FIRMADO POR
XXXXX XXXXXX XXXXXXXX MADRID RUBRICA. JEFA DEL SERVICIO DE CULTURA
17/04/2024
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXXX, A TRAVÉS DELA CONCEJALÍA DE CULTURA, Y LA ENTIDAD SOCIAL FUNDACIÓN SANTO Y REAL HOSPITAL XX XXXXXXX, RELATIVO A LA CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN NOMINATIVA PARA EL AÑO 2024, PARA AYUDA PARA OBRAS.
REUNIDOS
Excma. Xxx. Xx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Alcaldesa Presidenta en representación del Excmo.
Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx
17/04/2024
SANTO Y REAL HOSPITAL XX XXXXXXX
ENTIDAD 17/04/2024
De una parte, la EXCMA. SRA. Xx. XXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXXXXX,
Alcaldesa-Presidenta del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, con CIF P 3001600 J y domicilio en xxxxx Xxx Xxxxxx x.x 0, X. X. 30201, cargo del que tomó posesión en virtud del acuerdo del Pleno del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx de fecha 17 xx xxxxx de 2023.
Y de otra, el, HERMANO MAYOR DEL SANTO Y REAL HOSPITAL XX XXXXXXX, XXXXXXX MAYOR DEL SANTO Y REAL HOSPITAL DE XXXXXXX XXXX XXXX
XXXXXXX, con D.N.I. N.º 22.832.983 D en su condición de presidente de la entidad
FUNDACIÓN SANTO Y REAL HOSPITAL XX XXXXXXX, con CIF: G30.605331.
Ambos tienen y se reconocen capacidad legal para el otorgamiento del presente Convenio, y en base a ello
EXPONEN
El marco de cooperación con entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para el desarrollo y la operatividad de la competencia municipal en materia de cultura, de acuerdo con lo establecido en los artículos 25.2 m y 72 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, postulan la promoción de la iniciativa privada sin ánimo de lucro en la prestación de programaciones culturales y la coordinación de su actividad a nivel local, en beneficio de la más adecuada atención especializada de los colectivos con necesidades específicas.
INTERVIENEN
Ambas partes intervienen en función de sus respectivos cargos y en ejercicio de las competencias o facultades que les han sido conferidas, respectivamente, y se reconocen mutamente capacidad suficiente para la firma del presente Convenio, a cuyos efecto
DIRECTORA DE LA OFICINA DEL GOBIERNO MUNICIPAL (SELLO DE ORGANO)
17/04/2024 13:11
AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXXX Código Seguro de Verificación: H2AA A24X K7YF FCKP
CRUU
(2024-FIRCONV/1514) CONVENIO AYUNTAMIENTO Y SANTO Y REAL HOSPITAL XX XXXXXXX - SEFYCU 3059782
XXXXX XXXXXX XXXXXXXX MADRID RUBRICA. JEFA DEL SERVICIO DE CULTURA
17/04/2024
ACUERDAN
Excma. Xxx. Xx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Alcaldesa Presidenta en representación del Excmo.
Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx
17/04/2024
SANTO Y REAL HOSPITAL XX XXXXXXX
ENTIDAD 17/04/2024
1.- Objeto del Convenio.
El objeto de este Convenio es la ejecución de un proyecto de intervención en parte de la fachada del edificio del Santo y Real Hospital xx Xxxxxxx que tiene la ficha nº 160.448 del catálogo de elementos protegidos del Plan General Municipal de Ordenación, que obliga a la conservación de su fachada.
De este convenio de colaboración no se derivará. En ningún caso, relación laboral alguna entre el Ayuntamiento y los profesionales que lleven cabo la ejecución de las actividades que constituyen su objeto.
2.- Vigencia del Convenio.
El presente convenio permanecerá vigente desde su formlización hasta el 31 de diciembre de 2024.
3.- Compromisos del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx.
Por el presente Convenio el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, adquiere el compromiso de apoyar económicamente el desarrollo de la intervención en la fachada, con la cantidad de
15.000 €, con cargo a la aplicación presupuestaria, “HOSPITAL XX XXXXXXX 2024-01003- 3340-48003 15.000,00 €” del vigente Presupuesto Municipal.
A la firma del Convenio se podrá establecer el pago anticipado de hasta el 100 % de la subvención concedida, a partir de la fecha de resolución de la concesión previamente aceptada por el beneficiario y siempre y cuando se cumplan los requisitos del art 56.2 de las bases de ejecución de presupuesto del Ayuntamiento.
4.- Compromisos de la Asociación.
La Asociación FUNDACIÓN SANTO Y REAL HOSPITAL XX XXXXXXX, se
compromete con la firma de este Convenio a destinar la aportación económica a la ejecución de del objeto del convenio que no es otro que arreglar parte de la fachada deteriorada del santo y Real Hospital xx Xxxxxxx.
La FUNDACIÓN SANTO Y REAL HOSPITAL XX XXXXXXX, se compromete al
cumplimiento de las obligaciones previstas en el artículo 14 de la Ley38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como a las demás que resulten concordantes a la vista del régimen jurídico aplicable a la subvención, y en concreto:
Realizar en su término municipal, con cargo a dicha subvención, las actuaciones que se establecen en el presente convenio.
Justificar ante el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, el cumplimiento de los requisitos y condiciones que determinan la concesión de la subvención, así como la realización de la
DIRECTORA DE LA OFICINA DEL GOBIERNO MUNICIPAL (SELLO DE ORGANO)
17/04/2024 13:11
AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXXX Código Seguro de Verificación: H2AA A24X K7YF FCKP
CRUU
(2024-FIRCONV/1514) CONVENIO AYUNTAMIENTO Y SANTO Y REAL HOSPITAL XX XXXXXXX - SEFYCU 3059782
XXXXX XXXXXX XXXXXXXX MADRID RUBRICA. JEFA DEL SERVICIO DE CULTURA
17/04/2024
Excma. Xxx. Xx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Alcaldesa Presidenta en representación del Excmo.
Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx
17/04/2024
SANTO Y REAL HOSPITAL XX XXXXXXX
ENTIDAD 17/04/2024
actividad y el cumplimiento de la finalidad de la misma, en los plazos y términos previstos en el presente Convenio.
No destinar el importe de la subvención concedida a fines diferentes a aquél para el cual se concedió.
Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento y control a efectuar por el órgano concedente, así como, cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de estas funciones.
Comunicar al órgano concedente la concurrencia de cualquier circunstancia, tanto objetiva como subjetiva, que afecta a alguno de los requisitos exigidos para la concesión de la subvención.
Cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
5.- Verificación y Seguimiento de Convenio.
Para las actuaciones recogidas en el presente Xxxxxxxx, se establecerá un seguimiento técnico y económico por parte de personal especializado de la Concejalía de Cultura y con el fin de conocer el desarrollo de las mismas y el cumplimiento de tal finalidad, se constituirá una Comisión de Seguimiento, que constará de los siguientes miembros:
Por parte de la Concejalía de Cultura 1 ó 2 técnicos
Por FUNDACIÓN SANTO Y REAL HOSPITAL XX XXXXXXX hasta dos personas con competencia técnica designadas por la entidad.
6.- Justificación de la subvención.
En el plazo máximo de tres meses contados desde la finalización de la actividad subvencionada, el beneficiario deberá proceder a la justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en el acto de concesión dela subvención, mediante la presentación de la cuenta justificativa. Dicho plazo, salvo precepto en contra contenido en las bases particulares, podrá ser ampliado por un tiempo que no supere la mitad del plazo original
Las condiciones y el procedimiento para la concesión de la ampliación serán los establecidos en la normativa de procedimiento administrativo común.
Debiendo contener, tal y como se contempla en las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal, al siguiente documentación:
a) Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
b) Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y de los documentos justificativos, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de
DIRECTORA DE LA OFICINA DEL GOBIERNO MUNICIPAL (SELLO DE ORGANO)
17/04/2024 13:11
AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXXX Código Seguro de Verificación: H2AA A24X K7YF FCKP
CRUU
(2024-FIRCONV/1514) CONVENIO AYUNTAMIENTO Y SANTO Y REAL HOSPITAL XX XXXXXXX - SEFYCU 3059782
XXXXX XXXXXX XXXXXXXX MADRID RUBRICA. JEFA DEL SERVICIO DE CULTURA
17/04/2024
Excma. Xxx. Xx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Alcaldesa Presidenta en representación del Excmo.
Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx
17/04/2024
SANTO Y REAL HOSPITAL XX XXXXXXX
ENTIDAD 17/04/2024
pago. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto, se indicarán las desviaciones acaecidas.
c) Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a la que se hace referencia en el párrafo anterior y, en todo caso, la documentación acreditativa del pago. Las facturas pagadas al contado deberán ir acompañadas del extracto de la cuenta bancaria o movimiento de caja que indique el pago del mismo. Si el pago se realiza mediante cheque o transferencia se deberá adjuntar el documento bancario que acredita el pago (movimiento en la cuenta bancaria correspondiente) o de caja.
e) Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia, acompañando los documentos justificativos.
f) Los tres presupuestos que deba de haber solicitado el beneficiario, cuando el importe del gasto supere las cuantías establecidas en la Ley de Contratos del Sector Público excedan de lo previsto para el contrato menor
g) En su caso, la carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así como los intereses generados
h) Las certificaciones acreditativas de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
i) El beneficiario también tiene la obligación de justificar documentalmente cualquier otro requisito o condición que exija la concesión de la subvención.
j) En la difusión que, FUNDACIÓN SANTO Y REAL HOSPITAL XX XXXXXXX, pudiera realizar de las distintas actividades organizadas por ésta, se hará contar expresamente, la participación de la Concejalía de Cultura del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx.
7.- Responsabilidades y régimen sancionador
La FUNDACIÓN SANTO Y REAL HOSPITAL XX XXXXXXX, como beneficiaria de una subvención, queda sometida a las responsabilidades y régimen sancionador que, sobre infracciones y sanciones, establece la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
8.- Reintegro.
Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde el reintegro, cuando concurra cualquiera de las causas previstas en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones, sin perjuicio de lo establecido en los apartados siguientes.
Serán causas de reintegro total de las cantidades percibidas más los intereses de demora correspondientes, según proceda, las siguientes:
a) La no realización de las actuaciones que se relacionan en el convenio (y anexo si existiera), así como en los planes complementarios que se aprueben.
DIRECTORA DE LA OFICINA DEL GOBIERNO MUNICIPAL (SELLO DE ORGANO)
17/04/2024 13:11
AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXXX Código Seguro de Verificación: H2AA A24X K7YF FCKP
CRUU
(2024-FIRCONV/1514) CONVENIO AYUNTAMIENTO Y SANTO Y REAL HOSPITAL XX XXXXXXX - SEFYCU 3059782
XXXXX XXXXXX XXXXXXXX MADRID RUBRICA. JEFA DEL SERVICIO DE CULTURA
17/04/2024
Excma. Xxx. Xx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Alcaldesa Presidenta en representación del Excmo.
Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx
17/04/2024
SANTO Y REAL HOSPITAL XX XXXXXXX
ENTIDAD 17/04/2024
b)La ausencia total de justificación de las actuaciones subvencionadas.
Serán causas de reintegro parcial de las cantidades percibidas más los intereses de demora, según proceda, las siguientes:
a) La justificación insuficiente o incorrecta de la actuación subvencionada, dará lugar al reintegro de la subvención concedida en la parte no justificada más intereses.
b) La no realización de alguna de las actuaciones que se relacionan en este convenio (Y ANEXO), en el importe correspondiente a la financiación de esa actuación.
c) La ejecución parcial de las actuaciones que se relacionan en este convenio. En este caso, la obligación de reintegro se limitará la importe de subvención no ejecutada.
9.- Continuidad del Convenio.
La posible renovación del Convenio, que en todo caso exigirá acuerdo expreso del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, queda supeditada a las siguientes condiciones:
- Que se mantengan las mismas condiciones de necesidad que justifican la existencia del programa.
- Que se justifiquen de forma correcta los Convenios anteriores
- Que se mantenga el grado de operatividad previsto en el presente convenio
10.- Causas de resolución del Convenio.
Serán causas de rescisión del presente Convenio las siguientes:
- El mutuo acuerdo
- El incumplimiento de los fines pactados y de los compromisos adquiridos en el mismo.
- La aparición de causas que hagan imposible su continuación, por cualquier otra causa legalmente prevista.
- Por finalización del plazo establecido.
- Asimismo, podrá ser resuelto por decisión motivada de una de ellas, que deberá comunicarse por escrito a la otra parte, al menos con un mes de antelación a la fecha prevista de resolución.
11.- Ordenación e instrucción del procedimiento.
La ordenación e instrucción del procedimiento corresponderá a la Concejalía de Cultura (en consonancia con el objeto y la clasificación funcional y económica del crédito presupuestario), mientras que el órgano municipal competente para la aprobación del Convenio es la Junta de Gobierno, salvo que haya sido delegada, y todo ello previa fiscalización por la Intervención Municipal.
En lo que se refiere a su formalización, el órgano competente es la Alcaldesa-Presidenta, de acuerdo con el artículo 21.1b) de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local.
DIRECTORA DE LA OFICINA DEL GOBIERNO MUNICIPAL (SELLO DE ORGANO)
17/04/2024 13:11
AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXXX Código Seguro de Verificación: H2AA A24X K7YF FCKP
CRUU
(2024-FIRCONV/1514) CONVENIO AYUNTAMIENTO Y SANTO Y REAL HOSPITAL XX XXXXXXX - SEFYCU 3059782
XXXXX XXXXXX XXXXXXXX MADRID RUBRICA. JEFA DEL SERVICIO DE CULTURA
17/04/2024
Excma. Xxx. Xx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Alcaldesa Presidenta en representación del Excmo.
Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx
17/04/2024
SANTO Y REAL HOSPITAL XX XXXXXXX
ENTIDAD 17/04/2024
12.- Protección de datos.
Las partes firmantes del presente Convenio quedan informadas de que los datos de representantes o personas de contacto recogido en el mismo o facilitado entre ellas con motivo de su ejecución, serán tratados por cada parte con la finalidad de regular y gestionar el presente Convenio.
Cada parte reconoce a los titulares de tales datos la posibilidad de ejercitar sus derechos de acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos contemplados en la normativa mediante comunicación dirigida al Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx.
Cada una de las pares firmantes tratará los datos personales recabados como consecuencia del presente Convenio, según lo establecido en la vigente normativa, cumpliendo con los principios establecidos en la normativa de protección de datos y adoptando las medidas de seguridad necesarias en cada caso.
De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantías de los Derechos Digitales, y con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), ambas partes se autorizan para el tratamiento de los datos personales indicados en este convenio, que serán incluidos en sus respectivos sistemas de información con las finalidades que se desprenden de forma directa de la presente relación, y con los límites derivados de la misma. Asimismo, las partes garantizan la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad de datos y a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas dirigiendo sus solicitudes por escrito a la otra parte.
Cada parte se compromete a tratar de manera confidencial los datos personales de la otra que le sean facilitados en el marco de la relación mantenida, a tratarlos de acuerdo con la normativa de protección de datos personales, y a no utilizarlos exclusivamente con las anteriores finalidades.
13.- Notificación y publicación. Transparencia y acceso a la información pública.
El Acuerdo de aprobación del Convenio se notificará a la entidad beneficiaria.
El convenio, una vez suscrito, deberá ser puesto a disposición de los ciudadanos en el correspondiente Portal de Transparencia, en aplicación de lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, así como en la Ley 12/2014, de 16 de diciembre, de Transparencia y Participación Ciudadana de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx y demás normativa de desarrollo de las misma.
Asimismo, se publicará la convocatoria instrumental en la BNDS, de acuerdo con la obligatoriedad de dar publicidad de todas las subvenciones y ayudas públicas establecida e el
DIRECTORA DE LA OFICINA DEL GOBIERNO MUNICIPAL (SELLO DE ORGANO)
17/04/2024 13:11
AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXXX Código Seguro de Verificación: H2AA A24X K7YF FCKP
CRUU
(2024-FIRCONV/1514) CONVENIO AYUNTAMIENTO Y SANTO Y REAL HOSPITAL XX XXXXXXX - SEFYCU 3059782
XXXXX XXXXXX XXXXXXXX MADRID RUBRICA. JEFA DEL SERVICIO DE CULTURA
17/04/2024
Real Decreto 130/2019, de 8 xx xxxxx, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas.
14.- Régimen jurídico aplicable
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, conforme a lo dispuesto en los artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Excma. Xxx. Xx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Alcaldesa Presidenta en representación del Excmo.
Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx
17/04/2024
SANTO Y REAL HOSPITAL XX XXXXXXX
ENTIDAD 17/04/2024
La subvención que se concede en virtud de este convenio se regirá, además de por lo establecido en él, por la normativa contenida en la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local y en el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como la Ley 27/2013 de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.
15.- Resolución de conflictos
Cualquier cuestión litigiosa que pudiera surgir entre las partes en cuanto a su aplicación y cumplimiento, que no pudiera resolverse por la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula décima, será sustanciada ante la jurisdicción contenciosa-administrativa.
Y, en prueba de conformidad con lo acordado, lo firman en lugar y fecha indicados.
En Cartagena, a fecha de la firma electrónica que aparece en el margen.
DIRECTORA DE LA OFICINA DEL GOBIERNO MUNICIPAL (SELLO DE ORGANO)
17/04/2024 13:11
AYUNTAMIENTO XX XXXXXXXXX Código Seguro de Verificación: H2AA A24X K7YF FCKP
CRUU
(2024-FIRCONV/1514) CONVENIO AYUNTAMIENTO Y SANTO Y REAL HOSPITAL XX XXXXXXX - SEFYCU 3059782