DECRETO 138/18
DECRETO 138/18
VISTO:
Que con fecha 06 xx xxxxx de 2018, se suscribió el contrato de locación de
servicios archivado bajo el protocolo Nº 162-18, por el que se establecen las condiciones en las que se llevó a cabo el trabajo de reparación de la totalidad de las mesas y asadores del camping municipal Calabalumba;
Y CONSIDERANDO:
Que dichos trabajos fueron realizados en su totalidad por el Xx. Xxxxx Xxxxxxxxx, vecino de nuestra localidad, que presentó al municipio la oferta de cobro, mediante canje por impuestos de la Tasa a la propiedad de su vivienda familiar, siendo esta una provechosa oportunidad para el municipio, ante las necesidades presentadas;
Que la completa y correcta realización de los mismos ha sido controlada y certificada por la Secretaría de Obras Públicas (se adjunta informe);
Que tal se plasma en el contrato de marras, dicha suscripción se llevó a cabo una vez finalizados los trabajos, incurriendo en un error administrativo que debió ser subsanado, declarando de legítimo abono los servicios prestados por el Xx. Xxxxxxxxx durante los meses xx xxxx, junio y julio de 2017, atento que las tareas fueron desempeñadas en forma eficiente, por lo que corresponde la autorización del pago de impuestos acordado;
Que asimismo, corresponde dictar el instrumento legal que permita ordenar las actuaciones administrativas correspondientes en el área de contaduría municipal y ante el Tribunal de Cuentas;
Por todo ello el Intendente Municipal de Xxxxxxx xxx Xxxxx
DECRETA
Artículo 1º.-: DISPONESE de legítimo abono la contratación bajo la modalidad de locación de servicios del Xx. Xxxxx Xxxxxxxxx, bajo las condiciones establecidas en el contrato archivado con el protocolo Nº 162-18 del archivo municipal.-
Artículo 2º.-: DECLARENSE de legítimo abono los honorarios devengados en los meses xx xxxx, junio y julio de 2017, por el efectivo trabajo de reparación de la totalidad de las mesas y asadores del camping municipal Calabalumba.-
Artículo 3º.-: AUTORIZACE a la Secretaría de Economía y Finanzas Municipal a realizar las actuaciones administrativas correspondientes, que permitan acreditar el monto establecido por contrato al pago de la deuda por tasa a la propiedad de la cuenta Nº 01242.-
Artículo 4º.-: COMUNIQUESE al área de Economía y Finanzas municipal, a los fines de su correcta aplicación.-
Artículo 5º.-: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno Municipal.-
Artículo 6º.-: COMUNIQUESE, Córrase vista al Tribunal de Cuentas, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
Xxxxxxx xxx Xxxxx, 14 xx xxxx de 2018.-