, 1550nm y 1625nm
▪ Atenuación (dB)
▪ Atenuación media en 1550nm
4.1.6 (√) Xxx.xx podrá decidir realizar las pruebas de manera conjunta con el adjudicatario cuando lo considere conveniente y podrá encargar la realización de cuantas auditorías externas considere oportunas para la caracterización de la fibra con carácter previo a su aceptación. El adjudicatario facilitará el acceso a sus instalaciones cuando sea necesario o sea requerido para ello.
4.1.7 (√) Adicionalmente, el adjudicatario colaborará proactivamente en la solución consensuada de posibles problemas en la integración del equipamiento que puedan estar asociados a la fibra.
4.1.8 (√) El adjudicatario garantizará a Xxx.xx, la realización de un programa de inspecciones, para asegurar la calidad de las instalaciones y la adecuación de la infraestructura a las características establecidas.
4.1.9 (√) Xxx.xx dispondrá de 30 días naturales, contados desde el siguiente a la recepción de la documentación de entrega, para aceptar la entrega del Enlace. En el supuesto de que no sea aceptado, Xxx.xx lo notificará al adjudicatario en dicho plazo, indicando claramente el motivo de la no aceptación. Llegada esta situación, el adjudicatario deberá investigar los problemas detectados en el Enlace y eliminarlos. Sólo cuando el Enlace ha sido aceptado por Xxx.xx se considera que el plazo de ejecución ha
finalizado, en caso contrario, el plazo de ejecución continúa abierto a todos los efectos. Si pasados estos 30 días naturales Xxx.xx no hubiera hecho ninguna notificación al adjudicatario, se entenderá que la entrega ha sido aceptada.
4.1.10 (√) Una vez aceptado el suministro del Enlace de fibra requerido en el contrato, el plazo de ejecución se da por finalizado y éste entrará en periodo de garantía en las condiciones especificadas en el presente pliego para el IRU contratado.
4.1.11 (√) El adjudicatario coordinará con Xxx.xx las fechas finales de entrega del Enlace. Xxx.xx validará las infraestructuras desplegadas, solicitando al adjudicatario aquellas correcciones que sean necesarias para la aceptación.
🡺 Documentación Asociada:
El adjudicatario tendrá que entregar la siguiente documentación asociada al proyecto, en castellano:
4.1.12 (√) Documentación de Seguimiento: Para el Seguimiento del Avance del Proyecto el adjudicatario entregará informes de la evolución del proyecto con la periodicidad y formato que Xxx.xx indique. Los informes, entre otros aspectos, tendrán que recoger los principales eventos ocurridos, los avances realizados, los problemas principales, la explicación detallada de posibles retrasos, planes preventivos, predicciones de progreso en el siguiente periodo, posibles riesgos y áreas críticas. Tendrá información sobre permisos y licencias, obras, mapas de despliegue, etc.
4.1.13 (√) Documentación de entrega y aceptación cuyo formato y contenido definirá Xxx.xx y entregará al adjudicatario al comienzo del proyecto. Esta documentación se entrega conjuntamente con la fibra:
⮚ Certificado Técnico de Enlace: documento que recoge el resultado de las pruebas de aceptación descritas en el apartado 4.1.3.. Este documento recogerá los datos relativos a la identificación de marca, modelo y año de despliegue de la fibra, a las mediciones realizadas para la caracterización de la fibra óptica del Enlace suministrado así como la valoración de resultados. Este documento de certificación debe estar correctamente paginado e irá firmado en la primera hoja por el Jefe de Proyecto y con el sello del adjudicatario en todas las hojas.
Se entregará el documento original firmado y sellado en formato papel.
⮚ Certificado de Obra: documento que certifica la recepción y aceptación de pruebas del Enlace por parte de Xxx.xx.
Este documento debe estar correctamente paginado e incluye los siguientes datos:
▪ Expediente
▪ Número de Pedido
▪ Número de certificación de Obra = Número de Pedido-XXX, siendo XXX= número secuencial que identifica a los Certificados de Obra asociados a un pedido.
▪ Infraestructura entregada
▪ Firma y sello del Director de Proyecto del adjudicatario
▪ Recibí, firma y fecha del representante de Xxx.xx
Se entregará el documento original firmado y sellado por el adjudicatario, en formato papel.
⮚ Documentación Técnica Asociada al Enlace: documento aparte que se entrega junto con el Certificado Técnico de Enlace e incluye la siguiente documentación técnica adicional del Enlace:
a) Descripción del Enlace completo:
▪ Identificación del Enlace
▪ Identificación de extremos del Enlace
▪ Kilómetros
▪ Fecha de solicitud
▪ Fecha programada de entrega
▪ Fecha real de entrega
▪ Permisos solicitados
▪ Obras acometidas y duración de las mismas.
b) Documentación de planta externa:
▪ Descripción y Duración de las Obras realizadas para la construcción del enlace
▪ Fotografías de las Obras realizadas
▪ Mapa de la ruta del Enlace extremo a extremo ( entre UAL y RQTAS) hasta los mismos puntos de terminación que delimitan el ámbito de la planta externa y comienza el ámbito de planta interna. La ruta incluirá también aquellas partes del Enlace que vayan por campus o zonas propiedad de la UAL, cuando aplique.
▪ En el lado de RQTAS, se identificarán en el anterior mapa todos aquellos empalmes ( bien por fusión o por conectorización) con hilos de fibra de otro proveedor. Se indicará la atenuación y se adjuntará fotografía del mismo con su correspondiente etiqueta.
▪ Ficheros de coordenadas del trazado georreferenciado, siguiendo los formatos que indique Xxx.xx (kmz, WGS84, etc.), que incluirá, entre otros, ubicación y tipo de los puntos de conexión, identificación del paso por Repartidores Ópticos Modulares (ROMs) , identificación de núcleos urbanos próximos, distinción de tramos aéreos, cámaras de registro, arquetas o registros que supongan un cambio de dirección, fusiones…
c) Documentación de planta interna:
▪ Mapa detallado de la ruta y trazado físico que sigue el Enlace en el ámbito de planta interna. Se mostrará desde el punto de limitación con planta externa ( y que aparecerá detallado en el mapa del apartado anterior) hasta el mismo bastidor y/o panel donde se terminan o entregan
▪ Adicionalmente, en el extremo de Roquetas, se indicarán en el mapa de planta interna anterior, la posición de todos los empalmes existentes ( bien por fusión o por conectorización), junto con su valor de atenuación.
▪ Fotografías del enlace entregado que permitan identificarlo. Se incluirán fotografías ( tantas como sean necesarias y tomadas con claridad y detalle, de forma que Xxx.xx pueda validar la entrega) de la terminación de la fibra en todos los puntos. En concreto:
- Una fotografía donde se vea claramente el bastidor con el repartidor óptico donde finalizan los hilos de fibra óptica, en su ubicación en la sala.
- Una fotografía donde se vea claramente la etiqueta identificativa de los hilos de fibra óptica en dicho panel.
- Se adjuntarán todas las fotografías necesarias que permitan visualizar todos los puntos de fusión o conectorización en RQTAS ( que, según se ha indicado en el punto anterior, aparecerán referenciados en el mapa de planta interna), junto con sus etiquetas identificativas para todos los hilos..
d) Información del PAI, en caso de provisionarse:
▪ Ubicación exacta mediante coordenadas geográficas WGS84 y dirección postal del Punto de Alojamiento Intermedio.
▪ Plano Esquemático del PAI (ubicación, trazado fibra desde la entrada hasta la zona de alojamiento (señalando el paso por ROMs), identificación de los puntos de acceso controlados, condiciones de acceso, ubicación de los cuadros eléctricos, …)
▪ Fotografías del PAI (espacio reservado, bastidor, bandeja con terminación de fibra, …)
▪ Y todos los datos necesarios para realizar la instalación y puesta a punto del equipamiento óptico así como la posterior operación y explotación de la infraestructura de fibra y equipamiento óptico durante la duración del IRU.
e) Información Etiquetas:
▪ Detalle del etiquetado utilizado en las fibras.
f) Solicitudes y Concesiones de Permisos de paso, obras, trabajos en vía pública, etc.:
▪ Copia del contrato/acuerdo que al adjudicatario hubiera firmado con Telefónica para la ejecución de los trabajos de prolongación de fibra, provisión de espacio de
alojamiento acondicionado y condiciones de ejecución de la garantía asociada a estas infraestructuras durante la vida del IRU ofertado por el adjudicatario. Esta documentación será lo suficientemente detallada para que Xxx.xx compruebe el cumplimiento de las condiciones y requisitos especificados en el presente pliego.
▪ Copias de la documentación presentada a las AAPP pertinentes, incluyendo copias de los proyectos constructivos, firmados por un profesional colegiado cuando corresponda.
▪ Copias de las comunicaciones de concesión de los permisos de las AAPP.
▪ Cuando haya sido necesario el permiso de un particular para el despliegue de las infraestructuras, copias de los acuerdos alcanzados con el mismo.
Esta documentación se entregará en formato electrónico
4.1.14 (√) A petición de Xxx.xx la documentación mencionada en los requisitos anteriores deberá estar disponible on-line para su consulta por parte de Xxx.xx. Asimismo, Xxx.xx podrá requerir que la documentación sea entregada en la plataforma documental on-line del proyecto RedIRIS- NOVA.
🡺 Información y Publicidad:
4.1.15 (√) El adjudicatario deberá suministrar, instalar y mantener una valla informativa en la totalidad de las zonas de intervención o tramos de obra nueva en los que se realicen los trabajos objeto de contrato.
Las vallas informativas deberán tener las características definidas en el Reglamento CE no 1828/200.
No obstante lo anterior, una vez notificada la adjudicación del contrato, Xxx.xx proporcionará el modelo y tamaño de las vallas y el adjudicatario deberá enviar el diseño final de las mismas para su aprobación y validación.
Las referidas vallas informativas deberán estar instaladas desde el inicio de los trabajos de instalación, hasta que éstos sean efectivamente finalizados.
Una vez concluidas las obras, el adjudicatario deberá realizar los trabajos necesarios para retirar las vallas informativas.
🡺 Identificación de Equipos:
En el presente procedimiento de licitación se requiere que los hilos de fibra óptica que se suministren, terminen en un panel óptico instalado en un bastidor.
Tanto el suministro del panel óptico, como el del bastidor (ver caso excepcional detallado en apartado 5.1.2), forman parte del objeto del presente procedimiento de licitación y serán instalados y suministrados con garantía por el adjudicatario. Estos elementos se considerarán activos inventariables, y estarán obligatoriamente identificados a través de los dos siguientes medios:
4.1.16 (√) Etiquetado:
La fibra óptica, se identificará con una etiqueta cuya nomenclatura será facilitada por Xxx.xx en la fase de suministro.
Los activos hardware vendrán etiquetados con el número de serie del fabricante, tanto en formato alfanumérico como en formato de código xx xxxxxx. En caso de que el número de serie no esté incluido de fábrica, no contenga ambos formatos (alfanumérico y código xx xxxxxx) o no sea legible, dicho número de serie se incluirá por parte del adjudicatario a través de un sistema de etiquetado que cumpla las siguientes características:
• Contenido:
o El número de serie del activo en formato alfanumérico.
o El número de serie del activo en formato código xx xxxxxx.
o Opcionalmente otro contenido (logos, etc.).
• Material:
o Poliéster metalizado laminado.
o Resistente al desgaste.
o Resistente al agua.
o Resistente a los disolventes.
o Resistente a la luz.
o Resistencia a altas temperaturas.
o Resistente a la abrasión.
o Alta resistencia a rotura.
• Adhesivo:
o Adhesivo antivandalismo.
o Adhesivo permanente.
o Adhesivo universal adaptable a distintas superficies.
o Resistente a temperaturas de -40 ºC a +145 ºC.
• Impresión:
o Admite Código xx xxxxxx
o Admite logotipos
o Tinta indeleble de larga duración.
4.1.17 (√) Grabado:
El cable de fibra óptica, considerado en el presente procedimiento de licitación como activo inventariable, no será grabado.
Los activos hardware inventariables que forman parte de la fibra óptica objeto del presente proceso de licitación, vendrán grabados con estampados en superficies directamente visibles, con medios indelebles. No se admite, sin la autorización previa de Xxx.xx, el grabado con tinta, ni el grabado sobre placa fijada posteriormente por cualquier sistema al equipo.
Procedimientos admisibles son la pantografía, el troquelado, la grabación térmica o la grabación láser. Cualquier otro método que cumpla los requisitos especificados será igualmente válido. El licitador debe adoptar el
procedimiento que mejor se adapte en función del tipo de superficie (plástica o metálica) donde se vaya a realizar el grabado.
Se grabará la siguiente información, siendo en todo momento perfectamente legible:
Logotipos: de Xxx.xx, en su caso UE FEDER, u otros definidos y proporcionados por Xxx.xx.
Código de activo: en caso de que la hubiera, la codificación será proporcionada por Xxx.xx.
Previo al grabado, el adjudicatario deberá enviar una prueba de grabado (física y/o electrónica) para cada tipo de equipo del pedido, y deberá ser aprobada por Xxx.xx.
En caso de sustitución del activo, en cumplimiento de las condiciones de garantía, el nuevo activo deberá ir etiquetado y grabado en iguales condiciones que el activo al que sustituye.
🡺 Inventariado:
4.1.18 (√) Servicio de Inventariado.
Es responsabilidad del adjudicatario proporcionar la información de inventario necesaria para el correcto seguimiento de los activos de Xxx.xx, ya sea en su fase de suministro, instalación o garantía.
Igualmente, el adjudicatario se obligará a cumplir los plazos de entrega de la información de activos en los tiempos definidos para estas mismas fases, comprometiéndose al uso de la herramienta de Gestión de Activos de Xxx.xx, y adecuándose a los métodos y tecnologías de recogida de información definidas por Xxx.xx.
El soporte de dicha información, será especificado por Xxx.xx, para todos los activos, y sus elementos, tanto hardware, como fibra óptica. Asimismo, el adjudicatario deberá mantener actualizado dicho inventario por los mismos
medios frente a los cambios debidos a sustituciones o recambios ocasionados por deficiencias detectadas con posterioridad a la entrega.
Xxx.xx se reserva el derecho en cualquier momento de la duración del contrato, a exigir al adjudicatario la integración con su sistema de Gestión de Activos, actual o futuro.
El adjudicatario deberá adecuarse a cualquier cambio en la tecnología que soporte el proceso de Gestión de activos vigente en Xxx.xx, quedando reservado el derecho a cualquier posible cambio de tecnología.
4.1.19 (√) Compromisos de Inventariado.
Fase de Suministro.
Xxx.xx tiene definido un flujo de validación por el cual se podrá rechazar la información de suministro en caso de que esta sea incorrecta o incompleta, estableciéndose canales de comunicación para que el proveedor conozca las deficiencias en la información y pueda subsanarlas. La información rechazada en la fase de validación de Xxx.xx computará como no entregada a efectos del cumplimiento de los plazos de entrega.
El adjudicatario se comprometerá a registrar en la herramienta de gestión de activos de Xxx.xx los activos suministrados al mismo ritmo que el especificado en el presente pliego, estableciéndose un compromiso de 1 semana para el registro de la información a partir de la fecha de suministro reflejada en el albarán de entrega correspondiente..
Fase de Instalación.
Xxx.xx tiene definido un flujo de validación por el cual se podrá rechazar la información de instalación en caso de que esta sea incorrecta o incompleta, estableciéndose canales de comunicación para que el proveedor conozca las deficiencias en la información y pueda subsanarlas. La información rechazada en la fase de validación de Xxx.xx computará como no entregada a efectos del cumplimiento de los plazos de entrega.
El adjudicatario se comprometerá a registrar en la herramienta de gestión de activos de Xxx.xx los activos instalados al mismo ritmo que el especificado en el presente pliego para los Lotes de Instalación, estableciéndose un compromiso de 1 semana para el registro de la información a partir de la fecha de instalación reflejada en el albarán de entrega correspondiente.
4.2 GESTIÓN DE LA EJECUCIÓN
4.2.1 Plazos y Fases del Proyecto
4.2.2 (√) El plazo máximo para entregar a Xxx.xx el con garantía de uso en las condiciones que se especifican en los apartados correspondientes, a contar desde la firma del contrato, es de 16 semanas ( 4 meses ).
En este plazo se incluyen, entre otras, todas las provisiones, trabajos, actividades de gestión/tramitación interna y externa, gestión y resolución de licencias, etc, que sean necesarias por el adjudicatario para desplegar, probar, suministrar, documentar técnica y administrativamente el suministro del Enlace, etc .
4.2.3 Planificación, Dirección y Seguimiento del Proyecto:
4.2.3.1 (√) El adjudicatario entregará, en el plazo máximo de una semana tras la adjudicación del Contrato, un Plan de Proyecto que permita a Xxx.xx hacer un seguimiento detallado de la evolución de la implementación desde el inicio del proyecto. Este Plan de Proyecto incluirá:
• Plan de Despliegue y Entrega
Entre otros datos, el adjudicatario deberá describir las fases/actividades/tareas necesarias para la preparación, suministro, despliegue, pruebas, documentación y aceptación del enlace objeto del
contrato, indicando de forma explícita la duración de cada una de dichas fases/actividades /tareas.
El Plan de Despliegue y Entrega incluirá y distinguirá en sus plazos los tiempos habituales estimados para la tramitación y concesión de permisos, licencias y otros trámites.
• Matriz de Responsabilidades,
• Recursos asignados
• Personal de contacto en el despliegue
• Personal de contacto para la garantía
4.2.3.2 (√) El adjudicatario designará un Jefe de Proyecto cuyas funciones en relación con el presente contrato serán:
▪ Dirigir a los medios personales que realicen los trabajos y suministros, impartiendo al efecto las órdenes e instrucciones necesarias para la ejecución de los mismos.
▪ Actuar como interlocutor principal con Xxx.xx durante la ejecución del proyecto.
Corresponde a Xxx.xx la supervisión y dirección de los trabajos y suministros, proponer las modificaciones convenientes o, en su caso, proponer la suspensión de los mismos si existiese causa suficiente motivada.
4.2.3.3 (√) A petición de Xxx.xx el adjudicatario redactará las actas de las reuniones de seguimiento del Proyecto mantenidas con Xxx.xx, enviándolas para su validación como máximo 2 días después de las mismas.
5 REQUISITOS DE GARANTÍA
5.1 DEFINICIÓN Y PARÁMETROS DE LA GARANTÍA
5.1.1 Declaración de Garantía
El Enlace de fibra óptica es puesto a disposición en las condiciones de garantía que se detallan a continuación durante toda la duración del IRU.
5.1.1.1 (√) La contratación de la fibra óptica incluirá una garantía integral in-situ, que asegure que dicha infraestructura se conserva en condiciones óptimas para su utilización 24 horas / día y 365 días / año, salvo en el caso de tareas programadas, descritas en el apartado 5.2.3.
5.1.2 Definición del Ámbito de Responsabilidad de la Garantía de la Fibra Óptica
5.1.2.1 (√) Como se ha indicado en el apartado 4.1, el adjudicatario suministrará en instalará los paneles ópticos y bastidores para terminar los hilos de fibra óptica cuando aplique, en los extremos del Enlace. Estos recursos están incluidos en el ámbito de responsabilidad de la garantía del adjudicatario.
5.1.2.2 (√) El adjudicatario es responsable de proporcionar la garantía in-situ para el Enlace completo, extremo a extremo, de la fibra óptica. Paneles ópticos de parcheo, conectores y bastidores, así como cualquier otro elemento pasivo suministrado por el adjudicatario, también forman parte del ámbito de responsabilidad de ejecución de la garantía del adjudicatario.
5.1.2.3 (√) Se requiere que el adjudicatario colabore en todos los supuestos de fallos con el resto de entidades suministradoras y/o colaboradoras de RedIRIS para detectar y eliminar cualquier problema que esté afectando a la operatividad de la infraestructura.
5.1.2.4 (√) Aunque se establezcan estos ámbitos de responsabilidad de las infraestructuras, la suma de todos los enlaces, tanto el que es objeto del presente procedimiento de licitación como aquellos que han sido adquiridos en anteriores contratos así como el equipamiento al cual se conectará el Enlace y otras infraestructuras asociadas al alojamiento de dichos equipos, forman una red de comunicaciones global, cuya operatividad y criterios de calidad deben ser óptimos para prestar un servicio de conectividad a los usuarios finales. En este sentido, la colaboración entre los distintos suministradores e integradores de la infraestructura de comunicaciones que forma el conjunto es un requisito. Por tanto, en aquellos casos en los que algún componente de la infraestructura, incluido en el presente concurso, esté interconectado con elementos cuya operación corresponda a empresas diferentes de la adjudicataria del presente concurso, el adjudicatario deberá responder del normal funcionamiento de sus componentes, debiendo demostrar que aquellos fallos que él piense que son imputables a otros suministradores son la causa del mal funcionamiento de sus equipos.
5.1.3 Definición del Ámbito de Responsabilidad del Espacio de Alojamiento
5.1.3.1 (√) El ámbito de responsabilidad de la garantía in-situ del adjudicatario alcanza a todos aquellos recursos e infraestructuras que el adjudicatario haya desplegado o utilizado como parte del suministro de este espacio, según los requisitos especificados en el apartado 3.4.
5.1.4 Cobertura de la Garantía de la Fibra Óptica
En los siguientes apartados se definen los conceptos que cubren la garantía y los parámetros que garantizan su cumplimiento.
El adjudicatario ofrecerá un servicio de garantía in-situ, que incluirá la reparación del Enlace de fibra óptica ante un fallo del mismo. Esta garantía también incluirá las revisiones periódicas necesarias para garantizar que se satisfacen las especificaciones técnicas solicitadas en el apartado 3.
Por tanto, la garantía cubre la reparación de cualquier corte, degradación, accidente o siniestro y la sustitución de la fibra cuando ésta no sea reparable o cualquiera de los elementos que forman parte del objeto del suministro.
Se entiende por fallo todo cambio en el comportamiento de alguno de los componentes que forman el Enlace de fibra de manera que éstos dejen de satisfacer los parámetros técnicos medidos y aceptados durante la fase de instalación y entrega y que en ningún caso estarán por debajo de los requisitos técnicos mínimos especificados en el apartado 3.
Se distinguen dos tipos de fallos:
o a) Fallo de Naturaleza Compleja (FNC): cuando se produce un corte en la fibra que requiere de acciones singulares y complejas de gestionar o tramitar. Durante la fase inicial de despliegue del proyecto, el adjudicatario proporcionará a Xxx.xx, o de aquella entidad que Xxx.xx designe, un listado de aquellos fallos que pueden ser catalogados de naturaleza compleja en función de dichas acciones. El adjudicatario aportará la justificación y explicación para incluir cada caso en este listado de forma que Xxx.xx, o de aquella entidad que Xxx.xx designe, lo evalúe. Este listado deberá ser aceptado por Xxx.xx, o de aquella entidad que Xxx.xx designe, para que se active en los procedimientos y operativa de la garantía. A estos efectos, no se computarán aquellos tiempos en que, por causas debidas a la preservación de la seguridad de las personas, según las normativas de seguridad vigentes, de gravedad, no imputables al adjudicatario, documentadas y aceptadas por Xxx.xx, o de aquella entidad que Xxx.xx designe, no se pueda actuar en la reposición del servicio.
o b) Fallo de Naturaleza Sencilla (FNS): Cuando se produce un corte en la fibra
o una degradación de las características ópticas de la misma y la transmisión de la señal no es satisfactoria. En general, aplica a todos aquellos fallos que no han sido categorizados previamente como FNC.
No serán considerados como fallos aquellos cambios provocados por trabajos programados durante las ventanas de actuación previamente acordadas, siempre que no se haya superado el tiempo máximo fijado para este tipo de trabajos según se define en el apartado 6.2.3.
Se entiende por incidencia toda aquella denuncia técnica que es generada por Xxx.xx hacia el adjudicatario y todo aquel aviso informativo generado por el adjudicatario hacia Xxx.xx sobre un fallo.
5.1.4.1 (√) Disponibilidad del Enlace de Fibra Óptica
La Disponibilidad del enlace de fibra óptica viene determinada por los fallos FNS (quedan excluidos del cálculo de este parámetro los fallos FNC) ocurridos sobre dicho enlace durante un periodo de tiempo concreto. Su cálculo atiende a la siguiente fórmula:
⎛ n ⎞
⎜ TT − ∑TFi ⎟
x
D = ⎜ i=1 ⎟ ×100
⎜ TT ⎟
⎜ ⎟
⎝ ⎠
Donde:
Dx: Disponibilidad del enlace X.
TT: Tiempo total del periodo de medida en minutos.
TFi: Duración del fallo FNS i ocurrido en el enlace X, medido en minutos.
n: Número de fallos FNS asociados al enlace X durante el periodo de medida.
La garantía debe asegurar que la Disponibilidad Mensual de cada enlace de la red alcanza el nivel indicado a continuación:
Nivel de Disponibilidad Mensual por Enlace | Tiempo Máximo de No-Disponibilidad por Enlace (TMnDE) [minutos/mes] |
99,9% | 130 minutos |
5.1.4.2 (√) Tiempo Medio Entre Fallos (TMEF)
La garantía del Enlace debe asegurar que el tiempo medio entre fallos no sea inferior a:
TMEF=30 días, para fallos tipo FNS
TMEF= 180 días, para fallos tipo FNC
5.1.4.3 (√) Garantía Fallos totales FNC Anuales (GFFA)
La garantía debe asegurar que los fallos FNC ocurridos durante un periodo cualquiera de 12 meses no sume mas de 12 horas xx xxxxx.
5.1.4.4 (√) Garantía del Tiempo de Restauración de la Disponibilidad (GTRD)
El tiempo máximo utilizado para reparar un fallo no debe ser superior al indicado en la siguiente tabla:
Fallo | Tiempo Máximo Respuesta Telefónica | Tiempo Máximo de restauración (incluyendo el tiempo de preparación y desplazamiento) |
FNC | 30 minutos | 12 horas |
FNS | 30 minutos | 6 horas |
Para reparar un fallo en este periodo de tiempo, el adjudicatario podría utilizar fibras alternativas como solución provisional. El tiempo durante el cual está en funcionamiento la solución provisional y corrigiendo el fallo no computa como tiempo de No-Disponibilidad.
La solución provisional que se aplique para corregir un fallo no estará en operación más de 72 horas, debiendo haberse implementado la solución definitiva antes de dicho plazo.
En el caso que la solución provisional iguale en calidad a la inicial, la solución provisional podrá ser aceptada como permanente. En este caso, XxxXXXX podría solicitar que se realizara el conjunto de medidas descritas en el
apartado 4.1 referentes al Suministro, Pruebas y Aceptación para validar la calidad de la solución provisional. Si la solución provisional fuera aceptada como permanente, las modificaciones en la instalación y configuración respecto a la solución inicial deberán quedar debidamente documentadas.
5.1.4.5 (√) Frecuencia de fallos
Adicionalmente, si el número de fallos tipo FNS en el Enlace de fibra óptica es superior a 6 o superior a 3 para fallos tipo FNC, medidos sobre un período cualquiera de 12 meses, Xxx.xx puede requerir al adjudicatario para que reemplace la fibra del Enlace por fibras nuevas más fiables y con una mejor protección que aquellas que se reemplazan. Esta sustitución no tendrá ningún coste para Xxx.xx (incluyendo cualquier coste necesario que tuviera Xxx.xx para realizar las reconexiones locales).
5.1.1 (√) Cobertura de la Garantía del Espacio de Alojamiento
El adjudicatario ofrecerá un servicio de garantía in-situ, que incluirá la reparación de cualquier condición de alojamiento cuando ésta deje de prestarse según los requisitos mínimos especificados en el apartado 4 . Esta garantía también incluirá las revisiones periódicas necesarias para garantizar que se satisfacen dichos requisitos mínimos.
Por tanto, la garantía cubre la reparación de cualquier mal funcionamiento, accidente o siniestro de las condiciones de alojamiento y la sustitución de aquella infraestructura y/o recurso que se estuviera utilizando para proporcionar dichas condiciones.
5.2 PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN Y OPERACIÓN DE LA GARANTÍA
5.2.1 (√) Revisiones Preventivas
Se entiende por revisiones preventivas todas aquellas tareas realizadas con el objetivo de anticiparse a los posibles fallos que pudieran aparecer en la infraestructura suministrada por el adjudicatario.
Con este fin, se requiere que el adjudicatario ejecute un conjunto de tareas preventivas entre las que, además de aquellas otras propuestas por el adjudicatario, estarán incluidas las siguientes:
o Análisis de las incidencias con fallos repetitivos y propuesta de un plan de acciones para que no se repitan (periodicidad mensual).
o Revisión de los elementos en los que se hayan producido incidencias repetitivas (periodicidad mensual).
o Verificación del correcto estado físico (limpieza, etiquetado) de los elementos relativos a las conexiones (al menos, periodicidad anual).
o La realización de pruebas periódicas que permitan verificar el cumplimiento de los valores ópticos comprometidos (al menos, periodicidad anual).
5.2.2 (√) Actuaciones Correctivas
Se requiere que el adjudicatario proporcione la garantía descrita anteriormente de forma continuada (24 horas al día, todos los días del año). Para ello el adjudicatario dispondrá de un centro de gestión de red, atendido también de forma continuada, que será el único punto de contacto para Xxx.xx, debiendo estar accesible el 100% del tiempo a través de teléfono y mediante una dirección de correo electrónico. El idioma que se utilizará en todas las comunicaciones será el español.
De forma esquemática, la gestión de fallos incluye las siguientes fases:
o Detección y/o recepción del fallo.
o Registro de la incidencia.
o Diagnóstico del fallo.
o Resolución del fallo.
o Verificación y aceptación de la resolución del fallo.
o Cierre de la incidencia.
o Generación del informe.
El adjudicatario es el responsable de la solución de cualquier fallo que presente la infraestructura suministrada, incluidos todos los elementos ópticos y mecánicos que intervienen en un enlace de fibra óptica, es decir, repartidores, puentes, cajas de empalme, secciones de fibra óptica en configuración aérea o subterránea.
El adjudicatario dispondrá de un sistema de gestión de incidencias que recoja los datos de los fallos (horas de comienzo y final, descripción de la causa de la incidencia y actuaciones para solucionarla) y que vendrá a facilitar el seguimiento del progreso de cada incidencia.
Dentro de los 30 minutos siguientes a la recepción de un aviso de fallo, el centro de gestión de red del adjudicatario abrirá una incidencia y enviará un mensaje a Xxx.xx con toda la información asociada a la misma. El adjudicatario mantendrá informado regularmente a Xxx.xx con un informe del estado de la incidencia, al menos cada dos horas. A petición de Xxx.xx esta frecuencia podría modificarse para ciertas incidencias.
Una incidencia se cerrará cuando Xxx.xx haya aceptado dicho cierre, lo cual, normalmente se dará cuando el servicio se haya restablecido el enlace de fibra óptica ( o las secciones que apliquen) recupere los parámetros técnicos contractuales.
A petición de Xxx.xx el adjudicatario realizará el protocolo de medidas tanto de potencia como reflectométricas, desde todos los repartidores inicio y final de los diferentes trayectos o secciones afectadas por el fallo o por su resolución (siempre y cuando el servicio lo permita y haya sido autorizado por Xxx.xx), con el fin de comprobar si han variado los valores iniciales. Xxx.xx podría participar en la ejecución de dicho protocolo que se efectuará como un trabajo programado.
Para asegurar la resolución de la incidencia se requieren, al menos, los siguientes dos criterios de aceptación:
o Confirmación por parte de Xxx.xx del restablecimiento del servicio.
o En el momento de cierre de la incidencia, el adjudicatario enviará un informe a Xxx.xx vía e-mail comunicando este hito y adjuntando un resumen sobre la causa del problema, trabajos realizados para eliminarla y si se trata de una solución provisional o definitiva.
Una incidencia cerrada se volverá a abrir si,
• Se vuelven a presentar los mismos fallos que se pensó estaban resueltos.
• El protocolo de medidas no se ha planificado en las siguientes 72 horas a la petición de la realización de dichas medidas por parte de Xxx.xx.
• Los resultados de dichas medidas no son satisfactorios para Xxx.xx.
En un plazo no superior a 48 horas desde el cierre de la incidencia, el adjudicatario enviará un informe detallado sobre dicha incidencia a Xxx.xx. En particular, se destacará:
o Objeto de la intervención.
o Acciones correctivas adoptadas. En caso de realizar modificaciones en la instalación, éstas deberán quedar debidamente documentadas.
o Análisis del origen del fallo.
o En caso de realizarse, resultado de la ejecución del protocolo de medidas.
o Si el adjudicatario hiciera uso de una solución provisional para solucionar el fallo, se incluirá el detalle técnico de dicha solución y la propuesta de implementación de la solución definitiva (tanto técnica como de plazo).
En las actuaciones correctivas y cortes programados, el adjudicatario aportará en general todos los materiales necesarios, con las mismas características y especificaciones técnicas que los sustituidos.
Los materiales a aportar por el adjudicatario deberán ser nuevos, no debiéndose instalar bajo ninguna circunstancia, materiales provenientes de otras instalaciones.
5.2.3 (√) Trabajos Programados
El adjudicatario, y/o cualquiera de sus posibles empresas subcontratadas, pueden realizar tareas y actualizaciones o mejoras en la fibra óptica. Estas tareas se definen como trabajos programados y podrían originar cortes en el servicio o situaciones de alto riesgo xx xxxxx. Estos trabajos programados siempre se realizarán durante una ventana de actuación predefinida y no se consideran como No-Disponibilidad. La ventana de actuación del adjudicatario se programará los días laborables entre 00:00 y 05:00 UTC (Tiempo Universal Coordinado), excepto aquellos trabajos en los que, cumpliendo con las normativas de seguridad vigentes en cada momento, requieran ser realizados en otras ventanas de actuación.
El adjudicatario informará (vía e-mail) a Xxx.xx de un trabajo programado con una antelación a la ejecución del mismo de al menos diez días laborables. El adjudicatario podrá modificar posteriormente sólo las horas de comienzo y fin de la ventana definida inicialmente. Estas modificaciones podrán realizarse hasta tres días laborables antes de la ejecución de la tarea programada.
Las notificaciones de trabajos programados deben contener, como mínimo, los siguientes datos:
• Localización georreferenciada, en el trazado de la fibra del Enlace, donde se realizará el trabajo programado.
• Comienzo y duración de los trabajos.
• Descripción de las tareas a realizar.
• Persona de contacto.
El adjudicatario informará a Xxx.xx de cualquier modificación en la configuración del Enlace de fibra óptica inicialmente suministrado. Dichas modificaciones en la instalación o configuración, quedarán debidamente documentadas.
Para evitar posibles problemas técnicos se arbitrarán procedimientos de confirmación previos al corte de servicio.
La duración total de los trabajos programados para el Enlace de fibra óptica no debe sobrepasar un total de 10 horas en un año natural y el número de trabajos programados en el Enlace de fibra no puede exceder de 2 por cada mes natural y de un total de 4 en un año natural.
Los trabajos programados que excedan de este período o que excedan de la ventana de trabajo inicialmente definida, o aquellos trabajos no programados, se considerarán como No-Disponibilidad del Enlace de fibra.
En el caso que se realicen mediciones durante los trabajos programados, Xxx.xx, recibirá una copia de los protocolos de medición y resultados. Si no se realizarán mediciones, a petición de Xxx.xx el adjudicatario volverá a realizar el protocolo de medidas que se ejecutaron durante la fase de instalación y entrega, con el fin de comprobar si han variado los valores iniciales. Xxx.xx podría participar en las citadas comprobaciones que se efectuarán como un trabajo programado.
En las actuaciones correctivas y cortes programados, el adjudicatario aportará en general todos los materiales necesarios, con las mismas características y especificaciones técnicas que los sustituidos.
Los materiales a aportar por el adjudicatario deberán ser nuevos, no debiéndose instalar bajo ninguna circunstancia, materiales provenientes de otras instalaciones.
6 REQUISITOS DE CONTROL ECONÓMICO Y FACTURACIÓN
6.1 Control Económico y Facturación
6.1.1 Control de Facturación
La facturación de los trabajos realizados se efectuará sobre la base de una adecuada administración de los recursos y entrega del Suministro objeto de este Pliego por parte de su adjudicatario y teniendo en cuenta los siguientes extremos:
- Durante la instalación y entrega del Suministro y con anterioridad a la expedición de las certificaciones, se comprobará la adecuación de los mismos a los requerimientos exigidos a los efectos previstos en este Pliego.
- En las reuniones periódicas se evaluarán todas aquellas incidencias acontecidas que se hubieran originado en el cumplimiento de los objetivos planificados y hayan repercutido en detrimento y perjuicio de las actuaciones objeto del Contrato.
- Cuando a juicio del Responsable del Contrato tales incidencias fueran imputables al adjudicatario por falta de responsabilidad, incompetencia, negligencia u otras causas análogas, la facturación quedará minorada por el importe correspondiente, conforme a las penalizaciones establecidas en el apartado 6 xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares y en el Contrato, y por el coste que suponga para Xxx.xx la resolución de dichas incidencias.
El adjudicatario, siempre previa conformidad de Xxx.xx con los trabajos realizados en ejecución del Contrato, emitirá las facturas en las fechas y con las condiciones referidas en el apartado 7.1.2 del presente Pliego, denominado “hitos de facturación”.
Se considerará como unidad mínima de facturación el enlace y cualquier otro concepto asociado incluidos, salvo que Xxx.xx admita su entrega separada.
La entrega del Suministro tendrá que ir avalado por la aportación de documentación que lo acredite: certificados, pruebas de aceptación y la documentación descrita en el apartado 4.1.
De conformidad con lo dispuesto en el apartado 5 xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares, las facturas emitidas por el adjudicatario y remitidas a Xxx.xx deberán contener el desglose de los impuestos indirectos aplicables correspondientes indicando el número de expediente del contrato y se corresponderán en forma y contenido con el correspondiente pedido realizado por Xxx.xx debiendo hacer constar el número de pedido. El pago de las facturas se realizará tras la aceptación de los trabajos, el día 5 del mes que corresponda mediante transferencia bancaria en el plazo legalmente establecido al efecto.
6.1.2 Hitos de Facturación
Los adjudicatarios, siempre previa conformidad de Xxx.xx con los trabajos realizados y entregados durante la ejecución del contrato, emitirán sus facturas de la siguiente manera de acuerdo a los ítems establecidos en las proposiciones económicas y que se indican a continuación:
• Hito único: La facturación se realizará tras la aceptación de la entrega del Enlace de fibra óptica completo, extremo a extremo.
La aceptación de los trabajos requerirá el previo despliegue, instalación, y suministro del enlace, así como la realización de pruebas, en su caso, y entrega de documentación requerida en el apartado 4.1 del presente pliego. Xxx.xx podría realizar una auditoría técnica del enlace para aceptar los trabajos realizados.
7 FORMATO Y CONTENIDO DE LA PROPUESTA
Con carácter general, la información presentada debe estar estructurada de forma clara y concisa. La propuesta no debe contener referencias a documentos externos o anexos no incluidos cuando éstos sean puntos clave en la valoración de la propuesta.
Xxx.xx se reserva el derecho a exigir a los licitadores que presenten documentación que acredite la veracidad de la información presentada en la oferta, o bien información adicional sobre el contenido de la misma, estando el licitador obligado a ello.
Xxx.xx podrá requerir a los licitadores que formulen por escrito las aclaraciones necesarias para la comprensión de algún aspecto de sus proposiciones. En ningún caso se admitirá que en proceso de aclaraciones el licitador varíe los términos expresados en su propuesta. Sólo se admitirá la información que facilite el análisis de la solución propuesta inicialmente.
La presentación de propuestas deberá cumplir las prescripciones del presente pliego.
7.1 PROPUESTA RELATIVA A LOS CRITERIOS CUYA VALORACIÓN DEPENDE DE UN JUICIO DE VALOR (SOBRE 3)
En el presente procedimiento de licitación, no se contemplan criterios cuya valoración depende de un juicio de valor para ningún lote por lo que los licitadores no deberán aportar ninguna propuesta en este sentido.
7.2 PROPUESTA RELATIVA A LOS CRITERIOS CUANTIFICABLES MEDIANTE LA MERA APLICACIÓN DE FÓRMULAS (SOBRE 4)
El licitador presentará su propuesta siguiendo los modelos que se adjuntan al presente Xxxxxx para la proposición económica.
La información contenida en el sobre 4, además de presentarse por escrito (2 copias), deberá adjuntarse en soporte electrónico (2 copias), en el que se incluirán las tablas en formato hoja de cálculo, con la totalidad de los datos necesarios para la valoración automática de las proposiciones.
EL LICITADOR NO DEBERÁ INCLUIR EN LOS SOBRES 1 y 2 información relativa a criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas. En caso contrario la oferta de dicho licitador NO será tenida en cuenta en el presente procedimiento.
7.2.1 PROPOSICIÓN ECONÓMICA
La proposición económica se presentará siguiendo el modelo en formato hoja de cálculo que se refiere en el siguiente apartado y que se adjunta al presente pliego.
La proposición económica se estructurará proporcionando precios para los conceptos que se enumeran a continuación. Todos los precios se deben proporcionar en Euros, calculados y presentados con DOS decimales e Impuestos indirectos aplicables EXCLUIDOS.
• P371 - Precio unitario (Impuestos Indirectos Aplicables EXCLUIDOS) del enlace de fibra óptica terrestre garantizada para el enlace E371_UAL_RQTAS_F, entre UAL y el RQTAS.
La fórmula que se establece para la valoración del PRECIO DE OFERTA es la siguiente:
Pi = 1 * P371
Siendo:
Pi = Precio de Valoración de la Oferta
El Precio de Valoración de la Oferta no podrá superar el importe de TRESCIENTOS DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO EUROS (319.395,00 €), Impuestos
indirectos aplicables excluidos. Cualquier oferta que supere dicha cantidad no será tomada en consideración en el presente procedimiento de adjudicación.
7.2.1.1 MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
Proposición Económica Exp. 075/14-RI
PROPOSICIÓN ECONÓMICA DE [razón social del licitador] CORRESPONDIENTE AL EXP075/14-RI “SUMINISTRO DE FIBRA ÓPTICA GARANTIZADA TERRESTRE PARA CONECTAR CON CABLE SUBMARINO A LA CIUDAD DE MELILLA ”
Apellidos, Nombre y DNI del firmante de la proposición económica | |
Relación que une al firmante con el licitador | |
Razón social de licitador, NIF, domicilio, teléfono, fax e email (del representante) |
Concepto | Precio |
E371_UAL_RQTAS_F | 0,00 € |
Precio de la Oferta Económica (*) PT | 0,00 € |
Oferta Válida | |
Presupuesto del Contrato (sin IVA) <= | 319.395,00 € |
(* ) Precios sin IVA
El abajo firmante, en virtud de la representación que ostenta, se compromete, en nombre del representado, a la ejecución del contrato de “SUMINISTRO DE FIBRA ÓPTICA GARANTIZADA TERRESTRE PARA CONECTAR CON CABLE SUBMARINO A LA CIUDAD DE MELILLA ”
en la cantidad referida en el apartado Precio de la Oferta Económica de la tabla anterior.
En Madrid a de de 2015
Firmado:
7.2.2 PROPOSICIÓN RELATIVA AL RESTO DE CRITERIOS CUANTIFICABLES MEDIANTE LA MERA APLICACIÓN DE FÓRMULAS.
La proposición se presentará siguiendo el modelo en formato hoja de cálculo que se refiere en el siguiente apartado y que se adjunta en el presente Xxxxxx.
La proposición se estructurará proporcionando los valores, conforme se describe en el apartado 10.2.2 xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares, y que se evaluarán aplicando las siguientes fórmulas:
(i) Edad de la fibra.
Se requiere que la edad de toda la fibra del enlace ofertado no supere los 7 años, valorándose aquellas ofertas que incluyan una antigüedad inferior.
Fórmula de valoración:
• P_EDADF = (EDR – EDO), cuando 0 =< EDO <= 7
Siendo,
• EDR es la máxima edad establecida como requisito en el pliego, donde EDR = 7 años
• EDO es la edad mejorada que oferta el licitador medida en años enteros. Si el licitador no oferta mejoras para la edad de la fibra, entonces EDO=EDR=7 años
• P_EDADF la puntuación obtenida en función de la antigüedad de la fibra ofertada. P_EDADF será 0 cuando el enlace de fibra óptica ofertado tenga 7 años, y por tanto, EDO=EDR. La máxima puntuación que se puede obtener es de 12 puntos cuando la fibra sea de nueva tirada.
(ii) Duración del IRU.
Se requiere que la duración del IRU del enlace de fibra óptica garantizada no sea inferior a 15 años, valorándose que se oferte duraciones mayores (hasta 6 años adicionales).
Fórmula de valoración:
INCR_IRU = IRUO – 15
Para INCR_IRU > 6, entonces P_IRUF= 10
Para INCR_IRU<= 6, entonces P_IRUF= (INCR_IRU * 10)/6 Siendo,
• IRUO la duración del IRU ofertada medida en años enteros. Si el licitador no oferta mejoras en la duración del IRU, respecto al mínimo establecido en el PPT, entonces IRUO=15 años.
• INCR_IRU incremento de la duración del IRU respecto al mínimo exigido de 15 años en el PPT. Se valorará el incremento de años enteros en la duración del IRU.
• P_IRUF es la puntuación obtenida en función del incremento de años ofertados en la duración del IRU.
7.2.2.1 MODELO DE PROPOSICIÓN RELATIVA AL RESTO DE CRITERIOS CUANTIFICABLES MEDIANTE LA MERA APLICACIÓN DE FÓRMULAS.
El modelo de proposición relativa al resto de criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas referente a los criterios técnicos es la siguiente:
XXXXX XXXXXXXX XXXXXXX XXXXX DE XXXXXX XXXX
DIRECTOR GENERAL DE XXX.XX DIRECTOR DE RedIRIS, DOMINIOS y
SISTEMAS
ANEXO I – Condiciones Derecho Cesión
OBJETO
El objeto principal del Contrato consiste en la adquisición de un derecho de uso y
disfrute de determinados hilos de fibra oscura con la finalidad de satisfacer las concretas necesidades de la red académica y de investigación española, RedIRIS-NOVA.
Los concretos hilos de fibra oscura cuyo derecho de uso y disfrute se adquiere, se detallarán en documento adjunto al Contrato en el que se formalice la adjudicación en el plazo de quince (15) días naturales contados desde la puesta a disposición de los mismos y la aceptación por parte de Xxx.xx.
El equipamiento de transmisión óptica utilizado para iluminar los hilos de fibra oscura es propiedad de Xxx.xx y el adjudicatario queda obligado a permitir el acceso a sus infraestructuras para la instalación, puesta en funcionamiento y reparación de los referidos equipos durante la vigencia del Contrato.
PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO
El derecho que se adquiere tendrá la duración que resulte del procedimiento de adjudicación incoado y no menos de quince años contados desde la fecha de entrega del último de los hilos de fibra cuya cesión de uso y disfrute se adquiere, pudiendo ser prorrogado por acuerdo de ambas partes.
OBLIGACIONES DE Xxx.xx
Son obligaciones específicas de Xxx.xx las siguientes:
1. Efectuar el pago del precio que resulte del procedimiento de adjudicación.
2. Utilizar los hilos de fibra oscura con fines no lucrativos.
Xxx.xx está obligada a utilizar los hilos de fibra objeto de cesión en el marco de la red académica y de investigación española, RedIRIS-NOVA. Xxx.xx se compromete a no utilizar las fibras cuyo derecho de uso y disfrute se adquiere, ni total ni parcialmente, ni directa ni indirectamente, para fines lucrativos.
3. Xxx.xx está obligada a no enajenar, gravar o revender parte alguna de las fibras cuyo derecho de uso y disfrute se adquiere o de los circuitos que pasan por ellas.
Xxx.xx no cederá o subcontratará parte alguna de las fibras cuyo derecho de uso y disfrute se adquiere (o de los circuitos que pasan por ellos) a terceros en el mercado de las telecomunicaciones (con licencia o autorización de la CMT).
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.
Son obligaciones específicas del adjudicatario las siguientes:
1. Ceder, en los términos previstos en el presente documento, el uso y disfrute de los hilos de fibra oscura, sin más exigencia que la de que las mismas sean
destinadas por Xxx.xx al uso que les es propio como integrantes de RedIRIS-NOVA. En concreto, el adjudicatario está obligado a:
a) Permitir a Xxx.xx el disfrute pacífico de los hilos durante la vigencia del contrato.
b) Ceder el derecho de uso y disfrute de sus hilos de fibra oscura con carácter irrevocable, de tal manera que el cedente no podrá revocar la cesión otorgada a Xxx.xx durante el periodo de cesión acordado.
c) Ceder el derecho de uso y disfrute de sus hilos de fibra oscura con carácter exclusivo. El adjudicatario no permitirá el uso compartido de las fibras cedidas.
2. Garantizar, en todo caso, la adecuación técnica de las fibras cuyo derecho de uso y disfrute se adquiere para el uso previsto, garantizar que las mismas se encuentran en adecuado estado de explotación durante todo el periodo de vigencia
del contrato y garantizar, asimismo, su seguridad y fiabilidad.
3. Llevar a cabo cuantas operaciones resultasen necesarias para la adecuada explotación de los hilos de fibra oscura cuyo derecho de uso y disfrute se adquiere, incluida su sustitución si resultare preciso, sin que ello determine la alteración de las condiciones económicas del contrato.
La adjudicataria garantiza, durante el plazo de vigencia del Contrato, la plena operatividad de los hilos de fibra oscura cuyo derecho de uso y disfrute se adquiere
y la continuidad del servicio, en unas condiciones de calidad e idoneidad óptimas, respondiendo por las interrupciones que pudieran producirse salvo en caso fortuito o fuerza mayor.
4. Garantizar la falta de afección o gravamen de la fibra cuyo derecho de uso y disfrute se adquiere al pago de deuda o cumplimiento de obligación alguna.
5. Permitir a Xxx.xx el acceso a sus infraestructuras y, en concreto, a los puntos de entrega de fibra y a los espacios necesarios dentro de sus instalaciones, a fin de ubicar, poner en funcionamiento, gestionar y/o reparar los equipos utilizados para iluminar y/o gestionar los hilos de fibra oscura cuyo derecho de uso y disfrute se adquiere así como para poder comprobar que el trazado de los hilos de fibra oscura cuyo derecho de uso y disfrute se adquiere se responde a la documentación técnica facilitada en la entrega.
6. No poner trabas a la interconexión e interoperabilidad de las fibras cuyo derecho
de uso y disfrute se adquiere con cualesquiera otras fibras, hilos o redes que se integren en RedIRIS-NOVA.
RESPONSABILIDAD
Durante la vigencia del contrato el adjudicatario se compromete a mantener a Xxx.xx en el uso pleno y pacífico de los hilos de fibra óptica cuyo derecho de uso y disfrute se cede, siempre que dicho mantenimiento dependa de la actuación diligente del cedente.
El adjudicatario será responsable por evicción y por los vicios ocultos de las fibras cuyo derecho de uso y disfrute se adquiere.
Habida cuenta de que Xxx.xx no tiene acceso material directo a las fibras cuyo
derecho de uso y disfrute se adquiere por medio del presente Contrato, corresponderá al adjudicatario la garantía de su plena operatividad, debiendo actuar con la debida diligencia para impedir o rechazar cualquier perturbación de hecho o derecho, de la que tenga conocimiento.
Cada una de las partes será responsable de los daños directos sobre bienes o personas que cause a la otra parte o a terceros con ocasión de la ejecución del Contrato. Ninguna de las partes responderá frente a la otra por cualesquiera daños
o perjuicios indirectos, tales como, a título meramente indicativo, lucro cesante, pérdida de clientela, de beneficios, de explotación, etc.
FUERZA MAYOR Y CASO FORTUITO
Ninguna de las partes responderá del cumplimiento de sus obligaciones en los supuestos de caso fortuito o fuerza mayor, en los términos recogidos en el artículo 1105 del Código Civil y concordantes, lo que no exime al adjudicatario de mantener en vigor las mejores prácticas para recuperar el servicio en ese evento.
La parte afectada por la fuerza mayor o aquella que primero tenga conocimiento de ésta notificará a la otra, tan pronto como sea posible, el inicio de la circunstancia de fuerza mayor, su duración estimada y consecuencias previsibles. Ambas partes se reunirán para evaluar la situación y, en su caso, adoptar las medidas necesarias para mitigar las consecuencias de dicha fuerza mayor.
INSCRIDIBILIDAD DEL DERECHO CEDIDO
En el plazo de treinta (30) días a contar desde la fecha de la cesión del uso de los concretos hilos de fibra cuyo derecho de uso y disfrute se adquiere por medio del presente Contrato, el adjudicatario procederá, con arreglo a la oferta que hubiere formulado, a la inscripción del derecho adquirido por Xxx.xx en el Registro Público correspondiente, con objeto de otorgar el mayor grado de garantía y permanencia frente a terceros del citado derecho.
PERMANENCIA DEL CONTRATO
El derecho adquirido por Xxx.xx en virtud del Contrato se presenta como irrevocable y permanente durante la totalidad del período de vigencia.
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 61.2 de la Ley 22/2003, de 9 julio, Concursal, en relación con el 67.2 de la misma Ley, “la declaración del concurso, por sí sola, no afectará a la vigencia de los contratos con obligaciones recíprocas pendientes de cumplimiento tanto a cargo del concursado como de la otra parte.
Las prestaciones a las que esté obligado el concursado se realizarán con cargo a la masa”. En este sentido, el derecho que se adquiere en virtud del Contrato, en caso de insolvencia o concurso del adjudicatario, se mantendrá durante todo su periodo
de vigencia, debiendo cualesquiera acreedores del adjudicatario estar y pasar por esa permanencia en el uso.
En los casos de fusión de empresas en los que participe el adjudicatario, continuará el Contrato vigente con la entidad absorbente o con la resultante de la fusión, que quedará subrogada en todos los derechos y obligaciones dimanantes de éste.
Igualmente, en los supuestos de escisión, aportación o transmisión de empresas o ramas de actividad de las mismas, continuará el Contrato con la entidad resultante o beneficiaria, que quedará subrogada en los derechos y obligaciones dimanantes de éste, siempre que tenga la solvencia exigida al acordarse la adjudicación.
GARANTÍAS RELATIVAS A LA ADECUADA EXPLOTACIÓN DE LOS GASTOS DE FIBRA OSCURA CUYO DERECHO DE USO Y DISFRUTE SE ADQUIERE DURANTE TODO EL TIEMPO DE VIGENCIA DEL CONTRATO
En el acto de formalización del Contrato la adjudicataria presenta los documentos que acreditan que ésta ha constituido las garantías reales o cuenta con los afianzamientos personales requeridos para garantizar la permanencia e irrevocabilidad de la cesión del derecho de uso y disfrute de los hilos de fibra óptica objeto del Contrato en las condiciones precisas para la adecuada explotación de los mismos y su eventual sustitución en caso de que resultara necesario.