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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES REGULADORAS DE LA ADJUDICACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL CONTRATO PRIVADO PARA ARRENDAMIENTO LOCAL DESTINADO A ALMACÉN MUNICIPAL.
1.- OBJETO DEL CONTRATO.
El objeto del contrato a que se refiere el presente Xxxxxx es el arrendamiento de bien inmueble especificado en el apartado primero del Anexo de este Pliego y en el propio pliego de prescripciones técnicas redactado por el técnico que se indica en el citado apartado del Anexo. El plazo de duración del contrato será de cuatro años, prorrogables por períodos anuales por mutuo acuerdo de las partes, hasta un xxxxxx xx xxxx años.
2.- NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER MEDIANTE EL CONTRATO Y FACTORES A TENER EN CUENTA.
La finca objeto de arrendamiento tendrá naturaleza patrimonial. Se destinará a almacén de la brigada municipal, dado que en la actualidad el Ayuntamiento xx Xxx carece de espacios adecuados destinados a tal uso.
3.- RÉGIMEN JURÍDICO.
El contrato a celebrar tiene carácter privado y se regirá por la normativa vigente en materia de contratación administrativa local, en cuanto a su preparación y adjudicación: Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, reguladora de las Bases del Régimen Local; Ley 30/2007, de 30 de octubre, de contratos del sector público (en adelante LCSP), Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, en lo no regulado por la LCSP, y Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en adelante RGLCAP), aplicándose supletoriamente las restantes normas de derecho administrativo o, en su caso, las normas de derecho privado, según corresponda.
En cuanto a sus efectos y extinción este contrato se regirá por el derecho privado, de acuerdo con lo que establece el art. 20 de la LCSP.
4.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN.
El órgano de contratación es el que se señala en el Anexo, apartado segundo. La dirección postal es Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, xx 0. 00000 Xxx (Xxxxxxxx). La dirección electrónica es xxxxxxxxxxxx@xxx.xx.
5.- PERFIL DE CONTRATANTE.
El acceso al perfil de contratante se realiza a través de la página web xxx.xxx.xx.
6.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN.
El precio base para la contratación es el que se recoge en el apartado 3 del Anexo. De forma separada se expresa la cuota correspondiente al Impuesto sobre el Valor Añadido. Resultarán rechazadas de forma automática las proposiciones que sean superiores a dicho precio.
7.- TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE Y PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.
El expediente se tramita de forma ordinaria (art. 93 y ss. LCSP) y el procedimiento de adjudicación es el abierto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.2 y 141 y ss. de la LCSP. De acuerdo con lo establecido en el artículo 94 de la LCSP, se realiza una tramitación anticipada del gasto condicionada a la existencia de crédito.
8.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS.
Los criterios de adjudicación y evaluación de las ofertas serán los establecidos en la cláusula nº 9 del Anexo.
9.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN.
Corresponden al órgano de contratación las prerrogativas de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público, así como a la legislación de derecho privado.
Los acuerdos dictados al efecto pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos.
10.- DERECHOS Y OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE LAS PARTES.
Los derechos y obligaciones de las partes son los que se contemplan en la LCSP, RGLCAP, en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares y resto de los antecedentes administrativos del contrato, así como en las demás normativa reguladora de la contratación administrativa.
11.- CAPACIDAD DEL CONTRATISTA Y PROHIBICIÓN DE CONTRATAR.
Los candidatos o los licitadores deberán acreditar su personalidad jurídica y capacidad de obrar. Cuando fueran personas jurídicas deberán justificar que el objeto social de la entidad comprende el desarrollo de todas las actividades que constituyen el objeto del contrato al que concurren. La acreditación se realizará mediante la presentación de los estatutos sociales inscritos en el Registro mercantil o en aquel otro registro oficial que corresponda en función del tipo de entidad social.
Los candidatos o licitadores no deberán estar incursos en ninguna de las causas de prohibición de contratar establecidas en el artículo 49 de la Ley en la fecha de conclusión del plazo de presentación de solicitudes de participación cuando se aplique el procedimiento
restringido o el procedimiento negociado, ni en el de presentación de proposiciones cuando se aplique el procedimiento abierto. Tampoco deberán estar incursos en tal situación cuando se proceda a la adjudicación definitiva del contrato.
Para acreditar tal circunstancia deberán aportar la correspondiente declaración responsable en la que el empresario, su representante o apoderado, en su caso, deje constancia de tal requisito.
12.- PROPOSICIONES.
1.- Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en el Registro general del Ayuntamiento, durante el plazo y en el horario indicado en el apartado 4 del Anexo. También podrán presentarse proposiciones por correo, en cuyo caso el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar el mismo día al órgano de contratación, por Fax, Télex, correo electrónico (xxxxxxxxxxxx@xxx.xx) o Telegrama, la remisión de la proposición. Sin cumplir tales requisitos no será admitida la proposición en el caso de que se reciba fuera de plazo. No obstante, transcurridos diez días naturales desde la terminación del plazo de presentación, no será admitida ninguna
proposición enviada por correo.
Durante el mismo plazo y horario podrá examinarse el expediente en la Secretaría Municipal.
2.- Dentro del plazo señalado en el punto anterior los licitadores presentarán tres sobres, “A”, “B” y “C”, necesariamente cerrados, que podrán ser lacrados o precintados, identificados en su exterior de la siguiente forma:
- Indicación de la licitación a la que concurran, a través de las inscripciones respectivas que figuran en el apartado 7 del Anexo.
- Firma del licitador o persona que lo represente.
- Indicación del nombre y apellidos o razón social de la empresa.
3. En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente (artículo 80 RGLCAP).
4. El sobre “A” contendrá la DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LA PERSONALIDAD Y CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATISTA, y en el mismo se incluirán los siguientes documentos:
4.1. Los acreditativos de la personalidad jurídica y, en su caso, representación del empresario.
4.1.1. En el caso de que el proponente haya resultado ser adjudicatario en alguna licitación convocada por el Ayuntamiento xx Xxx en el último año: mediante el modelo anexo II al presente pliego.
4.1.2. En caso de que el proponente no haya resultado ser adjudicatario en ninguna licitación convocada por el Ayuntamiento xx Xxx en el último año, deberá presentar la siguiente documentación:
- Si se trata de un empresario individual, fotocopia compulsada del D.N.I., y, en el caso de que actúe por medio de apoderado, se acompañará además la escritura pública de apoderamiento, debidamente bastanteada por la Secretaría del Ayuntamiento y el D.N.I. del apoderado.
- En el caso de que el licitador sea una persona jurídica, se presentará:
1. Escritura pública de constitución o modificación de la sociedad, debidamente inscrita, en su caso, en el Registro Mercantil. Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Comunidad Europea, deberán acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial cuando este registro sea exigido por la legislación del Estado respectivo. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con certificación expedida por la Embajada de España en el Estado correspondiente.
2. Escritura pública de apoderamiento, debidamente bastanteada por la Secretaría del Ayuntamiento, a favor de la persona que en nombre de la sociedad firme la proposición.
3. D.N.I. del apoderado.
- En caso de concurrir a la licitación varias empresas, constituyendo una Unión Temporal, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que suscriben las proposiciones, la participación de cada una de ellas, designando la persona o Entidad que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la representación de la UTE ante el Ayuntamiento.
4.2. Declaración responsable del contratista (o, en nombre y representación del mismo, de su apoderado) de no hallarse incurso en ninguna de las causas de prohibición para contratar con la Administración señaladas en el artículo 49 de la LCSP, con expresa referencia a la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes (en el apartado 8 del Anexo se incluye modelo de declaración).
4.3. Los que acrediten que el licitador cuenta con la debida solvencia económica y financiera, y técnica, que se probará por los medios señalados en el apartado 7 del Anexo.
4.4. Las empresas extranjeras deberán acompañar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
4.5. Los empresarios extranjeros no comunitarios deberán presentar, además de la documentación señalada anteriormente, la justificación exigida en el artículo 44 LCSP y además es necesario que tengan abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y que estén inscritas en el Registro Mercantil.
La documentación relativa a la personalidad, capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera, y clasificación, así como la concurrencia o no de las prohibiciones de contratar, podrá ser sustituida por el certificado de
inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas de Estado o Comunidad Autónoma correspondiente.
Todos los documentos presentados por los licitadores deberán ser originales, fotocopias debidamente compulsadas por funcionario del Ayuntamiento autorizado al efecto o copias notariales debidamente legitimadas.
5. El sobre “B” contendrá DOCUMENTACIÓN TÉCNICA.
En este sobre se incluirá la documentación técnica que se exija, en su caso, en el apartado 9 del anexo I, en orden a la aplicación de los criterios objetivos y los que dependan de un juicio de valor, para la adjudicación del contrato especificados en el mismo, sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 80 del RGLC. Constará de un sobre B1, en el que se incluirá la documentación relativa a los aspectos cuya ponderación dependa de un juicio de valor, y de un sobre B2, con la documentación relativa a los aspectos valorables objetivamente, mediante fórmulas u otros medios.
6. El sobre “C” contendrá la PROPOSICIÓN ECONÓMICA.
Se ajustará al modelo indicado en el apartado 8 del Anexo. En el precio ofertado no se incluirá el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido. Se entenderán incluidos todos los gastos generales.
De acuerdo con lo dispuesto en el art. 91 de la LCSP, se exime a los licitadores de presentar garantía provisional.
13.- MESA DE CONTRATACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES.
La Mesa de Contratación, se constituirá a convocatoria de su presidente/ a, en sesión no pública, con el fin de proceder a la apertura del sobre A y posterior calificación de los documentos aportados por los licitadores interesados en la adjudicación del contrato.
La composición de la Mesa de Contratación será la siguiente: Presidente/ a:
- La Alcaldesa, o en su caso, el Concejal Delegado.
Vocales:
- La Concejal de Patrimonio o concejal en quien delegue.
- Un funcionario o personal laboral del Ayuntamiento.
- El Interventor de fondos de la Corporación o funcionario en quien delegue.
- La Secretaria General del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue. Secretario/ a:
- El Técnico de Administración General o funcionario en quien delegue.
Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratación procederá a la calificación de la documentación presentada por los licitadores en el sobre A, en acto no público. Si la Mesa de Contratación observara defectos formales en la documentación presentada, podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo no superior a tres (3) días hábiles para que el
licitador los subsane. Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, se rechazará la proposición.
Cuando para la valoración de las ofertas deban tenerse en cuenta criterios de adjudicación cuya ponderación dependa de un juicio de valor (art. 26 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, que desarrolla parcialmente al LCSP), en el acto público de apertura del sobre B, sólo se efectuará la apertura de la documentación relativa a ellos contenida en el sobre B1, entregándose al órgano encargado de su valoración. Dicho órgano será un comité formado por el Arquitecto Municipal, el Arquitecto Técnico Municipal y el Ingeniero Industrial al servicio del Ayuntamiento. Dicho acto se celebrará en un plazo máximo de siete días a contar desde la apertura de la documentación administrativa. La valoración por el comité de expertos se realizará en un plazo máximo de dos meses. El acto de apertura de los sobres “B” será objeto de convocatoria (con antelación mínima de un día hábil) a través de anuncios que se expondrán en el Tablón Municipal y en el Perfil de Contratante de la página Web del órgano de contratación (xxx.xxx.xx), cuando tal acto no tuviera lugar en la misma sesión de apertura de los sobres “A”, por haber tenido que subsanar documentación alguno de los proponentes. Comenzará el acto con la lectura del anuncio del contrato, y con el recuento de las proposiciones presentadas y a su confrontación con los datos que figuren en el certificado expedido por el funcionario encargado del Registro de Proposiciones. El/la Sr/a. Presidente/a dará cuenta a continuación de las proposiciones recibidas y del nombre de los licitadores, comunicará el resultado de la calificación de la documentación acreditativa de la personalidad y características del contratista, con expresión de las proposiciones admitidas y rechazadas, y de las causas del rechazo, e invitará a los asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que serán reflejadas en el acta junto con las correspondientes aclaraciones de la Mesa, sin que ésta pueda hacerse cargo en ningún caso en este momento de documentos que no hubiesen sido entregados en los plazos de presentación de ofertas o de subsanación de defectos u omisiones.
Asimismo, se fijará fecha para la celebración del acto público de apertura del sobre B2 y del sobre C, en el que constará la proposición económica, dejando constancia documental de todo lo actuado. El acto de apertura del sobre B2 comenzará por la lectura de la valoración asignada por el órgano técnico a los elementos de la oferta que deban ponderarse en función de juicios de valor.
La Mesa de Contratación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos (art. 144 LCSP), elevará al órgano de contratación la propuesta de adjudicación el contrato que estime adecuada, debidamente razonada, que incluirá en todo caso, la ponderación de los criterios de adjudicación; en el caso de emitirse informe podrá hacer suyo el contenido íntegro del informe. Esta propuesta de la Mesa no crea derecho alguno mientras el órgano de contratación no dicte la resolución de adjudicación.
Los licitadores consignarán en la documentación y en la proposición el número de Fax al cual podrán dirigirse las notificaciones oficiales, aceptándose por éstos, a efectos de cómputo de plazos, la fecha en que se ha cursado dicho fax.
14.- ADJUDICACIÓN.
La adjudicación recaerá sobre el licitador que haya presentado la oferta que resulte más ventajosa y se dictará en el plazo máximo de cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones
tributarias y con la Seguridad Social, así como de haber constituido la garantía definitiva (5% del importe de adjudicación, excluido el IVA) y de los otros extremos que recoge el art. 135.2 LCSP, en su redacción dada por la Ley 34/2010, de 5 xx xxxxxx. Dicha documentación deberá presentarse en el plazo xx xxxx días hábiles a contar a partir del siguiente a aquél en que se hubiera recibido el requerimiento.
La adjudicación deberá notificarse a los licitadores y publicarse en el perfil de contratante incluido en la página web del Ayuntamiento xx Xxx.
La adjudicación no podrá realizarse en un plazo superior a dos meses a contar desde la apertura de las proposiciones.
15.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
El adjudicatario queda obligado a suscribir, dentro del plazo de 15 días hábiles desde la fecha de la notificación de la adjudicación, el documento administrativo de formalización del contrato, con las limitaciones establecidas por el artículo 140 de la LCSP, en la redacción dada por la Ley 34/2010. Si el adjudicatario es una unión temporal de empresarios, dentro del mismo plazo y con anterioridad a la firma del contrato, deberá aportar escritura pública de constitución como tal.
El contrato se formalizará en escritura pública, dentro del plazo de treinta días a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento. Si por causa imputable al adjudicatario no pudiera formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, el Ayuntamiento podrá acordar la resolución del mismo, siguiendo al efecto el procedimiento establecido en el artículo 109 del RGLCAP. En tal supuesto procederá la incautación de la garantía definitiva y la indemnización de los daños y perjuicios causados.
16.- RIESGO Y XXXXXXX DEL CONTRATISTA Y DERECHOS Y OBLIGACIONES.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista. Serán de cuenta del contratista todos los gastos que genere la ejecución del contrato.
17.- PAGO.
El pago se realizará mediante al emisión por el arrendatario de facturas mensuales.
18.- CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste ponga a disposición del ayuntamiento el local objeto del arrendamiento, tras suscribir el correspondiente contrato.
19.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
Las causas de resolución del contrato serán las previstas en la legislación de derecho privado, y supletoriamente las de la legislación en materia de contratación administrativa.
20.- GASTOS.
El arrendatario estará obligado a pagar los siguientes gastos:
1. Los de cuantos anuncios, en diarios o boletines oficiales y prensa o medios de comunicación, genere la preparación, adjudicación, ejecución y extinción del contrato y los preparatorios y de formalización del contrato, con el límite de 1.000 €.
2. Los tributos estatales, municipales y autonómicos que deriven del contrato, a excepción del IVA.
3. Los de formalización pública del contrato de arrendamiento, si así lo solicitara él mismo.
4. Los derechos de cualquier naturaleza que se deriven de la ejecución del contrato.
21.- JURISDICCIÓN COMPETENTE.
Las determinaciones establecidas en este pliego y en el pliego de prescripciones técnicas constituyen la norma vinculante y declarativa de los derechos y obligaciones de la Corporación y de los contratistas.
Las cuestiones litigiosas que puedan surgir entre la Corporación y el contratista, en cuanto a la interpretación, modificación, resolución y efectos del contrato, serán resueltas por el órgano municipal de contratación, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y contra los mismos habrá lugar a recurso contencioso-administrativo, conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Será potestativo para el interesado la interposición del recurso especial en materia de contratación, regulado en el artículo 37 de la LCSP, o cualquiera de los regulados en la Ley 30/92, de régimen jurídico y procedimiento administrativo común de la administraciones públicas.
22.- SEGURIDAD Y CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN.
El adjudicatario estará obligado a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer con ocasión de la ejecución del contrato, especialmente los de carácter personal, quedando obligado al cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, sobre protección de datos de carácter personal. La información que obtenga el adjudicatario en la realización del contrato, será en su totalidad y sin excepción alguna propiedad del Ayuntamiento, y sólo podrá ser utilizada por el adjudicatario para el ejercicio de las funciones objeto del presente contrato, por lo que la empresa adjudicataria contrae expresamente la obligación absoluta de no facilitar esta información a otras administraciones, instituciones o particulares sin que medie autorización escrita.
DILIGENCIA para hacer constar que el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, que consta de 22 cláusulas y dos anexos (el primero de ellos con 9 puntos) ha sido aprobado por Decreto de Alcaldía el día , lo que certifico.
La Secretaria,
Fdo.: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx
ANEXO I AL PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES REGULADORAS DE LA ADJUDICACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL CONTRATO PRIVADO DE “ARRENDAMIENTO LOCAL DESTINADO A ALMACÉN MUNICIPAL”.
1.- OBJETO DEL CONTRATO.
1.1.Arrendamiento de un local en planta baja para ubicación xxx xxxxxxx municipal, sito preferentemente en la periferia urbana (zonas industriales), con buena conexión con el Ayuntamiento y en una calle que permita la carga y descarga sin obstaculizar el tráfico.
1.2. Autor xxx xxxxxx de prescripciones técnicas: Xxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx.
1.3. Fecha del citado pliego: 28 de septiembre de 2010.
2.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN.
2.1. Alcaldía.
3.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN.
3.1. Presupuesto base de licitación (en cifras y letras): 50.400,00 € (cincuenta mil cuatrocientos).
3.2. Cuota correspondiente al IVA (en cifras y letras): 9.072,00 € (nueve mil setenta ay dos euros).
4.- PLAZO Y HORARIO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.
4.1. Plazo: quince días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio del contrato.
4.2. Xxxxxxx: De 9,00 a 14,00 horas, en el Registro General de Entrada, planta baja.
5.- INSCRIPCIÓN QUE DEBE FIGURAR EN LOS SOBRES DE LOS CONTRATISTAS.
5.1. Sobre “A”:
“PROCEDIMIENTO ABIERTO CONTRATO PRIVADO DE “ARRENDAMIENTO LOCAL DESTINADO A ALMACÉN MUNICIPAL”. DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LA PERSONALIDAD Y CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATISTA (NOMBRE Y APELLIDOS O RAZÓN SOCIAL DEL LICITADOR).
5.2. Sobre “B”:
“PROCEDIMIENTO ABIERTO CONTRATO PRIVADO DE “ARRENDAMIENTO LOCAL DESTINADO A ALMACÉN MUNICIPAL”. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA (NOMBRE Y APELLIDOS O RAZÓN SOCIAL DEL LICITADOR).
5.3. Sobre “C”:
“PROCEDIMIENTO ABIERTO CONTRATO PRIVADO DE “ARRENDAMIENTO LOCAL DESTINADO A ALMACÉN MUNICIPAL”. PROPOSICIÓN ECONÓMICA (NOMBRE Y APELLIDOS O RAZÓN SOCIAL DEL LICITADOR).
6.- MODELO DE DECLARACIÓN DE NO HALLARSE INCURSO EN PROHIBICIÓN DE CONTRATAR CON LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.
D. , mayor de edad, con domicilio en (calle, localidad, provincia), y D.N.I. nº , en nombre propio (o en representación de
) en relación al Procedimiento Abierto convocado por el Ilmo. Ayuntamiento xx Xxx para la adjudicación del contrato privado de “Arrendamiento local destinado a almacén municipal”, bajo mi personal responsabilidad,
DECLARO:
1º. Que el firmante (o la persona física o jurídica a quien representa), no se halla incurso en prohibición alguna de contratar con las Administraciones Públicas, conforme a lo dispuesto en el artículo 49 de la L.C.S.P.
2º. Que, en consecuencia, está al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
(Lugar, fecha y firma del licitador o representante)
7.-SOLVENCIA DEL LICITADOR. MEDIOS DE ACREDITACIÓN DE LA SOLVENCIA.
Los licitadores podrán acreditar su solvencia económica-financiera a través de cualquiera de los medios señalados en el artículo 64 de la LCSP, y su solvencia técnica o profesional a través de cualquiera de los medios recogidos en el artículo 68 de la LCSP.
8.- MODELO DE PROPOSICIÓN.
D. , mayor de edad, de profesión y D.N.I. nº
vigente, con domicilio en (localidad, provincia, calle y número), en nombre propio (o en nombre de ), enterado del expediente, Pliego de cláusulas administrativas particulares, y técnicas, y demás antecedentes que rigen el Procedimiento Abierto para la adjudicación del Contrato privado de "Arrendamiento local destinado a almacén municipal", acepta todo ello en su integridad y se compromete a ejecutar el contrato con sujeción estricta a los referidos documentos, por la cantidad de
€, IVA excluido (expresar en letra y en número el precio de la oferta).
A los indicados efectos, acompaño en “Sobre A”, los documentos señalados en la Cláusula Décimo Xxxxxxx xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares reguladoras de la contratación.
(Lugar, fecha y firma del licitador o representante)
SRA. ALCALDESA-PRESIDENTA DEL ILMO. AYUNTAMIENTO XX XXX.
9.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS.
1.- Criterios valorables mediante fórmulas objetivas:
a) Incrementos en la superficie del local sobre la establecida, de acuerdo con los siguientes porcentajes (máximo 15 puntos):
- Entre el 0.01 y 5% : se otorgarán 5 puntos.
- Entre el 5.01% y 10%: se otorgarán 10 puntos.
- De 10.01% en adelante: 15 puntos.
2.- Criterios sujetos a un juicio de valor:
a) Tipología y estado general de la nave y del local: 35 puntos.
b) Precio: 30 puntos.
c) Situación, calle de acceso y conexión con el Ayuntamiento: 20 puntos.
XXXXX XX – DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ALTERACIÓN DE LOS DATOS APORTADOS AL AYUNTAMIENTO XX XXX
IMPORTANTE: esta declaración únicamente podrá ser presentada por aquellos licitadores que en el último año hayan resultado ser adjudicatarios de alguna contratación convocada por el Ayuntamiento xx Xxx.
D/Xx , con D.N.I. nº en nombre propio o en representación de la empresa , en calidad de , al objeto de participar en el expediente de contratación de “Arrendamiento local destinado a almacén municipal”, declara bajo su responsabilidad lo siguiente:
Que los datos de esta empresa referentes a escritura de constitución, adaptación, modificación, etc., así como los poderes, son los que obran en el expediente _, presentados para la contratación consistente en “ ”, y se encuentran vigentes.
En , a de de 20_
Fdo.: .