CONTRATO DE PRÉSTAMO No.
CONTRATO XX XXXXXXXX No.
4243/OC-AR
Programa de Fortalecimiento de la Capacidad
Estadística del Instituto Nacional de
Estadística y Censos (INDEC) de la República
CP OBRAS N° INDEC-107-CP-O-
“REPARACION Y PUESTA EN VALOR XX
XXXXXXXX DE EMERGENCIA” AGOSTO 2020
CONTRATO XX XXXXXXXX No. 4243/OC-AR BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (B.I.D)
CARTA DE INVITACIÓN
Lugar y Fecha (completar)
Programa de Fortalecimiento de la Capacidad Estadística del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) de la República Contrato Préstamo N°: 4243/ OC-AR
“REPARACION Y PUESTA EN VALOR XX XXXXXXXX DE EMERGENCIA”
CONCURSO DE PRECIOS DE OBRAS Nº INDEC-107-CP-O-
1- El presente Concurso de Precios para la construcción de obras a contratar por el método de comparación de precios, es realizado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos, en el marco del Programa de Fortalecimiento de la Capacidad Estadística del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) de la República, financiado con fondos provenientes del Contrato xx Xxxxxxxx 4243/ OC-AR, firmado con el Banco Interamericano de Desarrollo.
2- El Instituto Nacional de Estadística y Censos, le invita a presentar su precio global, total y único, para la construcción de la Reparación y Puesta en Valor xx Xxxxxxxx de Emergencia, cuyo detalle obra en la Lista de Cantidades y las Especificaciones Técnicas - Anexo X xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones que forma parte de la presente Carta de Invitación.
3- Solamente serán tenidas en cuenta los Oferentes originarios de países miembros del Banco (según Anexo VI) y deberán seguir los lineamientos incluidos en esta Carta de Invitación y en el Pliego de Bases y Condiciones.
4- El Presupuesto Oficial de la Reparación y Puesta en Valor asciende a la suma de $ 4.200.000.- (Cuatro millones doscientos mil Pesos Argentinos), a valores del mes xx Xxxxxx de 2020. No son aplicables las Leyes de Compre Nacional, Provincial y/o Regional.
5- El Plazo de Ejecución para la terminación y entrega de la Reparación y puesta en valor es de 45 días corridos.
6- Las Ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de Oferta por un monto de $ 84.000.- (Ochenta y cuatro mil Pesos Argentinos).
7- Uds. podrán obtener información adicional en la Unidad de Coordinación Central de Proyectos con Organismos Multilaterales de Crédito (UCCPOMC), con domicilio en la Xx. Xxxxxxxxxx Xxxxx X. Xxxx 000, 0 Xxxx Xxxxxxx 000, teléfono (+5411) 0000-0000/9836 y al correo electrónico xxxxxxxx0000-xxx@xxxxx.xxx.xx
8- Todas las ofertas deberán entregarse en sobre cerrado en Xx. Xxxxxxxxxx Xxxxx X. Xxxx 000, XX, XXXX, XX X0000XXX, entra las 09 hs y las 12 hs del día 06 de octubre de 2020. El Acto de apertura de ofertas se realizará a las 12:10hs del mismo día y en el segundo piso del mismo lugar.
9- El Instituto Nacional de Estadística y Censos no tiene obligación de contratar con alguna de las empresas que hayan presentado ofertas.
10- Le solicitamos que mediante fax, e-mail o directamente por nota entregada directamente en nuestras oficinas, nos comunique dentro de los tres (3) días hábiles de recibida esta invitación, si presentará o no oferta.
Sin otro particular, saludamos a Uds. atentamente.
……………………………………..
Firma, aclaración y cargo
………… de de 200……
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
1. FUENTES DE LOS RECURSOS
El Instituto Nacional de Estadística y Censos en adelante el Contratante, ha obtenido financiamiento en el Programa de Fortalecimiento de la Capacidad Estadística del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) de la República, financiado parcialmente con recursos provenientes del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), en adelante EL BANCO.
Consecuentemente todos los materiales, elementos de construcción, equipos y demás elementos a emplear para la Reparación y Puesta en Valor xx Xxxxxxxx de Emergencia objeto de ésta convocatoria, deberán cumplir con los requisitos de origen de bienes y servicios del Banco, de conformidad con lo establecido en el Anexo VI.
2. SOLICITUD DE COTIZACIÓN
El Instituto Nacional de Estadística y Censos invita a presentar ofertas para realizar la Reparación y Puesta en Valor xx Xxxxxxxx de Emergencia, descripta y especificada en el presente pliego de bases y condiciones y en el resto de los documentos que conforman el documento del Concurso de Precios del presente llamado.
Las ofertas deberán formularse en el Formulario Anexo IV, estar inicialadas en todas sus fojas y entregadas bajo sobre cerrado.
El Presupuesto Oficial de la Reparación y Puesta en Valor de la Escalera de Emergencia asciende a la suma de $ 4.200.000.- (Cuatro millones doscientos mil Pesos Argentinos), a valores del mes xx Xxxxxx de 2020.
No son aplicables las Leyes de Compre Nacional, Provincial y/o Regional.
La modalidad de contratación es por Xxxxxx Xxxxxx y Precio Global, Total y Único del Contrato
3. VISITA AL SITIO DE LAS OBRAS
La visita y el reconocimiento previo del lugar en donde deberán realizarse los servicios objeto de este Pliego de Bases y Condiciones Particulares es OBLIGATORIA, por lo que no se admitirá desconocimiento alguno sobre el lugar a prestar el servicio. El desconocimiento de esta cláusula dará lugar a la desestimación de la oferta.
Los OFERENTES deberán coordinar en días hábiles, con la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del ORGANISMO – Xxxxx X Xxxx 000 Xxxx 0 - xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, Tel.: 0000- 0000/9496, mail xxxxxxxx0000-xxx@xxxxx.xxx.xx, en el horario de 9:00 a 17:00 hs, para que mediante UN (1) representante designado por éste, acompañe a los interesados y les aclare las dudas que pudieran emanar xxx Xxxxxx De Bases y Condiciones Particulares y se constate el cumplimiento de la exigencia.
Los gastos relacionados con dicha visita correrán por cuenta del Oferente.
4. PRACTICAS PROHIBIDAS
4.1 El Banco exige a todos los Prestatarios (incluyendo los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y organismos contratantes, al igual que a todas las firmas, entidades o individuos oferentes por participar o participando en actividades financiadas por el Banco incluyendo, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), observar los más altos niveles éticos y denuncien al Banco1 todo acto sospechoso de constituir una Práctica Prohibida del cual tenga conocimiento o sea informado, durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. Las Prácticas Prohibidas comprenden actos de: (i) prácticas corruptivas; (ii) prácticas fraudulentas; (iii) prácticas coercitivas; y (iv) prácticas colusorias y (v) prácticas obstructivas. El Banco ha establecido mecanismos para la denuncia de la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas. Toda denuncia deberá ser remitida a la Oficina de Integridad Institucional (OII) del Banco para que se investigue debidamente. El Banco también ha adoptado procedimientos de sanción para la resolución de casos y ha celebrado acuerdos con otras Instituciones Financieras Internacionales (IFI) a fin de dar un reconocimiento recíproco a las sanciones impuestas por sus respectivos órganos sancionadores.
(a) El Banco define, para efectos de esta disposición, los términos que figuran a continuación:
(i) Una práctica corruptiva consiste en ofrecer, dar, recibir o solicitar, directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar indebidamente las acciones de otra parte;
(ii) Una práctica fraudulenta es cualquier acto u omisión, incluida la tergiversación de hechos y circunstancias, que deliberada o imprudentemente, engañen, o intenten engañar, a alguna parte para obtener un beneficio financiero o de otra naturaleza o para evadir una obligación;
(iii) Una práctica coercitiva consiste en perjudicar o causar daño, o amenazar con perjudicar o causar daño, directa o indirectamente, a cualquier parte o a sus bienes para influenciar indebidamente las acciones de una parte; y
(iv) Una práctica colusoria es un acuerdo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito inapropiado, lo que incluye influenciar en forma inapropiada las acciones de otra parte; y
(v) Una práctica obstructiva consiste en:
1 En el sitio virtual del Banco (xxx.xxxx.xxx/xxxxxxxxx) se facilita información sobre cómo denunciar la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas, las normas aplicables al proceso de investigación y sanción y el convenio que rige el reconocimiento recíproco de sanciones entre instituciones financieras internacionales.
a.a. destruir, falsificar, alterar u ocultar deliberadamente evidencia significativa para la investigación o realizar declaraciones falsas ante los investigadores con el fin de impedir materialmente una investigación del Grupo del Banco sobre denuncias de una práctica corrupta, fraudulenta, coercitiva o colusoria; y/o amenazar, hostigar o intimidar a cualquier parte para impedir que divulgue su conocimiento de asuntos que son importantes para la investigación o que prosiga la investigación, o
b.b. todo acto dirigido a impedir materialmente el ejercicio de inspección del Banco y los derechos de auditoría previstos en el párrafo 4.1 (e) de abajo.
(b) Si se determina que, de conformidad con los Procedimientos de sanciones del Banco, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de bienes o servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los Beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores u organismos contratantes (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) ha cometido una Práctica Prohibida en cualquier etapa de la adjudicación o ejecución de un contrato, el Banco podrá:
(i) no financiar ninguna propuesta de adjudicación de un contrato para la adquisición de bienes o servicios, la contratación de obras, o servicios de consultoría;
(ii) suspender los desembolsos de la operación, si se determina, en cualquier etapa, que un empleado, agencia o representante del Prestatario, el Organismo Ejecutor o el Organismo Contratante ha cometido una Práctica Prohibida;
(iii) declarar una contratación no elegible para financiamiento del Banco y cancelar y/o acelerar el pago de una parte xxx xxxxxxxx o de la donación relacionada inequívocamente con un contrato, cuando exista evidencia de que el representante del Prestatario, o Beneficiario de una donación, no ha tomado las medidas correctivas adecuadas (lo que incluye, entre otras cosas, la notificación adecuada al Banco tras tener conocimiento de la comisión de la Práctica Prohibida) en un plazo que el Banco considere razonable;
(iv) emitir una amonestación a la firma, entidad o individuo en el formato de una carta formal de censura por su conducta;
(v) declarar a una firma, entidad o individuo inelegible, en forma permanente o por determinado período de tiempo, para que (i) se le adjudiquen contratos o participe en actividades financiadas por el Banco, y (ii) sea designado2 subconsultor, subcontratista o
2 Un subconsultor, subcontratista o proveedor de bienes o servicios designado (se utilizan diferentes apelaciones dependiendo del documento de licitación) es aquel que cumple una de las siguientes condiciones: (i) ha sido incluido por el oferente en su oferta o solicitud de precalificación debido a que aporta
proveedor de bienes o servicios por otra firma elegible a la que se adjudique un contrato para ejecutar actividades financiadas por el Banco;
(vi) remitir el tema a las autoridades pertinentes encargadas de hacer cumplir las leyes; y/o;
(vii) imponer otras sanciones que considere apropiadas bajo las circunstancias del caso, incluyendo la imposición de multas que representen para el Banco un reembolso de los costos vinculados con las investigaciones y actuaciones. Dichas sanciones podrán ser impuestas en forma adicional o en sustitución de las sanciones arriba referidas.
(c) Lo dispuesto en los incisos (i) y (ii) del párrafo 4.1 (b) se aplicará también en casos en los que las partes hayan sido temporalmente declaradas inelegibles para la adjudicación de nuevos contratos en espera de que se adopte una decisión definitiva en un proceso de sanción, o cualquier otra resolución.
(d) La imposición de cualquier medida que sea tomada por el Banco de conformidad con las provisiones referidas anteriormente será de carácter público.
(e) Asimismo, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco, incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o contratantes (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) podrá verse sujeto a sanción de conformidad con lo dispuesto en convenios suscritos por el Banco con otra Institución Financiera Internacional (IFI) concernientes al reconocimiento recíproco de decisiones de inhabilitación. A efectos de lo dispuesto en el presente párrafo, el término “sanción” incluye toda inhabilitación permanente, imposición de condiciones para la participación en futuros contratos o adopción pública de medidas en respuesta a una contravención del marco vigente de una Institución Financiera Internacional (IFI) aplicable a la resolución de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas.
(f) El Banco exige que los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y sus representantes, y concesionarios permitan al Banco revisar cualesquiera cuentas, registros y otros documentos relacionados con la presentación de propuestas y con el cumplimiento del contrato y someterlos a una auditoría por auditores designados por el Banco. Todo solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios y concesionario deberá prestar plena asistencia al Banco en su investigación. El Banco también requiere que solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios: (i) conserven todos los
experiencia y conocimientos específicos y esenciales que permiten al oferente cumplir con los requisitos de elegibilidad de la licitación; o (ii) ha sido designado por el Prestatario.
documentos y registros relacionados con actividades financiadas por el Banco por un período de siete (7) años luego de terminado el trabajo contemplado en el respectivo contrato; y (ii) entreguen todo documento necesario para la investigación de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas y (iii) aseguren que los empleados o agentes de los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios que tengan conocimiento de las actividades financiadas por el Banco estén disponibles para responder a las consultas relacionadas con la investigación provenientes de personal del Banco o de cualquier investigador, agente, auditor, o consultor apropiadamente designado. Si el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor proveedor de servicios o concesionario se niega a cooperar o incumple el requerimiento del Banco, o de cualquier otra forma obstaculiza la investigación por parte del Banco, el Banco, bajo su sola discreción, podrá tomar medidas apropiadas contra el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios, o concesionario.
(g) Cuando un Prestatario adquiera bienes, servicios distintos de servicios de consultoría, obras o servicios de consultoría directamente de una agencia especializada, todas las disposiciones contempladas en el párrafo 4.1 y ss. relativas a sanciones y Prácticas Prohibidas se aplicarán íntegramente a los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), o cualquier otra entidad que haya suscrito contratos con dicha agencia especializada para la provisión de bienes, obras o servicios distintos de servicios de consultoría en conexión con actividades financiadas por el Banco. El Banco se reserva el derecho de obligar al Prestatario a que se acoja a recursos tales como la suspensión o la rescisión. Las agencias especializadas deberán consultar la lista de firmas e individuos declarados inelegibles de forma temporal o permanente por el Banco. En caso de que una agencia especializada suscriba un contrato o una orden de compra con una firma o individuo declarado inelegible de forma temporal o permanente por el Banco, el Banco no financiará los gastos conexos y se acogerá a otras medidas que considere convenientes.
4.2 Los Consultores declaran y garantizan:
(i) que han leído y entendido las definiciones de Prácticas Prohibidas del Banco y las sanciones aplicables a la comisión de las mismas que constan de este documento y se obligan a observar las normas pertinentes sobre las mismas;
(ii) que no han incurrido en ninguna Práctica Prohibida descrita en este documento;
(iii) que no han tergiversado ni ocultado ningún hecho sustancial durante los procesos de selección, negociación, adjudicación o ejecución de un contrato;
(iv) que ni ellos ni sus agentes, personal, subcontratistas, subconsultores, directores, funcionarios o accionistas principales han sido declarados por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) con la cual el Banco haya suscrito un acuerdo
para el reconocimiento recíproco de sanciones, inelegibles para que se les adjudiquen contratos financiados por el Banco o por dicha IFI, o culpables de delitos vinculados con la comisión de Prácticas Prohibidas;
(v) que ninguno de sus directores, funcionarios o accionistas principales han sido director, funcionario o accionista principal de ninguna otra compañía o entidad que haya sido declarada inelegible por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) y con sujeción a lo dispuesto en acuerdos suscritos por el Banco concernientes al reconocimiento recíproco de sanciones para que se le adjudiquen contratos financiados por el Banco o ha sido declarado culpable de un delito vinculado con Prácticas Prohibidas;
(vi) que han declarado todas las comisiones, honorarios de representantes, pagos por servicios de facilitación o acuerdos para compartir ingresos relacionados con actividades financiadas por el Banco;
(vii) que reconocen que el incumplimiento de cualquiera de estas garantías constituye el fundamento para la imposición por el Banco de una o más de las medidas que se describen en la Cláusula 4.1 (b).
5. LUGAR Y FECHA DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Las ofertas deberán entregarse en sobre cerrado en Xx. Xxxxxxxxxx Xxxxx X. Xxxx 000, xxxx XX, XXXX, XX X0000XXX, entre las 09:00hs y las 12:00hs del día 06 de octubre de 2020.
6. OFERENTES ELEGIBLES
Un Oferente y todas las partes que constituyen el Oferente, deberán ser originarios de los países miembros del Banco. Los Oferentes originarios de países no miembros del Banco serán descalificados de participar en contratos financiados en todo o en parte con fondos del Banco. Los países miembros del Banco se indican en el Anexo VI “Elegibilidades para la Construcción de Obras Civiles y el Suministro de Bienes y Servicios Conexos”, del presente Pliego de Bases y Condiciones, al igual que los criterios para determinar la nacionalidad de los Oferentes y el origen de los Bienes y servicios conexos. Los oferentes de un país miembro del Banco, al igual que los materiales, elementos de construcción, equipos, equipamientos fijos y servicios conexos a emplear para la construcción de la Obra Civil y ejecución del Contrato objeto de esta Convocatoria por el método de Comparación de Precios, no serán elegibles si:
(a) las leyes o la reglamentación oficial de la República Argentina prohíben relaciones comerciales con ese país; o
(b) por un acto de conformidad con una decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptada en virtud del Capítulo VII de la Carta de esa Organización, la República Argentina prohíba las importaciones de bienes de ese país o cualquier pago a personas o entidades en ese país
Un Oferente no deberá tener conflicto de interés y serán descalificados los Oferentes que tengan conflicto de interés. Se considerará que los Oferentes tienen conflicto de interés con una o más partes en este proceso de Comparación de Precios si ellos:
(c) están o han estado asociados, directa o indirectamente, con una firma o con cualquiera de sus afiliados, que ha sido contratada por el Contratante para la prestación de servicios de consultoría para la preparación del diseño, las especificaciones técnicas y otros documentos que se utilizarán para la contratación de la Obra especificada y detallada en este Pliego de Bases y Condiciones del presente Concurso de Precios; o
(d) presentan más de una oferta en este Concurso de Precios, excepto si se tratara de ofertas alternativas permitidas. Sin embargo, esto no limita la participación de subcontratistas en más de una oferta.
Un Oferente que ha sido declarado inelegible para que se le adjudiquen contratos financiados por el Banco durante el periodo de tiempo determinado por el Banco de acuerdo a lo establecido en la Cláusula 3, será descalificado.
Las empresas estatales, provinciales o municipales de la República Argentina serán elegibles solamente si pueden demostrar que:
(i) tienen autonomía legal y financiera, y
(ii) operan conforme a las leyes comerciales.
Los Oferentes deberán proporcionar evidencia satisfactoria al Contratante sobre su continua elegibilidad, cuando el Contratante razonablemente la solicite.
7. CALIFICACIONES DEL OFERENTE
La Oferta deberá evidenciar, en forma satisfactoria para el Contratante, que:
(i) El Oferente mantiene la nacionalidad de un país elegible y no tiene conflicto de interés, de conformidad con lo establecido en la Cláusula 4. Este requisito se aplica también a cada uno de los miembros de un consorcio (asociación de dos o más firmas), Unión Transitoria de Empresas y a las firmas que se propongan para subcontratar parte del trabajo. Será descalificado el Oferente que no es elegible o tiene conflicto de interés.
(ii) Si la Oferta es aceptada y el Oferente que la presentó no está legalmente establecido en la República Argentina, el Oferente deberá contar con un representante legal y técnico establecido en la República Argentina, con capacidad suficiente para dar cumplimiento a las obligaciones y responsabilidades del Contratista.
(iii) En caso de ofrecer sistemas patentados, el Oferente deberá demostrar que está autorizado por el fabricante o productor de Materiales, Elementos de Construcción, Equipos y Equipamientos que empleará para la construcción de la Obra y la ejecución del Contrato objeto de esta Convocatoria a Concurso de Precios, para suministrarlos, mantenerlos, repararlos y/o reponerlos en la República Argentina, si así se establece en las Especificaciones Técnicas que integran los Documentos del Proyecto de la Obra para Concurso de Precios y/ o los requisitos para la Contratación de la Obra Civil.
8. LEYES APLICABLES
La Ley que gobierna el Contrato en forma subsidiaria son las Leyes aplicables en la República Argentina, para los Contratos de Construcción de Obras Públicas en los ámbitos Nacional y/o Provincial: la Ley N° 13064 de Obras Públicas Nacionales; el Decreto 1023/ 2001 Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional. Régimen General. Contrataciones Públicas Electrónicas. Contrataciones de Bienes y Servicios. Obras Públicas. Disposiciones Finales y Transitorias; el Decreto Nº 1.030/2016 – Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, sus modificatorios y sus disposiciones.
9. DOCUMENTOS QUE RIGEN LA CONTRATACION POR COMPARACION DE PRECIOS
Los documentos que regirán el método de contratación por Comparación de Xxxxxxx y el orden de prelación entre ellos se indican a continuación:
(i) Los lineamientos de la Carta Invitación a Cotizar Precio y lo establecido en el presente Pliego de Bases y Condiciones del Concurso de Precios;
(ii) El Formulario de Contrato, y
(iii)Las Aclaraciones o modificaciones efectuadas por el Contratante a lo especificado en los Documentos del Proyecto de la Obra a Cotizar y el Pliego de Bases y Condiciones, durante el plazo de preparación de las Ofertas establecido en la Carta Invitación.
10. VALIDEZ DE LA OFERTA
Las Ofertas tendrán validez por el término de sesenta (60) días corridos a contar desde la fecha de presentación de las Ofertas. Si el Oferente no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar la Oferta con una antelación mínima de 10 (diez) días corridos al vencimiento del plazo, la Validez se considerará prorrogada automáticamente por un lapso igual al inicial.
El Contratante devolverá las Garantías de Mantenimiento de la Oferta sin necesidad de que los Oferentes lo soliciten por escrito, en los plazos y condiciones que se detallan a continuación:
(i) A los Oferente elegibles y calificados que presentaron las Ofertas de Menor Precio en el orden de mérito y que cumplen sustancialmente con los lineamientos de la Carta Invitación y los requisitos establecidos en el presente Pliego de Bases y Condiciones, dentro de los 10 (diez) días corridos de suscripto el Contrato de Obra, y
A los restantes Oferentes, dentro de los 10 (diez) días corridos de la fecha de Notificación de la Adjudicación del Contrato.
11. GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
El Oferente deberá incluir como parte de su Oferta, una Garantía de Mantenimiento de Oferta en original por el importe de $ 84.000.- (Ochenta y cuatro mil Pesos Argentinos) a los efectos de la presente contratación.
La Garantía de Mantenimiento de la Oferta se podrá constituir en la siguiente forma:
(i) La Garantía deberá presentarse en la forma de: Seguro de caución, mediante pólizas de firmas aseguradoras aprobadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, cuyas cláusulas no se opongan a las normas que rigen el llamado a este Concurso de Precios de obra y constituyéndose el fiador como deudor liso y llano principal pagador, con renuncia expresa a los beneficios de excusión y división.
Teniendo en cuenta lo dispuesto las medidas de AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO dispuestas por el Poder Ejecutivo Nacional serán consideradas válidas las garantias de mantenimiento de la oferta confeccionadas mediante pólizas electrónicas de seguro de caución, emitidas por entidades aseguradoras habilitadas a tal fin por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, extendidas a favor del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA
Y CENSOS. Ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 de la Disposición N° 63-E/2016 de fecha 27/09/2016 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
12 - OFERTAS ALTERNATIVAS
El Contratante no aceptará que los Oferentes presenten Propuestas Alternativas.
13. DOCUMENTOS QUE CONFORMAN LA OFERTA
Los documentos que integrarán la Oferta respetarán los Formularios tipo detallados en los Anexos del presente Pliego de Bases y Condiciones y estarán firmados en todas sus fojas. La Oferta que presente el Oferente deberá estar conformada por los siguientes documentos:
(a) Datos del Oferente;
(b) Acreditaciones legales que documenten:
a. personería física o jurídica del proponente o de la asociación de empresas, si correspondiera;
b. los firmantes de la oferta, y
c. el domicilio legal y especial, si correspondiera;
(c) Garantía de Mantenimiento de la Oferta, de conformidad con las Cláusulas 10 y 11;
(d) Deberán tener una antigüedad societaria xx XXXX (10) años a la fecha de apertura, como mínimo, demostrable mediante Copia simple de Estatuto Inscripto en IGJ (Inspección General de Justicia).
(e) Listado de TRES (3) clientes con quienes se hayan contratado la provisión del servicio y/o producto de similares características al objeto de la presente contratación. Indicar: razón social, dirección, tel., e-mail y fecha, nombre y apellido de la persona de contacto. Excluido para Monotributista Social.
(f) Antecedentes del Orden Fiscal y Laboral:
a. Últimos 3 pagos de sindicato vigente a la fecha de apertura.
b. Últimos TRES (3) pagos DDJJ de Aportes y Contribuciones (Cargas Sociales formulario 931-SUSS), de donde surgirá la cantidad de personal estable con que cuenta actualmente el Oferente.
(g) Carta de la Oferta (Anexo IV);
(h) Presupuesto detallado donde el Oferente cotizará los Precios Unitarios de cada Ítem, el Precio Total de cada Rubro y el Precio Global, Total y Único de su Oferta, elaborado sobre la base de la Lista de Cantidades elaborada por el Contratante, descripta en el Anexo II; también deberá presentar detalladamente y por escrito, la metodología a aplicar, la secuencia del trabajo, el horario y elementos considerados para el desarrollo de la tarea completa.
(i) Folletos de todos los materiales a utilizar.
Las Ofertas presentadas por una Asociación en Participación, Consorcio, Unión Transitoria de Empresas o Asociación de Empresas (APCA), constituida por dos o más firmas deberán cumplir, además de los requisitos antes señalados, con los siguientes requisitos:
i) la Oferta deberá contener toda la información antes enumerada, respecto de cada uno de los miembro de la APCA;
ii) la Oferta deberá ser firmada de manera que constituya una obligación legal para todos los socios de la APCA;
iii) todos los socios de la APCA serán responsables mancomunada y solidariamente por el cumplimiento del Contrato de acuerdo con las condiciones del mismo;
iv) uno de los socios de la APCA deberá ser designado como representante y autorizado para contraer responsabilidades y recibir instrucciones por y en nombre de cualquier o todos los miembros de la APCA;
v) la ejecución de la totalidad del Contrato, incluyendo los pagos, se harán exclusivamente con el socio designado, y
vi) con la Oferta se deberá presentar una copia del Convenio de la APCA firmado por todos los socios o una Carta de Intención para formalizar el Convenio de constitución de una APCA en caso de resultar seleccionados, la cual deberá ser firmada por todos los socios y estar acompañada de una copia del Convenio propuesto.
14. FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Las Ofertas deberán estar dirigidas al Instituto Nacional de Estadística y Censos, dentro de un Sobre cerrado identificado como:
CONCURSO DE PRECIOS DE OBRA Nº INDEC-107-CP-O- “REPARACION Y PUESTA EN VALOR XX XXXXXXXX DE EMERGENCIA”
Fecha de Apertura 06/10/ 2020 – Hora Límite presentación de Oferta: 12:00hs.
15. AJUSTE DE PRECIOS.
Debido a Alteraciones del Proyecto o Modificaciones de Obra dispuestas por el Contratante hasta el veinte por ciento (20%) del monto contractual original, siempre que se haya llegado a un acuerdo de
Partes en las condiciones económicas o los Nuevos Precios.
16. EVALUACION DE LAS OFERTAS
El proceso de evaluación y comparación de Ofertas se basará únicamente en el análisis y la evaluación de la documentación presentada por los Oferentes y tendrá en cuenta, además del Precio cotizado, las calificaciones de los Oferentes y el cumplimiento de lo especificado en el Anexo I, del presente Pliego de Bases y Condiciones.
Los Criterios de Evaluación que aplicará el Contratante para considerar las propuestas presentadas, son los siguientes:
(a) Certificados por tareas similares:
Los OFERENTES deberán tener una antigüedad societaria xx XXXX (10) años a la fecha de apertura, como mínimo, debiendo presentar los siguientes certificados de trabajo, que contemplen los siguientes puntos a saber:
- Certificados de Trabajos: Dichos certificados a presentar deberán ser como mínimo TRES (3) y otorgados por Organismos Nacionales, Provinciales, Municipales y/o Privados, donde se hayan prestado servicios similares a los solicitados, en los últimos tres (3) años.
- La empresa OFERENTE deberá contar con personal calificado para esta tarea el que estará en relación de dependencia con el oferente siendo como mínimo 3 operarios con 2 años de antigüedad en la empresa como mínimo.
Deberá indicarse el número de teléfono de los comitentes firmantes de los certificados y la persona de referencia ante eventuales consultas que se deseen realizar.
17. COMPARACION DE LAS OFERTAS
Una vez determinadas que ofertas se ajusten sustancialmente a los documentos del concurso, se procederá a comparar sus precios.
El Contratante verificará si las ofertas que haya determinado que se ajustan a las condiciones del Concurso contienen errores aritméticos. Los errores que se encuentren se corregirán de la siguiente manera:
(a) cuando haya una discrepancia entre los montos indicados en números y en palabras prevalecerán los indicados en palabras; y
(b) cuando haya una diferencia entre el total de un ítem o renglón y el valor que se obtenga multiplicando el precio unitario por la cantidad de unidades, prevalecerá el precio unitario que se haya indicado, a menos que a criterio del Contratante fuera evidente un error en la colocación de la coma que separa los decimales, en cuyo caso prevalecerá el precio total del rubro que se hubiera indicado y se corregirá el precio unitario.
El Contratante ajustará el monto indicado en la Oferta de acuerdo con el procedimiento antes
expresado para la corrección de errores y; el nuevo monto se considerará obligatorio para el Oferente. Si el Oferente no estuviera de acuerdo con el monto corregido de la oferta, el Contratante rechazará la oferta y ejecutará la garantía de mantenimiento de oferta.
18. ADJUDICACIÓN
El Contratante adjudicará el contrato al Oferente cuya oferta haya determinado que cumple sustancialmente con los requisitos del presente concurso y que representa el costo evaluado como el más bajo, siempre y cuando el Contratante haya determinado que dicho oferente es elegible de conformidad con el Anexo VI.
19. GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
El Oferente adjudicatario deberá afianzar el cumplimiento de sus responsabilidades y obligaciones contractuales constituyendo una Garantía de Cumplimiento del Contrato por un monto equivalente al Diez por Ciento (10%) del monto contractual que se podrá constituir:
(i) La Garantía deberá presentarse en la forma de: Seguro de caución, mediante pólizas de firmas aseguradoras aprobadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, cuyas cláusulas no se opongan a las normas que rigen el llamado a esta Licitación y constituyéndose el fiador como deudor liso y llano principal pagador, con renuncia expresa a los beneficios de excusión y división.
Teniendo en cuenta lo dispuesto las medidas de AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO dispuestas por el Poder Ejecutivo Nacional serán consideradas válidas las garantias de cumplimiento de la oferta confeccionadas mediante pólizas electrónicas de seguro de caución, emitidas por entidades aseguradoras habilitadas a tal fin por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, extendidas a favor del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA
Y CENSOS. Ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 de la Disposición N° 63-E/2016 de fecha 27/09/2016 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
20. DOCUMENTOS DEL CONTRATO
Los Documentos que forman parte del Contrato deberán considerarse mutuamente explicativos y se interpretarán de acuerdo al siguiente orden de prelación:
1) Contrata suscripta entre las Partes;
2) Resolución de Adjudicación de la Oferta aceptada;
3) Presupuesto detallado de la oferta adjudicada;
4) Aclaraciones y Enmiendas al Pliego de Bases y Condiciones;
5) Pliego de Bases y Condiciones, y
6) Documentos del Proyecto de la Obra objeto de la Comparación de Precios.
Se considerará complementaria de los Documentos del Contrato a la siguiente documentación:
7) Actas que suscriban las Partes a los fines de la ejecución del Contrato
8) Órdenes de Servicio impartidas por la Inspección de Obra
9) Planos complementarios que el Contratante entregue al Contratista durante la ejecución de la Obra y los planos que sean preparados por el Contratista y aprobados por la
Inspección de Obra.
21. FIRMA DEL CONTRATO
Notificada la Adjudicación del Contrato por el Contratante, el Oferente adjudicatario deberá firmar el Contrato dentro de los catorce (14) días corridos siguientes al día de la fecha de la notificación fehaciente de la Adjudicación.
22. ANTICIPO FINANCIERO
El Contratante otorgará un anticipo financiero del VEINTE POR CIENTO (20%) sobre el Precio del Contrato, que no devengará intereses y será abonado dentro de los quince (15) días corridos de firmado el Contrato, contra la recepción de un Seguro de Caución en los mismos montos y monedas del anticipo, de acuerdo a Pólizas aprobadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, con los correspondientes Anexos, condiciones generales y particulares, adhiriéndose al Decreto Nacional 411/69 o con el texto ordenado en vigencia.
La Garantía deberá permanecer vigente hasta que el anticipo financiero pagado haya sido reembolsado mediante la deducción de montos proporcionales de los pagos que realice el Contratante. El monto de la Garantía será reducido progresivamente según los montos reembolsados por el Contratista.
23. SEGUROS
El ADJUDICATARIO deberá cumplir con los requisitos que a continuación se detallan.
• Seguro Colectivo de Vida Obligatorio al personal:
El ADJUDICATARIO deberá asegurar al personal a su cargo en los lugares donde se desarrollarán los trabajos, con una cobertura de Vida Obligatoria, según las condiciones que sobre este riesgo prevé el Decreto N° 1567/74. El mismo deberá ser presentado con posterioridad a la adjudicación y deberá abarcar como mínimo, todo el período de vigencia de la respectiva Orden de Compra.
Toda modificación en el listado de personal oportunamente presentado deberá ser puesto en conocimiento de la Dirección de Compras y Contrataciones del ORGANISMO dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas de producida, integrando un nuevo Certificado de Cobertura.
• Responsabilidad civil comprensiva:
El ADJUDICATARIO deberá constituir un seguro de Responsabilidad Civil Comprensiva emergente de la actividad que desarrolle y para la cual fue contratado.
El ADJUDICATARIO mantendrá indemne a este ORGANISMO ante cualquier reclamo que por cualquier motivo pudiera producirse como consecuencia de la relación entre las partes.
Deberá contratar a tal efecto un seguro de Responsabilidad Civil frente a terceros, que cubra toda pérdida y/o reclamo por todo daño que ocurra como efecto o consecuencia de la ejecución del contrato, por si o por el personal a su cargo.
Todos estos seguros serán por montos suficientes para proteger al ORGANISMO de cualquier tipo de reclamo. En consecuencia, para determinar el monto de los seguros a constituir, se deberá tener en cuenta el daño a cubrir, el monto total de la orden de compra y la actividad que desarrolla el ADJUDICATARIO, debiendo ser un monto serio y acorde a todas estas condiciones (mínimo$ 450.000).
A fin de no demorar el inicio de las tareas contratadas, se aceptará la presentación de un Certificado de Xxxxxxxxx expedido por la Compañía Aseguradora, como constancia de que la póliza se encuentra en trámite.
En un plazo de TREINTA (30) días corridos deberá presentar en la Dirección de Compras y Contrataciones del ORGANISMO la Póliza Original acompañada por el comprobante de pago respectivo.
Requisitos del Seguro de Responsabilidad Civil:
a) La Póliza deberá tener una vigencia temporal igual a la duración del contrato.
b) Ubicación del riesgo: lugar/es de la prestación
c) Objeto: detalle de los trabajos a ejecutar
d) No se admitirá auto seguro;
e) EL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS será el ASEGURADO;
f) No se admitirán endosos sobre pólizas existentes;
g) Sin franquicia
Adicionales posibles del seguro de responsabilidad civil:
- Con los adicionales de:
- Ascensores y montacargas.
- Bienes en tenencia.
- Carga y descarga.
- Grúas guinches y autoelevadores.
- Guarda de vehículos a título no oneroso.
- Incendio, rayo, explosión, descargas eléctricas y escapes de gas.
• Aseguradora de Riesgos del Trabajo
El ADJUDICATARIO deberá adjuntar la póliza con el listado del personal asegurado el que será designado a las tareas solicitadas en las respectivas “ESPECIFICACIONES TÉCNICAS” del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
El ADJUDICATARIO deberá remitir mensualmente la Constancia de Seguro de Riesgos del Trabajo (Certificado de cobertura/afiliación) con la nómina del personal cubierto, el que será designado a las tareas solicitadas para la prestación del servicio.
El INDEC no aceptará bajo ninguna excusa el autoseguro parcial o total. La empresa aseguradora deberá ser una Aseguradora de Riesgo del Trabajo (A.R.T.) autorizada por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.”
• Certificado de cobertura
Junto con el Certificado de Xxxxxxxxx, la ADJUDICATARIA deberá acompañar un endoso con el siguiente texto:
“Esta Aseguradora, renuncia en forma expresa a realizar toda acción de repetición o de regreso contra el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, sus funcionarios o empleados con motivo de las prestaciones que se vea obligada a abonar a las personas cubiertas por esta póliza por accidentes sufridos por el hecho o en ocasión del cumplimiento del contrato entre la ADJUDICATARIA y el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS.”
Cambios
Todo cambio producido en las pólizas precedentemente mencionadas (por alta, baja o modificación del personal) deberá ser comunicado al ORGANISMO, debiendo presentar la documentación correspondiente a dichas modificaciones en los mismos términos que se indican en los puntos anteriores.
De las Pólizas
Las Compañías de Seguros contratadas deberán estar autorizadas a operar por la Superintendencia de Seguros de la Nación y la Superintendencia de Riesgos del Trabajo. Asimismo, deberán ser de primer nivel y poseer una estructura económico-financiera dentro de los mínimos y máximos que determinan las fórmulas de la Superintendencia de Seguros de la Nación y que surgen del análisis que ese Organismo realiza de los datos presentados por las Aseguradoras.
El INDEC podrá, durante el transcurso de la vigencia de la póliza, exigir el cambio de Asegurador en caso de que se lesione la estructura económico-financiera de éste, o por razones técnico - contractuales.
Esta modificación no ocasionará ningún costo al INDEC, ni al Estado Nacional.
Los contratos de seguros que recepcionará el INDEC, serán pólizas originales o copias y/o fotocopias, con firmas ORIGINALES del Asegurador en todos los casos.
Dentro de las condiciones particulares deberá contener expresamente al INDEC como beneficiario solidario con el ADJUDICATARIO de todos los derechos y prestaciones que la póliza otorgue al asegurado. El ADJUDICATARIO deberá adjuntar la documentación fehaciente del Asegurador que testifique el pago de las pólizas en el tiempo y forma.
En todos los contratos de seguros, deberá insertarse la siguiente cláusula especial: “El asegurado no podrá cancelar, modificar y/o reducir el contrato de seguro original durante el transcurso de la vigencia, sin la autorización del INDEC”.
Todos los contratos de seguros deberán mantener su vigencia hasta el cabal cumplimiento de las obligaciones del Contratista. Si la finalización del contrato de la prestación fuera posterior al vencimiento de la póliza inicial, QUINCE (15) días antes de ese vencimiento deberá ser presentada la renovación de la misma. Si esta renovación, aun teniendo vigencia anual no llegara a cubrir el plazo del contrato, se repetirá este procedimiento tantas veces como sea necesario hasta cubrir el cumplimiento total de
dicho contrato. Franquicias deducibles.
Las franquicias deducibles que surjan de los contratos de seguros y que deban aplicarse en caso de siniestros, serán en su totalidad al exclusivo cargo del ADJUDICATARIO.
Asimismo, las obligaciones patronales emergentes de la Ley N° 24.557 serán exclusivamente a cargo del ADJUDICATARIO.
En ningún caso el INDEC participará de obligaciones o franquicias deducibles que son cargas del asegurado.
Ámbito de cobertura:
Las pólizas deberán cubrir, como mínimo, los riesgos dentro del ámbito de la Ciudad en la cual se realicen las tareas objeto del contrato.
Incumplimientos:
La plena vigencia de las pólizas es condición de contrato y su incumplimiento suspenderá las tramitaciones de facturas resultantes del servicio y/o trabajos, hasta tanto las pólizas requeridas no sean presentadas, sin lugar a reclamo o derecho alguno por parte del ADJUDICATARIO
Derechos del ORGANISMO:
El ORGANISMO podrá solicitar durante el cumplimiento del servicio y/o trabajos, el estado de cualquiera de las pólizas descriptas y hasta tanto no se dé cumplimiento a las cláusulas precedentes, se suspenderán las tramitaciones de facturas resultantes del mismo, sin que ello dé lugar a reclamo o derecho alguno de parte del ADJUDICATARIO.
La firma aseguradora deberá cumplir con los requisitos de nacionalidad establecidos en el Anexo VI.
Antes de comenzar el servicio:
Deberá presentar ante el ORGANISMO y en el lugar en donde se ejecutará el servicio, un listado del personal del ADJUDICATARIO que atenderá en el ORGANISMO el servicio solicitado, y certificado de cobertura de la ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO (A.R.T.) con listado del personal con cobertura y deberá acompañarse un Certificado de Xxxxxxxxx con CLAUSULA DE NO REPETICION.
24. INICIO DE LA OBRA
Dentro de los DIEZ (10) días corridos de recibida la Orden de Compra, presentar detalladamente y por escrito a fin de ponerlo a consideración y aprobación de la oficina responsable del control, la metodología a aplicar, la secuencia del trabajo, el horario y elementos considerados para el desarrollo de la tarea completa.
El Acta de Posesión del terreno se efectuará dentro de los catorce (14) días corridos de firmado el Contrato y el Replanteo de la Obra será realizado en forma conjunta entre el Representante Técnico y
la Inspección de la Obra quien, una vez suscripta el Acta de Replanteo, notificará al Contratista la fecha de celebración del Acta de Inicio de Obra.
Durante la vigencia del servicio:
El personal del ADJUDICATARIO deberá ser idóneo y estará provisto de vestimenta adecuada y de los elementos de seguridad establecidos por los Entes que reglamentan la actividad.
El ORGANISMO podrá solicitar al ADJUDICATARIO por causas justificadas el cambio de personal que el ADJUDICATARIO asigne para el cumplimiento de esta contratación. En este caso el ADJUDICATARIO se obliga a sustituir a dicho personal.
Queda bajo exclusiva responsabilidad del ADJUDICATARIO todo accidente de trabajo que ocurra a su personal o a terceros vinculados o no con la prestación del servicio, como asimismo del cumplimiento de todas las obligaciones determinadas por las leyes laborales, sin excepción.
El personal utilizado por el ADJUDICATARIO para efectuar la prestación del servicio contratado NO TENDRÁ ningún tipo o forma de relación de dependencia con el ORGANISMO.
El ADJUDICATARIO asume la responsabilidad de su personal, obligándose a reparar cualquier daño y/o perjuicio que se origine por culpa, dolo o negligencia comprobada por parte de sus operarios, durante el transcurso de la ejecución de los trabajos. Asimismo, se designará UNO (1) o más responsables con facultades para que actúen como nexo con el personal del ORGANISMO, designados como supervisores del servicio.
El ADJUDICATARIO deberá tomar todas las medidas de precaución accesorias que considere necesarias a fin de prevenir posibles accidentes, como así también robos, deterioros, pérdidas, etcétera, de sus materiales, estructuras o de cualquier otro bien propio, quedando librado a su exclusivo cargo los perjuicios que en este sentido pudiere sufrir.
25. PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA
El Plazo de Ejecución para la terminación y entrega de la Obra Civil es de cuarenta y cinco (45) días corridos.
La fecha a partir de la cual se computará el Plazo de Ejecución de la Obra y el Contrato es la fecha del Acta de Inicio de Obra. El Contratista ejecutará las Obras de conformidad con el Plan de Trabajos contractual y sus eventuales reprogramaciones aprobadas por la Inspección de Obra y deberá terminarlas en la Fecha Prevista de Finalización y Entrega de la Obra.
26. SANCIONES POR INCUMPLIMIENTOS DEL CONTRATISTA
El incumplimiento del/ los plazos de ejecución y entrega/ s de la Obra dará lugar a la aplicación de sanciones al Contratista, salvo que las demoras obedezcan a omisiones del Contratante u originados en causas sobrevivientes a la firma del Contrato o de fuerza mayor, que eximan de responsabilidad al Contratista.
Las multas por incumplimiento del plazo total y los plazos parciales establecidos en la Cláusula 33, son: Se aplicará una multa xxx XXXX COMA CERO CINCO POR CIENTO (0,05%) del
valor de lo satisfecho fuera de término por cada día hábil de atraso
Las multas serán acumulables y en su conjunto no podrán superar el diez por ciento (10%) del monto del Contrato redeterminado. Alcanzado el límite de las multas el Contratante podrá rescindir el Contrato de pleno derecho, de conformidad con lo establecido en la Cláusula 37.
Si a pesar de ello el Contratante decidiera continuar la Obra, no podrá aplicar otras multas en el futuro. Las multas parciales impuestas por incumplimiento de los plazos parciales serán devueltas al Contratista si diera cumplimiento a los trabajos en los siguientes plazos parciales, en caso contrario, su importe se imputará a cuenta de la multa que corresponda por atraso en la entrega de las Obras.
27. VIGILANCIA Y LIMPIEZA DE LA OBRA
El Contratista proporcionará y mantendrá a su cargo la vigilancia de la Obra con las guardias que fuesen necesarias y el alumbrado de todos los sectores que solicite la Inspección de Obra, dentro y fuera del cerco de la obra, atendiendo a la seguridad del personal de la Obra y de terceros o del público que pudieran ser afectados por los métodos de construcción adoptados por el Contratista. Durante la ejecución de la Obra el Contratista deberá mantener limpia la Obra, almacenando debidamente o eliminando todo el material de construcción y materiales sobrantes, escombros, basuras y obras provisorias que no se necesiten.
Una vez finalizados los trabajos, el Contratista dejará la Obra limpia y en condiciones de operabilidad, a satisfacción de la Inspección de Obra. En caso de incumplimiento del Contratista, el Contratante tendrá derecho a emplear a otras personas físicas o jurídicas para llevar a cabo la limpieza final de la Obra y deducir su importe del Fondo de Reparos o de los créditos que tuviese el Contratista.
28. SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO
El Contratista será responsable de la seguridad de todas las actividades que se desarrollen en el Lugar de las Obras y deberá adoptar todas las medidas necesarias para prevenir daños a las personas o a los bienes, sean de las Partes contratantes o de terceros, estará obligado a cumplir todas las disposiciones emergentes de la legislación vigente en la República Argentina en materia de Accidentes de Trabajo y Seguridad e Higiene y será responsable de cualquier accidente que ocurra a su personal, haciendo suyas las obligaciones que de ella deriven, de acuerdo a lo establecido en la citada legislación.
• PROTOCOLOS SEGURIDAD HIGIENE – COVID 19.
Los OFERENTES deberán presentar junto con su oferta su protocolo correspondiente a seguridad e higiene y salud en el trabajo en el marco de la Pandemia COVID 19.
El mismo deberá ajustarse a las previsiones Poder Ejecutivo Nacional, las Resoluciones del
Ministerio de Salud de la Nación, a la recomendaciones y medidas de prevención en ámbitos laborales aprobadas por la Resolución Nº 29/2020 de la S.R.T. y dar estricto cumplimiento a un protocolo de higiene y salud en el trabajo, en el marco de la emergencia por la pandemia COVID19, de conformidad con las especificidades que requiera la actividad desarrollada y/o las tareas prestadas por los trabajadores.
29. CERTIFICADOS DE OBRA
Los Certificados de Obra provisionales que cada mes presente el Contratista a la Inspección de Obra se ajustarán al financiamiento establecido en el Plan de Trabajo e Inversiones contractual, donde se determinan los pagos comprometidos en concepto de avance físico de la Obra y el anticipo financiero. Además, si se hubiesen celebrado Ampliaciones de Contrato por Variaciones (Alteraciones al Proyecto y/o Modificaciones de Obra), el Contratista presentará los Certificados que correspondan, de conformidad con lo establecido en los respectivos Contratos de Ampliación de Obra.
La Inspección de Obra podrá, en cualquier Certificado de Pago, hacer cualquier corrección o modificación que hubiera debido hacerse en un Certificado de Pago anterior en consideración de información más reciente. Los Certificados de Pago Provisionales no se considerarán como indicativos de la aceptación, aprobación, consentimiento o satisfacción de los trabajos por parte de la Inspección de Obra.
30. ACTA DE MEDICIÓN
Los avances físicos de los trabajos terminados ejecutados en la Obra serán medidos por períodos mensuales por la Inspección de Obra en conjunto con el Representante Técnico del Contratista, quien estará obligado a asistir a todas las mediciones que se realizarán el último día hábil de cada período de ejecución y suscribir el Acta de Medición correspondiente.
Si el Contratista suministrara un elemento o realizara un trabajo que no se ajusta a lo especificado en la documentación del Contrato, la Inspección de Obra no registrará en el Acta de Medición el avance físico del Ítem y/o Rubro correspondiente hasta que se lleve a cabo la labor de rectificación o reposición y se termine cumplimentando lo especificado.
La Inspección de Obra emitirá de oficio el Acta de Medición y los Certificados de Obra si el Representante Técnico del Contratista no se presentara a la medición, sin perjuicio de las observaciones que el Contratista pudiera formular al tomar conocimiento de ello. Durante el lapso de demora que le sea imputable por su incumplimiento, el Contratista no tendrá derecho al pago de las sumas involucradas.
Si la Inspección de Obra no realizara las mediciones en la fecha prevista, el Contratista podrá presentar al Contratante la medición y certificación provisional dentro de los tres (3) primeros días hábiles del mes siguiente a la ejecución de los trabajos, sin que esto altere la fecha de pago prevista en el Contrato.
31. PAGO DE LOS CERTIFICADOS DE OBRA
El Contratante efectuará el pago de los Certificados de Obra provisionales y de Acopios, a los treinta
(30) días hábiles de la fecha de aprobación de los Certificados por parte de la Inspección de Obra. Los pagos serán ajustados para deducir los pagos del anticipo y la retención en concepto de Fondo de Reparos y se deberá entender que han sido efectuados a cuenta del Monto Global, Total y Único establecido en el Contrato.
32. FONDO DE REPAROS
El Contratante retendrá en concepto de Fondo de Reparos el cinco por ciento (5%) del importe de todas las liquidaciones realizadas al Contratista por el Anticipo financiero y los Certificados de Obra provisionales mensuales.
La retención se aplicará sobre los Certificados emitidos sobre la base del Monto del Contrato original, de las Ampliaciones de Contrato y de los Montos que surjan de la metodología de Redeterminación de Precio del Contrato que corresponda efectuar hasta la Recepción Provisoria de la Obra. El Fondo de Reparos podrá sustituirse mediante pólizas de Seguros de Caución extendidas a favor del Contratante y emitidas por Entidades aprobadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación.
El Fondo de Reparos se devolverá en la instancia de Recepción Provisoria de la Obra, por los mismos importes retenidos, siempre y cuando la Obra esté en condiciones de aceptación.
33. RECEPCIÓN PROVISORIA DE LA OBRA
El Contratista comunicará a la Inspección de Obra, por escrito, la fecha que propone para labrar el Acta de Recepción Provisoria y entregar la Obra, siempre que haya finalizado los trabajos y resulte satisfactorio el resultado de los ensayos, pruebas e inspecciones previas exigidas para las instalaciones.
La Inspección de Obra labrará el Acta de Recepción Provisoria si evalúa que los trabajos han sido ejecutados en forma satisfactoria y de conformidad con los Documentos del Contrato. Si los defectos observados corresponden a Rubros e Ítems de terminación que son fácilmente subsanables y no impiden la habilitación de la Obra, extenderá el Acta de Recepción Provisoria de Obra y dará instrucciones detalladas y precisas para corregirlos dentro del Plazo de Garantía de la Obra que comenzará a computarse a partir de la fecha de dicha Acta.
Si la Inspección de Obra evaluara que los trabajos no están terminados o ejecutados en forma satisfactoria, lo hará constar en un Acta donde detallará los defectos, ordenará las reparaciones y fijará el plazo que entienda razonable para su corrección y la fecha de la nueva Inspección, sin eximir al Contratista de las responsabilidades y multas en que pudiera haber incurrido por no haber finalizado la Obra en tiempo y forma. Al expirar ese plazo, si la Inspección de Obra evalúa que el Contratista ha cumplido las órdenes recibidas, procederá a extender el Acta de Recepción Provisoria de la Obra. Si el Contratista no ha cumplido podrá, previa autorización del Contratante, declarar rescindido el Contrato con pérdida de la Garantía de Cumplimiento.
Si el Contratista no estuviera conforme con lo resuelto por la Inspección de Obra, expondrá al Contratante dentro del término de catorce (14) días corridos los fundamentos de su disconformidad, si en ese término no presentara reclamaciones el Contratante entenderá que acepta lo decidido por la Inspección de Obra y no admitirá ninguna reclamación posterior.
34. CORRECCIÓN DE DEFECTOS
El Contratista deberá ejecutar a su cargo todos los trabajos de reparación, reconstrucción, rectificación y aún de demolición, para subsanar todos los defectos, imperfecciones y fallas que aparezcan en la Obra y el Contratante le requiera por escrito, durante el período de Garantía de la Obra, debidos a la utilización de materiales, elementos de construcción, equipos o equipamientos que no cumplen lo establecido en el Contrato o a la negligencia o los descuidos por parte del Contratista de sus obligaciones explícitas o implícitas. Si los trabajos de corrección no estuvieran comprendidos dentro de las obligaciones y responsabilidades del Contratista, el valor de los mismos y los gastos en que éste haya incurrido serán pagados por el Contratante mediante una Ampliación de Contrato.
Si en Contratista no realiza los trabajos de corrección de los defectos que son de su cargo, el Contratante tendrá el derecho de encomendarlo a otros contratistas y descontarle su costo de los dineros adeudados o de la Garantía de Cumplimiento del Contrato.
35. RECEPCIÓN DEFINITIVA DE LA OBRA
La Recepción Definitiva de la Obra se deberá realizar al finalizar el período de Garantía de la Obra o una vez terminados a satisfacción de la Inspección de Obra los trabajos que el Contratante hubiera ordenado durante dicho período.
El Contrato no se podrá considerar completamente ejecutado hasta que se haya celebrado el Acta de Recepción Definitiva de la Obra, firmada por ambas Partes, donde conste que la Obra ha sido terminada y entregada a satisfacción del Contratante, quien no podrá relevar al Contratista de la responsabilidad decenal establecida en el Código Civil de la República Argentina
36. DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
El Contratante devolverá dentro de los catorce (14) días corridos de celebrada la Recepción Definitiva de la Obra, previa deducción y si correspondiera, de los importes que el Contratista adeudara con relación a la Obra y el Contrato, por multas, indemnizaciones u otros conceptos, tanto al Contratante como a su personal o a terceros, incluyendo servicios y tributos de todo tipo.
La devolución de la Garantía de Cumplimiento del Contrato supone que las Partes han cumplido las obligaciones emergentes del Contrato y suscripto el Acta de Recepción Definitiva.
37. RESCISIÓN POR MUERTE, QUIEBRA O INCAPACIDAD DEL CONTRATISTA En caso de muerte o ausencia con presunción de muerte, quiebra, concurso civil, liquidación sin quiebra o incapacidad sobreviniente del Contratista, quedará rescindido el Contrato, a no ser que, dentro del término de treinta (30) días hábiles administrativos de producirse alguno de dichos supuestos, los representantes legales o herederos en su caso, ofrezcan continuar la Obra, por sí o por
intermedio de terceros, hasta su terminación en las mismas condiciones estipuladas en el Contrato. El Contrato quedará rescindido de pleno derecho si una vez transcurrido el plazo señalado no se ha formulado un ofrecimiento concreto.
El Contratante, formulado en tiempo y forma el ofrecimiento para la continuación de la Obra, podrá admitirlo o rechazarlo sin que por ello contraiga responsabilidad indemnizatoria alguna y deberá aceptar o rechazar la propuesta dentro de los treinta (30) días hábiles administrativos de su formalización y comunicarlo al nuevo Oferente. Estas exigencias se extienden a terceros que puedan ser propuestos para continuar la Obra, quienes deberán suscribir la presentación e incluir la constitución de la nueva garantía para sustituir a la anterior, en un todo de acuerdo a lo dispuesto en el presente Pliego de Bases y Condiciones. En todos los casos, el nuevo Contratista deberá tener iguales o mejores calificaciones que las requeridas a los Invitados al momento de la contratación original.
Si la propuesta es aceptada por el Contratante, se acordará una ampliación del Plazo de Ejecución de la Obra, equivalente al término transcurrido desde la fecha del hecho generador hasta la fecha de suscripción del nuevo contrato o si no fuera necesario formalizar un nuevo contrato, de la fecha de aceptación de la propuesta. Si no se aceptara lo propuesto, se procederá a la rescisión del contrato.
Los efectos de esta rescisión serán los siguientes:
a) ocupación y Recepción Provisoria de la Obra en el estado en que se encuentre y posterior Recepción Definitiva, pasado el Plazo de Garantía de la Obra;
b) devolución del Fondo de Reparo cuando se termine la Obra proseguida y transcurra el Plazo de Garantía de la Obra o hayan transcurrido cinco (5) años desde la formalización de la rescisión, lo que suceda primero y siempre que no surgieran vicios ocultos en la parte de obra ejecutada por el Contratista original. En ese caso los montos que insuma su reparación se deducirán del Fondo de Reparo;
c) certificación final de los trabajos contratados y aprobados;
d) certificación, a su valor contractual redeterminado, de los materiales no acopiados existentes en la Obra y destinados al cumplimiento del Contrato, que el Contratante decidiera adquirir, previa conformidad de los sucesores o representantes;
e) arriendo o adquisición de equipos, herramientas, útiles y demás elementos necesarios para continuar la Obra, que sean propiedad del Contratista original y que el Contratante considere conveniente para sus fines, previa conformidad de los sucesores o representantes;
f) el Contratante podrá optar por sustituir al Contratista original en sus derechos y obligaciones respecto de los contratos que hubiera celebrado para la ejecución de la Obra, siempre que presten su conformidad los terceros que son Parte, y
g) no será exigible al Contratante el pago de gastos improductivos, ni lucro cesante ni daño emergente como consecuencia de la rescisión.
38. RESCISIÓN POR INCUMPLIMIENTOS DEL CONTRATISTA
El Contratante tendrá derecho a dar por terminado y rescindir el Contrato si el Contratista:
(a) abandona la Obra o demuestra claramente de otra manera que no tiene intenciones de continuar cumpliendo sus obligaciones bajo el Contrato,
(b) sin una excusa razonable:
(i) no procede a ejecutar la Obra de conformidad con lo establecido en los Documentos del Contrato, o
(ii) no cumple con una Orden de Servicio emitida de conformidad con la Cláusula 44 del presente Pliego de Bases y Condiciones dentro del plazo de veintiocho (28) días corridos después de recibida fehacientemente,
(d) las multas aplicadas al Contratista alcancen el equivalente xxx xxxx por ciento (10%) del monto del Contrato original;
(e) subcontrata la totalidad de la Obra o cede el Contrato sin acuerdo del Contratante;
(f) no cumple con la “Corrección de Defectos”, ordenada de conformidad con lo establecido en la Cláusula 36 del presente Pliego de Bases y Condiciones;
(g) da u ofrece dar, directa o indirectamente, a cualquier persona cualquier soborno, regalo, gratificación, comisión u otra cosa de valor como incentivo o recompensa:
(i) por hacer o no hacer cualquier acción relacionada con el Contrato, o
(ii) por mostrar o no mostrar favor o posición a alguna persona en relación con el Contrato,
(iii) o si cualquier miembro del personal del Contratista, representante o Subcontratista del Contratista da u ofrece, directa o indirectamente, a cualquier persona cualquiera de esos incentivos o recompensas que se describen en este inciso (g). Sin embargo, los incentivos y recompensas de carácter lícito para el personal del Contratista no darán lugar a la terminación del Contrato.
En cualquiera de dichas situaciones o circunstancias, el Contratante podrá, previa notificación al Contratista con una antelación de catorce (14) días corridos, terminar el Contrato y expulsarlo del Lugar de las Obras. Sin embargo, en el caso del inciso (f), el Contratante podrá, mediante notificación, terminar inmediatamente el Contrato. La decisión de terminar el Contrato por parte del Contratante no perjudicará ninguno de sus demás derechos con arreglo al Contrato. En ese caso, el Contratista abandonará el Lugar de las Obras y entregará a la Inspección de Obra cualquier Bien requerido, todos los Documentos del Contratista y otros documentos de diseño elaborados por o para el Contratista original.
Sin embargo, el Contratista realizará sus mejores esfuerzos para cumplir inmediatamente cualquier orden razonable que se incluya en la notificación para:
(i) la cesión de cualquier Subcontrato, y
(ii) la protección de la vida o la propiedad, o la seguridad de la Obra.
Con posterioridad a la rescisión, el Contratante podrá terminar la Obra y/o encargársela a otro/s Contratista/s, en cuyo caso dichos Contratistas podrán usar cualquier Bien, Documento del Contratista y otros documentos de diseño elaborados por el Contratista original o en su nombre.
El Contratante notificará al Contratista que se le entregarán los Equipos del Contratista y las Obras Temporales en el Lugar de las Obras o en sus inmediaciones. El Contratista hará inmediatamente los arreglos necesarios para el retiro de los mismos por su cuenta y riesgo. Sin embargo, si para entonces el Contratista original no ha pagado un monto adeudado al Contratante, este último podrá vender dichos elementos a fin de recuperar ese monto y luego abonar al Contratista cualquier saldo
remanente.
39. RESCISIÓN POR EL CONTRATISTA
El Contratista tendrá derecho a rescindir el Contrato cuando:
a) la reducción, suspensión o incremento de la Obra debido a Alteraciones del Proyecto o Modificaciones de Obra dispuestas por el Contratante superen el veinte por ciento (20%) del monto contractual original, siempre que no se haya llegado a un acuerdo de Partes en las condiciones económicas o los Nuevos Precios;
b) la suspensión de la Obra dispuesta o causada por el Contratante exceda el plazo de noventa
(90) días corridos;
c) el Contratante demore el pago de Certificados de Obra por más de sesenta (60) días corridos, o
d) el Contratista se viera obligado a reducir el ritmo del Plan de Trabajos en más de un cincuenta por ciento (50%) durante un período de tres (3) meses, por falta de cumplimiento de la Inspección de Obra de la entrega en tiempo y forma de planos o de aprobación de los planos de detalle que preparó el Contratista de conformidad con sus obligaciones o de los materiales, elementos de construcción, equipos y equipamiento a los cuales el Contratante se hubiera comprometido contractualmente.
En este caso la Inspección de Obra efectuará:
i) la Recepción Provisoria de la Obra en el estado en que se encuentre, salvo los sectores que no estuvieren ejecutados de acuerdo con los Documentos del Contrato, debiendo realizar la Recepción Definitiva una vez vencido el Plazo de Garantía de la Obra;
ii) la medición final y certificación de lo trabajos recibidos, deduciendo las multas que pudieran corresponderle al Contratista, y
iii) la certificación a valor real de los materiales, equipos y elementos de construcción destinados a la Obra, salvo que el Contratista los quisiera retener;
El Contratante devolverá la Garantía de Cumplimiento del Contrato y las otras Garantías constituidas durante la ejecución del Contrato en la medida que no fueren afectadas, abonará los gastos que el Contratista probare haber erogado o deba erogar en cumplimiento de su compromiso contractual e indemnizará al Contratista por los daños y perjuicios que fueran consecuencia de la rescisión, con excepción del lucro cesante y el daño emergente.
40. RESCISIÓN POR CAUSAS DE FUERZA MAYOR
El Contrato quedará rescindido por razones de fuerza mayor o caso fortuito o actos del Poder Público de efectos generales que imposibiliten su cumplimiento.
El Contratante abonará en ese caso el trabajo efectuado y los gastos que el Contratista probare haber erogado o deba erogar en cumplimiento de su compromiso contractual, con excepción del lucro cesante y el daño emergente.
41. RESCISIÓN DE COMÚN ACUERDO
El Contrato se podrá rescindir de común acuerdo entre las Partes cuando no se dieren los supuestos de
rescisión previstos en las Cláusulas precedentes y fuera conveniencia del Contratante o cuando concurrieren causales de ambas Partes.
42. LIQUIDACIONES POR LA RESCISIÓN
La Compensación al Contratista por Daños y Perjuicios no deberá exceder xxx xxxx por ciento (10%) del Precio Final del Contrato y no afectará las responsabilidades del Contratista.
Las liquidaciones que corresponda realizar como consecuencia de la rescisión del Contrato por el Contratista o por la Muerte, Quiebra o Incapacidad del Contratista o de Común Acuerdo, deberán ser efectivizadas por el Contratante a favor del Contratista dentro de los sesenta (60) días corridos como máximo, de producido el correspondiente Acto administrativo.
43. PROCEDIMIENTO DE RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Si el Contratista considera que la Inspección de Obras ha tomado una decisión que está fuera de las facultades que le confiere el Contrato o que no es acertada, la decisión se someterá a la consideración de un Conciliador seleccionado por acuerdo entre las Partes, dentro de los siguientes catorce (14) días corridos de notificada la controversia al Contratante.
El Conciliador deberá comunicar su decisión por escrito dentro de los veintiocho (28) días corridos siguientes a la recepción de la notificación de una controversia.
El Conciliador será compensado por su trabajo, cualquiera que sea su decisión, de acuerdo con los honorarios acordados entre las Partes y aceptados por el Conciliador, además de cualquier otro gasto reembolsable que corresponda. El costo será sufragado por partes iguales por el Contratante y el Contratista.
44. INSPECCIÓN DE LA OBRA
Es la persona o el equipo profesional notificado al Contratista, designado por el Contratante para representarlo técnicamente en la Obra y que tiene autoridad para actuar en nombre del Contratante hasta la Recepción Definitiva de la Obra. Es el responsable de administrar el Contrato, supervisar la ejecución de los trabajos y la Obra, verificar la calidad de los materiales empleados y controlar que el Contratista cumpla sus obligaciones contractuales contraídas.
El Inspector de la Obra comunicará sus decisiones escritas al Contratista mediante Órdenes de Servicio, cronológicamente consignadas en un libro específico provisto por el Contratista, foliado por triplicado y rubricado por el Contratante. El original será para el Representante Técnico, el duplicado con la constancia de recepción para el Contratante y el triplicado se mantendrá en el Libro, que quedará en la Obra en poder del Inspector de la Obra.
El Representante Técnico se notificará de toda Orden de Servicio en el día de su fecha y en este acto quedará notificado. Al notificarse de una Orden de Servicio podrá asentar reservas a su cumplimiento, en ese caso la obligatoriedad de cumplirla se suspenderá por el término de tres (3) días corridos, ampliable por el Inspector de la Obra, para que fundamente su objeción. Si la Orden de Servicio es reiterada por el Inspector de Obra, no regirá la suspensión y deberá cumplirse sin más dilaciones, sin
perjuicio de que el Contratista podrá efectuar ulteriores reclamos, dentro de los siguientes catorce (14) días corridos. La negativa el Representante Técnico a notificarse se considerará incumplimiento de la Orden de Servicio y esa circunstancia facultará al Contratante a exigir la remoción del Representante Técnico.
45. REPRESENTANTE TÉCNICO DEL CONTRATISTA
Es la persona con título habilitante de Arquitecto o Ingeniero Civil, matriculada en el Colegio o Consejo que corresponda, designado por la empresa Contratista para representarlo y con amplios poderes para tratar y resolver todos los aspectos técnicos referentes a la Ejecución de la Obra. El Contratista delega la dirección de los trabajos y la consiguiente responsabilidad técnica en el Representante Técnico, sin excluir su propia responsabilidad y podrá asumir esas funciones en forma persona.
46. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
El Contratista asume íntegramente la obligación de construir la Obra conforme a los requisitos especificados en el presente Pliego de Bases y Condiciones, en el plazo total y los plazos parciales de cuarenta y cinco días corridos, establecidos en la Cláusula 25 del presente Pliego de Bases y Condiciones.
Sin que la enumeración tenga carácter taxativo, dicha obligación comprenderá las obras de excavación que correspondan, cimentación, estructura resistente, albañilería, cerramientos, cubierta, organización y tareas y actividades conexas.
El Contrato indica lo que corresponda en materia de suministro de materiales, instalaciones y subcontratos. Bastará que una obra o trabajo se halle indicado en cualquiera de los referidos documentos o piezas, aunque haya sido omitida en otras, para que el Contratista esté obligado a ejecutarlo sin que ello implique alteración del Precio Global, Total y Único contractual.
El Contratista se obliga asimismo y especialmente a:
a) Proveer:
i) todos los materiales, elementos de construcción y demás bienes, equipos y equipamientos necesarios para la construcción de la Obra, indicados en el Contrato;
ii) todas las herramientas, encofrados, andamios, máquinas, medios de transporte y los enseres y útiles en general, necesarios para la ejecución de la Obra;
iii) depósitos cubiertos adecuados para guardar todos los equipos, materiales, elementos de construcción, bienes y equipos provistos por el Contratista o el Contratante, y
iv) personal idóneo necesario y en cantidad suficiente para dar cumplimiento al Plan de Trabajo la Obra. La Inspección de Obra podrá exigir el retiro de la Obra de cualquier persona/ s que, a su juicio, sea/ n incompetente/ s o acuse/ n manifiesta incorrección; las indemnizaciones por despido y cualquier otro perjuicio que se reclamaren por parte del/ los excluidos, serán de cargo del Contratista.
b) Conservar el Cerco perimetral y el Cartel de Obra, de conformidad con las exigencias municipales y el diseño especificado en este pliego.
c) Designar Representante Técnico y tantos dependientes técnicos de los mismos como resulten necesarios para la correcta y eficiente ejecución de la Obra desde la iniciación de los trabajos y
hasta su completa terminación con perfecto conocimiento de los planos, memorias, especificaciones y demás documentos de la Obra y el Contrato, que se entenderán autorizados para recibir y hacer cumplir las Órdenes de Servicio emitidas por la Inspección de Obra y estarán al corriente de los detalles y documentos del presente pliego, a fin de poder suministrar datos o informes técnicos relativos a la Obra y sus componentes que sean requeridos, en su caso, por la Inspección de Obra y el Contratante.
d) Implementar las providencias constructivas necesarias para la correcta realización de la Obra; en caso de dudas en cuanto a la interpretación de las piezas que integran el Proyecto, éstas se resolverán en el sentido del beneficio de la Obra y las precauciones usuales en lo referido a andamios, escaleras, apuntalamientos, etc., así como todas las medidas de prevención y seguridad requeridas por las autoridades competentes.
e) Vigilar total y permanente la Obra día y noche, incluso feriados y licencias, con guardianes en todos los sitios en que sea menester y mantener el orden, la limpieza y la buena conservación permanente de la Obra.
f) Asentar diariamente en un Libro Diario firmado por el Presentante Técnico de la empresa Contratista y la Inspección de Obra, las tareas cumplidas, el avance de los trabajos, las visitas y las observaciones y resoluciones correctivas que se adopten.
g) Presentar mensualmente a la Inspección de Obra un informe comparativo, con expresión gráfica, entre los avances físicos contractuales y el avance real cumplido en el mes.
h) Pagar los derechos, regalías, o cualquier otra prestación proveniente del uso, autorización o licencia que se hicieren exigibles respecto de las máquinas, equipos o cualesquiera sistema que se incorpore o aplique en la ejecución de la Obra y los servicios directa o indirectamente derivados de la ejecución de la Obra y el Contrato.
i) Prestar toda otra actividad, trabajo o servicio que sea necesario para ejecutar la Obra de acuerdo a las reglas del arte y conforme a su fin, aunque no estuviere especificada en los numerales precedentes o en el presente pliego.
ANEXOS
I Especificaciones Técnicas II Lista de Cantidades
III Planos
IV Formulario de la Oferta V Análisis de precios
VI Elegibilidad
VII Formulario de garantías. VIII Contrata
ANEXO I ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Tratamiento de la totalidad de la escalera de emergencia metálica, puentes y galerías de conexión.
Nota: cuando este pliego se refiere “la escalera” comprende: la escalera en si misma, sus protecciones verticales, sus techos y protecciones horizontales, los arriostramientos, sus insertos en mampostería, los tabiques de protección ignifuga, los solados, la estructura, los pasillos, la totalidad de las barandas y cualquier otro componente metálico adyacente a la misma.
Protecciones:
Debido al trabajo a ejecutar se considera primordial la seguridad de los trabajadores afectados a la tarea y la protección del inmueble del INDEC y vecinos. Por lo cual se solicita al oferente prevea una protección de la zona de trabajo de manera que sea imposible que se afecte con salpicaduras, solventes, pinturas, residuos de abrasión, chispas o cualquier objeto o sustancia las paredes o ventanas lindantes.
NO se admitirán proyección de chispas fuera de dicha protección. NO se admitirán proyecciones de pintura fuera de dicha protección.
El oferente deberá considerar realizar el ingreso de materiales o herramientas y los trabajos mecánicos que generen ruidos molestos fuera del horario de oficina (9-17hs).
Cualquier daño a la propiedad del INDEC fuera del sector de la orden de compra deberá ser reparado en forma inmediata al punto de dejarlo en las mismas condiciones que se encontraba previamente.
Preparación de las superficies
Limpieza integral: previo al inicio de los trabajos de pintura la empresa adjudicataria deberá proceder a la limpieza integral de todos los componentes de la escalera de emergencia metálica ubicada en el patio de aire y luz. Estos trabajos se realizarán por medio de hidrolavadoras a presión para retirar la mayor parte de los depósitos de suciedad.
Previo al inicio de las tareas de fondo y luego de la limpieza integral se despejará todo el sector de depósitos de residuos y se recorrerá íntegramente la escalera a fin de acordar el procedimiento de trabajo, los materiales a utilizar y las medidas de seguridad con la empresa adjudicataria.
Todas las estructuras de metal (incluyéndose los tejidos de protección, pasamanos, escalones, soportes, anclajes, etc.) que serán pintadas, deberán estar perfectamente limpias de grasa, aceites, virutas, óxidos, etc.
La empresa ADJUDICATARIA, deberá proceder a la remoción por medio de abrasión mecánica (con discos de alambre y amoladora adecuada) de la totalidad de la pintura vieja y óxido.
Luego se limpiará la superficie con productos desoxidante y fosfatizantes para extraer la totalidad del oxido remanente. Posteriormente se deberá ejecutar una nueva limpieza de la superficie mediante el hidrolavado a presión sobre la totalidad del sector para una vez seco iniciar la etapa de pintura.
El objetivo buscado es la desaparición del 100% de oxido en la totalidad de la superficie metálica, previo al tratamiento final de pintura y el cambio de todo elemento metálico atacado por la corrosión (se considerará “atacado por la corrosión a toda parte metálica cuyo espesor original se haya reducido por la acción del óxido).
Escalones, descansos, paños, rejas o cualquier elemento que la oficina técnica del INDEC considere que corresponde el cambio se deberá de realizar como pieza completa no aceptándose parches x xxxxxx parciales.
Las superficies serán limpiadas previamente de materiales que puedan descomponer la pintura, perjudiquen la adherencia y de capas de pintura vieja u oxido.
El ADJUDICATARIO podrá exponer una alternativa en el tratamiento de la superficie que deberá someter a aprobación de la Oficina Técnica, sobre la base de pruebas efectivas de eficiencia in situ del procedimiento aplicado.
El representante de OFICINA TECNICA se reserva el derecho de desestimar el tratamiento propuesto, en cuyo caso se procederá a realizar el trabajo de acuerdo a lo expuesto anteriormente.
Solución estructural
Se considera un tópico central en este pliego la solución estructural que habrá de ejecutarse en zonas criticas atacas por el óxido y la corrosión.
Respecto del particular, la empresa deberá presentar una propuesta avalada por un ingeniero donde se detalle específicamente: cómo solucionar los sectores estructurales corroídos por el óxido (vigas de apoyo, columnas, refuerzos, etc.) y el reemplazo de partes no estructurales dañadas (escalones, descansos, barandas, rejas de protección, tabiques ignífugos).
La meticulosidad y el detalle de resolución son consideradas escenciales para la evaluación de la oferta y determinantes en cuanto a definición.
Material de recubrimiento.
Posterior al tratamiento superficial, se procederá a la pintura de la totalidad de la escalera y demás ítems nombrados anteriormente.
Se aplicarán no menos de tres manos de esmalte sintético brillante con convertidor de oxido tipo VENIER SIMULTANEO o calidad similar equivalente. Los colores serán definidos por la OFICINA TECNICA del instituto. La empresa deberá de poner máxima atención al cubrimiento total de la superficie, para lo cual cada mano deberá ser totalizada individualmente para poder distinguir
fehacientemente la finalización de la misma y ordenar el comienzo de la siguiente una vez aprobado el trabajo.
En el caso particular de las vigas de soporte estructural reticuladas el tratamiento superficial una vez eliminado la totalidad del oxido, limpiado con productos desfosfatizantes y posterior limpieza se le darán dos manos completas del producto sika armatec 108 similar o equivalente y luego dos manos de pintura Sika poxicolor Autoimprimante similar o equivalente.
NO SE RECONOCERA COMO APLIACADA UNA NUEVA MANO DE PINTURA SIN SER APROBADA LA ANTERIOR POR EL INSTITUTO POR LO CUAL DEBERÁ DE EJECUTARSE EL TRABAJO NUEVAMENTE SIN COSTO PARA EL INDEC.
Aplicación de la pintura
Antes de la aplicación de cada mano de pintura se solicitará una inspección para aprobación de la superficie. Las pinturas se aplicarán por medio de soplete o pincel de acuerdo al sector que lo requiera, debiendo ser expresamente autorizado cualquier otro método de aplicación.
Se desechará la pintura que sea muy viscosa por evaporación del solvente, oxidación o vejez. No se agregarán diluyentes cuando se aplique a pincel.
No se aplicará pintura en días lluviosos o con humedad mayor de 85%. En caso de lluvia, clima húmedo y formación de agua de condensación, han de suspenderse los trabajos.
Tampoco podrá pintarse a temperaturas menores de 5ºC ni mayores de 40ºC en aire o en superficie. Las superficies a pintar deben estar perfectamente secas.
Entre cada mano deberán pasar no menos de 12 horas y se deberá lijar suavemente la capa anterior. Se tratarán con especial cuidado los cantos vivos de los perfiles, esquinas, tornillos y cualquier elemento particular. Los ángulos, esquinas y espacios intermedios difícilmente accesibles habrán de pintarse con un pincel específicamente diseñado para el caso. Habrá de tenerse cuidado para que la pintura que se aplique no forme gotas. No se podrá iniciar el pintado hasta la verificación de parte de OFICINA TECNICA de la protección de las superficies y elementos que no sean pintados.
Limpieza final.
La ADJUDICATARIA será responsable de realizar la limpieza de los vidrios y retiro de los escombros y restos de material, que resulten de los trabajos a ejecutarse en el sector.
Xxxxxxxx para realizar los trabajos:
Los trabajos se podrán ejecutar de lunes x xxxxxxx de 7.00 a 20.00 hs.
ANEXO II LISTA DE CANTIDADES
NOMBRE DE QUIEN REALIZA EL CONCURSO…………………… ..................................
Concurso de Precios No ..........................................................................................................
Objeto del llamado: …. ...........................................................................................................
Rubro/Item | Descripción | Unidad de Medida | Cantida d | Precio Unitari o | Precio Total del Rubro/Item |
1 | Reparación y Puesta en Valor xx Xxxxxxxx de Emergencia | 1 | 1 | ||
PRECIO TOTAL DE LA OFERTA |
Nota: el Contratante deberá completar la información de las primeras CUATRO (4) columnas, mientras que el Oferente deberá completar las DOS (2) restantes.
de de 20 .
Firma
(En carácter de)
Debidamente autorizado para firmar la oferta en nombre de
ANEXO III PLANOS
ANEXO IV
MODELO DE FORMULARIO DE LA OFERTA
Sres: [indicar Contratante] De nuestra consideración:
Tras haber examinado la Carta Invitación a Cotizar Precio y el Pliego de Bases y Condiciones recibido en su oportunidad, que rigen el presente método de contratación por Comparación de Precios, el/ los suscripto/ s ofrecemos ejecutar el Contrato de Construcción de la Obra Civil [indicar la Obra Civil objeto del Concurso de Precios], de conformidad con esas Condiciones y lo especificado en los Documentos del Proyecto de la Obra objeto de esta Comparación de Precios, por la suma de pesos ................................... ($ ) y en un plazo de … [indicar plazo] ….
Convenimos en mantener esta Oferta por un período de [indicar plazo] días a partir de la fecha de presentación de las Ofertas. La Oferta nos obligará y podrá ser aceptada en cualquier momento antes de que expire el período indicado.
Entendemos que Uds. no están obligados a aceptar la Oferta de Menor Xxxxxx ni cualquier otra de las que reciban.
Cualquier comisión o gratificación, si las hay, pagada o a ser pagada por nosotros a agentes en relación con esta Oferta y la ejecución del Contrato si nos es adjudicado, están indicadas a continuación:
Nombre y Dirección del Agente | Monto y moneda | Propósito de la Comisiones/ Bonificaciones y otras Compensaciones |
Nota. Si no hay comisiones, bonificaciones u otras compensaciones, indicar “ninguna”. Xxxxx y fecha: .................................................
Domicilio legal: ...............................................
..………………………… Firma, Aclaración y Cargo
Autorizado para firmar en nombre de (documentación probatoria adjunta)
ANEXO Vl
Elegibilidad para el suministro de bienes, la construcción de obras y la prestación de servicios en adquisiciones financiadas por el Banco
Lista de países miembros cuando el financiamiento provenga del Banco Interamericano de Desarrollo: Alemania, Argentina, Austria, Bahamas, Barbados, Bélgica, Belice, Bolivia, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Xxxxx Rica, Croacia, Dinamarca, Ecuador, El Xxxxxxxx, Eslovenia, España, Estados Unidos, Finlandia, Francia, Guatemala, Guyana, Haití, Honduras, Israel, Italia, Jamaica, Japón, México, Nicaragua, Noruega, Países Bajos, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, Xxxxx Unido, República xx Xxxxx, República Dominicana, República Popular de China, Suecia, Suiza, Surinam, Trinidad y Tobago, Uruguay, y Venezuela.
Territorios elegibles
a) Guadalupe, Guyana Francesa, Martinica, Reunión – por ser Departamentos xx Xxxxxxx.
b) Islas Vírgenes Estadounidenses, Puerto Rico, Guam – por ser Territorios de los Estados Unidos de América.
c) Aruba – por ser País Constituyente xxx Xxxxx de los Países Bajos; y Bonaire, Curazao, Sint Maarten, Sint Eustatius – por ser Departamentos xx Xxxxx de los Países Bajos.
d) Hong Kong – por ser Región Especial Administrativa de la República Popular de China.
Criterios para determinar Nacionalidad y el país de origen de los bienes y servicios
Para efectuar la determinación sobre: a) la nacionalidad de las firmas e individuos elegibles para participar en contratos financiados por el Banco y b) el país de origen de los bienes y servicios, se utilizarán los siguientes criterios:
A) Nacionalidad
a) Un individuo tiene la nacionalidad de un país miembro del Banco si satisface uno de los siguientes requisitos:
(i) es ciudadano de un país miembro; o
(ii) ha establecido su domicilio en un país miembro como residente “bona fide” y está legalmente autorizado para trabajar en dicho país.
b) Una firma tiene la nacionalidad de un país miembro si satisface los dos siguientes requisitos:
(i) esta legalmente constituida o incorporada conforme a las leyes de un país miembro del Banco; y
(ii) más del cincuenta por ciento (50%) del capital de la firma es de propiedad de individuos o firmas de países miembros del Banco.
Todos los socios de una asociación en participación, consorcio o asociación (APCA) con responsabilidad mancomunada y solidaria y todos los subcontratistas deben cumplir con los requisitos arriba establecidos.
B) Origen de los Bienes
Los bienes se originan en un país miembro del Banco si han sido extraídos, cultivados, cosechados o producidos en un país miembro del Banco. Un bien es producido cuando mediante manufactura, procesamiento o ensamblaje el resultado es un artículo comercialmente reconocido cuyas características básicas, su función o propósito de uso son substancialmente diferentes de sus partes o componentes.
En el caso de un bien que consiste de varios componentes individuales que requieren interconectarse (lo que puede ser ejecutado por el suministrador, el Contratante o un tercero) para lograr que el bien pueda operar, y sin importar la complejidad de la interconexión, el Banco considera que dicho bien es elegible para su financiación si el ensamblaje de los componentes individuales se hizo en un país miembro. Cuando el bien es una combinación de varios bienes individuales que normalmente se empacan y venden comercialmente como
una sola unidad, el bien se considera que proviene del país en donde este fue empacado y embarcado con destino al Contratante.
Para efectos de determinación del origen de los bienes identificados como “hecho en la Unión Europea”, estos serán elegibles sin necesidad de identificar el correspondiente país específico de la Unión Europea.
El origen de los materiales, partes o componentes de los bienes o la nacionalidad de la firma productora, ensambladora, distribuidora o vendedora de los bienes no determina el origen de los mismos
C) Origen de los Servicios
El país de origen de los servicios es el mismo del individuo o firma que presta los servicios conforme a los criterios de nacionalidad arriba establecidos. Este criterio se aplica a los servicios conexos al suministro de bienes (tales como transporte, aseguramiento, montaje, ensamblaje, etc.), a los servicios de construcción y a los servicios de consultoría.
ANEXO VIl. FORMULARIOS DE GARANTIAS
Garantía de Mantenimiento de la Oferta (Garantía Bancaria)
[Si se ha solicitado, el Banco/Oferente completará este formulario de Garantía Bancaria según las instrucciones indicadas entre corchetes.]
[indicar el Nombre del Banco, y la dirección de la sucursal que emite la garantía]
Beneficiario: [indicar el nombre y la dirección del Contratante]
Fecha: [indique la fecha]
GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA Nº [indique el número]
-
Se nos ha informado que [indique el nombre del Oferente; en el caso de una APCA, enumerar los nombres legales completos de los socios] (en adelante denominado “el Oferente”) les ha presentado su Oferta con fecha del [indicar la fecha de presentación de la Oferta] (en adelante denominada “la Oferta”) para la ejecución del [indique el nombre del Contrato] en virtud del Llamado a Concurso de Precios No. [indique el número del Llamado] (“el Llamado”).
Así mismo, entendemos que, de acuerdo con sus condiciones, una Garantía de Mantenimiento deberá respaldar dicha Oferta.
A solicitud del Oferente, nosotros [indique el nombre del Banco] por medio del presente instrumento nos obligamos irrevocablemente a pagar a ustedes una suma o sumas, que no exceda(n) un monto total de [indique la cifra en números expresada en la moneda del país del Contratante o su equivalente en una moneda internacional de libre convertibilidad] [indique la cifra en palabras] al recibo en nuestras oficinas de su primera solicitud por escrito, acompañada de una comunicación escrita que declare que el Oferente está incurriendo en violación de sus obligaciones contraídas bajo las condiciones de la Oferta, porque el Oferente:
(a) ha retirado su Oferta durante el período de validez establecido por el Oferente en el Formulario de la Oferta; o
(b) no acepta la corrección de los errores de conformidad con el pliego del Concurso de Precios; o
(c) habiéndole notificado el Contratante de la aceptación de su Oferta dentro del período de validez de la Oferta, (i) no firma o rehúsa firmar el Convenio, si así se le solicita, o (ii) no suministra o rehúsa suministrar la Garantía de Cumplimiento de conformidad con los Documentos del Concurso
de Precios.
Esta Garantía expirará (a) si el Oferente fuera el Oferente seleccionado, cuando recibamos en nuestras oficinas las copias del Contrato firmado por el Oferente y de la Garantía de Cumplimiento emitida a favor de ustedes por instrucciones del Oferente, o (b) si el Oferente no fuera el Oferente seleccionado, cuando ocurra el primero de los siguientes hechos: (i) haber recibido nosotros una copia de su comunicación informando al Oferente que no fue seleccionado; o (ii) haber transcurrido veintiocho días después de la expiración de la Oferta.
Consecuentemente, cualquier solicitud de pago bajo esta Garantía deberá recibirse en esta institución en o antes de dicha fecha.
Esta Garantía está sujeta a las Reglas Uniformes de la CCI relativas a las garantías contra primera solicitud” (Uniform Rules for Demand Guarantees), Publicación del CCI No. (ICC, por
sus siglas en inglés)
[Firma(s) del (de los) representante(s) autorizado(s)]
Garantía de Cumplimiento (Garantía Bancaria)
(Incondicional)
[El Banco/Oferente seleccionado que presente esta Garantía deberá completar este formulario según las instrucciones indicadas entre corchetes, si el Contratante solicita esta clase de garantía.]
[Indique el Nombre del Banco, y la dirección de la sucursal que emite la garantía]
Beneficiario: [indique el nombre y la dirección del Contratante]
Fecha: [indique la fecha]
GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO Nº [indique el número de la Garantía de Cumplimiento]
Se nos ha informado que [indique el nombre del Contratista] (en adelante denominado “el Contratista”) ha celebrado el Contrato Nº [indique el número referencial del Contrato] de fecha [indique la fecha] con su entidad para la ejecución de [indique el nombre del Contrato y una breve descripción de las Obras] en adelante “el Contrato”).
Así mismo, entendemos que, de acuerdo con las condiciones del Contrato, se requiere una Garantía de Cumplimiento.
A solicitud del Contratista, nosotros [indique el nombre del Banco] por este medio nos obligamos irrevocablemente a pagar a su entidad una suma o sumas, que no exceda(n) un monto total de [indique la cifra en números] [indique la cifra en palabras],3 la cual será pagada por nosotros en los tipos y proporciones de monedas en las cuales el Contrato ha de ser pagado, al recibo en nuestras oficinas de su primera solicitud por escrito, acompañada de una comunicación escrita que declare que el Contratista está incurriendo en violación de sus obligaciones contraídas bajo las condiciones del Contrato sin que su entidad tenga que sustentar su demanda o la suma reclamada en ese sentido.
Esta Garantía expirará no más tarde de veintiocho días contados a partir de la fecha de la emisión del Certificado de Posesión de las Obras, calculados sobre la base de una copia de dicho Certificado que nos será proporcionado, o en el [indicar el día] día del [indicar el mes] mes del [indicar el año],4 lo
3 El Garante (banco) indicará el monto que representa el porcentaje del Precio del Contrato estipulado en el Contrato y denominada en la(s) moneda(s) del Contrato o en una moneda de libre convertibilidad aceptable al Contratante.
4 Indique la fecha que corresponda veintiocho días después de la Fecha de Terminación Prevista. El Contratante deberá observar que en el caso de prórroga del plazo de terminación del Contrato, el Contratante necesitará solicitar una extensión de esta Garantía al Garante. Dicha solicitud deberá ser por escrito y presentada antes de la expiración de la fecha establecida en la Garantía. Al preparar esta Garantía el Contratante podría considerar agregar el siguiente texto al formulario, al final del penúltimo párrafo: “El Garante conviene
que ocurra primero. Consecuentemente, cualquier solicitud de pago bajo esta Garantía deberá recibirse en esta institución en o antes de esta fecha.
Esta Garantía está sujeta a las Reglas uniformes de la CCI relativas a las garantías pagaderas contra primera solicitud (Uniform Rules for Demand Guarantees), Publicación del CCI No. (ICC,
por sus siglas en inglés), excepto que el subpárrafo (ii) del subartículo 20 (a) está aquí excluido.
[Firma(s) del (los) representante(s) autorizado(s) del banco]
en una sola extensión de esta Garantía por un plazo no superior a [seis meses]/[ un año], en respuesta a una solicitud por escrito del Contratante de dicha extensión, la que será presentada al Garante antes de que expire la Garantía.”
Garantía Bancaria por Pago de Anticipo
[El Banco / Oferente seleccionado, que presenta esta Garantía deberá completar este formulario de acuerdo con las instrucciones indicadas entre corchetes, si en virtud del Contrato se hará un pago anticipado]
[Indique el Nombre del Banco, y la dirección de la sucursal que emite la garantía]
Beneficiario: [Nombre y dirección del Contratante]
Fecha: [indique la fecha]
GARANTÍA POR PAGO DE ANTICIPO Nº: [indique el número]
Se nos ha informado que [nombre del Contratista] (en adelante denominado “el Contratista”) ha celebrado con ustedes el contrato Nº [número de referencia del contrato] de fecha [indique la fecha del contrato], para la ejecución de [indique el nombre del contrato y una breve descripción de las Obras] (en adelante denominado “el Contrato”).
Así mismo, entendemos que, de acuerdo con las condiciones del Contrato, se dará al Contratista un anticipo contra una garantía por pago de anticipo por la suma o sumas indicada(s) a continuación.
A solicitud del Contratista, nosotros [indique el nombre del Banco] por medio del presente instrumento nos obligamos irrevocablemente a pagarles a ustedes una suma o sumas, que no excedan en total [indique la(s) suma(s) en cifras y en palabras]5 contra el recibo de su primera solicitud por escrito, declarando que el Contratista está en violación de sus obligaciones en virtud del Contrato, porque el Contratista ha utilizado el pago de anticipo para otros fines a los estipulados para la ejecución de las Obras.
Como condición para presentar cualquier reclamo y hacer efectiva esta garantía, el referido pago mencionado arriba deber haber sido recibido por el Contratista en su cuenta número [indique número] en el [indique el nombre y dirección del banco].
El monto máximo de esta garantía se reducirá progresivamente a medida que el monto del anticipo es reembolsado por el Contratista según se indique en las copias de los estados de cuenta de pago periódicos o certificados de pago que se nos presenten. Esta garantía expirará, a más tardar, al recibo en nuestra institución de una copia del Certificado de Pago Interino indicando que el ochenta (80) por ciento del Precio del Contrato ha sido certificado para pago, o en el [indique el número] día del [indique el mes] de [indique el año]6, lo que ocurra primero. Por lo tanto, cualquier demanda de pago
5 El Garante deberá indique una suma representativa de la suma del Pago por Xxxxxxxx, y denominada en cualquiera de
las monedas del Pago por Xxxxxxxx como se estipula en el Contrato o en una moneda de libre convertibilidad aceptable al Comprador.
6
bajo esta garantía deberá recibirse en esta oficina en o antes de esta fecha.
Esta garantía está sujeta a los Reglas Uniformes de la CCI relativas a las garantías pagaderas contra primera solicitud (Uniform Rules for Demand Guarantees), ICC Publicación Nº. ……...
firma(s) de los representante(s) autorizado(s) del Banco
ANEXO VIIl CONTRATA
Entre [Indicar nombre del Contratante], representado en este acto por el Señor [Indicar el nombre del representante], con domicilio en [Indicar la dirección del Contratante], en adelante EL CONTRATANTE, por una Parte y la Empresa [Indicar el nombre del Contratista], representado en este acto por [Indicar el nombre del representante legal del Contratista] , con domicilio en. [Indicar la dirección del Contratista, en adelante LA CONTRATISTA, por la otra Parte, se acuerda en celebrar el presente contrato sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: OBJETO. EL CONTRATANTE encomienda a LA CONTRATISTA, y esta acepta la ejecución de la siguiente Obra: [Describir la Obra objeto de la Invitación a Cotizar], que le fueran adjudicadas por el método de contratación por Comparación de Precios Nº ..../ 20.., del ... [Indicar nombre del Programa o Proyecto], financiado parcialmente con recursos xxx Xxxxxxxx
……/OC-AR, del Banco Interamericano de Desarrollo, en adelante el BID.
SEGUNDA: DOCUMENTACIÓN DE LA CONTRATACIÓN. Forman parte del presente contrato los documentos indicados en la Cláusula 20 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones que rige el procedimiento de la Comparación de Precios. La prelación de los documentos citados se interpretará con sujeción a lo dispuesto en la Cláusula 20 del citado Xxxxxx.
TERCERA: PRECIO. El Precio Global, Total y Único de la presente contratación, queda fijado en la suma de Pesos [Indicar el monto en letras].( [Indicar el monto en números].) - (IVA incluido), a valores del mes de [Indicar el mes base]. La Obra se ejecutará por la modalidad de contratación por Xxxxxx Xxxxxx, de conformidad con lo indicado en la Cláusula 2 del citado Pliego de Bases y Condiciones.
CUARTA: FORMA DE PAGO. EL CONTRATANTE abonará a LA CONTRATISTA el Precio
de la Obra mediante el pago de los Certificados de Obra mensuales conforme al avance de la obra que se verifique y [Si correspondiera, indicar el anticipo financiero], con ajuste a lo establecido en la Cláusula 31 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones. En cada pago EL CONTRATANTE efectuará la retención correspondiente al Fondo de Reparos de la Obra, fijado en la Cláusula 32 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones.
QUINTA: PLAZO DE EJECUCIÓN. LA CONTRATISTA se obliga a finalizar la totalidad de los trabajos y entregar la Obra objeto de este contrato en el plazo de [Indicar la cantidad de días en letras y números] días a contarse a partir de la fecha del Acta de Inicio de Obra, de conformidad con lo establecido en la Cláusula 24 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones.
SEXTA: OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA. LA CONTRATISTA se obliga a dar pleno
cumplimiento a todas las especificaciones técnicas y legales comprendidas en el Pliego de Bases y Condiciones que rigió el método de contratación por Comparación de Precios Nº ../ 20. Asimismo se obliga a tomar todas las medidas necesarias a efectos de que EL CONTRATANTE y el BID puedan
inspeccionar la Obra durante su ejecución.
LA CONTRATISTA tendrá una única relación contractual con el CONTRATANTE renunciando en forma expresa a cualquier pretensión de imputar corresponsabilidad contractual al BID.
SÉPTIMA: SANCIONES. La comisión xx xxxxxx o infracciones al Pliego u órdenes escritas de la Inspección de la Obra, la xxxx en la iniciación de los trabajos, en la terminación de los mismos y/o la paralización de los trabajos sin causa justificada, serán pasibles de las multas y demás sanciones establecidas en la Cláusula 26 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones.
OCTAVA: RESCISIÓN. El presente contrato podrá rescindirse por cualquiera de las causas y en orden a las disposiciones contenidas en las Cláusulas 37 a 42 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones.
NOVENA: GARANTÍA. LA CONTRATISTA ha afianzado el cumplimiento de las obligaciones emergentes del presente contrato mediante [Identificar la Garantía de Cumplimiento del Contrato].
DÉCIMA: RÉGIMEN DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS. En lo referente al
reconocimiento por parte del CONTRATANTE de las Redeterminaciones de Precio del Contrato que pudieran producirse en la Obra contratada, se procederá conforme lo establecido en la Cláusula 15 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones.
UNDÉCIMA: CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO – JURISDICCIÓN. Para todos los efectos
legales, las partes constituyen los siguientes domicilios especiales, EL CONTRATANTE en ... [Indicar dirección del Contratante], LA CONTRATISTA en [Indicar dirección del Contratista] , en los que tendrán validez todas las comunicaciones, notificaciones y/o intimaciones que deban practicarse y para la Resolución de Controversias procederán de conformidad con el procedimiento establecido en la Cláusula 43 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones y de no llegarse a un acuerdo aceptan someterse a la jurisdicción de los Tribunales [Identificar los Tribunales de la jurisdicción del Contratante], con expresa renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción.