Buenos Aires,
“Año del Xxxxxxxxxxxx xxx Xxxxxxxx xx xxx Xxxxxxx Xxxxxx”
0000
Xxxxxx Xxxxx,
Ref.: Expte n° 024-99-81645686-6-682
Contratación del servicio de SMS
Contratación Directa Nº 24/15
SRES. AMX ARGENTINA S.A.
TELEFONICA DE ARGENTINA S.A.
NEXTEL COMMUNICATIONS ARGENTINA S.R.L.
TELECOM ARGENTINA S.A.
A quien corresponda
S / D
Presente
Me dirijo a ustedes, a fin de solicitarles tengan a bien efectuar la cotización de los servicios detallados en el punto 1) de la presente.
1) OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
La presente tiene por objeto la contratación del servicio de SMS por un período de DOCE (12) meses o hasta agotar la cantidad de DOCE MILLONES (00.000.000) de SMS, lo que ocurra primero, o hasta el momento en que corresponda implementar el Acuerdo Xxxxx previsto en el Decreto N°1190/12, considerando que el contrato finalizará cuando cualquiera de las citadas circunstancias ocurra en primer término, en un todo de acuerdo con lo requerido en la presente Invitación.
Código de Catálogo |
R |
Descripción |
Cantidad |
000-00000-0000 |
1 |
Servicio de mensajes cortos de texto para responder a los usuarios de AMX ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA |
12.000.000 |
000-00000-0000 |
2 |
Servicio de mensajes cortos de texto para responder a los usuarios de TELEFONICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA |
12.000.000 |
000-00000-0000 |
3 |
Servicio de mensajes cortos de texto para responder a los usuarios de NEXTEL COMMUNICATIONS AGRENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA |
12.000.000 |
000-00000-0000 |
4 |
Servicio de mensajes cortos de texto para responder a los usuarios de TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA |
12.000.000 |
2) CONDICIONES GENERALES
Las ofertas deberán cumplir con los requerimientos indicados en la presente Invitación.
Dichos requerimientos son considerados mínimos, pudiendo los Oferentes presentar ofertas alternativas en los términos del artículo 71 del Anexo al Decreto N° 839/12. Se efectuarán sobre planillas de similar diseño al de la Planilla de Cotización provista con la presente, mientras que se deberá explicar claramente, todas las soluciones técnicas o económicas que la diferencian de la oferta básica.
3) CONDICIONES DE LA OFERTA
Alcance del servicio
Según Especificaciones Técnicas.
4) COTIZACION
Las Ofertas deberán ser expresadas en MONEDA NACIONAL, incluyendo el I.V.A. sin discriminar, en atención a que ANSES reviste ante el Impuesto al Valor Agregado el carácter de “I.V.A. EXENTO”, siendo su Clave Única de Identificación Tributaria la Nº 33-00000000-0.
Si el total consignado para el renglón no respondiera al precio unitario, se tomará este último como precio cotizado.
El precio cotizado será el precio final que deberá pagar el organismo contratante por todo concepto, según art. 70 de la Reglamentación aprobada por el Decreto Nº 893/12.
Asimismo, serán por cuenta del adjudicatario los gastos establecidos en el art. 123 de dicha Reglamentación.
No será aceptada la oferta que incluya abonos mensuales, dado que ANSES abonará por los servicios de SMS efectivamente prestados.
Tampoco será tenida en consideración la oferta que modifique o condicione las cláusulas del presente Pliego de Bases y Condiciones y/o impliquen apartarse del régimen aplicado. Los oferentes podrán ser pasibles de las penalidades y/o sanciones establecidas en el art. 29 del Decreto 1023/01, conforme el régimen previsto en los capítulos V y VI, del Título III del citado Reglamento.
5) FORMA DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS
5.1 Presentación
Las Ofertas serán presentadas en la forma establecida en los artículos 62 a 64 y 70 del Reglamento aprobado por el Decreto 893/12
En consecuencia, la Oferta deberá presentarse:
Redactada en idioma nacional;
Incluyendo firma y aclaración del oferente o sus representantes, en todas las fojas de la oferta, muestras, folletos, catálogos, declaraciones juradas, etc.
En original y duplicado, debiendo salvarse las enmiendas y/o raspaduras si las hubiere.
En sobres, cajas o paquetes perfectamente cerrados, debiendo consignar en su cobertura la identificación del procedimiento de selección al que corresponden, precisándose el lugar, día y hora del Acto de Apertura.
Las fojas de cada juego de Oferta y toda la documentación que integre la misma deberán identificarse con el rótulo “ORIGINAL” y/o “DUPLICADO”, según corresponda.
El juego “ORIGINAL” constituirá el “Fiel de la Oferta” y deberá estar firmado en todas sus hojas por el Oferente o su representante.
En consecuencia, las copias sólo tendrán validez en la medida de que coincidan con el “ORIGINAL”. Cualquier discrepancia que surja entre el original y sus copias, será de exclusivo riesgo del Oferente y ANSES resolverá el caso teniendo en cuenta el juego firmado y sellado como “ORIGINAL”.
La oferta especificará el precio unitario y cierto, en números, con referencia a la unidad de medida establecida en el presente Pliego, y el total general de la oferta, expresado en letras y números.
La oferta ORIGINAL deberá estar foliada y las copias que integran la misma deberán estar certificadas y/o autenticadas. Asimismo, se deberá indicar el número total de fojas que la integran.
5.2 Contenido de las ofertas
Las ofertas deberán contener toda la documentación que se detalla a continuación, respetando el orden en que se lo solicita:
LA PROPUESTA ECONÓMICA BÁSICA, en la Planilla de Cotización provista con las presentes, o en su defecto en una de idéntico contenido y similar diseño, por duplicado.
LAS OFERTAS ALTERNATIVAS, de conformidad con lo establecido en el artículo 71 del Reglamento aprobado por el Decreto 893/12, se efectuaran en lo que a precios se refiere (Ej. Descuento por volumen), sobre planillas de diseño similar al de la Planilla de Cotización provista con las presentes, mientras que se deberá explicar claramente con las ofertas, todas las soluciones técnicas o económicas que las diferencian de la oferta básica.
DECLARACIÓN JURADA CONSTITUYENDO DOMICILIO ESPECIAL Y DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO, que se adjunta a la presente, suscripta por el oferente, donde serán válidas todas las comunicaciones que se cursen, o en su defecto una de idéntico contenido. El domicilio podrá ser constituido en cualquier parte del territorio nacional o en el extranjero, en éste último caso, siempre que no cuente con domicilio o representación legal en el país, situación que deberá acreditarse mediante declaración jurada.
CERTIFICADO FISCAL PARA CONTRATAR: Para aquellos supuestos en que el monto total de la Oferta resultara igual ó mayor a PESOS CINCUENTA MIL ($50.000), la aptitud para contratar a que se refiere el artículo 28, inciso f) del Decreto N° 1.023/01 deberá acreditarse mediante el Certificado Fiscal para Contratar extendido por la Administración Federal de Ingresos Públicos, cuya existencia podrá ser constatada oficiosamente por la Administración o podrá incorporarse al expediente por el Oferente. No podrá desestimarse la Oferta cuando el oferente hubiere solicitado antes de la presentación de la oferta, a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, la emisión del certificado fiscal para contratar y durante el procedimiento de selección, desde el Acto de Apertura hasta el perfeccionamiento del contrato, ésta no lo emite o no comunique su denegatoria. En consecuencia, al momento del Acta de Apertura de Ofertas el Oferente deberá presentar el Certificado Fiscal para Contratar vigente o bien la Multinota (F.206/M) correspondiente a la solicitud del Certificado Fiscal para Contratar, con el sello de recepción de la Administración Federal de Ingresos Públicos.
Es obligación del oferente comunicar al organismo contratante la denegatoria a la solicitud del certificado fiscal para contratar emitida por la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS dentro de los CINCO (5) días de notificada la misma.
Declaración jurada de elegibilidad que se adjunta a la presente firmada por el oferente o su representante.
Formulario Mantenimiento de Oferta, que se adjunta a la presente, o en su defecto una Declaración Jurada de idéntico contenido, suscripto por el oferente o su representante. Se establece para esta contratación un plazo de mantenimiento de oferta de SESENTA (60) días corridos contados a partir del acto de apertura, en un todo de conformidad con lo dispuesto por el artículo 66 del Reglamento aprobado por el Decreto 893/12. En caso de no manifestar en forma fehaciente su voluntad de no renovar la oferta con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos al vencimiento del plazo, aquella se considerará prorrogada automáticamente y de manera sucesiva por un lapso igual al inicial. Dicha prórroga se regirá por lo establecido en el artículo 8° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.
Declaración jurada de habilidad para contratar con la Administración Pública Nacional, que se adjunta al presente, firmada por el oferente o su representante.
Oferentes extranjeros: Xxxxxxx presentar junto con la oferta y formando parte de la misma, la documentación exigida en el artículo 11 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales. Asimismo, los oferentes que revistan esta calidad, se encuentran exceptuados de incorporarse en el Sistema de Información de Proveedores hasta tanto la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES habilite los medios para proceder a su inscripción. No obstante lo expuesto, deberán presentar junto con la oferta la declaración jurada que como Xxxxx forma parte del presente pliego.
La documentación que acredite fehaciente e inequívocamente la personería del firmante de la oferta)
Documentación complementaria y aclaratoria, a efectos de brindar mayor claridad respecto del bien o servicio ofertado.
Toda la documentación adicional que se solicite en la presente Invitación.
IMPORTANTE: Sin perjuicio de presentar la totalidad de la información requerida en el presente Xxxxxx, el Oferente por el sólo hecho de presentar su oferta, contrae la obligación de presentar toda otra documentación y/o información que oportunamente le sea solicitada en el plazo que a tal efecto se le fije.
El Acto de Apertura será llevado a cabo en la Dirección de Contrataciones, ubicada en Xx. Xxxxxxx Xx 000, 0x Xxxx, el día 29/04/2015 a las 11:00 hs. Las ofertas podrán ser presentadas hasta antes de dicho horario.
6) ADJUDICACION
Para resultar adjudicatario, el oferente deberá estar dado de alta en el Padrón Único de Entes del SISTEMA DE INFORMACION FINANCIERA que administra la SECRETARIA DE HACIENDA dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, de conformidad con lo dispuesto por la Disposición N° 40 de la CONTADURIA XXXXXXX XX XX XXXXXX x Xx 00 xx xx XXXXXXXXX GENERAL DE LA NACION de fecha 8 de julio de 2010, ambas de la citada cartera de Estado, o las que en el futuro las reemplacen, conforme el artículo 18 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones.
La adjudicación será notificada a los oferentes, dentro de los TRES (3) días de dictado el acto respectivo. Dicha notificación podrá llevarse a cabo por cualquiera de los medios enumerados en el art. 56 del Reglamento aprobado por el Decreto 893/12, excepto el inciso h).
Perfeccionado el contrato en los términos del art. 96 del mencionado Reglamento, los Adjudicatarios deberán constituir la Garantía de Cumplimiento de Contrato, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 98 y 100, inciso b) 101 y 102 del mismo.
ANSES se reserva el derecho de adjudicar o no la oferta por considerarlo inconveniente y de dejar sin efecto la presente Contratación, en un todo de conformidad con el art. 12 del Decreto 1023/01.
En ningún caso, ya sea por la desestimación de la oferta, por quedar sin efecto o anularse el acto licitatorio, el oferente tendrá derecho a reclamo alguno por cobro de indemnizaciones y/o reembolsos por gastos efectuados para la participación del presente llamado.
7) RECEPCION PROVISIONAL
La recepción tendrá carácter provisional y los recibos o remitos que se firmen quedarán sujetos a la recepción definitiva.
En todos los casos se exigirá la prestación de los servicios en un todo de acuerdo a la oferta adjudicada.
El/los funcionario/s designado/s por ANSES firmara/n los remitos, lo que constituirá la Recepción Provisional del servicio.
8) RECEPCION DEFINITIVA
Efectuada la Recepción Provisional descripta en el Punto 7, quedará expedita la vía para otorgarse, dentro del plazo de DOS (2) días, la Recepción Definitiva parcial.
9) PENALIDADES Y SANCIONES
La falta de cumplimiento de cualquiera de las obligaciones detalladas en la presente Invitación será penalizada por esta Administración, conforme lo dispuesto en el Reglamento aprobado por el Decreto 893/12 en sus artículos 126 y 131.
10) FACTURACION Y FORMA DE PAGO
La facturación se realizará en moneda nacional y la misma deberá ser presentada una vez emitida la Recepción Definitiva parcial, de lunes a viernes en la Dirección Contabilidad de ANSES – Coordinación Cuentas a Pagar -, sita en Xxxxxx 0000 0x xxxx, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, en el horario de 10:00 a 16:00 horas.
En cada factura constará:
Número y fecha de la Orden de Compra o contrato a que corresponda.
Número de expediente.
Número y fecha de los remitos que corresponda.
Número y especificación del renglón.
Importe total bruto de la factura.
Monto y tipo de los descuentos si correspondieran.
Importe neto de la factura.
Número de beneficiario del Sistema Integrado de Información Financiera – SIDIF (de no poseerlo deberá solicitarlo previo a la adjudicación).
Todo otro dato de interés que pueda facilitar su tramitación (factura parcial, total, lugar donde se entregó la mercadería, etc.).
Asimismo, deberá cumplir con las disposiciones de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS.
Para el caso de que el adjudicatario revista, ante el Impuesto al Valor Agregado, el carácter de “Responsable Inscripto”, deberá presentar factura del Tipo “B”, cumpliendo con los requisitos de facturación establecidos por la Resolución General DGI Nº 3419, sus complementarias y modificatorias, a presentar en original.
Caso contrario, facturas del Tipo “C”, cumpliendo con los requisitos de facturación establecidos por la Resolución General DGI Nº 3419, sus complementarias y modificatorias, a presentar en original.
El Adjudicatario deberá presentar juntamente con su primera factura la documentación que acredite la situación que reviste frente a:
Impuesto al Valor Agregado – Resolución General DGI 3125/90 y sus modificatorias.
Impuesto a las Ganancias.
Ingresos Brutos.
En virtud de encontrarse ANSES incorporada al régimen de retención del Impuesto al Valor Agregado por Resolución General AFIP Nº 18/97, sus complementarias y modificatorias, y de retención del Impuesto a las Ganancias RG DGI 2784, sus complementarias y modificatorias; en todos los casos y adjunto con la primer factura el Adjudicatario deberá presentar, en caso de corresponder, copia de la documentación emitida por la AFIP, que respalde las posibles exenciones vigentes, a fin de proceder a realizar o no la retención establecida por las normas citadas.
Si se modificara la condición del Adjudicatario ante la AFIP, deberá hacer conocer a esta Administración tal circunstancia acompañando la documentación que así lo acredite.
Todos los proveedores y prestadores de servicios de esta Administración cobrarán sus acreencias mediante transferencia electrónica en sus cuentas bancarias, debiendo para ello cumplimentar el Formulario PF 1.25 "Autorización de Acreditación de Pagos de ANSES en Cuenta Bancaria". El mismo puede ser bajado de la página web de ANSES en la dirección xxxx://xxx.xxxxx.xxx.xx/xxxxxxx/xxxxxxxxxxx-000.
Una vez presentado el citado Formulario, el proveedor solo deberá cumplimentarlo nuevamente para sucesivos pagos en caso de querer modificar la CBU informada previamente o en caso de querer direccionar nuevos pagos por otros servicios a una cuenta distinta de la anterior. En este último caso en el que el proveedor tenga necesidad de conservar vigentes ambas cuentas, deberá adjuntar al Formulario citado una nota indicando los motivos y operaciones que lo justifiquen.
En caso de que sea adjudicatario de una contratación, deberá presentarlo al momento de suscribir la Orden de Compra. Para el resto de los proveedores, la presentación de dicho Formulario deberá efectivizarse en forma previa al pago correspondiente, al momento de la presentación de la factura respectiva.
El proveedor beneficiario deberá presentar certificación bancaria original de la cuenta bancaria denunciada, conteniendo:
Titularidad: Nombre del Beneficiario (titularidad del emisor de las facturas)
Número de Cuenta
Tipo de cuenta: Caja de Ahorros / Cuenta Corriente
Número de CBU
Numero de CUIT
Firma de autoridad responsable de la Entidad Bancaria, en donde se encuentre radicada la cuenta.
En virtud de los términos de la RESOLUCION GENERAL AFIP Nº 2853/10, sus modificatorias y complementarias se informa que TODAS LAS FACTURAS EMITIDAS A ESTA ADMINISTRACION NACIONAL con fecha de emisión a partir del 01/11/10 DEBERAN SER FACTURAS ELECTRONICAS, cumpliendo con los requisitos establecidos en la normativa vigente para ello.
Las FACTURAS ELECTRONICAS se identifican con la sigla CAE al pie de la misma.
Las excepciones o exclusiones particulares deberán ser verificadas por el proveedor.
Se detallan algunos casos:
Obligado a emitir por controlador fiscal.
Por actividad del proveedor
Categorización del proveedor como sujeto IVA EXENTO,
El proveedor esté alcanzado por la Res. 2926/10 y pueda emitir factura electrónica anticipada (CAEA).
Dicha situación deberá ser informada mediante nota adjunta a la factura con el detalle de la normativa que lo exime de presentar la factura electrónica.
Asimismo se informa que se habilitará una casilla de mail para la recepción de dichas facturas.
El proveedor en el asunto del mail deberá completar: “ CUIT Nº……. y factura Nº ……”
Se aclara que el envío a la casilla de mail no lo exime de su presentación en soporte papel.
A partir de la fecha de presentación de las facturas en tiempo, forma y lugar precedentemente estipulado la Administración procederá al pago, el que se efectuará en moneda nacional, dentro de los 15 días hábiles.
11) CONFIDENCIALIDAD EN LA INFORMACION
Revestirá el carácter de confidencialidad toda la información a que el Adjudicatario y sus empleados pudieran tener acceso durante la ejecución de los trabajos inherentes al cumplimiento del contrato.
El Adjudicatario será directamente responsable por los actos de infidencia que sus empleados pudieran cometer durante la ejecución de los trabajos y hasta CINCO (5) años posteriores a la terminación de los mismos.
Se entiende por información lo siguiente:
Cualquier información almacenada en las computadoras de ANSES, cualquiera sea su tipo u origen (datos, archivos, programas, procedimientos, etc.), incluyéndose los datos almacenados en cintas magnéticas, disquetes u otro medio de almacenamiento removible, cualquiera sea su tipo, origen o fecha de creación.
Cualquier información impresa generada por las computadoras de ANSES cualquiera sea su tipo, origen o fecha de creación.
Cualquier información impresa o transmitida en forma verbal referente a procedimientos, “reglas de negocios”, manuales de procedimientos, reglamentaciones, resoluciones, etc.
Cualquier información referida a las normativas, controles y procedimientos de auditoria con que ANSES regula las operaciones que ejecuta su personal al brindar sus servicios.
El precedente detalle es sólo enunciativo, resultando confidencial asimismo la totalidad de la información a la que tenga acceso el adjudicatario, producto de desempeñarse y/o tener acceso a ANSES motivado por la adjudicación del servicio solicitado. Se excluye de esta cláusula de confidencialidad toda información de dominio público.
12) SEGUROS
En caso de que sea necesario el ingreso de personal de la firma adjudicataria a oficinas de esta Administración Nacional, deberá presentar en la Dirección de Contrataciones, las pólizas por las coberturas que más abajo se detallan, con una antelación de CINCO (5) días al inicio de las tareas correspondientes.
No se dará inicio a ningún trabajo sin la conformidad de la Dirección Contrataciones sobre los seguros exigidos.
El incumplimiento por el Adjudicatario de alguno de los requisitos exigidos en el presente punto, otorgará a ANSES la facultad de rescindir unilateralmente el contrato con la sola notificación fehaciente de su voluntad. El contrato quedará resuelto de pleno derecho a partir del momento e que la notificación haya sido recibida por el Adjudicatario, sin que ello dé lugar a reclamo alguno por este último.
12.1 Seguro de Accidentes de Trabajo, o Accidentes Personales y Vida Obligatorio
Respecto a trabajadores en relación de dependencia:
Pólizas de Accidentes de Trabajo, en cumplimiento a las disposiciones emanadas de la Ley de Riesgos de Trabajo N° 24.557, sus modificaciones y ampliaciones.
Póliza de Seguro de Vida Obligatorio, conforme lo normado por el Decreto N° 15.567/74.
Respecto a trabajadores autónomos:
Póliza de Seguro de Accidentes Personales, conforme a lo dispuesto por la normativa correspondiente.
Por las coberturas de seguro detalladas se aceptará un Certificado de Xxxxxxxxx expedido por la Compañía Aseguradora, para ser entregado a ANSES, donde conste:
Asegurado
Número de Póliza
Vigencia
Listado de personal cubierto
Riesgo cubierto
Existencia o no de deuda
Toda modificación respecto al listado de personal oportunamente presentado, deberá ser puesta en conocimiento de la Dirección Contrataciones, dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas de producida, integrando un nuevo Certificado de Cobertura.
12.2 Seguro de Responsabilidad Civil
El Adjudicatario contratará un seguro de responsabilidad frente a terceros, que cubra toda pérdida y/o reclamo por daño patrimonial y/o moral que ocurra como efecto o consecuencia de la ejecución del Contrato, por sí o por el personal a su cargo.
A fin de no demorar el inicio de las tareas contratadas, se aceptará la presentación de un Certificado de Xxxxxxxxx, expedido por la Compañía Aseguradora, como constancia de que la póliza se encuentra en trámite. En un plazo de TREINTA (30) días corridos deberá presentar en la Dirección de Contrataciones la Póliza Original, acompañada por el Comprobante de Pago respectivo.
Son requisitos del Seguro de Responsabilidad Civil:
Las pólizas deberán tener una vigencia temporal igual a la duración del contrato,
Ubicación del riesgo: lugar/es de la prestación,
Objeto: Detalle de los trabajos a ejecutar,
No se admitirán autoseguros,
ANSES figurará como asegurado; no se admitirán endosos sobre pólizas existentes,
La Compañía de Seguros deberá ser de reconocida trayectoria en el mercado, siendo potestad de ANSES la aceptación de la misma.
ADVERTENCIA: La Dirección de Contabilidad no liberará ningún pago sin haberse dado cumplimiento a los requisitos establecidos para el seguro citado.
13) DAÑOS Y PERJUICIOS
El adjudicatario y/o cocontratante será responsable por los daños y perjuicios que ocasione a ANSES el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones a su cargo, sin perjuicio de las responsabilidades emergentes del régimen de penalidades y/o sanciones previstas en los capítulos V y VI , respectivamente, del Reglamento aprobado por Decreto 893/12.
14) JURISDICCION
A todos los efectos legales emergentes de la presente Contratación serán competentes los tribunales Federales en lo Contencioso Administrativo con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
SERVICIO DE SMS
ESPECIFICACIONES TECNICAS
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
INTRODUCCIÓN
Definiciones
Los términos que a continuación se nominan tendrán a lo largo del presente documento, la definición que a los mismos aquí se les asigna:
Bidireccional: Modalidad de servicio en la cual el Usuario envía un SMS MO, y ANSES responde mediante un SMS MT.
Contenido: Son aquellos datos y/o información que ANSES desea proporcionar a los Usuarios y que serán transportados a los mismos por el OPERADOR, empleando su Red.
Equipo Terminal: Es el equipo de telecomunicaciones que se conecta más allá del punto de conexión terminal de la Red del OPERADOR, mediante el cual el Usuario que lo posea, bajo cualquier título legal, tiene acceso a uno o más servicios de telecomunicaciones y que: (i) de acuerdo a sus características técnicas, tiene las funciones necesarias que le permite interpretar y hacer uso de los Contenidos en forma adecuada; y (ii) está habilitado por el OPERADOR.
Marcación: Todo aquel número no geográfico a nivel nacional que será asignado a ANSES y mediante el cual el OPERADOR identificará a ANSES.
MO (Mobile Originated): SMS que el Usuario del OPERADOR envía desde el Equipo Terminal al número piloto de ANSES.
MT (Mobile Terminated): SMS que ANSES envía desde su número piloto al Equipo Terminal del Usuario del OPERADOR.
Número Piloto: Número único de CINCO (5) o más dígitos que identifica a ANSES y/o a cada uno de los servicios establecidos mediante la utilización de SMS.
Operador: empresa que se encuentra autorizada para prestar el Servicio de Telefonía Móvil (en adelante el “STM”) por la Autoridad de Aplicación, (Secretaría de Comunicaciones – Comisión Nacional de Comunicaciones)
Periodo de Liquidación: Es aquel que, a los efectos del pago de los servicios contratados por ANSES al OPERADOR, se encuentra comprendido entre las CERO (0) horas del PRIMER (1º) día del ciclo de facturación hasta las VEINTICUATRO (24) horas del último día del mismo ciclo.
Red del OPERADOR: Es la red de telecomunicaciones concesionada al OPERADOR por la Autoridad de Aplicación, (Secretaría de Comunicaciones – Comisión Nacional de Comunicaciones), determinada por las zonas de cobertura donde el OPERADOR tiene infraestructura para la prestación del STM.
Reporte: Documento elaborado por el OPERADOR durante cada Período de Liquidación, el cual señalará el detalle y la totalidad de los servicios contratados por ANSES al OPERADOR durante el Periodo de Liquidación correspondiente.
SITACI: Sistema Integrado de Transferencia, Almacenamiento y Control de Información de ANSES
SLA (Service Level Agreement): Acuerdo de Nivel de Servicio
SMPP (Short Message Peer to Peer): Protocolo utilizado para el intercambio de mensajes SMS entre el SMSC del OPERADOR y los contenidos de ANSES.
SMS (Short Message Service): Servicio de Mensajes Cortos de Texto, es un servicio de telecomunicaciones que presta el OPERADOR a los Usuarios, que permite, entre otros, el envío y/o recepción de información electrónica conformada por hasta CIENTO CINCUENTA (150) caracteres alfanuméricos, la cual puede ser interpretada por el Equipo Terminal en forma de texto.
SMSC (Short Message Services Center): Centro de Servicio de Mensajes Cortos, es un elemento de la Red del OPERADOR cuya función es la de enviar/recibir mensajes SMS.
STM: Servicio de Telefonía Móvil
Suscripción: Solicitud de recepción de Contenidos mediante SMS MT, realizada por el Usuario por un medio fehaciente distinto de SMS, como ser: autorización por escrito; en la página Web de ANSES; comunicación al Centro de Atención Telefónica de ANSES; etc.
TRF: Tiempo de Reparación xx Xxxxx
TRS: Ticket de Reclamo de Servicio
Unidireccional: Modalidad de servicio en la cual ANSES envía Contenidos mediante SMS MT a los Usuarios, siempre y cuando estos lo hayan previamente solicitado a ANSES en forma fehaciente.
Usuario: Es aquella Persona que: (i) ha celebrado un contrato o convenio de prestación de servicios con el OPERADOR; (ii) en virtud de tal contrato o convenio cuenta con un Equipo Terminal y una línea del OPERADOR; y (iii) ha solicitado a ANSES la provisión de los Contenidos.
Vigencia del Contrato
El plazo de vigencia del presente contrato será por un período de DOCE (12) meses o hasta agotar la cantidad de DOCE MILLONES (00.000.000) de SMS, lo que ocurra primero, o hasta el momento en que corresponda implementar el Acuerdo Marco previsto en el Decreto N°1190/12, considerando que el contrato finalizará cuando cualquiera de las citadas circunstancias ocurra en primer término.
Xxxxx Xxxxxxxxx
Rigen para la presente contratación y las prestaciones resultantes el Reglamento General de Clientes de los Servicios de Comunicaciones Móviles, el Reglamento de Licencias para Servicios de Telecomunicaciones, y el Reglamento de Calidad de Servicio de Telecomunicaciones.
CONDICIONES DEL OFERENTE
Los Oferentes deberán contar con la licencia de prestador del Servicio de Telefonía Móvil (STM), por lo que deberán aportar la documentación que permita acreditar tal condición.
CONDICIONES DEL SERVICIO
Cada uno de los Servicios de SMS se regirá por las condiciones aquí establecidas, sin perjuicio de que puedan modificarse de común acuerdo entre las partes.
Las características y especificaciones de cada uno de los Servicios de SMS que ANSES habilite, deberán ser notificadas en forma fehaciente al OPERADOR con QUINCE (15) días corridos de antelación a la fecha de habilitación propuesta.
La notificación cursada por ANSES para solicitar la habilitación de un Servicio de SMS, deberá contener, como mínimo, la siguiente información:
Número afectado al Servicio.
Descripción del Servicio.
Modalidad del servicio: unidireccional/bidireccional.
Requerimiento de Suscripción previa.
Fecha propuesta de habilitación del Servicio
Para cada uno de los servicios de SMS se elaborará y aprobará en forma conjunta un Protocolo de Pruebas, comprometiéndose las PARTES a no introducir modificaciones al mismo sin la previa conformidad de la otra Parte.
Cada uno de los Servicios de SMS que se habilite se entenderá como aceptado por el OPERADOR con la habilitación del mismo.
Plazo de habilitación de cada Servicio: dentro de los QUINCE (15) días corridos, contados a partir de la notificación fehaciente al OPERADOR.
OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL OPERADOR
Sin perjuicio de las restantes obligaciones estipuladas en el presente Xxxxxx, el OPERADOR se obliga específicamente a:
Transportar los SMS a fin de que éstos sean entregados en el Equipo Terminal del Usuario.
Dar mantenimiento ordinario a las aplicaciones y plataformas que permiten el transporte de los SMS, hacia los Usuarios.
Proveer todos los sistemas, plataformas, conectividad, hardware y software necesarios para la conexión entre las aplicaciones de ANSES y su SMSC.
Colaborar permanentemente con ANSES para el desarrollo de los servicios y brindarle la asistencia técnica, la capacitación, etc. que resulten necesarias para el cabal cumplimiento del servicio.
Proveer mediante transferencia electrónica a través del Sistema Integrado de Transferencia, Almacenamiento y Control de Información (SITACI) de ANSES un detalle de los SMS facturados en cada periodo de Periodo de Liquidación que como mínimo incluya la siguiente información:
Número de Usuario
Servicio de SMS
Fecha y hora del SMS MO
Fecha y hora del SMS MT
Asegurar la confidencialidad de todo tipo de información que se transmita o genere con motivo de la celebración del presente Contrato de conformidad a las normas vigentes en la materia en esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL y previa suscripción del CONVENIO DE CONFIDENCIALIDAD que regirá las relaciones entre las partes, entre la que se encuentra comprendida (i) el interés y participación en la realización del objeto del presente Contrato, (ii) el hecho de que se encuentre trabajando en la realización del objeto del presente Contrato, (iii) las actividades que haya realizado o realice en relación con el objeto del presente Convenio y (iv) la información y especificaciones técnicas relacionadas con el mismo, ya sea que se presente en forma escrita, verbal, visual o por cualquier otro medio y sin importar el soporte material en el cual se contenga, constituyendo dicha información un secreto para las PARTES; en la inteligencia que no formarán parte de esta definición la información, bienes, datos y/o servicios que se comprendan dentro de los Contenidos.
OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE ANSES
Sin perjuicio de otras obligaciones establecidas en el presente Xxxxxx, ANSES se obliga a:
Diseñar y desarrollar los Servicios de forma que sean compatibles con los del OPERADOR
Proporcionar asistencia y resolución a las consultas y reclamos de los Usuarios con relación al Servicio y su contenido, informando de inmediato al OPERADOR aquellos casos en los que corresponda efectuar ajustes respecto de los servicios.
No generar envíos masivos de SMS, sin la autorización previa del OPERADOR.
CALIDAD DE SERVICIO
Parámetros del Acuerdo de Nivel de Servicio (SLA)
Para garantizar una prestación adecuada, se utilizarán parámetros de medición para establecer un acuerdo de nivel de servicio (SLA).
Ante un evento que afecte uno o más servicios de SMS, ANSES procederá a la apertura de un Ticket de Reclamo de Servicio (TRS) al OPERADOR.
El Tiempo de Reparación xx Xxxxx (TRF) es el tiempo que transcurre desde que el personal de soporte técnico de ANSES abre el TRS hasta que el OPERADOR resuelve el inconveniente dejando el o los servicios de SMS involucrados 100 % operativos.
Para todo tipo xx xxxxxx, cualquiera sea el servicio de SMS afectado, el tiempo máximo de reparación xx xxxxxx es de DOS (2) horas corridas.
Procedimientos
El servicio técnico del OPERADOR contará con un medio eficaz de comunicación, compuesto por un servicio único de llamadas que los adjudicatarios deberán poner a disposición de ANSES, un sistema de gestión de reclamos, y un sistema de correo electrónico que funcionará como alternativa para registrar fehacientemente solicitudes de servicio, en caso de incomunicación telefónica e indisponibilidad del sistema de gestión de reclamos.
El servicio único de llamadas deberá funcionar los SIETE (7) días de la semana, durante las VEINTICUATRO (24) horas, disponer de un único número de atención para recepción de llamadas, y poseer un sistema de registro, derivación y seguimiento de reclamos. Por cada solicitud de servicio recibida por cualquiera de los canales de comunicación mencionados, se deberá registrar la fecha, la hora, el nombre del solicitante, del receptor, y una breve descripción del problema, y se generará un Ticket de Reclamo de Servicio (TRS), identificado con un número de seguimiento, que será comunicado a ANSES.
Los OPERADORES deberán, además, proveer un esquema para el escalamiento de reclamos, al que ANSES pueda recurrir en caso de que, por la razón que fuere, considere a su juicio que el tratamiento de los mismos a través de los canales mencionados previamente resulta insuficiente. Para ello, deberán informar mínimamente apellido y nombres, teléfonos, dirección de correo electrónico y roles en el esquema de escalamiento, de aquellas personas que designen para tal fin.
Para cada TRS generado, el OPERADOR arbitrará los medios necesarios para restablecer y/o normalizar el funcionamiento del servicio que se encuentre afectado, buscando una solución en la forma más rápida y eficiente posible.
Control de Facturación
ANSES sólo pagará por los servicios de SMS efectivamente prestados.
En cada periodo de Liquidación, ANSES utilizará todos los elementos a su disposición para realizar el control de la facturación emitida por el OPERADOR, tal como la comparación de los registros de los sistemas propios con la facturación detallada de los SMS remitidos por el OPERADOR.
En caso de inferirse discrepancia entre lo que corresponde facturar y lo efectivamente facturado, ANSES lo comunicará en forma fehaciente al OPERADOR con una antelación mínima de TRES (3) días al vencimiento de las facturas, y el vencimiento de las facturas será automáticamente diferido por el plazo que le insuma al OPERADOR entregar a ANSES la documentación que acredite la inexistencia de tal discrepancia, o adoptar las medidas correctivas pertinentes.
En caso de que tales medidas consistan en la emisión de una Nota de Crédito a satisfacción de ANSES, ésta solo se aceptará y cancelará juntamente con la facturación del mes a que correspondiere.
PENALIDADES
Por la demora en el plazo máximo de TRF estipulado, se procederá de la siguiente manera:
Detectado el primer incumplimiento, se notificará al OPERADOR un apercibimiento, constituyendo ello el primer precedente.
Ante la detección del segundo incumplimiento, se notificará al OPERADOR un apercibimiento, constituyendo ello el segundo precedente.
Constatado el segundo precedente, y habiéndose generado nuevos incumplimientos, se los asentará y ANSES juzgará la importancia de los hasta allí registrados, para otorgarle una nueva oportunidad.
Cada apercibimiento generará la aplicación de una multa equivalente al UNO POR CIENTO (1%) del promedio del monto total de la factura de los últimos TRES (3) períodos, por cada hora o fracción superior a los TREINTA (30) minutos de atraso en el cumplimiento del plazo máximo período fijado para la reparación.
SERVICIOS POR SMS
A modo indicativo en el Anexo I Servicios por SMS se describen algunos de los servicios a brindar, a efectos de que sirvan de marco de referencia para la elaboración de las ofertas.
Durante la vigencia del contrato ANSES podrá requerir, por razones operativas del Organismo, debidamente fundadas, la incorporación o la baja de Servicios de SMS.
ANSES brinda esta información a modo referencial y no aceptará, adjudicado el presente servicio, argumentación alguna que implique un incremento de los costos cotizados por variaciones que pudiera sufrir los servicios de SMS.
PLANILLA DE COTIZACION
Código de Catálogo |
R |
Descripción |
Cantidad |
Importe unitario por SMS |
Importe Total |
000-00000-0000 |
1 |
Servicio de mensajes cortos de texto para responder a los usuarios de AMX ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA |
12.000.000 |
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000-00000-0000 |
2 |
Servicio de mensajes cortos de texto para responder a los usuarios de TELEFONICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA |
12.000.000 |
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000-00000-0000 |
3 |
Servicio de mensajes cortos de texto para responder a los usuarios de NEXTEL COMMUNICATIONS AGRENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA |
12.000.000 |
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000-00000-0000 |
4 |
Servicio de mensajes cortos de texto para responder a los usuarios de TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA |
12.000.000 |
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TOTAL DE LA OFERTA |
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TOTAL DE LA OFERTA (EN LETRAS): PESOS |
Los precios consignados deberán incluir el I.V.A.
Firma: ...............................................................
Aclaración: ........................................................
ANEXO I: SERVICIOS POR SMS
HIJOS
Descripción del Servicio: enviando al 26737 (ANSES) un SMS con la palabra HIJOS, y separado por un espacio el DNI de madre/padre separado por un espacio y la letra F o M para el SEXO número, por ejemplo: 00000000 F, el usuario recibirá como respuesta un SMS con la cantidad de hijos menores a cargo registrados en las bases de ANSES.
Modalidad: Bidireccional
LIBRETA.
Descripción del Servicio: enviando al 26737 (ANSES) un SMS con la palabra LIBRETA, y separado por un espacio el DNI del hijo, y separado por un espacio y la letra F o M para el SEXO, por ejemplo: 00000000 F, el usuario recibirá como respuesta un SMS con la información del estado del trámite de la libreta.
Modalidad: Bidireccional
COBRO
Descripción del Servicio: enviando al 26737 (ANSES) un SMS con la palabra COBRO, y separado por un espacio el DNI del hijo, y separado por un espacio y la letra F o M para el SEXO, por ejemplo: 00000000 F, el usuario recibirá como respuesta un SMS con la información sobre el lugar y fecha de cobro.
Modalidad: Bidireccional
NACER
Descripción del Servicio: enviando al 26737 (ANSES) un SMS con la palabra NACER, y separado por un espacio el DNI del hijo, y separado por un espacio y la letra F o M para el SEXO, por ejemplo: 00000000 F, el usuario recibirá como respuesta un SMS con la información contesta en qué situación está su hijo con respecto al Plan Nacer.
Modalidad: Bidireccional
TURNOS EMBARAZADA
Descripción del Servicio: enviando al 26737 (ANSES) un SMS con la palabra TURNO espacio palabra EMBARAZADA espacio CUIL del titular sin espacios ni guiones, por ejemplo: 20214692787, el usuario recibirá como respuesta un SMS con la información sobre el lugar y fecha de cobro.
Modalidad: Bidireccional
TURNOS EMBARAZO
Descripción del Servicio: enviando al 26737 (ANSES) un SMS con la palabra TURNO espacio palabra EMBARAZO espacio CUIL del titular sin espacios ni guiones, por ejemplo: 20214692787, el usuario recibirá como respuesta un SMS con la información sobre el lugar y fecha de cobro.
Modalidad: Bidireccional
TURNOS ASISTENCIA J
Descripción del Servicio: enviando al 26737 (ANSES) un SMS con la palabra TURNO espacio palabra ASISTENCIA J espacio CUIL del titular sin espacios ni guiones, por ejemplo: 20214692787, el usuario recibirá como respuesta un SMS con la información sobre el lugar y fecha de cobro.
Modalidad: Bidireccional
TURNOS ASISTENCIA P
Descripción del Servicio: enviando al 26737 (ANSES) un SMS con la palabra TURNO espacio palabra ASISTENCIA P espacio CUIL del titular sin espacios ni guiones, por ejemplo: 20214692787, el usuario recibirá como respuesta un SMS con la información sobre el lugar y fecha de cobro.
Modalidad: Bidireccional
TURNOS SUAF
Descripción del Servicio: enviando al 26737 (ANSES) un SMS con la palabra TURNO espacio palabra SUAF espacio CUIL del titular sin espacios ni guiones, por ejemplo: 20214692787, el usuario recibirá como respuesta un SMS con la información sobre el lugar y fecha de cobro.
Modalidad: Bidireccional
TURNOS ESCOLARIDAD
Descripción del Servicio: enviando al 26737 (ANSES) un SMS con la palabra TURNO espacio palabra ESCOLARIDAD espacio CUIL del titular sin espacios ni guiones, por ejemplo: 20214692787, el usuario recibirá como respuesta un SMS con la información sobre el lugar y fecha de cobro.
Modalidad: Bidireccional
PROCREAR
Descripción del Servicio: ANSES envía al titular un SMS con información del resultado del sorteo.
Modalidad: Unidireccional
JUBILACIÓN – PRIMER COBRO
ANSES envía al titular un SMS con la siguiente información: “CUIL del titular - ANSES le informa que el primer pago de su jubilación estará disponible a partir del ../../.. en la Suc. …… del Banco ….. / Correo Argentino.”
Modalidad: Unidireccional
JUBILACIÓN – OTORGAMIENTO TRÁMITE
ANSES envía al titular un SMS con la siguiente información: “CUIL del titular – ANSES le informa que su trámite de jubilación fue otorgado y será notificado en su domicilio. Para más información, concurra a la oficina donde inició su trámite.”
Modalidad: Unidireccional
PENSIÓN – PRIMER COBRO
ANSES envía al titular un SMS con la siguiente información: “CUIL del titular - ANSES le informa que el primer pago de su pensión estará disponible a partir del ../../.. en la Suc. … del Banco …/ Correo Argentino.”
Modalidad: Unidireccional
PENSIÓN – OTORGAMIENTO TRÁMITE
ANSES envía al titular un SMS con la siguiente información: “CUIL del titular - ANSES le informa que su trámite de pensión fue otorgado y será notificado en su domicilio. Para más información, concurra a la oficina donde inició su trámite.”
Modalidad: Unidireccional
PENSIÓN - OTORGAMIENTO TRÁMITE XXXXXXXX XX XXXXXX
ANSES envía al titular un SMS con la siguiente información: “CUIL del titular - ANSES le informa que su trámite de veterano guerra fue otorgado y será notificado en su domicilio. Para más información, concurra a la oficina donde inició su trámite.”
Modalidad: Unidireccional
ASIGNACIÓN FAMILIAR – PRIMER COBRO
ANSES envía al titular un SMS con la siguiente información: “CUIL del titular - ANSES le informa que el primer pago de su Asignación Familiar estará disponible a partir del ../../.. Consulte su lugar de cobro en xxx.xxxxx.xxx.xx”
Modalidad: Unidireccional
ASIGNACIÓN FAMILIAR – ESCOLARIDAD (COBRÓ)
ANSES envía al titular un SMS con la siguiente información: “CUIL del titular - ANSES le recuerda que debe presentar el Formulario de Ayuda Escolar Anual antes del 31/12. Más información en xxx.xxxxx.xxx.xx”
Modalidad: Unidireccional
ASIGNACIÓN FAMILIAR – ESCOLARIDAD (NO COBRÓ)
ANSES envía al titular un SMS con la siguiente información: “CUIL del titular - ANSES le recuerda que debe presentar el Formulario de Ayuda Escolar Anual antes del 31/12. Más información en xxx.xxxxx.xxx.xx”
Modalidad: Unidireccional
ASIGNACIÓN UNIVERSAL – PRIMER COBRO
ANSES envía al titular un SMS con la siguiente información: “CUIL del titular - ANSES le informa que comenzará a cobrar la AUH desde el ../../… Consulte lugar de cobro en xxx.xxxxx.xxx.xx o llame al 130. “
Modalidad: Unidireccional
ASIGNACIÓN UNIVERSAL - LIBRETA
ANSES envía al titular un SMS con la siguiente información: “CUIL del titular - ANSES le informa que para percibir el 20% anual de la AUH, debe presentar la Libreta de Salud y Educación antes del 31/12. Para más datos, xxx.xxxxx.xxx.xx”
Modalidad: Unidireccional
ASIGNACIÓN UNIVERSAL – SUSPENSIÓN
ANSES envía al titular un SMS con la siguiente información: “CUIL del titular - ANSES le informa que suspenderá el pago de la AUH por no haber presentado en 2013 la Libreta de Salud y Educación. Acérquese a una oficina de ANSES”
Modalidad: Unidireccional
FORMULARIO MANTENIMIENTO DE OFERTA
Sres. ANSES
S / D
FECHA......./......../........
REFERENCIA:
LICITACION PUBLICA Nº.......................
LICITACION PRIVADA Nº.......................
CONTRATACIÓN DIRECTA Nº...............
Por la presente expresamos nuestra voluntad de MANTENER la oferta formulada en la Contratación de referencia POR EL TÉRMINO DE SESENTA (60) DÍAS CORRIDOS CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DEL ACTO DE APERTURA, en un todo de conformidad con lo dispuesto el artículo 66 del Reglamento aprobado por el Decreto 893/12.
Firma: .............................................................
Aclaración........................................................
ARTICULO 66 — Reglamento aprobado por DECRETO Nº 893/12 - PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA: Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de SESENTA (60) días corridos contado a partir de la fecha del acto de apertura, salvo que en el respectivo Pliego de Bases y Condiciones Particulares se fijara un plazo diferente. Dicho plazo se prorrogará automáticamente por un lapso igual al inicial o por el que se fije en el respectivo Pliego Particular, y así sucesivamente, salvo que el oferente manifestara en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos al vencimiento de cada plazo. Si el oferente, en la nota por la cual manifestara que no mantendrá su oferta, indicara expresamente desde que fecha retira la oferta, la Administración la tendrá por retirada en la fecha por él expresada. Si no indicara fecha, se considerará que retira la oferta a partir de la fecha de vencimiento del plazo de mantenimiento de la oferta en curso. El oferente que manifestara que no mantendrá su oferta quedará excluido del procedimiento de selección a partir de la fecha indicada en el párrafo anterior. Si el oferente manifestara su negativa a prorrogar el mantenimiento de su oferta dentro del plazo fijado a tal efecto, quedará excluido del procedimiento de selección, sin pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta. Si por el contrario, el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento, corresponderá excluirlo del procedimiento y ejecutar la garantía de mantenimiento de la oferta. Con posterioridad a la adjudicación el plazo de mantenimiento de la oferta se regirá por lo previsto en el artículo 96 del Reglamento.
Para desglosar y presentar junto con la oferta.
Sres. ANSES
S / D
FECHA......./......../........
REFERENCIA:
LICITACION PUBLICA Nº.......................
LICITACION PRIVADA Nº.......................
CONTRATACIÓN DIRECTA Nº...............
DECLARACION JURADA
CONSTITUCION DE DOMICILIO ESPECIAL Y CORREO ELECTRONICO
Por medio de la presente, constituyo domicilio especial en la Ciudad de _____________________, Provincia de _________________ y dirección de correo electrónico que más abajo declaro, en donde serán válidas todas las comunicaciones que se cursen, según:
NOMBRE Y APELLIDO O RAZON SOCIAL:
...............................................................................................................................................
DOMICILIO: CALLE: .......................................................................................... Nº........... PISO.........
OFICINA / DEPTO.: ............ CODIGO POSTAL: ...................
CORREO ELECTRONICO: ....................................................
TELEFONO: ………………………………………..
FAX: ………………………………………………….
.................................................................
FIRMA
.................................................................
ACLARACION
ARTICULO 56 — Reglamento aprobado por Decreto 893/12 - NOTIFICACIONES: Todas las notificaciones entre la Jurisdicción o entidad contratante y los interesados, oferentes, adjudicatarios o cocontratantes, podrán realizarse válidamente por cualquiera de los siguientes medios, indistintamente:
a) por acceso directo de la parte interesada, su apoderado o representante al expediente,
b) por presentación espontánea de la parte interesada, su apoderado o representante, de la que resulten estar en conocimiento del acto respectivo,
c) por cédula, que se diligenciará en forma similar a lo dispuesto por el artículo 138 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación,
d) por carta documento,
e) por otros medios habilitados por las empresas que brinden el servicio de correo postal,
f) por fax,
g) por correo electrónico,
h) mediante la difusión en el sitio de internet de la Oficina Nacional de Contrataciones. Si se pretendiera notificar por este medio se deberá dejar constancia de ello en los pliegos de bases y condiciones particulares, indicando la dirección de dicho sitio de internet, para que los interesados, oferentes, adjudicatarios o cocontratantes tomen las previsiones necesarias.
IMPORTANTE: El cambio del domicilio constituido deberá ser informado de inmediato a la Dirección de Contrataciones presentando una nueva declaración jurada, caso contrario se tendrá por válida toda notificación efectuada en el domicilio constituido en la presente declaración.
Para desglosar y presentar junto con la oferta.
Sres. ANSES
S / D
FECHA......./......../........
REFERENCIA:
LICITACION PUBLICA Nº.......................
LICITACION PRIVADA Nº.......................
CONTRATACIÓN DIRECTA Nº...............
DECLARACION JURADA
DECLARACION JURADA ELEGIBILIDAD
OFERENTE
CUIT
NOMBRE O RAZON SOCIAL
El que suscribe, con poder suficiente para este acto DECLARA BAJO JURAMENTO que la persona cuyos datos se detallan al comienzo de la presente no se encuentra incursa en ninguna de las causales de inelegibilidad enumeradas en el artículo 86 del Reglamento aprobado por Decreto Nº 893/12.
Firma: .............................................................
Aclaración........................................................
ARTICULO 86 — Reglamento aprobado por DECRETO Nº 893/12 – Pautas para la inelegibilidad: Deberá desestimarse la oferta, cuando de la información a la que se refiere el art. 16 del Decreto delegado N° 1023/01 y sus modificaciones, o de otras fuentes, se configure, entre otros algunos de los siguientes supuestos:
a) pueda presumirse que el oferente es una continuación, transformación, fusión o escisión de otras empresas no habilitadas para contratar con la Administración Nacional, de acuerdo con lo prescripto por el artículo 28 del Decreto 1023 y sus modificaciones, y de las controladas y controlantes de aquellas.
b) se trate de integrantes de empresas no habilitadas para contratar con la Administración Nacional de acuerdo a lo prescripto por el art. 28 del Decreto 1023 y sus modificaciones.
c) se4 trate del cónyuge o pariente hasta el primer grado de consanguinidad, de personas no habilitadas para contratar con la Administración Pública Nacional, de acuerdo a lo prescripto por el art. 28 del Decreto delegado N° 1023/01 y sus modificaciones.
d) cuando existan indicios que por su precisión y concordancias hicieran presumir que los oferentes han concertado o coordinado posturas en el procedimiento de selección. Se entenderá configurada esta causal de inelegibilidad, entre otros supuestos las ofertas presentadas por cónyuges o parientes hasta primer grado de consanguinidad salvo que se pruebe lo contrario.
e) cuando existan indicio que por su precisión y concordancia hicieren presumir que media en el caso una simulación tendiente a eludir los efectos de las causales de inhabilidad para contratar con la Administración Pública Nacional, de acuerdo a lo prescripto por el art. 28 del Decreto delegado N° 1023/01 y sus modificaciones.
f) se haya dictado, dentro de los tres años calendarios anteriores a su presentación, alguna sanción judicial o administrativa contra el oferente por abuso de posición dominante o dumping, cualquier forma de competencia desleal o por concertar o coordinar posturas en los procedimientos de selección.
g) cuando exhiban incumplimientos en anteriores contratos de acuerdo a lo que se disponga en los respectivos pliegos de bases y condiciones particulares.
Para desglosar y presentar junto con la oferta.
FORMULARIO 13
DECLARACION JURADA DE HABILIDAD PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA NACIONAL Formulario 13 |
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Cuit : |
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Razón Social, Denominación o Nombre completo : |
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Procedimiento de Selección |
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Tipo : |
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Clase : |
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Modalidad |
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Número : |
|
Ejercicio : |
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Lugar, día y hora del acto de apertura : |
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El que suscribe, con poder suficiente para este acto, DECLARA BAJO JURAMENTO, que la persona cuyos datos se detallan al comienzo, esta habilitada para contratar con la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, en razón de cumplir con los requisitos del artículo 27 del Decreto 1023/2001 "Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional" y que no esta incursa en ninguna de las causales de inhabilidad establecidas en los incisos a) a g) del artículo 28 del citado plexo normativo y sus modificatorios |
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REGIMEN DE CONTRATACIONES DE LA ADMINISTRACON NACIONAL |
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DECRETO 1023/2001 |
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Art. 27. — PERSONAS HABILITADAS PARA CONTRATAR. Podrán contratar con la Administración Nacional las personas físicas o jurídicas con capacidad para obligarse que no se encuentren comprendidas en las previsiones del artículo 28 y que se encuentren incorporadas a la base de datos que diseñará, implementará y administrará el órgano Rector, en oportunidad del comienzo del período de evaluación de las ofertas, en las condiciones que fije la xxxxxxxxxxxxxx.Xx inscripción previa no constituirá requisito exigible para presentar ofertas. |
|
Art. 28. — PERSONAS NO HABILITADAS. No podrán contratar con la Administración Nacional: |
|
a) Las personas físicas o jurídicas que se encontraren sancionadas en virtud de las disposiciones previstas en los apartados 2. y 3. del inciso b) del artículo 29 del presente. |
|
b) Los agentes y funcionarios del Sector Público Nacional y las empresas en las cuales aquéllos tuvieren una participación suficiente para formar la voluntad social, de conformidad con lo establecido en la Ley de Etica Pública, N° 25.188. |
|
c) Los fallidos, concursados e interdictos, mientras no sean rehabilitados. |
|
d) Los condenados por delitos dolosos, por un lapso igual al doble de la condena. |
|
e) Las personas que se encontraren procesadas por delitos contra la propiedad, o contra la Administración Pública Nacional, o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción. |
|
f) Las personas físicas o jurídicas que no hubieran cumplido con sus obligaciones tributarias y previsionales, de acuerdo con lo que establezca la reglamentación. |
|
g) Las personas físicas o jurídicas que no hubieren cumplido en tiempo oportuno con las exigencias establecidas por el último párrafo del artículo 8° de la Ley N° 24.156. h) Los empleadores incluidos en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) durante el tiempo que permanezcan en dicho registro. |
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FIRMA : |
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ACLARACION : |
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CARÁCTER : |
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LUGAR Y FECHA : |
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CONTRATACIÓN DIRECTA N° 24/2015