U nidad 6. Los contratos informáticos
I
nformática
jurídica
U
nidad
6. Los contratos informáticos
Presentación |
En el sentido más amplio, los contratos informáticos abarcan todos aquellos convenios cuyo objeto sea un bien o servicio informático, independientemente de la vía por la que se celebren, el objeto del contrato, por lo tanto, sería la prestación de un servicio informático. Estos contratos se pueden clasificar entre los siguientes elementos: uso de software y desarrollo de sistemas; la forma en que se otorgará la transmisión de los derechos, puede ser compraventa, comodato y leasing, estableciendo la diferencia entre el contrato de software y hardware. En esta unidad podrás analizar el concepto, la clasificación y las características de los contratos sobre software y hardware, así como qué es el comercio informático y la firma digital como elementos con validez jurídica. |
Objetivo |
Distinguir los elementos y características de los contratos sobre software y hardware a través del análisis de su concepto, clasificación y aspectos generales del comercio informático y la firma digital, para reconocer cómo se elaboran los contratos por medio de Internet. |
6.1 Concepto |
Se denomina contratación electrónica o por medios informáticos, a aquellos acuerdos que se realizan mediante el uso de algún elemento electrónico, con influencia decisiva, real y directa sobre la formación de la voluntad, y en la interpretación de acuerdos. En sentido amplio, este tipo de contratación comprende todos los contratos que se celebren por medios electrónicos o telemáticos, pero desde el punto de vista restringidos, se consideran tales, aquellos que se celebran mediante EDI, es decir, mediante la transmisión electrónica de datos de ordenador a ordenador.
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6.2 Clasificación |
L Otra clasificación de estos se da por el negocio jurídico que se celebre, puede ser de venta de equipo informático de programas, pudiendo ser por leasing, también el arrendamiento o compraventa, y la proveeduría de bienes y servicios informáticos. |
6.3 Contratos sobre software y hardware |
El software se refiere al equipamiento lógico o soporte lógico de un computador digital, éste se transmite mediante un contrato de licencia entre el licenciante o titular de los derechos de explotación o distribución, y el licenciatario o usuario del programa informático, para utilizar el software debe de cumplir con los términos y condiciones establecidos dentro de las cláusulas, las licencias pueden establecer la cesión de determinados derechos del propietario al usuario final. Mientras que el hardware nunca se da mediante licencia, ya que es la parte del computador, es decir, todos los componentes de la estructura física forman parte del hardware, éste se transmite mediante la compraventa, o mediante el arrendamiento o leasing. |
Recursos |
Para ampliar la información que has analizado hasta el momento, te invito a revisar los siguientes recursos:
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6.4 Los contratos por medio de Internet |
L Por su forma de ejecución, el contrato de comercio electrónico se divide en directo e indirecto, el directo es aquel que permite la entrega virtual de bienes inmateriales o la prestación de servicios que no precisen la presencia física del prestador, la cual puede ser inmediata o diferida, por ejemplo, la adquisición de licencias de uso de programas informáticos, o derechos de canciones y vídeos o servicios virtuales, gestión de pagos etc. Mientras que, los indirectos son aquellos que requieren la entrega física de bienes materiales, como la compra de cartuchos, o la contratación de servicios para realizar algo, incluso, contratar servicios jurídicos o de mantenimiento. |
6.5 El comercio informático |
E El comercio electrónico es una metodología moderna que permite hacer negocios, detectando la necesidad de las empresas, y auxiliando a comerciantes y consumidores a reducir costos, y mejorando la calidad los productos ofrecidos. Además de esto, logra disminuir el tiempo de entrega de bienes y servicios; por lo tanto, no debe seguirse contemplando el comercio electrónico como una simple tecnología, sino como el uso de la tecnología para mejorar los procesos de las actividades empresariales. El comercio electrónico se puede entender, entonces, como cualquier forma de transacción comercial en la cual las partes involucradas interactúan de manera electrónica, en lugar de hacerlo de forma tradicional, físicamente. Hoy en día, la manera de comerciar se caracteriza por el mejoramiento constante de los procesos de abastecimiento, mientras que el comercio electrónico ha logrado una mejora en las compraventas u operaciones a escala que se dan en el comercio internacional, el mercado global. |
6.6 La firma digital |
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Recursos |
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Conclusión |
Los contratos informáticos surgen ligados a la inminente comercialización de las computadoras, ya que éstas han sido incorporadas al ámbito de los negocios, lo que originó su rápida comercialización, así como la proliferación de contratos en materia informática, cuya redacción significó una notoria diferencia respecto a lo que podríamos llamar los contratos clásicos sobre todo por la terminología usada, en un principio se englobaba en un solo contrato pero con el tiempo se han ido perfeccionando y especificando la función de cada uno de ellos. |
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Maestría en Derecho Corporativo