Contrato para el suministro de bienes y/o la prestación de servicios entre el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (“PNUD”) Corporación de Derecho Privado RIMISP – Centro Latinoamericano para el Desarrollo Rural (el “Contratista”)
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Contrato para el suministro de bienes y/o la prestación de servicios entre el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (“PNUD”) Corporación de Derecho Privado RIMISP – Centro Latinoamericano para el Desarrollo Rural (el “Contratista”)
1. País donde se entregarán los bienes y/o se prestarán los servicios : Colombia | ||
2. PNUD: [ ] Solicitud de presupuesto [X] Solicitud de propuesta [ ] Invitación a licitación [ ] Contratación directa Número y fecha : COL0000105990 13-JUL-2020 | ||
3. Referencia del Contrato : 0000046039 | ||
4. Acuerdo a largo plazo ("LTA") : [ ] Sí | [X] No | |
5. Objeto del Contrato : [ ] bienes | [X] servicios | [ ] bienes y servicios |
6. Tipo de servicios: Estudio para evaluar los incentivos/subsidios del sector agropecuario en Colombia, en particular los relacionados con la producción de comodities con mayor impacto sobre la biodiversidad en Colombia. | ||
7. Duración / período del contrato Fecha de Inicio del Contrato: 19 de octubre de 2020 Fecha de finalización del contrato: 18 xx xxxxx de 2021 | ||
8. Cuantía total del Contrato: CIENTO CINCO MILLONES DE PESOS M/CTE (COP$ 105,000,000) 8a. Anticipo: No Aplica | ||
9. Valor total de los bienes y/o servicios : [X] inferior a USD50.000 (servicios únicamente) – Se aplican las Condiciones generales de contratación del PNUD para contratos institucionales de minimis [ ] Para todos los demás contratos - Se aplican las condiciones generales del contrato del PNUD. | ||
10. Método de pago : [ x] precio fijo [ ] reembolso de gastos | ||
11. Nombre del Contratista : Corporación de Derecho Privado RIMISP – Centro Latinoamericano para el Desarrollo Rural Dirección : Xxxxxxx 0 #00-00 Xxxxxxx 000 Xxxxxx, X.X Xxxx xx xxxxxxxxxxxx : Xxxxxxxx Sitio web : xxxxx://xxx.xxxxxx.xxx |
12. Nombre de la persona de contacto del Contratista : Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Cargo : Representante Legal Dirección : Xxxxxxx 0 # 00-00 Xxxxxxx 000 Xxxxxx xx teléfono : +57 (1) 2703850 Correo electrónico: xxxxxxxx@xxxxxx.xxx - xxxxxxxxx@xxxxxx.xxx |
13. Nombre de la persona de contacto del PNUD : Xxxx Xxxxxxxx Xxxxx : Coordinador de proyecto |
14. Cuenta bancaria del Contratista a la cual se transferirán los pagos : Beneficiario: Corporación de Derecho Privado RIMISP – Centro Latinoamericano para el Desarrollo Rural Denominación de la cuenta : Cuenta de Ahorros Número de cuenta : 040225641 Nombre del banco: Itaú CorpBanca Colombia S.A. Dirección del banco : Bogotá Código del banco : 560006 |
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Este Contrato consta de los documentos que se mencionan a continuación, los cuales, en caso de conflicto, prevalecerán uno sobre otro de acuerdo con el orden siguiente:
• Esta hoja de referencia ("Hoja de referencia").
• Condiciones especiales del PNUD
• Condiciones generales del PNUD para los contratos a los que se hace referencia en el bloque 9 anterior
• Términos de referencia (TDR) y Calendario de pagos, que incorporen la descripción de los servicios, los objetivos de Productos y de desempeño, los plazos, el cronograma de pagos y la cuantía total del Contrato.
• La propuesta técnica y la propuesta financiera del Contratista, fechadas 29-JUL-2020, según se haya establecido en el acta de la reunión de negociación, fechada (N/A), estos documentos, no adjuntos al presente pero conocidos por las Partes y en su poder, forman parte integrante del presente Contrato.
Todo lo que antecede, incorporado en el presente para referencia, constituye la totalidad del acuerdo (el “Contrato”) entre la Entidad de la ONU y el Contratista (colectivamente denominadas las “Partes”), y sustituye el contenido de cualesquiera otras negociaciones y/u otros acuerdos, tanto orales como por escrito, relacionados con el objeto del presente Contrato.
Las Partes reconocen que la Entidad de la ONU ha solicitado que el PNUD, en su calidad de agente de la Entidad de la ONU, obtenga los servicios y/o los bienes indicados en esta Hoja de referencia, de conformidad
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con las condiciones establecidos en el presente. Para evitar dudas, todas las referencias al PNUD en este Contrato y los anexos adjuntos, a excepción de la Hoja de referencia, se considerarán referidas a la Entidad de la ONU, excepto cuando se indique expresamente lo contrario o el contexto así lo indique.
El presente Contrato entrará en vigor en la fecha de la última firma de la Hoja de referencia por los representantes debidamente autorizados de las Partes, y terminará en la Fecha de finalización del Contrato que se indica en la Hoja de referencia. Este Contrato solo podrá modificarse mediante un acuerdo por escrito entre los representantes debidamente autorizados de las Partes.
EN FE DE LO CUAL, los infrascritos, debidamente autorizados para ello, firmaron este Contrato en nombre de las Partes en el lugar y en la fecha que se indican a continuación.
Por el Contratista | Por el PNUD | ||
Firma : | P- | Firma : | |
Nombre : | Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx | Nombre : AVG | Xxxxxx Xxxxxx |
Cargo : | Representante Legal | Cargo : | Gerente Área desarrollo Sostenible |
Fecha : | 19-OCT-2020 | Fecha : | 19-OCT-2020 |
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Anexo 1. Términos y Condiciones generales del Contrato CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN PARA LOS CONTRATOS INSTITUCIONALES DE MINIMIS
(PARA LOS CONTRATOS POR IMPORTES INFERIORES A USD 50.000)
El presente Contrato se celebra entre el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, un órgano subsidiario de las Naciones Unidas establecido por la Asamblea General de las Naciones Unidas (en lo sucesivo, el “PNUD”), por una parte, y una empresa u organización indicada en la Hoja de referencia de este Contrato (en lo sucesivo, el “Contratista”), por la otra parte.
1. CONDICIÓN JURÍDICA DE LAS PARTES: El PNUD y el Contratista se denominarán “Parte” en forma individual o, colectivamente, “Partes” en virtud del presente, y:
1.1 En aplicación, entre otros instrumentos, de la Carta de las Naciones Unidas y de la Convención sobre Prerrogativas e Inmunidades de las Naciones Unidas, las Naciones Unidas, comprendidos sus órganos subsidiarios, tienen plena personalidad jurídica y gozan de las prerrogativas e inmunidades necesarias para el ejercicio independiente de sus funciones y la realización de sus fines.
1.2 El Contratista tendrá la condición jurídica de contratista independiente con respecto al PNUD, y nada de lo contenido en el Contrato o relativo a éste será interpretado en el sentido de establecer o crear entre las Partes una relación de empleador y empleado o de mandante y agente. Los funcionarios, representantes, empleados o subcontratistas de cada una de las Partes no podrán ser considerados en ningún caso empleados o agentes de la otra Parte, y cada Parte será responsable únicamente de las reclamaciones resultantes de o relativas a la contratación por ella de dichas personas o entidades.
2. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA:
2.1 El Contratista deberá prestar y completar los servicios descritos en los Términos de Referencia y el Calendario de Pagos (en lo sucesivo, los “Servicios"), con la diligencia y eficiencia debidas, y de conformidad con el presente Contrato. El Contratista también proporcionará todo el apoyo técnico y administrativo necesario para asegurar el desempeño oportuno y satisfactorio de los Servicios.
2.2 El Contratista declara y garantiza la exactitud de cualesquiera informaciones o datos proporcionados al PNUD con el propósito de celebrar este Contrato, así como la calidad de los productos y los informes previstos en este Contrato, de conformidad con las normas industriales y profesionales más elevadas.
2.3 Todos los plazos establecidos en este Contrato se considerarán esenciales en relación con el cumplimiento de la prestación de los Servicios.
3. ACUERDO A LARGO PLAZO: Si el PNUD contrata al Contratista sobre la base de un acuerdo a largo plazo (“LTA”) según indicado en la Hoja de referencia de este Contrato, se aplicarán las siguientes condiciones:
3.1 El PNUD no garantiza que se encargue una cantidad determinada de Servicios durante la vigencia del acuerdo a largo plazo.
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3.2 Cualquier unidad de negocios del PNUD, comprendidas, sin carácter exhaustivo, una unidad de gestión de la Sede , una Oficina de País o un Centro Regional, así como cualquier entidad de las Naciones Unidas, pueden beneficiarse del acuerdo de contratación y solicitar Servicios al Contratista en virtud del presente.
3.3 El Contratista prestará los Servicios, cuando el PNUD lo solicite y registre en una orden de compra, que estará sujeta a las condiciones estipuladas en este Contrato. Para evitar dudas, el PNUD no contraerá obligaciones jurídicas respecto del Contratista hasta, y a menos que se emita una orden de compra.
3.4 Los Servicios estarán sujetos a los Precios reducidos que figuran en el anexo. Los precios permanecerán vigentes durante un período de tres años a partir de la fecha de inicio indicada en la Hoja de referencia de este Contrato.
3.5 En caso de cualquier cambio técnico ventajoso y/o reducción de precios de los Servicios durante la vigencia del contrato de suma determinada, el Contratista debe notificar de inmediato al PNUD. El PNUD debe considerar los efectos de cualquier situación de esta naturaleza y podrá solicitar una enmienda en el contrato de suma determianda.
3.6 El Contratista debe informar semestralmente al PNUD sobre los Servicios prestados, a menos que en el Contrato se especifiquen otras condiciones. Los informes deben remitirse a la persona de contacto del PNUD indicada en la Hoja de referencia del Contrato, así como a la unidad de gestión del PNUD que haya realizado una orden de compra por los Servicios comprendidos en el período pertinente al informe presentado.
3.7 El acuerdo a largo plazo permanecerá en vigor por el período máximo de dos años y podrá ser prorrogado por el PNUD por un año adicional por mutuo acuerdo de las Partes.
4. PRECIO Y MÉTODO DE PAGO:
4.1 PRECIO FIJO: Si, de conformidad con la Hoja de referencia de este Contrato, se escoge el precio fijo como método de pago en contraprestación por la prestación completa y satisfactoria de los Servicios, el PNUD pagará al Contratista un importe fijo indicado en la Hoja de referencia este Contrato.
4.1.1 El importe indicado en la Hoja de referencia de este Contrato no será objeto de ningún ajuste o revisión debido a fluctuaciones de precio o de moneda, o a los costos reales incurridos por el Contratista en la ejecución del Contrato.
4.1.2 El PNUD efectuará los pagos al Contratista por los importes y conforme al cronograma de pagos establecido en los Términos de Referencia y en el Calendario de pagos, una vez que el Contratista haya completado los productos correspondientes y tras la aceptación por parte del PNUD de las facturas originales presentadas por el Contratista a la persona de contacto del PNUD indicada en la Hoja de referencia de este Contrato, junto con la documentación de respaldo que pueda requerir el PNUD.
4.1.3 Las facturas deberán indicar el producto finalizado y el importe correspondiente a pagar.
4.1.4 Los pagos efectuados por el PNUD al Contratista no se considerarán como una exención al Contratista de sus obligaciones en virtud de este Contrato ni como la aceptación por parte del PNUD de la prestación de los Servicios por parte del Contratista.
4.2 REEMBOLSO DE GASTOS: Si, de conformidad con la Hoja de referencia de este Contrato, se escoge el reembolso de gastos como método de pago en contraprestación por la prestación completa y satisfactoria de los Servicios, el PNUD pagará al Contratista un importe que no exceda el valor total indicado en la Hoja de referencia este Contrato.
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4.2.1 Dicho importe es el importe total máximo de gastos reembolsables en virtud de este Contrato. El desglose de los gastos incluidos en la Propuesta Financiera, indicados en la Hoja de referencia de este Contrato, especificará el importe máximo por cada categoría de gastos reembolsables conforme a este Contrato. El Contratista deberá especificar en sus facturas o informes financieros (según lo requiera el PNUD) el importe de los gastos reembolsables reales incurridos en la prestación de los Servicios.
4.2.2 El Contratista no proveerá los Servicios, ni equipos, materiales y suministros que puedan derivar en costos que excedan el importe indicado en la Hoja de referencia de este Contrato, o del importe máximo por cada categoría de gastos especificada en el desglose de gastos comprendido en la Propuesta Financiera, sin el acuerdo previo por escrito de la persona de contacto del PNUD.
4.2.3 El Contratista deberá presentar las facturas originales o los informes financieros (según lo requiera el PNUD) correspondientes a los Servicios prestados de conformidad con el cronograma establecido en los Términos de Referencia y el Calendario de Pagos. Las facturas o los informes financieros deberán indicar los productos finalizados y el importe correspondiente a pagar. El Contratista deberá presentarlos a la persona de contacto del PNUD, junto con la documentación de respaldo de los gastos reales incurridos según se requiera en la Propuesta financiera, o conforme lo requiera el PNUD.
4.2.4 El PNUD efectuará los pagos al Contratista una vez que el Contratista haya completado los productos indicados en las facturas originales o los informes financieros (según lo requerido por el PNUD) y tras la aceptación de tales facturas o informes financieros por parte del PNUD. Los pagos estarán sujetos a cualquier condición específica para el reembolso estipulada en el desglose de los gastos comprendidos en la Propuesta financiera.
4.2.5 Los pagos efectuados por el PNUD al Contratista no se considerarán como una exención al Contratista de sus obligaciones en virtud de este Contrato ni como la aceptación por parte del PNUD de la prestación de los Servicios por parte del Contratista.
5. ANTICIPO:
5.1 Si se adeuda un anticipo al Contratista de conformidad con la Hoja de referencia de este Contrato, el Contratista debe presentar una factura original por el importe de ese anticipo una vez que las Partes hayan firmado este Contrato.
5.2 Si el PNUD debe pagar un anticipo que represente el 20% o más del valor total del Contrato, o por un importe de USD30.000 o más, a la firma del Contrato por las Partes, dicho pago estará supeditado a la recepción y aceptación por parte del PNUD de una garantía bancaria o un cheque certificado por el monto total del anticipo, válido durante la vigencia del Contrato, y de forma aceptable para el PNUD.
6. PRESENTACIÓN DE LAS FACTURAS Y LOS INFORMES:
6.1 El Contratista enviará por correo a la persona de contacto del PNUD todas las facturas originales, los informes financieros y cualesquiera otros informes y documentación de respaldo requeridos en virtud de este Contrato. A solicitud del Contratista, y sujeto a la aprobación del PNUD, las facturas y los informes financieros pueden enviarse al PNUD por fax o correo electrónico.
6.2 El Contratista debe presentar todos los informes y las facturas a la persona de contacto del PNUD especificada en la Hoja de referencia de este Contrato.
7. PLAZOS Y MODOS DE PAGO:
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7.1 Las facturas se pagarán dentro de los treinta (30) días posteriores a la fecha de su aceptación por parte del PNUD. El PNUD hará todo cuanto esté a su alcance para aceptar una factura original o notificar al Contratista sobre su rechazo dentro de un plazo razonable desde el momento de la recepción.
7.2 Cuando se deban prestar los Servicios, además de una factura, el Contratista debe presentar al PNUD un informe que describa en detalle los Servicios prestados en virtud del Contrato durante el período correspondiente a cada informe. Todos los informes deben redactarse en idioma español.
8. RESPONSABILIDAD RESPECTO DE LOS EMPLEADOS:
8.1 El Contratista será responsable de la competencia profesional y técnica de sus empleados y elegirá, para trabajar en la ejecución del presente Contrato, a personas fiables que sean capaces de cumplir con eficacia las obligaciones estipuladas en el Contrato, respeten las costumbres locales así como se comporten de conformidad con estrictos parámetros xxxxxxx y éticos..
El Contratista será responsable y asumirá todos los riesgos y las responsabilidades en relación con su personal y sus bienes. El Contratista deberá (i) establecer y mantener un plan de seguridad adecuado, que tenga en cuenta la situación de seguridad imperante en el país donde se presten los Servicios; y (ii) asumir todos los riesgos y las responsabilidades relacionados con la seguridad del Contratista y la implementación completa del plan de seguridad. El PNUD se reserva el derecho de verificar si dicho plan existe y sugerir modificaciones cuando sea necesario. La falta de mantenimiento e implementación de un plan de seguridad apropiado según los requisitos en virtud del presente se considerará un incumplimiento de este Contrato. No obstante lo antedicho, el Contratista será el único responsable de la seguridad de su personal y de los bienes del PNUD bajo su custodia según lo establecido anteriormente.
9. CESIÓN: El Contratista no cederá, transferirá, dará en prenda ni dispondrá de cualquier otro modo del Contrato, de ninguna parte del Contrato, ni de ninguno de los derechos u obligaciones estipulados en el Contrato salvo previa autorización por escrito del PNUD.
10. SUBCONTRATACIÓN: En caso de que el Contratista precise de los servicios de subcontratistas, el Contratista deberá obtener la aprobación y el visto bueno previos por escrito del PNUD para todos los subcontratistas. La aprobación del PNUD de un subcontratista no eximirá al Contratista de ninguna de las obligaciones estipuladas en el presente Contrato. Las cláusulas de todo subcontrato estarán sujetas a las disposiciones del presente Contrato y habrán de condecir plenamente con ellas.
11. INDEMNIZACIÓN: El Contratista indemnizará, eximirá de responsabilidad y defenderá, a su xxxxx, al PNUD y a sus funcionarios, agentes, dependientes y empleados, frente a todas las demandas, actuaciones, reclamaciones, indemnizaciones por pérdidas y responsabilidad de cualquier tipo o índole, incluidos los gastos y costas conexos, que resulten de actos u omisiones del Contratista, o de empleados, directivos, agentes o subcontratistas del Contratista, en la ejecución del presente Contrato. Esta cláusula abarcará, entre otras cosas, las reclamaciones y la responsabilidad respecto de indemnizaciones por accidentes de trabajo, la responsabilidad respecto de productos y la responsabilidad resultante de la utilización por el Contratista, sus empleados, directivos, agentes, servidores o subcontratistas de invenciones o dispositivos patentados, material protegido por los derechos de autor u otra propiedad intelectual. Las obligaciones en virtud del presente artículo no se extinguirán por la rescisión de este Contrato.
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12. SEGURO Y RESPONSABILIDAD:
12.1 El Contratista contratará y mantendrá un seguro contra todo riesgo respecto de sus bienes y equipo utilizados para ejecutar el presente Contrato.
12.2 El Contratista contratará y mantendrá todos los seguros pertinentes de accidentes de trabajo, o su equivalente, con respecto a sus empleados, para satisfacer las reclamaciones por lesiones corporales o muerte en relación con el presente Contrato.
12.3 El Contratista contratará y mantendrá además un seguro de responsabilidad civil por una cuantía suficiente para satisfacer las reclamaciones de terceros por muerte y lesiones corporales, o pérdida de bienes o daños causados a bienes, que resulten de, o en relación con, la prestación de servicios en el marco del presente Contrato o la utilización de vehículos, naves, aeroplanos u otro equipo de propiedad del Contratista o arrendado por éste o sus agentes, dependientes, empleados o subcontratistas que realicen trabajos o presten servicios en relación con el presente Contrato.
12.4 Excepto en el caso del seguro de accidentes de trabajo, las pólizas de seguro exigidas por este artículo deberán:
12.4.1 designar al PNUD como asegurado adicional;
12.4.2 incluir una renuncia a la subrogación de los derechos de la compañía de seguros del Contratista contra el PNUD;
12.4.3 disponer que el PNUD recibirá aviso por escrito de la compañía de seguros con una antelación no inferior a treinta
(30) días de toda cancelación de la póliza o todo cambio de su cobertura.
12.5 El Contratista proporcionará al PNUD, a solicitud de éste, pruebas satisfactorias de la existencia del seguro a que se refiere este artículo 12.
13. GRAVÁMENES Y DERECHOS PRENDARIOS: El Contratista no hará ni permitirá que ningún derecho prendario, derecho de garantía u otro gravamen a favor de terceros sea registrado o permanezca registrado en cualquier oficina pública o en el PNUD contra dinero adeudado al Contratista o que pudiera adeudarse por un trabajo realizado o por bienes o materiales suministrados conforme a lo estipulado en el Contrato, o a causa de alguna otra demanda o reclamación contra el Contratista o el PNUD.
14. EQUIPO PROPORCIONADO POR EL PNUD AL CONTRATISTA: El derecho de propiedad del equipo y los suministros que el PNUD puedan proporcionar al Contratista para el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el Contrato recaerá en el PNUD, y dicho equipo será devuelto al PNUD a la conclusión del Contrato o cuando el Contratista ya no lo precise. Dicho equipo, cuando sea devuelto al PNUD, estará en el mismo estado que cuando fue entregado al Contratista, salvo el desgaste normal, y el Contratista deberá indemnizar al PNUD por los gastos reales de cualquier pérdida, daño o degradación mayores que el desgaste normal sufridos por el equipo.
15. DERECHOS DE AUTOR, PATENTES Y OTROS DERECHOS EXCLUSIVOS:
15.1 Salvo que se disponga expresamente de otro modo por escrito en el Contrato, el PNUD tendrá derecho a toda la propiedad intelectual y demás derechos exclusivos, comprendidos, sin carácter exhaustivo, las patentes, los derechos de autor y las marcas comerciales, con respecto a los productos, los procedimientos, las invenciones, las ideas, los conocimientos prácticos o los documentos y otros materiales que el Contratista haya desarrollado para el PNUD en
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aplicación del Contrato y que guarden relación directa con la ejecución del Contrato, o sean producidos, preparados o reunidos como consecuencia del Contrato o durante su ejecución. El Contratista reconoce y acuerda que dichos productos, documentos y otros materiales constituyen trabajos realizados por encargo para el PNUD.
15.2 En tanto y en cuanto dicha propiedad intelectual u otros derechos exclusivos consistan en propiedad intelectual u otros derechos exclusivos del Contratista, (i) preexistentes al cumplimiento por el Contratista de las obligaciones estipuladas en el Contrato, o (ii) que el Contratista pueda desarrollar o adquirir, o pueda haber desarrollado o adquirido, con independencia del cumplimiento de sus obligaciones estipuladas en el Contrato, el PNUD no reclama ni reclamará ningún interés de propiedad en ellos, y el Contratista otorga al PNUD una licencia perpetua para utilizar dicha propiedad intelectual u otros derechos exclusivos únicamente a los fines del Contrato y de conformidad con sus requisitos.
15.3 A petición del PNUD, el Contratista adoptará todas las medidas necesarias, legalizará todos los documentos necesarios y en general prestará asistencia para obtener dichos derechos exclusivos y transferirlos o cederlos bajo licencia al PNUD de conformidad con los requisitos de la legislación aplicable y del Contrato.
15.4 Con sujeción a las disposiciones anteriores, todos los mapas, dibujos, fotografías, mosaicos, planos, informes, cálculos, recomendaciones, documentos y cualesquiera otros datos compilados o recibidos por el Contratista en el marco del Contrato serán de propiedad del PNUD, estarán disponibles para su uso o inspección por el PNUD en momentos y en lugares razonables, serán tratados como confidenciales y se hará entrega de ellos únicamente a funcionarios autorizados del PNUD al concluir el trabajo estipulado en el Contrato.
16. PUBLICIDAD Y UTILIZACIÓN DEL NOMBRE, EMBLEMA O SELLO OFICIAL DEL PNUD O DE LAS NACIONES UNIDAS: El Contratista no dará publicidad, ni hará público de otro modo que tiene una relación contractual con el PNUD, con el fin de obtener un beneficio comercial o mejorar su reputación, ni tampoco utilizará de ninguna manera el nombre, emblema o sello oficial del PNUD o de las Naciones Unidas, ni una abreviatura del nombre del PNUD o de las Naciones Unidas, en relación con sus negocios ni de otra manera sin permiso escrito del PNUD.
17. CONFIDENCIALIDAD DE LOS DOCUMENTOS Y LA INFORMACIÓN: La información y los datos que cualquiera de las Partes considere que son exclusivos o que entregue o divulgue durante una Parte (el “Divulgador”) a la otra Parte (el “Destinatario”) durante la ejecución del Contrato, y a los que se califique de confidenciales (la “Información”), serán conservados confidencialmente por esa Parte y serán tratados de la manera siguiente:
17.1 El Destinatario de dicha información:
17.1.1 para evitar la revelación, publicación o difusión de la información del Divulgador, actuará con el mismo cuidado y la misma discreción con que actúa respecto de información similar propia que no desea revelar, publicar o difundir; y
17.1.2 utilizará la Información del Divulgador únicamente para la finalidad para la cual fue revelada.
17.2 Siempre que el Destinatario tenga un acuerdo por escrito con las siguientes personas físicas o jurídicas que las obligue a tratar la información confidencial de conformidad con el Contrato y con este artículo 17, el Destinatario podrá revelar la Información a:
17.2.1 cualquier otra parte, previa autorización por escrito del Divulgador; y
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17.2.2 los empleados, funcionarios, representantes y agentes del destinatario que tengan necesidad de conocer dicha información a los efectos de cumplir obligaciones estipuladas en el Contrato, y a los empleados funcionarios, representantes y agentes de cualquier persona jurídica que él controle, le controle a él o con la que se halle bajo un control común, que tengan necesidad de conocer dicha información a los efectos de cumplir obligaciones estipuladas en el Contrato, siempre y cuando, a estos efectos una persona jurídica controlada signifique:
17.2.2.1 una sociedad comercial en la que la Parte posee o controla de otro modo, directa o indirectamente, más del cincuenta por ciento (50%) de las acciones con derecho a voto; o
17.2.2.2 cualquier persona jurídica sobre la cual la Parte ejerce un control gerencial efectivo; o
17.2.2.3 tratándose de las Naciones Unidas, un órgano principal o subsidiario de las Naciones Unidas establecido con arreglo a la Carta de las Naciones Unidas.
17.3 El Contratista podrá revelar información en la medida en que lo exija la ley, siempre y cuando, con sujeción y sin renuncia a las prerrogativas e inmunidades de las Naciones Unidas, el Contratista dé al PNUD aviso de la revelación de la información con antelación suficiente para que el PNUD tenga una oportunidad razonable de adoptar medidas de protección o cualquier otra medida pertinente antes de que se lleve a cabo dicha revelación.
17.4 El PNUD podrá revelar información en la medida en que sea preciso con arreglo a la Carta de las Naciones Unidas, las resoluciones o el reglamento de la Asamblea General o normas promulgadas en virtud de estos.
17.5 No podrá impedirse al destinatario que revele información que haya obtenido de un tercero sin restricción, haya sido revelada por el divulgador a un tercero sin obligación de confidencialidad, fuese conocida anteriormente por el destinatario o haya sido desarrollada en cualquier momento por el destinatario independientemente de cualquier revelación de ésta.
17.6 Las presentes obligaciones y restricciones en materia de confidencialidad estarán vigentes mientras dure el Contrato, comprendida toda prórroga de éste, y, salvo que se disponga otra cosa en el Contrato, permanecerán en vigor después de la extinción del Contrato.
18. FUERZA MAYOR; OTROS CAMBIOS EN LAS CONDICIONES REINANTES:
18.1 En caso de sobrevenir una causa que constituya fuerza mayor, y tan pronto como sea posible después de ello, la Parte afectada avisará y expondrá con pleno detalle por escrito a la otra Parte ese suceso o causa si, como consecuencia de ello, la Parte afectada se encuentra en la imposibilidad, total o parcialmente, de cumplir las obligaciones y desempeñar las responsabilidades estipuladas en el Contrato. La Parte afectada notificará además a la otra Parte cualquier otro cambio de la situación o cualquier otro acontecimiento que interfiera o amenace con interferir su ejecución del Contrato. En un plazo no superior a quince (15) días contados a partir de la comunicación de dicho aviso de fuerza mayor u otros cambios de la situación o un acontecimiento, la Parte afectada transmitirá también a la otra Parte un estado de los gastos estimados en que probablemente se incurra mientras dure el cambio de situación o el acontecimiento de fuerza mayor. A la recepción del aviso o los avisos requeridos en virtud del presente documento, la Parte no afectada por el acaecimiento de una causa constitutiva de fuerza mayor adoptará las medidas que considere razonablemente adecuadas o necesarias en tales circunstancias, comprendida la concesión a la Parte afectada de una prórroga razonable del plazo de que dispone para cumplir las obligaciones estipuladas en el Contrato.
18.2 Si, por causa de fuerza mayor, el Contratista se encuentra en la imposibilidad, total o parcialmente, de cumplir las obligaciones y desempeñar las responsabilidades estipuladas en el Contrato, el PNUD tendrá derecho a dejar en suspenso o
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rescindir el Contrato en los mismos términos y condiciones que los previstos en el artículo 19, “Rescisión”, salvo que el plazo de preaviso será de siete (7) días en lugar de treinta (30) días. En todo caso, el PNUD tendrá derecho a considerar al Contratista imposibilitado permanentemente para cumplir las obligaciones estipuladas en el Contrato si estuviese imposibilitado para cumplir sus obligaciones, total o parcialmente, por causa de fuerza mayor durante un plazo superior a noventa (90) días.
18.3 Fuerza mayor significa en el presente documento todo suceso natural imprevisible e irresistible, todo acto xx xxxxxx (declarada o no), invasión, revolución, insurrección, terrorismo o cualquier otro acto de índole o fuerza similares, siempre y cuando dichos actos resulten de causas ajenas al control del Contratista y no haya habido falta ni negligencia de éste. El Contratista reconoce y acuerda que, con respecto a las obligaciones estipuladas en el Contrato que el Contratista debe cumplir en zonas en las que el PNUD está llevando a cabo, se están preparando para llevar a cabo o están dejando de llevar a cabo operaciones de mantenimiento de la paz, humanitarias o similares, los retrasos en el cumplimiento o el incumplimiento de dichas obligaciones que resulten de, o guarden relación con, las duras condiciones reinantes en esas zonas, o de incidentes de disturbios civiles que se produzcan en esas zonas, no constituirán, en sí mismos y por sí mismos, fuerza mayor a los efectos del Contrato.
19. RESCISIÓN:
19.1 Cualquiera de las Partes podrá dar por rescindido, total o parcialmente, el Contrato por motivo justificado, dando aviso previo de ello con treinta (30) días de antelación, por escrito, a la otra Parte. No se considerará que el inicio de un procedimiento de conciliación o arbitraje de conformidad con el artículo 22.2, “Resolución de controversias” infra sea “causa” de rescisión del Contrato, ni que sea de otro modo en sí mismo rescisión del Contrato.
19.2 El PNUD podrá rescindir el Contrato en cualquier momento mediante notificación por escrito al Contratista en cualquier caso en que se limite o acorte o ponga fin al mandato o a la financiación del PNUD aplicables a la ejecución del Contrato, ya sea total o parcialmente. Además, salvo disposición en contrario en el Contrato, previo aviso por escrito al Contratista con sesenta (60) días de antelación, el PNUD podrá rescindir el Contrato sin tener que justificar su decisión.
19.3 En caso de que se dé por rescindido el presente Contrato, el PNUD no deberá al Contratista ningún pago, excepto en concepto de los Servicios prestados satisfactoriamente de conformidad con los términos expresos del presente Contrato.
19.4 En caso de que el Contratista sea declarado en quiebra o sometido a liquidación, pase a ser insolvente, o haga una cesión en beneficio de sus acreedores o se designe un síndico por causa de la insolvencia del Contratista, el PNUD podrá, sin perjuicio de otros derechos o recursos que les correspondan de conformidad con estas condiciones, dar por rescindido de inmediato el Contrato. El Contratista informará inmediatamente al PNUD si sobreviene cualquiera de los acontecimientos antedichos.
19.5 Las disposiciones de este artículo 19 no afectan a cualesquiera otros derechos o recursos del PNUD en virtud del Contrato o por otras causas.
20. IRRENUNCIABILIDAD DE DERECHOS: El hecho de que alguna de las Partes no ejerza los derechos a su disposición, ya sea en virtud del Contrato o por otras causas, no se considerará en ningún caso que constituye una renuncia de la otra Parte a ninguno de los derechos o recursos conexos, ni eximirá a las Partes de ninguna de sus obligaciones estipuladas en el Contrato.
21. CARÁCTER NO EXCLUSIVO: Salvo disposición en contrario en el Contrato, el PNUD no estará obligado a adquirir una cantidad mínima de bienes o servicios al Contratista y el PNUD no tendrá limitación alguna a su derecho a obtener
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bienes o servicios de la misma naturaleza, calidad y cantidad que los descritos en el Contrato de cualquier otra fuente y en cualquier momento.
22. RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS:
22.1 ACUERDO AMISTOSO: Las Partes pondrán el máximo empeño en resolver amistosamente cualquier litigio, controversia o reclamación que resulte del Contrato o d su incumplimiento, rescisión o nulidad. Si las Partes desean llegar a dicho acuerdo amistoso por conciliación, la conciliación se efectuará de conformidad con el Reglamento de Conciliación de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (“CNUDMI”) que esté entonces en vigor, o de conformidad con cualquier otro procedimiento que las Partes convengan por escrito.
22.2 ARBITRAJE: Todo litigio, controversia o reclamación entre las Partes que resulte del Contrato o del incumplimiento, la rescisión o la nulidad del mismo, a menos que se resuelva amistosamente de conformidad con el artículo 22.1 supra en un plazo de sesenta (60) días contados a partir de la recepción por una Parte de la solicitud por escrito de dicho acuerdo amistoso de la otra Parte, será sometido por cualquiera de las Partes a arbitraje de conformidad con el Reglamento de Arbitraje de la CNUDMI que esté entonces en vigor. Las decisiones del tribunal arbitral se basarán en los principios generales del derecho mercantil internacional. El tribunal arbitral estará facultado para ordenar la devolución o la destrucción de bienes o de cualquier otro haber, tangible o intangible, o de toda información confidencial proporcionados en ejecución del Contrato, ordenar la rescisión del Contrato u ordenar que se adopte alguna otra medida de protección con respecto a los bienes, servicios o cualquier otro haber, tangible o intangible, o de toda información confidencial proporcionados o prestados con arreglo al Contrato, según proceda, todo ello de conformidad con la autoridad investida en el tribunal arbitral en virtud del artículo 26 (“Medidas cautelares”) y del artículo 34 (“Forma y efectos xxx xxxxx”) del Reglamento de Arbitraje de la CNUDMI. El tribunal arbitral no tendrá competencia para imponer daños punitivos. Además, salvo disposición expresa en contrario en el Contrato, el tribunal arbitral no tendrá competencia para imponer un interés superior al tipo de oferta interbancaria de Londres (“LIBOR”) que esté entonces en vigor y dicho interés sólo podrá ser un interés simple. Las Partes quedarán obligadas por todo laudo arbitral emitido como consecuencia de dicho arbitraje como resolución final del litigio, controversia o reclamación.
23. PRERROGATIVAS E INMUNIDADES: Nada en el Contrato o relativo al mismo podrá ser interpretado en el sentido de constituir una renuncia, ni expresa ni implícita, a ninguna de las prerrogativas e inmunidades de las Naciones Unidas, comprendidos sus órganos subsidiarios.
24. EXENCIÓN FISCAL:
24.1 La Sección 7 del artículo II de la Convención sobre Prerrogativas e Inmunidades de las Naciones Unidas dispone, entre otras cosas, que las Naciones Unidas, incluidos sus órganos subsidiarios, estarán exentas de todos los impuestos directos, salvo las contribuciones que constituyan una remuneración por servicios públicos, así como estarán exentas de derechos de aduana, prohibiciones y restricciones y contribuciones de índole similar respecto a los artículos que importen o exporten para su uso oficial. En caso de que alguna autoridad gubernamental se niegue a reconocer la exención del PNUD de dichos impuestos, restricciones, derechos o contribuciones, el Contratista consultará inmediatamente al PNUD para determinar un procedimiento mutuamente aceptable.
24.2 El Contratista autoriza al PNUD a descontar de las facturas del Contratista toda cantidad que corresponda a dichos impuestos, aranceles o cargas, a menos que el Contratista haya consultado al PNUD antes del pago de los mismos y el PNUD haya, en cada caso, autorizado específicamente al Contratista a pagar dichos impuestos, aranceles o cargas mediante protesta por escrito. En tal caso, el Contratista proporcionará al PNUD prueba por escrito de que se ha efectuado el pago de
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dichos impuestos, aranceles o cargas y de que fue debidamente autorizado, y el PNUD reintegrará al Contratista dichos impuestos, aranceles o cargas autorizados por el PNUD y pagados por el Contratista mediante protesta por escrito.
25. MODIFICACIONES: Ninguna modificación o cambio en este contrato será válido ni ejecutable contra el PNUD salvo que los representantes debidamente autorizados por las Partes lo hayan consignado por escrito.
26. AUDITORÍAS E INVESTIGACIONES:
26.1 Toda factura pagada por el PNUD será sometida a una auditoría posterior al pago a cargo de auditores, internos o externos, del PNUD o de otros agentes habilitados y cualificados del PNUD en cualquier momento mientras dure el Contrato y por un plazo de tres (3) años después de la expiración o de la rescisión anticipada del Contrato. El PNUD tendrá derecho al reintegro por el Contratista de toda cantidad que dichas auditorías hayan demostrado que el PNUD ha pagado en disconformidad con las condiciones generales del Contrato.
26.2 El PNUD podrá llevar a cabo investigaciones sobre cualquier aspecto del Contrato o la adjudicación del mismo, las obligaciones ejecutadas con arreglo al Contrato y las operaciones del Contratista que guarden relación en general con la ejecución del Contrato en cualquier momento durante el plazo de vigencia del Contrato y por un periodo de tres (3) años a partir de la terminación del Contrato o de la terminación anticipada del Contrato.
26.3 El Contratista prestará su plena y puntual cooperación a toda inspección, auditoría posterior al pago o investigación. Esa cooperación abarcará, sin carácter exhaustivo, la obligación del Contratista de poner a disposición su personal y toda la documentación pertinente para dichas finalidades en tiempo y condiciones razonables y de dar al PNUD acceso a los locales del Contratista en tiempo y condiciones razonables en relación con dicho acceso al personal del Contratista y a la documentación pertinente. El Contratista pedirá a sus agentes, comprendidos, sin limitación, los abogados, contadores o demás asesores del Contratista, que cooperen razonablemente con toda inspección, auditoría posterior al pago o investigación que efectúe el PNUD conforme a lo estipulado en el presente documento.
26.4 El PNUD tendrá derecho al reintegro por el Contratista de toda cantidad que dichas auditorías o investigaciones revelen que han sido pagados por el PNUD y que no corresponden con las condiciones del Contrato. El Contratista acuerda además que, cuando proceda, los donantes del PNUD cuya financiación sea la fuente, en todo o en parte, de la financiación para la adquisición de los bienes y/o los servicios que son objeto del presente Contrato, podrán recurrir directamente al Contratista para la recuperación de cualquier fondo determinado por el PNUD que se haya utilizado en violación o incompatibilidad con este Contrato.
27. PRESCRIPCIÓN:
27.1 Salvo en lo que respecta a las obligaciones en materia de indemnización estipuladas en el artículo 11 supra, o que se estipulen de otro modo en el Contrato, todo procedimiento arbitral de conformidad con el artículo 22.2 supra a que dé lugar el Contrato deberá iniciarse a más tardar tres (3) años después de sobrevenida la causa para ejercitar la acción.
27.2 Las Partes reconocen y acuerdan además que, a estos efectos, sobrevendrá una causa de acción cuando se produzca realmente el incumplimiento o, en caso de defectos o vicios ocultos, cuando la Parte perjudicada tenga conocimiento o debiera haber tenido conocimiento de todos los elementos esenciales de la causa para ejercitar una acción, o en caso de incumplimiento de una garantía, cuando se haga la oferta de entrega, salvo que, si una garantía cubre el funcionamiento futuro de los bienes o un proceso o sistema y, por consiguiente, para descubrir el incumplimiento deba esperarse al momento en que dichos bienes u otro proceso o sistema estén listos para funcionar de conformidad con los requisitos del Contrato, la causa para ejercitar la acción sobreviene cuando comience realmente tal funcionamiento.
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28. CLÁUSULAS ESENCIALES: El Contratista reconoce y acuerda que las disposiciones establecidas en los artículos 29 a 35 constituyen cláusulas esenciales del contrato y que todo incumplimiento de estas disposiciones dará derecho al PNUD a dar por rescindido el contrato inmediatamente a partir del momento en que se dé aviso al Contratista, sin responsabilidad alguna por concepto de gastos imputables a la rescisión o ninguna otra responsabilidad de cualquier tipo. Además, ninguna disposición en este documento limitará el derecho del PNUD a recurrir a las autoridades nacionales pertinentes para la acción legal pertinente en caso de cualquier presunto incumplimiento de dichas cláusulas esenciales.
29. FUENTE DE LAS INSTRUCCIONES: El Contratista no solicitará ni aceptará instrucciones de ninguna autoridad ajena al PNUD en relación con el cumplimiento de sus obligaciones contractuales. Si una autoridad ajena al PNUD trata de imponer alguna instrucción o restricción relativas a la ejecución del Contrato por el Contratista, el Contratista lo notificará de inmediato al PNUD y prestará toda la asistencia razonable que solicite el PNUD. El Contratista no adoptará ninguna medida referente al cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el Contrato que pueda afectar negativamente los intereses del PNUD o de las Naciones Unidas, y el Contratista cumplirá las obligaciones estipuladas en el Contrato con el más profundo respeto por los intereses del PNUD.
30. NORMAS DE CONDUCTA: El Contratista garantiza que no ha ofrecido ni ofrecerá a ningún funcionario, representante, empleado o agente del PNUD ningún beneficio directo o indirecto como consecuencia del presente Contrato o de su adjudicación. El Contratista observará todas las leyes, ordenanzas y normas y todos los reglamentos atinentes al cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el Contrato. Asimismo, en la ejecución del Contrato, el Contratista deberá cumplir con las normas de conducta establecidas en el Boletín del Secretario General ST/SGB/2002/9 del 18 xx xxxxx de 2002, titulado “Estatuto relativo a la condición y los derechos y deberes básicos de los funcionarios que no forman parte del personal de la Secretaría y de los expertos en misión” y en el ST/SGB/2006/15 del 26 de diciembre de 2006 relativo a las “Restricciones posteriores al empleo”, y también deberá cumplir y estará sujeto a las obligaciones siguientes:
30.1 el Código de Conducta de los proveedores de las Naciones Unidas;
30.2 la Política del PNUD sobre el fraude y otras prácticas corruptas (“Política del PNUD contra el fraude”);
30.3 las guías de investigación de la Oficina de Auditoría e Investigaciones (OAI) del PNUD;
30.4 la Política de sanciones de proveedores del PNUD; y
30.5 todas las directrices de seguridad emitidas por el PNUD.
El Contratista reconoce y acepta que ha leído y conoce los requisitos de los documentos anteriores, que están disponibles en línea en xxx.xxxx.xxx o en xxxx://xxx.xxxx.xxx/xxxxxxx/xxxx/xx/xxxx/xxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxx/xxxxxxxx/. Mediante tal reconocimiento, el Contratista declara y garantiza que cumple con los requisitos mencionados y los cumplirá durante la vigencia de este Contrato.
31. OBSERVANCIA DE LA LEY: El Contratista observará todas las leyes, ordenanzas, normas y reglamentaciones atinentes al cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el Contrato. Además, el Contratista observará todas las obligaciones que conlleva su inscripción como proveedor seleccionado de bienes o servicios al PNUD, obligaciones que se establecen en los procedimientos de inscripción de los proveedores del PNUD.
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32. TRABAJO INFANTIL: El Contratista declara y garantiza que no realiza, como tampoco sus entidades matrices (si procede), ni sus subsidiarias o filiales (si las hubiera), prácticas incompatibles con los derechos enunciados en la Convención sobre los Derechos del Niño, comprendido su artículo 32, que, entre otras disposiciones, exige que el niño esté protegido contra el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o entorpecer su educación, o que sea nocivo para su salud o para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social.
33. MINAS: El Contratista garantiza y declara que ni él, ni sus entidades matrices (de haberlas), ni alguna de las entidades subsidiarias o filiales del Contratista (de haberlas), se dedica a la venta o fabricación de minas antipersonales o de componentes que se utilicen en la fabricación de minasantipersonales.
34. EXPLOTACIÓN SEXUAL:
34.1 En la ejecución del Contrato, el Contratista deberá cumplir con las normas de conducta establecidas en el Boletín del Secretario General ST/SGB/2003/13 del 9 de octubre de 2003 relativo a las “Medidas especiales para la protección de la explotación sexual y el abuso sexual”. En particular, el Contratista no deberá participar en ninguna conducta que constituya explotación sexual o abuso sexual, de conformidad con las definiciones de ese boletín.
34.2 El Contratista adoptará todas las medidas que corresponda para impedir que cualquiera de sus empleados o cualquier otra persona contratada y controlada por el Contratista para desempeñar servicios en el marco del Contrato cometa actos de explotación o abusos sexuales. A estos efectos, las relaciones sexuales con una persona menor de 18 años de edad, sean cuales fueren las leyes vigentes en materia de consentimiento, constituirán explotación y abusos sexuales de dicha persona. Además, el Contratista se abstendrá de intercambiar dinero, bienes, servicios u otras cosas de valor por favores o relaciones sexuales, o de practicar relaciones sexuales que exploten o degraden a una persona, y adoptará todas las medidas razonables y apropiadas para prohibir que sus empleados u otras personas contratadas y controladas por él realicen esas actividades.
34.3 El PNUD no aplicará la norma anterior relativa a la edad en caso de que el personal del Contratista o cualquier otra persona que pueda ser contratada por el Contratista para desempeñar servicios en el marco del Contrato esté casada con la persona menor de 18 años de edad con la que hayan tenido lugar las relaciones sexuales y de que dicho matrimonio sea reconocido como válido en virtud de las leyes del país de ciudadanía de dicho personal del Contratista o de cualquier otra persona que el Contratista pueda contratar para desempeñar servicios en el marco del Contrato.
35. MEDIDAS CONTRA EL TERRORISMO: El Contratista acuerda adoptar todas las medidas razonables para velar por que ninguno de los fondos del PNUD recibidos conforme al Contrato se utilice para brindar apoyo a personas o entidades asociadas con el terrorismo, y que los destinatarios de los fondos proporcionados por el PNUD conforme al presente Contrato no figuren en la lista mantenida por el Comité del Consejo de Seguridad establecido en virtud de la resolución 1267 (1999). Se puede acceder a la lista a través de xxxxx://xxx.xx.xxx/xx/xxxxxx/xx/xxxxxxxxx/0000/xx_xxxxxxxxx_xxxx. Esta disposición debe incluirse en todos los subcontratos o subacuerdos suscritos en virtud del Contrato
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TERMINOS DE REFERENCIA
A. Título del proyecto
No. DEL PROYECTO | 00108635 |
TÍTULO DEL PROYECTO | Iniciativa de Finanzas para la Biodiversidad (BIOFIN) Fase II |
TÍTULO DE LA CONSULTORIA / SERVICIO | Estudio para evaluar los incentivos/subsidios del sector agropecuario en Colombia, en particular los relacionados con la producción de comodities con mayor impacto sobre la biodiversidad en Colombia. |
SEDE DE TRABAJO | Bogotá, Colombia |
DURACION DEL CONTRATO | Ocho (8) meses |
B. Descripción del proyecto
1. Antecedentes
Actualmente Colombia es considerado como uno de los diecisiete países megadiversos del mundo y cuenta con la mayor biodiversidad por unidad de superficie. Colombia tiene importantes reservas de recursos naturales y cerca del 50% del territorio nacional se encuentra bajo esquemas colectivos de gobierno para las comunidades indígenas y afrocolombianas, muchos de estos territorios están ubicados en áreas estratégicas con altos niveles de biodiversidad de importancia mundial y que aún permanecen inalterados.
Al mismo tiempo, Colombia está haciendo importantes esfuerzos para la implementación del Acuerdo xx Xxx que pone fin a un conflicto armado de 50 años, con diferentes complejidades políticas a nivel nacional y local; mientras que muchas de sus actividades económicas se desarrollan en áreas rurales con un gran impacto en la biodiversidad, tales como la producción de cultivos ilícitos y el desarrollo de la minería ilegal. Sin embargo, prevalece la priorización de problemas socioeconómicos, antes de la protección del medio ambiente como consecuencia de un una tasa de pobreza del 27% y un Índice de Gini de 0,51.
Desde 2015, Colombia está implementando la Iniciativa de Financiación de la Biodiversidad - BIOFIN, que reúne a 35 países para proporcionar una nueva perspectiva referente al financiamiento de la biodiversidad, reconociendo una gran cantidad de oportunidades que cada país tiene para realizar inversiones públicas y privadas en la naturaleza. En el marco de este proyecto, cada país mide cuánto invierte en la naturaleza y biodiversidad y calcula el volumen de financiamiento necesario para lograr sus objetivos nacionales de biodiversidad. Luego, los países identifican las opciones financieras más pertinentes y trabajan para implementarlas. Para mayor información, consulte: xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx
Como parte de la Revisión de Políticas e Instituciones – (PIR, por sus siglas en inglés) de BIOFIN, cada país crea un inventario de incentivos económicos y subsidios que potencialmente pueden tener impactos adversos en la biodiversidad (The BIOFIN Workbook 2018). El estudio que abordará la presente consultoría, se basa en esta lista inicial para crear una visión general nacional completa, examinando todos los incentivos financieros en el sector agropecuario que pueden afectar negativamente a la biodiversidad. La metodología se basa en los
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lineamientos propuestos por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos - OCDE y da como resultado la creación de escenarios de reforma, en los que se incluye la eliminación, reducción o ecologización de mecanismos priorizados con una agenda de acción.
El PIR desarrollado para Colombia incluyó un análisis de incentivos negativos para la conservación de la biodiversidad, como las exenciones del Impuesto de Valor Agregado - IVA, que han promovido la expansión y el crecimiento del sector agropecuario, específicamente en el cultivo xx xxxxx de aceite y la caña azucarera para la producción de biocombustibles, sin incluir criterios específicos para la conservación y gestión de la biodiversidad.
La correlación entre los incentivos perversos y los impulsores de la pérdida de biodiversidad en Colombia, establece que el sector agropecuario está directamente asociado con 5 de los 14 impulsores de la pérdida de biodiversidad: ganadería, desarrollo agrícola, tala ilegal, cultivos ilícitos y cambio climático.
Por ejemplo, el incentivo para la titulación de tierras baldías ha provocado el aumento de la deforestación, ya que justifica la ocupación, el dominio y el cambio en el uso de la tierra. Según la Resolución sobre la protección de la Amazonía colombiana, el acaparamiento ilegal de tierras causa entre el 60% y el 65% de la deforestación. Como se menciona en numerosas columnas del ambientalista Xxxx Xxxxx Xxxx, admitir que la deforestación es el resultado de la gestión productiva en un páramo, que es el requisito para otorgar los títulos de propiedad, resulta ser un incentivo perverso ya que es uno de los recursos para demostrar la tenencia de la tierra.
El posible efecto perverso derivado del proceso de titulación de tierras baldías fue el que tuvo mayor relación con los impulsores de la pérdida de biodiversidad, cinco en total (ganadería, desarrollo agrícola, tala ilegal, cultivos ilícitos y cambio climático) con la característica de que todos ellos son asociados con el cambio en el uso de la tierra y la fragmentación de los ecosistemas; que en cualquier caso da como resultado la deforestación. Además, incentivos como la exención del IVA generan costos ambientales considerables: la OCDE indica que Colombia es uno de los países con mayor consumo de fertilizantes en América Latina. Además señala que el 70% del nitrógeno aplicado durante los procesos de fertilización se desperdicia (OCDE, 2014).
La OCDE estima que cerca de USD 100 mil millones destinados al apoyo de producción agropecuaria en los países de la OCDE, son potencialmente dañinos para el medio ambiente, lo que resulta en la destrucción del hábitat, la degradación de la tierra y la contaminación de sus nutrientes, por mencionar algunos impactos. Se encuentran ejemplos similares en el sector pesquero, donde se estima que entre USD 7 y 35 mil millones al año son perjudiciales para el medio xxxxxx, particularmente debido a la contaminación del agua y la sobreexplotación pesquera.
Tales incentivos/subsidios no se limitan al apoyo financiero directo. Pueden incluir transferencias directas de fondos y transferencias indirectas (para cubrir posibles responsabilidades, por ejemplo, por accidentes nucleares). Se pueden entregar como ingresos o soporte de precios (por ejemplo, para productos agrícolas y agua), créditos fiscales, exenciones y reembolsos (por ejemplo, para combustible), préstamos y garantías a bajo interés, tratamiento preferencial y uso de mecanismos de apoyo regulatorio (por ejemplo, cuotas de demanda). Pueden tomar la forma de transferencias implícitas de ingresos cuando los recursos o servicios naturales no tienen un precio al costo total de aprovisionamiento (por ejemplo, agua, energía). Algunos incentivos/subsidios están dentro del presupuesto (claramente visibles en los presupuestos gubernamentales o pueden estimarse a
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partir de las cuentas presupuestarias) mientras que otros son fuera del presupuesto (no se contabiliza en los presupuestos nacionales). Algunos de los incentivos/subsidios dentro del presupuesto han sido utilizados tradicionalmente por los gobiernos de los países en desarrollo para apoyar los medios de vida locales, reducir la pobreza y promover actividades económicas y productivas. Muchos de estos incentivos/subsidios tienen un impacto no deseado en la biodiversidad, que a menudo carece xx xxxxxx de salvaguarda ambientales y sociales.
2. Objetivos
a) General:
Evaluar los incentivos/subsidios del sector agropecuario en Colombia, en particular los relacionados con la producción de productos básicos con mayor efecto sobre la biodiversidad. Este estudio identificará y presentará opciones para posibles reformas a los incentivos/subsidios perjudiciales priorizados. Las opciones de reforma pueden consistir en eliminar, reducir, redirigir o ecologizar el incentivo/subsidio seleccionado.
b) Específicos:
1. Mapear, documentar y evaluar los incentivos/subsidios en Colombia relacionados con el sector agropecuario, que puedan tener un impacto positivo y negativo en la biodiversidad del país.
2. Desarrollar un plan de acción de reforma de los incentivos/subsidios priorizados, que se encuentre alineado con las prioridades del gobierno nacional, en el cual se identifique opciones de reforma y la evaluación de impacto en la economía y la sociedad. Además, debe incluir enfoque de género, atención a la población vulnerable e impactos a la reducción de la pobreza.
C. Alcance de los servicios, resultados esperados y conclusión del objetivo
3. Alcance
En línea con la Meta 3 de las Metas Aichi del Convenio sobre la Diversidad Biológica (CBD, por sus siglas en inglés), que establece eliminar o reformar todos los subsidios perjudiciales para la biodiversidad, el objetivo general del estudio se centrará en evaluar los incentivos/subsidios del sector agropecuario en Colombia, en particular los relacionados con la producción de productos básicos con impacto perjudicial sobre la biodiversidad. Este estudio identificará y presentará opciones para posibles reformas a los incentivos/subsidios priorizados. Las opciones de reforma pueden consistir en eliminar, reducir, redirigir o ecologizar el incentivo/subsidio seleccionado.
Este estudio se basa en la lista inicial elaborada por BIOFIN en el PIR para crear una visión general nacional completa, examinando todos los incentivos financieros en el sector agropecuario. La metodología se basa en los lineamientos propuestos por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos - OCDE y da como resultado la creación de escenarios de reforma de mecanismos priorizados con una agenda de acción. Como resultado, este estudio identificará y presentará opciones para posibles reformas a los incentivos/subsidios perjudiciales priorizados, sus opciones de reforma pueden consistir en eliminar, reducir, redirigir o ecologizar el incentivo/subsidio seleccionado.
Sobre la base de este trabajo será esencial analizar detalladamente estos incentivos, así como la identificación de aquellos que surjan como mecanismo de acción en la fase de recuperación económica ante la actual crisis
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sanitaria derivada de COVID-19, en la cual se podría generar nuevos incentivos perjudiciales para la biodiversidad e intensificar los que ya existen. Este contexto actual se presenta una gran oportunidad para diseñar mejores instrumentos en el sector agropecuario, que incluyan criterios ambientales e incluso actividades basadas en la naturaleza.
4. Actividades
La metodología debe basarse en la literatura existente, incluido el BIOFIN Workbook 2018 y otros enfoques relevantes (por ejemplo, OCDE, TEEB). El consultor debe proponer una metodología detallada en la fase inicial, pero no limitada, y basada en el siguiente esquema:
a. Etapa de alcance:
• Solicitar, recolectar y compilar información de estudios y análisis previos ya realizados sobre incentivos/subsidios en el sector agropecuario.
• Con base en la información compilada, identifique, analice y mapee los incentivos/subsidios en el sector agropecuario a nivel nacional y local, incluida la cantidad de recursos gastados en los últimos cinco años.
b. Etapa de investigación:
• Determinar criterios para evaluar los incentivos/subsidios que generen un efecto positivo y negativo para la biodiversidad.
• A través de una revisión documental y basada en la información compilada, preparar un inventario actualizado de los principales incentivos/subsidios en el país relacionados con el sector agropecuario1 que incluya: objetivo, costos financieros anuales del gobierno, resultados, efectos anticipados no deseados y, si es posible, costos económicos relacionados (utilizando la lista de verificación, ver Anexos A y B).
• Priorizar al menos cuatro incentivos/subsidios sobre productos básicos del sector agropecuario que puedan tener un perjudicial para la biodiversidad.
• Recopile las recomendaciones hechas en estudios previos sobre los efectos perjudiciales en la biodiversidad generados por incentivos/subsidios en el sector agropecuario y analice los principales desafíos para su implementación.
c. Etapa de validación
• Establecer un grupo de revisión en el cual participen contrapartes gubernamentales como el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural - MADR, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible – MADS y el Departamento Nacional de Planeación. Además, que esté conformado por representantes del sector productivo.
• Elaborar el documento borrador y el informe final del estudio en estrecha colaboración con el equipo nacional y global de XXXXXX y el grupo de revisión con contrapartes gubernamentales y del sector privado.
1 Se incluyen en este grupo de incentivos: subsidios, exenciones fiscales, créditos fiscales, intervenciones de Asistencia Oficial al Desarrollo - AOD, mecanismos para la fijación de precios, subvenciones y subsidios en aranceleres y aranceles fronterizos.
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• Presente y valide los resultados del estudio en un taller nacional con partes interesadas.
d. Escenarios de reforma
• Desarrollar dos escenarios de reforma que se alinien con las prioridades sectoriales nacionales para los incentivos/subsidios priorizados, en el que se incluya un análisis referente al potencial de costos evitados, efectividad percibida, otro impacto de carácter climático/ambiental. Las opciones de reforma pueden consistir en eliminar, reducir o ecologizar los incentivos/subsidios seleccionados o redirigir los ahorros para respaldar soluciones basadas en la naturaleza, incluidas las prácticas agropecuarias.
• Llevar a cabo una evaluación de impacto para identificar qué parte de la economía y la sociedad se verá afectada, directa e indirectamente, por las diferentes opciones de reforma a lo largo del tiempo, en el que se incluya el enfoque de género, atención a la población vulnerable e impactos sobre la reducción de la pobreza
• Diseñar el plan de acción para implementar estas reformas.
• Preparar informes de análisis de políticas para cada incentivos/subsidios priorizados, considerados perjudiciales para la biodiversidad, para su difusión entre las partes interesadas.
• Revisión de los resultados de la consultoría por parte de grupo contrapartes gubernamentales y del sector privado.
5. Productos esperados
No. | Entregable /Productos | Tiempo de entrega después de firmado el contrato. | Tiempo estimado para revisión y aceptación | Revisión y aceptación a cargo de | Peso porcentual en la consultoría |
1 | Plan de trabajo con la descripción de las actividades y subactividades para la consecución de productos, en el que se especifique la estrategia y metodología para el cumplimiento de los objetivos de la consultoría. | 15 días | 15 días | Coordinador Nacional de la Iniciativa BIOFIN en Colombia | 20 % |
2 | Inventario nacional de incentivos/subsidios en el sector agropecuario con impactos perjudiciales sobre la biodiversidad y los ecosistemas, que incluya sus objetivos, gasto anual total del gobierno, resultados, efectos imprevistos anticipados y, si es posible, los costos económicos y ambientales relacionados. | 60 días | 15 días | Coordinador Nacional de la Iniciativa BIOFIN en Colombia | 30 % |
3 | Revisión detallada de los incentivos/subsidios priorizados, con impactos perjudiciales sobre la biodiversidad y los ecosistemas, que incluya información | 135 días | 15 días | Coordinador Nacional de la Iniciativa BIOFIN en | 30% |
No. | Entregable /Productos | Tiempo de entrega después de firmado el contrato. | Tiempo estimado para revisión y aceptación | Revisión y aceptación a cargo de | Peso porcentual en la consultoría |
detallada sobre su tamaño y naturaleza, la identificación del posible impacto y los argumentos para su reforma. | Colombia | ||||
4 | Documento con propuestas de reforma alineadas con las prioridades nacionales, que presente dos escenarios para cada uno de los incentivos/subsidios seleccionados, en el que se incluyan la evaluación de impacto, análisis de economía política y plan de acción para su implementación. | 225 días | 15 días | Coordinador Nacional de la Iniciativa BIOFIN en Colombia | 20 % |
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DoDoccuuSSiiggnn E
D. Acuerdos institucionales
a) El contratista trabajará de la mano del PNUD, facilitando espacios para la articulación interinstitucional con el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural - MADR, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible - MADS, el Departamento Nacional de Planeación y organizaciones productivas del sector privado.
b) El contratista propondrá las líneas técnicas para el desarrollo del contrato en acuerdo con el PNUD.
c) El contratista entregará los informes preliminares que sean necesarios previos a los productos establecidos en el contrato.
d) En caso de haber costos adicionales relacionados a la recolección de información primaria para la generación de datos originales asociados al desarrollo de la consultoría, no previstos en estos términos de referencia, estarán a cargo del PNUD y no harán parte del presupuesto de e ejecución de esta consultoría. El equipo consultor trabajará de la mano del equipo del PNUD y sus aliados en territorio para el levantamiento de información primaria asociada a la ejecución del trabajo de esta consultoría. La capacidad para el levantamiento de información primaria para la ejecución de la consultoría estará determinada por la dicha colaboración y por el despliegue de la capacidad del equipo del PNUD y sus aliados en los territorios relevantes.
e) El contrato cubrirá los honorarios de los expertos que hagan parte de la propuesta técnica del consultor.
f) En caso de que la consultoría requiera el desplazamiento del equipo consultor a zonas relevantes para el desarrollo del trabajo, los costos asociados a dichos viajes estarán a cargo del PNUD y no harán parte del presupuesto de ejecución de esta consultoría.
g) Los costos asociados a la logística para la realización de reuniones relacionadas al desarrollo de la consultoría (costos de salones, refrigerios, y todos los demás costos asociados), estarán a cargo del PNUD y no harán parte del presupuesto de ejecución de esta consultoría.
Anexos a los TdR
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DoDoccuuSSiiggnn E
Annex A. – Review questions (adapted from BIOFIN and TEEB)
1. GENERAL
1.1. Which subsidies can be categorized as harmful to biodiversity?
1.1.1. What are the most prominent subsidies for agriculture and fisheries known to have an impact on biodiversity? In which areas?
1.1.2. What is the evidence of harm to nature, biodiversity, ecosystems, ecosystem services, endangered species caused by the specific incentive/subsidy? Are any other negative environmental impacts associated with the subsidy (eg. air pollution, increased CO2 emissions, loss of natural resources)?
1.2. What additional information do we need to gather for the harmful subsidies? 0.0.0.Xx the overall subsidy causing the Impact or only a specific part? Why? 1.2.2.What are the annual average costs for government and beneficiaries?
1.2.3. What are the primary, secondary or other beneficiaries? What are the annual average financial benefits for beneficiaries?
1.2.4. How does the subsidy work, what is the transfer mechanism?
1.2.5. What is the source of funding to pay the subsidy if different than general treasury?
1.3. What are overall considerations to assess the need for reform?
1.3.1. Does the subsidy fulfil its objectives (social/economic/environmental)? If not, it needs reform. 1.3.2.Does the subsidy lack an in-built review process and has it been in place for a long time? If so, it is
likely to need reform (i.e. it has already locked in inefficient practices).
1.3.3. Are there public calls for reform or removal or calls to use the funds for other purposes? This is often an indicator for Points 8 and 9.
1.3.4. How does the subsidy distribute social welfare? If there are equity issues, it might be worth reforming it.
1.3.5. Do any of the subsidy impacts lead to social or other economic losses? e.g. tourism loss following over-fishing.
1.3.6. Are there alternative less damaging technologies available which are hindered by the subsidy‟s existence of the subsidy? If so, the subsidy might be slowing innovation and creating technological
„lock in‟; reform could bring benefits.
1.3.7. Does it offer value for money? Where there is still a valid rationale for the subsidy, could the same or less money be used to achieve the same objectives with less harmful impacts
2. FOR SELECTED SUBSIDIES
2.1. What are the most optimal reform scenarios?
2.1.1. Would the reform be understandable for policy makers and the public?
2.1.2. Who are the „winners and losers‟?
2.1.3. Consider what the reform would entail (measure changed and compensatory measures). It is rarely a simple case of „getting rid of the subsidy altogether. Three scenarios to consider are (1) eliminating the subsidy (2) reducing the investment into the subsidy (3) greening a subsidy – adapting only a part that is harmful.
2.1.4. Assess the costs and benefits of potential reform in more detail:
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DoDoccuuSSiiggnn E
• Potential environmental benefits: include thinking on benefits in other countries and secondary effects, which can be perverse;
• Potential economic costs: e.g. national (tax, GDP, etc.), sector-wide, for winners and losers within the sector (including new entrants/future industry), for consumers/citizens (affordability);
• Potential social impacts: e.g. jobs, skills, availability of goods/services, health;
• Potential competitiveness and innovation benefits
• Potential ethical benefits e.g. as regard fairness of income, appropriateness of support, links to future generations;
• Is the reform practical and enforceable? To identify the likelihood of success and whether it is worthwhile using political capital for re-form, the following questions can be useful to set priorities for the road map.
2.2. Is there a policy/political opportunity for action?
2.2.1. Is there a window of opportunity? e.g. policy review process, evaluation, public demand?
2.2.2. Is there a potential policy champion?
2.2.3. Will there be sufficient political capital for success?
2.2.4. What is the most optimal advocacy strategy with key messaging to target the different groups of critical beneficiaries?
Xxxxx X. Template for entries into the inventory of harmful subsidies (from the 2018 BIOFIN Workbook)
Heading | Description |
Existing subsidy | Name of the subsidy analysed |
Responsible stakeholder/ organization/ agency | Stakeholders/organization and agency involved or related to the subsidy |
Sector | Relevant sector(s) |
Drivers | Describe the motivations explaining the introduction and continuation of the subsidy |
Direct or indirect | Is it a direct or indirect subsidy? |
Financial value | The financial value of the subsidy |
Description - intended objective and beneficiaries | Describe the main objectives of the subsidy and the intended beneficiaries |
Benefits (social, environmental, economic) | Describe the different benefits that the subsidy has and will have on social, environmental, and economic aspects. |
Biodiversity benefits | How does the subsidy benefit biodiversity? |
Biodiversity-harmful impacts | What harmful impacts on biodiversity, ecosystems, ecosystem services, or endangered species can be expected or are known? |
Is this potentially a harmful “subsidy? | See the definition above |
Describe related legislation | Describe the main laws and regulation defining the subsidy |
Additional notes | Additional notes |
Links to related studies/resources | List the different sources of analysis related to the subsidy (e.g., any economic justification) |
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DoDoccuuSSiiggnn E
E. Duración de los trabajos
6. Duración del contrato
La duración del contrato será de ocho (8) meses
7. Supervisión
La supervisión del contrato estará a cargo del Coordinador Nacional de la Iniciativa Finanzas para la Biodiversidad – BIOFIN del PNUD Colombia
F. Localización de los trabajos
Domicilio de la firma
C. Calificaciones de los diferentes Proveedores de Servicios elegidos a varios niveles
a. Requisitos mínimos requeridos de la de la firma (el no cumplir los requisitos mínimos es causal de descalificación de la propuesta).
Experiencia especifica en la(s) siguiente(s) área(s) | El cumplimiento de la Experiencia de la firma se verificará a través de: |
Experiencia en investigación relacionada con el desarrollo rural y sostenible del sector agropecuario y formulación y evaluación de proyectos económicos y ambientales. | Presentación de mínimo una certificación de un contrato prestado satisfactoriamente en los últimos dos (2) años. |
b. Equipo mínimo de trabajo requerido. El no cumplir con el equipo mínimo o los perfiles solicitados serán causal de rechazo de la propuesta
Cargo* | PERFILES: Formación académica y experiencia especifica. * (solo se tendrá en cuenta la experiencia a partir de la fecha de grado – no se tendrán en cuenta traslapos en las fechas) |
Título profesional en ciencias ambientales, biología, ingeniería industrial, ambiental, agronómica o forestal, economía, ciencias políticas, derecho, relaciones internacionales o afines. | |
Consultor/a líder de equipo | Posgrado (especialización, maestría y/o doctorado) en ciencias ambientales, sociales, económicas o afines. |
Cinco (5) años de experiencia específica en proyectos de desarrollo rural sostenible o instrumentos de gestión ambiental o incentivos del sector agropecuario. |
Cargo* | PERFILES: Formación académica y experiencia especifica. * (solo se tendrá en cuenta la experiencia a partir de la fecha de grado – no se tendrán en cuenta traslapos en las fechas) |
Conocimientos en incentivos económicos y sistema financiero para el sector agropecuario colombiano. | |
Nota: Se tendrá en cuenta la experiencia a partir de la fecha de grado. | |
Consultor/a en derecho agropecuario y ambiental. | Título profesional en derecho. |
Posgrado (especialización, maestría o doctorado) en derecho administrativo, agrícola, ambiental o desarrollo rural, tres (3) años de experiencia específica en derecho agrícola y reformas o incentivos para el sector agropecuario. Conocimiento en incentivos económicos y sistema financiero para el sector agropecuario colombiano. De manera equivalente, cinco (5) años de experiencia específica en derecho administrativo, agrícola y reformas o incentivos agropecuarios. Conocimiento en incentivos económicos y sistema financiero para el sector agropecuario colombiano. | |
Nota: Se tendrá en cuenta la experiencia a partir de la fecha de grado. | |
Consultor/a en economía ambiental | Profesional en ciencias ambientales, biología, ingeniería ambiental, forestal, ingeniería industrial, economía o afines. Especialización en ciencias ambientales, económicas o relacionadas. Cinco (5) años de experiencia específica en el análisis de instrumentos económicos para la gestión ambiental sectorial, con énfasis en el sector agropecuario. Conocimiento en incentivos económicos y sistema financiero para el sector agropecuario colombiano. Nota: Se tendrá en cuenta la experiencia a partir de la fecha de grado. |
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DoDoccuuSSiiggnn E
*Se deben anexar las copias de los títulos profesionales y certificaciones de experiencia específica solicitada para cada uno de los profesionales.
Los oferentes deberán anexar debidamente firmada por el profesional propuesto, la carta de compromiso.
D. Ámbito de los precios de la propuesta y calendario de pagos El precio del contrato es un precio fijo basado en resultados.
El contrato es un precio fijo basado en resultados al margen de la ampliación de la duración específica de este documento.
8. Forma de pago
Se harán los pagos contra entrega parcial o total de los productos de la siguiente manera:
Producto | Porcentaje de Pago |
1 | 20 % |
2 | 30 % |
3 | 30% |
4 | 20 % |
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DoDoccuuSSiiggnn E
Nota: El PNUD por generalidad no otorga anticipos.
9. Indemnización fijada Convencionalmente:
Se impondrá como sigue:
Porcentaje del precio del contrato por semana de retraso: 5% N.º máx. de semanas de retraso: 2
Tras los cuales el PNUD puede cancelar el contrato
10. Modificaciones
Cualquier modificación a este Contrato exigirá una enmienda por escrito entre ambas partes, debidamente firmada por el representante autorizado del Contratista y por el Representante autorizado del PNUD.
11. Lugar de la entrega de las facturas y nombre de la persona encargada de recibir las facturas:
Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Asistente Administrativa y Financiera, xxxxxx.xxxxxxx@xxxx.xxx, – Xxxxx 00 X Xx. 00- 00 Xxxx 0, Xxxxxx XX., Teléfonos: (000) 0000000.
12. Presentación de facturas
1. El Contratista enviará una factura original para cada pago a ser efectuado conforme al presente Contrato
2. La(s) factura(s) presentada(s) deberá(n) contener la siguiente información:
• Un número que corresponda a un sistema de numeración consecutiva, por computador o en su defecto, PREIMPRESO y (2) apellidos y nombre o razón social y NIT de la firma (si se trata de una empresa nacional)
• La factura se debe dirigir a nombre del Programa de las Naciones Unidas Para el Desarrollo – PNUD Proyecto COL 000108635
• La(s) factura(s) deberá(n) traer discriminado el valor del IVA (si aplica).
• Los pagos serán efectuados por PNUD al proveedor mediante Giro bancario a la cuenta que el proveedor informe
ENMIENDA No.1 AL CONTRATO DE SUMINISTROS DE BIENES Y/O PRESTACIÓN DE SERVICIOS No. 46039 SUSCRITO ENTRE
EL PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO (PNUD) Y
CORPORACIÓN DE DERECHO PRIVADO RIMISP – CENTRO LATINOAMERICANO PARA EL DESARROLLO RURAL
En la presente se hace referencia al Contrato de suministro de bienes y /o presentación de servicios No. 000046039 firmado el 19 de octubre de 2020 por y entre Programa de Naciones Unidad Para El Desarrollo – PNUD, y CORPORACIÓN DE DERECHO PRIVADO RIMISP – CENTRO LATINOAMERICANO PARA EL DESARROLLO RURAL, que
en adelante se conocerá como “El Contratista” y conjuntamente con el PNUD denominadas las “Partes”; que en adelante se conocerá como “EL CONTRATO”.
CONSIDERANDO que el CONTRATO establece que cualquier modificación al mismo requerirá una enmienda por escrito entre las Partes, debidamente firmada por los representantes autorizados del PNUD y del CONTRATISTA.
CONSIDERANDO que la duración del contrato se estableció a partir de 19 de octubre de 2020 hasta el 19 xx xxxxx de 2021, por un valor de CIENTO CINCO MILLONES DE PESOS M/CTE (COP$ 105,000,000).
CONSIDERANDO que EL CONTRATISTA y el PNUD tienen la intención de enmendar dicho contrato con el propósito adicionar dos productos que son complementarios y ampliar la vigencia hasta el 18 xx xxxxxx de 2021, con el fin de llevar a cabo el cumplimiento de este.
POR CUANTO que la presente enmienda implica adición de recursos por valor de TREINTA Y CUATRO MILLONES DE PESOS (COP$34.000.000) para un valor total de CIENTO TREINTA Y NUEVE MILLONES DE PESOS (COP$139.000.000).
POR CUANTO que las actividades se han venido desarrollando ininterrumpidamente por parte del contratista.
POR LO TANTO, las Partes acuerdan:
(1) Las disposiciones pertinentes que se indican a continuación se modifican de la siguiente manera:
a. el numeral 7 el cual quedara así:
7. Duración / periodo del contrato
a) Fecha de inicio: 19-OCT-2020
b) Fecha de finalización del contrato: 18-AGO-2021
b. Modificar el numeral b. Numeral 8 de “Cuantía total del Contrato”, se enmendará según se detalla a continuación:
8. Cuantía total del Contrato: CIENTO TREINTA Y NUEVE MILLONES DE PESOS (COP$139.000.000).
c. Modificar el numeral 5 de los Términos de referencia – TdR, el cual quedará así “
5. Productos esperados
Ítem | Producto/Entregable | Tiempo de entrega | Valor a Pagar |
1 | Plan de trabajo con la descripción de las actividades y subactividades para la consecución de productos, en el que se especifique la estrategia y metodología para el cumplimiento de los objetivos de la consultoría. | 15 días 25-10-2020 | 21.000.000 |
2 | Inventario nacional de incentivos/subsidios en el sector agropecuario con impactos perjudiciales sobre la biodiversidad y los ecosistemas, que incluya sus objetivos, gasto anual total del gobierno, resultados, efectos imprevistos anticipados y, si es posible, los costos económicos y ambientales relacionados. | 60 días 10-12-2020 | 31.500.000 |
3a | Revisión detallada de los incentivos/subsidios priorizados, con impactos perjudiciales sobre la biodiversidad y los ecosistemas, que incluya información detallada sobre su tamaño y naturaleza, la identificación del posible impacto y los argumentos para su reforma. | 02/07/2021 | 31.500.000 |
3b | Análisis e identificación de las dinámicas de ocupación y tenencia de la tierra en las zonas más afectadas del Caquetá por cambios de las coberturas del suelo por transiciones derivadas tanto por la expansión de la frontera agrícola y ganadera, como por la intensificación de sistemas productivos agropecuarios, en las últimas dos décadas. | 02/07/2021 | 20.000.000 |
4a | Documento con propuestas de reforma alineadas con las prioridades nacionales, que presente dos escenarios para cada uno de los incentivos/subsidios seleccionados, en el que se incluyan la evaluación de impacto, análisis de economía política y plan de acción para su implementación. | 13/08/2021 | 21.000.000 |
4b | Definición y validación con un grupo de expertos en política ambiental y agraria, de criterios para la priorización de cuatro instrumentos de política pública del sector agropecuario con posibles impactos negativos sobre la biodiversidad. Los criterios definidos y validados servirán para hacer recomendaciones de modificación o eliminación. | 13/08/2021 | 14.000.000 |
(2) Salvo por específicamente modificado, de conformidad con el párrafo 1, todos los términos del CONTRATO permanecen sin modificación y vigentes.
(3) La presente enmienda, entra en vigencia a partir de la última fecha de firma del PNUD y EL CONTRATISTA.
Por el Contratista | Por el PNUD | ||
Firma: | Firma | ||
Nombre: | XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXX | Nombre: | XXXXXX XXXXXX |
Cargo: | Representante Legal | Cargo: | Gerente Área Desarrollo Sostenible |
Fecha: | 17-06-2021 | Fecha: | 17-06-2021 |
Certificate Of Completion
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