CONDICIONES GENERALES
CONDICIONES GENERALES
DE CONTRATACIÓN DE SERVICIOS
Mundo Pacífico® 2018 | Xxxxxxx 0000, Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxxxx - Xxxxx | xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx
CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN DE SERVICIOS XX XXXXXXXX CABLE SpA
Estas Condiciones Generales de Contratación (“CGC”) para todos los efectos legales forman parte integrante del Contrato de Servicios (en adelante “Contrato”) xx Xxxxxxxx Cable SpA (en adelante PCSpA) celebrado entre el Suscriptor y PCSpA, ambosindividualizados en el Contrato. Estas CGC se encuentran disponibles en xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx.
1 Definiciones. Los términos usados en el Contrato y en estas Condiciones Generales de Contratación tendrán el significado que se les da en las cláusulas del Contrato y en las siguientes definiciones:
1.1 Equipos: Se refiere en general, a los Equipos proporcionados por PCSpA al Suscriptor o aquellos que éste provea en los casos autorizados por PCSpA, que permiten al Suscriptor recibir adecuadamente los Servicios que haya contratado.
1.2 Equipo Decodificador: Unidad decodificadora destinada a que el Suscriptor pueda recibir en la dirección del servicio indicado en el Contrato de Servicios (“Domicilio”), uno o más canales codificados. Incluye un control remoto.
1.3 Equipo EMTA: (“Electronic Multimedia Terminal Adapter”). Dispositivo electrónico que se instala con la finalidad de que el Suscriptor pueda tener acceso a internet y/o a establecer comunicaciones telefónicas con terceros a través de Internet.
1.4 Equipo Internet: Cable Módem y/u otro tipo de Interfaz, por ejemplo una antena exterior, que permite conectar el equipo terminal del Suscriptor a la red Internet.
1.5 Estado de cuenta: Documento mediante el cual PCSpA formaliza el valor total que el suscriptor debe pagar mensualmente por los servicios contratados. Este documento también se denomina Documento de Cobro.
1.6 ONT: (“Optical Network Terminal”). Dispositivo que se instala en el Domicilio del Suscriptor, con la finalidad de que pueda tener acceso a internet y/o establecer comunicaciones telefónicas con terceros a través de Internet.
1.7 Plan Comercial: Se refiere a las características técnicas y operacionales de los Servicios Principales ofrecidos por PCSpA, así como a la estructura y nivel de las tarifas aplicables por los mismos al Suscriptor, según la o las opción(es) seleccionada(s) por éste.
1.8 Plan Contratado: Se compone del Plan Comercial y los Servicios Adicionales que el Suscriptor haya contratado. Las rentas mensuales y condiciones del Plan Contratado se encuentran consignadas en el Contrato, sin perjuicio de que posteriormente, el Suscriptor pueda solicitar el cambio del Plan Contratado a otro plan vigente.
1.9 Red FTTH: Red de telecomunicaciones que permite al Suscriptor tener acceso a los servicios contratados, a través de fibra óptica.
1.10 Red HFC: Red de telecomunicaciones que permite al Suscriptor tener acceso a los servicios contrataos, a través de cable coaxial.
1.11 Reglamento VoIP: Reglamento del Servicio Público de Voz Sobre Internet, Decreto Supremo N° 484 del 14 xx xxxxx de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
1.12 Reglamento de Neutralidad: Reglamento que Regula las Características y Condiciones de la Neutralidad de la Red en el Servicio de Acceso a Internet, Decreto Supremo Nº 368, del 15 de Diciembre de 2010 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
1.13 Reglamento de Servicios de Telecomunicaciones: Reglamento que regula los derechos y obligaciones tanto de los suscriptores y/o usuarios como de los proveedores respecto de los servicios de voz, acceso a internet y Televisión de pago, con motivo de la contratación, explotación y/o uso de los mismos, sea en conjunto o separadamente, Decreto Supremo Nº 18 del 13 de Febrero de 2014.
2 Contratación de Servicios y Otras Convenciones.
2.1 Los Servicios contratados por el Suscriptor son aquellos que éste ha seleccionado en el Contrato de Servicios. Una vez suscrito el respectivo contrato por medios físicos, PCSpA entregará en forma inmediata una copia íntegra y fiel del contrato.
Los contratos que se suscriban por Xxxxxxxxx se remitirán al suscriptor conforme al protocolo aprobado por la Subsecretaría de Telecomunicaciones. PCSpA prestará los servicios contratados sólo en el Domicilio consignado en el Contrato de Servicios.
2.2 Sin perjuicio de lo señalado en otras disposiciones del Contrato o de estas CGC, PCSpA podrá habilitar otros procedimientos o vías escritas, telefónicas o electrónicas para la realización de transacciones a distancia o no presenciales, a fin de facilitar al Suscriptor la contratación de servicios y modificación o terminación del Plan Contratado, así como la realización de otras operaciones tales como la activación y configuración de Servicios, la consulta de saldos, el pago de Cuenta, etc.
En el caso de contratación de servicios o de modificación del contrato por vía no presencial, PCSpA coordinará con el Suscriptor la fecha de la instalación, conexión y/o habilitación de los servicios solicitados.
2.3 Para realizar transacciones a distancia, PCSpA podrá asignar al Suscriptor claves secretas, códigos o cualquier mecanismo físico o electrónico que permitan validar su solicitud u operación. El Suscriptor deberá mantener la debida diligencia y cuidado en la utilización de tales mecanismos, en atención a que su uso se reputará, para estos efectos, como su firma. Toda transacción o solicitud recibida que utilice estos mecanismos, se presumirá que fue realizada por el Suscriptor, salvo que éste demuestre lo contrario. En tal caso, PCSpA revisará una eventual vulneración a las condiciones de administración y seguridad de las claves o mecanismos suministrados al Suscriptor.
2.4 PCSpA informará en sucursales, a través de sus operadoras telefónicas y/o a través del portal Web, xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx acerca de los procedimientos o vías que ha puesto a disposición del Suscriptor para la realización de cada tipo de transacción.
2.5 Duración del Contrato: El contrato de cada uno de los Servicios contratados, tiene una duración hasta el 31 de diciembre del año en curso, y se renovará tácita y automáticamente por periodos de un año, si ninguna de las partes decide no perseverar en su renovación. PCSpA deberá comunicar su decisión de no renovar
el contrato, mediante aviso escrito entregado con a lo menos 30 días de anticipación al suscriptor.
Por su parte, el suscriptor podrá dejar sin efecto el contrato en cualquier momento dando aviso a PCSpA, por cualquiera de los medios que ésta ponga a su disposición y en el que conste la identidad del suscriptor.
3 Terminación del Contrato.
3.1 El suscriptor podrá poner término al contrato de suministro de cualesquiera de los servicios contratados en todo momento, notificando por cualquier medio habilitado para tal efecto por PCSpA, el que pondrá término a la provisión del o los servicios dentro del plazo de 1 día hábil a contar del requerimiento o bien en el plazo que el suscriptor indique.
Pacífico Cable SpA no presta el servicio de suspensión transitoria de los servicios contratados.
3.2 El término del contrato por no pago de planes que incluyen servicios prestados por PCSpA, se regirá de acuerdo a lo establecido en el artículo 28º del Reglamento de Servicios de Telecomunicaciones.
4 Instalaciones y Equipos.
4.1 Instalación, Conexión y/o Habilitación del Servicio: Al momento de realizar la conexión y habilitación del(os) Servicio(s) en el Domicilio, el personal técnico de PCSpA podrá sugerir una ubicación adecuada de redes y equipamiento. La ubicación definitiva de las redes y equipos requerirán de la aceptación del Suscriptor. En el caso de instalación de antenas exteriores para la recepción del servicio de acceso a Internet por medios inalámbricos, el técnico instalador xx Xxxxxxxx Cable Spa indicará la ubicación técnicamente óptima para una adecuada recepción de la señal. Dado que el servicio inalámbrico exige la condición de línea-vista, si el suscriptor no acepta la instalación de la antena exterior en el lugar indicado por el personal técnico, no se instalará el servicio, quedando automáticamente extinguido este contrato con la sola firma del suscriptor o su representante en la Orden de Trabajo de instalación en la que se rechaza la instalación de la antena en el lugar definido por el técnico.
El Suscriptor autoriza a personas mayores de 18 años que se encuentren en el Domicilio para aprobar, en su representación, la instalación y conexión material del(los) Servicio(s), por personal técnico de PCSpA mediante la suscripción de la respectiva Orden de Trabajo.
En caso que al momento de presentarse el personal técnico para ejecutar la instalación de los servicios contratados, no se encuentre presente una persona mayor de 18 años en el Domicilio, PCSpA no realizará la instalación, y se reprogramará la visita para otra fecha.
4.2 Para el caso en que el domicilio o lugar de instalación y habilitación del o los servicio(s) se encuentre acogida a la ley 19.537 sobre copropiedad inmobiliaria, será obligación del Suscriptor obtener, previamente, las autorizaciones para realizar los trabajos necesarios en los bienes o espacios comunes de la comunidad. PCSpA no prestará el servicio solicitado en caso de no obtenerse esta autorización.
4.3 Cambio de Dirección de Servicios: El traslado de los servicios por cambio de domicilio, lo solicitará el suscriptor a PCSpA por cualquiera de los medios que ésta ponga a su disposición. PCSpA deberá informar dentro de 5 días hábiles, la factibilidad, oportunidad y costo del mismo.
4.4 Suministro Equipamiento Técnico de PCSpA: PCSpA ofrecerá al Suscriptor uno o más Equipos necesarios para prestar el(los) servicio(s) seleccionados en el Contrato de Servicios, ya sea en comodato, arrendamiento o compraventa. Los Equipos suministrados por PCSpA en arrendamiento y/o comodato son de propiedad de PCSpA y su entrega al Suscriptor, a través del respectivo contrato, no involucrará transferencia de dominio.
En caso que el suscriptor acepte los equipos ofrecidos en arrendamiento o comodato por PCSpA, autoriza la instalación en el Domicilio de los equipos necesarios y óptimos técnicamente para prestar el o los servicios seleccionados en el Contrato de Servicios.
PCSpA entrega en comodato y/o arriendo al suscriptor los equipos que se detallan en la respectiva Orden de Trabajo de Instalación, y en el contrato de arriendo y/o comodato respectivo.
4.5 Equipamiento propiedad del Suscriptor: En caso que el suscriptor opte por instalar equipos de su propiedad, estos deberán ser previamente homologados por PCSpA si corresponde técnicamente. Para estos efectos, el suscriptor deberá pagar la tarifa respectiva que se encuentra publicada en xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx. En ningún caso la conexión de dichos equipos a las instalaciones de PCSpA, como así también su utilización podrá afectar el correcto funcionamiento o la calidad de los Servicios que reciben los demás Suscriptores de PCSpA. En caso contrario, PCSpA notificará al Suscriptor y podrá suspender la prestación de los Servicios hasta que el Suscriptor regularice sus instalaciones.
La mantención de equipos propiedad del suscriptor es responsabilidad de éste.
4.6 Intervenciones Técnicas: Las instalaciones que efectúe PCSpA serán sobrepuestas o adosadas en el inmueble correspondiente al Domicilio del Suscriptor, o en el lugar que el Suscriptor determine. En el evento de ser absolutamente necesario efectuar perforaciones u otras modificaciones a losas, paredes u otras formas estructurales del inmueble, ello podrá ser efectuado por personal de PCSpA a requerimiento expreso, costo y entera responsabilidad del Suscriptor.
En caso que las Redes y Equipos necesarios para la prestación del (los) servicio(s) contratado(s) sean proporcionadas por PCSpA, el Suscriptor reconoce el pleno y permanente dominio de PCSpA sobre los materiales utilizados para instalar y conectar el(los) Servicio(s).
PCSpA sólo será responsable del funcionamiento técnico de las redes que haya instalado o respecto de las cuales haya efectuado su homologación. En consecuencia, la utilización por su parte de redes preexistentes en el Domicilio o materiales no homologados por PCSpA, será de exclusiva responsabilidad del Suscriptor.
PCSpA responderá por los daños que ocurran sobre los bienes del Suscriptor durante la instalación de el(os) Equipo(s) que le sean imputables. El Suscriptor podrá reclamar respecto de los trabajos de instalación y conexión realizados por PCSpA, de acuerdo a lo establecido en la cláusula de Responsabilidad.
4.7 Equipos Adicionales: El Suscriptor podrá solicitar la instalación y habilitación de uno o más Equipos Adicionales en conformidad con la política comercial de PCSpA, debiendo pagar por ello de acuerdo a la tarifa vigente e informada por PCSpA al momento de la solicitud del Equipo Adicional. La solicitud de instalación de Equipos Adicionales podrá ser aceptada o rechazada por PCSpA, de acuerdo a la factibilidad técnica y de existencias que tenga en el momento de la solicitud.
4.8 Actualización o Eliminación de Equipos: Atendida la natural evolución tecnológica y operacional de los Servicios, PCSpA podrá cambiar o eliminar, sin costo para el suscriptor, el uso de uno o varios de los Equipos proporcionados en arrendamiento o comodato.
PCSpA informará al Suscriptor tales modificaciones o mejoras mediante el medio más idóneo para garantizar su debido conocimiento. El cambio de los Equipos puede consistir en la actualización de modelos o en la sustitución de los tipos de Equipos y/o de tecnologías que PCSpA utilice para prestar sus Servicios.
4.9 Uso y Conservación de Equipos: El Suscriptor deberá utilizar el o los Equipo(s) suministrados por PCSpA en comodato o arrendamiento, con estricta sujeción a las instrucciones impartidas por PCSpA. Queda absolutamente prohibido al Suscriptor subarrendar o prestar el(los) Equipo(s) de los que sea arrendatario o comodatario. El Suscriptor no podrá modificar o alterar el(los) Equipo(s) o sus componentes, así como la configuración y/o software(s) de operación establecidos por PCSpA. Los Equipos sólo podrán usarse para los fines y en las formas señaladas en el Contrato, en estas CGC y en el contrato de arrendamiento o comodato de equipos.
4.10 Inspección de Equipos: El Suscriptor permitirá el acceso a PCSpA, sus agentes, dependientes o personas especialmente designadas al efecto, a fin de inspeccionar las instalaciones, redes y Equipo(s) en el inmueble en que se hayan habilitado, en días y horas apropiados para ello y causando las menores molestias posibles. El acceso al Domicilio, sólo se realizará en presencia de una persona mayor de 18 años.
4.11 Desperfectos: En caso de desperfecto en la recepción del(los) Servicio(s), el Suscriptor deberá comunicarlo de inmediato a PCSpA, quien aplicará las medidas de solución que correspondan y que sean técnicamente factibles. Las reparaciones o visitas técnicas necesarias en caso de desperfectos imputables al Suscriptor, estarán sujetas a un cobro separado, previamente informado por PCSpA. En caso de requerir asistencia técnica o comercial, el suscriptor deberá llamar al número 600 9100 100, en cualquier hora del día, cualquier día de la semana. En caso que el suscriptor desee solicitar una reparación, deberá marcar 104, y si desea formular un reclamo, deberá llamar al 105, o bien al 44 288 0660, o bien ingresar al sitio xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx, Reclamos Online. El Suscriptor autoriza a personas mayores de 18 años que se encuentren en el Domicilio para recibir conforme, en su representación, la reparación y/o la instalación y conexión del material necesario para efectuar la intervención técnica por personal de PCSpA, mediante la suscripción de la respectiva Orden de Trabajo.
4.12 Restitución de Equipos: El Suscriptor se obliga a entregar, al término del Contrato, el(los) Equipo(s) suministrado(s) por PCSpA en comodato o arrendamiento, en el mismo estado en que lo(s) recibió de PCSpA, considerándose el desgaste producido por el uso normal y legítimo del(los) mismo(s). El valor de reposición de los equipos se informa en el sitio xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx. La obligación de restitución se cumplirá permitiendo el ingreso al Domicilio del
personal autorizado de PCSpA que recogerá el(los) Xxxxxx(s), quedando dicho personal obligado a dejar constancia de su identificación personal, su Cédula de Xxxxxxxxx y a dejar el recibo respectivo. La devolución del(los) Equipo(s) se hará exigible a partir del término del Contrato cualquiera sea su causa.
4.13 Instalación Interior de Telecomunicaciones o IIT: En caso que la IIT sea propiedad del Suscriptor, ésta deberá ser homologada y autorizada por PCSpA a fin de garantizar que sus características y calidad técnica sean compatibles con el Servicio de Telefonía IP de PCSpA. Por el servicio de homologación, el suscriptor deberá pagar la tarifa informada por PCSpA en la página web xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx.
5 Pago de los Servicios.
5.1 Reajustabilidad: Los precios y/o tarifas del o los servicios de telecomunicaciones contratados por el Suscriptor, se reajustarán anualmente de acuerdo a la variación que experimente el Índice de Precio al Consumidor (IPC), o en base a la unidad de reajustabilidad que la reemplace, lo que será previamente comunicado por la Compañía, con una anticipación no menor a 30 días de la aplicación del respectivo reajuste.
5.2 Pagos Parciales: Conforme a lo establecido en el artículo 28º del Reglamento de Servicios de Telecomunicaciones, en el caso de la contratación de un Plan Comercial que incluya múltiples servicios principales, el suscriptor podrá pagar uno o más de los servicios contratados en el Plan. La empresa respetará el descuento, que de existir, aplica al o los servicios pagados. Con todo, en el plazo de 90 días corridos siguientes a la fecha de vencimiento del documento de cobro, PCSpA podrá poner término al Contrato de suministro del Plan Comercial, si se le adeudare cualquiera de los servicios que componen dicho Plan Comercial. Dichos pagos parciales del Plan Comercial no podrán realizarse en forma reiterada, permitiéndose máximo 2 veces en 1 año calendario.
5.3 Estado de Cuenta y/o Boleta Electrónica: El Suscriptor autoriza a PCSpA para que el Estado de Cuenta y/o Boleta Electrónica - en su caso- por los servicios contratados, sea remitido por diversos medios al suscriptor según su preferencia indicada en el Contrato de Servicios de PCSpA. Sin perjuicio de lo anterior, PCSpA podrá remitir el estado de cuenta o boleta electrónica por otro medio, en caso que el medio elegido preferentemente no esté disponible.
5.4 Notificaciones por medio preferente seleccionado: Asimismo, el suscriptor, faculta a PCSpA para remitir los avisos de cobranza y avisos de desconexión por morosidad, por diversos medios, según su preferencia indicada en el Contrato de Servicios de PCSpA. Sin perjuicio de lo anterior, PCSpA podrá remitir estas notificaciones por otro medio, en caso que el medio elegido preferentemente no esté disponible.
5.5 Servicio de Facturación detallada: PCSpA ofrece al suscriptor el servicio de Facturación Detallada, el cual podrá prestarse en soporte papel o por medios electrónicos en su sitio web xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx, según su preferencia. Las tarifas de este servicio se publican en el sitio web xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx.
5.6 Descuentos Multiservicios: PCSpA podrá aplicar descuentos a los precios de uno o más servicios en el caso que el Suscriptor contrate un Plan Comercial que considere la provisión de dos o más servicios. En el caso que el Suscriptor renuncie
a uno o más servicios contenidos en el Plan Comercial, se dejará de aplicar el descuento multiservicio.
5.7 Suspensión por Pago Fuera de Plazo: PCSpA podrá suspender la prestación de los servicios contratados si el suscriptor no paga su deuda después de 5 días de cumplida la fecha de vencimiento del plazo para su pago, determinado en el Estado de Cuenta. La suspensión o corte del suministro por pago fuera de plazo implicará que el suscriptor, en caso de haberlos contratado, no tendrá servicio de Televisión y no tendrá acceso a Internet, según corresponda. La suspensión del servicio de telefonía IP por pago fuera de plazo impedirá realizar cualquier tipo de comunicación a través de la línea telefónica, salvo aquellas establecidas en la normativa vigente, mientras el cliente disponga de un acceso a Internet habilitado, conforme a estas CGC. Asimismo, a través de la línea suspendida, el suscriptor podrá establecer comunicaciones con el Contact Center de PCSpA cuyo número se indica en xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx.
5.8 Reposición del Servicio Suspendido por Pago Fuera de Plazo: El servicio contratado por el cliente será repuesto al día hábil siguiente a la fecha de pago del documento de cobro impago. En caso de regularizar la deuda mediante pago por medios no presenciales, el servicio será repuesto un día hábil posterior al registro del pago en los sistemas contables de PCSpA. Para evitar demoras en la reposición del servicio en caso de pagos en medios no presenciales, el suscriptor podrá presentar en cualquier oficina comercial de PCSpA el comprobante de pago en un medio no presencial, con lo cual PCSpA dará curso a la reposición del servicio al día hábil siguiente. PCSpA podrá cobrar por la reposición del servicio, el monto estipulado en xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx.
6 Responsabilidad de PCSpA.
6.1 La correcta recepción de los Servicios depende de la adecuada utilización de los Equipos suministrados por PCSpA o de los equipos proporcionados por el suscriptor, debidamente homologados, así como de los equipos terminales de propiedad del Suscriptor. No serán imputables a PCSpA las deficiencias o imposibilidad de recepción del(los) Servicio(s), su falla o degradación, cuando se acredite debidamente que provienen de las características o de la aptitud de los equipos terminales de propiedad del Suscriptor, de redes o aparatos no suministrados, ni homologados por PCSpA.
6.2 Para la provisión de los Servicios se requiere de alimentación eléctrica en diversos puntos de la red de transmisión, como así también para el funcionamiento de los equipos instalados en el Domicilio del Suscriptor, por lo que ante una falla o corte en el suministro eléctrico, los servicios se verán interrumpidos.
7 Conexiones, Usos y Extensiones Ilícitas y Otros Delitos.
7.1 Conexión Ilegal de Terceros: El Suscriptor se obliga a no tolerar ni amparar conexión ilegal alguna, ni el uso y/o recepción no autorizada o comercial de los Servicios, realizados en o desde las instalaciones bajo su tenencia. El Suscriptor declara conocer que el que maliciosamente interfiera, intercepte o interrumpa un servicio de telecomunicaciones, sufrirá la pena de presidio menor en cualquiera de sus grados y el comiso de los equipos e instalaciones, conforme lo establece la letra
b) del artículo 36º Bde la Ley N°18.168, General de Telecomunicaciones.
7.2 Extensiones Ilegales: Se prohíbe al Suscriptor extender o entregar el suministro del(los) Servicio(s) por él contratado(s) a otro(s) aparato(s) de recepción en cualquiera forma, medio o formato, dentro o fuera del Domicilio, salvo previa autorización de PCSpA. Se informa al suscriptor, y el suscriptor toma conocimiento que, al entregar a terceros su clave secreta del servicio de acceso a Internet inalámbrico, la calidad de su servicio se verá perjudicada. En caso de detectar el uso del servicio por parte de terceros no autorizados, PCSpA no será responsable por la calidad del servicio en el domicilio del suscriptor.
7.3 Protección de Equipos y Servicios: Adicionalmente, queda prohibido al Suscriptor romper los sellos y mecanismos de protección de los Equipos; neutralizar, eludir o burlar las medidas físicas, informáticas y/o electrónicas de identificación de usuario y/o de bloqueo o codificación del acceso a los Servicios; como asimismo interceptar, interrumpir o interferir los Servicios. Estas acciones están sancionadas por la legislación vigente.
8 Condiciones de Funcionamiento del Servicio de Televisión.
8.1 Las disposiciones contenidas en esta cláusula se aplican exclusivamente al Suscriptor que haya contratado los Servicios de Televisión y/o Servicios Adicionales de Televisión.
PCSpA presta servicios en diversas localidades y puede suministrar en ellas canales diferentes, tanto en cantidad como en contenido. Los canales que PCSpA suministra en cada localidad se encuentran expresamente definidos en xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx y en tal sitio quedará registrado en forma permanente, con la respectiva fecha, cualquier cambio que se realice al respecto.
8.2 PCSpA no podrá cambiar, sustituir o eliminar los canales y/o contenidos de televisión considerados en el Plan de Programación del Servicio Televisión contratado por parte del Suscriptor. PCSpA mantendrá inamovible la programación contratada por el suscriptor en los términos que dispone el Reglamento de Servicios de Telecomunicaciones, Decreto Supremo Nº 18 del 13 de Febrero de 2014, y excepcionalmente, podrá proceder a efectuar una modificación, con ocasión de cambios y/o eliminaciones xx xxxxxxx introducidas unilateralmente o por actos imputables a los Proveedores de Contenidos o por caso fortuito o fuerza mayor, o imposibilidad absoluta acreditable de PCSpA, entendiéndose por tal, la quiebra, el término de giro, ausencia y/o decisión del proveedor de contenidos, o la declaración de la autoridad competente que disponga que la transmisión de la señal infringe la normativa chilena.
8.2.1 En los casos indicados, PCSpA podrá cambiar, sustituir o eliminar uno o más canales y/o contenidos de televisión considerados en el Plan de Programación del Servicio Televisión, si cumple, copulativamente, con las siguientes condiciones: Si
remite por escrito un aviso previo al suscriptor con al menos 20 días hábiles de anticipación.
8.2.2 Si reemplaza el canal cambiado, sustituido o eliminado por uno o más de similar calidad y contenido.
Si, eventualmente, PCSpA no reemplaza el canal en los términos precedentemente señalados, procederá a pagar, por una vez, como compensación a los abonados que manifiesten haber sido afectados por el cambio, una suma equivalente a 0,02 Unidad Tributaria Mensual (UTM), por cada canal no reemplazado en los términos indicados. El pago de esta compensación podrá efectuarse mediante una bonificación o descuento por dicha suma, en el estado de cuenta siguiente o subsiguiente.
8.3 La posición de los canales y/o contenidos podrá variar dentro del Plan de Programación del Servicio Televisión contratado, por lo que un mismo canal o contenido podrá ser trasladado a otra posición dentro de la parrilla de programación. En estos casos, PCSpA comunicará previamente dichas modificaciones al cliente con una antelación no inferior a 30 días. PCSpA mantendrá disponible para sus Clientes información sobre el Plan de Programación del Servicio Televisión vigente y sus correspondientes señales en el sitio web xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx, en las oficinas comerciales y en la plataforma telefónica de PCSpA (600 9100 100).
8.4 Recepción de Servicios de Televisión: Los Servicios de Televisión se prestarán exclusivamente en el Domicilio señalado en el Contrato y serán recibidos en un aparato de televisión y/o equipo terminal de reproducción de video NTSC, proporcionado por el Suscriptor.
8.5 Servicios Adicionales de Televisión: Estos Servicios sólo se prestarán al Suscriptor que los contrate expresamente y que mantenga contrato vigente del Servicio principal de Televisión.
8.6 Responsabilidad General del Suscriptor de Servicios de Televisión: Los Servicios de Televisión se suministrarán restringidamente en el Domicilio, única y exclusivamente para su uso personal y privado, sin que pueda constituirse, en forma alguna, en un servicio o parte de un servicio prestado a terceros por el Suscriptor. Éste declara conocer que la grabación, ejecución y comunicación pública, reproducción y/o retransmisión total o parcial de la programación transmitida por PCSpA en virtud de los Servicios de Televisión, está prohibida por la legislación vigente, que podrá ser sancionado en la forma allí señalada y que este Contrato con PCSpA no lo faculta para desarrollar tales actividades.
Asimismo, el Suscriptor declara conocer que la ejecución y la comunicación pública de la programación suministrada por PCSpA puede estar gravada con la obligación de pagar a las sociedades gestoras de derecho de autor.
8.7 Servicios Conexos al Servicio de Televisión: El Suscriptor podrá requerir Servicios Conexos al Servicio de Televisión tales como, entre otros, habilitación de bocas adicionales de recepción, desconexión y reconexión, revista de programación, traslados de Dirección, y otras prestaciones distintas de los Servicios de Televisión, por los que, de estar disponibles, deberá pagar la tarifa vigente e informada por PCSpA en xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx a la fecha en que se solicite el respectivo Servicio.
8.8 Condiciones Técnicas: PCSpA instalará el Servicio de Televisión sólo cuando la potencia recibida en el equipo terminal del suscriptor supere los -5 dB. En caso
que la atenuación sea mayor, PCSpA no instalará ni aceptará que el cliente instale una boca adicional de recepción.
8.9 Condiciones de Funcionamiento de los Servicios Adicionales de Televisión.
8.9.1 Equipo Decodificador: Para recibir el o los Servicios Adicionales de Televisión PCSpA podrá proporcionar al suscriptor un Equipo Decodificador en la modalidad de arriendo o comodato. En el caso que el Suscriptor opte por utilizar un Equipo Decodificador de su propiedad, éste deberá ser previamente homologado por PCSpA, para lo cual el suscriptor deberá pagar la tarifa de homologación vigente e informada por PCSpA en xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx, a la fecha de su realización.
8.9.2 Contratación, Pago y Renuncia de Servicios Adicionales de Televisión: El Suscriptor podrá contratar los Servicios Adicionales de Televisión bajo la modalidad de suministro continuo y permanente (Paquetes Premium u otros similares), debiendo pagar por ello una renta mensual anticipada, de acuerdo a la tarifa vigente e informada por PCSpA a la fecha del inicio del suministro de tales Servicios. Asimismo, en caso que PCSpA ofrezca otras opciones de programación de prestación ocasional (Pago por Ver, Eventos Especiales, Servicios de Comunicaciones Codificados u otros similares), el suscriptor podrá solicitarlos, debiendo pagar por ellos la tarifa vigente e informada por PCSpA en xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx, a la fecha de contratación de tales servicios. El Suscriptor podrá renunciar a los Servicios Adicionales de Televisión que hubiere contratado separadamente del Servicio principal de Televisión. La renuncia podrá efectuarla en cualquier momento, por medio de un aviso dado por alguno de los medios habilitados para tal efecto por PCSpA.
8.9.3 Responsabilidad del Suscriptor de Servicios Adicionales de Televisión:
Los Servicios Adicionales de Televisión se suministrarán restringida y codificadamente en el Domicilio, única y exclusivamente para el uso personal del suscriptor. En ningún caso el Suscriptor podrá entregar o delegar a terceros, y especialmente a menores de edad, el acceso o administración de claves secretas, códigos de identificación o validación y mecanismos físicos o electrónicos destinados a la protección, control o acceso a esta programación, como los referidos a: I) Menús de Programación suministrados bajo codificación especial; II) Control Parental; y, III) Menús o Dispositivos informáticos, electrónicos o remotos destinados a solicitar Servicios tales como Canales Premium u otras transmisiones electrónicas similares.
Al solicitar Servicios Adicionales de Televisión que contengan señales codificadas para adultos, el Suscriptor asumirá la responsabilidad exclusiva de impedir su acceso a terceras personas, y especialmente a menores de edad. Será de exclusiva responsabilidad del Suscriptor cambiar la clave de ingreso que inicialmente se le asigne, lo que deberá ejecutarse dentro de las 24 horas siguientes a la instalación del Equipo Decodificador.
9 Condiciones de Funcionamiento del Servicio de Voz Sobre Internet (TELEFONÍA IP).
9.1 Las disposiciones contenidas en esta cláusula se aplican exclusivamente al Suscriptor que haya contratado planes que incluyen el Servicio de Telefonía IP. Este Servicio se regirá además, en lo pertinente, por el Reglamento de Servicio Público de Voz Sobre Internet y por el Reglamento de Servicios de Telecomunicaciones.
9.2 Dispositivo TELEFONÍA IP: Para el Servicio de Telefonía IP, PCSpA podrá proporcionar al suscriptor un dispositivo en la modalidad de arriendo o comodato. En el caso que el suscriptor opte por utilizar un dispositivo de su propiedad, éste deberá ser previamente homologado por PCSpA, para lo cual el suscriptor deberá pagar la tarifa de homologación vigente e informada por PCSpA en xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx, a la fecha de su realización.
9.3 Características del Servicio: El Servicio de Telefonía IP es un servicio público de telecomunicaciones que permite la comunicación de voz sobre la red Internet de PCSpA o de Terceros cuando este servicio esté comercialmente disponible. Las comunicaciones se podrán establecer desde y hacia la red pública telefónica u otra red de servicio público técnicamente compatible.
9.4 Características de Funcionamiento:
9.4.1 El servicio de Telefonía IP permite realizar llamadas a teléfonos de red fija y de Telefonía sobre Internet de todo Chile. Asimismo, permite hacer llamadas a teléfonos móviles, ya sea haciendo uso de los minutos incluidos en el Plan para tal efecto, o bien, contratando el Servicio Adicional correspondiente. El servicio de Telefonía IP de PCSpA no permite recibir llamadas de cobro revertido de cualquier origen. El Servicio de Telefonía IP no permite llamadas a servicios complementarios del tipo 700, 300, 606 y 609.
9.4.2 Conforme a lo establecido en la normativa, el acceso a los niveles especiales de servicios de emergencia es gratuito y está asociado al Domicilio indicado por el Suscriptor en el Contrato de Servicio. En consecuencia, las llamadas realizadas desde un domicilio distinto al señalado en el Contrato de Servicio serán enrutadas a dicho Domicilio.
9.4.3 Se producirá el cese o interrupción del Servicio Telefonía IP, y las comunicaciones a los niveles especiales de servicios de emergencia, en caso de una falla o corte en el suministro de energía eléctrica, o una falla o degradación en la provisión del Servicio de Acceso a Internet o corte por no pago de este último servicio.
9.4.4 El servicio de Telefonía IP está diseñado solo para un uso residencial y no comercial, para que los Suscriptores y sus familias puedan destinarlo a fines comunicacionales.
9.4.5 Conforme a las características comerciales del Plan contratado, se podrá considerar o no, la entrega de un aparato telefónico gratuito por parte de PCSpA. El Suscriptor podrá utilizar el aparato telefónico que, en su caso, le entregue gratuitamente PCSpA o podrá adquirir un aparato telefónico técnicamente compatible, a su costo, arrendar o recibir en comodato el que se le proporcione, según las características del Plan contratado. En caso xx xxxxx del aparato entregado gratuitamente por PCSpA dentro de los primeros tres meses de habilitado el servicio, el Suscriptor podrá, por una sola vez, presentarlo en la sucursal más cercana a su domicilio para su reemplazo por otro aparato de características similares, también en forma totalmente gratuita. La mantención de aparatos telefónicos de propiedad del Suscriptor, es de responsabilidad de éste. En caso que la prestación del servicio de Telefonía IP esté comercialmente disponible por medio de un Softphone, el Suscriptor deberá instalar en un equipo terminal compatible con este servicio, el Softphone que le provea PCSpA, o utilizar un Softphone de su propiedad compatible con el servicio prestado por PCSpA. Las características técnicas del equipo terminal que soporta el Softphone se publican en xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx.
9.4.6 El servicio de Telefonía IP no permite la conexión de equipos externos, tales como: FAX, dispositivos para pagos electrónicos, modem, teléfonos monederos u otros dispositivos externos semejantes, ni tampoco tendrá asistencia de operadora para comunicaciones según destino.
9.4.7 De acuerdo a los Planes Comerciales disponibles, el servicio de Telefonía IP podrá ser suministrado adicionalmente en cualquier punto del país que tenga acceso a la red de Internet con las características y condiciones mínimas necesarias, que se especifican en estas CGC.
9.4.8 El suscriptor podrá contratar un Plan Comercial del servicio Telefonía IP que opere dentro de la red de PCSpA, o un Plan que opere sobre redes IP de terceros, o ambos. En este último caso, por cada Plan suscribirá un contrato con un número telefónico distinto.
9.5 Características Técnicas: Requerimientos Mínimos.
Para el funcionamiento de la Telefonía IP se requiere que el cliente disponga de energía eléctrica, conexión a Internet que funcione normalmente y que no esté interrumpida por ningún motivo, conforme lo establece el Reglamento de Servicio Público de Voz sobre Internet D.S. Nº 484 de 2008.
9.5.1 Conexión de Servicio de Acceso a Internet suministrado por PCSpA: Ancho xx xxxxx mínimo de 64 Kbps, latencia no superior a 150 ms, y tener activado los puertos 5060 - 5061 - 10.000 al 20.000.
9.5.2 Conexión a Internet fuera de la red de PCSpA. En caso de estar disponible el Plan Comercial de Telefonía IP fuera de la red de PCSpA, el cliente deberá disponer de una Conexión a Internet cuyas características técnicas mínimas deben ser: Ancho xx xxxxx mínimo de 2 Mbps, latencia no superior a 150 ms, y tener activado los puertos 5060 – 5061 - 10.000 al 20.000.
9.5.3 Si el servicio de Acceso a Internet sobre el cual opera la Telefonía IP cumple con los requisitos anteriores, el MOS (Mean Opinion Score) será igual o superior a 3.
9.6 Características Comerciales.
9.6.1 El servicio de Telefonía IP es un servicio cuyo cobro mensual se detalla en el respectivo documento de cobro denominado Estado de Cuenta. El servicio de Telefonía IP contiene una bolsa de determinados minutos que sólo podrá ser utilizada durante el mes calendario respectivo y expira el último día de cada mes. La tasación de llamadas es al segundo. Las bolsas de minutos de Servicios Adicionales, se encuentran reguladas en la cláusula 9.6.5 de estas Condiciones Generales".
9.6.2 PCSpA contabilizará el consumo de los minutos y segundos utilizados en las comunicaciones cuyo destino esté fuera de la red de PCSpA. El valor del Plan de Telefonía IP contratado, también incluye todas las comunicaciones cuyo destino esté dentro de la red de PCSpA y no producirán un descuento del tiempo disponible en la bolsa de minutos.
9.6.3 Las llamadas a teléfonos rurales o a servicios telefónicos con tarifas especiales tienen una tarifa superior a las llamadas al resto del país. En consecuencia, por cada segundo de comunicación de salida a los destinos señalados anteriormente, PCSpA descontará del saldo de minutos, la cantidad de segundos equivalentes a la tarifa del destino respectivo, según la tabla de tarifas vigente en el sitio xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx.
9.6.4 La suspensión del Servicio por no pago impedirá realizar cualquier tipo de comunicación a través de la línea telefónica, salvo aquellas establecidas en la normativa vigente, mientras el cliente disponga de un acceso a Internet habilitado, conforme a estas CGC. Asimismo, a través de la línea suspendida, el suscriptor podrá establecer comunicaciones con el Contact Center de PCSpA cuyo número se indica en xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx.
9.6.5 Contratación, Pago y Renuncia de Servicios Adicionales de TELEFONÍA IP: El Suscriptor podrá contratar los Servicios Adicionales de Telefonía IP bajo la modalidad de bolsas de minutos de acuerdo a la tarifa vigente e informada por PCSA a la fecha del inicio del suministro de tales Servicios. Las bolsas de minutos de Servicios Adicionales sólo podrán ser utilizadas durante el mes calendario respectivo y expiran el último día de cada mes, sin perjuicio de la facultad de recuperar el saldo no utilizado efectuando una nueva recarga dentro de un plazo no inferior a 180 días corridos posteriores a la fecha de la última recarga de bolsas de minutos adicionales. El Suscriptor podrá renunciar a los Servicios Adicionales de Telefonía IP que hubiere contratado separadamente del Servicio de Telefonía IP, con excepción del servicio de acceso a Internet exclusivo para Telefonía IP. La renuncia podrá realizarse en cualquier momento, por cualquiera de los medios que PCSA disponga para la contratación de los servicios conforme a lo establecido en el artículo 15° letra d) del Reglamento de Servicios de Telecomunicaciones.
9.7 Cambio de Número: Por medio de una solicitud escrita, el Suscriptor podrá solicitar el cambio del número asignado por PCSpA, en cuyo caso PCSpA comunicará al Suscriptor, dentro del plazo de 30 días contados desde la recepción de esa solicitud, la factibilidad técnica o no del cambio solicitado, y su costo, el cual se encuentra publicado en xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx. De ser factible el cambio
de número, se implementará el último día del mes siguiente de efectuada la solicitud. Previa autorización de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, y cuando ello corresponda de acuerdo a la normativa vigente, PCSpA podrá modificar el número asignado sin cargo para el Suscriptor y previo aviso de 90 días, conforme lo establece el artículo 39º del Reglamento de Servicios de Telecomunicaciones.
9.8 Servicios Conexos al Servicio de TELEFONÍA IP: El Suscriptor podrá requerir Servicios Conexos tales como, extensiones de IIT, habilitación de bocas adicionales de conexión, prestación de Servicios Técnicos, desconexión y reconexión y otras prestaciones distintas del Servicio Principal y Adicionales de Telefonía IP, por los que, de estar disponibles, el suscriptor deberá pagar la tarifa vigente e informada por PCSpA en xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx a la fecha en que se solicite el respectivo Servicio.
9.9 Plan Ilimitado de Minutos: En el evento que PCSpA ofrezca y el Suscriptor contrate un plan Ilimitado de minutos de Telefonía IP, se deja expresa constancia que éste se encuentra sujeto a la condición esencial de que la línea telefónica sea destinada al uso residencial única y exclusivamente, por lo que queda expresamente prohibido, darle un uso comercial, centro de llamadas o reventa de llamadas. La infracción a esta condición esencial, autoriza a PCSpA a tener por terminado de pleno derecho el Plan Ilimitado, sin necesidad de gestión o declaración alguna, pudiendo el Suscriptor contratar un plan de minutos limitados de Telefonía IP.
10 Condiciones de Funcionamiento del Servicio de Internet.
10.1 El Servicio de Internet provisto por PCSpA se sujeta a lo preceptuado en el Reglamento de Neutralidad de Redes, D.S. Nº 368 de 2011 y su normativa complementaria. PCSpA suministrará el Servicio Internet conforme al Plan Comercial contratado por el Suscriptor. El Servicio Internet de PCSpA ha sido diseñado para un uso residencial promedio y no comercial, ni lucrativo.
10.2 Características del Servicio: El Servicio Internet se prestará, ya sea a través de medios físicos o inalámbricos, con las características técnicas y operativas que considere el Plan de Servicios Principales contratado por el Suscriptor. Internet es un conjunto de redes, Equipos y sistemas de distintos proveedores y usuarios, que puede estar sujeta a congestión o indisponibilidad en uno o más de sus segmentos o componentes, muchos de los cuales no son controlados por PCSpA. En virtud del Servicio Internet, PCSpA sólo provee la conexión local, sin que pueda determinar el desempeño alcanzado por cada sesión de acceso a Internet. La denominación comercial de los planes, alude a la velocidad de acceso máxima que podrá alcanzar el Servicio, sin constituir una garantía del rendimiento efectivo que alcanzará cada conexión. Tales parámetros máximos de cada Plan de Servicios Principales se refieren a la conexión entre el Suscriptor y PCSpA. La velocidad de subida y bajada de la conexión a Internet debe medirse en el conector RJ45 del dispositivo o Cable Modem mediante el cual el suscriptor recibe el servicio de Internet.
El Servicio Internet de PCSpA está diseñado para un uso residencial y no comercial, para que los Suscriptores y sus familias puedan destinarlo a fines recreacionales, informativos, comunicacionales y educativos. La realización de actividades que involucren un aprovechamiento más intenso de los recursos de Internet, que exceda del uso residencial promedio, y/o que pretendan otorgar un destino comercial o lucrativo al Servicio Internet, pueden afectar el desempeño de este Servicio para la generalidad de los Suscriptores de PCSpA.
Las características del Servicio Internet de PCSpA se describen conforme al artículo 5º del Reglamento de Neutralidad en el sitio web xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx.
PCSpA informa al suscriptor, y el suscriptor toma conocimiento que el servicio de acceso a Internet en forma inalámbrica requiere de la condición de línea-vista entre el nodo y la antena exterior en el domicilio del suscriptor. Eventualmente, la calidad de la señal Inalámbrico podrá sufrir variaciones debido a eventos naturales o de fuerza mayor imposibles de predecir, tales como la pérdida de la condición de línea-vista debido a obstrucción por crecimiento de árboles o construcción de edificios que bloqueen la señal. En estos casos, PCSpA podrá realinear la antena exterior, y en caso de no poder restituir el servicio inalámbrico, se acuerda entre las partes que el contrato se extingue debido a condiciones de fuerza mayor.
10.3 Equipo Internet: Para el Servicio de Internet, PCSpA podrá proporcionar al suscriptor un Equipo Internet en la modalidad de arriendo o comodato. En el caso que el suscriptor opte por utilizar un Equipo de su propiedad, éste deberá ser previamente homologado por PCSpA, para lo cual el suscriptor deberá pagar la tarifa de homologación vigente e informada por PCSpA en xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx, a la fecha de su realización.
10.4 Equipo Terminal del Suscriptor: Para el suministro de este Servicio, el Suscriptor deberá contar, bajo su responsabilidad, con uno o más computadores, según la modalidad con que contrate el Servicio, que cumpla(n) con los requisitos técnicos necesarios para su suministro (compatibilidad, tarjeta de red con puerto Ethernet, capacidad de memorias, etc.), lo que será verificado por los técnicos calificados de PCSpA.
10.5 Medidas de Gestión de Tráfico y Administración de Red:
De acuerdo a lo preceptuado en el Reglamento de Neutralidad, PCSpA declara que sus medidas de gestión de tráfico y administración de red consisten en aplicar políticas de priorización de otros protocolos por sobre el protocolo P2P (peer to peer), tanto en la subida como en la bajada de datos desde la red Internet así como la administración de ciertos puertos. Lo anterior se traduce en programar los equipos en la red de PCSpA, de manera de otorgar mayor prioridad en la transmisión de los paquetes con protocolos distintos a P2P. Esta política no estrangula por completo el paso de paquetes P2P, sino que reduce su prioridad de transmisión frente a paquetes rotulados con otros protocolos, como por ejemplo, protocolo de correo. Esta medida de priorización se aplica en forma permanente, a todos los planes y en todo horario. Los puertos gestionados son:
Puerto 161-162: Evita la administración remota Vía SNMP, bloquea el envío de reportes automáticos de fallos de equipos.
Puerto 23: Evita la conexión Telnet desde cualquier red a los equipos de los suscriptores.
Puerto 25: Asegura que los suscriptores no sean utilizados como reenviadores de correos no deseado.
Puertos 135 – 139: Se impide el acceso a información de carpetas y archivos compartidos por el suscriptor.
Puerto 445: Evita que virus puedan entrar a los equipos de los suscriptores.
Puertos 67 – 68: Evita que un suscriptor, por desconocimiento, entregue sus IP a otros clientes de la red Pública.
En caso de ser necesario, PCSpA podrá gestionar otros puertos en forma permanente, lo que será debidamente informado en el sitio xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx.
En casos excepcionales, PCSpA podrá aplicar de manera no discriminatoria, medidas transitorias de administración de congestión frente a situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, no imputables a PCSpA conforme a la normativa vigente.
10.6 Responsabilidad del Suscriptor: El Servicio Internet se suministrará restringidamente al Domicilio del Suscriptor, única y exclusivamente para uso residencial. El Suscriptor estará especialmente obligado a: i) utilizar el Servicio Internet en conformidad con las leyes, el orden público, las buenas costumbres y el Contrato, absteniéndose de infringir la normativa sobre propiedad intelectual o industrial y/o afectar la privacidad de terceros; ii) abstenerse de interferir, interceptar o interrumpir las comunicaciones sobre Internet que realicen otros usuarios iii) Es de responsabilidad del cliente que acceda a Internet a través de un dispositivo WiFi asociado al Servicio de Internet Inalámbrico, resguardar la clave de acceso, de manera de impedir el acceso no autorizado a su conexión inalámbrica.
10.7 Servicios Conexos al Servicio Internet: El Suscriptor podrá requerir servicios conexos tales como por ejemplo, cambio de ubicación de Equipos, habilitación de nuevos Equipos y otras prestaciones distintas del Servicio Internet, por los que, de estar disponibles, deberá pagar la tarifa vigente e informada por PCSpA en xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx a la fecha en que se solicite el respectivo Servicio. El cliente que requiera el servicio de control parental para Internet, deberá habilitarlo. Podrá instalarlo por su cuenta o solicitarlo a través de Soporte Técnico llamando al número 000 0000 000 o bien en el nivel 104, en este último caso, PCSpA prestará asesoría y dará al cliente las instrucciones necesarias para la instalación y configuración del software respectivo, recomendado por PCSpA, en el computador o dispositivo del cliente. Los posibles costos asociados al uso de esta aplicación son de responsabilidad del cliente.
11 Cesión de Derechos. Se prohíbe al Suscriptor ceder los derechos emanados de este Contrato, a cualquier título y en cualquier forma, sin previa autorización escrita de PCSpA. En caso de autorizarse la cesión, el nuevo Suscriptor asumirá todas las obligaciones pendientes del Suscriptor que cede sus derechos, mediante la celebración de un nuevo contrato.
12 Datos Personales.
12.1 PCSpA informa al Suscriptor que tiene mecanismos automatizados que registran el uso de los Servicios y la interacción de sus clientes con la compañía. PCSpA sólo registrará y analizará esta información en forma estadística, con la finalidad de usarla para mejorar sus servicios, procedimientos de atención e iniciativas comerciales. PCSpA no realizará operaciones que impliquen asociar esta información a algún cliente identificado o identificable.
12.2 PCSpA adicionalmente informa al Suscriptor que registra y analiza información individual de cada Suscriptor relativa al uso de los Servicios y su interacción con PCSpA (por ejemplo, la fecha y duración de sus llamadas telefónicas, la fecha de pago de la cuenta mensual), con la finalidad de entregar adecuadamente los Servicios por él contratados. Con la finalidad indicada precedentemente, esta información será procesada por PCSpA, velando porque se apliquen adecuados estándares de confidencialidad, sin perjuicio del deber de PCSpA de informar a terceros algunos de estos datos, de acuerdo con la normativa vigente o a requerimiento de una autoridad competente.
12.3 Con la finalidad de permitir a PCSpA que le remita comunicaciones publicitarias o comerciales ofreciendo nuevos productos o planes, el Suscriptor autoriza a PCSpA, de conformidad al artículo 4 de la Ley N°19.628, a tratar, analizar y correlacionar sus datos personales relativos a sus antecedentes de contacto, servicios contratados y/o comportamiento de pago, autorización que podrá ser revocada por el suscriptor mediante comunicación escrita, remitida a PCSpA con al menos 30 días de anticipación.
12.4 Modificación de los datos personales del Suscriptor: El Suscriptor podrá solicitar a PCSpA el cambio de sus datos personales, siempre que estos cambios no constituyan causal de suscripción de un nuevo contrato. La solicitud de cambio de datos personales debe ser entregada por escrito en cualquier sucursal de PCSpA, la que será evaluada en un plazo máximo de 2 días hábiles. Son causales de suscripción de un nuevo contrato las siguientes: cambio de domicilio, cambio de titular, cambio en la composición de los servicios principales del plan contratado o cambio de los atributos de los servicios
principales contratados.