PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES DE SEGURIDAD EN LOS EDIFICIOS PROPIEDAD DE SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A. S.M.E.
PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES DE SEGURIDAD EN LOS EDIFICIOS PROPIEDAD DE SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A. S.M.E.
CUADRO RESUMEN
A.- OBJETO
El objeto de la presente contratación es el servicio de mantenimiento de las instalaciones de seguridad ubicadas en las siguientes edificaciones propiedad de SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A., S.M.E., sitas en Madrid:
Complejo Campos Velázquez
- Sistema CCTV perimetral del Complejo.
- Red IP del Complejo.
- Control de Accesos Peatonal del Complejo.
- Control de Accesos de Vehículos del complejo.
Edificio Génesis
- Sistema CCTV interior del edificio.
- Sistema de control de accesos del edificio.
- Sistema anti- intrusión del edificio.
- Sistema de control de Accesos exterior.
Edificio Villa de Madrid
-Sistema CCTV perimetral e interior del edificio.
-Sistema anti-intrusión.
-Sistema de control de accesos peatonal del edificio.
-Sistema de control de accesos de vehículos.
B.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
B.1.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN
SIN IVA: TRESCIENTOS DOS MIL CUATROCIENTOS EUROS | 302.400,00€ (75.600,00€/AÑO) |
IVA (21%): SESENTA Y TRES MIL QUINIENTOS CUATRO EUROS | 63.504,00 € |
CON IVA: TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS CUATRO EUROS | 365.904,00€ |
B.2.- VALOR ESTIMADO
En letra | En número |
TRESCIENTOS DOS MIL CUATROCIENTOS EUROS | 302.400,00€ |
B.3.- DESGLOSE
- Sistema CCTV, control de accesos peatonal, control de accesos de vehículos y red IP del Complejo Campos Xxxxxxxxx. | 30.200,00€/año |
- Sistema CCTV, anti-intrusión y control de accesos en Edificio Génesis. | 22.680,00€/año |
- Sistema de control de accesos externo en Edificio Génesis. | 6.844,00€/año |
- Sistema CCTV, sistema anti-intrusión, sistema de control de accesos peatonal, sistema de control de accesos para vehículos en el Edificio Villa de Madrid. | 15.876,00€/año |
C.- DURACIÓN DEL SERVICIO
El plazo de duración del contrato será de CUATRO (4) AÑOS a contar desde su firma. Según el siguiente desglose:
- Fase I: Plan definitivo de mantenimiento preventivo: treinta (30) días naturales.
- Fase II: Auditoría de sistemas: sesenta (60) días naturales.
- Fase III: Servicio de mantenimiento conductivo-preventivo y correctivo: cuatro (4) años.
D. FECHA DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Conforme al artículo 159.1 del TRLCSP, y dado que los anuncios de la presente licitación se prepararán y enviarán por medios informáticos y que se ofrece acceso por medios electrónicos a los pliegos y documentación complementaria, el plazo de presentación de ofertas será de CUARENTA (40) DÍAS desde el envío del anuncio al DOUE.
E. CLASIFICACIÓN DE LOS LICITADORES
GRUPO | SUBGRUPO | CATEGORÍA |
P | 5 | 1 |
(*) Equivale a la categoría A) conforme al anterior sistema de clasificación, en los términos establecidos en el R.D. 773/2015.
F. DOMICILIO Y TELÉFONO
X/ Xxxxxxxxx, 000 XXX – 0x Xxxxxx – 00000 Xxxxxx
-información legal y administrativa: Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, telf.: 913961154 correo electrónico: xxxxxx@xxxxxxx.xx
-información técnica: Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, telf.: 913961606 correo electrónico xxxxxxxxxx@xxxxxxx.xx
G.- VALIDEZ DE LA OFERTA
Plazo de mantenimiento de la oferta: 6 meses
H.- REVISIÓN DE PRECIOS
No procede.
I.- FORMAS Y CONDICIONES DE PAGO
Según lo especificado en la cláusula III.3.6 de este Pliego.
J.- GARANTÍA
Garantía provisional: no se exige
Garantía definitiva: 5% del importe de adjudicación (excluido IVA).
K.- PONDERACIÓN CRITERIOS DE VALORACIÓN
Criterios evaluables mediante fórmula: 100%
L.- APERTURA DE OFERTAS
Las ofertas se abrirán en el día y hora que se señala en el anuncio.
M.- CONSULTA XXX XXXXXX
En el perfil del contratante: xxx.xxxxxxx.xx
ÍNDICE
I. ELEMENTOS 8
I.1. Objeto 8
I.2. Presupuesto base de licitación y valor estimado del contrato 8
I.3. Plazo de duración del contrato 9
I.4. Requisitos de los licitadores 9
I.4.1. Aptitud para contratar 9
I.4.2. Capacidad económica, financiera y técnica 10
I.4.3. Compromiso de adscripción de medios 11
II. ADJUDICACIÓN 12
II.1. Procedimiento de adjudicación 12
II.2. Órgano de contratación 12
II.3. Mesa de Contratación 12
II.4. Plazo, lugar y forma de presentación de las proposiciones 13
II.4.1 Plazo 13
II.4.2 Lugar 13
II.4.3. Formato 13
II.4.4. Forma de presentación y contenido de las proposiciones 14
II.5. Forma de adjudicación 21
II.6. Criterios de valoración 22
II.6.1. Evaluación de la Proposición económica (100 puntos) 22
II.7. Propuesta de adjudicación 23
II.8. Adjudicación 26
II.9. Obligaciones previas a la firma del contrato 27
III. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 27
III.1. Documentación de formalización 27
III.2. Régimen jurídico del contrato 28
III.3. Obligaciones del Adjudicatario 28
III.3.1. Obligación de ejecución de los trabajos 28
III.3.2. Obligaciones laborales y sociales, responsabilidad y cobertura de riesgos 29
III.3.3. Obligaciones Prevención de delitos 31
III.3.4. Precio 31
III.3.5. Revisión de Precios 32
III.3.6. Forma de Pago 32
III.3.7. Cesión y Subcontratación 33
IV. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO 33
V. FUERO 34
VI. CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS 34
VII. SUBSANACIÓN DE ERRORES 39
ANEXO 1.- MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE Y JURADA 40
ANEXO 2.- MODELO DE AVAL 41
ANEXO 3.- MODELO DE SEGURO DE CAUCIÓN 42
ANEXO 4.- MODELO DE DECLARACIÓN DE EMPRESAS VINCULADAS 43
ANEXO 5.- MODELO DECLARACION DE HABER TENIDO EN CUENTA EN LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA LAS OBLIGACIONES LEGALES EN MATERIA LABORAL Y MEDIOAMBIENTALES 44
ANEXO 6.- RELACIÓN DE SERVICIOS SIMILARES REALIZADOS 45
ANEXO 7.- PROPOSICIÓN ECONÓMICA 46
ANEXO 8.- MODELO COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS 47
ANEXO 9.- INSTRUCCIONES CUMPLIMENTACIÓN DEUC 48
I. ELEMENTOS
I.1. Objeto
El objeto del presente pliego es la contratación descrita en el Apartado A del cuadro- resumen. Como aparece reflejado en el mencionado Apartado.
Además del contenido del presente Xxxxxx, revestirán carácter contractual los siguientes documentos:
❑ Pliego de Prescripciones Técnicas.
❑ Proposición Económica
❑ Aval
La codificación correspondiente a la nomenclatura vocabulario común de los contratos (CPV) de la Comisión Europea responde los códigos:
⋅ 35120000-1: sistemas y dispositivos de vigilancia y seguridad.
⋅ 45259000-7: reparación y mantenimiento de instalaciones.
⋅ 50610000-4: servicios de reparación y mantenimiento de equipos de seguridad.
I.2. Presupuesto base de licitación y valor estimado del contrato
A) PRESUPUESTO DE LICITACIÓN:
El presupuesto base de licitación para la totalidad asciende a la cantidad expresada en el apartado B.1. del Cuadro Resumen.
El precio se mantendrá invariable durante toda la duración del contrato, por lo que el mismo no podrá ser objeto de revisión ni modificación por ningún concepto, ni siquiera por incremento de precios o revisiones acordadas oficialmente.
B) VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
El valor estimado del contrato asciende a la cantidad expresada en el Apartado B.2. del Cuadro Resumen. En este importe se han tenido en cuenta los requisitos contemplados en el artículo 88 del TRLCSP.
I.3. Plazo de duración del contrato
La duración de los contratos que se suscriban será la expresada en el Apartado C del Cuadro Resumen.
I.4. Requisitos de los licitadores
I.4.1. Aptitud para contratar
Podrán concurrir a la licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que, teniendo plena capacidad de obrar, no se encuentren incursas en alguna de las prohibiciones de contratar establecidas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011 Texto Refundido de la Ley del Contrato del Sector Público (TRLCSP), y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato si sus prestaciones están comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea tendrán capacidad de obrar cuando figuren inscritas en el registro correspondiente, o en su defecto, cuando actúen con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato.
Tendrán capacidad para contratar, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.
Podrán presentar proposiciones las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor.
Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de
poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa.
A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato. La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
Los licitadores deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituye objeto de esta licitación.
I.4.2. Capacidad económica, financiera y técnica.
La adjudicación del contrato requerirá la previa acreditación de la capacidad económica, financiera y técnica necesaria para su ejecución, según se detalla a continuación:
I.4.2.1. La solvencia económica y financiera se acreditará mediante los siguientes documentos:
▪ Declaración en la que se especifique el volumen de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, correspondiente, como máximo, a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del licitador, en la medida en que se disponga de esa información.
Criterio de solvencia: el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, deberá ser al menos una vez y media al presupuesto del contrato.
I.4.2.2. La solvencia técnica se acreditará mediante los documentos que se exponen a continuación:
▪ Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos cinco años que incluya importe, fechas y destinatario, público o privado, de los
mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Se adjunta modelo como Anexo nº 6
Criterio de Selección: El licitador deberá acreditar su experiencia durante los últimos cinco años en la realización de un contrato de servicio de cuantía equivalente al 75% del presupuesto base de licitación, o dos, cuya suma equivalga al 100% del citado presupuesto.
En las Uniones Temporales de Empresarios, a efectos de determinación de su solvencia, se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma (art. 24.1 RGLCAP).
La acreditación de la solvencia mediante medios externos (art. 63 TRLCSP), exigirá demostrar que para la ejecución del contrato dispone efectivamente de esos medios mediante la exhibición del correspondiente documento de compromiso de disposición, además de justificar su suficiencia por los medios establecidos en el presente apartado.
I.4.3. Compromiso de adscripción de medios
Además de acreditar su solvencia los licitadores deberán presentar, con carácter de obligación esencial a los efectos previstos en el artículo 223, letra f) del TRLCSP, el compromiso de adscribir a la ejecución del servicio los medios personales suficientes para ello (art. 64.2 TRLCSP), en concreto, con carácter de mínimo, deberá asignar los medios personales especificados en el apartado 4.4.1 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas. Se adjunta modelo como Anexo nº 8.
El modelo habrá de acompañarse, manteniendo el carácter de obligación esencial, de la siguiente información:
- Organigrama del personal adscrito al contrato, en el que se muestren los distintos perfiles y funciones, con su interdependencia funcional y jerárquica y
especificando si la dedicación es total, parcial o puntual. No es necesario especificar nombres propios.
II. ADJUDICACIÓN
II.1. Procedimiento de adjudicación
El contrato objeto del presente Xxxxxx se adjudicará mediante procedimiento abierto con un único criterio de adjudicación, regulado en en el TRLCSP.
El contrato se encuentra sujeto a regulación armonizada, conforme a lo dispuesto en los artículos 13 y 16 del TRLCSP, en función del valor estimado del mismo.
II.2. Órgano de contratación
El Órgano de Contratación y adjudicación será el Comité de Dirección de SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A, S.M.E.
II.3. Mesa de Contratación
De acuerdo con lo establecido en las instrucciones internas del Grupo, la composición de la mesa de contratación será la siguiente:
▪ Presidente: Secretario General.
▪ Vocales:
- Directora de la Asesoría Jurídica Inmobiliaria, que actuará además como Secretaria.
- Un representante de la Dirección Económica, Financiera y Corporativa.
- Un representante de la Dirección de Negocios de la Actividad Inmobiliaria.
- Un representante de la Dirección de Control de Riesgos.
- Un representante de la Dirección de Planificación y Control.
II.4. Plazo, lugar y forma de presentación de las proposiciones
II.4.1 Plazo
Las proposiciones se presentarán dentro del plazo señalado en el Apartado D del Cuadro Resumen.
II.4.2 Lugar
La documentación habrá de ser entregada en las dependencias u oficinas expresadas a continuación, dentro del plazo señalado en la convocatoria de licitación.
La dirección donde se realiza la entrega es:
X/ Xxxxxxxxx, 000 xxx – 0x Xxxxxx
00000-Xxxxxx
Cuando las proposiciones se envíen por correo, el licitador deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al Órgano de Contratación la remisión de la oferta mediante fax o telegrama en el mismo día. También podrá anunciarse por correo electrónico (xxxxx@xxxxxxx.xx).
En caso de efectuarse el anuncio del envío por correo mediante fax, se dirigirá al número 91 396 10 55.
Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio.
Transcurridos, no obstante, diez días siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
II.4.3. Formato
Para la presentación de los diversos documentos previstos en la asistencia, se tendrán en cuenta las siguientes normas:
1.-Documentación escrita:
- Tamaño DIN A-4
2.- Documentación gráfica:
- Se utilizarán según las necesidades, los formatos DIN A-2, DIN A-3, DIN A- 4.
- Preferentemente se utilizará un sólo formato salvo casos justificados.
- Toda la documentación gráfica se entregará plegada en formato DIN A-4.
II.4.4. Forma de presentación y contenido de las proposiciones
Para participar en el procedimiento de contratación, el licitador deberá presentar, dentro del plazo señalado en la convocatoria de licitación DOS (2) SOBRES, cerrados, de forma que se garantice el secreto de su contenido, con la documentación que se especifica a continuación, indicando en cada uno de ellos el título del mismo, la licitación a la que concurre, nombre, apellidos y DNI de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace, así como el NIF del licitador, domicilio, teléfono, e-mail y fax a efectos de notificaciones, todo ello de forma legible. Toda la documentación deberá ser remitida en castellano.
Cada licitador presentará una sola proposición y no podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otros, si lo ha hecho individualmente, ni figurar en más de una unión temporal. La contravención de lo anterior impedirá la admisión de todas las propuestas que suscriba.
El contenido de los sobres deberá ordenarse conforme al índice que se establece en el presente pliego.
En el caso de empresas extranjeras deberán presentar la documentación traducida de forma oficial al castellano (Art. 23 del RGLCAP).
La inclusión en el sobre 1 de cualquier información sobre los criterios a valorar en el sobre 2 será motivo de exclusión del procedimiento.
II.4.4.1. Contenido del SOBRE 1
El SOBRE 1 contendrá, bajo la denominación de “Documentación Legal” la
DOCUMENTACIÓN QUE SEGUIDAMENTE SE RELACIONA O EN SU CASO
DECLARACIÓN RESPONSABLE de conformidad con lo previsto en este mismo apartado.
Estos documentos podrán presentarse mediante fotocopias, salvo las declaraciones responsables que deberán ser originales. En ese caso, el licitador se compromete a aportar los originales o copias compulsadas en el caso de ser propuesto como adjudicatario.
La presentación del certificado de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado (ROLECE), acreditará frente a todos los órganos de contratación del sector público, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera, y clasificación, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en el mismo (art. 83 TRLCSP y 19 del Real Decreto 817/2009 , de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la LCSP). De este modo, la presentación del certificado de inscripción en el ROLECE eximirá a los licitadores de presentar la documentación exigida en los apartados 1º, 2º, 4º, 5º y 6º.
El certificado de inscripción en el ROLECE deberá acompañarse en cualquier caso de una declaración responsable de que no han variado las circunstancias que en él se acreditan.
1º.- Documentos acreditativos de la personalidad y capacidad del empresario
La acreditación de la capacidad de obrar se realizará a través de la presentación de los siguientes documentos:
La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
Para los licitadores individuales será obligatoria la presentación de fotocopia del documento nacional de identidad, o el que en su caso lo sustituya
reglamentariamente, así como, del número de identificación fiscal cuando éste no conste en aquél.
La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente Española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con los entes del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.
En las uniones temporales, tanto de personas físicas como jurídicas, cada uno de los componentes acreditará su capacidad, personalidad, representación y solvencia, debiendo indicar en documento aparte los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriben y el porcentaje de participación de cada uno de ellos en la UTE y deberán designar la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ante el adjudicador.
2º.- Documentos que acrediten, en su caso, la representación
Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán poder bastante al efecto y fotocopia de su D.N.I. o del documento que, en su caso, haga sus veces (art. 146.1.a del TRLCSP y 21 RGLCAP).
Si la empresa fuera persona jurídica, el poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil o en el Registro público que corresponda. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 94.5 del Reglamento del Registro Mercantil.
3º.- Compromiso de constitución de Unión Temporal de Empresas (en adelante, UTE), en su caso.
Cuando dos o más empresas acudan a una licitación agrupadas en UTE, cada uno de los empresarios que la componen deberá acreditar su personalidad y capacidad, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal, caso de resultar adjudicatarios y la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a SEPIDES (art. 59 TRLCSP y 24 RGLCAP).
El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la UTE.
4º.- Solvencia económica, financiera y técnica.
Los licitadores deberán presentar la documentación acreditativa de estar en posesión de la solvencia económica, financiera y técnica requerida conforme a lo especificado en el Apartado I.4.2. del presente Pliego.
5º.- Clasificación
Los licitadores podrán acreditar su solvencia indistintamente mediante la acreditación del cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia exigidos en el 4º punto anterior o bien mediante certificación de la clasificación del licitador inscrita en el registro correspondiente. El certificado deberá acompañarse además de una declaración responsable en la que se ponga de manifiesto que las circunstancias detalladas en el certificado no han experimentado variación alguna.
Para que dicho certificado supla la acreditación de la solvencia, la clasificación ha de comprender los grupos y subgrupos indicados en el Apartado E del Cuadro de Características que encabeza el presente Pliego. En caso de Empresas de Estados miembros de la Unión Europea, éstas podrán presentar certificados de clasificación o similares expedidos por sus Estados o bien acreditar su solvencia técnica a través del resto de requisitos especificados en el pliego.
La clasificación de las Uniones de Empresas se determinará mediante la acumulación de las clasificaciones individuales de cada una de las empresas asociadas (art. 52 RGLCAP).
6º.- Declaración responsable de no estar incursa la empresa en las prohibiciones de contratar, conforme lo establecido en el artículo 60 TRLCSP.
Dicha declaración, cuyo modelo se incorpora como Anexo 1, comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de las obligaciones con la Seguridad Social impuestas por disposiciones vigentes (art. 146.1. TRLCSP).
7º.- Declaración sobre empresas vinculadas
A los efectos de lo previsto en el artículo 86 del RGLC y 149 del TRLCSP, los licitadores presentarán una declaración en la que relacionarán aquellas otras empresas del grupo que han presentado proposiciones a la licitación, entendiendo por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42 del Código de Comercio. En caso de no pertenecer a ningún grupo empresarial, la declaración se realizará en este sentido. Se adjunta modelo como Anexo 4.
8º.- Documentos y datos de los licitadores de carácter confidencial
Tal como prevé el artículo 140 TRLCSP, las empresas licitadoras tendrán que indicar, si es el caso, mediante una declaración complementaria qué documentos administrativos y técnicos y datos presentados son, a su parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales. Esta circunstancia deberá además reflejarse claramente (sobreimpresa, al margen o de cualquier otra forma) en el propio documento señalado como tal. Los documentos y datos presentados por las empresas licitadoras pueden ser considerados de carácter confidencial cuando su difusión a terceros pueda ser contraria a sus intereses comerciales legítimos, perjudicar la xxxx competencia entre las empresas del sector o bien estén comprendidas en las prohibiciones establecidas en la Ley de Protección de datos
de Carácter Personal. De no aportarse esta declaración se considerará que ningún documento o dato posee dicho carácter.
9º.- Manifestación por escrito de que en la oferta presentada se han tenido en cuenta las obligaciones derivadas de las disposiciones en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, y protección del medio ambiente. Se incorpora modelo como Anexo
5.
10º.- Compromiso de adscripción de medios a la ejecución del contrato
Los licitadores deberán presentar el compromiso de adscribir a la ejecución del servicio los medios personales requeridos en el apartado 4.4.1 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, acompañado del organigrama del personal adscrito al contrato, conforme a lo especificado en el Apartado I.4.3 del presente Xxxxxx. Se adjunta modelo como Anexo nº 8.
11º.- Documentación acreditativa de personal con discapacidad
Los empresarios podrán presentar, al sólo efecto de determinar la preferencia de la adjudicación de los contratos, una declaración responsable de contar en su plantilla con personal con discapacidad o en situación de exclusión social en número superior al 2%, con indicación expresa del porcentaje de estos trabajadores que son fijos sobre el total de la plantilla. En caso de igualdad de ofertas, prevalecerá la contratación con aquellas empresas que, en el momento de acreditar la solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores discapacitados superior al 2%. Si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla.
PRESENTACIÓN DEL DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO SUSTITUTIVO DE LA DOCUMENTACIÓN LEGAL
De acuerdo con estipulado en el artículo 59 de la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, (en adelante “DN”) se admite (careciendo, en cualquier caso, de carácter obligatorio), como prueba preliminar del cumplimiento de los requisitos contemplados en los puntos 1, 2, 3, 4, 5, 6, anteriores, la presentación del formulario cumplimentado del Documento Europeo único de Contratación (“DEUC”) aprobado en virtud del Reglamento de la Comisión Europea nº 2016/7 de 5 de enero, sin perjuicio de que el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, acredite previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos.
No obstante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la DN el órgano de contratación podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato cuando resulte necesario para garantizar el buen desarrollo del mismo.
Si el licitador recurre a las capacidades de otras entidades con arreglo al artículo 63 de la DN, deberá presentar su propio DEUC, así como otro DEUC separado en el que figure la información pertinente por cada una de las entidades de que se trate.
Cuando la propuesta se presente por una unión temporal de empresas, cada uno de los integrantes de la unión deberá presentar su propio DEUC.
A los efectos de ayudar a los licitadores al cumplimiento correcto del formulario normalizado DEUC, se adjunta, como Anexo nº 9 del presente Pliego, las recomendaciones oportunas.
II.4.4.2. Contenido del sobre 2
El sobre 2, bajo la denominación de “Proposición económica”, incluirá la proposición de los licitadores evaluable mediante fórmula y, en concreto, contendrá el impreso correspondiente de los que se incluyen como Anexo 7 de este pliego debidamente cumplimentado, con sujeción estricta al formato de dicho modelo.
La proposición incluirá como partida independiente el importe correspondiente al Impuesto Sobre el Valor Añadido.
Se podrá rechazar aquellas propuestas que no se ajusten a lo solicitado, las que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer todo aquello que se estime fundamental para considerar la oferta.
Cada licitador únicamente podrá presentar una sola proposición y ésta contendrá una única oferta. Tampoco podrá suscribir una propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurando en otra unión temporal. La contravención de esta prohibición dará lugar a la inadmisión de todas las ofertas incursas en duplicidad.
No se admitirán propuestas económicas en las que el precio global exceda del “Presupuesto base de licitación” de este pliego. El incumplimiento de esta norma implicará la eliminación automática de la empresa o empresas concursantes, que quedarán ya excluidas de la Propuesta de Adjudicación.
La presentación de la proposición supone haber tenido en cuenta en la elaboración de sus ofertas las obligaciones derivadas de las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, así como de protección del medio ambiente.
II.5. Forma de adjudicación
Una vez recibidas las ofertas, la Mesa de Contratación se constituirá con objeto de proceder a la apertura del sobre 1, cuyo contenido será trasladado a la Dirección de Asesoría Jurídica de la sociedad con objeto de que proceda a la calificación de los documentos presentados.
Si se observasen defectos y omisiones subsanables en la documentación presentada, o se precisasen aclaraciones o documentación complementaria, se concederá un plazo no superior a (3) tres días hábiles para que el licitador subsane el error o indique las aclaraciones requeridas o presente la documentación complementaria.
Una vez calificada la documentación señalada en los párrafos anteriores, y subsanados, en su caso, los defectos y omisiones o presentadas las aclaraciones o documentación complementaria requerida, se determinarán los licitadores que se ajustan a los criterios
de selección de la presente contratación, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo.
Las empresas eliminadas en esta fase de admisión previa no serán consideradas a ningún efecto en el resto del proceso de adjudicación.
Finalizada dicha fase, en el día señalado en el anuncio de licitación, se procederá en acto público a la apertura del sobre 2.
Las proposiciones económicas serán valoradas por el Departamento proponente conforme a lo dispuesto en el apartado II.6.1 siguiente, tras lo cual, elaborará el pertinente informe de valoración global que trasladará a la Mesa de Contratación quien, a la vista del contenido del mismo, y una vez estudiadas las ofertas, formulará la propuesta de adjudicación.
Se levantará acta de todo ello.
II.6. Criterios de valoración
De acuerdo con lo establecido en el artículo 150 del TRLCSP, se procede a continuación a enumerar los criterios directamente vinculados al objeto del contrato a los que se ajustará la adjudicación del procedimiento.
II.6.1. Evaluación de la Proposición económica (100 puntos)
La oferta económica se puntuará de la siguiente manera:
• La proposición económica (PE) (100 puntos), que incluirá como partida independiente el importe correspondiente al IVA.
Se entenderá que incurren presuntamente en valores anormales o desproporcionados, aquellas ofertas cuya baja supere en 10 puntos porcentuales a la baja media.
En este supuesto, se requerirá a los licitadores que aporten, en el plazo de tres días, un informe justificativo, si lo desean, en relación con el precio ofertado. Si no es
aportado el citado informe en el plazo establecido, la oferta será automáticamente considerada como de valores anormales o desproporcionados de forma firme.
En otro caso, el adjudicador se reserva el derecho de decidir libremente sobre la admisibilidad o no de la oferta, en función del informe recibido del licitador, las específicas características del expediente y otros elementos que resulte oportuno considerar.
A las ofertas no incursas en valores anormales o desproporcionados se les asignará la puntuación obtenida de la siguiente forma:
PE = 100x
B
BMáx
Siendo “BMáx” la máxima baja presentada y aceptada.
Siendo en todo caso la puntuación máxima de 100 puntos.
Se entiende por baja de una oferta, la diferencia entre el presupuesto base de licitación y el presupuesto de la oferta correspondiente, en tanto por ciento. La puntuación económica se redondeará al segundo decimal.
Baja porcentual de la oferta (B) = Im porte de licitación − Im porte de la oferta ×100
Im porte de licitación
II.7. Propuesta de adjudicación
II.7.1 Una vez analizadas las proposiciones y elaborado el informe de valoración por el Departamento proponente, la Mesa de Contratación, por delegación del Órgano de Contratación, clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas, tras lo cual realizará la propuesta de adjudicación en favor del licitador que haya presentado la propuesta económicamente más ventajosa conforme a los criterios contemplados en el presente pliego.
En el caso de igualdad entre dos o más licitadores será preferida la proposición presentada por aquella empresa que, en el momento de acreditar la solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores discapacitados superior al 2%. Si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición
más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla.
De persistir el empate, tras la aplicación del criterio anterior, se decidirá mediante sorteo.
La Mesa de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx (10) días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, aporte:
1.- Certificados acreditativos de encontrarse al corriente en sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, en todo caso.
2.- Si se hubiere aportado en el Sobre nº 1 fotocopias de la documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos previos, se presentarán los correspondientes originales o copias compulsadas.
3.- Documentación justificativa de haber constituido la garantía definitiva conforme a lo dispuesto en el apartado II.7.2 siguiente
4.- En el caso de que los trabajos fueran adjudicados a una unión temporal de empresas, dentro de este mismo plazo éstas deberán acreditar la constitución de la UTE conforme a lo especificado en el apartado II.9.1 del presente pliego.
5.- La documentación justificativa de que dispone del personal comprometido a la adscripción del contrato, así como del cumplimiento por parte de este personal de los requisitos exigidos en los pliegos.
Asimismo, y en el caso de que los licitadores hubiesen optado por presentar dentro del sobre 1 el DEUC, éstos deberán presentar también en este momento los documentos que acrediten la personalidad y capacidad del empresario, su representación, y aquellos que acrediten que dispone de la solvencia financiera y técnica requerida, así como que dispone de los medios comprometidos para la ejecución del contrato.
Una vez recibida la documentación indicada en los apartados anteriores, la Dirección de Asesoría Jurídica, por delegación de la Mesa de Contratación, calificará la documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos previos de los licitadores
seleccionados que xxxxx optado por la presentación de la declaración responsable conforme al art. 146 del TRLCSP en el sobre 1, “Documentación legal” y por lo tanto, por la presentación de la documentación acreditativa en esta etapa, a efectos de comunicar los defectos u omisiones subsanables que aprecie, concediendo un plazo suficiente para su subsanación.
Si los licitadores no subsanan o lo hacen fuera de plazo, la Mesa de Contratación declarará que han retirado materialmente sus ofertas. En este supuesto, sólo en el caso de que se apreciara posible falsedad procederá la aplicación de la prohibición de contratar que establece el artículo 60.1 e) del TRLCSP.
Si la Mesa de Contratación no recibiese la documentación justificativa del artículo 151.2 del TRLCSP, en el plazo máximo establecido, se declarará que el licitador ha retirado materialmente su oferta con las consecuencias señaladas en el artículo 60.2 a) del TRLCSP, en su caso.
En ambos supuestos, la Mesa de Contratación procederá a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
Recibida la documentación en tiempo y forma, la Mesa de Contratación elevará al Órgano de Contratación su propuesta de adjudicación junto con el acta de la sesión.
II.7.2. La garantía definitiva deberá ser prestada mediante la presentación de un aval bancario con obligación de pago a primer requerimiento, debidamente inscrito en el Registro Especial de Avales, y con renuncia expresa a los beneficios de excusión, orden y división (se adjunta modelo como Anexo 2). La duración del aval será indefinida hasta que el adjudicador autorice su cancelación, lo que deberá hacer una vez llegado al vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato, o bien una vez se declare la resolución de éste sin culpa del contratista.
La garantía definitiva indicada también podrá ser prestada mediante seguro de caución celebrado con entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo de la caución, debiendo hacerse entrega del certificado del contrato. La Entidad Aseguradora, y el seguro de caución habrán de cumplir con los requisitos contenidos al respecto en el TRLCSP. Se adjunta modelo como Anexo 3.
El importe de la garantía será el 5 % del importe de adjudicación.
La garantía cubrirá la correcta ejecución del contrato en los plazos previstos y la indemnización por daños y perjuicios que se prevé en el apartado IV del presente Xxxxxx.
La devolución de la garantía al adjudicatario se realizará conforme con lo previsto en el artículo 102 del TRLCSP.
Cuando como consecuencia de una eventual modificación del contrato, el valor de los trabajos contratados experimente variación, se reajustará la garantía constituida en la cuantía necesaria para que se mantenga la debida proporcionalidad entre la garantía y el presupuesto vigente en cada momento.
II.8. Adjudicación
El Órgano de Contratación, a la vista de la propuesta de adjudicación formulada por la Mesa, dentro de los CINCO (5) DÍAS HÁBILES siguientes a la recepción de la documentación requerida, adjudicará el contrato al licitador con mejor puntuación, lo que se notificará a los participantes en la licitación y se publicará simultáneamente en el perfil del contratante.
La licitación no podrá declararse desierta si alguna de las proposiciones presentadas fuera admisible, con arreglo a las prescripciones técnicas y a los criterios de capacidad y solvencia del presente Xxxxxx, de acuerdo con lo previsto en el TRLCSP.
Una vez decidida la adjudicación, a tenor de los criterios establecidos en este pliego, será publicada y notificada al Adjudicatario, así como al resto de los participantes en la licitación, mediante fax o cualquier otro procedimiento que deje constancia de su recepción. En todo caso, en la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización conforme al artículo 156.3.
Una vez transcurrido el plazo estipulado para la validez de la oferta sin haber recibido la notificación, o haberse comunicado la resolución de adjudicación, el licitador que lo desee podrá requerir por escrito en cualquier momento la retirada de su proposición, a lo que el adjudicador procederá obligatoriamente, salvo que el acuerdo de resolución
del procedimiento hubiera sido dictado antes de expirar el plazo indicado, debiendo en ese caso justificarlo así ante la empresa.
II.9. Obligaciones previas a la firma del contrato
II.9.1. En el caso de que los trabajos fueran adjudicados a una unión temporal de empresas, deberán éstas acreditar la constitución de la misma, en escritura pública, dentro del plazo otorgado, y N.I.F. asignado a la Unión Temporal, así como la designación de la persona, que, en calidad de gerente único o apoderado de ésta, actuará en su representación.
II.9.2. El licitador se obliga a concertar una póliza de Seguro de Responsabilidad Civil que cubra las posibles responsabilidades de todo tipo, y las que como consecuencia de la prestación del servicio, en que hubiese incurrido el autorizado, incluyendo, asimismo, la responsabilidad civil general por daños causados a terceros.
A tal efecto, y con anterioridad a la firma del contrato, el adjudicatario entregará copia de la póliza indicada, así como del recibo del pago de la prima correspondiente, que acredite la vigencia del Seguro concertado. Dichos documentos quedarán incorporados al contrato.
El adjudicatario mantendrá vigente durante toda la duración del contrato la citada póliza, por lo que se compromete a enviar al adjudicador, cuando sea requerido para ello, el correspondiente justificante de pago que lo acredite.
III. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
III.1. Documentación de formalización
En cuanto al contrato derivado de la adjudicación dado que es susceptible de recurso especial en materia de contratación conforme al artículo 40.1 TRLCSP, no podrá formalizarse antes de que transcurran QUINCE (15) DÍAS hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos, sin que se hubiere interpuesto recurso que lleve aparejado la suspensión de la adjudicación del contrato.
El contrato se formalizará en documento privado o, si lo pide cualquiera de las partes, en escritura pública, siendo de cuenta del peticionario los gastos que ello implique. Formarán parte integrante de los contratos, anexándose a los mismos, los pliegos de esta licitación y la oferta del adjudicatario.
A este acto, concurrirá el Adjudicatario o su representante, y, cuando el representante sea persona distinta del firmante de la proposición económica con poder bastante vigente otorgado por el Adjudicatario.
En caso de que, por causas imputables al Adjudicatario, no se formalizara el contrato, se podrá acordar la resolución del compromiso derivado de la adjudicación de los trabajos objeto del presente pliego. En este supuesto se procederá a la incautación de la garantía provisional y, en su caso, a la indemnización correspondiente por daños y perjuicios ocasionados.
III.2. Régimen jurídico del contrato
De acuerdo con lo dispuesto en los artículo 10, 16.1b) y 20 del TRLCSP, el contrato que se derive de la adjudicación se califica como contrato privado de servicios sujeto a regulación armonizada, ya que se trata de un servicio comprendido en la categoría 1 del Anexo II del TRLCSP y su valor estimado es superior a 221.000 €. En consecuencia, los mencionados contratos son susceptibles de recurso especial en materia de contratación, regulado en el artículo 40 del TRLCSP.
III.3. Obligaciones del Adjudicatario.
III.3.1. Obligación de ejecución de los trabajos
El adjudicatario se obliga a ejecutar los trabajos correspondientes en la forma establecida en el presente pliego y en el de prescripciones técnicas y demás documentos integrantes del contrato.
El Adjudicatario deberá cumplir estrictamente toda normativa legal aplicable a los trabajos y en particular la medioambiental.
III.3.2. Obligaciones laborales y sociales, responsabilidad y cobertura de riesgos.
El adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad y Salud en el trabajo.
El adjudicatario asume directamente cuantas responsabilidades de todo orden deriven de las obligaciones que le impone este pliego, y, en general, las que guarden relación con la ejecución de los trabajos, comprendidas las responsabilidades a terceros.
El adjudicatario responderá de todas las reclamaciones, incluso aquellas dirigidas contra el adjudicador, por los daños, perjuicios y menoscabos, personales o materiales que como consecuencia de la ejecución de los trabajos o de acciones y omisiones del adjudicatario y sus empleados, incluso los que obedezcan a terceros, fuerza mayor o fortuitos, puedan causarle al personal del adjudicador o a cualquier otra entidad participante en la obra, o a terceros. Asimismo, el adjudicatario, responderá en los mismos términos de los daños causados a los terrenos e instalaciones u otros bienes propiedad del adjudicador o de terceros. Todo ello sin perjuicio del posterior ejercicio por el adjudicatario de las acciones de resarcimiento que contra terceros responsables pudieran asistirle.
A título meramente enunciativo, se consignan especialmente como responsabilidades asumidas por el adjudicatario las nacidas de muerte, lesiones y toda clase de daños y perjuicios sufridos por terceros, incluyendo el personal bajo la dependencia del mismo, en función, en todos ellos, de su relación con los trabajos, de los daños y perjuicios ocasionados en bienes de dominio público y del pago de sanciones pecuniarias impuestas por la Administración por causas imputables al adjudicatario.
El adjudicatario se obliga a cumplir, respecto del adjudicador, y respecto de los trabajos y en relación con el objeto del presente contrato, con todas sus obligaciones legales como empresario, cualesquiera que sean éstas, y muy especialmente, las de carácter laboral.
Será a cargo exclusivo del adjudicatario el coste íntegro del personal necesario para los trabajos, salarios, dietas, cargas sociales y fiscales personales y societarias, transporte, alojamiento y manutención en su caso, etc. El adjudicatario exhibirá y entregará copia al adjudicador del justificante de pagos de la Seguridad Social del personal que trabaja junto con el TC2 de la empresa indicando los empleados que ese mes han participado en los trabajos; así como del abono de los salarios y del abono de los tributos directos o
indirectos relacionados con los trabajos o su personal, sin perjuicio de lo anterior, el adjudicador podrá exigir, en cualquier momento al adjudicatario, los documentos justificativos de estar dado de alta en la Seguridad Social, relativos a cualquier trabajador que se encuentre en los trabajos objeto de este contrato, obligándose en este acto el adjudicatario a entregar tales documentos en un plazo no superior a 5 días naturales a contar desde la petición.
El adjudicatario acepta para sí la condición de patrono absoluto, exonerando de toda responsabilidad al adjudicador, quedando formalmente obligado al cumplimiento respecto a todo el personal propio o subcontratado de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, sindical, de seguridad social y de seguridad y salud en el trabajo. El adjudicatario asume la responsabilidad por cualquier sanción, multa, etc., que pueda ser impuesta al adjudicador como consecuencia de las obras objeto del contrato, solidariamente con el adjudicador y/o, en su caso, con el subcontratista, y autoriza al mismo para que satisfaga su importe con cargo al fondo de garantía estipulado en el contrato, sin perjuicio del ejercicio de las acciones judiciales en el caso de que aquellas garantías no fueran suficientes.
El adjudicatario se obliga a indemnizar al adjudicador, por cualquier cantidad que éste viniere obligada a satisfacer, como consecuencia de accidentes de personal del adjudicatario o bien derivados de cualquier incumplimiento de sus obligaciones al amparo del contrato, incluyendo gastos de abogados y/o procuradores que el adjudicador haya podido satisfacer. Asimismo, el adjudicatario indemnizará al adjudicador, incluyendo los gastos antes citados, en el caso de que fuera condenado en virtud de sentencia judicial firme derivada de reclamaciones planteadas por cualquier trabajador del adjudicatario.
Durante la vigencia del presente contrato y hasta su finalización, el adjudicatario se obliga a renovar los certificados que acreditan el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la seguridad social cuantas veces sea necesario, entregando al adjudicador copia de dichas renovaciones.
En caso de incumplimiento por parte del adjudicatario de estas obligaciones, el adjudicador no satisfará al adjudicatario ningún pago hasta la entrega de certificado correspondiente.
El adjudicador podrá resolver unilateralmente el contrato, si el adjudicatario no entregara las copias antes dichas; o si de las mismas se dedujese un incumplimiento. Si el adjudicador resuelve el contrato por el incumplimiento de estas obligaciones, el adjudicatario no tendrá derecho a indemnización alguna.
III.3.3. Obligaciones Prevención de delitos
El licitador manifiesta conocer la especial importancia que para SEPIDES tiene el estricto cumplimiento de sus manuales, políticas y protocolos internos así como de toda la normativa vigente y, en especial, de la normativa penal. Así las cosas, el adjudicatario se compromete a que ninguno de sus empleados incurra en actuaciones que pudieran ser constitutivas de delito o falta en el desarrollo de sus funciones respondiendo el adjudicatario de cualquier consecuencia patrimonial que se derive para SEPIDES del incumplimiento de la obligación aquí asumida. A estos efectos, SEPIDES manifiesta que cuenta con un Comité de Prevención de Delitos pudiendo acudir al mismo cualquier empleado del adjudicatario que preste servicios para SEPIDES al objeto de obtener información adicional respecto a los manuales, políticas y protocolos de aplicación en SEPIDES o, incluso, al objeto de notificar cualquier actuación irregular de la que haya podido tener conocimiento.
Asimismo, se notifica que puede consultar el Manual de Prevención de Delitos del Grupo SEPIDES, a través de su página web xxx.xxxxxxx.xx.
III.3.4. Precio
El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo, más la cantidad correspondiente al Impuesto sobre el Valor Añadido vigente y demás tributos de cualquier índole que sean de aplicación.
A título meramente enunciativo, se consideran incluidos los siguientes conceptos:
• Cuantos gastos y obligaciones patronales vigentes y futuras sean necesarias para llevar a buen fin la total realización de los trabajos. (Póliza de accidente laboral, Seguridad Social, Sueldos, etc.).
• Los gastos de cualquier tributo, tasa, arbitrio, licencias, autorizaciones, derechos, exacciones parafiscales, o impuestos que graven la ejecución de los trabajos por sí mismos.
• Los gastos derivados del cumplimiento de la legislación vigente en materia de seguridad y salud en el trabajo.
• Las cargas sociales legalmente establecidas y que se establezcan.
• Todos los gastos inherentes a los trabajos, informes, documentación, mejoras y demás costes, directos o indirectos, conforme a lo establecido en el presente pliego y resto de documentación contractual.
• En todo caso, cualquier otro gasto, ya sean medios humanos o materiales, que sean necesarios para la correcta ejecución del servicio.
III.3.5. Revisión de Precios
El precio del contrato se establece con carácter de fijo para toda su duración, por lo que el mismo no podrá ser objeto de revisión ni modificación por ningún concepto, ni siquiera de incremento de precios o revisiones acordadas oficialmente.
III.3.6. Forma de Pago
El servicio se facturará mensualmente.
Se realizará una factura por cada instalación objeto de esta licitación (Complejo Xxxxxx Xxxxxxxxx, Edificio Génesis, Villa de Madrid), haciendo constar en las mismas los conceptos por inmueble que figuran en el pliego.
El pago se realizará mediante transferencia, con vencimiento más próximo a los días 5 o 20 de cada mes o, si esos días no fueran hábiles, hasta el inmediato hábil siguiente, una vez transcurridos TREINTA (30) DÍAS de la fecha de emisión de la factura, que será emitida a nombre de SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A. S.M.E.
En la factura se desglosará el importe correspondiente al Impuesto sobre el Valor Añadido.
III.3.7. Cesión y Subcontratación
El adjudicatario no podrá ceder o transferir el contrato a un tercero, en su totalidad o en parte, ni ceder un interés cualquiera incluido en el contrato, sin la autorización escrita del contratante.
Todas las subcontrataciones deberán contar con la autorización del contratante, que a su vez podrá rehusarla dentro de los QUINCE (15) DÍAS siguientes a la comunicación por el adjudicatario. Esta autorización no eximirá al adjudicatario de ninguna de sus obligaciones contractuales. El adjudicatario será responsable de todas las acciones, deficiencias o negligencias de sus subcontratistas y de sus agentes, empleados y obreros y trabajos realizados, así como del cumplimiento por los subcontratistas de las obligaciones legales en materia laboral, seguridad social, seguridad e higiene en el trabajo en la misma medida que para su propio personal o trabajos realizados. Nada de lo contenido en este contrato se entenderá que establece un vínculo o relación entre el contratante y los subcontratistas.
En los casos en que haya subcontrataciones, el contratante podrá exigir, y el adjudicatario se compromete a presentar, certificados de los subcontratistas en los que se acredite la situación de los pagos pendientes de abono por el adjudicatario o cualquier otra reclamación contra aquél, en el momento de la última factura.
IV. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Son causas de resolución del contrato:
El incumplimiento de las recíprocas obligaciones contenidas en este Contrato, en los términos establecidos en el Art. 1.124 del Código Civil, y en particular:
a) Cuando a juicio del adjudicador, los procedimientos y medios auxiliares utilizados no se ajustasen a los previstos en el Contrato y el adjudicatario no aceptara reemplazarlos.
b) Cuando el adjudicatario no hubiera adoptado las medidas vigentes en materia medio ambiental y de seguridad y salud en el trabajo, para el desarrollo de los trabajos.
c) La extinción de la personalidad jurídica del adjudicatario.
d) El mutuo acuerdo de las partes con los efectos que en el mismo se establezcan.
e) Cualquier otra causa recogida en este contrato.
La resolución por las causas a) y b) es potestativa del adjudicador.
La resolución del contrato por cualquiera de las causas antes dichas, a excepción del mutuo acuerdo, dará derecho, en todo caso, al adjudicador, a una indemnización por daños y perjuicios, además de la penalidad, en su caso, establecida en el contrato.
El adjudicador podrá comunicar al adjudicatario, mediante carta notarial, su voluntad de resolver unilateralmente el contrato en base a cualquiera de las causas previstas en esta estipulación. Los motivos expuestos serán considerados como reconocidos por la otra parte, salvo protesta por la misma de igual forma y en el plazo xx XXXX (10) DÍAS a contar desde la recepción de la comunicación antes citada.
V. FUERO
Toda cuestión o divergencia que pueda suscitarse en relación con el cumplimiento de las cláusulas del presente pliego, será sometida a los Juzgados y Tribunales de Madrid con renuncia expresa de los firmantes a cualquier otro Tribunal.
VI. CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS
VI.1. El adjudicatario queda obligado a tratar de forma confidencial y reservada la información recibida, así como a tratar los datos conforme a las instrucciones y condiciones de seguridad que dicte el responsable del contrato.
El adjudicatario deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le haya dado el referido carácter o que, por su propia naturaleza, deba ser tratada como tal y estará obligado a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, durante la vigencia del contrato y los cinco años posteriores al vencimiento de éste en los términos del artículo 140 del TRLCSP.
El adjudicatario no podrá utilizar para sí ni proporcionar a terceros dato alguno de los trabajos contratados ni publicar, total o parcialmente, el contenido de los mismos sin autorización escrita del órgano de contratación.
El adjudicatario adquiere, igualmente, el compromiso de la custodia fiel y cuidadosa de la documentación que se le entregue para la realización del trabajo y, con ello, la obligación de que ni la documentación ni la información que ella contiene o a la que acceda como consecuencia del trabajo llegue, en ningún caso, a poder de terceras personas.
El órgano de contratación no podrá divulgar la información facilitada por los empresarios que éstos hayan designado como confidencial, carácter que afecta, en particular, a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las ofertas.
A estos efectos, el adjudicatario podrá designar como confidenciales alguno o algunos de los documentos aportados, circunstancia que deberá reflejarse claramente (sobreimpresa, al margen o de cualquier otra forma) en el propio documento señalado como tal.
VI.2. Por medio de la presente estipulación, y en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante LOPD), el adjudicador, con domicilio social en X/ Xxxxxxxxx 000 Xxx, 00000 Xxxxxx, informa al/los interesado(s) afectado(s) de que dicha entidad es responsable de los ficheros en que serán almacenados los datos personales que en su caso sean recogidos a través de la presentación de su oferta y demás documentación necesaria para participar en la licitación para la contratación de las prestaciones objeto del presente Pliego de Cláusulas Particulares con la finalidad de llevar a cabo la apertura de las ofertas presentadas, elaboración del acta de apertura de ofertas, valoración, en su caso, de las ofertas de conformidad con los criterios definidos, solicitar cuanta documentación adicional resulte necesaria, atender sus solicitudes de información, comunicarle el acuerdo del Órgano de Contratación relativo a la adjudicación, proceder en su caso a la devolución a los licitadores no adjudicatarios de la documentación legal aportada, remitir cualquier otra documentación necesaria al respecto, así como
cualquier otro trámite previsto conforme a la normativa de aplicación y el mantenimiento de históricos.
Asimismo, se informa que cuando así resulte exigible conforme la legislación vigente, el adjudicador deberá comunicar la información y datos obrantes en el expediente de contratación a los Organismos y terceros que en dicha legislación se establezca.
El interesado consiente expresamente el citado tratamiento mediante la presentación de su oferta y la entrega, por tanto, al adjudicador de toda aquella documentación en que el interesado haga constar sus datos personales. Al objeto de mantener los datos actualizados en todo momento, el interesado deberá comunicar al adjudicador cualquier modificación en sus datos de carácter personal.
Por otro lado, el Licitador/Contratista en su calidad y condición de responsable del tratamiento respeto de los datos de carácter personal tratados en el desarrollo de su objeto social se obliga a cumplir con lo establecido en la LOPD y su normativa complementaria y de desarrollo vigente en cada momento. En particular, y a tales efectos, en el caso en que el Licitador/Contratista aporte documentos que contengan datos de carácter personal, ya sea en fase de licitación o de ejecución del contrato, queda obligado en cumplimiento de la LOPD, a declarar de forma previa el tratamiento de datos de que se trate ante el Registro General de Protección de Datos y a cumplir con todas las garantías previstas en la citada norma respecto del derecho de información y consentimiento de los interesados para llevar a cabo la cesión de datos al adjudicador. A tales efectos, en el supuesto de que se incluyan en cualquier documento o se comuniquen por cualquier medio por cuenta del interesado datos de carácter personal referentes a terceras(s) persona(s), se entenderá que el Licitador/Contratista está legitimado para ello, ha obtenido, con carácter previo a la comunicación de datos al adjudicador, el consentimiento de los mismos, y que ha informado al/los tercero(s) afectado(s) sobre el tratamiento de sus datos por el adjudicador y las finalidades del mismo, así como de los derechos que le asisten y dirección para su ejercicio, siendo el interesado igualmente responsable de la legitimidad de los mismos, respecto de la veracidad y corrección de los datos. En otro caso, el Licitador/Contratista no deberá comunicar al adjudicador datos de terceros afectados.
En relación con lo expuesto en el apartado anterior, el Licitador/Contratista comunicará al adjudicador únicamente datos de carácter personal adecuados, pertinentes y no excesivos en relación con el ámbito y las finalidades determinadas, explícitas y legítimas para las que son requeridos, así como datos exactos y puestos al día de forma que respondan con veracidad a la situación actual del interesado siendo cancelados y sustituidos de oficio por el Licitador/Contratista cuando resultaran ser inexactos, en todo o en parte, o incompletos, sin perjuicio de los derechos de acceso, rectificación y cancelación que corresponden al interesado. En tal caso el Licitador/Contratista se obliga a comunicar al adjudicador en el plazo legalmente establecido al efecto los datos debidamente rectificados y/o cancelados según proceda.
Cualesquiera interesados podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición solicitándolo por escrito dirigido al adjudicador en su domicilio social, sito en X/ Xxxxxxxxx 000 Xxx, 00000 Xxxxxx.
Cuando, como consecuencia de la celebración del contrato, el adjudicatario adquiera la condición de Encargado de Tratamiento, quedará obligado a guardar la más estricta confidencialidad sobre los datos o información a la que pueda tener acceso como consecuencia de prestación del servicio, así como a cumplir, en la medida en que le afecte, el Documento de Seguridad que le será entregado por el adjudicatario.
El acceso del adjudicatario a los datos de carácter personal contenidos en los ficheros del adjudicador o entidad contratante para la prestación del servicio objeto del contrato, no tendrá la consideración legal de comunicación o cesión de datos a efectos de la LOPD, sino de acceso por cuenta de terceros conforme a lo previsto en el Artículo
12 de la LOPD. Por lo que como consecuencia, el adjudicatario queda obligado específicamente a:
Utilizar los datos de carácter personal a los que tuviese accesos para los exclusivos fines de la ejecución del presente contrato.
Adoptar las medidas de índole técnica y organizativa necesarias establecidas en el Artículo 9 de la LOPD y desarrolladas reglamentariamente en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de Diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la LOPD (RDLOPD), aplicando de esta manera, las medidas de seguridad del nivel que
correspondan en función del tipo de datos a tratar conforme al contenido del Artículo 81 del RDLOPD.
Mantener la más absoluta confidencialidad sobre los datos personales a los que pueda tener acceso para la prestación objeto del contrato así como sobre los que resulten de su tratamiento cualquiera que sea el soporte en el que se hubieren obtenido.
No comunicar o ceder los datos del fichero a otras entidades, ni siquiera para su conservación, salvo que en el contrato de prestación de servicios se detalle lo contrario, en cuyo caso, dichas entidades se verán sometidas a las mismas reglas de protección de datos y confidencialidad que el Encargado de Tratamiento.
Comunicar al personal, que pudiera intervenir en cualquier fase del tratamiento, el deber de guardar secreto profesional sobre los datos de carácter personal que conozca o a los que tenga acceso en ejecución del contrato, obligándose de igual manera a hacer cumplir las medidas de seguridad.
Destruir o devolver al adjudicador, según las instrucciones que al respecto se den, una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal eventualmente tratados y los soportes o documentos en que consten los mismos, sin conservar copia alguna de aquellos.
La infracción de estos deberes por parte del adjudicatario, será calificada como grave y será causa de resolución del contrato, sin perjuicio de la responsabilidad de índole civil, penal o administrativa que corresponda con arreglo a la legislación vigente, respondiendo, en todo caso éste, como Encargado del Tratamiento, sobre los daños y perjuicios que en materia de protección de datos, se deriven del incumplimiento de las mismas.
En todo caso, el adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de esta obligación.
Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esta información, salvo que el contrato establezca un plazo mayor.
VII. SUBSANACIÓN DE ERRORES
ANEXO 1.- MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE Y JURADA
D. …………………, mayor de edad, con domicilio en …………… provincia de c/
………………….. núm. ……….. con D.N.I. núm , en nombre y representación
de …………………, con N.I.F. nº ……………, y con domicilio social en provincia de
…………. c/ ………………………. Núm al objeto de participar en la licitación
del contrato denominado “servicio de mantenimiento de los sistemas de seguridad de los edificios de SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A. S.M.E”
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
a. Que ni la empresa ni sus administradores y representantes están incursos en las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60 del TRLCSP.
b. Que la empresa se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes, comprometiéndose a presentar la documentación acreditativa de tales requisitos en el momento en el que le sea requerido.
Lo que declara responsablemente en ……………, a … de …………… de…..
Fdo.:
ANEXO 2.- MODELO DE AVAL
.................Sociedad Anónima, sucursal xx xxxxx .................. núm. y en su nombre y
representación D. ................... y D. ............................, con poderes suficientes para obligarle en este acto
A V A L A
solidariamente a ................................., con N.I.F., frente a SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A., S.M.E. con N.I.F. A-48001382, y domicilio en Madrid C/ Xxxxxxxxx 134 Bis, hasta la cantidad de ………… en concepto de GARANTÍA DEFINITIVA, para responder de las obligaciones derivadas de la participación/adjudicación de la licitación para la contratación del denominado “servicio de mantenimiento de los sistemas de seguridad de los edificios de SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A. S.M.E.”.
El presente aval se presta, en concepto de garantía a primera solicitud, con renuncia expresa al beneficio de excusión, división y orden. En consecuencia, el Banco se compromete expresamente a efectuar el pago a SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A., S.M.E. de la indicada cantidad por éste reclamada, dentro de los tres días siguientes al primer requerimiento que haga al banco con tal objeto.
Este aval tendrá validez en tanto SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A., S.M.E. no autorice su cancelación.
El presente aval ha sido inscrito con esta misma fecha en el Registro Especial de Avales con el número ......
En .................. a ........ de .................................. de……..
ANEXO 3.- MODELO DE SEGURO DE CAUCIÓN
La entidad ……………………….. con N.I.F., nº …………….. , y con domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en la C/ …………… nº ………. de ……………….., C.P ,
y en su nombre y representación D. ………………………, y D. …………….. con poderes suficientes para obligarles en este acto,
ASEGURA
A ……………………., N.I.F. ……………… en concepto de tomador del seguro, ante SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A., S.M.E. con N.I.F A-48001382, en adelante asegurado, hasta el importe de ……………………., virtud de lo dispuesto por la normativa de aplicación, en concepto de GARANTIA DEFINITIVA, para responder de las obligaciones derivadas de la participación/adjudicación de la licitación para la contratación del denominado “servicio de mantenimiento de los sistemas de seguridad de los edificios de SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A. S.M.E.”.
El asegurado declara, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos exigidos en la normativa de contratación del sector público estatal vigente.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A., S.M.E, en los mismos términos y condiciones generales establecidas en la Normativa de Contratación del Estado vigente.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A., S.M.E. autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria.
En.…………….., a ……… de ………………de…….
ANEXO 4.- MODELO DE DECLARACIÓN DE EMPRESAS VINCULADAS
D. …………………, mayor de edad, con domicilio en …………… provincia de c/
………………….. núm. ……….. con D.N.I. núm , en nombre y representación
de …………………, con N.I.F. nº ……………, y con domicilio social en provincia de
…………. c/ ………………………. Núm. ………………………., en cumplimiento de lo establecido en el artículo 145 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y al objeto de participar en la licitación del contrato denominado “servicio de mantenimiento de los sistemas de seguridad de los edificios de SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A. S.M.E.” (táchese lo que no proceda).
DECLARO: Que las empresas que a continuación se señalan están vinculadas con la oferente, en los términos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio, y han presentado también oferta en la presente licitación.
Nombre o razón social..……………….. N.I.F. / C.I.F……….
1.-
2.-
3.-
En caso de no existir empresas vinculadas que se presenten a la licitación:
DECLARO: Que no hay empresas vinculadas con la empresa oferente que presenten ofertas a la presente licitación.
Lo que declara responsablemente en ……………, a … de …………… de….
Fdo.:
ANEXO 5.- MODELO DECLARACION DE HABER TENIDO EN CUENTA EN LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA LAS OBLIGACIONES LEGALES EN MATERIA LABORAL Y MEDIOAMBIENTALES
D./Xx. …………………, mayor de edad, con domicilio en …………… provincia de ……………..
c/ ………………….. núm. ……….. con D.N.I. núm. ………………….. , en nombre y representación de …………………, con N.I.F. nº ……………, y con domicilio social en
…………… provincia de …………. c/ ………………………. Núm. ………………………., al objeto de participar en la licitación del contrato denominado “servicio de mantenimiento de los sistemas de seguridad de los edificios de SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A. S.M.E”..
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
Que en la oferta presentada por la citada empresa se han tenido en cuenta las obligaciones derivadas de las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, y protección del medio ambiente.
Lo que declara en ……………, a … de de 2018.
Fdo.:
ANEXO 6.- RELACIÓN DE SERVICIOS SIMILARES REALIZADOS
Cliente | Denominación del contrato | Destinatario (Público/Privado) | Objeto del contrato | Fechas Inicio/fin | Importe del contrato |
ANEXO 7.- PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D./Xx. …………………, mayor de edad, con domicilio en …………… provincia de ……………..
c/ ………………….. núm. ……….. con D.N.I. núm. ………………….. , en nombre y representación de …………………, con N.I.F. nº ……………, y con domicilio social en
…………… provincia de …………. C/ ………………………. Núm. ………………………., se compromete a ejecutar el contrato para “servicio de mantenimiento de los sistemas de seguridad de los edificios de SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A. S.M.E.” con arreglo a la siguiente proposición total anual:
- Importe sin IVA (€)
- IVA (€)
- Total importe (€)
y que se desglosa en los siguientes importes anuales por inmuebles:
- Sistema CCTV, sistema control de accesos peatonal, sistema control de accesos para vehículos y red IP del Complejo Campos Xxxxxxxxx. | - Importe sin IVA (€) - IVA (€) _ - Total importe (€) |
- Sistema CCTV, sistema anti-intrusión y sistema control de accesos en Edificio Génesis. | - Importe sin IVA (€) - VA (€) - Total importe (€) |
- Sistema de control de accesos externo en Edificio Génesis. | - Importe sin IVA (€) - VA (€) - Total importe (€) |
- Sistema CCTV, sistema anti-intrusión, sistema de control de accesos peatonal, sistema de control de accesos para vehículos en el Edificio Villa de Madrid. | - Importe sin IVA (€) - VA (€) - Total importe (€) |
Lo que declara en ……………, a … de …………… de…..
Fdo.:
ANEXO 8.- MODELO COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS
D. …………………, mayor de edad, con domicilio en …………… provincia de c/
………………….. núm. ……….. con D.N.I. núm , en nombre y representación
de …………………, con N.I.F. nº ……………, y con domicilio social en provincia de
…………. C/ ………………………. Núm. ………………………. al objeto de participar en la licitación del contrato denominado “servicio de mantenimiento de los sistemas de seguridad de los edificios de SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A. S.M.E.”
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
Que dicha empresa se compromete a aportar la correspondiente documentación en la que se acredite que aporta al contrato los medios personales exigidos en el Apartado 8 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas (PPT) del expediente, de acuerdo con lo previsto en los arts. 64.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), y lo previsto en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares del presente expediente. Al efecto, acompaña a la presente organigrama del personal adscrito conforme a lo señalado en el Pliego de Cláusulas Particulares
Lo que declara en ……………, a … de …………… de……
Fdo.:
ANEXO 9.- INSTRUCCIONES CUMPLIMENTACIÓN DEUC
En aras de facilitar la cumplimentación por parte de las empresas del modelo de formulario normalizado del DEUC que establece el anexo II del Reglamento (UE) n.º 2016/7, se formulan a continuación las siguientes orientaciones:
1. El formulario normalizado DEUC que establece el anexo II del Reglamento (UE) n.º 2016/7:
a) De conformidad con lo establecido en la parte II, sección A, quinta pregunta dentro del apartado titulado «Información general», del formulario normalizado del DEUC, las empresas que figuren inscritas en una «lista oficial de operadores económicos autorizados» solo deberán facilitar en cada Parte del formulario aquéllos datos e informaciones que, en su caso concreto, no estén inscritos en estas «listas oficiales». Así en España las empresas no estarán obligadas a facilitar aquéllos datos que ya figuren inscritos de manera actualizada en el Registro de Licitadores que corresponda, ya sea el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado (ROLECE) o el equivalente a nivel autonómico con el alcance previsto en el artículo 327.1 del TRLCSP, siempre y cuando las empresas incluyan en el formulario normalizado del DEUC la información necesaria para que el órgano de contratación pueda realizar el acceso correspondiente (dirección de internet, todos los datos de identificación y, en su caso, la necesaria declaración de consentimiento), por aplicación del artículo 59.1, penúltimo párrafo DN (y en coherencia con ello ver lo indicado en la parte VI del formulario).
Para el caso de que la empresa se encuentre inscrita en el ROLECE, bien sea en virtud de una inscripción voluntaria o bien sea porque se encuentre clasificada, a continuación esta Recomendación indica, respecto de cada una de las partes del tantas veces citado formulario (apartados 1.1 a 1.6), qué datos son susceptibles de figurar inscritos en el ROLECE y cuáles no. Dado que algunos de estos datos deben suministrarse en todo caso por la empresa y otros son voluntarios, y que a veces incluso hay datos que solo figuran en el ROLECE si la inscripción fue voluntaria; por todo ello nos limitaremos a señalar en cada caso si los datos que reclaman el formulario son o no son potencialmente inscribibles, debiendo la empresa asegurarse de cuales efectivamente están inscritos y actualizados en el ROLECE y cuáles no están inscritos o estándolo no están actualizados, en su caso concreto. Esto mismo puede predicarse de los Registros de CC.AA. que se hayan integrado en el ROLECE.
b) En lo que respecta a empresas no nacionales procedentes de Estado Miembros de la UE, tanto el órgano de contratación como las empresas interesadas tienen a su disposición el depósito de certificados en línea e-Certis, en el cual consta: una lista completa y actualizada de los documentos y certificados que en cada Estado son susceptibles de ser utilizados por las empresas interesadas como medio de prueba del cumplimiento de los requisitos previos de acceso a una licitación pública; así como una lista de los Registros de licitadores o de otros tipo y de las bases de datos que expiden estos certificados y documentos (sobre e-Certis ver artículos 59.6 y 61 DN).
c) El acceso por parte de los órganos de contratación a los registros de licitadores asimismo tiene el efecto establecido en el artículo 59.5 DN. Así si bien, de acuerdo con el artículo 59.4 DN con carácter general el órgano de contratación podrá requerir a los candidatos y licitadores durante la sustanciación del procedimiento de contratación y para garantizar el buen desarrollo del mismo para que aporten documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos de acceso a la licitación, y con carácter previo a la adjudicación el primero deberá exigir al adjudicatario la presentación de estos documentos justificativos; el artículo 59.5 DN matiza lo establecido en el apartado anterior del mismo artículo al eximir a los licitadores y candidatos de presentar aquéllos documentos justificativos que prueben informaciones que puedan ser acreditadas mediante una certificación expedida por el Registro de licitadores que corresponda [ROLECE o Registro equivalente a nivel autonómico, como se explicó en el apartado 1.a) anterior].
1.1. Parte I. Recoge la información sobre el procedimiento de contratación y sobre el órgano de contratación.
La información que demanda esta parte del formulario debería constar en el anuncio que hubiere servido como medio de convocatoria de la licitación, por lo que no reviste complejidad su cumplimentación.
1.2. Parte II. Recoge información sobre la empresa interesada: Como ya se indicó en el apartado 1, aquéllas empresas que figuren inscritas en un Registro de Licitadores solo deberán facilitar en esta parte II del formulario aquélla información que no figure inscrita en los mismos o que, aun estando inscrita, la información no conste de manera actualizada. Por ello a continuación sigue un cuadro que, a modo orientativo y solo respecto del ROLECE, indica qué información o datos podrían estar inscritos y cuáles no, con la finalidad de que las empresas sepan:
Que datos deberán ser aportados mediante el formulario normalizado DEUC en todo caso, por no obrar en poder del ROLECE.
Qué datos son susceptibles de estar inscritos en el ROLECE y, por lo tanto, podrían dejarse sin cumplimentar en el formulario. Le corresponde a la empresa comprobar si en su caso concreto esos datos o informaciones efectivamente están inscritos en el ROLECE o no, y si lo están, deberá asegurarse de que constan en el mismo de manera actualizada. Así, cuando alguno de estos datos o informaciones no le consten a ROLECE o cuando estén inscritos de manera no actualizada, en esos dos casos la empresa deberá aportarlos mediante la cumplimentación del citado formulario.
Parte III. Información sobre el operador económico
Sección | ¿Es un dato/información susceptible de estar inscrito en el ROLECE? |
Sección A | |
Identificación. | Los datos incluidos en este apartado deben ser cumplimentados por la empresa. Como número de IVA se deberá recoger el NIF si se trata de ciudadanos o empresas españoles, el NIE si se trata de ciudadanos residentes en España, y el VIES o DUNS si se trata de empresas extranjeras. |
Información general: | |
Primera pregunta. | No está en el ROLECE. |
Segunda, tercera y cuarta preguntas (sobre contratación reservada). | No está en el ROLECE. |
Quinta pregunta (sobre si la empresa está clasificada). | Sí podría estar en el ROLECE, pero la empresa debe contestar: Sí: si se encuentra clasificada. No: si no se encuentra clasificada. No procede: si la clasificación no es exigida para el contrato que se licita. |
Sexta pregunta. | |
Letra a). | Procede contestar si está clasificada como contratista de obras o de servicios. Como número de inscripción o certificación basta con consignar el propio NIF, NIE, VIES o DUNS de la empresa. |
Letra b). | La empresa debe contestar. En el caso del ROLECE la página web es xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, la autoridad u organismo expedidor es la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado (u órgano equivalente de la Comunidad Autónoma que otorgó la clasificación alegada) y la «referencia exacta de la documentación» debe entenderse referida al NIF, NIE, VIES o DUNS de la empresa, según el caso. |
Letra c). | La empresa debe indicar el grupo, subgrupo y categoría. |
Letra d). | No está en el ROLECE. |
Letra e). | No está en el ROLECE (pero puede constar en los Registros de Licitadores de algunas CC.AA.). |
Forma de participación. | No está en el ROLECE. |
Lotes. | No está en el ROLECE. |
Sección B. | SÍ podría estar en el ROLECE. |
Sección C. | No está en el ROLECE. |
Sección D. | No está en el ROLECE. |
Parte IV. Relativa a los motivos de exclusión:
Dado que el formulario normalizado del DEUC no recoge referencia alguna a nuestra legislación, para facilitar la adecuada cumplimentación por parte de las empresas de esta Parte del formulario a continuación sigue una tabla de equivalencias entre cada una de las preguntas que deben responder las empresas, los artículos de la DN y, por último los artículos de nuestro TRLCSP que han dado transposición al artículo 57 DN. Con la tabla que sigue dentro de este apartado 1.3 en definitiva se pretende que las empresas contesten a las preguntas que hace esta parte III del formulario habiendo comprendido previamente el exacto alcance de las mismas.
Dado que no todas las prohibiciones para contratar están inscritas en el ROLECE y/o en los Registros equivalentes a nivel autonómico, como se deduce de los artículos 61 bis.2 y 328.2 «a sensu contrario» del TRLCSP, y como también se infiere de lo dispuesto en la octava pregunta encuadrada de la sección A, parte II, del formulario normalizado (que se inicia con un «En caso afirmativo (…)»), las empresas deberán responder a todas las preguntas que se formulan en esta parte III del formulario normalizado del DEUC.
Tabla de equivalencias relativa a la parte III del formulario normalizado del DEUC que establece el Reglamento de ejecución (UE) 2016/7
Parte III, n.º de Sección | DN | TRLCSP |
Sección A | Artículo 57.1. | Artículo 60.1.a) (excepto los delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social relativos al pago de tributos y cotizaciones a la Seguridad Social). |
Sección B | Artículo 57.2. | Artículo 60.1: Letra a) (cuando se trate de delitos contra la Hacienda Pública o contra la Seguridad Social, relativos al pago de tributos y cotizaciones a la Seguridad Social). Letra d), primer párrafo, primer inciso. Letra f) (cuando se trate de sanciones administrativas firmes impuestas con arreglo a la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria). |
Sección C: | ||
Primera | Artículo | Artículo 60.1.b) (cuando no sea infracción muy grave en |
pregunta | 57.4.a). | materia profesional o en materia de falseamiento de la competencia); Artículo 60.1.d) primer párrafo, segundo inciso (en lo relativo al incumplimiento del requisito del 2 por 100 de empleados con discapacidad.). |
Segunda pregunta | Artículo 57.4.b). | Artículo 60.1.c). |
Tercera pregunta | Artículo 57.4.c). | Artículo 60.1.b) (infracción muy grave en materia profesional). |
Cuarta pregunta | Artículo 57.4.d). | Artículo 60.1.b) (infracción muy grave en materia de falseamiento de la competencia). |
Quinta pregunta | Artículo 57.4, letra e). | Artículo 60.1.g) y h). |
Sexta pregunta | Artículo 57.4, letra f). | Artículo 56. |
Séptima pregunta | Artículo 57.4.g). | Artículo 60.2, letras c) y d). |
Octava pregunta: | ||
Letras a), b) y c) | Artículo 57.4.h). | Artículo 60.1, letra e) y 60.2, letras a) y b). |
Letra d) | Artículo 57.4.i). | Artículo 60.1.e). |
Sección D | – | Artículo 60.1.f) (cuando se trate de sanción administrativa firme con arreglo a lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones). |
Parte V. Relativa a los criterios de selección:
Al igual que en la parte II, aquellas empresas que figuren inscritas en un Registro de Licitadores solo deberán facilitar en esta parte IV del formulario aquélla información que no figure inscrita o que, aun estando inscrita, la misma no conste de manera actualizada. En este apartado nuevamente se indica, a modo orientativo y solo respecto del ROLECE, qué información o datos podrían estar inscritos y cuáles no.
Parte IV. Criterios de selección
Sección | ¿Es un dato/información susceptible de estar inscrito en el ROLECE? |
A [«Indicación (…)»]. | No está en el ROLECE. |
A («Idoneidad»). | |
Primera pregunta. | No está en el ROLECE, si el empresario está inscrito en un registro profesional. Sí podría estar en el ROLECE, si el empresario está inscrito en un registro mercantil, de cooperativas, de fundaciones o de asociaciones. |
Segunda pregunta. | Sí podría estar en el ROLECE cuando con arreglo a la legislación nacional se requiere una autorización, colegiación o similar para prestar el servicio de que se trate. |
B | |
Pregunta 1.a). | Sí podría estar en el ROLECE. |
Pregunta 1.b). | No está en el ROLECE, pero el volumen de negocios anual medio en cualquier periodo es calculable a partir de los datos de volumen anual de negocios durante los ejercicios correspondientes (datos inscribibles, indicados en la pregunta anterior) |
Pregunta 2.a). | No está en el ROLECE. |
Pregunta 2.b). | No está en el ROLECE. |
Pregunta 3. | Sí podría estar en el ROLECE. |
Pregunta 4. | No está en el ROLECE, pero todas las ratios financieras son calculables a partir de los datos financieros de las cuentas anuales (datos que sí son inscribibles). |
Pregunta 5. | Sí podría estar en el ROLECE. |
Pregunta 6. | No está en el ROLECE. |
C | No está en el ROLECE. |
D | No está en el ROLECE. |
ATENCIÓN: Para la presente licitación será suficiente con que el licitador cumplimente la primera casilla del formulario señalando que “sí” cumple los criterios de selección requeridos, omitiendo las secciones A, B, C y D de esta parte.
Parte VI. Relativa a los criterios para reducir el número de candidatos a los que se invitará a presentar oferta:
El empresario deberá cumplimentar esta parte únicamente cuando se trate de procedimientos restringidos, negociados con publicidad y de diálogo competitivo.
En cualquier caso estos datos en principio no figuran inscritos en el ROLECE, por lo que los empresarios deberán facilitarlos.
Parte VII. Relativa a las declaraciones finales:
Esta parte debe ser cumplimentada y firmada por la empresa interesada en todo caso.
1. El formulario normalizado DEUC estará disponible:
- En papel: Se adjunta al presente pliego como Anexo 9.1.
2. El formulario normalizado DEUC estará disponible:
- A través del servicio en línea gratuito DEUC electrónico al que se puede acceder mediante la siguiente página web: xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx- databases/espd/filter
En el caso de que el licitador desee presentar el formulario electrónicamente, SEPIDES, y una vez publicado en anuncio en el Diario Oficial de Unión Europea, publicará en su perfil del contratante (ubicado en la Plataforma de contratación del Estado) junto con el resto de la documentación de la licitación, un archivo en formato “xml”.
Una vez descargado el mencionado archivo, los licitadores deberán entrar en la página web señalada y, tras identificarse como “operador económico”, deberán marcar la opción “importar DEUC”, y posteriormente, en examinar, indicar la ruta donde se ha guardado el archivo xml.
Realizado lo anterior, el licitador pulsará en el botón “siguiente” y podrá empezar a completar el formulario conforme a lo que se ha señalado en el apartado 1 anterior.
Una vez completado el formulario, el licitador puede imprimir el DEUC electrónico desde la última página del servicio en línea. El formulario DEUC electrónico aparece tras pulsar el botón “imprimir”. Entonces podrá seleccionar la función de impresión de su navegador.
2.2. Independientemente del modo en el que el licitador decida completar el formulario, (en papel o electrónicamente), el DEUC deberá, en cualquier caso, presentarse impreso y firmado dentro del sobre 1 con el resto de la información que resulte pertinente.
A continuación, se adjunta el Anexo 2 del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/7 de la Comisión de 5 de enero de 2016, que incluye el formulario normalizado del Documento Europeo Único de Contratación (DOUEC).