PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO, DE LOS SERVICIOS DE SOCORRISTAS ACUÁTICOS DE LAS PISCINAS MUNICIPALES DE ASTILLERO, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO, DE LOS SERVICIOS DE SOCORRISTAS ACUÁTICOS DE LAS PISCINAS MUNICIPALES XX XXXXXXXXX, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO
El Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx dispone de una piscina cubierta polivalente y otras descubiertas, destinadas al uso lúdico-recreativo y deportivo, donde se desarrollan e imparten una serie de programas acuáticos desde diferentes objetivos: utilitarios, de salud, educativos, mejora de la condición física, etc., todas desde una oferta deportiva basada principalmente en cubrir las necesidades de los usuarios y por otro lado de intentar ofertar las novedades en el medio acuático teniendo en cuenta las características y especificaciones de la instalación.
Por lo tanto es objeto de este contrato de prestación de servicios la contratación del servicio de socorristas acuáticos.
1. DEFINICIÓN DEL CONTRATO.
El presente pliego tiene por objeto regular, establecer y planificar las condiciones técnicas que han de regir, en el contrato por procedimiento abierto, de los servicio de socorristas acuáticos para las piscinas municipales xx Xxxxxxxxx.
2. EXTENSIÓN Y FORMA.
El contrato y por lo tanto la ejecución del servicio propuesto, objeto de este pliego, tiene una duración de dos años, contado a partir de la fecha de formalización del mismo, siendo susceptible de una prórroga por años sucesivos hasta el máximo de cuatro años, con los mismos condicionantes que recoge este Pliego.
3. TIPO DE LICITACIÓN.
El tipo orientativo de licitación para un año será de 93.000,00 euros, iva incluido, abonándose por parte del ayuntamiento mediante facturación mensual y a mes vencido, especificando claramente el contratista el número de horas.
Tal y como se indica en el párrafo anterior aunque existe un tipo orientativo de licitación la facturación mensual se realizará en función del número real de horas que se hayan desarrollado en el periodo de facturación por tal motivo en la oferta se deberá reflejar el precio hora de cada socorrista.
4. DESCRIPCIÓN DE LAS PRESTACIONES.
El personal a contratar deberá poseer el título oficialmente reconocido de salvamento acuático y primeros auxilios, según se recoge en la normativa vigente de piscinas de uso público en base al Decreto 72/2008, de 24 de julio por el que se aprueba el Reglamento Sanitario de Piscinas de Uso Colectivo de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC núm. 199 de 15 de octubre de 2008), modificado por el Decreto 56/2009, de 24 de julio (BOC núm. 132 de 10 de julio de 2009).
Funciones de los socorristas acuáticos.
1. Vigilar permanentemente los vasos de las piscinas.
2. Socorrer a todos aquellos bañistas y demás personas que se encuentren en la instalación.
3. Colaborar con los servicios médicos de emergencia en el caso de suceder cualquier accidente en la instalación hasta el inicio del traslado a los centros sanitarios.
4. Responsabilizarse de la organización de los medios, instrumentales y materiales a su cargo.
5. Cumplir y hacer cumplir la normativa de seguridad y comportamiento específica de las piscinas municipales. así como la normativa vigente en base al Decreto 72/2008, de 24 de julio por el que se aprueba el Reglamento Sanitario de Piscinas de Uso Colectivo de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC núm. 199 de 15 de octubre de 2008), modificado por el Decreto 56/2009, de 24 de julio (BOC núm. 132 de 10 de julio de 2009).
6. Supervisar el correcto estado de los vasos, andenes, corcheras y demás elementos que afecten al baño y contribuir a subsanar carencias o fallos de ubicación, en la medida de sus posibilidades, así como colaborar en su mantenimiento, para el correcto desarrollo de la actividad.
7. Realizar un parte diario sobre incidencias y desarrollo de la jornada.
8. Mantener en todo momento el necesario decoro personal y la debida corrección y respeto hacia los usuarios.
9. Colaborar con el personal de mantenimiento y limpieza para el correcto estado del agua.
10. Colaboración con el resto de personal de la instalación para el control de usuarios y cumplimiento de normativa.
11. Todas aquellas funciones que, a pesar de no haberse especificado, correspondan al puesto de trabajo.
5. TAREAS A REALIZAR.
El adjudicatario será el responsable único del funcionamiento de los servicios objeto del contrato dimanante de la adjudicación, debiendo prestar especial atención a su responsabilidad en los siguientes apartados:
Respecto al personal que asigne a la ejecución del contrato:
□ Las empresas licitadoras al servicio deberán especificar en la propuesta los socorristas durante los horarios propuestos en las distintas instalaciones y resto de personal que pondrán a disposición del contrato, especificando titulaciones (Xxxx Xxxx o Federación Española de Salvamento y Socorrismo) y cursos de que disponen.
□ Con una antelación de 10 días al comienzo de la prestación la empresa adjudicataria presentará la relación nominal del personal, con nombre y apellidos y documentación acreditativa de titulación, cursos, etc.
□ Tomando como referencia el personal ofertado en el momento de la licitación, conservará la proporción de socorristas y sus titulaciones durante la vigencia del contrato y sus posibles prórrogas.
□ Cuando, por causas de fuerza mayor, algún miembro del personal inicialmente designado no pueda prestar el servicio, el adjudicatario estará obligado a sustituirlo por personal de igual o superior titulación.
□ Los adjudicatarios deberán tener previsto un sistema de reemplazo de socorristas en función de las exigencias del contrato, la plantilla disponible y su cualificación, que responda con la agilidad necesaria en casos de baja o falta de asistencia de algún miembro del personal, de tal forma que el servicio siempre esté garantizado en un plazo máximo de 4 horas.
□ Será responsabilidad de la empresa adjudicataria el conocimiento por parte de su personal del horario, reglamento de uso de las instalaciones implicadas y protocolos de actuación.
□ Los contratistas serán responsables de la formación y perfeccionamiento técnico de su personal, con un constante reciclaje a fin de poder incorporar nuevas técnicas para beneficio de los ciudadanos.
□ Por parte de la empresa adjudicataria se observará en todo momento la normativa de seguridad e higiene en el trabajo, siendo única responsable de la falta de aplicación de las referidas normas, declinando el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx cualquier responsabilidad al respecto.
□ Nombrar interlocutor único y dotarle de los medios de comunicación descritos al efecto.
□ Planificar el servicio de acuerdo a las pautas dictadas por el Ayuntamiento.
Respecto a instalaciones y equipamientos:
□ Las empresas adjudicatarias velarán, en el ejercicio de sus funciones, por el cumplimiento de las normas de uso y servicios de las instalaciones deportivas donde se desarrollen los programas, tanto por parte de su personal como de los usuarios.
□ Serán responsables del buen uso y cuidado del equipamiento puesto a su disposición por el Organismo para su utilización en la ejecución del contrato.
Respecto a los usuarios:
□ Ofrecerán a los usuarios cuanta información les sea requerida respecto a la funciones de su competencia.
Respecto al Ayuntamiento:
□ En ningún caso los adjudicatarios podrán hacer publicidad de ningún orden de actividades ajenas a las programaciones del Ayuntamiento.
□ Presentarán informes de gestión con carácter trimestral que habrán de recoger los datos e información sobre la población atendida, incidencias ocurridas y respuesta a las mismas, actividades desarrolladas, resultados obtenidos, así como las sugerencias que considere oportunas para la mejora del servicio.
□ La empresa adjudicataria se compromete a una dirección técnica del objeto del contrato en base a los aspectos que a continuación se detallan, bajo la supervisión y seguimiento de los responsables técnicos del ayuntamiento, por tal motivo:
□ El Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx podrá, en función de las necesidades, variar los horarios, grupos y actividades, así como suspender o anular cualquiera de ellos. Previa notificación a la empresa.
□ El adjudicatario dispondrá de un coordinador con conocimientos suficientes para realizar la función de coordinación técnica de todo el programa descrito en el presente pliego. Además hará las funciones de nexo entre la empresa y el Concejal o técnico de deportes propuesto por el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx.
□ La empresa contratista será la responsable de que todo su personal asista a la instalación con buena presencia, así como completamente uniformada como mínimo con pantalón, bañador y suéter; y que durante toda su permanencia en la misma tenga un correcto comportamiento así como una actitud corporal adecuada.
6.- PERSONAL TÉCNICO DE ADSCRIPCIÓN OBLIGATORIA; CUALIFICACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Para la ejecución del contrato resultante de la adjudicación la empresa asignará el personal necesario debidamente cualificado según las exigencias del presente pliego.
Cualificación:
La cualificación del personal, exigida para dar cumplimiento al contrato, viene contemplada en el Decreto 72/2008, de 24 de julio por el que se aprueba el Reglamento Sanitario de Piscinas de Uso Colectivo de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC núm. 199 de 15 de octubre de 2008), modificado por el Decreto 56/2009, de 24 de julio (BOC núm. 132 de 10 de julio de 2009).en el que se hace referencia expresa a que el personal debe estar titulado en Salvamento y Socorrismo Acuático. Los socorristas acuáticos deben poseer la titulación válida para el desarrollo de actividades de salvamento y socorrismo acuático expedida por Organismo competente o entidad privada cualificada y homologada.
Se considerará como mejora, puntuable en aplicación de los criterios de adjudicación, la posesión por parte del personal socorrista asignado a la ejecución del contrato, de certificados acreditativos de haber realizado curso/s sobre manejo de desfibriladores externos automáticos o semiautomáticos.
Funciones:
- Prevención y vigilancia
- Actuación en caso de accidentes
- Prestación de primeros auxilios
- Mantenimiento del botiquín.
7. MEDIOS MATERIALES Y SUMINISTROS.
Todo el material necesario para el desarrollo de la actividad correrá a cargo del Ayuntamiento, siendo responsabilidad de la entidad adjudicataria su buen uso y conservación.
El utillaje de trabajo del personal necesario será de cuenta y cargo de la empresa adjudicataria.
El personal asignado a la ejecución del contrato deberá estar obligatoriamente uniformado con ropa y calzado deportivo durante el ejercicio de sus funciones. El vestuario exigido debe reunir además las siguientes características:
- Polo de color blanco con distintivo que identifique claramente al socorrista, tanto en la parte anterior como posterior. En la espalda figurará la inscripción SOCORRISTA en tamaño no inferior a 20 cm. de largo.
- Bañador de color rojo
- Chanclas
- Silbato
8. CONTROL E INSPECCION.
El control y seguimiento del servicio prestado por la empresa contratista realizado será asumido por quien ostente la condición de responsable de la instalación en cada momento, siendo el responsable inicialmente en solucionar cualquier inconveniente e imprevisto en primera instancia.
Con independencia de lo anterior, el Ayuntamiento podrá inspeccionar el trabajo efectuado, en cualquier momento, cuando lo crea oportuno, a través del Concejal o Técnico Deportivo Municipal o persona designada al efecto, quien emitirá informe motivado si advirtiera deficiencias en la prestación de las actividades, de conformidad con lo establecido en las presentes Bases, a los efectos prevenidos en el apartado de Infracciones.
9. INFRACCIONES Y SANCIONES.
Serán infracciones cualquier omisión a las especificaciones contenidas en las presentes Bases, la omisión a las instrucciones del Responsable de la instalación, así como cualquier actuación negligente o aptitud improcedente del personal asignado, dentro del centro, que pudiera causar perjuicios a los intereses del Ayuntamiento.
El incumplimiento por el contratista de sus obligaciones, que no derive en la resolución del contrato y, sin perjuicio del derecho a la indemnización por daños y perjuicios, se podrá sancionar hasta un importe máximo de 150 € por cada hecho que resulte probado y por cada día que persista sin conseguir su normalización o corrección.
En Astillero a 13 xx Xxxx de 2014
EL ALCALDE EL SECRETARIO
Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx X. Cuerno Xxxxx
PISCINAS MUNICIPALES
ANEXO I.-
1.- HORARIOS DE APERTURA DE LA PISCINA CUBIERTA DE LA CANTÁBRICA:
- Días laborables: de 7:30 a 22:15 horas
- Sábados: de 9:00 a 21:45 horas
- Días Festivos: de 9:00 a 13:45 horas
- Los días 24, 25 y 31 de diciembre; 1 y 6 de enero; 19 xx xxxxx; 1 de noviembre; 1 y Fiesta de Sta. Xxxx en Mayo, la piscina permanecerá cerrada.
La piscina permanecerá también cerrada durante el mes xx xxxxxx para labores de mantenimiento.
2.- HORARIOS DE APERTURA DE LAS PISCINAS DESCUBIERTAS DE LA CANTÁBRICA:
- Todos los días de 10:15 a 20:00 horas
Estas piscinas solo permanecerán abiertas en periodo estival, preferentemente entre el 15 xx xxxxx y el 15 de septiembre.
3.- HORARIOS DE APERTURA DE LAS PISCINAS DESCUBIERTAS XX XXXXXXXX:
- Todos los días de 12:00 a 20:00 horas
Estas piscinas solo permanecerán abiertas en periodo estival, preferentemente entre el 15 xx xxxxx y el 15 de septiembre.