PLIEGO DE BASES TÉCNICAS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LA OSI URIBE. OSAKIDETZA
PLIEGO DE BASES TÉCNICAS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LA OSI XXXXX. OSAKIDETZA
G/209/20/1/0643/O441/0000/032016
PLIEGO PRESCRIPCIONES TÉCNICAS SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD
1 OBJETO DEL CONTRATO
El Servicio de Vigilancia y Seguridad de los edificios y su entorno de la OSI XXXXX OSAKIDETZA, cuya necesidad establezca la dirección de la misma y a la que pertenecen los siguientes centros:
• HOSPITAL DE URDULIZ-XXXXXXX XXXXXXXX
El servicio se prestará en el HOSPITAL DE URDULIZ-XXXXXXX XXXXXXXX. No obstante lo anterior, la Dirección de la OSI XXXXX podrá requerir en momentos puntuales la realización de servicios de vigilancia y seguridad en algún servicio diferente del habitual.
En caso de necesidad, la Organización de Servicios Sanitarios XXXXX podrán solicitar la realización de servicios en otras ubicaciones, aun cuando estos no estén contemplados en este Pliego. Dichos servicios adicionales, serán facturados a los precios adjudicados.
El servicio prevé un número estimado máximo de horas anuales de 12.410 horas/año
2 CONDICIONES TECNICAS
2.1 FUNCIONES Y COMETIDOS
El Servicio de Vigilancia y Seguridad objeto del presente pliego, tendrá los siguientes cometidos:
a) Vigilancia de accesos interiores, protección y auxilio en el control del personal y visitantes del Centro.
b) Vigilancia y ronda de los exteriores del centro.
c) Control del parking y estacionamiento de vehículos.
d) Protección de las dependencias interiores y custodia de los bienes, identificación de sospechosos y protección del personal en general, en caso de conflictos con extraños. Deberán verificarse las posibles intrusiones, los materiales o circunstancias favorables para que se origine un posible incendio, las iluminaciones necesarias y en general los daños que se aprecien en las instalaciones (conducciones de agua, calefacción, etc.)
e) Se realizarán patrullas o rondas a horas irregulares, no siguiendo una ruta determinada.
f) Manejo de los equipos de vigilancia centralizados o complementarios por circuitos cerrados de televisión y otros tipos de control eléctrico que pudieran ser instalados.
g) Chequeo y revisión diaria de los distintos sistemas y mecanismos de seguridad instalados o que se instalen. Comprobación de las alarmas de detección de fuego y/o intrusión que se produzcan.
h) En las rondas diarias y nocturnas, comprobación del cierre de ventanas y puertas de todas las dependencias del Centro que no prestan servicio sanitario, así como el apagado xx xxxxx y desconexión de aparatos que no deban estar en funcionamiento.
i) La empresa adjudicataria deberá hacerse cargo de la tramitación de las denuncias por cualquier hecho delictivo, sustracciones, daños, agresiones, etc. que sucedan en el Centro, y a instancias de la Dirección del mismo.
j) Protección al personal y usuarios/as, apoyo y auxilio al personal del Centro, en situación potencial o real de conflicto o problemas.
k Identificar sospechosos y de cuantos aquellos bultos y material no admitido por el Reglamento del Hospital, pudieran portar los pacientes de régimen abierto.
l) Participación en los Planes de Emergencia y Evacuación que disponga el Centro.
m) Cualesquiera otros asuntos, relacionados directa e indirectamente con los puntos anteriormente citados.
n) Recepción de señales de alarma xx xxxxxxx y congeladores del centro y acceso a verificación de la alarma, así como comunicación y actuaciones que procedan
ñ) Asimismo, la empresa adjudicataria, previo al inicio de la ejecución servicio, deberá presentar un Plan específico de seguridad en el que se recoja las medidas y medios previstos que garanticen la máxima seguridad en el Centro. En este estudio se deberá concretar en un análisis pormenorizado todas las dependencias del Hospital, explicando las características y puntos débiles que concurren en cada una de ellas; el por qué de las medidas adoptadas, así como los medios que se definan como los más adecuados.
o) Mantenimiento de los sistemas de seguridad, se incluirá la realización de un servicio de mantenimiento preventivo anual de los sistemas de seguridad e intrusión instalados (alarmas, control de accesos y videocámaras); así como la gestión con los fabricantes y/o instaladores de la corrección de las averías y deficiencias, al objeto de tenerlas operativas.
3 PUESTOS DE TRABAJO Y HORARIO DE PERMANENCIA
3.1 El contrato se ha establecido en base a la siguiente previsión, que en todo caso es únicamente estimativa y que se irá adecuando en función de las necesidades:
- Un vigilante de seguridad durante las 10 horas (de 22:00 a 8:00) y durante todos los días del año: 3.650 horas/año.
- Un vigilante de seguridad durante 24 horas y durante todos los días del año: 8.760 horas/año.
4 PERSONAL
4.1 El Personal de la contrata deberá hallarse en posesión de la Tarjeta de Identificación Profesional otorgada por el Ministerio del Interior y deberá haber sido seleccionado atendiendo a las siguientes características:
a) Preparación psicológica y madurez adecuada. En especial deberá familiarizarse con el tipo de sucesos que potencialmente pueden desarrollarse en el Centro y en los Servicios de Urgencia y horas de visita en el caso de tratarse de un centro hospitalario.
b) Preparación física suficiente.
c) Conocimientos de defensa personal, además de conocimientos técnicos de sistemas de detección y protección de incendios, formación mínima a nivel de E.S.I. (equipos de segunda intervención) y planes de evacuación.
4.2 La OSI XXXXX Osakidetza-SVS y la empresa que resulte adjudicataria del servicio convendrán, cuando fuera necesario, el mejor procedimiento de instrucción de los vigilantes para la revisión, manejo y conservación de los sistemas mecánicos, eléctricos o electrónicos de seguridad instalados o que se puedan instalar en las dependencias del Centro.
4.3 El contratista quedará obligado a retirar aquel personal que no procediere con la debida corrección o que fuera poco cuidadoso en el desempeño de su misión o falto de la necesaria discreción en un centro sanitario o Administrativo, a criterio de la Dirección de la OSI XXXXX y siempre que se requiera por ésta.
4.4 El personal inexcusablemente deberá cumplir los principios básicos de actuación enmarcados en la Ley, Reglamento y ordenes relativas a la Seguridad Privada, entre las cuales citamos: Legalidad, protección, proporcionalidad, colaboración, integridad, corrección, dignidad, así como los derivados del correcto ejercicio profesional: Asistencia, presencia, calidad, formación y actualización y finalmente de sus deberes éticos: Eficacia, lealtad, secreto profesional, deber de información sujeta a principios de veracidad y colaboración ciudadana.
En cualquier caso solo se podrá sustituir personal o retirar personal, con la autorización previa de la Dirección de la OSI XXXXX, informándose por el adjudicatario a los responsables de la OSI sobre la circunstancias del personal (Nombre, apellidos, antigüedad, formación, acreditaciones necesarias, etc..)
4.5 La función del personal que prestará la cobertura del objeto del presente pliego será en todo caso sin arma.
5 UNIFORMIDAD
5.1 Será obligación del contratista uniformar por su cuenta a todo el personal durante las horas en que se realice el servicio, en cumplimiento de la Ley 5/2014, de 4 xx xxxxx, de Seguridad Privada.
6 DEPENDENCIA FUNCIONAL
6.1 El adjudicatario se acomodará en todo momento a las directrices que marque la Dirección del Centro en orden a la orientación general del servicio, así como las prioridades que en cada momento puedan establecerse.
7 SISTEMAS DE COMUNICACIÓN
7.1 Será obligación del contratista dotar, por su cuenta, de medios de comunicación o localización necesarios para una rápida intercomunicación entre los vigilantes de seguridad en servicio, la central de su empresa y la de la OSI XXXXX para casos de necesidad o emergencia.
La OSI podrá dotar al servicio de vigilancia de un teléfono móvil corporativo para una comunicación más directa del personal de la OSI con el servicio de vigilancia y seguridad.
8 PARTES E INFORMES
8.1 Copia de los informes emitidos en las inspecciones realizadas por la empresa adjudicataria y que pudieran resultar de interés para el centro, se trasladarán a la Dirección de OSI a través del departamento de Servicios Generales.
8.2 Se remitirá al Responsable de Servicios Generales, duplicado ejemplar del parte de incidencias, en aquellos supuestos en los que lo acaecido en la jornada requiera ser puesto en su conocimiento.
8.3 La Dirección de la OSI y el responsable de Servicios Generales deberá ser informada inmediatamente de cualquier hecho que se considere una amenaza para la seguridad de la OSI.
9 RECONOCIMIENTO MEDICO
9.1 El personal a emplear deberá ser objeto de reconocimiento médico a cargo del contratista, antes de su ingreso y al menos una vez al año. Los resultados de dichos exámenes serán puestos necesariamente en conocimiento de la Dirección de la OSI, a través de la persona de la que dependan funcionalmente.
9.2 Si en los exámenes realizados se descubriera la presencia de algún proceso patológico o transmisible o la aparición de alguna susceptibilidad muy acusada a agentes morbígenos que condicionarán la presencia en el Centro de la persona afectada, esta deberá ser sustituida por el contratista.
9.3 No podrá incorporarse al servicio ningún nuevo trabajador sin el requisito previo del reconocimiento médico.
10 SEGURO
10.1 La empresa adjudicataria deberá contar con un seguro de responsabilidad civil que cubra los daños posibles producidos por una cifra mínima de 600.000,00.- €
11 PLANOS Y DETALLES DE SEGURIDAD
11.1 La Dirección de la OSI proporcionará a la empresa adjudicataria, para el mejor desarrollo de los servicios de vigilancia y seguridad y a la firma del contrato:
a) Cuadro y plano detallado de los sistemas de protección, vigilancia y alarma de los recintos.
b) Ubicación de bocas de agua u sistemas de extinción de incendios
c) Distribución y nomenclatura usada en el armario de llaves del Centro
d) Detalle de características y emplazamiento de otras instalaciones especiales.
Dado que el personal de vigilancia y seguridad puede integrarse en los organigramas del Plan de Autoprotección, caso de serle requerido por los responsables de los centros objeto del concurso la empresa adjudicataria deberá proporcionar información (a su cargo) a su personal dependiente referida a E.S.I. (Equipos de Segunda Intervención) además de cualquier otra formación necesaria para su integración en dicho organigrama. En caso de sustituciones, el personal sustituto deberá cumplir los mismos requisitos que el titular.
12 DOCUMENTACION A PRESENTAR
12.1 A cada oferta se acompañará documentación del licitante referida a los extremos siguientes:
12.1.1. PROGRAMA DE TRABAJO y ASISTENCIA TÉCNICA A DISPOSICIÓN DEL CONTRATO (Máximo 20 páginas).
Fijación de los trabajos que integren la actividad o misión del servicio de vigilancia y seguridad, y, en su caso, de las operaciones más importantes constitutivas de dichos
trabajos; se valorará la concreción, su mayor precisión, adecuación a instalaciones hospitalarias y las necesidades del servicio e idoneidad para la prestación del Servicio.
Los licitantes deberán disponer de la adecuada asistencia técnica para la ejecución del presente contrato, así como del apoyo logístico al mismo, implantación de nuevas tecnologías en la prestación del conjunto de todos los servicios.
Estructura organizativa a disposición del contrato: Se deberá presentar descripción de la estructura organizativa puesto a disposición del contrato como apoyo a los trabajos a realizar, clasificándose por especialidades, detallando, función y dedicación; así mismo al inicio del contrato se presentará estudio de relación de riesgos del hospital.
Plan de inspecciones y supervisión.: Se deberá presentar un plan de Inspecciones, seguimiento y supervisión del Servicio para garantizar que el mismo se realiza en parámetros de máxima calidad.
12.1.2. PLAN DE FORMACIÓN ESPECÍFICO. (Máximo 10 páginas).
Formación específica que se propone para el personal y plan de formación previsto: Se valorará el contenido del plan de formación y su idoneidad y adecuación a las prescripciones exigidas para este contrato.
13 CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN VIGENTE
Serán normas de obligado cumplimiento para la prestación del Servicio de Vigilancia y Protección de Bienes Muebles e Inmuebles así como personas que puedan encontrarse en los mismos y las misiones que sean encomendadas.
En todo caso la prestación del servicio se realizará con estricto cumplimiento de la legislación vigente, en particular la Ley 05/2014, de 4 xx xxxxx de Seguridad Privada, el Real Decreto 2364/1944, de 09 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada y la Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de Seguridad Privada, por la que se da cumplimiento a diversos aspectos del Reglamento de Seguridad Privada, sobre personal, así como cualesquiera otras normas (legales o reglamentarias) de desarrollo o modificación de las anteriores que puedan ser aprobadas en un futuro.
En el mismo sentido será de obligado cumplimiento toda aquella legislación o reglamentación, aún sin ser estrictamente referida a la Seguridad Privada, pero que pueda afectar o regular el objeto de la prestación.
14 INCUMPLIMIENTOS CONTRACTUALES
La Dirección de la OSI XXXXX podrá levantar actas de no conformidad por cualquiera de las siguientes causas:
• La realización de cambios de personal de seguridad asignado al Hospital o Centro.
• La no sustitución del personal de seguridad, tras el requerimiento de la Dirección de la OSI, por motivos justificados. (Faltas de puntualidad, limpieza en el uniforme, trato incorrecto al público o personal de la propia OSI, etc.)
• Por cualquier otra causa, que ponga en peligro el normal desarrollo de los trabajos asignados y las personas relacionadas.
El levantamiento de actas de no conformidad no eximirá al adjudicatario de su obligación de finalizar el trabajo o de cualquier otra de sus obligaciones y responsabilidades, y en ningún caso constituirá una renuncia por parte de la OSI a sus otros derechos, incluyendo su derecho de resolver el contrato y la exigencia de daños y perjuicios.
Cualquier acta de no conformidad que levante la Dirección de la OSI deberá ser firmada por ambas partes, Dirección de la OSI y por el representante de la empresa adjudicataria. Si éste se negara a firmar, constará así en el acta, requiriéndose la presencia de dos testigos que declaren dicha negativa a la firma.
En lo relativo a incumplimientos en materia de Prevención de Riesgos Laborales se estará a lo dispuesto en el apartado correspondiente y/o normativa de aplicación.
15 FALTAS, PENALIDADES Y RESCISIÓN DEL CONTRATO
Las faltas se clasificarán en tres categorías leves, graves y muy graves:
• Faltas leves: Se considerarán faltas leves el incumplimiento ocasional de alguna de las obligaciones expuestas en el presente pliego, y, en particular, las siguientes:
o Retraso injustificado en la asistencia ante solicitudes de servicio en los casos en los que dicho retraso no se deriven ni se puedan derivar daños para las personas o situaciones de riesgo para la integridad de las personas o bienes de la OSI XXXXX.
o Retraso superior a veinte días en trabajos de control programados.
o No realizar informe detallado en caso de incidencias.
o Abandono injustificado del puesto de trabajo de alguno de los vigilantes que se encuentre en turno de trabajo dentro de la cobertura que establece el expediente.
• Faltas graves: Se considerarán faltas graves las siguientes:
o Comisión de tres faltas leves en menos de un mes.
o Acumulación de cinco faltas leves en un año.
o Incumplimiento de las obligaciones del Presente Pliego, después de haber sido advertido el adjudicatario del mismo y mantenerse dicho incumplimiento en el plazo de quince días.
• Faltas muy graves: Se considerarán faltas muy graves las siguientes:
o Retraso injustificado en la asistencia ante solicitudes de servicio en los casos en los que de dicho retraso se deriven o se puedan derivar daños para las personas o situaciones de riesgo para la integridad de las personas o los bienes de la OSI.
o Comisión de tres faltas graves en menos de un mes.
o Acumulación de cinco faltas graves en un año.
o Sanciones impuestas por los Organismos Competentes, causadas por el incumplimiento de la normativa vigente en lo relativo x Xxx de Seguridad Privada y disposiciones reglamentarias que lo desarrollan.
• Penalidades: En función del grado de las faltas se establecen las siguientes penalizaciones:
o Por cada falta leve: 0,5% del importe de adjudicación a descontar de la factura mensual siguiente a la notificación mensual.
o Por cada falta grave: 1% del importe de adjudicación a descontar de la factura mensual siguiente a la notificación mensual.
o Por cada falta muy grave: 1,5% del importe de adjudicación a descontar de la factura mensual siguiente a la notificación mensual.
• Rescisión del Contrato: Podrán ser motivos, entre otros, de rescisión del contrato los siguientes factores:
o La realización de una falta muy grave
o Falseamiento comprobado de informes o datos.
o Acumulación de quejas por escrito del centro hasta un máximo de doce en un plazo de doce meses.
o Quejas justificadas por escrito provenientes de la Dirección de la OSI, por mal servicio o abuso de confianza.
o Deterioro grave de los medios asignados, ocasionados por negligencia grave o abandono del servicio.
o Reiteración por el adjudicatario en el incumplimiento de las condiciones del presente pliego: Será suficiente motivo de rescisión de contrato, el levantamiento de tres actas documentadas y probadas de incumplimiento de contrato.
o Evidencia probada de existencia de fraude por parte del adjudicatario en la ejecución de los servicios contratados.
16 OTRAS OBLIGACIONES
Todas las empresas que presenten sus candidaturas u ofertas para la prestación de servicios a la OSI XXXXX deberán cumplir con la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal y con R.D. 1720/2007, por el que se desarrolla dicha Ley Orgánica.
Otra documentación a presentar a requerimiento de la OSI: Las empresas licitadoras aportarán además de la documentación exigida en el resto del expediente la siguiente:
• Declaración de cumplimiento de la normativa de Protección de Datos y Confidencialidad.
• Programa de formación a vigilantes, para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 57 del Reglamento de Seguridad Privada, así como el compromiso de impartir los cursos de actualización y especialización en los 6 primeros meses de contrato.
• Carta Acuse Recibo Información en PRL y compromiso de cumplimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el Dossier Informativo en materia de Prevención de Riesgos Laborales.
CONDICIONES LINGÜÍSTICAS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6.º y regulado por la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla. El uso de ambas lenguas oficiales constituye una condición de ejecución del contrato y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este contrato.
Los criterios lingüísticos a aplicar en cuanto a la rotulación abarcan también los rótulos y paneles instalados o utilizados por empresas contratadas de seguridad. En tales casos, el uso de ambas lenguas oficiales constituye una condición de ejecución del contrato, tal y como se recoge en el Plan de Euskera de Osakidetza.
17 PRESUPUESTO DE LICITACIÓN MÁXIMO ESTIMADO
El presupuesto de licitación máximo estimado (para un año del contrato): 199.918,00
€, más su IVA correspondiente
Dicho presupuesto se establece en base a la siguiente previsión, que en todo caso es únicamente estimativa:
- Un vigilante de seguridad durante las 10 horas (de 22:00 a 8:00) y durante todos los días del año: 3.650 horas/año.
- Un vigilante de seguridad durante 24 horas y durante todos los días del año: 8.760 horas/año.
No obstante lo anterior, el número de horas previsto es estimativo, estando sujeto a las necesidades de las organizaciones de servicios, y por tanto no se considera elemento
esencial del contrato. Cualquier variación al alza o a la baja, según las necesidades reales, no limitará las obligaciones del contratista ni dará lugar a compensación económica alguna.
Los medios humanos y las horas finales a destinar a la ejecución del contrato vendrán determinadas en función de las necesidades a cubrir debido a la apertura progresiva de las diferentes áreas del Hospital, siendo en todo caso el máximo de horas de cobertura previstas
12.410 horas/año.
Dichas estimación máxima de horas se distribuirá en función de los siguientes precios de licitación por hora:
Precio/hora | Nº horas estimadas/año | TOTAL | |
Horas diurnas (6:00h y las 22:00h) | 15,06 € | 4.446 | 66.956,76 |
Horas nocturnas (22:00h y las 6:00h) | 16,50 € | 3.952 | 65.208,00 |
Horas festivos diurnas (6:00h y las 22:00h) | 16,21 € | 2.124 | 34.430,04 |
Horas festivos nocturnas (22:00h y las 6:00h) | 17,65 € | 1.888 | 33.323,00 |
TOTALES | 12.410 | 199.918,00 |
En dichos importes estarán incluidos todos los gastos directos necesarios para la prestación del servicio, así como el mantenimiento preventivo anual de los medios de seguridad del centro y la gestión correctiva de averías.
En ningún caso las ofertas podrán superar los precios de licitación por hora determinados.
En ningún caso las ofertas podrán superar el presupuesto de licitación máximo estimado.
Los licitadores, deberán presentar precios unitarios por hora para la realización de servicios diurnos y nocturnos, laborables y festivos y los importes totales, en función del número de horas máximo estimado en el cuadro anteriormente indicado.
En relación a valores anormales o desproporcionados en la oferta distintos o complementarios a los establecidos en la normativa vigente, todo ello se ejecutará de acuerdo con el artículo 152 del RDL 3/2011-TRLCSP, siendo de aplicación para su cálculo los artículos 85 y 86 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas ( Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre).
A los efectos de formular la oferta económica se considerará horario diurno el comprendido entre las 6:00h y las 22:00h, y horario nocturno el comprendido entre las 22:00h y las 6:00h. Por otro lado, se considerarán días festivos los xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos aprobados oficialmente.
18 FORMA DE PAGO
Se facturará mensualmente en función de las horas realmente ejecutadas. Para la realización del pago se remitirá mensualmente por parte del adjudicatario informe de los trabajos realizados siendo necesaria su aprobación previa a la formalización de la factura correspondiente.
19 DURACIÓN CONTRATO
El plazo de duración del contrato será de 1 año, contados desde el día de la fecha de su formalización.
20 CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
20.1 CRITERIOS VALORACIÓN BASADOS EN FÓRMULAS: 55 PUNTOS
PRECIO: Ponderación 55 puntos
Se valorarán las ofertas económicas que mejoren presupuesto máximo estimado de licitación (en base a los precios unitarios ofertados y el número de horas máximo estimado), valorándose con 0 puntos aquellas ofertas que igualen dicho presupuesto máximo estimado de licitación.
Se aplicará un criterio de proporcionalidad exclusivamente respecto de la oferta, al Lote, más reducida, a la que se atribuirá la puntuación máxima, calculando la ponderación de las demás ofertas con arreglo a la siguiente fórmula:
P= (55 x Min.) / Of.
Siendo:
P= Puntuación otorgada criterio económico.
55 = Puntuación máxima alcanzable en la valoración económica. Min.= Importe al Lote de la Oferta más reducida de las presentadas. Of.= Importe total de la oferta a valorar.
20.2 CRITERIOS BASADOS EN JUICIOS DE VALOR: 45 PUNTOS
PROPUESTA DE PLAN DE TRABAJO: ponderación 45 puntos